Estructura Gramatical de La Norma Jurídica
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INTRODUCCIÓN A LA ESTRUCTURA DE LA NORMA JURÍDICA I.- PLANTEAMIENTO La estructura de de la norma jurídica es la manera manera en que ésta se presenta presenta y organiza. organiza. Se puede enfocar desde distintos puntos de vista: -Gramatical: Apela al significado y ordenación de las palaras que emplea la norma jurídica! esto esto es! al lenguaje. lenguaje. -Lógica: se refiere a la unidad de sentido de la proposición normativa! es decir! analiza analiza el juicio lógico lógico que encierra encierra la prescripción. prescripción. -Material: Se estudia el vinculo interpersonal interpersonal que crea la norma jurídica. jurídica. A este respecto es dale distinguir: a" La relación relación jurídica jurídica #fase #fase volun voluntaria taria"" " La consecu consecuenc encia ia jurídica jurídica #fase #fase forzada forzada o coacti coactiva" va"
II.- ESTRUCTURA GRAMATICAL EL LENGUAJE !.- C"#ce$t" $l lenguaj lenguaje e es aquel aquel conjunt conjunto o de signos signos y símolo símolos s convenc convenciona ionales les que permiten permiten la comunicación entre las personas.
%.- Eleme#t"& a" %ateria %aterialida lidad d de los signos! esto esto es! el fonema! fonema! grafema! grafema! ojeto ojeto o gesto que sirve de soporte físico al signo. " Los Los suje sujetos tos que que lo usan. usan. c" $l significado! significado! es es decir! decir! el el correlato real al que el signo se refiere. d" La convenci convenciona onalida lidad d del del signifi significado cado..
'.- Cla&e& (e Le#g)a*e $l lenguaje puede ser clasificado en los siguientes tipos: a" Lengua Lenguaje je &atural: &atural: es el conjunto conjunto de signos signos y símolos símolos que progres progresivam ivamente ente van adapta adaptando ndo las las socieda sociedades. des. 'ecien 'ecien el el nomre nomre de idioma idiomas. s. (orrespo (orresponde nden n al lenguaje lenguaje cotidiano o usual. usual. Su principal defecto! defecto! desde el punto punto de vista de las ciencias! en su alto nivel de vaguedad y amig)edad. " Artificia Artificial: l: $s aquel aquel creado delie delierada radamen mente te en una determinad determinada a *rea de la cultura cultura con una significación significaci ón precisa. Se sudivide en dos clases: -
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Lenguaje +écnico o Semiartificial, que es aquel que comina palaras del lenguaje natural con signos especialmente definidos! fijados y precisados en una ciencia! ciencia! arte o técnica. técnica. $j. Lenguaje Lenguaje de la medicina! medicina! de la física! de la ingeniería. Lenguaje ormal o Simólico, es aquel que en las palaras del lenguaje natur natural al an an sido sido enter enterame ament nte e susti sustitui tuida das s por por símo símolo los s formal formales. es. $j! $j! lenguaje de las matem*ticas o de la lógica.
+.- ,)#ci"#e& (el le#g)a*e. -
unc unció ión n /nfo /nform rmat ativ iva a o 0esc 0escri ript ptiv iva, a, es aque aquell lla a que que prop propor orci cion ona a un conocim conocimient iento o o informac información ión sore sore un estado estado de cosas e1istente e1istentes s en el mundo. $s desarrollada preferentemente por las ciencias.
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unción $1presiva, es aquella mediante la cual el emisor transmite sus propios sentimientos o emociones o usca provocarlos en el oyente. $s realizada! de preferencia por el arte.
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unción prescriptiva o directiva, es aquella que pretende ordenar o regular la conducta de las personas! se2alando lo que se dee o no acer. Se efect3a a través de las órdenes! las prescripciones! los mandatos! los consejos! las sugerencias! las invitaciones etc.
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unción 4perativa o $jecutiva, es aquella que opera o produce autom*ticamente un camio en la realidad. 5ay palaras que no se refieren a acciones sino que ellas en sí mismas constituyen y ejecutan una acción. $j. 6Los declaro marido y mujer7. $stas funciones no se dan de manera pura sino cominadas unas con otras, en consecuencia! la regla general! ser* que el lenguaje efectué una función mi1ta prevaleciendo algunas de las funciones referidas anteriormente de acuerdo al conte1to de que se trate.
.- Dime#&i"#e& (el le#g)a*e. $n el lenguaje podemos discernir tres dimensiones fundamentales: a" 0imensión sint*ctica, es aquella que se refiere a la estructura en que se ordenan los símolos! signos o palaras de un lenguaje dado para que la proposición tenga un sentido. " 0imensión sem*ntica, es aquella que se refiere al significado de las palaras o signos. c" 0imensión pragm*tica, es aquella que se refiere al sentido específico que quiso dar al lenguaje el sujeto que lo utilizó.
.- El le#g)a*e / el (erec0". $l dereco es una realidad pr*ctica puesto que pretende orientar la conducta de las personas a las que se dirige. 8or lo mismo! para que pueda realizar su fin! dee darse una comunidad de lenguaje entre el normador y el normado. 0e otro modo! las normas jurídicas serían ininteligiles y el dereco vería frustrados sus propósitos. $l lenguaje que utiliza el dereco para e1presarse ser*! pues! preferentemente! natural! para que así pueda ser entendido por todos. Sin perjuicio de lo anterior! incorporar* frecuentemente! con fines de certeza jurídica! palaras e1presamente definidas por el legislador! lo que constituye un lenguaje técnico. La función que realiza de manera prevaleciente el lenguaje jurídico es! como es ovio! la función prescriptiva o directiva! sin perjuicio de que ocasionalmente desarrolle tamién las funciones operativa y descriptivas.
III ESTRUCTURA LÓGICA LOS JUICIOS !.- C"#ce$t" $l juicio es una relación entre conceptos en que uno de ellos #predicado" afirma o niega algo del otro #sujeto". $j. $l muro es verde, la vida es reve.
%.- E&tr)ct)ra (e )# *)ici". Seg3n la teoría tradicional los juicios tienen una estructura predicativa y est*n compuestos de tres elementos, sujeto! cópula y predicado. Sujeto es la persona! cosa! situación o conducta a la que se le atriuye algo, predicado! es la cualidad o atriuto que se le imputa al sujeto y la cópula corresponde al vero 6Ser7 que une al sujeto con el predicado. Las teorías lógicas contempor*neas recazan la estructura predicativa del juicio entre otras razones por las siguientes, por un lado! no todos los juicio utilizarían como cópula el
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vero 6Ser7 #$j. $l sol rilla", por otro lado! e1isten juicios que carecen de sujeto #$j. Llueve"! o en los que el predicado es intercamiale con el sujeto #$j. 9uan es mayor que 8edro", en fin, gramaticalmente no todo lo que se e1presa como juicio lo es en estricto sentido. &osotros creemos necesario mantener la estructura lógica tradicional del juicio puesto que ella es el reflejo de la estructura ontica de la realidad. $n efecto! ésta se aparece como un conjunto de sustancias #sujetos" a las que pertenecen #ser" sucesivos accidentes #predicado". $stos elementos estar*n siempre presentes en la estructura del juicio! aunque no necesariamente de manera e1plícita.
'. Cla&e& (e *)ici" Seg3n la lógica aristotélica o tradicional no ay m*s que una clase de juicios, los enunciativos! asertivos o descriptivos. $stos son aquellos que descrien lo que sucede! es decir! versan sore lo que ocurre #ecos". Los juicios asertivos #o descriptivos" se clasifican entre otros! desde los siguientes puntos de vista:
!.- De ac)er(" a la ca#ti(a( (el &)*et". -
niversales, son aquellos en que el predicado se atriuye a la totalidad del sujeto. $j. +odos los omres son mortales.
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8articulares, son aquellos en que el predicado sólo se refiere a parte del sujeto. $j. Algunos omres son saios.
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Singulares, son aquellos en que el predicado se refiere a un individuo. $j. Sócrates es omre.
%.- De ac)er(" a la cali(a( (el &)*et" -
Afirmativo, son aquellos que estalecen una relación de compatiilidad entre el sujeto y el predicado. $j. +raajar es duro.
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&egativo, son aquellos que estalecen una relación de e1clusión entre el sujeto y predicado. $j. Los animales no piensan.
'.- De ac)er(" a la m"(ali(a( (e la relació# e#tre el &)*et" / el $re(ica(" -
(ategórico, son aquellos en que el atriuto predicado al sujeto no est* suordinado a condición! ipótesis o antecedente. $j. $l omre es mortal.
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5ipotético, son aquellos en que la atriución del predicado est* sujeta al cumplimiento de una condición o ipótesis. $j. Si llueve uso paraguas.
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0isyuntivo, son aquellos que a un mismo sujeto predican dos o m*s realidades que se e1cluyen mutuamente. $j. 9uan est* vivo o est* muerto. Se e1presan a través de la disyunción 6o7.
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(opulativos, son aquellos que predican de un mismo sujeto dos o m*s cualidades simult*neas. Se e1presan mediante la preposición conjuntiva 6y7. $j. 9uan est* en clases y conversando.
+.- De ac)er(" al 1)#(ame#t" (el $re(ica(". -
A priori, son aquellos en que se predica algo del sujeto independientemente de la e1periencia. $j. $l todo es mayor que la parte.
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A posteriori, son aquellos juicios que se predican dependiendo de la e1periencia. $j. $ste vaso peque2o.
Sin emargo fuera de la lógica tradicional ay quienes! como es el caso del profesor 9orge %illas que se2alan que tamién es posile distinguir los juicios no enunciativos ! no asertivos o prescriptivos. $stos son aquellos que versan sore un estado no actual de cosas y pueden dividirse en tres tipos,
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Sujuntivos, que son aquellos que e1presan el deseo de querer del sujeto en el sentido de que la realidad camie. $j. 4jal* llueva.
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/mperativos, son aquellos que e1presan una orden. $j. ;enga r*pido.
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&ormativos, que son aquellos que e1presan un estado de cosas que se espera que e1ista de acuerdo a un valor. $j. 8ague la renta, sea d. justo.
+.- la #"rma *)r2(ica / &) e&tr)ct)ra lógica (on respecto a la estructura lógica de la norma jurídica se an propuesto diversas teorías que advierten un soporte lógico com3n! suyacente a todas normas de 0ereco! est*n son:
-D"ctri#a tra(ici"#al 0e acuerdo a esta doctrina la norma es un mandato incondicionado! un imperativo categórico y! por lo mismo! su estructura lógica es la de un juicio prescriptivo categórico de la fórmula 6S dee ser 87. ;. gr. Los omres no deen roar. $sta estructura reciió las siguientes criticas, a" &o permite distinguir entre la norma jurídica y normas de otra índole. " &o incorpora sistem*ticamente la norma jurídica dos aspectos importantes del 0ereco! a saer, el eco antijurídico y la sanción. (on todo! es necesario advertir que dentro del pensamiento cl*sico no e1istió una refle1ión sore este tema! puesto que para la lógica aristotélica sólo tienen car*cter de 6juicios7 aquellas proposiciones que se refieren al ser! esto es! aquellas que llamamos ace poco 6juicios asertivos o declarativos7. +endría pues! que desarrollarse la lógica moderna y! particularmente! la lógica del deer ser o deóntica para que surgiera un estudio m*s acaado respecto de la estructura lógica de la norma jurídica. &o ostante! e1iste un jurista que va a servir de tr*nsito desde la teoría tradicional acia las posiciones m*s modernas. &os referimos al penalista (arl
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