Estatutos y Regalamento Interno
January 18, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
Short Description
Download Estatutos y Regalamento Interno...
Description
ACTA CONSTITUTIVA.
– ESTATUTOS
Y REGLAMENTO INTERNO.
CLAUSULA CLAUSUL A PRIMER PRIMER A: La Asociación se denominará SOCIEDAD CIENTIFICA DE ESTUDIANTES DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO SEDE ARAGUA, cuyas siglas serán SOCEMUCSA, esta Asociación será: sin fines de lucro con personalidad jurídica y patrimonio propio, autónoma para realizar cualquier actividad necesaria para el cumplimiento de sus objetivos enmarcada dentro de los parámetros de la ley.
CLAUSULA CLAUSUL A S EG UNDA: DEL DOMICILIO: La Sociedad tendrá carácter nacional, pudiéndose establecer delegaciones o filiales en cualquier ciudad de la República Bolivariana de Venezuela, para el mejor logro de sus fines. El domicilio de dicha Sociedad será la ciudad de Maracay, Estado Aragua, en las instalaciones de la Universidad de Carabobo Sede Aragua, Ar agua, Facultad de Ciencias de la Salud. La Morita II. Vía Maracay – Turmero. Final de la Av. Ruiz Pineda. Oficina SOCEM UCSA, diagonal a comionaduría.
CLÁUSUL CLÁU SULA A TERCE RA : DE LA DURACIÓN: La presente Sociedad tendrá una duración ilimitada, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 1.673 del Código Civil, y sólo podrá disolverse por la voluntad de la mayoría de sus miembros titulares, en Asamblea General.
CLÁUSULA CLÁUSUL A C UAR TA: DE LOS OBJETIVOS: La finalidad de esta Sociedad es: 1. Promover la investigación científica, a través de proyectos de investigación que sean debidamente publicados y contribuir al desarrollo de la educación médica continúa de alto nivel en la Universidad de Carabobo Sede Aragua. 2.
Reconocer públicamente y por escrito el desempeño académico y científico de sus miembros y abogar por que éstos sean reconocidos ante las instancias universitarias a nivel local, nacional e internacional.
3. Planificar, organizar y llevar a cabo eventos periódicos con fines científicos, académicos, culturales y de acción social en beneficio de sus miembros y de la comunidad estudiantil de la Universidad de Carabobo, Sede Aragua.
UNIVERSI DAD DE CARABOBO. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD SEDE ARAGUA. LA MORITA II. UNIVERSIDAD Vía Maracay – Turmero. Final Avenida Ruiz Pineda Pineda . Oficina SOCEM UCSA, UCSA, diagonal a Comisionaduría.
http://socem--ucsa.blogspot.com/ @SOCEMUCSA
ACTA CONSTITUTIVA.
– ESTATUTOS
Y REGLAMENTO INTERNO.
4. Propiciar
y
mantener
fructíferas
relaciones
con
organismos
nacionales e internacionales para así garantizar la participación de los miembros titulares fuera de las instancias universitarias y del Estado. 5. Difundir información sobre los eventos científicos locales, nacionales e internacionales a nivel de las escuelas de medicina de nuestra nación. 6. Conformar una sólida red de profesores y ex alumnos alumnos asesores al servicio y disposición de aquellos alumnos de las escuelas de medicina de las universidades venezolanas que deseen incursionar en el campo de la investigación científica, éticas y morales. 7.
E s ta table blecer cer de una rela relaci ción ón directa dir ecta con el decanat decanato o y C ons ejo de la E scuela de Medicina “Dr. Witremundo Torrealba”. Participando P articipando de manera activa en los consejos, haciendo reportes las actividades que desarrolle la SOCEM UCSA, por periodos trimes tri mestral trales es.. C on la finalidad finalidad de que la F acult acultad ad avale avale toda todass la lass activ act ividad idades es y que to todos dos los profes profesores ores te teng ng an conoci conocimient mientos os de las mismas . (Pendiente su aprobación parte del comisionado y la directora de escuela).
8. Propiciar las relaciones con los los demás organismos gubernamentales como no gubernamentales, con la finalidad de organizar eventos y jornadas educativas sobre tópicos de salud de interés común entre los jóvenes estudiantes de medicina. 9. Destinar el talento de sus miembros a las acciones de salud comunitaria mediante la planificación de jornadas de atención médica ofrecida a la población en general, siendo la prioridad los sectores vulnerables en el estado Aragua. 10. Interactuar permanentemente con otras sociedades universitarias de estudiantes de medicina a nivel Nacional e Internacional, vínculo que permitirá obtener beneficios recíprocos con todas las entidades. 11. Garantizar la participación p articipación de la Sociedad y sus miembros a nivel nacional e internacional en aquellas organizaciones a la cuales está adscrita FEVESOCEM (Federación Venezolana de Sociedades
UNIVERSI DAD DE CARABOBO. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD SEDE ARAGUA. LA MORITA II. UNIVERSIDAD Vía Maracay – Turmero. Final Avenida Ruiz Pineda Pineda . Oficina SOCEM UCSA, UCSA, diagonal a Comisionaduría.
http://socem--ucsa.blogspot.com/ @SOCEMUCSA
ACTA CONSTITUTIVA.
– ESTATUTOS
Y REGLAMENTO INTERNO.
Científicas).
Y
FELSOCEM
(Federación
Latinoamericana
de
Sociedades Científicas de Estudiantes de Medicina), y promover su inclusión ante otras a las cuales no pertenezca. 12. Garantizar y dar reconocimiento r econocimiento en todo momento a la Universidad de Carabobo,
Sede
Aragua
como
Representante
de
nuestra
organización, haciendo aportes que mejoren su posición en el e l ranking nacional e Internacional de Universidades.
CAPITULO II DE LOS MIEM CAPITULO MIEMBB ROS Y LA AS AMBLEA GE NERA L CLÁ USULA QUINT QUINTA: A: Para efectos de su manejo administrativo y organizacional la Sociedad estará constituida por cuatro (4) clases de miembros: 1.- Miembros Instucionales, 2.- Miembros Administrativos, 3.- Miembros Ejecutivos y 4. Miembros Mi embros A s es esor ores es.. CLÁUSULA SEXTA: DE LOS MIEMBROS INTITUCIONALES: Corresponden
Estudiantes de Medicina de la Universidad de Carabobo Sede Aragua.
Parágrafo Primero: Son deberes de los miembros Institucionales: a) Ser personas apolíticas y sin fines de lucro. Estuantes de medicinas solventes, sin materias pendientes. b) Tomar parte activa en las actividades planteadas por la Sociedad. Y cumplir con la asistencia al 60% de las mismas. c) Solicitar anualmente y por escrito ante la Asamblea General su inclusión como miembro institucional. d) Cancelar el aporte correspondiente a la membrecía anual y mantenerse solvente con ésta. e) Realizar al menos la publicación de un artículo científico anual, para renovar la constancia de miembro activo de la SOCEM UCSA. f) Mantenerse en cabal cumplimiento de los estatutos.
Parágrafo Segundo: Son derechos de los miembros Institucionales: a) Hacer uso de voz y voto en las Asambleas Generales. b) Conocer los planes y programas de la Sociedad pudiendo participar en los mismos, e integrar los grupos de trabajo de ésta.
UNIVERSI DAD DE CARABOBO. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD SEDE ARAGUA. LA MORITA II. UNIVERSIDAD Vía Maracay – Turmero. Final Avenida Ruiz Pineda Pineda . Oficina SOCEM UCSA, UCSA, diagonal a Comisionaduría.
http://socem--ucsa.blogspot.com/ @SOCEMUCSA
ACTA CONSTITUTIVA.
– ESTATUTOS
Y REGLAMENTO INTERNO.
c) Exigir a través de los canales regulares, el buen funcionamiento de la Sociedad, haciendo las críticas y observaciones pertinentes. d) Asistir a los encuentros organizados por la Sociedad, y otros e entes ntes a lo loss cuales esté adscrita. e) Solicitar al final de Gestión, una constancia de participación participación sellada y avalada por la SOCEM UCSA, así como los entes a los cuales está suscrito, FEVESOCEM, FELSOCEM.
CLÁUSULA SÉPTIMA: DE LOS MIEMBROS ADMINISTRATIVOS: Son todas aquellas personas que componen el Consejo Directivo de la Sociedad, razón por la que se denominan administrativos, ya que en ellos recae la organización, gestión y conservación de los comités de la organización.
CLÁUSULA CLÁUSUL A OCTAVA: OCTAVA: DE LOS MIEMBROS EJECUTIVOS: Son todas aquellas personas que componen la Junta Directiva de la Sociedad, razón por la que se denominan Ejecutivos, ya que en ellos recae la administración, vigilancia y conservación de la Sociedad Científica de Estuantes de Medicina, Sede Aragua.
CLÁUSULA NOVENA: DE LOS MIEMBROS CONSEJEROS: son todas aquellas personas graduadas de médico, que formaron parte de alguna gestión anterior, y que están dispuestas a asesorar y seguir guiando a las gestiones subsiguientes.
CLÁUSULA DECIMA: DE LA JUNTA DIRECTIVA: Se conformara por miembros ejecutivos, esta integra al PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, SECRETARÍA, TESORERÍA. Siendo esta la máxima autoridad para la preservación de la sociedad y el cumplimiento de las normativas.
CLÁUSULA CLÁUSUL A DEC IMA IMA P RIMER RIMER A: DEL CONSEJO DIRECTIVO: Estará Integrado por nueve (9) figuras representantes de cada ca da comité estas, serán las Directoras de:
1. SC ROP ( S Standing tanding Committee On Human Right Refuges and Peace). 2. C A P A IS (Comité Permanente de atencion Integral en Salud) / S COP H ( Standing Standing Committee on Public Health ). 3. C P E D E C (Comité Permanente de Evaluación y Desarrollo Científico) / CIMEL (Revista Ciencia e Investigación Médica Estudiantil Latinoamericana). 4. CPEM (Comité Permanente de Educación Médica) / S C OME Committee on Medical Educación).
(Standing
UNIVERSI DAD DE CARABOBO. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD SEDE ARAGUA. LA MORITA II. UNIVERSIDAD Vía Maracay – Turmero. Final Avenida Ruiz Pineda Pineda . Oficina SOCEM UCSA, UCSA, diagonal a Comisionaduría.
http://socem--ucsa.blogspot.com/ @SOCEMUCSA
ACTA CONSTITUTIVA.
– ESTATUTOS
Y REGLAMENTO INTERNO.
5. R E P C (Red Estudiantil de Prevención Cardiovascular). 6. SCORSA (Standing Committee On Reproductive Health Including AIDS). 7. SCORE (Standing Committee on Research Exchange). 8. CPRII (Comité Permanente de Relaciones Internacionales e Intercambios) /S /S C OP E (Standing Committee on Professional Exchange). 9. MLV (Medios Virtuales Latinoamericanos) /TEC /TEC NOLOG ÍA. Aunado a ello, las cuatro (4) personas que ocupen cargo Ejecutivo. Siendo el Consejo directivo un órgano clave de 13 personas, para la toma de decisiones durante las asambleas ordinarias, y extraordinarias.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DE LAS ASAMBLEAS GENERALES:
Se
realizaran 4 asambleas generales con carácter obligatorio y trimestral. No se
limita el número de asambleas que pueda existir en el año, sin embargo no se debe dejar de hacer la IAG ENERO, IIAG ABRIL, IIIAG SEPTIEMBRE, IV AG DIECIEMBRE.
CLÁUSULA CLÁUSUL A DÉCIMA DÉCIMA TER TER CE RA : La elección de los miembros administrativos se hará en la III Asamblea General de la SOCEMUCSA.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: DE LA EXCLUSIÓN: Los miembros de la Sociedad deberán cumplir con los estatutos establecidos; en caso contrario, serán sancionados con la exclusión de los mismos en Asamblea General convocada para tal fin.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: CAUSALES DE EXCLUSIÓN DE LOS MIE MB R OS INS IN S TI TITUC TUC IO IONA NA L E S : a) Remoción por la Asamblea General por infringir los estatutos de la Sociedad. b) Infringir las prohibiciones proh ibiciones que la ley impone a todo asociado c) Por pérdida de la solvencia en la cancelación de la membrecía anual aprobada por la Asamblea General d) El no cumplimiento o irrespeto de los demás deberes y derechos contemplados en el presente documento constitutivo.
CLÁUSULA CLÁUSUL A DÉ CIMA CIMA S EXTA: EXTA: DE LA R ENUNCIA: ENUNCIA: Los Miembros deberán emitir comunicado formal y de escrito a la Asamblea General con el fin de exponer su renuncia a esta Sociedad. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: Salvo las distinciones antes indicadas, las categorías que identifican a los miembros de la Sociedad no confieren en ninguno de estos derechos u obligaciones distintas a los que impone UNIVERSI DAD DE CARABOBO. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD SEDE ARAGUA. LA MORITA II. UNIVERSIDAD Vía Maracay – Turmero. Final Avenida Ruiz Pineda Pineda . Oficina SOCEM UCSA, UCSA, diagonal a Comisionaduría.
http://socem--ucsa.blogspot.com/ @SOCEMUCSA
ACTA CONSTITUTIVA.
