Ensayo Lógica Aplicada Al Razonamiento Del Derecho

November 15, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO Facultad de Derecho y Ciencias Políticas Escuela Profesional de Derecho

ENSAYO SOBRE LA LÓGICA APLICADA AL RAZONAMIENTO DEL DERECHO

ASIGNATURA

:

LÓGICA JURÍDICA

DOCENTE

:

SANDOVAL VALDIVIESO, MARIA JESUS

INTEGRANTES

: CASTILLO RICALDE, MARICIELO DE LA CRUZ VEGA, STEVEN JUÁREZ ESTEVES, GRACIELA MAGDALENA OROZCO REYES, JONATHAN ROJAS RUESTA, HILDA MARGARITA SILVA GONZALES, ESTEFANY MERCEDES SULLON RIVAS, WENDY ROSSANA

2022-II

ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................... 3 2. DESARROLLO.................................................................................................................... 4 2.1. IMPORTANCIA DE LA LÓGICA AL DERECHO .................................................... 4 2.1. ENUNCIADO DE SUBSUNCIÓN E INDICIBILIDAD............................................. 5 2.2. SISTEMAS JURÍDICOS INDECIDIBLES A PARTIR DE SU FORMALIZACIÓN 6 2.3. MODOS DE PENSAR EN LA CIENCIA JURÍDICA ................................................ 7 2.4. SISTEMAS JURÍDICOS INDECIDIBLES ................................................................. 8 2.5. INDECIDIBILIDAD, SUBSUNCIÓN Y DISCRECIONALIDAD JUDICIAL.......... 9 3. CONCLUSIONES.............................................................................................................. 10

1. INTRODUCCIÓN La lógica aplicada al razonamiento del derecho representa un vínculo intrínseco entre el mundo del pensamiento racional y el universo normativo que configura nuestras sociedades. En su esencia, esta disciplina se erige como un faro de racionalidad en el vasto y complejo océano del derecho. Su influencia se extiende más allá de las fronteras geográficas y culturales, moldeando el funcionamiento de sistemas jurídicos en todo el mundo y garantizando la equidad y la justicia en la toma de decisiones judiciales y en la elaboración de leyes. La lógica aplicada al razonamiento del derecho abarca un espectro amplio de dimensiones. No solo se centra en la formulación de argumentos legales coherentes y sólidos, sino que también está arraigada en la interpretación precisa de las leyes y en la construcción de estructuras normativas que reflejen los valores y principios fundamentales de una sociedad. Al examinar las interconexiones entre las premisas, las conclusiones y los principios jurídicos, se desvela una comprensión más profunda y transparente de la normativa legal, lo que es crucial para una sociedad que busca la igualdad ante la ley y la protección de los derechos individuales. Más allá de las salas de audiencia, la lógica aplicada al razonamiento del derecho es un pilar en la construcción de un sistema legal que garantice la consistencia y la previsibilidad. Las leyes deben ser compatibles entre sí, y las decisiones judiciales deben seguir una lógica argumentativa que respete y desarrolle los precedentes establecidos. De esta manera, la lógica legal no solo contribuye a la construcción de un sistema jurídico sólido y coherente, sino que también proporciona una base sólida para el funcionamiento de la justicia en una sociedad moderna.A medida que exploramos más a fondo la intersección entre la lógica y el derecho, descubrimos cómo esta disciplina se convierte en un garante de la verdad, la equidad y la estabilidad en la sociedad, asegurando que las decisiones legales se basen en argumentos sólidos y que las leyes se formulen con claridad y consistencia, cumpliendo así su papel fundamental en la construcción de un mundo más justo y ordenado.

2. DESARROLLO 2.1. IMPORTANCIA DE LA LÓGICA AL DERECHO La importancia de la lógica en el Derecho radica en su papel fundamental para garantizar la coherencia, la equidad y la eficacia en el sistema legal. Resumidamente, podemos destacar los siguientes puntos clave: 1. Argumentación Sólida: La lógica permite la construcción de argumentos legales sólidos y coherentes, lo que es esencial para persuadir y convencer en los tribunales y en la formulación de leyes. 2. Identificación de Falacias: Ayuda a detectar y evitar falacias en los argumentos legales, asegurando que las decisiones judiciales se basen en fundamentos racionales en lugar de errores de razonamiento. 3. Interpretación Precisa: Facilita la interpretación precisa de las leyes y la aplicación consistente de las normativas, evitando ambigüedades y garantizando la justicia. 4. Coherencia Legal: Contribuye a la coherencia y consistencia en todo el sistema legal, garantizando que las leyes sean compatibles entre sí y que las decisiones judiciales sigan un razonamiento lógico. 5. Protección de Derechos: Asegura la protección de los derechos individuales al proporcionar un marco objetivo para la resolución de conflictos legales. 6. Previsibilidad y Estabilidad: Fomenta la previsibilidad y la estabilidad en el sistema legal, lo que es esencial para el funcionamiento ordenado de la sociedad. En conjunto, la lógica aplicada al Derecho es un elemento esencial para preservar la integridad del sistema legal y garantizar que este sirva como un mecanismo justo y efectivo para resolver disputas y promover la justicia en la sociedad.

2.1. ENUNCIADO DE SUBSUNCIÓN E INDICIBILIDAD Enunciados de subsunción se refieren a la capacidad de un sistema formal, como un lenguaje de programación o una lógica, para expresar y entender ciertas relaciones entre objetos o conceptos. En esencia, un enunciado de subsunción establece que un objeto o conjunto de objetos pertenece a una categoría o clase más amplia. Por otro lado, la indicibilidad se refiere a la idea de que algunos números o proposiciones no pueden ser expresados o calculados por un sistema formal o una máquina. Esto se relaciona con el famoso "problema de la parada" en teoría de la computación, que sostiene que no hay un algoritmo general que pueda determinar si un programa dado se detendrá o no. Esto implica que hay enunciados en matemáticas que son verdaderos pero que no se pueden demostrar dentro de un sistema formal dado, lo que plantea cuestiones profundas sobre la limitación de la capacidad de la lógica y la computación. Un ejemplo clásico de un enunciado indemostrable es el "teorema de Gödel de la incompletitud". Este teorema, formulado por Kurt Gödel en la década de 1930, establece que en cualquier sistema formal lo suficientemente poderoso para describir la aritmética, habrá enunciados que son verdaderos pero que no pueden ser demostrados dentro de ese sistema. Esto demostró de manera contundente que la matemática no puede ser completamente capturada por ningún sistema formal, lo que arroja dudas sobre la idea de encontrar un conjunto completo y consistente de axiomas para toda la matemática. En cuanto a un ejemplo de indicibilidad, podemos recurrir al "problema de la parada" en teoría de la computación. Supongamos que tenemos un programa de computadora que toma otro programa como entrada y determina si ese programa se detendrá o entrará en un bucle infinito. El enunciado indemostrable es: "Dado un programa P y una entrada I, ¿el programa P se detendrá cuando se le dé la entrada I?"

Este enunciado es indemostrable dentro de la teoría de la computación, ya que no existe un algoritmo general que pueda responder a esta pregunta para todos los posibles programas y entradas. Es un ejemplo de indicibilidad porque, aunque es una pregunta legítima y tiene una respuesta verdadera o falsa para cada caso concreto, no puede ser resuelta de manera algorítmica para todos los posibles programas y entradas, lo que muestra una limitación fundamental en la capacidad de la computación y la lógica formal. 2.2. SISTEMAS JURÍDICOS INDECIDIBLES A PARTIR DE SU FORMALIZACIÓN Los sistemas jurídicos indecidibles a partir de su formalización son un área de estudio en la intersección de la teoría de la computación y el derecho que se centra en analizar la complejidad computacional y la aplicabilidad de las reglas legales. Estos sistemas se vuelven indecidibles cuando se intenta determinar si una cierta afirmación o conjunto de afirmaciones legales es verdadera o falsa dentro del marco normativo dado, utilizando un proceso de razonamiento formal. Para comprender mejor este concepto, es importante considerar algunas de las características clave de los sistemas jurídicos indecidibles: 1. Formalización del Derecho: En este contexto, la formalización se refiere a la representación de las reglas y principios legales en un lenguaje formal que pueda ser procesado por una computadora. Esto implica traducir leyes, regulaciones y casos legales en términos matemáticos o lógicos. 2. Decidibilidad: En la teoría de la computación, una pregunta o problema se considera "decidible" si existe un algoritmo que pueda determinar su respuesta en un tiempo finito. En contraste, un problema se considera "indecidible" cuando no existe un algoritmo que pueda proporcionar una respuesta definitiva en todos los casos posibles. 3. Teorema de la Indecidibilidad de Gödel: Uno de los resultados más conocidos en este campo es el teorema de la indecidibilidad de Gödel, que demostró que en cualquier sistema formal lo suficientemente poderoso, siempre existen afirmaciones que son verdaderas pero que

no pueden demostrarse dentro del sistema. Este resultado se ha relacionado con el derecho, mostrando que es posible que existan casos legales cuya verdad o falsedad no pueda determinarse de manera algorítmica. 4. Casos de Derecho No Resolubles: En la práctica legal, existen situaciones donde los tribunales o los sistemas legales enfrentan casos complejos que pueden no tener una solución definitiva o que pueden ser resueltos de manera diferente por diferentes jueces o jurados. Estos casos se asemejan a los problemas indecidibles desde una perspectiva teórica. los sistemas jurídicos indecidibles a partir de su formalización son una rama de estudio que explora la complejidad computacional y las limitaciones teóricas en la aplicación de reglas legales mediante la representación formal del derecho. 2.3. MODOS DE PENSAR EN LA CIENCIA JURÍDICA Podemos entender que en la doctrina del derecho natural se hallará como última representación del derecho una norma, una decisión o un orden concreto y es porque, cuando un jurista adopta su concepto de derecho, lo adopta bien como regla, como decisión o como un orden o configuración concretos. Entonces nacen de esta forma los tres modos de pensar jurídico. Pero debemos entender también, que este modo pensar ha de variar de acuerdo al lugar y tiempo. La doctrina de Alexy nos muestra cuatro modos o modelos de pensar jurídico: ●

Modelo deductivo: Señala tres elementos básicos: normas vigentes,

definiciones de derecho, proposiciones empíricas. Este modelo delimita la decisión jurídica de un caso concreto bajo la inferencia lógica de las normas vigentes ligadas al uso de las definiciones del derecho y las proposiciones empíricas, pero tiene algunas oposiciones ya que sus detractores se preguntan si ¿es posible deducir lógicamente la solución de un caso fácil? ●

Modelo decisorio: Sostiene que el derecho otorga por silencio de la ley,

un “espacio de libertad” al juez, donde la decisión judicial equivale al uso lógico, formal

y deductivo de las normas jurídicas como normas generales subsumibles en casos particulares, haciendo el juez uso y respeto de las reglas de inferencia lógicas en el paso de las premisas a la conclusión; como cuando un caso no se encuentra sometido a norma jurídica, el decisor cuenta con la discreción para resolver el caso, pero ello no equivale a una situación total de libertad para decidir, pues, aún “debe recurrir a las normas de sensatez y justicia”. Juicios de nivel jurídico positivo, relativos a la concordancia de las decisiones con respecto a las normas jurídicas. Juicios de nivel supra positivo, referidos al acatamiento de principios morales y de ética. ●

Modelo hermenéutico: Este modelo plantea una relación necesaria entre

la hipótesis y el texto de la norma, además contribuyen a la interpretación jurídica, pero Alexy considera que no son interpretación jurídica, pues no ofrecen criterios para excluir las hipótesis no acordes a la norma (razones a favor y en contra) ya que “interpretación es argumentación”. ●

Modelo de la coherencia. En este modelo el sistema jurídico es

necesariamente incompleto, ya que todas las respuestas no están dadas en el derecho y el sistema no puede por sí mismo dotarse de coherencia y completitud. Para lograr dichos postulados, el sistema jurídico requiere de personas y de procedimientos; este modelo se erige como el puente para la construcción formal de los sistemas jurídicos 2.4. SISTEMAS JURÍDICOS INDECIDIBLES El concepto de "sistema jurídico indecidible" se relaciona con la aplicación de la teoría de la indecidibilidad de Kurt Gödel al ámbito del derecho. En esencia, esto sugiere que, de manera similar a la matemática, existen aspectos en el sistema jurídico que no pueden ser decididos o demostrados de manera definitiva. En otras palabras, no siempre es posible determinar con certeza si una acción o situación es legal o ilegal debido a la naturaleza abierta e interpretativa del derecho.

Kurt Gödel planteó el teorema de la indecidibilidad en matemáticas, donde demostró que algunos sistemas matemáticos son inherentemente incompletos, lo que significa que no pueden demostrar todas las verdades matemáticas dentro de sí mismos. Esta idea se traslada al derecho, donde se argumenta que los sistemas jurídicos también pueden ser incompletos e indecidibles en ciertos aspectos. El texto discute la relación entre la teoría de la indecidibilidad y los sistemas jurídicos modernos, que a menudo se basan en la lógica deductiva y la aplicación de normas y reglas a casos específicos. Sin embargo, se señala que hay situaciones en las que no es posible aplicar un método efectivo de subsunción (relacionar casos con soluciones normativas) debido a la indeterminación de ciertos casos. La discusión se centra en dos tesis principales: una tesis fuerte que argumenta que los sistemas jurídicos no pueden verse como sistemas deductivos y que requieren una nueva lógica, y una tesis débil que sugiere que la lógica formal debe complementarse con otra lógica para abordar las limitaciones del sistema. En síntesis, el concepto de sistema jurídico indecidible plantea desafíos en la aplicación de la lógica formal y la deducción en el ámbito del derecho, especialmente cuando se trata de casos que no tienen una respuesta clara según las reglas existentes. Esto lleva a un debate sobre cómo abordar estas situaciones y si es necesario desarrollar nuevas formas de razonar en el derecho para lidiar con la indecidibilidad. 2.5. INDECIDIBILIDAD, SUBSUNCIÓN Y DISCRECIONALIDAD JUDICIAL Nace a partir de la falencia de su método efectivo enunciados de subsunción, quiere decir ello que el derecho fatalmente siempre corresponderá a un sistema necesariamente incompleto, lo cual atañe a las tesis de la determinación e indeterminación normativa. En la perspectiva adversa, al ser completo el sistema, implica ello la predeterminación en este de la solución de cada uno de los casos elementales; solución que se hace entendible o de la

cual se deriva solución para los casos individuales que hacen parte de los casos elementales como propiedades de este. A pesar de lo dicho, puede ocurrir que se desconozca la solución derivada de normas generales a los casos particulares, situación que puede ocurrir por dos hipótesis: • Desconocimiento derivado de carencia de información acerca de los hechos relevantes, situación que da lugar a una laguna de reconocimiento. • Déficit de determinación conceptual por la ambigüedad de las palabras usadas en sentido y lenguaje jurídico; lo cual da lugar a una laguna de reconocimiento. Estos dos tipos de lagunas son independientes a la completitud del sistema normativo, por lo que no equivalen a lagunas sino a situaciones de inaplicabilidad por indeterminación y ocurren por limitaciones humanas con relación a la posibilidad de conocer las cosas como parecen ser en realidad; es decir por la limitación epistemológica humana referida al límite de los sentidos (Hume, 1992). Los enunciados de subsunción equivalen a aquellas posibilidades que niegan o afirman que un caso individual pertenezca a un caso genérico elemental. Dichos enunciados de subsunción cumplen una función clasificatoria de los elementos del Universo del Discurso UD desde las propiedades de un Universo de Propiedades UP. Los enunciados de subsunción cuentan con un valor de veracidad que depende de: • Las reglas semánticas vigentes en un determinado lenguaje (Navarro, 2006, p. 211). • La ocurrencia de determinados hechos, los cuales implican las modalidades dinámicas de ocasión y oportunidad para la acción (Lagier, 1995).

3. CONCLUSIONES El enfoque analítico del derecho está relacionado a dos tradiciones: •

Vincula los problemas del derecho: es un problema recurrente porque vincula al lenguaje natural en el cual se encuentran formuladas las normas jurídicas.



Goza de mayor rigor académico: vincula para el derecho aparte de una dimensión semántica, otras dimensiones sintácticas y pragmáticas.

Para la teoría jurídica y la denominada lógica de las normas, , ha persistido en la historia el problema sobre la posibilidad de existencia de una disciplina lógica para las normas, considerando que estas no vienen formuladas en lenguaje descriptivo, sino en lenguaje prescriptivo. Para ello, se ha pensado en la lógica de normas: 1) como una lógica de la satisfacción normativa, 2) como una lógica carente de veracidad, cuya complejidad puede ser solucionada a través de una lógica de las proposiciones normativas, y 3) como una lógica de la estructura interna de las normas jurídicas, o lógica deóntica. La noción sistemática primigenia del derecho se vislumbra como un sistema completo, sobre el cual, de acuerdo a la tesis de la determinación normativa, las respuestas jurídicas para los casos se encuentran, todas, predeterminadas en el sistema jurídico, superponiendo la idea de que, en ciertas ocasiones, el intérprete de la norma no es capaz de extraer las consecuencias jurídicas a los casos, o soluciones normativas. La forma de aplicar la solución normativa a los casos, corresponde a los denominados enunciados de subsunción, en donde, mediante un simple silogismo deductivo se subsume una norma jurídica de carácter general a un caso de tipo particular.

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