Esquemas Proceso Civil Guatemala

August 17, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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JUICIO ORDINARIO NO llena requisitos REPELE 109 CPCYM

ACTITUD DEL DEMANDADO   Allanamiento, 115   Rebeldía, 113-114   Contestación negativa, 



DEMANDA art. 61, 63, 79, 106, 107 CPCYM



Llena requisitos EMPLAZAMIENTO EMPLAZAMIENT O9 días 111 CPCYM

EXCEPCIONES PREVIAS

PRUEBA

Fases o Momentos

Periodo prueba: se puedede ampliar en30 10días, más, 123 CPCYM.

1. Ofrecimiento (demanda (demanda o presentación o contestación)

Periodo extraordinario: 120 días si existiera prueba fuera del país., 124 CPCYM

2. Proposición (al emitirse resolución que abre a prueba)

118 

  Contestación negativa y

excepciones perentorias, 118   Contestación negativa y reconvención, 118-119 CPCYM

Dentro de 6 días, 120 CPCYM, Tramite: Incidental art. 116 CPCYM

Señala día y hora para la vista. 15 días, 142 LOJ

3. Diligenciamiento (cuando se está desarrollando). 4. Valoración (el juez analiza, estudia y valora, previo emitir fallo final)

Vista y alegatos 196 CPCYM

AUTO PARA MEJOR FALLAR Optativo antes de pronunciar el fallo en un plazo no mayor de 15 días 197 CPCYM

15 días art. 142 LOJ

SENTENCIA 198 CPCYM 143,147 LOJ

 

 

DEMANDA 

Documentos esenciales: 107 CPCYM. El actor deberá acompañar a su demanda los documentos en que funde su

Contenido de la demanda   106 CPCYM Ampliarse Cambio de demanda 110 CPCYM

derecho.

Modificarse Inadmisibilidad de documentos 108 CPCYM

En la demanda se fijarán con claridad precisión de los hechos en que se funden, las pruebas que van a rendirse, los fundamentos de derecho y la petición

 

 

Actitud del demandado

Rebeldía del demandado 113 CPCYM

Allanamiento 115 CPCYM

Contestación negativa 118 CPCYM

A solicitud de parte

Total o parcial

Plazo de 9 días 111 CPCYM

Contestación negativa y excepciones perentorias, previas o dilatorias, 118, 120 CPCYM

Plazo de 6 días 120 CPCYM

1. incompetencia; 2. Litispendencia; 3. Demanda defectuosa; 4. Falta de capacidad legal; 5. Falta de personalidad; 6. Falta de personería; 7. Falta de incumplimiento del plazo o de la condición a que estuviere sujeta la obligación obligación o el derecho; 8. Caducidad; 9. Prescripción; 10 10.. Cosa juzgada; 11. Transacción; 12. Arraigo (extranjero o transe transeúnte) únte)

Clases 116 y 117 CPCYM

Contestación negativa y reconvención. 118, 119 CPCYM

Por razón del objeto o Título

No de deba seguirse por distintos tramites

Posibilidad de oponerlas en cualquier estado del proceso 120 CPCYM, Litispendencia, falta de capacidad legal, Falta de personalidad, Falta de personería, Cosa Juzgada, transacción , Caducidad y Prescripción

Tramite 135 al 140 LOJ

Se tramita en incidente

 

  Procedimiento Obligatorio en el Juicio Ordinario

Apertura a prueba 123 CPCYM

Ofrecimiento se realizará conjuntamente con la demanda y contestación 106, 118 CPCYM

Practica de la prueba, se recibirán con citación de la parte contraria. 129 CPCYM

Facultades del juez 127 CPCYM

Prohibidos por la ley, Notoriamente dilatorios, que entorpezcan la marcha regular del proceso.

Valoración de la prueba

Termino 30 días prorrogables por 10 días más. Extraordinario 80 días lo cual es igual a 120 días en total

Medios de prueba 128 CPCYM   Declaración de parte   Declaración de testigos   Dictamen de expertos   Reconocimiento judicial   Documentos   Medios científicos de prueba   Presunciones

Criterio de la santa Critica 127 CPCYM

Prueba tasada o legal 139 al 186 CPCYM

 

 

Declaración de parte

Todo litigante está obligado a declarar 130 CPCYM

Citación 2 días antes 131 CPCYM

La parte que presentó la prueba puede presentar otras preguntas 136 CPCYM

El juez abrirá la plica y calificará las preguntas 134 CPCYM

De las declaraciones de las partes se levantarán actas 137 CPCIYM

Forma de las respuestas 135 CPCYM

Afirmativa

Valor probatorio. A. la confesión presentada legalmente produce plena prueba. B. la confesión extrajudicial produce principios de prueba 139 CPCYM

Negativa Terminación del proceso de confesión 140 CPCYM

 

 

Declaración de testigos

Testigos están obligados a declarar 130 CPCYM

Aptitud para ser testigos

Interrogatorio, las preguntas deben ser claras y precisas 145 CPCYM

Siempre que fueren requeridos, cada uno de los litigantes puede presentar 5 testigos

Cualquiera que haya cumplido 16 años. Art.

El juez decidirá día y hora para la practica practica 146

143 CPCYM

CPCYM

Testigos inhábiles 144 CPCYM

Los parientes consanguíneos

El cónyuge, aunque este

o afines de las partes

separado legalmente

Los testigos declararán bajo  juramento en la misma misma forma que establece el art. art. 134 CPCYM, los testigos están obligados a firmar la declaración o poner su huella.

Los jueces y tribunales aprecian las reglas según la sana critica 161 CPCYM

 

 

JUICIO ORAL DE ALIMENTOS DEMANDA (201) Se presenta en forma oral (acta levantada por Secretario de Juzgado) y por escrito (requisitos 61, 106, 107 CPCYM), pero en t odo caso, el actor debe presentar con ella el título en que se funda, el cual puede consistir en: - Testamento - Contrato - Ejecutoria en que conste la obligación (por ej. una sentencia de filiación)  – Documentos jurídicos del parentesco

EMPLAZAMIENTO   Entre la notificación y la audiencia, MATERIA DEL JUICIO ORAL (199 CPCYM) 3ª Los asuntos relativos a la obligación de prestar alimentos.

El demandante podrá pedir toda clase de medidas precautorias, las que ordenarán sin más trámite y sin necesidad de presentar garantía. Si el obligado no cumpliere se procederá inmediatamente el embargo y remate de bienes bastantes a cubrir su importe, o al pago si se tratare de cantidades en efectivas. 214 CPCYM

mediar por lo menos 3 dias. 202 CPCYM

PRIMERA AUDIENCIA En la primera audiencia se realizará el mayor número de etapas procesales, tales como:   La conciliación (203)   Demandado toma su actitud frente a la demanda (204, 205)   Se propone prueba   Se fija pensión provisional (213)

SEGUNDA AUDIENCIA  Solo para diligenciar prueba 206 CPCYM

EXCEPCIONES PREVIAS Y PERENTORIAS Todas se interpondrán momento de contestar la demanda en y laelreconvención (204) Allanamiento, Rebeldía, Contestación negativa, contestación negativa y excepciones perentorias, contestación negativa y reconvención 200, 204, 205, 206 CPCYM

Si el demandado no concurriera a la primera audiencia y no contestare por escrito la demanda, el juez lo declarará confeso en las pretensiones del actor y procederá a dictar sentencia. 215 CPCYM

 

 

TERCERA AUDIENCIA  Solo para diligenciar prueba 206 CPCYM

SENTENCIA 10 días  5 días después de la última audiencia, salvo allanamiento o confesión que son 3 días 208 CPCYM

APELACIÓN  Solo la sentencia es apelable 209, 612 CPCYM

VISTA  Se verificará dentro de 8 días siguientes 209 CPCYM

RESOLUCIÓN FINAL  La dictará el tribunal superior dentro de los 3 días siguientes.

