Fines Del Derecho Gonzalo
March 30, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Entre los fines que busca o persigue el Derecho se encuentran: La Paz, La Justicia, La Seguridad Jurídica y El bien Común.
La Paz El derecho debe buscar que las relaciones entre nosotros los individuos se den sin ningún tipo de violencia y donde cada individuo esté protegido contra la agresión de los demás. El derecho debe cumplir ante todo esa misión pacificadora. Un sistema jurídico es un mecanismo de paz social y es difícil imaginar un Derecho que no persiga aquella finalidad.
La Justicia Cuando estudiamos derecho Romano definimos justicia con el concepto establecido por el jurisprudente Ulpiniano, “la justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho”, es decir para él la justicia era la capacidad de cada uno de nosotros, los seres humanos, de repartir a otros seres iguales que nosotros lo que es suyo y corresponde. Si traemos la justicia a la actualidad es bueno bueno precisar que la justicia no es dar o repartir cosas a la humanidad, sino más bien es el saber decidir a quién le pertenece esa cosa por derecho. Esta reúne tres preceptos por así decir, estos son: ética, equidad y honestidad.
Podemos a su vez determinar dos tipos de justicias distributivas: Según la necesidad, sostiene aquellos que tienen mayores necesidades de un bien deben poseer asignaciones mayores. Y La justicia según el mérito, esta sostiene que aquellos que más contribuyen a la producción de bienes y riqueza deben tener también una mayor proporción de los mismos.
Relación existente entre Derecho y Justicia Hay que acotar que el derecho no debe ser justo para ser derecho, pero sí debería serlo para gozar de plena validez moral, es decir el derecho puede ser injusto y practicarse con validez pero para que realmente posea toda la validez ética del abogado este tiene que gozar de validez moral.
Algunas Notas Presente en el precepto de Justicia son:
a) Ideas de proporcionalidad: es una especie de equilibrio que surge entre un distribuir de las cosas, como por ejemplo: Ley del Talión: ojo por ojo y diente por diente. b) Idea de Igualdad: En toda idea de justicia, se haya siempre latente una idea de Igualdad. c) Idea de Alteridad: La justicia supone siempre la idea de un hombre en actuación frente a otro.
Clasificación de la justicia según Santo Tomás de Aquino a) La justicia conmutativa: Lo esencial para que exista un orden entre los individuos, es el respeto entre las partes de un grupo social, respeto que se basa en la idea en que todos somos iguales en cuanto apersonas humanas. b) La justicia Distributiva: Regula las relaciones en la comunidad (El Estado frente a los individuos que la formamos). c) La justicia Legal: Exige a cada uno de los miembros de la comunidad ordenar adecuadamente su conducta al bien general, es decir, al bien de la comunidad. La justicia legal preside las relaciones del hombre y el grupo social.
Aspectos de la Justicia a) La justicia como virtud: Consideramos que la justicia es en sentido objetivo, una virtud, y por ella en su significación interviene la moral. b) La justicia como ordenamiento jurídico: Conjunto de normas jurídicas que tienen vigencia en un estado determinado las cuales obligan a los integrantes de esa colectividad a darle a cada uno lo que le corresponde. c) La justicia como ideal: Cuando el hombre no encuentra un fondo de justicia en la ley, no la respeta. d) La justicia como conocimiento: En tanto, el hombre adquiere el uso de la razón, se siente impulsado a obrar con justicia, sin embargo, ello no constituye una garantía de que siempre sea así, por cuanto él es libre en su accionar y puede apartarse de ella.
La Seguridad Jurídica Un concepto muy general que se puede manejar sobre la seguridad jurídica es: aquella garantía que es dada al individuo y sus bienes las cuales aseguran que
sus derechos no serán objetos de ataques violentos y sí éstos llegaran a producirse la sociedad les asegura protección y reparación.
Hay seguridad jurídica cuando el Derecho protege de forma eficaz un conjunto de intereses de la persona humana que se consideran básicos para una existencia digna. La concepción de la seguridad jurídica va unida a dos ideas claves: la concepción liberal del Estado y la doctrina del "Estado de Derecho". El Estado liberal considera su misión primordial asegurar la libertad de los ciudadanos frente al Estado mismo. En cuanto al Estado de Derecho se entiende por tal en el que el ejercicio del poder en todas sus direcciones está sometido a reglas jurídicas que aseguran las libertades y derechos de los ciudadanos frente al Estado mismo. Lo que caracteriza por tanto el Estado de Derecho al menos en su concepción originaria, es esa limitación del poder estatal en beneficio del conjunto de derechos reconocidos al ciudadano, que son considerados como verdaderos derechos "naturales" anteriores y superiores al Estado, puesto que éste justifica precisamente en la medida en que los ampara y los hace efectivos. La seguridad jurídica en su más amplia acepción se convierte así en el fin primordial y la razón de ser del Estado de Derecho.
Algunos requisitos esenciales para que exista una seguridad jurídica son los siguientes: a) Un ordenamiento jurídico bien estructurado: se traduce en la necesidad de un ordenamiento jurídico como tal, organización que permite garantizar el respeto de los derechos adquiridos y la existencia de los organismos destinados a prevenir y castigar su violación. b) Eficacia: Las normas jurídicas que conforman un ordenamiento jurídico deben ser aplicadas, de lo contrario la l a existencia de aquel sería inútil. c) Justo: Se requiere que las normas jurídicas tengan validez interna y que tengan un contenido de justicia, por eso no basta, que un orden legal sea eficaz y práctico, sino que se requiere sea justo. d) Permanencia: Este requisito o elemento tiene su sustento en Art. 7 del CCV al establecer: las leyes no se derogan sino se reemplazan por otras leyes.
El Bien Común Para tener un concepto general de ella podríamos definirla como el fin de cada una de las personas que existen en la comunidad. Está constituido por el conjunto de condiciones sociales que permiten al hombre alcanzar los fines naturales y sobre naturales. Es el conjunto de valores, bienes y experiencias que contribuyen a la conservación y al progreso de la comunidad y al bienestar material, moral e intelectual de las personas que viven en ella.
Requisitos del bien común 1. Un orden publico externo: Que supone paz y seguridad pública respecto a la libertad para el desenvolvimiento para la familia y grupos sociales, defensa de los deberes y derechos del ciudadano. 2. Prosperidad material: La cual debe estar dirigida a todo el pueblo, debe ser tanto pública como privada y organizada por las leyes del poder público. La prosperidad material se compone de dos formas: a) De elementos materiales: tales como; mercancías, riquezas en materiales, reservas, acciones, entre otras. b) De organización: de la producción la cual debe responder a las necesidades reales tales como la prosperidad de la industria y comercio.
Características del bien común a) La totalidad: toda vez que la sociedad misma se presente como un todo, el bien común es el bien del todo, al cual los individuos contribuyen y del cual todos participan. b) La igualdad proporcional: Porque el bien común es comunicado a cada persona en escala variada y proporcionada a la aptitud y es responsabilidad de cada cual.
Conflictos entre el bien común y el bien particular: Nos dice esta teoría que debe sacrificarse el bien particular en aras de la retribución que debe ofrecer el bien b ien común.
Concepciones del bien común:
a) Individualista: Los valores colectivos y culturales están al servicio del valor individual. b) Supra-Individualista: Donde los valores individuales y culturales están al servicio del valor colectivo. c) Trans-personalista: Donde los valores individuales y colectivos están al servicio de los valores culturales. Elementos esenciales constitutivos del bien común. a) Un conjunto de bienes y servicios: Bienes y servicios materiales, Bienes y servicios culturales, Bienes y servicios morales. b) Una justa distribución de los bienes: Los bienes deben estar al alcance de los miembros de la sociedad. c) Unas condiciones sociales externas: Tales condiciones deben permitir a las personas, su desarrollo, a ejercer sus derechos y cumplir sus deberes, estas condiciones externas postulan lo siguiente: La implantación y mantenimiento del orden público, El ejercicio de las libertades cuidadas, La paz social, Una adecuada organización social
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