Filiación consanguínea.docx

February 25, 2019 | Author: Michelle | Category: Marriage, Divorce, Intimate Relationships, Interpersonal Relationships, Living Arrangements
Share Embed Donate


Short Description

Download Filiación consanguínea.docx...

Description

1. 2. 3. 4. 5. 6. #.

Filiaci iliación ón consangu consanguíne ínea a De la pater paternid nidad ad y matern maternida idad d Prueb Prueba a de la flia fliaci ción ón Prueb Pruebas as biológ biológica icass Defnic Defnición ión de prueba pruebass biológi biológicas cas nsufcien nsufciencia cia del dic!o para para e"cluir e"cluir la paternidad paternidad o maternidad maternidad Pro!ibi Pro!ibición ción de transacci transacción ón o compromiso compromiso en $rbitros $rbitros

 %&%'() )*%+,) F(+*- *+P&%'()  De la Paternidad y la /aternidad Filiación consanguínea +rtículo 21#. (a fliación consanguínea es el 0ínculo de parentesco ue surge de la relación gentica entre dos personas por el sólo !ec!o de la procreación. e euipara a la fliación consanguínea el 0ínculo ue surge de la adopción plena. Paternidad y maternidad +rtículo 21. (a maternidad y la paternidad es la fliación ue nace de la relación ue e"iste entre dos personas de las cuales una es la madre o el padre y la otra el !io o !ia. Prueba de la fliación +rtículo 217. (a fliación de los !ios o !ias se prueba con el acta de nacimiento de los mismos y en caso de ue sta no e"ista o contenga errores u omisiones ue pongan en duda la fliación se debe someter a una prueba biológica. Pruebas biológicas +rtículo 228. (a maternidad y la paternidad pueden ser acreditadas con certe9a a tra0s de pruebas biológicas. Defnición de pruebas biológicas +rtículo 221. Para e:ectos de este %ítulo se entiende por pruebas biológicas el conunto de mtodos científcos ue a partir de un estudio gentico permiten demostrar o e"cluir la paternidad o la maternidad. ;l ue9 puede decretar de ofcio la pr$ctica de este tipo de pruebas en caso de estimarlo con0eniente. nsufciencia del dic!o para e"cluir la paternidad o maternidad +rtículo 222. o basta el dic!o de la madre o padre para e"cluir la maternidad o la paternidad de alguno de ellos. Pro!ibición de transacción o compromiso en $rbitros +rtículo 223. o puede !aber sobre la fliación ni transacción ni compromiso en $rbitros. ;sta pro!ibición no impide a los progenitores la :acultad de reconocer a sus !ios o !ias ni a stos mayores de edad la de consentir el reconocimiento. Puede !aber transacción sobre los derec!os pecuniarios ue de la fliación legalmente declarada pudieren deducirse.

1. Presunciones de paternidad y maternidad 2. Declaración de paternidad y maternidad en la celebración del matrimonio 3. Pro!ibición a los progenitores de desconocer a sus !ios o !ias 4. Desconocimiento del !io o !ia 5. Presunción de paternidad en caso de nulidad o ine"istencia de matrimonio

*+P&%'()  De las Presunciones de Paternidad y /aternidad Presunciones de paternidad y maternidad +rtículo 224. e presumen !ios o !ias de ambos progenitores< . (os nacidos despus de la celebración del matrimonio o de iniciarse la relación de concubinato= . (os nacidos dentro de los trescientos días siguientes a la disolución del matrimonio por nulidad del 0ínculo muerte de uno de los cónyuges o di0orcio= . (os nacidos dentro de los trescientos días siguientes a aul en ue se separan los miembros del concubinato= ,. (os reconocidos por ambos cónyuges o miembros del concubinato durante la 0igencia de la unión y ,. (os reconocidos por ambos progenitores ue no estn unidos en matrimonio o concubinato. (os trminos a ue !acen re:erencia las :racciones  y  anteriores cuentan desde la separación de los cónyuges o de los miembros del concubinato. *ontra estas presunciones se admiten pruebas biológicas idóneas para e"cluir o demostrar la paternidad o la maternidad. Declaración de paternidad y maternidad en la celebración del matrimonio +rtículo 225. (os contrayentes al momento de la celebración del matrimonio pueden declarar ue el !io o !ia de la muer en el caso de ue sta estu0iere o pudiere estar embara9ada es de ambos. Pro!ibición a los progenitores de desconocer a sus !ios o !ias +rtículo 226. ;n caso de ue e"ista matrimonio o concubinato ning>n cónyuge o miembro del concubinato puede desconocer a los !ios o !ias concebidos o nacidos durante la 0igencia de la unión aun cuando !ayan sido adoptados y siempre ue se !aya otorgado consentimiento e"preso. (os progenitores aun cuando no se encuentren unidos en matrimonio o concubinato tienen la obligación de reconocer a sus !ios o !ias. Desconocimiento del !io o !ia +rtículo 22#. ;l padre puede desconocer al !io o !ia nacido despus de trescientos días contados desde ue de !ec!o deó de tener acceso carnal con la muer. ;l !io o !ia o el tutor de ste pueden sostener en tales casos la paternidad del ue la desconoce.

Presunción de paternidad en caso de nulidad o ine"istencia de matrimonio +rtículo 22. Declarado nulo o ine"istente el matrimonio !aya !abido buena o mala :e de los cónyuges al celebrarlo los !ios o !ias !abidos durante la unión se presumir$n de ambos cónyuges.

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF