Hecho Generador de La Obligación Tributaria Aduanera - Ricardo Correa
November 20, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Short Description
Download Hecho Generador de La Obligación Tributaria Aduanera - Ricardo Correa...
Description
Ricardo Correa
Hecho Generador de la Obligación Tributaria Aduanera Luego de haber leído y analizado detalladamente los textos referentes al hecho he cho gene genera rador dor de la Oblig Obligac ación ión Tribu Tributar taria ia Adua Aduane nera, ra, pude pude desa desarro rrolla llarr un pensamiento crítico acerca de los mismos, los cuales fueron fundamentales a la hora de comprender las conclusiones del tema en cuestión. Este tema se verá desarrollado a continuación: Cabe Ca be dest destac acar ar que que la Obli Obliga gaci ción ón Tr Trib ibut utar aria ia Adua Aduane nera ra (OTA (OTA)) es la responsabilidad de pagar los derechos e impuestos aduaneros que recae sobre el consignatario de las mercaderías cuando este realiza el hecho imponible. Se conoce como Hecho Generador a la realización del hecho imponible, el cual se refiere al supuesto de naturaleza jurídica o económica establecido por la ley para tipificar el tributo, cuya realización origina el nacimiento de la obligación de tributar. Aunque la definición definición anteriormente anteriormente planteada planteada resalta que la obligación obligación recae rec ae sobre sobre el cons consign ignata atario rio,, la corre correcta cta afirm afirmaci ación ón es que que recae recae sobre sobre las mercancías objeto de importación. El consignatario, importador o propietario de las mercancías debe librarlas de dicha obligación con finalidad de despachar las mercancías. Las teorías más comunes respecto al nacimiento del hecho generador de la Obligación Tributaria Aduanera que pr predo edomin minan an en las legisl legislaci acion ones es nacionales, en mayor parte de los
Teoría del Paso o Cruce
países, son las siguientes: Teoría de la Declaración al Régimen de Despacho a consumo
Teoría de la Nacionalización
Ricardo Correa
La Teor Teoría ía del Paso Paso o Cruc Cruce e selecciona el hecho físico o material del
ingreso de las mercaderías al territorio aduanero como generador del impuesto de aduanas. El estado adquiere la facultad de imponer el tributo aduanero en el momento en que las mercaderías atraviesan la línea aduanera, adquiriendo de esta forma la facultad de limitar la disponibilidad de estas. No obstante, esta teoría trae consigo algunos inconvenientes, los cuales son:
No se conoce la cuantía de la deida aduanera, no se puede pagar una deuda incierta.
Regímenes suspensivos: Tránsito, internación temporal.
Mercaderías descargadas por error.
En
la
Teoría Teo ría de la Declaraci Declaración ón al Régimen Régimen de Despacho Despacho a consum consumo o la situación
generadora de la Obligación Tributaria es la declaración al régimen de importación para el uso o consumo definitivo. El hecho generador del impuesto de importación se produce cuando el interesado manifiesta expresadamente y por escrito dicha intención de ingresar una mercancía. Cabe destacar que el Régimen de Desp De spac acho ho a Cons Consum umo o pert perten enec ece e al grupo de los regímenes definitivos, por lo que las mercancías salen o entran de la
zona
aduanera
de
manera
perm pe rman anen ente te.. Sus Sus aleg alegat atos os en co cont ntra ra son:
El importador no determina la obligación, sino la Ley que establece el gravamen.
La declaración debe ser aceptada por la Aduana.
Ricardo Correa
La Teoría de la Nacionalización expresa que la situación generadora de la obligación tributaria debe ser el levante de las mercancías, posterior a que hayan sido declarad declaradas as al régimen régimen de Despacho Despacho de Consumo Consumo.. Se fundame fundamenta nta en el hech he cho o de que que una una decl declar arac ació ión n a cons consum umo o no sign signif ific ica a que que el im impo port rtad ador or introducirá, para uso o consumo, y de forma definitiva las mercancías. Cabe destacar que en la República Dominicana se estableció la teoría de la Declaración de Consumo como hecho Generador de la Obligación Tributaria. De acuerdo con el Art. 53 de la Ley 3489 para el Régimen de las Aduanas de 1953 1953,, el hech hecho o Gene Genera rado dorr de la obli obliga gaci ción ón trib tribut utar aria ia en la Repú Repúbl blic ica a Dominicana es la declaración al Régimen de Despacho a Consumo. En el mismo artículo se expresa: “Los derechos e impuestos que deben ser pagados sobre las mercancías de importación serán los que rijan el día en que las mercancías fueron declarada a consumo.”
View more...
Comments