Fallo Sojo

April 23, 2019 | Author: CienPorcientoFibro | Category: Habeas Corpus, Jurisdiction, Constitutional Law, Política, Justice
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Fallo Sojo. Cuestionario: 1) – El hábea hábeas s corp corpus us es una una acci acción ón interp interpue uest sta a por por una una pers person ona a que que está está sufrie sufriendo ndo una una encarc encarcel elaci ación ón injust injusta a que por lo tanto tanto viola viola sus derech derechos os constitucionales. Cuál es la decisión de la Corte Supre!a en este fallo" #iene #iene la Corte Corte jurisdic jurisdicción ción ori$inari ori$inaria a aqu%" aqu%" #iene #iene jurisdic jurisdicción ción apelada apelada" " Cuáles son las opiniones de las disidencias & del 'rocurador (eneral" a& difere diferenci ncias as entre entre las las disid disidenc encia ias" s" a& a& una una decisi decisión ón de la Corte Corte sobre sobre la le$iti!idad de la encarcelación del recurrente". *a Corte Corte consid considera era que que no tiene tiene jurisd jurisdicc icció ión n ori$in ori$inari aria a en la prese presente nte causa+ causa+ debiendo el recurrente ocurrir donde corresponda. ,o. *a Corte Supre!a no tiene jurisdicción ori$inaria para conocer en recursos de hábeas corpus+ interpuestos por particulares. particulares. S%. #iene jurisdicción apelada. -pin -pinió ión n de la disi diside denc ncia ia.. r. r. e *a #orre: rre: El art. art. /0 de la le& le& naci nacion onal al de  jurisdicción  jurisdicción & co!petencia de los tribunales federales del 1 de septie!bre de 1234 dispone: cuando un individuo se halle detenido o preso por una autoridad nacional+ o a disposición de una autoridad nacional+ la Corte Supre!a o los jueces de Sección podrán a instancia del preso o de sus parientes & a!i$os+ investi$ar  sobre el ori$en de la prisión+ & si no ha sido ordenada por autoridad o persona que no est5 facultada por la le&+ !andarán poner al preso in!ediata!ente en libertad. 6asándose+ en que esta le& tiene por objeto $arantir la se$uridad personal de los que habitan habitan el territori territorio o de la 7ep8blic 7ep8blica a contra contra prision prisiones es ile$ales ile$ales++ poni5ndo poni5ndola la in!ediata!ente bajo el a!paro de todos & cada uno los tribunales que for!an el 'oder 9udicial de la ,ación+ la jurisdicción de la Supre!a Corte para conocer de la le$alidad de una prisión llevada a cabo por orden & disposición de una de las Cá!aras del 'oder *e$islativo de la ,ación+ es pues indudable.  de!ás+ esta disposición es !ucho !ás que procedi!ental+ procedi!ental+ es una disposición  jurisdiccional  jurisdiccional co!o la le& lo indica+ & tiene por objeto especial & 8nico+ incorporar  en nuestra le$islación el re!edio del hábeas corpus+ invistiendo al propio tie!po a los jueces con los !edios necesarios para hacerlo efectivo. El presente puede tenerse co!o un caso de jurisdicción de apelación creado & establecido por la le& !is!a. *a Corte debe declararse co!petente para actuar en este caso. -pinión de la disidencia. r. ;bar$8ren: En este caso el r. ;bar$8ren dice que+ si bien el recurso de hábeas corpus es por su naturale
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