Estrada Denise Qué Ley Le Asiste

March 15, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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 ¿Que ley laboral le asiste? asiste?

Datos de identificación Nombre completo:

Mirem Denise Estrada Bojórquez

Matrícula:

18003511

Nombre del Módulo:

Derecho Laboral

Nombre de la Unidad:

Condiciones de trabajo

Nombre del asesor:

Vanessa Ruiz

Fecha de entrega:

30 de enero 2020

contenido tenido de este formato no puede ser distribuido, ni transmitido, parcial parcial o totalmente, mediante cualquier cualquier medio, método o sistema  © UVEG. Derechos reservados. El con impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, debido a que se trata de información confidencial que sólo puede ser trabajado por personal autorizado para tal fin.

 

 

Caso  Instrucción: Lee y analiza el siguiente caso.

Caso: Jorge, ¿qué ley labora le asiste? Jorge acude a ustedes y les comenta que entró a trabajar a una agencia de automóviles, específicamente en el área de servicio exprés el día 1 de enero y que le dijo a su patrón que era mecánico especializado. Como al patrón le urgía que alguien comenzara a trabajar contrató de inmediato a Jorge, quien le entregó documentos personales a su patrón, como por ejemplo un certificado que lo califica como técnico electricista y una carta de recomendación del empleo anterior, donde decía que se había desempeñado como auxiliar general, haciendo diversas actividades.

Fue hasta el día 30 de marzo cuando el patrón se dio cuenta de que Jorge era electricista y no mecánico y mucho menos especializado, ya que habló a la empresa en la que le habían extendido la recomendación y el jefe de taller sólo se limitó a decir que había sido un buen chalán y que como no se había querido capacitar, tuvieron que prescindir de sus servicios. El patrón ya había recibido quejas por parte de los clientes, pues manifestaron que en sus vehículos no sólo no habían sido reparados, sino que presentaban nuevas fallas. El patrón al ver el título de técnico electricista en lugar del de mecánico que necesitaba despidió a Jorge, aduciendo que el despido era justificado y que Jorge lo engañó al decirle que era mecánico especializado.

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Desarrollo. Proporciona las respuestas a las preguntas que trabajaron en el foro:

1. ¿Jorge celebró el tipo de contrato adecuado para demostrar su experiencia?  Argumenten  Argument en ampliamente. ampliamente.

Para contestar adecuadamente esta pregunta, el caso no especifica si se generó un contrato y de que tipo, pero de acuerdo con los artículos 20 y 21 podemos asumir que se trata de un contrato individual: Artículo 20.- Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario. Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario. La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos. Artículo 21.- Se presumen la existencia del contrato y de la relación de trabajo entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe.

Y bueno independientemente que Jorge no haya firmado un contrato se ampara en el Artículo 26 que dice: La falta del escrito a que se refieren los artículos 24 y 25 no priva al trabajador de los derechos que deriven de las normas de trabajo y de los servicios prestados, pues se imputará el patrón la falta de esa formalidad. En cuanto a demostrar su experiencia Jorge mintió deliberadamente al decir que era mecánico cuando no lo era, por lo que incurre en engaño. Y el patrón también tiene responsabilidad en el asunto, ya que Jorge le entregó los documentos oficiales donde venía su certificado de estudios el cual especificaba que era técnico electricista, y bueno al parecer no les dio el debido seguimiento, de comprobar las fuentes.

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2. ¿Se trata de un despido justificado o injustificado?; ¿cuál es el fundamento legal?

Es despido justificado por que Jorge mintió de palabra al decir que tenía una experiencia y grado que no poseía. Se justifica por medio del Artículo 46.- El trabajador o el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad.

3. ¿Qué sustento tiene el patrón para rescindir el contrato que tenía celebrado?  Argumenten  Argument en ampliamente. ampliamente.

Tiene como sustento el engaño por parte de Jorge y su falta de capacitación para llevar a cabo las tareas para la que fue contratado. Se ampara en el Artículo 47.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón: I. Engañarlo el trabajador o en su caso, el sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador. V. Ocasionar el trabajador, intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de las V. Ocasionar labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo; VI. Ocasionar el trabajador los perjuicios de que habla la fracción anterior siempre que sean VI. Ocasionar graves, sin dolo, pero con negligencia tal, que ella sea la causa única del perjuicio;

4. ¿Jorge puede demandar, por despido injustificado?, o ¿debe perder el empleo sin responsabilidad para el patrón? En cualquier caso, argumenten con sustento legal.

Jorge debe de aceptar las consecuencias de sus actos, que mintió para conseguir el empleo y que además una vez dentro no cubrió con las expectativas del mismo, ocasionando quejas y enojo por parte de los clientes, por lo que en su caso yo no recomendaría que demandara ya que el despido fue justificado y además se puede comprobar.

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Conclusiones.   Conclusiones.

De acuerdo con lo que realizaron en equipo, menciona la relevancia y/o utilidad, en tu vida diaria, de conocer el tema de legislación laboral. En lo personal pienso que es de suma importancia tener amplio conocimiento de la Ley Federal del Trabajo, por que independientemente de ser patrón o empleado, es necesario saber cuáles son los derechos y las obligaciones de ambas partes, para protegerse y defenderse de alguna injusticia o para tomar acciones legales cuando sea necesario. Ya no solo los empleados son los que más necesitan conocer a fondo esta Ley, sino también los patrones, como lo fue en este caso, porque muchas veces los empleados también incurren en la falta de honestidad provocando problemas y daños en la empresa.  Así que es justo que tanto tanto empleados empleados como patrones patrones ejerzan sus sus derechos derechos y obligacione obligaciones s para que la relación laboral sea lo más transparente y justa que sea posible.

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Referencias  Instrucciones: Coloca por lo menos 3 fuentes de información (documentos, entrevistas, libros, sitios institucionales web, etc.) relacionadas con el tema y citadas en la Unidad. Deberás redactar las citas referencias de acuerdo con el formato APA.

El contribuyente (2019) Ley Federal del trabajo. Capitulo IV Rescisión de las relaciones de trabajo Recuperado de:  de:  http://www.elcontribuyente.com.mx/Leyes/LFT.htm

Justia México (2020) Ley Federal del trabajo. Recuperado de: https://mexico.justia.com/federales/leyes/ley-federal-del-trabajo/titulo-segundo/capitulo-iv/

Secretaria del trabajo y fomento al empleo (2020) Derechos laborales. Recuperado de: https://www.trabajo.cdmx.gob.mx/procuraduria-de-la-defensa-del-trabajo-de-lacdmx/derechos-laborales  

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