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July 21, 2019 | Author: HUMBERTO TORRES BLANCO | Category: Aduana, Comercio internacional, Arancel, Comunidad andina, Comercio
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Actividad de aprendizaje 15

Evidencia 3: Ejercicio periodístico “Normas nacionales e internacionales que rigen la clasificación arancelaria de mercancías”

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZ APRENDIZAJE AJE SENA

HUMBERTO TORRES BLANCO GESTION LOGISTICA FICHA 1565223

INSTRUCTOR: Juan Carlos Ospina A Abril 2019

CONTENIDO Introduccion. Desarrollo de la evidencia. Conclusiones. Referencias

INTRODUCCION

Conocer y estar actualizado en las nuevas implementaciones arancelarias, es un trabajo, al cual un asesor comercial debe prestar atencion ya que resulta muy importante para su empresa. Esto  puede traducirse en reditos economicos o perdidas y multas de acuerdo al trabajo que se haga. Estar atentos a los cambios que las entidades internacionales o nacionales encargadas de ello hagan a los aranceles, es importante ya que algunos son utilizados en las negociaciones de acuerdos comerciales y facilitan la identificacion de productos. Estas modificaciones pued en de igual manera generar cambios en la descripcion, cantidad y contenidos de los productos, y por consiguiente cambiar radicalmente las aperturas arancelarias. Estos cambios que se p ueden hacer, en muchas ocaciones cambian los numeros o desaparecen porque los productos se trasladan o fusionan. En la siguiente noticia se da uno de estos cambios importantes en cuanto a la clasificacion arancelaria y podriamos observar como deben estar en plena coherencia con la legislacion presente en colombia.

DESARROLLO DE LA EVIDENCIA

Por medio de la siguiente evidencia se estimula a conocer, comprender e interpretar las normas nacionales e internacionales que rigen la clasificación arancelaria de mercancías objeto de la transacción comercial. El desarrollo de la evidencia estará dado por un trabajo periodístico, en el cual el aprendiz debe indagar en fuentes de información confiables de comercio exterior y encontrar una noticia de su interés que se relacione con una norma nacional o internacional que rige la clasificación arancelaria de mercancías. Para esta evidencia se solicita que responda las siguientes preguntas: 1. ¿Cuál es el nombre del artículo o noticia?

Novedades internacionales en arancel de aduanas Reunion de comite sitema armonizado La comision del sistema armonizado, que pertenece a la OMA ( organizacion mundial de aduanas ) en su comite numero 61 tomo importantes decisiones, que tienen un efecto importante en la clasificacion arancelaria. Estas son de obligatorio cumplimiento  para todas las administraciones de aduanas, incluyendo la colombiana. Las decisiones tomadas por el comite tienen que ver con las subpartidas y su definicion. Productos co mo los parabrisas de automoviles con pantalla HUD, ahora son de la subpartida 7007.21, Smart Phones 8417.12 y modulos LCD 8479.89. estas opiniones de la clasificacion arancelaria de la organizacion mundial de comercio no son vinculantes sino auxiliares. la Comisión del Sistema Armonizado ya se están discutiendo las futuras modificaciones necesarias del Aran cel de Aduanas que deberán ser adoptadas en la Séptima Enmienda del Sistema Armonizado y que se espera entre en vigencia en el año 2022. en dicha enmienda se adoptaron 30 sets de modificaciones a la nomenclatura arancelaria y que seran revisadas por el subcomite de revision del sistema armonizado y seran publicadas una vez sean implementadas. Tambien para resaltar, que en el comite numero 62, la comision del sistema armonizado, se discutio la posibilidad de enmendar la nomenclatura arancelaria e incluir productos de nicotina y demas sustitutos del tabaco. Otra noticia de importancia es que en el mes de junio, la Secretaría General de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) expidió el informe final de una consultoría realizada con el fin de determinar las correlaciones de la nomenclatura arancelaría común.

Las tablas de correlativas publicadas por la Secretaría General no son vinculantes para los estados comunitarios, pero estas cumplen una función muy importante de guía para los gobiernos y para los operadores de comercio exterior. Debido a los constantes cambios que sufre la  Nomenclatura Común Andina, en parte supeditados a los cambios sufridos por el Sistema Armonizado, quien deba interpretar la nomenclatu ra podrá encontrarse situaciones de normas o tratados de años anteriores que usen una nomenclatura arancelaría que ya no esté vigente; lo que no implica que la norma o el tratado ya no tenga validez.

3. ¿Qué ley o decreto soportan la noticia periodística?

Ley 1609 de 2013  - Colombia. " LEY 1609 DE 2013  (enero 2) D.O. 48.661, enero 2 de 2013  por la cual se dictan normas generales a las cuales debe sujetarse el Gobierno para modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al Régimen de Adu anas. Ley 646 de 2001, aprobó el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, que contiene la nomenclatura del sistema armonizado de designación y codificación de mercancías o sistema armonizado. Que teniendo en cuenta que el presente decreto se expide en cumplimiento de las obligaciones contraídas por Colombia ante la OMA y la Comunidad Andina, se hace necesario dar aplicación a las excepciones contenidas en el párrafo 2 del artículo 2º de la Ley 1609 de 2013, en el sentido que el arancel de aduanas adoptado en el presente decreto entre en vigencia a partir del 1º de enero de 2017.

4. ¿Existe coherencia entre lo que se presenta en la noticia y lo que se plasma en la ley o decreto? Por su puesto que si hay coherencia, no solo por que la noticia viene de fuentes confiables, sino  por que los decretos antes mencionados, hablan de sujetarse a los compromisos adquiridos por colombia en cuanto a los cambios y modificaciones que pueda tener el sistema armonizado en cuanto a la modificacion de mercancias en su nomenclatura. A demas y de igual manera debemos dar cumplimiento a las obligaciones que tenemos frente a la comunidad andina con respecto a los aranceles.

5. Argumente porqué es importante que usted como asistente de comercio exterior conozca la normatividad asociada al comercio exterior e interprete la realidad de la economía global.

Es importante que el area de comercio exterior garantice el cumplimiento exitoso de las operaciones de comercio internacional y de acuerdo con la normativa colombiana. De igual manera es importante como asesor de comercio exterior controlar y hacer un buen seguimiento en los procesos para una exportacion o importacion en la empresa. Esto va mas alla de solo los tramites, una buena gestion , un buen conocimiento del area y cargo, ya que permite una mayor eficiencia y el aprovechamiento de los beneficios arancelarios en los acuerdos comerciales que tenemos con los demas paises. Tambien el estar actualizandose, como auxiliares de comercio exterior, a los cambios y nuevas implementaciones sobre el arancel de aduanas, ya que estos pueden tener un fuerte impacto en la economia de las empresas en las cuales estamos trabajando. Al igual que con la nueva reforma tributaria y que el iva se define segun la partida arancelaria es importante hacer un seguimiento a lo que ocurre y las decisiones que tome la OMA y la comunidad andina a la cual pertenecemos. Las modificaciones en el Sistema Armonizado son realizadas como promedio cada 5 años por la Organización Mundial de Aduanas, y los organos que regulan estos cambios en colombia deben estar atentos y de igual manera modificando y regulando sus normas internamente, ya que se  producen a nivel de sus textos legales o partidas arancelarias, lo que implica un cambio en la clasificación de mercancías, Se efectúa considerando la evolución del comercio exterior y  pretende mantener actualizada la Nomenclatura conforme a las tendencias del mercado.

CONCLUSIONES

REFERENCIAS https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/juan-david-barbosa-marino-401398/novedadesinternacionales-en-arancel-de-aduanas-2789657 https://www.google.com/search?q=Reunion+de+comite+sistema+armonizado&client=ubun tu&hs=sif&channel=fs&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwjA3tjchK_hAhWi q1kKHcUwALMQ_AUIDigB&biw=1366&bih=619#imgrc=X0DJDUXM1UYHxM : http://legal.legis.com.co/document/legcol/legcol_6ef967621d8b43b28310bcf8737bb043/decre to-2153-de-diciembre-26-de2016?text=articuloprincipal_$norma$%7Cdecreto%202153%20de%202016%20articulo% 201%7C%7Carticulo_$norma$%7Cdecreto%202153%20de%202016%20articulo%201&t ype=qe&hit=1

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