Etapa de Juicio Oral
October 3, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Short Description
Download Etapa de Juicio Oral...
Description
ETAPA DE JUICIO ORAL
PREPARACIÓN ARACIÓN DE LA PREP AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
TEORÍA DEL CASO
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
4
Procesal Penal del Estado de Durango Código Procesal Artículo 380.380.-Apertura Apertura de la audiencia audiencia
« « « Enseguida, concederá la palabra al ministerio público para que exponga su acusación o teoría del caso y, posteri posteriorment ormentee se le ofrrece of cerrá la pa pallabr braa al de deffen enssor or,, qu quiién po podr dráá ex expo pone nerr lo loss fundamentos fundame ntos en que basa basa su defensa defensa o teoría del caso.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
5
TEORIA DEL CASO
Definición Es el plant planteam eamie iento nto que que hace hace la ac acusa usaci ción ón o la defens defensa, a, sobre sobre los
hechos penalmente relevantes, las pruebas que los sustentan y los
fundamentos jurídicos jurídicos que lo apoyan. Elementos Tema de la teoría del caso Teoría Fáctica Teoría Jurídica Teoría Probatoria
Modelos
Narrativa o explicativa Sistémico
Teoría del Caso UTILIDAD
Análisis estratégico del caso Ordenar y descifrar la información Adecuar los hechos al tipo penal Que esperamos de la investigación Seleccionar evidencia relevante Detectar debilidades propias Identificar las debilidades de la parte contraria Anticipar los argumentos de la clausura
CARACTERÍSTICAS
y
Coherencia
y
Sencillez Orden Única y flexible Autosuficiente Verosímil, lógica y persuasiva Fundada en derecho
y y y y y
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
Pas Pasos os a seguir seguir en la construc construcció ción n de la Teorí eoría a del Cas Caso o Primero encontramos que los hechos tengan relevancia
penal Encuadramos los hechos dentro de las normas penales que qu e cr cree eemo moss ap aplilica cabl bles es sta amos eso soss hechos con la prueba Contrast An nal aliz izam amos os fo fort rta ale leza zass y de debi billid idad ade es de nu nue est stra rass pru rue eba bass A y de la parte contraria Cada elemento, típico de la historia será demostrado por
otr tro o elem eme ento de co conv nviicc cció ión n
El tema de la teoría del caso Es el asunto central de la historia persuasiva presentada
ante el juez. Es una frase, un emblema, una calificación de los hechos que se repite dentro del juicio oral. El tema es el señalamiento de los valores o principios, es la explicación del por qué el juez deberá emitir una senten sen tencia cia fa favor vorab able. le. Los valores pueden ser el bien jurídico protegido por la
norma.
Las etiquetas en la Teoría del caso Son los términos específicos utilizados para nombrar a
las perso son nas, asociados con un tema. Es el lenguaje que se expresa en frases o palabras memorables y emotivas que reflejan lo esencial de la teoría. Son los términos favorables utilizados por el abogado para referirse a las personas o a los eventos, desde su punto de vist sta a. Es una manera de bombardear subliminalmente al juez con frases o palabras que se queden en su mente.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
Teoría Fáctica Requisitos Claridad Orden Coherencia Persuasividad Convicción
Estrategias Detallar los hechos Conectar lo fáctico con lo jurídico y lo probatorio No dejar cabos sueltos Analizar otras teorías igualmente razonables
11
Técnicas para contar la historia Ini Inici cia ar co con n un ord rden en cr cron ono oló lóg gic ico o ezcl clar ar el elem emen ento toss ra raci cion onal ales es co con n em emoc ocio iona nale les. s. Mez Dar información para que el juez llegue por si mismo a una
conclusión. Generar imá mág genes vivas por me med dio de detalles. enci ción ón,, utililizzand ndo o le len ngu gua aje oral al,, cor orp por oral al,, haci cien end do Captar la aten énfa fassis en la emo mocciones sin exagera rarr. Instalar un activador reticular, es lo que el juez verá, o expe ex peri rimen menta tará rá,, po porr eje ejempl mplo: o: una silla de ruedas. E sfíci tcile imles, us, larqu lae co cunduz riouzca sidcan and ade l estr autras das itorco ionclu plusi rosion pones ones. ien. do preguntas difí di que cond nues nu conc No co con nvence cerr sem emb bra rarr du dud da raz azo ona nabl ble e. Darle al juez todas las respuestas a sus interrogantes para que
haga suya la historia, esto es, facilitarle el trabajo y decidir por él.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
13
T
eoría Fases Jurídica
Determinar la ley aplicable . Examinar los elementos elementos de la conducta punible .
Estrategias Evitar el dogmatismo .
Cuidar el proceso de subsunción . Se deben identificar identificar el el valor y/o y/o bien jurídico jurídico central involucr involucrado ado en el caso . Seleccionar losinar tipos penales con los que guarda mayor similitud la versión preliminar prelim de los hechos. Comparar los hechos clave de la versión preliminar con los elementos de cada tipo penal posible. Esco Es coge gerr de dent ntro ro de lo loss ti tipo poss pe pena nale less pos osib ible less lo loss qu quee se sean an más fácilmente acreditables.
Estrategia para el análisis de casos Primer nivel de análisis
Estu Es tudi diar ar la titipi pici cida dad, d, la an anttijijur urid idic icid idad ad y la cu culp lpab abililid idad ad..
Segundo nivel de análisis
Estudiar las formas de intervención
anális is Tercer nivel de análisis Estudiar los grados de ejecución Cuarto nivel de análisis
Estudiar la individualización judicial de la sanción.
Tipicidad nivel de análisis Primer Elementos subjetivos
El dolo La culpa Otros elementos subjetivos
Elementos Suje jetto acobjetivos tiv ivo o y pa passiv ivo o, ca calilid dad person ona al, la con ond duc uctta (acció ión, n, omis isiión ón,, comis isiión por
omisiión omis ón), ), el re resu sult ltad ado, o, el bi bien en ju jurí ríd dic ico, o, el ob obje jetto, el nex exo o ca cau usa sal, l, la impu puttac aciión ob objjet etiv iva a dell re de resu sultltad ado, o, la lass ci circ rcun unst stan anci cias as de mo modo do titiem empo po y lu luga garr y lo loss me medi dios os co comi misi sivo vos. s.
Elementos normativos Causas de atipicidad Ausencia de alguno de los elementos del tipo penal, El error de tipo invencible
An Antij tijuri uridici dicidad dad (ca (causa usass de just justifi ificaci cación ón)) Defensa legítima, estado de necesidad justificante, ejercicio de un derecho, cumplimento de un deber, consentimiento justificante. Culpabilidad (causas de inculpabilidad) Error de prohibición invencible, inexigibilidad de otra conducta, estado de necesidad disculpante, acciones libres en su causa, estado de emoción
vpro iolhibici entición a,ónimven putcible. able. ilidad disminuida, exceso de legítima defensa, error de prohib vencib
Segundo nivel de análisis Formas de autoría Autor directo
Coautor
Autor mediato
Formas de participació participación n Partícipe-inductor Partícipe-cómplice Otras formas El encubrimiento como forma especial de autoría y como forma especial de participación El principio principio de accesoried accesoriedad ad limita limitada da El principio principio de accesoried accesoriedad ad exter externa na
Tercer nivel de análisis Grados de ejecución Los actos preparatorios Tentativa punible (acabada o inacabada)
Desistimiento de la tentativa Consumación del resultado típico Arrepentimiento de la consumación
Otros grados El El desistimiento desistimiento malogrado del autor del hecho principal El desistimiento del partícipe inductor o cómplice El desistimiento del coautor
Cuarto nivel de análisis La invid inviduali ualización zación de la la sanción sanción
Penas Se fundamenta en la culpabilidad
Medidas de seguridad fundamenta en la antijuricid antijuricidad ad del hecho Se fundamenta
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
T
eoría Probatoria Características de la evidencia
Idoneidad Pertinencia
Suficiencia
Clasificación estratégica de la evidencia
Evidencia afirmativa Evidencia de refutación Evidencia explicativa Evidencia de credibilidad Evidencia persuasivo-emotiva Evidencia directa Evidencia indiciaria o circunstancial
19
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
20
Estrategias para la teoría probatoria
Revisar la licitud o ili liccitud de las evidencias o pruebas.
Seleccionar que lostendrán hechosquedeserlaprobados versión para o rdarle elato preliminar credibilidad. Por cada proposición fáctica presentar dos o más evidencias. Construcción precisa y clara con las pruebas. Anticipar posibles problema problemas. s. Analizar las posibles objeciones que puedan presentar nuestras pruebas.
Estrategias de defensa Operaciones esenciales: Corroboración de la hipótesis acusatoria Falsación de la hipótesis hipótesis acusatoria, acusatoria, usar usar la bard como instrumento y confutarla. Opción de la hipótesis probable Mostrar que no ha sido probada la culpabilidad del imputado atacando: 1. La hipótesis (el objeto de la prueba)
La coherencia, que explique todos los hechos de modo convincente. De las proposiciones jurídicas a las proposiciones fácticas
Elementos de prueba
2.
Omisión (falta de prueba) Invalidez (prueba ilícita) Fiabilidad Insuficiencia, contradictorias
La relevancia de los medios de prueba
3.
Criterios de inferencia Factum proban probanss (elemen (elementos tos de prueb prueba) a) máxima de la experien experiencia, cia, factum proban probandum dum (hipó (hipótesis tesis a probar) La má máxi xima ma se pu pued ede e re refu futa tarr po por: r: co con ntra tradi dict ctor oria ia,, in insu sufifici cien ente te,, no pe perti rtin nen ente te,, pe petitici ción ón de pr prin inci cipi pio, o, absoluta.
El resultado de la prueba
4.
Grado de de conclusividad conclusividad que ostente ostente el resultado resultado de la prueba Basta una hipótesis alternativa provista de mínima verosimilitud, por relación a lo que la expe ex perie rienc ncia ia co comú mún n se con consid sidera era co como mo no norma rma y fam famililia iarr, es de decir cir se sembr mbrar ar du duda da raz razon onab able le.. 99 Cuestiones« Cuestiones«
Pasos para elaborar la teoría del caso 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
Conocer los hechos del caso Identificar los datos y sujetos con donde, cuando, quien, porque, a quien, como. Elaborar la historia recalcando los elementos del tipo penal de acuerdo a los cuatro niveles de análisis. Utilizar lenguaje emotivo, metáforas, generar imágenes. im ágenes. Relacionar por medio de argumentos los elementos del delito con premisas fácticas. Seleccionar y clasificar los datos y medios m edios de prueba
Respaldar cada premisa fáctica con los datos de prueba. Señalar las debilidades y objeciones de los datos de prueba. Elaborar el tema de la teoría del caso, relacionarlo con una valor o el bien jurídico protegido. 10. Identificar personas y cosas por medio de etiquetas.
DESARROLLO DE LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
La Audiencia de Debate
Finalidad Principios Suspensión Incidentes y excepciones Incompetencia Litispendencia Cosa juzgada Extinción de la responsabilidad penal Prueba superviniente Sujetos intervinientess interviniente El acusado La víctima El fiscal El defensor Los testigos y peritos
teoría del caso en el Alegato Temas de la teoría de apertura ³JAMÁS FUE MI INTENCIÓN MATARLO´« ³LA NAVIDAD LLEGO A LLANO GRANDE´« ³LO SEDUJO EL CANTO DE LA SIRENA, CAYÓ EN SUS
REDES, Y ESO LE ESTA COSTANDO SU LIBERTAD´. ³SU INOCENCIA FUE QUEBRANTADA Y VIOLENTADA Y FUE AMENAZADA DE MUERTE, SI NO TE DEJAS TE TORCERÉ EL PESCUEZO´« ³DURANGO, LIBERTAD´ CONOCERTE ME ESTÁ COSTANDO LA ³BUSCABAN DIVERSIÓN Y ENCONTRARON LA MUERTE´ ³PARECÍA UN ÁNGEL Y LE BROTARON ALAS´, ³UN DIA INFORTUNADO´
El examen de testigos testigos en la audiencia oral
OBJETIVOS Que el testigo comunique los hechos Incorporar prueba
COMO PLANEAR EL INTERROGATORIO Orden cronológico De primacía y novedad Del testimonio mas creíble DESARROLLO DEL INTERROGATORIO Legitimar al testigo Establecer la relación que gurda con los hechos Describir la escena de los hechos
Clases de interrogatorio 1. Examen directo Contraexamen 3. Reexamen 4. Recontraexamen 5. Interrogatorio del juez 2.
Examen directo Consiste en la revisión en el juicio oral de los testigos
que la propia parte presenta. Objetivos del examen directo: a) Solventar la credibilidad del testigo b) Acreditar las proposiciones fácticas de la teoría del caso c) Acreditar e introducir al juicio prueba material d)
Obtener información relevante para el análisis de la prueba
Estrategias del interrogat interrogatorio orio
Preparar al testigo Organizar los testigos (orden, historias, información) Preguntas adecuadas para los fines Lo mas importante es el testigo
El Es contrainterrogatorio del testigo el que es realizado por la parte contraria del
oferente de la prueba Finalidad del contraexamen: Desacreditar el testimonio b) Acreditar las proposiciones fácticas del contraexaminador c) Acreditar prueba material propia d) Obtener inconsistencias con otras pruebas de la contraparte a)
Estrategias del contraexamen
Estructurar Estructur ar el contr contraexamen aexamen en forma temática temática Emplear declaraciones previas del testigo contraexaminado Utilizar preguntas sugestivas y abiertas No formular conclusiones al finalizar el contraexamen.
M
étodo del Looping. Looping: ng: es un método mediante mediante el cual un hecho importante importante o Loopi favorable es enfatizado repitiendo la información que va a ser enfatizada en la estructura de otra pregunta. Ejem: Usted vio una persona Usted vio una persona del sexo masculino Usted vio una persona del sexo masculino como de cuarenta años. Usted vio una persona del sexo masculino como de cuarenta años que traía una arma Usted vio una persona del sexo masculino como de cuarenta años que traía una arma y disparo en contra de la víctima.
ESTRA ATEGIA TEGIAS S DEL ESTR
CONTRAINTERROGATORIO
NO REPETIR EL INTERROGATORIO DIRECTO DE LA PARTE CONTRARIA CO NTRARIA SEGURIDAD Y FIRMEZA IDENTIFICAR CONTRADICCIONES ESCUCHAR LAS RESPUESTAS HACER PREGUNTAS ASEVERATIVAS CONTACTO CONT ACTO PERSONAL PE RSONAL RESPETO Y CORTESÍA OBSERVAR LAS REACCIONES DEL JUZGADOR NO REM A AT TAR AL AL TESTIGO TESTI GO NO TELEGRAFIAR EL OBJETIVO CÓMO CONCLUIRLO USAR LAS DECLARACIONES ANTERIORES DEL TESTIGO
Estrategias para el contrainterrogatorio con testigos hostiles Es cuando el testigo no contesta la pregunta o
e xplica sin habérselo pedido, en tal caso se recomienda: Repetir la pregunta mas despacio y haciendo énfasis
en ca cad da palabra. P ununta tarta. le. que antes de que conteste si entendió bien larepreg prgegun Pedirle que se limite a contestar lo que se le pregunta.
El Es reexamen delatestigo cuando se vuelve examinar al testigo que ya ha
declarado. Tiene como finalidad:
Rehabilitar al testigo cuya credibilidad ha sido debilitada en el cont co ntra raex exa amen en,, po porrque su de decl clar ara aci ció ón es in inco cons nsis isttent nte, e, fal alsa sa o inverosímil.
Estrategias
Se ut utililiz iza a de ma mane nera ra ex exce cepc pcio iona nall No es repetir todo el examen Se usan preguntas de tipo cerrada y de transición Utilizar interrogantes: por qué, para qué, que invitan a explicar y ju just stifific icar ar al tes esttig igo. o.
re El recon contr trae aexa xamen men del de l testi testigo go Es el que se hace después del reexamen Tiene como finalidad: Cuestionar la razonabilidad de la explicación dada por el testigo en el reexamen, o volver sobre la impugnación impugnaci ón original. recontraexamen en Estrategias del recontraexam Solo cuando sea necesario y viable de lo contrario le fortalecerá Debe estructurarse en forma temática
Preguntas sugestivas y abiertas
El interrogatorio del testigo por parte del juez Es cuando es interrogado por el juez Tiene como finalidad: Abundar en la prueba cuando hay vacios El juzgador no puede: Establecer el relato Hallar inconsistencias s us declaraciones Hacer que el testigo de explicaciones de sus
Cuestionar la credibilidad de las declaraciones
LA PREPARACIÓN DEL TESTIGO 1. Cu Cues estition onar ar su ve vers rsió ión n 2. Asegurarse que le dice la verdad
Famililia ari riza zarl rlo o co con n el si sist ste ema pr proc oce esa sall pena nall 4. Hacerlo consciente de su rol en el proceso 5. Escu cucchar su relato y se sellecci cio onar las partes pertinentes 6. Explicarle las reglas y el propósito del interrogatorio 3.
directo Defifini De nirr el vo voca cab bula lari rio o a ut utililiz iza ar 8. Forma de testificar en la vista pública 9. Practica carr las preguntas y las resp spu uest sta as 7.
ESTRUCTURA UCTURA DE PREGUNT PREGUN T AS ESTR Preguntas introductori introductorias as Preguntas de legitimación Preguntas directas sobre el conocimiento de los hechos
que posee el testigo. Preguntas finales
TIPOS DE PREGUNTAS DEL EXAMEN DIRECTO
Preguntas destinadas a generar confianza en el testigo o
preguntass intr pregunta introduc oductoria torias. s. Preguntas de legitimación o llamadas a validar pers pe rson onal alme ment nte e al te test stig igo. o. Preguntas abiertas o narrativas y cerradas, destinadas a permitir al testigo aportar la información que posee de los hechos del ca casso. Preguntas finales para redondear el interrogatorio y
terminar co con n una impresi sió ón positiva por parte del tribunal.
PREGUNTAS AS LA OBJECIÓN DE LAS PREGUNT Requisitos de las objeciones Oportuna Específica Fundada
Tipos de objeción Argumentada Continua
Estratégica
TIPOS DE PREGUNT PREGUNTAS AS OBJETABLES
Código Procesal Penal Art. 384.En ningún caso se admitirán preguntas: Capciosas Engañosas Ambiguas Aquellas que incluyan mas de un solo hecho Destinadas a coaccionar ilegítimamente ilegítimamente al testigo. Formulada ormuladass en términos poco claros
PREGUNTA LA PREGUNT A CAP CAPCI CIOSA OSA O ENGAÑOSA
Las preguntas capciosas son aquellas que, basadas en el
artificio o el engaño, se hacen con el propósito de obtener conclusiones favorables a la tesis de aquel que formula la pregunta. Co Cons nsis iste ten n en ence cerr rrar ar engañ año o o pro rovo voca carr co con nfu fusi sió ón. Ejem. ¿Lo c iert iert o es que ya usted dejó de pegarle a su esp osa?
MB PR LA PREG EGUNT UNTA A ES A IGUA Es aquella que no es clara, que no se entiende o que puede estar sujeta a varias interpretaciones por parte del testigo. Po Porr ej ejem empl plo: o: usted ed pun puntua tual l o un poco tarde al lugar de l os ¿Lleg o ust hec hos?
M LA PREG EGUN UNT T A I PERTINENTE PR Es aquella pregunta que no tiene relación con los hechos cuestionados. Por ejemplo: En un caso de homicidio el testigo que presencio los hech cho os se le pregunta: uáles son sus gust os y afi c ci i ones? ¿ C uáles
LA PREGUNTA ES SUGESTIVA Es aquella pregunta que sugiere al testigo la respuesta deseada por la parte que lo interroga. Por ejemplo: ¿V i io usted que el imputad o le disparó con un arma de fueg o a J uan uan P eréz? eréz?
F LA PREGUNTA ES CON U S A Son aquellas preguntas que por su defectuosa formulación no le permiten comprender al testigo con cla cl aridad cual es el tema que efect ctiivamente indaga. Por ejemplo: ¿Que ue diga el testig o que fue l o que oc urrió? urrió? ¿Q
LA PREGUNTA ES CONCLUSIVA Se le pregunta al testigo de tal forma que tenga que sacar una co una conc nclu lusi sión ón.. Por ejemplo: ¿C óm ómo quedar on l os sujet os después de la riña?
LA PREGUNTA ES COACTIVA Es la pregunta derivada de coaccionar ilegítimamente al testigo. Por ejemplo: ¡S i i no nos di c c en en que pasó, será sanc i i onad o por desac at at o! o!
LA PREGUNTA ES REPETITIVA Si la pregunta formulada es respondida por el testigo, no debe permitirse que se siga repitiendo la pregunta una y otra vez, pues sería la de nunca acabar. Lo que se pretende es que no se continúe con el mismo asunto si el mismo ya fue respondido apropiadamente.
M LALPREGU GUNT NTA A ES CO PUESTA PRE as preguntas compuestas, es decir, dos o más
preguntas en una, tienden a confundir y en los procesos de naturaleza penal eso es lo menos
a s uyabloegjoasdodse ldaerfeenaslio soco nndseejalableo,pinaiuónnq, usein aelsgtuanr om draeds, que la mejor táctica para lograr la absolución de su representado es precisamente crear confusión en el juzgador.
Ejem.
S i se le pregunta al testig o: o: ¿ entró usted o no en el restaurante y almorzó? el testig o debe tener la o portunidad de negar c ualquiera ualquiera de l os d os element os de la pregunta.
LA PRE GUNT NTA A AS ASU UME HECHOS NO PREGU ACREDITADOS
En una pregunta no se pueden asumir hechos sobre los cuales el testigo no ha declarado con anterioridad, puesto que de ser así quien estaría declarando es la parte que formula la pregunta. Ejem. Sería objetable bajo esta premisa que una de las partes le pregunte a un testigo:
¿E n dónde se encontraba su c a arr rr o azul c uand uand o llegó al lugar de l os hec hos?,
Si el testigo, aunque hubiese declarado que llegó al lugar en su carro, en ningún momento de su testimonio mencionó el color del mismo.
LAEPREGUNTA ESPECULATIVA s aquella que supone hechos no ocurridos
en la realidad e incita al testigo a presumir, imaginar, suponer, y a emitir su particular opinión sobre hechos fifict ctic icio ioss e ir irre real ales es..
Ejemplo Sería, que una parte, en un caso de un accidente de tránsito ocu oc urr rrid ido o en un dí día a lllluv uvio ioso so,, le pr preg egun unttar ara a al tes esttig igo: o:
¿C ree ree que si no hubiera estad o ll ov ov iend iend o ese día, el acc idente idente hubiese oc urrid urrid o de la misma f orma en que suc edió? edió?
PREGUNT LA PREGUN TA ES ARGU ARGUMENTATIVA
Es aquella que se refiere esencialmente a discutir con el
test stiigo su sug giriendo falsedad por parte de ést ste e. Porr ej ejem empl plo: o: Po ¿ U sted sted no pud o haber v ist ist o l os hec hos tiene buena v ista? ista?
con
exac titud, titud, por que no
LA PREGUNTA SE REFIERE A M ATERIA PRIVILEGIADA
Ésta se refiere a aquella información que, aunque
pertinente, se excluye por ser materia confidencial, secreto profesional, estatal o de seguridad de Estado, rela re laci ción ón en entr tre e có cóny nyug uges es,, re rela laci ción ón ab abog ogad adoo-cl clie ient nte, e, et etc. c.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
62
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
63
LA VALOR ALORACI ACIÓN ÓN DE LA PRUEB A
Dato, medios y pruebas Dato de prueba es la referencia del
contenido de un dete terrmi min nado me med dio de prueba aún no desahogado ante el juez, que se advierte idóneo, pertinente y, en conjunto con otro, sufificciente te,, para esta tabl ble ecer ra razzona nabl ble eme men nte la ex exiiste ten nci cia a de un hech cho o de delilict ctiv ivo o y la pr pro obab able le part rtic icip ipac ació ión n de dell im imp put uta ado. Medios o elementos de prueba son toda fuente de información que permite reconstruir los hechos, respetando las form fo rmal alid idad ades es pr pro oce ced dim imen enta tale less pr prev evis ista tass pa para ra ca cad da uno de ellllo os.
Se de deno nomi min na pru rue eba tod odo o co cono noccimi mie ento cier ertto o pro roba bab ble sob obre re un hecho, que ingresando al proceso como medio de prueba en una audiencia y desahogada bajo los principios de inmediación y contradicción, sirve al juez como elemento de ju juiicio para llegar a una conclusión cierta.
Requisitos de los datos de prueba 1. PERTINENTES Relación entre el dato de prueba y el hecho Capacidad de la prueba para convencer 2. SUFICIENTES Cualitativa Cuantitativa
3. IDÓNEOS Que sea el medio adecuado para probar el Preferible entre otros
hecho
4. UTILES Que sirvan para el esclarecimiento de los hechos
67
Diferencias entre datos de prueba y medios de prueba Datos de prueba en la etapa de investigación
Medios de prueba en la etapa intermedia y de juicio oral
Se anuncian
Se ofrecen
Se aceptan
Se admiten
Se practican
Se desahogan
Se estiman de manera
Se valoran
indiciaria Sirven para investigar y vincular
Sirven para demostrar
plenamente al sentenciar
y sancionar Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
68
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
69
a) Libre valoració n valoración
Se deja a la libertad razonada del juez Requiere del razonamiento y argumentación del juez El juez debe motivar el valor probatorio que le da a cada
prueba Esta sujeto a Las reglas de la lógica Las máximas de la experiencia Los conocimientos científicos
El resultado de la apreciación razonada de la prueba, debe ser
explicado en el fallo, en su motivación m otivación Requiere de preparación y conocimiento en la utilización de las reglas de la lógica y máximas m áximas de la experiencia. En algunas ramas como la civil y mercantil m ercantil tiene limitaciones o
reglas que la sujetan
b) Tasada Tasada o Legal Legal
Es la valoración predeterminada por un juicio superior
que es el legislador El legislador fija taxativamente el valor a asignar a cada uno de los medios de prueba. El juez se limita a aplicar a la prueba los baremos establecidos por el legislador. Viene determinada la valoración en abstracto El juez no tiene que motivar ni razonar la valoración de la prueba
sistema a tasada o legal Ventajas del sistem
Facilita mayor confianza en la justicia, al someter las
sentencias a la ley Libra a las sentencias de toda sospecha de arbitrariedad Suple la ignorancia falta de experiencia de los jueces Evita la sobrestimación peligrosa o el rechazo injustificado de los medios de prueba aportados al proceso Permite que las sentencias sean uniformes en cuanto a la apre ap reci cia aci ció ón de la lass pr prue ueb bas. Satisface la necesidad de justicia aunque para ello se sacr sa crififiq iqu ue la nec ece esi sid dad de ju just stiici cia a.
