EXPOSICION NICSP-DIPOSITIVAS.FINAL12xxxxx.ppt

December 21, 2018 | Author: Nataly V. Zacarias | Category: International Financial Reporting Standards, Accounting, Budget, Economies, Business
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CATEDRÁTICO CATEDRÁTICO

: Mg. Oscar Beltrán Roncal.

MAESTRIST MAESTRI STAS AS

: Cuellar Rojas, Cristóbal. Cristóba l. Huallpa Gaspar, Fermín. Ponce Castillo, Rocío Trucios Romaní, Francisco Toralva Huamán, Zaira Valladares Zacarías, Nataly Vela Acevedo, Víctor Henry

SEMESTRE

:

I

CATEDRÁTICO CATEDRÁTICO

: Mg. Oscar Beltrán Roncal.

MAESTRIST MAESTRI STAS AS

: Cuellar Rojas, Cristóbal. Cristóba l. Huallpa Gaspar, Fermín. Ponce Castillo, Rocío Trucios Romaní, Francisco Toralva Huamán, Zaira Valladares Zacarías, Nataly Vela Acevedo, Víctor Henry

SEMESTRE

:

I

1821 Después de la proclamación de la Independencia del Perú:

- En la Constitución del año 1823, los artículos 152º y 153º se refieren a la organización fiscal. Se crea una Contaduría que desarrollaría funciones de “examinarse,  glosarse y fenecerse las cuentas de todos los productos o inversiones de la Hacienda”

Gobierno Augusto Leguía Salcedo) - Se contrató a la Misión Americana de Economía, para que estudiara, reformara y reorganizara los sistemas presupuestarios, fiscalizador y pagador. - Recomendaron centralizar el control de la actividad económica de la Nación en la Contraloría General, de la que debía depender el Tribunal Mayor de Cuentas.

, (Gobierno de Augusto B. Leguía) Con la Ley N° 6784 se creó, al interior del Ministerio de Hacienda y Comercio, la Contraloría General de la República, integrada por la direcciones de Tesoro Público, Crédito Público y Contabilidad Pública, sus func iones serían fiscalizar el gasto público, llevar la contabilidad de la Nación, preparar la cuenta general de la República e inspeccionar las dependencias del gobierno.

1974 (Gobierno de Juan Francisco Velasco Alvarado )

El sistema uniforme de contabilidad para empresas se instituyó a partir del 1 de enero de 1974 para que las empresas de aquel entonces registraran sus operaciones y presentaran sus estados financieros a las entidades reguladores y de supervisión sobre la base del plan contable general aprobado según resoluciones supremas 540-73-EF/11 y 225-74-EF/73.

1980 ( Gobierno de Fernando Belaúnde Terry)

El plan contable gubernamental de uso para las entidades públicas era un documento de contenido muy amplio en la creación de cuentas y subcuentas. Con resolución directoral 07180-EFC/76.01 de fecha 20 de noviembre de 1980, se reformuló y simplificó.

1987 (Gobierno de Alan García Pérez)

Se creó el Sistema Nacional de Contabilidad (SNC), con la Ley N° 24680, esta ley permitió facilitar y promover el desarrollo económico y el procesamiento de la información proveniente de diferentes unidades económicas del país.

2006 (Gobierno de

El 10 de abril del 2006 se publica la Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad Ley Nº 28708. Determina que el Consejo Normativo de Contabilidad dictará la normatividad para el sector privado y la Dirección Nacional de Contabilidad Pública para el sector público.

Marco normativo Ley No 28708 “Ley del Sistema Nacional de Contabilidad”,

Regula la normatividad aplicable a la contabilidad del  país como tal contiene un conjunto de principios,  políticas, normas y procedimientos aplicables al sector  público y privado, orientado a la formulación uniforme de los estados financieros .



 





Uniformidad.Establecer normas y procedimientos contables para el tratamiento homogéneo del registro, procesamiento y presentación de la información contable. Integridad.-  Registro sistemático de la totalidad de los hechos financieros y económicos. Oportunidad.- Registro, procesamiento y presentación de la información contable en el momento y circunstancias debidas. Transparencia.Libre acceso a la información, participación y control ciudadano sobre la contabilidad del Estado. Legalidad.-  Primacía de la legislación respecto a las normas contables.

  Armonizar

y homogeneizar la contabilidad en los sectores público y privado mediante la aprobación de la normatividad contable



Elaborar la Cuenta General de la República a partir de las rendiciones de cuentas de las entidades del sector público



Elaborar y proporcionar a las entidades responsables, la información necesaria para la formulación de las cuentas nacionales, cuentas fiscales y al planeamiento y



Proporcionar información contable oportuna para la toma de decisiones en las entidades del sector público y del sector privado



Dictar las normas de contabilidad que deben regir en el sector público y privado



Elaborar la Cuenta General de la República



Evaluar la aplicación de las normas de contabilidad



Proporcionar la información de la contabilidad y de las finanzas de los organismos

  Apoyar

a los organismos del Estado en el análisis y evaluación de sus resultados



Proporcionar información de la contabilidad y de las finanzas de los organismos del Estado, al Poder Legislativo, al poder Ejecutivo y al Poder Judicial







Proponer normas y procedimientos de carácter contable que permitan uniformizar la contabilidad en el país. Planear, dirigir y evaluar el desarrollo y perfeccionamiento de la contabilidad, efectuar estudios comparativos. Recopilar, analizar, verificar y conciliar la información financiera, presupuestaria y complementaria de las rendiciones de cuenta de las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y locales.





Elaborar e integrar los estados financieros, presupuestarios e información complementaria por niveles de Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos locales. Dirigir, coordinar y efectuar la integración y consolidación de la información financiera, presupuestaria y complementaria de los diversos niveles de Gobierno, para elaborar la Cuenta General de la República y las estadísticas fiscales.

El

marco

legal

(Ley

No

28708),

establece las funciones, obligaciones y sanciones de la Dirección Nacional de Contabilidad de contabilidad. En este contexto, la DGCP es la encargada de efectuar todo el proceso para construir la cuenta general de la republica el cual es remitido al congreso de la republica y a la contraloría general de la republica.

El CNC, es un órgano de consulta del considera un organismo

SNC y se

eminentemente de carácter

técnico que tiene como origen en la Ley No 24680 emitido el 3 de junio de 1987

y su reglamento el

Decreto Supremo No 019-89-EF; marcos normativos creados

en el primer gobierno de Alan García, los

cuales posteriormente fueron modificados por la Ley No 28708. Como se puede deducir, el CNC tiene como fin lograr la construcción de información financiera de alta calidad del sector privado. Es convocado por el Contador General de la Nación y se reúne dos veces al año.

CONFORMANTES DEL CNC

        

Un ) representante del Banco Central de Reserva del Perú – BCR. Un (1) representantes de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV. Un (1) representante de la Superintendencia de Banca y Seguros – SBS Un (1) representante de la Superintendencia de Administración Tributaria – SUNAT.  Un (1) representante del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI Un (1) representante de la Dirección General de Contabilidad Pública – DGCP. Un (1) representante de la Junta de Decanos de los Colegios de Colegios de Contadores Públicos del Perú. Un (1) representante de la Facultad de Ciencias de la Contabilidad de las universidades del país, a propuesta de la Asamblea de Rectores Un (1) representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP).

El consejo normativo desde su creación en el año de 1989, a la fecha, ha emitido, 55 resoluciones. Por otro lado, en un contexto de globalización económica, con la emisión de las NIIFs para las PYMES  por

el

Consejo

Internacionales  Accounting

de

de

Normas

Contabilidad)

Standard Board  –  IASB,

Corresponde al CNC, estudiar, analizar y evaluar la pertenencia de su aplicación en nuestro país.

Manual de Pronunciamientos Internacionales de Contabilidad del Sector Público Traducciones al idioma español de 31 Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público. vigencia a partir de enero de 2011 NIC-SP32 Acuerdos de Concesión (NISP en idioma inglés)

Principio de contabilidad de acumulación o devengado.

Contiene también referencias a las Normas Internacionales de Información Financiera integrales o NIIF completas (NIC, NIIF, CINIIF y SIC), que se aplican en forma alternativa cuando no haya una norma que se aplique en el sector público, tal como sucede con la NIIF 5 Activos no corrientes mantenidos  para la venta y operaciones discontinuadas

Normas o disposiciones de carácter mundial. Uniformizar

Armonizar

Finalidad: Contabilidad Pública

  :    O    T    P    E    C    N    O    C

Nivel internacional.

Métodos

Procedimientos

Políticas

medición

Uniformidad

Reconocimiento

valuación

Promover: Información Financiera

presentación

razonable

comprensible Forma de revelación:

Confiable transparente

comparable

Estados Financieros de otros países

Prácticas

Banco Mundial. Fondo Monetario Internacional Banco Asiático de Desarrollo. Comunidad Europea. INTOSAI OCDE

Contribuir a la elaboración y adopción de principios de contabilidad que sean apropiados, equilibrados y comparables internacionalmente.

Promover la armonización de las prácticas contables a nivel internacional.

Orientar la aplicación de los criterios a utilizar sobre hechos económicos y transacciones realizadas por la entidad desde el punto de vista de: reconocimiento, medición y revelación

Promover el desarrollo de políticas contables a nivel nacional e internacional.

Orientar a los usuarios de los estados financieros a interpretar la información financiera.

NICSP

Resolución Directoral N° 0112013-F/51.01

Vigente a partir de 19 de setiembre de 2013.

Dirección General de Contabilidad Pública

IPSASB

Actualización

Normas de alta calidad.

Modernización.

Preparación de EEFF.

Mejoramiento de calidad transparencia.

Fortalecimiento de la confianza pública.

NICSP 1: Presentación de Estados Financieros. NICSP 2: Estado de Flujos de Efectivo. NICSP 3: Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores. NICSP 4: Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera

NICSP 5: Costos por Préstamos. NICSP 6: Estados Financieros Consolidados y Separados. NICSP 7: Inversiones en Asociadas. NICSP 8: Participaciones en Negocios Conjuntos. NICSP 9: Ingresos de Transacciones con Contraprestación. NICSP 10: Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias.

NICSP 11: Contratos de Construcción. NICSP 12: Inventarios. NICSP 13: Arrendamientos.

NICSP 14: Hechos ocurridos después de la fecha de presentación. NICSP 15: Instrumentos Financieros: Presentación e Información a Revelar. NICSP 16: Propiedades de Inversión. NICSP 17: Propiedades, Planta y Equipo. NICSP 18: Información Financiera por Segmentos. NICSP 19: Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes.

NICSP 20: Información a Revelar sobre Partes Relacionadas. NICSP 21: Deterioro del Valor de Activos No Generadores de Efectivo. NICSP 22: Revelación de Información Financiera sobre el Sector Gobierno General.

NICSP 23: Ingresos de Transacciones sin Contraprestación (Impuestos  y Transferencias). NICSP 24: Presentación de información del presupuesto en los estados financieros.

NICSP 25: Beneficios a los Empleados. NICSP 26: Deterioro del Valor de Activos Generadores de Efectivo. NICSP 27: Agricultura.

NICSP 28: Instrumentos Financieros: Presentación. NICSP 29: Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición. NICSP 30: Instrumentos Financieros: Información a Revelar.

NICSP 31: Activos Intangibles. NICSP 32: Acuerdos de Concesión de Servicios: La Concedente.

NICSP 2: Estado de Flujos de Efectivo.

NI CSP 4: Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de monedas extranjeras

NICSP 5: Costos por Préstamos.

Tratamiento contable para el reconocimiento como gasto los costos por préstamo. - Los intereses - Las cargas financieras

NICSP 11: Contratos de construcción. Revelación de los costos e ingresos del contrato. - Costo directo - Costo indirecto

En cuanto a ingresos, los contratos firmados por las entidades publicas no especifican una cantidad de ingreso en el contrato, mas bien se proporcionan fondos para financiar.

NICSP 24: Presentación de información del presupuesto en los estados financieros. Se incluye una comparación de los importes del presupuesto y los importes reales de la ejecución.

NICSP 25: Beneficios a los empleados. Revelar sobre los beneficios de los empleados. - Vacaciones - Las pensiones

NICSP 31: Activos Intangibles. Establece el tratamiento contable de los activos intangibles. - Los expedientes técnicos para construcción de una infraestructura.

Estados Financieros EF-1 Estado de Situación Financiera

EF-3 EF-2 Estado de Gestión

Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

EF-4 Estado de Flujos de Efectivo

Notas a los Estados Financieros comparativas y comentadas

a. Deben incluirse todos los ingresos, los mismos que se encuentran clasificados en ingresos operacionales y no operacionales, basada en la naturaleza de sus operaciones o en la función que se clasifican los gastos. b. Deben incluirse todos los costos y gastos durante el período de origen. c. Solamente deberán ser ser incluidas las partidas que afecten la determinación de los resultados. d. Si los gastos provienen de partidas pocos significativos podrán incluirse en una sola partida. e. Resultados netos provenientes de las actividades de operación. f. Partidas extraordinarias. g. Otros ingresos y egresos. h. El superávit o déficit neto del período.

 

Naturaleza de los gastos Función que desarrolla la entidad



FUNCIÓN QUE DESARROLLA LA ENTIDAD ENTIDAD:: Mediante este método los gastos y costos se clasifican de acuerdo al programa funcional por el cual se han incurrido los gastos.

Compra de suministros de funcionamiento por S/. 15 000 y se consumió de la siguiente manera: limpieza pública 4 500 y serenazgo 3 000.



LINEAMIENTOS PARA EL CIERRE CONTABLE Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, COMPLEMENTARIA, PRESUPUESTO DE GASTOS POR RESULTADOS Y PRESUPUESTO DE INVERSIÓN PÚBLICA Y GASTO SOCIAL

Estados Financieros Comparativos • EF -1

Estado de Situación Financiera • EF-2 Estado de Gestión • EF-3 Estado de Cambios en el Patrimonio Neto • EF-4 Estado de Flujos de Efectivo Notas a los Estados Financieros comparativas y comentadas.

Preparación y presentación de la información financiera, presupuestaria, complementaria y de presupuesto de inversión para la elaboración de la cuenta general de la república por las empresas y entidades de tratamiento empresarial del estado.

    

EF-1 Estado de Situación Financiera EF-2 Estado de Resultados Integrales EF-3 Estado de Cambios en el Patrimonio EF-4 Estado de Flujos de Efectivo Notas a los Estados Financieros (comparativas y comentadas)

El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de propiedades, planta y equipo, de forma que los usuarios de los estados financieros puedan conocer la información acerca de la inversión que la entidad tiene en sus propiedades, planta y equipo, así como los cambios que se hayan producido en dicha inversión.





Las Normas Internacionales de Contabilidad constituyen un marco conceptual del tratamiento contable uniforme de las operaciones de las entidades del Sector Público; sin embargo su aplicación en nuestro país; pese a ser uno de los primeros en aplicarlos, se ve dificultada frente a el criterio del contador, quien por lo general realiza la contabilización en forma mecanizada y en algunos casos no respetándose el principio de contabilidad generalmente aceptado de la equidad. No existe una unificación de criterios para la aplicación contable gubernamental, por ejemplo en otros países la construcción de colegios, puentes, caminos etc. es considerada al gasto. Mientras en nuestro medio, es contabilizada como una “Infraestructura Publica” (Activo No Corriente).





La NICSP 17, establece el tratamiento contable de las propiedades planta y equipo incluyendo la base y fecha de su reconocimiento inicial y la determinación de sus sucesivos valores de registro y la depreciación relacionada. No requiere ni prohíbe el reconocimiento de activos que presentan el patrimonio nacional. Falta una difusión de las NICS-SP en las entidades públicas.

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