GUIA DERECHO AMBIENTAL
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DERECHO AMBIENTAL
Orígenes, naturaleza, evolución, principios, actores. 1. DERECHO, AMBIENTE Y DESARROLLO. a) El derecho como manifestación manifestación de la relación sociedad-naturaleza.
La sociedad (el ser humano) y la naturaleza se influyen recíprocamente. Acciones humanas---------inciden humanas---------inciden sobre los ecosistemas ecosistemas Efectos ecológicos---------inciden ecológicos---------inciden sobre el sistema social Evolución de la vinculación en la relación b) El desarrollo económico y sus consecuencias ambientales.
Vinculación entre protección ambiental, desarrollo económico y desarrollo humano desde la perspectiva de los modelos de desarrollo. Del ecodesarrollo al desarrollo sustentable.
Estocolmo 72 ---Río de Janeiro 92 ---Johanesburgo 02 Problemas ambientales globales:
Cambio climático Calidad y cantidad de agua Pérdida de la Biodiversidad Deforestación Desertificación Inadecuado manejo de residuos (peligrosos) Agotamiento de la capa de ozono Afectación de zonas costeras y marinas Tendencias que inciden en ello: Perfil demográfico Proceso de urbanización económica (agricultura-industria-ser (agricultura-industria-servicios) vicios) Transformación económica
c) Derecho y desarrollo sustentable.
Alcances y límites del desarrollo sustentable. Balance entre desarrollo, protección ambiental y calidad de vida, a partir del marco jurídico. 2. OBJETO DEL DERECHO AMBIENTAL. Protección de las condiciones que hacen posible la vida en todas sus formas. Carácter holístico del derecho ambiental (disciplinas que lo integran) Ambiente: Conjunto de todos los sistemas dentro de los que se integran todos los organismos vivos. Ecología: Estudio de la estructura y funcionamiento de la naturaleza. •
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Legislación común de relevancia ambiental. Legislación sectorial de relevancia ambiental. Legislación propiamente ambiental.
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3. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO AMBIENTAL Desarrollo Sustentable
Proceso evaluable mediante criterios e indicadores del carácter ambiental, económico y social que tiende a mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas, que se funda en medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y
aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras . Aprovechamiento Sustentable
La utilización de los recursos naturales en forma que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos, por periodos indefinidos. La naturaleza como Patrimonio Común de las personas (función social y ambiental de la propiedad). Principio “Precautorio”. •
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Principio “Quien Contamina Paga”. –
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La persona que realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligada a prevenir, minimizar, compensar o reparar los daños que causen o puedan causar, así como a asumir los costos que ello implique. (DR 16)
Principio “Preventivo”. “Preventivo”. –
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Cuando exista peligro de daño grave o irreversible en los ecosistemas o sus elementos, la falta de certeza científica no es impedimento para adoptar las medidas necesarias para la protección del medio ambiente . (DR 15)
Cualquier obra o actividad que pueda producir un efecto adverso en el ambiente y los recursos naturales debe estar sujeta a una evaluación del impacto ambiental , con el propósito de prevenir, evitar, minimizar o compensar dichos efectos (DR 17)
Principios de Acceso (participación social) Acceso a la toma de decisiones Acceso a la información ambiental –
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Sistemas Nacionales de Información Ambiental Acceso a los archivos de las autoridades autor idades Acceso a justicia ambiental (procesos judiciales y administrativos) •
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Principio de Inducción. Promover el Mejoramiento Ambiental Voluntario en procesos de producción y –
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consumo. Debe premiarse a las personas que voluntariamente realizan actividades amigables o benéficas al medio ambiente.
Reconocimiento de Derechos de Comunidades Indígenas. –
Se debe garantizar el derecho de las comunidades, incluyendo los pueblos indígenas, a la protección, preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la salvaguarda y uso de la biodiversidad
4. BASES CONSTITUCIONALES CONSTITUCIONALES DEL DERECHO AMBIENTAL Constituciones Políticas. Leyes Ambientales Generales como “ley marco” (LGEEPA). –
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Tratados y convenciones internacionales en materia ambiental. Legislación sectorial. Disposiciones reglamentarias (NOM´S).
“Enverdecimiento” “Enverdecimiento” constitucional El deber del Estado y de las personas de proteger el ambiente. Restricciones al ejercicio de derechos fundamentales y la idea de patrimonio ambiental (función social y ambiental de la propiedad). Reconocimiento del derecho de las personas a disfrutar de un medio ambiente adecuado •
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para su desarrollo, salud y bienestar. •
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Bases de procesos para hacer efectivo el derecho a un medio ambiente adecuado. Vinculación medio ambiente – desarrollo (Bases para el desarrollo sustentable). Protección de ecosistemas o recursos específicos.
Artículo 4o. Constitucional “Toda persona tiene el derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo (salud) y bienestar”. Articulo 25 “Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el
fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.” “Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los
sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.” ambiente.”
ARTICULO 27 “La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponden originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitirle dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.” "La Nación tendrá en todo tiempo, la facultad de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa
de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrando del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ... preservar y restaurar el equilibrio ecológico..." Articulo 73 Fracción XXIX-G
Faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de los tres ordenes de gobierno en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico. 5. CONTENIDO DEL DERECHO AMBIENTAL •
Gestión Ambiental.
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Distribución “concurrente” de competencias entre Gobiernos Federal, estatales y
municipales. –
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Descentralización Transversalidad de políticas públicas ambientales.
Instrumentos de Política Ambiental. –
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Programas Nacional y sectoriales. Ordenamiento del Territorio. –
Ordenamiento ecológico del territorio .
Planeación del desarrollo urbano. Evaluación del Impacto Ambiental. Régimen de Normalización. Instrumentos inductivos : sistemas de gestión ambiental e instrumentos económicos. Educación e investigación ambientales. Fondos Ambientales. Sistemas de información ambiental. Mecanismos de participación social. –
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Régimen Jurídico para la Protección de la Biodiversidad. El régimen jurídico de las áreas naturales protegidas. La regulación de la preservación y aprovechamiento de la vida silvestre . El régimen jurídico de la preservación y aprovechamiento de los recursos –
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forestales. –
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El régimen jurídico de los recursos pesqueros y marinos, playas, costas . Producción, distribución, comercialización, consumo de organismos genéticamente modificados (Biotecnología/Bioseguridad)
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Régimen Jurídico para la prevención y control de la contaminación ambiental. Regulación de la prevención y control de la contaminación del aire. Regulación de la prevención y control de la contaminación del agua y suelo . El régimen jurídico de la generación, manejo y disposición final de los residuos sólidos y peligrosos . El régimen jurídico de las actividades riesgosas. Regulación de la remediación de suelos contaminados con materiales o residuos peligrosos. Otras formas de contaminación (ruido, olores, vibraciones, energía térmica y lumínica, ...) –
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Acceso a la Justicia Ambiental. –
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El medio ambiente como bien jurídico tutelado. Control constitucional. Responsabilidad administrativa. Responsabilidad penal.
Responsabilidad civil. Denuncia popular. ******diapositivas ******diapositivas 26, 27 y 28******* –
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6. EVOLUCIÓN DEL DERECHO AMBIENTAL AMBIENTAL EN AMERICA LATINA Y EL CARIBE. CARIBE. 1a. Etapa. Antes de los 70`s. Dispersión normativa y de esfuerzos institucionales. Normatividad sectorizada y desarticulada. Visión higienista – Legislación Sanitaria. Centralización de toma de decisiones. 2a. Etapa. Setentas. Protección del Medio ambiente Humano.
Estocolmo 1972 – Ecodesarrollo. Primeras leyes ambientales “marco”. Base constitucional – Salubridad General.
Creación de primeras estructuras administrativas.
3a. Etapa. Ochentas.- Integración institucional hacia la Sustentabilidad.
Informe Burtland “Nuestro Futuro Común” (87) Desarrollo sostenible Continúa en la región expedición de leyes ambientales “marco o sectoriales”.
Creación de organismos integradores de atribuciones ambientales.
4a. Etapa. Noventas-2005. Fortalecimiento normativo para una gestión ambiental sustentable.
Río 92 – Joannhesburgo 2004.
Marco jurídico para una gestión ambiental sustentable.
7. MARCO JURÍDICO PARA UNA GESTIÓN AMBIENTAL SUSTENTABLE 1. Incorporar en la legislación al desarrollo sustentable como sustento fundamental de la política y gestión ambientales. Desarrollo Sustentable Proceso evaluable mediante criterios e indicadores del carácter ambiental, económico y social
que tiende a mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas, que se funda en medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras . Aprovechamiento Sustentable
La utilización de los recursos naturales en forma que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos, por periodos indefinidos. 2. Juridificar principios fundamentales de la gestión ambiental. Sustentabilidad. Precautorio. Preventivo. Contaminador-pagador. Aplicar la función social y ambiental de la propiedad. 3.
Regular fenómenos que atentan contra el medio ambiente, recursos naturales y calidad
de vida.
Cambio climático
Pérdida de la Biodiversidad Deforestación Desertificación Inadecuado manejo de residuos (peligrosos) Agotamiento de la capa de ozono
4. Establecer un proceso ordenado y gradual para descentralizar los asuntos ambientales de interés local, a favor de los gobiernos locales . Gestión ambiental pública transversal/transectorial 5. Ampliar los mecanismos de participación social en la gestión ambiental (Principio de Acceso). Acceso a la toma de decisiones. Acceso a la información ambiental Sistemas Nacionales de Información Ambiental Acceso a los archivos de las autoridades Acceso a la justicia ambiental (procesos judiciales y administrativos) Aplicación efectiva de la ley 6. Fortalecer y enriquecer los instrumentos de política ambiental. »
Ordenamiento del territorio.
Ordenamiento ecológico. Sistemas de planeación urbana. Evaluación del Impacto Ambiental . Régimen de Normalización. Instrumentos inductivos . Sistemas de Gestión Ambiental (autorregulación, auditorías ambientales) Instrumentos económicos (fiscales, financieros, de mercado)
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7. Reconocimiento de los derechos de las comunidades indígenas sobre la apropiación y aprovechamiento de sus recursos naturales . 8. Propiciar calidad regulatoria. (mejora regulatoria). Evitar discrecionalidad discrecionalidad Evitar excesos regulatorios » »
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