Estudio de Impacto Ambiental Mej Complejo Recreacional Lawn Tenis

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PROYECTO: MEJORAMIENTO DEL COMPLEJO RECREACIONAL LAW TENIS PEDREGAL BAJO – DISTRITO DE HUARAZ – PROVINCIA DE HUARAZ – ANCASH”.

ESPECIFICACIONES TECNICAS

EXPEDIENTE TECNICO: “MEJORAMIENTO DEL COMPLEJO RECREACIONAL LAW TENIS PEDREGAL BAJO – DISTRITO DE HUARAZ – PROVINCIA DE HUARAZ – ANCASH”. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

I.

ASPECTOS GENERALES 1.1

INTRODUCCION Este documento se considera de fundamental importancia y se debe entender como una optimización del mismo, por lo que de introducirse modificación, estas deberán ser para mejorar la calidad del expediente original.

1.2

OBJETIVO 1.2.1

Objetivo General. Formular las medidas que deben incluirse en los diseños definitivos, especificaciones y contratos de obra para evitar y/o mitigar los impactos negativos producidos por las obras de ingeniería, así como la formulación de las medidas convenientes para potenciar los impactos positivos que originará el proyecto y cuantificación de los costos y presupuesto correspondiente. 

1.2.2

Objetivos Específicos.  Desarrollar una descripción y diagnostico del medio físico, biológico y medio sociocultural de la vía y de la ubicación de infraestructuras necesarias para el desarrollo del proyecto.  Identificación y evaluación de los impactos potenciales originados por las actividades de reconstrucción y mejoramiento.  Determinar los costos de las medidas y planes a ser aplicados.  Evitar el deterioro del entorno como consecuencia de las obras de construcción.  Identificar y predecir los impactos ambientales que la obra podría ocasionar en los diversos componentes del medio ambiente; así como los que podrían ser ocasionados por el medio ambiente sobre la obra. zona e ingresar a zonas urbanas. Con respecto a las actividades de mayor envergadura que afectarán de una u otra manera al entorno ambiental exponemos la actividad como: • El Mejoramiento del Complejo Recreacional Law Tenis Pedregal Bajo – Distrito

de Huaraz – Provincia de Huaraz – Ancash.

La ubicación de las instalaciones que se apoyan las actividades de ejecución de las obras del presente proyecto están dispuestas en el barrio de Pedregal Bajo del Distrito de Huaraz. La implementación de botaderos y su distribución obedece a las necesidades del proyecto, se distribuirán los excedentes entre los botaderos que se hayan designado como probables zonas de deposición de material excedente. Estas áreas de probable

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utilización como botaderos están distribuidas en el entorno del distrito de Huaraz en la zona de depresiones que se presentan por la misma topografía de la zona, cuidando en no afectar zonas de quebradas, ni áreas donde comprobadamente existen zonas hidromórficas, por lo que definitivamente no serán utilizadas como áreas de deposición de material excedente. La fuente de agua que será utilizada será agua potable. 1.3

METODOLOGIA El estudio de impacto ambiental del presente proyecto se desarrolló en tres etapas: Etapa preliminar de gabinete En esta fase se recopiló y analizó toda la información existente de la zona involucrada en el estudio, como cartografía del tramo en estudio e información estadística, poblacional y demográfica de la localidad de Pedregal Bajo, distrito de Huaraz, a fin de disponer de un panorama total del ambiente donde se desarrollará el proyecto. Etapa de campo En esta etapa se realizó una inspección detallada del tramo en estudio así como de las áreas definidas y opcionales de canteras, posibles ubicación del campamento, además se tomó la información de los aspectos e impactos ambientales del área de influencia. Además se identificó y analizó las probables alteraciones sobre el entorno originadas por las actividades del proyecto y los efectos del medio natural sobre la vía en estudio. Para este fin se estructuró un formato de recopilación de datos, ubicaciones, mediciones, aspectos e impactos, causas y recomendaciones para cada zona afectada, complementando los criterios ambientales para la ubicación de campamentos, canteras, patio de maquinas, planta de asfalto y fuentes de agua. Etapa final de gabinete En esta se especificó el área de influencia en la que se realizará la evaluación ambiental, procediendo a la descripción del medio ambiente, y el desarrollo de la línea base del estudio, con la información recopilada, analizada, organizada e interpretada. A partir de la línea base se procederá a identificar y evaluar los impactos ambientales significativos, positivos y negativos del proyecto con la aplicación de matrices de interacción (causa-efecto). Así mismo se estructurará las medidas de prevención y mitigación, y los programas ambientales correspondientes.

II.

MARCO POLITICO, LEGAL Y ADMINISTRATIVO 2.1

GENERALIDADES Al respecto, se efectúa un breve análisis y comentarios de las normas generales que tienen como objetivo principal, ordenar las actividades económicas dentro del marco de la conservación ambiental, así como promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y no renovables.

2.2

MARCO PLITICO Políticamente el área de estudio se ubica en la región Ancash, departamento de Ancash, provincia de Huaraz, distrito de Huaraz, tiene acceso vía terrestre Lima – Pativilca – Catac – Huaraz.

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2.3

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MARCO LEGAL

2.3.1

Constitución política del Perú La mayor norma legal de nuestro país, es la Constitución Política (1993), que resalta entre los derechos esenciales de la persona humana, el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. Igualmente, en el Título III del Régimen Económico, Capítulo II del Ambiente y los Recursos Naturales (Artículos 66º al 69º), señala que los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la nación. Asimismo, promueve el uso sostenible de los recursos naturales. También, indica que el estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. La constitución protege el derecho de propiedad y así lo garantiza el estado, pues a nadie puede privarse de su propiedad (Art. 70º). Sin embargo, cuando se requiere desarrollar proyectos de interés nacional, declarados por Ley, éstos podrán expropiar propiedades para su ejecución; para lo cual, se deberá indemnizar previamente a las personas y/o familias que resulten afectadas.

2.3.2

Código del medio ambiente y de los recursos naturales Instaurado por el Decreto Legislativo Nº 613 del 7 de septiembre de 1,990, establece obligatoriamente, la realización de Estudios de Impacto Ambiental (EIA) en la elaboración de proyectos. Dentro de este código también se establece todos los requisitos necesarios para la elaboración de dichos estudios, llenando vacíos existentes en el cuerpo y permitiendo una adecuada gestión ambiental. El código del medio ambiente y de los recursos naturales, instaura en el país la obligación a los proponentes de proyectos, de realizar los estudios de impacto ambiental (EIA). Menciona, además, que el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, la preservación de la diversidad genética y la utilización sostenida de las especies, de los ecosistemas y de los recursos naturales renovables, en general, es obligatorio. En particular, el artículo 9° hace referencia a los requisitos anteriormente mencionado, donde se describe la actividad propuesta así como los efectos directos e indirectos en el medio ambiente físico y social, a largo y corto plazo. También menciona que los estudios de Impacto Ambiental deberán tener una evaluación técnica e indica otros alcances generales que deberán ser cubiertos por dichos estudios para evitar o reducir los daños. Algunos otros requisitos adicionales serán establecidos por las autoridades competentes de cada sector. Por otro lado, el artículo 10° revela la necesidad de que los Estudios de Impacto Ambiental, solamente podrán ser elaborados por la institución pública y privada debidamente calificada y registrada ante la autoridad competente.

2.3.3

Ley marco para el crecimiento de la inversión privada Esta ley fue promulgada mediante Decreto Legislativo Nº 757 del 08-11-91, posterior al código del medio ambiente, modifica sustancialmente varios artículos de éste, con la finalidad de armonizar las inversiones privadas, el desarrollo socio económico, la conservación del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales. En el Título VI: de la seguridad jurídica en la conservación del medio ambiente, dice: Artículo 49º. El Estado estimula el equilibrio racional entre el desarrollo socioeconómico, la conservación del ambiente y el uso sostenido de los recursos

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naturales, garantizando la debida seguridad jurídica a los inversionistas mediante el establecimiento de normas claras de protección del medio ambiente. Artículo 50º. Las autoridades sectoriales competentes para conocer sobre los asuntos relacionados con la aplicación de las disposiciones del código del medio ambiente y los recursos naturales son los ministerios de los sectores correspondientes a las actividades que desarrollan las empresas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a los gobiernos regionales y locales, conforme a lo dispuesto en la constitución política. Artículo 51º. La autoridad sectorial competente, determinará las actividades que por su riesgo ambiental pudieran exceder de los niveles o estándares tolerables de contaminación o deterioro del medio ambiente, de tal modo que requerirán necesariamente la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental, previo al desarrollo de dichas actividades. 2.3.4

Ley general de aguas D.L. 17752 En la ley general de aguas en el Capítulo II de la preservación indica la prohibición de verter o emitir cualquier residuo sólido, líquido o gaseoso que pueda contaminar las aguas, causando daños o poniendo en peligro la salud humana o el normal desarrollo de la fauna o flora. Asimismo refiere que los efluentes deben ser adecuadamente tratados hasta alcanzar los límites permisibles.

2.3.5

Ley orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales (Ley 26821) Esta ley orgánica norma el régimen de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, en tanto constituyen patrimonio de la nación, estableciendo sus condiciones y las modalidades de otorgamiento a particulares, en cumplimiento del mandato contenido en los artículos 66o y 67o del Capítulo II del Título III de la constitución política del Perú y en concordancia con lo establecido en el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y los convenios internacionales ratificados por el Perú. Tiene como objetivo promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables, estableciendo un marco adecuado para el fomento a la inversión, procurando un equilibrio dinámico entre el crecimiento económico, la conservación de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo integral de la persona humana. En los artículos 5º, 28º y 29º se define que: Artículo 5°.- Los ciudadanos tienen derecho a ser informados y a participar en la definición y adopción de políticas relacionadas con la conservación y uso sostenible de los recursos naturales. Se les reconoce el derecho de formular peticiones y promover iniciativas de carácter individual o colectivo ante las autoridades competentes, de conformidad con la ley de la materia. Artículo 28°.- Los recursos naturales deben aprovecharse en forma sostenible. El aprovechamiento sostenible implica el manejo racional de los recursos naturales teniendo en cuenta su capacidad de renovación, evitando su sobre-explotación y reponiéndolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso. El aprovechamiento sostenible de los recursos no renovables consiste en la explotación eficiente de los mismos, bajo el principio de sustitución de valores o

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beneficios reales, evitando o mitigando el impacto negativo sobre otros recursos del entorno y del ambiente. Artículo 29°.- Las condiciones del aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, por parte del titular de un derecho de aprovechamiento, sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes especiales, son: a. Utilizar el recurso natural, de acuerdo al título del derecho, para los fines que fueron otorgados, garantizando el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales. b. Cumplir con las obligaciones dispuestas por la legislación especial correspondiente. c. Cumplir con los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental y los Planes de Manejo de los recursos naturales establecidos por la legislación sobre la materia. d. Cumplir con la retribución económica correspondiente, de acuerdo a las modalidades establecidas en las leyes especiales. e. Mantener al día el derecho de vigencia, definido de acuerdo a las normas legales pertinentes. 2.3.6

Ley de Áreas Naturales Protegidas por el Estado Ley Nº 26834 En la cual se norma los aspectos relacionados con la gestión de las Áreas Naturales Protegidas y su conservación: los instrumentos de Manejo y la utilización sostenible de las Áreas Naturales Protegidas.

2.3.7

Reglamento de Unidades de Conservación del Decreto Ley Nº 21147. Por intermedio del cual se sustenta la clasificación de las Áreas Naturales Protegidas en Parques Nacionales, Reservas Nacionales, Santuarios Nacionales y Santuarios Históricos. Se menciona el carácter de intangible, el estado natural en que deben existir flora y fauna y recursos naturales en general. También se determina los conceptos de zona primitiva, zona de recreación, zona de utilización directa, zona de servicios.

2.3.8

Decreto Ley N 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación. Para proteger los restos o hallazgo que sean identificados a nivel nacional, y que tenga un grado de significación.

2.3.9

Consejo nacional del ambiente (CONAM) El Consejo Nacional del Ambiente, creado mediante la Ley Nº 26410 del 22 de diciembre de 1994, es la respuesta del estado a la necesidad de consolidar una política ambiental y organizar un sistema de gestión eficaz para enfrentar los problemas ambientales en el país. Su directorio está integrado por siete representantes: tres del sector público, dos del sector empresarial, uno de los gobiernos regionales y otro de los gobiernos locales. Es por tanto una representación de la nación, al que se le ha encargado cautelar los intereses ambientales del país. El consejo cuenta además con una secretaría ejecutiva de reducida dimensión, pero organizada con criterios de gestión modernos y eficaces.

2.3.10 Ley Nº 26737 que establece que la autoridad de agua, controla y supervigila la explotación de materiales en las cuencas de fuentes de agua.

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2.3.11 Ley de evaluación de impacto ambiental para obras y actividades (Ley Nº 26786). El Artículo 1° modifica el Artículo 51° de la “Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada” (D.L. 757) y señala que el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), deberá ser comunicado por las autoridades sectoriales competentes sobre las actividades a desarrollarse en su sector, que por su riesgo ambiental, pudieran exceder los niveles o estándares tolerables de contaminación o deterioro del ambiente, y que obligatoriamente deberán presentar EIA. Esta ley indica además, que con opinión favorable del CONAM, las actividades y límites máximos permisibles de Impacto Ambiental Acumulado, serán aprobados por el Consejo de Ministros, mediante Decreto Supremo. El Artículo 2°, modifica el primer párrafo del Artículo 52° del Decreto Legislativo N° 757, y establece que en casos de peligro grave o inminente para el medio ambiente, la autoridad sectorial competente para efectos de poder disponer de la adopción de cualquiera de las medidas señaladas en los incisos a) y b), del artículo modificatorio, lo hará con conocimiento del CONAM. 2.3.12 RM Nº 188-97 – EM/VMM del 16/05/97 Establece el registro que deben tenerse en cuenta para el desarrollo de actividades de explotación de canteras de materiales de construcción. 2.3.13 D.S. 037-96EM del 25/10/96 Distan normas para el aprovechamiento de canteras de materiales de construcción que se utilizan en obras de infraestructura que desarrolla el estado. 2.3.14 Código penal: Decreto Ley Nº 635 El nuevo código penal establecido por decreto legislativo Nº 635 de 1991, considera al medio ambiente como un bien jurídico de carácter socioeconómico, en el sentido de que abarca todas las condiciones necesarias para el desarrollo de la persona en sus aspectos biológicos, psíquicos, sociales y económicos. En el título XIII delitos contra la ecología en su capítulo único – delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, se establece lo siguiente: Artículo 304º, se refiere a la protección del medio ambiente, estableciendo quien contamina vertiendo residuos sólidos, líquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza por encima de los límites establecidos, y que causen o puedan causar perjuicio o alteraciones en la flora, fauna y recursos hidrobiológicos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno, ni mayor de tres años o con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días multa. El Artículo 305º establece penas cuando: • Los actos previstos en el Artículo 304º ocasionan peligro para la salud de las personas o para sus bienes. • El perjuicio o alteración ocasionados adquieren un carácter catastrófico. • Los actos contaminantes afectan gravemente los recursos naturales que constituyen la base de la actividad económica. De acuerdo al Artículo 307º, el que deposita, comercializa o vierte desechos industriales o domésticos en lugares no autorizados o sin cumplir con las normas sanitarias y de protección del medio ambiente, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años. Es también importante tener en cuenta el Artículo

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313º, donde se estipula que el que, contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente, altera el ambiente natural o el paisaje urbano o rural, o modifica la flora o fauna, mediante la construcción de obras o tala de árboles que dañan la armonía de sus elementos, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con sesenta a noventa días-multa. 2.3.15 Ley Forestal y de Fauna Silvestre. El Decreto Ley Nº 21147, promulgado el 13 de mayo de 1,975, establece la conservación de los recursos forestales y de fauna, en base a un régimen de uso racional, por medio de la transformación y comercialización de los recursos que deriven de ello. 2.3.16 Ley del sistema nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (Ley 27446) La presente Ley tiene por finalidad:  La creación del sistema nacional de evaluación del impacto ambiental (SEIA), como un sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio de proyectos de inversión.  El establecimiento de un proceso uniforme que comprenda los requerimientos, etapas y alcances de las evaluaciones del impacto ambiental de proyectos de inversión.  El establecimiento de los mecanismos que aseguren la participación ciudadana en el proceso de evaluación de impacto ambiental. En su artículo 2° indica que quedan comprendidos en esta Ley todos aquellos proyectos de inversión públicos y privados que impliquen actividades, construcciones u obras que puedan causar impactos ambientales negativos. 2.3.17 Ley Orgánica del Sector Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. El Decreto Ley Nº 25862, establece en el Artículo 23º, que la entidad central encargada de establecer la política referida al mejoramiento y control de la calidad del Medio Ambiente es el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; asimismo establece que entre sus diferentes órganos de Línea, es la Dirección General del Medio Ambiente la encargada de proponer la política referida al mejoramiento y control de calidad del medio ambiente, supervisar, controlar y evaluar su ejecución, además de proponer y emitir la normatividad sectorial correspondiente (artículo 23) 2.3.18 Registro de Empresas o Instituciones Públicas o Privadas Autorizadas para Elaborar Estudios de Impacto Ambiental. Con Resolución Ministerial Nº 170-94 TCC/15.03 de 27 de Abril de 1994, se creó el Registro de Empresas o Instituciones Públicas o Privadas autorizadas para Elaborar Estudios de Impacto Ambiental dentro del sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y construcción. Términos de Referencia para elaborar estudios de Impacto Ambiental construcción.

en

Por Resolución Ministerial Nº 171-94-TCC/15.03 de fecha 27 de Abril de 1994, se aprobaron los términos de referencia para la Elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental en proyectos infraestructura es, lo mismo que sustentan el contenido del presente Estudio de Impacto Ambiental.

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En sus artículos 1° y 2° de dicha Resolución Ministerial se hace referencia que antes de la ejecución de todo el proyecto de infraestructura, se debe elaborar previamente un estudio de impacto ambiental. Declaran que las canteras de minerales no metálicos de materiales de construcción ubicadas al lado de las carreteras en mantenimiento, se encuentran afectadas a estas. Decreto Supremo Nº 011-93-TCC. Donde se menciona que las canteras de minerales no metálicos que se encuentren hasta una distancia de 3.0 km. Medida a cada lado del eje de la vía, se encuentra permanente afectada a estas y forman parte integrante de dicha infraestructura. Modifican Articulo del D.S. Nº 011-93-MTC, que afectó determinadas canteras de minerales no metálicos de materiales de construcción a la infraestructura vial del país. Decreto Supremo Nº 020-94-MTC. Se modifica el artículo 1º del D.S. Nº 011-93-MTC, adicionando que en la selva el límite del área afectada será de 15 km; y dichas afectación se aplica a la red infraestructura nacional. 2.3.19 Legislación sobre el régimen agrario Decreto supremo Nº 055-92-AG que aprueba el reglamento de organización y funciones del instituto nacional de recursos naturales (INRENA), promulgado el 22 de Diciembre de 1992. Artículo 4º.- El INRENA tiene como objetivo el manejo y aprovechamiento racional e integral de los recursos naturales renovables y su entorno ecológico para lograr el desarrollo sostenible. El INRENA tiene por finalidad promover y apoyar al uso sostenible de los Recursos Naturales renovables orientados a contribuir el desarrollo agrario. Artículo 15º.- La dirección general de aguas y suelos, es el órgano encargado de proponer políticas, planes y normas sobre el uso sostenible de los recursos agua de riego y suelo; así mismo supervisar y controlar la ejecución de los mismos. A su vez es el encargado de controlar y promover su uso racional, conservación y preservación. Artículo 16º.- La dirección general de forestal es el órgano encargado de proponer políticas, planes y normas sobre el uso sostenible de los recursos forestales y de supervisar y controlar el cumplimiento de los mismos. Controlar y promover el uso racional, la conservación y preservación de los recursos forestales. De igual manera, concertar, supervisar y promover el plan nacional de acción forestal. Artículo 17º.- La dirección general de áreas naturales protegidas y fauna silvestre es el órgano encargado de proponer las políticas, planes y normas para la adecuada gestión y manejo de las unidades que componen el sistema nacional de áreas naturales protegidas. Proponer la normatividad relativa a las áreas naturales de protección y el establecimiento de nuevas áreas. Asimismo, es el encargado de proponer las políticas, planes y normas sobre el uso sostenible de la fauna silvestre y de supervisar y controlar el cumplimiento de los mismos. De igual manera, controlar y promover el uso racional, conservación y preservación de la fauna silvestre. Artículo 18º.- La dirección general de estudios y proyectos de recursos naturales es el órgano encargado de promover y realizar, directamente o por encargo, estudios

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integrados caracterización de los recursos naturales. Así mismo, promover estudios de pre-inversión en proyectos forestales de fauna silvestre, así como proyectos de pequeñas irrigaciones, mejoramiento de infraestructura de riego y drenaje, recuperación de tierras afectadas por problemas de salinidad y drenaje, aprovechamiento de aguas subterráneas y aguas servidas tratadas. Artículo 19º.- La dirección general de medio ambiente rural, es el órgano encargado de la evaluación de impacto ambiental de los programas y proyectos del Sector Agrario; de ser el caso proponer las medidas para su prevención y corrección, así como efectuar la vigilancia de dichas medidas. De igual manera, realizar acciones de coordinación con los demás sectores sobre aspectos medio ambientales. 2.4

MARCO ADMINISTRATIVO El marco administrativo se encuentra incorporado dentro de la política ambiental del sector transportes, comunicaciones, vivienda y construcción la cual orienta a: • • • • • •

• • • •

Una gestión ambiental apropiada que, considere el uso colectivo del medio ambiente, debe ser protegerlo como patrimonio público. La protección de los ecosistemas, garantizando la conservación de áreas representativas. El control y supervisión de las actividades efectivas o potencialmente contaminadoras. La protección de áreas amenazadas de degradación, buscando una adecuada defensa del medio ambiente. El seguimiento del estado de la calidad ambiental de las vías de transporte. Incorporar la variable ambiental en los proyectos, programas y planes de desarrollo infraestructura en sus diversas etapas de prefactibilidad, factibilidad, diseño, ejecución, construcción, puesta en marcha y operación; hasta lograr que las acciones de desarrollo infraestructura sean compartidas desde el punto de vista económico y ambiental. Fomentar el desarrollo sostenible a través de una apropiada gestión ambiental. Crear y fortalecer los medios, instrumentos y metodologías necesarias para el desarrollo de planes y estrategias ambientales vinculadas al sector. Promocionar y fomentar las investigaciones científicas y tecnológicas del sector relacionadas con el medio ambiente. Conservar y proteger el medio ambiente durante las actividades de desarrollo infraestructura, mediante la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental, requisito indispensable para el inicio de cualquier actividad.

III. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO 3.1

UBICACIÓN • Localidad • Distrito • Provincia

: : :

• Departamento : 3.2

Pedregal Bajo Huaraz Huaraz Ancash.

DIAGNOSTICO AMBIENTAL

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La ejecución y posterior puesta en funcionamiento del proyecto, no trae consecuencias negativas para la ecología en la localidad de Pedregal Bajo, distrito de Huaraz, provincia de Huaraz, departamento de Ancash; ya que los riesgos están previstos en el presente proyecto. Se considera mínimo el impacto ambiental que genera la ejecución del presente proyecto de construcción y equipamiento para el fortalecimiento del sistema educativo de la región Ancash. Sin embargo es conveniente señalar la importancia de extremar los cuidados para prevenir cualquier posibilidad que produzca algún daño al medio ambiente. Asimismo, es necesario establecer procedimientos para superar los posibles efectos negativos contra el medio ambiente que pudieran presentarse, aunque sean de menor importancia. Se debe formar una rutina el incluir como tema de análisis, en cualquier programación de implementación de los servicios considerados en el proyecto, la posibilidad que se produzca un daño en el medio ambiente, para que se tenga respuestas inmediatas en caso se confirme su ocurrencia. Asimismo es conveniente que las autoridades de los gobiernos locales comprueben permanentemente la existencia de instrumentos y procedimientos que ayuden a minimizar los efectos de posibles ocurrencias contra el medio ambiente. 3.3

DETERMINACION DEL AREA DE INFLUENCIA AMBIENTAL El área de influencia ambiental para la ejecución del proyecto de mejoramiento del Complejo Recreacional Law Tenis Pedregal Bajo, es una zona de importancia, determinada al entorno del distrito de Huaraz, hacia donde esta ejerce su influencia, no estando sujeta a una delimitación rígida. Se han determinado dos niveles de influencia: •

El área de influencia ambiental directa es definida como faja de dominio de aproximadamente 400 metros a cada lado de la infraestructura a construir. • Área de influencia ambiental indirecta, involucra un ámbito de nivel más amplio, provincial, departamental y regional, siendo una de las Infraestructuras modelo y con mayor envergadura en su construcción el cual cuenta con una amplia tecnología; también las actividades de orden socioeconómico son consideradas en esta determinación, ya que definen una zona de influencia. Por otro lado la construcción de esta infraestructura educativa formará parte del sistema de red de planeamiento urbanismo de la localidad de Pedregal Bajo, el cual tiene una importancia decisiva en el desenvolvimiento del distrito de Huaraz, movilizando volúmenes de personas para satisfacer necesidades de recreación y deporte y salud. 3.4

DETERMINACION Y EVALUACION DE IMPACTOS AMBIENTALES Los impactos ambientales serán analizados, tomándose en cuenta el desarrollos de las obras de ejecución, así como los impactos ocurrentes y la situación actual de los recursos naturales tales como los suelos, vegetación, pastos naturales, recursos hídricos, fauna, entre otros, que constituyen el medio ambiente.

