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August 8, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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TESTIMONIO

NUMERO: 1,180 ESCRITURA PUBLICA DE “CONSTITUCION DE SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, DENOMINADA “TEC COMPUTER CPPZ” S.A.C. QUE OTORGA DON CADENILLAS

RODRÍGUEZ ALEXANDER VICTOR , DON PACHERRES QUIROZ GIOMAR LEONARDO, DOÑA PLASENCIA ANHUAMAN LUISA MERCEDES, DON ROJAS MENDOZA ESTEBAN EDWIN, Y DONA ZUÑIGA CONTRERAS RUBI XIOMERY ------------------------------------------------XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX EN LA CIUDAD DE TRUJILLO, DISTRITO Y PROVINCIA DEL MISMO NOMBRE, DEPARTAMENTO Y REGION LA LIBERTAD , A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIESICIETE, ANTE MI: CARLOS ANDRES CIEZA URRELO, NOTARIOABOGADO  DE ESTA PROVINCIA, COMPARECIERON: A MI OFICINA NOTARIAL, POR PROPIO DERECHO, DON CADENILLAS RODRÍGUEZ ALEXANDER VICTOR   NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION EMPRESARIO, CON DNI N° 70515662 ESTADO CIVIL SOLTERO CON DOMICILIO DOMICILIO AV.28 DE JULIO N°330 DE ESTA CIUDAD DE DE TRUJILLO, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD; DON NACIONALIDAD PERUANA, PACHERRES LEONARDO EMPRESARIO,QUIROZ CON DNIGIOMAR CON N° 70659534 ESTADO, CIVIL SOLTERO. DOMICILIADO DOMIC ILIADOOCUPACION EN LA URB. MZ. "M" LOTE 05 URB. EL SOL DEL CHACARERO DE ESTA CIUDAD DE TRUJILLO, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD; DOÑA PLASENCIA ANHUAMAN LUISA MERCEDES  NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION EMPRESARIO, CON DNI N° 70001757, ESTADO CIVIL SOLTERO. DOMICILIADA EN URB. EL BOSQUE CALLE CRISTÓBAL LOZANO Nº 909 DE ESTA CIUDAD DE TRUJILLO, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD; ROJAS MENDOZA ESTEBAN EDWIN, NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION INGENIERO DE SISTEMAS, CON DNI N° 72733190, ESTADO ESTADO CIVIL SOLTERO DOMICILIADO DOMICILIADO EN EL PASAJE PASAJE OBISPO OBISPO DE LUNA VICTORIA Nº 149 DE ESTA CIUDAD DE TRUJILLO, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD; ZUÑIGA CONTRERAS RUBI XIOMERY, NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION EMPRESARIO, CON DNI N° 73147384, ESTADO CIVIL SOLTERO DOMICILIADA EN URB. URB. MONZERRATE MZ F LOTE Nº 12 DE ESTA CIUDAD CIUDAD DE TRUJILLO, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. EN COMPARECENCIA GOZAN DE CAPACIDAD LEGAL,REALIZADO CONOCIMIENTO BASTANTE Y LIBERTAD SEGUN EL EXAMEN CON TAL PROPOSITO EN CONFORMIDAD CON LA LEY DEL NOTARIADO Y ME ENTREGARON LA MINUTA QUE SIGUE, PARA QUE SU CONTENIDO LO ELEVASE A INSTRUMENTO LA QUE SIGNADA CON N° 925, SE  AGREGA AL RESPECTIVO LEGADO MINUTARIO DE LO QUE DOY FE, COMO LA DOY IGUALMENTE DE HABERLO IDENTIFICADO. ---------------------------------------------------------------……………………………………………………………………………………………………………….

MINUTA

SEÑOR NOTARIO: SIRVASE USTED EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PÚBLICAS, UNA CONSTITUCION DE SOCIEDAD ANONIMA CERRADA DE CONFORMIDAD CON EL TEXTO DE LA NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES (LEY 26887) QUE EN  ADELANTE SE DENOMINARÁ DENOMINARÁ “LA LEY”, QUE OTORGA:

CADENILLAS RODRÍGUEZ ALEXANDER VICTOR, NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION EMPRESARIO, DNI N° 70515662 ESTADO CIVIL SOLTERO. SOLTERO. CON DOMICILIO AV.28 DE JULIO N°330CON DE ESTA CIUDAD DE TRUJILLO, DISTRITO Y PROVINCIA PROVINC IA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD

 

  PACHERRES QUIROZ GIOMAR LEONARDO, NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION EMPRESARIO, CON DNI N° 70659534 ESTADO CIVIL SOLTERO. SOLTERO. MZ. "M" LOTE 05 URB. EL SOL DEL CHACARERO DE ESTA CIUDAD DE TRUJILLO, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. PLASENCIA ANHUAMAN LUISA MERCEDES NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION EMPRESARIO, CON CON DNI N° 70001757, ESTADO ESTADO CIVIL SOLTERO. URB. EL BOSQUE CALLE CRISTÓBAL LOZANO Nº 909 DE ESTA CIUDAD DE TRUJILLO, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. ROJAS MENDOZA ESTEBAN EDWIN, NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION INGENIERO DE SISTEMAS, SISTEMAS, CON DNI N° 72733190, ESTADO CIVIL CIVIL SOLTERO. DOMICILIADO EN EL EL PASAJE OBISPO DE LUNA VICTORIA Nº 149 DE ESTA CIUDAD DE TRUJILLO, DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. ZUÑIGA CONTRERAS RUBI XIOMERY, NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION EMPRESARIO, CON DNI N° 73147384, ESTADO CIVIL SOLTERO. DOMICILIADA DOMICILIADA EN EN URB. MONSERRATE MZ F LOTE Nº 12 DE ESTA CIUDAD DE TRUJILLO, DISTRITO Y PROVINCIA PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. TODOS SEÑALANDO DOMICILIO COMUN PARA EFECTOS DE ESTE INSTRUMENTO EN TRUJILLO URBANIZACION MONZERRATE N° 130 DISTRITO TRUJILLO, PROVINCIA TRUJILLO Y DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

EN LOS TERMINOS SIGUIENTES: PACTO SOCIAL, LOS OTORGANTES MANIFIESTAN SU PRIMERO.- POR EL PRESENTE PACTO LIBRE VOLUNTAD VOLUNTAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ANONIMA ANONIMA CERRADA, BAJO BAJO LA DENOMINACION DE TEC COMPUTER CPPZ SOCIEDAD ANONIMA CERRADA; PUDIENDO UTILIZAR LA ABREVIATURA Teccom S.A.C, SE OBLIGAN A EFECTUAR LOS APORTES PARA LA FORMACION DEL CAPITAL SOCIAL Y A FORMULAR EL CORRESPONDIENTE ESTATUTO.

SEGUNDO.- EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE S/. 70.000 (SETENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR CADENILLAS RODRÍGUEZ, ALEXANDER VICTOR  ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. 1.00 (UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) CADA UNA, SUSCRITAS Y PAGADAS DE LA SIGUIENTE MANERA: CADENILLAS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ ALEXANDER VICTOR, SUSCRIBE 24, 500 (VEINTICUTRO MIL QUINIENTOS) ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA PAGA S/. 1.00 (UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN EFECTIVO Y S/. 24,500 (VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES. PACHERRES QUIROZ QUIROZ GIOMAR LEONARDO, SUSCRIBE SUSCRIBE 10,500 ( DIEZ MIL QUINIENTOS)  ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA S/. 1.00 (UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE  APORTE EN EFECTIVO Y S/. 10,500 (DIEZ MIL QUINIENTOS.... Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES. PLASENCIA ANHUAMAN ANHUAMAN LUISA MERCEDES, MERCEDES, SUSCRIBE 10,500 ( DIEZ MIL QUINIENTOS)  ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA S/.1.00 (UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE  APORTE EN EFECTIVO Y S/. 10,500 DIEZ MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES. ROJAS MENDOZA MENDOZA ESTEBAN ESTEBAN EDWIN, EDWIN, SUSCRIBE SUSCRIBE 10,500 ( DIEZ MIL QUINIENTOS)  ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA S/.1.00 (UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE  APORTE EN EFECTIVO Y S/. 10,500 (DIEZ MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES.

 

ZUÑIGA CONTRERAS CONTRERAS RUBI RUBI XIOMERY., XIOMERY., SUSCRIBE SUSCRIBE 10,500 ( DIEZ DIEZ MIL QUINIENTOS)  ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA S/. 1.00 (UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE  APORTE EN EFECTIVO Y S/. 10,500 (DIEZ MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES.

EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO.   TERCERO.- LOS OTORGANTES DECLARAN QUE LOS BIENES MUEBLES APORTADOS A LA SOCIEDAD SON LOS QUE A CONTINUACION SE DETALLA Y QUE EL CRITERIO  ADOPTADO PARA LA VALORIZACION, VALORIZACION, EN CADA CASO, ES ES EL QUE SE INDICA: DESCRIPCION DE CRITERIO EMPLEADO VALOR LOS BIENES PARA SU VALORIZACION ASIGNADO

CADENILLAS RODRÍGUEZ ALEXANDER VICTOR APORTA : VALOR DE MERCADO 1.- ESCRITORIO SUB TOTAL 1.000.00 TOTAL

PACHERRES QUIROZ GIOMAR LEONARDO APORTA : VALOR DE MERCADO 1.- SILLA GIRATORIA SUB TOTAL 550.00 TOTAL

PLASENCIA ANHUAMAN LUISA MERCEDES APORTA : VALOR DE MERCADO 1.-  TELEVISOR 1000.00 SUB TOTAL TOTAL

S/. 1.000.00 S/. S/. 1.000.00 S/.550.00 S/. S/. 550.00 S/. S/. 1000.00 S/. 1000.00

ROJAS MENDOZA ESTEBAN EDWIN APORTA : 1.- EQUIPO DE SONIDO 2.- UN JUEGO DE MUEBLES DE OFICINA DE MADERA EJECUTIVO

VALOR DE MERCADO VALOR DE MERCADO SUB TOTAL TOTAL

ZUÑIGA CONTRERAS RUBI XIOMERY APORTA : 1.- JUEGO DE MODULARES

S/. 450.00 S/. 2,500.00 S/. 2950.00 S/. 2950.00

VALOR DE MERCADO

S/. 1000.00

SUB TOTAL TOTAL

S/. 1000.00 S/. 1000.00

ESTATUTO SIGUIENTE Y EN TODO LO LO NO CUARTO  .- LA SOCIEDAD SE REGIRA POR ESTATUTO PREVISTO POR ESTE, SE ESTARA A LO DISPUESTO POR LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES - LEY 26887 - QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA “LA LEY”. 

 

ESTATUTO  ARTICULO 1°.- DENOMINACION - DURACION - DOMICILIO: LA SOCIEDAD SE DENOMINA “TEC COMPUTER CPPZ” SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, PUDIENDO UTILIZAR LA

 ABREVIATURA TECCOMCP SAC. LA SOCIEDAD ES DE DURACIÓN INDETERMINADA E INICIÓ SUS ACCIONES A PARTIR DE LA FECHA EN LA MINUTA DE CONSTITUCIÓN, INICIANDO SUS OPERACIONES EN LA FECHA DE ESTE PACTO SOCIAL Y ADQUIERE PERSONALIDAD JURIDICA DESDE SU INSCRIPCION JURIDICA S DE TRUJILLO . LA SOCIEDAD EN FIJAEL SUREGISTRO DOMICILIODE ENPERSONAS LA CIUDADJURIDICAS DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, ESTANDO FACULTADA PARA CREAR SUCURSALES EN OTRAS CIUDADES DEL PAIS O EN EL EXTRANJERO, CONFORME A LAS LEYES DE LA MATERIA.

ARTICULO 2°.- LA SOCIEDAD NO TENDRÁ DIRECTORIO, SOLO ESTARÁ DIRIGIDA POR: A. LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS B. LA GERENCIA TIENE UNA DURACION INDETERMINADA; SU DOMICILIO DOMICILIO ES LA PROVINCIA DE LIMA Y DEPARTAMENTO DE LIMA; PUDIENDO ESTABLECER SUCURSALES U OFICINAS EN CUALQUIER LUGAR DEL PAIS O EN EL EXTRANJERO.

ARTICULO 3°.- OBJETO SOCIAL.- LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETO DEDICARSE A: LA VENTA DE EQUIPOS TECNOLÓGICOS (COMPUTADORAS, LAPTOPS, NOTEBOOKS, TABLETS, ETC), Y PRESTAR SERVICIO AL USUARIO SOBRE INFORMACIÓN DE SOPORTE TECNICO, SOPORTES QUE SE DISEÑARAN SEGÚN LAS NECESIDADES PARTICULARES DE CADA USUARIO. SE ENTIENDE INCLUIDOS EN EL OBJETO SOCIAL LOS ACTOS RELACIONADOS CON EL MISMO, QUE COADYUVEN A LA REALIZACION DE SUS FINES. PARA CUMPLIR DICHO OBJETO PODRA REALIZAR TODOS AQUELLOS ACTOS Y CONTRATOS QUE SEAN LICITOS, SIN RESTRICCION ALGUNA.

ARTICULO 4º.- CAPITAL SOCIAL: EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE S/. 70.000 (SETENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR 70, 000 ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. 1.00 (UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) CADA UNA. ARTICULO 5°.- LA SOCIEDAD EMITIRÁ SUS CORRESPONDIENTES ACCIONES SIENDO REPRESENTADOS POR CERTIFICADOS LOS QUE CONTENDRÁN LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 100° DE “LA LEY”. DICHAS ACCIONES SE ANOTARÁN EN LA

MATRICULA DE ACCIONES, LAS MISMAS QUE SE LLEVARÁN EN UN LIBRO ESPECIALMENTE ABIERTOS A DICHO EFECTO O EN HOJAS SUELTAS. EN LA MATRICULA TAMBIEN SE ANOTARÁ LAS TRANSFERENCIAS, LOS CANJES Y DESDOBLAMIENTO DE  ACCIONES, LA COSNTITUCION DE DERECHO DERECHO Y GRAVÁMENES GRAVÁMENES SOBRE LAS MISMAS, LAS LIMITACIONES A LAS TRANSFERENCIAS, A LAS ACCIONES Y LOS CONVENIOS ENTRE  ACCIONISTAS O DE ACCIONISTAS CON TERCEROS, ESTOS ACTOS DEBEN COMUNICARSE POR ESCRITO A LA SOCIEDAD PARA SU ANOTACIÓN EN LA MATRICULA DE ACCIONES.

ARTICULO 6°.- LAS ACCIONES CONFORMANTES DEL CAPITAL SOCIAL SON CON DERECHO A VOTO Y LA CREACI{ON POSTERIOR DE OTRA CLASE DE ACCIONES SE HARA POR ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL, TAL COMO LO PREVEE EL ARTICULO 88 DE LA LEY.

 

EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO. ARTICULO 7°.- TRANSFERENCIA Y ADQUISICION DE ACCIONES: LOS OTORGANTES  ACUERDAN SUPRIMIR EL DERECHO DE PREFERENCIA PARA LA ADQUISICION DE  ACCIONES, CONFORME A LO PREVISTO EN EL ULTIMO ULT IMO PARRAFO DEL ARTICULO ART ICULO 237° DE LA “LEY”.

ARTICULO 8º.- JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS : LA JUNTA GENERAL DE  ACCIONISTAS ELTITULARES ORGANO DE SUPREMO DECON LA SOCIEDAD. DERECHOA DE  ASISTIR A ELLAES LOS ACCIONES DERECHO A TIENEN VOTO INSCRITOS SU NOMBRE EN EL LIBRO DE MATRICULA DE ACCIONES HASTA DOS DIAS ANTES DE LA CELEBRACION DE LA JUNTA. LOS ACCIONISTAS CONSTITUIDOS EN JUNTA GENERAL DEBIDAMENTE CONVOCADA, Y CON EL QUORUM CORRESPONDIENTE, DECIDEN POR LA MAYORIA QUE ESTABLECE LA “LEY” LOS ASUNTOS PROPIOS DE SU COMPETENCIA.

TODOS LOS ACCIONISTAS INCLUSO LOS DISIDENTES Y LOS QUE NO HUBIERAN PARTICIPADO EN LA REUNION, ESTAN SOMETIDOS A LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL. LA CONVOCATORIA A JUNTA DE ACCIONISTAS SE SE SUJETA A LO DISPUESTO DISPUESTO EN EL ART. 245° DE LA “LEY.  EL ACCIONISTA PODRA HACERSE REPRESENTAR EN LAS REUNIONES REUNIONES DE JUNTA GENERAL POR MEDIO DE OTRO ACCIONISTA, SU CONYUGE, O ASCENDIENTE O DESCENDIENTE EN PRIMER GRADO.

ARTICULO 9º.-

JUNTAS NO PRESENCIALES.-  LA CELEBRACION DE JUNTAS NO

PRESENCIALES SE SUJETA A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 246° DE LA “LEY”. “ LEY”. 

ARTICULO 10 .  LA JUNTA GENERAL SERÁ CONVOCADA POR EL GERENTE GENERAL CUANDO LO ORDENE LA LEY, CUANDO LO ORDENE LA LEY, CUANDO SEA NECESARIO EL INTERÉS SOCIAL O CUANDO LO SOCILITE UN NÚMERO DE ACCIONISTA QUE REPRESENTE CUANTO MENOS EL 20% (VEINTE POR CIENTO) DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO, CONVOCATORIA QUE SE EFECTUARÁ MEDIANTE  AVISO QUE CONTENGA LA INDICACIÓN DEL DÍA, LA HORA, HORA, EL LUGAR DE CELEBRACIÓN CELEBRACIÓN DE LA JUNTA Y LOS ASUNTOS A TRATAR. ARTICULO 11º.- NO OBTANTE LO ESTABLECIDO EN LA LEY, LA JUNTA TAMBIÉN SE ENTENDERÁ CONVOCADA Y QUEDARÁ VALIDAMENTE CONSTITUIDA, SIEMPRE QUE ESTEN PRESENTES ACCIONISTAS QUE REPRESENTEN LA TOTALIDAD DE LAS  ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO Y ESTAS ACEPTES POR UNANIMIDAD LA CELEBRACION DE LA JUNTA Y LOS ASUNTOS QUE EN ELLA SE PROPONGAN TRATAR. ARTICULO 12º.- LA JUNTA GENERAL SE REÚNE OBLIGATORIAMENTE CUANDO MENOS UNA VEZ AL AÑO DENTRO DE LOS TRES MESES SIGUIENTES A LA TERMINACIÓN DEL EJERCICIO ECONÓMICO, PARA TRATAR LOS SIGUIENTES ASUNTOS:

A. PRONUNCIARSE SOBRE LA GESTIÓN SOCIAL Y LOS RESULTADOS ECONÓMICOS DEL EJERCICIO ANTERIOR EXPRESADOS EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO ANTERIOR. B. RESOLVER SOBRE LA APLICACIÓN DE LAS UTILIDADES, SI LAS HUBIERA; C. ELEGIR CUANDO CORRESPONDA A LOS GERENTES Y FIJAR SU RETRIBUCIÓN; D. DESIGNAR AUDITORES EXTERNOS, CUANDO CORRESPONDA; Y E. RESOLVER SOBRE LOS DEMÁS ASUNTOS QUE LE SEAN PROPIOS CONFORME  AL ESTATUTO Y SOBRE CUALQUIER OTRO CONSIGNADO EN LA CONVOCATORIA. LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL QUEDARÁ VÁLIDAMENTE CONSTITUIDA EN LA PRIMERA CONVOCATORIA, CUANDO SE ENCUENTRE REPRESENTADO CUANDO MENOS EL 50%

 

(CINCUENTA POR CIENTO) DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO. EN SEGUNDA CONVOCATORIA, SERÁ SUFICIENTE LA CONCURRENCIA DE CUALQUIER NÚMERO DE ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO. LOS ACUERDOS SE  ADOPTARÁN CON EL VOTO VOTO FAVORABLE DE LA MAYORÍA ABSOLUTA ABSOLUTA DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO REPRESENTADOS EN LA JUNTA.

ARTICULO 13.- TAMBIÉN LE COMPETE A LA JUNTA:   REMOVER A LOS GERENTES Y DESIGNAR A SUS REEMPLAZANTES. MODIFICAR EL ESTATUTO. AUMENTAR O REDUCIR R EDUCIR EL CAPITAL SOCIAL. EMITIR OBLIGACIONES.

A.  ACORDAR LA ENAJENACIÓN, EN UN SÓLO ACTO, DE ACTIVOS CUYO VALOR CONTABLE EXCEDA EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DEL CAPITAL DE LA SOCIEDAD. B. DISPONER INVESTIGACIONES Y AUDITORIAS ESPECIALES. C.  ACORDAR LA TRANSFORMACIÓN, FUSIÓN, ESCISIÓN, REORGANIZACIÓN Y DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD, ASÍ COMO RESOLVER SOBRE SU LIQUIDACIÓN. D. RESOLVER, EN LOS CASOS EN QUE LA LEY O EL ESTATUTO DISPONGAN, SU INTERVENCIÓN Y EN CUALQUIER OTRO QUE REQUIERA EL INTERÉS SOCIAL. TRATÁNDOSE DE LOS ASUNTOS PREVISTOS EN LOS INCISOS A, B, C Y D DEL PRESENTE ARTÍCULO SE REQUIERE EN PRIMERA CONVOCATORIA CUANDO MENOS LA CONCURRENCIA DE DOS TERCIOS DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO. EN SEGUNDA CONVOCATORIA, BASTA LA CONCURRENCIA DE AL MENOS LAS TRES QUINTAS PARTES DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO. LOS  ACUERDOS SE ADOPTAN POR UN NÚMERO DE ACCIONES QUE REPRESENTEN CUANDO MENOS LA MAYORÍA ABSOLUTA DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO.

ARTICULO 14°.- LA PROPIA JUNTA DESIGNARÁ A QUIENES DEBAN EJERCER LAS FUNCIONES DE PRESIDENTE DE LAS JUNTAS GENERALES Y DE SECRETAR ACTUARÁ EL GERENTE GENERAL, EN ÉSTE ÚLTIMO CASO SI NO PUDIERA O ESTUVIESE IMPEDIDO, LA JUNTA DESIGNARÁ A UN SOCIO.

ARTICULO 15°.- AL PRESCINDIR DEL DIRECTORIO LAS FUNCIONES INHERENTES QUE LE CORRESPONDEN A ÉSTE ÓRGANO SERÁN EJERCIDAS POR EL GERENTE GENERAL. ARTICULO 16º.-  LA GERENCIA.- EL GERENTE GENERAL TIENE A SUCA LA  ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA SOCIEDAD, SU MANDATO ES INDEFINIDO, EMPERO . PUEDE SER REMOVIDO EN CUALQUIER MOMENTO POR LA JUNTA GENERAL, EL GERENTE GENERAL RESPONDE ANTE LA SOCIEDAD, LOS ACCIONISTAS Y TERCEROS POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE OCASIONE POR EL INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES, DOLO, ABUSO DE FACULTADES Y NEGLIGENCIA GRAVE. EL GERENTE GENERAL ES PARTICULARMENTE RESPONSABLE POR:

A. LA EXISTENCIA, REGULARIDAD Y VERACIDAD DE LOS SISTEMAS DE CONTABILIDAD, LOS LIBROS QUE LA LEY ORDENA LLEVAR A LA SOCIEDAD Y LOS DEMÁS LIBROS Y REGISTROS QUE DEBE LLEVAR UN ORDENADO COMERCIANTE. B. LA VERACIDAD DE LAS INFORMACIONES QUE PROPORCIONE A LA JUNTA GENERAL,

 

C. EL ESTABLECIMIENTO Y MANTENIMIENTO DE UNA ESTRUCTURA DE CONTROL INTERNO DISEÑADA PARA PROVEER UNA SEGURIDAD RAZONABLE DE QUE LOS  ACTIVOS DE LA SOCIEDAD ESTÉN PROTEGIDOS PROTEGIDOS CONTRA USO USO NO AUTORIZADO AUTORIZADO Y QUE TODAS LAS OPERACIONES SON EFECTUADAS DE ACUERDO CON  AUTORIZACIONES ESTABLECIDAS ESTABLECIDAS Y SON REGISTRADAS APROPIADAMENTE; APROPIADAMENTE; D. EL OCULTAMIENTO DE LAS IRREGULARIDADES QUE OBSERVE EN LAS  ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD; SOCIEDAD; E. LA CONSERVACIÓN DE LOS FONDOS SOCIALES A NOMBRE DE LA SOCIEDAD; F. EL EMPLEO DE LOS RECURSOS SOCIALES EN NEGOCIOS DISTINTOS DEL DE LA SOCIEDAD; EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY, EL ESTATUTO Y LOS ACUERDOS DE LA JUNTA G. OBJETO GENERAL. H. LA VERACIDAD DE LAS CONSTANCIAS Y CERTIFICACIONES QUE EXPIDA RESPECTO DEL CONTENIDO DE LOS LIBROS Y REGISTROS DE LA SOCIEDAD; 9. DAR CUMPLIMIENTO EN LA FORMA Y OPORTUNIDADES QUE SEÑALA LA LEY A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 130 Y 224 DE LA LEY;

ARTICULO 17°.- SON FACULTADES DEL GERENTE GENERAL ADEMÁS DE LAS PREVISTAS EN EL ART. 188° DE LA LEY.

A) FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN. ADMINISTRACIÓN. A.1 .- OPERACIONES BANCARIAS Y DE SEGUROS .- EL GERENTE GENERAL ESTÁ FACULTADO A EFECTUAR A SOLA FIRMA Y TODO TIPO DE OPERACIONES BANCARIAS COMO SON: ABRIR, TRANSFERIR, CERRAR ENCARGARSE DEL MOVIMIENTO DE TODO TIPO DE CUENTAS BANCARIAS; GIRAR, ENDOSAR Y COBRAR CHEQUES; ACEPTAR, REACEPTAR, GIRAR, RENOVAR, ENDOSAR, DESCONTAR Y PROTESTAR CHEQUES, LETRAS DE CAMBIO, VALES, PAGARÉS, GIROS, CERTIFICADOS, CONOCIMIENTOS, PÓLIZAS Y CUALQUIER CLASE DE DOCUMENTOS MERCANTILES Y CIVILES; OTORGAR RECIBOS Y CANCELACIONES; SOBREGIRARSE EN CUENTA CORRIENTE CON GARANTÍA HIPOTECARIA, PRENDARIA Y DE CUALQUIER FORMA; PODRÁ CONTRATAR CAJAS DE SEGURIDAD, SOLICITAR AVANCES DE CUENTAS CORRIENTES, GIRAR SOBRE DICHOS FONDOS, SOLICITAR FIANZAS, RETIRAR IMPOSICIONES EN MONEDA NACIONAL Y EXTRANJERA, SOLICITAR PÓLIZAS DE SEGURO, CONCEDER CRÉDITOS, ADEMÁS PODRÁ EFECTUAR OPERACIONES QUE SE ENCUENTRAN NORMADAS EN LA LEY DE BANCOS, LEY DE TÍTULOS VALORES Y CÓDIGO DE COMERCIO; PARA TAL EFECTO, PODRÁ SUSCRIBIR CUANTO DOCUMENTO DE CRÉDITO O DE CAMBIO FUERE NECESARIO, FIRMAR CONTRATOS DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE; INDICANDO  ADEMÁS QUE COMO ESTÁ FACULTADO FSON ACULTADO A EFECTUAR OPERACIONES FINANCIERO NORMADAS POR LEYES ESPECIALES, CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO EN TODAS SUS MODALIDADES, Y PODRÁ OPERAR CON ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO MEDIANTE EL MANEJO DE WARRANTS. PODRÁ ADEMÁS EFECTUAR CONTRATOS DE SEGURO EN SUS DISTINTAS MODALIDADES Y ENDOSAR LAS PÓLIZAS COMO CORRESPONDA.

A.2.- OPERACIONES COMERCIALES. - EL GERENTE GENERAL ESTÁ FACULTADO PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS O CONTRATOS EN GENERAL, SIGUIENDO PARA ELLO LAS FORMALIDADES DE LA LEY QUE SEAN NECESARIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES SOCIALES; QUEDANDO EXPRESAMENTE ENTENDIDO QUE PODRÁ EJERCER TODOS LOS ACTOS PROPIOS DE LA ADMINISTRACIÓN.

A.3.- FACULTADES DE DISPOSICIÓN Y/O GRAVAMEN GR AVAMEN. - EL GERENTE GENERAL A SOLA FIRMA CUENTA CON:

 

 

1. FACULTAD PARA DISPONER DE LOS BIENES DE LA EMPRESA, O GRAVARLES, SIN QUE EL PRESENTE SEA TACHADO DE INSUFICIENTE.

2. FACULTAD PARA COMPRAR, VENDER, ARRENDAR, EN GENERAL, PODRÁ DISPONER DE LOS BIENES DE LA EMPRESA, SEAN MUEBLES Y/O INMUEBLES, ASÍ COMO GRAVARLOS, PODRÁ ADEMÁS REPRESENTAR A LA EMPRESA _ EN LICITACIONES, CELEBRAR TRANSACCIONES, COMPROMISO ARBITRAL Y EN GENERAL PODRÁ CELEBRAR LOS DEMÁS ACTOS Y CONTRATOS PARA LOS QUE LA LEY O EL ACTO JURÍDICO REQUIERE DE PODER ESPECIAL, CONFORME LO PRESCRIBEN LOS  ARTÍCULOS 156 Y 167 DEL CÓDIGO CIVIL.

B) FACULTADES DE REPRESENTACIÓN LEGAL .- EL GERENTE GENERAL QUEDA FACULTADO PARA REPRESENTAR A LA EMPRESA, ANTE TODA CLASE DE  AUTORIDADES SEAN POLÍTICAS, ADMINISTRATIVAS, MUNICIPALES O JUDICIALES, GOZANDO DE LAS FACULTADES GENERALES DEL MANDATO CONSIGNADAS EN EL  ARTÍCULO 74 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, Y EN CUANTO AL ART. 75 DEL MISMO CÓDIGO CUENTA CON FACULTADES ESPECIALES PARA REALIZAR TODO LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DE DERECHOS SUSTANTIVOS Y PARA DEMANDAR, RECONVENIR , CONTESTAR DEMANDAS Y RECONVENCIONES, DESISTIESE DEL PROCESO Y DE LA PRETENSIÓN, ALLANARSE A LA PRETENSIÓN, CONCILIAR, TRANSIGIR, SOMETER A  ARBITRAJE LAS PRETENSIONES CONTROVERTIDAS EN EL PROCESO, SUSTITUIR O DELEGAR LA REPRESENTACIÓN PROCESAL Y PARA LOS DEMÁS ACTOS QUE SEAN NECESARIOS. C) OTRAS FACULTADES. - EL GERENTE GENERAL TENDRÁ COMO ATRIBUCIONES  ADICIONALES LAS SIGUIENTES: SIGUIENTES: ORGANIZAR EL RÉGIMEN INTERNO DE LA SOCIEDAD. NOMBRAR Y DESPEDIR AL PERSONAL DE LA SOCIEDAD. ELABORAR PROYECTOS DE BALANCE. PRESENTAR OFERTAS Y PROPUESTAS PARA TODA CLASE DE LICITACIONES, CONCURSOS DE PRECIOS, ETC. E. DIRIGIR LAS OPERACIONES COMERCIALES Y ADMINISTRATIVAS, ASÍ COMO LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS SOCIALES QUE DEBEN REALIZARSE. F. OBTENER AVALES O GARANTÍAS, G. CELEBRAR CONTRATOS DE QUE CON CUALQUIER INSTITUCIÓN: PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS.

A. B. C. D.

ARTICULO 18º .- MODIFICACION DEL ESTATUTO, ESTATUTO, AUMENTO Y REDUCCION DEL CAPITAL:  LA MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL, SOCIAL, SE RIGE POR LOS A ARTICULOS RTICULOS 198º Y 199º DE LA “LEY”, ASI COMO EL AUMENTO Y REDUCCION DEL CAPITAL SOCIAL, SE

SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 201º AL 206º Y 215º AL 220º , RESPECTIVAMENTE, DE LA “LEY”. 

ARTICULO 19º .- ESTADOS FINANCIEROS Y APLICACION DE UTILIDADES.- SE RIGE POR LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 40º, 221º AL AL 233° DE LA “LEY”.

ARTICULO 20° .- DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION:   EN CUANTO A LA DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION DE LA SOCIEDAD, SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 407º, 409º, 410º, 412º, 413º AL 422º DE LA “LEY”.  

 

PRESIDENTE : NOMBRES, APELLIDOS CADENILLAS RODRÍGUEZ ALEXANDER VICTOR, DNI N° 70515662  

DIRECTORES: NOMBRES, APELLIDOS APELLIDOS PACHERRES QU QUIROZ IROZ GIOMAR LEONARDO, DNI DNI N° 70659534 NOMBRES, APELLIDOS APELLIDOS PLASENCIA ANHUAM ANHUAMAN AN LUISA MERCEDES, MERCEDES, DNI N° 70001757 NOMBRES, APELLIDOS APELLIDOS ROJAS MENDOZA E ESTEBAN STEBAN EDWIN, DNI N° 70515662 NOMBRES, APELLIDOS APELLIDOS ZUÑIGA CONTRERAS RU RUBI BI XIOMERY, DNI N° 73147384

QUINTO.- QUEDA DESIGNADO COMO PRIMER GERENTE GENERAL DON CADENILLAS RODRÍGUEZ ALEXANDER ALEXANDER VICTOR VICTOR DNI N° 70515662. ……………………………………………………………………………………………………………….  CONCLUSIÓN FORMALIZADO EL INSTRUMENTO, ADVERTI ADVERTI E INSTRUI A LOS OTORGANTES DEL OBJETO, RESULTADOS Y EFECTOS LEGALES DEL MISMO, LUEGO DE LO QUE LES HICE LECTURA DE TODO EL, DECLARANDO QUE ESTAN CONFORMES CON LA INFORMACION CONTENIDA EN ESTA ESCRITURA; QUE CORRE DE FOJAS SERIE NUMERO UN MILLON SETECIENTOS MIL QUATROCIENTOS DIECISIETE A FOJAS SERIE NUMEROCUARENTITRES UN MILLON SETECIENTOS CUARENTITRES MIL VUELTA, CUATROCIENTOS VEINTISIETE DE MI REGISTRO NUMERO SETENTIOCHO, DE ESCRITURAS PUBLICAS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2012; DEJÁNDOSE CONSTANCIA QUE LOS / ORGANTES NO HAN EXHIBIDO MEDIO DE PAGO, EN LA CELEBRACION DEL ACTO JURIDICO A QUE SE REFIERE EL PRESENTE INSTRUMENTO; ASIMISMO, QUE SE HA CUMPLIDO CON LO ESTABLECIDO EN EL CUARTO PARRAFO DEL ARTICULO 55° DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1049 MODIFICADO POR DECRETO LEGISLATIVO N° 1106; DESPUES DE UE, AFIRMARON TENER CONOCIMIENTO PLENO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, RATIFICANDOSE EN SU CONTENIDO, ACEPTANDO CADA UNO DE LOS TERMINOS DE ESTE Y POR LO TANTO, FIRMAN E IMPRIMIR SU HUELLA DACTILAR EN SEÑAL DE CONFORMIDAD, ANTE MI------------------------------------------------------------------------------------------ES CONFORME CON LA ESCRITURA ORIG NAL DE SU REFERENCIA  A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIESICIETE , LA QUE SE ENCUENTRA FIRMADA POR LOS COMPARECIENTES, RUBRICADA Y FIRMADA POR EL TITULAR DE  ACUERDO A LEY------------------------------------------------------------LEY------------------------------------ ----------------------------------------------------------------------------------------------------------EXPIDO EL PRESENTE EN OCHO FOJAS UTILES LA CUALES SELLO, SIGNO Y RUBRICO EN LA CIUDAD DE TRUJILLO, A LOS A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIESICIETE----------------------------------------------------------------------------------------- 

CARLOS ANDRES CIEZA URRELO NOTARIO-ABOGADO

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