Estatuto y Reglamento de La Ieprp

July 28, 2018 | Author: Elmer | Category: Cheque, Catholic Church, Faith, Legal Personality, Christ (Title)
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IGLESIA EVANGÉLICA PRESBITERIANA Y REFORMADA EN EL PERÚ

                   Sumillado, Concordado y Anotado

COMISIÓN DE EDUCACIÓN CRISTIANA

IGLESIA EVANGÉLICA PRESBITERIANA Y REFORMADA EN EL PERÚ

                   Sumillado, Concordado y Anotado

Por la Comisión de educación cristiana por encargo de la Asamblea General

EDITADO POR: LA COMISIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN CRISTIANA Primera edición: Abril, 2008 Derechos reservados LIMA - PERU

DISTRIBUCIÓN:

788-8608

* Sínodo Nor-Oriente * Sínodo Central de Ayacucho Ayacucho * Sínodo de la Selva * Presbiterio de Lima

912-00780

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E

l Estatuto y el Reglamento son documentos de naturaleza legal y eclesiástica, tienen importancia para la vida y misión de la Iglesia Evangélica Presbiteriana y Reformada en el Perú así como para cualquier otra denominación.

El Estatuto está inscrito en la SUNARP (Superintendencia Nacional de los Registros Públicos), su contenido obedece a las exigencias del sistema jurídico del Estado Peruano. El Reglamento  detalla y especifica los temas señalados en el Estatuto en armonía con los principios, principios, el gobierno de la iglesia, y la sistemática de contenido bíblico reformado. La Sumilla es el título de cada artículo para identificar y facilitar el contenido. La Concordancia es la indicación de la existencia de otros artículos de igual o similar tema; de manera que permita establecer comparaciones y organizar  juicios de mayor precisión. Las anotaciones son inscripciones al pie de página que procuran dar algunas  pautas o ilustraciones buscando una mejor comprensión de los artículos. La sumilla, la Concordancia, las anotaciones y otras inscripciones son solamente datos de referencia y ayuda que han sido añadidas con fines  pedagógicos por la Comisión. Después de un arduo y paciente trabajo trabajo de lectura, selección y comparación de estos documentos la Comisión de Educación por encargo de la Asamblea General (junio 2007) pone a consideración de los oficiales, autoridades, y membresía de la iglesia del Señor. Antes de su publicación fueron revisados por un integrante de la anterior Junta Directiva y por otro integrante de actual régimen. Sus comentarios y sugerencias son necesarios para perfeccionar esta tarea.

COMISIÓN DE EDUCACIÓN CRISTIANA

DE LA DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO NOMBRE ARTÍCULO 1º La Asociación se denomina “IGLESIA EVANGÉLICA PRESBITERIANA Y REFORMADA EN EL PERÚ”, cuyas siglas son: “IEPRP”. Se regirá por este Estatuto, la Constitución Política del Perú, el Código Civil y por el Reglamento Interno debidamente aprobado por la Asamblea General ¹. CONCORDANCIA: Regl. Art  .1 (Nombre de la Iglesia).

DURACIÓN. ARTÍCULO 2º ARTÍCULO 2 º La ASOCIACIÓN es de duración indefinida y sin fines de lucro. CONCORDANCIA:  Est.  Art  .39 (Disolución); 40 (Bienes en caso de disolución).

DOMICILIO LEGAL Asociación está en la ciudad de Lima ², ARTÍCULO 3º El domicilio legal de la Asociación ARTÍCULO  pudiendo operar mediante representación en todo el territorio nacional así

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS PRINCIPIOS DOCTRINALES ARTÍCULO 4º Los Principios Generales sobre los cuales se constituye la Iglesia Evangélica Presbiteriana Y Reforma En El Perú, son los siguientes: 1 Persona Jurídica inscrita en el Asiento 1-A de la ficha Nº 0065 del Registro Registro de  Personas Jurídicas de Huanta de fecha 30 de abril de 1996. 2 Modificado en la la Asamblea General extraordinaria en Lima en Junio 2007 

a) Afirma Afirmamos mos que que Dios Dios es es Sobera Soberano no y Seño Señorr de todas todas las cosa cosass (Salmo (Salmo 24.1; 1ª Crónicas 29.11, 12) y que el hombre es llamado para ser administrador responsable de todo lo que él ha puesto a su disposición (Génesis 2.15; 1ª Crónicas 29.14; I Pedro 4.10).  b) Afirmamos que Dios es el único Señor de la conciencia y la ha hecho libre de ideologías, doctrinas y mandamientos humanos que sean contrarios a su Palabra (Santiago 4.12; Romanos 14.4; Hechos 4.19; 5.29; I Crónicas 7.23; Mateo 23.8-10; II Crónicas 1.24; y Mateo 15.9). Afirmamos que la libertad de conciencia y de juicio privado en asuntos de fe y opinión es un derecho universal univer sal e inalienable. c) Con Consid sideram eramos os que que ningun ningunaa confesi confesión ón relig religios iosaa debe ser ser favorec favorecida ida  por el Estado; solamente debe gozar de protección y seguridad en igualdad de condiciones (Génesis 49.23; Salmo 122.9; Esdras 7.23, 25-28; Levítico 24.16; Deuteronomio 13.5, 6, 12; II Reyes 18.4; I Crónicas 13.1-26; II Reyes 23.1-26; II Crónicas 34.33; 34. 33; 15.12,13). d) Nue Nuestr straa denomin denominació aciónn está facul facultad tadaa para determ determina inarr los términ términos os  bajo los cuales constituye constituye su sistema de gobierno, que es el gobierno gobierno  presbiteriano, de acuerdo con los principios de la Palabra de Dios y los documentos subordinados aceptados por ella. e) Rec Recono onocem cemos os que que la autor autorida idadd que que Cristo Cristo ha otor otorgad gadoo a la Igles Iglesia ia es solamente ministerial y declarativa,³ por lo tanto, afirmamos que las Sagradas Escrituras son la única regla de fe y conducta, y que los cuerpos eclesiásticos son sólo instrumentos de acción y servicio para facilitar la misión integral de la Iglesia. f) Rec Recono onocem cemos os que que la san santid tidad ad está está funda fundada da en la verda verdad; d; por por lo tant tantoo hay una estrecha relación entre la santidad y la verdad, entre la fe y la  práctica, y entre la creencia y la conducta (Mateo 7.20; Hechos 10.29; 13.21). g) Decl Declaram aramos os y acept aceptamo amoss que las las bases bases doct doctrin rinale aless de nuest nuestra ra asociación están contenidas en el Credo Apostólico, la Confesión de Fe de Westminster junto con sus Catecismos Mayor y Menor y documentos complementarios, subordinados a la Palabra de Dios. h) Cree Creemos mos que que la la Iglesia Iglesia,, como Pue Pueblo blo de de Dios, Dios, es de de origen origen divi divino, no, y que como Iglesia Cristiana, fue establecida por Jesucristo, siendo dirigida y gobernada por El como Cabeza (Mateo 16.18; 16. 18; Hechos 2.47; Colosenses 1.18: I Pedro 2.7). Por lo tanto, la Iglesia existe por mandato expreso de Dios y no de los hombres.

3 La iglesia no tiene poder Civil, ni penal contra sus miembros. 

DEL FIN PRINCIPAL FINALIDAD ARTÍCULO 5º El fin principal de la IEPRP es glorificar a Dios, gozar de él  para siempre. Su fin es de índole no lucrativo.

OBJETIVOS ARTÍCULO 6º La IEPRP cumple su fin a través de los siguientes objetivos: a) La adorac adoración ión al Dios Dios viv vivoo y verda verdader dero, o, uno uno y trin trinoo a la la vez, vez,  promoviendo, estableciendo y difundiendo el culto cristiano, bíblico, evangélico y reformado. Con la centralidad en la lectura y exposición de las Sagradas Escrituras y la administración de los sacramentos.  b) La predicación y la enseñanza de todo el Evangelio de Jesucristo a toda persona, en todo tiempo y lugar y por todos los medios legítimos,  periódicos, radio, televisión, internet, etc. a fin de dar a conocer la Palabra de nuestro Señor Jesucristo, por lo cual asimismo podrá editar, imprimir, imprimir, distribuir, circular en general gener al todo tipo de literatura evangélica tales como libros, revistas, folletos, volantes, cassettes, vídeos, DVD y en general cualquier otro medio visual, hablado o escrito. c) Est Establ ablecer ecer nueva nuevass extensi extensione oness misioner misioneras as y desarro desarrolla llarla rlass hasta hasta que lleguen a ser congregaciones, haciendo discípulos de Jesucristo y forjando un liderazgo al servicio del Señor y de la Nación. d) Fom Foment entar ar la comuni comunión ón cristi cristiana ana entre entre los los miembro miembros, s, las exten extensio siones nes misioneras, y con otras iglesias cristianas, solícitas en guardar siempre la unidad del cuerpo de Cristo y ejerciendo la disciplina 4 eclesiástica. e) Pro Promoc mocion ionar ar la oraci oración ón a Dios Dios entre entre los los miemb miembros ros y las las exten extensio siones nes misioneras de la IEPRP buscando cumplir su ministerio como comunidad intercesora. f) Evan Evangel geliza izarr a travé travéss de los los servi servicio cioss de salu salud, d, educac educación ión,, cultur culturaa y medio ambiente a toda la población, velando que lleguen a los niños, a 4 Fomentar la comunión cristiana entre los discípulos discípulos (miembros) de las congregaciones y extensiones misioneras de la IEPRP IEPRP (y con otras iglesias cristianas) solícitas en guardar siempre la unidad del cuerpo de Cristo y ejerciendo la disciplina d isciplina eclesiástica. 

g) Establecer Establecer insti institucion tuciones es educati educativas vas a nivel inici inicial, al, prima primario, rio, secundario, superior y de educación teológica en todos los niveles y modalidades, así como centros y agencias evangélicas, velando por el mantenimiento y promoción de talleres básicos. Escuela Bíblica de Vacaciones y en general fomentar la enseñanza de las Sagradas Escrituras, tanto a escala nacional como interdenominacional, con instituciones similares. h) La acepta aceptació ciónn de donaci donaciones ones,, crédito créditoss y subsidi subsidios os nacion nacionale aless e internacionales. i) Coo Coordi rdinar nar e inte intercam rcambia biarr perma permanent nenteme emente nte expe experien riencias cias de investigación doctrinal y capacitación en la enseñanza de las Sagradas Escrituras, tanto a escala nacional como internacional, con instituciones similares.  j) Administrar los recursos de la Asociación que el Señor ha puesto a nuestra disposición para el cumplimiento de los fines y objetivos en forma responsable, diligente y eficaz, pudiendo para tal efecto usar todos los medios lícitos, que la normatividad vigente permite. k) Can Canali alizar zar ayuda ayuda huma humanit nitari ariaa a la pobla població ciónn más nece necesit sitada ada en en cumplimiento de su misión diaconal. l) Fom Foment entar ar la la integ integraci ración ón de de las las congr congregac egacion iones es medi mediant antee el intercambio de experiencias, opiniones y actividades de sano esparcimiento. m) Canali Canalizar zar los proyectos proyectos de la la Asociac Asociación ión hacia hacia las personas personas naturales naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras para su financiamiento total o  parcial, n) Sol Solici icitar tar apoyo apoyo a los los diferent diferentes es medios medios de de comunic comunicació aciónn pública pública y/o y/o  privados para la difusión y publicidad de las actividades de la Asociación.

Concordancia: Est. Art  . 24 s (Comisión).

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DE LOS MIEMBROS MIEMBROS ARTÍCULO 7° Son MIEMBROS de la ASOCIACIÓN personas naturales que representan a las congregaciones sin personería jurídica y personas  jurídicas, 5 bajo la modalidad de asociaciones civiles sin fines de lucro. Concordancia:  Est.  Art  .9 (Requisitos Ps. Naturales y Jurídica; Art. 10 (Miembros como personas jurídicas); Art.11 (Pérdida de Membresía); 21(Conformación); Reg. Art .1 .1 (Miembro de la Asociación; 2 (Miembros de la  Iglesia); 3 (Clases de Miembr Miembros); os); 20 (Maneras de llegar a ser Miembr Miembro). o).

REPRESENTANTES ANTE LA ASAMBLEA ARTÍCULO 8º Los miembros están representados ante la Asamblea General de la IEPRP por sus delegados acreditados. Concordancia:  Est.  Art.8 (Delegados); 9 (Miembr (Miembros os como Ps. Naturales);  Art.10 (Miembr (Miembros os como Ps. Jurídicas); Reg. Arts.2 (Miembros de la Iglesia); 75, 90, 99 (Representación); 20 (Membresía); 43, 52, 62, 75, 78, 90, 99 (Delegados).

MIEMBROS COMO PERSONAS NATURALES ARTÍCULO 9º Las personas naturales para ser miembros de la Asociación, requieren: a) Ser may mayor or de de edad edad y est estar ar en en pleno pleno uso de sus sus facul facultad tades. es. 6  b) Profesar la fe evangélica y doctrina presbiteriana. c) Sol Solici icitar tar por escr escrito ito su ingr ingreso eso a la Aso Asociac ciación ión.. d) Som Somete eterse rse expres expresamen amente te al presen presente te Estatu Estatuto to y al Reglam Reglament entoo interno interno de la Asociación. e) Ser acre acredit ditado ado por su cong congrega regació ciónn de la IEPR IEPRP P. f) Que la sol solici icitud tud sea apro aprobada bada por La Asa Asambl mblea ea Gene General. ral. Concordancia:  Reg.  Art.2 (Miembr (Miembros os de la Iglesia;) 4 (Requisito de la Congregación Congre gación Local); 20 (Membr (Membresía). esía). 5 Las personas jurídicas están inscritas inscritas en los Registros Públicos Públicos SUNARP 6 Deben tener capacidad de ejercicio de acuerdo a ley. Ver Art. 42 del Código Civil  

MIEMBROS COMO PERSONAS JURÍDICAS  ARTÍCULO 10º  ARTÍCULO 1 0º Las personas jurídicas, para ser miembros de la Asociación requieren: a) Ser una una Asoc Asociac iación ión sin sin fines fines de lucro lucro con person personerí eríaa jurídic jurídica, a, inscri inscrita ta en los Registros correspondientes.  b) Nombrar un delegado encargado de representarla ante la Asociación. c) Som Somete eterse rse expres expresame amente nte al pres present entee Estatu Estatuto to y el Regla Reglamen mento to de la IEPRP. d) Pro Profesa fesarr la fe evang evangéli élica ca y doc doctri trina na pres presbit biteri eriana. ana. e) Ser reco recomen mendad dadoo por tres tres (3) (3) miemb miembros ros (pers (persona onass jurídi jurídicas cas)) de la IEPRP. f) So Soli lici cita tarr por esc escri rito to sin sin ing ingres resoo a la As Asoci ociaci ación ón.. g) Que la la solici solicitud tud sea apro aprobad badaa por la Asa Asambl mblea ea Genera General.l. Concordancia:  Regl.  Art.2 (Miembr (Miembros os de la Iglesia; 4 (Requisitos de la Congregación Local; 20 (Membresía).

PÉRDIDA DE MEMBRESÍA ARTÍCULO 11º Perderán su calidad de asociados: a) Qui Quienes enes renu renunci ncian an expres expresamen amente te y por por escrito escrito indi indicand candoo el motivo motivo del mismo.  b) Por grave falta estatutaria. c) Por prop propici iciar ar actos actos de carác carácter ter polí polític ticoo partid partidario ario den dentro tro de de la institución. d) Por pérd pérdida ida de de la capac capacida idadd legal legal por por sente sentenci nciaa judici judicial. al. 7 Concordancia:  Est.  Art.12 (Pérdida de la titularidad de asociado);  Reg.  Arts .17 (Expulsión), 20 (Membr (Membresía), esía), 25 (Pérdida de Derechos). Derechos).

RAZONES PARA LA EXPULSIÓN 8 de un asociado cuando su presencia ARTÍCULO 12º Procede la exclusión de  podría lesionar la imagen y dignidad institucional o cuando reiteradamente no concurra sin justificación a las Asambleas Generales. El Consejo Directivo es el órgano encargado de evaluar las propuestas de exclusión de un asociado y  presentará a la Asamblea General dichas propuestas para su aceptación por los miembros miemb ros renuncian renunciantes. tes. Los Los excluido excluidoss 9 pierden todos sus derechos derechos.. 7 La sentencia tiene que ser consentida (porque no apeló) o ejecutoriada (apeló y perdió) 8 La expulsión es la última medida a tomar después de agotar todos lo medios destinados a la corrección. 9 Expulsados  

Concordancia:  Est.  Art  . 11 (Pérdida de la titularidad de asociado); Art  . 17 (Expulsión). Regl . Arts. 20; (Membresía), 25(Pérdida de Derechos).

DERECHOS DE LOS MIEMBROS O REPRESENTANTES ARTÍCULO 13º Son derechos de los asociados: a) Ele Elegir gir y ser ser elegid elegidos os ante ante el Consej Consejoo Directi Directivo, vo, las las Asa Asambl mbleas eas Generales y Comisiones.  b) Tener voz y voto en todas las Asambleas Generales. c) In Info form rmar arse se de la la labo borr soc socia iall d) Tener acces accesoo al uso uso de los los bienes bienes,, mueble muebless e inmueb inmuebles les de de la Asociación velando por su conservación. e) Exp Expone onerr ante ante la Asam Asamble bleaa General General y el Cons Consejo ejo Dire Directi ctivo vo sus sus pedido pedidoss y necesidades, así como señalar las deficiencias y necesidades en el funcionamiento de la Asociación y proponer las medidas que juzguen lo conveniente. Concordancia: Regl . Arts. Arts. 10, 29, 37, 43, 47, 52, 84, 93 (Elecciones), 23  Inc. J (Privilegios), 22 (Cuidado Espiritual de los Miembr Miembros), os), 23(Privilegios), 60 (Conformación).

OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS ARTÍCULO 14º Son obligaciones de los asociados: a) Cum Cumpli plirr con lo lo que esti estipul pulaa el presen presente te Estat Estatuto uto,, el Regla Reglamen mento to y acuerdos de las Asambleas Generales.  b) Contribuir al logro de los objetivos de la Asociación. c) Abo Abonar nar los los derecho derechoss de inscri inscripci pción ón y las cuot cuotas as periód periódica icass que fije fije la Asamblea. d) Asi Asisti stirr puntua puntualme lmente nte a las las reuni reunione oness que se se convoq convoque ue y a las las Asambleas Generales. e) Des Desemp empeña eñarr con honra honradez dez,, eficien eficiencia cia y hone honesti stidad dad los los carg cargos, os, comisiones y ministerios que se le encomienda. f) Man Manten tener er y acred acredita itarr el pres prestig tigio io de de la Aso Asociac ciación ión ant antee propio propioss y extraños. g) Aca Acatar tar y cumpl cumplir ir los los acuerdo acuerdoss que se se tomen tomen en las las Asa Asambl mbleas eas Generales. El hecho de no asistir no los exime de la obligación de cumplir con los acuerdos que se tomen en ellas. Concordancia: Regl. Reg l. Art.24 (Deberes de los Miembros).  

FALTAS DE LOS ASOCIADOS ARTÍCULO 15º Las faltas de los asociados se clasifican en leves y graves. Son faltas leves: a) La inasi inasiste stenci nciaa a las Asam Asamble bleas as y/o sesi sesione oness sin causa causa just justifi ificada cada..  b) Atentar contra el normal funcionamiento de la institución y no cumplir con el Estatuto, el Reglamento y los acuerdos de las Asambleas Generales o sesiones del Consejo Directivo. c) Des Desacat acatar ar los los acuerd acuerdos os adopt adoptados ados por el el Conse Consejo jo Direct Directivo ivo.. d) Fal Faltar tar el resp respeto eto de de palabra palabra o de acto acto a otro otro miemb miembro ro de la Aso Asocia ciació ciónn o a un miembro del Consejo Directivo. Son faltas graves: a) Mal Malver versar sar los los fondo fondoss de la insti instituc tución ión tant tantoo en lo econó económic micoo como como en lo material.  b) Desacatar las comisiones que se les encomienda y que causen  perjuicio a la Asociación. c) Ser sent sentenci enciado ado jud judici icialm alment entee por por deli delitos tos grav graves. es. 10 d) Com Comete eterr actos actos repudia repudiable bless o demostr demostrar ar conduc conducta ta indeco indecoros rosaa que comprometa el prestigio y la buena imagen de la Asociación, fomentando el divisionismo. e) Fal Falsif sificar icar las firm firmas as del del Consej Consejoo directi directivo vo y/o y/o de los los asociad asociados. os. f) Apr Aprove ovechar char la cali calidad dad de diri dirigen gente te o aso asocia ciado do para para neg negoci ociar ar  particularmente tomando el nombre de la Asociación. Concordancia:  Est .  Art. 17(Sanciones);  Regl . Arts.41 (Causales de  Revocación de Contrato laboral), 25 (Pérdi (Pérdida da de la membr membresía), esía), 53 (Poder de los Órganos de Gobierno), 139-150(Proceso disciplinario).

SANCIONES POR FALTAS LEVES ARTÍCULO 16º Son sanciones para faltas leves: a) Pr Prim imer eraa vez: vez: am amon ones esta tació ciónn ver verbal bal..  b) Segunda vez: amonestación escrita. c) Terce ercera ra vez: vez: suspen suspensió siónn de sus derech derechos os por por tiempo tiempo limita limitado do fijado fijado  por la Asamblea General. Concordancia. Est . Arts.16, 17, 24e, o, q, 43 (Sanciones, Disciplina), 24 Inc. Inc. e, o, q 43, 17(Competencia);  Regl . Arts. 139- 150 (proceso disciplinario) discipli nario) ,114 (Revocación al cargo), 106 Inc. d, o, 141, 142, 150 (competencia), 115 10 Ver nota del Art. 11 11 d.  

SANCIONES POR FALTAS GRAVES

ARTÍCULO 17º Son sanciones para faltas graves: a) Sep Separa aració ciónn tempor temporal al de sus dere derecho chos, s, por por medio medio de de uno o dos dos años años según la gravedad de la falta.  b) Exclusión definitiva previo acuerdo de la Asamblea General, sin  perjuicio de iniciarle proceso judicial por daños y perjuicios, si el caso lo amerita. Concordancia:  Est . Art. 15(Falta grave), 16,24e, o, q, 43 (Sanciones,  Disciplina), 24 Inc. e, o, q 43. 16 (Competencia);  Regl . Arts. 41 (Causales de  Revocación de Contrato laboral), 25 (Pérdida de Membresía), 53(Poder de los Órganos de Gobierno), 114 (Revocación al cargo), 67, 139141(Disciplina), 139-150(Proceso disciplinario).

DE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS ÓRGANOS DIRECTIVOS ARTÍCULO 18º  Los Órganos Directivos de la IEPRP son: a) Asamblea General. b) El Consejo Directivo.

DE LA ASAMBLEA GENERAL LA AUTORIDAD EN LA IEPRP ARTÍCULO 19º  La autoridad suprema de la Asociación, es la Asamblea General, órgano constituido por la totalidad de los asociados. La autoridad se ejerce a través de sus acuerdos, los cuales tienen carácter permanente y obligatorio para todos sus miembros y el Consejo Directivo. Concordancia: Est . Art.20-25; Reg l.l. Art.9 (Asamblea ( Asamblea Congregacional).

CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ARTÍCULO 20º La Asamblea General es convocada por el Presidente del Consejo Directivo de la Asociación, cuando lo acuerde dicho Consejo Directivo o cuando lo solicite no menos de la décima dé cima parte de los asociados. Concordancia: Est. Art. 20, 21-25 (Convocatoria); Regl. Art.9 (Asamblea Congregacional), Art.10, 82, 83, 92, 24, 97-109 (Asamblea General), 9, 11, 81, 92, 100, 101, 113b (Convocatoria).  

CONFORMACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL ARTÍCULO 21º La Asamblea General está conformada por sus miembros según establece el Art. 7. 11 Concordancia:  Est .Art.19, .Art.19, 22-25;  Regl . Art.9 (Asamblea Congregacional),  Art.10, 82, 83, 92, 24, 97-109 (Asamblea General).

DURACIÓN Y DIRECCIÓN DIRECCI ÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL ARTÍCULO 22º Las Asambleas Generales son ordinarias y extraordinarias. Las asambleas ordinarias se realizan cada año y las asambleas extraordinarias cuando sean necesar necesarias, ias, 12 en estrict estrictaa observaci observación ón de lo lo estable establecido cido en el Art. 20. Están dirigidas dirigidas por la Mesa Directiva de cinco miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario y Fiscal, elegidos por la Asamblea General. 13 Concordancia : Est . 19, 21 (Conformación de la Mesa Directiva), 22-25 (Asambleas), 26-29 (Consejo Directivo), Est. Art. 26 (Período de Gobierno);  Regl . Arts. 9, 10, 82, 83, 92 (Asamblea (As amblea Congregacional), Cong regacional), 10, 11, 12,102 (Mesa  Directiva),  Dir ectiva), 24 97-109 (Asamblea General), 83, 92, 97-109 (Asambleas), 10, 29, 37, 43, 47, 52, 84, 93 (Elecciones).

QUÓRUM DE INSTALACIÓN PARA LA ASAMBLEA GENERAL ARTÍCULO 23º El Quórum requerido para la constitución de la Asamblea General de la IEPRP es del 50% más uno (1) de los miembros en primera citación. 14 En segunda citación con los que asistan, según el Art. 87 del Código Civil. Concordancia:  Est . Art. 19, 21, 22,23-25 (Asambleas), 26-29(Consejo  Directivo),  Dir ectivo), 23 (Convocatoria); Regl . Arts.9, 10 (Asamblea Congregacional), 11, 63, 81 (Convocatoria), 10, 11 ,  12 (Mesa Directiva), 83, 92, 97-109 (Asambleas), 10, 29, 37, 43, 47, 52, 84, 93(Elecciones), 54, 84, 110 110 (Consejo  Directivo).  Dir ectivo).

ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL ARTÍCULO 24º Las facultades y funciones de la Asamblea General son 11 Conformada por personas naturales y personas jurídicas 12 La Asamblea ordinaria se realiza cada año; sin embargo embargo el Reglamento señala cada dos años (Art. 100) La corrección es una tarea pendiente. 13 El Reglamento en el Art. 102 dice: La mesa de la Asamblea General Ordinaria, está conformada por la elección de un Vicepresidente, Vicepresidente, dos secretarios y un Fiscal, presidida por el Presidente del Consejo Directivo. Se debe corregir. 14 Mayoría simple.  

a) Promov Promover er y forta fortalec lecer er la vida vida y mis misión ión de de la IEPRP IEPRP,, veland velandoo por la la  prosperidad y la extensión del Reino de Dios, a través de sus miembros y cuidando la pureza de la doctrina y de la vida cristiana.  b) Dar soluciones a los casos ca sos no resueltos que les son elevados por sus miembros. c) Rec Recibi ibirr en su su seno seno como como miem miembro bross a entid entidades ades ecl eclesi esiást ásticas icas que soliciten su incorporación. d) Est Establ ablecer ecer conve convenio nioss y cultiva cultivarr las relacio relaciones nes frate fraternal rnales, es, con con otras otras Iglesias Presbiterianas en el país o en el extranjero, con quienes se tenga identidad teológica y ministerial. e) Ide Identi ntific ficar ar y censu censurar rar los los error errores es en doct doctrin rina, a, condu conducta cta y gobi gobierno erno de sus miembros, y denunciar la inmoralidad y corrupción que afecte y  perjudique a la IEPRP IEPRP,, tomando las decisiones pertinentes. f) Nom Nombrar brar las Com Comisi isiones ones Rev Reviso isoras ras para asu asunto ntoss ecles eclesiás iástic ticos, os, financieros y administrativos, que sean requeridos. g) Apr Aproba obarr la Memo Memoria ria y el el Balance Balance Econ Económi ómico co audit auditado ado del del ejerci ejercicio cio anual; y el Plan y el Presupuesto del ejercicio siguiente presentados  por el Consejo Directivo. h) Inf Inform ormar ar y avalar avalar los los pedid pedidos, os, plan planes, es, y proye proyecto ctos, s, presen presentad tados os por por escrito por los miembros, por vía regular según lo establece el Reglamento. i) Mod Modifi ificar car los Est Estatu atutos tos 15 y el Reg Reglam lament ento, o, tot total al o par parcial cialmen mente, te, conforme a los artículos 36º, 37º y 38º del presente Estatuto, en concordancia con el Art. 47 del Código Civil. 16  j) Decidir la disolución y liquidación de la IEPRP IEPRP.. k) Ele Elegir gir a los mie miembr mbros os del del Conse Consejo jo Direct Directivo ivo y delegar delegarle le sus sus funciones. l) Res Resolv olver er cual cualqui quier er asu asunto nto que no est estaa conte contempl mplado ado en el el pres present entee Estatuto y en su Reglamento. m) Design Designar ar lugar lugar y fecha fecha para para la próxim próximaa Asambl Asamblea ea General. General. n) Defi Definir nir los los lineam lineamien ientos tos de de la marcha marcha de de la Aso Asocia ciació ción, n, así como como las las  políticas y criterios para la elaboración de programas de trabajo en cumplimiento de sus fines. 15 Modificar el Estatuto y el Reglamento. 16 El Art. 47 del Código Civil se refiere refiere al curador interino, interino, que no corresponde al tema del Estatuto, pudo ser el Art.74 que se refiere al Registro del Estado Civil; pero han sido derogados los Arts. 70 al 75 por la 7ª DF de la Ley 26497, del 12 Jul. 1995. Por lo que se debe corregir este este detalle. detalle. Puede señalarse el Art. 87 del Código Civil (revisión 2007) que señala: para modificar el estatuto o para disolver la asociación se requiere en primera convocatoria la asistencia de más de la mitad de los asociados. Los acuerdos se adoptan con el voto de más de la mitad de los miembros concurrentes. En segunda convocatoria, los acuerdos se adoptan con los asociados que asistan y que representen no menos de la décima parte.  

o) Remover Remover o acepta aceptarr la renun renuncia cia de los los miemb miembros ros del Cons Consejo ejo Directivo.  p) Examinar la labor del Consejo Directivo. q) Det Determ ermina inarr las resp respons onsabi abilid lidade adess de los los miemb miembros ros e impo imponer ner sanciones. r) Fij Fijar ar las las cuotas cuotas ordi ordinari narias as y extrao extraordi rdinar narias ias,, así como como las las aport aportaci acione oness económicas necesarias para los logros de los fines de la Asociación. s) De Desi sign gnar ar la lass com comis isio ione ness que que se req requi uiera eran. n. t) Ele Elegir gir la Mesa Mesa Dir Directi ectiva va para para la la conduc conducció ciónn de la Asam Asamble bleaa General General..

Concordancia: Est. Art.22-23 (Asambleas), 25(Asamblea General y  Estatuto), 37 (Proce (Proceso so de Modificación al Estatuto), 38 (Modificación al  Estatuto), 39 (Disolución de la IEPRP), 40 (Bienes de la IEPRP en caso de disolución), 42 (Asamblea y Vacíos legales), 16, 17, 43 (Sanción,  Disciplinaria), 43, 16, 17(Competencia), 24 s (Comisión), 53 (Limitación)

LA ASAMBLEA GENERAL Y EL ESTATUTO DE LA IEPRP Asamblea General no puede tomar acuerdos en contra del ARTÍCULO 25º La Asamblea Estatuto y Reglamento, ni de aquellos asuntos que forman parte de su  jurisprudencia; salvo lo establecido en los artículos 36º,37º y 38º del Estatuto y todo aquello que no esté estatuido.

Concordancia:  Est . Arts.22-24 (Asambleas), 26-29 (Consejo Directivo), Directivo), 25, 41, 43, (Nulidad de los acuer acuerdos); dos); Reg l.l. Art.9 (Asamblea Congr Congregacional), egacional), 13 (Superioridad del Estatuto), 24 97-109 (Asamblea General), 108, 172 (Subordinación (Subordinac ión al Estatuto), 9 (Asamblea Congre Congregacional). gacional).

CONSEJO DIRECTIVO CARGOS DEL CONSEJO DIRECTIVO ARTÍCULO 26º El CONSEJO DIRECTIVO está constituido por cinco (05) miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y un Vocal, elegidos por la Asamblea General, por un período de dos años pudiendo ser reelegidos en parte o en su totalidad por un período más. Concordancia:  Est . Arts.19, 21 (Conformación de la Mesa Directiva), 22 (Mesa Directiva), 22-25 (Asambleas), 27-29 (Consejo Dire Directivo; ctivo; Creación);  Regl . Arts.54, 56, 84, 110 110 (Consejo Dir Directivo), ectivo), 24 97-109 (Asamblea General)  ,27-29 (Creac (Creación), ión), 9, 10, 82, 83, 92 (Asamblea Congre Congregacional). gacional).  

ATRIBUCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO ARTÍCULO 27º Las facultades del Consejo Directivo son: a) Ins Inscri cribir bir en los los Regi Registr stroo Públ Público icoss su nom nombram bramien iento to por por la la Asa Asambl mblea ea General.  b) Es responsable de la buena marcha administrativa económica y financiera financ iera de la IEPRP I EPRP.. c) Sus Suscrib cribir ir conv conveni enios os de de coope cooperaci ración ón mutu mutuaa y con contra tratos tos con per person sonas as naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, siempre y cuando esta relación contribuya al desarrollo de sarrollo de la misión de la IEPRP. IEPRP. d) Pre Presen sentar tar el Bal Balance ance econ económi ómico co y otro otross docu documen mentos tos que le sean requeridos por las entidades del Estado Peruano. e) Oto Otorg rgar ar los los pod poderes eres esp especi eciales ales a algún algún mie miembr mbroo que que lo requ requier iera, a, con con cargo a dar cuenta a la Asamblea General de la IEPRP. IEPRP. f) Ate Atende nderr y can canali alizar zar si hay fon fondos dos des destin tinados ados hac hacia ia alg algún ún mie miembr mbroo de de la IEPRP I EPRP.. g) Pre Presen sentar tar el balan balance ce econ económi ómico co y Mem Memori oriaa Anu Anual al a la Asa Asambl mblea ea General. Concordancia:  Est . Arts.22 (Mesa Directiva); 26, 28, 29 (Cre ( Creación), ación), 26, 28, 29 (Consejo Directivo); Directivo) ; Regl. Arts.54, 84, 110-114 110-114 (Consejo Directivo); Directivo) ;  Regl .  Arts. 12, 102 (Mesa dire directiva), ctiva), 26, 84, 93, 111, 121, 124 (Período de Gobierno), Gobierno ), 84 (Junta Directiva), Directiva), 84, 93, 111, 121, 124. (Períod (Períodoo de Gobierno), 93 (Consejo Directivo del Sínodo), 121,124, 127 (Composición).

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ARTÍCULO 28º Son funciones de los miembros del Consejo Directivo: Del Presidente: Presidente: a) Eje Ejercer rcer la repre represen sentaci tación ón legal legal de la IEPRP IEPRP, para contes contestar tar demand demandas, as, allanarse a ellas e interponer toda clase de recursos ante las autoridades civiles, políticas y judiciales, en función a las necesidades nece sidades e intereses de la IEPRP, de acuerdo a las normas establecidas en el Código Procesal Civil, y en general ante cualquier organismo o entidad sea pública o privada teniendo facultad para otorgar poderes generales y/o especiales a los miembros de la IEPRP que lo requieran.  b) Convocar y conducir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo. c) Fir Firmar mar la corr corresp espond ondenci enciaa junta juntamen mente te con con el el Secret Secretari ario. o. d) Abri Abrirr y cerrar cerrar cuenta cuentass bancari bancarias as conju conjunta ntamen mente te con con el Vice Vice-Presidente y el Tesorero. Tesorero. e) Ejer Ejercer cer las las facul facultad tades es recon reconoci ocidas das en en los artí artícul culos os 74° 74° y 75° del del Código Procesal Civil.  

f) Convo Convocar car y dirig dirigir ir las las Asam Asamble bleas as Genera Generales les Ordi Ordinar narias ias y Extraordinarias de la IEPRP I EPRP,, y hacer los arreglos para su realización. g) Eje Ejecut cutar ar las las decis decision iones es del del Cons Consejo ejo Dir Direct ectivo ivo.. h) Par Partic ticipa iparr en la Constitu Constitució ciónn de otras Aso Asociac ciacion iones, es, organ organism ismos os gubernamentales o cualquier otra modalidad de persona jurídica sin fines de lucro, pudiendo delegar poderes a otros miembros de la IEPRP,, para estos efectos. IEPRP ef ectos. i) Con Conjun juntam tamente ente con con el Tesor Tesorero ero abrir abrir,, transfer transferir ir,, cerrar cerrar y encargars encargarsee del movimiento de todo tipo de cuentas bancarias; girar, endosar y cobrar cheques, aceptar, reaceptar, girar, renovar, renovar, endosar, descontar y  protestar cheques, letras de cambio, vales, pagarés, giros, certificados, conocimientos de embarque, pólizas y cualquier otra clase de documentos mercantiles y civiles; otorgar recibos y cancelaciones; sobregirarse en cuentas corrientes con garantía o sin sin ella, solicitar toda clase de préstamos con garantía hipotecaria, prendaria y de cualquier forma con aprobación de la Asamblea.  j) Conjuntamente con el Tesorero girar cheques contra cuentas de la Institución o contra créditos o sobregiros que hayan sido sido conseguidos a favor de aquella así como endosar, cobrar o protestar cheques, cruzarlos, insertar cláusula de no negociable, obtener giros y cheques de gerencia. k) Conjun Conjuntament tamentee con el Tesorero girar girar,, aceptar aceptar,, endosar endosar,, cobrar cobrar,, descontar, renovar y protestar letras de cambio, pagarés, vales a la orden y demás documentos de crédito y/o títulos valores. l) Sus Suscri cribir bir con contrat tratos os sean sean púb públic licos os o pri privad vados, os, a efecto efecto com compra prarr o vender bienes muebles o inmuebles así como comprar o vender acciones en el mercado de valores a favor de la Asociación. m) Celebra Celebrarr y suscribir suscribir todo tipo tipo de contrat contratoo de arrendamie arrendamiento nto de bienes muebles e inmuebles, sea como arrendador o como arrendatario, por tiempo determinado y en general todo contrato que guarde armonía con los fines de la Institución. n) Con Conjun juntam tament entee con el Secretar Secretario, io, firmar firmar la corres correspon ponden dencia cia oficia oficial,l, así como cualquier tipo de documentación de índole interna o externa de la Asociación.

Del Vicepresidente: Vicepresidente: 17 a) Sup Suplir lir las las funci funciones ones del Pres Preside idente nte en en caso de ausenc ausencia ia o enferm enfermeda edad, d, licencia o fallecimiento.  b) Asumir la presidencia en caso de vacancia del titular titular.. 17 El cargo cargo y funciones del 2º Vicepresidente Vicepresidente han sido eliminadas en la Asamblea General Extraordinaria realizada en Lima el 26 de junio del año 2007.  

c) Abrir Abrir y cerrar cerrar cuen cuentas tas banc bancaria ariass juntam juntament entee con el el Presi Presiden dente te y el Tesorero.

Del Secretario: a) Cus Custod todiar iar y mante mantener ner al día día el Libro Libro de Acta Actass del Conse Consejo jo Direct Directivo ivo..  b) Custodiar el Libro de Actas y documentos afines de la Asamblea General. c) Man Manten tener er en orde ordenn el archi archivo vo y la la corresp correspond ondenc encia ia del del Conse Consejo jo Directivo. d) Pre Prepar parar ar la corresp correspond ondenci enciaa y enviarla enviarla firmán firmándol dolaa juntame juntamente nte con con el Presidente. e) Pre Prepar parar ar las cita citacio ciones nes para para las las sesion sesiones es del Cons Consejo ejo Direc Directiv tivoo y de la Asamblea General. f) Pre Prepar parar ar en coo coordi rdinaci nación ón con con el Presi President dentee el Info Informe rme Mem Memori oriaa del Consejo Directivo para la Asamblea General. g) Act Actuar uar como como tal tal en la Mesa Mesa Dire Directi ctiva va de las las Asa Asambl mbleas eas Genera Generales les y las sesiones del Consejo Directivo. h) Otra Otrass funcion funciones es emanada emanadass de las sesi sesiones ones ordin ordinarias arias y extraordinarias. Del Teso Tesorero: rero: a) Cus Custod todiar iar y mante mantener ner al día día los los libros libros conta contable bless de la IEPRP IEPRP..  b) Supervisar el movimiento contable y financiero de la IEPRP IEPRP.. c) Pre Prepar parar ar el infor informe me económ económico ico audit auditado ado y el pres presupu upuest estoo del ejerci ejercicio cio siguiente, para ser presentada a la Asamblea General. d) Abr Abrir ir y cerrar cerrar cuent cuentas as bancari bancarias as junta juntamen mente te con con el Presi Presiden dente te y el Vicepresidente. e) Rec Recaba abarr y custo custodia diarr las cuo cuotas tas y obl obliga igacio ciones nes de de los mie miembr mbros os asociados, activar, coordinar y controlar la gestión económica y financiera de la Asociación. f) Efe Efectu ctuar ar los pago pagoss de las las obliga obligacio ciones nes de de la instit instituci ución ón previ previaa visació visaciónn del Presidente. g) Inf Inform ormar ar a la Asa Asambl mblea ea General General y al Cons Consejo ejo Direct Directivo ivo del del estado estado de las cuentas de la institución en el momento en que se le requiera. h) Pres Present entar ar al Conse Consejo jo Direct Directivo ivo el arqu arqueo eo de caja caja mensual mensual y el balanc balancee anual. i) Faci Facilit litar ar a los los asoci asociado adoss que que lo requ requiera ieran, n, todos todos los los docum document entos os o informes que le sean solicitados.  j) Supervisar el movimiento de fondos de la Asociación.  

Del Vocal Vocal 18 a) Vel elar ar po porr el el cum cumpl plim imiien entto del del Es Esta tatu tuto to,, el el Reg Regllam amen entto, lo loss acuerdos de la Asamblea General y del Consejo Directivo.  b) Velar por el orden y desarrollo disciplinado disciplinado de las actividades que  pudiera organizar la asociación. c) Otra Ot rass fun funci cioone ness que que le pu pued edaa fij fijar ar la As Asam ambl blea ea y/ y/oo el el Con Conse sejo jo Directivo. Concordancia:  Est . Art. 22-25 (Asambleas), 26, 27, 29 (Consejo Direc Directivo; tivo; Creación), 26 (Período de Gobierno), 28 (Obligación), 28a (Secretario);  Regl . Arts.9 (Asamblea Congregacional), 10, 11, 12, 22 (Mesa Directiva), 84 (Junta Directiva), Directiva), 25 (Conservación (Conservación de Archiv Archivos), os), 24, 97-109 (Asamblea General), 83, 92, 97-109 (Asambleas), 10, 29, 37, 43, 47, 52, 84, 93(Elecciones), 93(Elecc iones), 54, 84, 110-114 (Consej (Consejoo Directivo).

QUÓRUM DE SESIONES PARA EL CONSEJO DIRECTIVO ARTÍCULO 29º El Quórum del Consejo Directivo será de tres miembros. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente tiene voto dirimente. Concordancia:  Est. 

26-28(Consejo Directivo) 22 (Mesa Directiva), 26 (Período de Gobierno);  Regl. Arts .54, 84, 110-114 (Consejo Directivo), 84, 93, 11 111, 121, 124. (Período (Perío do de Gobierno), Gobierno) , 93 (Consejo Directivo del Sínodo). Sínodo) .

DEL PATRIMONIO PATRIMONIO DE LA IEPRP ARTÍCULO 30º El patrimonio de la IEPRP está constituido por: a) Los fon fondos dos y bienes bienes mue mueble bless e inmue inmueble bless exist existent entes es y los los que que adquiera para el cumplimiento de sus fines y objetivos.  b) Las aportaciones de sus miembros. 18 Título insertado en la Asamblea General Extraordinaria realizada en Lima el 26 de junio del año 2007.  

c) Las dona donacion ciones, es, her herenci encias, as, 19 sub subven vencio ciones nes y leg legados ados a su favo favorr por  personass natura  persona naturales les y jurídi jurídicas, cas, nacion nacionales ales y extranj extranjeras, eras, públi públicas cas o  privadas.  priva das. d) Los fon fondos dos prov proveni enient entes es de coo cooper peraci ación ón inte interna rnacion cional. al. e) Las tra transf nsferen erencia ciass que pue puede de recibi recibirr de enti entidad dades es simil similares ares..

Concordancia: Est . Art. 31. Regl . Arts. 126, 127, 155, 156.

CUSTODIA Y ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES DE LA IEPRP ARTÍCULO 31º La custodia y administración del patrimonio de la IEPRP estará a cargo del Consejo Directivo. Concordancia: Regl . Arts. 48 (Or (Organización ganización de Diáconos), 60 (Organización). (Or ganización). 126, 127(Administración de bienes).

PROHIBICIÓN DE DISTRIBUIRSE LOS BIENES ARTÍCULO 32º El patrimonio de la IEPRP, de ningún modo, podrá ser distribuido entre sus miembros, ni entre sus órganos directivos, en forma directa o indirecta y en caso de disolución, el haber neto n eto resultante será entregado a una Asociación no lucrativa cuyos fines y objetivos sean similares a las de la Asociación. Concordancia:  Regl . Art. 162, 164 170, 171 (Destino de los bienes). bienes).

DE LAS RELACIONES Y CONVENIOS

LA IEPRP Y SU RELACIÓN CON OTRAS INSTITUCIONES ARTÍCULO 33º La IEPRP mantendrá relaciones con otras asociaciones e iglesias evangélicas, buscará y aceptará la unificación con aquellas con las cuales tenga identidad en doctrina y propósito. CONCORDANCIA:  Est . Arts. 6 Inc. Inc. d, d, 24 d, 34-35, (Convenios); (Convenios);  Regl . 86,106 Inc. c 112 e, 131-138, 167(Convenios). 19 La herencia se da en la relación del padre al hijo; pero en personas personas jurídicas se produce el legado.  

CONVENIOS ENTRE LA IEPRP Y OTRAS INSTITUCIONES ARTÍCULO 34º  La IEPRP podrá suscribir convenios con las iglesias evangélicas y misiones con doctrinas reformadas en el país y en el extranjero, con las cuales tenga unidad de doctrina y propósito. CONCORDANCIA:  Est . Arts. 6 Inc. d, 24 d, 35, 40 (Convenios);  Regl . 86,106 Inc. c 112e, 131-138, 167(Convenios).

CONVENIOS CON OTRAS INSTITUCIONES ARTÍCULO 35º La IEPRP, podrá tener relaciones y convenios con instituciones paraeclesiásticas y seculares, nacionales y extranjeras, siempre y cuando esta relación no afecte los fines de ella, ni interfiera en su vida y misión. CONCORDANCIA: Est . Arts. 6 Inc. d, 24 d, 34, (Convenios); (Convenios);  Regl . 86,106  Inc. c 112e, 131-138(Convenios).

DE LA MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO CONDICIONES PARA LA MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO ARTÍCULO 36º La modificación parcial o total del Estatuto deberá ser: a) Pre Presen sentad tadoo por tres tres miem miembro bross de acuerd acuerdoo al Regla Reglamen mento to Inter Interno no y en Asamblea General Extraordinaria.  b) Con excepción del Título II y el Título III del Estatuto no podrá ser modificados. 20 c) Toda modif modificac icación ión parci parcial al o total total del Esta Estatut tutoo será reali realizada zada en en Asamblea General Extraordinaria. CONCORDANCIA: Est. Arts. 37-38 (Propuesta de modificación), 24 Inc. i (Potestad); Regl. Art. 166 (Aprobaci (Aprobación ón de los dos ter tercios), cios), 106 Inc. k (Potestad).

20 Se refieren a los principios y al fin principal que permanecerán inmutables  

PROCESO DE MODIFICACIÓN AL ESTATUTO ARTÍCULO AR TÍCULO 37º La propuesta de modificación del Estatuto deberá ser: a) Rec Recibi ibida da por por el Consej Consejoo Directi Directivo, vo, el cual cual lo lo present presentará ará a la Asam Asamble bleaa General Extraordinaria.  b) El Con Consej sejoo Dir Direct ectivo ivo con convoc vocará ará a una Asa Asambl mblea ea Gen Genera erall Extraordinari Extraor dinaria, a, en la cual se procede procederá rá a su debate para su aprobac aprobación ión o desaprobación. c) La propu propuest estaa debe debe tener tener una una vota votación ción fav favorab orable le del del 10% 10% de de los miembros asociados en concordancia con el Art. 87 del Código Civil. 21 CONCORDANCIA:  Est . Arts. 36,38 (Propuesta de modificación), 24 Inc. i (Potestad);  Reg  Regl  l . Art. 166 (Aprobaci (Aprobación ón de los dos terc tercios), ios), 106 Inc. k (Potestad).

MODIFICACIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ESTATUTO ser á realizada en ARTÍCULO 38º Toda modificación parcial o total del Estatuto será ARTÍCULO Asamblea General Extraordinaria, en la que se requiere en primera convocatoria, la asistencia asistencia de más de la mitad de los miembros. Los acuerdos se adoptan con el voto de más de la mitad de los miembros concurrentes. En segunda se gunda convocatoria, los acuerdos se adoptan con los miembros que asistan y que representan no menos de la décima parte.

CONCORDANCIA:  Est . Arts. 36-37 (Propuesta de modificación), 24 Inc. i (Potestad);  Reg  Regl  l . Art. 166 (Aprobación de los dos ter tercios), cios), 106 Inc. k (Potestad).

21 Art. 87 del Código Civil (revisión (revisión 2007): para modificar el estatuto o para disolver la asociación se requiere en primera convocatoria la asistencia de más de la mitad de los asociados. Los acuerdos se adoptan con el voto de más de la mitad de los miembros concurrentes. En segunda convocatoria, los acuerdos se adoptan con los asociados asociados que asistan asistan y que representen no menos de la décima parte.  

DE LA DISOLUCIÓN DE LA IEPRP Y DESTINO DEL PATRIMONIO DISOLUCIÓN DE LA IEPRP Asamblea ARTÍCULO 39º Para la disolución de la IEPRP se requiere de una Asamblea General Extraordinaria, convocada para este fin, según el procedimiento señalado en el Art. 87° del Código Civil. 22

CONCORDANCIA: Est . Arts.37, 38, 40, 24 Inc. j, (Disolución); Regl . Arts. 168-171 106 Inc. n, (Procedimiento). (Procedimiento).

DESTINO DE LOS BIENES EN CASO DE DISOLUCIÓN ARTÍCULO 40° En caso de disolución de la IEPRP, su patrimonio se entregará a otra entidad nacional con fines y objetivos similares, a criterio de la Asamblea General Extraordinaria, previa liquidación de sus obligaciones internas y externas pendientes de pago. CONCORDANCIA: Est . Art. 32, (Destino del patrimonio);  Regl . Art. 164 (Prohibido distribuirse).

DISPOSICIONES GENERALES ACTOS EN CONTRA DEL ESTATUTO ARTÍCULO 41º Todo acto o acuerdo realizado en contra del Estatuto será declarado nulo y no surte ningún efecto legal, ni tiene carácter vinculante para la Asociación. Concordancia : Est . Arts.25, 41, 43, (Nulidad ( Nulidad de los acuerdos); Regl . Art.13, 108, 172 (Subordinaci (Subordinación ón al Estatuto). 22 Ver Comentario Art. 37 Inc. C. el texto de la ley.  

VACÍOS LEGALES EN EL ESTATUTO ARTÍCULO 42º Todo vacío legal en el Estatuto deberá ser resuelto por la Asamblea General. Los acuerdos tomados pasarán a formar parte de la  jurisprudencia de la IEPRP IEPRP.. 23 CONCORDANCIA:  Est . Art. 24 Inc. l (Decisión);  Regl . Art. 106 Inc. l, (Resolución). 176 (jurisprudencia).

INCUMPLIMIENTO DEL ESTATUTO POR PARTE DE SUS MIEMBROS Cuando ndo una una mayoría mayoría de los los discí discípul pulos os 24 en plena plena comuni comunión ón ARTÍCULO 43º Cua de una congregación representada por un delegado como miembro persona natural de la IEPRP, incumplen algunos de los principios del Estatuto serán separados de la Iglesia Evangélica Presbiteriana y Reformada en e n el Perú, y la minoría fiel quedará en pleno derecho a utilizar el patrimonio existente. Concordancia:  Arts. 25, 41,43 (Nulidad de los acuerdos), 16, 17, 24 e, o, q (Sanción, Disciplinaria), Regl . Art.29 (Elección de un Oficial), 13, 108, 172 (Subordinación (Subordinac ión al Estatuto), 139-150 (Sanción, Disciplina).

23 Jurisprudencia.- Sentencia emitida por un órgano de gobierno superior (Asamblea General o Sínodo) que sirve para ilustrar otros casos similares. 24 Miembros  

                                                                   

REGLAMENTO GENERAL DE LA IGLESIA EVANGÉLICA PRESBITERIANA Y REFORMADA EN EL PERÚ

DE LA IGLESIA, NATURALEZA Y EXTENSIÓN Definición Art. 1º La Iglesia Evangélica Presbiteriana y Reformada en el Perú (IEPRP), es una iglesia conformante de la Iglesia Universal de nuestro Señor Jesucristo. Está constituida a nivel nacional mediante una Personería Jurídica, conformada por las Congregaciones Locales del País. 25 CONCORDANCIA: Est . Art. 1(Nombre de la iglesia).

DE LAS CONGREGACIONES LOCALES Conformación de las iglesias Art. 2º Las Congregaciones Locales están conformadas por creyentes que confiesan su fe en Jesucristo, incluyendo sus hijos, quienes se congregan voluntariamente para la adoración a Dios; llevan una vida en conformidad con las Sagradas Escrituras y dan testimonio de la Gracia salvadora de Dios en Jesucristo. CONCORDANCIA: Est . Art. 7 (Miembro de la Asociación.);  Regl . Art. 3 (Clases de miembros) Art.20 (Maneras de llegar a ser miembro)

25 Persona Jurídica inscrita en el Asiento 1-A de la ficha Nº 0065 del Registro de Personas  Jurídicas de Huanta de fecha 30 de abril de 1996.  

Clases de miembros Art. 3º Los Miembros de la IEPRP son las Congregaciones Locales, que  pueden estar constituidas con Personería Jurídica, o 26 las personas naturales que representan a sus Congregaciones las cuales no tienen personería jurídica,  por el tiempo que éstas las autorizan, y que son inscritas en los Registros Públicos y que tienen una fe común y confiesan la doctrina Presbiteriana y Reformada, y se adhieren plena y totalmente a la forma de Gobierno, Libro de Adoración Pública, Fórmulas y se sujetan a sus normas legales vigentes: Estatuto y Reglamento. CONCORDANCIA: Est . Art. 7(Ps. Naturales y Ps. Jurídicas); Art. 9 y 10 (Requisitos).

Requisitos de la Congrega Congregación ción local Art. 4º Se denomina Congregación Local a la organización de creyentes que cumple con los siguientes requisitos: a) Contar con un mínimo de 30 miembros en plena comunión en las zonas urbanas y 15 en las zonas rurales;  b) Contar con un Órgano de Gobierno, denominado Consistorio; c) Tener, en lo posible, un Órgano de Servicio y Administración denominado Consejo Diaconal; d) haber sido constituida e instalada por el Presbiterio de su jurisdicción. CONCORDANCIA: Est . Art. 9 y 10 (Requisitos Ps. Nat. Y Ps. Jur.) Jur.)

La congregación debe contar con un Pastor Art. 5º Cada Congregación organizada e instalada, debe buscar los servicios de un pastor, preferentemente de la propia Denominación, proveer para su digno sostenimiento, dar cuenta al Presbiterio para su ordenación, si no ha sido ordenado y su respectiva instalación. Si el pastor proviene de otras iglesias evangélicas, el Presbiterio debe proveer materiales doctrinales para su capacitación y previo examen deberá ordenarlo si no ha sido ordenado anteriormente e instalarlo. CONCORDANCIA: Regl . Art. 32 (El Pastor y la congregación); Art. 15 (la congregación sin Pastor). Art. 10, f (La elección del Pastor).Art. 37 (Procedimiento (Proce dimiento para nombrar Pastor).

26 Puede decir: o representadas por delegados de sus congregaciones  

Las áreas y comisiones Art. 6º Las Congregaciones Locales para el mejor desarrollo de su misión, a través de su Órgano de Gobierno, el Consistorio formará Áreas y Comisiones de Trabajo, Trabajo, permanentes y temporales, tales como por ejemplo: Área de Culto; Liga Femenina, Departamento de Niños, Adolescentes y Jóvenes, Área De Comunicaciones, Comisión de Evangelización, Escuela Dominical, Área de Educación Cristiana, etc. Cada una de las áreas y comisiones deben estar bajo la autoridad y supervisión del Órgano de Gobierno. CONCORDANCIA:  Regl . Art. 116(Comisiones) Art. 58 (Sujeción a los órganos superiores)

Responsabilidad con el personal rentado Art. 7º Las Congregaciones Locales que tienen personería jurídica y que mantengan personal rentado, deben asumir su responsabilidad re sponsabilidad de pago puntual y equitativo, su responsabilidad de beneficios sociales; además deberán llevar una planilla de pagos, para la anotación de sus obligaciones. Las Congregaciones sin personería jurídica, usarán la personería jurídica de la IEPRP. 27 CONCORDANCIA: Regl . Art. 64, m (Sobre (Sobre las remuneraciones); remuneraciones); Art. 42, d. (Jubilación). Art. 38 (Cumplimiento de leyes sociales)

Establecimiento del plan de trabajo Art. 8º Las Congregaciones Locales, en lo posible, deberán establecer su Visión y Misión estratégica que les servirá de brújula para el desarrollo de sus actividades eclesiásticas y evangelizadoras y el establecimiento de sus Extensiones Misioneras. Acciones que deberán ser compartidas con todos sus miembros. CONCORDANCIA: Regl . Art. 10, b (Aprobaci (Aprobación ón del plan); Art. 16 (Miembros de la nueva obra). 27 El pago de beneficios sociales es una obligación exigida por la ley. Son 15 sueldos por año, que comprende: vacaciones, Fiestas Patrias, Navidad, y CTS. Se debe sumar la Asignación familiar: que es el 10% adicional al sueldo en caso de tener hijo(s). El AFP se se descuenta al trabajador. Ver: Ley de Fomento del empleo DL Nº 728 aprobado por DS Nº 05-95-TR. Y su modificatoria contenida en la ley Nº 26563. Ley de Descansos remunerados RM 136 – 01-TR. DL Nº 713. DL  Nº 650 D. S. Nº 00197 – TR – 0101-3-19 3-1997: 97: LEY DE CTS. Y D. S. Nº 004-97 del 15-4-97 15-4-97:: Reglamento de la CTS. Y Ley complementaria DS. 001-2001-TR del 22-01-2001. y Decreto de Urgencia Nº 127 –2000. El Ministerio de Trabajo verifica el cumplimiento; la infracción (desobediencia) es castigada con fuertes multas. Ver: Ver: Ley de Inspección del Trabajo: Trabajo: D. Leg. 910 Multas. Art. 19 Inc. 1 Las infracciones se clasifican de acuerdo a su gravedad. AFP.. Administración de fondos de pensiones. D. S.. Nº 054-97. Ver además: adem ás: AFP Se sugiere a la próxima asamblea lo establecido por la SUNAT. SUNAT. Sobre planillas electrónicas.  

La Asamblea Congregacional Art. 9º Las Congregaciones Locales deberán reunirse en Asambleas Congregacionales Ordinarias una vez cada año y en Asambleas Congregacionales Extraordinarias cuando haya necesidad, éstas serán convocadas por el Órgano de Gobierno, el Consistorio, o a solicitu solicitudd de por lo menos de un tercio de los miembros en plena comunión de la Congregación, siendo presididas por el Presidente del Consistorio. La convocatoria deberá hacerse notificándose en los cultos públicos por lo menos por dos cultos dominicales consecutivos. CONCORDANCIA: Est . Arts. 19-25 VI (Asamblea Gral.);  Regl . Arts. 24, 97109(Asamblea Gral.).

Acuerdos de la Asamblea Congregacional Asambleas Congregaci Congregacionales onales se reúnen para: Art. 10º Las Asambleas a. La elecci elección ón de los los presbít presbítero eross y diácono diáconos. s.  b. Analizar y aprobar los planes anuales de trabajo. c. Apr Aproba obarr los Pres Presupu upuest estos os anual anuales. es. d. Opin Opinar ar sobre los los asuntos asuntos relevantes relevantes que que los Consisto Consistorios rios someten someten a consulta. e. Reci Recibir bir los los inform informes es anuale anualess de sus sus Consist Consistorio orios. s. 28 f. Ele Elegir gir a sus sus pasto pastores res y teso tesorer reros os.. g. Eleg Elegir ir a sus Áreas Áreas y Comision Comisiones es de Trabaj Trabajo, o, propuest propuestas as por el Consistorio.  11, 1, 83, 92, 97-100 CONCORDANCIA: Est . Arts. 22-26 (Asamblea); Regl . Art. 1 (Asamblea);  Est. Art. 24. (Facultade (Facultades); s); Regl.10, 64, 82, 95, 106, 113, 122, 125. (Facultades).

El quórum para la Asamblea congregacional Asambleas Congregacionales, Congregacionales, en primera citación, Art. 11º El quórum para las Asambleas estará conformado por el 50% de sus miembros en plena comunión. En segunda citación, 30 minutos más tarde, el quórum estará conformado por el número de asistentes asistentes,, miembros en plena comunión, debidamente registrados en el padrón de miembros. CONCORDANCIA:  Est . Art. 23(Quórum requerido);  Regl . Arts. 63, 81, 101(Quórum requerido) 28 Los cargos que elige la Asamblea congregacional son: Pastor, Pastor, presbíteros gobernantes, Tesorero y diáconos. Tesorero puede ser el presidente del Consejo de Diáconos.  

Conformación de la Mesa Directiva Directiva Art. 12º La Mesa Directiva de las Asambleas estará conformada por: el Presidente y Secretario del Consistorio. Los integrantes de las Asambleas  podrán elegir un Secretario adjunto, adjunto, para ayudar en la elaboración de las actas de las asambleas. CONCORDANCIA:  Est . Art. 22 (De la mesa directiva);  Regl . Art. 102 (Conformación (Confor mación de la Mesa. Dir.) Dir.)

Los acuerdos en armonía con el Estatuto y el Reglamento 29 Art. 13º Las determinaciones de las Asambleas Congregacionales deberán estar siempre enmarcadas dentro de los parámetros del Estatuto y Reglamento y demás normas nor mas de la IEPRP IE PRP.. CONCORDANCIA: Est . Art. 25, 41, 43, (Nulidad de los acuerdos); Regl . Art. 108, 172 (Subordinaci (Subordinación ón al Estatuto).

Cuando el presidente esté ausente Art. 14º En los casos en los cuales los Presidentes de los Consistorios no  puedan estar presentes para presidir las Asambleas Congregacionales, los mismos Consistorios elegirán de entre sus miembros a quienes dirijan las Asambleas. Si por la ausencia de los pastores los Consistorios quedaren reducidos a dos miembros, éstos solicitarán a su Presbiterio el concurso de un  pastor para presidir la Asamblea Congregacional. 30 CONCORDANCIA: Est. Art. 28, a (Funciones del Vice-Pte); Vice-Pte); Regl. Art.113, Art.113, a (Func. del Vice- Pte.)

Cuando la congregación no tenga Pastor Art. 15º Cuando alguna de las Congregaciones no cuente con un Pastor, ésta elegirá a uno de los presbíteros del Consistorio para que ejerza funciones  pastorales con las mismas prerrogativas que un Pastor ordenado. El Consistorio solicitará la autorización al Presbiterio de su jurisdicción para que dicho presbítero sea autorizado e instalado y asuma las tareas de predicación, enseñanza y administración de los sacramentos y otras acciones ministeriales señalando un plazo determinado. CONCORDANCIA: Regl . Art. 44(Igualdad de Presbíteros): Presbíteros): Art. 82, a, e (Del ( Del cuidado a estas iglesias). 29 En la Iglesia IEPRP Existe una jerarquía de normas estas son: Primero el Estatuto, Segundo el Reglamento, Tercero los acuerdos de Asamblea. Se entiende que el Estatuto está subordinado a la Biblia. 30 Por regla general en ausencia del Pte. Puede ejercer sus funciones el Vice-Presidente si la congregación lo tuviera. tuv iera. Ver. Ver. Art. 28 Inc. a del Est. Y Art. 113 del Regl.  

DE LAS OBRAS DE EXTENSIÓN MISIONERA Los miembros de la obra nueva Art. 16º Las Obras de Extensión Extensión Misionera son fruto de la labor misionera de las Congregaciones y sus miembros serán incorporados en el padrón de miembros de la Iglesia madre. Las Congregaciones, a través de sus Consistorios, mantendrán informados a sus respectivos Presbiterios de los avances de dichas Obras. CONCORDANCIA: Est . Art. 6. Inc. c.  Regl . Art.20 (Maneras de llegar a ser miembro).

Cómo constituir una congregac congregación ión Art. 17º Las Obras de Extensión Misionera podrán constituirse en Congregaciones de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo cuarto del Reglamento, y bajo la supervisión de su Consistorio. 31 CONCORDANCIA:  Re  Regl  gl . Art.4 (Requisitos para constituir una congregación) congre gación) Art. 2 (Iglesias).

Ordenación e instalación de oficiales Art. 18º Los Consistorios que dieron origen a las obras de extensión misionera solicitarán a sus presbiterios, la ordenación e instalación de sus oficiales y la instalación de las Congregaciones. Las nuevas Congregaciones serán incorporadas automáticamente a sus respectivos Presbiterios. CONCORDANCIA: Regl . Arts. 29, 30 (Elección y Requisitos de los Oficiales); Art. 82, c (Presbite (Presbiterio). rio).

Constitución de un grupo que no procede procede de la misma denominación denominación Art. 19º En los casos de grupos que no hayan sido Obras de Extensión Misionera de las Congregaciones de la IEPRP y soliciten ser incorporados a las Congregaciones, se procederá de la siguiente manera:

31 El número de miembros es 30 en zona urbana, y 15 en la zona rural.  

a.

Los grupos interesados presentarán una solicitud por escrito al Consistorio respectivo, acompañando documentación que acredite haber pertenecido como miembros en plena comunión a alguna otra denominación o iglesia local. Se los recibirá por confesión de fe  personal  perso nal o por carta cartass de trans transferen ferencia. cia. b. Si los grupos no han sido miembros de otras denominaciones o iglesias locales, antes de recibirlos como miembros de las Congregaciones se les dará una previa capacitación en doctrina y gobierno de la IEPRP y serán admitidos como miembros, por  bautismo  bauti smo o confe confesión sión de fe. c. Cuando los grupos desean ser recibidos por los Presbiterios,  presentará  prese ntaránn sus sus soli solicitud citudes es direc directamen tamente te a los los Presb Presbiteri iterios, os, indi indicando cando en ellas que desean y prometen permanecer unidos, buscando su crecimiento espiritual y numérico, para luego ser constituidos como congregaciones, previa asistencia pastoral de los Presbiterios y aceptación de las normas, Estatuto y Reglamento de la IEPRP IEPRP.. d. Los Presbiterios al recibirlos como sus Obras de extensión Misionera, tienen la obligación de prestarles apoyo y cuidado pastorales, hasta cuando estén listos a ser constituidos como congregaciones. Los  presbiter  pres biterios ios desig designarán narán predi predicador cadores es o presb presbítero íteross encar encargados gados de dichas obras. e. El mismo procedimiento se aplicará para las congregaciones o iglesias independientes que quieran incorporarse a la IEPRP. IEPRP.

CONCORDANCIA:  Reg  Regl  l . Art.20 (Maneras de llegar a ser miembro);  Reg  Regl  l .  Art.44 (Req  Art. (Requisi uisitos tos para cons constitu tituir ir una cong congrregac egación). ión). Est. Arts Arts.. 9 y 10 (Requisitos para integrarse integrarse). ).

DE LOS MIEMBROS EN PLENA COMUNIÓN DE LAS CONGREGACIONES Maneras de llegar a ser miembro Art. 20º Una persona llega ser miembro en plena comunión de una Congregación Local por: a. Por pública pública profesi profesión ón de fe, fe, si ha sido sido bautizad bautizadaa en la niñez niñez o en en otra iglesia evangélica.  b. Profesión de fe en Jesucristo y bautismo.  

c. Por carta carta de transfer transferencia encia de de su Congrega Congregación ción o iglesi iglesiaa anterior anterior o por por 32  profesión de fe si no pudiere conseguir su carta de transferencia. En cualquiera de los casos, recibirá un período de preparación de un curso  para nuevos miembros, y será examinada por el Consistorio.

CONCORDANCIA:  Regl . Art. 2 (Miembros de la iglesia);  Est . Arts. 7-10 (Miembros (Miembr os de la Asociación.)

Los niños son miembros de la iglesia Art. 21º Los niños, (as) hijos (as) de los miembros en plena comunión, son también miembros de la Congregación por su bautismo, podrán ser comulgantes de acuerdo a su desarrollo espiritual, siempre que hagan una  pública profesión de fe en Jesucristo.33 Los padres son directamente responsables por su crecimiento y formación espiritual. Esta responsabilidad es compartida por el Consistorio y los miembros en plena comunión de la Congregación. CONCORDANCIA.  Regl . Art. 20, a (Miembro por bautismo); Art. 2 (Miembro); (Miembr o); Art. 24, g (Bautismo).

Cuidado espiritual de los miembr miembros os Art. 22º Todas las personas, miembros en plena comunión, quienes participan en la Congregación, deben recibir el cuidado espiritual, instrucción doctrinal y teológica y gobierno de la iglesia, a través travé s de los presbíteros del Consistorio. CONCORDANCIA: Regl . Art. 23(Privilegios); Est . Art. 13 (Derechos de los asociados).

DE LOS PRIVILEGIOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS EN PLENA COMUNIÓN DE LAS CONGREGACIONES Derechos de los miembros Art. 23º Son privilegios de los miembros: a. Ser edificad edificados os espiritu espiritualment almentee conforme conforme a la Palabra Palabra de Dios. 32 No toda iglesia está dispuesta a expedir carta de transferencia por lo que el miembro deberá  probar que no se le quiere dar carta de transferencia con la copia de la solicitud que presentó. 33 La edad relativa para hacer la profesión pública de fe es de 12 años; en que se llega a ser miembro comulgante; para ser miembro hábil con capacidad legal es necesario cumplir 18 años.  

 b. Hacer partícipes a sus hijos de las bendiciones y promesas de Dios, mediante el bautismo infantil y la educación cristiana. c. Partic Participar ipar de la comuni comunión ón fraterna fraternal,l, de los auxili auxilios os espiri espirituales tuales,,  pastorales y diaconales que la Congregación imparte. d. Partic Participar ipar del sacrame sacramento nto de de la Cena del Señor Señor.. e. Expres Expresarse arse libremen libremente te mediante mediante su voz voz y voto voto en las Asambl Asambleas eas Congregacionales y en la elección de los oficiales of iciales de la Iglesia. f. Ser elegi elegidos dos para para partici participar par en los los órgano órganoss ministe ministeria riales les de la Congregación. . g. Recibi Recibirr una adecuad adecuadaa preparación preparación para el matri matrimonio monio y la celebración matrimonial. h. Conoce Conocerr y aplicar aplicar los Cateci Catecismos smos Mayor Mayor y Menor Menor y la la Confesión Confesión de Fe de Westminster Westminster y las normas de la IEPRP. IEPRP. i. Pro Propon poner er al Consi Consisto storio rio candi candidat datos os para para Oficial Oficiales es de la Congregación.  j. Ejercer sus derechos de elegir y ser elegidos en cargos en las Asambleas Congregacionales y/o Nacionales, requiriéndose tener la mayoría de edad.34

CONCORDANCIA. Est. Art. 13 (Derechos de los asociados).

Art. 24º a. b. c. d. e.

Deberes de los miembros Son deberes de los miembros: Congregarse regularmente para el Servicio de Adoración Pública a Dios los domingos y a los otros cultos semanales. Conocer y practicar lo lo estipulado en la Confesión de Fe, los Catecismos Mayor y Menor de Westminster, Westminster, acatar lo establecido en el Estatuto y Reglamento y demás normas de la IEPRP IEPRP.. Esforzarse por vivir una vida auténticamente cristiana en conformidad con las Escrituras, dando buen testimonio dentro y fuera del ámbito de la Congregación. Practicar y fomentar por todos los medios, la armonía, la paz y la unidad de la Congregación, poniendo sus dones al servicio de la misma, del Presbiterio y en general de la IEPRP. IEPRP. Contribuir espontánea, libre, responsable y gozosamente aportando sus diezmos y ofrendas y brindando su trabajo para el sostenimiento y progreso de la Congregación, de sus Obras de Extensión Misionera y para su servicio diaconal.

34 Según la tradición de la IEPRP Solo los hombres pueden ser elegidos presbíteros. Ver 2 Ti. 2Ti.2:11-15  

f.

g. h. i.  j.

Somete Some terse rse en el el Seño Señorr a los los ofici oficial ales, es, pr pres esbí bíte tero ross y diá diáco cono noss de la la Congregación, obedeciéndoles y cooperando con ellos en toda acción legítima para promover la Misión y edificación espiritual de la Iglesia. Bautiz Bau tizar ar a sus hij hijos os párvu párvulos los y educar educarlos los en la la fe y doctri doctrina na cris cristia tiana, na, enseñándoles las Sagradas Escrituras, dándoles buen ejemplo, a fin de que al tener uso de razón raz ón hagan su profesión de fe personal. Prac Pr acti tica carr un tra trato to agr agrada adabl blee y armo armoni nios osoo con con los los miem miembr bros os y simpatizantes de la Congregación, con los vecinos donde se congrega y con los de su domicilio. Asis As isti tirr pun puntu tual alme ment ntee a la lass As Asam ambl blea eass Con Congre grega gaci cion onal ales es.. Al trasladar su domicilio a otra ciudad, los los miembros miembros deberán llevar un certificado o carta de transferencia para buscar su incorporación a una Congregación de la IEPRP IEPRP,, o Presbiteriana. Si no la hubiere, es su deber iniciar las actividades encaminadas a la formación de una Congregación Presbiteriana y Reformada.

CONCORDANCIA. Est . Art. 14 (Obligaciones).

Pérdida de los derechos de miembro 35 Art. 25º Pierde su derecho de ser miembro de una Congregación por: a. Ina Inasis sisten tencia cia inj injust ustifi ificad cadaa por por un un perí período odo de 90 día díass pese pese a reite reiterada radass visitas pastorales.  b. Por traslado a otra Congregación. En este caso deberá llevar un certificado de traslado o carta de transferencia a la Congregación donde va a congregarse. c. Po Porr renun renuncia cia vol volun unta tari ria, a, medi median ante te cart cartaa dirig dirigid idaa al Cons Consis isto tori rio. o. d. Por sus suspen pensió siónn temp temporal oral de sus pri privil vilegi egios os y derec derechos hos por med medida ida disciplinaria impuesta por el Consistorio. e. Po Porr excom excomun unió ión, n, dec decret retad adaa por por algú algúnn Órgan Órganoo de Go Gobi bier erno no de de la IEPRP. f. Po Porr defu defunc nció ión. n. En En este este cas casoo se an anot otará ará en el el libro libro de Reg Regis istr troo de Miembros “Partió y está con Cristo” CONCORDANCIA. Est . Arts. 11y 11y 12 (Pérdida de la titularidad de asociado);  Art. 17 (Expulsión).

35 La pérdida de los derechos no implica que no pueda asistir al culto.  

Reincorporación de un miembro Art. 26º Si una persona que renunció o fue retirada de su membresía y desea reincorporarse como miembro, deberá ser evaluada por el Consistorio por el tiempo de un año y luego será recibida como nuevo miembro. CONCORDANCIA.  Regl. Art.20 (Maneras de llegar a ser miembro); miembro); Art. 148

(Restauración).

DE LOS OFICIALES DE LAS CONGREGACIONES Clases de oficiales Art. 27º Son Oficiales de las Congregaciones: a. Los Presb Presbíte íteros ros o Anc Ancian ianos, os, los los mismos mismos que son: son: 1. Docent Docentes es o pastore pastores, s, dedicados dedicados la Minister Ministerio io de la Palabra Palabra 2. Gobern Gobernantes, antes, ejercen ejercen el gobierno gobierno de las Congregac Congregación, ión, junto junto con con los docentes.  b. Los Diáconos. CONCORDANCIA:  Regl . Arts. 32-42 (Pastores) Arts. 42-45 (Ancianos)  Arts.46-51 (Diáconos)

Revocatoria de un Presbíter Presbíteroo gobernante Art. 28º 36La revocatoria del Presbítero Gobernante será vista por el Presbiterio. CONCORDANCIA:  Regl . Art. 57, Inc. c, d (Jurisdicción); Art. 42 (Revocación de la rel relación ación pastoral).

Elección de un oficial Art. 29º Los Oficiales de las Congregaciones son elegidos en Asambleas Congregacionales a propuesta de sus Consistorios. Para ser elegidos oficiales se necesita el 75% de votación del total de los miembros hábiles en plena comunión de las Congregaciones. CONCORDANCIA: Regl . Art. 43 (Elección). 36 El Presbiterio conoce el caso planteado planteado por su Consistorio o de oficio(por iniciativa propia)  

Art. 30º a.  b. c.

d. e.

Requisitos para ser oficial Para ser elegidos Oficiales de las Congregaciones se requiere: Serr mie Se miemb mbro ro en pl plena ena co comu muni nión ón de su Co Cong ngreg regaci ación ón.. Cumplir con los requisitos exigidos en las Sagradas Escrituras. Ten ener er una una ant antig igüe üeda dadd no men menor or de de tres tres año añoss si se se ha hec hecho ho mie miemb mbro ro en la Congregación donde es candidato, y/o una antigüedad  prudencial que puede ser calificada por el Consistorio si proviene de otra Congregación de la IEPRP IEPRP.. 37 Haber Hab er sid sidoo capa capacit citado ado en un curs cursoo bási básico co de Doc Doctri trina na Pre Presbi sbiteri teriana ana y Reformada reconocido por la Asamblea General de la IEPRP IEPRP.. Ten ener er una una eda edadd míni mínima ma de de 21 año añoss y prob probad adaa madu madure rezz espi espiri ritu tual al..

CONCORDANCIA: Regl . Art. 20 (Requisitos para membr membresía). esía).

Traslado de oficiales Art. 31º Cuando un Oficial se traslada de una Congregación a otra de la IEPRP,, para ser Oficial IEPRP Ofic ial en su nueva sede, la Congregación deberá elegirlo de acuerdo con los artículos 29 y 30 del Reglamento, con excepción de los incisos d y e del Art. 30. CONCORDANCIA. Regl . Art. 30 (Requisitos para ser oficial).

DE LOS PRESBÍTEROS DOCENTES O PASTORES DE LAS CONGREGACIONES El pastor y la congregac congregación ión Art. 32º El Oficio de los presbíteros docentes o pastores es e s importante en las Congregaciones por su función y dignidad.- Los pastores tienen la obligación de cumplir con fidelidad con su llamado, siendo responsables, diligentes, honestos, honrados, generosos y veraces. Las Congregaciones tienen la responsabilidad de sostenerlos dignamente. CONCORDANCIA.  Regl . Art. 20 (Requisitos para membresía; Art. 24 (Deberes) Art. 42 (Presbítero (Presbítero Gobernante). Gobernante) . 37 La Iglesia local debe reglamentar y señalar el plazo de antigüedad correspondiente.  

Cualidades de un Pastor Art. 33º Los creyentes que desempeñan este Oficio deben tener una probada fe, vida intachable, poseer sabiduría, tener aptitud para enseñar, ser sobrios y manifestar su armonía con la Palabra de Dios, gobernar bien su casa y tener  buen testimonio dentro y fuera de las Congregaciones. CONCORDANCIA.  Regl . Art.44 (Cualidades de un anciano) Art.47 (Cualidades de un diácono).

Tareas del pastor grey, alimentar a sus Art. 34º A los pastores les corresponde orar con y por su grey, Congregaciones por medio de la lectura, exposición y predicación de la Palabra; orientar, aconsejar, exhortar y consolar a los creyentes; dirigir al Pueblo de Dios en los servicios de Adoración pública; administrar los Sacramentos; enseñar la doctrina; visitar a los miembros, especialmente a los enfermos, pobres, afligidos y moribundos, y, en unión con los presbíteros gobernantes, ejercer el gobierno de la Congregaciones. CONCORDANCIA. Regl . Art.45 (Deberes de un anciano). Arts. 48, 49 (tareas de los diáconos).

Cuando un pastor es profesor de un seminario Art. 35º Cuando los pastores sean nombrados para ejercer docencia en los Seminarios o Institutos Teológicos, o en alguna otra institución cristiana, corresponde a su Oficio ejercer la dirección pastoral de quienes están a su cargo, siendo diligentes en sembrar la Palabra Palabra de Dios para cosechar el fruto de ella como uno que vela. Deben dar razón del bienestar espiritual de las  personas que se les ha confiado. CONCORDANCIA:  Regl . Art. 15 (Tarea pastoral); Art. 24, j (Deber de evangelizar).

Cuando un Pastor es misionero Art. 36º  Cuando los pastores son nombrados misioneros por la Asamblea General, deberán predicar la Palabra y administrar los Sacramentos en los lugares carentes del testimonio cristiano, del País o del extranjero; podrán ordenar presbíteros gobernantes y diáconos y juntamente con ellos establecer Congregaciones. La Asamblea General les brindará asesoramiento, consejo, y apoyo financiero para su labor; los misioneros darán cuenta por escrito de su labor pastoral, administrativa y económica a la Asamblea General.  

CONCORDANCIA: Regl . Art. 24, j (Deber de evangelizar); Art. 15 (Tarea  pastoral). 38

Procedimiento para nombrar al pastor Art. 37º Los presbíteros docentes o pastores son elegidos por la Asamblea Congregacional, con el voto no menor del 75% 39 del total de miembros en  plena  ple na com comunió unión. n. Pre Previam viament entee los Cons Consisto istorio rioss hab habrán rán rev revisa isado do el cumplimiento por los candidatos de las normas establecidas en el Libro de Fórmulass de la IEPRP Fórmula I EPRP.. 40 CONCORDANCIA: Regl . Art .43 (Elección de ancianos; Art. 47 (Elección de diáconos).

Procedimiento para la instalación de un pastor Procedimiento Art. 38º Los pastores son ordenados por sus respectivos presbiterios, previa constatación de los acuerdos tomados por las congregaciones y sus consistorios acerca del llamamiento, elección, remuneraciones y cumplimiento de las leyes sociales de los pastores. CONCORDANCIA: Regl . Art. 43 (Ordenación de un Anciano).

El Presbiterio instala al Pastor Art. 39º Los pastores son instalados por sus Presbiterios en pleno o por una comisión nombrada por los Presbiterios, para desempeñar la función de instalación. CONCORDANCIA:  Regl . Art. 43 (Ordenación de un Anciano). Art. 82, c (Instalación por el Presbi Presbiterio). terio).

Cuando el pastor se queda sin congregación Art. 40º Cuando un pastor haya quedado sin Congregación por razones que no sean de medidas disciplinarias y que no haya recibido invitación oportuna y haya mostrado evidencias de capacidad para dirigir y edificar la Iglesia, su Presbiterio al que pertenece se interesará para facilitarle una nueva ubicación ubica ción en otra Congregación de su jurisdicción. CONCORDANCIA: Regl . Art.15 (Congregación sin Pastor). 38 Del Presbítero autorizado. 39 El 75% constituye la mayoría absoluta en el proceso de elecciones. 40 La IEPRP. IEPRP. Aun no cuenta con un libro de fórmulas de manera oficial.  

Causales de disolución del vínculo laboral Art. 41º Las disoluciones pastorales tienen las siguientes causales: a. Renunc Renuncia ia voluntari voluntariaa al minister ministerio io pastoral pastoral en en sus Congre Congregacion gaciones, es,  presentándola por escrito a sus respectivos Presbiterios con copia a sus Consistorios. 41  b. Por incumplimiento de sus labores pastorales expresado en el Art. 34 del Reglamento, en cuyo caso las Congregaciones deberán denunciarlos a sus Presbiterios. c. Por haber haber adquiri adquirido do otras otras responsab responsabilid ilidades ades fuera fuera de sus sus Congregaciones, como los indicados en los artículos 35 y 36 del Reglamento. CONCORDANCIA: Regl . Art.34 (de las tareas del Pastor); Art. 25(Pérdida de los derechos).

Causales de revocación del contrato laboral Art. 42º Son causales de revocación de la relación pastoral: a. Haber cometi cometido do actos actos de inmora inmoralidad lidad y haber haber recibido recibido discip disciplina lina de de sus Presbiterios.  b. Por convicta herejía juzgada por sus Presbiterios. c. Probad Probadaa y contumaz contumaz violaci violación ón de las las normas normas de la IEPRP IEPRP.. d. Cuand Cuandoo hayan alcanzad alcanzadoo la edad edad de poder poder pedir pedir su jubil jubilación ación de acuerdo a lo establecido en las leyes del Estado Peruano, previo acuerdo entre las Congregaciones representadas por sus Consistorios y los Presbiterios respectivos. 42 CONCORDANCIA: Est . Art. 15(Falta grave); Art. 17(Sanciones); Regl. Arts. 139-150(Proceso 139-150(Proce so disciplinario). Art. 25(Pérdi 25(Pérdida da de la membresía).

41 La renuncia debe ser comunicada por carta con 30 días de anticipación anticipación y aceptada por el Presbiterio. Así lo establece la ley Art. 18 del TUO D. LEG. 728. 42 Si la iglesia le ha pagado su CTS (Compensación (Compensación por tiempo de servicios) podrá cobrar su compensación; Ley de CTS. DL Nº 650 D. S.. Nº 00197 – TR – 01-3-1997: TUO LEY DE CTS. Y D. S.. Nº 004-97 del 15-4-97: Reglamento Reglamento de la CTS. Y Ley complementaria DS. 001-2001-TR del 22-01-2001. y Decreto de Urgencia Nº 127 –2000. Y si le ha descontado por concepto de AFP o de la ONP podrá vivir de su jubilación. Ley de AFP,, D. S.. Nº 054-9 AFP 054-97. 7.  

DE LOS PRESBÍTEROS GOBERNANTES DE LAS CONGREGACIONES Definición Art. 43º Los presbíteros gobernantes son los representantes de las congregaciones, propuestos por sus consistorios, previa evaluación, elegidos  por ellas en Asamblea Congregacional por el 75% del total de miembros en  plena comunión, y ordenados por sus respectivos Presbiterios, para ejercer el gobierno en unión con los pastores. CONCORDANCIA: Regl . Art. 32(Pro. Docente) Art. 27(Los oficiales); Art. 29(Elección).

Condiciones para el ejercicio del oficio Art. 44º Los presbíteros gobernantes tienen la misma autoridad y los mismos derechos y privilegios que los presbíteros docentes o pastores. Por esta razón, ellos también deben tener una probada fe, vida intachable, poseer sabiduría, tener aptitud para gobernar, ser sobrios, y una conducta y carácter concordante con la Palabra de Dios, deben ser ejemplo para sus Congregaciones. CONCORDANCIA: Regl . Art. 33 (Condiciones).

Deberes de los Presbíteros gobernantes Art. 45º Corresponde al Oficio de presbíteros gobernantes, tanto en forma separada como en conjunto: a. Vigi igilar lar dili diligen gentem tement entee a sus Cong Congreg regaci aciones ones,, a fin de que que no pene penetre tre en ellas la corrupción en la doctrina y en la moral. Los males que por la amonestación privada que ellos ejerzan no puedan ser corregidos, deberán ser presentados a sus Consistorios.  b. Visitar a los miembros de las Congregaciones en sus hogares,  preferentemente a los enfermos y desamparados. c. Ins Instru truir ir a los los nuevos nuevos creyen creyentes tes,, consola consolarr a los aflig afligido idos, s, cuidar cuidar nutri nutrirr a los miembros de sus Congregaciones con la Palabra de Dios. d. Or Orar ar po porr y con la lass Con Congre grega gaci cion ones es.. e. Bus Buscar car cuida cuidados dosaa y dilige diligente ntemen mente te en la la Congreg Congregaci ación ón el frut frutoo de la Palabra predicada.  

f. Info Informa rmarr a los pas pastor tores es en cas casos os de enf enferm ermed edad, ad, afl aflicc icció ión, n, despertamiento espiritual y de todos aquellos casos que necesiten asistencia pastoral.

CONCORDANCIA: Regl . Art. 24, 34 (Deberes).

DE LOS DIÁCONOS DE LAS CONGREGACIONES Definición Art. 46º Los diáconos son los oficiales de las Congregaciones, cuyo Oficio no es de Gobierno, sino de Servicio y Administrativo. CONCORDANCIA: Regl . Art. 27 (Oficiales).

Procedimiento de elección y cualidades Procedimiento Art. 47º Para ejercer el Oficio de diáconos, deben de ben haber sido elegidos con un 43 voto mínimo del 75% de los miembros hábiles en plena comunión de su Congregación. Los diáconos deben tener un probado carácter espiritual, buena reputación, vida ejemplar, espíritu fraternal, compasivo y de buen juicio. Su ordenación e instalación corresponde al Consistorio. 44 CONCORDANCIA: Regl . Arts. 29 y 37, 43, 47 (Elección).Art. 33 y, 44 (Cualidades)

Organización de los diáconos Art. 48º Los diáconos por encargo de sus Consistorios, tienen a su cuidado el servicio y la administración de la economía, bienes biene s muebles e inmuebles de las Congregaciones, para cuyo efecto se organizarán en Consejos Diaconales. Dichos Consejos estarán dirigidos por un Moderador de sus Consistorios o quien haga sus veces por delegación, por un Secretario y el Tesorero de su respectiva Congregación. CONCORDANCIA: Regl . Art. 60 (Organizac (Organización).Arts. ión).Arts. 126, 127(Admin. de bienes) Est. Art. 31 (Admin. De bienes). 43 El 75% constituye la mayoría absoluta en el proceso de elecciones. 44 A diferencia de los presbíteros cuya ordenación le corresponde corresponde al Presbiterio. 45 Estarán conformados por un Secretario y el Tesorero de su respectiva congregación y dirigidos por un moderador de sus Consistorios o quien haga sus veces por delegación.  

Facultades del Consejo de Diáconos Art. 49º Corresponde a los Consejos de Diáconos las siguientes facultades: a. Tr Trabajar abajar para el cultiv cultivoo de la la gracia de la liberal liberalidad idad y solid solidaridad aridad entre todos los miembros de las Congregaciones.  b. Estudiar e investigar y poner en práctica métodos bíblicos y  prácticos para enseñar a las Congregaciones su deber de diezmar y ofrendar voluntaria, sistemática, responsable y gozosamente para el sostén de las Congregaciones y las Obras Misioneras, administrando cuidadosamente estos recursos económicos c. Admin Administrar istrar el servicio servicio de de las Congr Congregacion egaciones es hacia hacia los pobres pobres,, enfermos, desamparados y a todos los que tengan te ngan aflicción. d. Cuida Cuidarr los bienes bienes de las Congre Congregacione gaciones, s, inmuebles inmuebles,, muebles muebles y enseres, equipos y todo bien bajo su responsabilidad a fin de conservarlos en buen estado de funcionamiento. e. Colab Colaborar orar en en la tarea evangel evangelizadora izadora de las las Congregac Congregaciones. iones. CONCORDANCIA: Est . Art. 27 Inc. b; Art. 28, Incis. d, i, j, k, l, m; Art. 31; Regl. Arts. 126, 127(Administración de bienes).

De las Relaciones con el Consistorio Art. 50º Las relaciones entre los Consistorios y los Consejos Diaconales en las Congregaciones, deberán mantenerse en un plano de mutua y fraternal colaboración, comprensión y consulta, celebrando reuniones unidas cuando sea necesario. CONCORDANCIA: Regl . Arts. 68(Participación de los diáconos) Art. 71,72(desacuerdos).

Informe de su gestión Art. 51º Los Consejos Diaconales presentarán a sus Consistorios, anualmente o cuando sean requeridos, informes de sus gestiones, libros de actas y de contabilidad para su revisión. CONCORDANCIA: Regl . Art. 68 (Participación).

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DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA Los órganos de Gobierno Art. 52º Los Órganos de Gobierno de la IEPRP son los siguientes: a. El Co Cons nsiist stor orio io  b. El Presbiterio c. El Sínodo d. La As Asam ambl blea ea Gen Gener eral al.. CONCORDANCIA: Regl . Arts. 60, 75, 89, 97(Órganos de Gobierno).

¿Quiénes pueden ser elegidos? En las reuniones de estos Órganos de Gobierno sólo están facultados  para votar o ser elegidos quienes son miembros de ellos y que estén presentes  personalmente; en el caso de elección de comisiones pueden ser elegidas  personas ausentes, pero que hayan sido consultadas y hayan dado su consentimiento por escrito para aceptar cargos. 46 CONCORDANCIA: Regl . Art. 60(Conformación). Arts. 10, 29, 37, 43, 47, 52, 84, 93 (Elecciones) Art. 23, Inc. J (Privilegios);  Est . Art. 13 Inc. a (Derechos).

El poder limitado de los órganos órganos de gobierno gobierno 47 Art. 53º El poder de estos Órganos de Gobierno es de carácter espiritual,  pastoral y administrativo, en consecuencia, no pueden ejercer ninguna  jurisdicción civil ni penal, limitándose sus facultades para: a. Manten Mantener er la verdad del Evangeli Evangelio, o, vigilar vigilar dilig diligentemen entemente te la obediencia, pureza de la doctrina y la moral cristianas, aplicando la disciplina bíblica a los desordenados y desobedientes, afirmando la  paz y la unidad.  b. Citar a comparecencia ante los órganos correspondientes a quienes hayan quebrantado el orden, gobierno, unidad y doctrina de la Iglesia; y requerir a sus miembros brindar testimonio de alguna causa. c. Exclui Excluirr de las las congregacion congregaciones es a los los miembros miembros que que no obedezca obedezcann ni 48 acaten la disciplina eclesiástica. 46 Falta insertar un capítulo respecto al proceso eleccionario. 47 El poder Civil, Penal y de naturaleza naturaleza laboral están reservados para el Estado. 48 La exclusión se realizará previo a un debido procedo disciplinario.  

CONCORDANCIA: Est . Arts.16 y 17 (Sanciones) Regl . Arts. 139- 150 (proceso (proce so disciplinario).

De los Órganos de Gobierno Art. 54º Los Consejos Directivos de los Presbiterios, Sínodos y Asamblea General, deber ser elegidos en reuniones extraordinarias de estos órganos de gobierno. Los presidentes, o en ausencia de éstos, los vice-presidentes vice -presidentes previa coordinación con el Presidente abrirán las sesiones con un sermón y oración, ocupando la Presidencia hasta la elección de un nuevo Presidente. CONCORDANCIA: Est . Art. 22-25 (Asamblea); Regl . Arts. 10, 11, 83, 92, 97-109. (Asambleas) Arts. 10, 29, 37, 43, 47, 52, 84, 93(Elecciones). Est. 26-29(Consejo 26-29( Consejo Directivo) Directivo) Regl. 54, 84, 110 (Consejo Dire Directivo); ctivo); Regl. Art. 54, 92, 103, 104 (Servicio).

Deber de conservar la documentación Art. 55º Es deber de los Secretarios de los Órganos de Gobierno, llevar las actas, conservar la correspondencia y archivos cuidadosamente y  proporcionar extractos firmados por ellos, los mismos que servirán de evidencia ante cualquier Órgano Eclesiástico y ante la IEPRP IEPRP.. CONCORDANCIA: Est . Art. 28 Inc. a – f (Secr (Secretario); etario); Regl . Art.84, 93, 96, 111, 113 (Secretario (Secreta rio). ).

La Oración y la Meditación de la Palabra en cada sesión Art. 56º Cada una de las reuniones de los órganos de gobierno deberá ser abierta con oración y una breve meditación de la Palabra y clausuradas con oración. CONCORDANCIA: Regl . Art. 92, 103 (Apertura). ( Apertura). Art. 83, (Asamblea).  Est .  Art. 22 (Asamblea).

Esfera de acción de cada órgano de gobierno Art. 57º Para el ejercicio eficiente y ordenado de los asuntos administrativos y de gobierno eclesiásticos, la esfera de acción de cada Órgano queda definida de la manera siguiente: a. El Co Cons nsis isto tori rio. o. Es el Órgano de Gobierno de la Congregación local y de sus obras de extensión misionera. Está constituido por un mínimo de tres presbíteros, presidiéndolo el Pastor; si no lo hubiera se encargará a uno de los presbíteros gobernantes. En el ejercicio de las funciones hay igualdad entre sus miembros.  

b. El Pr Pres esbi bite teri rioo. Es el Órgano de Gobierno inmediato superior al Consistorio. su mandato abarca a varias Congregaciones de su  jurisdicción y a sus presbíteros docentes y gobernantes. Está constituido por delegados de por lo menos tres consistorios. Su  propósito es misionero y pastoral entre las congregaciones de su jurisdicción. c. El Sínodo. Es el Órgano de Gobierno inmediato superior al Presbiterio. Sirve de enlace entre la Asamblea General y los Presbiterios, coordinando las labores de éstos con las facultades que se le confiere en el artículo 89 del Reglamento. d. El Sín ínod odo. o. Está formado 49 por delegados de tres Presbiterios, de los cuales dos 50 deben ser presbíteros docentes o pastores en ejercicio  pastoral efectivo efe ctivo y dos presbíteros gobernantes de congregaciones congre gaciones establecidas. e. La As Asam ambl blea ea Ge Gene nera rall 51 ejerce jurisdicción sobre todo aquello que concierne a la IEPRP a nivel nacional. CONCORDANCIA:  Regl . Art. 52, 58, 60, 75, 82, 89, 97 (Órganos de  gobierno).

Sujeción a los órganos superiores Art. 58º Aun cuando cada Órgano de Gobierno ejerce jurisdicción original y exclusiva sobre los asuntos particulares que les corresponde, los órganos de gobierno inferiores están sujetos a la revisión y superintendencia de los órganos de gobierno superiores. Por lo tanto, existen relaciones mutuas de interdependencia y subordinación y cada acto de jurisdicción de ellos es un acto de toda la iglesia, que ella ejecuta e jecuta por medio del Órgano apropiado. CONCORDANCIA: Regl . Art. 57, 65, 82, 89 Inc. k, l (Orden jerárquico). jerárquico).

Responsabilidad de gastos de representación representación Art. 59º Los gastos que demanden a los pastores y presbíteros gobernantes su asistencia a las reuniones de los órganos órganos de gobierno, serán sufragados por los cuerpos a los que representan. CONCORDANCIA: Est . Art. 28 (Tesorero); (Tesorero); Regl . Art. 49. (Diáconos); Art. 113(T 13(Tesorero); esorero); Arts. 153-157 (De los fondos). 49 Está conformado. 50 Dos de cada Presbiterio 51 Es el Órgano supremo de gobierno  

DEL CONSISTORIO Definición Art. 60º El Consistorio es el Órgano de Gobierno de la Congregación local. Está conformado por un mínimo de tres presbíteros docentes y gobernantes. Lo presidirá el presbítero docente o Pastor. Pastor. Si no hubiere pastor, la presidencia la ejercerá cualquiera de los tres presbíteros gobernantes. 52 CONCORDANCIA: Regl . Art. 57, 52 (Integrantes).

Número de presbíteros Art. 61º Las Congregaciones tienen derecho a tantos presbíteros como sus intereses espirituales lo demanden, guardando siempre una prudente  proporción con el número de miembros en plena comunión. En ningún caso, el Consistorio deberá estar formado por más de un tercio de miembros en plena comunión que tenga algún grado de relación familiar familiar.. CONCORDANCIA: Regl . Art. 43, 44, 60(Los pres presbíteros bíteros).Art. ).Art. 4(Miembros de la congre congregación). gación).

Derecho a Representación Art. 62º Cada Congregación tiene derecho de ser representada ante los órganos de gobierno superior mediante sus presbíteros: Presbiterio, Presbiterio, Sínodo, Asamblea General. CONCORDANCIA:  Est . Art. 8 (Representación);  Regl . Arts. 75, 90, 99(Representación); 99(Repre sentación); 43, 52, 62,75, 78, 90, 99(delegado).

El quórum para las reunione reunioness Art. 63º El Consistorio deberá tener, siempre, un Presidente y un Secretario. Para el establecimiento del quórum en sus reuniones se requiere la presencia de la mitad más uno del total de sus miembros. CONCORDANCIA:  Est . Art. 23(Quórum requerido);  Regl . Arts.11, 81, 101(Quórum reque requerido) rido) 52 Los tres presbíteros pueden ser gobernantes o docentes, que sumados lleguen a tres.  

Facultades del Consistorio Art. 64º El Consistorio tiene las siguientes facultades: a. Velar celosamen celosamente te por la adoraci adoración ón pública pública a Dios, Dios, la sana doctri doctrina, na, el bienestar espiritual y material de los miembros y la mayordomía responsable de la economía y los bienes de la Congregación.  b. Discipular sistemáticamente a toda la Congregación, llevándola hacia la madurez en Cristo. c. Planea Planear, r, organi organizar zar,, ejecutar ejecutar,, evaluar evaluar y delegar delegar la obra misione misionera ra y  pastoral de la Congregación, para el cumplimiento de sus objetivos. d. Aconse Aconsejar jar a los los padres padres de famili familiaa que son son miembros miembros en plena plena comunión, para que no descuiden su deber de hacer bautizar a sus infantes y educar a sus hijos en la doctrina cristiana. e. Prepar Preparar ar,, examinar examinar a los los presbíter presbíteros os gobernant gobernantes es elegidos elegidos por la Congregación y solicitar al Presbiterio su ordenación. f. Pre Prepar parar ar,, examina examinarr y ordenar ordenar a los los diácono diáconoss elegido elegidoss por la Congregación. g. Expedi Expedirr cartas cartas de transf transferencia erencia,, de recomend recomendación, ación, credenc credenciales, iales, certificados de membresía, bautismo y matrimonio. h. Apro Aprobar bar los nombra nombramien mientos tos de dirigen dirigentes tes de los órgan órganos os ministeriales y comisiones dentro de la Congregación. i. Apl Aplicar icar disci discipli plina na eclesi eclesiást ástica ica a los miemb miembros ros y diácon diáconos, os, cuando cuando las circunstancias lo ameriten, en espíritu de amor y buscando la restauración de los caídos.  j. Nombrar representantes ante el Presbiterio, quienes rendirán informes de su participación y de los acuerdos tomados. k. Ejecut Ejecutar ar los acuerdo acuerdoss de los Órganos Órganos de Gobierno Gobierno superi superiores. ores. l. Con Convoc vocar ar a la Asam Asamble bleaa Congrega Congregacio cional nal Anu Anual al y a las asamble asambleas as extraordinarias. m. Fijar las remuneraci remuneraciones ones y beneficios beneficios sociales sociales de los pastores y  predicadores en conformidad con la política de la IEPRP IEPRP.. n. Remit Remitir ir al Presbi Presbiterio terio las causas causas que que no pueda resolv resolverlas. erlas. o. Exami Examinar nar y evaluar evaluar a los candid candidatos atos que que aspiren aspiren a preparar prepararse se para el ministerio pastoral y otros ministerios y presentarlos al Presbiterio.  p. Reunirse ordinariamente una vez al mes y en forma extraordinaria, tantas veces como sea necesario. q. Llevar un Libro Libro de Actas legaliz legalizado, ado, un libro de Registro Registro de de Miembros, uno de Registro de Matrimonios, un Libro de Actas de Bautismos. Todos estos libros están sujetos a inspección del Presbiterio cuando éste lo estime conveniente. r. Autori Autorizar zar la la apertura, apertura, cierre y movimie movimientos ntos de cuentas cuentas bancari bancarias as de de la Congregación. s. Recibi Recibirr del Tesorero de la Congreg Congregación ación el el Presupuest Presupuestoo Anual, evaluarlo, aprobarlo y presentarlo a la Asamblea Congregacional  para su ratificación y aprobación final.  

CONCORDANCIA: Est . Art. 24(Facultades); Regl . Arts. 10, 64, 82, 95, 106, 106, 113, 122, 125 (Facultades). (Facultad es).

Relaciones Consistorio Presbiterio Art. 65º El Consistorio mantiene una relación de interdependencia y coordinación en lo pastoral, misionero y administrativo con otros Consistorios a través de su Presbiterio. Tiene una relación de subordinación al Presbiterio en lo doctrinal y teológico. Goza de autonomía en el gobierno y en lo administrativo en la vida y misión de su Congregación. CONCORDANCIA: Regl . Art. 58, 57, 65,75, (Relaciones).

Remisión de documentos al Presbiterio Consistorio deberá remitir al Presbiterio copias de su Informe Art. 66º El Consistorio Anual y de Plan de Trabajo del año siguiente, presentados a su Asamblea de la Congregación. CONCORDANCIA: Est . Art. 28 Inc. c. (Informes);  Regl . Arts. 51, 66, 82k, 85(informes).

Sanción por casos de infidencia Art. 67º Los asuntos que el Consistorio determine que son de carácter reservado y confidencial, no podrán ser divulgados por ningún miembro del Consistorio, sea en forma privada o pública. Infringir esta e sta norma es causal de inmediata suspensión de su función como Presbítero infractor por un período no menor de un año. La sanción la hará efectiva el Presbiterio. CONCORDANCIA: Est . Art. 17(Sanción); Regl . Arts.139-141(Disciplina).

Participación en las sesiones del Consistorio Art. 68º Las sesiones del Consistorio no son abiertas a los miembros de la Congregación; pero puede realizar reuniones abiertas si considera que hay alguna causa especial. El Consistorio puede invitar a los diáconos a sus sesiones para coordinar asuntos importantes para la buena marcha de la Congregación. Los diáconos sólo tienen voz. CONCORDANCIA: Regl . Arts.51, 67 (Participación).  

Disentimi ento 53 de un miembro Disentimiento Art. 69º Los acuerdos del Consistorio, en lo posible, se toman por consenso. Cualquiera de sus miembros tiene el derecho de disentir de algún acuerdo durante la sesión donde está presente, en tal caso puede pedir que su disentimiento quede asentado en acta; sin embargo, pese a no estar de acuerdo, está obligado a acatar la decisión tomada. En ningún caso un miembro puede disentir de algún acuerdo si no ha estado presente en la sesión sesión que se tomó tomó el acuerdo. CONCORDANCIA: Regl . Art. 72(Desacuer 72(Desacuerdos). dos). Est   Est . Art. 25(Desacuer 25(Desacuerdos). dos).

Informe a la congregaci congregación ón Art. 70º El Consistorio tiene la obligación de informar a la Congregación los acuerdos tomados a través del Secretario. CONCORDANCIA: Regl . Arts.10 Inc. e 51, 82 Inc. k (Informes). (I nformes).

Revocación de acuerdo de los diáconos Art. 71º El Consistorio está en capacidad de revocar las decisiones del Consejo de Diáconos, si es que éstas no se ajustan a los acuerdos del Consistorio o de la la Congregación o a las normas de la IEPRP IEPRP. 54 CONCORDANCIA: Regl . Arts. 72, 50, (Desacuerdos).

Queja ante el Presbiter Presbiterio io Art. 72º Si el Consejo de Diáconos considera que las decisiones del Consistorio han violado las normas de la IEPRP, IEPRP, las actas o los acuerdos de la IEPRP, puede presentar una protesta formal ante el Consistorio, si no es atendida, puede presentar una queja al a l Presbiterio de su jurisdicción. CONCORDANCIA: Regl . Arts.71, 82 Inc. h 50, (Desacuerdos). (Desacuerdos).

Potestad de entrevistar a los candidatos al bautismo Art. 73º El Consistorio está facultado para entrevistar a quienes soliciten el Sacramento del Bautismo y aplicarlo o autorizarlo si cumplen con las normas establecidas. CONCORDANCIA: Regl . Arts. 20, 24 Inc. g (Evaluación); 20a, 24g, 64g, 74 (Bautismo). 53 Desacuerdo 54 Antes de esa decisión debe señalarles que modifiquen su decisión.  

Forma del bautismo Consistorio tiene la facultad de administrar el Sacramento del Art. 74º El Consistorio Bautismo por aspersión, efusión o inmersión. La práctica generalizada y recomendable de la IEPRP es por aspersión o efusión. CONCORDANCIA:  Regl . Arts. 20, 24 Inc. g, 73 (Bautismo); Art. 73 (Evaluación).

DEL PRESBITERIO Definición Art. 75º El Presbiterio es el Órgano de Gobierno inmediato superior al Consistorio. Abarca a varias varia s Congregaciones de su jurisdicción. CONCORDANCIA: Regl. Arts. 52, 57 (Esfera de acción).

Conformación  Está constituido por delegados de por lo menos tres Consistorios, hasta un máximo de diez Consistorios. Su propósito es misionero, pastoral y de gobierno, entre sus Congregaciones conformantes. CONCORDANCIA: Regl . Arts. 52, 57 (Esfera de acción)

Aprobación por el Sínodo Art. 76º La formación de un Presbiterio es por aprobación del Sínodo de su  jurisdicción, el cual dará cuenta a la Asamblea General para su ratificación. En lugares donde no existen Sínodos, la facultad de formar a los Presbiterios es de la Asamblea General Ordinaria de la IEPRP. IEPRP. CONCORDANCIA: Regl . Art. 95 Inc. c (Aprobación).

Criterios para la creaci creación ón de un Presbiterio Art. 77º Para la formación de los Presbiterios se tomará en cuenta los criterios geográficos,, la madurez geográficos y potencialidad del crecimiento de las congregaciones. CONCORDANCIA: Regl . Arts.30, 76, 91 (Requisitos).  

Delegados al Presbiterio. Art. 78ºLos delegados al Presbiterio son un presbítero docente o pastor y un  presbítero gobernante de cada Consistorio. En el caso de no haber pastor, serán dos presbíteros gobernantes. CONCORDANCIA: Est . Arts. 7, 21(conformación) Regl . Arts. 43, 52, 62, 90, 99 (Delegados).

Transformación de congregación a grupo Art. 79º Una Congregación que por alguna circunstancia se haya quedado con un solo presbítero, docente o gobernante, se constituye en grupo y queda bajo la supervisión de su Presbiterio. CONCORDANCIA:  Regl . Arts. 4(Requisitos) Arts. 57 Inc. A, 60, 61Consistorio); Est . Arts. 9,10(Requisitos). Presentación de credencial Art. 80º Los presbíteros delegados al Presbiterio serán admitidos en este Órgano de Gobierno, mediante la presentación de una credencial de su Congregación. CONCORDANCIA: Regl . Arts. 80, 95, Inc. e (acreditar) Arts. 62, 64 Inc. j (Representación) (Repre sentación) Art. 78 (delegado)

Quórum para las sesiones Art. 81º El quórum para las sesiones del Presbiterio es del 50% más uno del total de sus miembros en primera citación; en segunda citación que tendrá lugar 30 minutos después de la primera, el Presbiterio llevará a cabo sus sesiones con el número de miembros asistentes presentes. CONCORDANCIA: Est . Arts. 23, 29. (Quórum) Regl. Arts. 11, 63, 81, 101 (Quórum).

Funciones del Presbiterio na turalezas: Art. 82º Las funciones del Presbiterio son de tres naturalezas: a. Misionera  b. Pastoral y c. De Go Gobier ernno.  

Función misionera: a. Plani Planificar ficar la labor labor misioner misioneraa de su jurisdi jurisdicción cción promov promoviendo iendo el establecimiento de nuevas Congregaciones, aportando con iniciativas  propias y coordinando las iniciativas de las Congregaciones para el cumplimiento de este propósito.  b. Recomendar a los Consistorios el establecimiento de relaciones con entidades para-eclesiásticas y eclesiásticas con la finalidad de  promover una misión integral. Función Pastoral a. Cuida Cuidarr en especia especiall las las Congreg Congregacione acioness sin sin pastor pastor..  b. Evaluar y licenciar a egresados de los Seminarios o Institutos para ministrar la Palabra. c. Cuida Cuidarr pastoralmen pastoralmente te a los los presbíter presbíteros os de los consist consistorios orios de su  jurisdicción d. Requer Requerir ir a los los presbítero presbíteross que se consagren consagren dilig diligentemen entemente te a su su sagrada misión, reconociéndolos como dignos de doble honor, mayormente a quienes predican y enseñan, amonestándolos cuando faltan a sus deberes. e. Exami Examinar nar a los los candidato candidatos, s, presentado presentadoss por los Consis Consistorios torios,, que aspiran a prepararse para el ministerio pastoral y otros ministerios dentro de d e la IEPRP IEP RP.. f. Promo Promover ver la la formación formación de Institu Institutos tos bíblic bíblicos os y/o y/o centros centros de Educación Educación Cristiana de acuerdo con sus necesidades y posibilidades. Función de Gobierno. a. Plani Planificar ficar la administ administración, ración, misió misiónn y tarea tarea pastora pastorales les de de su  jurisdicción, nombrando comisiones permanentes y temporales necesarias; solicitando a las Congregaciones la presentación de sus  planes y proyectos.  b. Capacitar a los Consistorios para la buena administración de sus recursos financieros, y de las propiedades de las congregaciones y de la IEPRP puestas a su cuidado. c. Exami Examinar nar,, evaluar evaluar,, ordenar ordenar e instalar instalar a los presbít presbíteros eros docentes docentes o  pastores y a los presbíteros gobernantes en las congregaciones. d. Ejercer la discipli disciplina na eclesiásti eclesiástica ca sobre sobre los presbí presbíteros teros de su  jurisdicción.

e. Censurar Censurar cualqu cualquier ier doctri doctrina na o enseñanza enseñanza erróne erróneas as que  perjudiquen la pureza doctrinal, la paz y unidad de las congregaciones de su jurisdicción. f. Nomb Nombrar rar sus sus delegado delegadoss a la Asambl Asamblea ea Genera General,l, guardand guardandoo la equidad entre presbíteros docentes y gobernantes.  

g. Proponer Proponer la formac formación ión de nuevos nuevos Pres Presbite biterios rios a su Sínodo Sínodo o a la Asamblea General según los casos, tomando en cuenta los criterios de  posición  posici ón y proyecci proyección ón geográfi geográfica, ca, madurez y solvenci solvenciaa de recursos humanos y económicos de las congregaciones. h. Recibi Recibirr y tramitar tramitar referencia referencias, s, quejas quejas y apelacione apelaciones; s; resolverlas resolverlas las que que sean de su competencia, dentro de las normas eclesiales establecidas. estab lecidas. i. Repr Represen esentar tar a la Iglesi Iglesiaa dentro dentro de su jurisd jurisdicci icción ón de mutuo mutuo propio propio o por por  poder delegado por la Asambl Asamblea ea de la IEPRP en casos especial especiales. es.  j. Nombrar al personal rentado bajo su mandat mandatoo y asumir los costos económicos y beneficios sociales de los mismos. k. Pres Presenta entarr informes informes anuales anuales al Sínodo Sínodo y a la Asamb Asamblea lea General General de la IEPRP. l. Elev Elevar ar a las instan instancias cias superi superiores ores los los casos casos que que no pueda pueda resolver resolverlos. los. m. Promov Promover er y garantizar que los acuerdos acuerdos de los órganos órganos de gobierno sean cumplidos oportunamente. n. Revi Revisar sar los libros libros de actas actas y contable contabless de las congregac congregacion iones es anualmente y previa coordinación con las mismas.

CONCORDANCIA: Est . Art. 24(facultades) Regl . 64.94. 106, 113, 122, 125 (facultades). Reuniones ordinarias y extraordinarias Art. 83º El Presbiterio tiene reuniones ordinarias y extraordinarias. Las reuniones ordinarias son cuatro por año como mínimo, las extraordinarias se realizan cuando las circunstancias lo ameritan. El ejecutivo del Presbiterio está autorizado a tomar decisiones urgentes, con cargo a dar cuenta en la reunión ordinaria. CONCORDANCIA: Est . Art. 19-25. Regl. Arts. 10, 83, 92, 97-109(Asamblea).

Conformación de la Junta Directiva Art. 84º El Consejo Directivo del Presbiterio esta conformado por: Presidente, Vice-presidente, Secretario, Pro-secretario, Tesorero y Pro-tesorero. Su nombramiento abarca un período de dos años, y el Consejo puede ser s er reelegido en su totalidad o en parte por solamente un período consecutivo. El Consejo Directivo formulará y presentará p resentará su Plan de Trabajo. CONCORDANCIA: Est . Arts. 26-29(Consejo Directivo);  Regl . Arts. 54, 110 (Consejo Direc Directivo); tivo); Est. Art. 22 (Mesa direc directiva); tiva); Regl. Regl. Arts. Arts. 12, 102 (Mesa directiva). direc tiva). Est. Art. 26, (Período de Gobierno) Regl. Regl. Art. 93, 111, 121, 124. (Período de gobierno).  

Participación de los invitados a la Asamblea Art. 85º El Presbiterio podrá recibir en sus reuniones a presbíteros docentes y gobernantes miembros de otros Presbiterios, nacionales o extranjeros, en calidad de delegados fraternales, con voz pero sin voto. CONCORDANCIA: Est . Art. 8 (Delegados)  Regl . Arts. 43, 52, 62, 78, 90, 99(Delegados)

Convenios con organismos Art. 86º El Presbiterio establecerá relaciones y convenios de cooperación misionera con organismos nacionales y extranjeros afines a la IEPRP, IEPRP, con el aval de la Asamblea General de la IEPRP. IEPRP. CONCORDANCIA: Est . Arts. 6 Inc. d; 24 Inc. d; 33-35 (Convenios); Regl . 86, 112 112 Inc. e, 131-138 (Convenios).

Obligación de llevar libros Art. 87º El Consejo Directivo del Presbiterio tiene la obligación de llevar un Libro de Actas debidamente legalizado y Libros de Contabilidad para el manejo de sus recursos económicos. CONCORDANCIA: Est . Art. 28a (Secretario); Regl . Art. 96 (Llevar libros).

De las Comisiones Art. 88º El Presbiterio para el mejor desempeño de sus funciones podrá establecer las siguientes comisiones: a. De Mis Misió iónn y Eva Evang ngel eliz izaci ación ón  b. De Educación Cristiana c. De Sind Sindica icatur turaa de Bie Bienes nes y Fina Finanza nzass  Nombrará también comisiones temporales de acuerdo a sus necesidades. CONCORDANCIA: Est . Art. 24 Incs. f, s (Comisión); Regl . Arts. 10 Inc.; 88, 105,109, 116 – 127 (Comisiones). (Comisiones).  

DEL SÍNODO Definición Art. 89º El Sínodo es el Órgano de Gobierno inmediato superior al Presbiterio, es el Órgano de enlace entre los Presbiterios y la Asamblea General, coordinando las labores Presbiteriales. CONCORDANCIA:  Regl . Arts.52, 53, 58, 60, 75, 82, 89, 97(Órganos de  gobierno).

Conformación del Sínodo Art. 90º El Sínodo está formado por delegados de un mínimo de tres Presbiterios. Cada Presbiterio acredita ante el Sínodo dos presbíteros gobernantes, 55 buscando siempre, que en el tiempo, todos los Consistorios tengan su representación. CONCORDANCIA:  Regl . Arts.52, 53, 58, 60, 75, 82, 89, 97(Órganos de  gobierno).

Creación del Sínodo IEPRP, a Art. 91º El Sínodo se forma por acuerdo de la Asamblea General de la IEPRP, solicitud de los Presbiterios de su jurisdicción y teniendo en cuenta los criterios geográficos, desarrollo y madurez de sus oficiales y el potencial de crecimiento de los Presbiterios. 56 CONCORDANCIA: Regl . Arts. 30, 76, 77, 91 (Requisitos).

Reuniones del Sínodo Art. 92º Las reuniones ordinarias del Sínodo son dos veces en el año, y en forma extraordinaria, cuando las necesidades lo ameriten. La convocatoria  para sus reuniones ordinarias tendrá lugar con una anticipación de 30 días. Las reuniones del Sínodo comenzarán con un breve sermón y oración y terminarán con oración. CONCORDANCIA: Est . Art. 20 (Convocatoria);  Regl . Arts. 9, 11, 81, 100, 101, 113 113 Inc. b (Convocatoria); (Convocatoria); Art.54, Art.54, 92, 103, 104 (Servicio).  55 Y dos presbíteros docentes (debe incrementarse) 56 Debe construir el expediente eclesiástico conteniendo el proyecto de organización del Sínodo.  

Conformación del Consejo Directivo del Sínodo Art. 93º Está compuesto por un Presidente, un Vice-presidente, un Secretario, un Tesorero Tesorero y un Vocal. Vocal. Los cargos tienen una duración de dos años. Siendo reelegibles solamente por un período más. La elección de sus titulares deberá evitar que la misma persona tenga duplicidad de cargos cargos en el Presbiterio, Sínodo o Asamblea General. CONCORDANCIA:  Est . 26-29(Consejo Directivo)  Regl . 54. (Consejo  Directivo);  Dir ectivo); Est. Art. 22 (Mesa dire directiva); ctiva); Regl . Arts. 12, 102(Mesa 102(Mesa directiva). directiva).  Est . Art. Art. 26 (Período de gobierno) Regl. Arts. 84, 111, 121, 124. (Período de  gobierno).

Facultad del Sínodo para nombrar comisiones Art. 94º El Sínodo está facultado para nombrar las comisiones permanentes o temporales que estime necesarias, para el mejor desempeño de su trabajo. CONCORDANCIA: Est . Art. 24(Facultades)  Regl . Arts. 64, 82, 9, 106, 113, 122, 125(Facultades)

Otras facultades del Sínodo Art. 95º El Sínodo tiene las siguientes facultades: a. Velar cel celosam osament entee por la la preser preservaci vación ón y cump cumplim limien iento to de la sana sana doctrina, el bienestar espiritual y material de los presbiterios, por la mayordomía mayord omía respons responsable able de los bienes bienes de la instituci institución ón58 que administren los presbiterios de su jurisdicción.  b. Planificar la labor misionera, coordinando e integrando integrando las actividades de los presbiterios. c. Or Organi ganizar zar y nombr nombrar ar nuevos nuevos pres presbit biteri erios, os, de de mutuo mutuo propi propioo o a solici solicitud tud de los presbiterios, dando cuenta a la Asamblea General. Unir dividir o disolver los presbiterios existentes después de haber realizado las evaluaciones pertinentes y cuando así lo recomienda el sano juicio. Sus decisiones serán ratificadas o rectificadas por la Asamblea General de la denominación. d. Velar porque los presbi presbiterios terios cumpla cumplann rigurosam rigurosamente ente los acuerdo acuerdoss y las normas de la denominación. e. Acre Acredit ditar ar deleg delegado adoss a las las asambl asambleas eas gener generale aless ordina ordinaria riass y extraextraordinarias de la Iglesia Nacional, de preferencia a su Presidente y Secretario. 57 Debe empezar: El Concejo Directivo del Sínodo 58 Denominación.  

f. Present Presentar ar un inf inform ormee escrit escritoo a la la Asa Asambl mblea ea Genera Generall sobre sobre la labo laborr realizada por el Sínodo incluyendo sus estadísticas. g. Apro Aprobar bar la la propues propuesta ta de los los presbi presbiteri terios os para para la forma formació ciónn de Instit Instituto utoss Bíblicos o Seminarios, previa evaluación de los recursos humanos y económicos. h. Rev Revisa isarr las actas actas de de los presb presbite iterio rios, s, obser observan vando do y corrig corrigien iendo do las las deficiencias. i. Pro Proces cesar ar las las soli solicit citude udess de med medida idass disci discipli plinar narias ias ele elevad vadas as por por los los órganos de gobierno subordinado.  j. Resolver o canalizar cana lizar al a l órgano de gobierno inmediato superior, según sea el caso, los trámites de apelación, consultas de orden doctrinal y teológico, provenientes de los órganos de gobierno de su jurisdicción.

CONCORDANCIA:  Est . Art. 24(Facultades);  Regl . Arts. 64, 82, 9, 106, 113, 122, 125(Facultades).

Obligación de llevar libros contables Art. 96º El Sínodo está en la obligación de llevar un Libro de Actas debidamente legalizado y libros contables si maneja recursos económicos. CONCORDANCIA: Est . Art. 28 (Obligación); Regl . Arts. 87(llevar libr libros). os).

DE LA ASAMBLEA GENERAL Definición Art. 97º La Asamblea General es el Órgano Supremo de Gobierno de la IEPRP. Su autoridad se ejerce a través de los acuerdos, los cuales tienen carácter vinculante y permanente, y se ejecutan por medio de los Órganos de Gobierno subordinados y las Comisiones Permanentes. 59 CONCORDANCIA: Est . Art. 19 (Ejecución de los acuer acuerdos) dos) Regl . Arts. 52, 53, 58, 60, 75, 82, 89, 97 (Órgano de gobierno) 59 Y el Consejo Directivo.  

Jurisdicción de la Asamblea General Art. 98º La Asamblea General constituye el vínculo de unión, armonía, paz y solidaridad entre todos los miembros de la IEPRP, y ejerce su jurisdicción sobre todos sus Órganos de Gobierno (Consistorios, ( Consistorios, Presbiterios y Sínodos) y 60 las comisiones nombradas por ella. CONCORDANCIA:  Regl . Art. 52, 53, 58, 60, 75, 82, 89, 97(Órgano de  gobierno),

Conformación de la Asamblea General Art. 99º La Asamblea General esta conformada por los miembros de la Asociación personas naturales que representan a las congregaciones sin  personería jurídica y delegados de las personas jurídicas y, por un delegado de cada Presbiterio y un delegado de cada Sínodo, debidamente acreditados por sus consejos directivos, con derecho a voz solamente en el caso de asuntos legales y jurídicos, pero con voz y voto en asuntos eclesiásticos. 61 CONCORDANCIA: Regl . Art. 57, 65, 82, 89 Inc. l (Orden jerárquico). jerárquico).

Reglas de convocatoria convocatoria a Asamblea General General Art. 100º Las reuniones de la Asamblea General son ordinarias y extraordinarias. Las Asambleas Ordinarias se realizan una vez cada dos años y las Asambleas Extraordinarias cuando sea necesario. Una Asamblea Extraordinaria puede ser convocada también a solicitud solicitud de por lo menos menos un tercio de sus miembros. En ambos casos la convocatoria corresponde al Consejo Directivo a través de su Presidente, con una anticipación de 90 días  para las ordinarias y 30 días para las extraordinarias. 62 CONCORDANCIA: Est . Art. 20 (Convocatoria) Regl . Art. 9, 11, 11, 81, 92, 100, 100 , 101, 113b 113b (Convocatoria). (Convocato ria). 60 Y el Consejo Directivo. 61 La asociación IEPRP legalmente está constituida por el padrón de socios en inscrita en la SUNARP (Superintendencia Nacional de los Registros Públicos) y, y, cada socio representa a una u na congregación. Si la congregación tiene personería jurídica; su delegado, naturalmente es el Presidente; y si no tiene personería jurídica su delegado es un Presbítero que se denomina  persona natural. Recordemos que se inscribe en Registros Públicos solamente el Estatuto; pero no el Reglamento donde figuran los consistorios presbiterios y sínodos. Los delegados inscritos en la SUNARP tienen voz y voto para asuntos legales. Los delegados no inscritos en la SUNARP y los delegados de los presbiterios y sínodos solo tienen voz para asuntos legales;  pero para asuntos eclesiásticos tienen voz y voto. 62 La Asamblea ordinaria se realiza realiza cada dos años; sin sin embargo el Estatuto Estatuto señala cada año (Art. 22) La corrección es una tarea pendiente.  

El Quórum para la Asamblea Asamblea General Art. 101º El quórum requerido para la realización de la Asamblea General es del 50% más uno del total total de sus sus miembros miembros en primera primera citación, 63 en segunda citación, treinta minutos después de la primera citación, el quórum se conformará con los miembros asistentes, de acuerdo ac uerdo con el Art. 20 del Estatuto de la IEPRP y el Art. 87 del Código Civil. 64 CONCORDANCIA:  Es  Est  t . 23, 2(Convocatoria)  Regl   Reg l . 11, 63, 81, (Convocatoria). Conformación de la mesa de la Asamblea General Art. 102º La Mesa de la Asamblea General Ordinaria, está conformada por la elección de un Vice-presidente, dos secretarios y un Fiscal, presidida por el Presidente del Consejo Directivo. 65 CONCORDANCIA: Est . Art. 22, Regl . Arts. 12, 102. (Mesa directiva). directiva).

Inicio y termino t ermino de las sesiones de la Asamblea General Art. 103º La Asamblea General comienza y termina sus sesiones con un Servicio Público de Adoración. CONCORDANCIA: Regl . Art. 92, 104 (Servicio); Est . Art. 20, (Convocatoria)  Regl . Arts. 9, 11, 11, 81, 100, 101, 101 , 113b 113b (Convocatoria (Conv ocatoria). ).

El sermón de apertura Art. 104º En cada Asamblea General, el Presidente del Consejo Directivo en ejercicio presidirá el sermón de apertura. Cada sesión será abierta con una lectura bíblica y oración y clausurada con oración. CONCORDANCIA: Regl . Arts. 92, 103, (Servicio).

63 Conocida como mayoría simple. 64 Dice el Art. 87 de Código Civil: Civil: Para  Para la validez de las reuniones de asamblea general se requiere, en primera convocatoria, la concurrencia de más de la mitad de los asociados. En  segunda convocatoria, basta la presencia presencia de cualquier número número de asociados. Los acuerdos acuerdos se adoptan con el voto de más de la mitad de los miembros concurrentes. 65 Según el Art. Art. 22 del Estatuto los miembros son nombrados por la Asamblea Asamblea General. La adecuación es una tarea pendiente.  

Creación de comisiones Asamblea General Ordinaria creará c reará Comisiones Permanentes y Art. 105º La Asamblea Temporales de acuerdo a los requerimientos requer imientos del trabajo, tales como: a. Permanentes 1. Mi Misi sión ón y Ev Evan ange geli liza zació ciónn 2. Ed Educ ucac ació iónn Cr Cris isti tian anaa 3. Si Sind ndic icat atur uraa de de Bien Bienes es 4. Pastoral  b. Temporales 1. Rev Reviso isora ra de de los los libro libross Conta Contable bless 2. Disci cipplina 3. Otras CONCORDANCIA: Est . Arts. 24s (Comisión) Regl . Arts. 10g, 88,109, 116  – 127 (Comisiones).

Poderes de la Asamblea General Art. 106º La Asamblea General tiene poderes para: a. Promo Promover ver la prospe prosperidad ridad y extensión extensión de la Iglesi Iglesia, a, aprobar aprobar la organización de los Presbiterios, formar los Sínodos; recibir bajo su  jurisdic  juri sdicció ción, n, pre previo vio un estu estudio dio cuid cuidado adoso, so, a otro otross cue cuerpo rposs eclesiásticos cuya doctrina, organización y orden sean afines a la IEPRP,, en conformidad con IEPRP c on los artículos 9 y 10 del Estatuto.  b. Vigilar la marcha general de la Iglesia en su totalidad y la cuidadosa c uidadosa observancia de la Doctrina, Organización, Disciplina y Normas Eclesiástica Eclesi ásticass de la IEPRP. IEPRP. c. Establ Establecer ecer y cultiva cultivarr las relacio relaciones nes fraternale fraternaless con otras otras iglesia iglesiass  presbiterianas en el país y en el extranjero con quienes, la IEPRP IEPRP,, tenga afinidad e identidad teológica y ministerial. d. Identi Identificar ficar y censur censurar ar los errores errores en en doctrina, doctrina, denuncia denunciarr la inmoralid inmoralidad ad y corrupción que afecta y perjudica a la IEPRP, a la sociedad y a la nación y tomar las decisiones convenientes para su erradicación. e. Decidi Decidirr en toda contro controversia versia o apelaci apelación ón sobre doctri doctrina na y discip disciplina lina eclesiástica. Dar consejo en todos los casos especiales que le sean sometidos en debido orden. f. Ace Acepta ptarr el Informe Informe Memor Memoria ia del Cons Consejo ejo Direct Directivo ivo,, el Balanc Balancee 66 Económico Económ ico del Tesorer esoreroo del ejercicio, ejercicio, los informes informes de los los Presbiterios y Sínodos y de las comisiones permanentes y Temporales, Temporales, observando en lo se crea pertinente. Aprobar el Plan y el Presupuesto  para el siguiente ejercicio, presentados por el Consejo Directivo y las Comisiones Permanentes, 66 Debe decir: El Balance Económico del Tesorero, los informes de los presbiterios…  

g. Aprobar Aprobar u observar observar los pedido pedidoss y proyectos proyectos present presentados ados por por escrito escrito por los Presbiterios, Sínodos y Comisiones Permanentes. h. Recib Recibir ir,, aprobar aprobar y revisar los los libros de de Fórmulas, Fórmulas, de Adorac Adoración ión Pública Pública y de Disciplina Eclesiásticos. 67 i. Ele Elegir gir a los los miembr miembros os del del Consej Consejoo Directi Directivo vo y de las Comi Comisio siones nes Permanentes y Temporales.  j. Ot Otor orga garr po pode dere ress es espe peci cial ales es y /o ge gene nera rale less al Co Cons nsej ejoo Di Dire rect ctiv ivo, o, especialmente para adquirir, enajenar bienes muebles e inmuebles y vehículos automotores, y abrir y cancelar cuentas bancarias. k. Modif Modificar icar total total o parcialm parcialmente ente el Estat Estatuto uto y Reglame Reglamento, nto, de confor conformidad midad con los artículos 32 y 33 del Estat Estatuto. uto. 68 l. Res Resolv olver er cualqui cualquier er asunto asunto no contem contempla plado do en el Estatut Estatutoo y Reglamen Reglamento. to. m. Desig Designar nar el lugar y fecha de la siguiente Asamb Asamblea lea General Ordinari Ordinaria. a. n. Aprob Aprobar ar la disolució disoluciónn de la IEPRP IEPRP, por situacion situaciones es excepcional excepcionales, es, de conformidad con los artículos 34 y 35 del Estatuto. 69 o. Respe Respetar tar y hacer hacer respetar respetar las las medidas medidas discip disciplinar linarias ias aplicadas aplicadas por los los Órganos de Gobierno subordinados.

CONCORDANCIA: Es  Est  t . Art. 24. Re  Regl  gl . Arts.10, 64, 82, 95, 106, 113, 122, 125.

Autorización para aprobar las actas Autorización Art. 107º El Consejo Directivo queda autorizado para aprobar las Actas de la última Asamblea General, después del servicio de clausura. 70 CONCORDANCIA: Est . Art. 28(Libro de actas); Regl . 87, 96, (Libro de actas).

La Asamblea Asamblea General subordinad subordinadaa al Estatuto Art. 108º La Asamblea Asamblea General no puede tomar acuerdos en contra del Estatuto y Reglamento Reglame nto de la IEPRP IE PRP.. CONCORDANCIA: Est . Arts. 25, 41, 43(Nulidad); Regl . Art. 13 (Superioridad del estatuto).

68 Son los Arts. 36, 37, y 38 del Estatuto. 69 Son los Arts. 39 y 40 del Estatuto 70 El Consejo Directivo Directivo aprueba el acta porque los integrantes retornan a sus lugares siendo difícil esperar hasta la lectura debidamente redactada.  

La Comisión de constitución nombrar á Art. 109º En cada Asamblea General ordinaria o extraordinaria, se nombrará una Comisión Especial de Constitución, para asesorar a la Mesa Directiva y a la Asamblea General, a fin de que las decisiones estén enmarcadas dentro de las normas nor mas de la IEPRP IEPRP.. CONCORDANCIA: Est . Art. 24s (Comisiones); Regl . Arts. 10g, 88, 105, 116 116 (Comisión).

DEL CONSEJO DIRECTIVO Definición Art. 110º El Consejo Directivo es el ente representativo, ejecutivo, legal, y administrativo de la IEPRP y encargado de coordinar y apoyar la obra misionera a través de los Órganos de Gobierno respectivos. CONCORDANCIA: Est . Arts. 26-29 (Consejo Directivo); Directivo);  Regl . 54. 84 (Consejo Directivo)

Conformación del Consejo Directivo Art. 111º El Consejo Directivo está conformado por: Presidente, Vice presidente, Secretario, Tesorero, Tesorero, y vocal elegidos por la Asamblea General  para un período de dos años, pudiendo ser reelegido por un período consecutivo, en forma parcial o total. 71 CONCORDANCIA: Est . Arts. 26-29(Consejo Dir Directivo); ectivo); Regl . 54, 84, 110114 (Consejo Directivo); Est. Art. 26(Período de gobierno) Regl. Arts. 84, 93, 111, 121, 124. (Período (P eríodo de gobierno) go bierno)..

Facultades del Consejo Directivo Art. 112º Las facultades del Consejo Directivo son: a. Ejercer la representa representación ción legal legal y admini administrati strativa va de la IEPRP. IEPRP.  b. Ejecutar todos los mandatos de la Asamblea General. c. Inscri Inscribir bir su su nombramien nombramiento to en los Regist Registros ros Público Públicoss de la la Nación. Nación. 71 Modificado en la Asamblea General Ordinaria el 24 de junio de 2007  

d. Velar por la buena buena marcha marcha administrat administrativa, iva, económica económica y financier financieraa de la IEPRP I EPRP.. e. Suscri Suscribir bir convenios convenios de cooperación cooperación mutua y/o contrato contratoss con personas personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras, siempre que contribuyan al desarrollo desar rollo de la misión de la IEPRP IEPRP.. f. Pre Presen sentar tar la Memo Memoria ria y el Bala Balance nce Econó Económic micoo del ejerci ejercicio cio a la Asamblea General. g. Presen Presentar tar informac información ión económi económica ca y de de otra natura naturaleza leza que que sean requeridos por las entidades del Estado Peruano. h. Otor Otorgar gar poderes poderes especiale especialess a alguna alguna persona persona de los los Órganos Órganos de de Gobierno de la IEPRP IEPRP,, cuando sea necesario. i. Ate Atende nderr y/o canali canalizar zar fondos fondos econó económic micos os destin destinado adoss a alguno alguno de sus 72 Miembros.  j. Emitir pronunciamientos de interés público frente a las circunstancias que el País lo requiera, en coordinación con los Órganos de Gobierno correspondientes.

Funciones del Consejo Directivo Art. 113º Son funciones de los miembros del Consejo Directivo. Presidente. a. Ejercer la representac representación ión legal legal de la IEPRP IEPRP para contestar contestar demand demandas, as, allanarse a ellas e interponer toda clase de recursos ante las autoridades civiles, políticas y judiciales, en función de los intereses y necesidades de la IEPRP de acuerdo con las normas establecidas en el Código procesal Civil. 73  b. Convocar y conducir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo y de las Asambleas. c. Suscr Suscribir ibir los poderes acordad acordados os por por el Consej Consejoo Directiv Directivo. o. d. Firma Firmarr la correspon correspondencia dencia oficial oficial juntam juntamente ente con con el Secretari Secretario. o. e. Abrir y cerrar cuentas bancari bancarias, as, por por delegación delegación de la Asambl Asamblea ea General, juntamente con el Vice-presidente y el Tesorero. f. Ejercer las funcion funciones es señaladas señaladas en los los artículos artículos 74 y75 y75 del Código Procesal Civil. Vice-presidente: a. Supli Suplirr las funcione funcioness del Preside Presidente nte en casos casos de ausenc ausencia ia o enfermedad enfermedad..  b. Asumir la Presidencia en casos de vacancia del titular titular.. c. Abrir y cerrar cerrar cuentas cuentas bancaria bancariass en conjun conjunto to con con el Presid Presidente ente y Tesorero. 72 Los miembros: Las congregaciones 73 La representación en la legislación peruana: Arts. 72, 74 y 75 del Código Procesal Civil Civil  

Secretario: a. Cus Custod todiar iar y mantener mantener al día el Libro Libro de Acta Actass del Consejo Consejo Direct Directivo ivo..  b. Custod Custodiar iar el Libro de Actas y otros document documentos os de la Asambl Asamblea ea General. c. Mant Mantener ener en orden orden el Archivo Archivo y correspond correspondenci enciaa del Consejo Consejo Directiv Directivoo d. Preparar la corresponden correspondencia, cia, firmarla firmarla junto junto con el Presidente Presidente y enviarla enviarla a su destino. e. Prep Preparar arar las citaci citaciones ones para para las sesiones sesiones del del Consejo Consejo Directiv Directivoo y las Convocatorias para las Asambleas Generales y enviarlas debidamente firmadas y selladas. f. Prep Preparar arar juntam juntamente ente con con el Presiden Presidente, te, el Inform Informee Memoria Memoria del del Consejo Directivo para su revisión por el Consejo Directivo y su  posteriorr presenta  posterio presentación ción a la Asambl Asamblea ea General. g. Otras funciones funciones derivada derivadass de los acuerdos acuerdos del Consejo Consejo Directiv Directivo. o.   Tesorero: a. Custod Custodiar iar y mantener mantener al día los los Libros Contab Contables les de la IEPRP IEPRP..  b. Supervis Supervisar ar el movimi movimiento ento contab contable le y financie financiero ro de la IEPRP IEPRP.. c. Admi Administ nistrar rar la caja chic chicaa del Cons Consejo ejo Direct Directivo. ivo. d. Prepare el Balance Balance y el Informe Informe Económic Económicoo auditado auditado del del ejercicio, ejercicio,  presentarlo  presenta rlo al Consejo Consejo Directivo Directivo para su revisión y presentación presentación a la Asamblea. e. Prep Preparar arar el Presupue Presupuesto sto para el siguient siguientee ejercicio, ejercicio, presenta presentarlo rlo al Consejo Directivo para su revisión y aprobación y ser elevado a la Asamblea General. f. Abri Abrirr y cerrar cerrar las cuenta cuentass bancaria bancariass en conjun conjunto to con el el Presiden Presidente te y el Vice-presidente. CONCORDANCIA: Est . Art. 28(Funciones); Regl . 64, 82, 95, 106, 113, 122, 125(Facultades, funciones).

Revocación del cargo Art. 114º Un miembro del Consejo Directivo puede ser revocado de su cargo  por inmoralidad inmoralidad o corrupció corrupciónn o por medida medida disciplinaria disciplinaria por algún algún Órgano Órgano de Gobierno que afecte o perjudique p erjudique a la IEPRP, IEPRP, a la sociedad, o a la nación. CONCORDANCIA: Est. Arts. 16, 17, 24e, 24e, o, q 43 (Sanción, Disciplina,)  Regl. 139-150 139-150(Sanci (Sanción, ón, Discipl Disciplina) ina)

Administración de la revocación Art. 115º La revocatoria mencionada en el artículo anterior, será administrada  por la Asambl Asamblea ea General Extraord Extraordinaria. inaria. CONCORDANCIA: Est . Arts. 24 Inc. e, o, q 43. 16, 17(Competencia); 17(Competencia);  Regl .  Arts. 1 0 6 Inc. d, o, 141, 142, 150(co 150(compet mpetencia) encia)..  

DE LAS COMISIONES ECLESIÁSTICAS Propósito de las comisiones Art. 116º Para el mejor desempeño de sus funciones, los Órganos de Gobierno nombran comisiones de acuerdo a sus necesidades. CONCORDANCIA: Est . 24 Inc. s (Comisión); Regl . 10 Inc. g, 88, 8 8, 105, 116127(Comisiones).

Requisitos para su constitución Art. 117º Toda comisión nombrada por la Asamblea General, por los Sínodos y por los Presbiterios, debe contar con un mínimo de tres miembros, siendo uno de ellos e llos Oficial de la IEPRP. IEPRP. CONCORDANCIA:  Est . 127(Comisiones).

24s (Comisión);  Regl . 10g, 88, 105, 116-

Limitaciones de las comisiones Art. 118º Cada Comisión está autorizada para deliberar y dictaminar sobre los asuntos que se le haya encomendado, sin que estos tengan carácter resolutivo ni ejecutivo, salvo por mandato expreso del Órgano de Gobierno pertinente. Sus informes serán presentados a su Órgano de Gobierno. 74 CONCORDANCIA: Regl . 53(Limitación); Est. 24s (Comisión);  Regl . 10g, 88, 105, 116-127 16-127(Comisio (Comisiones). nes).

Duración de las comisiones Art. 119º Las Comisiones de la IEPRP son Permanentes y Temporales. Las Comisiones permanentes son: Misión y Evangelización, Educación Cristiana y Sindicatura de Bienes y Pastoral. CONCORDANCIA:  Est . 127(Comisiones).

24s (Comisión);  Reg  Regl  l . 105,109,

116-

74 Las comisiones informan al órgano de gobierno respectivo sobre el encargo de su su gestión  

DE LA COMISIÓN DE MISIÓN Y EVANGELIZACIÓN Encargatura Art. 120º La Comisión de Misión y Evangelización asume los encargos de la Asamblea General coordinando su labor con los Órganos de Gobierno. CONCORDANCIA: Est . Art. 24Inc. s (Comisión); Regl . Arts. 105, 106 Inc. f. (Delegación).

Conformación Art. 121º La Comisión de Misión y Evangelización está compuesta por tres miembros, asumiendo los cargos de Presidente, Secretario y Tesorero, de  preferencia Presbíteros, elegidos por la Asamblea General para un período de dos años, pudiendo ser reelegidos por un período per íodo más. CONCORDANCIA:  Regl . Art. 124, 127º (Composición)  Est . Arts. 26-29 (Creación (Creac ión y duración).

Funciones Art. 122º Son funciones de la Comisión de Misión y Evangelización: a. Elabor Elaborar ar sus planes planes,, programas programas y presupuest presupuestoo para ser presentad presentados os  para su aprobación por la Asamblea General.  b. Realizar estudios de carácter religioso, económico y levantar estadísticas de los nuevos campos de misión donde se pretende iniciar trabajos, en coordinación con los Presbiterios y Sínodos y  presentarlos a la Asamblea para su discusión y aprobación. c. Llevar a cabo cabo la capacita capacitación ción de los los oficial oficiales es de de la la IEPRP IEPRP y de de los los dirigentes eclesiásticos a nivel de los Sínodos, con el apoyo sustantivo de los Presbiterios, en coordinación con la Comisión de Educación Cristiana y tomando como currículo, cur rículo, el aprobado por la IEPRP. IEPRP. d. Manten Mantener er al día día la estadíst estadística ica de la la membresía membresía nacional, nacional, de sus  presbíteros y diáconos y ministerio de la IEPRP IEPRP.. e. Promo Promover ver la reflexió reflexiónn bíblica bíblica y teológi teológica; ca; el estudi estudioo de la realidad realidad nacional sobre misión y evangelización mediante la realización de Seminarios y Talleres Nacionales, Sinodales y Presbiteriales y  preparar materiales como resultado de la reflexión y el estudio. f. Promo Promover ver y apoyar apoyar los progra programas mas diacon diaconales ales de los los Consist Consistorios, orios, Presbiterios y Sínodos. CONCORDANCIA:  Regl . Art. 125 (funciones);  Est . Art. 24(Facultades);  Regl.10, 64, 82, 95, 106, 113, 122, 125(Facultades).  

DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN CRISTIANA Enfoque bíblico de la Comisión Art. 123º La Comisión de Educación Cristiana de la IEPRP está enfocada dentro de la perspectiva bíblica, contextual y práctica, permitiendo el desarrollo armonioso de todo el potencial humano para que glorifique a Dios y sirva a su comunidad. La Comisión puede hacer uso de todos los adelantos científicos, tecnológicos y pedagógicos a su disposición. CONCORDANCIA: Est . 6 Inc. g. 24 Inc. s (Comisión); (Comisión); Regl . Arts. 105, 106  Inc. f. i, (Delegación), 125 (Funciones).

Composición Art. 124º La Comisión de Educación Cristiana está compuesta por tres miembros asumiendo los cargos de Presidente, Secretario y Tesorero. Sus miembros deben ser de preferencia personas con estudios teológicos y  pedagógicos, son elegidos por la Asamblea para un período de dos años,  pudiendo ser reelegidos por un período más. CONCORDANCIA:  Regl . Art. 121, 127 (Composición)  Est . Arts. 26-29 (Creación).

Funciones Art. 125 º Son funciones de la Comisión de Educación Cristiana: a. Est Establ ablecer ecer la Axi Axiolo ología gía Edu Educati cativa va de la IEP IEPRP RP,, 75 tom tomand andoo en consideración los últimos adelantos de la Pedagogía y el marco de la Teología Presbiteriana y Reformada, vigilando que los  promotores de los Centros de Educación Básica y de Formación Teológica cumplan con la Axiología establecida.  b. Recibir, evaluar y aprobar los proyectos educativos presentados  por los miembros de la IEPRP, IEPRP, a través de los Presbiterios, con la finalidad de unificar los criterios de la Educación Cristiana establecidos. c. Man Manten tener er un un perman permanent entee diálo diálogo go con los pro promot motores ores y con con la la Comunidad Educativa de los Centros de Educación Básica y con los Directivos de los Centros de Formación Teológica, informándose de los adelantos y/o problemas en el desarrollo de su labor educativa. 75 Axiología: Rama de la filosofía, estudia reflexiona y piensa sobre sobre los valores.  

d. Prepara Prepararr un Currí Currícul culo, o, progr programa amass y mater material iales es para para las Escu Escuela elass Dominicales Dominic ales de la IEPRP IE PRP.. e. Lle Llevar var a cabo cabo,, semina seminario rios, s, talle talleres res y jorn jornada adass de capac capacita itació ciónn para para los profesores de las escuelas dominicales y para los directivos de los diferentes ministerios de la IEPRP. IEPRP. f. Pro Promov mover er la pro produc ducció ciónn de de lite literatu ratura ra de edu educaci cación ón cri cristi stiana ana reformada. g. Exa Examin minar ar a los los candid candidato atoss a postu postular lar en en los los centro centross de Form Formaci ación ón Teológica, enviados por los Presbiterios y hacer cumplir estrictamente con las normas establecidas. h. Fom Foment entar ar la capaci capacitac tación ión y actu actuali alizaci zación ón académ académica ica y mini ministe steria riall de los presbíteros pre sbíteros docentes de la IEPRP. IEPRP. i. Co Cola labo bora rarr con la la Comi Comisi sión ón de de Misi Misión ón y Eva Evang ngel eliz izaci ación ón en en la capacitación de los Oficiales y dirigentes de la IEPRP. IEPRP.  j. Fomentar encuentros nacionales de presbíteros docentes y gobernantes para tratar temas de carácter teológico, doctrinal y de educación cristiana, arribando a conclusiones que pueden ser elevados a la Asamblea General para su discusión y aprobación, con la finalidad de mantener la unidad e identidad eclesial,  presbiteriana y reformada.

CONCORDANCIA:  Regl . Art. 122 (funciones);  Est . Art. 24(Facultades);  Regl . Arts. 10, 64, 82, 95, 106, 113, 113, 122, 125(Facultades).

DE LA COMISIÓN DE SINDICATURA DE BIENES Competencia Art. 126º La Comisión de Sindicatura de Bienes tiene competencia para administrar y custodiar los bienes muebles e inmuebles de la IEPRP IEPRP.. CONCORDANCIA: Est . Art. 31(Custodia del patrimonio)  Regl . 46-49, 12, 151-164 (Patrimonio).

Conformación Art. 127º La Comisión de Sindicatura de Bienes esta conformada por tres miembros, elegidos por la Asamblea General por un período de dos años,  pudiendo ser reelegidos por un período más. CONCORDANCIA: Regl . Art. 121, 124 (composición). (composición).  

DE LA COMISIÓN PASTORAL 76 Art. 128 Art. 129 Art. 130

DE LAS RELACIONES Y C0NVENIOS Relación con otras denominacione denominaciones. s. Art. 131º La IEPRP puede establecer relaciones con otras denominaciones evangélicas que tengan identidad teológica, misionera y eclesial. e clesial. CONCORDANCIA: Est . Arts. Arts. 6 Inc. d, 24 d, 33-35, 40 (Convenios);  Regl . 86,106 Inc. c 112e, 131-138, 167(Convenios).

Fusión con otras iglesias 77 Art. 132º La IEPRP puede unificarse y/o fusionarse con otras iglesias evangélicas presbiterianas y/o reformadas que existan en el país, siempre que tengan vínculos de identidad doctrinal y de práctica eclesial. CONCORDANCIA: Est . Art. 33; Regl. 16, 169 (Fusión).

Requisito para proponer la unificación Art. 133º La propuesta de unificación y/o fusión será hecha por no menos de un tercio de los Miembros de la IEPRP, IEPRP, la misma que se presentará pre sentará al Consejo Directivo, acompañada de la respectiva documentación sustentatoria, en concordancia con el artículo 134 78 del Reglamento, para ser elevada a la Asamblea General, para su discusión y aprobación. CONCORDANCIA:  Est . Arts.33, (procedimiento).

36-38 (propues (propuesta); ta);  Regl .167-, .167-, 169

76 Falta legislar legislar sobre la materia 77 La IEPRP es es el resultado de la unificación (fusión) de las iglesias IEPNP y de la IEPP ocurrida en 1995. 78 Está corregido, el anterior reglamento decía Art. 124  

Procedimiento de acuerdo a ley Art. 134º La aprobación de la unificación y/o fusión, se realizará siguiendo las normas y procedimientos legales vigentes en el País y por la votación favorable del 75% de los miembros de la Asamblea General de la IEPRP. IEPRP. 79 CONCORDANCIA: Est . Arts. 37-39 (Quórum); Regl . Art. 166 (Quórum).

Procedimiento para firmar convenios Art. 135º La IEPRP suscribirá convenios con instituciones eclesiásticas y misiones presbiterianas y reformadas en el País o en el extranjero, con las cuales tenga unidad de propósitos e identidad doctrinal. Para tal efecto, se seguirá el siguiente procedimiento: a. La propuesta propuesta será presenta presentada da por un tercio tercio de de los Miembr Miembros, os, al Consejo Directivo, el cual formará una comisión ad-hoc para estudiar y recomendar su discusión y aprobación por la Asamblea General  b. La Asamblea General previo debate podrá aprobarlo con el 75% de los votos favorables de los delegados asistentes. CONCORDANCIA:  Est . Arts. 33-35(Convenios);  Regl . Art. 106 Inc. c (Convenios); Est. Arts. 37-39 (Quórum); Regl . Art. 166 (Quórum).

Convenios con organizaciones paraeclesiásticas Art. 136º La IEPRP, podrá también tener relaciones y convenios con organizaciones para-eclesiásticas, 80 siempre y cuando estos no afecten los fines de la Iglesia, ni interfieran en la vida eclesiástica. El procedimiento será el mismo que se señala en el artículo 135 del Reglamento. 81 CONCORDANCIA: Est . Arts. 24 In. d, 34 (Convenios); (Convenios); Regl . Art. 106 Inc. a (Convenios).

Relaciones fraternales con otras denominaciones e instituciones Art. 137º Los Presbiterios y los Sínodos podrán establecer relaciones fraternales con otras denominaciones evangélicas e instituciones paraeclesiásticas, siempre que no afecten afe cten al testimonio y doctrina de la IEPRP IEPRP.. La Asamblea General lo ratificará o rectificará. CONCORDANCIA: Est . Arts. 24 In. d, 34 (Convenios); (Convenios); Regl . Art. 82 Inc. a, b, 106 Inc. a (Convenios). 79 Arts. 94-98 del Código Civil 80 Paraeclesiásticas.- Instituciones Instituciones cristianas que apoyan a la iglesia. 81 Corregido, decía Art. 127.  

Convenios de servicio dentro de los órganos de su jurisdicción Art. 138º Los convenios de servicio y desarrollo dentro de la jurisdicción de los Órganos de Gobierno (Consistorio, Presbiterio, y Sínodo) podrán ser suscritos con cargo a dar cuenta a la Asamblea General para su ratificación o rectificación.  Regl . Art. 82 Inc. a CONCORDANCIA: Est . Arts. 24 In. d, 34 (Convenios; (Convenios; ) Regl  106 Inc. a (Convenios).

DE LAS DISCIPLINA ECLESIÁSTICA Definición Art. 139º La Disciplina Eclesiástica es una medida para preservar la pureza de la Iglesia y corregir las desviaciones doctrinales y morales. Debe ser administrada con amor veracidad, justicia y de acuerdo con lo establecido en las Escrituras, buscando la restauración de los caídos; en sus detalles debe administrarse conforme a lo establecido establecido en el Libro Libro de Disciplina de la la 82 Iglesia, Igles ia, por el Órg Órgano ano de Gobie Gobierno rno corres correspondi pondiente. ente. CONCORDANCIA: Est . 16, 17, 24e, o, q 43(San 43(Sanción); ción);  Regl . Art. 64 Inc. i, 82 Inc. d, 106 Inc. d, d, o, 139-150 (Sanción). (Sanción ).

Pérdida de sus privilegios Art. 140º El miembro u Oficial disciplinado, pierde sus privilegios estipulados en el artículo 23 incisos d, e, f, g y j del Reglamento; pero no queda exceptuado de sus deberes. CONCORDANCIA: Est . Art. 13(Derechos); Regl . Arts. 23, 25(Privilegios).

Competencia del Competencia d el Consistorio Art. 141º El Consistorio administra la Disciplina Eclesiástica a todos los miembros y diáconos de la Congregación y sus Obras de Extensión Misionera, de acuerdo al Reglamento. CONCORDANCIA: Regl . Art. 64 Inc. i, 106 Inc. d, o (Sanciones);  Est . Art. 24e, o, q (Sanciones). 82 Falta contar con este libro de Disciplina. Disciplina.  

Competencia del Presbiterio Art. 142º El Presbiterio a solicitud de los Consistorios o por iniciativa propia administra la Disciplina Eclesiástica a los presbíteros gobernantes y docentes, cuando haya recibido informe escrito de algún Órgano de Gobierno y previa constatación de los hechos y respetando el debido de bido proceso eclesiástico. CONCORDANCIA: Regl . Art.82 Inc. d, 106 Inc. d, o (Sanciones);  Est . Art. 24e, o, q (Sanciones).

Derecho de apelación Art. 143º Los miembros de las Congregaciones, los Diáconos, Presbíteros Gobernantes y Docentes disciplinados, tienen el derecho de apelación ante los Órganos de Gobierno superior superior.. 83 CONCORDANCIA: Est . Art. 24 Inc. b (Apelación)  Regl . Art.72, 82 Inc. h, (Apelación), 106 Inc. e 145, 146, 150(Resolución).

Proceso de investigación Art. 144º Toda falta cometida por motivos doctrinales o morales por los miembros u oficiales de la Congregación será presentada al Consistorio de de manera verbal o escrita para su debida investigación. Las acusaciones o denuncias pueden ser presentadas por cualquier miembro en plena comunión de la Congregación, por los presbíteros, identificándose debidamente y convalidándolas con dos o más testigos. CONCORDANCIA: Est . Art. 24 Inc. e (Denuncia); Regl . Art. 23 Inc. e (de los  privilegios), 82 Inc. e (Denuncia)106 Inc. d, 150 (Investigación).

Actuación frente a casos de apelación Art. 145º Para resolver los casos de apelación los Órganos de Gobierno superiores deberán llamar al Órgano que aplicó la disciplina para establecer con veracidad y prudencia las causas que motivaron dicha disciplina, luego debe dictaminar e informar al Órgano de Gobierno inferior infer ior y al apelante. CONCORDANCIA: Est . Art. 24 Inc. b (Resolución) Regl . Arts.82 Inc. h , 95  Inc. J, 106 Inc. e 150 (Resolución de apelación).

83 En la apelación procede hasta llegar si si fuera posible a la Asamblea General.  

Plazo para apelar Art. 146º El plazo máximo para apelación en todo caso de disciplina es de 30 días a partir de la aplicación de la sanción. La apelación deberá estar sustentada en base a las normas de la IEPRP y con criterio Escritural. CONCORDANCIA: Regl . Art. 143 (Derecho), 149 (Según la norma).

Facultad de la Comisión de Disciplina Art. 147º Todo caso disciplinario que se presente ante cualquiera de los Órganos de Gobierno, sea por queja o apelación, será enviado previamente,  para su investigación y dictamen, a una Comisión de Disciplina Eclesiástica. La Comisión deberá estar constituida por miembros Oficiales que no  pertenezcan al Órgano de Gobierno del cual proviene el caso. CONCORDANCIA: Est . 24s. (Comisión); Regl . Art. 10 Inc. g, 88, 94, 105 Inc. b (Comisión temporal).

El órgano autorizado de anunciar la disciplina Art. 148º El Consistorio o el Presbiterio, según sea el caso son los únicos autorizados para anunciar la disciplina impuesta a cualquier miembro u Oficial de la Congregación, en e n un Servicio de Adoración público. De la misma manera se anunciará las medidas de restauración correspondientes. CONCORDANCIA:  Regl . Art. 64 Inc. i, 82 Inc. d, 106 Inc. d, o, 139(Competencia).

El libro de disciplina eclesiástica r estauración, Art. 149º Los grados de disciplina, el proceso disciplinario y de restauración, así como los fundamentos y otros detalles referentes a la disciplina en la IEPRP,, están establecidos en IEPRP e n el Libro de Disciplina Eclesiástica. 84 Cuando un órgano aplica mal la disciplina Art. 150º Si un Órgano de Gobierno aplicó mal la medida disciplinaria o cometió prevaricato, entonces la Comisión de Disciplina deberá investigar e informar al Órgano inmediato superior para su censura. CONCORDANCIA:  Est . Art. 24 Inc. b, e (Resolución y censura);  Regl .  Arts.82 Inc. h , 95 Inc. J, 106 Inc. e 150 (Resolución de apelación). 84 El libro de Disciplina eclesiástica eclesiástica aun no se ha editado en el Perú. Perú.  

DE LOS BIENES Del patrimonio Art. 151º El patrimonio social de la IEPRP está constituido por: a. Los biene bieness muebles muebles e inmuebl inmuebles es que actual actualmen mente te son de su propie propiedad dad,, así como aquellos que adquiera a futuro para el cabal cumplimiento de sus fines y objetivos.  b. Las apo aporta rtacion ciones es ord ordina inarias rias y ext extraor raordin dinari arias as de sus mie miembr mbros. os. c. Las subven subvencio ciones, nes, donaci donacione ones, s, herencia herenciass y leg legados ados y cualqui cualquier er otro aporte a favor de la institución efectuado por personas naturales o  jurídi  jur ídicas, cas, públ pública icass o privad privadas as del del País País o del extr extranj anjero, ero, sean sean muebl muebles es o inmuebles. d. Los fondos fondos proven provenient ientes es de cooperació cooperaciónn internaci internaciona onal.l. e. Las transf transferen erencias cias que que pueda recibi recibirr de entidades entidades simil similares ares.. CONCORDANCIA: Est . Art.6 Inc. h, m, 30 (Patrimonio);  Reg  Regl  l . Arts.48, 49 (Patrimonio).

Las aportaciones Art. 152º Las aportaciones de los Miembros son: a. Cad Cadaa Congreg Congregació aciónn aporta aporta el 2.5% 2.5% del total total de sus ingres ingresos os al Fondo Fondo de su Presbiterio Presbiterio y el 2.5% al Fondo Central. Central. El envío al Fondo Central se hace a través de su respectivo Presbiterio.  b. Cad Cadaa Pre Presbi sbiteri terioo apo aporta rta el 2.5 2.5% % del tot total al de sus ing ingreso resoss al Fon Fondo do Sinodal y el 2.5% al Fondo Central, depositándolo a sus respectivas cuentas. c. Las aportaciones aportaciones de las Congregaci Congregaciones ones y de los Presbiteri Presbiterios os se deben hacer en forma mensual. CONCORDANCIA: Est . Art.14 Inc. c, (Aporte);  Reg  Regl  l . Arts.24 Inc. e, (Aporte).

Origen y destino de los fondos Art. 153º El Fondo de las Congregaciones está constituido por: a. Los di diezmos y las of ofrendas  b. Don Donacio aciones nes y prim primici icias as c. Otros po posibles in ingresos Los recursos congregacionales están destinados a: 1. La Lass remu remuner neraci acion ones es de de su pa past stor or o pas pasto tores res y/ y/oo pred predica icado dores res  

2. 3. 4. 5. 6. 7.

Remuneración de algún otro personal rentado Pago Pa go de de bene benefic ficio ioss socia sociale less y de los los imp impue uest stos os,, de acue acuerdo rdo a las las leye leyess vigentes Evangel eliiza zacción y diaco connía Becas Be cas par parci ciale aless para para sus sus estu estudi dian antes tes en en Semi Semina nari rios os o Inst Instit itut utos os  pres  pr esbi bite teri riale ales, s, se segú gúnn la lass po posi sibi bili lida dades des.. Ejec Ej ecuc uciión de de gast gastos os pre presu supu pues esttad ados os.. Contribució Contr ibuciónn a los fondos del Presbiterio y de la IEPRP.

CONCORDANCIA: Es  Est  t . Art.14 Inc. c, (Aporte (Aporte); );  Re  Regl  gl . Arts.24 Inc. e, (Aporte (Aporte); );  Est.t. Ar  Es Art.t.66 Inc Inc.. h, m, 30 (P (Pat atri rimo moni nio) o);;  Re  Regl  gl . Arts.48, 49, 152Inc. a (Patrimonio), 10 Inc. c (Presupue (Presupuesto). sto).

Origen y destino del fondo presbiterial Art. 154º El Fondo Presbiterial está constituido por: a. Las aporta aportacion ciones es del 2.5% de las las Congrega Congregacion ciones es de su jurisdic jurisdicción ción  b. Donaci Donaciones, ones, legados y gerenci gerencias as que pueda recibi recibirr. Los recursos del Presbiterio están destinados a: 1. Ayuda a pastores pastores y/o y/o predicadores, predicadores, cuyas cuyas congregacion congregaciones es no están están todavía en condiciones de cubrir en su s u totalidad. 2. Remu Remunera neración ción de su pers personal onal rentad rentado, o, si lo tuvier tuviera. a. 3. Pago de benefici beneficios os sociales sociales y Seguri Seguridad dad Social Social de acuerdo a ley. ley. 4. Becas parciale parcialess para estudian estudiantes tes de su jurisd jurisdicción icción en los Seminari Seminarios os o Institutos Presbiteriales, según posibilidades. 5. Ejec Ejecució uciónn de gast gastos os presup presupuest uestados ados.. 6. Con Contri tribuci bución ón a los los fondos fondos de su Sín Sínodo odo.. CONCORDANCIA: Est . Art.14 Inc. c, (Aporte);  Regl . Arts.24 Inc. e (Aporte).  Est. Art.6 Inc. h, m, 30 (Patri (Patrimonio monio); ); Regl. Arts.4 Arts.48, 8, 49 (Patri (Patrimoni monio). o).

Administración de los rec recursos ursos del Presbiteri Presbiterioo Art. 155º La administración de los recursos del Presbiterio está a cargo de su Junta Directiva, con cargo a dar cuenta su s u Sínodo y a la Asamblea Asamblea General. CONCORDANCIA: Regl . Arts. 48, 49, 126, 156, 157 (Administración); Est .  Art. 31(Adm 31(Administr inistración) ación).. Administración de los recursos del Sínodo D irectiva. Su empleo Art. 156º El fondo sinodal está administrado por su Junta Directiva. 85 será destinado destinado de acuerdo al criterio del artículo 154 y los numerales del inciso  b del Reglam Reglamento. ento. CONCORDANCIA: Regl . Arts. 48, 49, 126, 155, 157 (Administración);  Est . 31(Administración). 85 Corregido. Decía: Decía: Art. 145  

Administración del fondo Central Art. 157º  El Fondo Central es administrado por el Consejo Directivo, de acuerdo a su Presupuesto aprobado por la Asamblea General. CONCORDANCIA: Est . Art. 31(Administración); Regl . 48, 49, 113, 126, 155, 156, (Administración).

Medidas al incumplimiento de las aportaciones Art. 158º Los Consistorios y Presbiterios que incumplan con sus aportaciones, la instancia de Gobierno inmediato superior tomará las acciones apropiadas, tomando las medidas correctivas para su cumplimiento, en fidelidad a la Palabra del Señor Señor.. 86 CONCORDANCIA:  Regl . Art. Art. 82 Inc. b, e, n, 95 Inc. a, d, 96, 106 Inc. f (Supervisión).

Administración por los diferentes órganos de gobierno Art. 159º Los Bienes muebles e inmuebles que la IEPRP adquiera para el desarrollo de sus funciones, son administrados por los diferentes Órganos de Gobierno y de servicio de sus respectivas jurisdicciones. CONCORDANCIA:  Regl . 48, 49, 88 Inc. c, 126, 155, 156, 157 (Administración); Est . Art. 31(Administración)

Facultades otorgadas al Consejo Directivo Art. 160º La adquisición y/o enajenación de inmuebles, vehículos motorizados, maquinaria, está a cargo del Consejo Directivo, a solicitud de algún Órgano de gobierno, mediante poderes otorgados por la Asamblea General y registrados a nombre de la IEPRP IEPRP.. 87 CONCORDANCIA:  Est . Art. 31(Administración), 28 Inc. i, j, k, l, m. n (Poderes); Regl . Art. 106 Inc. j, 112 Inc. h, (Poderes).

La adquisición de los demás bienes Art. 161º La adquisición y/o enajenación de muebles, herramientas y equipos se hacen a través de los Órganos de Gobierno correspondientes.

86 Los aportes permiten trabajar con eficiencia a los órganos de gobierno de la iglesia. 87 El poder se inscribe en los Registros Registros Públicos Art. 75 del Código Procesal Civil.  

CONCORDANCIA:  Regl . Art. 48, 49, 60, 88 Inc. c, (potestad);  Est . Art. 31(Administración), 28 Inc. i, j, k, l, m. n (Poderes); (Poderes); Regl. Art. 106 Inc. j, 112 112  Inc. h, (Podere (Poderes). s).

Destino del dinero de la venta de los bienes Art. 162º El resultado de la venta de vehículos, maquinaria, equipo, muebles y/o inmuebles será única y exclusivamente para el e l desarrollo de la IEPRP IEPRP.. 88 CONCORDANCIA:  Est . Art. 32 (Destino del dinero);  Regl . Art. (Prohibido distribuirse).

164

La administración de los bienes a cargo de la Sindicatura de B Y F Art. 163º La administración de los bienes patrimoniales de la IEPRP está a cargo de la Comisión de Sindicatura de Bienes. 89 CONCORDANCIA:  Re  Regl  gl . Art. 31(Administración).

126 (Administración);  Es  Est  t . Art.

Prohibición de distribuirse los bienes Prohibición Art. 164º De ningún modo los bienes patrimoniales podrán ser distribuidos entre sus Miembros, ni entre los Órganos de Gobierno, ni en sus comisiones, en forma directa o indirecta. CONCORDANCIA:  Est . Art. 32 (Prohibido distribuirse);  Regl . Art. 162 (Destino del diner dinero). o).

DE LA MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO Y REGLAMENTO GENERAL Propuesta por tres miembros pue de Art. 165º La propuesta de modificación del Estatuto y del Reglamento, puede ser planteada por tres miembros de la IEPRP I EPRP,, en concordancia con el Art. 36 del Estatuto. La propuesta será presentada al Consejo Directivo, quien lo circulará a todos los miembros para que se pronuncien. De acuerdo a los resultados, si hay mayoría, el Consejo Directivo Dire ctivo lo elevará a la Asamblea para su final discusión y aprobación. 88 Nadie puede aprovecharse de los bienes de la iglesia. 89 Falta constituir esta esta Comisión, o eliminarla del Reglamento.  

CONCORDANCIA: Est . Arts. 36-38 (Propuesta de modificación), 24 Inc. i (Potestad);  Regl . Art. 166 (Aprobación de los dos ter tercios), cios), 106 Inc. k (Potestad).

La aprobación de los dos tercios Art. 166º La modificación parcial o total del Estatuto y Reglamento debe tener la aprobación aprobación de las las dos terceras terceras partes partes de los Miembros Miembros de de la IEPRP, IEPRP,90 acuerdo que se tomará en una Asamblea General extraordinaria. Se tiene entendido que no son modificables los Títulos II y III del Estatuto. 91 CONCORDANCIA:  Est . Arts. 36-38 (Procedimiento), 24 Inc. i (Potestad);  Regl . Art. 165 (Propuesta), 106 Inc. k (Potestad).

DE LA DISOLUCIÓN DE LA IEPRP Y DESTINO DE SUS BIENES. Causales de disolución Art. 167º La Iglesia como cuerpo de Cristo no esta sujeta a disolución por mandato de poder civil alguno. Sin embargo, la IEPRP como institución civil está sujeta a cambios, pudiendo disolverse por propia iniciativa o por otras circunstancias como: a. Por fusión con otra Iglesi Iglesiaa Presbiter Presbiteriana iana y/o Reform Reformada ada  b. Por razones de persecución política o eclesiástica. CONCORDANCIA: Est . Arts.37, 38, 39, 40, 24 Inc. j, (Disolución);  Regl .  Arts. 168-171 106 Inc. n, (Proced (Procedimiento). imiento).

Se decidirá en una Asamblea Asamblea General Extraordinaria Art. 168º Para la disolución de la IEPRP se requiere de una Asamblea General Extraordinaria convocada para este fin. CONCORDANCIA: Est . Arts. 37, 37, 38, 39, 40, 24 Inc. j, (Disolución);  Regl .  Arts. 168-171 106 Inc. n, (Proce (Procedimiento). dimiento). 90 Más del 66% de la membresía. 91 La aprobación de modificación según el Estatuto requiere el 10 % de miembros (Art. 38). Falta corregir esta diferencia.  

Propiedad del patrimonio resultante Art. 169º En caso de unificación o fusión el patrimonio de la IEPRP será de uso y propiedad de la nueva Iglesia unificada o fusionada. CONCORDANCIA: Est . Art. 32, 40 (Destino del patrimonio); Regl . Art. 164 (Prohibido distribuirse).

En casos de persecución del Estado persec ución la IEPRP no pudiera funcionar normal Art. 170º Si por razones de persecución y legalmente, podrá pasar a una vida de clandestinidad, manteniendo su espíritu de unidad como cuerpo de Cristo y cultivando una organización  básica, hasta cuando pueda volver a su normalidad. Cuando las circunstancias permitan que vuelva a la normalidad legal, hará todas las gestiones necesarias ante los poderes públicos u otras, para la recuperación de sus bienes patrimoniales. CONCORDANCIA: Est . Arts. 2, 14 Inc. h, e, 24 Inc. l (Institución (I nstitución de origen divino); Regl . Art. 106 Inc. l (T (Toma oma de decision decisiones). es).

Los bienes se entregarán a otra entidad similar Art. 171º En caso de disolución por cualquier otra causa, se seguirá el mismo  procedimiento que para la unificación, salvo impedimento insalvable. Los  bienes patrimoniales se entregarán a otra entidad nacional que profese similares principios y fines doctrinales a criterio de la Asamblea General Extraordinaria, previa liquidación de sus obligaciones pendientes. CONCORDANCIA: Regl . Art. Art. 169 (Propiedad (Propiedad de la nueva entidad). Est . Art. 40 (Destino del patrimonio).

Causales para cerrar un programa de servicio Art. 172º La IEPRP podrá cerrar cualquier programa creado para fines de servicio, por las siguientes razones: a. Cua Cuando ndo el el tiempo tiempo prog program ramado ado se se haya haya cumpli cumplido. do.  b. Por falta de recursos económicos. c. Por haber haber infringid infringidoo las normas normas bíblico bíblico-teoló -teológicas gicas de de la IEPRP IEPRP.. d. Po Porr razo razone ness de índ índol olee lega legal. l. e. Por mal testimo testimonio nio intern internoo y externo externo que afecten la vida vida normal normal de la Iglesia f. Cua Cuando ndo inc incump umplan lan los fine finess para para los cual cuales es fue fue creado creado.. CONCORDANCIA: Est . Art. 24 (Potestad) Regl . Art.106 (Potestad).  

Administración de los bienes producto del cierre Art. 173º Los bienes que quedaran después de haber cerrado el Programa serán administrados por la misma IEPRP a través de sus Órganos de Gobierno o de la Comisión de Sindicatura de Bienes, 92 según acuerdo de la Asamblea General. CONCORDANCIA:  Regl . Art. 126, 159 (Administración);  Est . Art. 31(Administración).

DISPOSICIONES GENERALES Nulidad de actos Art. 174º Todo acto de una Asamblea General de cualquier Órgano de Gobierno o Comisiones, realizada en contra del Estatuto, Reglamento, Bases Doctrinales, Libros de Disciplina Eclesiástica, Libro de Fórmulas y Libro de Adoración Pública, será declarado nulo. 93 CONCORDANCIA:  Est . Art. 25, 175(Nulidad).

41, 43(Nulidad)  Regl . Art. 13. 108,

Orden de acatar la resolución del Órgano superior Art. 175º La nulidad de un acto al que se refiere el artículo anterior podrá ser solicitada ante un Órgano de Gobierno superior, por un miembro en plena comunión o por un Órgano de Gobierno que haya notado la violación de las normas o libros señalados. Si la solicitud es fundada, el Órgano de Gobierno declarará nulo dicho acto comunicando por escrito a la l a instancia infractora, ésta deberá acatar la declaración de nulidad y procederá a su rectificación comunicando al Órgano de d e Gobierno superior super ior.. 92 Ver nota del Art. 163 93 La nulidad es declarada por la autoridad eclesiástica correspondiente con resolución debidamente motivada (Explica porqué está declarando la nulidad)  

Si la instancia infractora no rectifica sus actos, será llamada por el Órgano de Gobierno superior, quien en una actitud pastoral, le explicará la medida tomada tratando de persuadirla, buscando juntos en un espíritu de fraternidad cristiana la rectificación para el bien del cuerpo de Cristo. Si la instancia infractora se negara persistentemente a rectificar sus actos, se procederá a la aplicación de las normas disciplinarias establecidas en el Estatuto y el Reglamento, y si la naturaleza del caso lo amerita quedará sin derecho al uso de los bienes patrimoniales de la IEPRP. IEPRP.

CONCORDANCIA:  Est . Art. 25, 41, 43 (Nulidad)  Regl . Art. 108, 174 (Nulidad). 106 Inc. o, 150 (Respeto a la disciplina).

Resoluciones que formarán la jurisprudenci jurisprudenciaa Art. 176º Todo vació legal del Estatuto y Reglamento, deberá ser resuelto por la Asamblea General. Los acuerdos tomados pasarán a formar parte de la Jurisprudencia 94 de la IEPRP IEPRP,, y, y, por lo tanto, formarán parte del Reglamento. CONCORDANCIA: Est . Art. 24 Inc. l (Resolución), 42 (jurisprudencia) Regl .  Art. 106 Inc. l, (Resolución).

Necesidad de una reglamen reglamentación tación interna 177º Los Sínodos, Presbiterios, Consistorios y Comisiones Permanentes deben establecer sus reglamentos internos de acuerdo a sus necesidades, pero sin contravenir al a l Estatuto y Reglamento de la IEPRP IEPRP.. CONCORDANCIA: Est . Art. 24 Inc. l (Jerar (Jerarquía) quía) Regl . Art. 13 (Jerar (Jerarquía). quía).

Obligación de contar con un ejemplar del Estatuto y Reglamento Art. 178º Todos los Órganos de Gobierno, Consejo Directivo y Comisiones nacionales, sinodales, presbiteriales y consistoriales, y en general los miembros de las Congregaciones, deberán tener obligatoriamente copias del Estatuto y Reglamento de la IEPRP IEPRP,, conocerlos y aplicarlos adecuadamente en el desempeño de sus funciones. CONCORDANCIA: Est . Art.1, (Estatuto); Regl . Art. 1 (Reglamento).

94 Jurisprudencia.- Sentencia emitida emitida por un órgano de gobierno superior (Asamblea General o Sínodo) que sirve para ilustrar y aplicar aplicar en otros casos similares. similares.  

                   1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14.. 14 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33.

Administr Admini straci ación: ón: Est Est.. 31. Reg Regl.4 l.48, 8, 49, 88c 88c,, 113, 126 126,, 155 155,, 156 156.. Anciano: Re Regl. 42 42-45 Apelac Ape lación ión:: Est. Est. 24b. 24b. Reg Regl.l. 82h, 82h, 95j 95j,, 106 106 e, 145, 145, 146 146,, 150. 150. Asambl Asa mblea: ea: Est Est.. 19-2 19-25. 5. Reg Regl.l. 10, 10, 83, 92, 9797-109 109.. Númer Núm eroo de de Asam Asamble bleas: as: Est Est.. 22. 22. Regl Regl.83 .83,, 92, 92, 100 Asociación. Est. 7  Baut Ba utis ismo mo:: Reg Regl. l. 20 20a, a, 24 24g, g, 64 64g, g, j, 74 Benefi Ben eficio cioss soci sociale ales. s. Reg Regl.l. 7, 38, 42, 64m 64m,, 153 153 Bienes Bie nes:: Est. Est. 14c 14c Regl Regl.. 24e, 24e, 126, 126, 127 127,, 155, 155, 156. 156. Est Est.. 31 Comisión. Comi sión. Est. 24s. 24s.Regl. Regl. 10g, 88, 105,1 105,109, 09, 116-12 16-127. 7. Condic Con dicion iones: es: Reg Regl.l. 33, 33, 44 44 Congr Con grega egació ción: n: Regl. Regl. 32, 32, 15. 15. Consejo Dire Directivo: ctivo: Est. 26-29. Regl. 54, 84, 110-1 10-114. 14. Cons Co nsis isto tori rioo Regl. Regl. 7a, 60, 61. Convenio Conv enios: s: Est. 6d. 24d. 24d.33-35 33-35.. Regl Regl.82b .82b,, 86, 112e, 131-1 131-138 38 Crede Cr edenci ncial: al: Reg Regl.l. 80, 95 e. Debere Debe res: s: Regl. Regl. 24, 45, 55. Est. 14 Defini Def inició ción: n: Est Est.. 1; Reg Regl.l. 1. Delegado Dele gado:: Est. 8. Regl. 43, 52, 62,75 62,75,, 78, 90, 99. Derech Der echos: os: Est. Est. 13. 13. Regl. Regl. 25. 25. Desacuer Desa cuerdos: dos: Est. Est. 25Regl. 25Regl. 50, 69, 69, 71, 72 Diácon Diá cono: o: Reg Regl.l. 4646-51. 51. Disciplin Disc iplina: a: Est. 16, 17, 24e, o, q 43. Regl. Regl.64i, 64i, 82d, 106d, o, 139-1 139-150 50 Elección: Elec ción: Regl. 10, 29, 29, 37, 43, 47, 47, 52, 84, 93. 93. Facultade Facu ltades. s. Est. Est. Art. Art. 24. Regl.10 Regl.10,, 64, 82, 82, 95, 106, 106, 113, 113, 122, 122, 125. 125. Fusión: Fusi ón: Est. Est. 6d. 24d.3 24d.33-35. 3-35. Regl. 132, 167, 167, 169. 169. Informes: Info rmes: Regl. 51, 66, 66, 82k, 82k, 85. Est. Est. 28c. 28c. Jerarq Jera rquía: uía: Regl. Regl. 57, 57, 65, 82, 89 Inc. k, l  Jurisprud Juri sprudencia encia.. Est. Est. 42, Regl. 176 Limita Lim itació ción: n: Reg Regl.l. 53. Mesa Dir Directi ectiva. va. Est. Est. 22, 22, Regl. Regl. 12, 12, 102. 102. Miembr Mie mbros: os: Est Est.. 7; Reg Regl.l. 3, 20. Mision Mis ioner ero: o: Reg Regl.l. 36   

34. 35.. 35 36. 37. 38. 39. 40. 41. 42. 43. 44. 45. 46. 47. 48. 49.. 49 50. 51. 52. 53. 54. 55. 56. 57. 58. 59.. 59 60.

Modificación. Modificac ión. Est. 3638 3638.. Regl. Regl. 106 k  Niño Ni ños: s: Re Regl gl.. 21 21.. Nulidad Nuli dad de de los acuer acuerdos: dos: Est. 25, 41, 43, 43, Regl. Regl. 13. 13. 108. 175. Obligació Obli gación. n. Est. Est. 14; Regl Regl.. 87, 87, 96, 96, Obraa nuev Obr nueva. a. Est Est.. 6c 6c Regl Regl.. 4, 4, 16, 16, 17, Ordena Or denación: ción: Regl Regl.. 38. 39, 43, 82. Órgano Ór gano de de gobierno: gobierno: Regl. Regl. 52, 53, 53, 58, 60, 60, 75, 82, 89, 89, 97. Pastor Pas tor:: Regl Regl.. 10, 10, 3232-42 42 Patrimoni Patr imonio: o: Regl. Regl. 24e, 24e, 126, 127, 127, 155, 155, 156. 156. Est. 31 31 Período de Gobierno. Gobierno. Est. Est. Art. 26, Regl. 84, 84, 93, 111, 121, 124, 127. 127. Plazos Plaz os de convo convocator catoria: ia: Regl. Regl. 9, 92, 92, 100 Presbít Pr esbíter ero: o: Regl Regl.. 43, 43, 44, 60. Preside Pr esidente, nte, ViceVice- Pte.: Pte.: Est. 28. Regl. Regl. 14, 113a. 113a. Privil Pri vilegi egio: o: Reg Regl.l. 23. Person Per sona: a: Est Est.. 7,9 7,9,10 ,10.. Plan Pl an:: Reg Regl. l. 8, 8, 10b 10b.. Quórum. Quór um. Est. 23, 29. Regl. 11, 63, 81, 101. Represen Repr esentació tación. n. Est. Est. 8. Regl. Regl. 75, 90, 90, 99. Reelección: Est. Art. 26, Regl. Art. 84, 93, 93, 11 111, 121, 124. 124. Requisito Requ isito:: Est. 9,10 9,10,, Regl Regl.. 30, 77. Revoca Rev ocator toria: ia: Reg Regl.l. 28, 28, 42 42 Remune Rem unerac ración ión:: Regl. Regl. 64m, 64m, 42d  42d  Sanciones Sanc iones.. Est. 16, 17, 24e, o, q 43 Secretario: Secr etario: Est.28ª. Regl. 84, 93, 93, 96, 111, 113, 113, 55. 55. Servicio: Serv icio: Regl. 54, 56, 92, 103. 104. Supe Su peri rior or:: Reg Regl. l. 58 Tesor esorer ero: o: Est. 28. 28. Regl. Regl. 113. 113.

 

         De La Denominación, Duración Y Domicilio Declaración De Principios Del Fin Principal De Los Miembros De Los Órganos Directivos De La Asamblea General Consejo Directivo Del Presidente Del Vicepresidente Del Secretario Del Tesorero Del Vocal TITULO VIII Del Patrimonio De Las Relaciones Y Convenios TITULO IX De La Modificación Del Estatuto TITULO X De La Disolución De La IEPRP Y Destino Del Patrimonio TITULO XI TITULO XII Disposiciones Generales

07 07 09 11 15 15 18 19 20 21 21 22 22 23 24 26 26

Capítulo I Capítulo II Cap apít ítul uloo II IIII Capítulo IV Capítulo V Capítulo VI Cap apít ítul uloo VI VIII Cap apít ítul uloo VI VIII II Capítulo IX Capítulo X Capítulo XI Cap apít ítul uloo XI XIII Cap apít ítul uloo XI XIII II Capítulo XIV Capítulo XV Capítulo XVI

29 29 34 35 36 39 40 44 45 47 50 54 59 61 66 69 70 71 72 73 73 75 78 81 82 84

TÍTULO TITU TI TULO LO TITU TI TULO LO TITU TI TULO LO TITULO TITU TI TULO LO TITU TI TULO LO

I II II IV V VI VIII VI

De la iglesia, naturaleza y extensión De las congregaciones locales De las obras de extensión misionera De los miembros en plena comunión de las congregaciones De los privilegios y deberes de los miembros en plena comunión De los oficiales de las congregaciones De los presbíteros docentes o pastores de las congregaciones De los presbíteros gobernantes de las congregaciones De los diáconos de las congregaciones Del gobierno de la iglesia Del consistorio Del presbiterio Del sínodo De la Asamblea General Del consejo directivo De las comisiones eclesiásticas De la Comisión de Misión y Evangelización De la Comisión de Educación Cristiana De la Comisión de sindicatura de bienes De la Comisión pastoral Capítulo XVII De las Relaciones y Convenios Capítulo XVIII De la disciplina eclesiástica Capítulo XIX De los bienes Capítulo XX De la modificación del Estatuto y Reglamento General Capítulo XXI De la disolución de la IEPRP y destino de sus bienes. Capítulo XXII Disposiciones generales  

Este libro se termino de imprimir en los talleres gráficos de Editorial La Luz en el mes de Abril de 2008 la edición consta de 1.000 ejemplares  R.U.C. 1010632150 / Telf.:5430313 Telf.:5430313 LIMA - PERU

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