Formato Odi
April 14, 2017 | Author: Camila Alejandra Mondaca Rodriguez | Category: N/A
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CHARLA DE INDUCCIÓN LEY N° 16.744 ODI OBLIGACIÓN DE INFORMAR (ART.21 D.S N°40) NOMBRE: FECHA: ÁREA: RUT: PUESTO DE TRABAJO: TALLA/N° ZAPATO: De acuerdo con el Decreto Supremo N°40 “Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales” de la Ley N° 16.744 Declaro que he sido informado acerca de los riesgos que entrañan las labores que desempeñare en el puesto de trabajo, así como las medidas preventivas que debo tomar para hacer de esto un método seguro de trabajo en la tarea de:
Información de los riesgos profesionales al trabajador por: (Marque la(s) Causa (s) por la(s) que se deben informar al trabajador con una cruz) Trabajador Nuevo
Nuevas Actividades / Tareas que implican riesgos
Desempeño de Tareas en Área Única
Trabajador Transitorio
Nuevos Riesgos por cambios o modificaciones en su Puesto de Trabajo
Riesgos Generales
Ausencia Prolongada del Puesto de Trabajo
Desempeño de Tareas en Áreas Diferentes
Riesgos Específicos
LEY N°16.744 “ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES” DECRETO N°40 “APRUEBA REGLAMENTO SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES – TÍTULO VI- “DE LAS OBLIGAVIONES DE INFORMAR LOS RIESGOS LABORALES”.
Artículo 21.- Los empleados tiene la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa. Especialmente deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos. Artículo 22.- Los empleadores deberán mantener los equipos y dispositivos técnicamente necesarios para reducir a niveles mínimos los riesgos que puedan presentarse en los sitios de trabajo. Artículo 23.Los empleadores deberán dar cumplimiento a las obligaciones que establece el artículo 21 a través de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y los Departamentos de Prevención de Riesgos, al momento de contratar a los trabajadores o de crear actividades que implican riesgos. Cuando en la respectiva empresa no existan los Comités o los Departamentos mencionados en el inciso anterior, el empleador deberá proporcionar la información correspondiente en la forma que estime más conveniente y adecuada.
Reglamentos Aplicables:
Reglamento de Orden, Higiene y seguridad Construcciones e inversiones ADG LTDA. Inducción de Matriz de Identificación de peligros y Evaluación de Riesgos “ADG LTDA” Auto-cuidado Uso Obligatorio de Equipo de Protección personal
Temas Tratados en la inducción (Marcar con un “X” aquellos puntos tratados) [ ] Ley 16.744 (Seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; concepto de accidente (Accidente de trabajo, accidente del trayecto, enfermedades profesionales, etc.), causas de los accidentes (Causas básicas, causas directas), perdidas (Lesión, daño, interrupción proceso, otros)) [ ] Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. [ ] Uso de elementos de protección personal. [ ] Trabajos en altura (PTS) [ ] Control de emergencias, incendios Uso de extintores. [ ] Manejo de Materiales: Maniobras, trabajo con equipo de levante. [ ] Riesgos eléctricos. [ ] Trabajo con esmeril angular. (PTS) [ ] Trabajos de soldadura, oxicorte; uso, riesgos y medidas preventivas. (PTS) [ ] Housekeeping (Orden y aseo) [ ] Desplazamientos por áreas de trabajo, señales y señaleros de advertencia. [ ] Manejo y Uso de sustancias Químicas. (PTS) [ ] Sistemas de bloqueos y uso de tarjeta de seguridad (para personal eléctrico si corresponde). [ ]Procedimiento operacional de equipos, maquinarias y herramientas, especificar: [ [ [ [ [
] Combustible: Manejo, almacenamiento y transporte. ] Prohibición de ingreso al área bajo influencia de alcohol y/o drogas. ] Sobre riesgos ambientales, manejos de desechos. ] Realización de ejercicios ergonómicos. ] Otro:
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL A UTILIZAR Casco de seguridad Guantes cabritilla Lentes de seguridad Tapones auditivos Protector facial Ropa térmica Zapatos de seguridad Respirar con filtro de dos vías Cubre calzado Mascarilla desechable Botas de goma Cofia Botas de goma con punta de acero Traje de agua impermeable Guantes de nitrilo puño largo Guantes de goma Guantes de látex Coleto de pvc Guante soldador puño largo Equipo de protección contra caídas (Arnés de seguridad y cola de vida) Ropa de cuero ( traje y polainas) Careta de soldador Overol ( tipo piloto) barboquejo Otros: Otros: Otros: Otros: El trabajador antes mencionado, declara haber recibido sus E.P.P y además: Se compromete a la utilización permanente de los elementos de protección personal entregados para su desempeño. Se compromete a usar los elementos de protección personal para riesgos específicos mientras se encuentre expuesto. Haber recibido instrucciones del uso, aplicación, mantención y cuidado del elemento de protección personal entregado. Con lo anterior se da cumplimiento a la Ley N°16.744 de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Título VII Art N°68 y D.S N° 594, Título III, Art. N°53. Por tanto, exime de toda responsabilidad legal a la empresa en caso de sufrir un accidente debido a la no utilización de Elementos de Protección Personal y el no cumplimiento de las normas de Higiene y Seguridad especificadas en el Reglamento Interno. RIESGOS A LOS CUALES ESTARÁ EXPUESTO: Exposición a ruido Proyección de partículas Contacto con equipos energizados Choques Caída de mismo nivel Colisiones Caída de distinto nivel Volcamiento Golpeado por Atropello Golpeado contra Atrapamiento Por contacto con materiales cortantes y/o Aplastamiento punzantes Sobreesfuerzo por movimiento manual de Contacto con sustancias peligrosas materiales Exposición a radiación ultravioleta Contacto eléctrico
Dermatitis Exposición a vibraciones Exposición a polvo Exposición a humos metálicos Exposición a gases Exposición a radiaciones ionizantes Exposición a agentes biológicos Sobreesfuerzo por movimiento repetitivo Sobretensión física Sobretensión mental y psicológica Explosión Incendio Exposición a calor Exposición a frio Otros: Otros: Otros: Otros: SUSTANCIAS PELIGROSAS MANIPULADAS EN SU PUESTO DE TRABAJO Indicar si existe otra sustancia peligrosa no descrita a continuación y adjuntar hoja de datos de seguridad. Petroleo Diesel N°NU 1202 Gasolina 93/97 Octanos N° NU 1203 Aceite lubricante para motor diesel N° NU no aplica a mezclas – N° CAS 68649-42-3 Pinturas o materiales para pinturas N° NU 1263 Lubricante de uso general en aerosol WD 40 N°UN 1950 Cloro N° UN 1017 Aguarrás Otros: Otros: Otros: MEDIDAS PREVENTIVAS – RECOMENDACIONES PARA EL INICIO DE SU ACTIVIDAD LABORAL Respetar todas las normas y/o Concentración constante en la ejecución procedimientos entregados a Ud. Por su de los trabajos encomendados. jefe directo Planificar y coordinar su trabajo antes de Participar en las charlas de 5 minutos ejecutarlo. diarias y registrar en ellas. Detectar y poner en conocimiento los Consultar toda duda, evitar proceder sin peligros a su jefe directo. conocer como se hace alguna tarea. Utilizar sus E.P.P y cuidar de ellos Bloquear sistemas de energía y movimiento antes de intervenirlos (si corresponde a su cargo) Cumplir con lo estipulado en el No ingresar al área de trabajo bajo la reglamento interno de la empresa. influencia de alcohol y drogas.
No conducir vehículos de la empresa sin licencia de conducir municipal vigente. No conducir sin cinturón de seguridad.
Debe estar autorizado por el administrador para operar y/o conducir un vehículo de la empresa.
Al realizar tareas de limpieza: Realizar la operación en lugar ventilado; usar E.P.P. adecuado (mascarrilla, guantes, lentes, etc.)
No conducir hablando por celular No fumar mientras conduce un vehículo de la empresa Al manipular herramientas: deben ser inspeccionada anterior a su uso. Aquellos que se encuentran en malas condiciones deben ser reparadas o eliminados, los materiales a utilizar en trabajos puntuales, deberán ser transportados y utilizados de acuerdo a los procedimientos establecidos con antelación. Al realizar trabajos en altura: -En su área de trabajo debe mantener pasillos y piso libre de obstáculos y limpios. -Trabajador sentado y amarrado con arnés doble cola en todo momento afiatado a las vigas o estructuras. -Todo trabajo en altura deberá coordinarse de manera tal que el personal no quede expuesto a caídas de materiales desde niveles superiores, debiéndose colocar plataformas de retención en el nivel inmediatamente inferior que proteja los trabajadores expuestos. -Las escaleras y plataformas deben estar sin elementos que obstruyan el libre tránsito. -No corra sobre plataformas o escaleras, etc. -Use en todo momento sus elementos de protección personal. - Ante cualquier duda sobre el uso de los elementos de protección personal, consulte con su supervisor directo
Otros:
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RECOMENDACIONES PARA CONTROLAR LOS RIESGOS 1. Realizar los trabajos encomendados de acuerdo al método establecido en los procedimientos e instrucciones impartidas por la supervisión 2. Regirse de acuerdo a los Reglamentos, normas y procedimientos establecidos por Construcción e Inversiones ADG Limitada. 3. Acatar las disposiciones, reglamentos, normas y procedimientos emanados por el cliente, en caso de trabajos ejecutados a empresas externas en dependencias fuera de las instalaciones de Construcciones e Inversiones ADG LTDA. 4. Planificar, programar y coordinar los trabajos con la supervisión directa, antes de iniciar las actividades. 5. Adoptar todas las medidas de control de riesgos que pueda originar un accidente. 6. Detectar y poner en conocimiento al supervisor las condiciones inseguras. 7. Concentrarse en la tarea que se está desarrollando. No cometer acciones inseguras. 8. Participar en las charlas diarias de 5 minutos. 9. Uso obligatoria de los equipos de protección personal (EPP). 10. Emplear los elementos de seguridad para señalizar, demarcar, auxiliar y para la extinción de incendios.
Toma de conocimiento Obligación de Informar los Riesgos De acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 40 “Apruébese el siguiente reglamento sobre prevención de riesgos profesionales”, título VI de la obligación de informar de los riesgos laborales, Artículo 21. “Los empleadores tiene la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, y de los procedimientos seguros de trabajo. TOMA DE CONOCIMIENTO
YO: ……………………………………………………………………………………… R.U.T Nº: ……………………………………………………...................................... LABOR ASIGNADA:………………………………………………………………… CON FECHA: ………………………………………………...................................... Declaro recibir y tomar Conocimiento del Derecho A Saber donde se me indicaron los riesgos que entrañan mis labores, de las medidas preventivas y de los procedimientos de trabajo seguro de la actividad que desarrollo en Faena Norte. Para todo efecto, me considero oportunamente informado y aprendido correctamente de todo lo antes mencionado. Nota: Además declaro recibir una copia original del presente documento la charla y aprendizaje correspondiente.
Firma Del Trabajador (puño y letra)
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