– ESTATUTOS
Y REGLAMENTO INTERNO.
el cumplimiento de los objetivos de la Asociación. La condición de miembro de la Asociación en cualquiera de sus categorías, se pierde por muerte de la persona natural o por liquidación o cesación ce sación de actividades de la Asociación. De igual forma, se pierde dicha condición por separación forzosa decretada por la Asamblea General de la Asociación, mediante decisión razonada, o por renuncia a la condición de miembro por parte de su titular.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: Todos los miembros de la Asociación tienen derecho a estar informados de manera periódica general del proceso de la institución, por lo que estará a disposición de dichos miembros la memoria anual que será preparada conforme lo señalado en estos estatutos.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: Todos los miembros de la Asociación reunidos constituyen la Asamblea General. Los miembros de la Asamblea General dejarán de serlo por cualquiera de las causas contempladas en la Cláusula Décima Cuarta de estos Estatutos, aplicables a los miembros de la Sociedad. No obstante, en caso de separación forzosa, la misma se considerará y será en Asamblea General, convocada a tal efecto.
CLÁUSULA CLÁUSUL A VIGÉS IMA: IMA: La Asamblea General se reunirá una (01) vez al año en forma ordinaria. No obstante, se podrá reunir en forma extraordinaria extraordinar ia cuantas veces sea necesario. La convocatoria para la Asamblea General, sea ordinaria o extraordinaria, será hecha por el Presidente o Vicepresidente, previo acuerdo y autorización de la Junta Directiva. Dicha convocatoria se hará mediante comunicación escrita o vía electrónica dirigida a cada uno de los miembros a la Asamblea General, y en ella se indicaran tanto los puntos a ser tratados en la Asamblea convocada, como el día y la hora en que se efectuará la misma, fijando un lapso prudencial no inferior a cinco (5) días entre él envió de la convoca convocatoria toria y la fecha designada para la celebración de la Asamblea.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: La Asamblea General, reunida en forma ordinaria o extraordinaria, tendrá las más amplias facultades de administración sobre todos los bienes y actividades de Asociación, A sociación, inclusive, tendrá las siguientes: a) Acordar la incorporación y desincorporación de nuevos miembros a la Asamblea General, b) Conocer de la incorporación así como la desincorporación o separación forzosa de cualesquiera miembros de la Sociedad, c) Designar los miembros de la UNIVERSI DAD DE CARABOBO. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD SEDE ARAGUA. LA MORITA II. UNIVERSIDAD Vía Maracay – Turmero. Final Avenida Ruiz Pineda Pineda . Oficina SOCEM UCSA, UCSA, diagonal a Comisionaduría.
http://socem--ucsa.blogspot.com/ @SOCEMUCSA
ACTA CONSTITUTIVA.
– ESTATUTOS
Y REGLAMENTO INTERNO.
Junta directiva, principales y suplentes, d) Conocer de cualquiera de las actividades de la Asociación, e) Modificar los Estatutos y Reglamentos de la Federación, cada vez que sea necesario, f) Acordar la disolución de conformidad con lo establecido en estos Estatutos, g) Conocer del informe y de las cuentas de la Junta Directiva.
CAPÍTULO III DEL MANEJO Y ADMINISTRACIÓN.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: DE LA ADMINISTRACIÓN: La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de la Junta Directiva, la cual tendrá las más amplias facultades de administración y disposición sobre todos los bienes y actividades de la misma, pudiendo decir exclusive relación a cualesquiera actos de enajenación o gravamen sobre dichos d ichos bienes. De manera enunciativa y limitativa, la Junta Directiva tendrá las facultades y distribuciones que se enumeren a continuación: a) Velar por la correcta administración de los bienes que constituyen el patrimonio de la Asociación, b) Velar por el correcto corre cto cumplimiento de los Estatutos y Reglamentos de la Sociedad, c) Aprobar o improbar el informe anual presentado por el Presidente, referentes a las actividades realizadas por la Sociedad, d) Todas aquellas atribuciones que se le sean asignadas a la Junta Directiva por estos Estatutos y las Leyes, así como aquellas que no estén expresamente encomendadas a ningún otro órgano de la Sociedad.
UNIVERSI DAD DE CARABOBO. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD SEDE ARAGUA. LA MORITA II. UNIVERSIDAD Vía Maracay – Turmero. Final Avenida Ruiz Pineda Pineda . Oficina SOCEM UCSA, UCSA, diagonal a Comisionaduría.
View more...
Comments