Estudio Del Impacto Ambiental

August 23, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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GRUPO No. 13 FINANZAS III

ESTUDIO DEL IMPACTO AMBIENTAL 1- QUÉ ES EL ESTUDIO DEL IMPACTO AMBIENTAL El medio ambiente lo constituyen una serie de elementos y procesos interrelacionados

tales

como:

medios

físicos

naturales,

población,

infraestructura, etc. El impacto ambiental son las consecuencias de la actividad humana sobre el medio ambiente, distorsionándola y/o alterándola. El estudio de impacto ambiental es un instrumento técnico legal de carácter predictivo que sirve para identificar, comprender, conocer y gestionar los impactos ambientales que pueden derivarse de la ejecución de un proyecto, actividad o decisión política permitiendo la toma de decisiones sobre la viabilidad ambiental del mismo. Constituye el documento básico para el proceso de Evaluación del Impacto Ambiental. Declaración de Impacto ambiental (DIA) es un documento oficial en el cual se recoge el resultado de una evaluación de impacto ambiental y de sus alegaciones. Es un documento obligatorio infraestructuras en una gran cantidad de países.

para

la

construcción

de

El documento se elabora por parte de la autoridad competente en el medio ambiente de la zona afectada, como un Ministerio de Medio Ambiente. Una vez que el proyecto queda definido por sus redactores se envía a esta autoridad, que debe ser independiente a los intereses del proyecto. Se redacta la evaluación de impacto ambiental y se somete a un periodo de exposición pública. Tras ese

 

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periodo, se valoran las alegaciones que se han realizado y se realizan las modificaciones oportunas. El documento final recoge si la valoración es positiva o negativa, y si es positiva qué medidas se deben adoptar obligatoriamente para reducir el impacto ambiental tanto de la obra como de la infraestructura finalmente construida. La redacción y firma del estudio de impacto ambiental es tarea de un equipo multidisciplinario compuesto por especialistas en la interpretación del proyecto y en los factores ambientales más relevantes para ese proyecto concreto (por ejemplo atmósfera, agua, suelos, vegetación, fauna, recursos culturales, etc.) que normalmente se integran en una empresa de Consultoría Ambiental. El estudio del impacto ambiental se hace en varias etapas, paralelo a las etapas de la intervención que se pretende evaluar. Para estos efectos debe entenderse como intervención no solo una obra, como un puente o una carretera, sino que también, es una intervención que puede tener impacto en el ambiente, la creación de una normativa o una modificación de una normativa existente. Por ejemplo, el incremento del impuesto a la importación de materia prima para fabricación de plásticos puede inducir al uso de recipientes reciclables. Cada intervención propuesta es analizada en función de los posibles impactos ambientales. Asimismo se analizan, en función de la etapa en que se encuentra en el ciclo del proyecto, las posibles alternativas a la alternativa planteada. Siempre entre las alternativas analizadas se considera la alternativa de Proyecto cero.

 

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1.1 Estudio de impacto ambient ambiental al preliminar Los estudios de impacto ambiental son desarrollados con información bibliográfica disponible que reemplaza al EIA en aquellos casos en que las actividades no involucran un uso intensivo ni extensivo del terreno, tales como la aerofotografía, aeromagnetometría, geología de superficie, o se trate de actividades de reconocido poco impacto a desarrollarse en ecosistemas no frágiles. Son estudios que el proponente elabora para contrastar la acción con los criterios de protección ambiental y que le ayuda a decidir los alcances del análisis ambiental más detallado.

1.2 Estudio de impacto ambient ambiental al parcial  Análisis que incluye aquellos proyectos obras o actividades cuya ejecución pueda tener impactos ambientales que afectarían muy parcialmente el ambiente y donde sus efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopción de medidas conocidas y fácilmente aplicables.

1.3 Estudio de lín línea ea de base o diagnóstico socio-ambiental Consiste en un diagnóstico situacional que se realiza para determinar las condiciones ambientales de un área geográfica antes de ejecutarse el proyecto, incluye todos los aspectos bióticos, abióticos y socio-culturales del ecosistema. Se trata de realizar un inventario detallado del componente biótico y definición o caracterización del componente abiótico. En el procedimiento español esta etapa suele denominarse Caracterización del Medio o Inventario del Medio.

 

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1.4 Estudio de impacto am ambiental biental detallado  Análisis que incluye aquellos proyectos obras o actividades cuya ejecución puede producir impactos ambientales negativos de significación cuantitativa o cualitativa, que ameriten un análisis más profundo para revisar los impactos y para proponer la estrategia de manejo ambiental correspondiente. Son características de este estudio el análisis de proyecto, que resalta los aspectos ambientales del mismo, el análisis de alternativas que debe contemplar la situación sin proyecto, la identificación y valoración de impactos que suele realizarse mediante sendas matrices de impactos, la propuesta de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, un programa de vigilancia y seguimiento, y finalmente un plan de restauración para el término de la vida útil de la instalación proyectada. El informe resultante se acompaña de un documento de síntesis redactado de forma comprensible para el público y expuesto durante un tiempo a las alegaciones que deseen presentar particulares e instituciones.

1.5 Evaluación Ambiental Estratégica  Análisis de los impactos ambientales sinérgicos o acumulativos de las políticas, planes y programas que permite poner condiciones adelantadas que deben ser incorporadas en las acciones específicas. La evaluación ambiental identifica maneras de mejorar ambientalmente los proyectos y minimizar, atenuar, o compensar los impactos adversos. Alertan pronto a los diseñadores del proyecto, las agencias ejecutoras, y su personal, sobre la existencia de problemas, por lo que las evaluaciones ambientales: • Posibilitan tratar los problemas ambientales de manera oportuna y práctica.

 

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• Reducen la necesidad de imponer limitaciones al proyecto, porque se puede

tomar los pasos apropiados con anticipación o incorporarlos dentro del diseño del proyecto. • Ayudan a e evitar vitar costos y de demoras moras en la implementación producidos por

problemas ambientales no anticipados.

1.6 Realización de la evaluación de Impacto ambiental El gobierno o auspiciador del proyecto hace los arreglos para la evaluación ambiental; a menudo se elige consultores o una institución para elaborar los análisis. Cuando sea necesario emplear expertos internacionales para proporcionar habilidades no disponibles en el país receptor del crédito, es conveniente alentar también la participación de consultores locales, a fin de aprovechar los conocimientos locales y fortalecer su capacidad para futuros trabajos de evaluación ambiental. La evaluación ambiental es más efectiva cuando los resultados, aunque preliminares, sean divulgados desde el inicio del proceso de preparación. En ese momento, alternativas deseables desde un punto de vista ambiental (sitios, tecnologías, etc.) pueden ser consideradas en forma realista, y los planes de implementación y operación pueden ser diseñados para responder a los problemas ambientales críticos para un máximo de efectividad de costos. Más tarde se vuelve muy costoso efectuar importantes cambios de diseño. El plan de implementación de la evaluación ambiental deberá posibilitar frecuentes reuniones de coordinación entre el equipo de evaluación ambiental y el del estudio de factibilidad, para intercambiar información sobre los problemas ambientales y las respuestas que éstos requieren. Los borradores preliminares

 

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de las secciones más importantes de la evaluación ambiental y las ponencias sobre problemas específicos, también son útiles como medios de comunicación entre los equipos, especialmente al tomar decisiones claves a medida que avanza la preparación. La mayoría de las evaluaciones ambientales exitosas suelen recibir revisiones completas a la mitad del período. Es recomendable que las evaluaciones ambientales interinas y sus respectivos estudios, sean divulgados entre los organismos interesados, comunidades afectadas, y ONGs que participen en la preparación del proyecto. Alienta a sus países miembros a preparar las evaluaciones ambientales sobre esta base. Sin embargo, puesto que la evaluación ambiental es propiedad del prestatario, solamente puede ser divulgado, públicamente, el documento con el consentimiento del prestatario inicial

2- APLICACIÓN DE LA NORMATIVA VIGENTE El sistema legislativo de Guatemala obedece a una estructura jerárquica bastante clara: a) La Constitución Política de la República de Guatemala; b) Leyes constitucionales; c) Leyes ordinarias d) Disposiciones reglamentarias; y, e) Tratados internacionales. La Constitución Política de la República de Guatemala es la norma suprema a que deben ajustarse todas las demás normas, incluyendo la Convención de Viena o Tratado de Tratados. Esta norma prioriza el tema ambiental, a continuación se transcribe los artículos constitucionales sobre la materia:

 

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Artículo 64. Patrimonio Natural. Se declara de interés nacional la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio natural de la nación. El Estado fomentará la creación de parques nacionales, reservas y refugios naturales, los cuales son inalienables. Una ley garantizará su protección y la de la fauna y la flora que en ellos exista. (Numero en bibliografía: numero pagina del libro) El enunciado de política ambiental más relevante en el país, es el: Artículo 97.

Medio ambiente y equilibrio ecológico. El Estado, las municipalidades y los habitantes del  territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y  tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio  ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y  el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen  racionalmente, evitando su depredación. En el inciso “c” del artículo 119 de la Constitución de la República, Obligaciones del Estado, indica que el Estado tiene la obligación fundamental de adoptar medidas necesarias para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en forma eficiente.

