Escritura de Permuta

March 4, 2024 | Author: Anonymous | Category: N/A
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FOLIO NUMERO QUINIENTOS CINCUENTA…………………………………(550) INSTRUMENTO NUMERO TRESCIENTOS VEINTE (320).- (PERMUTA) En la ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortes, a los doce días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve, siendo las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.).- Ante mí, XXXXXXXXXXX, Notario con domicilio en ésta ciudad, inscrito en el en el Colegio de Abogados de Honduras con el número veinticuatro cuarenta y ocho (2448), y Exequatur otorgado por la Honorable Corte Suprema de Justicia Numero Mil Ochocientos Cincuenta. (1850), y con oficinas abiertas al público en Barrio El Centro, Calle Principal, La Lima, Cortes; comparecen personalmente los señores ARTURO MEJIA RAMOS, mayor de edad, casado, hondureño, comerciante, de este domicilio; y JOSE RENE SUAZO REYES, mayor de edad, casado, Licenciado en Administración de Empresas del domicilio de Villanueva, Departamento de Cortés, en tránsito por esta ciudad, quienes comparecen en sus condiciones personales; y quienes asegurándome hallarse en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles, libre y espontáneamente dicen: PRIMERO: Declara el señor ARTURO MEJIA RAMOS, que es legítimo dueño y propietario de un lote de terreno que se describe así: LOTE NUMERO CINCO (5) DEL BLOQUE SEIS (6) ubicado en La Colonia Miranda, municipio de Villanueva, Departamento de Cortes, con una área de extensión superficial de Cuatrocientos Cincuenta Metros cuadrados (450 Mts2), equivalentes a Trescientos Veinte (320 Vrs2),cuyas medidas y colindancias son: AL NORTE: Veinte Metros (20 Mts) colinda con solar 6 del bloque 6; AL SUR: Veinte Metros, (20Mts.) colinda con propiedad de José Izaguirre; AL ESTE: Diecinueve Metros, colinda con propiedad de Justo Carbajal (19.00 Mts.); AL OESTE: Diecinueve Metros, (19.00 Mts.) colinda con propiedad de Susana Vargas; inscrito a su favor en Folio Real bajo matricula numero 1003285, asiento numero 1,del Instituto de la Propiedad de esta sección registral, antecedente de dominio que Yo El Notario Doy Fe de haber tenido

a la vista; SEGUNDO: Por su parte manifiesta el señor JOSE RENE SUAZO REYES: que es legítimo dueño y propietario de un lote de terreno que se describe así: LOTE NUMERO TREINTA Y SEIS (36) DEL BLOQUE OCHO (8) ubicado en Colonia Cristo Rey., municipio de Villanueva, Departamento de Cortes, con una área de extensión superficial de Quinientos Cuarenta Metros Cuadrados (540.00 Mts2), equivalentes a Trescientos Sesenta y Ocho

Varas Cuadradas (368.00Vrs2), cuyas medidas y

colindancias son: AL NORTE: Veinticinco Metros, colinda con propiedad de Rosa Caballero; AL SUR: Veinticinco Metros (25 Mts.) colinda con propiedad de Jose Perez; AL ESTE: Veinte Metros, (20..00Mts)colinda con propiedad de Cesar Mejia; AL OESTE: Veinte Metros, (20.00 Mts.)Colinda con Paola Mendoza; inscrito a su favor en Folio Real bajo matricula número 1183945, asiento numero 1.del Instituto de la Propiedad de esta sección registral, antecedente de dominio que Yo El Notario Doy Fe de haber tenido a la vista. TERCERO: Manifiesta el señor ARTURO MEJIA RAMOS que por convenir a sus intereses, ha llegado a un acuerdo con el otro compareciente para permutar entre si los lotes de terreno antes descritos, de tal forma que el lote de terreno descrito en la cláusula primera de este instrumento a partir de este momento se lo traspasa en permuta a JOSE RENE SUAZO REYES por un valor de Cien Mil Lempiras (L 100,000), con todos sus usos, servidumbres, anexidades, libre de todo gravamen, en dominio pleno, obligándose al saneamiento de esta permuta para el caso de evicción.CUARTO: Manifiesta el señor JOSE RENE SUAZO REYES que por convenir a sus intereses, ha llegado a un acuerdo con el otro compareciente para permutar entre si los lotes de terreno antes descritos, de tal forma que el lote de terreno descrito en la cláusula Segunda de este instrumento a partir de este momento se lo traspasa en permuta a ARTURO MEJIA RAMOS por un valor de de Cien Mil Lempiras (L 100,000), con

todos sus usos, servidumbres, anexidades, libre de todo gravamen, en dominio pleno, obligándose al saneamiento de esta permuta para el caso FOLIO NUMERO QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO………………………… (551) de evicción.- QUINTO: Manifiesta el señor ARTURO MEJIA RAMOS, que es cierto lo manifestado por el señor JOSE RENE SUAZO REYES, y que da por recibido el lote de terreno que por este acto le transfiere descrito en la cláusula segunda que antecede,.SEXTO: manifiesta el Señor JOSE RENE SUAZO REYES, que es cierto todo lo manifestado por el señor ARTURO MEJIA RAMOS, en las cláusulas que anteceden y que da por recibido a su entera satisfacción del lote de terreno que se le traspasa en permuta.- Así lo dicen y otorgan, y enterados del derecho que para leer por sí este instrumento, por su acuerdo le di lectura íntegra, cuyo contenido ratifican las otorgantes, y firman; estampando además la huella digital del dedo índice de la mano derecha.- Yo El Notario advertí a los otorgantes de la obligación que tienen de inscribir este instrumento en el Instituto de la Propiedad de la Sección Registral de San Pedro Sula para que surta los efectos legales correspondientes.- De todo lo cual, del conocimiento, edad, estado civil, profesión u oficio, y vecindad de los otorgantes, así como de haber tenido a la vista las tarjetas de identidad de los otorgantes en el orden de su comparecencia: números 0501-1968-00036 y 0501-1964-00398; DOY FE.

ARTURO MEJIA RAMOS

FIRMA Y SELLO NOTARIO

JOSE RENE SUAZO REYES

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