GUIÓN

August 22, 2018 | Author: Betty Lou | Category: Criminal Law, Procedural Law, Punishments, Judge, Testimony
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GUIÓN PERSONAJES: 1.

JUEZ: Valeska Thoddé

2.

SECRETARIA: Evanys Ortegana

3.

ALGUACIL: ----------------------------------- --

4.

DEFENSA: Nathaly Chaurel

5.

ACUSADO: ---------------------------------- -

6.

MINISTERIO PÚBLICO: Elizabeth Zambrano

7.

VICTIMA: Yerson Villegas

8.

FUNCIONARIO DE LA POLICIA: -------------------------------- -

9.

FUNCIONARIO CRIMINALISTA: ---------------------------------- ---

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL Maracay, 20 de enero del 2013.EXPEDIENTE: 1C-6495-05 JUEZA: ABG. Valeska Thoddé SECRETARIO: Evanys Ortegana  ACUSADO: __________________ DEFENSA: ABG. Nathaly Chaurel MINISTERIO PÚBLICO: ABG. Elizabeth Zambrano DESICIÓN: SENTENCIA CONDENATORIA ADMISION DE HECHOS.

Presentación Fuera de la sala PARTE I  ALGUACIL: Dentro de la sala dice: “Buenos días, se da inicio al expediente N° 1C 6495-05 por “SENTENCIA CONDENATORIA”.  ALGUACIL: Dice desde fuera de la Sala: “Acusado” _____________ debidamente asistido por la abogada Nathaly Chaurel”. Se dirige al abogado y le dice: “permítame el inpreabogado, por favor”. El alguacil verifica el inpreabogado y se lo devuelve y les dice: “PUEDEN PASAR A LA SALA”. * ALGUACIL: Dice desde fuera de la sala: “MINISTERIO PUBLICO: Representado en este acto por: Abogado Elizabeth Zambrano Se dirige al Fiscal y le dice: “permítame el inpreabogado por favor”, El alguacil verifica el inpreabogado y se lo devuelve y le dice: “PUEDE PASAR A LA SALA”. “NOTA: LUEGO DE ENTRAR AMBAS PARTES, ENTRA EL ALGUACIL A LA SALA DE JUICIO Y SE COLOCA AL LADO IZQUIERDO DEL PRESIDIUM DESDE DONDE HABLA LA JUEZ.” PARTE II PRESENTACIÓN DE LA SALA DE JUICIO * ALGUACIL: EN VOZ ALTA Y CLARA: “Buenos días, se da inicio al presente  juicio del EXPEDIENTE N° 1C-6495-05, por SENTENCIA CONDENATORIA, proceso seguido al ciudadano Javier Lares, representado en este acto por su  Apoderado Judicial Nathaly Chaurel, y la hoy VÍCTIMA Yerson Villegas representado por MINISTERIO PÚBLICO Elizabeth Zambrano, el cual fue llevado ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA”. “Se le agradece a todos los presentes, por favor, apagar los celulares, no realizar actos que puedan entorpecer la celebración de este juicio oral”. “Hace su entrada LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA., Ciudadana Valeska Thodde, por favor TODOS DE PIE” * SECRETARIA: “Buenos días pueden sentarse”. “Hoy 31 DE MAYO DE 2006, a las 8:00 AM, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y

Pública, sobre los hechos objeto del proceso seguido al ciudadano  ___________________en fecha 04-09-2005, EXPEDIENTE N° 1C-6495-05 se deja constancia de la presencia de la Representación Judicial de la Defensa, Ciudadana: Nathaly Chaurel, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 20. 421; así mismo se deja constancia de la presencia del MINISTERIO PÚBLICO, ciudadana Elizabeth Zambrano, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 76.892”. * JUEZ: “Constatada la presencia de las partes en la sala de este Tribunal se declara abierta la audiencia ORAL DE JUICIO referente al EXPEDIENTE N° 1C6495-05. Una vez oída las partes y los hechos imputados por el MINISTERIO PUBLICO se procede a EVACUAR LAS PRUEBAS, promovidas en el lapso procesal correspondiente, y finalizada dicha evacuación, este Tribunal se retirará de la sala de audiencia por un tiempo no mayor de 60 minutos y de regreso a la sala, se pronunciará la correspondiente sentencia oralmente expresando el DISPOSITIVO y una síntesis precisa de los motivos de Hecho y de Derecho respectivos, de conformidad con el “CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL”. * JUEZ: “Tiene la palabra la defensa” * DEFENSA: “Buenos días, Ciudadana Juez, alegan mis representados que ingresaron al taxi, en fecha 04-09-2005 aproximadamente las 9:00 de la noche, conducido por el ciudadano YERSON VILLEGAS, y le hizo una carrera a mi representado a la altura de Santa Eduvigis en Maracay, pagándole a la hoy víctima Bs. 50 y salió del taxi, alegando que el radio frontal del carro él lo tenía consigo para el momento de montarse al taxi y la plata era por un trabajo que había realizado y salió muy apresurados porque le habían avisado que su niña estaba muy enferma, cuando en ese momento fue sorprendido por unos funcionarios adscrito a la comisaria la Pedrera del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado Aragua quitándole arbitrariamente el radio reproductor. Ciudadana Juez, en tal caso, solicito sean declarado INOCENTE el ciudadano  _____________ ( ACUSADO) de todos los hechos que se le imputan”. * MINISTERIO PÚBLICO: “Buenos días Ciudadana Juez, ciertamente el ciudadano ________________ (ACUSADO) ingresó al taxi el 04-09-2005 aproximadamente a las 9:00 de la noche cuando hoy la víctima el ciudadano Yerson Villegas, conducía su taxi y les hizo una carrera a los acusados a la altura de Santa Eduvigis de esta Ciudad, pero es propicio recalcar que el acusado  ___________________agarro por el cuello a la victima como estrangulándolo mientras aprovecho para registrarle los bolsillos, quitarle el dinero y agarrarle el radio frontal del carro, sale huyendo del lugar y es detenido inmediatamente por los funcionarios adscrito a la comisaria de la Pedrera, incautándole el reproductor del taxi, por lo tanto, Ciudadana Juez, calificó el hecho cometido por el ciudadano  ____________________ como ROBO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION conforme al artículo 455 en relación con el artículo 80 del Código penal. PARTE III

EVACUACION DE PRUEBAS *JUEZ: El Ministerio Público, presento como pruebas testimoniales a la victima Yerson Villegas, así el Funcionario _________________quien aprehendió a los acusados; y como la experta Lic. ______________________ Quien practico la experticia al objeto recuperado. “Se inicia con la evacuación de Pruebas promovidas por el Ministerio Público”. “Se llama a declarar al ciudadano Yerson Villegas”. *ALGUACIL: Dice en voz alta: “Ciudadano Yerson Villegas y le pide a la Victima que le haga entrega de la cédula de identidad, y la lleva al banco de los testigos y la cédula se la entrega al Juez. *JUEZ: Dirigiéndose a la demandante le dice: “levante la mano derecha, ¿Ciudadano: Yerson Villegas, jura usted decir la verdad y nada mas que la verdad y si la dice que dios y la patria se lo premie, y sino que se lo reclame?” *VICTIMA: Levantada dice: “Sí, lo juro” (y toma asiento). *JUEZ: “Se le informa a la demandante la ley sanciona aquella persona que declare falsamente bajo juramento así mismo se le manifiesta que lo va a interrogar la parte que lo promovió y luego será repreguntado por la otra parte”. *JUEZ: “tiene la palabra El Ministerio Público” MINISTERIO PUBLICO: “señor Yerson Villegas ¿usted conoce a los acusados? VICTIMA: “si” *MINISTERIO PUBLICO: ¿Usted presto el servicio de taxi para al ciudadano  _______________(ACUSADO)?” *VICTIMA: “Sí” * MINISTERIO PUBLICO: ¿diga como sucedieron los hechos?” *VICTIMA: “la noche del 04-09-2005, les hice una carrera al ciudadano Javier Lares para Santa Eduviges- Maracay cuando llegamos al sitio él me agarro por el cuello tratando de estrangularme y me registro los bolsillos me saco el dinero que había hecho en el día, le quitó el radio reproductor al taxi y luego se fue corriendo y mas adelante fue detenido por unos funcionarios de la pedrera” * MINISTERIO PUBLICO: “Gracias, Es todo Ciudadana Juez”

*JUEZ: “Tiene la palabra la DEFENSA” *DEFENSA: “Ciudadano YERSON VILLEGAS, ¿el ciudadano ______________ le realizó algún pago por sus servicios?” *VICTIMA: “no”, me robaron la plata que tenia y el radio reproductor, cuantas veces quiere que le diga que el SEÑOR ME ROBO”. *DEFENSA: “Muchas gracias. Es todo Ciudadana Juez”. *JUEZ: Se dirige al Ministerio Público y le pregunta: ¿tiene alguna observación referente a la declaración de la VICTIMA?” *MINISTERIO PUBLICO: “No, es todo ciudadana Juez”. *JUEZ: “Puede retirarse la Victima”. *ALGUACIL: le pide la cédula a la Juez y se la entrega a la Victima luego la acompaña a su asiento. *JUEZ: “el Ministerio Público, promovió el testimonio del Funcionario  _______________la cual se llama a declarar”. *ALGUACIL: Dice en voz alta: “FUNCIONARIO ________________________” Pasa a la sala de juicio y le entrega la Cédula de Identidad al Aguacil y lo acompaña al banco de los testigos y posteriormente le entrega la cédula a la Juez. *JUEZ: dirigiéndose al testigo le dice: “Levante su mano derecha. ¿FUNCIONARIO, jura usted decir la verdad y nada más que la verdad y si la dice que dios y la patria se lo premie, y sino que se lo reclame? *FUNCIONARIO: Levantando dice: “Sí, lo juro” (y toma asiento). *JUEZ: “Se le informa al FUNCIONARIO que la ley sanciona aquel testigo que declare falsamente bajo juramento. Así mismo se le manifiesta que lo va a interrogar la parte que lo promovió y luego será repreguntado por la otra parte”. *JUEZ: “tiene la palabra El Ministerio Público” *MINISTERIO PUBLICO: “funcionario ______________, ¿En que comisaria usted esta adscrito?” *FUNCIONARIO: “en la comisaria la Pedrera del cuerpo de Seguridad y Orden Público”. *MINISTERIO PUBLICO: “¿Diga ante este tribunal con detalles si usted aprehendió al ciudadano Javier Lares?”

*FUNCIONARO: “Si,”. *MINISTERIO PUBLICO: “¿Diga que le incautó  _______________(ACUSADO) la noche de 04-09-2005?”

al

Ciudadano

*FUNCIONARIO: “Bs. 500 en efectivo y un radio reproductor”. *MINISTERIO PUBLICO: “¿Diga como sucedieron los hechos?” *FUNCIONARIO: “EL 04-09-2005 me encontraba de guardia en la comisaria la pedrera cuando vi un taxi estacionado con actitud sospechosa y un sujeto salió corriendo del vehículo y el ciudadano Yerson Villegas vi al sujeto con actitud sospechosa que salió corriendo del taxi y posteriormente lo detuvimos y le incautamos Bs. 500 y un radio reproductor”. *MINISTERIO PÚBLICO: ¿El sujeto a quien usted se refiere es el ciudadano  __________ ?( ACUSADO) *FUNCIONARIO: “si” *MINISTERIO PÚBLICO: “Es todo Ciudadana Juez”. *JUEZ: “Tiene la palabra la parte actora”. *DEFENSA: “Ciudadana Juez, no tengo pregunta para la testigo”. *JUEZ: “Puede retirarse el FUNCIONARIO”. *ALGUACIL: Se dirige al estrado le pide la cédula a la Juez y se la entrega al FUNCIONARIO y lo acompaña a la puerta. *JUEZ: “el Ministerio Público, promovió el testimonio de la LICENCIADA EN CRIMINALISTICA _____________ la cual se llama a declarar”. *ALGUACIL: Dice en voz alta: “LICENCIADA ___________________” Pasa a la sala de juicio y le entrega la Cédula de Identidad al Aguacil y lo acompaña al banco de los testigos y posteriormente le entrega la cédula a la Juez. *JUEZ: dirigiéndose al testigo le dice: “Levante su mano derecha. ¿LICENCIADA  __________________, jura usted decir la verdad y nada más que la verdad y si la dice que dios y la patria se lo premie, y sino que se lo reclame? *FUNCIONARIO: Levantando dice: “Sí, lo juro” (y toma asiento).

*JUEZ: “Se le informa al FUNCIONARIO que la ley sanciona aquel testigo que declare falsamente bajo juramento. Así mismo se le manifiesta que lo va a interrogar la parte que lo promovió y luego será repreguntado por la otra parte”. *JUEZ: “tiene la palabra El Ministerio Público” *MINISTERIO PÚBLICO: “¿usted es funcionario del laboratorio de criminalística del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas?” *LICENCIADA: “si” *MINISTERIO PÚBLICO: “¿usted le practico la experticia a un radio reproductor?” *LICENCIADO: “si” *MINISTERIO PÚBLICO: “¿qué técnica utilizó y que resultados arrojaron las pruebas?” *LICENCIADO: “se utilizó la técnica de la dactiloscopia y los resultados arrojaron que las impresiones dígitos pulgares coinciden con las impresiones del ciudadano  ______________(ACUSADO)” *MINISTERIO PÚBLICO: “Es todo Ciudadana Juez”. *JUEZ: “Tiene la palabra la parte actora”. *DEFENSA: “Ciudadana Juez, no tengo pregunta para la testigo”. *JUEZ: “Puede retirarse la LICENCIADA _____________”. *ALGUACIL: Se dirige al estrado le pide la cédula a la Juez y se la entrega al LICENCIADA y la acompaña a la puerta. *JUEZ: “LA DEFENSA, presento como pruebas testimoniales al ciudadano  _____________-. (ACUSADO) “Se inicia con la evacuación de Pruebas promovidas por LA DEFENSA”. “Se llama a declarar al ciudadano ________________”. (ACUSADO) *ALGUACIL: Dice en voz alta: “Ciudadano_______________(ACUSADO), levántese y lo lleva al banco de los testigos. *JUEZ: Dirigiéndose a la demandante le dice: “levante la mano derecha, ¿Ciudadano_______________(ACUSADO), jura usted decir la verdad y nada mas

que la verdad y si la dice que dios y la patria se lo premie, y sino que se lo reclame?” *VICTIMARIO: Levantada dice: “Sí, lo juro” (y toma asiento). *JUEZ: “Se le informa a la demandante la ley sanciona aquella persona que declare falsamente bajo juramento así mismo se le manifiesta que lo va a interrogar la parte que lo promovió y luego será repreguntado por la otra parte”. *JUEZ: “tiene la palabra LA DEFENSA” *LA DEFENSA: “¿Ciudadano antecedentes penales?”

____________

(ACUSADO)

posee

usted

*VICTIMARIO: “no” *LA DEFENSA: “¿usted desea admitir libre y voluntariamente los hechos por los cuales se le ha imputado? * VICTIMARIO: “si, yo confieso que el día 04 -09-2005 en eso de las 09:00 de la noche, le metí la mano al taxi y era el ciudadano YERSON VILLEGAS me hizo una carrera hasta Santa Eduvigis en Maracay, confieso que lo agarre por el cuello mientras le sacaba los riales del bolsillos, también le agarré el radio del carro, y salí corriendo del lugar y después me agarraron unos policías de la Pedrera y me quitaron el radio reproductor que le agarre al taxi” *LA DEFENSA: “Gracias, Es todo Ciudadana Juez”. *JUEZ: “Tiene la palabra EL MINISTERIO PÚBLICO”. *MINISTERIO PÚBLICO: “Ciudadana Juez, no tengo pregunta”. *JUEZ: “Si no existe ninguna observación de las partes, con esto se finaliza la evacuación de las pruebas testimoniales, y manifiesto a las partes que este tribunal se retirará de la presente sala por espacio de 60 minutos, como máximo, a fin de dar lectura al DISPOSITIVO DEL FALLO. Se le advierte a las partes que durante dicho previo deberán permanecer en la sala”. *ALGUACIL: dice en voz alta: “La Juez se retira de la sala, TODOS DE PIE”. PARTE IV DISPOSITIVA *ALGUACIL: dice en voz alta: “Hace su entrada a la sala, LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA., Ciudadana VALESKA THODDÉ, por favor TODOS DE PIE”.

*SECRETARIA: “Este Tribunal, en virtud de lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y el Código Orgánico Procesal Penal y por aplicación de la doctrina antes transcrita, y en razón de que correspondía a la DEFENSA la carga probatoria y a los fines de calcular la penalidad al ciudadano Javier Lares este tribunal señala que el delito de ROBO SIMPLE tiene una penalidad de SEIS (06) a DOCE (12) AÑOS DE PRISION, siendo que debe aplicarse el término medio conforme a lo señalado en el artículo 37 del Código penal la pena sería de NUEVE (09) AÑOS DE PRISION, ahora bien, el acusado indica ser la primera vez que se encuentra detenido no existiendo en actas del expediente constancia de poseer registros policiales o antecedentes penales lo que demuestra la buena conducta predelictual considerada por este decisor como circunstancia atenuante a la luz del artículo 74 ordinal 4to ejusdem, por lo que se rebajará al límite inferior siendo la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION; ahora, el delito es en grado de frustración por lo que conforme al artículo 82 del Código penal debe rebajarse un tercio de la pena quedando ésta en CUATRO (04) AÑOS DE PRISION; por haber admitido los hechos debe aplicarse la rebaja a que se contrae el artículo 376 del Código orgánico Procesal Penal que será solo de un tercio si el delito reviste violencia contra las personas y el que aquí se le acusó tiene esa característica, por lo que la pena definitiva será de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISION, igualmente se condenará a las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código penal, a saber: la interdicción civil durante la pena; la inhabilitación político mientras dure la pena; la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte de la pena una vez culminada ésta.- Igualmente se condenará a las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código penal, a saber: la interdicción civil durante la pena; la inhabilitación político mientras dure la pena; la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte de la pena una vez culminada ésta.DISPOSITIVA JUEZ: Sobre la base de los razonamientos antes hechos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, dicta decisión en los siguientes términos: 1) CONDENA al ciudadano _____________________(ACUSADO), C.I. Nro. V-21.308.735, nacido de Maracay estado Aragua, en fecha 29-09-1978, soltero, de profesión obrero y residenciado en el Barrio la Pedrera, primer Callejón, las Brisas, Nro. 29, Maracay, estado Aragua a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISION, y a las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código penal por la comisión del delito de ROBO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION conforme al artículo 455 en relación con el artículo 80 del Código penal en perjuicio del ciudadano YERSON VILLEGAS, ello por el procedimiento por ADMISION DE LOS HECHOS previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; otorgándose medida cautelar sustitutiva de libertad al acusado por quedar la pena en una cantidad por la cual puede inmediatamente acceder a un beneficio en etapa de ejecución.-

Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión quedando publicada en la misma fecha de la audiencia por lo que las partes quedan notificadas. Remítase en su oportunidad al Juez de Ejecución que corresponda. Cúmplase.LA JUEZA,  ABG. VALESKA THODDÉ.EL SECRETARIO,  ABG. EVANYS ORTEGANA.Exp: 1C-6495-05.República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular Para La Educación Superior Universidad Bicentenaria de Aragua Ciencias Jurídicas y Políticas San Joaquín de Turmero

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