Escrito - Declarar Deudor Alimentario Registro Redam
Short Description
Download Escrito - Declarar Deudor Alimentario Registro Redam...
Description
EXPEDIENTE N° :
1406-2003 (acumulado Exp. 153-2004)
SECRETARIO
:
ROBERTO SANTA CRUZ CARBAJAL
ESCRITO N°
:
1. SOLICITA SE DECLARE DEUDOR ALIMENTARIO MOROSO A DEMANDADO Y SE INSCRIBA EN EL REDAM, DE ACUERDO A LEY N° 28970.
SEÑOR JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE PAZ LETRADO LESLY MARIBEL GUTIERREZ GONZALES, con domicilio real en Jr. Heredia N° 525 – La Esperanza parte baja, y con domicilio procesal en Jr. Gamarra N° 348 Oficina 201 – 2do. Piso – Centro Cívico – Trujillo; en el proceso seguido contra ALBERTO CIRO GOICOCHEA DOMINGUEZ, sobre alimentos a usted expongo: I.
PETITORIO: Que, calidad de madre y en representación del menor alimentista ALBERTO JORDAN GOICOCHEA GUTIERREZ, como parte afectada por el incumplimiento de la obligación alimentaria establecida mediante Sentencia de Vista - Resolución N° 41: Expediente N° 1169-2009-Revisiones, expedida por el Tercer Juzgado Especializado de Familia de 1
Trujillo en APELACIÓN, por más de 15 cuotas sucesivas ; y por convenir a su derecho y legítimo interés, ocurro ante su honorable despacho a fin de SOLICITAR SE DECLARE 2
DEUDOR ALIMENTARIO MOROSO AL DEMANDADO EN EL PRESENTE PROCESO y 3
4
conforme sus atribuciones se inscriba en el registro de deudores alimenticios morosos, cuya información relevante a considerar es la siguiente: a)
Nombres y apellidos completos del Deudor Alimentario Moroso: ALBERTO CIRO GOICOCHEA DOMINGUEZ
b)
Domicilio real del Deudor Alimentario Moroso: LAS GREDILEAS – MZ. “A” LOTE 25 URB. SANTA GABRIELA – LA LIBERTAD/ TRUJILLO / TRUJILLO
c) II.
Número de Documento Nacional de Identidad: 18217801.
FUNDAMENTOS DE HECHO: Amparo mi pedido, en los siguientes enunciados:
1
Art. 1.- Ley N° 28970 Art. 4. Declaración Judicial. DEL REGLAMENTO DE LA LEY 28970 QUE CREA EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS, APROBADO MEDIANTE D.S. N° 002-2007-JUS. 3 DIRECTIVA N° 004-2007-CE-PF - VII.NORMAS ESPECÍFICAS Item. 2. El Órgano jurisdiccional, previo cumplimiento de las condiciones descritas en el artículo 4° del Reglamento y siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 4° de la Ley, dispondrá la inscripción, del deudor alimentario moroso, en el REDAM, a través del REDIDAM de su respectiva Corte Superior de Justicia. Para tal efecto utilizará la Ficha de Registro que, como anexo 01. Forma parte integrante de la presente Directiva. 4 Art. 5. Procedimiento del Registro. DEL REGLAMENTO DE LA LEY 28970 QUE CREA EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS APROBADO MEDIANTE D.S. N° 002-2007-JUS. 2
2.1. Al demandado ALBERTO CIRO GOICOCHEA DOMINGUEZ, se le siguió un juicio de alimentos a favor del menor ALBERTO JORDAN GOICOCHEA GUTIERREZ, por ante el Segundo Juzgado de Paz letrado de Trujillo, el mismo que a través de Sentencia de fecha 27 de setiembre del 2001, obligó al demandado a asistir al menor agraviado, con una pensión alimenticia ascendente a la suma de 180.00 (Exp. 5652001). 2.2. Con posterioridad se interpuso ante el Sexto Juzgado de Paz Letrado de Trujillo una demanda de aumento de alimentos (Exp. 153-2004); el mismo que a través de Resolución de fecha 28 de Febrero del 2005, fue acumulado al proceso de Reducción de Alimentos (Exp. 1406-2003), seguido por el hoy demandado ante ese mismo Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Descarga, obligándolo a asistir al menor agraviado, con una pensión alimenticia ascendente a la suma S/.500.00 mensuales; sentencia que fue apelada y que el Tercer Juzgado Especializado de Familia de Trujillo, a través de Sentencia de Vista de fecha 18 de agosto del 2009, reformuló la pensión
alimenticia,
fijando
como
nueva
pensión
alimenticia
la
suma de
S/.650.00.mensuales. 2.3. Desde Diciembre 2012, el demandado adeuda las pensiones alimenticias a las que está obligado, habiéndosele generado por ello el expediente N°04689-2013-0-1601JR-PE-02 ventilado en el 2do. Juzgado de Investigación Preparatoria que liquida el periodo de Diciembre 2012 a Mayo del 2013. Actualmente, dicho expediente se encuentra para Juicio Oral (6 meses) Exp. 4689-2013 – 10° Juzgado Unipersonal – Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. 2.4. Con respecto al periodo devengado desde Junio 2013 a la fecha Marzo 2014, (10 meses), se encuentra en liquidación por ante su Juzgado. III.
FUNDAMENTOS DE DERECHO: Que, el presente requerimiento, se encuentra amparado en los siguientes dispositivos legales: 3.1. Ley N° 28970. Ley que crea el registro de deudores alimentarios morosos 3.2. D.S. N° 002-2007-JUS. Dispositivo que aprueba Reglamento de la Ley que crea el registro de deudores alimentarios. 3.3. Resolución Administrativa N° 136-2007-CE-PJ, que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM 3.4. Directiva N° 004-2007-CE-PJ Normas y procedimientos para el Registro de Deudores Alimentarios Morosos”.
IV. MEDIOS PROBATORIOS 1. Sentencia de Vista de fecha 18.08.2009, que en apelación determina el monto de pensión mensual a S/.650.00 mensuales. 2. El mérito de la Acusación Directa-CASO 2013-3498, formulada por la Segunda Fiscalía provincial penal corporativa de Trujillo, por el periodo alimenticio devengado desde
Diciembre 2012 a Mayo del 2013 (06 meses), por el monto ascendente a S/. 3,920.48, el cual actualmente se encuentra en el estado de Juicio Oral. Exp. N° 04689-2013-01601-JR-PE-02 por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar. 3. El mérito a la Liquidación de parte de pensiones alimenticias, por el periodo alimenticio devengado desde Junio del 2013 a la fecha (10 meses), el cual está pendiente de proveer por ante su Despacho.
V.
ANEXOS ADJUNTOS: 1.A-.
5
Formato de Solicitud de Declaración de deudor alimentario moroso, llenado con los datos requeridos.
1.B.-
Fotocopia simple de DNI de la suscrita
1.C.-
Fotocopia simple de DNI de menor agraviado.
1.D.-
Fotocopia simple de la Sentencia de Vista de fecha 18.08.2009 – Expediente N° 11696-2009-Revisiones.
1.E.-
Fotocopia simple de la Acusación Directa-CASO 2013-3498, formulada por la Segunda Fiscalía provincial penal corporativa de Trujillo.
1.F.-
Fotocopia simple del acta de registro de audiencia pública de control de acusación. Expediente N° 04689-2013-0-1601-JR-PE-02.
1.G.- Fotocopia simple del escrito de Liquidación de parte de pensiones alimenticias de fecha 4.12.2013, presentada ante su Juzgado. 1.H.-
Fotocopia simple de la Resolución Administrativa N° 136-2007-CE-PJ de fecha 26.06.2007.
POR LO EXPUESTO: Acudo a su despacho a fin de SOLICITAR SE DECLARE DEUDOR ALIMENTARIO MOROSO A DON ALBERTO CIRO GOICOCHEA DOMINGUEZ y conforme sus atribuciones se efectúe la debida inscripción en el registro de deudores alimenticios morosos, de acuerdo a Ley. Trujillo, Marzo 05 del 2014
5
el numeral c) del Artículo 4.- del Reglamento de la Ley N° 28970 que crea el registro de deudores alimenticios morosos, aprobado mediante D.S. N° 002-2007-JUS
View more...
Comments