Ensayo Derecho A La Vivienda
December 1, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Derecho a la vivienda y Constitución Política Todo ser humano desde el momento de su nacimiento posee innatamente los Derechos humanos universales, los cuales reconocen todos los privilegios y cond co ndic icio ione nes s qu que e to toda da pe pers rson ona a de debe be te tene nerr ac acce ceso so.. Un Uno o de lo los s de dere rech chos os incluidos en el articulo 25 del documento “La Declaración Universal de los Derechos Humanos” (Naciones Unidas, 1948); reconoce lo siguiente: “Tod “Toda a pe pers rson ona a ti tien ene e de dere rech cho o a un ni nive vell de vida vida ad adec ecua uado do qu que e le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios…” (pág. 52) Este articulo además incorpora la participación de los Estados que fueron part pa rtic icip ipes es de dell Pa Pact cto o Inte Intern rnac acio iona nall de De Dere rech chos os Ec Econ onóm ómic icos os,, So Soci cial ales es y Culturales. Sin embargo, estos derechos que estipulan una vivienda adecuada a toda persona, no reflejan la realidad urbana que viven los paises actualmente y ev evid iden enci cia a el dé défi fici citt qu que e ti tien enen en resp respec ecto to a la te tene nenc ncia ia de dell su suel elo, o, la habitabilidad y la condición optima de una vivienda o un hogar. Trasladándonos a nuestro país, en el Perú, cerca de la tercera parte de nuestra población habita en condiciones de extremo peligro para su propia salud y vida; generándose así el polémico termino de hacinamiento y tugurio. Además, se ha re rein inte terp rpre reta tado do de un una a ma mane nera ra inad inadec ecua uada da el dere derech cho o a un ho hoga garr o un una a vi vivi vien enda da,, co como mo la po pose sesi sión ón de un área área ag agru rupa pada da po por” r” un te tech cho o y cu cuat atro ro paredes”, olvidando la seguridad de la tenencia del suelo y/o predio, es decir la pertenencia del sitio donde reside y habita; y las condiciones adecuadas para que dicha vivienda no solo se limite a la materialidad del hogar. El Centro de Investigación, Documentación y Asesoría Poblacional (CIDAP), nos expone en su documento informativo “El Derecho a la Vivienda Digna, también es un derecho humano” (2010); acerca de los principios que toda vivienda debe tener para ser habitable, los cuales refuerzan la idea planteada por la ONU-Hábitat sobre los siete elementos de la vivienda adecuada; con la integración de un octavo principio que vela por la relación del medio ambiente y la vivienda. Estos ocho principios son: -
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Te Tene nerr se la Se Segu guri rida dad d temor jurí jurídi dic ca so sobr bre eun ladesalojo te tene nenc ncia iaforzoso, de dell pr pred edio io y/o y/o te terr rren eno o donde habita, sin a tener hostigamiento y amenazas. Contar con todos los servicios básicos, bienes públicos y la infrae inf raestr struct uctura ura nec necesa esaria ria,, tal agu agua a po potab table, le, ins instal talac acion iones es san sanita itaria rias, s, recojo de residuos sólidos, entre otros. Ten Tener er ac acces ceso o a bien bienes es am ambie biente ntes s y a un háb hábita itatt libre libre de con contam tamina inació ción, n, acondicionando la confortabilidad térmica, acústica, visual y espacial de la vivienda para sus habitantes. Com Compat patibi ibilid lidad ad ent entre re los n nive iveles les de in ingre gresos sos d de e la pob poblac lación ión pa para ra ten tener er un pr prec ecio io de las las vivi vivien enda das s con ma mayo yorr ac acce cesi sibi bili lida dad d o un me mejo jor r financiamiento adaptándose adaptándose a la economía del habitante. Con ond dicio icion nes opt ptim imas as de habita bitab bilid ilidad ad,, que re resp spet ete en la es esca calla y pr prop opor orci ción ón ad adec ecua uada da ba bajo jo los los pa pará ráme metr tros os ur urba bano nos s de dell lu luga garr y la pr prot otec ecci ción ón fr fren ente te a pe peli ligr gros os fí físi sico cos s na natu tura rale les s y an antr tróp ópic icos os qu que e
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perjudiquen la infraestructura de la vivienda; además de la protección frente amenazas contra la salud. Pri rior oriz izar ar el acce ceso so a la vi vivi vie end nda a a lo los s gr grup upo os ma mas s vuln lner era abl bles es o discriminados del país, así como a las personas en situación de extrema pobreza. Tener una ubicación favorable que permita el acceso a los equip eq uipami amient entos os (sa (salud lud,, edu educa cació ción, n, etc etc.), .), así co como mo la inf infrae raestr struct uctura ura (tr (trans anspor porte te y com comuni unicac cacion iones) es);; ade además más de ten tener er fác fácilil acceso acceso a los centros laborales, tanto para las áreas urbanas o rurales. Res Respet petar ar la inte intercu rcultu ltural ralida idad d exis existen tente te del lug lugar, ar, pa para ra la con constr strucc ucción ión de la vivienda, así como la diversidad en los que la habitan.
Estos ocho principios son necesarios para fomentar el uso y hábitat correcto en una vivienda, sin embargo, desde la época de los 90, estos principios han sido deja de jado do de la lado do po porr pa parte rte de dell Es Esta tado do Pe Peru ruan ano. o. A pa part rtir ir del del ca camb mbio io de la Constitución Política de 1979 a la Constitución de 1993, donde la presidencia era dir dirigi igida da po porr Alb Albert erto o Fuj Fujimo imori. ri. Ten Tenien iendo do cam cambio bios s sig signif nifica icativ tivos os co como mo la autono aut onomía mía de las mun munici icipal palida idades des,, la sep separa aració ción n de pod podere eres s (ej (ejec ecuti utivo, vo, legislativo y judicial) y la destitución de algunos derechos humanos, como el derecho a la vivienda; lo cual libera las responsabilidades del Estado para con sus habitantes convirtiéndose en un producto más del libre mercado. El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), desde el año 2010 llevaba a cabo una encuesta nacional acerca de los programas presupuestales con el fin de recabar datos para el mejoramiento de las políticas publicas acerca de las condiciones de vida de su población. Donde a partir del cambio de Constitución hasta el año 2017 se puede evidenciar que a nivel nacional existe un déficit cuantitativo del 2.4% de la población urbana y un 0.3% la pobl po blac ació ión n ru rura rall (IN (INEI EI,, 20 2017 17); ); es de deci cirr qu que e po pose seen en vivi vivien enda das s al alqu quil ilad adas as,, improvisadas o locales no destinados a la habitación humana. Y un déficit cualitativo del 6.3% del área urbana y 19.2% del área rural (INEI,2017); donde las viv vivien iendas das son hac hacina inamie miento ntos s y tug tuguri urios, os, con mat materi erial al irre irrecup cupera erable ble y servicios básicos ineficientes. Estos datos son el reflejo de la carencia de una Ley que ampare el derecho a la vivienda y la realidad peruana muestra que los proyectos de vivienda sociales, en su mayoría no han sido la solución más acertada. Los ex Los expe pert rtos os en te tema mas s so soci cial ales es y fi fina nanc ncie iero ros s af afirm irman an qu que e es ne nece cesa sari rio o construir cons truir por lo menos 140 mil vivie viviendas ndas formal formales es al año (CIDAP, 2010); para disminuir el déficit nacional existente. Por otra parte, la inexistente intervención dell Es de Esta tado do y la ap apat atía ía de las las em empr pres esas as pr priv ivad adas as fr fren ente te a lo los s se sect ctor ores es econó ec onómic micame amente nte vul vulner nerabl ables es han gen genera erado do una nue nueva va for forma ma de edi edific ficar ar llamado “autoconstrucción”, el cual hasta el presente año es la solución más involuntaria frente al derecho de una vivienda y a la disminución de la pobreza. Esto a su vez trae el origen de que la población viva hacinada en tugurios y asentamientos dentro de los sectores urbanos-rurales menos acondicionados para habitar. Por consiguiente, la población se establece en zonas industriales con altos niveles de contaminación, zonas vulnerables o con riesgos naturales, impidi imp idiend endo o con contar tar con san saneam eamien iento to leg legal al y alu alumbr mbrado ado;; y zon zonas as den dentro tro del casco histórico del País, forzándolos al desalojo a causa de la falta de leyes para la protección del derecho de residencia y tenencia en dichos sectores históricos.
Estas situaciones y problemas que se han suscitado a partir del cambio de Constitución, nos ponen en reflexión sobre la necesidad de la restitución del Derecho a la vivienda digna dentro de la Constitución vigente, acompañado de políticas públicas de vivienda inclusiva y vivienda rural, políticas públicas para la renovación urbana sin desalojos y un plan de expansión urbana que permita el esparcimiento de los habitantes en zonas aptas para una buena condición de vida y hábitat.
Referentes Bibliográficos -
Gledhill, John (2010). “El derecho a una vivienda.” En Revista Antropología Social pp.103-129 pp.103-129.. Recuperado de: https://revistas.ucm.es/index.php/RASO/article/view/RA ex.php/RASO/article/view/RASO1010110103A SO1010110103A https://revistas.ucm.es/ind
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Pa Pari ris. s. Asa Asamb mble lea a Ge Gene nera rall de la las s Na Naci cion ones es Un Unid idas as (19 (1948 48). ). Resolución 217 A (III): Declaración (III): Declaración Universal de Derechos Humano. “Artículo 25”. Recuperado de: https://undocs.org/es/A/RES/217(III)
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CIDAP. (Diciembre 2010). Informe sobre el Derecho a la Vivienda. PerúLima: Centro de Investigación, Documentació Documentación n y Asesoría Poblacional.
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