 

 

Medios prueba  art. 128deCPCYM

Declaración de las partes  

Todo litigante está obligado a declarar, bajo juramento, en cualquier estado del juicio en Primera instancia y hasta el día anterior al de la vista en la Segunda, cuando así lo pidiera el contrario. 130 CPCYM

Declaración de los testigos 

Las partes pueden probar sus respectivas proposiciones de hecho por medios de testigos. Los que tengan conocimiento de los hechos que las partes deben probar están obligados a declarar como testigos, siempre que fueren requeridos. Art. 142 CPCYM

Dictamen de Expertos 

Reconocimiento  judicial

Documentos  

Medios científicos de prueba 

La parte a quien interesa rendir prueba de expertos, expresará en su solicitud con claridad y precisión los puntos sobre los cuales debe versarse el dictamen. Art. 164 CPCYM

Pueden ser objeto del reconocimiento las personas, lugares y cosas que interesan al proceso. Art. 173 CPCYM

Los documentos que se adjunten a los escritos o aquellos cuya agregación se solicite a título de prueba, podrán presentarse en su original, en copia fotográfico, fotostática, o fotocopia o mediante cualquier otro procedimiento similar. Art. 177 CPCYM

Reproducciones y experimentos, aporte de medios de comunicación, art. 191 y 192 CPCYM

Presunciones 

Presunciones legales yi presunciones humanas art. art. 194 y 195 CPCYM

 

 

JURISDICCION Y COMPETENCIA 

Jurisdicción  Es el límite de la jurisdicción art. 2 CPCYM

Competencia 

1. Por falta o impedimento de los  jueces competentes competentes 2. Por sometimiento expreso de las artes. 3. Por contestación la demanda, sin oponer incompetencia.

4. Por la reconvención, cuando esta proceda legalmente.

5. Por acumulación

6. Por otorgarse fianza a la persona del obligado.

Casos de prórroga de competencia art. 1 CPCYM

Es la facultad que tiene el estado para repartir justicia , a través de sus órganos jurisdiccionales. Art. 1 CPCYM CPCYM

 

 

REGLAS GENERALES DE COMPETENCIA

Competencia por el Valor (art. 7 CPCYM)

Son competentes los Jueces menores, cuando el valor que se litiga no exceda de Q. 500.00 (art. 7 CPCYM) Son competentes los jueces de primera instancia para conocer los negocios de menor cuantía, cuando estos son incidentales del proceso principal. (art. 7 CPCYM)

Disposiciones del valor (art. 8 CPCYM)

Competencia por razón del domicilio

1.  No se computará los intereses devengados. 2.  Si se demandaren pagos parciales o saldos de obligaciones, la competencia se determinará por el valor de la obligación o contrato respectivo. 3.  Si el juicio versare sobre rentas, pensiones o pretensiones periódicas, servirá de base su importe anual. Cuando se ejerciten acciones personales, el Juez competente será el de Primera instancia del departamento en que el demandado tenga su domicilio y el de menor cuantía, el Juez menor de vecindad. (art. 12 CPCYM) Cuando no se tenga domicilio fijo podrá ser demandado en el lugar donde se encuentre o en el último de su residencia. También se podrá poner la dirección del

Competencia en la acumulación subjetiva.

Competencia en los procesos sobre reparación de daños.

Competencia por la ubicación de los inmuebles.

trabajo del demandado. (Art. 13 CPCYM) Si fuere varios los demandados, el Juez puede dar inicio al proceso por cualquier domicilio, de uno de los demandados. Art. 15 CPCYM En las demandas sobre reparación de daño, el Juez competente será en el lugar donde se causó el daño. (art. 16 CPCYM) El Juez competente, para acciones reales de inmuebles, será en el lugar donde se encuentre el inmueble. inmueble. (art. 18 CPCYM)

 

  Competencia por la ubicación del establecimiento comercial o industrial

Competencia en acciones de naturaleza varia

Competencia en los procesos sucesorios.

En cuanto la acción que se refiere a un establecimiento comercia comerciall o industrial, podrá deducirla ante el juez del lugar en que esté situado el establecimiento. (art. 19 CPCYM) Si la acción se refiere a Bienes Inmuebles y de otra naturaleza, el Juez competente será en el lugar donde se encuentre el inmueble (Art. 20 CPCYM)

La competencia en los procesos sucesorios, corresponde a los Jueces de Primera Instancia del último domicilio del causante; a falta de domicilio, será en donde exista la mayor parte de los bienes; si no será en donde el causante haya fallecido. (art. 21 CPCYM)

Competencia por accesoriedad La obligación accesoria sigue la competencia de la principal (Art. 23 CPCYM) Competencia en los asuntos de  jurisdicción voluntaria

Para los asuntos de Jurisdicción voluntaria, son competentes los Jueces de Primera instancia (Art. 24 CPCYM)

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