Evidencia 4 DESADUANAMIENTO

August 11, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Actividad de aprendizaje 10 Evidencia 4: Ejercicio práctico “Desaduanamiento”  “Desaduanamiento”  

Presentado por:

Ervin Fabian Enriquez

Fase Ejecucion

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA Negociación internacional

 

  Actividad de aprendizaje 10 Evidencia 4: Ejercicio práctico “Desaduanamiento”

Cuando las mercancías arriban al Territorio Aduanero Nacional (TAN), deben atravesar un proceso de desaduanamiento en el que el importador presenta la documentación, hace el pago de los tributos aduaneros y está sujeto a las inspecciones por parte de la autoridad aduanera, DIAN; una vez culminado el proceso, se otorga el levante y la mercancía queda a disposición del importador. Para dar cumplimiento al objetivo de esta evidencia, consulte el material de formación denominado Régimen aduanero en las operaciones de comercio exterior, además del siguiente material complementario:  Las Zonas Francas en Colombia.





 Decreto número 390 de 2016.

 Nueva Regulación Aduanera.



 Proceso Operación Aduanera.



Posterior a estas consultas, realice el siguiente ejercicio práctico, iniciando por la lectura y análisis del caso que se expone: La empresa Maíz del Tolima, a través de su agente de aduana AGP S.A., se prepara para llevar a cabo el proceso de desaduanamiento de su producto, el cual fue transportado por la línea marítima  American President President Lines, Lines, en en el barco APL-NORWAY APL-NORWAY viaje viaje 058, 058, el día 24 de agosto de 2016, en un contenedor de 20 SD de carga granel, repartida en 40 barriles con un total de 12.000 kilogramos conteniendo maíz morado, con subpartida arancelaria código 1005.90.40.00. Una vez que arribó la motonave, la línea marítima notifica su llegada y su número de manifiesto de carga a la DIAN y a la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura. El destino final de la mercancía es la Zona Franca del Pacífico. Basado en lo anterior, realice lo siguiente:

 

1. Describa el proceso que debe llevar llevar a cabo la empresa Maíz del Tolima, para obtener el levante de la mercancía y llevarla hacia Zona Franca como usuario comercial.

Entre las formalidades previas al desaduanamiento desaduanamien to aduanero se incluyen: la llegada de los medios de transporte al TAN, la recepción y registro de los documentos de transporte (ej. Bill of lading), y la entrega de la carga o mercancía a un depósito. La obligación de cumplir con estas formalidades le corresponde al transportador.

Por su parte, el desaduanamiento comprende todos los procedimientos y trámites realizados desde la presentación y aceptación de la Declaración Aduanera (nuevo concepto utilizado para referirse a la declaración de importación como se conoce bajo el actual Estatuto Aduanero) hasta la obtención del levante, pago y retiro. Cabe resaltar que en el régimen actual, debe realizarse primero el pago antes del levante y el retiro. En primer lugar, la Declaración Aduanera debe ser presentada con los documentos soporte generales (factura comercial y documento de transporte) y los documentos soporte específicos dependiendo de la subpartida arancelaria particular que describe el tipo de mercancía.

Una vez la Declaración Aduanera sea aceptada, las autoridades aduaneras procederán a autorizar el levante automático de la mercancía o al aforo documental o físico. En caso de que se autorice el levante automático, ninguna inspección será realizada sobre la mercancía; por el contrario, en caso de que se autorice el aforo documental y/o físico, se realizará una inspección de todos los documentos soporte de la importación y/o de la mercancía importada.

Cabe resaltar, que de ser físico, el aforo deberá ser realizado por medio de equipos que no impliquen la apertura de las unidades de carga. A diferencia del régimen actual, bajo el Nuevo Estatuto la decisión de realizar aforo documental o físico sólo podría ser tomada con fundamento en técnicas basadas en análisis de riesgos, pues pue s

 

bajo el Estatuto Aduanero actual, tal decisión puede tomarse también de manera aleatoria.

En caso de que el levante de la mercancía sea autorizado, se deberá realizar el pago de los tributos aduaneros aplicables. Autorizado el levante y verificado el pago, las autoridades aduaneras autorizarán el retiro de la mercancía por medio de los servicios informáticos electrónicos.

2. Mencione cada uno de los documentos que deben ser d diligenciados iligenciados y entregados para que se pueda llevar a cabo el desaduanamiento de la mercancía.  

Factura comercial   Lista de Empaque   Registro o Licencia de Importación, si se requiere.    

Certificado de Origen (Según el producto y el Origen) Origen) Declaración de Importación   Documento de Transporte (Guía Aérea  – Conocimiento de Embarque)   Declaración Andina del Valor en Aduana, Si se requiere   Otros certificados o vistos buenos, si se requieren.

3. En la factura comercial definitiva se encontraba la clasificación arancelaria del producto para la valoración del documento, pero el código arancelario indicado era el 1005.90.40.01, este código fue verificado por el valorador, dándose cuenta c uenta de que no existía dentro de arancel de aduanas colombiano, por tanto, explique ¿Qué debe hacer hac er el importador en este caso?

En este caso nos damos cuenta que es una falta la cual no indica una aprehensión ya que los documentos que soportan soport an la operación comercial o mediante certificados emitidas en el exterior por el responsable del despacho, para establecer si las inconsistencias están o no justificadas, o si se trata de un error de despacho, por esto la empresa maíz del Tolima debe solicitar al exportador una nueva factura comercial definitiva con la corrección del código arancelario para así presentarlo presen tarlo de nuevo y así subsanar la inconsistencia presentada.

 

 

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