Desventajas del sistema tasada o legal Mecaniza y automatiza la función del juez, quitándole
personalidad o obligándolo a aceptar soluciones en con co ntr tra a de su co con nve ven nci cim mien ento to lóg ógiico ra razo zon nad ado o Conduce a declarar como verdad una simple apariencia formal Produce un divorcio entre la justicia y la sentencia Cuando se suprime el sistema los peligros de la valo va lora raci ción ón di dism smin inuy uyen en au aunq nque ue no de desa sapa pare rece cen n La prueba legal desdibuja el objetivo de la búsqueda de la verdad propio de un modelo cognocivista
c) Sistema Mixto
No existe como tal un sistema mixto Es un sistema de tarifa legal atenuada suj eción Las pruebas se aprecian con libertad por el juez o con sujeción
a reglas legales previas, no hay sistema intermedio o mixto Hacen prueba plena La documental pública La confesión ante la autoridad La inspección judicial
Se valoran libre La documental privada La testimonial La pericial La formalidad para ciertos actos no se opone al sistema de la
libre valoración
Intima convicción d) Intima Es el que utiliza el jurado inglés y norteamericano Se basa en los dictados de su conciencia No que motivar ni dar razones su convicción sobre las tienen pruebas No esta sujeto a reglas legales ni lógicas Depende de la subjetividad de los jurados Se puede utilizar cualquier medio de convicción como intuiciones, corazonadas, prejuicios.
Sistema de la íntima convicción Ventajas
Desventajas
Se le da confianza a la
No se dan puntos objetivos
sociedad al participar en el pro roce ceso so ju jud dic icia iall depende de No tecn cniici cism smo os ni legalism smo os
sobre la valoración de la prueba No se puede controlar la operación probatoria,
nndeella psreunetbidao lSaevabloarsaacióe
p objet rqetiv ueivis edl oju mez ina el subj su ismo moprde del juez Se dif ific icu ultlta a su im impu pug gna naci ció ón La certeza del juez no esta ligada a un control legal
común de los jurados. No se tiene que preparar a los jurados.
e) Sana Crítica
Definición Calificación atribuida a las reglas que rigen los juicios de valor emitidos por el entendimiento humano en procura de su verdad, por apoy oya arse en prop opo osicio ione ness lóg ógiicas corr rre ectas y por fu fun ndame ment nta arse en
obse serv expe conf por real idad Laob exrvac pacio reione sines óns defuex e peri irien nenci cocia rpaoco ranfir dirma amada edas ns po lar lalere yalid ead spañola
enjuiici enju cia ami mie ent nto o sob obre re la apr prec ecia iaci ción ón de la pru rueb eba a tes estitimo mon nia iall Las reglas de la sana crítica comp mprrenden:
de
Las reglas de la lógica La psi psico colo logí gía a ju judi dici cial al La exp experi erien enci cia a La eq equi uida dad d
Se obliga al juez al empleo de reglas de la experiencia, de la
sociolo log gía ía,, psicología, historia, y lógica con el objeto de que en la administración de justicia no se consagre la arbitrariedad
aplicando una critica razonada a la pruebas.
Ventajas y Desventajas Desventajas de la sana crítica crítica Ventajas
Desventajas
El juez no esta sujeto a reglas leg le gale less que le quitan movililiidad en la ap apre reci ciac ació ión n El juez tiene mayor libertad en la aprecia iacción de la prueba muestra a un juez
Hay peligro de arbitrariedad
ipnrdoecpeesond , ieqnute, hadcierecvtioarble delal facultad oficiosa del juez en la prod pr oduc ucci ción ón de la pr prue ueb ba. La lógica y la experiencia controlan las operaciones de
ni se probatoria dan objetivos de referencia prueba, La operación virtualmente no
No puede proveerse el resultado del
proceso ni tenerse una seguridad probatoria De que de una incógnita (la sentencia) queda dependiendo de otra incógnita (la convicción probatoria) No existe la obligación de razonar la es susceptible de control, por cuanto predomina es el subjetivismo del juez; en consecuencia, uno de los problemas que se suscita es la dificultad de la impugnación Finalmente, la certeza del juez no esta ligada a un criterio legal.
loss ju lo juec eces es
79
Artículo 20 [«]
A. De los principios generales: [«]
II. Toda audiencia se desarro rolllará en presencia del juez, sin que pueda delegar en ninguna persona el desahogo y lde a vmanera aloraciónlibre de layslógica prueb.as, la cual deberá realizarse
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
80
Sistema de la tarifa legal El legislador da un valor a las pruebas Ha Hace cen n pr prue ueba ba pl plen ena: a: Docume Documento ntoss púb público licoss La in insp spec ecci ción ón ju judi dici cial al,, ca cate teos os y vi visi sita tass do domi mici cililiar aria iass Re Reco cons nsttru rucc cció ión n de he hech chos os,, ar artts. 29 293, 3, 29 295, 5, 29 299. 9. CP CPP P
ste ema de la íntima co con nvi vicc cciión Sist De Depe pend nde e de la su subj bjet etiv ivid idad ad de dell ju juez ez No requiere el control le leg gal ni lógic ico o la decisió ión n Si Sist stem ema a de lilib bre va valo lora raci ció ón Le co conf nfie iere re di disc scre reci cion onal alid ida ad al ju juez ez Utili lizza las reglas de la ló lóg gica como medio de control
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
81
El
tribunal apreciará la prueba según su libre
convicción extraída de la totalidad del debate, conforme a: Las reglas de la lógica Los con conoci ocimien miento toss cie cientí ntífic ficos os Las máxima mass de la experiencia ia.. Art. 355 Nv Nvo o. CPP
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
82
Las reglas de la lógica Cual lógica?
Lógica tradicional, Lógica clásica (deductiva) Lógica modal, Lógica deóntica, Lógicas plurivalentes Lógicas paraconsistentes, Intuicionistas, borrosa No monótonas, Lógicas inductivas, Lógica cuántica
Principios de la lógica
I.
Principio de identidad. identidad. Todo objeto de conocimiento es idéntico a sí mismo. Igualdad
ante la ley. II.
Princi Pri Principio ncipio pio de no contradicción contradicción.. Una
cosa no puede ser algo y al mismo tiempo ser lo
contrario. III.
Principio de tercero excluido excluido..
Una
cuestión puede ser falsa o verdadera pero no de
otra manera IV.
Principio de razón suficiente. Principio suficiente sufici ente.
de justificar su existencia existencia..
Las cosas existen y son conocidas por una causa capaz
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
83
Ya que el testigo se
No se le concede valor a la
contradijo
prueba testimonial de X.
(razones)
(pretensión) porque
Si una persona afirma una cosa y luego la niega, no se le puede dar valor a su declaración porque evidencia contradicción (garantía garantía)) Debido a que
Viola el principio lógico deyno que una cosa cosa no puede ser algo al contradicción mismo tiempo mismo tiempoque ser establece ser lo contrario contrario (respaldo respaldo))
84
Los conocimientos científicos
Cientifización del razonamiento probatorio
verda d dotados de fiabilidad fiabilida d o La selección de conocimientos y métodos que estén de verdad validez científica; La selección de los expertos más adecuados para la emisión de la opinión científica en el proceso; La capacidad del juez para el uso decisional de los conocimientos científicos aportados al proceso, mediante los diferentes medios que integran el llamado cuadro procesal
Las pruebas científicas
Ciencias exactas Ciencias sociales
Dificultades de la aplicación de la ciencia:
Los expertos favorecer partes empleados por el juez El juez controlabuscan la aplicación de aloslas métodos El juez toma en cuenta la opinión del experto pero conserva la discrecionalidad para apartarse de el El uso correcto de los conocimientos y métodos El juez solo debe admitir aquellas pruebas cuya aceptabilidad resulte segura, controlable y falseable.
La capacidad de juez para actuar como perito de peritos Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
85
Características del conocimiento científico 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
Es un saber crítico y fundamentado (de debe be ju jussti tifi fica carr su con ono ocimi mie ento y da dar r prue pr ueba bass de su ver erda dad) d) Es sistemático (e (ess un sa sabe berr or orde dena nado do ló lógi gica came ment nte, e, no di disp sper erso so qu que e pe perm rmitite e re rela cion onar ar he hech chos os tra entr en si) Eslaci explicativo (a tr avtre éessi d)e te teo oría íass, leyes y mo mod delos) Es verificable (susceptible de ser comprobado experimentalmente o constatado consta tado expe experimentalmen rimentalmente) te) Es metódico (no se adqu quiiere al az aza ar, es fruto de riguros oso os procedimi mie entos como co mo la ob obse serv rvac ació ión, n, la re reflflex exió ión, n, la co cons nsta tata taci ción ón,, ex expe peri rime ment ntac acio ione nes, s, et etc. c. Es objetivo (válido para todos lo individuos y no solamente para uno determinado) Es comunicable (a tr trav avés és de dell le leng ngua uaje je ci cien entí tífifico co,, ev evititan ando do am ambi bigü güed edad ades es)) Es racional (conoce las cosas me med diante el uso de razón) Es provisional (no se entiende a la verdad como algo absoluto, sino que proc pr ocur ura a la cer erte tezza, el sab aber er es está tá en pe perm rman anen ente te re revvis isiión y as asíí ev evol oluc ucio iona na))
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
Criterios para la valoración de la prueba científica 1. 2.
Que la con oncl clus usió ión n cie ient ntíf ífic ica a te teng nga a fu fun nda dame men nto fá fáct ctic ico; o; Que se ha hayyan ut utiililizzado pri rinc ncip ipiios y me meto tod dolo logí gía a fifiab able les; s;
3.
Q ueificablement la clemente oncluseiócorre n seacta. aplicable a lo sucedido de manera verificab ver correcta. Que las técnicas y teorías científicas utilizadas son relevantes y están generalmente aceptadas por la comunid comu nidad ad cie cientí ntífica fica int intern ernaci aciona onal.l. Que las técnicas utilizadas se han aplicado según los est stá ánd ndar ares es y nor orma mass de ca calilid dad vig igen ente tess. Que el dictamen contenga información sobre el posible grado o nivel de error y también el nivel o gradación de variabilidad e incertidumbre de los datos obtenidos por la cita ci tad da té técn cnic ica a o te teo orí ría a ci cien entí tífifica ca..
4. 5. 6.
Aplicación de los principios de conocimiento científico en la valoración de la prueba No se le concede valor probatorio a la prueba científica de X ( pretensión).
P o ognes rad). o de erorroqruennlo a aepxlpicliaccóióenndeell mdéicttoadmoeenmpelel andivoe(lraz Ya que si un perito no explica en su dictamen el nivel de error en la aplicación del método, no se puede saber el grado de certeza de la prueba, y por lo tanto, no se le puede conceder valor (garantía). Como así lo establece el principio de conocimiento científico que señala que el dictamen debe contener información sobre el posible grado o nivel de error en la
aplicación del método empleado por el perito (respald o).
88
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
89
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
Premisa M AXIM A DE LA EXPERIENCIA Los homicidios presuponen un móvil Datos probatorios b) Y no tenia un móvil para matar a X
a) Y tenia un móvil para matar a X
Inferencia Tesis
Y ha matado a X
Y no ha matado a X
LA MOTIVACIÓN DE LA SENTENCIA
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
91
92
Distinción entre la motivación judicial y la ministerial El juez toma una decisión. El juez decide y luego justifica . El juez escucha a las partes para decidir de cidir.. El juez se basa en las
ambas prueb pru ebas as apoort ap rtad adas as por partes. Su decisión solo es revisable por medio de un recurso,.
El fiscal toma una determinación. El fiscal solo justifica. El fiscal no escucha a las partes para actuar El fiscal solo toma en cdisponibles. uenta sus pruebas Su determinación es revisable por el juez de control.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
93
1. LA MOTIV IVA ACI CIÓN ÓN EN M T
A ERIA DE HECHOS.
Ernesto Galindo Sifuentes
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
94
Definición de motivación en materia de hechos Para
Taruffo
motivar los hechos significa explicitar, con forma de una argumentación justificativa, el razonamiento que permite atribuir una eficacia determinada a cada medio de prueba y que sobre esta base, fundamenta la elección a favor de la hipótesis sobre el hecho de que, con las pruebas disponibles, tiene un grado de confirmación confirmaci ón lógica más elevado.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
95
Requisitos de la motivación en materia de hechos 1.
Motivar
es justificar, aportar razones que per permi mita tann so sost sten ener er co como mo co corr rreect ctaa la de deci cisi sión ón judicial fáctica. 2. Motivar exige explicitar (justificar las pruebas usadas y explicitar el razonamiento). 3. 4.
T
requeieren Lodas a las motpruebas ivación requieren xige justificación. una valoración individualizada de las pruebas. pru ebas. 5. Han de considerarse todas las pruebas
practicadas.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
96
Estilos de motivación en la valoración de las pruebas a. Técnica globalizadora o narrativa
Es un listado de las pruebas ofrecidas. No se razona el valor val or de cada prueba.
b. Técnica analítica
Exposición pormenorizada pormenorizada de cada una de las pruebas. El valor asignado a cada prueba. Cadenas de inferencias que conducen a la valoración.
Dr Dr.. Ernesto Galindo Sifuentes
98
Ernesto Galindo Sifuentes
2. LA MOTIV OTIVACI ACIÓN ÓN EN M ATERIA DE DERECHO
99
La teoría del caso en la fundamentación y motivación de la sentencia ASPECTO FACTICO Descriptivo: Indicaci Indicación ón de hecho acusado I ntelectivo ntelectivo o cognitivo: Determinación Determinación del hecho probado. ASPECTO PROBATORIO Descriptivo: Contenido de la prueba oral I ntelectivo: ntelectivo: Análisis y valoración de la prueba ASPECTO JURÍDICO I n ntel telec ecti tivo vo o co cogn gnit itiv ivo o: De Dete term rmiina naci ción ón de los he hech chos os pe pena nalm lmen ente te
relevantes. V oliti olitivo vo o dec decis isio ional nal : Elegir o seleccionar la norma aplicable al caso,
análisis jurídico, calificación legal, determinación y cuantificación de la pena y de los daños y perjuicios.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
100
Cualidades de la motivación Concreción
1.
Contemplar las cuestiones relevantes prácticas y jurídicas Suficiencia Razones relevantes En sentido cualitativo Claridad Explicación de la sentencia Lenguaje accesible Sin tecnicismos ni oscuridades Coherencia Bien estructurada y sin saltos entre las premisas Sin inconsistencias ni contradicciones Congruencia Relativa a las peticiones de las partes Contestar todas las cuestiones controvertidas
2.
3.
4.
5.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
101
LA MOTIVACIÓN ORAL.
102
INORDINACIÓN DE LA MOTIVACIÓN ORAL Clases de motivación Por el órgano que la emite Judicial Administrativa Ministerial
Por la sustancia En materia de derecho
En materia de hechos
Por la forma Oral Escrita
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
103
LA MOTIVACIÓN ORAL
Definición Son las razones justificatorias fácticas y jurídicas que de manera espontánea, instantánea y por la palabra hablada emite el juez para resolver y responder las pretensiones de las partes dentro de un ju juic icio io or oral al.. Características Espontánea Instantánea Concisa Improvisada Hablada Entimemática
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
104
ASPECTOS DESCRIPTIVOS DE LA
MOTIV IVACI ACION ON ORA ORAL L
Repiten textualmente las pretensiones y fundamentos de las partes. Pas asan an de dell fu fund ndam amen entto a la co conc nclu lusi sión ón Solo se fundan en la ley No ju just stifific ican an ni mo mottiv ivan an la pre remi misa sa me meno norr de dell raz azon onam amie ient nto. o. No explic ica an el contenid ido o de la sentencia Solo invocan las reglas de la lógica y máximas de la experiencia pero pe ro no ex expl plic ican an cu cual ales es so son. n. Utiliz iza an en exceso la clá láu usula de estililo o:
m Aoju juic este buna No ³ A ticio ivioandeees l utesotrtriibu denal fal´cultlta ades discrecionales Solo concluyen pero no explican el iter justificatorio ni el porqué de la de deci cisi sión ón.. Solo emp mpllean la deducción y el entim ime ema
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
105
Aspectos prescriptivos prescriptivos de la motivación oral (un intento de propuesta)
Utilizar
en la motivación variedad de modelos argumentativos:
Informal, fácticos, demostrativos, finalistas, abductivos, epiqueremas,
Justificar la premisa fáctica Explicar la sentencia
Como se llegó a la conclusión De que premisas se valió Porque se le da valor a cada prueba pr ueba Justificar internamente y externamente la decisión
Utilizar
variedad de esquemas y estructuras argumentativas argumentativas Fijar la litis sin repeticiones extensas y ociosas Utilizar en la valoración de la prueba las reglas de la lógica y máximas de la experiencia como premisas de razonamiento Explicar la duda cuando sea razonable
Usar
lenguaje claro y comprensible Dr. Ernesto Galindo Sifuentes Distinguir la deliberación y decisión de la sentencia in voce
EL EST ESTAND ANDAR AR DE PRUE PRUEB A ³M AS ALLÁ DE TODA DUDA RAZONABLE´
107
Principio de convicción de culpabilidad del tribunal Art. 20 Constiruciona Constirucionall [«] A. De los principios generales: [«] VIII. El juez sólo condenará cuando exista convicción de la culp cu lpab abililid idad ad de dell pr proc oces esad ado. o.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
108
Definición Es un criterio mediante el cual ha de reconstruirse la justificación de la decisión probatoria. Naturaleza jurídica del estándar ³mas allá de toda duda razonable´ Como estándar de prueba Como estándar de convicción de culpabilidad Como estándar para vincular a proceso Clases Estándar objetivo M étodos de cuantificación matemáticade la prueba Probabilidad prevalente o prevalencia
Se usa en materia civil en el common law Se elige de entre las hipótesis la mejor fundada de acuerdo a las pruebas Es guiada por criterios de probabilidad y racionalidad Se basa en el principio: mas pr obable que no
Estándar subjetivo Íntima convicción M ás ás allá de t oda duda raz onable
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
109
... Sólo se podrá sentenciar al acusado si se llega a la convicción de su culpabilidad más allá de toda duda razonable. Art 355 Nvo. CPP CPP.. DGO. Convicción del tribunal Nadie podrá ser culpable por algún delito, sino cuando el tribunal que lo juzgue adquiera la convicción má más s al alllá de to toda da du duda da razonable de que el acusado es responsable de la comisión del hecho por el que se siguió el juicio. La duda deberá ser explicada. Art. 396.Nvo. CPP.DGO CPP.DGO
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
110
Duda, probabilidad y certeza
C erteza erteza E xpresa el juicio positivo del juez acerca del resultado de la actividad
cognoscitiva: El juez está convencido de que el imputado es culpable del delito, esto es, de cono co noce cerr la ve verd rdad ad.. Probabilidad ign nifica un acercami mie ento plau aussible al éx éxiito de la acción em emp prendida, esto es, la Sig
pru rud dencia del ju jue ez de haberse acercado al resulta tad do buscado No está convencido de estar en posesión de la verdad, pero cree que se ha acer ac erca cado do ba bast stan ante te a el ella la.. Duda, uezz reconoce el fracaso abs bso oluto de su intento por conocer la verdad; se hay aya a El jue
en un estado de perplejidad total frente a ella, proveniente del fracaso de su acción por conocer, que no le permite afirmar nada cierto o probable sobre el caso ca so a re reso solv lver er.. La duda excluye la polaridad de la certeza pues lo elementos de prueba que
co conf nfir rech azan impu im tota parc está n ba bala lanc ncea eado doss de ta tall man ma nirma ema ra, qyure e chaz imp mpi idan enlato tod daputa intaci clición nón, aci,óto n tal hal coiapa urcia noialm ulmen oente tro tr ote,p,oes lotán
111 11 1
Del in dubi o pr o reo a la duda razonable
Distinción entre prueba insuficiente y duda Prueba insuficiente
Los datos no son idóneos No son suficientes ni concluyentes para arribar al convencimiento Duda
datos son suficientes suficientes para dubitar dubitar entre dos o mas posibilidades posibilidades Los datos Bien pude sostenerse un argumento u otro
Definición de duda (SCJN) Implica ausencia completa de convicción Su Susp spen enssió ión n de ju juic icio io co como mo res esul ulttan antte de la in inde deccis isió ión n an antte la af afir irma maci ción ón o ne nega gaci ció ón
una ao rdea eali Estun ado ad e lida pdad erpdle lejjid ida ad por no sab aber er que sus ustten enttar arsse entre do doss po possib ibililiida dad des en que de ning ni ngun una a de el ella lass mu mues estr tra a un pe perf rfilil ba bast stan ante te co conv nvin ince cent nte e
Duda razonable No es cu cual alqu quie ierr du duda da,, si no sol olo o aq aque uelllla a qu que e al alca canc nce e cie ierrto gr grad ado o de ra razo zona nabi bililida dad d.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
112
Dificultades para su definición Origen Razones morales, certeza moral, conciencia satisfecha. Naturaleza ética-política Alta confianza subjetiva Desventajas de su aplicación Es ambiguo Es un concepto vago e indeterminado por lo que se tiene que recurrir a la fuzzy l ogi c c Es subjetivo Es un estándar muy alto
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
113
Duda razonable Hay dos criterios fundamentales que se siguen 1. Vacilación para actuar (hes esit itate ate to act ) que se construye sobre el concepto de duda 2. Certeza moral (moral cetitude) que se construye en torno a la certeza La acusación tendrá que destruir para alejar todo resquicio
de duda razonable. La prueba mas allá de toda duda razonable se logra cuando
toda es esccap apaatoria de es estta nat atur ural aleeza es eliminada po por r evidencia oral o por referencia a hechos que la defensa admite Cada razón para dudar tiene que ser excluida.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
114
De la duda razonable a la duda razonada razonada Los jueces están obligados a exponer la razones que los
haga ha gan n du duda darr. T annto laumen duento datosscoem oasíd uoas udseenlaciparu peba ueadepn senr tsad osat.enidas con co arg rgum xtr tra ído rueb rese re sen ada
propone cambiar el concepto ³razonable´ por ³razonada´ para clari rifficar el grado de certeza que justifica una un a de decl clar arac ació ión n de cu culp lpab abililid idad ad.. La duda debe se serr co con ncr cre eta, reco con nocible y razo zon nada. Se
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
La duda razonable Como se entiende? porr el derecho en la prueba Estándar o grado de persuasión requerido po penal y que se puede interp rprretar co como mo rigor pro rob batori rio o. Los juzgadores deben disponer de un suplemento informativo para objetivar el modus operandi conducente a decantarse a favor o en con co ntra de re reccono noccer la pla laus usiibililid idad ad o credi dibi bililid dad de un una a dete terrmi min nada hipótesis. Como se aplica? T nican ddee nceaudtaraulinzaacdióenladse inlafserpernuceiabsasdeqsuaertcicounlsáinsdteoleandaetlocmi miz exéacme men onztaerxteol
y planteando la cuestión de la duda razonable a ese nivel, esto es, exac ex acer erba barr la du duda da so sobr bre e cu cual alqu quie ierr ce cert rtez eza a ra razzon onab able le.. Co Con n ló lógi gica ca bo borr rros osa a Co Como mo se co con ntr trol ola? a?
Imponiéndole la obligación de motivar en la sentencia absolutoria,
solo so lo un una a du duda da ra razzon onad ada a acr cred ediita se serr ra razzona nabl ble. e.
116 11 6
La aplicación de la fuzzi logic en los conceptos jurídicos indeterminados Definición Es un sistema preci cisso de razonamiento, deducción y computación en el que los objetos del discurso o los sometidos a anàlisis se e rmpalectiaó,n qpuoecoesfioabalec,eppatracm s eqnute senacueinmtrparnecvisinac, uliandcoiesrtcao, n inincfoom iaolm e verd ve rdad ader era, a, o pa parc rcial ialme ment nte e po posi sible ble.. (V (Veg ega) a) Esta
teoría considera la vaguedad no como un inconveniente a eliminar sino como una característica
irnatceirom nainleasblaeceryca dperelotesncdoencecpotonsstvruaigr os.procedimientos Se trata de una teoría del razonamiento inexacto o aproximado, que encuentra su base en la posibilidad de formular inferencias entre proposiciones fundadas en
noci no cio ones va vag gas o co con nce cep pto toss impre reci ciso sos. s.Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
117 11 7
Antecedentes de la lógica borrosa Fue desarrollado en los años setenta por Lofti Asker
Zadeh. C deom grbaidnoaslodsecpoenrcteenpetonscidae la lógica mediante la definición Considera que la certeza de una proposición es una
cue cu est stió ión n de gra rad do S erox rxeim fiead reo aenloosposi prció inócnipaiora s zon fonrm alie esntodepre rciso azso onamiento apro ap ado sici razo am ien reci Tiene como característica su flexibilidad y tolerancia a la
imprecisión
L ojet diofuqsuoeim pruedcia is.o o vago no es la lógica en si, sino el obj ob eto est stu ia. Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
118 11 8
Pas Pasos os par para a la apli aplicac cación ión de la fuz fuzzy zy log logic ic en la solución de problemas de vaguedad Definir las variables de entrada y salida 2. Definir todos los conjuntos y el valor lingüístico aso soci cia ado a ca cad da va vari ria able le.. 3. Para cada conjunto (valor lingüístico) definir una función de pertenencia o inclusión que indique el grado en que una variable ³X´ está incluida en los conc co ncep epto toss re repr pres esen enta tado doss po porr la va vari riab able le liling ngüí üíst stic ica. a. 1.
Dr. Ernesto Galindo Sifuentes
Déficit de pruebas
0
0.5
1.0 I n c e r t i d u m b r e
0= falso 0.1= prácticamente falso
G r a d 0.2= casi falso o s d e h 0.3= bastante falso c e h
d u
P r e s u n c ó i n d e i n o c e n c i a D
o s q u e h a c e n p r u e b a p l e n a
0.4= mas falso que verdadero
d a
0.5= ni falso ni verdadero
O r a z o n a b l e
0.6= mas verdadero que falso
0.7= bastante verdadero
0.8= casi verdadero
0.9= prácticamente verdadero
1.0= verdadero
c e r t e z a
c u l p b a l e
r . E r n e s t o G a l i n d o S i u f e n t e s
1 1 9
LA SENTE SENTENCIA NCIA
Requisitos de la sentencia Requisitos generales de identificación Enunciación de los hechos objeto de la acusación (fundamentac ión ión fác ti ti c c a desc ripti ripti v v a) III. Enunciar el contenido de la prueba oral I. II.
c
o
o
c
v
IV. (Efundamenta xposición coión ncispr a dbat e loria s fdes undaripti mentao)s de hecho y de derecho (fundamentac ión ión pr obat oria intelec ti ti v va y fundamentac ión ión jurídi c ca cogniti v va ). V. Hechos probados (fundamenta c ión i ón fác ti ti c ca ana analí líti ti c c a o intelec ti v ti v VI. Par artte res eso olau)tiva (fundamentac ión ión voliti v v a) VII. Firma (393 Oax. 390 Zac. 372 Chi. 397 Dgo.
View more...
Comments