Ensayo Sobre La Pena de Muerte
February 21, 2024 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Nombre: Paula Belén Elizabeth Pérez Reyes. Inserte un título aquí
La pena de muerte, consiste en poner término a la vida de un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación; los delitos por los cuales se aplica esta sanción suelen denominarse “delitos capitales”. Esta sanción ha sido motivo de mucha controversia a nivel mundial, y Chile no ha estado exento de la misma, pues a raíz de lo acontecido en el caso de la pequeña Sophia, se ha abierto al debate el si Chile debería o no volver a tener como medida de castigo la ejecución.
Por un lado, los que apoyan el regreso de la pena capital se escudan principalmente en que esta ayudaría a reducir los índices de delincuencia y en que a una persona que cometió tales atrocidades no se le deberían respetar los derechos humanos, ya que claramente fue lo que menos tuvo en mente a la hora de cometer los crímenes. En el bando opuesto se encuentran los que dicen que la pena de muerte no baja las tasas de delitos, pues a día de hoy no hay ningún país que nos sirva como prueba de que esta es una solución viable; además de que los delincuentes, por más terribles sean los crímenes en los que incurran, no pierden su calidad de persona, por tanto debería respetarse su derecho básico a la vida. Y es este último postulado el que defenderemos a lo largo de este ensayo.
Primeramente hay que mencionar que los derechos humanos son inherentes a todas y cada una de las personas que habitan nuestro planeta, sean ciudadanos justos y ejemplares o criminales del más alto calibre. Sabemos que los derechos como ciudadano se pueden perder “por pérdida de la nacionalidad chilena, por condena a pena aflictiva, y por condena por delitos que la ley califique como conducta terrorista y los relativos al tráfico de estupefacientes y que hubieren merecido, además, pena aflictiva”, pero los derechos que tenemos por el mero hecho de ser personas no hay motivo alguno que impulse su incumplimiento.
El que las personas que incurrieron a cometer delitos realmente graves tengan la posibilidad de ser condenados a muerte, conlleva a que todo el resto de la sociedad pierda un respaldo importantísimo, pues no estaría garantizado por la ley su derecho a la vida, del cual emanan una serie de derechos más.
La mayoría de las personas que están a favor de la pena capital se dejan llevar por la errónea idea de que se cometerían menos delitos o habría menos delincuencia si se aumentara la dureza de las penas con que se sancionan ciertos crímenes, que a su juicio, son tomados a la ligera. Pero este pensamiento está muy alejado de la realidad, pues no hay pruebas certeras de que la ejecución tenga eficacia disuasiva. La ONU llevó a cabo su más exhaustivo estudio con respecto al tema, y como resultado obtuvo que dicha sanción no tenía un mayor efecto disuasorio que la condena perpetua. Por lo tanto, aunque se aplicara , no disminuiría ninguno de los factores que tanto temor les causa.
En 1995, el Tribunal Constitucional de Sudáfrica afirmó: “Nos engañaríamos a nosotros mismos si creyésemos que la ejecución de […] un número relativamente pequeño de personas cada año […] solucionaría un índice de delincuencia de proporciones inadmisibles. [...] Lo que más disuade de cometer delitos es la posibilidad de que el infractor sea detenido, condenado y castigado. Es eso lo que falta actualmente en nuestro sistema de justicia penal; el Estado debe intentar combatir la ilegalidad actuando en ese ámbito y abordando las causas de la delincuencia”.
Un Estado no puede responder a un delito con otro delito, el restituir la pena de muerte haría exactamente eso. Además de que sería una salida fácil y no estaríamos atacando el verdadero problema de fondo que es un fallo como sociedad y el mal funcionamiento de algunas instituciones. El derecho penal no debería ocultar estas falencias aumentando las condenas.
Por lo demás, cabe destacar que con la controversia sobre la ley Sophia, muchas personas están pidiendo justicia para aquella niña a la que tan inaceptablemente dieron muerte. Pero tristemente para ellos, si en algún remoto caso se llegara a restituir la pena capital en Chile, esa misma no tendría validez pues la ley penal es irretroactivible, tal como es señalado en el inciso séptimo del artículo 19 N°3 de la constitución que establece que “ningún delito se castigará con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que una nueva ley favorezca al afectado”.
A modo de conclusión, me gustaría recalcar que la pena de muerte no es una sanción viable en nuestro país, pues no ataca al problema de fondo que tenemos como sociedad y estado. Y es ahí donde deberían apuntar las distintas campañas gubernamentales, o nosotros mismos como ciudadanos. Además de que ¿Qué sucedería con todas las personas que fueran condenadas injustamente y que luego de efectuada la sanción se pruebe su inocencia? ¿Cómo devolvemos a la vida a ese individuo? El
volver a aplicar esta condena es bastante más complicado de lo que gran parte de la población que está a favor piensa, ya que es inconstitucional, pues en el artículo 1 de la constitución se estipula que “El Estado está al servicio de la persona humana”; esto quiere decir que el estado no puede, bajo ninguna circunstancia abandonar a sus habitantes, incluso si son malas personas, muchísimo menos condenarlas a la muerte, pues esto es una total negación de los derechos humanos.
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