Facultad de Arquitectura de La Universidad de Guayaquil
November 18, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
Short Description
Download Facultad de Arquitectura de La Universidad de Guayaquil...
Description
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL Nombre: Erica Vivanco Mora Materia: UBV Fecha: 14/04/2016 Paralelo 1
Reseña histórica de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo Los estudios superiores de la Arquitectura en Guayaquil se remontan al “Curso de Arquitectura” que se crea el 5 de abril de 1929 mediante Decreto Ejecutivo y bajo control directo del Rectorado de la Universidad. El 16 de octubre de 1930, los estudiantes del Curso de Arquitectura crean la Asociación Escuela de Arquitectura. El 2 de junio de 1933 se funda la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, se nombra como primer Decano al señor Ing. José A Gómez Gael. Esta facultada tenía un curso preparatorio y luego el estudiante escogía entre Arquitectura y la Ingeniería, la primera con dos años más de estudio y la segunda con tres años más. En la Escuela de Arquitectura las asignaturas vinculadas a la construcción de edificaciones, las tomaban conjuntamente con los estudiantes de la Escuela de Ing. Civil. El 18 de mayo de 1952 se inaugura el edificio de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas en la nueva Ciudad Universitaria. En el año de 1960 se crea la Facultada de Arquitectura, un grupo de arquitectos visionarios, principalmente el Arquitecto Guillermo Cubillo Renella. El 20 de abril se resuelve su creación el H. Consejo Universitario y es ratificado por el Acuerdo Ministerial el 22 de abril de 1960. En 1973 se inauguró el conjunto de edificios de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo, teniendo una población estudiantil de 120 alumnos. El primer Coordinador Académico fue el Arq. Alfredo Vera Arrata. En 1994 se declara que el Perfil Profesional es Arquitecto Diseñador Constructor. En 1998 se resuelve en el H. Consejo Directivo la creación de la carrera autofinanciada de Diseño de Interiores, que emitirá títulos de Tecnólogos en Diseño de Interiores.
Al inicio del 2000 se incorpora el estudio de un idioma extranjero y el dominio de las tecnologías que brinda la informática. En el periodo de 2001 a 2004 se comienza a reducir de 6 años a 5 años el Plan de estudios. El 28 de agosto del 2007, la Comisión Académica de la Universidad de Guayaquil, aprueba la Licenciatura en la Carrera de Diseño de Interiores.
Autoridades y directores departamentales Art. 33.- El Gobierno de las Facultades, Escuelas, Institutos y Extensiones, será ejercido en sus casos por:
a) El Consejo Directivo Art. 34.- El Consejo Directivo de la Facultad será integrado de la siguiente forma:
-
Decano: Arq. Ivetheyamel Morales Vergara Subdecano: Primero, segundo, tercero y cuarto vocales docentes:
-
Primero, segundo y tercero vocales estudiantiles:
- Un vocal por los trabajadores: b) El Decano y Subdecano. Decano de la Facultad: Arq. Ivetheyamel Morales Vergara Subdecano de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo:
c) El Director y Subdirector Director: Subdirector:
Misión y Visión de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo MISIÓN Formar individuos de un amplio perfil de conocimiento, habilidades y destrezas contribuyentes de una forma crítica y cualitativa a la solución de problemas de la sociedad ecuatoriana, sustentándose en su formación científica, técnica, ética, moral y humanística VISIÓN Nuestra actuación demanda de una VISIÓN UNIVERSITARIA que asegure calidad de conocimientos, consolidando la aplicación de la Tecnología informática y el aprendizaje de un segundo idioma que posibilite a docentes y
estudiantes una actualización continua con la producción profesional de un mundo globalizante.
Deberes y obligaciones de los estudiantes Art. 97.- Son deberes de los alumnos: a) Estudiar las asignaturas con eficiencia de acuerdo a los planes y
programas. b) Observar en todo tiempo y lugar, buena conducta, decoro y cultura, ser
c) d) e) f)
respetuoso entre sí, con los profesores, superiores y más integrantes de la comunidad universitaria. Asistir a las actividades académicas y culturales para las que fueren convocados. Pagar oportunamente las tasas y derechos por matrícula y grados; Solicitar permiso al Rector o al Decano para utilizar el interior de los locales de la Universidad en usos lícitos. Sufragar en las elecciones.
Art. 98.- Son derechos de los alumnos: a) Recibir la preparación académica
necesaria
para
su
formación
profesional. b) Obtener la calificación que corresponda a su rendimiento. c) Recusar con justa causa, ante el Vicerrector Académico, a los profesores d) e)
f) g) h) i)
que deban intervenir en sus exámenes. Ejercer el derecho de tacha a los docentes, de acuerdo al Reglamento correspondiente. Utilizar los servicios de la Biblioteca General, Bibliotecas de cada Facultad o Institutos, Librería, Departamento de Bienestar Estudiantil, Laboratorios y otras dependencias universitarias. Obtener becas de acuerdo a los Reglamentos respectivos. Recibir premios, estímulos y ayudas, para desenvolverse en el campo de la investigación científica. Participar en los organismos de cogobierno, de conformidad con lo dispuesto en este Estatuto y los Reglamentos respectivos. Obtener los grados y títulos que hubiere ganado
Deberes y obligaciones de los docentes Art. 95.- Son deberes de los docentes:
a) Desarrollar el programa vigente de la cátedra a su cargo durante el tiempo previsto, entregando a los estudiantes conocimientos y experiencias científicos. b) Asistir puntualmente a las labores académicas según su horario, debiendo firmar el registro de asistencia. c) Controlar la asistencia de los estudiantes e informar sobre ella. d) Receptar exámenes y pruebas, según el horario establecido, y entregar las calificaciones en los plazos fijados por los Consejos Directivos.
e) Dar asistencia académica a los estudiantes para la mejor asimilación de los conocimientos. f) Cuidar los bienes de la Universidad que le fueren entregados y responder por los daños ocasionados a los mismos. g) Concurrir a las reuniones para las que sean convocados. h) Desempeñar las tareas académicas o administrativas que le sean asignadas por los organismos competentes. Art. 96.- Son derechos de los Docentes:
a) Que se les den las mejores condiciones para el desempeño de su trabajo. b) Elegir y ser elegidos a los organismos de Gobierno conforme a las disposiciones de la Ley de Educación Superior y el presente Estatuto. c) Percibir puntualmente su remuneración y más beneficios sociales establecidos, y obtener periódicamente un incremento de los mismos. d) Gozar de vacaciones anuales. e) Percibir becas, cursos de pedagogía, entrenamiento y actualización, etc., de acuerdo con los reglamentos.
View more...
Comments