Estructura Organizacional Del Ministerio de Educación de Guatemala-1

July 26, 2018 | Author: Axel Xg | Category: Guatemala, Regulation, Forms Of Government, Budget, Financial Audit
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Descripción: Breve descripción de la organización del Ministerio de Educación de Guatemala, especialmente la parte super...

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INTRODUCCIÓN

El Sistema Educativo Nacional es el conjunto ordenado e interrelacionado de elementos, procesos y sujetos a través de los cuales se desarrolla la acción educativa, de acuerdo con las características, necesidades e intereses de la realidad histórica, económica y cultural guatemalteca. El Ministerio de Educación de Guatemala es el responsable de velar por que se cumplan los procesos que anteriormente se han descrito, y para ello es necesario que se estructure para que cada dependencia pueda cumplir con su objetivo. El informe siguiente incluirá parte de la estructura organizacional del Ministerio de Educación de Guatemala, enfocándose en el Despacho Ministerial, específicamente en el Despacho Superior, así como sus funciones.

Estructura Organizacional del Ministerio de Educación de Guatemala El Ministerio de Educación (MINEDUC) es el ministerio del gobierno de Guatemala responsable de la educación en Guatemala, por lo cual le corresponde lo relativo a la aplicación del régimen jurídico concerniente a los servicios escolares y extra-escolares para la educación de los guatemaltecos. Para hacer efectiva sus funciones, se estructura en cuatro niveles.  A continuación se hará énfasis solo en primer nivel, que es el Nivel de Dirección Superior, compuesto por el Despacho Superior y los Despachos Viceministeriales. El Nivel de Dirección Superior se Organiza de la siguiente manera: Despacho Ministerial 

Ministro de Educación o Viceministerio Administrativo o Viceministerio Técnico o Viceministerio de Educación Bilingüe e Intercultural o Viceministerio de Diseño y Verificación de la Calidad

Según el artículo 10 del capítulo II y título II de la Ley de Educación Nacional: El Despacho Ministerial está a cargo de un Ministerio quien es la máxima autoridad del ramo. Acorde a las funciones establecidas en el Artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, es responsable en coordinación con el Consejo Nacional de Educación, de establecer las políticas educativas del país y de garantizar la operatividad de la misma y del sistema educativo en todos los niveles e instancias que lo conforman. El reglamento Interno del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación tiene por objeto establecer la estructura funcional y organizacional del despacho del Ministro, denominado “Despacho Superior”, y el de cada Viceministro de Educación, los cuales se denominan “Despachos Viceministeriales” y en forma individual “Vice despacho”, que le permita

desarrollar las funciones y atribuciones específicas que le corresponda.  A continuación se hará énfasis en la parte superior de la organización del MINEDUC, que se inicia con el Despacho Superior, el cual se refiere al Despacho del Ministr o de Educación, quien es elegido por el Presidente de la República a través de su gabinete de gobierno y actualmente corresponde a Oscar Hugo López Rivas, quien fue director de la Escuela de Enseñanza Media en dos ocasiones: 2006-2010 y 2011-2014, así como Secretario  Académico de la EPFEM (1998 a 2006).

El Despacho Ministerial está integrado por el Despacho del Señor Ministro de Educación y el de cada uno de los Viceministros de Educación, quienes son responsables de actuar separada o conjuntamente, lo cual conforma la actuación ministerial. Además de las funciones sustantivas que le son atribuidas de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, al Despacho Ministerial le compete ejercer también funciones administrativas que por disposición de leyes y reglamentos le sean asignadas Para el despacho de los negocios del Ministerio de Educación éste cuenta con el Despacho Superior, el cual está a cargo del Ministro de Educación, quien tiene las siguientes funciones: a) Ejerce jurisdicción sobre todas las dependencias del Ministerio de Educación; b) Nombra y remueve a los funcionarios y empleados del Ministerio de Educación, cuando le corresponda hacer conforme a la ley; c) Refrendar los decretos, acuerdos y reglamentos dictados por el Señor Presidente de la República relacionados con el Ministerio de Educación para que tengan validez; d) Presentar al Señor Presidente de la República el plan de trabajo de su ramo y anualmente una memoria de labores desarrolladas; e) Presentar anualmente al Presidente de la República el Proyecto de Presupuesto del Ministerio de Educación;

f) Dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con el Ministerio de Educación; g) Participar en las deliberaciones del Consejo de Ministros y suscribir los decretos y acuerdos que el mismo emita; h) Velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo; i) Promover la autogestión educativa y la descentralización de los recursos económicos para los servicios de apoyo educativo mediante la organización de comités educativos, juntas escolares y otras modalidades en todas las escuelas oficiales públicas; así como aprobarles sus estatutos y reconocer su personalidad  jurídica.  j) Administrar en forma descentralizada y subsidiaria los servicios de elaboración, producción e impresión de textos, materiales educativos y servicios de apoyo a la prestación de los servicios educativos. k) Formular la política de becas y administrar descentralizadamente el sistema de becas y bolsas de estudio que otorga el Estado; y, l) Otros, que las leyes vigentes del país así lo expresen.  A su vez el Despacho Superior tiene una relación de coordinación con el Consejo Nacional de Educación (CNE) y una relación de asesoría con la Dirección de Auditoria Interna  – DIDAIConsejo Nacional de Educación (CNE): El Consejo Nacional de Educación, instalado de conformidad con el artículo 12 de la Ley de Educación Nacional, Decreto Legislativo No. 12-91, de fecha 09 de enero de 1991, y el  Acuerdo Gubernativo No. 304-2008, de fecha 20 de noviembre de 2008, tiene entre sus funciones coordinar con el Despacho Ministerial la elaboración de los planes de desarrollo educativo, dentro del marco de las políticas del sistema educativo. El consejo nacional de educación es un órgano multisectorial colegiado que forma parte del despacho superior del Ministerio de Educación de Guatemala, cuenta con respaldo legal, autonomía, representatividad y actúa en coordinación con el Despacho Ministerial, lo conforman representantes de 15 organizaciones que conocen y analizan las políticas y acciones, entre ellas se pueden mencionar a la Universidad de San Carlos de Guatemala, Universidades Privadas, Academia de Lenguas Mayas de Guatemala, Asamblea Nacional del Magisterio, Asamblea Evangélica de Guatemala, CACIF, entre otras, su objetivo es darle continuidad a las mejoras y a los avances en la educación nacional, tanto pública como privada. A la fecha el Consejo ha presentado 8 políticas relacionadas con cobertura educativa, calidad, modelo de gestión, educación bilingüe intercultural, equidad, inversión y fortalecimiento institucional descentralizado. El consejo ha asumido la responsabilidad de promover un plan nacional de educación de mediano y largo plazo que contribuya a mejorar el sistema educativo.

Dirección De Auditoría Interna (DIDAI): Es una dependencia del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales y entre sus funciones están: realizar auditorías contables y financieras periódicas, así como permanentes a las unidades encargadas de ejecutar el presupuesto, así como las que sean requeridas por el Despacho, tales como financieras, de cumplimiento, operacionales, de eficiencia, de desempeño o de sistemas, y presentar los informes correspondientes. La Dirección de Auditoría Interna es la responsable de ejercer el control interno institucional y mantener actualizados los procesos y sistemas operativos del Ministerio de Educación, conforme a los lineamientos de auditoría gubernamental y, de acuerdo a las atribuciones que le otorga el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación. Las funciones señaladas en el respectivo Manual, son orientadoras de las tareas que debe cumplir cada servidor público, para el logro de los objetivos señalados en los diferentes planes y programas de trabajo. Funciones específicas: 1. Asesorar y apoyar al Ministerio de Educación en la definición de las políticas relativas al ejercicio de las funciones de orientación coordinación del sistema de control interno. 2. Asesorar a las dependencias del Ministerio en el efectivo ejercicio del control interno, cumplimiento de las disposiciones legales, aplicación adecuada de los procedimientos contables y observancia de las recomendaciones establecidas por la Dirección y mantener permanentemente informados a sus encargados sobre el estado de control interno de sus dependencias. 3. Planificar, organizar, coordinar y dirigir las actividades de auditoría interna, conforme a lo establecido en las normas emanadas de la Contraloría General de cuentas y los Reglamentos, Acuerdos y Procedimientos del Ministerio de Educación que regulan el funcionamiento de la Dirección, informando veraz y oportunamente al Despacho Ministerial. 4. Elaborar un plan anual de auditoría con base en los objetivos generales de la institución, así como las normas y criterios técnicos emitidos por la Contraloría General de Cuentas, para ejecutar oportunamente las auditorías planificadas. 5. Evaluar de manera permanente los sistemas integrados de administración y finanzas, herramientas tecnológicas y procesos de control interno. 6. Coordinar la elaboración y aprobación del plan de trabajo, plan operativo anual, memoria de labores y anteproyectos de la Dirección. La Dirección de Auditoría Interna, realiza su trabajo en las unidades administrativas y ejecutivas del Ministerio de Educación, las cuales están ubicadas en la planta central y en los Departamentos de la República, así como en los centros educativos oficiales ubicados en los 22 Departamentos de la República.

CONCLUSIÓN

Como resultado de la investigación anterior, es posible darse cuenta de la importancia que tiene el Nivel de Dirección Superior en la estructura del Ministerio de Educación de Guatemala, pues siendo el nivel más alto, es el que tiene mayor responsabilidad en la toma de decisiones, siendo el Ministro de Educación quien tiene a su cargo todas las dependencias del Ministerio, y que en conjunto con el Consejo Nacional de Educación, son lo que coordinan las políticas educativas del país y garantizan su operatividad, así como del Sistema Educativo y todos sus niveles, a su vez que son asesorados y apoyados por la Dirección de Auditoría Interna para que se cumplan las disposiciones legales y la aplicación adecuada de los procedimientos contables y financieros.

Evaluación ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE GUATEMALA (Despacho Superior)

Nombre: _______________________________________________ Carné: ___________ 1. ¿A qué nivel de la estructura del MINEDUC pertenece el Despacho Ministerial?  __________________________________________________________________ 2. ¿Quién conforma el Despacho Superior?  __________________________________________________________________ 3. Mencione 3 funciones del Ministro de Educación:  ____________________________________________________  ____________________________________________________  ____________________________________________________ 4. ¿Qué función tiene el Consejo Nacional de Educación?  __________________________________________________________________ 5. Mencione alguna de las funciones de la Dirección de Auditoría Interna.  __________________________________________________________________

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