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March 23, 2019 | Author: baracaldorubio | Category: Accountant, Accounting, Business, Society, Social Institutions
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revisoria fiscal 2017...

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INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA POLITÉCNICO GRANCOLOMBIANO FACULTAD CIENCIAS ADMINISTRATIVA, ECONÓMICAS Y CONTABLES CONTADURÍA PÚBLICA

REVISORIA FISCAL PROYECTO DE INVESTIGACION FORMATIVA

Presentado por: BARACALDO RUBIO DIANA CONSUELO DONNEYS PANADERO YEISON FABIAN GARCIA RODRIGUEZ MARTHA ADRIANA MOLINA PRIETO JUAN PABLO

Presentado a: JAVIER RODRIGUEZ SALINAS

BOGOTÁ D.C  NOVIEMBRE 2017

TABLA DE CONTENIDO

OBJETIVOS ............................................................................................................................................. 3 CAPITULO I: ANTECEDENTES DE LA REVISORIA FISCAL EN COLOMBIA............................. 4 INSTITUCIONES INCP Y ADECONTI ................................................................................................. 4 CAPITULO II EL TRABAJO DEL REVISOR FISCAL ........................................................................ 9 CAPITULO III PROBLEMA DE INVESTIGACION Y POSIBLES SOLUCIONES ......................... 12 CONCLUSIONES ................................................................................................................................. 14 BIBLIOGRAFIA .................................................................................................................................... 15

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INTRODUCCION

Con nuestro proyecto de investigación formativo queremos abarcar todos los aspectos necesarios a los que se ve involucrada la revisoría fiscal, así como la importancia de los aspectos internacionales en el que nos estamos viendo involucrados para mejora del aspecto de la revisoría fiscal en Colombia pues esto juega un papel muy importante. De igual forma también cabe resaltar que se realizó un análisis de cada uno de los entes reguladores de la Revisoría Fiscal y como ellos a lo largo de los años han jugado un papel importante para el desarrollo e implementación de cada una de las responsabilidades a las que se ve involucrado un Revisor Fiscal,  puesto que es un tema que no se debe tomar a la ligera.

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OBJETIVOS



Identificar la historia de la Revisora Fiscal, de tal manera que nos permita identificar el nacimiento de la misma y como ha jugado un papel importante durante la historia.



Verificar la importancia de la Revisoría Fiscal para una compañía, así como la persona responsable del mismo juega un papel importante, para la sociedad y la compañía, haciendo  parte importante de la responsabilidad social a la que estamos obligados todos como  profesionales.



Analizar todos los cambios que ha presentado la Revisoría Fiscal y como estos determinan y  juegan un papel importante en el futuro de esta importante rama de la Contaduría Publica.

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CAPITULO I: ANTECEDENTES DE LA REVISORIA FISCAL EN COLOMBIA INSTITUCIONES INCP Y ADECONTI

INCP: El Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia  – INCP-, con personería jurídica concedida mediante Resolución Número 35 del 17 de abril de 1952, proferida por el Ministerio de Justicia, es una asociación de profesionales de Contaduría Pública unidos por el respeto que profesan a los Derechos Humanos, la aceptación de la responsabilidad que les otorga su investidura, la adhesión inquebrantable a la libertad, a los principios y sistemas de la democracia representativa y por su voluntad de establecer, sobre estos fundamentos, una organización gremial que busque su desarrollo, con la afinidad primordial de propender por el mejoramiento de las condiciones de todos sus asociados y de la comunidad. El INCP considera que para alcanzar sus propósitos deben respetarse la libertad de empresa, el derecho de asociación, la iniciativa privada y la primacía de las normas éticas profesionales y del bien común, sobre los intereses particulares, así como someter todas sus actividades a aquellas normas del derecho y de la ética, que conduzcan a la solución justa de los problemas de sus miembros y de la sociedad.  NACIMIENTO DEL INCP EN COLOMBIA Hace 60 años nació el Instituto Nacional de Contadores Públicos. Firmaron el Acta de Constitución 200 Contadores, se nombran uno de los acontecimientos más importantes en el nacimiento del INCP 1. 1. Ley 51 de 1918: establece sociedades de crédito. 2. Ley 25 de 1923: legislación de auditores en bancos comerciales. 3. Ley 42 de 1923: asignación de auditores de la Contraloría. 4. Ley 45 de 1923: El Superintendente deberá visitar y examinar cada uno de los procesos comerciales por lo menos dos veces al año. 5. Ley 58 de 1931: Nacen las superintendencias de Sociedades Anónimas. 6. Resolución 531 de 1941 nacimiento de la institución de Contadores Juramentados. 7. En el año 1945 el señor Jorge Cárdenas Nannetti establece la Contaduría Pública como una carrera profesional. 8. Ley 143 de 1948 establece la Educación Técnica “La enseñanza técnica se impartirá de acuerdo con los planes y programas…, en las facultades técnicas destinadas a la formación de  Ingenieros Técnicos y Contadores Públicos u otras especialidades de Comercio Superior” 2. 1

 Juan José Amezquita Piar  Doctor Cárdenas Nannetti

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9. Decreto 2521 de 1950 se establece el Revisor Fiscal, su nombramiento, funciones, informes, y responsabilidades, creando así las bases de la revisoría fiscal y las Sociedades Anónimas. 10. Decreto 686 de 1952 determinación del pensum académico del Contador Juramentado. 11. Decreto 2373 de 1952 se obtiene la reglamentación del ejercicio Profesional del Contador. 12. Establecen las pautas de la Ética Profesional debido al gran ámbito social en el que se movía la Contaduría Pública, así como la Lucha anti corrupción parte fundamental de todo profesional en esta rama. De esta manera se convierte en un Instituto con el cual a medida que iban pasando los años y las décadas tomaban más fuerza dando mayor importancia a los Contadores Públicos, además de darle todos y cada uno de los aspectos establecidos en la actualidad; además de la reglamentación de la Revisoría Fiscal. (Juan José Amézquita Piar, Lucio Araujo, Anselmo Gonzalez Labrada, Horacio Ayala Vera, , 2017). ADECONTI: (Academia Colombiana de Contadores Públicos Titulados) Causas Políticas: Hacia 1955 nace ADECONTI como una oposición del INCP pues lo que buscaban era reglamentar la  profesión, tal fue el furor que bajo la dictadura del militar Rojas Pinilla elabora la antesala de la reglamentación bajo el decreto 2373 de 1956, con la caída de su régimen quienes lograron ratificar la reglamentación fue el parlamento que estaba en ese entonces, lo presentaron como proyecto 147. En 1957 aparecen una gran cantidad de asociaciones gremiales como: (Colegio de contadores del Quindío, Colegio Contadores del Cauca, unión de Contadores del Atlántico, Asociación Santandereana de contadores, entre otras) estas impulsadas por la oposición a que las firmas norteamericanas se consolidaran como firmas en nuestro país. Causas Económicas: Durante la segunda guerra mundial Estados Unidos detecta que sus inversiones y utilidades en América Latina han incrementado por medio de la súper explotación de las riquezas. 

Con la ley 58 de 1931 Colombia establece para las sociedades anónimas la necesidad de un revisor fiscal, buscando obtener un informe independiente de las inversiones extranjeras “en

otras palabras la revisoría nace como la imposición del Estado por la inversión extranjera”. Causas Sociales: Parten desde la Contaduría Pública de Estados Unidos de América de un país Capitalista que entro a expandirse y hacer inversiones en Colombia con sus inversiones en la década del 20 al 30,  para ello como Estados Unidos ha tenido un desarrollo más avanzado que nuestro país contaban con auditores externos que empezaron a viajar a Colombia para informar a los inversionistas sobre la situación de las inversiones realizadas, como lo hacían en otros países donde habían invertido capital. 5



En 1920 nace la primera agremiación de contadores conocida con el nombre de Asociación de contadores de Bogotá.



Hacia 1923 se crea en Colombia la institución de la Contraloría General de Republica, quien dio iniciativa a esta fue un contador público norteamericano quien fue contratado en Colombia para que organizara la institución de la contraloría general.



A partir de 1931 las empresas que se habían constituido antes de esa fecha les correspondió llevar informes paralelos para la auditoria externa para las casas matrices y cumplir con la legislación colombiana.

Por ello Colombia desde este instante empieza a desarrollar actividades de contadores públicos, pero elaboradas por los auditores norte americanos, después de la guerra mundial las inversiones extranjeras crecieron y les era más difícil a los auditores externos venir a verificar cifras, a partir de ello se crea la  primera firma norteamericana en Colombia (INCP). (ENSUNCHO, 2014). ENSAYO DE LOS PRINCIPALES APORTES DE LA REVISORIA FISCAL

La normatividad fue gran participe en el perfeccionamiento del papel que desempeña el revisor fiscal en las compañías, ya que dicto y organizo estándares para una sana práctica de la profesión contable y Revisoría Fiscal. Para el año de 1951 se nace el instituto Nacional de Contadores Públicos, este reunió a los principales contadores de la época. Con la creación de esta nueva agremiación se dio importancia e interés por legislar acerca de la profesión del Contador Público es por esta razón que se dieron los  primeros pasos para elaborar un Proyecto de Ley el cual fue aprobado en septiembre de 1956, bajo el número 2373, por medio de la cual se reglamentó el ejercicio de la Contaduría Pública en Colombia. Con la creación de este decreto se crean las disposiciones y condiciones que son necesarias para poder ser revisor fiscal, las cuales se mencionan en el Art. 6°. – “Se requerirá haber sido inscrito como Contador Juramentado, conforme a los artículos anteriores, para todas aquellas actividades en que las leyes exijan dicha condición”

Si bien era cierto que en esa época en algunas compañías el cargo de Revisor Fiscal o su equivalente seguía siendo desempeñado por contadores, este artículo lo hizo obligatorio, para que los Contadores Públicos estuvieran al frente de estos cargos. Así mismo en este decreto podemos encontrar las sanciones que se impondrían si se incumpliera con lo estipulado en el artículo 6º, en otras palabras y muy resumido el decreto logro formalizar y reglamento la práctica de la contaduría en Colombia y fue un gran aporte  para la revisoría fiscal en Colombia dado que también dispuso reglas y condiciones para poder ejercer el cargo de revisor fiscal, haciendo que el trabajo del Revisor Fiscal sea más profesional,

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En la ley 145 de 1960 se reglamenta el ejercicio de la profesión de contador Público, donde indica Solo  podrán ejercer la profesión de contador público las personas que hayan cumplido con los requisitos señalados en esta Ley y existirá una sola clase de contadores lo cual pone fin a los contadores  juramentados ya que dentro del artículo 3 de esta ley menciona como requisito Haber obtenido el título correspondiente en una facultad colombiana autorizada por el Gobierno para conferirlo, de acuerdo con las normas reglamentarias de la enseñanza universitaria de la materia; Por otra parte cada una de las normatividades establecidas para destacar los aportes principales a la revisoría fiscal, hemos podido establecer que la revisoría fiscal juega un papel importante en nuestro País desde hace aproximadamente 86 años, la cual solo puede ser ejercida por una persona natural profesional inscrito o matriculado como contador juramentado titulado como contador público quien debe estar inscrito ante la junta central de contadores, por lo que adquiere por esta entidad una tarjeta profesional que sería como su cedula, el cual se encuentra facultado para dar fe pública, en donde podrá cumplir las funciones de revisor fiscal y el mismo deberá tener una independencia laboral para que de esta manera no quede inhabilitado para para el ejercicio de la fe pública, excepto cuando el revisor sea miembro de una sociedad. De igual forma es claro como la importancia de un revisor fiscal para una compañía, además de dejar claridad de cuáles son sus funciones e independencia que tiene el mismo para la toma de decisiones para que no se vea afectada su criterio, además de la importancia de la ética profesional la cual es nombrada y se enfatiza en la ley 43 de 1990 para que los profesionales de este campo tengan claridad de la gran responsabilidad que están asumiendo. Ya que nos encontramos en un país donde la corrupción es muy latente y lamentablemente gran parte de nuestros colegas se están viendo involucrados en actos delictivos, sin tener presente la importancia de la fe pública que estamos dando cuando firmamos determinados documentos, adicional creemos que las  personas que estudiamos y nos especializamos como contadores públicos debemos actuar siempre como veedores, revisores y auditores de todos los procesos que realizamos como profesionales. De igual forma cabe resaltar que en cada una de la leyes y decretos establecidos a lo largo de la historia de la contaduría pública, están siempre enfocados a la importancia de la revisoría fiscal, de la gran responsabilidad que asume el profesional que se encuentra ejecutando dicha labor, ya que es de suma importancia resaltar; la ética profesional, las normas de auditoria generalmente aceptadas, las normas de contabilidad generalmente aceptadas además del registro y vigilancia de la información contable que se esté suministrando.

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También resalta como debe realizar un revisor sus actividades de auditor pues establecen parámetros de seguimiento de las actividades que debe realizar, además de cómo se deben realizar y de la integridad con la que debe asumir este papel, ya que en este tipo de actividades queda bien reflejada la integridad moral durante el desarrollo de determinada actividad dentro del libre desarrollo de la profesión, ya que teniendo esto presente va saber hasta qué punto va su responsabilidad como profesional y cuando saber decir si no y de cómo poder dejar documentado todo lo sucedido durante el desarrollo de la revisoría fiscal. Además, es de suma importancia que el revisor fiscal puede decir no al desarrollo de una actividad si el a su criterio considera que se están vulnerando acuerdos realizados entre las partes; lo cual le impida desarrollar de manera objetiva y completa su labor. Por lo tanto, para concluir toda persona natural estudiante y profesional de contaduría pública debe estar enfocado en el cumplimiento y conocimiento de las responsabilidades que asume a la hora de aceptar un trabajo, ya que primero debe indagar y realizar unos acuerdos que no lo vayan a involucrar en actos delictivos, perjudicándolo considerablemente su vida profesional de por vida.

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CAPITULO II EL TRABAJO DEL REVISOR FISCAL

La revisoría cumple un papel fundamental en el desarrollo y ejecución de las actividades en la empresas ya que se enfoca en un control y análisis permanente para que el patrimonio de la empresa sea adecuadamente protegido, conservado y utilizado, aplicando una auditoría integral que verifica que todas las áreas cumplan con las políticas de la empresa y para que las operaciones se ejecuten con la máxima eficiencia posible y estas se ajusten al objeto social de la empresa y a las normas legales y estatutarias y reglamentarias vigentes, ya que en las ejecución de la profesión de la Revisor fiscal estamos sujetos a cumplir con funciones públicas esenciales sobre las cuales se enmarca el actuar de la Revisoría Fiscal, relacionando el Estado con la Contaduría Pública. Por eso están dictadas las normas y las directrices que debe seguir el Revisor Fiscal para la ejecución de sus actividades al igual se dictan las funciones del Revisor Fiscal, las cuales se contemplan en el artículo 207 del código del comercio. 1. Cerciorarse de que las operaciones se ajusten a las disposiciones de los estatutos, a las decisiones de la asamblea general y de la junta directiva. 2. Dar oportuna cuenta, por escrito, a la asamblea o junta de socios, a la junta directiva o al gerente, dependiendo la ocasión, de las irregularidades que sucedan en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de su actividad. 3. Colaborar con las entidades gubernamentales que ejecuten la inspección y vigilancia de las sociedades, y rendirles los informes a que haya lugar o le sean solicitados. 4. Velar por que se lleven regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas de las reuniones de la asamblea, de la junta de socios y de la junta directiva, y porque se conserven debidamente la correspondencia de la sociedad y los comprobantes de las cuentas, impartiendo las instrucciones necesarias para tales fines. 5. Inspeccionar constantemente los bienes de la sociedad e intentar que se tomen oportunamente las medidas de conservación. 6. Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y pedir los informes necesarios para establecer un control permanente sobre los valores sociales. 7. Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con su dictamen correspondiente. 8. Convocar a la asamblea o a la junta de socios a reuniones extraordinarias cuando lo crea necesario. 9. Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o los estatutos y las que, siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la asamblea o junta de socios.

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10. Reportar a la Unidad de Información y Análisis Financiero las operaciones catalogadas como sospechosas en los términos del literal d) del numeral 2 del artículo 102 del Decreto-ley 663 de 1993, cuando las adviertan dentro del giro ordinario de sus labores. (REPUBLICA, 2017). A demás del artículo 207 del Código de Comercio en la Ley 43 de 1990, mediante el cual se "reglamenta la contabilidad en general y se expiden los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia", refiriéndose a la información contable define sus objetivos y cualidades, los cuales debe tener muy en cuenta en su cumplimiento todo Revisor Fiscal para poder más adelante dictaminar sobre la aplicación uniforme con base en tales objetivos y cualidades, que permitan una adecuada interpretación de la misma, con base en la aplicación de los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia y el acatamiento por parte de los administradores a las disposiciones legales. De ahí la pertinencia en la Revisoría Fiscal para el conocimiento sobre la información contable, pues mal se podría evaluar y conceptuar sobre lo que se desconoce. Es por esta razón que el papel de Revisor Fiscal fue delegado al Profesional de Contaduría Pública. La función del Revisor Fiscal debe ser ejercida en forma independiente ya que el revisor fiscal debe informar y sugerir a las compañías aspectos muy importantes que comprometen el patrimonio de las empresas, es por esto que no debe existir ningún tipo de influencia en los análisis del revisor fiscal y lejos de dejarse atemorizar por la administración, por eso el cargo de revisor fiscal no debe ser subordinado, dentro de la protesta que debe tener el revisor fiscal está la de convocar a la Asamblea general y de objetar decisiones de la junta directiva o de la Asamblea si fuera necesario. Para elegir Revisor Fiscal no basta con que la compañía lo nomine también es necesario que la persona nominada acepte sin discusión, una de las cualidades que debe tener un Revisor Fiscal de saber opinar en forma independiente; es decir no subordinar la opinión propia a la de terceros interesados en ella. En todos los asuntos relacionados con su trabajo, el Revisor Fiscal debe mantener una actitud mental independiente. Debe estar libre de prejuicios o parcialidades con respecto a sus clientes o a quienes interese su dictamen. El ser independiente no quiere decir que el Revisor Fiscal deba tomar actitud de un acusador, sino más  bien la de un juez imparcial que conoce como obligación la equidad, no sólo hacia la administración. Los accionistas o socios de una compañía, sino también hacia los acreedores, financiadores, el gobierno y terceros. La independencia, es importante para la ejecución de las actividades del Revisor Fiscal y un amplio conocimiento de las normas de contabilidad generalmente aceptadas. Pero él Revisor Fiscal no debe conformase con poseer una vasta capacidad técnica, debe también mantener un alto grado de normas de

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honestidad y de objetividad en sus juicios. La independencia constituye una de sus cualidades personales más importantes. El hecho de que el revisor fiscal pueda ser reelegido en forma indefinida, constituye a nuestro juicio un factor que limita su independencia y le impide ser absoluta como la del auditor externo, pues en la  práctica son incontables los revisores fiscales que pasan la mitad de su período trabajando para su reelección y evitando tocar puntos sensibles de la administración y de la Junta Directiva. Esta actitud se  puede comprender en razón a que la Junta Directiva se encuentra integrada mayoritariamente por miembros elegidos por el grupo o grupos dominantes de la Asamblea General o Junta de Socios, quienes son en últimas los que poseen el poder de tomar la decisión de la misma y por tanto el de determinar quién ocupará la cabeza de la Revisoría Fiscal. Sería de gran beneficio para la independencia del revisor fiscal que se prohibiera su reelección, para que de esta manera cada revisor fiscal se dedicara a trabajar realizando una auditoría integral sin preocuparse de que sus actuaciones molesten a la administración o a la Junta Directiva e impidan su reelección, además esto traería también una gran movilidad en el ejercicio de la revisoría fiscal, con las ventajas para el contador público, quien conocería muchas empresas, enriqueciendo de este modo el entendimiento del entorno en el cual se mueven las empresas que examina.

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CAPITULO III PROBLEMA DE INVESTIGACION Y POSIBLES SOLUCIONES

¿Cuál es el futuro posible de la Revisoría Fiscal en Colombia, a raíz del proceso de implementación de Estándares Internacionales de Información Financiera? La revisoría Fiscal en Colombia tiene un gran avance durante el pasar de los años en donde se han establecido grandes partes importantes y fundamentos con los cuales le dan a un Revisor Fiscal una gran amplitud en su toma de decisiones donde desde nuestro punto de vista le permite realizar un análisis  profundo de las actividades que desarrolla y de las responsabilidades adquiridas al asumir este cargo como tal. Además, es de suma importancia resaltar que la Revisoría Fiscal adquiere un estatuto no solo Nacional sino internacional ofreciendo al profesional especializados en esta rama ampliar cada una de sus experiencias, haciendo de esta manera a un profesional más competitivo y preparado para el desarrollo de dicha labor. También cabe resaltar que con las Normas Internacionales le permite a un Revisor Fiscal realizar una labor independiente, eficaz y objetiva aun a sabiendas que ya se encontraba establecida y regulada en Colombia, pero cierra la brecha a que un Contador se preste para realizar fraude; ofreciendo de esta manera confianza en los informes, los cuales no solo serían para cumplir un requisito que entrarían a formar parte integral de la toma de decisiones de las compañías, gerentes y directivos. De igual forma, aunque para muchos profesionales de otras ramas como jurídicos, administrativos, entre otras han querido argumentar que dicha labor puede ser ejercida por otro profesional diferente al Contador Público, argumentamos que no puede ser posible ya que los profesionales en dicha rama se especializan de manera global mientras que un contador Público gasta tiempo y dedicación para especializarse en dicha y rama y por ende estar completamente acorde a la labor que se le encomendara. Para lo cual entra a jugar un papel importante el control por que como se ha podido evidenciar a lo largo de los últimos años grandes escándalos de desfalcos tales como los de SALUDCOOP, DRAGACOL, DMG, entre otros esto es a una falta de control eficiente y eficaz de las actividades que desarrolla cada una de las compañías a nivel nacional, lo que a la medida de la implementación de las normas internacionales todas y cada una de las empresas están obligadas a llevar un control lo cual al pasar los años van a permitir que sea una necesidad mas no una obligación. Esto debido a que una actividad como la revisoría fiscal permite a las compañías tener más conciencia de lo que realmente están haciendo para el futuro tanto de su compañía como del país permitiendo entrar

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a un mundo globalizado en el que las finanzas, lo político y la responsabilidad social entran a ser una  parte fundamental para el crecimiento y desarrollo de una compañía. Sosa (2011: 24), manifiesta algunos parámetros para poderse lograr la transformación de Revisor  Fiscal en auditor Transnacional como una figura más moderna, global y completa, por tanto, dicta: sólo “debe cumplir con los requisitos de un auditor  profesional, sino que también deberá incluir los conocimientos temáticos requeridos en las otras jurisdicciones, tales como las normas de auditoría aplicables, marcos de regulación nacional, economía local, etc.”.

Para lo cual creemos que es lo mejor que le puede suceder a la Revisoría Fiscal con la implementación de las normas internacionales pues adquiere mucho más validez y creencia en el país. (DORIS SOFIA DIAZ SOLANO, YUDY ENERIETH GARAY BERNAL, 2016).

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CONCLUSIONES

Podemos concluir que la Revisoría Fiscal lleva en nuestro país una gran trayectoria y que a lo largo de todo este tiempo ha podido adquirir mucho más revelo y fuerza para poder darse a conocer además de llegar a jugar un papel muy importante en las compañías y la nación, para poder llevar un adecuado control de todos los aspectos, pues ser Revisor Fiscal es adquirir la responsabilidad más grande del mundo. Para lo cual se debe estar preparado y tener unos valores éticos muy bien establecidos.

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BIBLIOGRAFIA

DORIS SOFIA DIAZ SOLANO, YUDY ENERIETH GARAY BERNAL. (2016). UNIVERSIDAD LIBRE. Obtenido de http://www.unilibre.edu.co/bogota/pdfs/2016/4sin/B45.pdf ENSUNCHO, J. A. (07 de 2014). COLECTIVO Y UPUNA . Obtenido de COLECTIVOYUPUNA.FILES.WORDPRESS.COM: https://colectivoyupana.files.wordpress.com/2014/07/libro-monopolio-yankee-encolombia.pdf Juan José Amézquita Piar, Lucio Araujo, Anselmo Gonzalez Labrada, Horacio Ayala Vera, . (2017). INSTITUTO NACIONAL DE CONTADORES PUBLICOS DE COLOMBIA. Obtenido de WWW.INCP.ORG.CO: https://www.incp.org.co/incp/conocenos/quienessomos/historia/ REPUBLICA, D. 4. (24 de 10 de 2017). Obtenido de http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_comercio.html

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