Esquemas Proceso Civil Guatemala
August 17, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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JUICIO ORDINARIO NO llena requisitos REPELE 109 CPCYM
ACTITUD DEL DEMANDADO Allanamiento, 115 Rebeldía, 113-114 Contestación negativa,
DEMANDA art. 61, 63, 79, 106, 107 CPCYM
Llena requisitos EMPLAZAMIENTO EMPLAZAMIENT O9 días 111 CPCYM
EXCEPCIONES PREVIAS
PRUEBA
Fases o Momentos
Periodo prueba: se puedede ampliar en30 10días, más, 123 CPCYM.
1. Ofrecimiento (demanda (demanda o presentación o contestación)
Periodo extraordinario: 120 días si existiera prueba fuera del país., 124 CPCYM
2. Proposición (al emitirse resolución que abre a prueba)
118
Contestación negativa y
excepciones perentorias, 118 Contestación negativa y reconvención, 118-119 CPCYM
Dentro de 6 días, 120 CPCYM, Tramite: Incidental art. 116 CPCYM
Señala día y hora para la vista. 15 días, 142 LOJ
3. Diligenciamiento (cuando se está desarrollando). 4. Valoración (el juez analiza, estudia y valora, previo emitir fallo final)
Vista y alegatos 196 CPCYM
AUTO PARA MEJOR FALLAR Optativo antes de pronunciar el fallo en un plazo no mayor de 15 días 197 CPCYM
15 días art. 142 LOJ
SENTENCIA 198 CPCYM 143,147 LOJ
DEMANDA
Documentos esenciales: 107 CPCYM. El actor deberá acompañar a su demanda los documentos en que funde su
Contenido de la demanda 106 CPCYM Ampliarse Cambio de demanda 110 CPCYM
derecho.
Modificarse Inadmisibilidad de documentos 108 CPCYM
En la demanda se fijarán con claridad precisión de los hechos en que se funden, las pruebas que van a rendirse, los fundamentos de derecho y la petición
Actitud del demandado
Rebeldía del demandado 113 CPCYM
Allanamiento 115 CPCYM
Contestación negativa 118 CPCYM
A solicitud de parte
Total o parcial
Plazo de 9 días 111 CPCYM
Contestación negativa y excepciones perentorias, previas o dilatorias, 118, 120 CPCYM
Plazo de 6 días 120 CPCYM
1. incompetencia; 2. Litispendencia; 3. Demanda defectuosa; 4. Falta de capacidad legal; 5. Falta de personalidad; 6. Falta de personería; 7. Falta de incumplimiento del plazo o de la condición a que estuviere sujeta la obligación obligación o el derecho; 8. Caducidad; 9. Prescripción; 10 10.. Cosa juzgada; 11. Transacción; 12. Arraigo (extranjero o transe transeúnte) únte)
Clases 116 y 117 CPCYM
Contestación negativa y reconvención. 118, 119 CPCYM
Por razón del objeto o Título
No de deba seguirse por distintos tramites
Posibilidad de oponerlas en cualquier estado del proceso 120 CPCYM, Litispendencia, falta de capacidad legal, Falta de personalidad, Falta de personería, Cosa Juzgada, transacción , Caducidad y Prescripción
Tramite 135 al 140 LOJ
Se tramita en incidente
Procedimiento Obligatorio en el Juicio Ordinario
Apertura a prueba 123 CPCYM
Ofrecimiento se realizará conjuntamente con la demanda y contestación 106, 118 CPCYM
Practica de la prueba, se recibirán con citación de la parte contraria. 129 CPCYM
Facultades del juez 127 CPCYM
Prohibidos por la ley, Notoriamente dilatorios, que entorpezcan la marcha regular del proceso.
Valoración de la prueba
Termino 30 días prorrogables por 10 días más. Extraordinario 80 días lo cual es igual a 120 días en total
Medios de prueba 128 CPCYM Declaración de parte Declaración de testigos Dictamen de expertos Reconocimiento judicial Documentos Medios científicos de prueba Presunciones
Criterio de la santa Critica 127 CPCYM
Prueba tasada o legal 139 al 186 CPCYM
Declaración de parte
Todo litigante está obligado a declarar 130 CPCYM
Citación 2 días antes 131 CPCYM
La parte que presentó la prueba puede presentar otras preguntas 136 CPCYM
El juez abrirá la plica y calificará las preguntas 134 CPCYM
De las declaraciones de las partes se levantarán actas 137 CPCIYM
Forma de las respuestas 135 CPCYM
Afirmativa
Valor probatorio. A. la confesión presentada legalmente produce plena prueba. B. la confesión extrajudicial produce principios de prueba 139 CPCYM
Negativa Terminación del proceso de confesión 140 CPCYM
Declaración de testigos
Testigos están obligados a declarar 130 CPCYM
Aptitud para ser testigos
Interrogatorio, las preguntas deben ser claras y precisas 145 CPCYM
Siempre que fueren requeridos, cada uno de los litigantes puede presentar 5 testigos
Cualquiera que haya cumplido 16 años. Art.
El juez decidirá día y hora para la practica practica 146
143 CPCYM
CPCYM
Testigos inhábiles 144 CPCYM
Los parientes consanguíneos
El cónyuge, aunque este
o afines de las partes
separado legalmente
Los testigos declararán bajo juramento en la misma misma forma que establece el art. art. 134 CPCYM, los testigos están obligados a firmar la declaración o poner su huella.
Los jueces y tribunales aprecian las reglas según la sana critica 161 CPCYM
JUICIO ORAL DE ALIMENTOS DEMANDA (201) Se presenta en forma oral (acta levantada por Secretario de Juzgado) y por escrito (requisitos 61, 106, 107 CPCYM), pero en t odo caso, el actor debe presentar con ella el título en que se funda, el cual puede consistir en: - Testamento - Contrato - Ejecutoria en que conste la obligación (por ej. una sentencia de filiación) – Documentos jurídicos del parentesco
EMPLAZAMIENTO Entre la notificación y la audiencia, MATERIA DEL JUICIO ORAL (199 CPCYM) 3ª Los asuntos relativos a la obligación de prestar alimentos.
El demandante podrá pedir toda clase de medidas precautorias, las que ordenarán sin más trámite y sin necesidad de presentar garantía. Si el obligado no cumpliere se procederá inmediatamente el embargo y remate de bienes bastantes a cubrir su importe, o al pago si se tratare de cantidades en efectivas. 214 CPCYM
mediar por lo menos 3 dias. 202 CPCYM
PRIMERA AUDIENCIA En la primera audiencia se realizará el mayor número de etapas procesales, tales como: La conciliación (203) Demandado toma su actitud frente a la demanda (204, 205) Se propone prueba Se fija pensión provisional (213)
SEGUNDA AUDIENCIA Solo para diligenciar prueba 206 CPCYM
EXCEPCIONES PREVIAS Y PERENTORIAS Todas se interpondrán momento de contestar la demanda en y laelreconvención (204) Allanamiento, Rebeldía, Contestación negativa, contestación negativa y excepciones perentorias, contestación negativa y reconvención 200, 204, 205, 206 CPCYM
Si el demandado no concurriera a la primera audiencia y no contestare por escrito la demanda, el juez lo declarará confeso en las pretensiones del actor y procederá a dictar sentencia. 215 CPCYM
TERCERA AUDIENCIA Solo para diligenciar prueba 206 CPCYM
SENTENCIA 10 días 5 días después de la última audiencia, salvo allanamiento o confesión que son 3 días 208 CPCYM
APELACIÓN Solo la sentencia es apelable 209, 612 CPCYM
VISTA Se verificará dentro de 8 días siguientes 209 CPCYM
RESOLUCIÓN FINAL La dictará el tribunal superior dentro de los 3 días siguientes.
Medios prueba art. 128deCPCYM
Declaración de las partes
Todo litigante está obligado a declarar, bajo juramento, en cualquier estado del juicio en Primera instancia y hasta el día anterior al de la vista en la Segunda, cuando así lo pidiera el contrario. 130 CPCYM
Declaración de los testigos
Las partes pueden probar sus respectivas proposiciones de hecho por medios de testigos. Los que tengan conocimiento de los hechos que las partes deben probar están obligados a declarar como testigos, siempre que fueren requeridos. Art. 142 CPCYM
Dictamen de Expertos
Reconocimiento judicial
Documentos
Medios científicos de prueba
La parte a quien interesa rendir prueba de expertos, expresará en su solicitud con claridad y precisión los puntos sobre los cuales debe versarse el dictamen. Art. 164 CPCYM
Pueden ser objeto del reconocimiento las personas, lugares y cosas que interesan al proceso. Art. 173 CPCYM
Los documentos que se adjunten a los escritos o aquellos cuya agregación se solicite a título de prueba, podrán presentarse en su original, en copia fotográfico, fotostática, o fotocopia o mediante cualquier otro procedimiento similar. Art. 177 CPCYM
Reproducciones y experimentos, aporte de medios de comunicación, art. 191 y 192 CPCYM
Presunciones
Presunciones legales yi presunciones humanas art. art. 194 y 195 CPCYM
JURISDICCION Y COMPETENCIA
Jurisdicción Es el límite de la jurisdicción art. 2 CPCYM
Competencia
1. Por falta o impedimento de los jueces competentes competentes 2. Por sometimiento expreso de las artes. 3. Por contestación la demanda, sin oponer incompetencia.
4. Por la reconvención, cuando esta proceda legalmente.
5. Por acumulación
6. Por otorgarse fianza a la persona del obligado.
Casos de prórroga de competencia art. 1 CPCYM
Es la facultad que tiene el estado para repartir justicia , a través de sus órganos jurisdiccionales. Art. 1 CPCYM CPCYM
REGLAS GENERALES DE COMPETENCIA
Competencia por el Valor (art. 7 CPCYM)
Son competentes los Jueces menores, cuando el valor que se litiga no exceda de Q. 500.00 (art. 7 CPCYM) Son competentes los jueces de primera instancia para conocer los negocios de menor cuantía, cuando estos son incidentales del proceso principal. (art. 7 CPCYM)
Disposiciones del valor (art. 8 CPCYM)
Competencia por razón del domicilio
1. No se computará los intereses devengados. 2. Si se demandaren pagos parciales o saldos de obligaciones, la competencia se determinará por el valor de la obligación o contrato respectivo. 3. Si el juicio versare sobre rentas, pensiones o pretensiones periódicas, servirá de base su importe anual. Cuando se ejerciten acciones personales, el Juez competente será el de Primera instancia del departamento en que el demandado tenga su domicilio y el de menor cuantía, el Juez menor de vecindad. (art. 12 CPCYM) Cuando no se tenga domicilio fijo podrá ser demandado en el lugar donde se encuentre o en el último de su residencia. También se podrá poner la dirección del
Competencia en la acumulación subjetiva.
Competencia en los procesos sobre reparación de daños.
Competencia por la ubicación de los inmuebles.
trabajo del demandado. (Art. 13 CPCYM) Si fuere varios los demandados, el Juez puede dar inicio al proceso por cualquier domicilio, de uno de los demandados. Art. 15 CPCYM En las demandas sobre reparación de daño, el Juez competente será en el lugar donde se causó el daño. (art. 16 CPCYM) El Juez competente, para acciones reales de inmuebles, será en el lugar donde se encuentre el inmueble. inmueble. (art. 18 CPCYM)
Competencia por la ubicación del establecimiento comercial o industrial
Competencia en acciones de naturaleza varia
Competencia en los procesos sucesorios.
En cuanto la acción que se refiere a un establecimiento comercia comerciall o industrial, podrá deducirla ante el juez del lugar en que esté situado el establecimiento. (art. 19 CPCYM) Si la acción se refiere a Bienes Inmuebles y de otra naturaleza, el Juez competente será en el lugar donde se encuentre el inmueble (Art. 20 CPCYM)
La competencia en los procesos sucesorios, corresponde a los Jueces de Primera Instancia del último domicilio del causante; a falta de domicilio, será en donde exista la mayor parte de los bienes; si no será en donde el causante haya fallecido. (art. 21 CPCYM)
Competencia por accesoriedad La obligación accesoria sigue la competencia de la principal (Art. 23 CPCYM) Competencia en los asuntos de jurisdicción voluntaria
Para los asuntos de Jurisdicción voluntaria, son competentes los Jueces de Primera instancia (Art. 24 CPCYM)
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