Etapas Del Proceso Penal Guatemalteco

March 13, 2018 | Author: Esdras Perez | Category: Sentence (Law), Criminal Procedure, Appeal, Procedural Law, Evidence (Law)
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Descripción: Etapa del Proceso Penal...

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Etapa preparatoria del proceso capítulo lll del título l del Libro segundo artículo del 309 al 331 La primera etapa del proceso penal cuyo objeto principal es realizar la investigación preliminar de un delito para reunir datos y elementos de prueba que permitan plantear una pretensión fundada.

Ocurren los hechos

Conocimiento o noticia del hecho delictivo por parte del Ministerio Público (297, 302,303,307, 304 367,289)

Denteción legal del imputado (si lo hubiera)

Situación jurídica procesal del imputado (150, párrafo 3)

El juez dicta auto de procesamiento (320) Prisión Preventiva (259) o Medida sustitutiva (269)

En la audiencia de Primera declaración, el juez en conjunto con las partes fijan la fecha y hora en que el Ministerio Público presentará el acto conclusivo (Numeral 6 del artículo 3 del Decreto 18-2010)

· Hasta 3 meses si

hubiera auto de prisión (323)

· Hasta 6 meses si

hubiera una medida sustitutiva (324 bis)

Actos conclusivos Terminado el plazo de la investigación, el Ministerio Público la dará por concluida y hará los requerimientos al juez (324 bis)

Desestimación (310) Acusación (324 y 326) Sobreseimiento (325 y 328) Archivo (327) Clausura provisional (331) Procedimiento abreviado (464) Aplicación de criterio de oportunidad (332) Suspensión condicional de la persecución penal (332)

Acusación: Petición de Apertura a Jucio (324) cuando la investigación proporciona fundamento serio para el enjuiciamiento público del imputado, requerirá por escrito al Juez la decisión de apertura a juicio. Con la apertura se formulará la acusación

Procedimiento abreviado (464)

Audiencia / Sentencia (465)

COMISIÓN NACIONAL PARA EL SEGUIMIENTO Y APOYO AL FORTALECIMIENTO DE LA JUSTICIA Tz ’i’

Etapa Intermedia del proceso Título ll del Libro segundo, artículo del 332 al 345 Su objetivo principal es evaluar si existe o no fundamento para someter al imputado a juicio oral.

Si el Ministerio Requiere Acusación (332 bis)

Al día siguiente de recibida la acusación del MP el juez contralor señala día y hora para la audiencia oral en un plazo no menor de diez días ni mayor de 15 días (340)

Si el Ministerio requirió sobreseimiento, clausura u otra forma conclusiva que no fuera la conclusión Audiencia (336,337, 338,339 340)

Si el Ministerio Público Requiere irse a Procedimiento Abreviado (464)

Audiencia (345 ter. 345 quarter)

Resolución 345 quarter)

Resolución del juez sobre las cuestiones plantadas (341): a) Apertura a Juicio b) sobreseimiento c) Clausura del procesamiento d) archivo

Si el Ministerio Público requiere la Apertura a Juicio

Audiencia oral que deberá realizarse en un plazo no menor de cinco días ni mayor de diez (último párrafo 345 bis.)

Audiencia Oral que deberá realizarse en un plazo no menor de cinco días ni mayor de diez (último párrafo 345 bis)

El juez oirá al imputado y dictará la sentencia que corresponda, sin más trámite (465)

Audiencia que se deberá llevar a cabo en un plazo no menor de diez díaz ni mayor de quince (340,) 341, 3422)

Al dictar el auto de apertura a juicio el juez citara a quienes se les haya otorgado participación definitiva en el procedimiento, a sus mandatarios, a sus defensores y al Ministerio Público (344)

Se realiza la audiencia de ofrecimiento y calificación de la prueba (Artículo 14 del Derecho 182010)

Practicadas las notificaciones correspondientes, se remitarán las actuaciones, la documentación y los objetos secuestrados a la sede del Tribunal competente para el juicio, poniendo a disposición a los acusados (345)

Contra la sentencia será admisible el recurso de Apelación, interpuesto por el Ministerio Público o por el acusado, su defensor y el querellante por adhesión (466)

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Juicio Oral Esta fase consiste en un juicio oral y público que recoge todos los principios procesales ante un tribunal colegiado compuesto por tres magistrados profesionales del derecho donde las decisiones se toman por mayoría simple. Esta tercera etapa es la ponencia del proceso en forma contradictoria, oral y pública, en la cual las partes entran en contacto directo. El contenido del proceso se manifiesta con toda su amplitud, se presentan y ejecutan las pruebas.

Preparación del debate (346)

Recibidos los autos, el tribunal de sentencia dará audiencia a las partes por seis días para que interpongan recusaciones y excepciones fundadas en nuevos hechos (346)

El día y hora fijados, el tribunal se constituirá en el lugar señalado para la audiencia. (354) El Debate (Título lll, Capítuo ll, Sección l y ll)

Discusión Final y Clausura (382):

El presidente a. Verifica la presencia de las partes b. Declara abierto el debate c. Advertirá al acusado d. Ordenará la lectura de la acusación y del auto de apertura a juicio.

Declaración del acusado (370)

Recepción de pruebas (375): a. Peritos (376-225) b. Testigos (377-207) c. Documentos (380-244 d. Exhibición de cosas y elementos de convición (380-198) e. Grabaciones, audiovisuales, reconocimientos

Terminada la recepción de las pruebas, el presidente concederá sucesivamente la plabra al Ministerio Público, al querellante, al actor civil, a los defensores del acusado y a los abogados del tercero civilmente demandado, para que, en ese orden emitan sus conclusiones y replicas.

Cierre del debate (382 final)

Deliberación y Sentencia (Título lll, Capítulo ll, Sección 3ra.)

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Impugnaciones (1) Las impugnaciones están contenidas en el Código Procesal Penal Artículos del 398 al 463 del Capítulo l, Título l, del libro lll.

Recurso de Reposición (Capítulo l, Título ll, del libro lll)

La apelación procede contra los autos que resuelvan los jueces de Primera Instancia. Recursos de Apelación (Capítulo l, Título lll, del libro lll)

Recurso de Queja (Capítulo l, Título lV, del libro lll)

Tambíen son apelables con efectos suspensivo los autos definitivos emitidos por el juez de ejecución y los dictados por los jueces de paz relativos al criterio de oportunidad (404)

Cuando el juez correspondiente haya negado el recurso de apelación, procediendo éste, el que se considere agraviado puede recurrir en queja ante el tribunal de apelación dentro de tres días de notificada la denegatoria (412)

Son apelables las sentencias que emitan los jueces de Primera Instancia que resuelvan el procedimiento abreviado contenido en el Libro Cuarto de Procedimientos Especiales, Título l. (405)

Se requerirá informe al juez respectivo, quien lo expedirá dentro de veinticuatro horas. (413)

Deberá interponerse dentro del término de tres días ante el juez de primera instancia, quien lo remitirá a la sala de la Corte de Apelaciones que corresponda (406,407)

Procederá contra las resoluciones dictadas sin audiencia previa, y que no sean apelables (402 primer párrafo)

Otorgada la apelación y hechas las notificaciones se elevarán las actuaciones originales, a más tardar a la primera hora laborable del día siguiente (410)

Se interpondrá por escrito fundado, dentro del plazo de tres días y el tribunal lo resolverá, en el mismo plazo (402 segundo párrafo)

Recibidas las actuaciones, el tribunal resolverá dentro del plazo de tres días y, con certificación de lo resuelto, devolverá las actuaciones inmediatamente (411 primer párrafo)

cuando se trate de apelaciones de Sentencia por procedimiento abreviado se señalará audiencia dentro del plazo de cinco días de recibido el expendiente para que el apelante y demás partes expongan sus alegaciones. Terminada la audiencia, el Tribunal pasará a deliberar y emitir sentencia que corresponda (411 segundo párrafo)

La queja será resuelta dentro de veinticuatro horas de recibido el informe y las actuaciones, en su caso (414)

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Impugnaciones (2)

Apelación Especial (Capítulo l al lV, Título V, del libro lll)

Casación (Capítulo l, Título Vl, del libro lll)

Además de los casos previstos se podrá interponer el recurso de apelación especial contra la sentencia del Tribunal de sentencia o contra la resolución de ese Tribunal y el de ejecución que pongan fin a la acción, a la pena o a una medida de seguridad y corrección, imposibilite que ellas continuén, impida el ejercicio de la acción o denieque la extinción, conmutación o suspensión de la pena. (415)

Procede contra las setencias o autos definitivos dictados por las salas de apelaciones (437)

Será interpuesto por escrito, con expresión de fundamento, dentro del plazo de diez días ante el tribunal que dictó la resolución recurrida. (418)

Puede ser de forma o de fondo (440 y 441)

El recurso especial de apelación sólo podrá hacerse valer cuando la sentencia contenga los vicios: a. De fondo: inobservancia, interpretación indebida o errónea aplicación de ley. b. De forma: Inobservancia o errónea aplicaión de la ley que constituya un defecto del procedimiento.

Interpuesto el recurso, se remitirán de oficio las actuaciones al tribunal competente el día hábil siguiente de haber notificado a todas las partes, emplazándolas para que comparezcan ante dicho tribunal, y en su caso fijen nuevo lugar para recibir notificaciones dentro del quinto día siguiente al de la notificación (423)

Deberá ser interpuesto ante la Corte Suprema de Justicia dentro de los quince días de notificada la resolución que lo motiva (443) También podrá ser presentado ante el tribunal que emitió la resolución quien lo remitirá de inmediato a Corte Suprema de Justicia. (443 segundo párrafo)

Vencido el plazo previsto, el tribunal decidirá sobre la admisión formal del recurso. Si lo declara inadmisible devolverá las actuaciones (425)

Admitido el recurso, las actuaciones quedarán por seis días en la oficina del tribunal para que los interesados puedan examinarlas (426)

El presidente fijará audiencia para el debate con intervalo no menor de díez dias (426 segundo párrafo)

La audiencia se celebrará, ante el tribunal, con las partes que comparezcan (427) Cuando el recurso se base en un defecto de procedimiento se podrá ofrecer prueba. (428)

Terminada la audiencia, el tribunal pasará a deliberar La sentencia se pronunciará siempre en audiencia pública (429)

La vista será pública, con citación de las partes. En la audiencia se leerá la parte conducente de la sentencia o auto recurrido y los votos disidentes y se concederá la palabra, por su orden al recurrente y a las otras partes. (446)

El tribunal resolverá dentro de los quince días (446)

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