Ho-h-16 Identificacion de Riesgos 2006

August 9, 2017 | Author: metalmatos | Category: Occupational Safety And Health, Safety, Human Resources, Nature, Business
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PDVSA MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL VOLUMEN 1

PDVSA N°

HO–H–16

TITULO

IDENTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS ASOCIADOS A LAS INSTALACIONES Y PUESTOS DE TRABAJOS

1

ABR.06

REVISIÓN GENERAL

18

V.S.

L.T.

L.C.

0

NOV.00

APROBADA

13

L.T.

J.B.

M.P.E.

REV.

FECHA

PAG.

REV.

APROB. Ángel Esteban



PDVSA, 1983

DESCRIPCIÓN FECHA ABR.06

APROB. Ana Elisa Osorio

APROB. APROB. FECHA ABR.06

ESPECIALISTAS

MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL

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IDENTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS ASOCIADOS A LAS INSTALACIONES Y PUESTOS DE TRABAJOS Indice manual

PDVSA HO–H–16 REVISION

FECHA

1

ABR.06

Página 1 Indice norma

Índice 1 OBJETIVOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3

2 ALCANCE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3

3 DOCUMENTOS DE REFERENCIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3

3.1 3.2

Base Legal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Normas PDVSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3 3

4 DEFINICIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3

4.1 4.2 4.3 4.4 4.5 4.6

Agente de Peligro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ambiente de Trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Custodio de la Instalación o Área . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Evaluación de Riesgos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Exposición al Peligro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Hoja de Datos de Seguridad de los Materiales (HDSM conocidas por sus Siglas en Inglés como MSDS) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.7 Identificación de Peligros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.8 Medidas de Control . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.9 Notificación de Peligros y Riesgos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.10 Puesto de Trabajo 4.11 Riesgo Psicosocial

4 4 4 5 5 5

5 LINEAMIENTOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

5

6 RESPONSABILIDADES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

7

6.1

3 3 4 4 4

De los Niveles Directivos y los Gerentes Generales de Cada Área Operacional, de Negocio o Filiales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Del Custodio de la Instalación o Área . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Del Supervisor Inmediato . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . De la Organización Higiene Ocupacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . De la Organización de Seguridad Industrial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . De la Organización de Salud Integral (Médico Ocupacional) . . . . . . . . . . De los Delegados o Delegadas de Prevención . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . De la Organización de Prevención y Control de Pérdidas (PCP) . . . . . . . De los Trabajadores y las Trabajadoras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

7 7 8 8 9 9 9 10 10

7 PROCEDIMIENTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

11

6.2 6.3 6.4 6.5 6.6 6.7 6.8 6.9 7.1 7.2 7.3

Identificación de Peligros y Riesgos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Notificación de Peligros y Riesgos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Archivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

11 11 12

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Página 2 Indice norma

8 ANEXOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

13

ANEXO A CARTA DE IDENTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

14

ANEXO B MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS POR INSTALACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . .

15

ANEXO C MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS POR PUESTO DE TRABAJO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

16

ANEXO D MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN A LAS CONTRATISTAS DE PELIGROS Y RIESGOS POR INSTALACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

17

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OBJETIVO Establecer los lineamientos corporativos y el procedimiento para realizar la identificación y notificación de peligros y riesgos asociados con las Instalaciones y Puestos de Trabajo, sus efectos, los medios de control y las acciones que deberán tomarse con el propósito de prevenir y/o evitar la ocurrencia de accidentes y enfermedades ocupacionales, en cumplimiento con lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y la Ley Orgánica del Trabajo.

2

ALCANCE Esta Norma es aplicable en todas las instalaciones y puestos de trabajo de todos los negocios y filiales de PDVSA, así como en aquellas empresas donde Petróleos de Venezuela tenga alguna participación en el Territorio Nacional. Estos lineamientos deben ser aplicados a trabajadores y trabajadoras permanentes y contratados (incluyendo tesistas, pasantes y aprendices del Ince), funcionarios gubernamentales, contratistas y visitantes. Esta Norma puede ser utilizada en las instalaciones de PDVSA fuera del Territorio Nacional, siempre y cuando no contravenga la Legislación del pais correspondiente.

3

DOCUMENTOS DE REFERENCIA 3.1

Base Legal Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, Gaceta Oficial Nº 38236, de fecha 26–07–05. Ley Orgánica del Trabajo.

3.2

Normas PDVSA PDVSA IR–S–00 “Definiciones”.

4

DEFINICIONES Para efectos de esta Norma son aplicables los términos y definiciones dados en la Norma PDVSA IR–S–00 “Definiciones”. Sin embargo a continuación se presentarán términos y definiciones adicionales aplicables a esta Norma.

4.1

Agente de Peligro Es todo aquello que puede causar accidentes, enfermedades ocupacionales o molestias en los trabajadores y trabajadoras; pueden ser de tipo mecánico, químico, biológico, disergonómico y psicosocial.

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4.2

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Ambiente de Trabajo Es el conjunto integrado por: Los lugares, locales o sitios, cerrados o al aire libre, donde personas vinculadas por una relación de trabajo presten servicios a empresas, oficinas, explotaciones, establecimientos industriales, agropecuarios y especiales o de cualquier naturaleza que sean públicos o privados. Las circunstancias de orden sociocultural y de infraestructura física que de forma inmediata rodean la relación hombre–trabajo, condicionando la calidad de vida de los trabajadores y trabajadoras y sus familias. Los terrenos situados alrededor de la empresa, explotación, establecimientos industriales o agropecuarios y que formen parte de los mismos.

4.3

Custodio de la Instalación o Área Es el supervisor de mayor nivel jerárquico del área, instalación o unidad.

4.4

Evaluación de Riesgos Es el proceso mediante el cual se determina el nivel o intensidad de los agentes de peligro, a través de la utilización de procedimientos y equipos de medición específicos y con base a criterios o normas existentes.

4.5

Exposición al Peligro Es la condición mediante la cual el trabajador o trabajadora está sujeto a la acción de el(los) agente(s) de peligros presente(s) en el ambiente de trabajo.

4.6

Hoja de Datos de Seguridad de los Materiales (HDSM conocidas por sus Siglas en Inglés como MSDS) Es una ficha técnica del producto químico, donde se especifica información sobre la identificación, propiedades físicas y químicas, explosivas y de inflamación, toxicológicas, ingredientes activos, riesgo a la salud, datos de reactividad del producto, procedimiento en caso de derrame o fugas, así como, las medidas de protección y precauciones especiales.

4.7

Identificación de Peligros Es un proceso cuyo objeto es reconocer los factores o agentes de peligro, el personal expuesto y los controles existentes; a través de la obtención de información sobre procesos de operaciones de una planta, instalación o puesto de trabajo.

4.8

Medidas de Control Son aquellos procedimientos de ingeniería, administrativos y de protección personal, que aplicados individualmente o en conjunto, persiguen la eliminación de los agentes de peligro o reducción de los riesgos, hasta niveles considerados como seguros para la salud y la vida del trabajador o trabajadora.

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4.9

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Notificación de Peligros y Riesgos Es el proceso mediante el cual la empresa informa sobre: la naturaleza de los riesgos y peligros por la exposición a agentes físicos, químicos, biológicos, meteorológicos o a condiciones disergonómicas o psicosociales presentes en los ambientes o puestos de trabajo, los daños que pudiera causar a la salud, indicando los principios para su prevención.

4.10

Puesto de Trabajo Es el conjunto de actividades que se asignan a un trabajador o trabajadora e incluye al espacio físico en que se desarrolla su trabajo y todos los componentes de su entorno.

4.11

Riesgo Psicosocial Son todas aquellas condiciones presentes en la situación laboral directamente relacionadas con la organización del trabajo, el contenido del trabajo y la realización de la tarea, y que se presentan con la capacidad para afectar el desarollo del trabajo y la salud del trabajador o trabajadora (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España –INSHT).

5

LINEAMIENTOS 5.1

Ningún trabajador o trabajadora, podrá ser expuesto a la acción de agentes físicos, químicos, biológicos, disergonómicos, psicosociales o de cualquier otra índole, sin ser advertido por escrito de la naturaleza de los mismos, de los daños que pudieran causar a la salud y sin ser capacitado en los principios de su prevención.

5.2

En todas las Instalaciones Operacionales y Administrativas, se deben identificar los peligros y evaluar los riesgos inherentes a dicha instalación y a cada uno de sus puestos de trabajo.

5.3

Independientemente del nivel jerárquico, todo trabajador y trabajadora debe ser notificado de los peligros y riesgos asociados con las instalaciones, procesos y actividades que desempeña.

5.4

Se debe informar por escrito al Comité de Seguridad y Salud Laboral sobre los peligros y riesgos identificados en todas las instalaciones y puestos de trabajo. El Comité debe dejar registro de haber recibido este material en el libro de actas.

5.5

La notificación de peligros y riesgos debe incluir información sobre los medios y las acciones para prevenir, controlar y evitar la ocurrencia de molestias, accidentes y enfermedades ocupacionales.

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5.6

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La notificación de peligros y riesgos que se efectúa a los trabajadores y trabajadoras, debe realizarse: a.

Al momento del ingreso a la empresa.

b.

Con motivo de transferencia/ asignación/ sustitución o cualquier trabajo por tiempo definido a otra instalación y/o puesto de trabajo.

c.

Al efectuarse modificaciones a las instalaciones o procesos operacionales y/o administrativos.

d.

Al asignar nuevas tareas al trabajador o trabajadora.

5.7

En caso de que no ocurra ninguna de las situaciones expuestas en el punto anterior y con el fin de reforzar la información sobre los peligros y riesgos, se deben realizar charlas, cursos, vídeos, entre otros; haciendo énfasis en las medidas de prevención de los riesgos, tareas y controles a aplicar, en un periodo no mayor a 3 años.

5.8

Deben mantenerse registros actualizados de la Identificación y Notificación de Peligros y Riesgos a los Trabajadores y Trabajadoras.

5.9

La identificación de peligros y riesgos debe ser realizada por un equipo de trabajo multidisciplinario.

5.10

La Notificación de Peligros y Riesgos, se realizará según los formatos señalados en los Anexos A, B, C y D (carta y matrices). Cualquier otro medio de notificación deberá ser aprobado por las organizaciones de Seguridad Industrial e Higiene Ocupacional del área.

5.11

Las organizaciones de enlace con los organismos gubernamentales (Fuerza Armada, Ministerio de Energía y Petróleo, entre otros) y concesionarios de servicios (Bancos, Taxis, Agencia de Viajes, entre otros), coordinarán las acciones correspondientes a la notificación de peligros y riesgos para el personal que ingrese / utilice las instalaciones de PDVSA.

5.12

Las organizaciones contratantes deben incluir en los pliegos de licitación la información referida a la identificación de peligros de la instalación donde se realizarán las actividades.

5.13

Las organizaciones contratantes y el responsable de la instalación o área, notificarán los peligros y riesgos asociados a las mismas, a todas las trabajadoras y a los trabajadores de la contratista involucrados en el trabajo específico a ejecutar, con el apoyo técnico de las organizaciones de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y con la participación de las Delegadas y los Delegados de Prevención.

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5.14

Las Empresas contratistas realizarán la notificación de riesgos asociados a los puestos de trabajo de cada uno de sus trabajadores y trabajadoras y entregará una copia de dicha notificación a la gerencia contratante.

5.15

En el caso de posible exposición a productos químicos, la notificación de peligros y riesgos debe realizarse de manera específica, señalando para cada uno de los químicos sus efectos y medidas de prevención.

5.16

Las Hojas de Datos de Seguridad de los Materiales (HDSM conocidas por sus siglas en inglés como MSDS) de cada uno de los productos existentes en el ambiente de trabajo, deben estar disponibles en el sitio, en el idioma oficial y se debe asegurar que todos los trabajadores y trabajadoras involucrados, están capacitados en lo relativo a su contenido, las manejen y conozcan la información allí reflejada.

5.17

Los custodios de las instalaciones deben asegurar que la notificación de peligros y riesgos a los visitantes sea realizada antes de su ingreso a las mismas.

6

RESPONSABILIDADES 6.1

De los Niveles Directivos y los Gerentes Generales de Cada Área Operacional, de Negocio o Filiales

6.1.1

Suministrar los recursos para el cumplimiento exitoso del programa de identificación y notificación de peligros y riesgos.

6.1.2

Promover y exigir el cumplimiento y efectividad del programa al Custodio de la Instalación o Área, a través de la rendición de cuenta del mismo.

6.2

Del Custodio de la Instalación o Área

6.2.1

Cumplir los lineamientos establecidos en esta norma en instalaciones u organizaciones bajo su custodia; rindiendo cuentas sobre la efectividad del programa de identificación y notificación de peligros y riesgos a los Niveles Directivos.

6.2.2

Asegurar la identificación de peligros y riesgos de su instalación y de los puestos de trabajo asociados a la misma, asignando recursos y exigiendo rendición de cuentas al equipo multidisciplinario.

6.2.3

Designar personal con competencia en la instalación o área para participar en el equipo multidisciplinario.

6.2.4

Suministrar al equipo multidisciplinario toda la información requerida para la identificación de peligros y riesgos.

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6.2.5

Validar con el equipo multidisciplinario los resultados de la identificación de peligros y riesgos.

6.2.6

Asegurar que todos los trabajadores y trabajadoras de su área de trabajo, estén notificados de los peligros y riesgos asociados con su instalación y con el puesto de trabajo que ocupan.

6.2.7

Establecer y mantener un programa de identificación y notificación de peligros y riesgos, según los lineamientos establecidos en esta norma.

6.2.8

Asegurar que los trabajadores y trabajadoras de las empresas contratistas sean notificados de los peligros y riesgos presentes en las instalaciones y puestos de trabajo, previo al inicio de las actividades en las mismas.

6.3

Del Supervisor Inmediato

6.3.1

Notificar, con el apoyo de otras organizaciones involucradas (Higiene Ocupacional, Seguridad Industrial y Salud Integral), a cada trabajador y trabajadora, los peligros y riesgos asociados con su instalación y con el puesto de trabajo que ocupa.

6.3.2

Distribuir para su archivo, los registros de la notificación de peligros y riesgos por instalación y puestos de trabajo, de acuerdo a lo establecido en el punto 7.3.

6.3.3

Mantener un archivo actualizado de las notificaciones de peligros y riesgos de su personal.

6.4

De la Organización Higiene Ocupacional

6.4.1

Divulgar y promover la implantación de esta norma.

6.4.2

Conformar y liderar el equipo multidisciplinario para la identificación de peligros y riesgos.

6.4.3

Aportar las técnicas necesarias para la identificación de peligros y riesgos.

6.4.4

Apoyar a los responsables de realizar la notificación de peligros y riesgos por instalación y puesto de trabajo.

6.4.5

Evaluar la efectividad del programa de identificación y notificación de peligros y riesgos al personal, y establecer las medidas de prevención y control en caso de desviaciones en el mismo.

6.4.6

Elaborar, cuando sea necesario y en conjunto con las organizaciones de Seguridad Industrial y Salud Integral, los procedimientos específicos de Identificación y Notificación de Peligros y Riesgos basados en esta Norma.

6.4.7

La organización Corporativa de Higiene Ocupacional es responsable de la revisión y actualización de esta norma, apoyándose en las organizaciones de Consultoría Jurídica, Recursos Humanos, Seguridad Industrial, Salud Integral y Normalización Técnica Corporativa de Intevep.

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6.5

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De la Organización de Seguridad Industrial

6.5.1

Divulgar y promover la implantación de esta norma.

6.5.2

Participar activamente en el equipo multidisciplinario para la identificación de peligros y riesgos.

6.5.3

Aportar las técnicas necesarias para la identificación de peligros y riesgos.

6.5.4

Apoyar a los responsables de realizar la notificación de peligros y riesgos por instalación y puesto de trabajo.

6.5.5

Elaborar, cuando sea necesario y en conjunto con las organizaciones de Higiene Ocupacional y Salud Integral, los procedimientos específicos de Identificación y Notificación de Peligros y Riesgos basados en esta Norma.

6.6

De la Organización de Salud Integral (Médico Ocupacional)

6.6.1

Divulgar y promover la implantación de la norma.

6.6.2

Asegurar que la historia médica del trabajador y trabajadora cuente con la información de identificación y notificación de peligros y riesgos por instalación y puesto de trabajo.

6.6.3

Participar activamente en el equipo multidisciplinario para la identificación de peligros y riesgos

6.6.4

Apoyar a los responsables de realizar la notificación de peligros y riesgos por instalación y puesto de trabajo.

6.6.5

Elaborar, cuando sea necesario y en conjunto con las organizaciones de Higiene Ocupacional y Seguridad Industrial, los procedimientos específicos de Identificación y Notificación de Peligros y Riesgos basados en esta Norma.

6.7

De los Delegados o Delegadas de Prevención

6.7.1

Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores y trabajadoras en el cumplimiento de esta norma.

6.7.2

Participar activamente en el equipo multidisciplinario para la identificación de peligros y riesgos.

6.7.3

Ejercer labores de vigilancia y control en los ambientes de trabajo, a fin de verificar de manera temprana, posibles desviaciones al programa.

6.7.4

Recibir y procesar de los trabajadores y trabajadoras, las quejas asociadas a desviaciones de esta norma y aquellas que puedan poner en riesgo su salud y seguridad.

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6.7.5

Comunicar al personal de Higiene Ocupacional, Seguridad Industrial, Salud Integral y al Comité de Seguridad y Salud Laboral las desviaciones detectadas, a fin de establecer los correctivos correspondientes.

6.7.6

Exigir el cumplimiento de las medidas preventivas y de control que deben cumplir la empresa, así como los trabajadores y trabajadoras.

6.8

De la Organización de Prevención y Control de Pérdidas (PCP)

6.8.1

Apoyar al Custodio de la Instalación o Área, en la Notificación de Riesgos Generales de la Instalación a los Visitantes, a través de medios idóneos, avalados por las Organizaciones de Higiene y de Seguridad Industrial, de fácil aplicación al momento de su ingreso.

6.8.2

Notificar a los entes gubernamentales que ingrese o utilice las instalaciones de PDVSA (Ej. : Fuerzas Armadas, Cuerpos de Seguridad del Estado), los peligros y riesgos de la instalación.

6.9

De la Organización de Recursos Humanos

6.9.1

Divulgar y promover la implantación de esta norma.

6.9.2

Asegurar que la descripción de los puestos de trabajo se mantenga actualizada.

6.9.3

Apoyar a los responsables de realizar la notificación de peligros y riesgos por puesto de trabajo.

6.9.4

Asegurar que los documentos originales (Anexo A, B y C) firmado por el trabajador, sean archivados y mantenidos según lo estableceido en el punto 7.3.

6.10

De los Trabajadores y las Trabajadoras

6.10.1

Exigir y firmar la Notificación de Peligros y Riesgos, cómo constancia de haber sido informado por escrito de los mismos, sus efectos probables, sistemas de control y medidas de prevención existentes, y conservar copia de la carta y de las matrices de riesgo correspondientes (por instalación y por puesto de trabajo).

6.10.2

Cumplir con las medidas de prevención y control establecidas en la notificación de peligros y riesgos.

6.10.3

Comunicar las quejas asociadas a desviaciones de esta norma, de la notificación de peligros y riesgos, así como, aquellas que puedan poner en riesgo su salud y seguridad.

6.10.4

Participar activamente en el equipo multidisciplinario para la identificación de peligros y riesgos por puesto de trabajo.

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PROCEDIMIENTO En esta sección se presentan en forma esquemática, las etapas que tienen lugar para la ejecución del programa de Identificación y Notificación de Peligros y Riesgos.

7.1 7.1.1

Identificación de Peligros y Riesgos Conformación del Equipo Multidisciplinario de Trabajo Este equipo debe estar íntimamente relacionado con la instalación a evaluar, será liderado por la Organización de Higiene Ocupacional, y en los casos donde sea posible, deberá estar conformado por representantes de: Servicios Técnicos, Mantenimiento, Operaciones, Ingeniería, Seguridad Industrial, Delegados y Delegadas de Prevención, Organización de Prevención y Control de Pérdidas, Recursos Humanos y Salud Integral.

7.1.2

Identificación de Peligros y Riesgos de las Instalaciones y Puestos de Trabajo En la identificación de peligros y riesgos de las instalaciones y puestos de trabajo, el Equipo Multidisciplinario deberá utilizar la metodología establecida en la Norma PDVSA HO–H–02 “Guía para la Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos Ocupacionales”.

7.1.3

Resultados Los resultados de la identificación de peligros y riesgos serán documentados en un informe y registrados en los formatos indicados en los Anexos B. y C (Por puesto de trabajo y por instalación), incluyendo los peligros, riesgos, efectos a la salud, sistemas de prevención y control existentes, así como las medidas preventivas y de control correspondientes a cada uno de los peligros y riesgos identificados.

7.2

Notificación de Peligros y Riesgos Una vez llevada a cabo la identificación de peligros y riesgos por instalación y puesto de trabajo, la información debe ser suministrada a todos los trabajadores y trabajadoras involucrados.

7.2.1

Documentación a Entregar Para la Notificación de los Peligros y Riesgos, se entregarán debidamente llenos a cada trabajador y trabajadora, los Formatos establecidos en los Anexos B y C, los cuales deben estar firmados en todas sus páginas por el supervisor inmediato del trabajador o trabajadora.

7.2.2

Forma de Notificación La notificación debe cubrir como mínimo los siguientes pasos:

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a.

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Página 12 Indice norma

A los trabajadores y trabajadoras:  Charla donde se explique claramente el contenido de los Anexos A, B y C a cargo del supervisor inmediato, con el apoyo de las organizaciones de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Salud Integral.  Entrega al trabajador o trabajadora de la documentación mencionada en el punto 7.2.1 y toda aquella que la organización considere necesaria.  El trabajador o trabajadora debe firmar todas las páginas de los Anexos A, B, y C, así como la documentación que señale la organización de PDVSA a la cual pertenece, como constancia de haber recibido la Notificación de Peligros y Riesgos. Se podrá complementar el proceso de notificación mediante el uso de: vídeos, folletos, y cualquier otro medio idóneo para tal fin.

b.

A los trabajadores y trabajadoras de las contratistas:  Charla donde se explique claramente el contenido del Anexo D (Peligros y Riesgos por Instalación) a cargo de la gerencia contratante y el responsable del área, con el apoyo de las organizaciones de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Salud Integral.  El trabajador o trabajadora de la contratista debe firmar el Anexo D, como constancia de haber sido notificado, en forma escrita, de los peligros y riesgos presentes en la instalación en la cual se va a ejecutar la obra o servicio.

c.

A los visitantes:  Notificar los Riesgos Generales de la Instalación, a través de medios idóneos, avalados por las Organizaciones de Higiene y de Seguridad Industrial, de fácil aplicación al momento de su ingreso.  La notificación debe contener como mínimo: información general de los peligros y riesgos de la instalación, normas a cumplir dentro de la empresa, señales de alarma, teléfonos de emergencia, rutas de escape, puntos de concentración.

7.3

Archivo

7.3.1

La documentación firmada por el trabajador o trabajadora (Anexos A, B y C), se distribuirá para su archivo de la siguiente manera: el original a la Gerencia de Recursos Humanos y copia de los Anexos B y C al Supervisor Inmediato del trabajador o trabajadora, al trabajador o trabajadora y a la Gerencia de Salud Integral.

7.3.2

La Gerencia de Recursos Humanos debe mantener archivada el original y las actualizaciones de la documentación firmada por el trabajador o trabajadora activo; al cesar su relación laboral, esta documentación se mantendrá por un período de 20 años.

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ANEXOS Anexo A: Carta de Identificación y Notificación de Peligros y Riesgos Anexo B: Matriz de Identificación y Notificación de Peligros y Riesgos por Instalación. Anexo C: Matriz Identificación y Notificación de Peligros y Riesgos por Puesto de Trabajo Anexo D: Matriz de Identificación y Notificación de Peligros y Riesgos por Instalación para Contratistas.

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ANEXO A CARTA DE NOTIFICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS NOMBRE DEL TRABAJADOR/TRABAJADORA:____________________________ C.I: ___________________ GERENCIA GENERAL/FUNCIONAL ________________ DPTO: _________________ UBICACIÓN _________________________________ INSTALACIÓN_____________ CARGO O PUESTO DE TRABAJO _____________________ FECHA _____________ La Política Corporativa de Seguridad Industrial, Ambiente e Higiene Ocupacional, en concordancia a lo establecido en La Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, establece la obligatoriedad de identificar y notificar los peligros y riesgos inherentes al desarrollo de sus operaciones con el propósito de prevenir accidentes y enfermedades ocupacionales. En este sentido, el trabajador o trabajadora juega un papel muy importante en la prevención y a tal efecto debe estar informado de los peligros y riesgos asociados con las instalaciones y actividades que desempeña, los medios de control que dispone la empresa y las acciones que él debe tomar para evitar la ocurrencia de estos eventos indeseables. Es por esto que en las páginas anexas a este formato, le estamos enumerando los peligros y riesgos que han sido identificados en las instalaciones y en su puesto de trabajo, los agentes causantes, los efectos probables a la salud, los sistemas de prevención y control existentes y las medidas de prevención y control que usted debe cumplir para garantizar su integridad física. Agradecemos leerlo cuidadosamente y firmar en el sitio correspondiente en señal de que ha entendido el contenido de estas indicaciones y ha sido notificado formalmente, por escrito y mediante una charla impartida por la empresa. Atentamente, Supervisor

Trabajador/Trabajadora

FIRMA:______________________

FIRMA:______________________

NOMBRE:___________________

NOMBRE:___________________

C.I: _____________________

C.I:_________________________

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ANEXO B MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS POR INSTALACIÓN Instalación: RIESGOS

AGENTE DE PELIGROS

SUPERVISOR INMEDIATO

Pág. ___ de _____ SISTEMAS DE PREVENCIÓN

EFECTOS PROBABLES A LA SALUD

Y CONTROL EXISTENTES

RECIBIDO Y ENTERADO TRABAJADOR/TRABAJADORA

FIRMA

FIRMA

NOMBRE

NOMBRE

C.I:

C.I:

MEDIDAS PREVENTIVAS DE CONTROL QUE DEBE CUMPLIR EL TRABAJADOR

FECHA:

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ANEXO C MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS POR PUESTO DE TRABAJO Pág. ___ de _____

Puesto de Trabajo: RIESGOS

AGENTE DE PELIGROS

SUPERVISOR INMEDIATO

SISTEMAS DE PREVENCIÓN

EFECTOS PROBABLES A LA SALUD

Y CONTROL EXISTENTES

RECIBIDO Y ENTERADO TRABAJADOR/TRABAJADORA

FIRMA

FIRMA

NOMBRE

NOMBRE

C.I:

C.I:

MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE CONTROL QUE DEBE CUMPLIR EL TRABAJADOR

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ANEXO D MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS POR INSTALACIÓN PARA CONTRATISTAS Instalación: RIESGOS

AGENTE DE PELIGROS

Pág. ___ de _____ EFECTOS PROBABLES A LA SALUD

SISTEMAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL EXISTENTES

MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE CONTROL QUE DEBE CUMPLIR EL TRABAJADOR

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ANEXO D MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS POR INSTALACIÓN PARA CONTRATISTAS(CONT.) Empresa:

No. de RIF.___________No. Contrato_____________

Los abajos firmantes hacemos constar que hemos sido informados y notificados por escrito y mediante una charla de los peligros y riesgos señalados en el adverso de esta hoja.

NOMBRE Y APELLIDO

CEDULA DE IDENTIDAD

FECHA

FIRMA

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