Historia Constitucional En-Honduras

January 20, 2024 | Author: Anonymous | Category: N/A
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HISTORIA CONSTITUCIONAL EN HONDURAS.

Historia constitucional del periodo pre/ independiente, hasta el periodo de Modernización del Estado hondureño. Los principios fundamentales del Derecho Público hondureño son democráticos, principio de separación de poderes o autonomía, de funciones principios de constitucionalidad o supremacía de las normas constitucionales, principio de legalidad y principio de control, para el conocimiento de tales principios es importante conocer la génesis y desarrollo del derecho constitucional en Honduras, desde la vigencia de las primeras constituciones españolas hasta la Constitución de la República de 1982. Una investigación bibliográfica nos lleva a proponer una división del desarrollo histórico constitucional en los siguientes periodos; periodo pre independiente 1808/ 1821 y periodo de anexión de Centroamérica a México 1821 /1823, periodo

post- separación de las provincias de México 1824/, 1838, periodo por separación de las provincias de la Federación 1838 /1873 y el periodo de la modernización de República 1976 /1982 El periodo pre independiente de 1808/ 1821 y periodo de anexión de Centroamérica a México 1821/ 1823. Honduras posteriormente a su conquista y organización de la colonia entre 1544 Y 1579 y la definición en este último año en que se dividió las provincias de Comayagua y Tegucigalpa hasta 1778, organizo conforme la ordenanza de Intendentes y el establecimiento de la Alcaldía Mayor de Tegucigalpa estaban con vigencia, 2 Constitución la Constitución de Bayona de 1808 y la constitución de la monarquía española poco conocida como la Cortes de Cadiz 1808, dónde se proclamaba la Soberanía de las Cortes , la división de poderes y la instalación de una monarquía constitucional con un rey Fernando VII fuerte pero , por un parlamento bicameral, estas constituciones desde su formulación recogían una división ideológica entre los Idealista y americanos, recogían también las influencias de modelo francés americana e inclusive la británica compostura bien definidas en casi todos los temas constitucionales, por ejemplo la Constitución de 1812 con respecto al concepto de nación y la y al tratamiento de las colonias En la constitución de las Cortes de Cádiz 1812, el historicismo español constituye una de las notas sobresalientes de dicho modelo constitucional , ya que constituye una de las notas a la venta de dicho modelo concesionaria que casi no existió articulo donde se haya intentado justificar desde las perspectivas históricas la originalidad de tal constitución, está en su argumentación no en su contenido, según los estudios realizados sobre ella recientemente en España desde 1812 a 1820. estuvo vigente dicha constitución en la provincia de Centroamérica

Periodo post separación y la y de las provincias de México 1824 Y 1 838 EL 15 de septiembre 1821 fue proclamada la independencia de Centroamérica en la Capitanía General de Guatemala, el 28 de septiembre 1821 arribaban a

Tegucigalpa los pliegos de aquella gesta libertadora en aquel entonces Comayagua era la capital de Honduras a

Cargo de Gobernador José Tinoco de Contreras, la anexión de México se había mantenido hasta 1823 por el grado de influencia al gobernador español, al ser este amigo íntimo de del emperador Agustín Iturbide la cual se rompe el 28 de marzo de ese mismo año, siendo gobernador don Juan Nepomuceno Fernández Lindo y Zelaya procedente de Guatemala llegó el general Vicente Filisola a tratar a consolidar la anexión con México, pero este ante el derrocamiento de Iturbide convoco a un congreso nacional de Centroamérica el que una vez reunido declaró sin lugar dicha anexión y adoptó de Inmediato al sistema de gobierno popular representativo federal, el 16 de septiembre 1824 resultó electo por la Asamblea Nacional Constituyente como jefe de Estado Honduras el licenciado don Dionisio de Herrera Constitución Federal de Centro América de 1824 la Federal La constituyente federal reunida en Guatemala el 5 de mayo de 1824 emitió un decreto mediante el cual se las provincias centroamericanas debían convocar a sus respectivos congresos constituyentes y así

elegir a su jefe y vicejefe para

ejercer provisionalmente el Poder Ejecutivo y fue así como el 22 de noviembre de 1824 el Congreso Federal emitió la Constitución Federal de Centroamérica. En la organización de los poderes se siguió el modelo clásico legislativo. ejecutivo y judicial, señalándose también que la elección del Presidente senadores y Corte Suprema de Justicia se hacía por separado, en esta Constitución se admitían los eclesiásticos como representante en el Congreso y podían haber uno por cada estado, el Senado lo precedía el vicepresidente de la República y las sesiones duraban un año en la forma reglamentada se establecía que la pena de muerte únicamente los delitos que atentaban contra el orden público,

asesinato y homicidio premeditada,

así así mismo estaba

garantiza la libertad de expresión, la libertad de petición verbal o por escrito, la

libertad de locomoción siempre conforme a la ley, enumeraba las garantías acerca de la libertad individual. El poder legislativo lo conformaban los senadores y estaba integrado por 2 senadores por cada estado, tenían un sistema bicameral, pues que tenían establecido la realidad de cámaras, una de Diputados y una de Senadores para el ejercicio del poder legislativo, el Poder Ejecutivo lo ejercía de Presidente de la República Federal si este fallaba lo sustituía el Vicepresidente, en caso de faltar este por un senador. El Poder Judicial estaba integrado por cinco o por siete magistrados, se elegían cada dos años y después de transcurrido ese periodo no podían ser reelecto, su función era arbitrar cuando surgían problemas entre los estados, con un Consejo de Representantes o Junta de Representantes en cada estado venían hacer como senado Federal, para cada uno de ellos estos elegían los de distrito y estos a su vez a la Junta Departamentos, está junta elegía el representante y suplentes para el Congreso, siendo Jefe de Estado Don Dionisio de Herrera creó la primera Corte Suprema de Justicia y el primer escudo de armas.

Honduras Ha tenido 14 constituciones en total La primera constitución de Honduras se publicó el 11 de diciembre de 1825 y sentó las bases de lo que sería el gobierno de Honduras, los derechos y las sucesiones presidenciales. El órgano legislativo inauguró sus sesiones un 19 de septiembre de 1824, del escrutinio resultó electo como primer jefe de Estado, Don Dionisio de Herrera y como vice-jefe José Justo Milla. Honduras estaba dividida en siete departamentos: Comayagua, Tegucigalpa, Gracias, Santa Bárbara, Yoro, Olancho y Choluteca. Segunda Constitución El Estado Federal, tiene los mismos poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y los mismos derechos

y

libertades

de

los

que ya habían sido establecidos en las anterior constitución.

habitantes

Tercera Constitución Con esta Constitución se volvió el sistema del Senado, un propietario y un suplente por cada departamento. El territorio que consistía en que ya no se decía que correspondía al obispado de Honduras sino que “Al gobierno Español”, por primera vez se señalaron los límites, siempre conservando la religión católica como oficial, aunque el vinieran

a

establecerse

mismas

que

en

al

país.

gobierno Los

protegía a

derechos

y

los

demás que

garantías

eran

las

las Constituciones anteriores, y además se consagraba el

principio de anualidad por el presupuesto de gastos. El período presidencial fue de dos años permitiendo la reelección por una sola vez siendo

requisitos

presidente:

seglar; Ser

Mayor

de

30

años; Ser

del

estado

para de

Centroamérica de origen y hallarse en el ejercicio de sus derechos. El Poder Judicial se componía de 7 magistrados, un propietario y un Suplente por cada departamento: Comayagua; Tegucigalpa (Actual Departamento de Francisco Morazán); Gracias (Actual Departamento de Lempira); Santa Bárbara; Olancho y Choluteca. El Tribunal Superior de Justicia se dividía en 3salas: 2 de apelaciones y una para lo civil, una para lo criminal y la tercera de súplica.

Cuarta Constitución La representativa

y se

Judicial; el primero

forma de gobierno

ejercía por

3

recibía en el

era

republicana, popular,

poderes distintos: Legislativo, Ejecutivo y cuerpo representativo, el segundo en un

presidente y el tercero en la Corte de Justicia y juzgados inferiores. En el poder Legislativo diputados

el y

bicameralismo

la

cámara

se

consagró

siendo:

la

cámara

de

de senadores, estas eran independientes entre sí. El

poder ejecutivo lo ejercía un presidente de Estado nombrado directamente por los ciudadanos de Honduras, que debía resultar electo por mayoría votos, de

lo

contrario

las

cámaras

reunidas

en

asamblea

absoluta general

de lo

elegirían entre los dos o más que hayan obtenido mayoría de votos, la duración del período presidencial era de 4 años y podían reelegirse por una sola vez sin intervalo de tiempo. La Corte Suprema de Justicia se dividía en dos secciones, cada una de 3 magistrados propietarios, y dos suplentes que elegiría la Asamblea

General, una en Comayagua y otra en Tegucigalpa. En esta Constitución fue abolida la pena de muerte con sus excepciones los juicios civiles sobre injurias no podían entablarse si no ser constar que se había intentado antes el medio reconciliación, así mismo no podía haber 2 juicios por un mismo delito. Quinta: Constitución Emitida

en

el

gobierno

del

Capitán

general José

María Medina. El gobierno era Popular, representativo y se ejercía por tres poderes, de nuevo se estableció a la Iglesia católica como oficial. Se creó el cargo

de

Tesorero

General

de

la

república

y

en

los

departamentos

Intendentes, la ley demarcaba sus funciones y cualidades. Fue en esta Constitución que se reconoció abolió

la

pena

por primera vez el HABEAS

CORPUS.

Se

de muerte en materia política y solo se dejó como delitos de

asesinato, homicidio premeditado, asalto o incendio si se siguiere de muerte y de parricidio. El período presidencial fue de 4 años, pero sin reelección sucesiva y era Comandante en Jefe del Ejército y de la Armada. El Poder Judicial lo ejercía una Corte dividida en 2 secciones y los demás Tribunales, cada sección compuesta por al menos 3 Magistrados propietarios y 2 suplentes. Para reformar esta Constitución se necesitaba 2/3 votos. Sexta Constitución: La nueva Constitución Fundamental promulgada por el Doctor Céleo Arias que había asumido el poder. Se reiteró la religión católica como oficial bajo la protección del gobierno siempre con la exclusión del ejercicio público de otro culto. Se fijó la ciudadanía en la edad de 20 años y en18 si se había casado o tenido algún grado literario. El Poder Legislativo se ejercía de igual por un Congreso de Diputados electos con una duración de 4 años pudiendo ser reelectos una vez. El período presidencial era de 4 años, se prohibía la reelección presidencial por ninguna causa o pretexto. El poder judicial era ejercido por una Corte dividida

en

secciones

y

demás Tribunales, la residencia era igual que la

Constitución anterior. Se mantenía el fuero de guerra, lo mismo que el Habeas Corpus, la detención para inquirir no pasaba de 6 días. Las penas debían ser proporcionales al delito y ninguna corporal pasaba de 10 años.

Séptima constitución: Dictada durante el gobierno de Marco Aurelio Soto, la nueva constitución comprendía entre otras reformas, emitir un Código Civil; Código Penal; Código Militar; Código de Procedimientos; Código de Educación Pública; una La Ley de Minería. El establecimiento por primera vez en Honduras

el

Telégrafo, el

la

Correo

y

fundó

el

Hospital

General

San

Felipe

y

Biblioteca Nacional. Trasladó la Capital de Comayagua a Tegucigalpa y construyó los parques donde actualmente se encuentran los bustos de: Gral. Francisco Morazán, José Trinidad Cabañas, Don Dionisio de Herrera y del presbítero José Trinidad Reyes. Creación de los departamentos de Intibucá y Colón. Se fijaron nuevas reglas para transitar el territorio de la República en el cual se podía salir de él sin pasaporte. Se estableció la libertad de cultos. La educación se volvió obligatoria, laica y gratuita (la primaria). Se otorgaron concesiones a las compañías mineras y el país se desarrolló en el sector agropecuario y minero. El Poder Judicial se ejercía por la Corte Suprema de Justicia compuesta por 5 Magistrados y por los Tribunales Superiores e Inferiores. El nombramiento se los Magistrados estaba sujeta al Congreso Nacional y Se consagró la autoridad municipal.

Octava constitución: La nueva Constitución emitida en el gobierno de José Policarpo Bonilla Vásquez entre otras cosas contenía: Se consagró el voto secreto y directo. Se reconocieron las minorías electorales. Se consolidó la abolición de la pena de muerte. Las penas carcelarias no debían sobrepasar de15 años. Se declaró el recurso de amparo y se afirmó el Habeas Corpus. Se estableció el poder ejercicio de las religiones siempre que no se opusiera a

las leyes del

país. Se prohibía la enajenación del dominio pleno. Se estatuyó que el Poder Judicial, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia eran elegidos por el Congreso Nacional. Fue ratificado Constitucionalmente la ampliación del período constitucional, hasta el primero de enero de 1949. Novena Constitución: La presente Constitución de la República de Honduras de 1904 vigente a partir de 1906 siendo presidente la República General Manuel

Bonilla el 12 de febrero de 190,

convoco a elecciones de diputado a una

Asamblea Nacional Constituyente integrada, la constituyente se aprobó mediante decreto número 60 una nueva Constitución Política del dos de septiembre de 1904 Y entró en vigencia, hasta el primero de marzo del año 1906 está Constitución volvió a dar facultad al Congreso Nacional de elegir a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, en cuanto a la reelección de que el presidente de la República se la autorizaba por un periodo más y en caso de que esté faltará asumirá el poder el Consejo de Ministro, no el vicepresidente como en los casos anteriores, hubo un retroceso en cuanto a establecer nuevamente la pena de muerte. para delitos graves. El voto se volvió público y secreto con la representación de las minorías se volvió la establecer la binualidad presupuestaria y los diputado serán electos por 4 años pudiendo volver a repetirse indefinidamente, está Constitución mantuvo, igual es garantía ciudadana, garantizando la libertad religiosa, así como también el habeas corpus y el amparo, se mantuvo en la enseñanza, primaria, laica, obligatoria y gratuita, se mantuvo figura del Fiscal General como representante de los intereses de la Hacienda Pública y se mantuvo también la autonomía municipal, se permitía la revisión en materia civil. La décima constitución fue mediante decreto número 7 del 10 de 1924, en reunión de los diputados constituyentes en Tegucigalpa, dieron a Honduras una nueva Carta Magna, esta Constitución en el título referente a la nación declaraba a Honduras Como un estado disgregado de la República de Centroamérica, pero dejaba abierta la puerta para la posible unión en el futuro. As mismo consagraba los mismos derechos y garantías que las constituciones anteriores, incluyendo el habeas corpus, amparo y la abolición de la pena de muerte. Centro Integrado el voto directo y secreto y la representación de las minorías que en la constitución de 1904 habían sido abolidas con respecto a los extranjeros volvió siempre establecer el asilo sagrado para toda persona que se refugia en el territorio. En el cual contemplaba la inviolabilidad del domicilio considerado como así lo sagrado

consagrando la libertad religiosa se prohibían la vinculación es y toda institución a favor de establecimientos religiosos se eliminaba el uso del papel sellado.

En las peticiones que se dirigían al Poder Ejecutivo con algunas excepciones en esta nueva Constitución se volvió a admitir la expropiación de inmuebles por necesidad y utilidad pública siempre con arreglo a derecho.

Decima primera constitución: Constitución de la República de Honduras del año 1936 siendo el presidente de la República de Honduras el general Carías Andino el 9 de enero de 1936, el Congreso Nacional hizo con la convocatoria para las elecciones

de

diputados

a

la

Asamblea

Constituyente,

designando

inmediatamente una comisión para que redactara el anteproyecto de la Constitución, la Constituyente se reunió en Tegucigalpa y el 28 de marzo de 1936, siendo presidente de la Asamblea Nacional Constituyente Antonio Rivera, mediante decreto 3 se creó el nuevo texto fundamental, en esta Constitución se vuelve a establecer que no era obstáculo para los tratados que pudieran celebrarse con una o más sesiones de la antigua república centroamericana con el fin unionista de nuestra nación, en general contenía, la misma declaraciones garantías y principios de las anteriores y se conserva la misma estructura del aparato estatal, en cuanto a la nacionalidad dice que ningún hondureño nacido en el territorio de la Nación tendría otra nacionalidad distinta a la de Honduras mientras residiera en el país según el artículo 7 reconocía la jus sanguini en las anteriores constituciones solo se reconocía la Jus Solí, se restableció nuevamente la pena de muerte, con excepciones a delitos ya prescritos a la Constitución, se consagraban nueva nuevamente el habeas corpus y el amparo y

Las penas

siempre eran de 12 años y acumuladas de 20 , en cuanto a la iglesia se declaraba nuevamente separada del Estado y se garantizaba el Libre ejercicio de las religiones siempre que no se opusieran a las leyes del país. Se volvió acondicionar la prohibición de enajenar el dominio pleno con las excepciones que las mismas señala, también se incorporó el título del trabajo y de la familia en las

que se consagraban disposiciones relacionadas con el trabajo y las empresas, responsabilidad patrono y condiciones de trabajo como ser el número de hora de trabajo, el trabajo de menores, forma de pago, también ordenaba que las empresas deberían construir hospitales para sus trabajadores y sostuvo que la jornada de 8 horas diarias y la semana de seis, las empresas extranjeras de las cosas norte de Honduras dedicadas al cultivo de banano fueron las primeras en cumplir con estos preceptos constitucionales. Decimosegunda constitución: Emitida durante el gobierno del doctor José Ramón soberano

Adolfo e

Villeda

Morales.

Se

declaró

independiente, reconociendo

los

a Honduras derechos

un y

Estado garantías

individuales reconocidas en las Constituciones anteriores. Se prohibía la reelección presidencial, declarando que la violación a esta norma daba derecho a la insurrección popular. Le da el carácter de Instituciones de Derecho Público a los partidos políticos. Estableció el voto directo, igualitario y secreto. Se tuteló por el Estado la maternidad y el matrimonio, así como el matrimonio de hecho; se eliminaron las diferencias entre hijos legítimos y naturales. Se declaró de utilidad pública la emisión del Código de Trabajo y se emitió la Ley del Seguro Social. Se reconoció el derecho a la huelga y paro. Se emitieron las Leyes de Fomento Industrial y la Reforma Agraria. El Estado reconoció y garantizó la propiedad privada y admitió la intervención del Estado en la economía privada, por razones de orden público e interés social. Se creó la Proveeduría General de la República, la Oficina de Administración de Bienes Nacionales, La Contratación General de la República, el Régimen de Servicio Civil, el Banco Municipal Autónomo y se formó el Distrito Central con Tegucigalpa y Comayagüela. Siguió el modelo delos tres poderes del Estado. Se crearon los tres designados Presidenciales para sustituir al presidente Titular. Se creó el Consejo Superior de Defensa Nacional. Se emitieron: el Código de Trabajo, Ley de Reforma Agraria, Seguro Social; y se establecieron: la Junta Nacional de Bienestar Social, Instituto Nacional de

la

Vivienda

(INVA),

El

Servicio

Autónomo

Nacional

de

Acueductos

y

Alcantarillados (SANAA), La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE). Decimotercera constitución: Emitida durante el gobierno militar del General Oswaldo

López

presupuesto

de

Arellano, esta la

Universidad

constitución contemplaba: Nacional

Autónoma

Aumentó el

de Honduras(UNAH)

en un 3%. Se definió la Bandera y el Escudo Nacional de Honduras como símbolos nacionales, asimismo Previsión

Militar

(IPM).

El

el

Himno.

Se

creó

el

Instituto

de

Poder Ejecutivo lo formó un Presidente y 3

designados. El período presidencial era de 6 años sin lugar a reelección. El Poder Judicial se elevó el número de Magistrados a 7, y 7 propietarios y 5suplentes. Se crearon la Empresa Nacional Portuaria de Honduras (ENP) y el Banco de los Trabajadores (Bantra) y el Instituto de Previsión del Magisterio (INPREMA) Decimocuarta constitución: Emitida por la Asamblea Nacional Legislativa la constitución, entre otras reformas contiene: La redefinición funcional con el Nuevo Tribunal Supremo Electoral. Las declaraciones y garantías a fin de proteger

la

persona

la

humana por medio del

respeto

de los derechos

humanos. A

división y redefinición entre la competencia militar y civil. La seguridad ciudadana y la necesidad de tratamiento de reclusión menores de edad. Sobre el papel y unificación de criterios en la educación superior. Las competencias limitaciones de los miembros de los poderes del Estado. Eliminación de la inmunidad de los Diputados y altos funcionarios por elección y participación de poder, la sociedad civil en el nombramiento y de los miembros de la Corte Suprema de Justicia. La sustitución de la Contraloría General de la República de la Dirección de Probidad Administrativa con la Creación del Tribunal Superior de Cuentas. Reestructuración de la función, organización y rol ante el poder civil y las Fuerzas Armadas y Seguridad Pública, la estructura y funcionalidad de este en la Administración Pública. La nacionalidad en la aplicación del Jus Soli y Jus

Sanguini. La nueva

figura del vicepresidente del Poder Ejecutivo. El nuevo rol del Registro Nacional de las Personas, la Ley sobre Justicia Constitucional que establece la competencia

de las Instituciones por medio de la Corte Suprema de Justicia y la reforma y ratificación del artículo 5 sobre la figura del referéndum y plebiscito. Se aprobaron las reformas sobre la forma de aprobarse un tratado que afecta una disposición constitucional, los recursos de Habeas Corpus, etc. La Facultad, atribuciones y organización de la Corte Suprema de Justicia, que deberán ratificarse en la presente legislatura. La Constitución de 1982 presenta varias reformas realizadas en años posteriores.

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