Esquema de Puntos Constitucion

November 11, 2017 | Author: fjcamacho88 | Category: Cortes Generales, Social Institutions, Society, Public Sphere, Separation Of Powers
Share Embed Donate


Short Description

Download Esquema de Puntos Constitucion...

Description

PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DE NORMAS CON RANGO DE LEY INICIATIVA POPULAR ≥ 500.000 Firmas acreditadas

CONGRESO 15 Diputados o 1 Grupo Parlamentario

SENADO 25 Senadores O 1 Grupo Parlamentario

COMUNIDADES AUTÓNOMAS Las Asambleas Legislativas

EL GOBIERNO

Solicitud de Proyecto de Ley Excepto: - Materias propias de Ley Orgánica. - Materias tributarias. - Materias de carácter Internacional. - Prerrogativa de Gracia.

PROPOSICIONES DE LEY

CONGRESO En caso de extraordinaria y urgente necesidad DECRETO LEY

COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE Convalidar o Derogar en el plazo máximo de 30 días hábiles

Autor: Luis Baneira Gómez Secr. General FSP FSP-UGT A Coruña

PLENO

Instituciones Básicas del Estado Derechos y Libertades Derecho Electoral General Régimen de las CC.AA.

SENADO COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE

Las Cortes Generales Delegan en el Gobierno

DECRETO LEGISLATIVO

Delegación mediante: - Ley de Bases: crear Texto Articulado. - Ley Ordinaria: refundir varios Textos.

PLENO 2 MESES ó

No puede Afectar a

20 días naturales en caso de urgencia

APROBAR Mayoría Simple

ENMENDAR Mayoría Simple

VETAR Mayoría Absoluta

CONGRESO

CONGRESO

CONGRESO

ACEPTAR LAS ENMIENDAS Mayoría Simple

NO ACEPTAR LAS ENMIENDAS Mayoría Simple Aprobado el Texto Original

Aprobado el Texto Original por Mayoría Absoluta

Si no se alcanza La Mayoría Absoluta

Transcurridos 2 meses

PRESIDENTE DEL GOBIERNO REY MAYORÍAS 2/3 3/5 Absoluta Simple

15 días

Si se alcanza la May. Simple: Aprobado el Texto Original

Si no se alcanza la May. Simple: Rechazado el Texto

SANCIÓN Y PROMULGACIÓN Publicación en B.O.E.

ENTRADA EN VIGOR En el plazo que fije la Ley Si no fija plazo: 20 días (“vacatio legis”)

PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE PRESIDENTE DEL GOBIERNO EL REY DECRETA LA DISOLUCIÓN

30 días

60 días

CONGRESO SENADO

No hay plazo

Celebración de ELECCIONES GENERALES

25 días

Autor: Luis Baneira Gómez Secr. General FSP FSP-UGT A Coruña

Convocatoria del nuevo CONGRESO

EL REY CELEBRA CONSULTAS con los Representantes De los Grupos Parlamentarios y Escoge un CANDIDATO (Refrendo: Presidente del Congreso)

Convocatoria del nuevo SENADO

Al día siguiente de las Elecciones, cesa el Gobierno, pero continúa “en funciones” hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno

También en caso de: Fallecimiento o Dimisión del Presidente ó Pérdida de la Cuestión de Confianza.

El Candidato lee su programa político y Solicita la confianza del Congreso

2 meses

1ª VOTACIÓN

EL REY Si NO alcanza la Mayoría Absoluta EL REY Decreta la Disolución de las Cámaras y convoca Nuevas Elecciones (con el refrendo del Presidente del Congreso)

Si alcanza la Mayoría Absoluta

48 horas 2ª VOTACIÓN

EL PRESIDENTE Si NO alcanza la Mayoría Simple

Si alcanza la Mayoría Simple

EL REY Presenta Sucesivas propuestas Si nadie alcanza la Mayoría precisa

LO NOMBRA PRESIDENTE DEL GOBIERNO

ELIGE A LOS VICEPRESIDENTES Y MINISTROS Y LOS PROPONE AL REY

EL REY LOS NOMBRA

EL NUEVO GOBIERNÒ TOMA POSESIÓN (El antiguo Gobierno cesa)

PROCEDIMIENTO DE ADOPCIÓN DE MOCIÓN DE CENSURA

INADMISIÓN

Plantear la MOCIÓN DE CENSURA 1/10 del Congreso (Proponer Candidato)

2 días

MESA DEL CONGRESO ADMISIÓN

MOCIONES ALTERNATIVAS

Comunicar a: Presidente del Gobierno y Portavoces de los Grupos Parlamentarios

Autor: Luis Baneira Gómez Secr. General FSP FSP-UGT A Coruña

El Presidente del Congreso, oída la Junta de Portavoces, puede Acordar el debate conjunto de las Mociones, pero votación por Separado, según el orden de presentación.

DEBATES: 1º. Defensa de la Moción de Censura: sin límite de tiempo. 2º. Intervención del Candidato: sin límite de tiempo. 3º. Interviene 1 representante de cada Grupo: 30 minutos cada uno. 4º. Turnos de réplica y rectificación: 10 minutos cada uno.

Mínimo 5 días VOTACIÓN Día y hora fijado por el Presidente del Congreso

APROBADA Mayoría Absoluta del Congreso

RECHAZADA

Sus signatarios no pueden presentar otra hasta el siguiente período de sesiones. A estos efectos, la Moción presentada en período entre Sesiones se considera imputada al siguiente período.

1º. Las restantes Mociones no se votan. 2º. El Presidente del Congreso lo comunica al Rey y al Presidente del Gobierno. 3º. El Gobierno presenta su dimisión al Rey. 4º. El Rey nombra Presidente del Gobierno al Candidato incluido en la Moción.

CUESTIÓN DE CONFIANZA

El Presidente del Gobierno,

previa deliberación del Consejo de Ministros,

Sobre

Su programa político o Una declaración de política general

PLANTEA LA CUESTIÓN DE CONFIANZA INADMISIÓN Autor: Luis Baneira Gómez Secr. General FSP-UGT A Coruña

MESA DEL CONGRESO ADMISIÓN

DEBATES

Comunicación a: Junta de Portavoces

El Presidente del Congreso Convoca al Pleno

24 horas VOTACIÓN Día y hora fijado por el Presidente del Congreso

OTORGADA Mayoría Simple del Congreso

NO OTORGADA

El Presidente del Congreso lo comunica a: - el Presidente del Gobierno. - el Rey.

EL GOBIERNO DIMITE

SE PROCEDE A LA ELECCIÓN DE NUEVO PRESIDENTE DEL GOBIERNO SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 99 C.E.

PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA

Diputación U Órgano Interinsular

Art. 151

Art. 143

6 meses para alcanzar Acuerdo (Si no: esperar 5 años)

REFERÉNDUM Mayoría Absoluta de los Electores de Cada Provincia

2/3 partes de los Municipios de cada Provincia cuya población Represente Mayoría del Censo de cada Provincia

ASAMBLEA Formada por Diputados y Senadores Y Miembros de las Diputaciones (u Órganos Interinsulares)

El Gobierno convoca a Diputados y Senadores de esas Provincias

Elaboración del PROYECTO DE ESTATUTO

Se constituyen en ASAMBLEA Elaboran el PROYECTO DE ESTATUTO Por Mayoría Absoluta

Se remite LAS CORTES GENERALES

Se remite COMISIÓN CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO

Se tramita como LEY ORGÁNICA

Excepciones del Artículo 144 Las Cortes Generales por Ley Orgánica y por motivos de Interés Nacional

- Autorizar a 1 Provincia que no reúna las condiciones. - Autorizar o Acordar autonomía para territorios no integrados en la Organización Provincial. - Sustituir la iniciativa de las Corporaciones Locales.

Autor: Luis Baneira Gómez Secr. General FSP-UGT UGT A Coruña

3/4 partes de los Municipios de cada Provincia cuya población Represente Mayoría del Censo de cada Provincia

La Comisión Constitucional del Congreso y una Delegación de La Asamblea 2 meses APROBADO

NO APROBADO Se remite

REFERÉNDUM Mayoría de Votos Válidamente emitidos

Las Cortes Generales Lo tramitan como Ley Orgánica

PUEDEN CONSTITUIRSE EN CC.AA.: - Provincias Limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes. - Territorios Insulares. - Provincias con Entidad Regional Histórica (Salvo excepciones del art. 144).

REFERÉNDUM Mayoría de Votos Válidamente emitidos

VOTO DE RATIFICACIÓN DE LOS PLENOS DE AMBAS CÁMARAS

EL REY SANCIONA Y PROMULGA

PROCEDIMIENTOS DE REFORMA CONSTITUCIONAL TIENEN INICIATIVA DE REFORMA CONSTITUCIONAL

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS 2 Grupos Parlamentarios ó 1/5 parte de los Diputados

SENADO 50 Senadores que no Pertenezcan a un mismo Grupo Parlamentario

EL GOBIERNO

LAS ASAMBLEAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

REFORMA NO FUNDAMENTAL - ARTÍCULO 167 PROYECTO DE REFORMA

SI NO SE ALCANZAN LAS CITADAS MAYORÍAS

SI SE ALCANZAN 3/5 DEL CONGRESO Y 3/5 DEL SENADO

COMISIÓN PARITARIA CONGRESO - SENADO APROBADA LA REFORMA POR LAS CORTES GENERALES ELABORAN UN NUEVO TEXTO

VOTACIÓN

SI SE ALCANZAN 2/3 DEL CONGRESO Y ABSOLUTA DEL SENADO

SI SE ALCANZAN 3/5 DEL CONGRESO Y 3/5 DEL SENADO

15 DÍAS

APROBADA LA REFORMA POR LAS CORTES GENERALES

15 DÍAS SI LO SOLICITAN 1/10 PARTE DEL CONGRESO Ó 1/10 DEL SENADO

CELEBRACIÓN DE REFERÉNDUM

Autor: Luis Baneira Gómez Secr. General FSP-UGT UGT A Coruña

VOTACIÓN

PROCEDIMIENTOS DE REFORMA CONSTITUCIONAL TIENEN INICIATIVA DE REFORMA CONSTITUCIONAL

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS 2 Grupos Parlamentarios ó 1/5 parte de los Diputados

SENADO 50 Senadores que no Pertenezcan a un mismo Grupo Parlamentario

EL GOBIERNO

LAS ASAMBLEAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

REFORMA FUNDAMENTAL - ARTÍCULO 168 APROBACIÓN DEL PRINCIPIO DE REFORMA FUNDAMENTAL 2/3 DEL CONGRESO Y 2/3 DEL SENADO

CELEBRACIÓN DE ELECCIONES GENERALES

LAS NUEVAS CORTES GENERALES

RATIFICAN EL PRINCIPIO DE REFORMA FUNDAMENTAL 2/3 DEL CONGRESO Y ABSOLUTA DEL SENADO

APROBACIÓN DE LA REFORMA FUNDAMENTAL 2/3 DEL CONGRESO Y 2/3 DEL SENADO

CELEBRACIÓN DE REFERÉNDUM ( OBLIGATORIO ) SE APLICARÁ ESTE PROCEDIMIENTO CUANDO LA REFORMA SEA: - TOTAL, Ó - PARCIAL, PERO QUE AFECTE A: - Título Preliminar. - Artículos 15 al 29. - Título II (La Corona). .

Autor: Luis Baneira Gómez Secr. General FSP-UGT UGT A Coruña

DISOLUCIÓN DE LAS CORTES GENERALES

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF