ESTRATEGIAS TRIBUTARIAS

August 7, 2017 | Author: Monica Cujiño D. | Category: Liquidation, Taxes, Income Tax, Limited Liability Company, Accounting
Share Embed Donate


Short Description

Download ESTRATEGIAS TRIBUTARIAS...

Description

ESTRATEGIAS TRIBUTARIAS PARA DESARROLAR ACTIVIDADES MERCANTILES DESCRIPCION DEL CASO Una variable de planeación tributaria de importancia es seleccionar la figura jurídica en que se va a desarrollar la actividad económica. El taller pretende comparar en una misma situación financiera a diferentes tipos d empresarios (UNA PERSONA NATURAL, UNA EMPRESA UNIPERSONAL, UNA SOCIEDAD LIMITADA Y UNA SAS) y con el fin de evaluar el impacto tributario y comercial. Zoila Cabezas tiene un establecimiento de comercio denominado “AMANECERA Y VEREMOS”. Su actividad económica es la venta de gafas medicadas. Su información financiera del año gravable 2011 y 2012es la siguiente.         

Total ingresos por venta gafas $ 79.800.000 Total costos $34.600.000 Una casa por valor de $ 223.000.000 Un carro por valor de $ 55.000.000 Un establecimiento de comercio “AMANERECE Y VEREMOS” $24.000.000 Otros activos $ 50.000.000 Consumos con tarjeta de crédito $ 69.000.000 Compras $ 50.000.000 Pasivos $ 35..000.000

Zoila Cabezas desea continuar desarrollando su actividad constituyendo una empresa unipersonal, una sociedad de responsabilidad limitada o una SAS. Asesore a Zoila Cabezas cual es la mejor opción para lo cual deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:

A. ASPECTOS COMERCIALES 1. Generalidades A continuación Mapa Conceptual con definiciones de Empresas SAS, Empresa LTDA y Empresa Unipersonal.

CARACTERÍSTICAS Constitución Socios

SAS

LTDA

EU

1 o mas personas naturales o Juridicas Contrato o acto unilateral en documento privado inscrito en la Camara de Comercio. Requiere autenticación previa A traves de Escritura Publica si los aportes implican bienes

Mínimo 2 y Máximo 25

Suscripción y Pago de Capital

En cualquier condicion, proporción y plazo siempre y cuando no exceda de 2 años

Cuotas de igual valor. El Aumento o disminución del capital requiere que se haga Ref

El número de cuotas de igual valor nominal en que se dividirá el capital de la empresa.

Clases de acciones

(i) accio-nes privilegiadas; (ii) acciones con dividendo preferencial y sin deLey 1258 de 2008 4/19 recho a voto; (iii) acciones con dividendo fijo anual y (iv) acciones de pago.

Cuotas de participación

N/A

Hasta el monto de los aportes Hasta el monto de los aportes Hasta el monto de los aportes Comercial

Hasta el monto de los aportes Ilimitado Ilimitado Comercial

Hasta el monto de los aportes Hasta el monto de los aportes Hasta el monto de los aportes Comercial

Imposibilitada

Imposibilitada

Imposibilitada

Libertad para determinar estructura organizacional

La estructura orgánica de la sociedad, su administración y el funcionamiento de sus órganos pueden ser determinados libremente por los socios, quienes Empresario Unico solamente se encuentran obligados a designar un representante legal de la compañía.

Documento

Reponsabilidad Comercial Tributaria Laboral Naturaleza Posibilidad de negociar acciones/valores en mercado publico

Organización

Reuniones y Asambleas

Junta Directiva

Representacion legal

Reformas Estatutarias

Debe citarse por escrito por el Representante Legal con min (5) dias anteriores a la fecha de reunion y deben contar con Quorum de uno o varios accionistas que representen por lo menos la mitad mas una de las acciones suscritas No esta obligada. En caso de no existirlas funciones de administracion y Reprsentacion legal seran asumidas por el Representante Legal Persona Natural o Juridica. Su eleccion por parte de asamblea o accionista unico. Podra celebrar o ejecutar todos los actos o contratos comprendidos en el objeto social Se aprueban en asamblea con voto favorable de uno o mas accionistas que representen la mitad mas una de las acciones suscritas. Deben constar en documento privado inscrito en el Registro Mercantil. Se requiere documento publico en caso de que la reforme implique la transferencia de bienes

1 Solo

Aunque son las empresas más existentes en el país, no La empresa unipersonal puede constituirse por simple es fácil hacer sociedades limitadas. Se requiere documento privado, si se realiza algun aporte Escritura Pública.Acuerdo de Voluntades. inmueble se debe constituir por docuemento publico.

Se realizan Asambleas o Junta de Socios. Se cita a los socios con antelación, previamente según los Estatutos Empresario Unico de la Empresa.

Junta de Socios.

Empresario Unico

Las Limitadas pueden delegar la representación legal y administración en un gerente, quien se guiará por las Empresario Unico funciones establecidas en los estatutos.

Las Reformas Estatutarias se realizan por escritutra pública.

Empresario Unico

CARACTERÍSTICAS

Estados Financieros

SAS LTDA Deberan ser presentados por el Representate Legal ante la asamblea para su aprobación. En caso de unico Deben ser firmados por el Representante Legal y el accionista este aprobara todas las cuentas y dejera Contador Público. constancia en actas debidamente asentadas en el libro correspondiente

EU Deben ser elaborados conforme a los principios de contabilidad generalmente aceptados y dictaminados por un contador publico independiente.

Transformación

A la sociedad

de la sociedad a otro tipo de sociedad

Fusiones

Disolución

Cualquier sociedad podra tansrformarse a SAS antes de su disolución siempre que este aprobado por asamblea mediante determinación unanime de la totalidad de las acciones suscritas. Debe constar en documento privado isncrito en el registro mercantil. Podra tansrformarse a cualquier sociedad antes de su disolución siempre que este aprobado por asamblea mediante determinación unanime de la totalidad de las acciones suscritas. Debe constar en documento privado isncrito en el registro mercantil. En caso que una sociedad obtenga mas del 90% de las acciones de una SAS podra absorberla si asi fuese aprobado por el Representante legal o Junta(s) Directiva(s). Esta fusión podra realizarse por Documento privado inscrito en el registro Mercantil. Se requerirá Docuemnto publico en caso que transferencia de bienes La fusion debe ser publicado en un Diario de amplia circulación 1º. Por vencimiento del término previsto en los estatutos, si lo hubiere, a menos que fuere prorrogado mediante documento inscri-to en el Registro mercantil antes de su expiración; 2º. Por imposibilidad de desarrollar las actividades previstas en su objeto social; 3°. Por la iniciación del trámite de liquidación judicial; 4º. Por las causales previstas en los estatutos; 5°. Por voluntad de los accionistas adoptada en la asamblea o por decisión del accionista único; 6º. Por orden de autoridad competente, y 7º. Por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto de la sociedad por debajo del cincuenta por ciento del capital suscrito.

No es usual queuna empresa SAS se convierta en limitada, sin embargo una Empresa Unipersonal y P.N. Es muy sencillo, basta con una acta privada en la cual puede transformarse en sociedad limitada, siempre y todos los nuevos socios de manera unilateral cuando cumpla con los Requisitos de esta sociedad y manifiesten su deseo de participacion. este aprobado por la Asamblea de Socios. De Limitada a SAS y Sociedad Anónima también es posible, siempre y cuando aprueben por Junta de Socios y cumpla con los requisitos de la nueva sociedad a conformar.

La Limitada se puede fusionar con otra Limitada y con una Sociedad Anónima, debidamente registrada en la Reforma Estatutaria y mediante Escritura Pública, que se eleve ante Cámara de Comercio.

N/A

N/A

La fusion debe ser publicado en un Diario de amplia circulación

En primer lugar, el gerente debe convocar a la junta de socios para que sea el máximo órgano social quien adoptará la decisión según el código de Comercio y el Requisitos: Contrato Social que se haya adoptado (Art. 360 y num. Documento privado excepto cuando hay bienes 6º del Art. 218 del C. Co.) La anterior decisión, debe inmuebles, igual se dan seis meses para solucionar. registrarse en la Cámara de Comercio según el Art. 158.

CARACTERÍSTICAS

Liquidación

Exclusión de accionistas

Revisor Fiscal

Aspectos Tributarios Renta IVA Industria y Comercio Retefuente, IVA e ICA

SAS

Según lo establecido para las Sociedades Ltdas.

LTDA EU Causas de Liquidación: 1.Cuando ocurran pérdidas que reduzcan el capital por debajo del 50%. 2.Cuando el número de socios exceda de 25. 3.Por vencimiento del término previsto para su duración en el contrato, si no fuere prorrogado válidamente antes de su expiración. 4.Por la imposibilidad de desarrollar la empresa social, por la terminación de la misma o por la extinción de la cosa o cosas cuya explotación constituye su objeto. 5.Por reducción del número de asociados a menos del requerido en la ley para su formación o según lo establecido para las Sociedades Ltdas. funcionamiento, o por aumento que exceda del límite máximo fijado en la misma ley. 6.Por la declaración de Liquidación Obligatoria (Ley 222 de 1995). 7.Por las causales que expresa y claramente se estipulen en el contrato. 8.Por decisión de los asociados, adoptada conforme a las leyes y al contrato social. 9.Por decisión de autoridad competente en los casos expresamente previstos en las leyes.

Debera aprobarse en asamblea con el voto de uno o varios accionistas que representen la mitad mas una de las acciones presentes en la reunion. No esta obligada excepto que los activos brutos a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios mínimos.

La Junta de Socios puede excluir a un socio de una compañía limitada. Puede citar Asamblea Extraordianaria para esos casos. No esta obligada excepto que los activos brutos a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios mínimos.

No esta obligada excepto que los activos brutos a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios mínimos.

Declaran y contribuyen Responsables Contribuyentes Agentes retenedores

Declaran y contribuyen Responsables Contribuyentes Agentes retenedores

Declaran y contribuyen Responsables Contribuyentes Agentes retenedores

N/A

2. Efectué un cuadro comparativo entre la sociedad LTDA S.A.S, empresa unipersonal y persona natural en los siguientes aspectos:

ASPECTOS Facilidad de Constitución Responsabilidad Comercial Tributaria Laboral Credibilidad Posibilidades de crecimiento Autonomía (Capacidad de decision) Pago de aportes Contratacion con Representante Legal Promedio Ponderación

Sociedad Ltda. 3

SAS 1

Empresa Unipersonal 1

Persona Natural 1

1 3 3 1 2 3 2

1 1 1 2 1 2 1

1 1 1 3 3 1 3

3 3 3 3 3 1 3

1

1

3

3

19 2,1

11 1,2

17 1,9

23 2,6

3. Efectué un cuadro comparativo de ventajas y desventajas entre la sociedad LTDA, S.AS empresa unipersonal y persona natural. ASPECTOS Facilidad de Constitución Responsabilidad Comercial Tributaria Laboral

Credibilidad

Sociedad Ltda. Existen mayores gastos y tiempo invertido por la necesidad de constitucion por medio de Escritura Publica registrada en Notaria

SAS Empresa Unipersonal Se facilita su constitucion por medio de Se facilita su constitucion por medio de la elaboracion de un Documento Privado la elaboracion de un Documento Privado sin necesidad de pasar por la Notaria. sin necesidad de pasar por la Notaria. Esto significa menores gastos. Esto significa menores gastos.

Responde hasta el limite de sus aportes Responde hasta el limite de sus aportes Responde ilimitadamente Responde hasta el limite de sus aportes Responde ilimitadamente Responde hasta el limite de sus aportes Cuenta con la ventaja de ser una sociedad constituida y tener el respaldo Credibilidad según la Razón Social: La de varios accionistas y un capital, pero a Razón Social es el marco de la legislación razón social de SAS nos limita a conocer Colombia para empezar a dimensionar el de fondo quiénes son sus socios objeto social, capital, socios y demás impidiendo tener un mayor variables que componen una compañía conocimiento de la compañía. Hemos en Colombia. En la Sociedad Ltda. estos visto muchos casos en los cuales por no datos son abiertos al publico. conocer los socios de la compañía se realizan negocios con personas inescrupulosas.

Responde hasta el limite de sus aportes Responde hasta el limite de sus aportes Responde hasta el limite de sus aportes

Persona Natural Solo se requiere RUT

Responde con su patromonio Responde con su patromonio Responde con su patromonio

Aquí la credibilidad se ve afectada por el Aquí la credibilidad se ve afectada por el hecho de que este tipo de empresa hecho de que una sola persona ofrece ofrece menos respaldo que una Ltda. o menos respaldo que una sociedad una SAS constituida

ASPECTOS

Posibilidades de crecimiento

Autonomía (Capacidad de decision)

Pago de aportes

Contratacion con Representante Legal

Sociedad Ltda.

SAS Tiene una alta capacidad para aumentar Aunque la cantidad de socios le permite el capital de trabajo es mayor debido al contar con una buen capital de trabajo la potencial de accionistas que tiene, desventaja viene dada por tener un debido a no tener un limite de limite de socios establecido accionistas establecido El hecho de estar conformada por minimo dos personas implica tomar decisiones en conjunto y aumenta su complejidad y comun acuerdo

Aunque bajo el esquema de mas de un accionsita la toma de decisiones se hace más compleja existe la posibilidad de que la sociedad este conformada por una sola persona, en este caso, existe total autonomia para la toma de decisiones.

Empresa Unipersonal

Persona Natural

La dificultad viene dada en su mayor parte por las limitaciones para financiación como una sola persona

La dificultad viene dada en su mayor parte por las limitaciones para financiación como una sola persona

Al ser una sola persona existe total autonomia para la toma de decisiones

Al ser una sola persona existe total autonomia para la toma de decisiones

El pago de aportes puede hacerse en un El pago de aportes debe hacerse en el plazo hasta de 2 años, es decir que el momento de la constitucion, por lo tanto El pago de aportes debe hacerse en el capital puede quedar suscrito pero no se requiere de la disponibilidad de los momento de la constitucion, por lo tanto necesariamente pagado en el momento El capital de la empresa esta constituido mismos de manera inmediata, sin se requiere de la disponibilidad de los de la constitucion. Esto permite contar por el patrimonio de la persona. embargo, el capital se aporta entre todos mismos de manera inmediata y la carga con un tiempo suficiente para recaudar, los socios y no recae todo sobre una sola economica recae sobre una sola persona a titulo personal, los aportes persona comprometidos. Esto le permite a la empresa tener Esto le permite a la empresa tener No se pueden obtener beneficios por No se pueden obtener beneficios por beneficios tributarios por mayores beneficios tributarios por mayores mayores gastos ejecutados mayores gastos ejecutados agstos ejecutados agstos ejecutados

4. Concluya cual empresario es mejor desde el punto de vista mercantil La Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) es la mejor opcion desde el punto de vista mercantil y es la que más facilidades y seguridad ofrece para hacer la transformación de la Persona Natural que actualmente es la Sra. Zoila Cabezas. Lo anterior debido a que la SAS presenta las siguientes ventajas: Se puede constituir con un solo accionista, es decir que la Sra. Zoila no necesitaría de mas socios para poder constituir su nueva empresa, adicionalmente los aportes al capital pueden pagarse hasta dos años después de la constitución, esto le permite a la Sra. Zoila contar con un tiempo suficiente para recaudar el dinero de estos aportes de constitución. Otro punto favorable es la facilidad de creación de esta sociedad a nivel de documentación, puesto que este se puede hacer a través de un documento privado que se autentica y registra directamente en la Cámara de Comercio, es decir que no solo le representa ahorro en tiempo sino también en dinero dado que no le exigen elevar la constitución a Escritura Pública en Notaria. Otra ventaja es que la SAS tiene responsabilidad limitada al monto de los aportes tanto en aspectos comerciales, tributarios y laborales, esto le permite a la Sra. Zoila poner a salvo todo su patrimonio que no corresponda al valor del aporte de constitución.

B. ASPECTOSTRIBUTARIOS 1. GENERALIDADES IMPUESTOS

DEFINICION

Tributo que recae sobre las PN o PJ y Asimiladas que hayan recibido ingresos de su actividad económica y que constituyan su patrimonio . Las P.N. y sucesiones ilíquidas no son declarantes del impuesto sobre la IMPUESTO A LA RENTA Y renta y complementarios, así como los COMPLEMENTARIOS contribuyentes de menores ingresos y los asalariados siempre y cuando cumplan los presupuestos que la ley y el reglamento señalan para tal efecto.

