Gabriela y Luciano

August 18, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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  MEDIACION: CASO GABRIELA Y LUCIANO.

Meredith Marrugo Orozco

Universidad Europea del Atlánco

 

Práctca de Mediación: Técnicas y Esraegias

   

Doctora: Sara Moza Moriñigo   Doctor: Juan Luis Marn Ayala.

14 de mayo de 2023

 

Es evidente que la dinámica social, implica cambios que requieren cada vez más de métodos de intervención para la resolución de confictos; entre estos la Mediación. “La mediación debe ser tratada de orma disnta según sea un ámbito personal o social” (Garcia Trevijano, 2010, p.183); lo que da a entender que no existe una orma única de mediar; sin embargo, uno de los principios en que se soporta la Mediación, es la condencialidad, cuya nalidad es “la ecacia y el éxito de la mediación” (Cono Hueso, 2018, p. 316). Cabe notar que existen otros principios que competen a la Mediación, de los cuales se hará reerencia en e n el punto cuatro del presente apartado; cabe agregar que a connuación, se pretende dar respuesta re spuesta a planteamientos, teniendo en cuenta, el caso presentado en la asignatura DD098 (Gabriela y Luciano).

1.

Iden Idenq que ue lo loss a asp spec ecto toss esen esenci cial ales es que que de debe ben n ccon oncu curr rrir ir en el pr pres esen ente te

caso para poder transormar el conficto.

Voluntad: “es entendida como el deseo de las partes de encontrar una salida posiva al conficto” (Funiber, s.. , P.9). Es evidente el deseo tanto de Gabriela como de Luciano de resolver el conficto que acudieron a la Mediación.

Poder: “asumir poder implica asumir responsabilidad y eso es algo que a veces cuesta demasiado esuerzo debido a que supone un cambio de posicionamiento en el conficto” (Funiber, s.. , P.9). tanto Gabriela como Luciano no enen los medios para contratar abogados y asumen la responsabilidad, por el bien de la empresa y de la relación entre ellos.

Compresión compleja del conficto: “un pensamiento complejo implica una disposición a revisar las propias percepciones y adoptar posiciones de fexibilidad que permitan obtener otras percepciones posibles sobre los hechos” (Funiber, s.. , P.9). Es evidente que tanto Gabriela como Luciano, enen su propia visión de la situación conficva; de las cuales él mediador o mediadora, debe hacer un análisis, teniendo en cuenta los dierentes territorios del conficto ( sustanvo,

 

narravo, cognivo, emocional, comportamental, relacional, interrelacionar, comunicacional y sistémico) . todo esto conlleva no solo a comprender el conficto, sino a tener una visión global del mismo, permiendo direccionar la situación conficva de orma adecuada en busca de alcanzar los objevos propuestos de manera conjunta.

Ampliación de puntos de vistas: esto implica que tanto Gabriela como Luciano se escuchen el uno al otro, para poder entenderse, sin duda alguna esto aende a lo que Moore, (2010) llamaría “actud de escucha acva”; el mediador o mediadora, adopta una disposición que hace más ácil o menos dicil, que las partes (Gabriela y Luciano), hablen sobre un determinado tema, de lo que se ha dicho ha sido escuchado (retroalimentación), acilitando la exploración de los senmientos y se legiman las emociones; por ejemplo, Gabriela podría hablar de cómo se siente por el hecho de que su academia no hubiera ganado premio y Luciano sobre el e l hecho de cómo se sena, de no poder haber asisdo a la convención, a pesar de todo los esuerzos que hizo para converrse en unos de los mejores bailarines de la academia de la cual Gabriela es dueña. En esa misma línea, cabe mencionar la la “escucha refectante “la cual ene como nalidad, nalidad, “acceder a los senmientos ocultos tras las palabras para extraer la carga emocional que aportan al conficto y poder abordarlo con una mayor claridad comunicacional” (Funiber, s.., p.40).

Compresión mutua: lo mas probable es que una vez abordados los temas pernentes en la situación conficva entre Gabriela y Luciano, lo que implica, como se mencionó en el párrao anterior que las partes expresen sus puntos de vista, sus emociones dan lugar a que estos tengan una comprensión mutua; es decir Gabriela da valor a que Luciano dice y viceversa; Luciano da valor a lo que Gabriela dice. Al comprenderse se acilita la cooperación entre ellos; esto supone esuerzo compardos y no de uerzas que se contraponen.

 

Alternavas compardas: Esto se reere al hecho que tanto Gabriela como Luciano deben proponer que alternavas de manera conjunta que sean viables y aceptables por ambas partes que permitan situar estas alternavas de tal manera que apunten a que la negociación sea sasactoria para ambas partes.

Compromisos: se puede decir que es un “acuerdo no escrito”; esto implica implica un sendo voluntario y responsable por cada una de las partes en cuanto a las acciones que se requieran realizar para alcanzar de manera sasactoria lo que hace eliz a ambas partes; en este caso, por ejemplo; que Gabriela y Luciano consigan limar sus dierencias y llevar una relación cordial; que les acilite interactuar entre ellos de una manera aserva. Cabe recalcar que “no hay acuerdos sin compromisos”.

2.

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del conficto.

 Para el presente caso, como se dijo antes lo que se busca es que Gabriela y Luciano puedan restablecer su relación comunicava de manera adecuada, por lo tanto, el o la mediadora me diadora debe acilitar la comunicación haciendo uso de las posibles técnicas:

Reglas de comunicación: esta es planteada por el o la mediadora para evitar desorden en el momento que las partes empiecen a establecer el e l dialogo. Por ejemplo; el mediador invitará a Gabriela y a Luciano que para que podamos escucharnos, es importante que respetemos el momento de hablar de cada quien (cuando el uno habla el otro se calla).

Comunicación en Uve: con el animo de evitar que el conficto no escale, la persona mediadora, les pide a las partes que no hablen entre sí, solo con él o ella (mediador/a). En este caso para que Luciano y Gabriela no entren en discusiones innecesarias.

 

Actud de escucha acva: Un aspecto importante a tener en cuenta para que el conficto se transorme es la legimación. Por lo tanto, el mediador debe adoptar una disposición que acilite que Luciano y Gabriela hablen sobre un tema determinado y que se haga una retroalimentación, para asegurarse que lo que se ha dicho ha sido escuchado y del mismo modo permite que Gabriela y Luciano expresen sus senmientos y sean legimadas las emociones de los mismos.

¿A qui cabria la pregunta que hacer cuando una de las partes empieza a descargarse emocionalmente Y propiciando acusaciones a la otra parte?

Obviamente que el mediador debe permir que ya sea Gabriela, por ejemplo, e jemplo, se desahogue, pero dirigiéndolo hacia si mismo, intentado que el conficto no escale. Es decir, haríamos alusión a la técnica, Bloquear: el mediador interrumpe, en este caso a Gabriela, por ejemplo; ella empieza a insultar a Luciano sin parar y el mediador interrumpe la discusión, convirendo el dialogo en un monologo propio, ulizando un tono tranquilizador, dándole un eecto “rerigerante al conficto”. Si esto no llegase a ser suciente, pedirle a Gabriela y a Luciano que detengan sus ataques verbales, el mediador podría levantarse e interponerse entre los dos para que Gabriela y Luciano no se miren o adoptar una conducta que sea inesperada tanto para Gabriela como para Luciano para que estos dejen de atacarse, dado el caso. En caso que eso no uncione, la persona mediadora se levanta y se muestra desinteresada por la conversación y amaga con salir. Cabe mencionar que cuando la temperatura de la situación se sube mucho, por decirlo de algún modo, se hace necesario recurrir a la técnica de caucus; dicha técnica se reere a los encuentros privados con cada una de las partes (Gabriela y Luciano), sirve para tranquilizar a las personas que hacen parte de la situación conficva. y en su uso se recomienda re comienda que se emplee el mismo empo para ambas partes y que el mismo no sea prolongado.

 

3.

De qu qué é or orma ma resol resolve verí ría a como como medi mediad ador or el he hech cho o que que tant tanto oG Gab abri riel ela a ccom omo o

Luciano, hacen acusaciones contra el otro por la orma como manejaron la situación.

Considero que en el punto anterior se deslumbro este punto. Sin embargo, a connuación, se intentará recrear dos posibles situaciones en dierentes momentos de la mediación.

Momento uno.

Gabriela: “no te mereces que te lo devuelva”

Luciano, responde con un tono bastante subido: “como tú eres la dueña de la academia, crees que puedes tratarme como se te da la gana, hasta el punto de no quererme devolver mí dinero.

La mediadora al observar que la situación se puso bastante tensa, decide levantarse de la silla e interponerse entre Gabriela y Luciano, para evitar que estos se miren y decide hacer una pausa. “los invito a que nos calmemos…” decide tener una sesión privada con cada una de las partes (caucus).

Otro momento.

Gabriela: “por tu culpa no ganamos premios”

Mediador: “lo que quieres decir es que el hecho que Luciano no pudiera asisr a la convención aecto de algún modo el desempeño del resto de los bailarines”.

En los momentos anteriores se observa la orma de proceder de la mediadora ante posibles situaciones que se hubiesen podido presentar en dicha situación conficva.

4.

Cual Cuales es so son n sus sus debe debere ress como como medi mediad ador or de acue acuerd rdo o a lla a éca éca de la

mediación en el presente caso.

 

En este caso, hablar de deberes, se reere a las obligaciones que debe cumplir la persona mediadora en un proceso de mediación, a los que están ligados, los principios de la Mediación; (voluntariedad, imparcialidad, neutralidad, condencialidad y proesionalidad). Teniendo en cuenta el material leído en la asignatura, existe una carta y un código de éca de la mediación; que guran bajo la ley de 1901. Para concluir, a connuación, se relacionarán d dos os aspectos de la “carta de la mediación”, cinco “arculos del código de la mediación (deberes del mediador)” y aspectos concernientes al caso de Gabriela y Luciano.

Carta de la mediación

Código de la mediación (deberes del

Caso: Gabriela y Luciano

mediador) “Creemos que la mediación es ante todo voluntad, una voluntad de abrir caminos, de construir

Arculo 19. Inormación Arculo 21. Neutralidad

El mediador observa la voluntad de ambos de querer mejorar su relación. Para lo cual el mediador debe

puentes, de establecer lazos

inormar a Gabriela y a

allá donde no existe, con el n

Luciano en que consiste el

de permir que personas o

proceso de mediación, y

grupos se reencuentren, de

asegurarse que ambos tengan

que un ser pueda encontrar el

un mínimo conocimiento de la

camino hacia si mismo. la

carta y el código de

mediación requiere invenva

mediación.

y creavidad.

Como se quiere es establecer lazos posivos

 

Carta de la mediación

Código de la mediación (deberes del

Caso: Gabriela y Luciano

mediador) entre Gabriela y Luciano, el mediador debe ser neutral, sin entrar a juzgar a Luciano y a Gabriela. Aquí se asume que no había ningún po de lazo real con las partes.

  ser creavo al escoger o aplicar las técnicas, estrategias, métodos para alcanzar los objevos propuestos. “la mediación es un espacio de dialogo”

Arculo 12. Secreto proesional. Arculo 21. Neutralidad Arculo 23. Autoridad y cualidades morales.

El espacio de dialogo al cual da paso la mediación, donde los protagonistas son Luciano y Gabriela. El dialogo debe estar permeado por cualidades morales, tales como la honesdad del mediador, la responsabilidad

 

Carta de la mediación

Código de la mediación (deberes del

Caso: Gabriela y Luciano

mediador) de este de manejar de orma adecuada el dialogo entre las partes, asegurando que todo lo que se diga no se debe divulgar, respetando la privacidad de las partes.

Para nalizar, se puede decir que en este mundo cambiante existen dierentes pos de confictos, que pueden ser abordados por dierentes métodos, entre ellos la mediación, la cual ene una serie de métodos, técnicas y estrategias e strategias para intervenir las dierentes realidades y que todo este proceso podría tener éxito o no, dependiendo de la ormación, creavidad de la persona mediadora, la cual debe ajustarse a una serie de principios que le guiaran en su actuar proesional; contribuyendo de esta manera al bienestar social.

Referencias

Cono Hueso, L. (2018). Condencialidad y proteccion de datos en la mediación en la Unión Europea. Revista del Instuto de Ciencias Juridicas de Puebla, Mexico., 12 (41), pp 311-341.

 

hps://doi.org/hp://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arext&pid= hps://doi.org/hp://www.scielo.org.mx/scielo.php?s cript=sci_arext&pid=S1870S187021472018000100311&lng=es&tlng=es. Funiber. (s.) Prácca de Mediación: Tecnicas y Estrategias. Fundación Universitaria Iberoamericana. Funiber. (s..) La Mediación: Defnición y Principios. El Mediador: Rol y Funciones. F unciones.  Garcia, J. (2010) La Mediacion, un instrumento de conciliacion. Dykinson. Moore, C. (2010). El proceso de Mediación. Métodos práccos para la resolución de Conictos.   Ediciones Granica, buenos aiires. hps://doi.org/9789506414788

 

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