Artículo 121. Bienes del Estado. Son bienes del Estado: Los de dominio público:

a) Las aguas de la zona marítima que ciñe las costas de su territorio, los lagos, ríos navegables y sus riberas, los ríos vertientes y arroyos que sirven de límite internacional de la República, las caídas y nacimientos de agua de aprovechamiento hidroeléctrico, las aguas subterráneas y otras que sean susceptibles de regulación por la ley y las aguas no aprovechadas por particulares en la extensión y término que fije la ley;

 

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b) Los que constituyen el patrimonio del Estado, incluyendo los del municipio y de las entidades descentralizadas o autónomas;

c) La zona marítima terrestre, la plataforma continental y el espacio aéreo, en la extensión y forma que determinen las leyes o los tratados internacionales ratificados por Guatemala;

d) El subsuelo, los yacimientos de hidrocarburos y los minerales, así como cualesquiera otras substancias orgánicas o inorgánicas del subsuelo;

e) Los monumentos y las reliquias arqueológicas; f) Los ingresos fiscales y municipales, así como los de carácter privativo que las leyes asignen a las entidades descentralizadas y autónomas; y

g) Las frecuencias radioeléctricas Artículo 125. Explotación de recursos naturales no renovables. Se declara de utilidad y necesidad públicas, la explotación técnica y racional de hidrocarburos, minerales y demás recursos naturales no renovables. El Estado establecerá y propiciará las condiciones propias para su exploración, explotación y comercialización.

Artículo 126. Reforestación. Se declara de urgencia nacional y de interés social, la reforestación del país y la conservación de los bosques. La ley determinará la forma y requisitos para la explotación racional de los recursos forestales y su renovación, incluyendo las resinas, gomas, productos vegetales silvestres no cultivados y demás productos similares, y fomentará su

 

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industrialización. La explotación de todos estos recursos, corresponderá exclusivamente a personas guatemaltecas, individuales o jurídicas. Los bosques y la vegetación en las riberas de los ríos y lagos, y en las cercanías de las fuentes de aguas, gozarán de especial protección. El artículo descrito anteriormente sí se cumple por medio del Instituto Nacional de Bosques (INAB), debido a los programas que ha impulsado en instituciones tanta educativas como organizaciones sociales entre otros.

Artículo 127. Régimen de Aguas. Todas las aguas son bienes de dominio público, inalienables e imprescriptibles. Su aprovechamiento, uso y goce, se otorgan en la forma establecida por la ley, de acuerdo con el interés social. Una ley específica regulará esta materia.

Artículo 128. Aprovechamiento de aguas, lagos y ríos. El aprovechamiento de las aguas de los lagos y de los ríos, para fines agrícolas, agropecuarios, turísticos o de cualquier otra naturaleza, que contribuya al desarrollo de la economía nacional, está al servicio de la comunidad y no de persona particular alguna, pero los usuarios están obligados a reforestar las riberas y los cauces correspondientes, así como a facilitar las vías de acceso.”  

Los Artículos 93, 94 y 95 también se refieren a los temas de salubridad social y ambiental. Según las normas anteriores transcritas, no cabe duda que la responsabilidad del Estado es específica y que corresponde a la administración pública adoptar las medidas necesarias para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en forma racional y eficiente.  Además se tiene la Ley General del Ambiente: Decreto 68-86 68 -86 del Congreso de la República, Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente. Con una Ley

 

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de Áreas Protegidas: Decreto 4-89 del Congreso de la República y sus reformas. Con Ley de Caza: Decreto 8-70 del Congreso de la República, Ley general de Caza. Con ley de pesca: Decreto No. 1235 del Congreso de la República, Ley que regula la Piscicultura y la Pesca. Con ley de Hidrocarburos: Acuerdo Gubernativo 753-92, Reglamento General de la Ley de Hidrocarburos. Con ley de bosques: Decreto No. 101-96 del Congreso de la República, Ley Forestal. Con un código penal que incluye los delitos contra el Medio: Decreto No. 17-74 del Congreso de la República, Código Penal. Con un código de salud: Decreto No. 90-97 del Congreso de la República. Con un código municipal: Decreto 5888 del Congreso de la República, Código Municipal.

2.1 Nivel jerárquico de los tratados ambientales en la normativa Guatemalteca En el Artículo 46 de la Constitución Política de la República de Guatemala, se regula la preeminencia del derecho internacional, indicando que: “Se establece

el principio general de que en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala, tienen preeminencia sobre el derecho interno.” 

2.2 Convenios Ambientales Internacionales, relacionados con el Tratado de Libre Comercio a) Convenio de Basilea, ratificado por El Salvador y Guatemala, sobre el control de los movimientos transformativos de los desechos peligrosos y su eliminación, adoptado por la Conferencia de Plenipotenciarios, suscrito en Basilea, Suiza el 22 de marzo 1989, entró en vigor el 5 de mayo de 1992.  Aprobado en Guatemala por medio del Decreto número 3-95 del Congreso de la República de Guatemala.

 

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b) Convención CITES, ratificada por todos los países CAFTA-DR, Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, firmada en Washington el 3 de marzo de 1973, enmendada en Bonn, el 22 de junio de 1979. 9 Aprobada en Guatemala por medio del Decreto número 3-79 del Congreso de la República de Guatemala.

c) Convención sobre Cambio Climático, ratificado por todos los países CAFTA-DR relacionado con los cambios del clima de la tierra y sus efectos adversos que son una preocupación común de toda la humanidad. Aprobado en Guatemala por medio del Decreto número 15-95 del Congreso de la República de Guatemala.

d) Protocolo de Kyoto, ratificado por todos los países centroamericanos y la República Dominicana, Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. Aprobado en Guatemala por medio del Decreto número 34-89 del Congreso de la República de Guatemala.

e) Convenio de R Rótterdam ótterdam, ratificado por El Salvador, sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo, aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional, entró en vigor el 24 de febrero de 2004. Guatemala no participó en dicha conferencia.

f) Convenio de Estocolmo, ratificado por Costa Rica, Honduras, Nicaragua y República Dominicana, sobre contaminantes orgánicos persistentes. Guatemala no participó en dicha conferencia.

g) Protocolo de M Montreal, ontreal, ratificado por todos los países CAFTA-DR, relativo a sustancias agotadoras de la capa de Ozono, es un tratado internacional que tiene como objetivo proteger la capa de ozono mediante el control de

 

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producción de las sustancias degradadoras de la misma. El tratado fue firmado el 16 de septiembre de 1987 y entró en vigor el 1 de enero de 1989.

h) Convenio sobre la Diversidad Biológica , ratificado por los países de Centroamérica y República Dominicana, tratado que tiene como objetivo principal la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa de los beneficios que se derivan de la utilización de los recursos genéticos, mediante un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos.  Aprobado en Guatemala por medio del Decreto número 5-95 del Congreso de la República de Guatemala.

i) Protocolo de Cartagena, ratificado por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Nicaragua y República Dominicana, sobre la seguridad de la biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, suscrito en Montreal en 2000.  Aprobado en Guatemala por medio del Decreto número 44-2003 del Congreso de la República de Guatemala.

2.3 Convenios ambientales regionales, relacionados con el Tratado de Libre Comercio a) Convenio Constitutivo de la Comisión Centroamericana Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD), celebrado en febrero de 1989. Entra en vigencia el 14 de junio de 1990. Los presidentes de las repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, aprobaron este Convenio, conscientes de la necesidad de establecer mecanismos regionales de cooperación para la utilización racional de los recursos naturales, el control

 

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de la contaminación y el restablecimiento del equilibrio ecológico. Dicho Convenio fue aprobado en Guatemala por medio del Decreto número 78-91 del Congreso de la República de Guatemala de fecha 20 de noviembre de 1991.

b) Convenio Centroamericano de la Biodiversidad, XII Cumbre de Presidentes Centroamericanos, celebrada en Managua, Nicaragua el 5 de  junio de 1992, relacionado con la conservación de la biodiversidad y protección de áreas silvestres prioritarias en América Central.

c) Convenio Centroamericano de Bosques, relacionado con el manejo y conservación de los ecosistemas naturales forestales y el desarrollo de plantaciones forestales, firmado en la ciudad de Guatemala, el 29 de octubre de 1993.

d) Convenio Regional sobre Cambios Climáticos , teniendo como objetivo principal proteger el sistema climático en beneficio de las generaciones presentes y futuras, sobre la base de la equidad y de conformidad con sus responsabilidades y sus capacidades, para asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico de los Estados continúe, celebrado en ciudad de Guatemala, república de Guatemala, el 29 de octubre de 1993.

e) Acuerdo Regional sobre Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos, celebrado en la XIII Cumbre de Presidentes del Istmo Centroamericano, celebrado en la ciudad de Panamá en diciembre de 1992.  Aprobado en Guatemala por el Decreto número 6-94 del Congreso de la República de Guatemala.

 

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Las ideas fundamentales de este capítulo, se pueden resumir indicando que es al Estado es quien le compete velar por la protección del ambiente y el resguardo de los recursos naturales; que la relevancia del medio ambiente en términos jurídicos parte de la normativa constitucional y luego queda explícita en el resto de normativa interna y acuerdos y convenios internacionales; y, que en principio para el resguardo del medio ambiente es de relevancia relativa la participación ciudadana. El Estado por su parte, concreta este fin obligando a que todo proyecto, (obra, industria o cualquier actividad que pueda ocasionar deterioro al ambiente) previo a su desarrollo ejecute un estudio de evaluación de Impacto Ambiental, realizado por técnicos y/o especialistas en la materia autorizados por el Ministerios de  Ambiente y Recursos Naturales, la misma es complementada con el Acuerdo Gubernativo número 431-2007, Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, y con el Acuerdo Gubernativo número 134-2005, Listado Taxativo de Proyectos, Obras, Industrias o Actividades. La competencia sustantiva para la autorización del Proyecto recae en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, siendo por lo tanto el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Calidad y Evaluación  Ambiental, la competente en la autorización ambiental del mismo, derivada de sus competencias en materia de impacto ambiental.

 

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3- QUÉ ASPECTOS SE DEBEN CONSIDERAR PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS Se deberá indicar que preliminarmente se realizará un análisis y posteriormente un estudio del impacto ambiental del proyecto. En este caso se evalúan los posibles efectos, tanto directos como indirectos, sobre los distintos aspectos ambientales mencionados en la legislación que son la población, la flora y la fauna, el suelo, el aire, el agua, el clima, el paisaje, los bienes materiales, y el patrimonio artístico y arqueológico.

Se debe disponer por un lado de un inventario ambiental y una evaluación de las interacciones ecológicas y ambientales clave; lugar y condiciones ambientales, identificación del censo, cuantificación, interacciones y su justificación, delimitación cartografiada de la zona afectada, y situación ambiental actual y futura de cada alternativa, y por otro, de una identificación y valoración de impactos distinguiendo los positivos y negativos, los temporales y permanentes, los simples y acumulativos o sinérgicos, los directos e indirectos, los reversibles e irreversibles, los recuperables e irrecuperables, los periódicos y los irregulares, los continuos y discontinuos, los compatibles, los severos y críticos, y los moderados. Cada especialista debe determinar en relación al sector de su responsabilidad, los bienes y servicios que se podrían obtener de los ecosistemas y las actividades requeridas para su obtención. En el diagnóstico se debe analizar también la presencia y probabilidad de que ocurran eventos naturales peligrosos en el área del proyecto y su zona de influencia.

 

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La identificación y cuantificación de impactos se realiza comúnmente mediante metodologías estructuradas, orientadas a extrapolar y caracterizar las condiciones ambientales previstas en la implementación de la acción. Estas van desde listados simples para analizar relaciones causa-efecto, hasta modelos matemáticos computacionales de simulación. Las metodologías siempre están orientadas a conocer el significado de los impactos potenciales y, por lo tanto, varían dependiendo de los elementos analizados La evaluación ambiental preliminar verifica las condiciones y requisitos aplicables al proyecto. Al mismo tiempo identifica, si así se amerita, los temas y contenidos que deben incorporarse en los análisis ambientales de detalle y en la estrategia de trabajo que debe ejecutarse para abordar los temas relevantes y darle viabilidad ambiental al proyecto. Es necesario definir: • La información ambiental necesaria para el desarrollo de los proyectos. • Las razones por las cuales e ell ambiente puede sufrir modificaciones

importantes. •  Los elementos del ambiente que tienen valores merecedores de especial

protección. • Los impactos significativos sobre el ambiente, las acciones humanas que las provocan y las opciones identificadas para manejarlos. • La decisión d de e si es nec necesario esario preparar estudios ambientales de mayor

detalle. • La respuesta a los mandatos ambientales de los países. • La necesidad de nuevos esfuerzos para cumplir con las exigencias

ambientales y manejar los impactos significativos, incluyendo medidas de seguimiento y evaluación.

 

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•  Las necesidades de capacitación y formación de recursos humanos y de

programas de fortalecimiento en los ejecutores. Descripción del área afectada: Es necesario definir las características generales de los componentes ambientales en el área involucrada con la acción. Para ello, se reconocen los antecedentes básicos sobre su ubicación geográfica, tipo de paisaje, elementos y valores naturales y humanos, accesibilidad y grado de intervención antrópica. Básicamente se trata de definir no sólo el lugar de localización, sino el territorio potencialmente impactado, ya sea directa o indirectamente. Las variables ambientales a utilizar se definen en función de aquellos criterios de protección ambiental que resultan afectados por cada acción en particular. Se analizan las condiciones del ambiente que pueden ser afectadas por el proyecto, al detalle de la información disponible, distinguiéndolas de otros aspectos que no tienen relevancia ambiental. Se requiere, entonces, conocer el: • Área de localización incluyendo sus alternativas de localización y área de

interacción donde se presentan influencias del proyecto pero que no son de preocupación ambiental. •  Área de influencia correspondiente al área donde ocurrirán los impactos

ambientales significativos, la que se define caso a caso bajo criterios de significancia para cada componente ambiental potencialmente impactado La descripción generalmente contiene, según corresponda, parámetros ambientales de tipo general vinculados a los siguientes aspectos:   Medio

físico (agua, aire, suelo)

