Estudio de Eleccion de La Tarifa Electrica Optima Del Usuario

January 11, 2024 | Author: Anonymous | Category: N/A
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN: ESCUELA DE INTENIERIA ELECTRICA

1 Contenido 1

OBJETIVOS.............................................................................................................. 2

2

INFORMACION DEL CLIENTE ............................................................................ 2

3

SEGUIMIENTO DE TARIFAS................................................................................ 2

4

NORMAS Y REGLAS UTILIZADAS..................................................................... 3

5

OPCIONES TARIFARIAS ....................................................................................... 4

6

CONDICIONES DE APLICACIÓN ........................................................................ 6

7

FACTURACIÓN ...................................................................................................... 6

8

DETERMINACIÓN DE LA POTENCIA CONTRATADA ................................... 9

9

CONCLUSIONES .................................................................................................. 11

10

BIBLIOGRAFIA Y FUENTES .......................................................................... 11

11

ANEXO: TABLAS DE RESUMENES DE LAS OPCIONES TARIFARIAS .. 12 11.1

CUADRO DE COMPARACIONES DE LAS OPCIONES TARIFARIAS 12

11.2

HISTORICO DE CONSUMOS ................................................................... 13

12 ANEXO: RECIBO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA SAN JOSE 14

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ANÁLISIS DEL RECIBO ELÉCTRICO

2 OBJETIVOS   

3

Analizar y comparar los resultados mostrados en el recibo para luego comprobar si la tarifa elegida por el usuario es la más conveniente para el mismo, proporcionando en caso contrario la información necesaria para poder cambiar de opción tarifaria. Comprobar el justo cobro de la energía, de acuerdo con las disposiciones y pliegos tarifarios de OSINERGMIN vigentes en las fechas respectivas. Por medio de la herramienta Excel aremos un seguimiento de los recibos de pago por energía eléctrica en un periodo de SIETE MESES, comenzando en Octubre del 2014 hasta Abril del 2015. INFORMACION DEL CLIENTE              

4

Cliente: JOSE Nº de Contrato: RUC:

INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA SAN

Dirección: Localidad: Código de Ruta: S.E. de Alimentación: Tipo de Suministro: Conexión: Base de calificacion: Potencia Contratada: Nivel de Tensión: Opción Tarifaria:

AV. ALFONSO UGARTE 977 AREQUIPA 1-27-27-14-009500 1102 TRIFASICO – Subterráneo C3 MEDICION PERMANENTE HP 45.00 Kw ; HFP 45.00 Kw

6016 20168389001

BT5B No Residencial

SEGUIMIENTO DE TARIFAS

Ver anexos, El seguimiento realizado para el presente trabajo realizado es de los Octubre 2014 hasta Abril del 2015.

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NORMAS Y REGLAS UTILIZADAS

Norma de las Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final Definiciones Las definiciones señaladas son utilizables únicamente para los fines de aplicación de las opciones tarifarias y condiciones de aplicación de las tarifas aplicables a los usuarios finales. Usuarios en Media Tensión (MT) y Baja Tensión (BT) Son usuarios en media tensión (MT) aquellos que están conectados con su empalme a redes cuya tensión de suministro es superior a 1 kV (kV = kilovoltio) y menor a 30 kV. Son usuarios en baja tensión (BT) aquellos que están conectados a redes cuya tensión de suministro es igual o inferior a 1 kV. Los consumos de usuarios en MT podrán ser medidos tanto en media como en baja tensión. En este último caso, se considerará un recargo por pérdidas de transformación, equivalente a un 2% para el sector típico 1 y de 2,5% para los otros sectores, en el monto total consumido en unidades de potencia y energía. La empresa distribuidora podrá proponer a OSINERG un nuevo valor de recargo por pérdidas de transformación promedio, el cual deberá sustentarse con el promedio de las mediciones de todos sus clientes de Media Tensión que se encuentran medidos en Baja Tensión, para un periodo mínimo de un año. Usuarios con Tensiones de Suministro superiores a Media Tensión (MT) Las tarifas para aquellos usuarios del servicio público de electricidad, cuyos suministros se efectúen en tensiones iguales o superiores a 30 kV, se obtendrán con la metodología y criterios regulados para los precios en barra según la resolución vigente del OSINERG. Horas de Punta (HP) y Horas Fuera de Punta (HFP) Se entenderá por horas de punta (HP) el período comprendido entre las 18:00 y 23:00 horas de cada día de todos los meses del año, exceptuándose a solicitud del cliente, los días domingo, días de descanso que correspondan a feriados1 y feriados que coincidan con días de descanso, siempre y cuando, y de ser necesario el usuario asuma los costos de inversión correspondientes para la medición adicional. Se entenderá por horas fuera de punta (HFP) al res de horas del mes no comprendidas en las horas de punta (HP). Demanda Máxima Se entenderá por demanda máxima mensual al más alto valor de las demandas integradas en períodos sucesivos de 15 minutos, en el periodo de un mes. La demanda máxima anual es el mayor valor de las demandas máximas mensuales en el periodo de 12 meses consecutivos. Periodo de Facturación

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El período de facturación es mensual y no podrá ser inferior a veintiocho (28) días calendario ni exceder los treinta y tres (33) días calendario. No deberá haber más de doce (12) facturaciones al año. Podrá aceptarse para la primera facturación del nuevo suministro un periodo menor de 28 días. 1 Para efectos de la presente Norma se entenderá por feriados, sólo los feriados nacionales, no se tomara en cuenta los feriados regionales ni departamentales.

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OPCIONES TARIFARIAS Definición de las Opciones Tarifarias Las opciones tarifarias para usuarios en baja tensión (BT) son las siguientes:

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CONDICIONES DE APLICACIÓN

Elección de la Opción Tarifaria Los usuarios podrán elegir libremente cualquiera de las opciones tarifarias descritas, teniendo en cuenta el sistema de medición que exige la respectiva opción tarifaria, independientemente de su potencia conectada y con las limitaciones establecidas para las opciones tarifarias BT5A, BT5B y BT6 y dentro del nivel de tensión que le corresponda. La opción tarifaria elegida por el usuario deberá ser aceptada obligatoriamente por la empresa de distribución eléctrica. Para aquellos usuarios que no cuenten con acuerdos formales con relación al inicio de la elección de la opción tarifaria, ésta deberá computarse anualmente a partir del 1° de mayo de cada año. Para aquellos otros que eligieron una opción tarifaria con anterioridad al presente, el período de inicio será computado a partir de la fecha en que eligieron su opción tarifaria. La empresa de distribución eléctrica deberá poner a disposición de los usuarios que lo soliciten el registro de los consumos. Asimismo, deberá entregar el registro de las demandas máximas mensuales del sistema eléctrico de los últimos 24 meses. Con el propósito de cumplir con el Decreto Legislativo N° 716, las empresas de distribución eléctrica, deberán proporcionar a los usuarios que lo soliciten, la información necesaria y suficiente para la elección de su opción tarifaria. Vigencia de la Opción Tarifaria Salvo acuerdo con las empresas de distribución eléctrica, la opción tarifaria tomada por los usuarios regirá por un plazo de un año. Si no existiera solicitud de cambio, se renovará automáticamente por períodos anuales, manteniéndose la opción tarifaria vigente. Cambio de la Opción Tarifaria El usuario podrá cambiar de opción tarifaria sólo una vez durante el periodo de vigencia del Contrato y cumpliendo los requisitos mínimos para la medición de los consumos de la nueva opción tarifaria solicitada. El usuario a efectos que la empresa realice las adecuaciones pertinentes tanto en el sistema de medición como facturación, deberá notificar a la empresa distribuidora su decisión de cambio de opción tarifaria, con una anticipación no menor a 30 días calendario. El cambio de opción tarifaria no afecta el consumo histórico de la demanda para efectos del cálculo de la potencia variable o para actualizar la potencia contratada.” 8

FACTURACIÓN

Cargo Fijo Mensual El cargo fijo mensual es independiente del consumo y se facturará incluso si éste es nulo. El cargo fijo mensual está asociado al costo por la lectura del medidor y procesamiento, emisión, reparto y cobranza de la factura. Facturación de Energía Activa La facturación por energía activa se obtendrá multiplicando el o los consumos de energía activa, expresado en kilowatts-hora (kW.h), por el respectivo cargo unitario, según corresponda. Facturación de Potencia Activa La facturación de potencia activa se obtendrá multiplicando los respectivos kilowatts (kW) de potencia activa por el precio unitario correspondiente, según se señala en las condiciones específicas para cada opción tarifaria. Este cargo se facturará, incluso si el consumo de energía es nulo. El usuario podrá cambiar la modalidad de facturación de potencia contratada sólo una

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vez durante el periodo de vigencia del contrato, siempre y cuando cumpla con las condiciones mínimas requeridas para optar la nueva modalidad de facturación de potencia que solicite. La facturación de potencia se podrá efectuar según las siguientes modalidades a elección del usuario: 

Modalidad de Facturación por Potencia Contratada, el término potencia contratada para fines del presente sólo será utilizada para la facturación de la potencia activa. La potencia contratada será definida por el usuario. En esta alternativa la potencia a facturar se denomina potencia contratada, y se actuará según el procedimiento definido en las condiciones específicas. Los usuarios podrán decidir entre dos opciones de contratación de potencia: Potencia Contratada para consumos estacionales, Los usuarios con regímenes de consumo estacional podrán definir sus potencias contratadas, para las horas de punta y fuera de punta, en cada uno de los periodos estacionales. Los usuarios solo están permitidos a definir hasta dos (2) periodos estacionales en el término de un año. Dichos periodos se denominarán: periodo estacional alto y periodo estacional bajo. El periodo estacional alto, esta comprendido por los meses consecutivos donde se presenta los mayores consumos del usuario. El periodo estacional bajo esta comprendido por el resto de meses del año. Para definir los periodos estacionales, las empresas distribuidoras y los usuarios tendrán en cuenta la estadística del consumo del usuario para los últimos dos años, como máximo, siendo el usuario el responsable de definir dichos periodos. Si la máxima demanda anual del sistema de distribución, se presentara durante el periodo estacional alto, el usuario deberá compensar a la empresa distribuidora por los mayores gastos originados por la compra de potencia a los generadores. Los usuarios y las empresas distribuidoras deberán definir en sus contratos los mecanismos necesarios para efectuar dicha compensación, de ser necesario. Esta opción de contratación de potencia solo es válida para las opciones tarifarias MT2 y BT2. Potencia Contratada para consumos no estacionales Los usuarios deberán definir sus potencias contratadas, para las horas de punta y fuera de punta, con una validez de un año. Renovación de la Potencia Contratada Las potencias contratadas definidas por el usuario tendrán una vigencia anual. Antes de sesenta (60) días calendario del término de la vigencia de las potencias contratadas, la empresa distribuidora comunicará por escrito a los usuarios el hecho, solicitándoles sus nuevas potencias contratadas, y de no mediar respuesta del usuario en el término de sesenta (60) días calendario, la empresa distribuidora renovara automáticamente las potencias contratadas y la opción tarifaria para un periodo adicional. Modificación de la Potencia Contratada durante el periodo de vigencia Durante la vigencia de la potencia contratada, los usuarios podrán variar por una sola vez dicha potencia. Si se trata de un aumento, el usuario deberá notificar a la empresa distribuidora con un plazo de anticipación de treinta (30) días calendario. En el caso de reducción de potencia y sólo si se han desarrollado nuevas instalaciones o reforzado las instalaciones de las redes de distribución de MT, subestaciones de distribución y redes de BT para dar el suministro a dicho usuario, éste se comprometerá al pago de un remanente por el uso del sistema de distribución, el cual representará la mensualidad correspondiente a la anualidad del valor nuevo de reemplazo del valor agregado de distribución (VAD)). Además, en el caso de la reducción de potencia, el remanente por

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compra de potencia se aplicará a todos aquellos usuarios que tengan una reducción mayor a 50 kW, el que será calculado con la potencia que se reduce multiplicada por el precio de potencia de la barra base del sistema eléctrico de distribución, y solo es aplicable por los meses faltantes para el término del contrato. Esto sólo será procedente para usuarios que soliciten una disminución de potencia mayor a 50 kW. El pago del remanente se realizará hasta el término del período de vigencia de la potencia contratada por la demanda que se redujo. Para cada uno de los periodos horarios, si la potencia contratada es inferior al promedio de las dos más altas demandas máximas mensuales del usuario incluida la lectura del mes que se factura, durante el periodo de vigencia del contrato, se procederá a actualizar automáticamente su valor. La nueva potencia contratada será igual a dicho promedio. Derechos otorgados por la Potencia Contratada Los usuarios podrán utilizar la potencia contratada sin restricciones durante el período de vigencia de dicha potencia. 

Modalidad de Facturación por Potencia Variable El usuario podrá elegir la modalidad de facturación por potencia variable en lugar de la de potencia contratada sólo cuando tenga los equipos de medición necesarios. En esta alternativa la potencia a facturar se denomina potencia variable, y se procederá según el procedimiento definido en las condiciones de aplicación específicas. La potencia variable será determinada como el promedio de las dos mayores demandas máximas del usuario, en los últimos seis meses, incluido el mes que se factura.

Facturación de Energía Reactiva La facturación por energía reactiva se incluirá en las opciones tarifarias MT2, MT3, MT4, BT2, BT3 y BT4 de acuerdo a lo siguiente:  

Consumo de energía reactiva inductiva hasta el 30% de la energía activa total mensual. Sin cargo alguno. Consumo de energía reactiva inductiva que exceda el 30% de la energía activa total mensual

La facturación del exceso de la energía reactiva inductiva es igual al producto de dicho exceso por el costo unitario (expresado en S/./kVAR.h), según se muestra en las siguientes relaciones: Factura = kVAR.h en exceso x CER CER = Cargo por energía reactiva, expresado en S/./kVAR.h  Consumo de Energía Reactiva Capacitiva, no esta permitido el consumo de energía reactiva capacitiva (inyección de energía reactiva a la red). En todo caso la empresa de distribución eléctrica deberá coordinar con el usuario la forma y plazos para corregir esta situación. De no cumplir con la corrección dentro de los plazos acordados entre la empresa distribuidora y el usuario, el concesionario podrá facturar el total del volumen de la energía reactiva capacitiva registrada por la misma tarifa definida para el costo unitario de la energía reactiva inductiva.

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DETERMINACIÓN DE LA POTENCIA CONTRATADA

La potencia contratada del usuario no podrá ser mayor que la potencia conectada solicitada por el mismo para su suministro. La potencia contratada se determinará mediante la medición de la demanda máxima con instrumentos adecuados. TARIFA BT5B Sólo podrán optar por esta opción tarifaria los usuarios alimentados en baja tensión con una demanda máxima mensual de hasta 20kW o aquellos usuarios que instalen un limitador de potencia de 20 kW nominal o un limitador de corriente equivalente en horas de punta. En esta opción tarifaria se factura por los siguientes cargos:  Cargo fijo mensual: El cargo fijo mensual es independiente del consumo y será incluido en la factura al usuario en cada periodo de facturación, inclusive si el consumo es nulo en el periodo. El cargo fijo mensual está asociado al costo por la lectura del medidor y procesamiento, emisión, reparto y cobranza del recibo o factura.  Cargo por energía activa total del mes: La facturación por energía activa, se obtendrá multiplicando el o los consumos de energía activa, expresado en kilowatts hora (kW.h), por el respectivo cargo unitario, según corresponda. Adicionalmente se aplican diversos complementos, según especifica la legislación vigente, tales como alumbrado público, mantenimiento y reposición de la conexión, corte y re conexión y interés compensatorio. TARIFA BT5A Solo podrán optar por esta opción tarifaria los usuarios alimentados en Baja Tensión (BT) con una demanda máxima mensual de hasta 20 kW en horas punta y fuera de punta, o con una demanda máxima mensual de hasta 20 kW en horas de punta y de hasta 50 kW en horas fuera de punta. Para la facturación del consumo de energía activa, a solicitud del usuario, y siempre y cuando éste asuma los costos de inversión correspondientes a una medición adicional, se podrán exceptuar los días domingos, los días feriados nacionales del calendario regular anual y los feriados nacionales extraordinarios programados en días hábiles. En esta opción tarifaria se factura por los siguientes cargos:  Cargo fijo mensual.  Cargo por energía activa en horas de punta.  Cargo por energía activa en horas fuera de punta.  Cargo por exceso de potencia en horas fuera de punta. USUARIOS EN MEDIA TENSIÓN (MT) Alternativamente, el usuario podrá solicitar una potencia contratada distinta a su potencia conectada o aquella potencia contratada determinada mediante la medición de la demanda máxima. En este caso, la empresa de distribución eléctrica podrá exigir la instalación de equipos limitadores de potencia, especificados por ella misma, la que será de cargo del usuario. Los equipos limitadores de potencia podrán ser colocados en los circuitos de baja tensión del usuario. FACTURACIÓN EN UN MES CON DOS O MÁS PLIEGOS TARIFARIOS Cuando durante el período de facturación se presenten dos o más pliegos tarifarios, se deberá calcular el monto a facturar, proporcionalmente a los días respectivos de cada pliego considerando las tarifas vigentes en cada uno de ellos. Para ello se determinará un pliego tarifario con todos los cargos de la opción tarifaria ponderados en función al número de días de vigencia de cada pliego tarifario.