Es un impuesto nacional a los consumos que tiene que ser abonado por las personas, en proporción al valor agregado del producto, así como la realización de determinadas obras y locaciones y la prestación de servicios.

IMPUESTO DE IVA

RETENCION EN LA FUENTE

El concepto de valor agregado corresponde a la diferencia entre el valor pagado por los bienes y servicios gravados adquiridos y el valor que al momento de la venta del bien o prestación del servicio gravado se adición, de tal manera que el impuesto se causa sobre el mayor valor adicionado en la nueva operación pero el impuesto pagado al adquirirlos se trata como descontable.

No es ningún impuesto, sino que es un mecanismo para recaudar impuestos anticipadamente de un impuesto que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas, o de industria y comercio. El efecto sobre los impuestos es que en el momento en el que se declara, estos valores podrán deducidos del valor total del impuesto. Para las personas no declarantes, la retención de la fuente será el impuesto.

CARACTERISTICAS SUJETOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA 1. Las corporaciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto social principal y recursos estén destinados a las actividades de salud, deporte, 1. El impuesto a la renta y sus ocasionales se consideran un solo tributo. educación formal, cultural, investigación científica o tecnológica, ecológica, protección ambiental, o a 2. Se aplica a contribuyentes del impuesto sobre la renta que reciben un tratamiento programas de desarrollo social, que sean de interés general y siempre que sus excedentes sean especial en consideración a su naturaleza y al desarrollo de actividades que el Gobierno reinvertidos totalmente en la actividad de su objeto social, con excepción de las contempladas en el determina como de interés para la comunidad. artículo 23 del mismo Estatuto. 3. Las ganancias ocasionales corresponden a todos aquellos ingresos que se generan por a. Cuando estas entidades no cumplan las condiciones señaladas, se asimilarán a sociedades actividades esporádicas o extraordinarias, por el acaecimiento de determinados hechos limitadas. que no hacen parte de la actividad cotidiana o regular del contribuyente, salvo cuando 2. Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que realicen actividades de captación y colocación de hayan sido taxativamente señalados como no constitutivos de ganancia ocasional. recursos financieros y se encuentren sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de 4. El patrimonio es la suma de todos los bienes y derechos apreciables en dinero poseídos Colombia. a 31 de diciembre del respectivo año y que tienen la posibilidad de producir una renta. 3. Los fondos mutuos de inversión y las asociaciones gremiales respecto de sus actividades 5. Están obligados a presentar declaración de impuestos sobre la renta y complementarios industriales y de mercadeo. todos los contribuyentes sometidos a dicho impuesto con excepción de aquellos que 4. Las cooperativas, sus asociaciones, uniones, ligas centrales, organismos de grado superior de señala la ley en forma expresa. carácter financiero, las asociaciones mutualistas, instituciones auxiliares del cooperativismo y confederaciones cooperativas previstas en la legislación cooperativa. 5. El Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas, según lo previsto en el artículo 108 de la Ley 795 VENTAS: • Los comerciantes • Los productos de bienes exentos • Personas que sin tener la calidad de comerciantes productores o distribuidores, realicen actos similares a estos. 1. Es un impuesto de ORDEN NACIONAL por consistir en una obligación pecuniaria que • Aerodinos: son los comerciantes y vendedores ocasionales debe contribuir el sujeto pasivo sin ninguna contraprestación directa y su ámbito de SERVICIOS: aplicación lo constituye todo el territorio nacional y el titular de la acreencia tributaria es la • Quienes presten servicios gravados Nación. IMPORTACIONES: 2. Es de NATURALEZA REAL por que recae sobre bienes corporales muebles, servicios y • Los importadores de bienes corporales muebles que no hayan sido expresamente excluidos del explotación de suerte y azar sin consideración alguna a la calidad de las personas que impuesto sobre las ventas. intervienen en la operación. • La responsabilidad se origina independientemente de que el bien importado se encuentre 3. Es de CAUSACIÓN INSTANTÁNEA porque el hecho generador del impuesto tiene destinado para su uso o para ser enajenado. ocurrencia en un instante o momento preciso y para una adecuada declaración la EN JUEGOS DE SUERTE Y AZAR: declaración se presenta en periodos bimestrales. • El operador del juego. 4. Es DE RÉGIMEN DE GRAVAMEN GENERAL la regla general es la causación del impuesto y • A la persona o entidad que ofrece el usuario a cambio de su participación un premio en dinero o en la excepción la constituyen las exclusiones expresamente contempladas en la ley, para la especie el cual ganara si acierta. aplicación del impuesto sobre las ventas los bienes y servicios se clasifican en gravados, RESPONSABLES DEL REGIMEN COMUN excluidos y exentos. excluidos y exentos. CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES: Cuando en forma directa realicen operaciones gravadas. OTROS RESPONSABLES: • En las ventas de bienes muebles por cuentas de terceros a nombre propio, como la comisión: • En la prestación de servicios. • En las importaciones quienes introduzcan mercancía extranjera al territorio aduanero nacional. 1. Se efectúa a Título de impuesto sobre la renta y los complementarios: El agente retenedor aplicara el valor de la base de retención señalada en la Ley, el porcentaje previamente establecido de acuerdo con la naturaleza del ingreso y lo restara del valor total del pago o abono en cuenta. 2. Se efectúa a Título de impuesto sobre las Ventas: Se debe practicar en el momento en que se efectue el pago o abono en cuenta lo que ocurra primero, sobre el impuesto generado en la compra de bienes o la prestación de servicios gravados y será equivalente al 50% del valor del impuesto. 3. Se efectúa a Título de Impuesto de timbre: El impuesto de timbre nacional, por ser estrictamente documental e instantáneo, se causa y se debe retener la tarifa del 1% en el momento del otorgamiento o aceptación en el país de los instrumentos públicos y privados, o los que se otorguen fuera del país pero que se ejecuten en el territorio nacional o generen obligaciones en el mismo, en los que se haga constar la constitución, existencia, modificación o extinción de obligaciones, al igual que su prorroga o cesión, cuya cuantía sea superior a 6.000 Unidades de Valor Tributario, en los cuales intervenga como otorgante, aceptante o suscriptor una entidad publica, una

OBLIGACIONES • Practicar la retención en la fuente. • Presentar la declaración mensual. • Efectuar el pago de las retenciones en bancos u otras entidades autorizadas por el gobierno. • Expedir certificados a quienes se les practicó retención. • Constituir y conservar pruebas por un término no inferior a 5 años • Suministrar información que soliciten las autoridades fiscales

PERIODICIDAD

Anual

Bimensual

Mensual

2. ASPECTOS PRACTICOS Para cada uno de los empresarios (la sociedad ltda , SAS, empresa unipersonal y persona natural) indique a) IMPUESTO DE RENTA 

Es contribuyente del impuesto de renta. Explique

Sea persona natural o jurídica, es contribuyente del impuesto de renta debido a que toda persona que ejerza una actividad económica formal lo es. 

Es declarante del impuesto de renta. Explique

Si fuese como persona jurídica es declarante del impuesto de renta debido a que toda persona jurídica lo es. Si fuese como persona natural es declarante del impuesto de renta teniendo en cuenta que no cumple dos de las condiciones (ver cuadro siguiente), que en este caso aplicaban, para ser no declarante.

Parámetro de comparación Ingresos totales como comerciante Patrimonio Consumo tarjeta de crédito Total compras y consumos



Condición para no declarar

Condición en $ UVT 2012 ($26049)

Cumple condición

≤ 1400UVT

$

36.468.600 $

79.800.000

no

≤ 4500UVT

$

117.220.500 $

352.000.000

no

≤ 2800UVT

$

72.937.200 $

69.000.000

si

≤ 2800UVT

$

72.937.200 $

50.000.000

si

Determine la base gravable por el sistema de depuración

Base Renta por depuración Total Ingresos $ Ingresos por venta gafas $ Ingresos no constitutivos de renta $ Total Costos $ Renta Bruta $ Deducciones $ Renta liquida $ Rentas exentas $ Base Grabable $ 

Situación actual

Determine la base gravable por el sistema de renta presuntiva

79.800.000 79.800.000 (34.600.000) 45.200.000 45.200.000 45.200.000

Base Renta presuntiva Total Activos Casa Carro Establecimiento de comercio Otros activos Total Pasivos Pasivos Activos liquidos Base grabable 3% 

$ $ $ $ $ $ $ $ $

352.000.000 223.000.000 55.000.000 24.000.000 50.000.000 (35.000.000) 35.000.000 317.000.000 9.510.000

Valor del impuesto a pagar

Teniendo en cuenta que la base grabable mayor se da por el sistema de depuración el impuesto a pagar es:

Valor del impuesto a pagar Persona Natural Base Grabable por depuración $ 45.200.000 Base Grabable por depuración (UVT 2012) $ 1.735,19 Impuesto a pagar (UVT) 125,85 Valor Impuesto a pagar ($) $ 3.278.360

Valor del impuesto a pagar Persona Juridica Base Grabable por depuración $ 45.200.000 Impuesto a pagar 33% $ 14.916.000,00 

Utilidad real

Cálculo de Utilidad Real Persona Natural Base grabable por depuración $ 45.200.000 Impuesto de renta a pagar $ (3.278.360) Utilidad real $ 41.921.640

Persona Juridica $ 45.200.000 $ (14.916.000) $ 30.284.000

b) IMPUESTO A LAS VENTAS 

A qué régimen pertenece. Explique

Como viene trabajando Zoila Cabezas, hasta este momento, es régimen simplificado puesto que la cumple las condiciones para serlo como se puede observar en el siguiente cuadro. Existen dos parámetros de los cuales no se tiene información que son los contratos superiores a 3300UVT y el monto total de consignaciones. Estas se suponen como no representativas. Ver cuadro siguiente.

Parámetro de comparación Ingresos totales Establecimientos comerciales Contrato Consignaciones Actividad desarrollada Usuario aduanero 

Condición para no declarar < 4000UVT

Condición en $ UVT Situación actual 2012 ($26049) $ 104.196.000 $ 79.800.000

≤1 ≤ 3300UVT ≤ 4500UVT

N/A $ $

85.961.700 117.220.500

$

1

Cumple condición si si

N/A N/A

-

No franquicia, no conceción, no regalia, no autorización, etc

N/A

N/A

si

No ser

N/A

N/A

si

Que obligaciones debe cumplir. Explique

Las obligaciones que tiene que cumplir Zoila Cabezas para ejercer su actividad económica, teniendo en cuenta que es régimen simplificado, son:    

-Estar Inscrita en el RUT -Presentar una copia del RUT, en la primera transacción, a la persona natural o jurídica a la que le va vender el bien. -Exhibir el RUT en un lugar visible al público. -Llevar un libro de registro.

Si algo le preocupa al pequeño comerciante, es tener que inscribirse en el régimen común del impuesto a las ventas, por lo que haremos un pequeño resumen de las obligaciones que se tendrán que cumplir si se pasa a este régimen.   





 

actualizar el Rut para incluir allí la responsabilidad en el impuesto a las ventas como régimen común. Si no se estaba inscrito en el Rut, pues habrá que hacerlo Una vez inscrito en el Rut, o una vez actualizado, según el caso, habrá que solicitar ante la Dian la resolución de autorización para facturar Igualmente habrá que registrar los libros de contabilidad, puesto que otra de las obligaciones del régimen común es llevar contabilidad, aunque existen algunas pocas excepciones en que los responsables del régimen común no están obligado a llevar contabilidad, pero por regla general, el régimen común tiene que llevar contabilidad según las normas contables vigentes. El responsable del régimen común tendrá que asumir el Iva en las compras que realice a los responsables del régimen simplificado, lo cual lo convierte en agente de retención, obligándolo a que presente mensualmente la respectiva declaración. Igualmente el responsable del régimen común por supuesto que tendrá que cobrar y facturar el Iva, y tendrá que presentar la declaración de Iva respectiva, lo mismo que consignar el Iva que resulte a pagar en la declaración. En algunos casos el régimen común tendrá que contratar a un contador público, puesto que cuando la declaración de Iva la arroje un saldo a favor, tendrá que estar firmada por contador público. Por último, el responsable del régimen común en caso de cesar las actividades gravadas, tendrá que informar el hecho a la Dian para proceder a la respectiva actualización del Rut. Importante recordar que mientras no se reporte el cese de actividades, la responsabilidad seguirá vigente.

c) RETENCION EN LA FUENTE 

Es sujeto pasivo de la retención. Explique

Zoila Cabezas es sujeto pasivo de la retención puesto que toda persona natural tiene la obligación de pagar este impuesto en los casos que la transacción se de con un agente retenedor. Un ejemplo de lo anterior lo podríamos encontrar en el caso en que le venda las gafas a una EPS que tenga esta función. Mientras venda al menudeo no pagara retención en la fuente sino que pagara el impuesto de renta después de que se sierre el año gravable. 

Es agente retenedor. Explique

No es agente retenedor debido a que, por un lado, no es un gran contribuyente, por el otro, no pertenece al régimen común. 

Obligaciones Explique

Como es persona natural declarante, pero no es un agente retenedor, lass unica obligaciones que tiene es pagar la retención en los casos que aplique y llevar un registro en un libro para la posterior declaración del impuesto de renta. Quienes actúen como agentes de retención deben cumplir con una serie de obligaciones que a continuación relacionamos. Obligación de retener Naturalmente que todo agente retenedor debe practicar la retención en la fuente cuando haya lugar a ello. Para esto se debe tener en cuenta tanto el sujeto de retención, como el concepto a retener. Respecto a los sujetos de retención, hay que tener en cuenta que algunas empresas no están sujetas a retención en la fuente por renta, como es el caso de las empresas pertenecientes al régimen especial, a las entidades no contribuyentes, al estado y sus diferentes unidades administrativas, y cuando la operación sujeta a retención no supere los topes establecidos por la ley (4 UVT en servicios y 27 UVT en compras). Si un agente de retención estando obligado a practicar la retención y no lo hiciere, deberá responder ante el estado por el valor dejado de retener incluyendo intereses. En este caso, el agente de retención puede solicitar al sujeto de retención el reembolso del valor no retenido. Obligación de declarar Todo agente de retención está en la obligación de declarar las retenciones que haya practicado. La declaración de retención es mensual, pero en lo casos en que no se hayan practicado retenciones, no es obligatorio presentar la declaración de retención en ceros. La declaración se debe presentar correctamente. Consultar: Cuando una declaración se considera como no presentada y Declaraciones tributarias que deben ser firmadas por contador público) Consignar las retenciones El agente retenedor está en la obligación de consignar oportunamente los valores retenidos. Si no lo hace, su declaración se considera ineficaz. Consulte: Ineficacia de la declaración de retención en la fuente presentada sin pago total.

Adicionalmente, el hecho de no pagar oportunamente las retenciones practicadas, es considerado un delito penal por la legislación colombiana. Consulte: Responsabilidad penal por no pagar las retenciones y el Iva Expedir certificados Los agentes de retención están obligados a expedir los respectivos certificados de retención a los sujetos pasivos a quienes se les haya retenido. El certificado debe ser expedido dentro de los plazos fijados por el gobierno nacional. Consulte: Sanción por no expedir certificados de retención en la fuente.

C. CONCLUSIONES Zoila Cabezas debe continuar su actividad como persona natural teniendo en cuenta que, aunque a nivel mercantil su mejor opción es constituir una sociedad por acciones simplificadas, tributariamente no le es conveniente debido que su empresa aun no tiene un tamaño en el que la diferencia entre el impuesto de renta como persona jurídica y el mismo como persona natural se vuelva despreciable. Dicha diferencia corresponde a $11.637.640 COP la cual representa un 25.74% de su base grabable, una suma que tiene un gran impacto en su utilidad real. A medida que la empresa crezca esta diferencia va a tender a cero y durante ese proceso Zoila Cabezas deberá analizar el momento más apropiado para desplazarse hacia la sociedad por acciones simplificadas. Para esto deberá evaluar el riesgo que representa que todos sus activos estén como respaldo de sus operaciones comerciales frente a la utilidad real adicional que está recibiendo por permanecer como persona natural.

.

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF