Exámen para obtener licencia de manejo León Gto
Short Description
Download Exámen para obtener licencia de manejo León Gto...
Description
Coordinación de Licencias
INFORMACION BASICA PARA TRAMITE DE LICENCIA DE CONDUCIR
GUIA QUE CONTIENE INFORMACION BASICA Y LOS REQUISITOS A CUBRIR PARA SOLICITAR LICENCIA DE MANEJO. Este folleto fue elaborado para brindarle a usted información útil de manera que pueda estar manejando de forma segura, además de informarle cuales son los requisitos que debe cumplir para obtener una licencia de manejo. Una de las metas de la Dirección de Tránsito Municipal es que los conductores de un vehículo de motor tengan su licencia de manejo. Toda persona que quiere ser un buen conductor deberá conocer las técnicas de manejo, una conducta responsable y una actitud de respeto hacia todo lo que sucede y lo rodea mientras está manejando. Dé buen ejemplo siempre que maneja, obedezca la Ley y los Reglamentos de Tránsito, sea cortés, maneje en forma segura, usted es quien determina la forma de conducir de un vehículo y por lo tanto es quien puede prevenir o causar accidente. Recuerde que los jóvenes y adolescentes tienden a imitar la forma de comportarse de los adultos. SU HIJO ADOLECENTE TAMBIEN VA A QUERER CONDUCIR SU VEHICULO. Tenga en cuenta que el consumo de drogas o alcohol antes de manejar aumenta el riesgo de choques fatales y violaciones al Reglamento de Tránsito, especialmente por la noche. Es sumamente importante para una conducción buena y segura el que cada conductor se haga un examen de la vista con frecuencia. Si usted tiene síntomas de alguna enfermedad o limitación física que pueda perjudicar su manera de conducir deberá hacerse un examen médico completo. SIEMPRE QUE MANEJE LLEVE CON USTED LA LICENCIA Y MUESTRELA AL AGENTE DE TRANSITO CUANDO SE LA SOLICITE.
¿QUE ES UN VEHICULO ?
LEY DE TRANSITO Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE GUANAJUATO. Articulo 19.- Para los efectos de esta ley y de los reglamentos que de ella emanen, así como de cualquier disposición relativa de las autoridades de transito y transporte correspondiente, se entiende por vehiculo todo medio impulsado por un motor o cualquiera otra forma de propulsión, en el cual se lleva a cabo la transportación de personas o cosas, utilizando las vías públicas terrestres del estado. Articulo 20.- Considerando la finalidad de los vehículos, estos se clasifican en: I.- Vehículos de servicio privado II.- Vehículos de servicio público III.- Vehículos de servicio social Articulo 50.- Todo vehiculo que circule en las vías publicas del Estado, contará con los equipos sistemas, dispositivos y accesorios de seguridad que se ale esta ley y sus reglamentos. Los vehículos deberán estar permanentemente en buen estado mecánico. Antes de empezar a manejar es necesario que usted conozca como funciona y las partes principales de su vehiculo. Todas las unidades tienen un tablero en el cual están insertos los instrumentos para comprobar si su unidad funciona adecuadamente. Usar cristales obscuros o polarizados en los vehículos esta prohibido, Excepto las unidades que salen de fabrica.
INSTRUMENTOS DEL TABLERO •
VELOCIMETRO.- Indica la velocidad a la que se desplaza el vehiculo.
•
ODOMETRO.- Registra los kilómetros recorridos por el vehiculo.
•
TERMOMETRO.- Indica la temperatura a que trabaja el motor.
•
AMPERIMETRO.- Indica la carga o descarga de la batería.
•
MANOMETRO.- Indica la presión del aceite que esta recibiendo el motor.
•
INDICADOR DE GASOLINA.- Señala la cantidad de gasolina que tiene el tanque de almacenamiento.
•
SISTEMA DE COMBUSTIBLE
•
SISTEMA DE ENFRIAMIENTO
•
SISTEMA DE IGNICION
•
LLANTAS
DOCUMENTACION NECESARIA PARA CIRCULAR. JUEGO DE PLACAS CALCOMANIAS DE PLACAS TARJETA DE CIRCULACION CALCOMANIA DE VERIFICACION DE CONTAMINANTES ADEMAS EL CONDUCTOR DE VEHICULO DEBERA TRAER CONSIGO LA LICENCIA DE CONDUCIR VIGENTE Y DE ACUERDO AL TIPO DE UNIDAD QUE ESTE MANEJANDO. SEA USTED UN BUEN CONDUCTOR. Duerma bien, No se confié en los cruceros de ferrocarril jamás rebase en curva, Comparta el camino, recuerde que los conductores de vehículos pesados tienen puntos ciegos, recuerde que un autobús escolar lleva niños y puede parar a subirlos o bajarlos, ceda el paso a los vehículos de emergencia, los ciclistas en las calles tienen los mismos derechos y responsabilidades que los conductores de vehículos.
LEY DE TRANSITO Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE GUANAJUATO DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS PARA CONDUCIR
Artículo 26.- Toda persona que conduzca un vehículo por las vías públicas del estado, deberá obtener y llevar consigo una licencia o el permiso que corresponda al tipo de vehículo de que se trate y que haya sido expedida por la autoridad legalmente facultada para ello.
REGLAMENTO DE TRANSITO PARA EL MUNICIPIO DE LEON, GTO.
Artículo 1.- Las disposiciones de este Reglamento son de orden público e interés social y tiene por objeto preservar la vida, la salud y el patrimonio de las personas, estableciendo las normas que rigen el tránsito de peatones y vehículos en las vías públicas del Municipio de León.
Artículo16.- Son atribuciones y obligaciones de los agentes:
II.- Formulas las boletas de infracción por violaciones cometidas a este Reglamento. IV.- Tomar las medidas necesarias tendientes a evitar accidentes. V.- Darles preferencia a los peatones. VI.- Detener a los conductores que, en estado de ebriedad, o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras substancias semejantes, se encuentren manejando vehículos de motor en las vías públicas. Artículo 25.- En todo vehículo que circule en el territorio municipal, se deberá portar las placas, engomado y tarjeta de circulación vigentes, o en su defecto, el permiso correspondiente para circular sin los mismos, expedido por la autoridad competente.
Artículo 27.- Las placas se mantendrán libres de objetos y distintivos, rótulos o dobleces que dificulten o impidan su legibilidad. Queda igualmente prohibido remachar y soldar las placas al vehículo o portarlas en lugar distinto al destinado para tal fin. Artículo 48.- Para conducir vehículos de motor en el territorio municipal se deberá obtener y portar la licencia de conducir correspondiente. 61.- Queda prohibido conducir vehículos particulares con mayor número de personas que lo señalado en la tarjeta de circulación correspondiente, así como en los vehículos de servicio público de alquiler. Artículo75.- En todos los cruceros o paso de peatones, el peatón tiene preferencia de paso. Artículo 89.- Queda prohibido invadir un carril de sentido opuesto a la circulación con el objeto de adelantar hileras de vehículos. Artículo 100.- TODO VEHICULO QUE CAREZCA DE PLACAS O CALCOMANIA VIGENTE, PODRA SER RECOGIDO POR ELEMENTOS DE LA DIRECCION DE SEGURIDAD VIAL. EN CASO DE USARSE GRUA, EL PROPIETARIO PAGARA LOS GASTOS DE MANIOBRA Y LA SANCION ADMINISTRATIVA A QUE SE HAYA HECHO ACREEDOR.. Artículo 104.- Queda prohibido al conductor como a los demás ocupantes de un vehículo, arrojar a la vía pública cualquier objeto o basura. Artículo 109.- Los peatones gozarán de preferencia de paso en todos los cruceros y las zonas con señalamiento para ese objeto, excepto aquellas en que su circulación y la de los vehículos estén controlados por algún elemento o dispositivo de tránsito peatonal. Artículo 134.- La Policía de la Dirección de Tránsito está facultada en caso de una infracción a las disposiciones que dicta este Reglamento, para recoger placas, licencias o tarjetas de circulación, a fin de garantizar la sanción administrativa correspondiente. Artículo 135.- Los propietarios de los vehículos son responsables en los casos siguientes: I.- Por las infracciones cometidas al presente reglamento, sea cual fuere la persona que conduzca el vehículo. II.- Por los daños que ocasione su vehículo. III.- Por las infracciones que resulten si al cambiar de propietario original, no se tramita la baja correspondiente. Articulo 144.- Los infractores podrán ampararse de los documentos recogidos por loe elementos de transito, presentando el folio de infracción que les fue levantada por un termino de 10 días hábiles, sin que sea motivo, durante este periodo de una nueva infracción por la falta de documentos que obran en poder de la dirección de tránsito. Articulo 146.- Los agentes de transito únicamente podrán detener la marcha de un vehiculo cuando su conductor haya violado de manera flagrante algunas disposiciones del reglamento de transito municipal.
ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO Nunca se estacione donde obstruya la circulación del tráfico, en cruce de peatones, en aceras enfrente de entradas particulares, en sitios de estacionamiento para discapacitados, en paradas oficiales de autobús, etc. Revise los niveles de Aceite, Radiador, Líquido de frenos, Acumulador, Hidráulico, Depósito del limpiaparabrisas, etc. Revise la presión de las llantas cuando estén frías. No lleve peso innecesario en su vehículo. AFINE SU MOTOR. Un motor con una afinación apropiada, le ahorra gasolina y ayuda a reducir las emisiones del vehículo que contamine el aire. Maneje a un paso suave y constante, y esto le ayudará a ahorrar combustible. Tenga cuidado, especialmente cuando haya lluvia, lodo o grava en el camino. Recuerde que las primeras lluvias son las más peligrosas. Maneje despacio cuando hay muchos vehículos en el camino. MANEJE A LA DEFENSIVA PARA EVITAR ACCIDENTES. SEA CORTES. NUNCA INSISTA EN TOMAR EL DERECHO DE PASO. Algunas calles tienen carriles especiales, para el transporte público, estos carriles están señalizados y marcados. No circule por ellos, excepto en los lugares designados para entrada o salida. Toque la bocina (claxon) únicamente si es necesario para evitar accidentes. De otra forma no lo toque. EL CINTURON DE SEGURIDAD PUEDE SALVARTE LA VIDA ¡USALO! Niños de uno a doce años de edad, deben viajar con cinturón de seguridad en el asiento de atrás.
SEMAFOROS. Los semáforos le indican cuando parar o seguir adelante en una intersección. LUZ ROJA: Le indica que debe hacer ALTO total al llegar a la intersección. LUZ AMBAR: Le indica que la luz roja está próxima y que deberá ir frenando. LUZ VERDE: En La Cd. De León, Gto., la luz verde en algunas intersecciones destella cuando está próxima la luz ámbar para indicarle que disminuya la velocidad. SEÑALES DE TRANSITO: Son placas que se fijan en postes o estructuras, con símbolos y leyendas. Que sirven para reglamentar, informar, prevenir a los conductores y peatones sobre las normas de conducción en las vías publicas. LAS SEÑALES SE CLASIFICAN EN: * PREVENTIVAS * RESTRICTIVAS * INFORMATIVAS Las señales preventivas tienen por objeto advertir la existencia de algunas condiciones peligrosas que pudieran presentarse sobre o a un lado del camino o de la calle. Los colores característicos de las señales preventivas son : Amarillo y Negro. Las señales restrictivas tienen por objeto informar a los usuarios de las prohibiciones y restricciones que rigen el transito de vehículos y peatones y cuya violación constituye a una falta. Los colores característicos de las señales restrictivas son: Rojo y negro. Excepto la de alto que tiene el fondo rojo con textos blancos. Las sécales informativas tienen por objeto proporcionar datos sobre nombres, lugares y direcciones o para identificar lugares y servicios, etc. Los colores característicos de las señales informativas son: fondo blanco o verde tratándose de señales de destino o de identificación y fondo azul en señales de servicios.
SEÑALES INFORMATIVAS SEÑALES INFORMATIVAS DE SERVICIOS Y TURÍSTICAS SU FUNCIÓN: Enterar a los usuarios de la vía la existencia de un servicio o lugar de interés turístico y/o recreativo. SUS COLORES: Fondo azul y símbolos blancos. SU UBICACIÓN: Se encuentran en donde existe el servicio o lugar de interés Turístico y/o recreativo. También las encontramos antes del punto de interés; en compañía de la señal complementaria correspondiente.
SEÑALES PREVENTIVAS SU FUNCIÓN: Indicar a los conductores que se aproximan a una zona donde existe un peligro en el camino o un cambio de la situación en la vía. Se requiere de nuestra parte, extremar precauciones para cada caso en concreto. SUS COLORES: Fondo amarillo y símbolos negros. SU UBICACIÓN: Las encontramos con suficiente anticipación para que lleguemos preparados, y así afrontar adecuadamente ese riesgo, para lo cual es requisito indispensable respetar los límites de velocidad. Muchas veces son complementadas con una señal adicional que nos indica la distancia a la que está ubicado el peligro.
SEÑALES RESTRICTIVAS SU FUNCIÓN: Permitir o prohibir determinadas maniobras a los usuarios de la vía con objeto de controlar la circulación. Su desacato es infracción al Reglamento de tránsito. SUS COLORES: Fondo blanco, el circulo rojo excepción de la señal de ALTO.
y los símbolos negros, con
SU UBICACIÓN: Son colocados precisamente en el lugar donde estamos obligados a obedecer esa restricción a la circulación. Es imposible que las autoridades coloquen estas señales en todos los puntos de la ciudad donde haya una prohibición o autorización a determinada maniobra, por lo que, los conductores debemos ser conscientes de esta limitación y acatar el Reglamento de Tránsito a pesar de la carencia de la señal correspondiente.
SEÑALES INFORMATIVAS DE DESTINO
EVALUACION
RESPUESTAS
LICENCIA TIPO “A” EN TRAMITE POR PRIMERA VEZ 1.- Identificación oficial Original y Copia (Credencial de elector ó Cartilla Militar ó Pasaporte, ó Cédula Profesional ó Acta de Nacimiento). 2.- Comprobante de Domicilio. Original y Copia (Recibo de Luz, agua, Teléfono) actualizados, con no más de tres meses de antigüedad. En este trámite se realizan: Exámenes Teórico, Visual y Práctico. El Costo de la licencia es de: $ 280.00 Por Dos Años $ 355.00 Por Tres Años En caso de requerir Duplicado por extravío se requiere: Estado de cuenta expedido por el depto. de Infracciones en Presidencia Municipal. *Constancia de no infracción expedida por la Oficina de Tránsito del Estado en la calle Mérida esq. López Mateos. El costo del Duplicado es de $ 98.00
LICENCIA TIPO “A” EN RENOVACION 1.- Licencia vencida Original 2.- Comprobante de Domicilio. Original y Copia Recibo de Luz, Agua, Teléfono (actualizados,con no más de tres meses de antigüedad). En este trámite se realiza: Examen Visual El Costo de la licencia es de: $ 280.00 Por Dos Años $ 355.00 Por Tres Años En caso de haberse extraviado la licencia se requiere: Estado de cuenta expedido por el Depto. De Infracciones en Presidencia Municipal. Constancia de no infracción expedida por la Oficina de Tránsito del Estado en la calle Mérida esq. López Mateos
LICENCIA TIPO “B” EN RENOVACION 1.- Licencia vencida Original 2.- Comprobante de Domicilio. Original y Copia (Recibo de Luz, Agua, Teléfono) actualizados, con no más de tres meses de antigüedad. 3.- Tarjetón o Constancia de haber Original y Copia aprobado el curso de capacitación para operadores del servicio público. Vigente En este trámite se realiza: Examen Visual El Costo de la licencia es de: $ 280.00 Por Dos Años $ 355.00 Por Tres Años En caso de haberse extraviado la licencia se requiere: Estado de cuenta expedido por el Depto. De Infracciones en Presidencia Municipal. Constancia de no infracción expedida por la Oficina de Tránsito del Estado en la calle Mérida esq. López Mateos.
LICENCIA TIPO “C” EN TRAMITE POR PRIMERA VEZ 1.- Identificación oficial. Original y Copia (Credencial de elector ó Cartilla Militar ó Pasaporte, ó Cédula Profesional o Acta de Nacimiento. 2.- Comprobante de Domicilio. Original y Copia (Recibo de Luz, Agua, Teléfono) actualizados, con no más de tres meses de antigüedad. 3.- Presentar el camión de tipo pesado que se maneje, o una carta de la empresa donde se trabaje, que indique el tipo de vehículo que se maneja. En este trámite se realiza: Examen Visual y Práctico. En caso de haberse extraviado la licencia se requiere: Estado de cuenta expedido por el Depto. De Infracciones en Presidencia Municipal. Constancia de no infracción expedida por la Oficina de Tránsito del Estado en la calle Mérida esq. López Mateos. El costo del Duplicado es de $ 98.00
LICENCIA TIPO “C” EN RENOVACION 1.- Licencia vencida 2.- Comprobante de Domicilio.
Original Original y Copia
(Recibo de Luz, Agua, Teléfono) Actualizados, con no más de tres meses de antigüedad. En este trámite se realiza: Examen Visual. El Costo de la licencia es de: $ 300.00 Por Dos Años $ 360.00 Por Tres Años En caso de haberse extraviado la licencia se requiere: Estado de cuenta expedido por el Depto. De Infracciones en Presidencia Municipal. Constancia de no infracción expedida por la Oficina de Tránsito del Estado en la calle Mérida esq. López Mateos
LICENCIA TIPO “D” EN TRAMITE POR PRIMERA VEZ 1.- Identificación oficial (Credencial de elector ó Cartilla Militar ó Pasaporte, ó Cédula Profesional o Acta de Nacimiento.
Original y copia
2.- Comprobante de Domicilio. Original y copia (Recibo de Luz, Agua, Teléfono) actualizados, con no más de tres meses de antigüedad. En este trámite se realiza: Examen Teórico, Visual y Práctico. El Costo de la licencia es de: $ 150.00 Por Dos Años $ 165.00 Por Tres Años En caso de haberse extraviado la licencia se requiere: Estado de cuenta expedido por el Depto. De Infracciones en Municipal.
Presidencia
Constancia de no infracción expedida por la Oficina de Tránsito del Estado en la calle Mérida esq. López Mateos. El costo del Duplicado es de $ 98.00
LICENCIA TIPO “D” EN RENOVACIÓN 1.- Licencia vencida Origina l2.- Comprobante de Domicilio. Original y Copia (Recibo de Luz, Agua, Teléfono) actualizados, con no más de tres meses de antigüedad. En este trámite se realiza: Examen Visual
El Costo de la licencia es de: $ 150.00 Por Dos Años $ 165.00 Por Tres Años En caso de haberse extraviado la licencia se requiere: Estado de cuenta expedido por el Depto. De Infracciones en Presidencia Municipal. Constancia de no infracción expedida por la Oficina de Tránsito del Estado en la calle Mérida esq. López Mateos. El costo del Duplicado es de $ 98.00
PERMISO A MENOR “A” Y “D” 1.- Acta de Nacimiento
Original y Copia
2.- Comprobante de Domicilio. Original y Copia (Recibo de Luz, Agua, Teléfono) actualizado, con no más de tres meses de antigüedad. 3.- Identificación oficial del padre o tutor Original y Copia (Credencial de elector ó Cartilla Militar ó Pasaporte ó Cédula Profesional o Acta de Nacimiento). 4.- Firma de carta responsiva
Original
En este trámite se realiza: Examen Teórico, Visual y Práctico. El Costo del Permiso es de: $ 304.00
En caso de haberse extraviado el permiso se requiere: Estado de cuenta expedido por el Depto. De Infracciones en Presidencia Municipal. Constancia de no infracción expedida por la Oficina de Tránsito del Estado en la calle Mérida esq. López Mateos.
El costo del Duplicado es de $ 98.00
INFORMACION GENERAL
Los cursos de capacitación para el servidor público los imparte el Best Computer Center con domicilio en la calle Independencia No. 134 planta alta, Zona Centro, Teléfonos: 7144428, 7 134260, 7 190001 y 7186205.
El modulo de la Gran Plaza realiza únicamente renovaciones de tipo A, B, C y D y el horario de atención es de lunes a viernes de 10:00 a 17:00 horas y los sábados de 10:00 a 14:00 horas, teléfono 7 73 85 73.
El horario de atención en las oficinas ubicadas en el Edificio de Prevención Social es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y sábados de 9:00 a 12:00 hrs.
En el caso de extranjeros aparte de los requisitos anteriores se requiere:
El Pasaporte y la FM3 ó FM2 vigente.
La carta responsiva para menores de edad se llenará y se firmará en las oficinas de la Coordinación de Licencias.
El permiso a menores de edad se otorga a partir de los 16 años cumplidos y vence al cumplir los 18 años de edad.
View more...
Comments