ESTATUTO DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE BASE

September 13, 2017 | Author: Ervin Rojas | Category: Elections, Quorum, Banks, Accounting, Politics
Share Embed Donate


Short Description

Download ESTATUTO DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE BASE...

Description

ESTATUTO DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE BASE (O.T.B) “BARRIO LAS LOMAS” TITULO 1 NATURALEZA, FINES Y DOMICILIO CAPITULO 1

Art. 1.- la Organización Territorial de Base (O.T.B) Barrio Las Lomas se organiza para los derechos e intereses de los pobladores del mismo, organizado en Barrio y utilizaran como sigla O.T.B. Art. 2.- La O.T.B. del barrio propone alcanzar un desarrollo, que se busque la dignidad institucional de los vecinos mejores formas de convivencia, que permita superar el olvido de las zonas urbanas, que constituyen los grandes sectores de la ciudad. Art. 3.- La O.T.B. barrio Las Lomas es un organismo cívico popular, patriótico y apartidista al servicio de sus vecinos a) Cívico popular, porque nuestra actividad esta destinada al servicio de los depósitos y clase media, que son la mayoría del país. b) Patriótico, porque anima el supremo interés de la patria. c) Apartidista, porque mantiene su independencia organica y no responde a ningún interés de partido político o gremio. Art. 4.- La O.T.B. barrio Las Lomas sostiene que la libertad de pensamiento y expresión como la más digna de las actividades humanas y afirma que su práctica es suprema virtud de la democracia. Art. 5.- Para lograr el progreso del barrio y su desarrollo no renunciara a ningún mecanismo y medio de lucha y disposiciones legales. Art. 6.- La acción cívica y su libre ejercicio que se promueve, constituyen los legítimos derechos de las personas y los barrios comprometiendo su acción solidaria de mutua defensa y protección común. Art. 7.- La O.T.B. del barrio emerge de sus vecinos de interés y derecho pretérito y que tiene similares y cuyo aporte económico social, cultural y espiritual es innegable.

CAPITULO II FINES Y OBJETIVOS Art. 8.- Fortalecer la conciencia cívica y patriótica del pueblo a través de conferencias, cursillos, talleres, jornadas, seminarios, priorizando a los pobladores del barrio y sus familiares. Art. 9.- Impulsar las manifestaciones sociales, culturales y deportivas a todo nivel para lograr el crecimiento de los valores mediante la organización de la comunidad y responder a las exigencias del desarrollo de nuestro barrio. Art. 10.- Velar por la acción del gobierno sobre en común todo unitario y coherente en beneficio de toda la sociedad, desterrando para siempre el marginamiento de liberal o incoherente en regiones, sector sociales con el fin de eliminar el regionalismo. Art. 11.- Cuidar y fortalecer la inquebrantable solidaridad de nuestra O.T.B tomando en cuenta y conciencia de lucha por los siguientes objetivos: a) Defender la ecología, los recursos naturales y proteger el medio ambiente b) Defender la economía popular y justicia social c) Defender la moralidad y la honestidad funcionaria para evitar la corrupción de la administración publica. d) Impulsar el encuentro con organizaciones similares para cumplir con los objetivos propuestos por nuestra OTB.

TITULO II DE SU ESCRITURA, EXISTENCIA Y FUNCIONAMIENTO CAPITULO I NOMBRE, DOMICILIO Y REPRESENTACION

Art. 12.- La O.T.B. del barrio, ha sido fundado el 12 de septiembre de 1997, en esta ciudad de Montero, bajo el auspicio del comité de Vigilancia. Art. 13.- El domicilio permanente es en el Barrio Las Lomas, de esta ciudad de Montero capital de la provincia Obispo Santistevan, lado este de la ciudad. Art. 14.- Para los efectos legales estarán representada por el presidente o presidenta de la OTB y miembro del directorio de acuerdo a la cartera que desempeñan.

CAPITULO II ORGANISMO Y ATRIBUCIONES Art. 15.- La OTB del barrio por orden de jerarquía tiene los organismos siguientes: a) Asamblea del barrio, como máxima autoridad, que serán los espacios deliberativos y de toma de decisiones. b) Directorio de la OTB Art. 16.- La Asamblea del barrio se realizara, ordinariamente, cada dos meses y extraordinariamente, cuantas veces sea necesario. Art. 17.- La Asamblea del barrio se realizara extraordinariamente convocada por el directorio, o a solicitud de uno o más de sus vecinos, fijando temario fecha y sede, bajo su propia dirección. Art. 18.- El directorio de la OTB, debe reunirse una vez a la semana y cuantas veces sea necesario. Art. 19.- La asamblea del barrio, es el máximo organismo de la OTB y sus atribuciones son: a) Proponer, revisar y aprobar la declaración constitutiva de sus vecinos b) Proponer y revisar, reformas y aprobar su estatuto y reglamento. c) Identificar las necesidades del barrio, priorizar sus demandas, elaborar participativamente, su plan operativo anual (POA) coherente a los objetivos generales de la OTB. d) Encargado de levantar un inventario de cada gestión e) Fijar fecha y sede para las asambleas del barrio f) Crear comisiones de trabajo de acuerdo a requerimientos institucionales g) Aceptar donaciones incondicionales, conferir, recibir honores y distinciones. h) Analizar y fijar el presupuesto de la OTB. Art. 20.- La Asamblea del barrio esta constituido por: a) Los miembros fundadores con derecho a vos y voto de acuerdo al documento histórico del acto de fundación b) El directorio de la OTB c) Los vecinos de viven en el barrio d) Invitados especiales solo con derecho a voz Art. 21.- El barrio se organiza de acuerdo a las siguientes normas: a) Se elegirá a miembros del directorio de la OTB, el mismo que esta conformado por el presidente y vicepresidente, un secretario general, un secretario de Actas, un Secretario de Hacienda, un Secretario de Conflictos, un Secretario de Salud, un Secretario de Deporte y 3 vocales.

b) Se organizara comisiones de trabajo de acuerdo al temario de las convocatorias de instituciones u organizaciones. Art. 22.- Los afiliados a la OTB deberán aportar económicamente en forma mensual para el mantenimiento de su oficina de acuerdo a su monto fijado en una asamblea general.

CAPITULO III DE SUS VECINOS

Art. 23.- Los vecinos a la OTB son los vecinos del barrio. Sin ninguna distinción de cobros políticos, ni credo religioso o posición social con derecho y obligaciones mancomunadas. Art. 24.- Los vecinos de la OTB que no cumplieran con sus obligaciones y el presente estatuto, no recibirán los beneficios logrado por la OTB.

CAPITULO IV DE SU ORGANISMO

Art. 25.- La OTB como entidad social esta organizada en base a los vecinos, cuyas funciones y atribuciones se sujetaran al presente estatuto. Y dirigida por un cuerpo directivo compuesto de la siguiente forma: -

PRESIDENTE

-

VICEPRESIDENTE

-

UN SECRETARIO GENERAL

-

UN SECRETARIO DE ACTAS

-

UN SECRETARIO DE HACIENDA

-

UN SECRETARIO DE CONFLICTOS

-

UN SECRETARIO DE SALUD

-

UN SECRETARIO DE DEPORTE Y CULTURA

-

TRES VOCALES

c) Colaborar al presidente en los trabajos encomendados. Art. 31.- Son atribuciones del secretario general: a) Citar a todas las reuniones ordinarias del directorio b) Llevar la correspondencia oficial de la OTB c) Presentar y remitir informaciones sobre los actos de la junta conjuntamente con el presidente d) Firmar las correspondencias juntamente con el presidente Art. 32.- Son atribuciones del secretario de actas: a) Redactar las actas de las reuniones del directorio de la junta vecinal b) Controlar la asistencia de los miembros del directorio de la OTB llamar lista para establecer quorum c) Organizar y conservar el archivo a su cargo, bajo su responsabilidad Art. 33.- Son atribuciones del secretario de hacienda: a) Reanudar y admitir los recursos económicos de la organización juntamente con el presidente. b) Llevar la respectiva contabilidad documentada en caso de ser elevada a suma de dinero, depositar en una cuenta corriente o de ahorro en un banco, a nombre de OTB, con registro de firma del presidente. c) Intervenir en los manejos económicos, previa orden del presidente d) Retirar fondos del banco con la firma del presidente a su cargo e) Presentar un balance general en forma semestral realizadas en asamblea ordinaria, también es el encargado de presentar informe general o económico de la gestión del directorio saliente, ante una asamblea del barrio, antes de dar posesión del nuevo directorio del barrio de la OTB acompañado el archivo mediante acta suscrita. f) Los gastos mayores a los 1000.- Bs. (un mil 00/100 Bolivianos) g) Disponer de la caja chica para gastos menores, previo conocimiento y visto bueno del presidente. Art. 34.- son atribuciones del secretario de conflictos: a) Coordinar con el presidente en los problemas o conflictos que surjan entre los vecinos o de estos con organismos estatales o privados b) Participar en las comisiones para la solución de diversos problemas Art. 35.- Son atribuciones del secretario de salud y beneficencia: a) Buscar y proponer soluciones para mejorar las condiciones de vida y salud del barrio y sus vecinos. b) Organizar comités de salud a cargo de la organización

c) Asistir a eventos sobre problemas de salud en representación de la organización conjuntamente con el presidente. Art. 36.- Son atribuciones del secretario de deporte y cultura: a) Promover concursos literario, artístico para incentivar los valores humanos b) Colaborar al secretario de prensa y propaganda en caso de entrevista o publicaciones c) Elaborar y firmar documento conjuntamente con el presidente para las fiestas cívicas de la comunidad d) Llevar cronológicamente el historial de la OTB

Art. 37.- Son atribuciones de los vocales: a) Cumplir con los trabajos que le asigna la Directiva o la asamblea b) Citar para las reuniones y otras actividades c) Suplir en los cargos que quedan vacantes (vacios) Art. 38.- La directiva de la OTB adoptara soluciones con la concurrencia de la mayoría de sus miembros Art. 39.- En caso de inasistencia del presidente y vicepresidente nombraran un presidente interino solo para esa reunión. Art. 40.- Las secciones se llevaran a cabo con la presencia de la mitad mas uno de sus miembros vecinos que es lo necesario para establecer quorum. Art. 41.- Son representantes natos con derecho a vos y voto todos los vecinos

CAPITULO VII DE LAS DISPOSICIONES

Art. 42.- Los miembros del directorio de la OTB afiliada a FEJUVE no están obligados a renunciar a su cargo para ocupar una cartera en la directiva de FEJUVE Art. 43.- El presente estatuto podrá ser revisado, modificado o reformado total o parcialmente petición escrita del 50% mas uno de la OTB del barrio Art. 44.- Dentro del directorio de la OTB nos e admitirán parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad

Art. 45.- Obligaciones de todos los miembros del directorio de la OTB es de cumplir el presente estatuto orgánico. Art. 46.- Se deberá considerar la participación activa de las mujeres y la juventud en las directivas de la OTB y la federación matriz FEJUVE Art. 47.- El presente estatuto organico firmado por los miembros de la directiva de la OTB y el presidente, tiene todo el valor legal no solo para nuestra organización, también en nuestra relación con las otras instituciones publicas y privadas.

Art. 48.- Ningún miembro de la OTB podrá servirse de nuestra organización para fines de lucro personal y de grupo. El presente estatuto orgánico de la OTB ha sido considerado y aprobado por unanimidad por la asamblea general ordinaria realizada en esta OTB Barrio Las Lomas de la ciudad de Montero el 10 de junio del 2013, en consecuencia el presente estatuto orgánico está en vigencia.

DIRECTORIO OTB BARRIO LAS LOMAS

Presidenta

Secretario de Hacienda

Vicepresidente

Vocal

Secretario de Actas

REGLAMENTO INTERNO DE LA O.T.B. LAS LOMAS

TITULO I DE SU APLICACIÓN

Art. 1.- El presente reglamento o interno se aplicara a todos los vecinos y dirigentes de la organización territoriales de base (OTB) el barrio La Lomas, de manera obligatoria y sin ninguna excepción. TITULO II CAPITULO I DE LOS AFILIADOS

Art. 2.- Son todos los vecinos que viven en el Barrio Las Lomas, sean propietarios, inquilinos, caseros.

CAPITULO II DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES Art. 3.- Son derechos de los afiliados los siguientes: a) Expresar libremente sus ideas y opiniones en la Asamblea Generales o reuniones, en la que ejercerán su derecho a voz y voto. b) Solicitar que el Directorio de la OTB informe sobre todas las actividades que realizan en representación de la institución y la que realizan los dirigentes en el ejercicio de su cargo c) Conocer de los ingresos y egresos que administra la Directiva de la OTB conjuntamente con el Comité de Fondo Comunitario. d) Controlar la ejecución de obras que se realiza en su manzano, calle y el barrio, tanto en lo físico como social de los diferentes proyectos que se ejecutaran para beneficiar a la zona e) Elegir y ser elegido para ocupar cargos como dirigentes del barrio f) A ser tratado con consideración y respeto por los dirigentes, vecinos y autoridades. Art. 4.- Las obligaciones de los afiliados son las siguientes: a) Cumplir lo establecido en el Estatuto y Reglamento Interno de la OTB b) Asistir a la Asamblea Generales y reuniones convocadas por la OTB en estado sobrio c) Aclarar las resoluciones y acuerdos de las Asambleas y reuniones

d) Participar activamente en todas las acciones comunales o campaña de limpieza e) Apoyar y cooperar en todas las actividades y tareas que realizan los dirigentes de la OTB y los miembros de los diversos comités y comisiones. f) Cumplir puntualmente con los aportes mensuales g) Demostrar consecuencia y lealtad hacia la institucionalidad de la OTB sus acuerdos y su dirigencia h) Tratar con respeto a los dirigentes, vecinos, autoridades e invitados que visitan nuestro barrio.

TITULO III DEL DIRECTORIO DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE BASE (OTB)

CAPITULO DE LAS ATRIBUCIONES DEL DIRECTORIO DE LA OTB

Art. 5.- Las atribuciones del Directorio de la OTB el Barrio Las Lomas, son: a) Representar a la OTB y a los vecinos del Barrio Las Lomas, ante las instituciones públicas y privadas b) Administrar y fiscalizar los recursos económicos de la OTB conjuntamente con el tesoro de la organización c) Defender permanentemente los intereses de la OTB d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y resoluciones de la Asambleas Generales, reuniones del Directorio de la OTB de los comités y comisiones bajo la jurisdicción de la OTB. e) Ejecutar el plan de trabajo propuesto en las elecciones, vigilar que cada secretaria cumpla eficientemente con sus responsabilidades. f) Elaborar un diagnóstico del barrio en cuanto a sus necesidades, enumerándola por propiedades g) Velar por el buen funcionamiento de los proyectos que el barrio es beneficiario, ejerciendo un permanente seguimiento, apoyo y control de su ejecución. h) Administrar, conservar e incrementar el patrimonio de la OTB i) Canalizar financiamiento nacionales e internacionales para obras y servicios j) Convocar a Asambleas Generales, Ordinarias y Extraordinarias k) Fomentar cursos de capacitación en salud, educación y otros, para lo cual podrá establecer convenios con instituciones estatales o privadas l) Rendir informes de las actividades que se realicen a la Asamblea General que deberá realizarse cada 30 días. m) Presentar informe final escrito de toda la gestión, a cada manzano 30 dias antes de la convocatoria a elecciones de directorio.

Art. 6.- Atribuciones del presidente o presidenta: a) b) c) d) e)

f) g) h)

Representar legalmente a la OTB Las Lomas Presidir las Asambleas Generales y del directorio de la OTB Rendir informe de las actividades desarrolladas Acompañar, supervisar y exigir a los miembros del Directorio de la OTB y solicitar informe de sus actividades. Suscribir conjuntamente con el Secretario de Actas y de Organización, los convenios y/o contratos que pudiera hacerse con instituciones gubernamentales y no gubernamentales, previa autorización de la asamblea General. Autorizar conjuntamente con el tesorero de la OTB los gastos económicos de la caja chica, así como administrar estos recursos de la cuenta de ahorros. Firmar la correspondencia, actas, informe económico y toda la documentación oficial de la OTB Mantener informados a los miembros del Directorio de la OTB de sus actividades

Art. 7.- Atribuciones del Vicepresidente o Vicepresidenta: a) Sustituir al presidente en caso de ausencia b) Coadyuvar en las gestiones del presidente o demás secretarias contribuyendo para una exitosa gestión. Art. 8.- Son atribuciones del secretario general: a) Citar a todas las reuniones ordinarias del directorio b) Llevar la correspondencia oficial de la OTB c) Presentar y remitir informaciones sobre los actos de la OTB conjuntamente con el presidente d) Firmar las correspondencias juntamente con el presidente Art. 9.- Son atribuciones del secretario de actas a) Redactar las actas de las reuniones del directorio de la OTB b) Controlar la asistencia de los miembros del directorio de la OTB llamar lista para establecer quorum. c) Organizar y conservar el archivo a su cargo, bajo su responsabilidad

Art. 10.- Son atribuciones del secretario de hacienda: a) Reanudar y admitir los recursos económicos de la organización juntamente con el presidente b) Llevar la respectiva contabilidad documentada en caso de ser elevada la suma de dinero, depositar en una cuenta corriente o de ahorro en un banco a nombre de la OTB con registro de firma del presidente. c) Intervenir en los manejos económicos, previa orden del presidente. d) Retirar fondos del banco con la firma del presidente a su cargo e) Presentar un balance general en forma semestral realizada en asamblea ordinaria también es el cargado de presentar informe general o económico de la gestión del directorio saliente, ante una asamblea del barrio, antes de dar posesión del nuevo directorio del barrio de la junta vecinal acompañado el archivo mediante acta suscrita. f) Disponer de la caja chica para gastos menores, previo conocimiento y visto bueno del presidente. Art. 11.- Son atribuciones del Secretario de Conflictos: a) Coordinar con el presidente en los problemas o conflictos que surjan entre los afiliados o de estos con organismos estatales o privados. b) Participar en las comisiones para la solución de diversos problemas. Art. 12.- Son atribuciones del secretario de Salud y Beneficencia: a) Buscar y proponer soluciones para mejorar la condiciones de vida y salud del barrio y sus afiliados b) Buscar la mejor manera de cooperar a los planes de salud de la OTB c) Organizar comités de salud a cargo de la organización d) Asistir a eventos sobre problemas de salud en representación de la organización conjuntamente con el presidente. Art. 13.- Son Atribuciones del Secretario de Deporte y Cultura: a) Promover concursos literario, artístico para incentivar los valores humanos b) Colaborar al secretario de prensa y propaganda en caso de entrevista o publicaciones c) Elaborar y firmar documentos conjuntamente con el presidente para las fiestas cívicas de la comunidad. d) Llevar cronológicamente el historial de la OTB.

Art. 14.- Son atribuciones de los Vocales: a) Cumplir con los trabajos que le asigna la Directiva o la asamblea b) Citar para las reuniones y otras actividades c) Suplir en los cargos que quedan vacantes (vacíos)

TITULO IV DE LOS COMITES

CAPITULO I DE LAS FUNCIONES DE LOS COMITES

Art. 15.- Funciones del Comité Coordinación de Manzano: a) Cooperar en la difusión de información al vecindario del manzano de las actividades que se desarrollan en el barrio b) Coadyuvar con las secretaria de correspondencia en el control de asistencia y trabajos comunales organizados por el Directorio de la OTB c) Realizar el censo poblacional periódico cada dos años y las veces que asi lo requiera el caso para encarar proyectos para el barrio. d) Hacer las veces de vocal de la OTB para la entrega de citaciones a Asambleas Ordinarias y Extraordinarias en estrecha coordinación con la secretaria de actas. Art. 16.- Funciones del Comité Fiscalizador: a) Fiscalizar la ejecución de los proyectos que se lleven a cabo en el barrio tanto en el aspecto físico como social b) Coordinar acciones de seguimiento con las instituciones que cumplen el rol de supervisar las obras que se ejecutan en el barrio. c) Informar de sus actividades a la Secretaria de fiscalización, al directorio de la OTB y a la asamblea general. Art. 17.- Funciones del Fondo Comunitario: a) Recaudar los Fondos de las cotizaciones mensuales de los socios, de las actividades comunitarias y de los aportes voluntarios y donaciones de lso vecinos e instituciones b) Abrir la cuenta de ahorros, con la autorización de dos firmas elegidas en Asamblea general, debiendo ser una de ellas del presidente de la OTB c) Retiro de los aportes, de la cuenta de ahorro con conocimiento del Directorio de la OTB y la Asamblea General. d) Informar a la Secretaria de Economía, al Directorio de la OTB sobre la administración de los recursos económicos de la OTB

Art. 18.- Los fondos recaudados se utilizan para mejoramiento de la infraestructura del barrio y como contraparte de posteriores proyectos a) b) c) d)

Mantenimiento y atención del local comunal o sede de la OTB Campaña de limpieza, arborización y conservación del medio ambiente Mantenimiento de cunetas y vías publicas Atención de alguna emergencia que compromete la salud de la población

Art. 19.- Funciones del Comité de Salud y Saneamiento Básico: a) b) c) d)

Coordinar con las instituciones dedicadas al medio ambiente Promover y organizar campañas de preservación del medio ambiente Promover y organizar campañas de limpieza y arborización del barrio Desarrollar campañas de capacitación de la población dirigida a que asuman conscientemente la preservación del medio ambiente, hábitos correctos de higiene personal, familiar y comunitaria, así como la preservación de los recursos naturales.

TITULO V DE LAS ELECCIONES

CAPITULO I REQUISITOS PARA CANDIDATOS Y ELECTORES

Art. 20.- Los requisitos para ser candidatos al Directorio de la OTB son: a) b) c) d)

Tener residencia fija en el barrio con antigüedad mínima de un año No tener cuentas pendientes personales con la OTB No haber sido suspendido o sancionado por la Asamblea General No ser funcionario municipal, ni de la Gobernación departamental ni de subgobernacion provincial. e) Los dirigentes en ejercicio para habilitarse como candidatos deberán renunciar ante la Asamblea que nombra el Comité Electoral. Art. 21.- los requisitos para los electores son: a) b) c) d) e)

Tener domicilio fijo en el barrio Contar con 18 años cumplidos al momento de sufragio Estar debidamente registrados en el libro de afiliados de la OTB Haber cumplido con sus obligaciones y aportes económicos Contar con su documentación de identidad y en su defecto haber sido habilitados por el comité electoral

f) Por cada vivienda solo podrá votar un representante y deberá estar debidamente registrado en el padrón del comité electoral.

TITULO VI DEL COMITÉ ELECTORAL

CAPITULO I DELOS REQUISITOS DE CONFORMACION Art. 22.- Son Requisitos para formar parte del Comité Electoral: a) b) c) d) e)

Tener residencia fija en el barrio mínimo un año Estar inscrito en el libro de afiliados de la OTB No tener cuentas pendientes con la OTB No haber sido suspendido por la Asamblea General Tener una conducta intachable

Art. 23.- El comité electoral estar conformado por tres personas con las siguientes estructuras: a) Presidente o presidenta b) Secretario o secretaria c) Un vocal Art. 24.- Las atribuciones del Comité Electoral son: a) Elaborar la convocatoria y reglamento electoral b) Actualizar el padrón de electores c) Presentar la convocatoria, reglamento y padrón electoral para su aprobación a la Asamblea General 15 días después de haber sido elegidos. d) Cumplir con hacer la convocatoria oficial a elecciones e) Inscribir las listas de candidatos y depurar a los que sean impugnados y existan razón probadas para ello f) Organizar una reunión para que los candidatos explique su plan de trabajo a los electores, velar por que este debate guarde las normas de respeto democrático g) Publicar las listas habilitadas para el acto electoral asignándoles sus respectivos número que los identificara lo cual se efectuara con la presencia de un personero por lista h) Las elecciones se iniciaran a las 10:00 de la mañana y culminara a las 4:00 de la tarde indefectiblemente. i) El escrutinio se realizara una semana antes del aniversario del Barrio iniciándose a las 4:00 de la tarde, se hará de manera pública, culminando el acto, se levantara el acta correspondiente y se proclamara a la lista ganadora.

j) El comité electoral, posesionara al nuevo Directorio de la OTB durante acto central de festejos del Aniversario del Barrio, en la cual se le tomara el juramento de estilo y se invitara a las autoridades y dirigentes de otras OTBs del barrio. k) En todo momento el comité electoral velara por la limpieza y transparencia del acto electoral.

TITULO VII DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO

CAPITULO I COMPOSICION, FALTAS, SANCIONES Y ATRIBUCIONES

Art. 25.- El tribunal disciplinario estará integrado por los siguientes cargos: a) Presidente o Presidenta b) Secretario o Secretaria general c) Secretario o Secretaria Relator Art. 26.- Son consideradas faltas que deben ser sancionadas: a) b) c) d) e) f) g)

Traicionar los intereses del barrio Desacato a las resoluciones y acuerdos de las asambleas y reuniones Cometer actos dolosos en el manejo de los recursos económicos Apropiarse indebidamente del patrimonio OTB Promover actitudes divisionista dentro de las diversas instancias del barrio Asistir en estado de ebriedad a las reuniones y asambleas generales No asistir a las Asambleas en forma reiterativa y fomentar la inasistencia de los vecinos

Art. 27.- Las sanciones disciplinarias serán: a) b) c) d) e)

Por primera vez llamada de atención reflexivamente Por segunda vez llamada de atención en forma escrita Amonestación severa en asamblea general Suspensión temporal del dirigente o afiliado En caso que se trate de falas señaladas en los incisos c y d del art. 27 previamente deberá reponerse el patrimonio a la OTB

Art. 28.- Las atribuciones del tribunal disciplinario son: a) Recepcionar las denuncias de faltas y evaluarlas para admitirlas o rechazarlas b) En caso de que las denuncias sean admitidas proceder a la averiguación de los hechos dándole todas las garantías de defensa al denunciado asi como guardar reserva hasta que no se pruebe su culpabilidad.

c) Pronunciar mediante resolución escrita y firmada sobre la sanción impuesta, la que será sometida a Asamblea General para su ratificación. Art. 29.- Ante las decisiones adoptadas por el Tribunal disciplinario en primera instancia el sancionado podrá recurrir a la segunda instancia que es la Asamblea General cuya decisión será definitiva.

TITULO VIII DISPOSICIONES FINALES

Art. 30.- Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento interno de la OTB Barrio Las Lomas, serán analizados por el Directorio de la OTB en pleno y sometido a consideración de la Asamblea General para su solución.

Aprobado en Asamblea General del Barrio Las Lomas, Distrito No. 8 de Municipio de Montero a los 10 días del mes de junio del dos trece

DIRECTORIO OTB BARRIO LAS LOMAS

Presidenta

Secretario de Hacienda

Vicepresidente

Vocal

Secretario de Actas

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF