COMPETENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL 22 quáter c) LOPJ
RELACIONES PERSONALES CÓNYUGES y REM antes reglamento (tb conflictos internos)
Alternativos: RH ambos, ultima RH + uno, RH ddo
LEY APLICABLE 9.2 CC (a falta de capitulaciones 9.3) nacionalidad nacionalid ad común = mom. Celebra en defecto: autonomía voluntad = antes c elebr. Matrimonio subsidiaramente: RH común inmediatam. subsidiaramente: Posterior celebra. Matrimoni Matrimonio o
Mutuo acuerdo: RH uno España, ddte RH al menos 1 a, dte español + 6 meses, ambos nacionalidad española. R. 2016/1103 (desde 29/01/2019) cooperación reforzada (no todos EEMM) momento interposición demanda /aplica demanda /aplica aunque matrimonio en un 3er estado Art. 4
si un EM sucesión EM sucesión por por R 650/2012 = resolver REM
Art. 5.1
divorcio, separación judicial o anulación mismo tribunal competente competente salvo salvo 5.2
RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN
efecto registral = ordenamiento español = LCJI o LJV
a falta anteriores: ley lugar celebración matrimonio R. 2016/1103 desde vigor /momento /momento inicial del matrimonio /unidad matrimonio / unidad ley aplicable, solo rota leyes imperativas foro /aplica /aplica aunque matrimonio en un 3er estado Art. 22
Pacto
R. 2016/1103 SENTENCIAS
Art. 36 Art. 37
a) RH común o un uno o de ellos momento momento acuerdo
Motivos denegación:
Art. 5.2 REM acuerdo conyuge cuando el organo deba resolver sep-divor-nuli sea:
REGÍMENES ECONOMICOS MATRIMONIALES
b)
ordén público, rebeldía ddo., inconciliable inconciliab le mismas partes EM recono, inconci dictada antes EM o 3er Est. Mismas partes y pueda ser reconocida EM recono.
nacionalidad común o uno= mom. Elección (salvo plurinacionalidad)
a) EM ddte RH y al menos menos 1 año antes
Camb Cambio io RH NO camb cambio io ley = ppio inm inmutabi utabilida lidad d
Art. 42
ejecutoria ejecutoria un EM = ejecut ejecutar ar otro EM
b) EM nacionalidad ddte, RH y 6 meses antes demanda.
se ad admi mite te cam cambi bio o vvol olun unta tari rio o ley ley = ffut utur uro o
Art. Art. 45
se sent nten enci ciaa ext extra ranj njer eraa + ce cert rtif ific icad ado o
Ar Art. t. 23
va vali lide dezz acue acuerd rdo: o: fi firm rmad ado, o, fe fech cha, a, es escr crit ito o
Ar Art. t. 49
Re Recu curs rso o por por cual cualqu quie iera ra part partes es
Art. 25 d) competencia residual del r. 2201/2003 S. Expresa (exclusivo) = previo pacto ley pacto ley del foro si:
c) co conv nver ersi sión ón sepa separa raci ción ón en di divo vorc rcio io
Art. 7
reso. EM reconocidad demás EEMM s/procedimiento s/procedimien to = automático
eligieron d. aplicable EM ley aplicable en defecto defecto de de p pacto acto Org. Jur. EM celebració celebración n matr matrimon imonio io Art. 24
R. 2016/1103 DOC. PUBLICOS
ley RH común momento acuerdo
art. 58.1
mismo valor probatorio EM origen o parecido
ley RH cualquiera de ellos si paises distintos en momen. Acuerdo
ar art. t. 61
ex exen ento toss le lega gali liza zaci ción ón
ley rectora REM = España = escritura publica Consentimiento Consentimien to - elección informada = leyes escogidas y tb ignoradas
límites Art. Art. 58.1 58.1 orden orden pú públi blico co
Tema 17 Art. 8 Art. 6
si ley decide responsabilidades patrimoniales patrimoniales = S.tácita - juez no obligado a informar (s. Art. 27 capacidad depende cotitularidad tácita derogaria expresa anterior) En defecto En defecto de pacto. pacto. Reglas Art. 26.1 en defecto defecto de pacto - subsidiarias/jerarquia jerarquizadas jerarquizad as RH cónyuges o 45 días s/TJUE a) RH común posterior celeb. Matrimonio nacionalidad nacionalid ad común momen. Cel. Matri - salvo última RH y uno aun resida b) plurinacionalidad ddo. RH c) conexión + extrecha moment. Cel. Matr nacionalidad nacionalidad común
Art. 26.3
excepción a instancia cualquier cónyuge: ley estado distinto 26.1 a) si:
Art. 9
Competencia alternativa alternativa = = cuando org. Jur EM no reconoce el matrimonio = ir al art. 6 Art. 10 C. residual = ninguno anteriores = lugar sito inmueble (solo inmueble) Art. 11 foro de necesidad = ninguno anterior
a) RH en ese otro Estado + tiem tiempo po que 26.1 a) b)
Art. 9.1
Art. 58.3 recurrir recurrir autenticid autenticidad ad se cuestionen actos o relaciones del doc. efecto registral = ordenamiento español = LCJI o LJV R.2016/1103 deroga convenios bilaterales España y otros EM Estado no miembro R. 2016/1103 y 3os sentencias y doc publicos: convenio convenioss bilaterales o LCJI o LJV
cónyuges se basaron en la ley de ese otro Est. para organizar sus relaciones patrimoniales patrimoniales CC capacidad capitulaciones capitulaciones = ley personal = nacionalidad
UNIONES DE HECHO
derecho interno
derecho interno
derecho interno
UNIONES REGISTRADAS: VALIDEZ
país de registro
país de registro
país de registro
R. 2016/1104 disolución o anulación = órganos
R. 2016/1104 aplica aunque pareja registrada en un 3er estado
Art. 5
Art. 6 UNIONES REGISTRADAS: EFECTOS PATRIMONIALES
jurisdiccionales de dicho Estado jurisdiccionales miembro serán competentes = si pareja art. 22 acuerda En defecto de pacto. pacto. Reglas art. 26 jerarquizadas jerarquizad as (momento demanda) demanda) RH cónyuges cónyuges última RH y uno aun resida ddo. RH nacionalidad nacionalida d común
inhibirse tribunales creadora creadosu raderecho unió unión n no juezley cuando Art. 9 reconozca unión. resto foros igual R 2016/1103
autonomia limitada a una ley que le conceda autonomia limitada efectos patrimoniales a la unión registrada a Falta elección o pacto no válido:
art. 26.1 ley estado conforme conforme se creo pare pareja ja estrecha conexión
Thank you for interesting in our services. We are a non-profit group that run this website to share documents. We need your help to maintenance this website.