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OPCIONES TARIFARIAS MT2 Y BT2 Estas tarifas consideran precios diferenciados para la facturación de potencia según si ésta se efectúa en horas de punta o bien en horas fuera de punta. Usuarios No Estacionales La facturación por potencia comprende lo siguiente: Facturación de Potencia en Horas de Punta, esta facturación es igual al producto de la potencia a facturar en horas de punta por el cargo mensual de la potencia de punta. Facturación de Potencia en Horas Fuera de Punta, esta facturación es igual al producto del exceso de potencia en horas fuera de punta por el cargo mensual de potencia de fuera de punta. El exceso de potencia en horas fuera de punta es igual a la diferencia entre la potencia a facturar en horas fuera de punta menos la potencia a facturar en horas de punta, siempre que sea positivo, en caso contrario será igual a cero. Usuarios Estacionales Esta modalidad asume que el periodo estacional alto de los usuarios no es coincidente con el periodo de punta del sistema de distribución y que además no origina mayores costos a la empresa distribuidora ante su suministrador. Si este no fuera el caso y existe un perjuicio a la empresa distribuidora, los usuarios deberán acordar con la empresa distribuidora una compensación, según lo indicado en las condiciones generales. En esta modalidad, la facturación por potencia comprende: Facturación de Potencia en Horas de Punta, esta facturación es igual al producto de la potencia a facturar en horas de punta, del periodo estacional bajo, por el cargo mensual de la potencia de punta. Facturación de Potencia en Horas Fuera de Punta, esta facturación es igual al producto del exceso de potencia por el cargo mensual de potencia de fuera de punta. El exceso de potencia es igual a la diferencia entre la máxima potencia a facturar del usuario, sea en cualquier periodo horario o estacional, menos la potencia a facturar en horas de punta, del periodo estacional bajo, siempre que sea positivo, en caso contrario será igual a cero.

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10 CONCLUSIONES        



La opción tarifaria actual BT2 elegida por el cliente NO es la más conveniente. Su calificación tarifaria en los últimos 7 meses del cliente es PRESENTE EN FUERA DE PUNTA. Lo cual es conveniente cambiarse a las opciones tarifarias BT3 y BT4 así poder pagar menos por el consumo de la energía eléctrica. La mejor opción tarifaria para el cliente si mantiene la calificación tarifaria como cliente PRESENTE EN FUERA DE PUNTA es la opción tarifaria BT4. El cliente puede evaluar el cambio a las opciones tarifarios MT2, MT3 y MT4. Ya que el costo del consumo en muy bajo. Para ello tendría que instalar una sub estación de media tensión esto genera un costo adicional para el cliente. No es necesario la compensación de la energía reactiva por que el consumo es muy bajo. Si el cliente accede al cambio a una opción tarifario de media tensión y sigue manteniendo como calificación tarifaria PRESENTE EN FUERA DE PUNTA se le recomendaría la opción tarifaria MT4. Para poder utilizar las opciones tarifaria BT5A y BT5B el cliente debe reprogramar sus actividades para no exceder la máxima demanda en horas punta que es de 20kw y la máxima demanda en horas fuera de punta de 50kw. La opción tarifaria BT5A y BT5B es muy conveniente por los costó bajos a pagar. La condición seria que el cliente no sobre pase los 20kw de máxima demanda en horas punta al observar el consumo en los últimos 7 meses ha sobrepasado llegando a un consumo máximo de 39.54 kw en el mes de diciembre. Para comprobar del todo el presente estudio es necesario ir con un equipo de medición y tomar mediciones en intervalos de una hora, y con esos datos comprobar lo ya expuesto.

11 BIBLIOGRAFIA Y FUENTES  RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG N° 1908-2001-OS/CD (Norma de las Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final)  http://www2.osinerg.gob.pe/gart.htm  http://www2.osinerg.gob.pe/Tarifas/Electricidad/PliegosTarifariosUsuarioFinal.aspx?I d=40000  http://www.lamdaperu.com/documentos/descargables/GUIA%20TARIFAS/SELECCION %20DE%20TARIFAS%20ELECTRICAS%20EN%20MEDIA%20TENSION.pdf  RESOLUCION DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN LA ENERGIA OSINERG Nº 157-2005-OS/CD  Resolución OSINERGMIN Nº 029-2008-OS/CD y factores de Actualización tarifaria Vigencia a partir del 01 de agosto de 2008.

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12 ANEXO: TABLAS DE RESUMENES DE LAS OPCIONES TARIFARIAS 12.1 CUADRO DE COMPARACIONES DE LAS OPCIONES TARIFARIAS RESUMEN GENERAL CUADRO DE RESUMEN TOTAL A PAGAR DE OCTUBRE(2014) HASTA ABRIL(2015) 2014 2015 TARIFAS OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO FEBRERO MARZO ABRIL SUMA TOTAL BT2(S/.) 4126,25 4078,93 4771,82 3553,37 3668,40 4989,28 4361,97 29550,02 BT3(S/.) 3406,97 3376,33 3892,78 3084,90 3092,00 3963,76 3600,04 24416,79 BT4(S/.) 3396,26 3368,88 3884,17 3075,87 3088,26 3957,72 3591,55 24362,71 MT2(S/.) 2578,23 2558,63 3081,82 1891,89 2021,09 3129,24 2509,05 17769,96 MT3(S/.) 1950,89 1943,45 2252,28 1607,09 1631,33 2245,17 1941,50 13571,72 MT4(S/.) 1941,44 1936,68 2244,58 1598,94 1627,88 2239,61 1933,68 13522,80 ENERGIA REACTIVA(S/.)+IGB18% 33,37 26,95 18,63 14,32 4,84 5,37 15,23 140,09 CALIFICAION TARIFARIA Client. HFP Client. HFP Client. HFP Client. HFP Client. HFP Client. HFP Client. HFP Exceso de P.A. por uso de las R.D. En HFP SI SI NO NO NO NO NO OPCION TARIFARIA: BT5A Demanda Maxima mensual de hasta 20kW en HP y 50kW en HFP 2014 2015 TARIFAS OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO FEBRERO MARZO ABRIL SUMA TOTAL BT5A(S/.) 2869,19 2844,90 2991,46 2401,21 2326,94 2800,97 2746,21 18980,87 Exceso de P.A. en horas fuera de punta NO NO NO SI SI NO NO

TARIFAS BT5B(S/.)

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OPCION TARIFARIA: BT5B Para usuarios con consumos mayores a 100 kW.h por mes 2014 2015 OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO FEBRERO MARZO ABRIL SUMA TOTAL 2414,58 2485,13 2602,51 1888,15 2065,61 2487,46 2361,79 16305,24

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12.2 HISTORICO DE CONSUMOS MAY HP HFP MDHP MDHFP ER SUMA DE MD

JUN 1376,68 6015,5 32,31 31,09 2418,65 63,4

JUL 1354,78 6425,99 19 29,47 1901,87 48,47

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AGO 1363,04 5692,41 20,97 31,12 2045,1 52,09

SET 1315,51 3840,19 31,68 35,43 2045,1 67,11

HISTORICA DE CONSUMOS OCT NOV DIC ENE FEB MAR ABR 1474,28 1474,28 1390,2 1423,89 1095,63 1039 1285,78 1282,08 3388,04 3140,76 3338,91 3378,79 2386,97 2673,72 3190,14 2967,35 24,24 30,42 29,71 39,54 17,42 18,45 39,03 25,52 21,41 27,78 28,57 23,43 20,16 19,22 22,42 18,23 2378,35 27,78 2147,19 1927,34 1418,8 1238,31 1479,7 1663,36 45,65 58,2 58,28 62,97 37,58 37,67 61,45 43,75

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13 ANEXO: RECIBO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA SAN JOSE

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