Guion Practica Penal Juicio Oral (1)
Short Description
GUIÓN...
Description
ACTORES JUEZ-DIEGO JUEZ JUEZ JUEZ
JUEZ FISCAL FISCAL
JUEZ
ABOGADO
GUION Buenas tardes. Tomen Asiento. Señor Asistente, apertura el Sistema de Audio. A udio. -SUENA LA CAMPANA POR EL JUEZ.-
En la ciudad del Cusco, siendo las la s …… horas, del día jueves 3 de SETIEMBRE del 2015, en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario de Quenccoro, el Juzgado Penal Colegiado del Cusco, presidido por el Presidente y Director de Debates Dr. DIEGO PAREDES SCHMITH e integrado por los Jueces Dr. José Hurtado Guevara y el Dr. Víctor Prado Sánchez, llevan a cabo la presente Audiencia de Juicio Oral la que será asistida por la Srta. Especialista de audio, se deja constancia que la presente audiencia está siendo registrada en el sistema de audio, cuya grabación demostrará el modo cómo se desarrolla, conforme lo establece el Art. 361°, numeral 2 del Código Procesal Penal y el Art. 26° del del Reglamento General de Audiencias, pudiendo los sujetos procesales objeto de la misma misma solicitar la copia de audio y video previa presentación de lo requerido por norma; por tanto, se solicita a los sujetos procesales procedan oralmente a acreditarse para que conste en el registro y se verifique la presencia de los intervinientes convocados a esta audiencia, así mismo iniciarla: Sr.Representante del Ministerio Público, tiene usted la palabra. Buenas tardes Sr. Presidente del Colegiado DIEGO PAREDES SCHMITHi, Abogado Defensor y demás personas presentes en esta Sala. CARLOS QUISPE CUSICUNA Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santiago, Santiago, con domicilio procesal en la Calle Los Ángeles N° 1260, 1 260, del distrito de Santiago de esta ciudad, con teléfono celular número (…), y con correo electrónico (…)
Buenas Tardes Señor Abogado de la Defensa, haga uso de la palabra. Buenas tardes Sr. Presidente del Colegiado, buenas tardes Sra. Representante del Ministerio Público, Sras. y Sres. presentes en esta Audiencia.
ABOGADO
JUEZ
Mi nombre es MELISSA CACERES LOPEZ con Registro N° 6884 del Ilustre Colegio de Abogados del Cusco, con teléf ono ono celular N° (…), (…), domicilio procesal en la Av. Tomasa Tito Condemayta 323 oficina 124 Edificio Santa Fe. correo electrónico (…). Gracias Sr. Juez. Se procederá a tomar la identificación correspondiente al acusado: -
NOMBRE: Yube Macutela Huamán. SU NUMERO DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD SEÑOR: 44 83 33 48. SU DOMICILIO: Calle Los Ángeles C – C – 3 3 (Tercer Paradero de San Sebastián). CUANDO NACIO SEÑOR: Nací el 24 de Febrero de 1981. EN DONDE NACIO: Aquí en el Cusco. ACTUALMENTE QUE EDAD TIENE: Tengo 34 años. PUEDE DECIRNOS EL NOMBRE DE SU SR. PADRE: Celso. EL NOMBRE DE SU SRA. MADRE: Julia. ¿ESTAN VIVOS?: Sí.
-
HASTA QUE AÑO DE ESTUDIOS COMPLETÓ: PRIMARIA COMPLETA. SU RELIGION: Católico. EN QUE LABORA SEÑOR: Comerciante. CUANTO PERCIBE POR EL TRABAJO REALIZADO: Gano alrededor de S/. 1200.00. ESTADO CIVIL: Conviviente (OPCIONAL) - NOMBRE DE SU CONVIVIENTE: Elizabeth. ¿TIENE UD. HIJOS?: Sí. CUANTOS HIJOS TIENE: Tengo (02) hijos. DIGAME EL NOMBRE DE SUS HIJOS DE MAYOR A MENOR: José Enrique y César Augusto. QUE EDAD TIENEN SUS HIJOS DE MAYOR MAY OR A MENOR: El mayor tiene (08) años y el menor tiene (06) años. a ños. USTED HA SIDO PROCESADO ANTES: Sí. POR QUÉ DELITO: Por el Delito de Hurto Agravado, Violación Sexual Agravado y Robo Agravado. HA SIDO USTED CONDENADO POR ESTOS DELITOS: Sí señor Juez. PUEDE DECIRNOS CUAL FUE LA CONDENA POR TALES DELITOS. LOS IRÉ MENCIONANDO Y USTED ME RESPONDE…
-
-
JUEZ
POR EL DELITO DE HURTO AGRAVADO: Me dieron (05) años de prisión. POR EL DELITO DE VIOLACIÓN CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL: (09) años de prisión también. POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO: AGR AVADO: (08) años de prisión. ESTÁ USTED CUMPLIENDO ESAS PENAS: No señor Juez. ESTÁ CON ALGÚN BENEFICIO PENITENCIARIO: Por esos delitos me dieron la SEMI LIBERTAD. Ahora estoy aquí con PRISIÓN PREVENTIVA. PUEDE DECIRNOS SU ESTATURA APROXIMADA: 1.60 m. TIENE UD. ALGUN TATUAJE EN EL CUERPO, LUNAR, CORTE. ¿Y Dónde?: Si tengo cicatrices, (01) en la espalda, tengo (01) corte en el costado derecho, por mi barriga. También tengo un tatuaje de una CRUZ en mi brazo izquierdo. SEÑOR ACUSADO, ESTÁ USTED DE ACUERDO CON EL DOMICILIO PROCESAL BRINDADO POR SU ABOGADO DEFENSOR: Si estoy de acuerdo.
Que así conste… Gracias…
FISCAL JUEZ ABOGADO JUEZ JUEZ
¿Señora Fiscal, sus Testigos y Peritos, P eritos, se encuentran presentes? Así es señor Juez. ¿La Defensa? No, presentare testigo en el presente juicio. Se deja constancia que esta Audiencia está siendo grabada bajo el Sistema de Audio. - Antes el Colegiado hace saber a las Partes, que no va a permitir la interrupción de ninguna persona, sea la forma que fuere. Cualquier persona que interrumpa la Audiencia o el Desarrollo de ésta, va a tener que ser desalojada. -
También pido no interrumpirse, guardarse respeto mutuo y actuar con probidad y lealtad.
-
Teniendo en cuenta, que se encuentran presentes, el Colegiado, las partes, los testigos y peritos, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 371° del CPP.
-
SE DA POR INSTALADA ESTA AUDIENCIA Y POR INICIADO LA CONTINUACIÓN DE JUICIO ORAL.
-
En el Expediente N° 01396-2013-81-1001-JR-PE-01, donde se va a proceder al Juzgamiento del acusado Yube Macutela Huamán, por el Delito contra el Patrimonio en su modalidad de Robo, contenido en el artículo 188° del Código Penal, subtipo Robo Agravado, previsto y sancionado en el Artículo 189° del Código Penal, numerales 3) y 4) por su presunta comisión en grado de Tentativa, en agravio de la entidad Financiera Banco Azteca.
-
Doy cuenta, que en la anterior Audiencia de Juicio Oral, llevada a cabo en contra del señor Jorge Luis Suillo Quispe por el Delito de Robo Agravado, se expusieron los Alegatos Preliminares por parte del Ministerio Público y Defensa Técnica.
-
Asimismo hace constar el Colegiado, que se emitieron las notificaciones correspondientes a las partes inmersas en el proceso, informándoseles la resolución que emanó de dicho Juicio Oral, así como las citaciones pertinentes.
-
En ese sentido, se pasará entonces, a la Lectura de Derechos del Acusado.
CONCLUSION ANTICIPADA DE YUBE MACUTELA HUAMÁN Señor YUBE MACUTELA HUAMÁN, es mi obligación como Director de Debates poner en conocimiento cuáles son sus derechos en juicio. Usted tiene como primer derecho, el Derecho a la Defensa, al igual que, el ser sometido a un Juzgamiento por un Juzgado Imparcial y constituido como su Juez Natural. Usted tiene Derecho a participar en esta Audiencia de manera activa, con el fin de ampliar, aclarar o complementar sus afirmaciones o, declarar si anteriormente se hubiera abstenido. Asimismo, podrá usted en todo momento comunicarse con su Defensor, Derecho que no podrá ejercer durante su declaración o antes de responder a las preguntas que se le formulen. Tiene Derecho a responder a las preguntas que se le enuncie o tiene derecho también a manifestar reserva sobre las preguntas que se le manifieste, esto es, a contestar o a no contestar. En cualquier momento usted puede intervenir solicitando la palabra. ¿Ha entendido usted, cuáles son sus derechos?
YUBE MACUTELA HUAMAN JUEZ
-
Si señor Juez
Ha sido informado mediante notificación, la Acusación que formula contra su persona, la señora Representante del Ministerio Público y, tiene conocimiento usted también del monto de Requerimiento de Reparación civil que se le ha formulado. Ha sido informado sobre los alegatos que ha ejercido su abogado de la defensa en relación a los hechos que se le está incriminando a su persona.
Y.M.H. JUEZ
Le pregunto: ¿Se considera usted autor por el Delito de Robo Agravado en grado de tentativa en agravio de la Entidad Financiera Banco Azteca y responsable de la Reparación civil? Antes de responderme, sírvase conferenciar con su Abogado. - No acepto. -
Que así conste… (PAUSA)
Se le pregunta a la señora Fiscal, si tiene nuevos Medios de Prueba que ofrecer. FISCAL JUEZ
-
Ninguna, señor Juez.
El Abogado de la Defensa, tiene algún nuevo Medio de Prueba que ofrecer.
ABOGADO Solicito al Colegiado la reincorporación de: -
JUEZ
FISCAL JUEZ
ABOGADO
Examen de Dosaje Etílico, que consta a fojas 305 de la Carpeta Fiscal, que se ha realizado mediante reconocimiento médico en el Policlínico PNP Santa Rosa – Cusco, certificado de Dosaje Etílico N° 0025, el mismo que ha sido efectuado al señor Yube Macutela Huamán, que fue rechazado en la Audiencia de Control de Acusación. En este punto se pone en conocimiento a la Sra. Representante del Ministerio Público, sobre la reincorporación de Medio de Prueba ofrecido por el señor Abogado de la Defensa. -
Señores del Colegiado no estoy de acuerdo con tal ofrecimiento.
Habiéndose escuchado a las partes, el Juzgado Colegiado, ciñéndose al tenor del artículo 273° numeral 3) del Código Procesal Penal, dará inicio al Debate del Medio de Prueba en cuestión. Dado que el ofrecimiento lo realiza la Defensa, se le concede el uso de la palabra. Puede exponer sus argumentos. Sres. Del colegiado, entre manos tengo el examen de Dosaje Etílico realizado al acusado Yube Macutela Huamán el día 30 de noviembre a horas 1:15 de la madrugada, con lo cual demostramos que se realizó (09) horas después de ocurridos los hechos y, se las presento Sr. Magistrado, para su reincorporación en el proceso.
JUEZ FISCAL
JUEZ
Y por qué debemos agregarla en el proceso Sr. Magistrado, porque éstas pruebas de alcoholemia presentan una característica peculiar, cuyo carácter es de PRUEBA PRECONSTITUIDA. Esta naturaleza le viene otorgada al ser su práctica de imposible reproducción en el acto del juicio oral, y no haberse practicado con la observancia que se merecía en su oportunidad. Señora Fiscal sírvase exponer sus argumentos. Debo manifestar señores del Colegiado, que el medio de prueba que ofrece el abogado defensor no se admitió en el Control de Acusación porque, no es relevante en el presente caso, dada la forma y circunstancias en que se llevó a cabo el delito en cuestión, pues no puede aceptarse que la capacidad pisofísica se viera alterada en tal nivel que no pueda haberse dado cuenta de lo que estaba haciendo. Oído el requerimiento efectuado por el señor Abogado de la Defensa, y corrido el traslado a las partes, el Órgano Penal Colegiado procede a emitir la siguiente resolución. Resolución N° Cinco Cusco, ocho de julio Del año dos mil catorce VISTOS Y OIDOS: En Audiencia Pública de Juicio Oral llevada a cabo en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario de Quenccoro, en fecha 3 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2015, en la presente causa, seguido en contra de Yube Macutela Huamán, como presunto autor del Delito contra el Patrimonio en la modalidad de Robo Agravado, en grado de tentativa, en agravio de la entidad financiera Banco Azteca, el Abogado de la Defensa solicita la reincorporación de Nuevo Medio de Prueba al presente proceso, la misma que es objeto de oposición por parte de la representante del Ministerio Público. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al amparo de lo dispuesto por el artículo 373° numeral 2) del Código Procesal Penal, la solicitud de reincorporación de Nuevo Medio de Prueba debe cumplir con los siguientes requisitos procesales: a) Que requiera de especial argumentación; b) Se corra traslado a las partes procesales. Y habiéndose producido la exigencia en cuestión, ésta queda dentro de los parámetros instados por el artículo 273° numeral 2) del Código Procesal Penal que establece: “Excepcionalmente, las partes podrán r eiterar el ofrecimiento de medios de prueba inadmitidos en la audiencia de control, para lo cual se requiere de especial argumentación de las partes. El Juez decidirá en ese mismo acto, previo traslado del pedido a las demás partes procesales” ; además, que la petición cumple con las exigencias antes referidas
y se encuentra debidamente fundamentado. Por estas consideraciones en uso de mis facultades conferidas por Ley, SE RESUELVE: DECLARAR ADMISIBLE el pedido interpuesto por el Abogado Defensor del señor Yube Macutela Huamán acusado en el presente proceso, mediante el cual se incorpora el Certificado de Dosaje Etílico N° 0025, que corre a fojas 305 de la Carpeta Fiscal. NOTIFÍQUESE la presente resolución a los sujetos procesales. HÁGASE SABER.
Iniciamos así la Etapa Probatoria, bajo las directrices reseñadas en el artículo 375° del Código Procesal Penal.
JUEZ Y.M.H. JUEZ
Se le pregunta señor YUBE MACUTELA HUAMÁN, si desea usted declarar en este Juicio. Sí señor. Va a pasar a este lugar, y, esta es, la única oportunidad en que no estará Usted al lado de su Abogado. -
FISCAL FISCAL
Y.M.H.
FISCAL Y.M.H. FISCAL
Tome asiento por favor.
Señora Fiscal puede Usted proceder a interrogar. Gracias señor Presidente. EXAMEN DEL IMPUTADO 1) Señor acusado YUBE MACUTELA HUAMÁN, dígame ¿dónde se encontraba Usted en la tarde del día 29 de noviembre del año 2013? - Estaba en mi casa. En la mañana a eso de las 10 AM, me dirigí desde mi domicilio en Calle Los Ángeles C – 3 de San Sebastián a la cancha de Zarzuela, solo para hacer deporte, donde estaban mis amigos que me invitaron para jugar en su equipo. Jugamos (02) partidos, y después nos fuimos a tomar al frente de la cancha de Bolognesi, un barsito de propiedad de la tía Basilia habiendo ingerido unas (08) cervezas, y luego nos fuimos a otro lugar. 2) Aproximadamente a las 15 horas con 30 minutos, ¿dónde se encontraba? - No entiendo. Qué hora son las 15 horas. 3) ¿Qué hacía Usted a las 3 de la tarde con 30 minutos?
Y.M.H.
- Estaba en un Bar que se llama “LA OFICINA”.
FISCAL
4) ¿Dónde queda ese Bar “LA OFICINA”?
Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL Y.M.H.
- Cerca de la Avenida del Ejército. 5) ¿Por qué se llama “LA OFICINA” ? - Debe ser porque es un sitio cerrado y tranquilo. 6) ¿Qué se encontraba haciendo en ese lugar? - Estaba ahí con (02) amigos. 7) ¿Cómo se llaman sus amigos? - Estaba con el Gordo y el Chacha. 8) ¿Sabe los nombres de EL GORDO Y EL CHACHA?
FISCAL
- El Gordo se llama Jorge Luis pero, el Chacha no sé cómo se llama. Solo le conozco como Chacha. 9) ¿Qué se encontraba haciendo en esa zona?
Y.M.H.
- Estábamos ahí para tomar unas cervezas.
FISCAL Y.M.H.
10) ¿Qué hicieron? - Sólo tomamos cerveza.
FISCAL Y.M.H.
11) ¿Cuándo deciden ustedes, ir a ese local llamado “LA OFICINA” ? - Ese mismo día.
FISCAL Y.M.H.
12) ¿En dónde se pusieron de acuerdo? - Ahí cerca no más.
FISCAL
13) O sea, llegaron hasta la zona de “LA OFICINA” y se pusieron de acuerdo.
Y.M.H.
- Sí.
FISCAL Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL
14) ¿Qué llevaban Ustedes? - Nada. Sólo nos juntamos y nos fuimos a tomar. 15) ¿Qué llevaban sus acompañantes? - Nada. Su ropa, sus casacas nada más. 16) ¿Y Usted? - Yo también, mi ropa. 17) ¿Llevaba algún tipo de arma? - No. 18) ¿Conoce el arma que se le encontró a Usted? - Sí. 19) ¿Era una pistola?
Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL
- No. Era un revólver. 20) ¿Era un revolver Calibre 38? - Sí. Era una 38. 21) ¿Qué sucedió en el Local “LA OFICINA” para que decidiesen ir al Banco Azteca? - Estábamos tomados y no me acuerdo cuál de los dos (02) dijo que vayamos al Banco a retirar dinero. Y ahí sucedió lo que sucedió. 22) Queremos que nos cuente, porque los señores del Colegiado desconocen lo que sucedió. ¿Qué pasó? - O sea, el Gordo me dijo que me esperaría y yo me fui al Banco. 23) ¿Y el Gordo dónde estaba? - El gordo me estaba esperando en su taxi, cerca al Puente de Santiago. 24) Cuando Usted se acerca al Banco ¿qué es lo que pasa? - En eso veo que viene una persona encapuchada, parecía un pasamontañas. Le apunta al Seguridad, le quita su arma y lo bota al suelo.
Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL YUBE MACUTELA HUAMÁN
-
Después, entra al Banco y escuché que decía que le den el dinero.
-
Yo me acerqué a ver, qué era lo que pasaba.
-
Entonces suena la alarma y escucho disparos. Me asuste porque venía corriendo hacia mí, pensé que me iba a disparar. Yo también corrí y
FISCAL Y.M.H. FISCAL Y.M.H.
FISCAL YUBE MACUTELA HUAMÁN FISCAL Y.M.H. FISCAL
Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL Y.M.H. FISCAL
Y.M.H. FISCAL Y.M.H.
FISCAL Y.M.H. FISCAL
ABOGADO JUEZ FISCAL
me siguió hasta donde estaba mi amigo el Gordo, y me dijo : “OE CAUSA, JÁLAME POR AHÍ”. O sea, se subió al auto y nos fuimos. 25) ¿Hacia dónde se fueron? - Nos fuimos por la Antonio Lorena. 26) ¿Qué más pasó ahí? - Seguimos avanzando y ahí me entregó el arma, botó las balas dentro del carro, dejó su casaca, se bajó, se fue corriendo y se perdió entre las calles de la Asociación. 27) Cuando sucedió todo esto ¿Qué hora era más o menos? -
Casi era las (04) de la tarde.
28) Luego, ¿Qué ha pasado? - Como habíamos llegado hasta la entrada de la Asociación Dignidad Nacional. Nos estacionamos y en eso aparece la Policía y nos interviene. 29) ¿Por qué, cuando la PNP le comunica mediante la ORDEN DE DETENCIÓN que se encuentra vinculado en la presunta comisión de Robo Agravado, no firma ésta ORDEN? - Porque soy inocente doctora, por eso no he firmado. 30) Usted ha señalado que tiene Antecedentes ¿No es cierto? - Así es doctora. 31) Entonces Usted conoce que actos pueden de alguna manera incriminarlo en algún momento de su vida ¿No es cierto? - Sí. 32) Si el autor del disparo fue aquel sujeto encapuchado, Usted automáticamente al recibir el arma de fuego, corría el riesgo de ser incriminado, por manipular el arma de fuego con la cual se había hecho el disparo ¿No es cierto? - Así es. 33) Entonces ¿Por qué recibió el arma? - Disculpe, cuando me dio el arma, yo pensé en botarlo el arma. Pero lamentablemente no lo he botado. Sino lo dejé en el auto. Por eso cuando nos intervienen me encuentran el arma. Pero soy inocente, porque yo no he disparado. Señor le pregunto ¿Por qué recibió el arma? Doctora tenía miedo de que me hiciera daño, por eso es que recibo el arma. 34) Pero, si Usted era consciente de que con esa arma se había intentado asaltar el Banco Azteca, Yo no creo que una persona que registra antecedentes y ha pasado años en la cá rcel… Va a caer en el juego de recibir el arma ¿Qué explicación da con respecto a esta actitud? Objeción Sr. Juez el acusado ya respondió del por qué! se quedó con el arma Ha lugar. Reformule su pregunta por favor. ¿Puede decirnos qué hizo con el arma con el que se había cometido el asalto?
Y.M.H.
- Doctora… cuando me da el arma, yo pensé en botarlo, incluso en vender esa arma. Pero lo dejé en el carro para que se averigüe quien fue el autor del robo.
FISCAL JUEZ ABOGADO JUEZ ABOGADO
Eso es todo señor Presidente. Señor Abogado de la Defensa, desea interrogar a su patrocinado. Sí señor. Proceda. 1) El día de los hechos, recuerda exactamente el tipo de vestimenta que portaba la persona que intentó robar el Banco Azteca.
Y.M.H.
- Recuerdo muy poco ya que estaba tomado. - Pero me acuerdo que tenía una casaca. 2) ¿Cuántas botellas de cerveza tomo Ud. antes de dirigirse hacia el banco azteca? Una caja, o sea, 12 botellas de cerveza aproximadamente.
ABOGADO Y.M.H. ABOGADO Y.M.H. ABOGADO
Y.M.H. ABOGADO JUEZ JUEZ FISCAL
JUEZ JUEZ O.Q.C. JUEZ O.Q.C. JUEZ O.Q.C. JUEZ
3) ¿Estabas plenamente consciente de tus actos en el momento del atraco en el banco azteca? Estaba medio mareado en ese momento no creo recordar los detalles de lo sucedido. Sr. Yube le haré una última pregunta y le agradecería mucho que fuese claro en su respuesta para poder concluir rápido. ¿Ud. Participó en la comisión del delito contra el Patrimonio Robo agravado con un arma de fuego en agravio de la entidad financiera banco Azteca ocurrido el 29 de noviembre del 2014? No. En ningún momento Es todo Sr. Juez Señor Acusado, puede dirigirse a su lugar inicial, al costado de su Abogado Defensor. EXAMEN DE TESTIGOS Y PERITOS Doctora, el orden de sus testigos o peritos. - Si señor Presidente. - Primero vamos a llamar al señor ORLANDO QUISPE CRUZ, Agente de Seguridad del Banco Azteca. Que pase el señor ORLANDO QUISPE CRUZ. Tome asiento señor. Su Número de Documento Nacional de Identidad y Domicilio. - 44 71 25 58 - Asociación Pro Vivienda Ramiro Prialé D – 4. Santiago – Cusco. Usted tiene alguna relación de amistad, enemistad, parentesco, vínculo laboral con el acusado aquí presente. - Ninguno. Tiene Usted algún impedimento para Prestar Juramento o Prestar su Promesa de decir la Verdad en este Juzgamiento. - No, ninguno. Sírvase ponerse de pie. Acérquese al estrado, vamos a tomarle Juramento. -
Señor Orlando Quispe Cruz, jura Usted que va a decir la verdad en el transcurso de esta Audiencia.
O.Q.C. JUEZ
- Si juro. Gracias. Puede tomar asiento. -
FISCAL O.Q.C. FISCAL O.Q.C.
FISCAL O.Q.C. FISCAL
FISCAL O.Q.C.
En caso de faltar a la verdad, puede ser Usted, procesado por Falso Testimonio.
Puede interrogar señora Fiscal. 1) Gracias señor Presidente. Buenas tardes señor Orlando Quispe Cruz. Queremos que nos diga ¿Cuál es su profesión u ocupación? Soy Personal de Seguridad en la Empresa de Seguridad ATLANTIC SECURITY SRL. Actualmente presto servicios en la entidad financiera Banco Azteca. 2) ¿Qué tiempo tiene como Personal de Seguridad? Trabajo desde el 01 de Marzo de 2009 hasta la fecha. Llevo un poco más de (06) años. Actualmente presto mis servicios en la entidad financiera Banco Azteca desde el 01 de Noviembre de 2013. 3) ¿Usted ha sido procesado o sentenciado por la comisión de algún delito? No. Jamás. 4) Respecto a los hechos que nos ocupan en esta Audiencia, voy a hacerle algunas preguntas. Si Usted no las entiende, me pide las aclaraciones del caso. 5) ¿Nos puede contar como sucedieron los hechos? El día 29 de noviembre del año 2014, era un día soleado, cuando me encontraba prestando mis servicios en el Banco Azteca, cuando inesperadamente aparece un sujeto, cuyo rostro se encontraba cubierto por una media Nylon de color negro, pero era transparente. Se apareció tan repentinamente que no me dio tiempo para hacerle frente. Cuando traté de reaccionar ya me estaba apuntando con un arma de fuego, entonces me quitó mi arma y, me arrojó al suelo. Me dijo que no me moviera. En esos pocos segundos recuerdo que vi con atención, que era una persona de baja estatura, gordita, medio achinado y cachetón. Como me encontraba boca abajo, mi visión estaba reducida. Casi de inmediato ingresó al local, pedía que le entreguen el dinero, sonó la alarma y escuché (03) a (04) disparos.
FISCAL O.Q.C. FISCAL O.Q.C. FISCAL O.Q.C. FISCAL
Vi que salió huyendo el delincuente, no reaccioné por temor de poder ser herido, y se dirigió con dirección al Puente de Santiago, donde le esperaba un sujeto gordito, un poco más alto, con un taxi, en el cual huyeron. Era un tico con placa amarilla, pero no se veían sus números. 6) La persona que Usted ha manifestado en esta Audiencia, si lo ve otra vez ¿Lo podría reconocer? Sí. 7) La persona que Usted ha referido ¿Se encuentra en esta Sala? ¿Lo puede reconocer en esta Sala? Sí. 8) ¿En dónde está? ¿Puede señalarlo con su dedo? Es él. 9) La persona que Usted ha reconocido ¿Es la persona que se encontraba el día que ocurrieron los hechos?
O.Q.C. FISCAL O.Q.C. FISCAL
JUEZ
FISCAL O.Q.C. FISCAL
JUEZ
Sí. 10) ¿Está seguro Señor? Sí doctora. Solicito al Colegiado deje constancia de que el testigo ha reconocido al acusado Yube Macutela Huamán, como la persona que la tarde de los hechos irrumpió en el local del Banco Azteca con la intención de perpetrar el Robo. Se deja constancia, en los términos que han sido referidos por la señora Representante del Ministerio Público, en el sentido de que el testigo ha reconocido a la persona del acusado. Continúe doctora… 11) ¿Qué tipo de arma es la que le sustrae el delincuente que intentó asaltar el Banco Azteca? Es un revólver marca Jaguar, cañón largo, calibre 38 mm, serie N° 143234. Señor, solicito permiso al Colegiado, con la finalidad de demostrar la Evidencia Demostrativa N° 001 al testigo presente, la cual tiene su respectiva Cadena de Custodia, para ver si es que la puede reconocer. Proceda Doctora. -
FISCAL O.Q.C. FISCAL O.Q.C. FISCAL
JUEZ ABOGADO JUEZ FISCAL JUEZ ABOGADO ABOGADO O.Q.C. ABOGADO O.Q.C. ABOGADO
O.Q.C ABOGADO O.Q.C ABOGADO
En estos momentos se pone a la vista del testigo el elemento. Se encuentra en una bolsa y se trata de un arma de fuego. Puede describir el testigo, ¿Qué es lo que se encuentra en la bolsa? Es mi revólver marca Jaguar, cañón largo, calibre 38 mm, serie N° 143234. 12) ¿La reconoce? Sí, es mi arma. Solicito al Colegiado, se sirva incorporar como Evidencia Demostrativa el arma de fuego que ha sido puesta a conocimiento y; el reconocimiento de éste acto por el testigo. El Abogado de la Defensa, con relación al pedido de incorporación. No tengo ningún inconveniente. Ha lugar entonces al pedido. Se tiene por incorporada al proceso, el arma de fuego como Elemento Probatorio. Se le agradece por su Comparecencia señor Orlando Quispe Cruz. Eso es todo señor Presidente. Señor Abogado de la Defensa, desea interrogar al testigo Orlando Quispe Cruz. Así es señor Juez. Sr. Orlando Quispe ¿Cuánto tiempo de entrenamiento se le da, antes de ser agente de seguridad? Dos meses. ¿Dos meses… cree que es suficiente para tener aplomo o serenidad ante una situación de peligro? No, señor. Al no tener esa serenidad Ud. Pudo confundir al asaltante con otra persona además que cuando entro el asaltante lo arrojó al piso boca abajo ¿no es así? Así es El día 29 de noviembre del 2013 luego que da su declaración l uego de los hechos. ¿Ud. Leyó su declaración? Si, por supuesto Y luego la firmo!
O.Q.C ABOGADO O.Q.C ABOGADO
O.Q.C ABOGADO JUEZ FISCAL JUEZ
SHEM SHARED VALENCIA ZAMALLOA JUEZ S.S.V.Z. JUEZ S.S.V.Z. JUEZ S.S.V.Z. JUEZ S.S.V.Z. JUEZ S.S.V.Z. JUEZ
S.S.V.Z. JUEZ
FISCAL
S.S.V.Z.
Asi es. Y estuvo conforme con su contenido? Si, efectivamente Pues en esa declaración Ud. Dijo Que por el nerviosismo del asalto no pudo precisar la vestimenta ni las características de quien lo redujo y se llevó su arma de fuego por que Ud. Estaba boca abajo, ¿no es así? Pude ver a una persona de estatura baja, de contextura gruesa y me dio achinado Eso es todo Sr. Presidente Señor Orlando Quispe Cruz se le agradece por su colaboración. Si Usted gusta puede quedarse en la Sala, sino, puede retirarse. Llamamos ahora a la señorita SHEM SHARED VALENCIA ZAMALLOA, Cajera del Banco Azteca. Que pase la señorita VALENCIA ZAMALLOA. Señorita vamos a pasar a recibir su Declaración Testimonial. Díganos su nombre completo y cuál es su edad. -
Mi nombre es Shem Shared Valencia Zamalloa. Tengo 32 años.
Su Número de Documento Nacional de Identidad. - 41 52 48 88. Su domicilio. - Avenida Ejército L – 26 (Santiago – Cusco). ¿Usted tiene algún grado de familiaridad, amistad, enemistad o alguna relación laboral con el acusado o agraviado?. Ninguna ¿Cuál es el cargo que tiene en el Banco? - Soy Cajera del Banco Azteca Tiene Usted algún impedimento para Prestar Testimonio o Declarar. - Ninguno. Póngase de pie y acérquese. Testigo Shem Shared Valencia Zamalloa, jura que va a decir la verdad en lo que se le pregunte en ésta Audiencia. - Sí juro. Tome asiento. En caso que Usted de Falso Testimonio puede ser procesado. Puede comenzar el interrogatorio doctora. Gracias señor Presidente. 1) Señorita Shem Shared Valencia Zamalloa, narre a los señores del Colegiado lo ocurrido en la tarde del 29 de noviembre del año 2014 en las instalaciones del Banco Azteca. - Yo me encontraba efectuando un depósito a una cliente, no recuerdo muy bien de quien se trataba, pero era una cliente antigua. Es ahí, que escucho gritos en los exteriores del Banco, me acerqué a la ventana del fondo, y me pude percatar que al señor Orlando Quispe, agente de seguridad le apuntaban con un arma en la cabeza. - Me asusté… demore unos segundos en activar la alarma, y, casi al instante, ingresa violentamente el asaltante a las instalaciones gritando que se le entregase el dinero contenido en la bóveda, realizando disparos contra la
FISCAL S.S.V.Z.
FISCAL JUEZ ABOGADO
S.S.V.Z. ABOGADO S.S.V.Z. ABOGADO S.S.V.Z ABOGADO
S.S.V.Z ABOGADO JUEZ FISCAL JUEZ
ventanilla N° 02, que no lograron perforar los vidrios de seguridad. Lo o currido sucedió en segundos, porque me arroje al piso, presioné el botón y sonó la alarma, saliendo intempestivamente. 2) Describa las características físicas del delincuente. Vi que el delincuente tenía el rostro cubierto con una media Nylon de color negro. Era de estatura baja, aproximadamente 1.60m, era de contextura gruesa, las demás características físicas y su vestimenta no puedo recordar. Eso es todo señor Presidente. La defensa interrogará al testigo. Si Sr. Presidente… 1) Srta. Valencia Zamalloa ¿Cuántas Horas al día trabaja Ud. como cajera en el banco Azteca? 7 horas diarias. 2) ¿Puede especificarnos su horario? De 9 de la mañana a 1 de la tarde y de 3 de la tarde hasta las 6pm 3) Al promediar las 3:30 de la tarde hora de los hechos ocurridos dentro del banco Azteca Ud. ¿A cuántos usuarios atendía? A una clienta. 4) ¿Ud. Desde su lugar puede visualizar de manera clara a las personas que hacen su ingreso al banco y más aún si está concentrada atendiendo a una clienta?. No del todo. Eso es todo Sr. Presidente Doctora Si señor Presidente. Llamamos al señor ROEL ALEX LÓPEZ ZAMUDIO. Efectivo de la PNP. Que pase el señor López Zamudio. Tome asiento. Buenas tardes. Dígame usted su Nombre Completo.
ROEL ALEX LÓPEZ ZAMUDIO JUEZ R.A.L.Z.
-
Roel Alex López Zamudio.
R.A.L.Z. JUEZ
Su Número de Documento Nacional y Domicilio. - 43 42 31 07. - Avenida 28 de Julio s/n del Distrito de Wanchaq – Cusco. El Número de su Carnet de Identidad de la PNP. - 27 55 68 93. Usted tiene alguna de relación de Amistad, Enemistad, Parentesco o Vínculo Laboral con el acusado aquí presente. - No, ninguna. Tiene Usted algún impedimento para Prestar Juramento o Prestar su Promesa de decir la Verdad en este Juzgamiento. - No señor. Ninguno. Sírvase ponerse de pie. Acérquese al estrado, vamos a tomarle Juramento.
R.A.L.Z.
Señor Roel Alex López Zamudio, Efectivo de la PNP, jura Usted que va a decir la verdad en el transcurso de esta Audiencia. Sí juro.
JUEZ R.A.L.Z. JUEZ R.A.L.Z. JUEZ
JUEZ
FISCAL R.A.L.Z. FISCAL R.A.L.Z. FISCAL R.A.L.Z. FISCAL R.A.L.Z. FISCAL
R.A.L.Z. FISCAL R.A.L.Z.
Gracias. Puede tomar asiento. En caso de faltar a la Verdad, puede Usted ser procesado por Falso Testimonio. Puede pasar a interrogar señora Fiscal. 1) Buenas tardes señor López. Quisiera que me responda ¿Cuál es su profesión? Soy Oficial de la PNP. 2) ¿Qué tiempo tiene como Oficial de la PNP? Soy Efectivo Policial desde el 01 de Enero del 2008, contando con (06) años, (06) meses y (07) días de servicio y mi grado es de Alférez de la PNP. 3) ¿Actualmente en qué Área viene Laborando? Soy Jefe de la División de Unidades de Emergencia PNP – Cusco, en coordinación siempre con la Central de Emergencia y Comunicaciones 105. 4) ¿Usted ha sido procesado o sentenciado por la comisión de algún delito? No. Jamás. 5) En mérito a los hechos que nos convocan en esta Audiencia, le voy a hacer algunas preguntas. ¿Usted ha participado en la Intervención Policial, respecto del intento de Robo al Banco Azteca? Así es. 6) Y nos puede contar ¿Cómo es que llega a participar de la Intervención Policial en razón al intento de Robo al Banco Azteca? Se inicia la intervención a raíz de una comunicación radial de la Central de Emergencia 105 de la ciudad del Cusco, a horas 15:30 aproximadamente, el 29 de Noviembre del 2014, informándonos sobre el Robo en el Banco Azteca de la Avenida Ejército y que los presuntos autores se encontraban a bordo de un Tico Blanco con franjas verdes y placa amarilla, al parecer (02) sujetos. Por ello se inicia un operativo policial conjunto por la zona de Santiago y las posibles vías de escape, logrando ubicar el vehículo con las características brindadas, a la altura de la entrada del Asentamiento Humano Dignidad Nacional (Carretera Principal de Cusco hacia Abancay). Siendo intervenidos primero, por el Patrullero policial de placa POA-321 de la División de Emergencia del Cusco, con su tripulación SOT2 PNP Elio Tapia Carrasco y SOT3 PNP Javier Huallpa Villanueva, apoyado por el Patrullero de placa KO-10113 de la Comisaría de Independencia con su tripulación SOT1 PNP Basilides Cahuana Mari y SOT3 PNP Ernesto Ylla Huamántupa, procediendo conforme a Ley, levantando el correspondiente Acta de Intervención Vehicular. Momentos después llego, me hago presente y me identifico como Alférez de la Policía. Realizamos el procedimiento que corresponde, formulando el Acta de Registro Vehicular, Acta de Recojo de Evidencias, las Actas de Lectura de Derechos del Detenido, Actas de Registro Personal y la Orden de Detención. Debo mencionar que mandé a efectuar al SOT2 PNP Tapia Carrasco y SOT3 Huallpa Villanueva una búsqueda preliminar de algún indicio en relación al ilícito cometido en el Banco Azteca, encontrando una casaca de color negro en el asiento trasero del vehículo, la misma que contenía en uno de sus bolsillos una media Nylon de color negro. También encontramos (02)
municiones desperdigadas en el suelo del vehículo debajo de los asientos del co-piloto, (01) celular marca HUAWEI debajo del asiento del co-piloto, (02) revólveres, uno marca Jaguar, calibre 38mm, SPECIAL, que según información brindada antes de iniciar la intervención fue sustraído del Agente de Seguridad Orlando Quispe Cruz, así también otro revolver marca Taurus calibre 38mm. Todo ello siempre respetando la Ley y quedando registrado en Acta. Ambos sujetos fueron intervenidos en flagrancia delictiva y puestos inmediatamente a Disposición del Ministerio Público. FISCAL FISCAL JUEZ ABOGADO JUEZ
FISCAL JUEZ RICHARD SORIA ROZAS JUEZ R.S.R. JUEZ R.S.R. JUEZ R.S.R. JUEZ R.S.R. JUEZ R.S.R. JUEZ
R.S.R. JUEZ
FISCAL R.S.R. FISCAL R.S.R. FISCAL
Eso es todo señor Presidente. Se le agradece por su comparecencia señor Oficial López Zamudio. El Abogado de la Defensa desea interrogar. No señor Juez Señor Oficial se le agradece por su colaboración. Si Usted gusta puede quedarse en el Auditorio o sino también puede retirarse. Doctora… Si señor Presidente, llamamos ahora al Perito Balístico Forense RICHARD SORIA ROZAS. Tome asiento señor. Sírvase indicar su Nombre Completo. -
Mi nombre es Richard Soria Rozas.
Su Edad. - 51 años de Edad. Su Número de Documento Nacional de Identidad. - 23 85 89 87. Su Dirección Domiciliaria. - Calle Alcides Vigo s/n del Distrito de Wanchaq – Cusco. Su Ocupación. - SOT1 PNP. Tiene Ud. algún impedimento para Prestar Juramento o Prestar su Promesa de decir la Verdad en este Juzgamiento. Ninguno señor. Sírvase ponerse de pie. Acérquese al estrado, vamos a tomarle Juramento. Señor Richard Soria Rozas, Efectivo de la PNP, jura Usted que va a decir la verdad en lo que se le pregunte y examine en el transcurso de esta Audiencia. - Sí Doctor. En caso de faltar a la Verdad podría Ud. ser procesado. Vamos a proceder entonces al examen del Perito. Puede iniciar su interrogatorio Doctora. 1) Dígame señor Richard Soria Rozas ¿Qué profesión tiene Usted? Soy SOT1 PNP, así como, Perito Balístico Forense de la Oficina Regional de Criminalística de la X-DIRTEPOL-CUSCO. 2) ¿Hace cuánto labora en la Oficina Regional de Criminalística? 14 años. 3) ¿Ha sido Usted procesado o sentenciado alguna vez, por la comisión de algún delito?
R.S.R. FISCAL R.S.R.
FISCAL
Ninguna Doctora. 4) ¿Cuáles son las funciones básicamente que Usted realiza en esta Oficina? Realizamos múltiples peritajes como: - Correspondencia y/o descarte papilar entre las muestras incriminadas y las muestras de comparación de las impresiones dactiloscópicas decadactilares y monodactilares, es decir, Huellas Digitales. - Análisis de impactos producidos por proyectiles disparados por arma de fuego. - Análisis de las armas de fuego y municiones puestas a nuestra disposición, para verificar el estado de conservación y funcionamiento, así como la descripción de sus características. - Y Análisis de Restos de Disparo. 5) Realizó Usted los Informes Periciales de Balística Forense de las muestras de: - Fragmentos de Plomo, Coberturas Metálicas, así como, la Inspección Técnico Balístico en el Inmueble del Banco Azteca, el Examen y Descripción de Muestras de los cartuchos y revólveres, como de la Prueba para detectar Restos de Productos Nitratos, todo ello correspondiente al intento de Robo al Banco Azteca…
R.S.R. FISCAL R.S.R. FISCAL
JUEZ R.S.R.
FISCAL R.S.R. FISCAL R.S.R. FISCAL R.S.R.
Así es Doctora. 6) Respecto de dichos Peritajes ¿Plasmaron algún documento? Sí, a través de los diversos Informes Periciales de Balística Forense. Es nuestra función como Oficina Regional de Criminalística emitir dichos Informes. Señor Presidente, solicito poner a la vista el Informe Pericial de Balística Forense N° 137-2014, a fojas 76 – 79; Informe Pericial de Balística Forense N° 232-2014, que consta a fojas 164 – 167; el Informe Pericial de Balística Forense N° 234-2014, que corre a fojas 173 – 176; y, el Dictamen Pericial de Análisis de Restos de Disparo N° 7708-2014 a fojas 227 correspondiente al acusado Yube Macutela Huamán. Proceda señora Fiscal. (MUESTRA DE INFORMES – REVISIÓN) - Sí, estos son los Informes que emitimos en su momento, todos ellos pertenecientes al intento de Robo al Banco Azteca. 7) ¿Lo reconoce? Sí. 8) ¿Por qué lo reconoce? Por mis conclusiones y, porque lleva mi sello y firma en la parte inferior de dichos documentos. 9) Puede indicarnos Usted ¿A qué conclusiones arribaron en dichos Informes Periciales? - En el Informe Pericial N° 137-2013, concluye que, las impresiones dactiloscópicas decadactilares y monodactilares corresponden a la persona de Yube Macutela Huamán, el mismo que tiene identidad dactilar homologativa, es decir, proviene de un mismo pulpejo dactilar. - En el Informe Pericial N° 232-2013, concluye que, en el inmueble de la Avenida Ejército L – 26 del Distrito de Santiago, al interior de la sucursal del Banco Azteca, se ubicó en las ventanillas de pago 02, cuatro (04) impactos producidos por proyectiles disparados por arma de fuego, de calibre aproximado al 38mm.
-
FISCAL JUEZ ABOGADO
R.S.R. ABOGADO JUEZ FISCAL JUEZ JUEZ
FISCAL
En el Informe Pericial N° 234-2013, refiriéndose al revólver marca Taurus, calibre 38mm SPECIAL, tipo largo, serie original OE2601 25, de fabricación brasileña, tubo cañón reforzado de 10.4 cm de longitud, fractura de la cacha en cara lateral izquierda con ausencia de la madera y forrado con cinta aislante color negra y funcionamiento normal. En relación al revólver marca Jaguar, calibre 38mm SPECIAL, tipo largo, número de serie 143234, de fabricación argentina, color negro, tubo cañón de 10.3 cm de longitud, se encuentra en regular estado de conservación y funcionamiento. CONCLUYE: Que, la muestra UNO como la muestra DOS, presentan características de haber sido disparadas. - En el Dictamen Pericial de Análisis de Restos de Disparo N° 7708-2013, concluye, POSITIVO en mano derecha e izquierda para plomo y negativo para antimonio y bario. Eso es todo señor Presidente. La defensa formulará pregunta. Si Sr. Juez Sr. Richard Soria… Ud. Dijo que labora desde hace 14 años atrás en la oficina regional de criminalística. Dígame ¿Qué elementos metálicos quedan en la mano al hacer un disparo con arma de fuego? Cuando una persona hace un disparo con arma de fuego, los más comunes son el Plomo, Antimonio y Bario. Es todo Sr. Juez Señor Soria Rozas, se le agradece su comparecencia. Señores del Colegiado, respecto de los testigos y peritos, esos serían todos los que ha ofrecido el Ministerio Público. Siendo así. Revisando el Auto de Juzgamiento, encontramos que la parte acusada no ha incorporado al Juicio testigo alguno. Hemos actuado entonces todas las Testimoniales y realizado el examen de peritos. En consecuencia vamos a proceder a Oralizar Documentales. - Proceda Doctora, conforme al orden del Auto de Enjuiciamiento: - Acta de Detención en Flagrante Delito, a fs. 14 , con lo cual se demuestra que, se intervino a las personas de Yube Macutela Huamán y Jorge Luis Suillo Quispe, al interior del vehículo Tico color blanco con placa de rodaje BIQ-544, en flagrancia delictiva. - Acta de Intervención Policial, a fojas 8, con lo cual se demuestra que, fue Roel Alex López Zamudio, Alférez PNP, quien, evidenciando la flagrancia delictual de los acusados, intervino a los dos sujetos que cometieron el robo al Banco Azteca. - Acta de Registro Vehicular, a fojas 11, con lo cual se demuestra que, fue Roel Alex López Zamudio, Alférez PNP, quien procedió al registro vehicular, encontrando al interior del vehículo, en el bolsillo de la casaca de Yube Macutela Huaman, una media Nylon de color Negro, así como, dos municiones desperdigadas al interior del vehículo en la parte del piloto y del copiloto, también, un celular marca Huawei, debajo del asiento delantero, también un revolver marca Jaguar con serie N° 143234, el cual había sido robado del agente de seguridad Orlando Quispe Cruz, además, un revólver de marca Taurus, con serie N° OE260125, calibre 38mm, debajo del asiento delantero.
JUEZ ABOGADO
Sobre estos puntos, se corre traslado a la Defensa de las Documentales que han sido Oralizadas. Gracias Sr. Magistrado… lo que no ha dicho la Sra. Fiscal es que con respecto al acta de intervención policial de Fs. 08 se tiene que en dicha acta necesariamente debió consignarse el número de los documentos de identidad de los policías que llegaron a intervenir en la presunta actuación delictiva del ahora acusado Yube Macutela Huamán. Sin embargo no se ha respetado las formalidades que debiera tener la actuación procesal al momento de la intervención policial, omitiendo de esta forma el artículo 120 del código procesal penal que nos indica que al momento de una intervención policial se debe necesariamente considerar el lugar, año, mes, día y hora en que haya sido redactada. Debo decir también que el ministerio público ha omitido hacer mención que además del alférez PNP. Roel Alex López Zamudio estuvo también presente el teniente PNP. Martín Carpio Challco quien no se identificó como debió hacerlo, tanto más que no se llegó a suscribir correctamente el acta de detención en flagrancia conforme el numeral 4 del artículo 120 del código procesal penal.
JUEZ
Sr. Juez, estas omisiones que son insalvables hacen que se deba tener en consideración la invalidez e ineficacia de dicha acta de detención. Concluido el Examen del Acusado, y, realizado la Actuación Testimonial y Documental, damos paso a la Etapa de Alegatos Finales. Señora Fiscal se le concede el uso de la palabra.
FISCAL Señores magistrados del colegiado, debo señalar que, ha quedado demostrado que, el día 29 de noviembre del 2014, a horas 3:30 de la tarde, al interior del Banco Azteca, sucursal de la Avenida del Ejército, del Distrito de Santiago, se produjo el asalto, lo cual se probó con el testimonio del señor Orlando Quispe Cruz, quien fue reducido y despojado de su arma de fuego, marca Taurus, calibre 38mm, por el acusado, con el fin de robar dinero de la bóveda. Así mismo, se tiene el testimonio de Shem Shared Valencia Zamalloa, cajera del Banco, quien vio como el agente seguridad fue reducido y despojado de su revólver, por el acusado. Además, queda demostrado con el Informe Pericial de Balística Forense, realizado por SOT 1º Richar Soria Rosas, que al interior del Banco Azteca, sucursal de Santiago, se realizaron cuatro disparados, con arma de fuego, de calibre 38 mm. Asimismo, ha sido demostrado que, el acusado fue el autor del robo agravado, en grado de tentativa, en agravio del Banco Azteca y del señor Orlando Quispe cruz, lo cual ha quedado acreditado con el testimonio del señor Orlando Quispe Cruz, quien vio al sujeto que le redujo y quito su arma de fuego, y que era de sexo masculino, de contextura gruesa, cachetón, medio achinado, de estatura baja. Prueba que se complementa, con el testimonio de Shem Shared Valencia Zamalloa, cajera del Banco, quien describió al sujeto que redujo y quitó el arma al personal de seguridad Orlando Quispe cruz, de contextura gruesa, ropa oscura, con una media nylon negra en la cabeza, achinado, cachetón, de 1:60 de estatura. Además, se tiene el Informe Pericial Dactiloscópico Nº 137- 2014, realizado por el perito Richar Soria Rosas, el cual
concluyo que, existe correspondencia entre las muestras incriminadas anexas al parte IC Nº 1361-2014-X-DITERPOL-SEC-OFICRI-IC y las muestras de comparación en la impresiones dactiloscópicas y monodactilares de Yube Macutela Huaman. También, se tiene, el Informe Pericial de Balística Forense N° 234-2014, realizado por perito mencionado, el cual concluye que, el revolver marca Taurus, calibre 38 mm, Special, tipo largo, serie original OE 260125, fabricación brasileña, presenta características de haber sido disparada. Además, se tiene el dictamen Pericial - Análisis de Restos de Disparo N° 7708-2014, realizado por perito mencionado, el cual concluye que, que dio positivo para plomo y negativo para antimonio y bario el examen hecho en la mano de Yube Macutela Huaman. Por lo que, Señores Jueces del Colegiado, ¿Cómo podrá la defensa argüir la no culpabilidad de Yube Macutela Huaman, si la descripción física de todos los testigos lo señalan, si las características físicas descritas por ellos corresponden con las del sujeto que cometió los hechos ese día y, además, Yube Macutela es de contextura gruesa, cachetón, medio achinado, de estatura baja, igual que el sujeto que cometió hecho ilícito ese día? Sin duda, nada puede hacer ante esta arrolladora evidencia en su contra. Finalmente, se ha demostrado que, el acusado fue intervenido en flagrancia delictiva, al interior del vehículo con los indicios delictivos, el cual a sido comprobado con la Declaración testimonial del señor Roel Alex López Zamudio, Alférez PNP, quien intervino al acusado y levanto el Acta de Detención en flagrante delito, en la APV Dignidad Nacional, y encontrando al interior del vehículo a la persona de Yube Macutela Huaman, así como, indicios de delictivos, como Nylon de color Negro; dos municiones desperdigadas , un celular marca Huawei, un revolver marca Jaguar con serie N° 143234, además, un revólver de marca Taurus, con serie N° OE260125, calibre 38 mm. Calificación jurídica de los hechos Éstos hechos Señor presidente, han sido calificados por el Ministerio Publico, como delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo agravado, a mano armada y con intervención de dos a más personas, tipificado en el artículo 188º como tipo base y el artículo 189º primera parte, numerales 3 y 4, en grado de tentativa del artículo 16º del Código Penal, en contra de los acusados Yube Macutela Huamán y Jorge Luis Suillo Quispe, en agravio del Banco Azteca y del agente de seguridad Orlando Quispe Cruz. Sobre la pena privativa de la libertad. Sobre estos argumentos, el Ministerio Público, ha solicitado: Para Yube Macutela Huamán la Pena Privativa de la Libertad de, DIECISIETE (17) años, debiendo cumplirlo en el Establecimiento Penitenciario de Quenccoro, o el que determine el INPE, desde el día 29 de noviembre de 2014 (fecha de su efectiva Privación de la Libertad) hasta el 28 de noviembre del 2030. Sobre la reparación civil. Se ha solicitado como Reparación Civil un total de S/. 5000.00 (cinco mil nuevos soles, que deberá pagar el acusado a razón de: S/. 4500.00 (cuatro mil
quinientos nuevos soles) a favor de la entidad financiera Banco Azteca y, S/. 500.00 (quinientos nuevos soles) a favor de Orlando Quispe Cruz. Finalizo Señor presidente del colegiado, en base a los hechos probados y demostrados, solicito que, se emita una sentencia condenatoria, a Yube Macutela Huaman, como autor y responsable de la comisión del delito contra el patrimonio, en la en la modalidad de Robo Agravado, a mano armada y con intervención de dos a más personas, tipificado en el artículo 188º como tipo base y el artículo 189º primera parte, numerales 3 y 4, en grado de tentativa del artículo 16º del Código Penal, en agravio de la Entidad Financiera Banco Azteca y Orlando Quispe Cruz. JUEZ ABOGADO
Sobre estos argumentos se corre traslado a la defensa. Gracias Sr. Presidente, Debemos ciertamente reconocer que este acontecimiento sucedido en una de las agencias del Banco Azteca es completamente reprochable y lamentable, sin embargo la justicia exige de sus autoridades absoluta imparcialidad y por su puesto creemos que eso ocurrirá en esta oportunidad. Debemos tomar en consideración la falta de indicios dentro del acervo probatorio y por el cual injustamente fue procesado el Sr. Aquí presente Yube Macutela Huamán. En toda audiencia de juzgamiento debe fundarse en suficiente material de prueba de cargo que sea capaz de crear certeza en el Juzgador respecto a la responsabilidad penal de una persona. Acá trabajamos sobre certezas, no sobre probabilidades… Lo anteriormente expuesto por la representante del ministerio público a todas luces legales carece de veracidad… y ello demuestra una clara violación del principio de in dubio pro reo. Según la gran autora Española María Gascón Abellan… el acercamiento del proceso penal a la epistemología como garantía de la determinación de los hechos permite establecer la siguiente conclusión: “El juicio de hecho es la elección de la hipótesis racionalmente más atendible entre las distintas reconstrucciones posibles de los hechos de la causa”. EN CONSECUENCIA: “La verdad de los hechos nunca es absoluta, sino que viene dada por la hipótesis más probable sostenida por mayores elementos de confirmación”. Por ejemplo aquí se trabajó como indicio de que el acusado Yube Macutela Huamán portaba un arma de fuego… por lo tanto se dice que al acusado participo en los hechos del 29 de noviembre del 2014 y dio 4 disparos a la ventanilla número 2 del banco azteca. Reitero “el conocimiento de los hechos se desarrolla mediante procedimientos probatorios establecidos por la ley, reglas jurídicas por las cuales se alcanza el conocimiento de los hechos objeto del proceso penal”.
JUEZ
YUBE MACUTELA HUAMÀN
En consecuencia al no haberse establecido claramente los hechos ocurridos el día 29 de noviembre del 2014, creemos que no se han cumplido las formalidades esenciales del procedimiento… y con respecto a las pruebas y su valoración no se puede imponer por simple analogía y por mayoría de razón.. Pena alguna, pues queda demostrada la inocencia de mi defendido aquí presente. Gracias Sr. Presidente. Señor Yube Macutela Huamán, se le concederá la palabra para que exponga lo que estime conveniente a su defensa. Puede ejercer su Derecho de Defensa Material, por un tiempo máximo de (05) minutos. Buenas tardes señores Jueces del Colegiado. Buenas tardes señora Representante del Ministerio Público. Buenas tardes a todos los presentes en esta Audiencia. En primer lugar quisiera recalcar que los argumentos atribuidos contra mi persona no son ciertos, que no he cometido ningún intento de robo al Banco Azteca. Yo no intenté asaltar el Banco. Sé que mis palabras serán rechazadas por Ustedes. Soy consciente que mis antecedentes no juegan a mi favor. El día de los hechos yo me encontraba en estado de ebriedad, porque me fui a tomar unas cervezas con mis amigos. Estuve en el lugar equivocado a la hora incorrecta. Sé que no pueden entrar en mi mente, pero, quiero decirles que no soy responsable de intentar robar el Banco Azteca.
JUEZ JUEZ
Ojalá que se haga Justicia. Yo quiero que se encuentre al verdadero culpable, porque no es justo que, mientras estamos nosotros aquí, en esta Audiencia, el verdadero culpable esté libre, haciendo su vida normal. Ojalá se haga Justicia. Eso es todo. Gracias señor. Habiéndose agotado todos los extremos del Debate, queda por cerrado éste. El Juzgado Penal Colegiado pide comprensión a las partes. Se ha debatido y argumentado alrededor de (02) horas. Elaborar y articular una resolución va a demorar un tiempo, por lo cual, el Colegiado recesionará por un tiempo aproximado de (01) hora, continuando el presente Juicio Oral cumplido el tiempo previsto. El público si desea puede retirarse, pero, los sujetos procesales permanecerán en su lugar. Se ha terminado de elaborar la resolución y, en este estado se procede a emitir. Resolución N° Seis Cusco, ocho de julio Del año dos mil catorce VISTOS Y OÍDOS: En Audiencia Pública de Juicio Oral, contradictoria y con inmediación, los señores Jueces integrantes del Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia del Cusco, señores Jueces LUIS MIGUEL CAMACHO MORVELI (Presidente), JOSÉ HURTADO GUEVARA y VÍCTOR PRADO SÁNCHEZ, en fecha ocho de julio del año dos mil catorce, en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario de Quenccoro del Cusco, en el juzgamiento incoado contra YUBE MACUTELA HUAMÁN, por el Delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Robo, subtipo Robo Agravado, por su presunta comisión en grado de Tentativa, en agravio de la entidad Financiera BANCO AZTECA. ANTECEDENTES PRIMERO. De la competencia
Despacha como Presidente del Colegiado y Director de Debates, el Doctor Luis Miguel Camacho Morveli, integrado por los señores Jueces Dr. José Hurtado Guevara y el Dr. Víctor Prado Sánchez. Su conformación tiene como fundamento normativo los artículos 16° numeral 3) y 28° numeral 1) y 3) del Código Procesal Penal. SEGUNDO. De los sujetos procesales A) Identificación de las partes: Por el Ministerio Público, la señora Fiscal Provincial Adjunta de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santiago, Dra. Nadia Torres Quispe y, por la Defensa del acusado, Abogado Rubén Soto Quispe. B) Individualización del acusado: Yube Macutela Huamán, identificado con Documento Nacional de Identidad número 44833348, sexo masculino, fecha de nacimiento veinticuatro de febrero de mil novecientos ochenta y uno, de treinta y tres años de edad, natural del Cusco, estado civil conviviente, primaria completa, de ocupación comerciante, nombre del padre Celso, nombre de la madre Julia, con domicilio real en Calle Los Ángeles C – 3 del Distrito de San Sebastián de la ciudad del Cusco, recluido en el Penal de Quenccoro, Cusco. CONSIDERANDO: PRIMERO. Actos de imputación de la Fiscalía La Fiscalía ha postulado como hechos que el día veintinueve de noviembre del año dos mil trece, aproximadamente a las 15:30 horas, al interior del Banco Azteca sucursal de la Avenida Ejército L- 26 del Distrito de Santiago, en circunstancias que laboraban Orlando Quispe Cruz como vigilante de seguridad de la Empresa Atlantic Security SRL, la cajera Shem Shared Huamán atendiendo a los usuarios. Sorpresivamente hizo su aparición un sujeto de contextura gruesa, baja estatura, cuyo rostro se encontraba cubierto con una media Nylon de color negro, el mismo que portaba un arma de fuego en su mano tipo revolver, quien gritó a voz en cuello al personal de seguridad Orlando Quispe Cruz “No te muevas”, logrando despojarle el arma de fuego que portaba en su muslera, consistente en un revólver marca Jaguar, cañón largo, calibre 38mm con serie N° 143234, para luego ser echado al piso boca abajo y apuntado con el arma de fuego. Casi de inmediato ingresa violentamente hacia el interior de la entidad financiera, dirigiéndose a la ventanilla N° 02, apuntando con el arma de fuego a la señorita Shem Shared Valencia Zamalloa, circunstancias en que se arroja al piso para presionar el botón de la al arma, mientras que, en ese mismo instante, el delincuente realizaba cuatro (04) disparos a la ventanilla N° 02, pidiendo que se le entregase el dinero. Al escuchar el sonido de la alarma huyó cruzando la pista, pasando al Puente de Santiago, donde le esperaba un vehículo de color blanco modelo Tico con franjas verdes y placa de color amar illo, donde esperaba un segundo sujeto que era el conductor, abordando el vehículo Tico los dos (02) sujetos que huían mientras que la trabajadora Shem Shared Valencia Zamalloa llamó inmediatamente al 105 para comunicar lo ocurrido. Que, asimismo, se hizo presente el personal de patrullaje motorizado, a cargo del Alférez PNP Roel López Zamudio, quien después de tomar conocimiento de lo ocurrido, de inmediato emprendió l a búsqueda del vehículo Tico de color blanco con franjas verdes y placa amarilla, con dos (02) individuos a bordo, presuntamente armados, logrando en primer término dar alcance al referido vehículo con placa de rodaje BIQ-544, en circunstancias que salía de la Asociación Pro Viviendo Dignidad Nacional, donde acto seguido, se procedió a la Intervención Policial de los sujetos antes mencionados y el Registro Vehicular, identificándose a las personas de Jorge Luis Suillo Quispe y Yube Macutela Huamán, y encontrándose en el interior del vehículo, una casaca de propiedad de Yube Macutela Huamán, que, contenía en uno de sus bolsillos, una media Nylon de color Negro, así como, dos (02) municiones desperdigadas al interior del vehículo en la parte del asiento del co-piloto, un (01) celular marca HUAWEI debajo de asiento del co-piloto, dos (02) revólveres, uno marca uno marca Jaguar, calibre 38mm, SPECIAL, con N° de serie 143234, que según información brindada antes de iniciar la intervención fue sustraído del Agente
de Seguridad Orlando Quispe Cruz, así también otro revolver marca Taurus calibre 38mm, con N° de serie OE260125, quedando toda la intervención registrada en acta. SEGUNDO. De la pretensión punitiva y reparación civil La acusación del Ministerio Público ha atribuido al acusado, ser Autor de la comisión del Delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Robo, sub tipo ROBO AGRAVADO A MANO ARMADA Y CON INTERVENCIÓN DE DOS O MÁS PERSONAS, tipificado en el artículo 188° (tipo base) y el artículo 189°, primera parte, numerales 3) y 4), en grado de tentativa, previsto en el artículo 16° del Código Penal, en agravio del Banco Azteca y del agente de seguridad Orlando Quispe Cruz, habiendo solicitado se imponga la pena: Para YUBE MACUTELA HUAMÁN, la pena privativa de libertad de diecisiete años. Por otra parte, ha solicitado como reparación civil un total de CINCO MIL NUEVOS SOLES, que deberá pagar a razón de: S/. 4500.00 (cuatro mil quinientos nuevos soles) a favor de la entidad financiera Banco Azteca y, S/. 500.00 (quinientos nuevos soles) a favor de Orlando Quispe Cruz. TERCERO. Posición de la defensa del acusado La defensa de los acusados expuso lo siguiente:
QUE el acercamiento del proceso penal a la epistemología como garantía de la determinación de los hechos permite establecer la siguiente conclusión: “El juicio de hecho es la elección de la hipótesis racionalmente más atendible entre las distintas reconstrucciones posibles de los hechos de la causa”. EN CONSECUENCIA: “La verdad de los hechos nunca es absoluta, sino que viene dada por la hipótesis más probable sostenida por mayores elementos de confirmación”. Por ejemplo aquí se trabajó como indicio de que el acusado Yube Macutela Huamán portaba un arma de fuego… por lo tanto se dice que al acusado participo en los hechos del 29 de noviembre del 2014 y dio 4 disparos a la ventanilla número 2 del banco azteca. Reitero “el conocimiento de los hechos se desarrolla mediante procedimientos probatorios establecidos por la ley, reglas jurídicas por las cuales se alcanza el conocimiento de los hechos objeto del proceso penal”. En consecuencia al no haberse establecido claramente los hechos ocurridos el día 29 de noviembre del 2014, cree que no se han cumplido las formalidades esenciales del procedimiento… y con respecto a las pruebas y su valoración no se puede imponer por simple analogía y por mayoría de razón.. Pena alguna, pues queda demostrada la inocencia del acusado. CUARTO. Consideraciones sobre el razonamiento y valoración probatoria El tipo objetivo del delito calificado por la acusación, es contra el Patrimonio, en la modalidad de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 188° (tipo base), concordante con los numerales 3) (a mano armada) y 4) (con el concurso de dos o más personas) de la primera parte del artículo 189° del Código Penal cuyos textos establecen: Artículo 188° del CP, modificado por Ley N° 27472 – Robo.- “El que se apodera ilegítimamente de un bien mueble total o parcialmente ajeno, para aprovecharse de él, sustrayéndolo del lugar en que se encuentra, empleando violencia contra la persona o amenazándola con un peligro inminente para su vida o integridad física, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de ocho años”. Artículo 189° del CP, modificado por Ley N°29407 – Robo Agravado.- “La pena será no menor de doce ni mayor de veinte años si el robo es cometido (…); 3. A mano armada; 4. Con el concurso de dos o más personas (…)”.
La doctrina establece que el robo, es un delito contra el patrimonio consistente en el apoderamiento de bienes ajenos con intención de lucrar, empleando para ello, fuerza en las cosas o bien violencia o intimidación en la persona. Son precisamente estas dos
modalidades de ejecución de la conducta las que la diferencia del hurto, que exige únicamente el acto de apoderamiento. El robo con violencia o intimidación en las personas es aquel caracterizado porque, se ejerce una fuerza (vis física) o una intimidación (vis compulsiva) para vencer la resistencia del dueño o poseedor de las cosas a su entrega. Artículo 16° del CP – Tentativa.- “En la tentativa el agente comienza la ejecución de un delito, que decidió cometer, sin consumarlo. El Juez reprimirá la tentativa disminuyendo prudencialmente la pena.”
Durante el Juicio Oral ¿Se han probado los hechos del asalto del 29 de noviembre del 2013, aproximadamente a las 15:30 horas al interior del Banco Azteca, sucursal de la Avenida Ejército L-26 del Distrito de Santiago? Con la declaración testimonial en juicio de Orlando Quispe Cruz, éste refirió ser personal de seguridad en la Empresa Atlantic Security SRL, aún desde marzo de 2009 y, estuvo prestando servicios en dicho Banco, el día de los hechos, afirmando que cuando estaba parado hacia la pared, al costado de la ventana que da hacia la calle del Banco Azteca de la Avenida Ejército, a la hora aproximada mencionada, había ingresado un hombre de contextura gruesa, de estatura baja, cubierto con una media Nylon color negro y transparente (que por ello se observó su fisonomía) a quien notó que tenía una disposición de los ojos rasgada y rostro redondo, quien lo redujo y dijo no te muevas, le apuntó con un arma de fuego en su cabeza con un revólver cañón largo, despojándolo de su revólver de servicio marca Jaguar cañón largo y, cargado el tambor con seis municiones calibre 38mm; que, además, dijo haber reconocido al acusado Yube Macutela Huamán como el sujeto que le apuntó con el revólver en la cabeza, ello por sus características físicas y porque lo estuvo mirando con mucha atención, hecho que se objetivó en el reconocimiento oralizado en juicio, del que si bien no consta que se haya puesto al acusado indicado una media Nylon en su cabeza, ello no quita la afirmación del testigo, que la transparencia de dicha media, permitía ver las características físicas de quien lo portaba. Por otra parte el testigo Orlando Quispe Cruz, mencionó también, la presencia de un segundo sujeto, de contextura gruesa, aunque un poco más alto que el primero, y que al salir inmediatamente de ocurrido el intento de asalto, vio que, éste lo esperaba por las inmediaciones del Puente de Santiago, dándole alcance el delincuente, subiéndose al auto tico de placa amarilla y con los números tapados; agregado a la testimonial de Shem Shared Valencia Zamalloa (cajera), que escucharon gritos y, vio luego a un sujeto ingresa violentamente, le apuntaba con un arma de fuego, momento en que escuchó disparos, que si no le impactaron fue por la presencia de un vidrio especial de seguridad que lo impidió, logrando tirarse al piso y activar el sistema de alarma, así como llamar por teléfono celular al 105, observando que el delincuente fugó después de oír la alarma, todo ello, corroborado con el Informe
Pericial de Balística Forense N° 232-2013, realizado en la sucursal del Banco Azteca en la Avenida Ejército L-26, donde se verificaron los impactos de proyectiles de arma de fuego en la ventanilla N° 02. Entonces cabe otra pregunta ¿Está probado que el acusado fue la persona que cometió el intento de robo? Para contestar ello, se parte de la premisa que éste ha negado su participación en el hecho, afirmando: a) Yube Macutela Huamán afirmó que no es él, el autor del hecho delictivo ocurrido el 29 de noviembre del año 2013, que salió de su domicilio ubicado en Calle Los Ángeles C-3 de San Sebastián, mediados las 10:00 horas de la mañana, con dirección a Zarzuela para jugar un partido de futbol por invitación de sus amigos. Que, una vez terminado de jugar, se dirigieron a libar bebidas alcohólicas, frente a la cancha Bolognesi de Zarzuela, en un bar, propiedad de la señora Basilia según refiere, ingiriendo unas (08) cervezas aproximadamente, para luego dirigirse a otro local, en las inmediaciones de la Avenida Ejército, ingresando a un bar de nombre “La Oficina”, que se encontraba en compañía de (02) amigos, a los cuales se refiere por sus apelativos de “Gordo” y “Chacha”, precisando el nombre del primero, como
Jorge Luis, pero, desconociendo el nombre del segundo, disponiéndose a tomar unas cervezas, todo ello alrededor de las 15:30 horas, en el cual, unos de sus acompañantes le sugiere que vaya al Banco Azteca para retirar dinero. Se dirige al Banco Azteca ubicado en la Avenida Ejército, próximo al mencionado bar, señalándole su acompañante Jorge Luis, que lo esperaría en el Puente de Santiago en su vehículo Tico de color blanco. Expresa que, cuando está a pasos de ingresar a la entidad financiera, se percata que un encapuchado reduce al agente de seguridad, quitándole el arma que portaba y arrojándolo al suelo, amenazando y señalando que no se moviera, para luego ingresar al interior del Banco, motivo por el cual, se acerca para ver qué es lo que ocurría en el interior. Situación de confusión que se generó, por escuchar disparos, al sonar la alarma, entrando en desconcierto porque el asaltante venía corriendo hacia él, lo que provocó en su persona miedo, corriendo donde se encontraba su amigo, que lo esperaba en el taxi, y, que mientras huía, a su espalda se encontraba el delincuente, quien le pidió que lo ayudase y llevase lejos del lugar, al que accedió por temor. Emprenden la huida, y cerca a la entrada de la Asociación Pro Vivienda Dignidad Nacional, el facineroso le entrega el arma, desperdiga balas en el piso del vehículo, deja su casaca y sale raudamente del carro, desapareciendo entre las calles. Instantes después, son intervenidos por los agentes policiales quienes lo conducen a la dependencia policial. Por estas consideraciones, en uso a las atribuciones que me confiere los artículos 138° y 139° numeral 1) de la Constitución Política del Estado, el artículo 1° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en atención a los artículos 16°, 188°, 189° primera parte numerales 3) y 4) del Código Penal, impartiendo Justicia a nombre de la Nación y, con el criterio de conciencia que la Ley faculta, el Juzgado Penal Colegiado del Cusco: FALLAMOS DECLARANDO: A Yube Macutela Huamán, cuyos datos de identificación personal se encuentran en la primera parte de ésta sentencia; AUTOR del Delito de Robo Agravado en grado de Tentativa previsto por los artículos ciento ochenta y ocho, concordante con el artículo ciento ochenta y nueve, incisos tres y cuatro del primer párrafo, concordante además con el artículo dieciséis del Código Penal, en agravio de la entidad financiera Banco Azteca. IMPONEMOS: La Pena Privativa de Libertad Efectiva de DIECISIETE AÑOS, debiendo cumplirlo en el Establecimiento Penitenciario de Quenccoro-Cusco, o el que determine el INPE, desde, el veintinueve de noviembre del año dos mil catorce (fecha de su efectiva privación de libertad) hasta el veintiocho de noviembre del año dos mil treinta. FIJAMOS: La reparación civil de S/. 5000.00 (cinco mil nuevos soles), que efectuará el acusado a razón de: S/. 4500.00 (cuatro mil quinientos nuevos soles) a favor de la entidad financiera Banco Azteca y, S/. 500.00 (quinientos nuevos soles) a favor de Orlando Quispe Cruz. MANDAMOS: Una vez consentida y ejecutoriada, inscríbase la presente sentencia en el Registro del Poder Judicial y remítanse los boletines de condena correspondientes; sin perjuicio de Oficiar al Juzgado de Liquidación que está conociendo la ejecución de sentencia del proceso penal N° 013-2004 contra Yube Macutela Huamán, por el Delito de Violación de la Libertad Sexual y otros en agravio de la persona de iniciales W.M.C.S., del cual consta una refundición de penas, para los fines de la revocatoria del beneficio penitenciario de Semi-Libertad concedido. Y por esta mi sentencia leída en acto público, así la pronunciamos, mandamos y firmamos en audiencia pública de la fecha. HÁGASE SABER Y TRANSCRÍBASE
En éste estado, el Juzgado Penal Colegiado del Cusco, del Distrito Judicial del Cusco, procede a Notificar a las partes procesales presentes en la Audiencia. Señor Asistente de Audio, deje constancia del acto procesal. -
FISCAL JUEZ ABOGADO
JUEZ
Representante del Ministerio Público, está de acuerdo con la decisión jurisdiccional. Estoy Conforme. La Defensa Técnica. Vamos a Interponer Recurso Impugnatorio de Apelación a la Resolución N° Seis, de fecha ocho de julio de 2014, por la cual, el Colegiado impone (17) años de Pena Privativa de Libertad Efectiva y el pago de la Reparación Civil por el monto de S/. 5000.00 (cinco mil nuevos soles). Asimismo, solicito se me conceda el Plazo Procesal, para efecto de la Fundamentación del Agravio correspondiente. Resolución N° Siete Cusco, ocho de julio Del año dos mil catorce VISTO Y CONSIDERANDO: Concédase el Recurso Impugnatorio de Apelación interpuesto por la Defensa Técnica de la parte acusada Yube Macutela Huamán. Asimismo se le concede el plazo de Ley, para efectos de la fundamentación del agravio correspondiente, bajo apercibimiento de Ley, de disponerse el archivamiento y la petición del impugnatorio de la parte acusada. Para tal efecto, en la presente resolución consta la rúbrica del Presidente del Juzgado Penal Colegiado del Cercado del Cusco.
JUEZ
Siendo las 17 horas con (…) minutos, se da por terminada la Audiencia y por cerrado la Grabación del Audio, procediendo a firmarla el señor Juez y el Asistente de Audio, encargado de la redacción del Acta como lo dispone el artículo 121° del Código Procesal Penal. …LA AUDIENCIA HA TERMINADO… …(campana)…
View more...
Comments