  Medio

biótico (vegetación y flora, fauna)

 

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  Medio

socioeconómico

(estructura

social,

estructura

económica,

antecedentes demográficos y socioeconómicos)  Medio

construido (estructuras urbanas, asentamientos rurales)

  Medio

cultural (aspectos de interés cultural, arqueológico o antropológico)  Medio perceptual (paisaje) Delimitación de la zona (región o sistema) y sus subunidades Los límites que se seleccionen para definir la región donde se localizará el proyecto pueden ser extremadamente porosos en lo que respecta a la influencia recíproca con otras áreas o zonas. Por lo tanto, en la EIA se deben considerar los posibles efectos que se pueden producir por la ejecución del proyecto fuera de la zona determinada como "zona de influencia" del proyecto y que pueden originar conflictos en relación a los intereses de las poblaciones de esas zonas. Por ejemplo, la contratación de trabajadores, el transporte de equipos, la adquisición de equipos, materiales y suministros para la etapa de ejecución del proyecto, etc. Descripción del sistema de la zona de influencia y sus subsistemas, en lo que respecta a sus componentes y procesos y a los bienes y servicios potenciales En la mayor parte de las regiones, se dispone de información suficiente que puede permitir realizar esta tarea a un nivel preliminar. Entre otras fuentes de información, se puede recurrir a mapas, fotografías aéreas, imágenes satelitales, estudios previos y reuniones breves con especialistas del lugar. En esta etapa, los integrantes del equipo deberán, conjuntamente, definir el sistema y los subsistemas, lo cual permitirá que se familiaricen con la zona de influencia considerada ésta como un sistema. Al concluir esta tarea, cada uno de los especialistas estará en condiciones de trabajar con la misma metodología, los

 

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mismos objetivos y con una apreciación mayor de la forma en que cada sector se relaciona con los otros. Identificación de los principales sectores y grupos con intereses en los sistemas de la zona de influencia Su identificación está dada por el tipo de bienes y servicios que puedan obtenerse de los subsistemas de la zona de influencia. Los bienes y servicios que los ecosistemas de la zona de influencia pueda proveer y sean determinados, definirá los sectores, grupos participantes y el tiempo que demandará la tarea. En muchos casos, estos sectores, o grupos de interés, estarán protegidos por instituciones públicas nacionales, regionales o locales así como por instituciones internacionales, organizaciones no gubernamentales y particulares que a veces están localizadas fuera de la zona de influencia del proyecto. Identificación de los efectos primarios Los efectos primarios son aquellos que inciden directamente sobre la calidad de vida y/o el comportamiento social como consecuencia de cualquiera de las actividades relacionadas directamente con la ejecución de un proyecto y son el resultado de los cambios producidos en los componentes y procesos de los ecosistemas de la zona de influencia. Los efectos primarios pueden ser positivos o negativos. Un mismo acontecimiento (un mismo efecto) puede ser positivo para algún grupos de interés y negativo para otros. En general, en las EIA se concentra la atención en el análisis de los efectos negativos.

 

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En la identificación de los efectos primarios originados directamente por la ejecución del proyecto debe analizarse, además, cuáles son las actividades que realizan otros grupos localizados fuera del área de influencia, que pueden tener incidencia en la zona de influencia y como éstas se relacionan con las producidas por el proyecto. Cada especialista del equipo que es responsable de un sector de interés en relación a los recursos que ofrece la zona de influencia, debe profundizar la identificación de las actividades necesarias para aprovechar dichos recursos. La actividad más intrascendente puede repercutir en gran medida en la combinación, calidad y cantidad de recursos existentes en los sistemas que se están utilizando. Aunque aparentemente una actividad carezca de importancia, la relevancia de su impacto sólo puede ser determinada por el grupo afectado. En consecuencia, todos los integrantes del equipo deben tener conocimiento de la descripción detallada de todas las actividades. Resolución de conflictos Una vez conocidas las interacciones entre las actividades relacionadas con la ejecución del proyecto y el efecto de éstas sobre los diversos grupos de interés dentro y fuera de la zona de influencia, se deberá reunir a las partes en conflicto para hallar una solución cooperativa. De no lograrse una solución satisfactoria para ambas partes, se podrá recurrir al arbitraje.  A fin de determinar el conflicto entre las partes se deberá efectuar un análisis combinado de los problemas que se hayan detectado. Las partes interesadas deben llevar a cabo esta tarea para determinar si el conflicto es real o si se trata de un "falso" conflicto. En este último caso, es fácil alcanzar soluciones mediante la aplicación de técnicas de cooperación y coordinación.

 

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Identificación de los efectos secundarios Los efectos secundarios son los originados como consecuencia del proyecto pero no considerados dentro de sus objetivos específicos. Para la determinación de los mismos se podrá precederse de la siguiente manera: • Definir las actividades de cada sector originadas por el proyecto. Los

sectores con algún interés dentro de la zona de influencia deben participar en esta tarea, que consiste en describir las nuevas actividades de cada sector. • Identificar las relaciones entre los distintos sectores en los cuales se hayan

originado nuevas actividades por la ejecución del proyecto. Para esta tarea,

puede elaborarse una matriz intersectorial para la relación entre el proyecto y los distintos sectores. En esta matriz también se describirán las interacciones en cada una de las casillas, indicando si resultan complementarias o conflictivas, según la opinión de cada uno de los participantes. Resolución de conflictos secundarios Esta etapa requerirá la preparación de un "Plan de administración" para la zona de influencia que contribuya a mitigar los conflictos que puedan surgir. Este plan de administración está constituido por una serie de propuestas encaminadas a resolver los conflictos primarios y secundarios que se produzcan como consecuencia de la realización del proyecto.

 

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4- DESCRIPCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE SIN PROYECTO Para determinar cuáles son las peculiaridades del medio ambiente de Guatemala sin el diseño y aplicación de un proyecto, es necesario hacer hincapié en conceptos que nos ayuden a entender que es un proyecto para el medio ambiente y el estudio del mismo. Proyecto: Consiste en un conjunto de actividades que se encuentran interrelacionadas y coordinadas, y que con una adecuada ejecución de las mismas, nos ayudan a cumplir con nuestros objetivos dando como resultado la consecución de nuestro proyecto. Las etapas de un proyecto son: •  Idea: Es el diseño e implementación de un proyecto. Se refiere a opt optimizar imizar

y mejorar recursos que no se están aprovechando. •  Diseño: Son llas as tácticas y estrategias a seguir teniendo como indicador

principal el objetivo a lograr. Se produce la aprobación después de haber revisado el perfil del proyecto y/o estudios de pre-factibilidad o factibilidad. Básicamente, consiste en prever los diferentes recursos y los plazos de tiempo necesarios para alcanzar los fines del proyecto, asimismo establece la asignación o requerimiento de personal respectivo. •  Ejecución: Consiste en situar en marcha el proyecto diseñado. •  Evaluación: Etapa final que se fundamenta en examinar los resultados

que se obtuvieron en el proyecto. Proyecto de medio ambiente: En el diseño de un proyecto para el medio ambiente se consideran factores tales como:

 

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•  Análisis y búsqueda de fondos y otros recursos para afrontar proyectos y

actividades de estudio de impacto ambiental •  Planificación •  Obtener información (conformando éste el marco teórico) •  Participación de la sociedad •  Definición del problema objeto de estudio (estudio del impacto ambiental)

Después de conocer los conceptos y definiciones que están enmarcados dentro del tema del estudio del impacto ambiental, procedemos a tipificar las características del medio ambiente natural sin proyecto. El medio ambiente contiene los recursos naturales, sociales y culturales necesarios para poder cubrir nuestras necesidades de alimento, relaciones sociales y la urbanización o cultura de la sociedad; ha sido alterado estos recursos se han modificado o han sido reemplazados en la misma cantidad, por ende, siendo este un motivo por el cual se recurren a otro tipo de recursos que suplan los que se han acabado. Por consiguiente, el medio ambiente sin algún proyecto que nos ayude a recuperarlo nos puede traer como consecuencias cambios climáticos bruscos, fallas en el ecosistema como la extinción de especies tanto animales como vegetales, la contaminación del agua, del aire, entre otros ejemplos que pueden mencionarse. Es necesario crear proyectos que ayuden a contrarrestar o minimizar el daño que se ha provocado al medio ambiente, y que como tal, se tenga una mejor calidad de vida respecto al aire que respiramos.

 

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Los proyectos que se pueden aplicar podrían ser la educación hacia el medio ambiente, el estudio del impacto ambiental, la medición de nuestro ecosistema en cuanto a especies se refiere para proteger a aquellos que están en peligro de extinción.

5- DESCRIPCIÓN DE LOS IMPACTOS ESPERADOS AL EJECUTAR EL PROYECTO Existen diversos tipos de impactos ambientales, pero fundamentalmente se pueden clasificar de acuerdo a su origen. Estos pueden ser:

• Impacto ambiental provocado por el aprovechamiento de los recur recursos sos

naturales ya sean renovables, tales como la extracción del petróleo o del carbón.

• Impacto ambiental prov provocado ocado por la contaminación. Todos los proyectos

que producen algún residuo (peligroso o no), emite gases a la atmósfera o vierten líquidos al ambiente. • Impacto ambiental provocado por la ocupación del territorio. Los proyectos

que al ocupar un territorio modifican las condiciones naturales por acciones tales como tala raza, compactación del suelo y otras. Existen diversas clasificaciones de impactos ambientales de acuerdo a sus atributos tales como: • Impacto ambiental positivo o negativo:

El impacto ambiental se mide en

términos del efecto resultante en el ambiente. • Impacto ambiental directo o indirecto:

Si el impacto ambiental es causado

por alguna acción del proyecto o es resultado del efecto producido por la acción

 

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• Impacto ambiental acumulativo:

Si el impacto ambiental es el efecto que

resulta de la suma de impactos ocurridos en el pasado o que están ocurriendo en el presente. • Impacto ambiental sinérgico:

Si el im impacto pacto ambiental se produce cuando

el efecto conjunto de impactos supone una incidencia mayor que la suma de los impactos individuales. • Impacto ambient ambiental al residual:

Si el iimpacto mpacto ambi ambiental ental persiste después de

la aplicación de medidas de mitigación. • Impacto ambiental temporal o permanente: El impacto ambiental es por un

periodo determinado o definitivo. • Impacto ambiental reversible o irreversible:

Impacto ambiental que

depende de la posibilidad de regresar a las condiciones originales. Este depende del periodo en el

• Impacto ambiental continuo o periódico:

que se manifieste.

6- QUÉ SE DEBE CONTEMPLAR EN LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN Medidas de mitigación son un conjunto de procedimientos a través de los cuales se busca bajar a niveles no tóxico o aislar sustancias contaminantes en un ambiente dado. Estas medidas tratan de reducir la contaminación que genera los grandes proyectos, por lo que deben implementarse para prevenir desastres que afecten negativamente el medio ambiente por la realización de proyectos. Cuando una empresa inicie un proyecto debe evaluar el ambiente en el que se llevará a cabo así como determinar lo negativo que conllevaría la realización del mismo, cuando esta negatividad es detectada es el momento idóneo para que el

 

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encargado del proyecto implemente medidas de mitigación para preservar el área en la que se desarrollará la inversión. Las medidas de mitigación se basan en:  

Evitar posibles problemas con el suelo, el aire, la fauna, en sí en todo el medio ambiente.

 

Minimizar el riesgo que pueda ocasionar el desgaste de ciertas reservas naturales que son no renovables o renovables.

 

Reducir todos aquellos factores de contaminación que pueda causar el desarrollo de un proyecto el cual puede causar daños al medio ambiente

o a la sociedad.   Controlar los impactos dados dentro del medio ambiente y afecten de manera significativa la estabilidad de la sociedad, Las medidas de contingencia deben ser buenas al momento de implementarlas para determinar que no sea de alto impacto el resultado de haber realizado un proyecto.

7- ANEXOS Contaminación en Guatemala

 

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Estudio del impacto ambiental

 

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Artículos relacionados al impacto ambiental sobre proyectos en Guatemala

 

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CONCLUSIONES  

La constitución política de Guatemala, aborda y prioriza el tema ambiental declarando de interés nacional la conservación protección y mejoramiento del mismo, lo que constituye un elemento a considerar en la elaboración y evaluación de la factibilidad de proyectos.

 

El estudio del impacto ambiental es parte sustancial de las soluciones a la problemática social actual de nuestro país, y al mismo tiempo a nivel mundial; esto nos conlleva a incluirlo en la elaboración de los proyectos con el fin de mantener (de acuerdo al marco legal) un equilibrio entre el desarrollo del mismo vrs el medio ambiente.

 

Para la evaluación de cualquier tipo de proyecto y en especial de aq aquellos uellos que puedan producir deterioro a los recursos naturales renovables o no, o cualquier otra modificación al ambiente, es imprescindible evaluar el impacto ambiental para medir su transcendencia en el desarrollo del proyecto para no influir en el desenvolvimiento de sus objetivos ya determinados.

 

La constante búsqueda de desarrollo en nuestro paí paíss ha acelerado la necesidad de nuevos proyectos que respondan y consideren no sólo el factor económico sino también el factor ambiental; fomentando un desarrollo sustentable para la sociedad.

 

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RECOMENDACIONES

 

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BIBLIOGRAFÍA   Constitución Política de la República de Guatemala.



  Congreso de la República de Guatemala, Ley de Protección y



Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto número 68-86.   Manual de protección de especies CITIES de flora y fauna silvestre de



Guatemala.   http://es.wikipedia.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_de_Impacto_Ambiental 



  http://www.google.com.gt/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1& ved=0CBsQFjAA&url=S3r6U5LSCMTksASE0oD4AQ&usg=AFQjCNHjMtV vN374ma2LVsbg4Ta_ivUcnA&bvm=bv.73612305,d.cWc     http://es.wikipedia.org/wiki/Evaluaci%C3%B3n_de_impacto_ambiental#Es tudio_de_impacto_ambiental_preliminar



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