estatuto

January 30, 2019 | Author: asiafrentedefensa5376 | Category: Budget, Constitution, Accounting, Public Sphere, Política
Share Embed Donate


Short Description

Estatuto vigente de la Comunidad Campesina de Asia...

Description

ESTATUTO COMUNIDAD CAMPESINA DE ASIA APROBADO EL 28 MARZO DE 1993

EL PRESENTE ESTATUTO ES EL INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE CAÑETE, TITULO ARCHIVADO 7054 DEL 5/7/1994; POR LO TANTO ES EL QUE RIGE LA VIDA INSTITUCIONAL DE NUESTRA COMUNIDAD CONJUNTAMENTE CON LAS LAS LEYE EYES ESPE ESPEC CIAL IALES DE COM COMUNI UNIDADE DADES S CAMPESINAS DE EL PERU, EL CODIGO CIVIL Y LA CONSTITUCIÓN.

1

CAPITULO I CAPITULO II CAPITULO III CAPITULO CAPITUL O IV CAPITULO CAPITUL O V CAPITULO CAPITUL O VI CAPITULO CAPITUL O VII CAPITULO CAPITUL O VIII CAPITULO IX CAPITULO CAPITUL O X CAPITULO XI

: DE SU CONSTITUCION, NOMBRE, DURACION DOMICILIO. : FINES Y OBJETIVOS. : DE LOS COMUNEROS. : DEL REGIMEN ADMINISTRA ADMINISTR ATIVO. : DE LAS FALT ALTAS Y SANCIONES. SANCIONE S. : DEL PATRIMONIO COMUNAL. COMUNAL . : DEL PATRIMONIO CULTURAL. : DE LAS FAENAS COMUNALES. COMUNALE S. : DE LAS ELECCIONES GENERALES. : DE LAS MODIFICACIONES MODIFICAC IONES DE LOS ESTATUTOS. ESTATUTOS. : DE LAS DISPOSICIONES FINALES.

Y

CAPITULO I DE SU CONSTITUCION, NOMBRE, DURACION Y DOMICILIO ARTICULO 1°.La Comunidad Campesina de Asia esta reconocida oficialmente mediante Resolución Suprema del 06 de diciembre de 1932, dada por la Dirección General de Asuntos Indígenas del Ministerio del Trabajo. Con denominación Comunidad Campesina de Asia existe una entidad jurídica constituida  por ciudadanos descendientes de los Ayllus de Coayllo, Anexo y otros que existieron en la Jurisdicción del Distrito de Asia, Provincia de Cañete, agrupados bajo vínculos de sangre, territorio, tradición, herencia cultural y social de sus antepasados con el objeto de velar por su desarrollo integral.

ARTICULO 2°.La Comunidad Comunidad Campesina de Asia es una entidad autónoma autónoma independiente independiente de derecho derecho   privado y de interés publico bajo el amparo de la Constitución Política del Estado el Códig Código o Civi Civill y demás demás espec especia iale less que que cons consag agra ran n su exis existe tenci ncia, a, sus sus derech derechos os,, su administración y funcionamiento.

ARTICULO 3°.La duración de la Comunidad es indefinida.

2

ARTICULO 4°.El domicilio de la Comunidad es el Distrito de Asia, Provincia de Cañete.

ARTICULO 5°.La Comunidad Campesina de Asia tiene un territorio comunal de 28,302 hectáreas 9800 metros cuadrados cuya área y medidas perimétricas fueron aprobadas en el denominado Plano Conjunto según Resolución N° 229-78-IVR-Lima-OAE/JAF de 12 de mayo de 1978 emitido por la oficina de Apoyo Externo Jurídico Administrativo y Financiero ORAMS IV y cuyo detalle es el siguiente: a) Por el Norte, Norte, con las Comunidades Comunidades Campesina Campesinass de “Calango “Calango”” y “ Coayllo”; Coayllo”;  b) Por el Sur Sur,, con las Comunidad Comunidades es Campesinas Campesinas de Coayll Coayllo o y Cañete; c) Por el el Este, Este, con la misma misma Comunida Comunidad d Campesina Campesina de de Coayllo; Coayllo; d) Por el el Sur y Oeste, Oeste, con con el Océano Océano Paci Pacific fico: o: e) Por el Nor-O Nor-Oeste, este, con con la Comunidad Comunidad Campesina Campesina de Mala Mala y tierras tierras de los los Ex –  Fundos “Bujama” y “Salitre”, adjudicados por Reforma Agraria. Los linderos exactos y detalle sobre los mismos así como las medidas perimétricas y el dominio de la Comunidad Campesina de Asia, corre inscrito en el Asiento N° 1 de Fojas 65 del Tomo 16 del Registro Publico de Cañete, a merito del Titulo N° 2195 del Tomo Primero del Diario.

CAPITULO II DE LOS FINES Y OBJETIVOS ARTICULO 6°.Son fines de la Comunidad: a) Promov Promover er y lograr lograr su desa desarro rrollo llo..  b) Lograr mejores mejores condicio condiciones nes de vida para los los integrantes integrantes de nuestra nuestra Comunidad. Comunidad. c) Velar por por la integri integridad dad Social Social y Territorial erritorial.. d) Explotar Explotar racionalment racionalmentee los recursos recursos naturales naturales y sociales sociales en concordancia concordancia con las leyes sobre el medio ambiente.

ARTICULO 7°.Son objetivos de la Comunidad: a) Explotar Explotar las las tierras tierras comunales comunales en en forma forma empresa empresarial. rial.   b) Lindera Linderarr las tierras tierras comuna comunales les,, vigila vigilando ndo su conser conservaci vación ón integr integral: al: levantar levantar el catastro comunal, delimitar el área de los centros poblados, determinar las áreas de uso agrícola, pecuario, forestales y otros usos. c) Planificar Planificar la explotació explotación n sectorial sectorial de las tierras tierras agrícolas agrícolas y pastizales pastizales.. Estimular Estimular la actividad agropecuaria y artesanal en la Comunidad.

3

d) Explot Explotar ar racional racionalmen mente te los recursos recursos natura naturales les de la flora flora y la fauna en armonía armonía con el equilibrio ecológico. e) Promover Promover la reforest reforestación ación de las las tierras tierras comunales comunales y renovació renovación n de su flora. flora. f) Organ Organiza izarr las faena faenass y activid actividades ades Comun Comunale ales. s. g) Reivindicar Reivindicar al Patrimoni Patrimonio o Comunal las tierras tierras que se se encuentran encuentran ilícitamente ilícitamente en  poder de terceras personas.

CAPITULO III DE LOS COMUNEROS ARTICULO 8°.La Comunidad tiene Comuneros Calificados y Honorarios. Los Comuneros Calificados son: Por nacimiento por asimilación. Los Comuneros Honorarios son hijos de los Comuneros no residentes y las personas honorables que hayan hecho algún beneficio a la Comunidad. Para Para ser ser Comune Comunero ro Honor Honorar ario io,, se requ requie iere re acuer acuerdo do de Asamb Asamble leaa Gene Genera rall de la Comunidad y solo da derecho a tener voz, en las Asambleas Asambleas y disfrutar de los servicios de la comunidad.

ARTICULO 9°.Para ser Comunero Calificado se requiere: a) Ser jefe jefe de fami familia lia o mayor mayor de de edad. edad.  b) Tener reside residencia ncia estable estable no menor menor de cinco cinco años. años. c) Ser aceptado aceptado la solicit solicitud ud por la Asamblea Asamblea General. General. d) Tener ener buen buenaa condu conduct cta. a. e) Jurar el el cumplimient cumplimiento o y respeto respeto de los estatutos estatutos,, normas, normas, costumbres costumbres y acuerdos acuerdos de organismos comunales.

ARTICULO 10°.Son derechos de los Comuneros: a) Tener ener voz y voto en las Asambl Asambleas eas Gener Generales ales..  b) Elegir y ser elegido en los órgano órganoss de gobierno gobierno de la la Comunidad. Comunidad. c) Conducir Conducir parcelas parcelas agrícolas agrícolas comunales comunales y criar criar animales animales en los pasto pastoss comunales comunales hasta el límite permitido por el Reglamento Interno. d) Tener ener vivienda vivienda en la zona designad designadaa y determ determina inada da por la comuni comunidad dad mientra mientrass sean comuneros.

4

ARTICULO 11°.Son deberes de los Comuneros: a) Cumplir Cumplir estrictamen estrictamente te los estatutos estatutos,, reglamento reglamento interno interno y acatar acatar los acuerdos acuerdos del consejo Comunal o Asamblea General de Comuneros.  b) Asumir Asumir los cargos cargos y comisiones comisiones con responsabi responsabilidad lidad y diligen diligencia. cia. c) Pagar sus sus cuotas cuotas ordinari ordinarias as y extraordi extraordinaria nariass con puntualid puntualidad. ad. d) Cumplir Cumplir con sus trabajos trabajos comunales comunales oportunam oportunamente. ente. e) Asistir Asistir con puntuali puntualidad dad a las Asambleas, Asambleas, faenas, faenas, reuniones reuniones citadas citadas;; f) Velar elar por los interese interesess y bienes bienes comunales comunales,, denuncia denunciando ndo los actos violator violatorios ios tanto de comuneros o de terceros. g) Velar por la conservac conservación ión de las costumbre costumbress y el patrimonio patrimonio cultural cultural en general. general. h) Desocupar Desocupar la parcela parcela que que conduce, cuando se le le requiere requiere u ordene, ordene, por acuerdo acuerdo de Asamblea General.

