Escrito Pidiendo Prescripcion de Exigibilidad de Multa

March 2, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Expediente: N° 0336-2012-OS-EC-Cob. Mul. Sumi Su millla la::

Soli Solici citto se d dec ecla lare re llaa pr pres escr criipc pció ión n de la exigibilidad forzosa de multa.

Resolución de Sanción Nº 013062-2011-OS/GFHL SEÑOR EJECUTOR COACTIVO DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA – OSINERGMIN. ESTACION DE SERVICIOS PUEBLO NUEVO E.I.R.L, con RUC N° , con dirección en la Carretera Panamericana Norte Km 1267 del Distrito, Provincia y Depa De part rtam ament ento o de Tu Tumb mbes es y señ señal alan ando do domi domici cililio o procesal para efectos de notificaciones en la Calle Huascar N° 403 Segundo Piso del Distrito, Provincia y Departamento de Tumbes, debidamente representado por ROSA MAXIMINA RIVERA DE CORDOVA ; a Usted decimos:

20467137612 - CORPORACION PETROLERA SANTA ROSA S.A.C. I.- PETITORIO: Que, el Decreto Legislativo N° 1272, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, en su artículo 233-A de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece:

Artículo 233-A. Prescripción de la exigibilidad de las multas impuestas 1. La facultad de la autoridad para exigir por la vía de ejecución forzosa el pago de las multas impuestas por la comisión de una infracción

 

administrativa prescribe en el plazo que establezcan las leyes especiales. En caso de no estar determinado, la prescripción se produce al término de doss (2 do (2)) añ años os comp comput utad ados os a pa part rtir ir de la fech fecha a en qu que e se pr prod oduz uzca ca cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Que el acto administra administrativo tivo mediante mediante el cual se impuso la multa, multa, o aquel que puso fin a la vía administrativa administrativa,, quedó firme. b) Que el proc proces eso o cont ontenci encios oso o admi dminist nistra rattivo ivo des destina tinado do a la impugn imp ugnac ación ión del acto acto median mediante te el cual cual se impuso impuso la multa multa haya haya concluido con carácter de cosa juzgada en forma desfavorable desfavorable para el  administrado. 3. Los administrados pueden deducir la prescripción como parte de la apli ap lica caci ción ón de los los meca mecani nism smos os de defe defens nsa a prev previs isto tos s de dent ntro ro de del  l   procedimiento de ejecución forzosa. La autoridad competente debe re reso solv lver erla la sin sin más más trám trámit ite e que que la cons consta tata taci ción ón de los los plaz plazos os,,  pudiendo en los casos de estimarla fundada, disponer el inicio de las acci ac cion ones es de resp respon onsa sabi bili lida dad d para para dilu diluci cida darr las las caus causal ales es de la inacción administrativa, solo cuando se advierta se hayan producido situacio situ aciones nes de negligencia neglige ncia

En caso que la prescri prescripción pción sea deducida en sede administrativa administrativa,, el plazo máximo para resolver sobre la solicitud de suspensión de la ejecución forzosa por prescripción es de ocho (8) días hábiles contados a partir de la presentación de dicha solicitud por el administrado. Vencido dicho plazo sin que exista pronunciamiento expreso, se entiende concedida la solicitud, por  aplicación del silencio administrativo positivo  Asimismo, y en conc concordancia ordancia con el artículo 251° del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo, en lo concerniente a la Prescripción de la exigibilidad de las multas impuestas señala: 1. La facultad de la autoridad para exigir por la vía de ejecución forzosa el

 

pago pa go de las las mult ultas im impu pues esttas po porr la co comi misi sión ón de un una a infr infrac accción ión administrativa prescribe en el plazo que establezcan las leyes especiales. En caso de no estar determinado, la prescripción se produce al término de doss (2 do (2)) añ años os comp comput utad ados os a pa part rtir ir de la fech fecha a en qu que e se pr prod oduz uzca ca cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Que el acto administrativo mediante el cual se impuso la multa, o aquel que puso fin a la vía administrativa, quedó firme.  b) Que el proces proceso o conten contencio cioso so admini administr strat ativo ivo destin destinado ado a la impugn imp ugnac ación ión del acto acto median mediante te el cual cual se impuso impuso la multa multa haya haya concluido con carácter de cosa juzgada en forma desfavorable desfavorable para el  administrado.

Dentro de este contexto:

II.- EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO Por medio de la presente, en vía de defensa SO SOLIC LICITO ITO se declare la

PRES PR ESCR CRIP IPCI CIÓN ÓN DE LA EX EXIG IGIB IBIL ILID IDAD AD FO FORZ RZOS OSA A DE LA MU MULT LTA A IMPUSTA MEDIANTE RESOLUCION DE SANCION N° 1779-2014OS/GFHL, en virtud al artículo 251° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 274 44,, Le Leyy de dell Pr Proce ocedi dimi mient ento o Ad Admi mini nist stra ratitivo vo Gener General al.. apr aprob obad ado o po por  r  Decreto Supremo 006-2017-JUS, iniciado en mi contra por la presunta comisión de la falta administrativa, conforme a los siguientes fundamentos:

III.- FUNDAMENTOS DEL PEDIDO DE PRESCRIPCIÓN 1.- Que, RESOLUCION DE SANCION N° 1779-2014-OS/GFHL, se me sanciono con una multa de Once (11) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), mediante expediente signado con número de Expediente N° 2392016-OS-EC-Cob.Mul.

 

2.2.- Qu Que, e, me medi dian ante te el art artíc ícul ulo o 4° de dell De Decr cret eto o Le Legis gisla latitivo vo N° 12 1272 72 se incorporó a la normativa administrativa la figura de la prescripción de la exigibilidad de las multas administrativas. Conforme a lo señalado en el artículo 251° del TUO de la Ley N° 27444, la facultad de la autoridad de exig ex igir ir por por la vía vía de la eje ejecuci cución ón forz forzos osa a el pago pago de las las mult multas as impuestas por la comisión de una infracción administrativa prescribe en el plazo que establezcan las leyes especiales

3.- La norma autoriza que los administrados puedan deducir la prescripción como parte de la aplicación de los mecanismos de defensa previstos dent de ntro ro de dell pr proc oced edim imie ient nto o de ejec ejecuc ució ión n forz forzos osa. a. En caso caso de que que la prescripción sea deducida en sede administrativa 4.- De este modo, una vez transcurrido el plazo legal de prescripción, la auto au tori rida dad d ad admi mini nist stra ratitiva va pier pierde de la comp compet eten enci cia a pa para ra sanc sancio iona narr al adminis admin istr trad ado o po porr la in infr fracc acció ión n co come metitida da,, co cons nsid ider eránd ándos ose e exti extint nta a la responsabilidad del presunto infractor. 5.- “En ese orden de ideas, si, de acuerdo al artículo 251° del TUO de la Ley N° 27444, del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, Decreto Supremo que qu e ap apru rueb eba a el Texto Ún Únic ico o Or Orde dena nado do de la Le Leyy Nº 27 2744 444 4 - Le Leyy de dell Proc Proced edim imie ient nto o Ad Admi mini nist stra ratitivo vo,, la au auto tori rida dad d en enca carg rgad ada a de llev llevar ar el procedimiento de ejecución coactiva es la competente para resolver las solicitudes de prescripción de la exigibilidad de las multas vía ejecución forzosa; y en este caso en particular es el Señor Ejecutor Coactivo de OSIINERG OS NERGM MIN IN,, es el re resp spon onssab able le de re reso solv lver er las las solic oliciitude tudess de prescripción de la exigibilidad de las multas vía ejecución forzosa. 6.- A la fecha de presentación de este escrito, el presente procedimiento de ejecución coactiva no ha concluido, por lo que la facultad de la autoridad para exigir por la vía de ejecución forzosa el pago de las multas impuestas por la comisión de una infracción administrativa mediante Resolución de Sancion N° 1779-2014-OS/GFHL, hasta la actualidad ha transcurrido 05 años configurándose el plazo PRESCRIPCION, previsto en las normas

 

administrativas, por lo que mi pedido debe ser declarado fundado conforme al art. 233-A de la Ley 27444, la cual señala: 1. La facultad de la autoridad para exigir por la vía de ejecución forzosa el pago de las multas impuestas por la comisión de una infracción administrativa prescribe en el pl plaz azo o qu que e es esta tabl blez ezca can n la las s leye leyes s espe especi cial ales es.. En caso caso de no esta estar  r  determinado, la prescripción se produce al término de dos (2) años computados a  partir de la fecha en que se produzca produzca cualquiera cualquiera de de las siguientes siguientes circunstancias circunstancias:: a) Que el acto administrativo mediante el cual se impuso la multa, o aquel que  puso fin a la vía administrativa administrativa,, quedó firme. firme.

7,. Dentro de este contexto la multa impuesta a mi respresentada fue impuesta el año 2014 mediante Resolución de Sancion N° 1779-2014OS/GFHL, a la fecha han transcurrido 05 años y en ese orden de ideas la Resolucion de Ejecuion Coactiva N° 0239-2016-OS-ECCob.Mul. ha sido emitida el 23 de arzo del 2016, habiendo transcurrido en este caso 03 años de su emision.

IV.- FUNDAMENTOS DE DERECHO: -Amp -Ampar aro o mi sol solicit icitud ud ar arttícu cullo 233 33-A -A de la Ley N° 27 2744 444, 4, Le Leyy de dell Procedimiento Administrativo General. - Artículo 251.- Prescripción de la exigibilidad de las multas impuestas, del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Tex to Ún Únic ico o Or Orde dena nado do de la Le Leyy Nº 27 27444 444 - Ley de dell Pr Proc ocedi edimi mient ento o  Administrativo General -Articulo 2 incisos 1 de la Constitución Política del Perú de 1993.

POR TANTO:  A UD. pido que sin más trámite que la constatación de plazos se declare la PRESCRIPCION de la

 

exigibilidad forzosa de la multa impuesta contra la suscrita y ordene el correspondiente archivamiento del Procedimiento de Ejecución Coactiva en mi contra.

Tumbes, 20 de febrero del 2019.

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