Escrito de Apersonamiento y Ofrecimiento de Testigos Directos Exp. #6365 - 2020 Contra Maiela Munayco Perez

August 24, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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CARPET  A FISC  FISCA AL Nº:

FISCAL ENC ARG ARG ADO: ESCRITO: 01 SUMILLA:  APERSONA  APERSONAMIENTO MIENTO  /  PRESENTO TESTIGOS.

SEÑOR (A) FISCAL DE LA FISCALIA PROVINCIAL TRANSITORIA ESPECIALIZADA EN VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FA F AMILIAR.  –  LIMA.  FIORELLA J ANNET POMANSONCCO CARDENAS, debidam debidamente ente identificada con D.N.I Nº 72501703, con domicilio real en la Av. Viña Alta Mz. M Lot. 9 Distrito de la Molina, Provincia y Departamento de Lima; asimismo, señalando domicilio procesal en Av. San Luis Nº 955 Urb. Las Moras Distrito de San Luis, señalo casilla electrónica SINOE Nº 108895, y con correo electrónico [email protected] , con numero celular Nº 974-605-926; en la denuncia por VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, CONTRA, MARIELA AURELIA MUNAYCO PEREZ; ante Usted respetuosamente digo:

I.

PETITORIO: 

Que, por convenir a los intereses de mi defensa y al amparo del Art. IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal y del derecho reconocido por la Constitución Política del Estado Art. 139º Inc., 14; Art. 2º Inc. 23, acudo a su despacho con la finalidad de nombrar como mi abogado defensor al letrado, Martin Acosta Meléndez con registro del Colegio de Abogados de Lima Nº 79875 , señalando domicilio procesal en Av. San Luis Nº 955 Urb. Las Moras Distrito de San Luis, lugar a donde se hará llegar las notificaciones y Resoluciones que emanen en el presente proceso conforme a Ley.  Asimismo, acorde a los Artículos Artículos 162º, 163º y 166º, del Código Procesal Penal , cumplo con presentar a su despacho Fiscal una relación de testigos presenciales, que estuvieron en el momento y en el lugar de los hechos, con la finalidad que sean citados y de esta manera se considere su testimonial al momento de resolver la situación jurídica de mi patrocinada.

 

II.

RELACIÓN DE TESTIGOS:  JUAN CARLOS OROPEZA MUNAYCO, de profesión independiente, a quien deberá notificarse en su domicilio real ubicado en, Jr. La Calera de la Merced Mz. A Lot. 12 B Distrito de Surquillo Provincia y Departamento de Lima, quien declarará respecto a los siguientes hechos, sobre el acto de violencia psicológica por parte la Sra. MARIELA AURELIA MUNAYCO PEREZ , yo, me encontraba con ladeagraviada FIORELLA POMASONCCO CARDENAS entrando a mi domicilio, y es allí donde la agresora, empieza airadamente a exclamar adjetivos muy desatinados y denigrantes para una mujer, y de una manera muy despectiva, utilizando como palabras irreproducibles como son: “PUTA”  y “NARIZONA”, asimismo, hablando direccionadamente hacia la agraviada que “a  pesar que pongas una denuncia te voy a sacar la mierda”, por ende, mi testimonio como testigo, es con el propósito de esclarecer estos hechos de violencia, ya que, estos sucesos son reiterativos con esta Señora MARIELA AURELIA MUNAYCO PEREZ, por lo tanto, queremos erradicar esta violencia en nuestro grupo familiar, porque, no se puede vivir en paz con estos actos de violencia contra la mujer como su condición de tal, o violencia familiar ante los integrantes del grupo familiar. Sra. CARMEN MUNAYCO PEREZ, de profesión u ocupación, independiente, a quien deberá notificarse en su domicilio real ubicado en, Jr. La Calera de la Merced Mz. A Lot. 12 B Distrito de Surquillo, Provincia y Departamento de Lima, quien declara respecto a los siguientes hechos, sobre el acto de violencia psicológica por parte de la Sra. MARIELA AURELIA MUNAYCO PEREZ , me encontraba en mi domicilio, y por consiguiente, escuche gritos e insultos, improperios y es allí donde visualice a la Sra. MARIELA AURELIA MUNAYCO PEREZ, intentando obstruir el pase por la entrada del domicilio, a la agraviada FIORELLA POMASONCCO CARDENAS, inmediatamente baje al primer piso, y empecé a visualizar y escuchar improperios irrepetibles por parte de la Sra. MARIELA AURELIA MUNAYCO PEREZ, en contra de FIORELLA POMASONCCO CARDENAS, por lo tanto, quiero otorgar mi manifestación, porque estoy cansada de vivir con integrantes de mi familia, como es la agresora en este caso, porque, no es la primera vez que realiza estos actos de violencia, más bien es reiterativo escuchar ofensas denigrantes hacia la mujer, dirigidas hacia la agraviada.

 

 

DOCTRINA VINCUL A ANTE. NTE.  testimonio es un acto Como lo menciona el Dr. Devis Ech Echandi andiaa (1969), “El testimonio  procesal, el cual sirve para que una persona informe a un Juez Jue z lo que sabe de ci cier erto tos s he ch os , es tá d ir ig id o siem siempr pre e al Jue z y fo rma part parte e de l pr oc es o o de de ”  

diligencias procesales previas . (p. 315) 

Asimismo, eell Dr. Briseño Sierra. (1995) Señala que, “El testimonio debe vincularse con el conflicto, lo que se denomina pertinencia del medio confirmatorio. El testimonio solo es admisible en el periodo procesal adecuado”. (p. 1348)  El mencionado Doctor, en su definición de la prueba testimonial, hace énfasis en el objeto de los testimonios para ello sostiene que las declaraciones que realizan los testigos deben estar conducidas a aclarar los hechos controvertidos, es decir, todo testimonio debe cumplir el principio de pertinencia.  

JURISPRUDENCIA SOBRE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER. Conforme señala el artículo 3º de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belem do Pará, aprobada por Resolución Legislativa Nº 26583, se establece que toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito  público como en el privado; asimismo, el artículo 7º señala que los Estados  partes condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas p olíticas orientadas  a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia.  

PRIMER OTROSI DIGO: Quien, suscribe el presente escrito, otorgándole las facultades generales de representación que se refiere los artículos 74° y 75° del Código Procesal Civil, declarando estar instruido de la presente representación que otorgo, así como su alcance, quien a partir de la fecha asumirá mi defensa.

SEGUNDO OTROSI DIGO: Adjunto debidamente la Resolución Nº uno Auto final de fecha 01 de diciembre del año 2020, del correspondiente expediente Nº 06365-20200-1801-JR-FT-11 del 11º Juzgado de Familia sub esp. Violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, asimismo, dicho Juzgado de familia emitió el Oficio Nº 6365-2020-0-1801-JR-FT-11/11 JFL/CSJLI/PJ derivándolo a mesa de partes virtual de la Fiscalía Provincial Especializada en violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar de 16 turno dela Lima, a fin que proceda con el proceso correspondiente conforme al artículo B de Ley Nº 30364, en el presente proceso.

 

ANEXOS:  1-A. Copia de D.N.I de la recurrente. 1-B. Copia de D.N.I del Sr. JUAN CARLOS OROPEZA MUNAYCO. 1-C. Copia de D.N.I de la Sra. CARMEN MUNAYCO PEREZ. 1-D. Resolución Nº uno Auto final de fecha 01 de diciembre del año 2020. 1-E. Oficio Nº Nº 6365-2020-0-1801-JR-FT-11/11 6365-2020-0-1801-J R-FT-11/11 JFL/CSJLI/PJ.

POR LO EXPUESTO:  Solicito a usted proveer conforme conf orme a Ley y programar program ar las testimoniales de los testigos presentados.

Lima, 13 de julio del 2021.  

JANNET POMANSONCCO CARDENAS D.N.I Nº 72501703 

FIORELLA

 

 

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