Escritura de Mutuo Con Garantia Fiduciaria Sin Fiador

August 3, 2017 | Author: Jesús Camposeco | Category: Limited Liability Company, Payments, Politics, Government, Finance (General)
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Descripción: Ejemplo de Escritura de Mutuo con Garantia Fiduciaria guatemalteca...

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NUMERO CUARENTA (40).-En la ciudad de Quetzaltenango del departamento de Quetzaltenango, el PRIMERO de ABRIL del año dos mil catorce, ANTE MI: RICARDO DANIEL BARRIOS AQUINO, Notario, comparecen por una parte el señor HORACIO FRANKLIN VASQUEZ MATUL, de veintisiete años de edad, Casado, Perito Contador, guatemalteco, de este domicilio, se identifica con documento Personal de Identificación (D.P.I) código único de identificación (CUI) dos mil trescientos sesenta y dos espacio cero dos mil quinientos veintinueve espacio cero novecientos veinte, extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP) de la ciudad de Quetzaltenango, departamento de Quetzaltenango, quien lo hace en calidad de GERENTE Y REPRESENTANTE de la

entidad

denominada

COOPERATIVA

DE

AHORRO

Y

CREDITO

“EL

CENTAVO,

RESPONSABILIDAD LIMITADA”, que en el curso de este documento podrá denominarse simplemente LA COOPERATIVA, calidad que acredita con el acta Notarial de nombramiento suscrita en el municipio y departamento de Quetzaltenango, el diecisiete de mayo del año dos mil diez por el Notario RICARDO DANIEL BARRIOS AQUINO, en donde consta que ocupara el referido cargo e inscrito en el Registro de Representantes Legales de Cooperativas del Instituto Nacional de Cooperativas (INACOP), con el número noventa y tres, folio noventa y cinco, del libro uno de fecha veinticuatro de mayo del año dos mil diez, hago constar que este documento es suficiente conforme a la ley y a mi juicio para el otorgamiento del presente contrato; y por la otra parte la señora MARTHA REBECA CHAVEZ VELASQUEZ, de cuarenta años de edad, casada, guatemalteca, comerciante, de este domicilio, se identifica con documento Personal de Identificación (D.P.I) código único de identificación (CUI) dos mil trescientos ochenta y seis espacio cero dos mil quinientos veintinueve espacio cero novecientos veintinueve, extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP) de la ciudad de Quetzaltenango, departamento de Quetzaltenango, a quien más adelante en el presente contrato podrá denominarse indistintamente parte “deudora”; los comparecientes me aseguran ser de las generales expuestas, hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, capaces para éste acto, de palabra y en español que hablan y entienden, me indican que celebran CONTRATO DE MUTUO CON GARANTIA FIDUCIARIA contenido en las

cláusulas siguientes: PRIMERO: Me manifiesta la señora MARTHA REBECA CHAVEZ VELASQUEZ, que por este acto se reconoce y declara deudora de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “EL CENTAVO, RESPONSABILIDAD LIMITADA”, por la suma de CUARENTA MIL QUETZALES EXACTOS (40,000.00), que recibirá en moneda de curso legal en calidad de MUTUO y bajo las siguientes condiciones: a) El plazo para la devolución del capital es de DOCE MESES, contados a partir del PRIMERO de ABRIL del año dos mil catorce con vencimiento el TREINTA Y UNO de MARZO del año dos mil quince, por medio de DOCE AMORTIZACIONES MENSUALES Y CONSECUTIVAS de TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA QUETZALES (Q3,750.00), debiendo realizar la primera el día PRIMERO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE y así sucesivamente cada fecha PRIMERO de los MESES subsiguientes hasta la total cancelación del capital, sin necesidad de cobro ni requerimiento alguno en las oficinas centrales de la Cooperativa o en cualquiera de sus agencias en todo el país; b) Sobre la suma mutuada la deudora MARTHA REBECA CHAVEZ VELASQUEZ, reconoce y pagará el interés del DIECIOCHO POR CIENTO (18%) ANUAL calculados sobre saldos diarios, pagos que hará MENSUALMENTE, de modo que el presente crédito, su capital, intereses y las obligaciones contraídas quedaran

cancelados el

TREINTA Y UNO DE MARZO del dos mil quince, y expresamente acepta pagar cualquier otra tasa de interés o cualquier otro porcentaje de administración de préstamos, sobre este préstamo desde el momento que lo acuerde el Consejo de Administración en base a la Ley y a los Estatutos; c) Si al acumularse DOS cuotas vencidas, contados a partir de la fecha estipulada de pago y no se hace efectivo el mismo, se incrementará un recargo de SEIS PUNTOS PORCENTUALES, a la tasa de intereses ordinario, esto sin perjuicio del derecho de la entidad acreedora de dar por vencido el plazo de la presente obligación en forma anticipada y proceder ejecutivamente a fin de recuperar el capital mutuado, intereses y costas judiciales; d) En caso de incumplimiento, la parte deudora renuncia al fuero de su domicilio y se somete a los tribunales que elija la entidad acreedora y acepta como buenas y exactas la cuentas que se le demandare, señalando para recibir cualquier citación, notificación o emplazamiento la dirección en LA QUINCE AVENIDA UNO GUION CINCUENTA Y

UNO DE LA ZONA 3, del municipio de Quetzaltenango del departamento de Quetzaltenango, aceptando como válidas y bien hechas las que allí se le hagan en forma personal, o a familiar, persona doméstica o a la persona que se encuentre en dicha residencia en tanto no de aviso por escrito de cualquier cambio de dirección. SEGUNDO: La SEÑORA MARTHA REBECA CHAVEZ VELASQUEZ, manifiesta que para garantizar el fiel cumplimiento de esta obligación, intereses y costas judiciales si llegaran a causarse deja afectos, LOS BIENES ENAJENABLES , que pudiera poseer al momento de requerirse lo adeudado en caso de incumplimiento, al tenor del articulo mil trescientos veintinueve (1329) del Código Civil. TERCERO: El señor HORACIO FRANKLIN VASQUEZ MATUL, con la calidad con que actúa manifiesta expresamente, que acepta a favor de su representada la garantía fiduciaria constituida anteriormente. CUARTO: Los contratantes conjuntamente manifiestan que aceptan los términos de este contrato en cada una de las clausulas; Yo el Notario DOY FE: De todo lo expuesto; que advertí a los otorgantes la validez, efectos legales, de los deberes, derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato, di integra lectura a lo escrito quienes enterados, lo aceptan, ratifican y firman, juntamente con el Notario autorizante. DOY FE: (fs) Ilegible.----- Ilegible.----- ANTE MI (f) Ilegible, aparece el sello del Notario, Lic. RICARDO DANIEL BARRIOS AQUINO. ----------------------------------ES PRIMER TESTIMONIO: De la escritura pública número CUARENTA, de fecha uno de abril del año dos mil catorce, que contiene contrato de MUTUO CON GARANTIA FIDUCIARIA, el cual está exento del Impuesto al Valor Agregado y no constituye hecho generador de impuesto alguno según las leyes impositivas vigentes en la Republica de Guatemala, autorizada en ciudad de Quetzaltenango, Departamento de Quetzaltenango, por el suscrito Notario, Que para entregar a la COOPERATIVA EL CENTAVO, RESPONSABILIDAD LIMITADA , extiendo, número, firmo sello en DOS hojas de papel bond tamaño oficio, debidamente confrotado con su original. En la ciudad de Quetzaltenango, departamento de Quetzaltenango, uno de Abril de año dos mil catorce.

POR MI

En la ciudad de Quetzaltenango del departamento de Quetzaltenango, el diecisiete de mayo del año dos mil diez, siendo las diez horas, Yo, RICARDO DANIEL BARRIOS AQUINO, Notario, me encuentro constituido en mi oficina profesional ubicada en la séptima avenida uno guion treinta y seis, zona tres de esta ciudad, soy requerido por el señor HORACIO FRANKLIN VASQUEZ MATUL,

de veintisiete años de edad, Casado, Perito Contador, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con documento Personal de Identificación (D.P.I) código único de identificación (CUI) dos mil trescientos sesenta y dos espacio cero dos mil quinientos veintinueve espacio cero novecientos veinte, extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP) de la ciudad de Quetzaltenango, departamento de Quetzaltenango; quien solicita mis servicios para hacer constar su nombramiento como GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “EL CENTAVO, RESPONSABILIDAD LIMITADA”, por lo que procedo en la forma siguiente: PRIMERO: HORACIO FRANKLIN VASQUEZ MATUL, pone a la vista del infrascrito Notario los documentos siguientes: a) Certificación expedida por la Registradora de Cooperativas del Instituto Nacional de Cooperativas ( INACOP), de fecha dieciséis de mayo del año dos mil diez, donde

consta

que

la

COOPERATIVA

DE

AHORRO

Y

CREDITO

“EL

CENTAVO,

RESPONSABILIDAD LIMITADA”, se encuentra inscrita con el número cero treinta y cinco (035), folio cero cuarenta (040), del libro uno (1) de inscripciones de Cooperativas de Ahorro y Créditos Legalmente Autorizadas; b) Los estatutos de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “EL CENTAVO, RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con los cuales rige su funcionamiento dicha entidad. SEGUNDO: Para que le sirva de legal nombramiento a HORACIO FRANKLIN VASQUEZ MATUL, como GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “EL CENTAVO, RESPONSABILIDAD LIMITADA”, quien asumido y por este acto acepta como tal el cargo y representación legal que le delega se autoriza la presente acta. TERCERO: No habiendo nada más que hacer constar se termina la presente acta en el mismo lugar y fecha de su inicio, la cual se encuentra exenta del pago del impuesto de Timbres Fiscales de conformidad con los artículos veintitrés, inciso a) de la Ley General para Protocolos y se termina treinta minutos después de su inicio, la que previa lectura por el requirente y bien enterado de su contenido, objeto, valor y demás efectos legales, la ratifica, acepta y firma con el Notario que de todo lo relacionado da FE.

(f)

ANTE MI:

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