Formato para Promover El Recurso de Revocacion

November 13, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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FORMATO PARA PROMOVER EL RECURSO DE REVOCACION P.A.M.A NUMERO: PD-990002340 C. ADMINISTRADOR DE LA ADUANA DE MEXICO C. MONZERRAT SANCHEZ, promoviendo mi propio derecho con Clave del Registro Federal de Contribuyentes SARM980427BJ6 e identificándome en carácter de propietaria de la motocicleta ADVENTURE XTRAIL, modelo 2018, con placas de circulación MXXWS34, numero de serie JT4UD10D4R0003107, color rojo, que se encuentra en embargo precautorio dentro del Procedimiento Administrativo Aduanero al rubro citado, señalando como domicilio particular y convencional el ubicado en cda. Bosques de cipreses mz. 2 lte 75-3 en los héroes Tecámac sección 2 en el municipio de Tecámac de Felipe Villanueva en el Edo, de México, y autorizando para los mismos efectos al LIC. EDGAR OMAR CIBRIAN RIVAS profesionista que cuenta con cedula numero 7876469respectivamente y quien firma al alcance del presente ocurso como señal de aceptación del cargo conferido y cumpliendo lo dispuesto por el articulo 19 del Código Fiscal de la Federación; con correo [email protected] para recibir notificaciones ; atentamente comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito , con fundamento en los artículos 1, 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el articulo 203 de la Ley Aduanera y los numerales 18, 34, 34-A, 116 , 117, 120, 121, 122, 123, 130, 131, 132 del Código Fiscal de la Federación y estando dentro del termino que por ministerio de ley me es concedido vengo a interponer RECURSO DE REVOCACION, en contra de la determinación fiscal emitida dentro del Procedimiento Administrativo Aduanero numero PD990002340 emitida con fecha 1-marzo-2022 la cual se me notifico el día 5-marzo-2022, fundándome en os siguientes:

HECHOS El día 15 del mes de febrero del año 2022me encontraba manejando mi motocicleta ADVENTURE XTRAIL, , modelo 2018, con placas de circulación MXXWS34, número de serie JT4UD10D4R0003107, color rojo, sobre avenida vía Morelos, mismo sobre el cual me fue marcado alto total y se me practico una orden de verificación e mercancías por el C. J. PABLO RODRIGUEZ REYES, Administrador de la Aduana de México , notificándome que el personal actuante es servidor público adscrito a la Aduana de México , y que la mencionada verificación se realizó con el objeto de verificar si poseía o no los documentos que acreditaran la legar estancia o tenencia de la motocicleta que conducía, el cual es de origen y/o procedencia extranjera.

Posteriormente me solicitaron identificarme, por lo que les mostré mi licencia de conducir No. 75432561346923 la cual se encuentra expedida a nombre de la suscrita MONZERRAT SANCHEZ RODRIGUEZ. Acto continúo, la autoridad actuante, me requirió la documentación que amparara la legal estancia y/o tenencia de dicha motocicleta, mostrando a la vista el pedimento número: 1940800012234568, el cual ampara la importación de una motocicleta ADVENTURE XTRAIL , modelo 2018, y el cual me fue otorgado al momento de que efectué la legal importación de la multicitada motocicleta; y puesto que el suscrito no soy perito en materia aduanera, confié del personal de la Aduana por la que se ingresó la ya mencionada motocicleta, suponiendo que todos los datos y demás pagos de las contribuciones correspondientes al mencionado objeto ya habían sido satisfechos; por lo que es de deducirse que no fue culpa del suscrito. Posteriormente, tras realizar la comparación del documento antes citado con el número de serie de la motocicleta; la autoridad actuante a su decir, se percató que el número de serie contenido en el pedimento con el número: 1940800012234568 no corresponde con el número de serie estampado en el chasis de la motocicleta ya que el número de serie estampado en el pedimento aduanero es: 1J4GZ5858FC545681 y el número que se encuentra en el chasis de la motocicleta es: JT4UD10D4R0003107 Por lo que, la autoridad aduanera dice que se percató de que el número de serie estampado en el chasis de la motocicleta y del documento mencionado no coincide, y concluyendo que la motocicleta multicitada es de modelo 2018 y no 2015 tal y como obra en el pedimento ya señalado así como el hecho de que no se justificó la legal estancia en territorio nacional de la motocicleta ADVENTURE XTRAIL , modelo 2018 con número de serie JT4UD10D4R0003107de origen y/o procedencia extranjera Minutos posteriores el personal verificador, procedió a notificarme la orden de verificación haciéndome formal entrega de la misma, la cual firmé dado que “era parte del procedimiento y para obre constancia de recibido” tal como me lo hizo saber en ese momento el C.ALEJANDRO GONZALEZ LARA, personal actuante; documento en el cual estampé de mi puño y letra la siguiente leyenda: “recibí original de la presente orden previa lectura e identificación del personal Actuante”, seguido del nombre del suscrito, MONZERRAT SANCHEZ RODRIGUEZ , así como la fecha 15 DE FEBRERO DEL 2022 y mi firma autógrafa Acto continuo, el personal verificador actuante, me hizo sabedor de que dado que la motocicleta que conducía no contaba con los documentos necesarios para justificar su legal estancia en territorio nacional, era necesario que nos trasladáramos a las Instalaciones de la Aduana en México, ubicada en la Calle SEBASTIAN VIZCAINO 160, 22170, y siendo aproximadamente las 14:30 horas del día QUINCE de FEBRERO del 2022; una vez reunidos en las instalaciones de

la Aduana México para practicar la verificación física y documental, momento en el cual me reservo el derecho que me fue concedido dado que en el momento no tenía los documentos necesarios para justificar la legal estancia en el país. Posteriormente, el personal actuante declara bajo el embargo precautorio la motocicleta de referencia con fundamento en los artículos 144-A, 150, y 151 fracción III de la Ley Aduanera, por lo que se quedó a disposición de la Aduana de TIJUANA de la Administración General de Aduanas, del Servicio de Administración Tributaria, hecho que constituye una manifiesta violación a mis garantías individuales establecidas en el máximo ordenamiento nacional. Ahora bien, la resolución emitida constituye en sí misma, una manifiesta violación de mis garantías constitucionales dado que me causan los siguientes:

AGRAVIOS PRMER AGRAVIO. HECHO INFRACTOR. - Lo constituye la sentencia de mérito concretamente en sus resultando segundo, tercero y sexto, emitida dentro del PAMA PD 990002340, la cual determina que el suscrito no justificó la legal tenencia y/o estancia de la motocicleta ADVENTURE XTRAIL, modelo 2018, misma que cuenta con número de serie JT4UD10D4R0003107, así como la omisión del pago de las contribuciones respectivas por la importación de la motocicleta señalada, causando un perjuicio al suscrito de manera irreparable. DISPOSICIONES LEGALES VIOLADAS. - Por lo que respecta a la resolución que se impugna, la misma resulta ser ilegal por no ajustarse a lo dispuesto por los artículos 14 y 16 la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. SEGUNDO AGRAVIO. HECHO INFRACTOR. - Lo constituye la sentencia de mérito concretamente en sus resultando segundo, tercero y sexto, emitida dentro del PAMA PD 990002340, la cual determina que el suscrito no justificó la legal tenencia y/o estancia de la motocicleta ADVENTURE XTRAIL , modelo 2018, misma que cuenta con número de serie JT4UD10D4R0003107, así como la omisión del pago de las contribuciones respectivas por la importación de la motocicleta señalada, causando un perjuicio al suscrito de manera irreparable. DISPOSICIONES LEGALES VIOLADAS. - Por lo que respecta a la resolución que se impugna, la misma resulta ser ilegal por no ajustarse a lo dispuesto por los artículos 14 y 16 la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. PRUEBAS LA DOCUMENTAL PÚBLICA DE ACTUACIONES Consistente en las constancias que se han llevado a cabo y que obren dentro del presente procedimiento administrativo en mi contra; probanza que se relaciona con todos y cada uno de los hechos del presente ocurso y lo que se pretende demostrar es el hecho de que soy le propietario de la motocicleta la motocicleta

ADVENTURE XTRAIL , modelo 2018,con placas de circulación TJXWS34, número de serie JT4UD10D4R0003107, color ROJO, así como el hecho de que se justifica la legal estancia en el país con los documentos presentados. LA DOCUMENTAL PÚBLICA. Consistente en el pedimento de importación número 1940800012234568, documento en el cual obra la mercancía citada en el hecho uno del presente escrito, desprendiéndose del mismo la clave ‘A1’, la cual es de importación definitiva, y que el importador es el C. MONZERRAT SANCHEZ RODRIGUEZ, quien es propietario de la motocicleta, como de igual forma a quedado demostrado; probanza que se relaciona con los hechos números III y IV del presente escrito y que se ofrece para demostrar el hecho de que el suscrito es dueño de la motocicleta mencionada, así como el hecho de que la misma fue importada satisfaciendo todos los requisitos exigidos por la ley. LA DOCUMENTAL PRIVADA. - Consistente en el Título de propiedad número 48331465, el cual corresponde a una motocicleta ADVENTURE XTRAIL , modelo 2018, con número de serie JT4UD10D4R0003107, expedida a favor del C. más tal y como se desprende de la cédula de identificación fiscal que aparece al calce de la citada factura, la motocicleta mencionada es propiedad del C. MONZERRAT SANCHEZ RODRIGUEZ, probanza que relaciono con el hecho dos del presente escrito y que se ofrece con la finalidad de justificar la legal estancia en el país de la motocicleta ya señalada así como el hecho de que el pedimento anteriormente ofrecido, tiene justificación de existencia en la presente probanza Con lo anteriormente expuesto y con las probanzas ofrecidas, el suscrito considera que se ha acreditado que la motocicleta materia del presente procedimiento es de origen extranjero y que cuento con los documentos necesarios para demostrar su la legal adquisición y tenencia. Por lo anteriormente expuesto y fundado a esta autoridad de administración tributaria, solicito: PRIMERO.- Se me tenga por interpuesto el presente recurso de revocación en contra de la determinación fiscal de mérito. SEGUNDO.- Se sirva tener por ofrecidas las pruebas que se ofrecen dentro del cuerpo del presente escrito y que previo análisis de las mismas, se sirva revocar la sentencias que se combate. TERCERO.- Solicito que previos trámites de ley me sea devuelta la motocicleta ADVENTURE XTRAIL , modelo 2018 con número de serie JT4UD10D4R0003107, embargada por encontrarse justificada su legal estancia en el país.

“PROTESTO A USTED MIS RESPETOS” A LOS 28 DÍAS DEL MES DE MARZO DEL 2022. C. MONZERRAT SANCHEZ RODRIGUEZ

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