Guía de Manejo de Residuos Sólidos en comunidades rurales Ing. José Buendía Rojas Consultor
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Guía de Manejo de Residuos Sólidos en comunidades rurales Marco legal
Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, que fue aprobado por el Congreso de la República del Perú el 10 de julio del 2000 y entró en vigencia el 21 de julio del mismo año y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2004-PCM, el 22 de julio del 2004, por la Presidencia del Consejo de Ministros.
Guía de Manejo de Residuos Sólidos en comunidades rurales
Mediante el Decreto Legislativo Nº 1065, el 28 de junio del año 2008 se modifica los siguientes artículos: 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 16, 19, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 44, 48, 49 y 50. Modificatoria en la cual, se incorpora entre otros las competencias del recién creado Ministerio del Ambiente y el rol de los Gobiernos Regionales, promoviendo promoviendo la inversión en infraestructuras de residuos sólidos y la implementación de programas de minimización en la fuente y recolección selectiva de los residuos, entre otros.
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De las normas arriba mencionadas lo que mas se acerca a la realidad rural donde no existen municipios propios es lo señalado por el articulo 11º 11º de la Ley Nº 27314, que establece que las ciudades ciudades con menos de 5000 habitantes habitantes o los centros poblados menores que cuenten con un municipio propio establecido de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica y complementarias, de Municipalidades sus Normas reglamentarias podrány exceptuarse del cumplimiento de aquellas disposiciones de la Ley que resulten incompatibles con sus condiciones económicas e infraestructura y equipamiento urbano o por su condición socio económica rural.
Guía de Manejo de Residuos Sólidos en comunidades rurales
Público usuario de la Guía
Esta guía está dirigida a pobladores rurales, lideres de opinión, autoridades comunales, autoridades municipales, autoridades regionales y público interesado en general, que se encuentra vinculado a los centros poblados rurales con una población menor a 2500 habitantes.