ARTICULO 12°.La calidad de Comunero se pierde: a) Por muer uerte  b) Por renunc renuncia ia escri escrita ta y acept aceptada. ada. c) Por Por excl exclus usió ión. n.

CAPITULO IV DEL REGIMEN ADMINISTRATIVO ARTICULO 13°.Son órganos de Administración: a) La Asam Asambl blea ea Gener General al;;  b) La Directi Directiva va Comuna Comunall o Consejo Consejo Comuna Comunal; l; c) Los Comités Comités Especializad Especializados os por actividad actividad o por por Anexo.

ARTICULO 14°.La Asamblea General es la autoridad Suprema de la Comunidad.

ARTICULO 15°.Son Atribuciones de la Asamblea General: a) Aprobar, Aprobar, reformar reformar,, interpretar interpretar el Estatuto Estatuto de de la Comunidad; Comunidad;  b) Elegir y remover remover por causales causales previst previstas as y probadas probadas a los miembros miembros del del consejo consejo o Directiva Comunal, de Comités o delegados. c) Declar Declarar ar la extinc extinción ión de la posesi posesión ón de las parcel parcelas as familia familiares res conduci conducidas das por  comuneros asistentes en los casos prescritos por las leyes o estatutos.

5

d) Acor Acordar dar la cons consti titu tuci ción ón de la Empr Empres esaa Comuna Comunall o del del Inst Instit itut uto o Tecno ecnoló lógi gico co Comunal. e) Aprobar Aprobar la suscripción suscripción de convenios convenios o contrat contratos os con terceros terceros para para el desarrollo desarrollo de la educación, la agricultura, la ganadería o industria en general en el territorio comunal. f) Autori Autorizar zar las solici solicitud tudes es de crédit crédito, o, contrato contratoss de endeuda endeudami mient ento o con la banca o entidades financieras o productores de desarrollo. g) Aprobar Aprobar el plan plan y presupues presupuesto to anual que proponga proponga el Consejo Consejo Comunal. Comunal. h) Aprobar Aprobar las solici solicitud tudes es de ingres ingreso o de nuevos nuevos Comuneros Comuneros previo previo informe informe de una comisión “Ad Hoc”, sobre su procedencia i) Resolv Resolver er en última última instan instancia, cia, las reclam reclamacio aciones nes person personale aless de Comuner Comuneros os o la apelación de resoluciones por falta y sanciones.  j) Propon Proponer er candidat candidatos os a la autorid autoridad ad competen competente te para los nombram nombramien ientos tos de Juez no Letrados, Gobernador o Teniente Gobernador y Agente Municipal. k) Constituir Constituir Rondas Rondas Campesinas Campesinas o sistemas sistemas de vigilancia vigilancia en el territorio territorio comunal, comunal, métodos métodos de fiscal fiscalizac ización ión adminis administra trativ tivaa y, tomar tomar todas todas las medida medidass que sean sean necesarias para la mejor administración comunal. l) Fijar Fijar las cuotas cuotas ordinari ordinarias as y extraord extraordinari inarias as así como como multas multas en caso de falta. falta.

ARTICULO 16°.El Presidente de la Comunidad por acuerdo de la Directiva convoca a Asamblea General. La convocatoria se efectuara por citación con cargo o cartel en lugares de costumbre y  perifoneo por alta voz, la citación deberá efectuarse con anticipación no menor de tres días, indicándose el día, lugar, hora y agenda a tratarse.

ARTICULO 17°.La Asamblea General será ordinaria y extraordinaria. La Asamblea General Ordinaria se realizara una o dos veces al año durante el mes de marzo para el debate y aprobación del info inform rmee y balan balance ce econ económi ómico co anual anual que pres presen enta tara ra el Pres Preside ident nte. e. La Asamb Asamble leaa Extra Extraor ordi dina nari riaa se real realiz izar araa cuant cuantas as veces veces sea sea neces necesar ario io para para los los inte intere rese sess de la Administración Comunal.

ARTICULO 18°.El quórum para la validez de la Asamblea General es la concurrencia de la mitad mas uno de los Comuneros hábiles, en primera citación; en segunda citación basta la presencia de cualquier número. En caso de modificación de Estatuto el quórum no será menos de dos tercios de los Comuneros hábiles en toda situación.

6

ARTICULO 19°.La repr repres esent entac ació ión n de Comune Comunero ross en Asamb Asamble leaa Gener General al solo solo se acept aceptar araa en caso casoss  justificados por escrito y por una sola vez.

ARTICULO 20°.El Consejo Comunal o Directiva Comunal es un organismo normativo ejecutivo; esta conformado por los siguientes miembros: - Presidente - Vice-Presidente - Secretario de Actas y Archivo - Tesorero - Fiscal - 4 Vocales

ARTICULO 21°.Son funciones de la Directiva Comunal: a) Elab Elabor orar ar el plan plan anual anual de la Comuni Comunida dad d para para su oport oportun unaa apro aproba baci ción ón por la Asamblea General  b) Cumpli Cumplirr y hacer hacer Cumpli Cumplirr los Estatut Estatutos, os, Reglamen Reglamentos tos o acuerdo acuerdoss de Asambl Asamblea ea Gene Genera rall y de la mism mismaa Dire Direct ctiv ivaa con con punt puntua uali lida dad d y estr estric icta tame ment ntee bajo bajo responsabilidad. c) Dictar Dictar normas normas para la la mejor marcha adminis administrati trativa va de la Comunid Comunidad. ad. d) Examinar Examinar periódicamen periódicamente, te, permanente permanente la marcha marcha administra administrativa tiva de la comunidad, comunidad, dando directivas necesarias y oportunas. e) Determinar Determinar el precio precio de las mercanc mercancías ías y productos productos agropecu agropecuarios arios,, previo informe informe de precios cotizados por el comité de comercialización o miembros del Consejo Comunal. f) Aprobar Aprobar las sancione sancioness disciplina disciplinarias rias contra contra los los comuneros comuneros infract infractores. ores. g) Todos odos los los Dire Direct ctiv ivos os debe debela lan n pres present entar ar sus sus info inform rmes es en sesi sesión ón de Conse Consejo joss debiendo constar en actas.

ARTICULO 22°.El quór quórum um para para sesi sesión ón de Cons Consej ejo o Dire Direct ctiv ivo o será será de la mita mitad d mas mas uno uno de sus sus componentes, componentes, si los informes son importantes importantes,, si se trata trata de problemas administrativo administrativo o responsabilidad personales, el informe deberá efectuarse por escrito con copia para el Fiscal. El Presidente tiene voto dirimente.

ARTICULO 23°.Las sesiones ordinarias de Consejos Directivos serán cada vez que sea necesaria.

7

ARTICULO 24°.Son funciones del Presidente de la directiva comunal: a) Ejercer Ejercer la la represe representación ntación legal de la la Comunidad. Comunidad.  b) Presi Presidir dir las sesiones sesiones de la direct directiva iva comunal comunal y actos actos oficiale oficialess de la comunid comunidad. ad. Suscribir conjuntamente con el Tesorero las órdenes de retiro de fondos de bancos y otras instituciones y los contratos y de más instrumentos por los que obligue a la comunidad. c) Supervisar Supervisar la marcha marcha Administr Administrativa ativa de la Comunid Comunidad. ad. d) Defender Defender y cautelar cautelar los derechos derechos e interes intereses es de la Comunidad. Comunidad. e) Convocar Convocar a la Asamblea Asamblea General General Ordinaria Ordinaria y Extraordi Extraordinaria. naria. f) Convocar Convocar a elecciones elecciones comunale comunaless para la la renovación renovación de los los órganos órganos directi directivos vos de la Comunidad. g) Hace Hacerr cump cumpli lirr los los acue acuerd rdos os de Asamb Asamble leaa Gene Genera ral, l, los los plan planes es y proye proyect ctos os de desarrollo de la Comunidad y la instalación de servicios básicos. h) Somete Someterr ante la directiv directivaa Comunal Comunal y la Asamb Asamblea lea General General los presupues presupuestos tos y  balances del ejercicio anual correspondiente. i) Susc Suscri ribi birr y vigi vigila larr el cump cumpli limi mien ento to de los los conv conven enio ios, s, cont contra rato toss y demá demáss obligaciones de la Comunidad.  j)  j) Soli Solici cita tarr con con aproba aprobaci ción ón de la Asamb Asamble leaa Gene Genera rall los los créd crédit itos os neces necesar ario ioss para para acciones de desarrollo de la Comunidad. k) Cont Contro rola larr las las reca recaud udac acio ione ness de ingr ingres esos os,, auto autori riza zarr el gast gasto o conf confor orme me al  presupuesto, conjuntamente con el Tesorero. Tesorero. l) Prese Presenta ntarr al término término de su mandat mandato o una memoria memoria donde donde de cuenta cuenta de su gestio gestion n administrativa. ll) Suscribir Suscribir o refrendar refrendar los document documentos os de la Comunidad Comunidad.. m) Cont Contro rola larr y eval evaluar uar peri periódi ódicam camen ente te la ejecu ejecuci ción ón de los los plane planes, s, proy proyect ectos os y  presupuesto de la Comunidad, recomendando a la Asamblea General las medidas correctivas.

ARTICULO 25.Son funciones del Vice-Presidente: Vice-Presidente: a) Reemplazar Reemplazar al Presi Presidente dente en los los casos de de enfermedad, enfermedad, ausencia ausencia y destit destitución ución con todas las atribuciones inherentes al cargo.  b) Cumplir Cumplir con las las funciones funciones que encargue encargue el Preside Presidente. nte. c) Coordi Coordinar nar y superv supervisa isarr las activid actividades ades de los Comité Comité especial especializa izado do Revisor Revisor de Cuentas.

ARTICULO 26.Son funciones del Secretario: a) Reda Redact ctar ar las las acta actass de las las sesi sesion ones es de Asamb Asamble leaa Gene Genera ral, l, las las prop propia iass de la Directiva, la correspondencia y todos los documentos de tramite administrativo.  b) Suscribir Suscribir con con el Preside Presidente nte los documentos documentos de su su competencia. competencia.

8

c) Transcr Transcribir ibir a quien quien corresponda corresponda las decisio decisiones nes y acuerdos acuerdos de la Asamblea Asamblea General General y de la Directiva Comunal. d) Citar por por encargo encargo del President Presidentee a las reuniones reuniones de de la Directiva Directiva Comunal. Comunal. e) Otorgar Otorgar constancia constancia del voto voto en contra contra fundamentado fundamentado a solicit solicitud ud de parte, parte, para los casos de impugnación de los acuerdos de Asamblea General. f) Llevar Llevar actuali actualizado zado el Padrón Padrón Comunal Comunal y otorg otorgar ar constanci constanciaa de las suscripc suscripcion iones es efectuadas en el. g) Conservar Conservar los document documentos os y archivos archivos de la Comunidad Comunidad bajo bajo responsabi responsabilidad. lidad. h) Otras Otras que le le recomie recomiende nde el Pres Preside idente nte..

ARTICULO 27.Son funciones del Tesorero: Tesorero: a) Tener la responsabi responsabilidad lidad de los asuntos asuntos contables, contables, según según las disposici disposiciones ones legales legales vigentes.  b) Suscri Suscribir bir conjuntam conjuntament entee con el Presi President dentee los document documentos os bancarios bancarios y otros otros de tipo contable. c) Ser deposit depositarios arios de los fondos, fondos, bienes y valores valores de la Comunid Comunidad. ad. d) Hacer efectivo efectivo el cobro cobro de las cuentas cuentas ordinarias ordinarias y extraor extraordinari dinarias as y de las multas multas otorgadas, los recibos correspondientes. e) Llevar el el inventario inventario de los los bienes Comunales Comunales actualizándol actualizándolaa cada dos años. años. f) Controlar Controlar los los valores valores y dineros dineros que ingres ingresan an a la caja comunal comunal depositán depositándola dola en la institución de crédito que autorice la Asamblea General. g) Inform Informar ar a la Directi Directiva va Comunal Comunal y la Asambl Asamblea ea General General sobre el movimien movimiento to económico contable. h) Preparar Preparar la rendición rendición de cuentas cuentas con el Balance Balance Anual para para su presentació presentación n ante la Asamblea General. i) Otras Otras que le encom encomien iende de el el Pres Preside idente nte..

ARTICULO 28.Son funciones del Fiscal: a) Fisca Fiscaliz lizar ar y superv supervisa isarr las activid actividades ades de la Direct Directiva iva Comunal Comunal,, de los Comité Comité Espec Especia iali lizad zados os,, del del Cons Consej ejo o Muni Munici cipal pal,, del del Juez Juez de Paz Paz no Letr Letrad ado o y el Gobernador.  b) Denunciar Denunciar ante la Asamblea Asamblea General las infracci infracciones ones cometidas cometidas por los miembros miembros de la Directiva Comunal, Junta de Administración Local y Comité Especializado como consecuencia del ejercicio del cargo. c) Hace Hacerr cump cumpli lirr el cale calend ndar ario io de fest festiv ivid idad ades es y acti activi vida dade dess vinc vincul ulad adas as a la  producción, eventos sociales y ritos religiosos. d) Mant Manten ener er el orde orden n y la disc discip ipli lina na en la Asam Asambl blea ea Gene Genera rall y otro otross acto actoss Comunales. e) Hacer del conocim conocimiento iento del Tesorero esorero la relación relación de asistencia asistencia a la asamblea asamblea para para la aplicación por la Directiva Comunal de las Multas correspondientes. f) Llev Llevar ar el contr control ol de asis asiste tenci nciaa a los los trab trabaj ajad ador ores es comun comunal ales es que que orga organi nice ce la Comunidad sometiendo a consideración de la Directiva Comunal, la relación de

9

g) h) i)  j)

los Comuneros asistentes para el reconocimiento de merito y del tesorero la relación de inasistencia para la aplicación de las multas correspondientes. Supervisar Supervisar y controlar controlar la ejecución ejecución de los trabajos trabajos comunales comunales.. Revisa Revisarr los libros libros de Actas, Actas, verifica verificando ndo el cumplim cumplimien iento to de los acuerdo acuerdoss que de ellos fluyen. Controlar Controlar que que la contabili contabilidad dad sea llevada llevada con con estricta estricta sujeci sujeción ón a la ley. ley. Presentar Presentar a la la Asamble Asambleaa General General el informe informe del cumplimi cumplimiento ento de sus sus funciones funciones..

ARTICULO 29.Son atribuciones de los Vocales: a) interv interveni enirr en las comisi comisiones ones que se le encomiende encomiende y asumir asumir los cargos cargos vacantes vacantes  por designación de la Directiva Comunal.  b) Llevar y tener actualiza actualizado do el Padrón Padrón de uso de tierras tierras de de la Comunidad. Comunidad.

CAPITULO V DE LAS FALT ALTAS Y SANCIONE SANCIONES S ARTICULO 30.Son faltas graves: a) Violar los los estatutos, estatutos, reglament reglamento o o acuerdos de los órganos órganos administr administrativo ativos. s.  b) Reiterada Reiterada inasistencia inasistencia o tardanza tardanza injustifica injustificada da a las Asambleas, Asambleas, Faenas Faenas Comunales Comunales o reuniones citadas. c) No pagar pagar puntualment puntualmentee cuotas, cuotas, multas multas u obligacione obligacioness de pago. pago. d) Caus Causar ar daño daño por por negl neglig igen enci ciaa en semb sembri rios os o past pastiz izal ales es comu comuna nale less o parc parcel elas as conducidas por comuneros. e) Disponer Disponer como Dirige Dirigente nte del Patrimo Patrimonio nio Comunal Comunal para para gastos, gastos, compra o egresos egresos no autorizados. f) Retener Retener dinero, dinero, bienes, bienes, herramientas herramientas,, documentos documentos de propiedad propiedad Comunal Comunal.. g) Promover Promover indiscipl indisciplina, ina, desorden desorden o faltamient faltamiento o de palabra u otras otras a los Dirigentes Dirigentes durant durantee el desarr desarroll ollo o de las Asamble Asambleas, as, Faenas Faenas o Activid Actividades ades Comunal Comunales es en general. h) Hace Hacerr uso uso inde indebi bido do o no autor autoriz izad ado o de past pastos os,, tier tierra rass de culti cultivo, vo, bosque bosques, s,   plantaciones, instalaciones, terrenos o bienes de la Comunidad para provecho  personal. i) Hacer edificacione edificacioness no autorizadas autorizadas dentro del territ territorio orio comunal. comunal.  j) No entregar entregar el cargo, cargo, documentos documentos o bienes bienes en el plazo plazo indicado indicado.. k) Colaborar Colaborar con personas personas que que van en contra contra de los intereses intereses de la Comunidad. Comunidad.

10

ARTICULO 31.Todas faltas o delitos cometidos en agravio de la Comunidad deberán ser sancionados administrativamente, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales a interponerse.

ARTICULO 32.Las sanciones Administrativas son: a) Amon Amones esta taci ción ón..  b) Suspensión Suspensión de los derechos derechos Comunales Comunales hasta por un año. c) Multa Multa de de uno uno hasta hasta diez diez sala salario rios. s. d) Excu Excusi sión ón def defin init itiv iva. a.

ARTICULO 33.Las sanciones debelan ser impuestas por la Directiva Comunal.

ARTICULO 34.Conocida la falta por denuncia formal y a forma circunstancial, se notificara al comunero infractor para que haga su descargo en el plazo de tres días. Vencido el plazo con el descargo o sin el, la Directiva Comunal resolverá la aplicación de la sanción a imponerse. Se comunicara al comunero infractor para su conocimiento quien tendrá el plazo de tres días para apelar ante la Asamblea General en caso de no estar  conforme con el fallo del Consejo Directivo Comunal.

ARTICULO 35.El Presidente y el Fiscal bajo responsabilidad deberán exigir el estricto cumplimiento de las sanciones impuestas.

ARTICULO 36.La suspensión de los derechos comunales con lleva a la imposición de las siguientes normas disciplinarias: a) No tener tener voz ni voto voto en las las Asambleas Asambleas menos menos asistir asistir a ellas. ellas.  b) No usar los los pastizales pastizales,, las parcelas parcelas agrícola agrícolass por tiempo tiempo de la sanción. sanción. c) No recibir recibir ningún servicio servicio que que preste preste la la comunidad. comunidad.

ARTICULO 37.Las multas y deudas de los Comuneros deberán ser canceladas en el plazo de 8 días, en caso contrario se procederá con la cobranza Judicial.

11

ARTICULO 38.La exclusión con lleva a la perdida de todos los derechos derechos del Comunero Comunero sin perjuicio perjuicio de la cobranza de deuda, cuotas devengados, daños o perjuicios.

CAPITULO VI DEL PATRIMONIO COMUNAL ARTICULO 39.El patrimonio Comunal esta constituido por: a) El ter terre reno no Com Comun unal al..  b) Los bienes bienes adquiri adquiridos dos a titulo titulo oneroso oneroso o gratuito gratuito.. c) Rentas propias propias o adquiri adquiridas das a trabes de empresas empresas Comunales. Comunales. d) Ingresos Ingresos provenient provenientes es de ventas ventas de bienes, bienes, productos productos semovien semovientes. tes. e) Las Las cuot cuotas as que otor otorgue guen n los los comu comune nero ross por dispos disposic icio ione ness esta estatu tuta tari rias as o por  acuerdo de Asamblea General.

ARTICULO 40.Las rentas están constituidas por los frutos y usufructos de sus tierras, pastos así como los ingresos que perciba por los servicios prestados a los comuneros.

ARTICULO 41.Las cuotas cuotas ordina ordinaria riass y extrao extraordi rdinar narias ias de los comune comuneros ros deberán deberán establ establecer ecerse se por  Asamblea General.

ARTICULO 42.Todo ingreso económico de la Comunidad deberá estar registrado en tesorería.

CAPITULO VII DEL PATRIMONIO CULTURAL

12

ARTICULO 43.Constituye patrimonio cultural las costumbres, tradiciones, normas consuetudinarias y todo cuanto legado cultural tenga la Comunidad.

CAPITULO VIII DE LAS FAENAS COMUNALES ARTICULO 44.Las faenas Comunales son formas de trabajo trabajo ancestrales ancestrales que conserva conserva la Comunidad Comunidad en tres formas: a) LA MINC MINCA. A.-- Que Que consi consist stee en el Traba Trabajo jo Comu Comunal nal o Empr Empres esar aria iall agríc agrícol olaa o  pecuaria. Es la contribución laboral organizada de los Comuneros en actividades  productivas de la Comunidad.   b) LA MITA.MITA.-Que Que consiste consiste en el trabajo trabajo Comunal Comunal organiz organizado ado en obras obras pública públicas, s, como como mant manten enim imie ient nto o de canal canales es de rega regadí dío, o, rese reserv rvor orio ios, s, cami caminos nos,, casa casass comunales, etc. c) AYNI.-Que YNI.-Que consiste consiste en trabajo trabajo solidar solidario io o ayuda mutua mutua entre entre comuneros. comuneros.

ARTICULO 45.Las faenas comunales serán organizadas por el fiscal cuyo plan anual debe ser aprobado  por la Asamblea General.

ARTICULO 46.Harán faenas no planificadas, en casos fortuitos, imprevistos o circunstanciales, previa convocatoria de la directiva.

ARTICULO 47.Las Faltas y Sanciones relativas en faenas comunales deberán observarse con severidad.

ARTICULO 48.Los Comuner Comuneros os inváli inválidos dos,, anciano ancianoss o los que padecen padecen de enferm enfermeda edad d crónic crónicaa que requiere reposo absoluto serán exonerados de las faenas comunales con el pago del 50 % de compensación salarial.

13

CAPITULO IX DE LAS ELECCIONES GENERALES ARTICULO 49.Las elecciones generales para el Consejo Comunal y Comités se realizaran cada dos años en la fecha que oportunamente señalara. Siendo las elecciones en el mes de diciembre.

ARTICULO 50.  No No podr podráá la list listaa o ser ser eleg elegid idos os en el mism mismo o Cons Consej ejo o Comu Comuna nall a los los pari parien ente tess consanguíneos hasta el tercer grado y segundo de afinidad.

ARTICULO 51.Son impedimentos para postular a la Directiva Co munal: a) Ser dema demandad ndado o o demandan demandante te de la la Comunid Comunidad. ad.  b) Encontrarse Encontrarse en proceso proceso ante los los Juzgados Juzgados o Tribunal Tribunales es de Justicia Justicia por la comisió comisión n de delitos común. c) Ser deud deudor or moroso moroso o acree acreedor dor de de la Comuni Comunidad. dad. d) Desempeñar Desempeñar cargo cargo en la la función función publica publica rentado rentado o ad-honoren ad-honoren.. e) Haber sido sido sancionado sancionado por falta adminis administrati trativa va y no haber sido sido rehabilit rehabilitado. ado.

ARTICULO 52.El Comité Electoral estará compuesta por: a) Un Pres Presid iden ente te..   b) b) Un Secr Secret etar ario io que que llev llevar araa el Padr Padrón ón Comu Comuna nall de elect elector ores es,, acta actass y archi archivos vos electorales. c) Un Vocal Vocal con voz voz y voto voto en en el Comi Comité. té. El Comité Electoral será elegido con menos de un mes y antes de las elecciones en forma directa, personal y democráticamente siendo voto secreto y obligatorio.

ARTICULO 53.Las elecciones Generales se llevaran a cabo durante el mes de diciembre. El reglamento electoral determinara el proceso electoral.

14

ARTICULO 54.Los cargos de la Directiva son los siguientes: - Presidente - Vice-P e-Presi esidente nte - Secr Secret etar ario io de de Acta Actass y Arch Archiv ivo o - Tesorero - Fiscal - Vocal ocales es ( de uno uno a cuat cuatro ro))

ARTICULO 55.Para ser candidato o miembro de la Directiva Comunal se requiere: a) Gozar Gozar del derecho derecho de sufr sufragi agio. o.  b) Ser Comuner Comunero o Califica Calificado do con por lo menos de dos años de antigüed antigüedad ad y tener  residencia estable en la Comunidad. c) Estar Estar insc inscrit rito o en el Padrón Padrón Comu Comunal nal.. d) Encont Encontrar rarse se hábil de conformi conformidad dad con los derechos derechos y deberes deberes señalad señalados os en el Estatuto.

ARTICULO 56.En caso de surgir convocatoria considerable en cuanto a la modificación o reforma estatutaria, deberá nombrarse una Comisión “Ad-Hoc” para que estudie la modificación y dictamine previamente.

CAPITULO X DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS ARTICULO 57.Los Estatut Estatutos os serán serán modific modificado adoss en Asambl Asamblea ea Genera Generall Extrao Extraordi rdinar naria ia expresam expresament entee convocada con este objeto. El acuerdo se tomara con el voto aprobatorio de dos tercios de los Comuneros Hábiles.

CAPITULO XI DE LAS DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 58.La interpretac interpretación, ión, modificación modificación o aclaración aclaración de los estatutos estatutos es de competencia de la Asamblea General de Comuneros.

15

EL ESTATUTO EN MENCION FUE APROBADO EN ASAMBLEA GENERAL ORDINA ORDINARIA RIA CONT CONTANDO ANDO CON EL QUORUM QUORUM REGLAM REGLAMENT ENTARI ARIO, O, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO. A CONTINUACION FIRMA LA DIRECTIVA COMUNAL Y LOS COMUNEROS ELEGIDOS PARA REPRESENTAR A TODOS LOS MIEMBROS. Directiva Comunal: Presidente de Administración: Vice-Presidente: Secretario: Tesorero: Fiscal: Vocales:

Comuneros Representantes:

Fidel Gilbert Chumpitaz Villalobos Braulio Avalos Arias Hayde Felicita Medina Campos Esteban Arias Quispe Manuel Sabel Chumpitaz Campos Alejandro Benedo Villalobos Huapaya Antonio Aburto Campos Víctor Humberto García Huasasquiche Cipriano Avalos Avalos Ramos Simón Gamarra Barahona Felicita Chumpitaz Quispe Benito Chumpitaz Chávez Maria Campos Valencia Lorenzo Campos Arias Alejandro Rodríguez Evangelista Juan Campos Arias Dionisio Villalobos Francia Teodoro García Arias Andrés Chumpitaz Campos ---O---

16

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF