Ensayo Montesquieu

April 23, 2018 | Author: Hector Robinson | Category: Separation Of Powers, Constitution, Sovereignty, Montesquieu, State (Polity)
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Descripción: Una visión general a la teoría de la separación de poderes planteada por Montesquieu...

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Magister en Derecho, Universidad de Valparaíso “EL PRINCIPIO DE L !EPRCI"N DE PODERE! EN MON#E!$UIEU% &'ctor N()e* Contreras

EL PRINCIPIO DE L !EPRCI"N DE PODERE! EN MON#E!$UIEU Héctor Robinson Núñez Contreras Est+diante Magister en Derecho Mencin Derecho P(-lico .+nda/entos del Derecho Constit+cional  Universidad de Valparaíso hector0ro-inson1hot/ail0co/ Res+/en2 El presente trabajo analiza brevemente el principio de la separ se paraci ación ón de pod podere eres s for formu mulad lado o por Mon Monte tesqu squieu ieu,, oto otorga rgando ndo alguna alg unas s con consi sider deraci acione ones s gen genera erale les s de dell con contex texto to do doctr ctrin inal al de su teoría, rescatando los tópicos más importantes de su formulación, exponiendo alguna de las críticas realizadas tanto a la concepción misma del concepto de separación de poderes como al fondo del prin pr inci cipi pio, o, pa para ra n nal alme ment nte e se seña ñala lar r lo los s pr prim imer eros os in inst stru rume ment ntos os ociales que incorporaron este principio en su texto normativo

Desde que la teoría de la separación de poderes del Estado fuera formulada por  Montesquieu Montesquieu en el famoso capítulo capítulo VI del Libro XI de su obra titulada “ Del Espíritu de las Leyes”, dicha teoría ha sido proresi!amente considerada como un principio

esencial para alcan"ar los ob#eti!os del Estado de Derecho $ la libertad indi!idual, constit constitu$% u$%ndos ndose e en uno de los pilares pilares fundame fundamental ntales es del constit constitucio ucionali nalismo smo actual& Desde su formulación en '()*, solo unas d%cadas bastaron para que dicha teoría se materiali"ara en los te+tos normati!os de di!ersas constituciones en orteam%rica $ Europa, influenciando posteriormente los nue!os estados libres de Iberoam%rica& El #urista alem-n .arl /chmitt entendía este principio como esencial en toda constitución de un Estado Liberal de Derecho, e+presando0 “ Derechos Fundamentales y división de poderes designan, pues, el contenido esencial del  elemento típico del Estado de Derecho, presente en la constitución moderna. ”'&

1or su parte, 2arl Loe3enstein con una !isión alo m-s crítica lo presenta como 1 (Schmitt, 1928; p. 19!

Magister en Derecho, Universidad de Valparaíso “EL PRINCIPIO DE L !EPRCI"N DE PODERE! EN MON#E!$UIEU% &'ctor N()e* Contreras

“…uno de los dogmas políticos más famosos ue constituye el fundamento del  constitucionalismo moderno.! " &

1ero esta e+ponencial aceptación del principio de la di!isión de poderes en las constituciones de los estados libres, no ha estado a#ena de críticas, de modelaciones de teorías propias $ de acabados estudios filosóficos4políticos, todos los cuales enriquecen la discusión sobre el tema $ han situado hasta ho$, el an-lisis de este principio, como un p-rrafo obliado en las escuelas de derecho p5blico $ filosofía política& 1or lo cual, dada su importancia, es necesario comprender en su orien la teoría planteada por Montesquieu, tener presentes alunos antecedentes contempor-neos que influ$eron en la misma $ dar luces de aquellos instrumentos que fueron influenciados por ella&

I&

6ntecedentes a la teoría de Montesquieu

Montesquieu formula su teoría en un capítulo denominado “ De la #onstitución de $nglaterra! & Di!ersos autores reparan en el hecho de que lo que se !i!ía en

Inlaterra a la %poca de escribir su teoría, era en realidad una Monarquía absoluta, $ no el sistema de instituciones políticas descritas por Montesquieu& En este sentido Lo3enstein se7ala0 “%o de&a de tener cierta ironía ue cuando 'ontesuieu visitó $nglaterra ()*"+ )*-) malinterpretó fundamentalmente el orden constitucional /ritánico, entonces e0istente, al resaltar una separación entre el legislativo y el e&ecutivo, ue virtualmente ha/ía desaparecido desde 1uillermo $$$ y 2na, y prácticamente desde la su/ida al trono de la casa de 3annover &”*&

 6 pesar del reparo formulado, el citado capítulo, no parece ser una simple descripción de un sistema constitucional particular, sino un no!edoso $ 2 ("oe#enstein, 19$%; p. $&!  ("oe#enstein, 19$%; p. '!

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re!olucionario sistema de obierno, que materialmente se e#ecuta asinando poderes que el Estado detenta en diferentes óranos del ente estatal, pero que en su ob#eto, traía consio alo mucho m-s importante $ esencial0 aranti"ar la Libertad 1olítica del .iudadano, como bien lo e+presa Lo3enstein al se7alar0 “la li/ertad es el telos ideológico de la teoría de la se paración de poderes! 4.

En cuanto a la concepción u orien de esta teoría, el #urista paname7o .esar  8uintero .orrea en su artículo titulado “El 5rincipio de la 6eparación de 5oderes y  su 7alor 2ctual en $/eroam8rica ”, se7ala que !arios autores remiten el estudio de

su orien a la anti9edad, mencionando a 6ristóteles, 1latón o .icerón entre otros, quienes esbo"aron ciertas formas de distinción o especiali"ación de las funciones estatales: pasando lueo a autores de la Edad Media como Marsilio $ los Monarcómacos, para finalmente arribar a los autores de la Inlaterra del silo XVII, mencionando entre otros a ;arrinton, edham $ Loc Poder  Legislativo por el cual hace o deroa le$es: B> Poder Ejecutivo por el cual hace

la pa" o la uerra, en!ía $ recibe emba#adas, establece la seuridad p5blica $ preca!e las in!asiones: $ *> Poder Judicial por el cual castia los delitos o #u"a las diferencias entre particulares& C que estos poderes deben ser e#ercidos por  óranos del Estado diferentes e independientes entre sí& 1ara #ustificar su planteamiento, anali"a primero desde una mirada separatista, $ con un telos de libertad, estos tres poderes& ;ablando del 1oder Leislati!o $ E#ecuti!o indica0 “#uando un 5oder Legislativo y el 5oder E&ecutivo se re>nen en una misma  persona o en el mismo cuerpo, no hay li/ertad? falta la confian La decisión 1olítica o ?undamental: b> La E#ecución de la decisión: $ c> El .ontrol 1olítico&

B

d> /iuiendo en este punto el an-lisis que .arlota ac
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