Garantias de La Seguridad Juridica en Mexico
March 30, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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GARANTIAS DE LA SEGURIDAD JURIDICA EN MEXICO
Estas pueden definirse como un reconocimiento y protección que otorga la Constitución Mexicana en garantía de los derechos Fundamentales de las personas .
Lo cual implica el deber de las autoridades autoridades,, de cumplir de manera fehaciente y abstenerse de vulnerar los derechos en cumplimiento de la constitución de los Estados Unidos Mexicanos.
garantías de seguridad jurídica como los mecanismos mediante los cuales un documento fundamental o Constitución, garantiza y protege a los gobernados en su persona, familia, familia, posesiones posesiones o derechos derechos frente a la autoridad, autoridad, proporcionándoles proporcionándoles a los gobernados la certeza de que únicamente serán afectados tales bienes conforme a los procedimiento procedimientoss previamente establecidos en la l a Constitución.
Las garantías de seguridad jurídica se encuentran consagradas en los artículos 8, 14 , 16 16,, 17 17,, 18 18,, 19 19,, 20 20,, 21 21,, 22 22 y y 23 23 constitucionales
Garantías de seguridad Juridica
Es el medio por el cual una persona puede exigir al estado el cumplimento y la garantía de sus derechos. “es la certeza que debe tener el gobernado de que su persona, su familia, sus posesiones o derechos serán respetados por la autoridad, pero si ésta debe producir una afectación en ellos, deberá ajustarse a los procedimientos previamente previamen te establecidos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Mexicanos y las leyes secundarias.“ Las garantías de seguridad jurídica jurí dica son otorgadas otorgad as por los artículos 8, 14,16,17,18,19,20,21,22,y 14,16,17,18,19 ,20,21,22,y 23 de la CN Mexicana. Mexicana.
ART. 8 CN MEXICANA
Artículo 8º:
a) Derecho de petición.- Es el derecho fundamental de toda persona de
realizar una petición ante una autoridad, y obtener de ésta una respuesta por escrito en un término determinado, siempre que la petición formulada, cumpla con los requisitos establecidos por la ley.
ART. 14 IRRETROACTIV IRRETROACTIVIDAD IDAD DE LA LEY Y DEa) Garantía AUDIENCIA de irretroactividad de la ley .- El artículo 14 establece que a ninguna
ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Lo anterior quiere decir que ninguna ley podrá aplicarse a situaciones pasadas, que hayan sucedido antes de la vigencia de la ley respectiva, es decir, la ley sólo debe regular y
aplicarse a aquellos actos que tengan lugar una vez que haya iniciado su vigencia. b) Garantía de audiencia.- El artículo 14 establece que nadie puede ser privado de la vida, de la libertad, o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales. Garantía de legalidad en materia civil .- En el artículo 14 se establece también que
en juicios del orden civil, la deberá ser conforme o alos la interpretación jurídica desentencia la ley y a definitiva falta de ésta, se fundará en los a la letra principios generales de derecho, es decir, las sentencias en materia civil deben dictarse conforme a la letra de la ley
ART 16 MANDAMIENTO ESCRITO POR AUTORIDAD COMPETENTE
Garantía de mandamiento escrito expedido por la autoridad competente, en el que se funde y motive la causa legal para cometer un acto de molestia en contra de un particular ..- Esta garantía es una de
las más se importantes de nuestro sistema jurídico y es conocida también como la garantía de legalidad. En ésta otorga protección a los gobernados frente a cualquier acto de molestia a su esfera jurídica.
Garantía de orden de aprehensión en virtud de mandamiento judicial .- La autoridad judicial es la única facultada para librar una orden de aprehensión, que debe estar precedida de una denuncia o querella de un hecho que se encuentre tipificado en la ley como delito y sancionado con pena privativa de libertad.
Garantía de orden de cateo en virtud de mandamiento judicial .- Consiste en que únicamente la autoridad judicial puede expedir una orden de cateo. Esta orden se expide a solicitud del Ministerio Público
ARTICULO 17
Nadie puede hacerse justicia por mano propia, garantía expedita y eficaz de la adecuada administración de justicia, la no procedencia de prisión o medidas seguridad en establecimi establecimiento ento penal o carcelari carcelario o por deudas de carácter de civil.
ART. 18, 19 ……22
18: La prisión preventiva solo será valida contra delitos que merezcan pena corporal.
19: requisitos del auto formal de prisión 20: garantías de los inculpados, las victimas y los ofendidos por un delito
21: la imposición de las penas es propia de la autoridad Juicial
Al ministerio publico le compete la investigaci investigación ón y persecución de los
delitos . 22: esta prohibida la aplicación de penas inusitadas o trascendentales y la pena de muerte.
ART 23
Ningún juicio penal puede tener mas de tres instancias
Nadie será juzgado por un mismo delito mas de dos veces
iii MUCHAS
GRACIAS iii
PILAR VICTORIA RAMIREZ 29284702
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