HISTORIA DEL DERECHO PENAL PERUANO.docx
Short Description
Download HISTORIA DEL DERECHO PENAL PERUANO.docx...
Description
HISTORIA DEL DERECHO PENAL PERUANO Domínguez Sembrera, Iris Anaís. Como todos sabemos, el Derecho penal es el Conjunto de reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian el crimen como hecho y a la pena como legítima consecuencia. Pero para haber podido configurarse como tal, este conjunto de reglas ha sido otorgado poco a poco con el transcurrir del tiempo en un Código o cuerpo normativo, también denominado así, es ahí, en donde justamente nuestro trabajo, realizado con mucho esfuerzo, está dirigido al enriquecimiento de la Historia del derecho Penal peruano. Esperamos sea de su agrado y lo sepan valorar. Sin olvidar que estamos aptas a recibir sugerencias y correcciones que nos ayude a mejorar. La creación de sistemas jurídicos ha sido consecuencia de un proceso lento de los pueblos en donde se hayan elementos de diversa índole como las creencias mágico – religiosas de las cuales derivaran posteriormente las reglas morales cuya desobediencia conllevaría a una sanción. Luego con el tiempo se agregaron otras instituciones hasta llegar a conformar un sistema mucho más complejo. En el ordenamiento jurídico, en su composición es como un sistema en que su núcleo seria constituido por un conjunto de valores religiosos, morales y culturales, que estos le van a dar identidad a una civilización determinada. El derecho penal es fruto de las teorías penales que existieron en Europa y su contenido ha ido variando conforme variaban las tendencias en Europa. Entonces nuestra legislación penal ha sido influenciada por las doctrinas y las escuelas penas europeas. Cuando hablamos de la historia del derecho peruano en este caso del derecho penal nos referimos a la historia del sistema jurídico. I. EL DERECHO PENAL PRE COLOMBINO No son muy precisas las afirmaciones acerca de las normas jurídicas de los pueblos anteriores al imperio incaico, pero es posible como en todo sistema social se hayan desarrollado ideas o nociones Ético-Jurídicas encaminadas a la conservación del orden y la paz social mediante un sistema de penas y castigos, cimentados en la moral y la costumbre. Estas afirmaciones son aproximaciones ya que en al cultura peruana no poseyó un sistema de escritura que permita realizar un análisis de un sistema penal positivo. Estos primeros pobladores al elaborara nociones acerca del delito y la pena, lo hicieron íntimamente ligado a la religión y la moral. En el antiguo Perú se pensó que la ley era una emanación divina. Pero también cuando estudiamos el derecho en los pueblos primitivos tenemos que diferenciar lo que es costumbre y lo que es una norma jurídica. Aquello que se vio hacer por primera vez y se acepto como conforme y se repite (costumbre) y se convierte en regla de costumbre para el futuro y su desconocimiento suscita al rechazo del conglomerado social.
Es después de esta primera etapa más o menos larga que la autoridad establecida, cualquiera que fuera su origen, impone la norma cuya violación es sancionada. II. DERECHO PENAL INCAICO A diferencia del anterior derecho PRE COLOMBINO un poco inexacto, en el derecho penal inca, es muy rico y variado en contenido. Podemos decir que el derecho penal inca era un derecho sustantivo y objetivo. Sustantivo porque existían jueces encargados de ejecutar y sancionar el delito y la objetividad está implícita en a la pena. Según Ella Dunbar Temple nos dice que el derecho penal inca tenía una tendencia evolutiva que lo podemos ver en estas tres etapas: * Etapa de la venganza de sangre: en un periodo primario de civilización manifestado a través de la ley del talión. * Etapa de composición de Weguel: era una especie de reparación a la ofensa cometida mediante una compensación. * Etapa del derecho avanzado: toma a cargo la sanción sin intervención de las partes, en esta última etapa el estado es el encargado de restablecer la regla violada. Las leyes penales ene le imperio incaico eran muy drásticas por que se le equiparaba con el inca, toda violación de la norma era una acción u omisión inferida contra el y con su señorío por lo que la sanción debería ser ejemplarizadora. A veces se llego a extremos pues las penas podían ser desde represión de la libertad al delincuente hasta el asolamiento del pueblo al que pertenecía. Lo que en realidad se buscaba era proteger al estado y con el al inca, es porque al mayoría de delitos eran de carácter público. El inca era el juez supremo y en su ausencia era el curaca que lo reemplazaba, y en un solo acto se realizaba el juzgamiento con asistencia de testigos. La sentencia era inmediatamente ejecutada, en el incanato no existía un catalogo de delitos lo que implicaba que las normas eran de carácter general y que no existía la concordancia entre delito y pena, muchas veces los delitos leves eran sancionados y viceversa lo que generalmente dependía de la naturaleza económica del daño causado. Era de carácter preventivo solo buscaba a la represión individual del delincuente sino que buscaba intimidar a la sociedad. También podemos tener en cuenta que ene derecho penal existían ya atenuantes y agravantes un ejemplo: el destierro limitado en ves de la pena capital. Las penas no eran iguales entre las clases .un noble podía ser decapitado mientras que el común del la gente, la hoguera u otra forma semejante. Entonces podemos llegar a las siguientes conclusiones: * Se utiliza la intimidación. * Se toma en cuenta el reconocimiento de atenuantes y agravantes. * La complicidad era un agravante. * El que omita un delito lo hacia suyo. * La reincidencia era un agravante. * Se reconoció la responsabilidad por daños a terceros. * La culpa psicológica y la tentativa muchas veces no eran castigados al igual que el arrepentimiento.
CLASIFICACION DE DELITOS EN EL DERECHO PENAL INCA 1. Derecho contra el orden público. 2. Derecho contra el orden privado. 3. Derecho contra la vida y la salud 4. Derecho contra la administración de justicia. 5. Derecho contra los deberes de la función 6. Derecho contra el honor sexual y las buenas costumbres. 7. Derecho contra la religión 8. Derecho contra el honor. El derecho penal inca estaba basado en la sencillez, la acusación de oficio, la celeridad en el proceso y la instancia única. III. DERECHO PENAL EN LA COLONIA El ser conquistados fue el inicio de un proceso de cambios, destrucción, de las relaciones sociales de los grupos que unificados por la dominación inca constituían el imperio y al mismo tiempo significo su reorientación conforme a los cánones europeos. Los españoles al asentarse en el territorio nacional impusieron sus costumbres, creencias, su manera de pensar, su sistema de valores, su leyes, esta imposición se realizo por diversos medios, como al evangelización, la encomienda y la violencia. Es un periodo en donde rige el denominado derecho penal indiano elaborado especialmente para las colonias de América. La legislación penal indiana en el Perú estuvo compuesta por las ordenanzas de la intendencia (hoy departamentos), la recopilación de las leyes indias, las ordenanzas de virrey Toledo y las leyes municipales. La institución fue introducida por los españoles en ese continente, estableciéndose después instituciones diversas como las encomiendas, mitas y yaconazgos y demás formas limitativas de la libertad. * Máximo representante de la tendencia unificadora es el extremeño JUAN de Ovando, quien trato por diversos medios la creación de un código único. Esta aspiración casi se realiza cuando ocupo el cargo de presidente del consejo de indias, elaborando un proyecto (proyecto Ovando) en donde se ponía termino al dualismo jurídico y se abolía el sistema de las consignaciones que eran las causantes de abusos coimas y corrupciones en la administración de justicia por parte de caciques y jueces españoles. IV. EL DERECHO PENAL EN LA REPÚBLICA Proclamada la independencia peruana se declaró personas libres a todos los que nacieran después del 28 de Julio de 1821. Los políticos se oponían debido a que la disputa con los españoles no finiquitaba. Las constituciones posteriores las consagraban, pero no las cumplían y continuaban vigentes la pena de azotes y el desprecio a los esclavos.
Con el Decreto del 10 de Marzo de 1835 se concedió la introducción de esclavos africanos al Perú, esto tuvo un lapso hasta 1839 con la Ley del 29 de Noviembre del mismo año; y desde ahí se empezó a regular el Estatuto de los Libertos y las obligaciones de los amos que expresaba, los esclavos eran los nacidos antes de la independencia y los libertos, pese a que sus madres sean esclavas lo importante es que sus hijos nazcan después de la fecha de la independencia, a todos ellos se les reconocía el Derecho para adquirir propiedades, a los esclavos también, pero lícitamente, libertad a que cambien de amo; y así adquirieron también algunos Derechos civiles. Es por eso que el derecho peruano recibe doble determinación (por las disposiciones españolas y las peruanas). San Martín reconoció la validez de las disposiciones españolas, pero no permitían que estas contravengan el principio de libertad y de independencia y, tampoco iba a permitir que cualquier autoridad competente la derogue. Esto estuvo descrito en el Reglamento de Huaura el 17 de Marzo de 1821. Luego también estuvo expreso en la Constitución de 1823. Las transformaciones del Derecho Penal peruano fueron lentas, pero se dieron. En el campo del Derecho Penal los primeros dispositivos estaban encomendados a la protección del Nuevo Orden. Por ejemplo: * Los Decretos otorgados por el General San Martín sancionaban con pena de muerte a los funcionarios que no entregasen al fisco las monedas de oro. * De igual manera a los empleados que faltaban maliciosamente. Estas penas fueron muy represivas, es por ello que las constituciones de 1823 y 1828 nos las tomó en cuenta, no obstante la Evolución del Derecho Penal Peruano estaba encaminada a la humanización de las penas. A. Proyecto del Código Penal de Manuel Lorenzo de Vidaurre.Realizó un verdadero trabajo científico de Derecho Positivo. Se inspiró en la obra de Filangieri. En 1811 inicia la elaboración de su proyecto. Publica la primera parte en Cuba y luego en EE.UU, Boston, debido a que fue involucrado en una conspiración. En 1827 envía su proyecto al Congreso del Perú y a la vez a Chile para ser partícipe de una convocatoria respecto al Código Criminal en donde se nota una marcada influencia inglesa y francesa. Vidaurre busca no sólo la represión, sino la prevención: * Su proyecto estuvo dividido en dos partes: Exposición teórica y descripciones típicas. Contiene 230 páginas, (208 son de exposición de motivos y 30 aprox. al código mismo). * Para Vidaurre, Delito era el daño causado conscientemente a la sociedad. Hace una diferencia entre Delitos públicos (Delitos que atacaban a la sociedad) y Delitos privados (los que atacaban a la propiedad y a la reputación de la personas). Y el fin d ela pena, para él, era resarcir el mal causado y evitar los que pudiesen surgir. * Se caracteriza por el laicismo, el liberalismo y el carácter draconiano de sus penas. * Cataloga como penas importantes a la infamia, expatriación, confiscación, condena a
trabajos públicos, azotes o pagos pecuniarios. Ejemplo de sus penas: * Expatriación, para aquellos que se inscriben con un tirano. * Pérdida de empleo, restitución del cuádruple o prisión por 10 años, a los que realizaban peculado. * Trabajos públicos con una gorra donde anuncie su delito y en el pecho el retrato de su víctima, para los que cometían parricidio. * Limpieza de hospitales con un cartel que anuncie “pérfida” o “adúltera”, dependiendo de las circunstancias, para la mujer que mataba a su marido. * Trabajo en el panteón con la calavera del difunto colgado en el pecho, para el adúltero que mataba a su cónyuge y si era adúltera, con una cinta negra. * Desde un punto de vista de prevención, exige: buen gobierno, educación, leyes en contra de la pereza, etc. Y propone: normas que eviten el aborto, adulterios, falsedad, robos, mala administración, etc. B. Código Penal de Santa cruz para la confederación Perú-Boliviana.* Tuvo vigencia el 13 de Octubre de 1836, (el mismo lapso de la confederación). * Estuvo inspirado por el código español de 1822, denotando influencia francesa. C. Código Penal de 1863.Justamente en el Gobierno del Mariscal Castilla se apertura la codificación en el Perú. El Congreso en 1845 nombra a una comisión codificadora para la elaboración de un proyecto del Código Penal con un lapso de 2 años. Pero hubo tres comisiones: 1° Comisión; otorgada por una Ley del Congreso el 26 de Noviembre de 1853. Constituida por 5 diputados y 3 senadores. Ellos presentaron el proyecto en 1855. 2° Comisión; otorgada por la Convención Nacional en 1856, como comisión revisora. La terminan en 1859; y finiquitan describiendo que la pena de muerte era sólo para delitos atroces. 3° Comisión; dada por el Congreso en 1861 para que examinara el problema de la pena capital (de muerte). La terminaron en 1862 sin ser revisado por el Congreso. * Recién en 1863 es promulgado el 1° Código Penal del Perú. Este Código tuvo influencia española, no obstante sirvió como guía iluminadora. Dividida en tres libros: 1°Libro; es la parte General, expone principios generales del D° Penal. 2° Libro; Describe delitos y penas. 3°Libro; Describe las faltas. D. Código Penal de 1924.El Congreso ante la necesidad urgente de reformar el código dicta en 1915 una Ley para que la Comisión presidida por V. M. Maurtua prepare un proyecto de Código Penal. Lo terminó y lo presentó en 1916. El 18 de Marzo de 1918 entra en vigencia por que la Cámara de diputados así lo dictaminó.
El 30 de Diciembre de 1931, el Congreso nombra a una nueva comisión donde es considerado Maurtua; y el 29 de Julio de 1924 entra en vigencia. * Tuvo bastante influencia Suiza, como en los primeros artículos al describir el principio de Legalidad, como en los elementos de infracción y las medidas de seguridad. También ha transcrito las disposiciones helvéticas (Relativo a Suiza), sobre inimputabilidad y culpabilidad. * Describe el envío de delincuentes a una casa de reeducación y a los delincuentes de responsabilidad restringida a un hospital. * Estuvo conformado por 4 libros: * 1°Libro; Comenta las disposiciones generales: Garantías de la Ley Penal, las penas y su determinación, culpabilidad y atenuantes de responsabilidad. 2°Libro; (234 artículos), comprendía delitos contra el patrimonio, honor, la libertad, las buenas costumbres y la familia. 3°Libro; se ocupaba de las faltas (11 artículos). 4°Libro; comprendía la vigencia y aplicación del Código Penal (24 artículos). E. El proyecto de Cornejo Jiménez de 1928.Promulgado el Código de Maurtua se pensó en una reforma penal. Se nombró a una comisión para que revise el código, pero ellos decidieron reformarlo y lo publicaron en 1927, luego en 1928 ellos mismos corrigieron su proyecto por su excesivo casuismo. * Su proyecto estuvo dividido en 2 partes: * 1° Parte; referida a la represión de la delincuencia que contiene asimismo tres libros, y son: 1°Libro; titulado “Preceptos generales”, (189 artículos), dividido en 6 secciones: la Ley Penal; las infracciones según su especie; las sanciones penales; la capacidad penal, la incapacidad penal y los hechos o causas de justificación; la penalidad en relación al grado de realización de la infracción y del grado de cooperación en ella; y la responsabilidad civil. 2°Libro y 3°Libro; titulado “Delitos en particular y las referidas a las faltas y contravenciones”. El 2°libro, (tiene 6 secciones y 293 artículos). Y el 3°Libro, (consta de 2 secciones y 68 artículos). 2°Parte; es titulada prevención referida a las medidas de seguridad. * Cornejo J. nombra penas como: presidio, penitenciaría, cárcel, arresto, expatriación, inhabilitación y multa. * Señala que “Peligroso” es quien ha delinquido y puede tener aptitudes para reincidir. Y puede realizarlo por causa de condiciones psíquicas o carencia moral. * Este código enumera los síntomas de la peligrosidad en el artículo 151, que serían a
la vez 16 causas atenuantes. * Tipifica a los delitos según el grado de ejecución: la tentativa, el delito frustrado y el delito imposible. * Nos comenta de la Responsabilidad Civil: la indemnización, restitución y reparación. F. Anteproyecto del Código Penal de 1972.Por Decreto supremo N° 136 del 25 de Marzo de 1965, el presidente Fernando Belaunde Terry, nombra a una comisión para que revise el código penal de 1924. Los integrantes de la comisión fueron representantes de la Universidad Mayor de San Marcos, la Católica, Colegio Ilustre de Abogados y de la Federación de Abogadas. Presentaron el proyecto el 7 de Junio de 1972. * La comisión conserva 124 artículos, modificaron 203, incorporaron 73 y suprimieron 28. * Realizaron modificaciones en las dos partes, les menciono algunas de las modificatorias:
1. Parte General: a) En el catálogo de sanciones; las penas y medidas de seguridad quedan reducidas a internamiento, relegación, prisión, multa, inhabilitación, caución de buena conducta y curativas. b) La condena condicional; será susceptible de ser aplicado a sentencias que señalan una pena no mayor de dos años de prisión. c) Tratamiento de menores; el menor que no ha cumplido 21 años, al tiempo de fijarse la condena no puede ser declarado reincidente. 2. Parte especial; incorpora figuras delictivas. Pese a que el francés Robert Vovin señalaba que era peligroso el aumento de esas figuras, como: el hurto de uso, piratería aérea, quiebra fraudulenta y enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos. * Este proyecto duró como el Régimen militar. Al instaurarse el Régimen democrático el 28 de Julio de 1980 se puso en vigencia la nueva carta magna. G. Código penal de 1991.En 1981 se emitió la Resolución Suprema 070-81-JUS, nombrando a una comisión para que presente un anteproyecto al ministerio de Justicia. Es ahí cuando se otorgó el Nuevo Código penal de 1991 por Decreto Legislativo el 3 de Abril de 1991. * Se promulga con 466 artículos, luego recibe modificatorias por los nuevos delitos del terrorismo y narcotráfico.
View more...
Comments