Ensayo Sobre El Juicio de Nuremberg

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Juicio de Nuremberg Universidad Iberoamericana Alumno: David Heimsatz Loyola Carrera: Derecho, 1er Semestre Materia: Teoría del Derecho I Impartida por: Lic. Oscar Estrada Periodo: Primavera 2011 En México, Distrito Federal, a 25 de Abril del 2011 Para la realización de este ensayo se tomarán dos documentos, un ensayo de Radbruch que trata sobre leyes que no son Derecho y Derecho por encima de las leyes y un artículo de la revista “Las aventuras de la Historia” editada en España, cuyo número trata sobre el juicio de Nuremberg. Estos dos artículos se relacionan en el sentido de que las leyes aplicadas por los jueces de distintos países y el proceso que se llevó a cabo para condenarlos haya sido verdadero Derecho, un juicio arbitrario, o un seguimiento fiel de la justicia. El ensayo de Radbruch toma como hito la consideración de la invalidez jurídica de las leyes expuestas por el régimen nazi y sus condenas a muerte, en el gobierno de Adolf Hitler. Incluso un comentario de tinte crítico hacia las acciones que se estaban tomando por parte de Hitler en su gobierno, podían llevar a una ejecución inmediata, signo visible de una mano dura en la que se puede alegar una falta de racionamiento jurídico grave. En su ensayo, Radbruch toma como argumento de fondo es el argumento contra el positivismo diciendo que hay leyes que no son Derecho y Derecho por encima de las leyes. Cosa que no existía cuando en Alemania, se seguía este positivismo.

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Las razones que utiliza Radbruch para justificar la aplicación de jueces y leyes especiales y retroactivas para juzgar hechos acontecidos al amparo de otras leyes son el seguimiento de la justicia, e atentado contra los Derechos Fundamentales, el no recaer en las leyes que no son Derecho, el que no suceda el abuso de una persona de su autoridad para que alguien cometa un delito y el abusar el ejercicio de la denuncia para ver a una persona sancionada, buscar la justicia pero mantener la seguridad jurídica. Estoy de acuerdo con Radbruch cuando estipula que hay leyes que no son Derecho ya que este tipo de leyes van en contradicción con los Derechos Fundamentales. Además, si seguimos un positivismo jurídico puro, el hacer leyes en todo momento, y que su validez radique en que hayan sido promulgadas conforme a lo que establecen las mismas, vamos a tener un sinfín de leyes que no van conforme al Derecho, más bien, conforme a los intereses de los que participaron en su creación, promulgación y aplicación. Ahora tratamos el juicio de Nuremberg. Para comenzar citamos los delitos por los cuales se les acusó a la crema y nata del movimiento de nacionalsocialismo: I.

Conspiración: Tomar parte en un complot para cometer crímenes contra la paz, de guerra y contra la humanidad. Los culpables serían responsables individualmente de todos los delitos colectivos cometidos en la ejecución del plan concertado. Además, la naturaleza del cargo invalida el alegato defensivo de la obediencia debida.

II.

Crímenes contra la paz: Comprendían el hecho de preparar e iniciar guerras

de

agresión,

en

violación

de

tratados,

garantías

y

acuerdos

internacionales. III.

Crímenes de guerra: Llevar a cabo una “guerra total” con métodos de combate y de ocupación contrarios a las leyes y usos de la guerra: asesinato, malos tratos

o deportación de la población civil de los territorios ocupados;

asesinato o malos tratos a combatientes y prisioneros de guerra enemigos; tortura, ejecución de rehenes; saqueo; destrucción sin motivo de ciudades y pueblos; y devastación no justificada por exigencias militares. Página 2 de 3

Crímenes contra la humanidad: Los expuestos en el cargo anterior que

IV.

además

son

crímenes

contra

la

humanidad:

asesinato,

exterminio,

esclavización…, así como la persecución por motivos políticos, raciales o religiosos, realizados durante la fuera. Ante esto, por supuesto que los nazis reaccionaron en el juicio, y utilizaron varios puntos en su defensa alegando cosas como la obediencia debida, el desconocimiento de las matanzas en masa de los judíos y campos de concentración, y que las acusaciones que les adjudicaban no eran punibles, pues de las 4, 3 no estaban prescritas en derecho internacional o no había nada prescrito haciéndolo un delito y una de ellas sólo existía en el sistema jurídico anglosajón, cuando el manejo del juicio involucraba a más países. Mi punto de vista con respecto a este juicio es que estoy de acuerdo con la URSS que existía en ese momento, que no se condena a nadie sin antes existir un juicio, pero se me hace aberrante el hecho de que el proceso fue tan arbitrario, aun cuando sabían que al final se cortarían cabezas. Incluso si esas personas hayan cometido barbaries, tienen el derecho como personas, de tener un juicio legal. Además, creo que fue una venganza por parte de los vencedores en la guerra, disfrazada de un proceso formal en el que se decía aplicar una justicia. La justicia que se estaba buscando, no era una justicia global en el sentido de la palabra, más bien justicia según los países vencedores. Además, por más injusto que haya sido lo que haya hecho el procesado, se debe de aplicar justicia hacia este, en el sentido de que se sigan las reglas establecidas para generarle una condena, una sanción. Si cada vez que sucediera una injusticia, se utilizara otra injusticia para sancionarlo, el término justicia se distorsionaría aún más, y la gente que se encuentre en la búsqueda de esta, utilizando su antónimo, sería tan aberrante e incluso más, que el procesado.

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