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• Evaluación de cada uno de los impactos considerado su magnitud, duración y reversibilidad. • Predicción de posibles impactos en el periodo de operación del área de ejecución. •

Metodología

Para tal efecto, se empleará el sistema “Ad Hoc” analizando con el grupo de especialista los impactos ambientales del tipo y causa – efecto, lo cual permitirá la valoración cualitativa de las acciones del proyecto que puedan originar impactos y así mismo los factores o componentes ambientales susceptibles de recibirlos. Se han identificado impactos ambientales potenciales en los diferentes medios, los cuales se viene analizando de acuerdo a la interpretación de las hojas de campo entre los más comunes se tiene: 3.4.1

En Medio Físico

Impactos Negativos Disminución de la calidad edáfica Las obras de ingeniería, conllevan a un incremento en el uso del suelo, lo que hay que añadir las perdidas debido a otras acciones tales como desmontes, canteras, cortes con explosivos y compactación de suelos como consecuencia del movimiento de maquinaria pesada, construcción de campamentos, almacenes y patios de máquinas, entre otros. Asimismo posibles fugas de aceite, lubricantes, grasas y combustibles que contaminan el suelo. Emisión de ruidos El movimiento de maquinaria, así como el proceso de carga y descarga de materiales, los cortes con explosivos, explotación de canteras y el funcionamiento de talleres son acciones más importantes durante el proceso constructivo de la carretera. Los ruidos producidos en este proceso, tiene un carácter normalmente continuo y bastante localizado. En tal sentido, el incremento de los niveles sonoros producidos en las diferentes actividades del proceso afectan a la población humana y a las diferentes especies de la fauna al alterar su habitad natural. Emisión de partículas La disminución de la calidad del aire se debe a la emisión de materiales (polvo) que se producirá en el proceso de movimiento de tierra, transporte de material, explotación de canteras. La emisión de polvos puede afectar a los trabajadores de la obra. Perjudicando su rendimiento laboral, en las viviendas cercanas, por el traslado de partículas por el viento y a la vegetación que podría disminuir su función fotosintética. Talleres y patios de maquinas El proyecto empleará maquinaria y equipo para realizar las distintas obras, lo cual requerirá para su mantenimiento de un taller adecuado para su mantenimiento, esto traerá consigo, de no tener el cuidado debido, la contaminación de los suelos en los patios de máquinas y taller en la actividades de mantenimiento (al derrame de hidrocarburos). 3.4.2

En Medio Biológico

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Impactos Negativos • Efectos sobre la vegetación. Durante el proceso de construcción del complejo recreacional, la vegetación será afectada por el desarrollo de la actividad siendo las áreas afectadas en los lugares donde se adopte como botaderos, movimientos de maquinaria, construcción de accesos, la generación de polvos además generará disminución del proceso de fotosintético de la vegetación. 3.4.3

En el ambiente de interés humano

Impactos Negativos Alteración del paisaje La construcción del complejo recreacional de la localidad de Pedregal Bajo causará impactos en el ambiente paisajístico, debido a la construcción de las obras, movimiento de tierras y otros que producen cambios en la infraestructura del mismo y en la morfología del lugar, como la perdida de vegetación natural por la explotación de canteras. Deterioro en las condiciones de salud Durante el periodo de construcción del complejo recreacional, el tránsito de maquinaria y movimientos de tierras, explotación de canteras, producirán la emisión de partículas (sólidos en suspensión), humos y ruidos que pueden afectar la salud de la población cercana a la ejecución de las obras. 3.4.4

En el Medio Socioeconómico

Impactos positivos Generación de empleo Durante la ejecución de la obra se incrementará la población activa, dado a que generará diversos trabajos tales como empleos cubiertos por individuos de las empresas constructoras, empresas subsidiarias y empleos absorbidos por personas residentes en la zona de influencia y además empleos generados indirectamente o crecimiento general de la economía, inducidos por la construcción de la infraestructura. Incremento de la recaudación fiscal Los pagos por licencia e impuestos requeridos en la ejecución de la obra, explotación de canteras, pagos de impuestos de salarios, de compras realizadas, transporte de materiales y equipamiento de construcción, que representan un ingreso para la municipalidad y el estado. Estos ingresos tienen importancia para el desarrollo de los programas de asistencia social, tanto de los gobiernos municipales como para el ejecutivo. Incremento salarial En la etapa de construcción del proyecto en estudio, se generan una masa salarial para personal especializado en los trabajos específicos y para el personal vinculados a labores especializadas de administración y logística. Incremento de la población activa La población económicamente activa se verá incrementada por dos aspectos, primero por los posibles asentamientos que resulten de la población temporal, pero

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fundamentalmente por la atracción de las bondades de la construcción y mejoramiento del complejo recreacional en bienestar de la población beneficiaria. Impactos negativos Alteración del modo de vida tradicional en la población Las actividades de construcción del complejo recreacional van a generar fuentes de empleo para la población del lugar y personal foráneo especializado, que influenciará en el estilo de vida del poblador, esto además significará la mejora en sus ingresos directa o indirectamente y que mejorarán su estilo de vida, sin embargo será de carácter temporal, mientras dure la etapa de construcción. Alteración de la estructura poblacional Existirá una tendencia migratoria temporal debido a la presencia de trabajadores foráneos en construcción del complejo recreacional.

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LISTA DE PROBABLES ALTERACIONES SEGÚN LAS ACCIONES Y FASES DEL PROYECTO MEDIO

AIRE

RUIDOS

ALTERACIÓN • Aumento niveles de inmisión: - Particulas - NO. CO. - En todo el tramo

• Incremento de los niveles sonoros: Conti nuos Puntu ales En todo el tramo • • • •

SUELOS

Destrucción directa Compactación Aumento de erosión Disminución de la calidad edáfica por salinización

• Alteración de puntos de interés GEOLOGÍA Y geológico GEOMORFOLO • Aumento GIA inestabilidad de laderas

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ACCIONES DEL PROYECTO • Movimiento de tierras • Erosión eólica por denudación de taludes y terraplenes • Plantas de tratamientos de materiales, de asfalto y Chancadoras • Explotación de Canteras • Incremento de tráfico

FASE • Obras • Obras y operación • Obras • Obras

Operación • Voladuras • Obras • Procesos de transportes, carga • Obras y descarga de materiales Planta de tratamiento • Obras • Movimiento de maquinaria • Obras pesada • Explotación de canteras • Obras • Incremento del trafico • Operación • Capa Asfáltica • Obras • Explotación de canteras • Obras • Movimiento de tierras • Obras • Movimiento de maquinaria • Obras pesada y vías de acceso • Depósitos y áreas de servicio • Obras • Construcción y abandono de • Obras plantas de tratamiento • Vertidos no controlados y/o • Obras accidentales • Movimiento de tierras • Obras • Ocupación de espacios por la • Obras infraestructura • Explotación de canteras • Obras • Movimientos de maquinarias • Obras

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Aumento de niveles de inmisión: • Partículas CALIDAD DEL AIRE • Metales pesados • Nox, CO, Hc, SO2 Incremento de niveles sonoros • Continuos RUIDOS • Puntuales CLIMA GEOLOGÍA Y GEOMORFOLOGIA

HIDROLOGIA SUPERFICIAL Y SUBTERRANEA

SUELOS

VEGETACION

FAUNA

• Cambios micro climáticos • Cambios meso climáticos por circulación de vientos • Aumentos inestabilidad de laderas • Perdida calidad de aguas • Cambios en los procesos de erosión y sedimentación • Afección de masas aguas superficiales (zonas húmedas, esteros, etc.) •Interrupción del flujo de aguas subterráneas •Disminución de la tasa de recarga de acuíferos •Destrucción directa •Compactación •Aumento de la erosión •Disminución de la calidad edáfica por salinización y aumento de Pb •Destrucción directa de la vegetación •Alteración de poblaciones de especies •Destrucción de poblaciones de especies protegidas •Acumulación de metales pesados por deposición de Pb •Cambios en las comunidades vegetales por pisoteo •Pérdida de productividad por aumento de los niveles de inmisión de partículas •Destrucción directa de la fauna principalmente edáfica •Destrucción del habitad de especies terrestres •Erradicación o perdida de lugares de nidificación o enclaves sensibles •Incremento de la caza y pesca •Incremento del riesgo de atropello

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3.5

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PROGRAMA DE MANEJO AMBIENTAL 3.5.1

Generalidades

La ejecución del proyecto de mejoramiento del complejo recreacional Law Tenis Pedregal Bajo, generará impactos ambientales directos en el área de influencia, es así que se presenta a continuación el Plan de Manejo Ambiental a fin de recomendar las medidas técnicas, económicas y ambientales que eviten y/o disminuyan los efectos sobre el ambiente, así como de este sobre la infraestructura del proyecto. 3.5.2

Objetivos

General: Conservar el ambiente en el ámbito geográfico de influencia de la ejecución del proyecto. Específico: Preservar y conservar los recursos naturales frágiles en peligro de desaparecer. Controlar los procesos naturales que afecten la obra y consolidar el desarrollo regional y local. 3.5.3

Estrategia

El presente Plan de Manejo Ambiental se convierte en una estrategia de conservación del medio ambiente, en armonía con el desarrollo socioeconómico de los pobladores influenciados por la infraestructura recreacional. Deberá realizar durante y después de las obras de construcción con el objetivo de lograr un mejor manejo y mayor vida útil de la infraestructura educativa. Es por eso, que se considera de primordial importancia la coordinación sectorial y local para lograr la conciliación de los aspectos ambientales y de interés humano; donde las consideraciones técnicas del RNE estarán a cargo exclusivamente de la Municipalidad Provincial de Huaraz. En la recuperación Ambiental, el Ministerio de Agricultura podrá intervenir, decidiendo sobre las acciones de la planificación ambiental y manejo de cuencas hidrográficas. La participación de las organizaciones representativas de locales, como los municipios y representantes de las comunidades campesinas, será prioritaria, los cuales son los directos beneficiarios del proyecto. Se deberá elaborar un cronograma de inversiones, para la implementación del Plan de Manejo Ambiental propuesto para el presente proyecto. 3.5.4

Responsabilidad administrativa

La municipalidad distrital de Pontó es responsable de que se logren las metas previstas en el Plan de Manejo Ambiental, para lo cual, deberá velar y exigir el cumplimiento de estos dispositivos. 3.5.4.1

Capacitación Se deberá ofrecer capacitación y entrenamiento al personal responsable de la ejecución del plan de Manejo Ambiental, con el objeto de asegurar el cumplimiento satisfactorio del trabajo encomendado.

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Esta capacitación estará a cargo de especialista en medio ambiental, y cuyos temas estarán referidos al control ambiental, análisis de datos, muestreo de campo, administración de base de datos, seguridad ambiental y prácticas de prevención ambiental. 3.5.4.2

Instrumentos de la Estrategia A fin de asegurar el cumplimiento de los propósitos del Plan de Manejo Ambiental, será necesario implementar las siguientes acciones: • • • • •

3.5.4.3

Implementación de un plan de acción preventivo y/o correctivo Implementación de un plan de seguimiento y/o vigilancia Implementación de un plan de compensación social Implementación de un plan de contingencias Implementación de un plan de abandono

Plan de acción preventivo y/o correctivo A fin de evitar y disminuir los impactos ambientales negativos en las áreas de influencia del proyecto a niveles aceptables, se recomienda que se ejecuten las siguientes medidas de prevención y/o corrección: a) Para evitar el aumento del costo de mantenimiento • La municipalidad deberá coordinar con la empresa encargada de la ejecución de la obra con la finalidad de que estos se encarguen de mantener en su jurisdicción el sistema de drenaje. • Para prevenir problemas de socavación local en las estructuras de las cunetas se deberá proteger la entrada y salida de estas con obras de concreto. b) Para evitar la degradación del habitad de aguas lóticas y lénticas • Se debe emplear procedimientos constructivos de forma tal, que se reduzca la turbidez en los cursos de agua. • El aprovisionamiento de combustible y el mantenimiento del equipo móvil y maquinaria, incluyendo lavado y cambio de aceites, deberán realizarse de tal manera que estas actividades no contaminen los suelos o aguas. • Los cambios de aceite de la maquinaria deberán ser cuidadosos, disponiéndose el aceite desechado en bidones que serán retirados a rellenos sanitarios enterrados • Se debe revisar frecuentemente el estado de los vehículos y maquinarias a fin de corregir cualquier fuga o escape de lubricantes y/o aceites. • Por ningún motivo el lavado de los vehículos deberán realizarse en cuerpos de agua, o en cursos que lleguen directamente a estos.

3.5.4.4

Implementación de un Plan de Seguimiento y/o Vigilancia El plan de seguimiento y/o vigilancia permitirá evaluación periódica, integrada y permanente de la dinámica de las variables ambientales, tanto de orden biofísico como socioeconómico y cultural, con el fin de suministrar información precisa y actualizada para la toma de decisiones orientada a la conservación o uso sostenible de los recursos naturales y el medio ambiente durante la construcción de la infraestructura recreativa.

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Vivienda y Construcción. Al respecto de la recolección de información debe tener una frecuencia de por lo menos una vez al año, mientras que las inspecciones deberán ser realizadas antes y después de las temporadas de lluvias. Se deberá tomar acciones referentes a: • La revegetación implementada deberá monitorearse periódicamente a fin de establecer si es que su implementación, como medida de estabilización de los taludes, ha dado resultado satisfactorio. • Se deberá evaluar la intensidad de las lluvias y con ello poner de manifiesto el correcto funcionamiento del sistema de drenaje. 3.5.4.5

Implementación de un Plan de Compensación Social Este plan será implementado con el propósito de apoyar a la población comprendida en la localidad de Pedregal Bajo, incluirá apoyo a las actividades educativas y culturales.

3.5.4.6

Implementación de un Plan de Contingencia El plan de contingencia tiene por objetivo establecer las acciones necesarias, a fin de prevenir y controlar desastres naturales y accidentes laborales que puedan ocurrir durante la ejecución de la obra y vida operativa del proyecto. De tal modo que permitirá contrarrestar los efectos generados por la ocurrencia de eventos asociados a fenómenos naturales y emergencias producidos por alguna falla de las instalaciones de seguridad o error involuntario en la operación y mantenimientos de equipos. Al respecto, el plan de contingencias esquematiza las acciones que deben implementarse si ocurrieran contingencia que no pueden ser controladas con simples medidas de mitigación como son: • Deslizamiento de masas de tierra • Accidentes de operarios • Daños a terceros • Incendios de maquinarias. Para ellos se deberá contar con las siguientes medias: • Se deberá comunicar previamente a los centros más cercanos, rol inicio de las actividades, para que estos estén preparados frente a cualquier accidente que pudiera ocurrir. • La elección del centro de salud deberá ser el más cercano con el supuesto punto del accidente. • Se deberá preparar un equipo humano que preste auxilio en las labores de rescate durante los accidentes que puedan presentarse (explosiones, incendios, derrames de productos tóxicos) durante la etapa de construcción. • Se implementara un sistema de alertas y mensajes. • Auxiliar a la población afectada con medicinas, alimentos y otros. • Restaurar los ambientes afectados, así como rescatar las especies de fauna afectadas. Ámbito del plan. El plan de contingencia debe proteger a todos los ámbitos y componentes del proyecto (área de influencia directa del proyecto) así como los cursos de agua

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potable, por afectar otros ámbitos (áreas indirectas y áreas no relacionadas con el proyecto). Unidad de Contingencia. Esta unidad deberá contar con: • Personal capacitado en primeros auxilios • Unidades móviles de desplazamiento rápido • Equipos de telecomunicación • Equipos de primeros auxilios • Equipos contra incendios La unida de contingencia deberá instalarse desde inicio de las actividades de la construcción de la vía Capacitación del personal: todo personal que trabaje en la obra deberá ser y estar capacitado para afrontar cualquier caso de riesgo identificado. En cada grupo de trabajo se designara a un encargado del plan de contingencia, quien estará a cargo de las labores iniciales de rescate o auxilio e informara a la central del tipo y magnitud del desastre. La empresa ejecutora designará entre sus unidades dos o tres vehículos que integrarán el equipo de contingencia, los mismos que además de cumplir actividades normales, deberán acudir inmediatamente al llamado de auxilio de los grupos de trabajo. Estos vehículos deberán estar inscritos como tales, debiendo encontrarse en buen estado mecánico. En caso de alguna unidad móvil sufra algún desperfecto deberá ser reemplazado por otro vehículo en buen estado. El sistema de comunicación de auxilios debe ser un sistema de alerta en tiempo real, es decir los grupos de trabajo deben contar con unidades móviles de comunicación, que estarán comunicadas con una unidad central ubicada en el campamento de la unidad de contingencia y esta a su vez a las unidades de auxilio en el lugar en que se ubique el centro de operaciones. Equipo de auxilio paramédico: estos equipos deberán contar con personal preparado en brindar atención de primeros auxilio, camillas, balones de oxígeno y medicinas. Equipos contra incendios: los equipos móviles estarán compuestos por extintores de polvo químico, estos estarán implementados en todas las unidades móviles del proyecto, además todos los campamentos y canteras en uso deberán contar con extintores de polvo químico y cajas de arenas. 3.5.4.7

Implementación de un plan de abandono El plan de abandono establece como parte final de la ejecución de las obras en forma progresiva va disminuyendo la ejecución de obras se va limitando el personal de mano de obra; se retiran los equipos que no sean necesarios y se procede al inicio de la limpieza y restauración de los lugares afectados por la ejecución de las obras. Cuando se termina totalmente la ejecución de las obras, se queda solamente el personal básico para realizar tareas de abandono de la obra, desmantelamiento

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de estructuras, en los casos que sea considerado necesario, proceder a la revegetación de los lugares indicados. Finalmente, la empresa ejecutora deberá entregar un informe detallado sobre las actividades realizadas a las autoridades ambientales competentes; siendo verificadas en la recepción previa de la obra y firmarse el acta final, como miembro de la comisión de recepción de obra. 3.6

PROGRAMA DE CONTROL Y/O MITIGACION 3.6.1

En el medio físico •

Con relación a las inmisiones de partículas sólidas en suspensión, así como

las correspondientes a Nox, Co2, Hc, So2 y metales pesados en ambientes ocupados de distintas capacidad dispersante, así como superficies territoriales en la vía, como medida de mitigación se dará una buena señalización para mantener un tráfico fluido y constante. •

En lo referente a la alteración de la calidad edáfica y modificación de la

geomorfología, por cortes de taludes, principalmente, se recomienda adoptar diseños de acuerdo a las normas peruanas, así mismo será necesario sembrar plantas ornamentales, para que su establecimiento sea variable, y con fines decorativos de parques y jardines de la zona. •

En lo referente a la disminución de la calidad de aguas superficiales, se

debe proyectar la construcción de alcantarillas, asimismo, en las alcantarillas y otras obras de arte (cunetas) se debe retirar todo tipo de obstáculos para que no se produzcan el efecto barrera – presa. •

En lo referente a la disminución de la calidad de aguas en lo posible se

evitará la contaminación de esta, por residuos sólidos y líquidos (grasa, aguas servidas, materiales excedentes) proveniente de campamento y patio de máquinas,

tomando

campamentos

medidas

preventivas,

de

la

instalaciones

de

los

alejados de las corrientes de agua; asimismo se debe prohibir el

lavado de maquinarias y vehículos en lechos de río u otros cuerpos de agua. Los patios de máquinas deben contar con plataformas para lavados implementados con trampas para grasa y aceite. •

En lo referente a la modificación de la geomorfología, alteración de suelos y

disminución de la calidad edáfica por problemas de erosión de suelos, se debe construir zanjas de coronación revestidas de vegetación para desviar las aguas de riego en zonas donde existen campos de cultivo por encima de los taludes de corte donde el agua de riego afecta; asimismo se debe recomendar a los

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agricultores a fin de que los surcos de cultivo se realicen siguiendo las curvas de nivel de la ladera, así se evitara la erosión. •

Para evitar minimizar la disminución de la calidad edáfica por erosión se

debe incrementar la cubierta vegetal, principalmente en suelos desnudos, como también se deben construir sistemas de drenaje. •

Al explotar las canteras, la cubierta vegetal removida debe ser almacenada

para posteriormente ser reutilizada con fines de recomposición del paisaje. •

En lo referente a la alteración de suelos y agua por campamento, se debe

prever que la explotación de canteras se realice fuera del lecho del río el lavado de maquinaria se lleve a cabo fuera del cursos de agua, porque estas acciones contribuyen a la turbidez del agua y el movimiento de la maquinaria favorece la compactación del suelo; con la consiguiente alteración de sus componentes. •

En lo referente a emisiones de material particulado (polvo) que altera la

calidad del aire, principalmente se le recomienda humedecer periódicamente los caminos temporales y la superficie del material que se transporte (cubrir con un toldo); esta medida mitigadora también es necesaria en lo referente a la salud humana, porque emisiones de partículas que afecten la salud. •

En lo referente a campamentos y patio de máquinas, estos se ubicarán en

lugares donde el suelo sea estéril y/o en lo posible se evitará la remoción de la cobertura vegetal, debiéndose conservar la topografía natural, no se ubicarán en lugares turísticos y no se debe afectar el uso del agua de la población local. •

En lo referente a la alteración del paisaje, los botaderos serán ubicados

preferentemente en canteras abandonadas, no en cursos de agua, no en quebradas, asimismo en los campamentos y patios de máquinas se debe tener especial cuidado con los residuos sólidos y líquidos (disponer en recipientes herméticos para luego eliminar en un botadero adecuado).

3.6.2

En el medio biológico •

En lo referente a la perdida de especies de flora y fauna por actividades que

implica la construcción de la infraestructura, como explotación de canteras, cortes de taludes, vertimiento accidentales de grasas y aceite, remoción de cobertura vegetal, compactación de suelos, movimiento de maquinarias en cursos de agua, etc. será necesario tener en cuenta las medidas recomendadas anteriormente (en medio físico).

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Se debe recomendar la decoración con plantas ornamentales con fines

decorativos para los espacios libre decorativos asimismo se debe instalar diversos jardines para el buen ornato de la ciudad. •

Con respecto al manejo de desechos sólidos y líquidos en los campamentos

deben ser dispuesto y almacenamiento en lugares adecuados para no contaminar suelos y aguas porque se puede afectar las especies de flora y fauna existente. 3.6.3

En el medio socio económico •

En lo referente a la alteración de la salud humana por emisión de partículas

(polvo), en los lugares donde se produzcan se recomiendo humedecer los suelos para evitar que se levante el polvo. En lo que se refiere a utilización de explosivos será necesario será necesario comunicar con anticipación a la población para que se alejen del lugar, debiéndose tomar las medidas de seguridad tanto para los transeúntes como para los trabajadores de la obra. •

Se debe colocar letreros de señalización para evitar accidentes de tránsito

(atropellos, volcaduras) en lugares como curvas peligrosas. •

En lo referente a generación de empleo se debe dar mayor oportunidad a los

pobladores de la zona de influencia de la carretera.

IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

4.1

CONCLUSIONES El impacto ambiental que se produciría durante la ejecución del proyecto y en la etapa de operación sería principalmente: • Contaminación del ambiente con el polvo proveniente de las excavaciones. • Contaminación del ambiente con el material de desmonte, proveniente de las demoliciones y restos de materiales de construcción. • Contaminación por parte de los trabajadores de construcción de los alrededores de la zona del proyecto.

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• La falta de implementos de seguridad, podría ocasionar accidentes que pongan en riesgo la vida de los trabajadores. • El impacto positivo es que la construcción del Complejo Recreacional, permitirá una

mejor calidad de vida para los habitantes. Su bienestar se verá favorecida al contar con una infraestructura que garantice la practica de deportes en forma adecuada y el sano esparcimiento de los pobladores, acentuando el desarrollo integral de la zona. • El proyecto de construcción no interfiere con ninguna reglamentación ambiental en el área de estudio • El medio ambiente del área de influencia directa e indirecta del proyecto presenta impacto ambiental negativo; por lo que el proyecto deberá minimizar

dichos

impactos, en la etapa de construcción, maximizando los impactos ambientales positivos. • Como el proyecto generará desechos de material de excavaciones de cimiento, se

ha ubicado áreas para botaderos que serán complementarios a las áreas de deposición. Dichas áreas para botaderos estarán designadas por la municipalidad provincial de Huaraz.

4.2

RECOMENDACIONES El impacto negativo producido, debe ser mitigado de la siguiente manera: Durante la construcción: • Programación de charlas sobre normas elementales de seguridad para evitar accidentes en el trabajo, en zonas de riesgo. • Charlas sobre higiene y comportamiento a los trabajadores que participen en el proyecto, así como, sobre el uso y control de bebidas alcohólicas para evitar situaciones de riesgo en el trabajo, así como de conflicto con la población beneficiaria. • Uso de implementos de seguridad para la vida y la salud de los trabajadores.

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