GNOC_U3_A1

May 23, 2019 | Author: joseavr7 | Category: Cheque, Banking, Money, Financial Services, Business
Share Embed Donate


Short Description

rec...

Description

ALUMNO: JOSÈ ALBERTO VALENZUELA RODRIGUEZ MATRICULA: AL13504027 MATERIA: NORMATIVIAD CORPORATIVA UNIDAD 3 ACTIVIDAD 1: TITULOS DE CREDITO En esta actividad reconocerás los títulos de crédito más usuales en las actividades comerciales de las empresas. Para ello, deberás conseguir copia simple o formatos proforma de los siguientes títulos de crédito: Pagare Cheque Cheque endosado al portador Certificado de depósito Instrucciones: Realiza su llenado utilizando datos ficticios y en cada copia identifica los requisitos de la ley.  Anota al al margen de de cada formato el requisito requisito que que marca la Ley.

PAGARE

1 2

5

6

Los requisitos del pagaré, según el artículo 170° de la LGTOC son: 1 La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento; 2. La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero; 3 El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; 4 La época y el lugar del pago; 5 La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; 6 La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.

CHEQUE 2 21 DE MAYO DE 2014

3 4

Juan López 6

Los requisitos del cheque, según el artículo 176 de la LGTOC, son: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

La mención de ser cheque, inserta en el texto del documento. El lugar y la fecha en que se expide. La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero. El nombre del beneficiario. V. El lugar del pago. VI. La firma del librador

CHEQUE ENDOSADO AL PORTADOR  Artículo 179.- El cheque puede ser nominativo o al portador. El cheque expedido por cantidades superiores a las establecidas por el Banco de México, a través de disposiciones de carácter general que publique en el Diario Oficial de la Federación, siempre será nominativo. El cheque que no indique a favor de quién se expide, así como el emitido a favor de persona determinada y que, además, contenga la cláusula al portador, se reputará al portador.

El cheque nominativo puede ser expedido a favor de un tercero, del mismo librador o del librado. El cheque expedido o endosado a favor del librado no será negociable.

3

1

2

1. El banco, o librado, que es la institución a la que se le da la orden de pago. 2. El librador, que es quien firma el cheque y da la orden de que sea pagado por el banco. 3. El beneficiario, que es la persona a cuyo favor se expide el cheque, es decir, quien tiene el derecho de cobrarlo y, para el caso de los cheques al portador éste siempre será una persona indeterminada. http://www.aduanas-mexico.com.mx/claa/ctar/leyes/lgtoc.html

CERTIFICADO DE DEPÓSITO

1 2

Artículo 19. Los títulos representativos de mercancías, atribuyen a su poseedor legítimo, el derecho exclusivo a disponer de las mercancías que en ellos se mencionen. 1. Almacenes generales de deposito 2. Depositante http://www.siger.gob.mx/legismerc/LGTOC.pdf 

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF