Enciclopedia de Economía y Negocios Vol. 14.pdf

December 1, 2020 | Author: Anonymous | Category: N/A
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ENCICLOPEDIA de ECONOMÍA, FINANZAS y

NEGOCIOS

nacionalización de la banca plan de marketing

14 elaborada por:

ENCICLOPEDIA DE ECONOMÍA, FINANZAS Y NEGOCIOS Coordinador general RICARDO J. PALOMO ZURDO Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad Universidad CEU San Pablo

www.ciss.es

ENCICLOPEDIA DE ECONOMÍA, FINANZAS Y NEGOCIOS Obra realizada por el grupo Wolters Kluwer España C/ Collado Mediano, 9 28230 – Las Rozas (Madrid) España www.wolterskluwer.es Directora General Wolters Kluwer España: Rosalina Díaz Valcárcel. Director de Publicaciones Wolters Kluwer España: Fernando Selfa Bas. Director General de CISS: Bernardo Sainz-Pardo Zaragozá. Directora de Contenidos: Cristina Retana Gil. Coordinación Editorial: Fernando Oteo Vadillo y Cristina Vegas Becares. Equipo editorial: Adoración Fuentes Hernández; Rosa M.ª González Yuste; Francisco Laurel Cuadrado; José López Ceacero; Estefanía Medina García; Leticia Morán Alonso; María del Rosario Nájera Herranz; Laura Rascón Hernández; Matilde Rodríguez Bujaldón; Francisco José Santamaría Ramos; María Soblechero Baeza; Marcos Suárez Palacio; Ainhoa Ynfiesta González. Preimpresión: Departamento de Producción Gráfica de Wolters Kluwer España. Diseño de cubierta e interiores: ZAC diseño gráfico. © 1.ª Edición: 2010 WOLTERS KLUWER ESPAÑA, S.A. Todos los derechos reservados. A los efectos del art. 32 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba la Ley de Propiedad Intelectual, Wolters Kluwer España, S.A., se opone expresamente a cualquier utilización con fines comerciales del contenido de esta publicación sin su expresa autorización, lo cual incluye especialmente cualquier reproducción, modificación, registro, copia, explotación, distribución, comunicación, transmisión, envío, reutilización, publicación, tratamiento o cualquier otra utilización total o parcial en cualquier modo, medio o formato de esta publicación. Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra sólo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.cedro.org) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra. Wolters Kluwer España, S.A. no aceptará responsabilidades por las posibles consecuencias ocasionadas a las personas naturales o jurídicas que actúen o dejen de actuar como resultado del uso de los contenidos de esta obra.

ISBN Edición Gráfica: Obra Completa: 978-84-9954-062-7 Volumen 14: 978-84-9954-076-4 ISBN Edición Digital: Obra Completa: 978-84-9954-085-6 Volumen 14: 978-84-9954-099-3 Depósito Legal: M-6263-2010 Impreso en España. Printed in Spain.

ÍNDICE DE AUTORES Coordinador general de la obra Ricardo J. PALOMO ZURDO Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad Universidad CEU San Pablo Coordinadores Juan Carlos GARCÍA VILLALOBOS

Alejandro OLAYA DÁVILA

Profesor Agregrado de Comercialización e Investigación de Mercados Universidad CEU San Pablo

Profesor de Economía y Empresa Universidad Pontificia Bolivariana

Marcelo PASCUAL FAURA

Javier ITURRIOZ DEL CAMPO

Profesor de Recursos Humanos Universidad CEU San Pablo

Profesor de Economía Financiera y Contabilidad Universidad CEU San Pablo

Virginia REY PAREDES

Ignacio LÓPEZ DOMÍNGUEZ

Joan Ramón SANCHIS PALACIO

Director del Centro de Investigación Financiera Universidad Antonio de Nebrija

Profesor Titular de Dirección de Empresas Universitat de Valencia

Asesora Fiscal

Enrique LÓPEZ LÓPEZ

Jorge UXÓ GONZÁLEZ

Magistrado

Profesor de Teoría Económica Universidad de Castilla-La Mancha

José Luis MATEU GORDON Profesor de Análisis de Valores Universidad CEU San Pablo

Mayra VIEIRA CANO Profesora de Economía Financiera Universidad Pontificia Bolivariana

Autores Jesús de Lourdes ADAME SANABRIA

Sagrario ARROYO GARCÍA

Olga BOCIGAS SOLAR

Magistrado

Magistrado

Joaquín ARTÉS CASELLES

Profesora Adjunta de Marketing

Ana AIZPURU SEGURA

Profesor de Economía Aplicada

Letrada de las Cortes Generales

Laura ALABAU MARTÍ Magistrada

Pilar ALGUACIL MARÍ Catedrática de Derecho Financiero y Tributario

Manuel ÁLVAREZ ALCOLEA Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

DE LA

María Teresa ASUNCIÓN RODRÍGUEZ Magistrado

Ana AVENDAÑO MUÑOZ Magistrada

Miguel Ángel BARBERÁN LAHUERTA

María Pilar BONET SÁNCHEZ Profesora de Derecho Financiero y Tributario

Cristóbal BORRERO MORO Profesor de Derecho Financiero y Tributario

Francisco Manuel BRUÑÉN BARBERÁ Magistrado

Profesor de Economía Aplicada

Secretario de Ayuntamiento

Guillermo BARRAL VARELA

Carmen BURGOS PRAT

Carlos BULLEJOS CALVO

Abogado y Profesor de Organización (Gestión Empresarial)

Directiva de Calidad, Comunicación y Recursos Humanos

Economista

Begoña BARRUSO CASTILLO Profesora de Economía Aplicada

Carmen CALDERÓN PATIER

Gonzalo DE ARANDA Y ANTÓN Magistrado

Paloma BEL DURÁN

Francisco Javier DEL ARCO JUAN

Profesora Titular de Economía Financiera y Contabilidad

María del Socorro APARICIO SÁNCHEZ

Profesor de Finanzas

Patricia ARGEREY VILAR

Juan José BENAYAS DEL ÁLAMO

Profesora de Estructura Económica

Asesor Fiscal y Profesor de Economía Aplicada

Enrique ARNALDO ALCUBILLA

Sonia BENITO HERNÁNDEZ

Letrado de las Cortes Generales Abogado

Profesora de Economía de la Empresa

Francisco BLASCO GASCÓ

Profesora Agregada de Economía Aplicada

José Manuel CALLE DE LA FUENTE Magistrado

Vanessa CAMPOS CLIMENT Economista. Consultora de Empresas

Joaquín CAMPS TORRES Profesor Titular de Dirección de Empresas

Francisco Javier CANABAL CONEJOS

Alberto ARRIBAS HERNÁNDEZ

Catedrático de Derecho Civil

Magistrado

Magistrado

Begoña BLASCO TORREJÓN Profesora Agregada de Teoría Económica

Mario CANTALAPIEDRA ARENAS Economista

María Jesús ARROYO FERNÁNDEZ

Nohemí BOAL VELASCO

Santiago CANTARERO SANZ

Profesora Agregada de Economía Aplicada

Profesora de Economía Financiera y Contabilidad

Profesor Asociado de Dirección de Empresas

José Miguel CARBONERO GALLARDO Técnico de Administración General

José Antonio CARRASCO GALLEGO Profesor de Economía Aplicada

Iván DIAGO SÁNCHEZ

Consultora de Recursos Humanos

José Manuel DÍAZ PULIDO

Blanca GARCÍA HENCHE

Profesor de Economía Aplicada

Profesora Adjunta de Comercialización e Investigación de Mercados

Isabel CARRERO BOSCH

Francisco FARIÑAS FERNÁNDEZ

Profesora Colaboradora Asistente de Marketing

Director General Adjunto de TOSHIBA TEC España

Leonardo CARUANA DE LAS CAGIGAS

Irene FERNÁNDEZ ANDRÉS

Profesor de Historia Económica

Carlos Miguel CASAS JIMÉNEZ Consultor experto en Estrategia, Organización e Innovación

Ramón CASTILLO BADAL Magistrado

María Luz CHARCO GÓMEZ Magistrada

Francisco Benjamín COBO QUESADA Consultor-formador en Marketing y Estrategia

Juan Carlos GARCÍA VILLALOBOS

Josefina FERNÁNDEZ GUADAÑO

Profesor Agregrado de Comercialización e Investigación de Mercados

Profesora de Economía Financiera y Contabilidad

Pedro FERNÁNDEZ SÁNCHEZ Profesor de Historia Económica

Gema FERNÁNDEZ-AVILÉS CALDERÓN

Magistrado

Magistrado

María Consuelo FUSTER ASENCIO

Manuel DELGADO-IRIBARREN GARCÍA-CAMPERO Letrado de las Cortes Generales

Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad

Luana GAVA

Miguel CÓRDOBA BUENO

Magistrado

Carlos GARCÍA-GUTIÉRREZ FERNÁNDEZ

Profesora Titular de Finanzas

Magistrado

Joaquín DELGADO MARTÍN

Magistrado

Manuel FERNÁNDEZ-LOMANA GARCÍA

Profesor de Estadística

Profesora de Derecho Civil

Enrique GARCÍA-CHAMÓN CERVERA

Profesora de Estadística

Rafael FUENTES DEVESA

Purificación CREMADES GARCÍA

Elena GARCÍA ROJO Profesora Colaboradora de Organización de Empresas

Consultora de Recursos Humanos

Carlos COMAS RODRÍGUEZ

Profesor Agregado de Economía Financiera

María Jesús GARCÍA GONZÁLEZ

Consultor - Auditor de Calidad y Medio Ambiente

Profesora de Derecho Financiero y Tributario

David GAGO SALDAÑA Consultor económico-empresarial

José Luis GIL IBÁÑEZ Antonio GÓMEZ ARELLANO Profesor de Derecho Financiero y Tributario Abogado

Caridad GÓMEZ MARTÍN-ARAGÓN Economista

María Inmaculada GONZÁLEZ CERVERA Magistrado

María del Carmen GARCÍA CENTENO

Irene GONZÁLEZ GARCÍA

Profesora de Econometría

Licenciada en Derecho

Eduardo GARCÍA GÓMEZ

Álvaro GONZÁLEZ LORENTE

Profesor Asociado de Publicidad

Profesor de Economía Aplicada

Juan GORELLI HERNÁNDEZ

Urko IRAZÁBAL PUELLES

Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Consultor de Recursos Humanos

Francisco Javier GRAN RICO Profesor de Finanzas

Cristina ISABEL DOPACIO Profesora Adjunta de Organización de Empresas

Javier

Milagros GUTIÉRREZ FERNÁNDEZ

ITURRIOZ DEL CAMPO

Profesora de Organización de Empresas

Profesor de Economía Financiera y Contabilidad

Raul HERNÁNDEZ PARDO Letrado del Banco de España

Victoria LABAJO GONZÁLEZ

Carolina HERNÁNDEZ RUBIO

Profesora Adjunta de Marketing

Profesora de Economía Aplicada

Elisabeth HERNÁNDEZ SANZ Economista

María HERNÁNDEZ-GIL MANCHA Secretaria Judicial

Constancio Javier HERNANDO FREILE Consultor - Auditor de Gestión Integral de Empresas

Justo HERRERA GÓMEZ Profesor Titular de Dirección de Empresas

Dolores HERRERO AGÜERO Consultora de Recursos Humanos

Rafael HURTADO COLL Director de Inversiones. Área de Gestión de Activos. Grupo Banco Popular

María Isabel LÁZARO AGUILERA Economista

Gustavo LEJARRIAGA PÉREZ DE LAS VACAS Profesor Titular de Economía Financiera y Contabilidad

Ignacio LÓPEZ DOMÍNGUEZ Director del Centro de Investigación Financiera

Raúl LÓPEZ DOMÍNGUEZ

Ester MACHANCOSES GARCÍA Profesora de Derecho Financiero y Tributario

Vicente MAGRO SERVET Magistrado

Jerónimo MAÍLLO GONZÁLEZ-ORÚS Profesor de Derecho de la Unión Europea

José María MARÍN CORREA Magistrado Emérito del Tribunal Supremo

José Manuel MARTÍN CARMONA Presidente de Tribunal Militar Territorial

Sonia MARTÍN LÓPEZ Profesora Ayudante Doctor de Economía Financiera y Contabilidad

Raquel MARTÍN MATEOS Profesora de Economía Financiera y Contabilidad

César MARTÍNEZ DÍAZ Magistrado

Ricardo MARTÍNEZ IDIRÍN Business Intelligence Manager, Aldeasa

Luis MARTÍNEZ LAGUNA

Licenciado en Dirección y Administración de Empresas

Profesor de Economía Financiera y Contabilidad

Enrique LÓPEZ LÓPEZ

Miryam MARTÍNEZ MARTÍNEZ

Magistrado

Profesora Adjunta de Comercialización e Investigación de Mercados

José Carlos LÓPEZ MARTÍNEZ Magistrado

Raquel LOZANO PRIETO Consultora de Recursos Humanos

Inmaculada HURTADO OCAÑA

Carmelo LOZANO SERRANO

Profesora de Estructura Económica

Catedrático de Derecho Financiero y Tributario

Gema MARTÍNEZ MORA Magistrada Suplente

Cristina Isabel MASA LORENZO Profesora Colaboradora de Organización de Empresas

Ruth MATEOS DE CABO

José María MONTERO LORENZO

Profesora Adjunta de Comercialización e Investigación de Mercados

Catedrático de Estadística

José Luis MATEU GORDON

Concepción Esther MORALES VALLEZ

Profesor de Análisis de Valores

Jorge MATEU MAHÍQUES Catedrático de Estadística e Investigación Operativa

María del Pilar MELARA SAN ROMÁN Profesora Adjunta de Marketing

Amparo MELIÁN NAVARRO Catedrática de Escuela Universitaria de Economía Agraria

Magistrado

Jesús MORANT VIDAL Abogado

Jesús PAÚL GUTIÉRREZ Profesor Agregado de Economía Aplicada

Azucena PENELAS LEGUÍA Profesora Titular de Comercialización e Investigación de Mercados

Manuel PERALES CANDELA Abogado

Ignacio MORENO GONZÁLEZ-ALLER Magistrado

José

Eduardo PERDIGUERO BAUTISTA Magistrado

MORILLO-VELARDE SERRANO

Marta PERIS-ORTIZ

Director de Archivos y Bibliotecas

Profesora Contratada Doctora de Organización de Empresas

David NIETO CALVO Abogado

Santiago QUINTERO RAMÍREZ

Jacobo NÚÑEZ MARTÍNEZ

Amparo MERINO DE DIEGO

Profesor de Gestión Tecnológica

Profesor de Economía de la Empresa

Miguel RÁBANO PABLOS

Profesora Colaboradora de Gestión Empresarial

Alejandro OLAYA DÁVILA

María Leticia MESEGUER SANTAMARÍA Profesora de Economía Aplicada

Arancha MIELGO ÁLVAREZ Profesora Colaboradora de Comercialización e Investigación de Mercados

Santiago MILÁNS DEL BOSCH Y JORDÁN DE URRÍES Abogado

Ana Cristina MINGORANCE ARNÁIZ Profesora de Economía Aplicada

Román MÍNGUEZ SALIDO

Profesor de Economía y Empresa

Wenceslao Francisco OLEA GODOY Magistrado

Francisco Manuel OLIVER EGEA

Ingeniero Informático

María REQUENA LAVIÑA Profesora Doctora Colaboradora de Marketing

Virginia REY PAREDES Asesora Fiscal

Magistrado

Alejandro RODRÍGUEZ MARTÍN

Nuria ORELLANA CANO

Profesor de Economía Financiera y Contabilidad

Magistrado

Eduardo ORTEGA MARTÍN Magistrado

Félix ORTEGA MOHEDANO Profesor de Dirección de Empresas y Liderazgo

Ricardo J. PALOMO ZURDO

Profesor de Estadística

Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad

José MONDÉJAR JIMÉNEZ

Marcelo PASCUAL FAURA

Profesor de Economía Aplicada

Profesor de Recursos Humanos

María Sagrario ROMERO CUADRADO Profesora Ayudante de Organización de Empresas

Eva ROPERO MORIONES Profesora Titular de Finanzas

José Manuel ROSA DURÁN Analista de Mercado de Aldeasa y Profesor de Marketing

Enrique RÚA ALONSO DE CORRALES Profesor de Economía Financiera y Contabilidad

Nuria RUEDA LÓPEZ Profesora de Economía Aplicada

María Mercedes RUIZ DE PALACIOS VILLAVERDE Profesora de Economía Financiera y Contabilidad

Francisco SOGORB MIRA Profesor de Economía Financiera

Luis Antonio SOLER PASCUAL

Carmen VALOR MARTÍNEZ

Alicia SORROZA BLANCO

Profesora Colaboradora Asistente de Marketing

Profesora de Política Exterior y Seguridad en Europa

Manuel VARGAS VARGAS

Juan Carlos SUÁREZ-QUIÑONES FERNÁNDEZ Magistrado

Profesora Colaboradora de Comercialización e Investigación de Mercados

Natalia TARAZONA HURTADO

Manuela SACO VÁZQUEZ

Profesor de Empresa

Profesora Adjunta de Comercialización e Investigación de Mercados

Vicente TENA RODRÍGUEZ

Profesor Titular de Dirección de Empresas

Juan Manuel SAN CRISTÓBAL VILLANUEVA Magistrado

José Ramón SÁNCHEZ GALÁN Profesor de Finanzas

Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Magistrado

Paloma SAA TEJA

Joan Ramón SANCHIS PALACIO

Ángel Luis VAL TENA

DE

Economista

Juan Fernando TAVERA MESÍAS

Profesor de Economía Financiera y Contabilidad

Manuel TERUEL SIERRA Profesor Adjunto de Comercialización e Investigación de Mercados

Eduardo DE URBANO CASTRILLO Magistrado

Jorge UXÓ GONZÁLEZ Profesor de Teoría Económica

Profesor Titular de Economía Aplicada

Mayra VIEIRA CANO Profesora de Economía Financiera

Salvador VILATA MENADAS Magistrado

Nuria VILLAR FERNÁNDEZ Profesora de Organización de Empresas

Pilar YUBERO HERMOSA Profesora de Economía Financiera y Contabilidad

José Manuel YUSTE MORENO Magistrado

Carmen María ZAMARRA ÁLVAREZ Magistrada

José ZARZUELO DESCALZO Magistrado Suplente

NACIONALIZACIÓN DE LA BANCA Bank nationalization La nacionalización de la banca es la acción de los poderes públicos mediante la cual, las propiedades de los particulares pasan a su poder, a cambio o no de una indemnización, de manera que sea el sector público el encargado de su explotación. En este caso coincide plenamente con la expresión estatalización. Igualmente puede referirse al efecto de pasar a manos nacionales, no necesariamente públicas, las entidades en manos extrajeras, lo cual, como es obvio, suaviza mucho más los efectos de esta decisión. Una acción más concreta es la llamada "nacionalización del crédito", acto por el que los poderes públicos utilizan las disponibilidades líquidas del Sistema Bancario para el Sector Público y cuando la parte reservada al Sector Privado es dirigida por normas dictadas por el Poder Público. Es una forma de sujetar a control público todo el ahorro y disponibilidades de las familias y las empresas, sin necesidad de nacionalizar las entidades del Sector Financiero.

NAFTA Véase: "Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCLAN)".

NAIRU Véase: "Tasa de paro no aceleradora de la inflación (NAIRU)".

NANOEMPRESA Nano company Una nanoempresa puede definirse como aquella con tres ó menos trabajadores. Las empresas de participación (véase "Empresa de participación") son mayoritariamente nanoempresas, al incluir al colectivo de trabajadores autónomos y una parte muy significativa de sociedades de responsabilidad limitada, laborales y sociedades cooperativas de trabajo asociado de reciente creación que se constituyen al amparo del límite de socios trabajadores. GUSTAVO LEJARRIAGA PÉREZ DE LAS VACAS Véase también: "Empresa de participación".

NASDAQ - 100

RAÚL LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Estatalización de la banca".

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El Nasdaq 100 es un índice bursátil de Estados Unidos, que refleja la evolu-

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N ASDAQ COMPOSITE ción de las 100 empresas con mayor capitalización bursátil que cotizan en el mercado electrónico del Nasdaq. Se incluyen dentro de este sector empresas de telecomunicaciones, venta al comercio al por mayor y al por menor, empresas de hardware y software y de biotecnología, siempre y cuando formen parte del Nasdaq Stock Market. Pueden formar parte de este índice, además de empresas americanas, también empresas internacionales. La principal característica del Nasdaq 100, a diferencia de otros índices bursátiles es que no incluye valores financieros como las compañías de inversión. La composición del índice se revisa de forma anual, tomando el precio de cierre obtenido en el mes de octubre, y a partir de ahí, en el mes de diciembre se anuncian los cambios que van a hacerse efectivos y que tendrán lugar el tercer viernes de este mes. La ponderación o peso que tiene cada valor en este índice es realizada según su capitalización en el mercado. Todos los valores que forman parte del índice tienen una capitalización mínima de mercado de 500 millones de dólares. Entre las empresas que forman parte de este índice, se encuentran algunas como, por ejemplo, Amazon, Apple Computer, Biomet, Dell, Ebay, Patterson Companies, Starbucks y Yahoo. Este índice permite servir de referencia para productos financieros, como fondos índice, certificados, derivados y Exchange Traded Funds (ETF s). M.ª ISABEL LÁZARO AGUILERA Véase también: "Índice bursátil".

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NASDAQ COMPOSITE El Nasdaq Composite es un índice bursátil de Estados Unidos, que refleja la evolución de aproximadamente las 3.000 empresas nacionales y extranjeras con mayor capitalización que cotizan en el mercado electrónico Nasdaq. Este índice se presentó el 5 de febrero de 1971 con un valor de referencia igual a los 100 puntos básicos. La elevada ponderación de los valores tecnológicos dentro del mercado Nasdaq popularizó este índice, sobre todo, durante el boom de las empresas tecnológicas, de telecomunicaciones e de Internet hasta el año 2000. Entre las empresas que forman parte de este índice, se encuentran algunas como, por ejemplo, Apple, Amazon, Microsoft, Cisco, Dell, Intel Corporation, Google, Oracle, Yahoo y Elizabeth Arden. M.ª ISABEL LÁZARO AGUILERA Véase también: "Índice bursátil".

NECESIDAD Need I. CONCEPTO 1. Definición general 2. Implicaciones para el marketing • II. LA PIRÁMIDE DE NECESIDADES DE MASLOW • III. LA SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES DEL CONSUMIDOR 1. Satisfacer necesidades, objetivo del marketing 2. Las empresas y los consumidores

I.

CONCEPTO

1. Definición general Se entiende por necesidad un estado fisiológico o psicológico inherente a la

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N ECESIDAD condición humana, definido por la sensación de carencia de una cosa material o inmaterial: alimento, bebida, seguridad, etc. La sensación de carencia empuja a las personas a actuar para hacer desaparecer la necesidad que la provoca. Esta actuación, desde el punto de vista del marketing, queda materializada en la compra de una determinada marca de un producto o servicio. En cualquier caso, hay que tener presente que las necesidades son ilimitadas pero los recursos, en cambio, son limitados, y los compradores los asignan de diferente modo, según sus propias preferencias y los estímulos de marketing recibidos.

2. Implicaciones para el marketing La necesidad, junto a los conceptos de deseo (forma en la que un individuo expresa la voluntad de satisfacer una necesidad) y demanda (formulación expresa de un deseo, condicionada por los recursos económicos del individuo y los estímulos de marketing recibidos), constituyen un grupo interrelacionado fundamental para comprender la filosofía y la actuación del marketing.

marketing crea necesidades y manipula a las personas haciéndoles comprar cosas que no necesitan. Por su parte, los defensores del marketing entienden que no se pueden crear necesidades artificialmente, sino que éstas existen al menos de forma latente. El profesional del marketing trata de presentar el producto como atractivo, disponible y con un precio adecuado, influyendo así sobre la demanda, no sobre las necesidades. En cualquier caso las prácticas abusivas que se han dado en la realidad han llevado a la aparición del movimiento consumerista, asociándose los consumidores para la defensa de sus intereses.

II.

LA PIRÁMIDE DE NECESIDADES DE MASLOW

La detección de las necesidades del consumidor constituye el punto de partida del marketing. Cada persona necesita alimentos, agua, aire y abrigo para sobrevivir. Estas necesidades se materializan en deseos de determinados bienes y servicios, que en función de los condicionantes de renta se transforman en demandas efectivas de marcas. El marketing participa en todo este proceso identificando las necesidades de las personas, orientando los deseos y canalizándolos hacia demandas efectivas.

Una de las más conocidas clasificaciones de las necesidades se debe al psicólogo Abraham Maslow. Este investigador distinguió cinco niveles de necesidades humanas, que conforman una verdadera jerarquía de necesidades subordinada al estado de desarrollo de cada persona. Así, un individuo no se interesa por una necesidad de orden superior hasta que no ha cubierto sus necesidades inferiores. Cuando esto ocurre, las necesidades superiores se convierten en motivadoras y ejercen influencia en el comportamiento. No obstante, es posible aspirar a satisfacer simultáneamente necesidades de orden inferior y superior. La diferencia básica entre ellas es que las inferiores están más localizadas, son más tangibles, que las necesidades de orden superior.

La existencia de necesidades fundamenta la acción del marketing, pero también sirve de base para sus detractores. La idea de necesidad articula una de las más importantes críticas al marketing, basándose en el argumento de que el

Maslow evoca una pirámide para ilustrar esta jerarquización de necesidades, la pirámide de Maslow, modelo que ha sido ampliamente difundido en el campo del marketing. Según Maslow nunca existe un grado de satisfacción total, por lo

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N ECESIDAD que aunque un individuo se halle en un nivel superior, las necesidades de niveles anteriores siguen estando presentes.

III.

En la base de la pirámide se encuentran las necesidades fisiológicas o básicas: alimento, abrigo, sexo, etc., y que una vez satisfechas vuelven a aparecer. En un segundo nivel se sitúan las necesidades de seguridad o protección como la vivienda, la salud, el trabajo. En el siguiente nivel aparecen las necesidades de pertenencia o sociales, configuradas a partir de las relaciones sociales y que llevan a los hombres a integrarse en grupos, a aceptar y ser aceptados por otros y a amar y ser amados. Este tipo de necesidades se manifiesta cuando los niveles anteriores han sido satisfechos razonablemente. El cuarto nivel está formado por las necesidades de autoestima que surgen en el individuo que ha satisfecho los niveles anteriores. Esta persona querrá estimarse y aceptarse a sí misma, tener poder y lograr prestigio, respeto o admiración. Por último, en la cúspide de la pirámide se hallan las necesidades de autorrealización, relacionadas con la obtención del máximo potencial y el logro de elevadas aspiraciones (desarrollo personal, satisfacción de la curiosidad, estética...).

1. Satisfacer necesidades, objetivo del marketing

Un mismo producto puede satisfacer simultáneamente varios tipos de necesidades. La compra de un queso de la marca X puede responder a la necesidad fisiológica de alimentarse, a la necesidad de seguridad (producto de calidad y confianza), a la necesidad de pertenencia (comida para la familia), a la necesidad de estima (orgullo de servir un buen plato) y a la necesidad de autorrealización (darse un placer personal). En definitiva, son las necesidades no satisfechas el origen de las motivaciones que llevan al individuo a actuar, a realizar el acto de compra.

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LA SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES DEL CONSUMIDOR

Satisfacer las necesidades del consumidor es el objetivo primordial del marketing. De hecho, Kotler, en una de sus primeras definiciones del marketing, lo consideraba como el conjunto de actividades humanas dirigidas a satisfacer necesidades y deseos a través del proceso de intercambio. Para ello, el marketing, primero identifica estas necesidades, y luego, da una respuesta efectiva a las mismas. En la práctica, el proceso de identificar y dar respuesta a las necesidades de los consumidores no resulta fácil: muchas necesidades pueden ser satisfechas con productos diferentes, y un mismo producto puede satisfacer varias necesidades a la vez. Por ejemplo, la necesidad de comunicarse con otras personas alejadas puede satisfacerse mediante una carta, el teléfono, un e-mail, el chat... A su vez, si la persona decide comprarse un móvil de última generación, además de comunicarse, tendrá un mayor estatus, conectividad, mayor capacidad de trabajo, pero también se beneficiará de diversas opciones de ocio: música, cine, libros digitales, etc.

2. Las empresas y los consumidores En general, las empresas tienen dificultad para identificar las necesidades de sus potenciales compradores por diversos motivos relacionados con aspectos mentales y psicológicos del propio consumidor: -

El consumidor a veces no sabe lo que quiere o es incapaz de expresarlo.

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N ECESIDADES OPERATIVAS DE FONDOS -

A menudo debe percibir los productos de forma tangible antes de poder juzgar. Esto ocurre porque no percibe la conexión existente entre un producto y su necesidad hasta que no lo prueba.

Las necesidades operativas de fondos representan las inversiones en elementos de la actividad empresarial que son necesarios para que ésta se desarrolle sin problemas.

-

En ocasiones el consumidor es inconsistente al fijar sus preferencias y necesidades, exigiendo a un producto características contrapuestas: calidad y buen precio, prestaciones y bajo consumo.

-

Las preferencias de los consumidores son muy diversas y variables en función de condicionantes personales, estilos de vida, experiencias anteriores, etc.

Se determina como las inversiones necesarias en existencias (en el caso de empresas industriales y comerciales), clientes (derechos de cobro comerciales) y tesorería (la mínima necesaria) que se precisa para las operaciones y que no están cubiertas con la financiación espontánea. A estos efectos se entiende como financiación espontánea aquella proporcionada por agentes comerciales y que no conlleva coste.

El comportamiento de compra de los consumidores tiene su origen en una necesidad. Las empresas, por su parte, se esfuerzan en comprender este proceso, pero no siempre es fácil y se precisan técnicas diferentes. A veces los consumidores identifican ellos mismos una necesidad pues surge, por ejemplo, por cansancio en la utilización de un producto. En estos casos, las encuestas realizadas por las empresas la pueden detectar y describirla. Pero en otras ocasiones, los individuos son incapaces de identificar una necesidad en estado latente, teniendo entonces que recurrir las compañías a técnicas proyectivas que permitan aflorar las motivaciones profundas de una persona. FRANCISCO BENJAMÍN COBO QUESADA Véase también: "Marketing"; "Mercado " y "Proceso de decisión de compra".

NECESIDADES OPERATIVAS DE FONDOS Operational needs funds

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Desde el punto de vista de la financiación, serían los fondos que se requieren para financiar las operaciones de la empresa. Este concepto está ligado directamente al periodo medio de financiación, pudiéndose decir incluso, que es la dimensión temporal de las necesidades operativas de fondos. Dicho de otra manera, el período medio de financiación puede interpretarse como el número de días que por término medio la empresa debe financiar las necesidades operativas de fondos. Son consideradas como un activo fundamental de la empresa y tienen su origen en las decisiones de explotación de la empresa. De hecho, actualmente el análisis de la situación económica financiera de una entidad se hace partiendo de un balance en el que el patrimonio lo forman, de una parte y como inversiones, los activos no corrientes y las necesidades operativas de fondos, y de otra, y como fuentes financieras, los recursos propios y la ajenos no comerciales o financieros.

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N EGOCIACIÓN (MÉTODOS) La representación gráfica sería de ambos balances sería la siguiente: Comparativa balance contable y financiero Balance PGC

Balance Financiero

Activos no corrientes

RP

Activos corrientes de las operaciones

RACP no comerciales

Activos corrientes de las operaciones

RACP comerciales

Activos no corrientes

RP

NOF

RACP no comerciales

RALP

Existe una variante, y es la que considera también como integrante de las NOF los activos no corrientes de carácter funcional, es decir, que colaboran en algún sentido con la actividad u operaciones de la empresa. NOHEMÍ BOAL VELASCO

RA LP

canzar un acuerdo que satisfaga sus intereses y/o necesidades. De la definición presentada se pueden extraer diferentes elementos de la negociación: -

La relación de interdependencia entre las partes que hace imposible que cada uno consiga sus objetivos de forma autónoma.

-

La existencia de una relación motivacionalmente contradictoria. El interés por satisfacer las propias necesidades y el deseo de llegar a un acuerdo hace que la relación se mueva entre la colaboración y la competición, la defensa de los propios intereses y la necesidad de hacer concesiones.

-

La negociación requiere la existencia de cierto equilibrio de poder entre las partes, de lo contrario la parte que posee mayor poder tiende a recurrir a la confrontación e imposición haciendo muy difícil llegar a acuerdos viables.

-

La percepción que sobre la negociación tienen las partes tiene gran influencia sobre el proceso de negociación.

Véase también: "Activo" y "Período medio de maduración".

NEGOCIACIÓN (MÉTODOS) Negotiation I. CONCEPTO • II. VARIABLES QUE INFLUYEN EN EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN • III. TIPOS DE NEGOCIACIÓN • IV. PROCESO DE NEGOCIACIÓN • V. LA INTERVENCIÓN DE UNA TERCERA PARTE EN EL PROCESO: LA MEDIACIÓN

I.

CONCEPTO

Es un proceso de interacción - comunicación en el que intervienen dos o más partes que, en situación de interdependencia, tienen diferencias sobre algo (existe un conflicto de intereses) y están dispuestas a hacer concesiones para al-

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N EGOCIACIÓN (MÉTODOS) II.

VARIABLES QUE INFLUYEN EN EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN

En el proceso de negociación son muchos y muy variados los factores que intervienen, algunos de ellos interactúan entre si. Éstos son algunos de ellos: 1.

Factores de Rol: en las situaciones en las que el negociador actúa en representación de un grupo, éste recibe las presiones que el grupo ejerce sobre él y se ve en la necesidad de dar respuesta a las expectativas que el grupo tiene sobre la negociación.

2.

Factores Situacionales: se refieren a la parte más física y objetiva de la situación e incluye variables como las condiciones del lugar en el que se desarrolla la negociación, el número de partes y actores que intervienen, la presencia de terceros (mediadores), el momento y duración de las reuniones, la estructura de la agenda y el orden de los temas a tratar....

3.

Factores Interactivos: son las variables que marcan la dinámica de la relación entre las partes e incluyen aspectos como el estilo de relación, las habilidades de comunicación, las actitudes frente a la relación con la otra parte, el uso del poder y la forma en que este es percibido o las tácticas que emplean las partes.

4.

Factores personales: son las características más o menos estables de las personas que participan en la negociación que, interactuando con otros factores, influyen y/o determinan la actuación del negociador durante el proceso. En este grupo de factores se encuentran las motivaciones personales, el estilo de atribución, las actitudes, las creencias,...

III.

TIPOS DE NEGOCIACIÓN

Existen dos orientaciones básicas a la hora de negociar que determinan el tipo

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de negociación, si bien es cierto que en una misma negociación es posible que convivan ambas orientaciones: a) Negociación Competitiva también llamada distributiva o dura. Es un tipo de negociación en la que los resultados que obtienen las partes correlacionan de forma negativa, corresponde a un juego de "Suma 0" en el que lo que una de las partes gana es a costa de la pérdida por parte del otro. La creencia que subyace es la de que el objetivo de la negociación es "repartir un pastel". Resulta un estilo de negociación en el que prima el corto plazo, no parece un aspecto importante el mantenimiento de la relación en el futuro por lo que habitualmente se plantea en términos de confrontación o imposición de las propias posiciones o intereses ("Gano-Pierdes") sobre todo si existe una situación de desequilibrio de poder. b) Negociación Colaborativa también llamada integrativa o suave. El objetivo de la negociación desde esta perspectiva no es debilitar a la otra parte sino la resolución del conflicto planteada en términos de colaboración, buscando la mejor forma de distribuir los beneficios entre las partes ("Gano-Ganas") y fomentando la búsqueda de opciones creativas que permitan "hacer más grande el pastel" (de "No Suma 0"). Es un tipo de negociación en la que las partes consideran que el mantenimiento de la relación es un aspecto importante y por lo tanto se piensa más en términos de largo plazo en lugar de en la satisfacción puntual de los propios intereses, esto facilita que los acuerdos sean respetados por las partes.

IV.

PROCESO DE NEGOCIACIÓN

El proceso de negociación que presentamos se basa en la negociación por

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N EGOCIACIÓN (MÉTODOS) bos. Un criterio objetivo es una vara de medir que permite determinar qué es una solución justa por lo que debe ser independiente de la voluntad de las partes y aceptado como legítimo por éstas. Algunos criterios objetivos comúnmente empleados son: el precedente, el criterio de un experto independiente, la solución que propone un mediador, la división a partes iguales o de forma proporcional a las aportaciones.

principios desarrollada por William Ury y Roger Fisher, creadores del Programa de Negociación de la Universidad de Harvard. William Ury goza actualmente de gran reconocimiento internacional gracias a su participación como mediador en numerosas negociaciones tanto de contenido político como empresarial. El fundamento de la negociación por principios se enmarca dentro de una orientación integrativa. 1. Preparación de la Negociación constituye el elemento clave para que el proceso funcione. Los aspectos sobre los que trabajar durante esta fase son: -

Conocer los intereses: definir los propios y explorar los de la otra parte. Centrarse en los intereses en lugar de en las posiciones resulta crítico para conseguir acuerdos más fácilmente. Para conocer los intereses que subyacen a cada una de las posiciones es necesario dar respuesta a una serie de preguntas: ¿Por qué? ¿Para qué? ¿Por qué no? ¿Qué temores hay? Es importante tener en cuenta que cuanto más se pueda saber de la otra parte más posibilidades se tendrán de influir en ellos con éxito, por tanto, hay que ponerse en el lugar de la otra parte, informarse y definir, desde su perspectiva, lo que podría ser su mayor interés.

-

Idear opciones creativas que contemplen los intereses de ambas partes. Las personas que negocian con éxito buscan la manera de "hacer más grande el pastel" luego el trabajo principal aquí es inventar opciones para que ambas partes ganen.

-

Buscar criterios objetivos. Una vez que el pastel es más grande, hay que pensar en cómo repartirlo. Para ello, buscar datos que faciliten, durante la negociación, la búsqueda de una solución justa y satisfactoria para am-

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-

Conocer los límites de la propia negociación. Para ello es necesario identificar la MAPAN la mejor alternativa posible en el caso de que no se llegue a un acuerdo. El acrónimo en inglés es BATNA (best alternative to a negotiated agreement). La MAPAN es el marco de referencia para la elaboración de propuestas y es necesario para evitar aceptar acuerdos que no cubran el mínimo de los propios intereses.

-

Elaborar las propuestas. Una propuesta es un acuerdo que estamos dispuestos a aceptar. Las propuestas deben ser realistas, justas para ambas posiciones y dentro del propio MAPAN. Es interesante disponer de diferentes niveles de propuesta (de apertura, intermedia, de retirada). 2. Fases del Proceso de Negociación:

-

Apertura. Los objetivos de esta fase son: Definir aspectos formales, crear un clima favorable para la negociación, definir el marco de la negociación explorando las diferentes posiciones e intereses y sentar las bases de la interacción verificando que existe voluntad en las partes para llegar a un acuerdo. Es una fase fundamentalmente exploratoria en la que se ponen de manifiesto y de forma clara las diferencias entre las partes. Es el momento de presentar de forma breve la propuesta inicial y de ex-

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N EGOCIACIÓN (MÉTODOS) sulta necesario escuchar activamente, no discutir o reaccionar ante ataques, preguntar de forma abierta y replantear de forma que se asegure la comprensión de las posiciones y planteamientos de la otra parte, favorecer un trato informal, actuar de forma coherente...

plorar los intereses y propuestas de la otra parte. Teniendo en cuenta que es el punto de partida para empezar a negociar la propuesta inicial debe ser elevada de manera que permita ir haciendo concesiones durante el proceso. -

El Desarrollo de la Negociación. Técnicas y Habilidades para: a) Intercambiar información sobre objetivos, expectativas, posibles soluciones, propuestas... b) Conseguir que la propia posición quede mejor situada. ¿Cómo hacerlo? Persuadiendo y argumentando; influyendo con información, es decir, utilizando el poder de experto; poniendo de manifiesto la situación de mutua dependencia; tomando la iniciativa tanto en la presentación de propuestas como de concesiones; evitando recurrir a ataques o presiones para desequilibrar las posiciones. c) Lograr una dinámica que posibilite la presentación y defensa de los propios intereses de manera firme a la vez que existe una cierta flexibilidad que facilite alcanzar acuerdos. Las concesiones constituyen un elemento clave en esta tarea ya que ayudan a conseguir reciprocidad, reducen tensiones y desbloquean la negociación. Para que las concesiones cumplan estas funciones es necesario hacerlas poco a poco, con poca frecuencia, de forma no gratuita (esperando algo a cambio) y reducirlas a medida que uno se acerca al objetivo. d) Mejorar la interacción con el fin de reducir tensiones y crear un clima constructivo. Parar ello re-

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-

Encaminar a acuerdos viables y Cierre de la negociación. Evitar actuar con impaciencia llegando a acuerdos apresurados. Resumir y verificar acuerdos parciales. En los casos en los que se aprecie resistencia para llegar a algún acuerdo habrá que facilitarlo destacando los beneficios que el acuerdo tiene para ambas partes. Antes de cerrar, verificar que el acuerdo está realmente por encima del nivel de retirada y que satisface los propios intereses; registrar el acuerdo y definir qué tipo de seguimiento se va a realizar para asegurar su cumplimiento.

V.

LA INTERVENCIÓN DE UNA TERCERA PARTE EN EL PROCESO: LA MEDIACIÓN

Las negociaciones de "suma 0" con frecuencia dan lugar a conflictos que van más allá de la diferencia de intereses produciéndose situaciones de gran tensión que ponen en peligro la continuidad de la negociación. También en las negociaciones integradoras se pueden producir situaciones que, aunque no lo sean, se identifican como de "suma 0", esta percepción hace muy difícil encontrar resultados satisfactorios para las partes. En ambas ocasiones es útil e incluso necesaria la intervención de un mediador, cuyo papel es poner en marcha o retomar el proceso de negociación abriendo canales de comunicación que faciliten la escucha y la búsqueda de acuerdos satisfactorios para las partes y que asegure el cumplimiento de los acuerdos que se alcancen.

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N EGOCIACIÓN BANCA-EMPRESA Son distintos los niveles de mediación que pueden darse en el proceso: -

Con la participación de un facilitador o moderador que centra su intervención únicamente en el proceso en sí mismo, de manera que en la negociación no intervienen sus ideas.

-

Con la intervención de un mediador que adopta una posición muy activa en la búsqueda de información y que, aunque no tiene control sobre el resultado final, sí asume un mayor nivel de compromiso que el moderador.

-

Arbitraje de cumplimiento voluntario. En las situaciones en las que las partes, aún con la intervención de un moderador o un mediador, no son capaces de alcanzar un acuerdo, el árbitro propone soluciones que las partes discuten y pueden aceptar o no.

-

En el arbitraje de cumplimiento obligatorio la solución que propone el árbitro es, de antemano, aceptada y acatada por las partes. MARÍA JESÚS GARCÍA GONZÁLEZ

Véase también: "Gestión del conflicto en los equipos de trabajo".

NEGOCIACIÓN BANCA-EMPRESA Bank-company negotiation La negociación banca-empresa es el proceso de gestiones realizadas entre una entidad bancaria y una empresa fruto de su relación, que tienen por objeto conseguir un resultado positivo para ambas. Desde el punto de vista empresarial, la negociación con las entidades bancarias debe ser planificada de antemano,

7490

en función de cuál sea su dimensión, del volumen de negocio con la entidad bancaria y de las garantías que puedan aportarse. En general, a mayor tamaño, mayor volumen de operaciones y más garantías, mejores condiciones se podrán pactar. El proceso negociador entre empresa y banco para lograr su buen fin, suele caracterizarse por respetar una serie de pautas de comportamiento similares a las siguientes: a) La empresa da a conocer al banco sus necesidades financieras con antelación Por regla general, el banco valora de forma negativa la excesiva prisa al solicitar una financiación, lo que puede transmitir sensación de falta de planificación y mala gestión financiera en la empresa, llegando incluso a debilitar la posición negociadora de ésta. La entidad financiera necesita cierto tiempo para analizar y asimilar la información que recopile sobre la actividad de la empresa, sobre todo ante las solicitudes de financiación más significativas. b) Se identifican claramente los interlocutores válidos de ambas partes Tanto empresa como entidad bancaria han de identificar, en la otra parte, a la persona con la que deberán tratar y que habrá de solucionar los problemas futuros que puedan surgir en la negociación, comprobando, en ambos casos, si dicha persona tiene poder suficiente para tomar decisiones en uno u otro sentido, o ha de consultar con instancias superiores. El fomento de las relaciones entre interlocutores, puede integrar a cada parte en la filosofía y objetivos de la otra, mejorando el proceso negociador. En este sentido, algunas entidades financieras, buscando evitar una excesiva implicación de sus

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N EGOCIACIÓN BANCA-EMPRESA gestores con los clientes, siguen la política de rotar sus puestos cada cierto tiempo, algo que, por lo general, no conviene a las empresas, ya que se pierde conocimiento mutuo y experiencia en el trato.

ca y financiera, y ser coherente a lo largo del tiempo. La entidad financiera estudiará a fondo los datos presentados, y si observa discrepancias importantes en los mismos o con otras fuentes consultadas, puede llegar a modificar el sesgo final de alguna operación crediticia planteada. Con respecto a la entidad de crédito, la información que haga llegar a su cliente de las ofertas y productos debe ser clara y responder, en su caso, a los pactos alcanzados previamente, siendo muy importante comunicar las condiciones de los productos contratados, sin que la empresa encuentre "sorpresas" desagradables al leer la letra pequeña de los contratos o al recibir las posteriores liquidaciones bancarias.

c) La empresa resalta sus puntos fuertes y gestiona sus puntos débiles El banco debe conocer cuáles son los valores en los que la empresa posee una ventaja competitiva, cuáles son sus logros principales, tales como una trayectoria histórica consolidada, una posición ventajosa en el mercado, la rentabilidad de su negocio, la calidad de su producto, etcétera. En un sentido análogo, la compañía debe arbitrar planes de mejora sobre sus puntos débiles que comunicará a la entidad financiera, siendo fundamental el tratamiento otorgado a la información desfavorable que, en su caso, pueda existir sobre la empresa, la cual deberá ser asumida, razonada y, si está resuelta, justificada con la documentación que así lo acredite.

f)

La empresa no fuerza las condiciones

La compañía debe tratar de dominar tanto la información interna, que emana de su seno, como la referente al sector en el que compite, con la aportación de datos sobre su composición, coyuntura económica, prácticas de pago habituales o márgenes de productos y servicios que son comercializados.

Los bancos tienen unos límites en las condiciones que pueden ofrecer, los cuales no han de ser iguales para todos ellos, ni en todos los momentos de la relación bilateral que los vincula a las empresas. Éstas han de procurar conseguir siempre el mejor precio, pero una vez que se observa que la entidad bancaria no está dispuesta a superar un límite, no parece razonable forzar la situación. En función de cuales sean las circunstancias del mercado financiero, la experiencia y el conocimiento mutuo suelen facilitar que el banco acceda a mejorar precios, sobre todo en la medida que compruebe la aportación del negocio de la empresa a sus resultados.

e) Empresa y banco presentan información transparente y verídica

g) La empresa utiliza los fondos solicitados para el destino previsto

La información que fluya entre las partes ha de ser transparente y verídica. En el caso de la empresa, deberá responder a su realidad económi-

Un elemento muy vigilado por la banca es la utilización correcta de los fondos prestados a la empresa para el destino previsto, ante el riesgo de

d) La empresa transmite la sensación de conocer y controlar su propio negocio

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N EGOCIACIÓN COLECTIVA negociar el conjunto de productos y servicios. Por otro lado, para acceder a la financiación bancaria de largo plazo, la más difícil de conseguir, normalmente el banco exigirá un conocimiento profundo de la empresa que, a veces, sólo se adquiere con el paso del tiempo y la realización de un número determinado de operaciones.

no recuperarlos por una mala utilización de los mismos. Por ejemplo, una empresa con dificultades para acceder a cierto tipo de financiación (de largo plazo), puede utilizar los fondos destinados a financiar desfases de tesorería de corto plazo, como puede ser una cuenta de crédito con vencimiento anual, a financiar inversiones a largo, con la idea de ir renovando el crédito de año en año. En esta situación de desequilibrio financiero, puede que, llegados los distintos vencimientos anuales, la empresa no haya sido capaz de generar recursos suficientes para afrontar los reembolsos del crédito. La negociación bancaria puede plantearse sobre productos individualizados o sobre lo que se conoce como "paquete" bancario, es decir, el conjunto de productos y servicios que la empresa va a demandar de la entidad bancaria. En el proceso de negociación del paquete bancario, es habitual incluir las denominadas "compensaciones" que la empresa pueda ofrecer, de modo que el banco aprecie las ventajas de la operación de una forma global y ofrezca mejores condiciones. Entre dichas compensaciones de la empresa al banco se pueden incluir, desde las cesiones de impuestos o seguros sociales, pasando por el posible negocio de comercio exterior, hasta la apertura de cuentas personales en la propia entidad por parte de directivos, administradores y trabajadores de la empresa. El paquete bancario se puede negociar, en su caso, al principio de la relación o cuando ésta se halle más consolidada, siendo habitual que la relación entre empresa y banco comience con pequeñas operaciones que permiten conocer la forma de actuar de ambas partes, para, a partir de ahí, ir ampliando hasta llegar a

7492

El proceso negociador dará por resultado unos pactos más o menos formales, que, en ocasiones, sobre todo cuando ya existe cierta experiencia previa entre las partes, serán de tipo verbal, en los que la empresa se comprometerá a ceder parte de su negocio a la entidad bancaria, y ésta, a cambio, le ofrecerá unas condiciones económicas, unas prestaciones de servicios y unos límites de riesgo determinados. MARIO CANTALAPIEDRA ARENAS Véase también: "Crédito bancario"; "Fecha valor" y "Garantías".

NEGOCIACIÓN COLECTIVA Collective Bargaining I. CONCEPTO Y NATURALEZA • II. MODELOS DE NEGOCIACIÓN Y TIPOS DE NEGOCIACIÓN • III. EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA

I.

CONCEPTO Y NATURALEZA

La negociación colectiva se define como un proceso social que convierte los desacuerdos en acuerdos a través de un orden establecido (Flanders, 1970). El sistema de relaciones industriales se regula a través del proceso de negociación colectiva. Mediante el mismo se establece una dinámica de negociación y discu-

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N EGOCIACIÓN COLECTIVA organización y representantes de los trabajadores es continuo, de manera que ambas partes, con objetivos e intereses distintos, deben crear un marco de colaboración que de estabilidad a la organización.

sión a través de un sistema regulado que permite la toma de decisiones en asuntos que conciernen a los intereses de los empleadores y de los sindicatos que representan a los empleados. La negociación colectiva se puede plantear para el estudio, de manera conjunta con los sindicatos, de temas concretos o para resolver la necesidad que se presenta periódicamente en las organizaciones de firmar un convenio colectivo en el que se definan los derechos y obligaciones de organizaciones y empleados para un período acordado. Un elemento clave en el proceso de negociación colectiva es el poder de negociación. Este se definiría como la capacidad de inducir a la otra parte a tomar decisiones que, de otra manera, no tomaría. Hawkins (1979) señala como un indicador básico del poder negociador de un agente el número de decisiones que la otra parte toma, pese a que el coste para ella de aceptar esa decisión sea mayor que el coste de no aceptarla. El poder de negociación puede cambiar con el paso del tiempo, de ahí que se considere una circunstancia dinámica. El otro elemento clave de la negociación colectiva es la actitud de las partes ante el proceso negociador. Hablamos entonces de negociación conjuntiva versus negociación cooperativa (Chamberlain y Kuhn, 1965).

II.

MODELOS DE NEGOCIACIÓN Y TIPOS DE NEGOCIACIÓN

Siguiendo a Chamberlain y Kuhn (1965), podemos hablar de dos actitudes diferentes ante el proceso de negociación colectiva. •

La negociación conjuntiva entiende que el alcance de los acuerdos entre

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La negociación cooperativa da un paso más, al entender que, además de que estamos obligados a coincidir para avanzar, el apoyo de la otra parte es el determinante para que cada uno pueda alcanzar mejor sus propios objetivos.

Otra tipificación de los procesos de negociación clasifica estos según el tipo de distribución del resultado final que se puede producir entre las partes. Walton y McKersie (1965) nos hablan así de negociación distributiva versus negociación integrativa: •

La negociación distributiva se plantea cuando la situación a resolver conlleva que cualquier ganancia de una de las partes respecto a los asuntos negociados supone una pérdida para la otra. Se habla de negociación de suma cero (Munduate y Medina, 2005), puesto que lo que gana una parte lo pierde la otra.



La negociación integrativa es de suma variable y con ello pueden salir ganando las dos partes y la suma de lo que ambas partes ganen se puede ir incrementando gracias a los logros y objetivos conjuntos.

Aspectos de carácter cualitativo como el clima laboral, capacitación, etc. suelen favorecer y permitir planteamientos integrativos. Otros aspectos relacionados con retribuciones o prestaciones en general siempre tendrán un perfil más distributivo.

7493

N EGOCIACIÓN COMERCIAL III.

LO ESENCIAL SOBRE NEGOCIACIÓN COLECTIVA

EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Anthony et al. (2002) hablan de un proceso de negociación colectiva planteado en 7 etapas:

Libros •



Preparación para la negociación.



Definición de los puntos a negociar.



Definición de los mecanismos de mediación y arbitraje.





Definición de las opciones de último recurso.





Ratificación de los acuerdos.



Implementación de lo acordado.



Administración del nuevo marco regulador derivado de los acuerdos.



De una manera más específica podríamos agrupar estas etapas en 3 más generales:



1.



2.

3.

Preparación: donde se fijarán los aspectos que va a contemplar el proceso de negociación colectiva y se elaborará un plan de negociación que prevea los mecanismos, las formas y todos aquellos aspectos que definirán las reglas del juego que asumen ambas partes. La negociación propiamente dicha: normalmente realizada a través de varias reuniones, en las que se pretenderá el logro de acuerdos sobre los puntos a negociar. La aplicación: una vez alcanzados los acuerdos, la ratificación de los máximos órganos de decisión de las partes supondrá la puesta en funcionamiento a partir de una fecha. En la aplicación aparece la necesidad de un seguimiento del cumplimiento de los acuerdos y de la implantación de los mismos en decisiones concretas. JUSTO HERRERA GÓMEZ

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ANTHONY, W. P., KACMAR, K. M. y PERREWÉ, P. L. Human Resource Management. A Strategic Approach. SouthWestern Thomson Learning. Ohio, 2002. CHAMBERLAIN, N. W. y KUHN, J. Collective Bargaining . McGraw-Hill. New York, 1965. FLANDERS, A. Management and Unions: The theory and reform of industrial relations . Faber and Faber. London, 1970. HAWKINS, K. A. A Handbook of Industrial Relations Practice . Kogan Page. London, 1979. MUNDUATE, L. y MEDINA, F. J. Coord. Gestión del conflicto, Negociación y Mediación . Ediciones Pirámide. Madrid, 2005. WALTON, R. E. y MCKERSIE, R. B. Behavioural Theory of Labour Negotiations . McGraw Hill. New York, 1965.

NEGOCIACIÓN COMERCIAL Business Negotiation I. CONCEPTO • II. PRINCIPIOS DE LA NEGOCIACIÓN • III. ASPECTOS DE LA NEGOCIACIÓN • IV. FASES DE LA NEGOCIACIÓN

I.

CONCEPTO

La negociación es un proceso de comunicación encaminado a lograr un acuerdo entre diferentes partes, que permite satisfacer las necesidades de ambas, con el objetivo de buscar el mejor acuerdo posible teniendo en cuenta ciertas consideraciones:

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N EGOCIACIÓN COMERCIAL •

Por cada interés existen varias posiciones que lo pueden satisfacer, considerando que una posición por definición es única, por lo que si esta no satisface, habrá que buscar nuevos intereses.



Un acuerdo es posible cuando existen intereses diferentes, pero complementarios, como sucede en cualquier acto de compra-venta, una parte se posiciona con el producto (vendedor) y la otra con el precio (cliente).



PRINCIPIOS DE LA NEGOCIACIÓN

Para el desarrollo de una negociación, hay que tener en cuenta los siguientes aspectos: •



Una posición es algo que se ha decidido previamente, mientras que los intereses se derivan de haber adoptado una posición. La reconciliación de intereses es importante porque cada punto de vista supone generalmente varias posiciones que podrían satisfacer a las partes, por lo que hay que centrarse en intereses y no en mantener posiciones.



Inventar opciones para ganar la confianza mutua, ayuda a identificar los intereses compartidos. Una buena estrategia consiste en que el acuerdo refleje criterios objetivos, como representan los términos de valores.

Defender posiciones impide el acuerdo cuando estas se manejan a ultranza. La moderación es clave, y se debe realizar un esfuerzo por comprender la posición del contrario, identificando los intereses ajenos.

La negociación requiere de un amplio conjunto de habilidades, como representa la inteligencia emocional; la creatividad; la escucha activa; la empatía; la asertividad; la preparación, y la gestión del tiempo. Es una práctica que necesita una actitud de gran receptividad y de máxima tolerancia. Es escuchar, comprender, valorar, intercambiar, aprender, pactar, comunicar y acordar.

II.

que interviene en la misma, en lugar de los intereses de las partes que lo representan, puede conducir al fracaso, dado que las negociaciones se deterioran cuando se convierten en pruebas de deseos en lugar de actuaciones conjuntas para solucionar un problema.. Cada una de las partes debe comprender los puntos de vista del oponente y sus emociones, pensando que son legítimas.

Las personas por lo general se suelen involucrar personalmente, por lo que es fácil que surjan comportamientos emocionales a la hora de presentar argumentos o de acordar una serie de objetivos, aislar a las personas del problema supone hacer percepciones precisas. Enmarcar los términos de una negociación en las personalidades de cada individuo

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III.

ASPECTOS DE LA NEGOCIACIÓN

En el desarrollo de una negociación hay que considerar diferentes aspectos, que a lo largo de la misma, se van a utilizar por cada una de las partes intervinientes, así: Intereses. Estos corresponden a las necesidades, deseos y temores que dirigen las negociaciones. Los intereses son distintos de las posiciones. Siempre que dos o más partes negocian, hay que tener en cuenta tres tipos de intereses: comunes, incompatibles y compatibles. Opciones. Son parte de un acuerdo que satisface algunas necesidades de los negociadores.. Un obstáculo frecuente en la generación de opciones es utilizar un enfoque estrecho y parcial.

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N EGOCIACIÓN COMERCIAL Alternativas. Responden a las posibilidades con las que cuenta cada parte antes de la negociación o pueden plantear en el caso de que el proceso se rompa. De todas las alternativas reales a cada negociación, siempre se debe identificar y asegurar la mejor. Comunicación. Es el intercambio de pensamientos, mensajes o información a través de cualquier acción pertinente de habla, escritura o señal. Una correcta comunicación es importante porque elimina los malentendidos y aumenta la eficiencia. Relaciones. Estas responden a las habilidades de las partes para gestionar sus diferencias. Mantener una buena relación no significa que las partes siempre tengan que estar de acuerdo en todo. Las diferencias son inevitables y por tanto se necesita tener una buena relación personal o profesional para superarlas, o en su defecto un buen conocimiento del oponente. Compromisos. Son las declaraciones acerca de lo que las partes harán o no harán. Pueden ser hechas durante el curso de la negociación, ó ser recogidas en un acuerdo al final de las mismas. Los compromisos serán mejores en la medida en que sean: realistas; suficientes, operacionales. Por lo general se debe iniciar la negociación citando los temas objeto de la misma. La fuerza. La negociación es por lo general un enfrentamiento de fuerzas opuestas, que buscan llegar un punto de acuerdo mediante la integración de intereses, por ello las partes tendrán que ceder algo para conseguir un clima satisfactorio durante la misma. Esta empieza con el conocimiento y circunstancias de cada parte, donde el equilibrio de fuerzas varía a lo largo de la misma. La presentación, el respeto mutuo, la mesura, la dis-

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creción y los buenos modales favorecen el desarrollo de la misma. La dominación y la sumisión. Las presiones nunca deben ser excesivas, ni ser motivo de discusión. La negociación por definición, es amistosa, positiva y constructiva. Se deben evitar posturas irreductibles que imposibilitan el avance, si se quiere llegar a un acuerdo. Es bueno aclarar las dudas y respetarse mutuamente, aceptando que en las mejores propuestas puede existir algún fallo. Por lo general los conflictos son inevitables, pero se distingue al buen negociador, por su capacidad para resolverlos, sin dañar la imagen y el acuerdo, consiguiendo relaciones duraderas y beneficiosas. El acuerdo. Tras una serie de presentaciones, informaciones, demostraciones, argumentaciones y refutaciones, hay que llegar al acuerdo. Este puede llegar pronto o tarde, pero siempre se requerirá un acercamiento considerable en las pretensiones contrapuestas, buscando siempre la zona de interés común.

IV.

FASES DE LA NEGOCIACIÓN

El desarrollo de una negociación pasa por diferentes fases que permiten establecer un proceso metodológico que posibilite obtener un buen acuerdo, siendo estas las siguientes: 1.

La preparación. Fase en la que hay que definir claramente que objetivos se persiguen de antemano, teniendo claro en que se va a ceder y hasta donde se va a llegar.

2.

La discusión. Momento en donde las partes implicadas creen tener un conflicto de intereses y para ello las mismas intercambian argumentos, restando agresividad en la conversación, utilizando un vocabulario correcto, que evite posibles malos entendidos, explorando los temas que

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N EGOCIACIÓN DE CONVENIOS les distancian y averiguando los intereses que pueden permitir alcanzar un acuerdo. 3.

4.

5.

6.

Las señales. A lo largo de la negociación las posiciones se van cambiando, tanto en acercamiento como en distanciamiento. La señal es un medio que utiliza el negociador para indicar su disposición a negociar sobre algo. Las propuestas. Son aspectos sobre los que se negocia y por lo general suelen ser objeto de discusión. Se sale de una discusión por una señal que conduce a una propuesta, ó petición diferente de la posición inicial. En las primeras propuestas se debe evitar las ofertas arriesgadas, debiendo ser estas cautelosas y exploratorias. El intercambio. Es la parte más intensa durante el desarrollo de la negociación, la cual exige una gran atención. En esta se trata de obtener algo a cambio. Cualquier propuesta o concesión debe ser condicional, es decir, por todo lo que se concede debe obtenerse algo a cambio. El cierre. Este debe satisfacer parcial o totalmente a las partes interesadas y se tiene que realizar de forma amistosa, dando a entender la satisfacción por haber llegado al mejor acuerdo negociado. MANUEL TERUEL SIERRA

NEGOCIACIÓN DE CONVENIOS

negociación colectiva 3. Otras características de la negociación colectiva

I.

La negociación de spuede definir como el procedimiento a través del cual los trabajadores u organizaciones sindicales y los empleadores negocian colectivamente distintos aspectos relacionados con el trabajo por un tiempo determinado. La estructura de la negociación colectiva es un elemento fundamental para conseguir un funcionamiento eficiente del mercado de trabajo. Por este motivo, es un elemento central en la mayoría de los programas de reforma del mercado de trabajo acometidos por los distintos países desarrollados en los últimos años, siendo objeto de una abundante literatura económica. La negociación colectiva tiene importantes efectos tanto macroeconómicos, dado que la evolución salarial afecta al desempleo y a la inflación, como microeconómicos, dado que afecta a la dispersión salarial. El marco legal de la negociación colectiva ha de promover el logro de varios objetivos económicos como que: a) la tasa media de crecimiento de los salarios sea compatible con una baja tasa de paro en el medio plazo y con la estabilidad macroeconómica, y b) que las diferencias salariales entre sectores, regiones y niveles educativos reflejen las diferencias en la productividad para recortar diferencias de paro entre regiones y reasignar el trabajo.

II. Collective bargaining I. CONCEPTO Y OBJETIVOS • II. ESTRUCTURA DE LA NEGOCIACIÓN 1. Grado de centralización y ámbito de negociación 2. Cobertura de la

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CONCEPTO Y OBJETIVOS

ESTRUCTURA DE LA NEGOCIACIÓN

Dentro de la estructura de la negociación es importante resaltar aquellos aspectos de la negociación colectiva más

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N EGOCIACIÓN DE CONVENIOS importantes. Estos son: el grado de centralización y ámbito de la negociación, la cobertura, las materias que se discuten, el momento y la duración.

1. Grado de centralización y ámbito de negociación El grado de centralización es el factor determinante de la negociación colectiva y viene determinado por cuál sea el nivel de negociación y por el grado de simultaneidad de las negociaciones. Influye sobre los incrementos salariales y, por tanto, sobre los resultados macroeconómicos en términos de paro e inflación de un país. La relación entre las características del sistema de negociación colectiva y los resultados macroeconómicos ha sido objeto de una amplia literatura, donde numerosos estudios (Calmfors y Drifill; Layard, Nickell y Jackman) indican que cuando la negociación colectiva está muy centralizada o muy descentralizada se obtienen los mejores resultados macroeconómicos (menor desempleo e inflación). Esta es en resumen la famosa "hipótesis de la Joroba o de U invertida" (figura 1). Esta figura será más apuntada o plana en función del grado de competencia en el mercado de bienes, grado de apertura exterior y régimen de política monetaria.

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En términos generales se puede decir que cuando la negociación colectiva está muy centralizada o muy descentralizada el grado de moderación salarial es mayor. Esta mayor moderación salarial se produce en función de los distintos niveles de negociación (empresa, nacional y sectorial). Si la negociación se produce al nivel de empresa, entonces, si hay excesiva agresividad salarial, los precios de venta de los bienes subirían, y la empresa perdería competitividad frente a otras empresas del sector. Para evitar que se despida a trabajadores se negocian incrementos salariales moderados. Si la negociación se produce a escala nacional, los incrementos excesivos de los salarios generan inflación con la consecuente pérdida de competitividad internacional y por lo tanto de empleo y bienestar, lo que se une al hecho de que no suban los salarios reales. Por eso se prefieren negociar incrementos salariales moderados. Por último, a escala sectorial, no opera ninguno de los dos factores de moderación. Como suben los precios de todas las empresas del sector, los sindicatos no ven peligrar directamente sus empleos. Y como no están subiendo todos los precios de la economía, es posible obtener ventajas en el salario real.

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N EGOCIACIÓN DE CONVENIOS

2. Cobertura de la negociación colectiva La evidencia empírica muestra que cuanto mayor es la cobertura de la negociación colectiva, mayor es la tasa de paro. Pero un mayor grado de competencia en el mercado de bienes y una mayor coordinación de la negociación colectiva reduce los efectos negativos de la mayor presencia sindical sobre la tasa de paro.

mismo contexto otros aspectos relacionadas con las condiciones laborales como la jornada laboral, la utilización de horas extraordinarias, los beneficios sociales a los trabajadores (como complementos de jubilación, planes de pensiones, etc.) y la existencia de incentivos a la productividad de los trabajadores o a la asistencia. •

Momento de la negociación. La firma de los convenios colectivos no siempre se produce en el mismo momento, sino que puede darse en diferentes momentos del año, lo que provoca que se observen diferencias por ámbitos de negociación y/o sectores. Esto es así porque determinados convenios colectivos pueden servir como guía para las negociaciones posteriores de otros convenios. Además, las expectativas de inflación a partir de de las que se negocian los incrementos salariales cambian a lo largo del año y ello podría dar lugar a diferencias en los incrementos salariales finalmente acordados según el mes en que se firme el convenio.



Duración de los convenios. La duración de los convenios (longitud del período durante el cual estarán vigentes) también es importante, por-

Además, cuanto mayor es la presencia sindical y menor la coordinación, mayor es la tasa de paro ante shocks de oferta o demanda. Y cuanto mayor es la cobertura y menor el grado de coordinación, mayor es la diferencia entre la tasa de paro juvenil y la tasa agregada.

3. Otras características de la negociación colectiva Dentro de las características de la negociación colectiva también podemos analizar las materias negociadas y el momento y duración de los convenios. •

Materias negociadas. Sin duda, el resultado fundamental de la negociación colectiva viene dado por los incrementos salariales pactados, no obstante también se negocian en ese

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N EGOCIO que puede influir en el grado de inercia nominal de la economía. De hecho, la mayor duración de los convenios hace que, ante cambios en la demanda, los salarios corrientes no respondan, y que sea el paro el que se ajuste. Es decir, que la mayor duración de los convenios provoca rigidez salarial. Adicionalmente, una mayor duración de los convenios aumenta las posibilidades de que exista una falta de sincronización (esto es, una superposición) en la firma de los mismos, lo que también incidiría negativamente en la flexibilidad salarial. En conclusión, la evidencia empírica sobre la relación entre las características del sistema de negociación y los resultados macroeconómicos no es del todo concluyente. En cualquier caso, depende de otros factores como: interacción con otras instituciones laborales, legislación sobre protección del desempleo y generosidad de las prestaciones sociales, indiciación salarial, costes despido, etc. España ha mostrado un grado de centralización intermedio durante décadas junto con escasos mecanismos de coordinación, lo que da lugar a resultados macroeconómicos muy pobres. Por este motivo, en los últimos años proliferan en la economía española propuestas para modificar la estructura de la negociación colectiva hacia su mayor descentralización, fomentando los convenios de empresa. M.ª JESÚS ARROYO FERNÁNDEZ

NEGOCIO Véase: "Actividad empresarial".

NEGOCIO JURÍDICO Legal business

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I. CONCEPTO • II. CLASES • III. EFICACIA DEL NEGOCIO JURÍDICO 1. Nulidad absoluta 2. Anulabilidad 3. Rescisión

I.

CONCEPTO

No se recoge en nuestro Código Civil el concepto de negocio jurídico y, sin embargo, la doctrina científica lo considera una figura básica de la dogmática del Derecho privado. Ha sido definido como la declaración o acuerdo de voluntades con que los particulares se proponen conseguir un resultado (consistente en la adquisición, modificación o extinción de un derecho subjetivo), que el Derecho estima digno de su especial tutela, sea en base sólo a dicha declaración o acuerdo, sea completado con otros hechos o actos. Así, la declaración de voluntad se erige como el fundamento del negocio jurídico, englobando figuras como los contratos, testamentos, las renuncias de derechos, aceptación de herencias, etc. Tradicionalmente se ha distinguido tres tipos de elementos en todo negocio jurídico: 1) Elementos esenciales: son aquellos que de forma necesaria deben integrar el negocio jurídico para que se considere válido y eficaz. Estos elementos serían el consentimiento, la causa y el objeto, si bien algunos autores añaden la forma y otros no consideran como tales los dos últimos. 2) Elementos naturales: son aquellos que la ley considera como parte del negocio, pero que el sujeto o las partes pueden excluir. 3) Elementos accidentales: esto es, aquellos que por voluntad de los sujetos pueden incorporarse al negocio jurídico en concreto (la condición, el término y el modo).

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N EGOCIO JURÍDICO II.

CLASES

relaciones jurídicas de una persona para después de su fallecimiento (por ejemplo, el testamento). Éstos generalmente son unilaterales y, por tanto, revocables mientras no se produzca el fallecimiento de la persona que los crea. Los negocios inter vivos despliegan sus efectos sin esperar al fallecimiento de ninguno de sus sujetos.

Se pueden realizar múltiples clasificaciones de los negocios jurídicos, según el criterio que se considere. Así, entre las más importantes, cabe destacar: a) Negocios patrimoniales y negocios personales. Los primeros regulan las relaciones jurídicas de carácter económico (contratos, testamentos...). A su vez, pueden ser dispositivos, obligatorios o de administración. Frente a ellos, los negocios personales hacen referencia a relaciones jurídicas de naturaleza primordialmente extrapatrimonial y que afectan al estado civil de las personas (matrimonio, adquisición de nacionalidad...), sin perjuicio de que puedan existir negocios de índole familiar con contenido netamente patrimonial (como es el caso de la estipulación del régimen económico matrimonial).

d) Negocios formales (o solemnes) y no formales. Los primeros son aquellos que para producir los efectos que le son propios deben asumir una forma determinada, legalmente prescrita (por ejemplo, la donación de bienes inmuebles). Los no formales se perfeccionan y son eficaces al concurrir el consentimiento y demás elementos esenciales, cualquiera que sea la forma en la que se manifiesten. e) Negocios típicos y negocios atípicos. Los negocios típicos tienen una especial regulación normativa en nuestro derecho (la compraventa, la permuta, la donación, el arrendamiento, etc), a diferencia de los atípicos, que se regirán por las normas generales de las obligaciones y contratos, así como por la voluntad de las partes.

b) Negocios unilaterales, bilaterales o plurilaterales, según el número de partes -no tanto de sujetos- que intervengan en el mismo. Así, será unilateral el negocio cuando la declaración de voluntad sea de una sola parte, como la renuncia de un derecho. A su vez, puede ser recepticio o no recepticio, según necesite o no para su eficacia que su existencia y contenido sea conocido por otra persona; este último es el caso del testamento, que se erige como negocio unilateral y no recepticio. El negocio bilateral es el que nace de la declaración de voluntad o comportamiento de dos partes, como es el supuesto del contrato. Los negocios plurilaterales se caracterizan porque son obra de tres o más partes (la creación de una sociedad).

III.

c) Negocios inter vivos y negocios mortis causa. Son negocios mortis causa los que tienen por objeto regular las

Hay determinados supuestos en que el negocio jurídico no llega a producir

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f)

Negocios gratuitos y negocios onerosos. En los primeros, también llamados lucrativos, uno de los sujetos obtiene un beneficio a consecuencia del negocio, sin asumir carga o contraprestación alguna (donación, préstamo). Frente a ellos, en los negocios onerosos la prestación de una parte encuentra su razón de ser en la contraprestación de la otra (arrendamiento).

EFICACIA DEL NEGOCIO JURÍDICO

7501

N EGOCIO JURÍDICO los efectos a los que estaba dirigido o deja de producirlos en un determinado momento. Los supuestos de ineficacia negocial pueden integrarse en dos grandes grupos: La invalidez -que hace referencia a los supuestos en que existen circunstancias intrínsecas a cualquiera de sus elementos esenciales que son rechazadas por el ordenamiento jurídico, y comprende los supuestos de nulidad y anulabilidad-, y la ineficacia en sentido estricto -en que defectos extrínsecos al negocio jurídico conlleva su falta de efectos, como son los supuestos de mutuo disenso, desistimiento unilateral, resolución por incumplimiento, rescisión, etc.-.

1. Nulidad absoluta La nulidad absoluta es el supuesto más grave de ineficacia; tiene lugar cuando el acto es contrario a las normas imperativas o prohibitivas o cuando no tiene existencia por carecer de alguno de sus elementos esenciales. La acción de nulidad es imprescriptible y puede ejercitarla cualquier persona interesada en deshacer el negocio jurídico nulo.

2. Anulabilidad Un negocio jurídico anulable es aquel que reuniendo los requisitos esenciales y no contraviniendo ninguna norma imperativa, incurre en otros defectos. En estos supuestos la anulabilidad dependerá exclusivamente de que el titular del interés protegido ejercite la correspondiente acción. El contrato anulable puede ser confirmado. También es posible que la nulidad sea parcial, esto es, que afecte a determinados efectos. Las causas de anulabilidad, de menor gravedad que las de la nulidad, pueden concretarse en las siguientes: los vicios de la voluntad (error, violencia, intimidación y dolo), y en la inexistencia de plena capacidad de obrar en alguno de los sujetos del negocio (los menores no emancipados, las personas sometidas a tutela o curatela, etc.).

7502

La acción de anulabilidad sólo dura cuatro años. Se trata de un plazo de caducidad y empezará a correr, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1300 y siguientes del Código Civil -dedicados específicamente a los contratos-: en los casos de intimidación o violencia, desde el día en que éstas hubieren cesado; en los de error, o dolo, o falsedad de la causa, desde la consumación del contrato; cuando la acción se refiera a los contratos celebrados por los menores o incapacitados, desde que salieren de tutela; si la acción se dirigiese a invalidar actos o contratos realizados por uno de los cónyuges sin consentimiento del otro, cuando este consentimiento fuere necesario, desde el día de la disolución de la sociedad conyugal o del matrimonio, salvo que antes hubiese tenido conocimiento suficiente de dicho acto o contrato. Están legitimados para su ejercicio, conforme el artículo 1.303 del Código Civil, los obligados principal o subsidiariamente en virtud de ellos. Las personas capaces no podrán, sin embargo, alegar la incapacidad de aquellos con quienes contrataron; ni los que causaron la intimidación o violencia, o emplearon el dolo o produjeron el error, podrán fundar su acción en estos vicios del contrato. Conforme a los referidos preceptos de dicho texto legal, declarada la nulidad de una obligación, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio con los intereses, si bien cuando la nulidad proceda de la incapacidad de uno de los contratantes, no está obligado el incapaz a restituir sino en cuanto se enriqueció con la cosa o precio que recibiera y cuando la nulidad provenga de ser ilícita la causa u objeto del contrato, si el hecho constituye un delito o falta común a ambos contratantes, carecerán de toda acción entre sí,

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N EGOCIO JURÍDICO y se procederá contra ellos, dándose, además, a las cosas o precio que hubiesen sido materia del contrato, la aplicación prevenida en el Código Penal respecto a los efectos o instrumentos del delito o falta (esta disposición es aplicable al caso en que sólo hubiere delito o falta de parte de uno de los contratantes; pero el no culpado podrá reclamar lo que hubiese dado, y no estará obligado a cumplir lo que hubiera prometido). Si el hecho en que consiste la causa torpe no constituyere delito ni falta, se observarán las reglas siguientes: Cuando la culpa esté de parte de ambos contratantes, ninguno de ellos podrá repetir lo que hubiera dado a virtud del contrato, ni reclamar el cumplimiento de lo que el otro hubiese ofrecido. Cuando esté de parte de un solo contratante, no podrá éste repetir lo que hubiese dado a virtud del contrato, ni pedir el cumplimiento de lo que se le hubiera ofrecido. El otro, que fuera extraño a la causa torpe, podrá reclamar lo que hubiera dado, sin obligación de cumplir lo que hubiera ofrecido.

bien sólo son confirmables los contratos que reúnan los requisitos esenciales del negocio). La confirmación puede hacerse expresa o tácitamente y no necesita el concurso de aquel de los contratantes a quien no correspondiese ejercitar la acción de nulidad. Se entenderá que hay confirmación tácita cuando, con conocimiento de la causa de nulidad y habiendo ésta cesado, el que tuviese derecho a invocarla ejecutase un acto que implique necesariamente la voluntad de renunciarlo. Finalmente, el artículo 1314 del Código Civil establece que se extinguirá la acción de nulidad de los contratos cuando la cosa, objeto de éstos, se hubiese perdido por dolo o culpa del que pudiera ejercitar aquélla. Si la causa de la acción fuere la incapacidad de alguno de los contratantes, la pérdida de la cosa no será obstáculo para que la acción prevalezca, a menos que hubiese ocurrido por dolo o culpa del reclamante después de haber adquirido la capacidad.

3. Rescisión Siempre que el obligado por la declaración de nulidad a la devolución de la cosa no pueda devolverla por haberse perdido, deberá restituir los frutos percibidos y el valor que tenía la cosa cuando se perdió, con los intereses desde la misma fecha. Mientras uno de los contratantes no realice la devolución de aquello a que en virtud de la declaración de nulidad esté obligado, no puede el otro ser compelido a cumplir por su parte lo que le incumba. Por otro lado, conforme al artículo 1309 de Código Civil, la acción de nulidad queda extinguida desde el momento en que el contrato haya sido confirmado válidamente. La confirmación purifica al contrato de los vicios de que adoleciera desde el momento de su celebración (si

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La rescisión es una forma particular de ineficacia del contrato que procede de un momento posterior a la celebración del mismo.Las causas de rescisión se pueden clasificar principalmente en dos grupos distintos: 1.

La rescisión por lesión, esto es, por el perjuicio patrimonial causado a uno de los sujetos del negocio; es el caso de los contratos que pudieran celebrar los tutores sin autorización judicial, siempre que las personas a quienes representan hayan sufrido lesión en más de la cuarta parte del valor de las cosas que hubiesen sido objeto de aquellos, los celebrados en representación de los ausentes, siempre que éstos hayan sufrido la lesión en más de la cuarta parte del valor de la cosa, y no se haya celebra-

7503

N ETO do el contrato con autorización judicial y la partición de la herencia, siempre que la lesión sea en más de la cuarta parte, atendiendo al valor de las cosas cuando fueran adjudicadas. 2.

La rescisión por fraude, es el caso de los contratos celebrados en fraude de acreedores cuando éstos no puedan cobrar de otro modo lo que se les deba (se presume fraude todas las enajenaciones gratuitas, y, en las onerosas, cuando el transmitente haya sido condenado o cuando se trate de bienes embargados judicialmente), los contratos que se refieran a cosas litigiosas, cuando hubiesen sido celebrados por el demandado sin conocimiento y aprobación de las partes litigantes o de la Autoridad judicial competente, y los pagos hechos en estado de insolvencia por cuenta de obligaciones a cuyo cumplimiento no podía ser compelido el deudor al tiempo de hacerlos. El Código Civil exige tres requisitos para que sea posible la acción rescisoria: que el perjudicado carezca de otro recurso legal para obtener la reparación del perjuicio, que el perjudicado pueda devolver aquello a que estuviera obligado y que las cosas objeto del contrato no se hallen legalmente en poder de terceras personas que hubieren procedido de buena fe, en tal caso la pretensión del lesionado o defraudado se limitará a reclamar la indemnización de perjuicios al causante de la lesión.

El plazo para ejercer esta acción es el de cuatro años establecido para las acciones de anulabilidad. Este plazo comenzará a computar desde la celebración del negocio jurídico rescindible. Sin embargo, para las personas sujetas a tutela y para los ausentes, los cuatro años no comenzarán a contar hasta que haya cesado

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la incapacidad de los primeros, o sea conocido el domicilio de los segundos. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA

NETO Véase: "Bruto".

NETO PATRIMONIAL Véase: "Patrimonio neto".

NEURO-ECONOMÍA Neuroeconomics La neuro-economía es definida como el resultado de combinar métodos de neurociencia y economía para entender mejor la forma en que el cerebro humano genera las decisiones económicas y sociales. Es también expuesta como un campo de estudio, que hace un puente entre la investigación en neurociencia sobre el comportamiento de las elecciones humanas y la teoría económica reuniendo neurocientistas, economistas, psicólogos, biólogos, especialistas en teoría de la información y otros profesionales, en torno a la investigación del comportamiento económico. En la misma línea de argumentación, la neuroeconomía es descrita como el uso de datos sobre procesos cerebrales que sugieren nuevos cimientos para teorías económicas que explican cuanto ahorran las personas, por qué hacen huelgas, por qué el mercado accionario flota, la naturaleza de la confianza del consumidor y su efecto sobre la economía etc. Colin Camerer, uno de los representantes de este nuevo paradigma en eco-

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N EURO-ECONOMÍA nomía, asegura que hasta hace muy poco, los economistas acostumbraban tratar el cerebro como una "caja negra", a la vez que, planteaban ecuaciones con la intención de simplificar lo que en él ocurría, fundamentados en gran medida en estudios empíricos sobre el comportamiento económico que, a su vez, se basaban en datos como precios y cantidades. La neuroeconomía llegaría entonces a sofisticar ese conocimiento tan precario del comportamiento económico, apoyado en datos más precisos y avanzados al respecto. Para la consecución de éstos datos la neuroeconomía se basa en los métodos y las técnicas más avanzadas para examinar el ejercicio y el desempeño cerebral, como son, los perfiles genéticos, los electroencefalogramas, los análisis de química sanguínea, los análisis hormonales, los estudios de actividad neuronal, test y medidas conductuales, las imágenes de actividad neuronal, la manipulación a partir de psicofarmacología, entre otros. Por medio de métodos experimentales, la neuroeconomía, desarrolla estudios relacionados con la teoría de juegos, la confianza, la emoción, el comportamiento, la motivación, la evaluación, el cariño, la adicción y otros más. Todo esto con el fin de responder a la pregunta de ¿cómo el cerebro posibilita a la mente (o grupos de mentes) tomar decisiones económicas? La neuroeconomía responde a ésta pregunta con el estudio de los procesos que se desarrollan en el cerebro y que están asociados a la formación de creencias, la percepción de las actuaciones previstas, y la elección efectiva. La economía más tradicional, supone que un ser humano toma una decisión tras de evaluar entre un grupo de posibles elecciones, disponiendo de una serie de conocimientos con respecto a su contexto y a los demás actores del mismo. La neuroeconomía va un paso más

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allá y se preocupa de cómo el individuo, para tomar una decisión, enmarca las posibles elecciones en su contexto, además de cómo percibe éste y cómo pueden resultar diferentes comportamientos, según la percepción que el individuo tenga de él y de los demás agentes que en él intervienen. De aquí se desprende uno de los puntos de discusión más álgidos de la nueva economía, dado que, lo relevante no será entonces cuál es el contexto real del agente que toma la decisión, sino en cambio, cual es el contexto que el individuo percibe al tomar la decisión, esto ha sido llamado "framing effects" o efecto marco. Otro aspecto que preocupa de manera importante a la neuroeconomía se refiere al supuesto en economía de que las personas son capaces de predecir las acciones de los demás actores del entorno. Éste supuesto es uno de los fundamentos, por ejemplo, de la teoría de juegos o teoría de las decisiones interactivas. Aún así, los economistas parecen no conocer ni interesarse por las capacidades y condiciones que permiten al ser humano percibir e incorporar las intenciones de los demás agentes, a las propias decisiones. La neuroeconomía pretende proveer de conocimiento, referente al mecanismo neuronal subyacente a éstas capacidades, que permiten no sólo anticiparse al comportamiento del otro, sino también, conjugar éstas predicciones con las creencias y preferencias propias. En éste sentido, la neuroeconomía realiza aportes con las teorías "Mind Reading" y "Empathy". La primera, "Mind Reading" o lectura de la mente, es una capacidad que permite solo a los hombres, realizar atribuciones sobre los estados mentales de los demás. Se ha descubierto, por ejemplo, que ésta capacidad es desarrollada alrededor de los 5 años de edad y se altera en los niños con au-

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N EUROMARKETING tismo, lo cual podría explicar sus limitaciones en comunicación e interacción social. Asimismo se ha demostrado, a partir de ejercicios y juegos, la participación de una zona específica del cerebro, el lóbulo pre-frontal medio, el cual responde, no sólo, a los estímulos propios de la capacidad de mentalizar los pensamientos, intenciones o creencias de los demás, sino también cuando las personas concurren a sus propios estados mentales. La empatía, por otra parte, es la capacidad de las personas de compartir sentimientos y emociones de otra persona, en ausencia de estimulación directa emocional. La neurociencia, con varios experimentos, ha probado ampliamente cómo los seres humanos pueden sentir por otros, emociones y sensaciones como ira, miedo, tristeza, alegría, dolor y lujuria, así como emociones más complejas como la culpa, la vergüenza y el amor. Éstos estudios también han demostrado cómo la empatía puede ser sentida tanto por personas conocidas, como por personas desconocidas y, por tanto, contribuye a la facultad de los seres humanos de descubrir los sentimientos y sensaciones de los demás e incluso de anticiparnos a cómo reaccionar en ciertas condiciones. Todo lo anterior tiene serias implicaciones para la economía, el entendimiento de cómo los agentes son capaces de representar los estados mentales de los demás agentes, implica un conocimiento en otro nivel de los orígenes de las elecciones que toma el ser humano. Es un acercamiento, ya no a la comprobación de que los sentimientos de un ser influyen en sus decisiones, sino a cómo influyen, en qué medida y qué comportamientos se generan a partir de cada una de éstas sensaciones. La descripción de éstos dos aportes de la neuroeconomía, son sólo una pequeña muestra de los que en éste senti-

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do se está desarrollando, bajos dos modos de abordar los problemas económicos, uno incremental, mediante el cual se pretende sofisticar los actuales modelos económicos, desde datos generados en las investigaciones neuro-económicas; el segundo enfoque trataría desafíos más medulares inherentes a la compresión del comportamiento humano, que la economía actual sustenta, generando conocimiento más explícito referente a mecanismos cerebrales propios a dicho comportamiento MAYRA VIEIRA CANO

NEUROMARKETING I. CONCEPTO • II. NEUROMARKETING Y MARKETING-MIX 1. Producto 2. Precio 3. Distribución 4. Comunicación • III. LIMITACIONES DEL NEUROMARKETING

I.

CONCEPTO

El neuromarketing es un nuevo concepto que va tomando cuerpo en el amplio espectro del marketing, consistente en la aplicación de los conocimientos aportados por la neurociencia al campo del marketing. En cuanto a la neurociencia, se trata de una expresión que, siguiendo a Néstor Braidot en su obra Neuromarketing, conceptualiza el conjunto de ciencias neuronales modernas: biología molecular, electrofisiología, neurofisiología, anatomía, neuropsicología, etc. Las neurociencias estudian los procesos celulares y moleculares del cerebro durante actos de comportamiento específicos. Los trabajos de las neurociencias resultan de sumo interés para el marketing y han motivado el nacimiento del neuromarketing. Asume la misión de mejorar en la empresa la eficacia de las acciones comerciales y la relación con los clientes,

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N EUROMARKETING a través del conocimiento de los procesos cerebrales. Para ello, parte del estudio del funcionamiento del cerebro buscando establecer las claves que determinan el comportamiento del consumidor. Hasta hace poco tiempo era muy difícil investigar los mecanismos mentales asociados a los pensamientos, recuerdos, sentimientos, emociones, aprendizaje y percepciones que determinan nuestros comportamientos. En la actualidad, las investigaciones en neurociencia avanzan gracias a las nuevas tecnologías como, por ejemplo, las técnicas de neuroimagen, que permiten observar el funcionamiento de las neuronas ante estímulos externos, visualizando las zonas del cerebro involucradas a través de imágenes tridimensionales. Las tecnologías aportadas por la neurociencia hacen posible que el neuromarketing pueda investigar la respuesta cerebral ante los estímulos de marketing que reciben los consumidores, indagando en las partes de cerebro involucradas en cada comportamiento: elección de marca, compra de un producto, interpretación de los mensajes publicitarios, etc. Su campo de actuación, por tanto, abarca todos los aspectos que delimitan el campo de actuación del marketing: producto, precio, distribución, comunicación, branding, posicionamiento, etc. A través del neuromarketing, la investigación comercial adquiere una nueva dimensión al posibilitarse el acceso a una fuente de información totalmente depurada, donde ya no es necesario hacer preguntas al consumidor, sino que se puede conocer su reacción a diferentes estímulos mediante la observación directa de su actividad cerebral, y de esta forma, empezar a comprender los más profundos mecanismos de la motivación humana. Esta orientación se basa en que las decisiones del consumidor se sustentan

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en sensaciones subjetivas, vinculadas con estímulos sensoriales que se activan por debajo del nivel de conciencia. Bajo esta premisa, las encuestas tradicionales resultan insuficientes, al apoyarse en la opinión consciente de la persona encuestada. Es necesario observar los mecanismos cerebrales para comprender con exactitud las motivaciones que activan a los consumidores.

II.

NEUROMARKETING Y MARKETING-MIX

La mayor parte de los procesos mentales del hombre se producen en la mente no consciente, y es allí donde residen los mecanismos que determinan sus decisiones. Por ello, uno de los retos de la gestión empresarial es averiguar la forma en que interactúan los procesos cognitivos conscientes e inconscientes en la toma de decisiones. Por otro lado, las investigaciones neurofisiológicas han revelado que nuestras representaciones mentales no son lineales, sino que interactúan continuamente con otras imágenes. Este descubrimiento es importante para comprender que las marcas son una representación compleja en el cerebro del cliente, que viene determinada por filtros que establece a la hora de percibir, procesar y responder a los distintos estímulos de marketing. El conocimiento de estas representaciones, como señala el profesor Braidot, resulta esencial para poder desarrollar estrategias de marketing exitosas.

1. Producto El producto se convierte en un conjunto de satisfactores intangibles de necesidades y deseos que operan en la dimensión simbólica y que sólo se comprenden mediante el estudio de mecanismos culturales y neurobiológicos que determinan las percepciones del cliente.

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N EUTRALIDAD DEL DINERO 2. Precio

III.

En lo que respecta al precio, prima la idea de valor: el cliente asocia el precio inmediatamente en su cerebro con un conjunto de conceptos que inciden en su percepción de valor, y por tanto, en su decisión de compra. Si el valor no justifica el precio, el producto simplemente no se venderá porque ningún consumidor querrá comprarlo.

El neuromarketing promete ser un campo de investigación ilimitado, lleno de oportunidades, aunque también presenta algunas limitaciones y problemas que podemos resumir en los siguientes puntos (ver www.neuromarca.com y www.sergiomonge.com): -

La necesidad de establecer códigos deontológicos que propicien un comportamiento ético en las investigaciones: ¿qué se puede medir? ¿cómo advertir a los voluntarios?

-

Una opinión pública en contra de esta técnica por el enfoque sensacionalista que los medios de comunicación le han dado, y que conduce al gran público a identificar el neuromarketing con la manipulación.

-

La ausencia de estándares. Las diferentes tecnologías miden aspectos diferentes con nombres similares. No existe un consenso entre los profesionales sobre las variables y métricas a utilizar para analizar los estados emocionales de una persona. Además, falta un esfuerzo de comunicación para homogeneizar los diferentes lenguajes que utilizan neurocientíficos y responsables de marketing.

3. Distribución Los canales de distribución han pasado de tener una función básicamente logística a ser una forma de vinculación con los clientes, convirtiéndose en un proceso de comunicación que, al igual que las variables producto y precio, debe tener como punto de partida las necesidades del cliente. Investigaciones en el campo de las neurociencias han corroborado que existe un casi imperceptible estado de ansiedad cada vez que una persona decide donde realizar una compra. Así, las estrategias de distribución deben iniciarse en la comprensión de esos procesos internos que experimenta el cliente para poder satisfacerlo, buscando despertar los deseos del cliente, tanto sensorialmente como mediante significados sociales.

4. Comunicación En neuromarketing la estrategia de comunicación es interactiva, y «cerebro a cerebro». Esto significa que se deben tener en cuenta los estímulos que el cliente recibe del exterior, pero también los internos (memoria, emociones, sentimientos), por lo que los mensajes de la marca deben orientarse a reforzar las asociaciones neuronales positivas en la mente del receptor a fin de crear una relación con la marca que perdure en el tiempo.

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LIMITACIONES DEL NEUROMARKETING

MARÍA DEL SOCORRO APARICIO SÁNCHEZ

NEUTRALIDAD DEL DINERO Money neutrality I. CONCEPTO • II. EL DINERO COMO UN VELO 1. Concepto de dinero 2. La dicotomía clásica: términos reales y términos nominales • III. ¿SE CUMPLE SIEMPRE LA TEORÍA DE LA NEUTRALIDAD DEL DINERO?

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N EUTRALIDAD DEL DINERO I.

CONCEPTO

En el modelo macroeconómico clásico se refiere a la propiedad del dinero consistente en que una variación en su cantidad afecta únicamente a las variables nominales, pero no así a las variables reales del modelo. Lo realmente importante del dinero es que permite realizar comparaciones entre el valor de dos o más bienes, el valor del dinero es relativo.

II.

EL DINERO COMO UN VELO

Para poder comprender el concepto de la neutralidad del dinero precisamos, en primer término, delimitar qué se entiende por dinero, para en segundo lugar diferenciar entre variables económicas reales y variables nominales. Una vez hecho esto, podremos explicar mejor la razón por la que los economistas clásicos consideraron que variaciones en la cantidad de dinero no afectaban a las variables reales de la economía.

1. Concepto de dinero Sin ánimo de ser exhaustivos, resulta necesario señalar en primer lugar que no existe una definición única y generalmente aceptada de dinero. Es por ello por lo que se suele definir dinero por las funciones que debe cumplir cualquier activo para ser considerado como tal. En concreto son cuatro: a) Ser aceptado como medio de cambio en cualquier tipo de transacciones. b) Mantener su valor a lo largo del tiempo, es decir, ser un depósito de valor c) Ser unidad de cuenta, es decir, que los precios de los demás bienes se puedan expresar en términos de dicho activo. d) Actuar como patrón de pagos diferidos

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A lo largo de la historia los activos que han sido considerados dinero han ido variando. De hecho lo que en la actualidad es dinero hace apenas 50 años no lo era, y el dinero de hace 1.000 años ya no es considerado como tal en la actualidad (en el supermercado del barrio no aceptan como medio de pago para una transacción una moneda de oro del siglo XV).

2. La dicotomía clásica: términos reales y términos nominales Para explicar la neutralidad del dinero resulta necesario resaltar la tercera característica del dinero: el dinero como unidad de cuenta. Ya en el siglo XVIII David Hume prestó una especial atención a la diferencia existente entre las variables económicas reales y las nominales. Cuando cualquier variable económica está expresada en términos monetarios decimos que es nominal. Por el contrario cuando se encuentran expresadas en unidades físicas o en términos relativos son variables reales. Por ejemplo, suponemos que una economía produce dos bienes, coches y ordenadores. Durante un año produce 5 coches y 6 ordenadores por un valor de 3 unidades monetarias cada coche y de 1 cada ordenador. La producción durante ese año expresada en términos nominales será de 21 unidades monetarias (5 coches por 3 u.m. más 6 ordenadores a 1 u.m. cada uno). La producción real sería de 5 coches y de 6 ordenadores. Sin embargo, y aquí radica la importancia de la explicación, si bien los precios expresados en dinero de coches y ordenadores son variables nominales, los precios relativos son variables reales. Si cada coche cuesta 3 u.m. y cada ordenador 1 u.m., cada coche costará tres ordenadores y cada ordenador 1/3 de coche. El precio de un coche con respecto al de un ordenador es una variable real y es independiente de la unidad monetaria en que se en-

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N EUTRALIDAD DEL DINERO cuentren expresados dichos valores. El intercambio siempre será de 1 coche por tres ordenadores, independientemente de que los coches cuesten 6.000 euros y los ordenadores 2.000. El dinero, por tanto, permite expresar el valor de un bien con respecto al de otro (función de unidad de cuenta). La unidad monetaria en que se expresan los precios de los bienes y servicios no es importante para la determinación de los valores reales, lo realmente importante para los valores reales es la relación entre los valores de los bienes. La teoría de la neutralidad del dinero bien entendida establece que las unidades empleadas para medir valores no afectan a los valores reales o relativos. Así, si en lugar utilizar unidades monetarias utilizáramos euros, cada coche costaría 6.000 euros y cada ordenador 2.000 euros. Su valor nominal o monetario habría cambiado, pero no así su valor real, pues su valor relativo continuaría siendo de 3 ordenadores por cada coche. Una alteración, por tanto, de la totalidad de valores monetarios de la economía no tendrá efectos sobre la economía real.

III.

¿SE CUMPLE SIEMPRE LA TEORÍA DE LA NEUTRALIDAD DEL DINERO?

En principio y según esta teoría un cambio en el nivel de precios no tendría repercusiones sobre la economía real. Sin embargo, en las situaciones del mundo real el ajuste en los precios no tiene lugar inmediatamente, por lo que de hecho cuando hay inflación se producen cambios en los valores reales. Por ejemplo consideramos que el alquiler de una vivienda cuesta 1.000 euros y un anillo 500 euros. El alquiler costaría el doble que un anillo. Los precios suben un 100%. En este caso, si el ajuste es inmediato no se produce ninguna variación

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en términos reales: el alquiler costará ahora 2.000 euros y el anillo 1.000 euros. En términos nominales se ha duplicado el valor, pero en términos reales sigue siendo el mismo. Sin embargo, el ajuste no es inmediato. El contrato de arrendamiento se revisa cada año, por lo que si la subida de precios ha tenido lugar al mes de revisar el contrato, el propietario no podrá trasladarla hasta dentro de un año. En ese caso el precio del alquiler continuará siendo de 1.000 euros y el del anillo de 1.000. Ha tenido lugar una alteración en el valor real; los precios relativos sí que han cambiado y ahora el valor del alquiler es igual al del anillo (por lo menos durante los 11 meses siguientes). Por ello, los economistas aceptan la validez de la teoría de la neutralidad del dinero en el largo plazo, no así en aquellas situaciones propias del corto plazo, cuando el nivel de precios está variando, y los ajustes se dilatan en el tiempo al existir rigideces. Por otra parte, la neutralidad del dinero tampoco se cumple cuando se produce el fenómeno de la ilusión monetaria. Éste tiene lugar cuando los agentes económicos actúan ante cambios en variables nominales o monetarias como si fueran variaciones en la renta real. Como se ha explicado anteriormente si las rentas y los precios aumentan un 20%, los precios relativos no variarán, por lo que el agente económico no debería cambiar sus decisiones de gasto. El problema puede surgir cuando el agente económico sólo tiene en cuenta que su salario nominal ha subido un 20%, sin considerar que en términos reales ha permanecido fijo (aunque dispone de un mayor salario nominal, como los precios han crecido en la misma proporción, sólo puede seguir comprando la misma cantidad de bienes que hasta ese momento, ni una mayor cantidad ni una menor cantidad). Al creer que su renta real ha aumentado

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N EW DEAL un 20% (aunque en términos reales se mantiene, porque los precios también han crecido un 20%), podría modificar sus decisiones de gasto, ya que considera, de manera equivocada, que dispone de una mayor cantidad de dinero para adquirir bienes. En este caso, por tanto una variación en la renta monetaria podría traer consigo un cambio en la renta real, como consecuencia del fenómeno de la ilusión monetaria, por lo que el principio de la neutralidad del dinero no se cumpliría. PEDRO FERNÁNDEZ SÁNCHEZ Véase también: "Dinero"; "Ilusión monetaria"; "Rigideces nominales" y "Rigideces reales".

NEW DEAL Aunque se acepta generalmente que la crisis del 29 se resolvió con el New Deal (o Nuevo Pacto), lo cierto es que en realidad la salida definitiva de la crisis no se produce hasta la década siguiente, merced a un elemento tan perturbador en la economía mundial como la Segunda Guerra Mundial. Pero es cierto que fueron precisamente políticas que abandonaron los postulados liberales clásicos y siguieron los planteamientos keynesianos, recogidos en su famoso libro titulado La teoría general sobre la ocupación, el interés y el dinero, las que tuvieron la virtud de suavizar, y mucho, una profunda crisis económica. Franklin Delano Rooselvelt, presidente de los Estados Unidos, basó el New Deal en dos grandes pilares. Por un lado, incrementó el gasto público para suavizar el sufrimiento de millones de americanos y aumentar la producción y sentó en la misma mesa al gobierno, a los empresarios y a los trabajadores para

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determinar a la vez la producción, los precios y los salarios, con la finalidad de impedir el continuo desplome de los precios. Por otro, estableció controles financieros más estrictos y en este sentido, un paso fundamental fue la creación del Federal Deposit Insurance Corporation que se inició el 1 de Enero de 1934; de este modo se incrementaron los activos, para prevenir mejor, además, otra posible crisis venidera. Es importante señalar que aunque la recuperación se inicia con la introducción de políticas expansivas en EE.UU., este país se caracterizaba por el hecho de que la intervención del Estado era tradicionalmente mínima y dejaba la actividad económica en manos de los agentes económicos privados. Pero esta tendencia cambió radicalmente con la crisis. Por ejemplo, su gobierno crea puestos de trabajo directos para miles de americanos hasta la cifra de 3,7 millones de empleados con nóminas vinculadas a la administración americana en 1936. Los empleos creados iban destinados prioritariamente a infraestructuras, en puestos de trabajo sin excesiva cualificación en los que podían incorporarse fácilmente minorías, como los afroamericanos, que estaban sufriendo muy especialmente la depresión. En consonancia con el New Deal estuvo la National Industrial Recovery Act (NIRA), con el propósito no sólo de contener el desplome en los precios, sino de lograr que se incrementaran, así como los salarios y con esta finalidad hasta se suspenden las leyes anti-trust. Una medida que logró grandes y positivos efectos en grandes zonas de los Estados Unidos fue the Tennesee Valley Authority (TVA) que afectó un total de siete estados, para permitir la llegada de electricidad a bajo precio para la agricultura. Con el Commodity Credit Corporation (CCC) se establecen precios míni-

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N EWSLETTER mos en la agricultura, pero la gran sequía de 1936 forzó la emigración a California y el definitivo abandono de la actividad agraria en amplias zonas del país. Otra medida que se aplicó fue el Soil Conservation and Domestic Allotment Act, con la finalidad de orientar la producción agraria de los campesinos, reducir las producciones con grandes excedentes y reorientarlas hacia aquellos bienes agrícolas que más demandaba el consumidor, pero esta medida tuvo en realidad un alcance relativo, pues los productores sentían que su futuro como agricultores era incierto y era complicado incitar a un cambio en este contexto. Por el contrario, sí resultó muy positivo el incremento de la capacidad financiera del CCC en 1938, a tal extremo que los agricultores mantuvieron o, mejor aún, recuperaron precios de los años 20. Finalmente, en el New Deal impone, incluso, algunos precios mínimos y producción regulada, como por ejemplo en el caso de la leche, implicando al Departamento de Agricultura, a los productores directos de la leche y los industriales del sector, con el propósito de reducir la producción y elevar el precio. En 1938, incluso, se establece por ley un salario mínimo, así como la semana laboral de 44 horas. A pesar de que hoy en día se admite de forma generalizada la positiva influencia del New Deal en la recuperación de la economía norteamericana, ésta no será totalmente realidad hasta el estallido de la Segunda Guerra Mundial. LEONARDO CARUANA DE LAS CAGIGAS

NIELSEN Nielsen es el instituto de investigación de mercados pionero en la investigación de mercados moderna, tanto en los mercados de productos de consumo como en los medios de comunicación. Nielsen fue fundado en Estados Unidos en 1923 por Arthur C. Nielsen, creador de la metodología del panel de detallistas. La metodología creada por Arthur C. Nielsen proporcionaba a los clientes los primeros datos fiables y objetivos sobre el comportamiento de las marcas en comparación con la competencia y el impacto de sus estrategias de marketing y ventas en los ingresos y beneficios. Nielsen también creó la empresa conocida hoy día como Nielsen Media Research, el líder global en la medición de audiencia televisiva y otros servicios de investigación en medios de comunicación. Nielsen abrió su primera oficina internacional en el Reino Unido en 1939 y se expandió progresivamente por Europa Occidental, Australia y Japón. A partir de 1994 aumentó su presencia en la zona de Asia-Pacífico y en Oriente Medio y África. En 2001, Nielsen entró a formar parte de VNU, una empresa líder en información de mercados, información y medición de medios de comunicación y directorios y medios de comunicación empresariales. En el 2007, VNU cambia el nombre de Nielsen por el de The Nielsen Company, reforzando su identidad y subrayando su cometido de crear una organización global e integrada.

NEWSLETTER

The Nielsen Company ofrece una amplia gama de servicios y herramientas, entre los que se encuentran:

Véase: "Relaciones públicas".

-

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El panel de detallistas.

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N IVEL DE PRECIOS -

El panel de consumidores.

-

Análisis del surtido de productos y la gestión del espacio en los establecimientos.

-

Otros. MARÍA REQUENA LAVIÑA

NIF Véase: "Número de Identificación Fiscal".

NIFO Véase: "Métodos de valoración de existencias".

NIKKEI El índice Nikkei es el principal índice bursátil de referencia de la evolución del mercado japonés. Es un índice ponderado por precio, formado por las 225 empresas con mayor liquidez que cotizan en la Bolsa de Valores de Tokio. Estas empresas son elegidas por el "Nihon Keizai Shimbun" (el periódico de negocios más importante de Japón). Este índice se comenzó a calcular el día 4 de enero de 1980 con un valor de referencia igual a los 100 puntos. El índice está bien equilibrado en términos de liquidez, estabilidad y sectores industriales. Además, los componentes se revisan anualmente para reflejar los cambios en el entorno del mercado. Los cambios en la composición del índice son realizados en el mes de octubre, aunque excepcionalmente pueden producirse en otra fecha distinta. Algunas de las empresas que forman parte de este índice son las siguientes: Toyota Motor, Yamaha, Toshiba, Suzuki

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Motor, Sony, Pioneer, Nissan Motor, Kanebo, Japan Tobacco, Bridgestone y Konica. M.ª ISABEL LÁZARO AGUILERA Véase también: "Índice bursátil".

NIVEL DE PRECIOS Price levels El nivel de precios es una medida que sirve para representar de forma agregada todos los precios que existen en una economía, y su tasa de variación se corresponde con la tasa de inflación que se está registrando. En una economía existe una multitud de precios, y cada uno de ellos puede estar cambiando a una tasa diferente, e incluso puede haber precios que se eleven a la vez que otros se reducen. Idealmente, el nivel de precios debería ser una media ponderada de todos los bienes y servicios que se producen (o que se consumen, o que se exportan, según cuál sea el interés de nuestro análisis) en una economía. La ponderación debería ser, a su vez, el peso de cada producto en el total. Sin embargo, es más habitual construir algún tipo de índice de precios (por ejemplo, el índice de precios al consumo) a partir de una cesta de productos previamente seleccionados en función de su importancia. Cuando el nivel de precios se eleva, se está produciendo un encarecimiento generalizado de los productos de la economía, y por tanto el poder adquisitivo de las rentas nominales (por ejemplo, los salarios) se reduce. Por ello, es frecuente que la evolución de las principales variables económicas (por ejemplo, los mismos salarios o la renta nacional) se anali-

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N IVEL JERÁRQUICO ce en términos reales, es decir, dividiendo por el nivel de precios. JORGE UXÓ GONZÁLEZ Véase también: "Coste de la vida" e "Índices de precios".

NIVEL JERÁRQUICO Hierarchical level I. CONCEPTO • II. TIPOS DE ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS • III. RELACIÓN DE NIVEL JERÁRQUICO CON LOS CONCEPTOS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

I.

CONCEPTO

Determina la disposición dentro de una organización de las funciones o tareas a desarrollar por orden de rango, grado o importancia. Determina la distinción de los trabajadores entre sí en función de las facultades que éstos ejerciten dentro de la organización.

II.

TIPOS DE ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS

El establecimiento de niveles jerárquicos dentro de la empresa implica definir la estructura de la empresa mediante el establecimiento de centros de autoridad que se relacionan entre sí con precisión. Por tanto, las organizaciones pueden clasificarse según la naturaleza de las relaciones de autoridad que existen en ellas. Se distinguen cuatro tipos de estructuras organizativas básicas: lineal, en línea y staff, en comité y matricial. La estructura lineal o jerárquica es la basada en la autoridad directa del jefe

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sobre los subordinados. Es el tipo de estructura más sencillo y antiguo que existe. La cadena de mando es muy clara y es difícil que alguien se la salte. Las decisiones se pueden tomar rápidamente, dado que sólo tienen que consultarse con el inmediato superior. Sin embargo, este tipo de estructura tiene inconvenientes importantes. Evidentemente, las comunicaciones son muy lentas. Además, cada directivo tiene toda la responsabilidad de una amplia variedad de actividades y, como es obvio, no puede ser un experto en todas ellas. La estructura en línea y staff es aquella en la que se combinan las relaciones de autoridad directa, propias de la estructura lineal, con relaciones de consulta y asesoramiento que se mantienen con los departamentos denominados staff. Esta estructura combina la rapidez en la toma de decisiones, que es propia de la estructura lineal, y la rápida comunicación directa con los conocimientos expertos de los especialistas de los departamentos staff que son necesarios para dirigir numerosas actividades de muy diversa índole. Los directivos de los departamentos staff no tienen autoridad sobre los directivos que se encuentran en línea; su autoridad se limita a sus subordinados de su staff. La estructura en comité es aquella en la cual la autoridad y la responsabilidad son compartidas conjuntamente por un grupo de personas, en lugar de asumirlas una sola. Por tanto, para tomar una decisión, el grupo se reúne, se intercambian opiniones, se discute y se llega a la elección final. Normalmente se utiliza conjuntamente con la estructura en línea y staff y sólo para la toma de algunas decisiones en concreto. En esta estructura, todas las áreas de la empresa participan en las decisiones importantes, lo que supone un elemento motivador que eleva la moral del conjunto. No obstante, pre-

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N IVELES DE LA ESTRATEGIA sentan inconvenientes, tienden a ser lentos y conservadores y, en muchas ocasiones, en ellos las decisiones se toman más por compromisos basados en conflictos de intereses que por buscar la mejor alternativa. La estructura matricial parte de un nuevo enfoque al que se han ido sumando un número creciente de empresas, desde la década de los años sesenta, para ajustar sus estructuras a las necesidades que imponen los cambios del entorno, especialmente en las áreas de investigación y desarrollo y de nuevos productos. Al igual que la estructura en comité, la matricial se utiliza conjuntamente con la de línea y staff. Una característica de esta estructura es que algunos miembros de la organización responden ante dos superiores, en lugar de sólo uno. Se desarrollan en torno a proyectos específicos o problemas en los que se reúnen personas expertas en diferentes áreas para centrarse en problemas importantes o en temas técnicos concretos. Con objeto de evitar los posibles problemas derivados de la existencia de dos superiores, generalmente el director del proyecto tiene una autoridad bastante considerable en todo lo concerniente al propio proyecto y suele responder ante el director general.

III.

RELACIÓN DE NIVEL JERÁRQUICO CON LOS CONCEPTOS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

En función del nivel jerárquico que se ocupe dentro de la organización, es importante señalar el grado de autoridad que un departamento tiene sobre otro. Ha de existir cierta relación entre la responsabilidad de las personas y la autoridad que se las confiere. No se puede exigir a nadie que se responsabilice de ciertas actividades que requieren el ejercicio de la autoridad, si no se le dota del grado de autoridad necesario para ello.

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Por tanto, la autoridad supone el derecho o capacidad de mandar, de hacerse obedecer y de tomar decisiones que afectan a otros. La responsabilidad supone la obligación de la persona de llevar a efecto las tareas que le han sido asignadas. De esta manera, la delegación de autoridad consiste en asignar una tarea a un subordinado, conferirle libertad y autoridad para desempeñarla, y contraerle para comprobar si la realiza adecuadamente. MARÍA ROMERO CUADRADO Véase también: "Autoridad"; "Organigrama" y "Responsabilidad".

LO ESENCIAL SOBRE NIVEL JERÁRQUICO Libros •

GARRIDO BUJ, S. y CASTELLÓ MUÑOZ, E. La gestión de empresas en la sociedad del conocimiento. Universitas Internacional, 2007.

NIVELES DE LA ESTRATEGIA Strategy levels I. CONCEPTO • II. RELACIONES ENTRE LOS NIVELES

I.

CONCEPTO

Los niveles de la estrategia sirven para hacer más operativa la estrategia al descomponerla en sus partes más elementales. Partiendo de una definición amplia y global de la estrategia, ésta se va descomponiendo en niveles más bajos hasta llegar a su nivel funcional u operativo.

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N IVELES DE LA ESTRATEGIA La razón de ser de descomponer la estrategia en niveles está en la turbulencia del entorno y en el carácter diversificador o multiactividad de las empresas.

ante una empresa que posee una cartera de actividades o negocios estratégicamente diferentes, surge la necesidad de incluir un nivel intermedio entre el corporativo y el funcional, dado que la empresa deberá concretar la estrategia global o corporativa desde un punto de vista específico para cada uno de sus negocios.

En cualquier tipo de empresa existen, como mínimo, dos niveles de la estrategia: 1.

2.

La estrategia global, maestra o corporativa de la empresa: se trata del primer nivel de la estrategia y de él surge una única estrategia para toda la empresa. Mediante este nivel se define la relación de la empresa con su entorno a partir de la especificación del ámbito de actividad y de las capacidades distintivas requeridas para desarrollar dicho ámbito de actividad. En este nivel, por tanto, tienen especial importancia los componentes primero y segundo de la estrategia, ya que se trata de acotar el ámbito de actividad y asignar las capacidades entre los distintos negocios o actividades que configuran el ámbito de actuación de la empresa.

3.

Las estrategias de negocio: en este nivel se define cómo competir (qué argumento competitivo utilizar), así como las capacidades distintivas necesarias para fundamentar una posición de ventaja competitiva en cada uno de sus negocios. Para ello se hace necesario crear las llamadas unidades estratégicas de negocio, que son unidades organizativas dentro de la empresa que actúan con autonomía en aquellas decisiones que afectan exclusivamente al negocio en cuestión. El segundo y tercer componente de la estrategia (capacidades distintivas y ventajas competitivas) son los más importantes en este nivel, aunque el cuarto componente (la sinergia) también cobra relevancia, por la necesidad de coordinar o interrelacionar las diferentes unidades estratégicas de negocio que constituyen la empresa.

Las estrategias funcionales u operativas de la empresa: a través de este nivel, que es el más operativo, la empresa decide cómo hacer el mejor uso de los recursos y capacidades que posee dentro de cada una de sus áreas funcionales o departamentos (producción, marketing, finanzas, recursos humanos, etc.). Los componentes claves de la estrategia son el segundo y el cuarto, este último correspondiendo al efecto sinérgico que se deriva de la coordinación e integración correcta de las distintas políticas y acciones que se diseñen dentro de cada área funcional. Se definirá una estrategia para cada una de las áreas funcionales en que se estructura la empresa.

El nivel de la estrategia de negocio será necesario cuando: en una empresa con múltiples negocios, no existe una posición competitiva global de la empresa, sino de cada negocio o actividad; cada actividad de la empresa se desarrollo en un entorno competitivo específico, que requiere de competencias distintas y determinadas actividades comparten factores de éxito y, por tanto, ventajas competitivas necesarias, lo que permite obtener sinergias entre ellas, agrupándolas.

Cuando estamos ante una empresa diversificada, o lo que es lo mismo,

Por ejemplo, una empresa que tradicionalmente se ha dedicado a la fabrica-

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N IVELES DE LA ESTRATEGIA ción y comercialización de arcas fúnebres de lujo, decide en un momento determinado introducirse también en el negocio de las arcas estándar o económicas (propio de las compañías de seguros de deceso). La estrategia global de la empresa, definida por la mejora de la calidad del producto con el objeto de satisfacer las necesidades de sus clientes, se va a tener que descomponer en dos estrategias de negocio: una para las arcas de lujo y otra para las arcas económicas (lo que supondrá crear dos unidades estratégicas de negocio diferentes). En el primer negocio, la empresa buscará una ventaja en diferenciación (estrategia competitiva de diferenciación), basada en el trato personalizado y la realización de un producto a la medida del cliente. En cambio, en el segundo negocio, la empresa buscará una ventaja en costes (estrategia competitiva de liderazgo en costes) basada en la automatización de la producción y la introducción de nuevas tecnologías, que le permita fabricar las cantidades necesarias para cubrir la demanda. En ambos casos se busca la satisfacción del cliente.

II.

RELACIONES ENTRE LOS NIVELES

pertenencia entre los tres niveles de la estrategia, ya que como se ha señalado, el nivel inferior es el resultado de concretar o especificar el nivel superior. Las relaciones entre los niveles son de dos tipos: 1.

Relación de globalidad: el nivel superior engloba al nivel inferior de la estrategia. Tal como se puede observar en la Figura 1, la estrategia corporativa engloba a las estrategias de negocio en que se descompone y, a su vez, cada estrategia de negocio engloba a las estrategias funcionales en que se descompone.

2.

Relación de finalidad: siguiendo el enfoque de la cadena medios-fines, el nivel inferior de la estrategia es el medio o el instrumento a través del cual se consigue el nivel superior. Tal como muestra la Figura 2, las estrategias funcionales son los medios para alcanzar la estrategia de negocio (que es el fin) y las estrategias de negocio son los medios para alcanzar la estrategia global (que es el fin último de la estrategia de la empresa).

Es importante señalar que en todo momento ha de existir una relación de

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N IVELES DE LA ESTRATEGIA

JOAN RAMÓN SANCHIS PALACIO

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Véase también: "Componentes de la estrategia empresarial" y "Unidad estratégica de negocio".

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N O CONFORMIDAD

NO A LA ORDEN

-

se da una ruptura de proceso

-

no se respetan las pautas, comportamientos y actuaciones

-

se incumple de procedimiento

-

no se respetan los requisitos y especificaciones del producto o servicio.

Not to order No a la orden es una expresión que indica que un documento de crédito no puede ser transmitido mediante endoso, aunque puede transmitirse mediante cesión ordinaria de crédito. De este modo, un cheque nominativo que incluya específicamente la cláusula "no a la orden", tendrá que ser cobrado personalmente por su tenedor, a menos que lo transmita por medio de una cesión ordinaria de crédito. MARIO CANTALAPIEDRA ARENAS Véase también: "A la orden" y "Letra de cambio (contabilidad)".

NO CONFORMIDAD Non-conformity I. CONCEPTO • II. ÁMBITO • III. CARACTERÍSTICAS 1. Interacciones 2. Detección de no conformidades 3. Actuación ante no conformidades 4. No conformidad y Producto no conforme

I.

CONCEPTO

La norma ISO 9000 -fundamentos y vocabulario-, define la no conformidad como el incumplimiento de un requisito. Se produce una no conformidad, por ejemplo, cuando: -

se incumple un precepto legal exigible

-

el resultado que se obtiene es diferente del previsto o deseado (los resultantes del producto o de la prestación del servicio no son los perseguidos y previstos)

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II.

ÁMBITO

En el diseño del sistema de gestión de calidad de cada organización estará previsto el procedimiento y sus características, tanto en el modo de establecer relaciones con proveedores y evaluarlos, como en los criterios de compras, respecto a los requisitos de producto y servicio, respecto de plazos, respecto de comportamientos, de cualificación y formación, de ambiente de trabajo, y de todo el amplio elenco de cuestiones que afectan a la organización. No obstante es prácticamente imposible contemplar la totalidad de posibilidades que pueden presentarse en cualquier situación o entorno, y aunque fuese posible quizá no sería eficiente. Pero sí que es posible el establecer sistemas de seguimiento y control que detecten las no conformidades. Y, paradójicamente, la detección de una no conformidad es el primer paso para la mejora. Cuando se presentan, porque no se han podido preveer, es necesario aplicar correcciones y diseñar soluciones que prevengan el que puedan volver a presentarse, aplicando mejoras para evitarlas. Como se pone de manifiesto en la familia de normas ISO 9000, esto también es aplicable, para mantener y mejorar un sistema de gestión de la calidad ya existente, porque así se genera confianza en la capacidad de sus procesos y en la calidad de sus productos, y proporciona una base para la mejora continua. Es una oportunidad para mejorar

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N O CONFORMIDAD nuestro sistema. Al analizar sus causas, buscar soluciones, y prevenir que pueda volver a presentarse, estamos trabajando en la mejora (continua).

III.

CARACTERÍSTICAS

La no conformidad se asocia al error, al defecto, a la desviación, etcétera. Pero aunque asociemos de modo general estos conceptos a la no conformidad, cada uno de estos, conllevan matices diferenciales.

1. Interacciones Como se indica en la familia de normas ISO las no conformidades interaccionan de diversos modos: -

Frente a la conformidad como su antónimo. E, igualmente, también sería contraria a la concesión y respecto a la liberación.

-

Esta no conformidad también interacciona, en este caso como asociación, con el fallo, la desviación (incluido el permiso de la desviación autorizada o controlada), el desecho, y el defecto.

-

Igualmente, interactúa como activador, con la corrección, con la acción correctora y con la acción preventiva (e incluso, puede ser causa de que se inicie una acción de mejora).

La familia de normas ISO 9000, identifica el defecto, como un incumplimiento de un requisito asociado a un uso previsto o especificado. Aclara que la distinción entre los conceptos defecto y de no conformidad es importante por sus connotaciones legales, particularmente aquéllas asociadas a la responsabilidad legal de los productos puestos en circulación. Hace notar que, "consecuentemente, el término "defecto" debería utilizarse con extrema precaución". En

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cualquier caso, todos los defectos, estarían dentro de la categorización más general de "no conformidad". Igualmente existen no conformidades cuando se producen quejas, reclamaciones, devoluciones o situaciones conflictivas dentro de la organización. Requieren de la atención debida: analizarlas detalladamente, investigar sus causas, corregirlas y buscar soluciones que prevengan su reiteración. En el caso del ámbito específico de la auditoría, la detección e introducción de no conformidades en el informe puede dar lugar a un PAC (paquete de acciones correctoras) que aporten además, evidencias de su tratamiento y corrección, así como las medidas adoptadas para evitar que vuelvan a surgir. Asimismo pueden estar sometidas a plazos, adecuados a las finalidades y tipología de cada auditoría.

2. Detección de no conformidades En muchas ocasiones no es sencillo identificarlas. Por tanto es imprescindible que exista un método de control y supervisión (incluidas las inspecciones y las auditorías) para poder detectarlas. Lo primero, es detectar e identificar de la forma más precisa posible en que consisten. Hemos de ser conscientes de que si se localizan prematuramente, se puede actuar con mayor rapidez para su solución, se evitan mayores costes (y, no se permite que pueda, incluso, salir del control interno de la propia organización y llegar hasta el cliente, usuario, u otra parte interesada). Por tanto el sistema ha de permitir detectarlas (incluso, prematuramente).

3. Actuación ante no conformidades Una vez localizadas e identificadas, procederá, en primer término, aplicar

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N O CONFORMIDAD una corrección, que se define por la norma ISO 9000 como la acción tomada para eliminar una no conformidad detectada -que puede llevarse a cabo o realizarse, junto con una acción correctiva-. Por tanto, la diferencia entre la primera y la segunda radica en que la corrección es de aplicación inmediata para eliminar la no conformidad, mientras que la acción correctiva es de mayor calado y pretende atacar a las causas que originaron la no conformidad (intentando, como en el caso de las acciones preventivas, que no vuelvan a surgir).

-

Análisis de causas detalladas de la no conformidad: por el que se busca identificar las causas que la originan, y efectuar el análisis o los análisis (siendo recomendable que en este análisis participe el personal de la organización experto en el área de conocimiento).

-

Acciones correctivas a implantar: tras ser identificadas y analizadas las causas que han dado lugar a la no conformidad, se valora la necesidad y la oportunidad de definirlas (siendo preciso poner de manifiesto que no toda No Conformidad identificada, necesariamente, debe requerir de acciones correctivas -lo que sucede al concluir tras su análisis que se trata de errores puntuales o aleatorios, o no es posible identificar una causa clara).

-

Implantación de las acciones adecuadas.

-

Seguimiento.

Como la Norma ISO 9001: 2008 pone de manifiesto, debe asegurarse de que se realizan las correcciones y se toman las acciones correctivas necesarias sin demora injustificada para eliminar las no conformidades detectadas y sus causas. La acción correctiva es una de las herramientas que establece un sistema de gestión ambiental (ISO 14001) o de la calidad (ISO 9001) ante la detección de incumplimientos de un requisito establecido o implícito (no conformidad) y evitar que vuelva a suceder. Asimismo, la Norma ISO 9000:2005 la define como acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra situación indeseable. Por tanto, el proceso básico para actuar cuando se identifica una no conformidad es el siguiente: -

Identificación de la no conformidad: siguiendo el procedimiento interno establecido se ha de describir, incluyendo la referencia al requisito incumplido, el alcance y/o la magnitud del incumplimiento, así como una referencia a la prueba o prueba/s objetiva/s del incumplimiento (evidencia/s).

-

Corrección de la no conformidad: procediendo a eliminar los efectos de la no conformidad.

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4. No conformidad y Producto no conforme El producto (o la prestación del servicio), como resultado esperado de un proceso, se denomina según ISO 9000, como "producto terminado" cuando, a priori, cumple con los requisitos establecidos y con los estándares (especificaciones). Ante esta casuística concreta y, en lo que concierne a los requisitos para los productos (y, en algunos casos, los procesos asociados para su obtención), en la norma ISO 9001 ya se contempla que pueden proceder de requerimientos normativos, del respeto legal, y/o que pueden ser especificados por los clientes o por la organización, anticipándose a los requisitos del cliente. La conformidad del producto contempla las diversas características del producto (y, en su caso,

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N O CONTRAVENCIÓN del proceso de fabricación) e incluso abarca los aspectos informativos y documentales, así como los técnicos, los generales de calidad y seguridad, y los derivados de la normativa legal. Para su adecuado control, esta norma indica que se debe establecer un procedimiento documentado para definir los controles y las responsabilidades y autoridades relacionadas para tratar el producto no conforme. La Norma ISO 9001: 2008 propone un enfoque preventivo: evitar que llegue al mercado y/o produzca efectos derivados de su uso, no deseados, o que pueda causar perjuicios, por falta de calidad. Pone especial énfasis respecto al control del producto no conforme, y explicita que la organización debe asegurarse de que el producto que no sea conforme con los requisitos del producto, se identifica y controla para prevenir su uso o entrega no intencionados.

Véase también: "Acción correctiva"; "Acción de mejora"; "Acción preventiva" y "Mejora continua".

LO ESENCIAL SOBRE NO CONFORMIDAD Documentación • •

ISO 9000:2005 Sistemas de gestión de la calidad. Fundamentos y vocabulario. UNE-EN ISO 9001: 2008 Sistemas de gestión de la calidad. Requisitos.

NO CONTRAVENCIÓN Non-contravention

Según dicha norma internacional, cuando aparezca, la organización, debe tratar los productos no conformes llevándolo a cabo mediante una o más de las siguientes maneras:

Cuando se está realizando la transmisión de la propiedad de una empresa, es preciso seguir el denominado protocolo de adquisición, dentro del cual hay que cumplir determinadas condiciones.

-

tomando acciones para eliminar la no conformidad detectada

-

autorizando su uso, liberación o aceptación bajo concesión por una autoridad pertinente y, cuando sea aplicable, por el cliente

-

tomando acciones para impedir su uso o aplicación prevista originalmente

-

tomando acciones apropiadas a los efectos reales o potenciales, de la no conformidad cuando se detecta un producto no conforme después de su entrega o cuando ya ha comenzado su uso.

La cláusula de "no contravención" supone la afirmación de que la transmisión de acciones de la compañía no infringirá disposición legal ni constituya incumplimiento de ninguna obligación. En particular, esta cláusula se referirá a cualquier resolución de cualquier Gobierno o Tribunal que rija respecto del vendedor, ni infringirá ninguna previsión de los estatutos de la compañía, ni entrará en conflicto con ninguna disposición, ni constituirá ningún incumplimiento legal.

CONSTANCIO JAVIER HERNANDO FREILE

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De esta manera, las partes se garantizan que no incurrirán en ningún tipo de responsabilidad ante terceros por cuestiones legales, e incluso que la transmisión se paralice en el supuesto de que se

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N O DEDUCIBLE contravenga alguna de las disposiciones indicadas. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

NO DECLARANTE

aunque se le habrá practicado una retención -que como mínimo será del 2%, para los contratos de duración inferior al año-. Pero si se quiere obtener la devolución de la cuota ingresada de más, deberá presentar la oportuna declaración o autoliquidación. M.ª PILAR BONET SÁNCHEZ

Non-taxpayer La condición de no declarante va ligada a la ausencia de obligación de declarar un impuesto concreto, y más concretamente, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que constituye el pilar básico de nuestro sistema tributario, como declaró el Tribunal Constitucional en su Sentencia 182/1997, de 28 de octubre. No declarante es, por tanto, la persona que no tiene obligación de declarar un impuesto. Así, aunque se haya realizado el hecho imponible del IRPF (obtención de renta), la ley permite que haya contribuyentes que no tengan que presentar declaración por el impuesto, por no superar unos importes anuales determinados para cada tipo o fuente de renta. Sin embargo, esto no significa que no paguen efectivamente ninguna cuantía en concepto de impuesto sobre la renta, ya que hay obligación de retener para quienes abonan rentas sujetas a los impuestos personales sobre la renta (IRPF e Impuesto sobre Sociedades), sobre la cuantía de la retribución satisfecha. Y si el importe retenido es superior a la cuota resultante de la liquidación del impuesto, se puede obtener la devolución de lo ingresado en exceso presentando la oportuna declaración (autoliquidación). Ejemplo: si los rendimientos del trabajo personal de un contribuyente son inferiores a 22.000 euros brutos en el año, no tendrá obligación de declarar,

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Véase también: "Autoliquidación"; "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas"; "Obligación de declarar" y "Retenciones tributarias".

NO DEDUCIBLE Non-deductible En el ámbito de fiscalidad, el término "no deducibles", en un sentido amplio, viene referido a aquellas partidas que no minoran el gravamen correspondiente a un tributo. En sentido estricto, son los Gastos las partidas susceptibles de ser deducibles o no deducibles a los efectos del cálculo de un rendimiento neto que debe integrar la base imponible de un tributo variable. Todo ello sin perjuicio de otras partidas que también minoran los rendimientos incluidos en la base imponible como son, por ejemplo, las reducciones. A diferencia de los gastos, las reducciones operan sobre rendimientos netos mientras que los gastos operan para el cálculo del rendimiento neto, como ocurre en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En este sentido, los tributos variables, cuya base imponible incluye el cálculo de una renta neta, aluden a los gastos deducibles y gastos no deducibles. También las cuotas son susceptibles de ser calificadas como deducibles y no

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N O INTERESA deducibles, como ocurre con las cuotas de IVA soportado. ESTHER MACHANCOSES GARCÍA Véase también: "Gasto no deducible"; "Gastos deducibles (Fiscalidad)" y "Minoración (fiscalidad)".

NO INTERESA Out of the money No interesa es una expresión con la que se identifican aquellos contratos de opción en lo que no es recomendable su ejercicio, bien porque produciría pérdidas o porque simplemente generaría más gastos que beneficios dicho ejercicio. En definitiva, una opción no interesa cuando no existe beneficio derivado de su ejercicio inmediato. En el caso de las opciones de compra, éstas no interesan cuando el precio de mercado del instrumento subyacente está por debajo de su precio de ejercicio. Para las opciones de venta, no interesan cuando el precio de mercado del instrumento se encuentra por encima del precio de ejercicio. Se utiliza mucho más, en la jerga habitual de los mercados de derivados, su expresión en inglés.

I.

La tributación en España de los no residentes, y su definición, se encuentra regulada por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (LIRNR), y por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (RIRNR). En estos cuerpos legislativos se define a los no residentes a efectos fiscales por exclusión, esto es, serán no residentes en territorio español todos aquellos contribuyentes que, de conformidad con el artículo 6 de la LIRNR, no cumplan los requisitos de los artículos 9 del derogado texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, y del artículo 8.1 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, para ser considerados residentes en territorio español. Esto es así porque, tal y como prevé el artículo 5 de la LIRNR, serán contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes: -

Las personas físicas y entidades no residentes en territorio español conforme al artículo 6 de la LIRNR que obtengan rentas en él, salvo que sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

-

Las personas físicas que sean residentes en España por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 9.4 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real

IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Opción" y "Out of the money".

NO RESIDENTE Non-resident I. CONCEPTO • II. DETERMINACIÓN DE LA RESIDENCIA 1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2. Impuesto sobre Sociedades

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CONCEPTO

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N O RESIDENTE cias temporales en España que sean consecuencia de las obligaciones contraídas en acuerdos de colaboración cultural o humanitaria, a título gratuito, con las Administraciones públicas españolas.

Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo. -

II.

Las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que realicen una actividad económica en territorio español, siempre que toda o parte de ésta actividad se desarrolle, de forma continuada o habitual, mediante instalaciones o lugares de trabajo de cualquier índole, o actúe en dicho territorio a través de un agente autorizado para contratar, en nombre y por cuenta de la entidad (artículo 38 de la LIRNR).

1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Se entenderá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias: Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas, salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados reglamentariamente como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en éste durante 183 días en el año natural. Para determinar el período de permanencia al que se refiere el párrafo anterior, no se computarán las estan-

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Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando, de acuerdo con los criterios anteriores, residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de aquél.

DETERMINACIÓN DE LA RESIDENCIA

Normas aplicables a efectos del IRNR para determinar la residencia en territorio español.

-

-

A los efectos de esta ley, se considerarán contribuyentes las personas de nacionalidad española, su cónyuge no separado legalmente e hijos menores de edad que tuviesen su residencia habitual en el extranjero, por su condición de: -

Miembros de misiones diplomáticas españolas, comprendiendo tanto al jefe de la misión como a los miembros del personal diplomático, administrativo, técnico o de servicios de la misión.

-

Miembros de las oficinas consulares españolas, comprendiendo tanto al jefe de éstas como al funcionario o personal de servicios a ellas adscritos, con excepción de los vicecónsules honorarios o agentes consulares honorarios y del personal dependiente de ellos.

-

Titulares de cargo o empleo oficial del Estado español como miembros de las delegaciones y representaciones permanentes acreditadas ante organismos internacionales o que formen parte de delegaciones o misiones de observadores en el extranjero.

7525

N O SUJECIÓN (FISCALIDAD) -

Funcionarios en activo que ejerzan en el extranjero cargo o empleo oficial que no tenga carácter diplomático o consular.

responde a motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas distintas de la simple gestión de valores u otros activos.

No perderán la condición de contribuyentes por este Impuesto las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. Esta regla se aplicará en el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.

En los supuestos en que no pueda establecerse el lugar del domicilio fiscal, de acuerdo con los criterios anteriores, prevalecerá aquél donde radique el mayor valor del inmovilizado.

2. Impuesto sobre Sociedades Se considerarán residentes en territorio español las entidades en las que concurra alguno de los siguientes requisitos: -

Que se hubieran constituido conforme a las leyes españolas.

-

Que tengan su domicilio social en territorio español.

-

Que tengan su sede de dirección efectiva en territorio español. A estos efectos, se entenderá que una entidad tiene su sede de dirección efectiva en territorio español cuando en él radique la dirección y control del conjunto de sus actividades.

La Administración tributaria podrá presumir que una entidad radicada en algún país o territorio de nula tributación, o considerado como paraíso fiscal, tiene su residencia en territorio español cuando sus activos principales, directa o indirectamente, consistan en bienes situados o derechos que se cumplan o ejerciten en territorio español, o cuando su actividad principal se desarrolle en éste, salvo que dicha entidad acredite que su dirección y efectiva gestión tienen lugar en aquel país o territorio, así como que la constitución y operativa de la entidad

7526

ÁLVARO GONZÁLEZ LORENTE Véase también: "Atribución de rentas (fiscalidad)"; "Domicilio social"; "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas"; "Impuesto sobre la Renta de no residentes"; "Impuesto sobre Sociedades"; "Inmovilizado" y "Paraíso fiscal".

NO SUJECIÓN (FISCALIDAD) Tax exempt (Taxation) I. CONCEPTO DE NO SUJECIÓN • II. EFECTOS DE LA NO SUJECIÓN: DIFERENCIAS CON LA EXENCIÓN • III. LA NO SUJECIÓN AL IVA

I.

CONCEPTO DE NO SUJECIÓN

En el ámbito de la fiscalidad, la sujeción a un tributo es el resultado de la realización de un presupuesto fáctico, el hecho imponible definido por la ley, que tiene como consecuencia el nacimiento de la obligación tributaria principal. Por tanto, la no sujeción es la situación contraria, la ausencia de realización del hecho imponible. El hecho imponible de un tributo se define normalmente de forma positiva, esto es, especificando los hechos, actos o negocios indicativos de capacidad económica que integran el presupuesto de hecho normativo. En ocasiones se complementa esa definición con la mención de supuestos de no sujeción -como prevé el

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N O SUJECIÓN (FISCALIDAD) artículo 20.2 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, o LGT)- que son aquéllos cuya realización o producción no lleva aparejado el nacimiento de la obligación tributaria, precisamente porque aunque puedan ser similares o estar próximos a los que integran el hecho imponible, realmente son diferentes, caen fuera de su ámbito. Si el hecho imponible estuviera bien delimitado legalmente, no haría falta incluir ninguna relación de supuestos de no sujeción; en ese sentido podemos decir que son prescindibles, esto es, que la norma que los establece puede no existir, sin que por ello se vea afectado el hecho imponible o varíe de sentido. No obstante, su inserción obedece a una mayor precisión y claridad, tratando de eliminar situaciones limítrofes al hecho imponible o que podrían plantear alguna duda de interpretación.

II.

EFECTOS DE LA NO SUJECIÓN: DIFERENCIAS CON LA EXENCIÓN

En los supuestos de no sujeción no hay realización del hecho imponible, por lo que no se desencadena su efecto principal: el surgimiento de la obligación tributaria de pago. En cambio, la exención es una modalidad de realización del hecho imponible; la ley prevé ciertos supuestos en los que, a pesar de haberse producido el supuesto de hecho previsto como imponible, no nace la obligación de pago de la deuda tributaria (artículo 22 de la LGT) o lo hace parcialmente (según la exención sea total o parcial). Además, la exención puede ser objetiva o subjetiva, en función de su determinación atendiendo a los hechos o negocios, o a las personas concretas que los realizan. La norma de exención no puede desaparecer sin que deje de existir la modalidad exenta del hecho imponible -al contrario que la norma de no sujeción-, pues

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de lo contrario se produciría la realización del mencionado hecho imponible en su modalidad "normal" o gravada. Es la propia norma que establece la exención la que produce el efecto desgravatorio buscado por el legislador tributario. Otra diferencia entre ambos institutos es que la norma de exención no exime del cumplimiento de obligaciones diferentes de la principal de pago de la deuda tributaria, subsistiendo por tanto el deber de cumplir con las obligaciones de carácter accesorio o formal (por ejemplo, la presentación de declaraciones), a no ser que expresamente se exonere de aquéllas.

III.

LA NO SUJECIÓN AL IVA

Mención aparte merecen los supuestos de exención y no sujeción en el IVA, ya que en ocasiones la técnica legislativa utilizada para definir unos y otros es deficiente y no se ajusta a los criterios enunciados. Y ello se debe principalmente a la necesidad de adaptar la normativa nacional a la comunitaria, que no muestra una separación clara y tajante entre ambos conceptos, incluyendo en ocasiones algunos supuestos de no sujeción entre las exenciones y a la inversa, cuando en realidad lo que se pretende es dilucidar si hay o no gravamen, y si hay o no derecho a deducir las cuotas soportadas. En el IVA hay dos tipos de exenciones: plenas y limitadas. Las primeras permiten recuperar el IVA soportado, las segundas no. En este sentido, coinciden los efectos de la exención limitada y de la no sujeción, en la medida en que ni se devenga el impuesto por la operación, ni se deduce el IVA soportado.

M.ª PILAR BONET SÁNCHEZ

7527

N OMENCLATURA COMBINADA Véase también: "Exención plena y limitada"; "Hecho imponible"; "Impuesto sobre el Valor Añadido" y "Obligación tributaria".

NOMENCLATURA COMBINADA

rias, que recogen todos los productos en XXI grupos: 1.

Animales vivos y productos del reino animal

2.

Productos del reino vegetal

3.

Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal

4.

Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

5.

Productos minerales

6.

Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas

7.

Plástico y sus manufacturas; caucho y sus manufacturas

8.

Pieles, cueros, peletería y manufacturas de estas materias; artículos de guarnicionería o de talabartería; artículos de viaje, bolsos de mano y continentes similares; manufacturas de tripa

9.

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería

Combined nomenclature I. CONCEPTO • II. ESTRUCTURA

I.

CONCEPTO

La nomenclatura combinada es un sistema de denominación común de las mercancías materia de comercio, basado en el Sistema Armonizado de las Comunidades Europeas. De esta forma, los productos importados, al estar clasificados de forma metódica y numérica, son identificados internacionalmente y los aranceles o gravámenes que recaen sobre ellos se aplican con mayor facilidad. En el caso de la Comunidad Europea, la nomenclatura combinada ha sido la consecuencia de fusionar el arancel aduanero común y la nomenclatura estadística de la Comunidad (Nimexe). Se rige a partir del Reglamento (CEE) nº 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987 y a partir de ahí se estable el arancel integrado de las Comunidades Europeas (TARIC) que se basa en la utilización de esta nomenclatura. De esta forma, el arancel integrado recoge todas las mercancías que se comercian, las estructura y agrupa en distintas subdivisiones, para que de esta forma se pueda conocer con exactitud el tipo arancelario aplicable para cada uno de los casos.

II.

ESTRUCTURA

La estructura arancelaria clasifica cada uno de los productos por códigos estadísticos. El primer nivel de agregación se encuentra en las Secciones Arancela-

7528

10. Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos); papel o cartón y sus aplicaciones 11. Materias textiles y sus manufacturas 12. Calzado, sombreros y demás tocados, paraguas, quitasoles, bastones, látigos, fustas y sus partes; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabello 13. Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mi-

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N OMENCLATURA COMBINADA ca o materias análogas; productos cerámicos; vidrio y manufacturas de vidrio 14. Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas 15. Metales comunes y manufacturas de estos metales 16. Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos 17. Material de transporte 18. Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos 19. Armas, municiones, y sus partes y accesorios

20. Mercancías y productos diversos 21. Objetos de arte o colección y antigüedades A partir de ahí, la clasificación de los productos se hace entre tres y cuatro niveles de desagregación. En un primer nivel (los códigos primero y segundo) indican los capítulos arancelarios en los que se dividen las Secciones (hasta 98 capítulos arancelarios); los dígitos tercero y cuarto representan las Partidas arancelarias (hasta 1.253 Partidas); los dos siguientes códigos (dígitos quinto y sexto) hacen referencia a las Subpartidas arancelarias (más de 3.400 Subpartidas). En el caso de la Comunidad Europea, el Arancel integrado hace un cuarto nivel de desagregación de los productos, llegando a tener una clasificación de hasta 8 dígitos. En este último caso, si los códigos que aparecen son 00, indican que ya no hay subdivisiones; si el último dígito es un 0, es porque no hay más subdivisiones en esa subpartida; y si uno de esos dos últimos códigos es un 9 expresa "el resto" de productos de dicha subpartida. Por ejemplo,

SECCIÓN XVII. MATERIAL DE TRANSPORTE Capítulo 87. Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios

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8701

Tractores (excepto las carretillas tractor de la partida 8709)

8702

Vehículos automóviles para transporte de diez o más personas, incluido el conductor

8703

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para transporte de personas (excepto los de la partida 8702), incluidos los del tipo familiar (break o station wagon) y los de carreras

7529

N OMENCLATURA COMBINADA SECCIÓN XVII. MATERIAL DE TRANSPORTE Capítulo 87. Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios

7530

8704

Vehículos automóviles para transporte de mercancías

8705

Vehículos automóviles para usos especiales (excepto los concebidos principalmente para transporte de personas o mercancías) [por ejemplo: coches para reparaciones (auxilio mecánico), camiones grúa, camiones de bomberos, camiones hormigonera, coches barre

8706 00

Chasis de vehículos automóviles de las partidas 8701 a 8705, equipados con su motor

8707

Carrocerías de vehículos automóviles de las partidas 8701 a 8705, incluidas las cabinas

8708

Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 8701 a 8705

8709

Carretillas automóvil sin dispositivo de elevación del tipo de las utilizadas en fábricas, almacenes, puertos o aeropuertos, para transporte de mercancías a corta distancia; carretillas tractor del tipo de las utilizadas en las estaciones ferroviarias; p

8710 00 00

Tanques y demás vehículos automóviles blindados de combate, incluso con su armamento; sus partes

8711

Motocicletas, incluidos los ciclomotores, y velocípedos equipados con motor auxiliar, con sidecar o sin él; sidecares

8712 00

Bicicletas y demás velocípedos, incluidos los triciclos de reparto, sin motor

8713

Sillones de ruedas y demás vehículos para inválidos, incluso con motor u otro mecanismo de propulsión

8714

Partes y accesorios de vehículos de las partidas 8711 a 8713

8715 00

Coches, sillas y vehículos similares para transporte de niños, y sus partes

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N OMENCLATURA COMBINADA SECCIÓN XVII. MATERIAL DE TRANSPORTE Capítulo 87. Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios 8716

Remolques y semirremolques para cualquier vehículo; los demás vehículos no automóviles; sus partes

8716 10

Remolques y semirremolques para vivienda o acampada, del tipo caravana

8716 20 00

Remolques y semirremolques, autocargadores o autodescargadores, para uso agrícola Los demás remolques y semirremolques para transporte de mercancías

8716 40 00

Los demás remolques y semirremolques

8716 80 00

Los demás vehículos

8716 90

Partes

De esta forma, al tener clasificados todos los productos que son importados y exportados, seremos capaces de conocer con exactitud cuál es el gravamen que recae sobre ellos. Por ejemplo, en el caso de la carne de bovino (Capítulo 02; partida 01; subpartida 20), si quisiésemos

saber cuál es el derecho arancelario que se debe pagar por la importación de "Cuartos traseros" (código arancelario 0201 20 50) el Taric nos dice que se ha de pagar un gravamen del 12,80% más un contingente arancelario de 212,20€ por cada 100 kilogramos importados.

201

Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada

- 0201 20

Los demás cortes (trozos) sin deshuesar

- - 0201 20 20

Cuartos llamados "compensados"

- - 0201 20 30

Cuartos delanteros, unidos o separados

- - 0201 20 50

Cuartos traseros, unidos o separados

- - 0201 20 90

Los demás

Derecho terceros países: 12.80 % + 212.20 EUR / 100 kg

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7531

N ÓMINA Estos derechos arancelarios serán modificados en consonancia con la firma de acuerdos comerciales con terceros países, o por la aplicación de aranceles preferenciales, por ejemplo, países acogidos al Sistema de Preferencias Generalizadas. INMACULADA HURTADO OCAÑA Véase también: "Arancel aduanero común" y "Política comercial común".

NÓMINA Payroll / Payslip La nómina es el documento que se entrega mensualmente a los trabajadores de una empresa, en el que figura el resumen de los datos relativos a las retribuciones percibidas durante el mes, así como los descuentos y deducciones realizados, junto con el resto de incidencias referentes al cobro de las percepciones. Fundamentalmente se detallan, con carácter general, los importes de las retribuciones salariales y extrasalariales, en metálico o en especie (en este caso la valoración de las mismas) y la cuantía de las deducciones, básicamente las cuotas a la Seguridad Social por cuenta del trabajador y las retenciones a cuenta del IRPF, junto con el resto de incidencias que se hubieran producido, adelantos, embargos y otras retenciones judiciales y administrativas, préstamos, etc. Aunque hay muchos modelos o formatos del documento, la legislación vigente tiene determinado un modelo oficial no obligatorio en cuanto a su formato, pero sí en cuanto al contenido mínimo obligatorio. El modelo oficial cuenta con tres bloques: encabezamiento donde deben figurar los datos de la empresa (nombre o razón social, domicilio, nú-

7532

mero de la Seguridad Social) y del trabajador (nombre y apellidos, número de afiliación a la Seguridad Social, categoría profesional, puesto de trabajo y antigüedad), devengos y deducciones. Los devengos o retribuciones son las cantidades que percibe el trabajador por todos los diferentes conceptos. Hay dos tipos de devengos: los que cotizan a la Seguridad Social (percepciones salariales que incluyen el salario base y los complementos salariales) y los excluidos de cotización (percepciones no salariales). A su vez las percepciones no salariales también pueden estar total o parcialmente exentas de tributación por IRPF. En las percepciones salariales se incluye el salario base, que corresponde al pago mensual mínimo establecido (generalmente por convenio colectivo) que se tiene que pagar al trabajador por el trabajo realizado dentro de la categoría en que está encuadrado. Los complementos, también incluidos en estas percepciones, son las cantidades que complementan al salario base. Pueden darse por varios motivos: por el puesto de trabajo, por peligrosidad, por horario nocturno, por responsabilidad especial, por productividad, en definitiva, por la calidad y la cantidad de trabajo. El salario puede percibirse en metálico o en especie, estando consideradas percepciones en especie las que el trabajador recibe en bienes distintos del dinero: vivienda, vehículo, manutención, planes de pensiones, guardería, etc., las cuales quedan sometidas al mismo régimen de cotización a la Seguridad Social que el resto de las percepciones salariales. Sin embargo a efectos del IRPF la obligación de ingreso puede ser del propio trabajador, en cuyo caso se le descuenta en efectivo del resto de percepciones, o puede ser a cargo de la empresa, en cuyo

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N ORMA SUBJETIVA caso el ingreso a cuenta se incrementa a la valoración de la percepción. Una singularidad es que la prorrata de las pagas extraordinarias cotiza mensualmente a la Seguridad Social (criterio de devengo). Las percepciones que no cotizan a la Seguridad Social más habituales son las dietas de viaje y los pluses de distancia, y en general aquellas indemnizaciones o suplidos que tienen por objeto asumir los gastos que se ocasionan al trabajador con motivo de la realización de su trabajo. Las deducciones se corresponden con los descuentos que aparecen en nómina y que deben practicarse en virtud de mandato legal (cotizaciones a la Seguridad Social e Ingreso a cuenta del IRPF), de resolución judicial o administrativa (embargos y otras retenciones) o convencionales (préstamos y anticipos). La cotización a la Seguridad Social por cuenta del trabajador depende del tipo de contrato, estando bonificados los de carácter indefinido, y se divide en tres conceptos: contingencias comunes, desempleo y formación profesional: El ingreso a cuenta del IRPF aparece expresado con un tanto por ciento a descontar del total, que se determina de conformidad con la normativa aplicable en función del volumen total de ingresos del trabajador previstos para el año y atendiendo a determinadas circunstancias personales (situación personal, número de hijos, abono de préstamo hipotecario, etc.). También deben aparecer las bases de cotización de la nómina, junto con el detalle de las bases del IRPF. Por último, el lugar de emisión, firma y sello de la empresa y trabajador. No es obligatorio que en la nómina figure la firma del emplea-

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do si el pago se ha realizado por medios bancarios. De esa forma se puede demostrar la percepción salarial por parte del trabajador. URKO IRAZABAL PUELLES IRENE GONZÁLEZ GARCÍA

NOMINAL Véase: "Real".

NORMA DE CALIDAD Véase: "Normalización y calidad".

NORMA SUBJETIVA Subjective norm I. CONCEPTO • II. ELEMENTOS DETERMINANTES EN LA ADOPCIÓN TECNOLÓGICA

I.

CONCEPTO

La Norma Subjetiva representa la percepción que tiene un individuo acerca de si las personas importantes en su vida piensan que debería realizar o no un comportamiento específico. La Norma Subjetiva ha sido estudiada dentro de modelos utilizados para explicar diferentes comportamientos, y entre estos para comprender la adopción de tecnologías, en la que se ha comprobado su influencia sobre la actitud de los individuos hacia usar una tecnología nueva así como su influencia sobre el uso mismo de dicha tecnología.

II.

ELEMENTOS DETERMINANTES EN LA ADOPCIÓN TECNOLÓGICA

La Norma Subjetiva puede tener dos contextos diferentes de adopción de tec-

7533

N ORMAL BACKWARDATION nologías: el contexto del usuario de una tecnología en el trabajo y el contexto del consumidor final en su hogar o en su ambiente personal. Bajo estos contextos se recurre a dos tipos de influencias de terceras personas: -

Influencia de los superiores: En el caso del contexto laboral se refiere a la valoración que hace el individuo acerca de lo que sus jefes piensan acerca de utilizar o no una tecnología, mientras que en el contexto personal los superiores se identifican en figuras de autoridad como los padres o profesores, entre otros.

-

Influencia de iguales: En el contexto laboral se refiere a la valoración que hace el individuo acerca de lo que sus compañeros de trabajo piensan sobre utilizar o no una tecnología, mientras que en el contexto personal los iguales se identifican en amigos o hermanos, entre otros.

Según el contexto y el tipo de tecnología a adoptar, los individuos presentarán diferentes tipos y magnitudes en las influencias, las cuales ayudarán a conformar la Norma Subjetiva general. JUAN FERNANDO TAVERA MESÍAS Véase también: "Adopción tecnológica".

NORMAL BACKWARDATION El concepto de normal backwardation está unido a los mercados de futu-

7534

ros de materias primas. En dichos mercados de futuros, el precio del futuro de una determinada materia prima puede divergir de forma importante con respecto al precio previsto del futuro de dicha materia prima (el precio previsto o precio teórico del futuro es el que se obtiene del cálculo del contado, de los tipos de interés y del plazo). Cuando se invierte en futuros cuyo subyacente son materias primas un factor crítico es analizar la diferencia entre el precio previsto del futuro y el precio real futuro (el precio real del futuro es el precio de mercado, es decir, el precio de cotización). Si el precio de cotización del futuro es inferior al del precio previsto, se dice que el futuro está en backwardation. A medida que un contrato de futuro se acerca a su vencimiento, el precio del futuro tiende a converger con respecto al precio previsto, por tanto, en una situación de normal backwardation los futuros con plazos más largos son más baratos. La existencia de mercados que están en una situación de normal backwardation se explica por la dificultad de arbitrar los futuros de materias primas y por la existencia de agentes que desean transferir riesgos. Un ejemplo de por qué se puede producir dicha situación sería el caso de un grupo de productores de petróleo que deciden vender más barato la materia prima que producen (petróleo) que lo que se debería vender según el futuro previsto, pero a cambio, tienen garantizada la venta de dicha materia prima a un determinado precio.

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N ORMALIZACIÓN CONTABLE

RAFAEL HURTADO COLL Véase también: "Contango"; "Contrato de futuros"; "Precio de futuro" y "Valoración de futuros".

NORMALIZACIÓN CONTABLE Accountant normalization I. CONCEPTO • II. FORMAS DE NORMALIZACIÓN • III. NORMALIZACIÓN CONTABLE INTERNACIONAL • IV. NORMALIZACIÓN CONTABLE EN ESPAÑA

I.

El objetivo de la normalización contable es aumentar la eficacia de la contabilidad como instrumento básico para lograr que los documentos contables sean un eficaz medio de información en las relaciones financieras entre las empresas y los usuarios.

II.

El proceso de normalización contable puede instrumentarse fundamentalmente de dos formas: -

Planificación: presenta un carácter legislativo y formal, persiguiendo la elaboración de un Plan General de Contabilidad (práctica continental).

-

Normas dictadas por asociaciones profesionales contables privadas (doctrina anglosajona).

CONCEPTO

Normalización contable es el proceso reglado y organizado que, mediante la elaboración y emisión de normas contables, tiende a la adopción de métodos y prácticas contables homogéneas para las empresas nacionales e internacionales en la elaboración de la información financiera, permitiendo que ésta sea comparable y comprensible para los usuarios en cualquier ámbito geográfico.

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FORMAS DE NORMALIZACIÓN

III.

NORMALIZACIÓN CONTABLE INTERNACIONAL

La normalización contable ha sido históricamente de ámbito nacional, por lo que cada país ha normalizado de dife-

7535

N ORMALIZACIÓN CONTABLE rente forma, haciendo difícil comparar la información de empresas de distintos países. La diversidad de sistemas contables ha generado problemas de comparabilidad, limitando los flujos de capitales ya que dificulta la evaluación de los riesgos, delimitando de esta forma la internacionalización de las empresas. Un mercado global requiere información homogénea. El "Internacional Accounting Standard Board" (IASB) es el organismo internacional más representativo de la normalización en el contexto europeo. Las normas publicadas por el IASB: Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) y su nueva denominación, Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) han sido asumidas por los estados miembros de la Unión Europea como cuerpo único contable, de aplicación obligatoria para determinadas empresas.

IV.

NORMALIZACIÓN CONTABLE EN ESPAÑA

En un principio, con objeto de lograr la concordancia de la normativa española con la europea, se publicó la Ley 19/1988, de 12 de julio, sobre Auditoría de Cuentas, la Ley 19/1989, de 25 de julio, sobre reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las Directivas de la Comunidad Económica Europea en materia de sociedades y el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (TRLSA). Toda esta legislación contable dio lugar a la publicación del Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprobaba el PGC, que supuso el desarrollo reglamentario en materia contable, iniciándose con él una nueva etapa en el proceso de normalización contable. Posteriormente, con la globalización, las empresas empiezan a reclamar la exis-

7536

tencia de información financiera de entidades extranjeras susceptible de comparación con la publicada por las empresas nacionales, a fin de invertir y acceder a los mercados de capitales internacionales. Como consecuencia, el 19 de septiembre de 2002 se publica en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas el Reglamento 1606/2002 de la UE, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad, que obliga a la utilización de las mismas para la confección de las cuentas consolidadas de las empresas que cotizan en Bolsa a partir del 1 de enero de 2005. Asimismo, este reglamento insta a los estados miembros de la Unión Europea a exigir o permitir el empleo de la normativa contable internacional para otro tipo de cuentas y empresas. España, a través del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), participó desde un primer momento en el proceso de armonización contable derivado de la estrategia iniciada por la Unión Europea. Actualmente en España, además de atender a la normativa contable internacional de determinadas empresas, hay que aplicar las normas contables contenidas en la legislación mercantil. Los requerimientos anteriores se han incorporado en la legislación española mediante las siguientes normas legales publicadas: -

Ley 62/2003, de 30 de diciembre, en la que se modificaron determinados artículos del Código de Comercio en vigor, así como del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

-

Ley de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, aprobada el 14 de junio de 2007, que actualiza determinados artículos del Código de Co-

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N ORMALIZACIÓN Y CALIDAD mercio, del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, del Texto Refundido de la Ley de Impuestos sobre Sociedades y de otras disposiciones en vigor. -

Plan General de Contabilidad 2007, adaptado a la normativa internacional, aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, así como el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, aprobado por medio del Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.

De esta forma la normativa contable se ha visto modificada, adaptándose a las nuevas exigencias implantadas en la Unión Europea. PILAR YUBERO HERMOSA Véase también: "Armonización contable"; "Comité de normas internacionales de contabilidad (IASB)"; "Generally Accepted Accounting Principles in US (GAAP)"; "Normas Internacionales de Auditoria (NIAs)" y "Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)".

NORMALIZACIÓN DE HABILIDADES Véase: "Mecanismo de coordinación en la organización".

NORMALIZACIÓN DE PROCESOS DE TRABAJO Véase: "Mecanismo de coordinación en la organización".

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NORMALIZACIÓN DE RESULTADOS Véase: "Mecanismo de coordinación en la organización".

NORMALIZACIÓN EN LA ORGANIZACIÓN Véase: "Mecanismo de coordinación en la organización".

NORMALIZACIÓN Y CALIDAD Normalization and quality I. CONCEPTO • II. CARACTERÍSTICAS 1. Ventajas de la normalización 2. Ámbito

I.

CONCEPTO

La normalización es el proceso de ajuste a una norma, por el cual se establece su conformidad en función de un modelo tipificado. Al abordar la normalización se está determinando, para la materia de que se trate, la caracterización del producto, proceso o servicio, tomando como referente para ello la normativa de aplicación. Mediante la normalización se establecen: una misma terminología, una clasificación armonizada, la aplicación de unas directrices comunes ya preestablecidas, unas especificaciones concretas, y/o los atributos (incluidas las valoraciones, o las descripciones, los métodos de prueba o las prescripciones, etc.) que son aplicables a un producto, proceso o servicio.

7537

N ORMALIZACIÓN Y CALIDAD II.

CARACTERÍSTICAS

La normalización se aplica para regular actividades desempeñadas, tanto en el ámbito privado como público (independientemente de las materias que aborde, como por ejemplo, salud, medio ambiente, seguridad, información, prácticas de comercio, industrial y laboral, etc.). Esta normalización, puede derivarse de un acuerdo, un compromiso o de la aplicación de una norma (o de una serie de normas) que, salvo servicios públicos de nivel básico, suelen ser de carácter voluntario. Las normas suelen ser consensuadas o elaboradas con la participación de los interesados (fabricantes, usuarios y consumidores, laboratorios, administración, centros de investigación, etc.) y aprobadas por un organismo reconocido. Las normas tienen el carácter de acuerdos documentados y contienen las especificaciones técnicas o criterios precisos para ser usados consistentemente como reglas o guías de referencia apropiadas para lograr el fin para el que se concibieron.

1. Ventajas de la normalización Mediante este proceso se facilita una comunicación eficaz, se evitan interpretaciones divergentes, se incrementa la fiabilidad y se contribuye a la eficiencia. Entre sus ventajas cabe citar principalmente: -

Reducir y simplificar procesos y aunar criterios

-

Establecer referencias (tipificadas)

-

Unificar los productos, procesos y datos (comunes).

-

Facilitar la comprensión y comunicación, mediante estándares

7538

-

Mejorar los aspectos de seguridad

-

Reducir costes generales

-

Proteger los intereses de los consumidores y, en general, de la sociedad, así como de las partes interesadas

Los principios básicos en el proceso de normalización son: representatividad, consenso, consulta pública, modificación y actualización. Su ámbito de desarrollo es asumido de forma generalizada –como por ejemplo, en los acuerdos y normas que se establecen a nivel ISO, CEN, CENELEC o a través de AENOR-.

2. Ámbito En el ámbito internacional ISO (Organización Internacional de Normalización) e IEC (Comisión Electrotécnica Internacional) los trabajos que abordan en su seno tienen por objeto específico así determinado, el favorecer el desarrollo de la normalización. -

Los trabajos desarrollados por ISO cubren prácticamente todos los sectores de la técnica, con excepción del campo eléctrico y electrotécnico, cuya responsabilidad recae en IEC.

-

Los miembros de ISO o IEC son los organismos que representan la normalización de un país y, tan sólo un organismo de cada país puede ser miembro de estas organizaciones.

-

La participación, para facilitar la normalización, en los comités técnicos de ISO/IEC puede ser como miembro participante, o bien como observador.

Existen distintos órganos de trabajo, considerados técnicos, que participan en los procesos de normalización. Podemos destacar: -

En 1997 se creó CEN/ISSS (Comité Europeen de Normalisation / Infor-

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N ORMALIZACIÓN Y CALIDAD mation Society Standardization System) para centralizar las actividades de normalización europea en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones. En particular, los talleres de CEN/ISSS producen los CEN Workshop Agreements (CWA). -

-

La norma europea (EN) conlleva la obligación de ser adoptada como una norma nacional idéntica a la originaria. También conlleva la necesidad de anular las normas nacionales que sean divergentes. Puede tratarse de normas que apoyan Directivas comunitarias o políticas comunitarias en diversas cuestiones como, por ejemplo, políticas industriales o de seguridad de los consumidores. Cuando se elaboran a solicitud de la Comisión Europea (y/o bien la Asociación Europea de Libre Comercio) se conocen como normas europeas mandatadas. Una norma armonizada es una norma mandatada que ofrece soluciones técnicas necesarias para dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales de una o varias Directivas y sus referencias se han de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea.

-

Otro ejemplo, ampliamente difundido entre las sociedades modernas y avanzadas, lo encontramos en procesos de normalización relacionados con la conservación del medio ambiente, la disminución y control de las fuentes de contaminación y del impacto negativo que puede producirse y, en general por el respeto y preservación del entorno y los recursos. Este proceso de normalización de la actividad industrial, productiva, de servicios, etc., que desarrollan las organizaciones, requiere de una normalización consensuada de contribuya a un desarrollo más sostenible. Su implantación más habitual es la que toma como referente la norma UNEEN -ISO 14001.

-

Otros modelos que siguen procesos de normalización se desarrollan en paralelo al avance de la actividad humana en las organizaciones. Las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) presentes, hoy día, cada vez con mayor peso en nuestra vida cotidiana, disponen de normas como la ISO 27001. Esta surge para mejorar la seguridad en el intercambio de información (armonizando y tipificando los flujos de información a través de sistemas automatizados, electrónicos y de telecomunicaciones, usando la informática).

-

Otro ejemplo de normalización sería el marcado CE de productos.

En nuestro ámbito nacional la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) es quien asumió la responsabilidad para normas ISO (en 1987) e IEC (en 1995) y es, por tanto, quien representa los intereses españoles en el campo de la normalización y quien distribuye los productos de ISO/IEC, CEN/CENELEC, así como las normas UNE.

Ejemplos claros de sistemas y modelos normalizados para la calidad serían, entre otros: -

Permite una significativa mejora mediante la sistematización de la gestión empresarial como conjunto, al actuar sobre los diversos aspectos (y componentes), sobre la estructura organizativa, sobre las personas, sobre las actividades y/o sobre los procesos, productos y servicios, conforme a lo establecido en dicha norma.

La implantación de sistemas de gestión de la calidad, conforme a Normas Internacionales ISO 9001: 2008.

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Cuando se aborda un proceso de normalización como garantía hacia terce-

7539

N ORMAS DE AUDITORÍA GENERALMENTE ACEPTADAS ros, ajenos a la organización en la que se ha llevado a cabo, dicho proceso se puede justificar mediante su correspondiente "certificación". En España esta certificación se debe realizar por las Entidades de Certificación, acreditadas a su vez, por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). ENAC acredita a las entidades de certificación, verificando en cada uno de los sectores la competencia técnica de la entidad de certificación y/o normas concretas acordes que son, en definitiva, los referentes de la normalización. C. JAVIER HERNANDO FREILE

NORMAS DE AUDITORÍA GENERALMENTE ACEPTADAS Generally accepted auditing standards Las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGAs) son los principios fundamentales de auditoría a los que deben ceñirse los auditores durante el proceso de la auditoría. En el ámbito nacional son las siguientes: -

Las contenidas en la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, así como en su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre.

-

Las Normas Técnicas de Auditoría, publicadas conforme a lo establecido en el Capítulo II del Real Decreto 1636/1990.

-

Para lo no establecido en las Normas Técnicas emitidas y publicadas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, tendrán la consideración de éstas los usos o prácticas habituales de los auditores de cuentas, entendidos como los actos reiterados, constantes y generalizados observados por aquellos en el desarrollo de su actividad. Asimismo, estarán aceptados cualquier uso o práctica observada en el ámbito mundial y utilizado de forma habitual por los auditores, siempre y cuando no se oponga a las disposiciones legales.

Véase también: "Certificación de productos" y "Directivas".

LO ESENCIAL SOBRE NORMALIZACIÓN Y CALIDAD Webgrafía •



• • • •



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www.cenelec.eu/Cenelec/Homepage.htm Comité Europeo de Normalización Electrotécnica www.cen.eu/cenorm/homepage.htm Comité Europeo para la estandarización. http://europa.eu/legislation_summaries Web de la Comunidad Europea www.un.org/es Organización de Naciones Unidas – ONU www.enac.es/web/enac/inicio Entidad Nacional de Acreditación www.iso.org/iso/home.htm Organización Internacional para la Estandarización www.aenor.es/desarrollo/inicio/home/home.asp Asociación Española de Normalización y Certificación.

PILAR YUBERO HERMOSA Véase también: "Normas Internacionales de Auditoria (NIAs)" y "Normas técnicas de auditoría".

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N ORMAS DE ORIGEN

NORMAS DE CONTABILIDAD Véase: "Normalización contable".

NORMAS DE ORIGEN

la procedencia de los productos se basa en "la transformación sustancial del bien" o el "cambio en la partida arancelaria". Por esta razón, se ha impulsado desde los organismos multilaterales la armonización de las normas de origen, lo que facilitaría enormemente el desarrollo del comercio internacional, evitándose que algunos países pudiesen utilizarlas como forma de frenar dicho comercio.

Rules of origin I. CONCEPTO • II. EL TRATAMIENTO MULTILATERAL DE LAS NORMAS DE ORIGEN • III. LA NORMATIVA COMUNITARIA 1. Acumulación Bilateral 2. Acumulación Diagonal 3. Acumulación Total

I.

CONCEPTO

Las normas de origen son un conjunto de reglamentaciones, aceptadas a escala multilateral, que tienen como objetivo determinar la procedencia nacional de un producto comerciado. La necesidad de formular todo un compendio de normas sobre el origen de las mercancías comerciadas viene a raíz del desarrollo del comercio internacional y la deslocalización y fragmentación de la producción en el ámbito mundial. Dado que los derechos arancelarios o las restricciones comerciales varían según la procedencia del producto, es necesario conocer con la mayor precisión posible cuál es el origen de dichos bienes. De hecho, si un país quisiese acogerse a un trato preferencial en el comercio de sus bienes, o si se pretendiese aplicar unas medidas antidumping o de salvaguardia, o en el caso de la contratación pública, o en materia de normas sobre el etiquetado de los productos, es necesario conocer cuál es la procedencia de los bienes que se van a ver afectados. Ahora bien, estas normas no son iguales en todos los países, aunque en general el concepto clave para designar

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II.

EL TRATAMIENTO MULTILATERAL DE LAS NORMAS DE ORIGEN

Desde la Organización Mundial de Comercio las normas de origen han sido uno de los aspectos que más atención se está prestando desde los últimos años. Fue a raíz de la Ronda Uruguay del GATT (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio) cuando se vio la necesidad de actuar en este campo, no sólo porque las discrepancias entre países en normas de origen eran cada vez mayores, sino también porque el número de acuerdos comerciales preferenciales estaba creciendo de forma considerable. De esta forma, se comienza a diferenciar entre las normas de origen preferenciales y las no preferenciales; y se exige que todas deben ser transparentes, y de aplicación coherente, razonable, imparcial y uniforme. En lo referente a las normas de origen no preferenciales, el artículo 1 del Acuerdo las define como "las leyes, reglamentos y decisiones administrativas de aplicación general aplicados para determinar el país de origen de las mercancías excepto los que den lugar al otorgamiento de preferencias arancelarias", siendo entonces las que se establezcan en actuaciones como las de derechos antidumping, medidas de salvaguardia, Nación Más Favorecida, derechos compensatorios o restricciones cuantitativas o contingentes arancelarios.

7541

N ORMAS DE ORIGEN Las normas de origen preferenciales, por su parte, son aquéllas que han de aplicarse para productos comerciados entre países en los que hay firmado un acuerdo de integración regional o un acuerdo preferencial de comercio. Para que el bien pueda acogerse a los privilegios arancelarios de dicha zona ha de cumplir con las normas de origen ya establecidas por todos los miembros del grupo de integración.

III.

LA NORMATIVA COMUNITARIA

La Unión Europea establece que los productos que quieran ser vendidos en territorio comunitario deben exponer con claridad cuál es el origen o nacionalidad económica de la materia a exportar; para ello se entenderán como productos originarios de un determinado país aquellas materias primas extraídas, o los componentes producidos en dicho país (siendo éstos "productos totalmente obtenidos"), o los materiales que no procedan de dicho país, pero que han sido elaborados o transformados en él. Por lo tanto, si el producto ha sido transformado en más de un país, el origen se establecerá en aquel en el que se haya producido la última transformación sustancial. Y esto se produce, o bien cuando hay un cambio en la partida arancelaria (según la clasificación de la Nomenclatura Combinada), o bien, cuando el valor añadido producido, al menos, alcanza un mínimo establecido. De esta forma, nos encontramos que puede ir dándose una acumulación de países que intervienen en el proceso de producción del bien, conocido como acumulación de origen. Esto es, si dos o más países intervienen en la producción de un bien, con las mismas normas de origen y todos ellos forman parte de un acuerdo preferencial, entonces los bienes que se han obtenido en uno de los países socios pueden ser utilizados con

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productos originados en otro país socio sin perjuicio del status preferencial del país terminado. Esta acumulación de origen puede ser de tres tipos distintos: bilateral, diagonal o total.

1. Acumulación Bilateral Se da en aquellos casos en los que intervienen dos o más países con acuerdos comerciales preferenciales, de tal forma que los productores de cada país socio pueden usar las materias primas y los componentes originados en los otros países socios como si se hubiesen originado en su propio país; y las operaciones llevadas a cabo en uno de los países socios pueden ser agregadas a las aplicadas por los otros para conferir el estatus de origen en los bienes comerciados entre ellos.

2. Acumulación Diagonal En ella intervienen más de dos países, entre los cuales hay firmados acuerdos preferenciales y todos ellos siguen las mismas reglas de origen en todo lo referido a procesamiento y transformación de materiales no originarios. De esta forma, uno de los países puede aplicar la acumulación diagonal en su comercio con los otros dos países si sus acuerdos estipulan tal acumulación. En este tipo de acumulación quedarían incluidos todos los países que tienen firmados acuerdos con la Comunidad, buen ejemplo de ello es la acumulación paneuropea entre la CE, Islandia, Noruega, Suiza, Liechtenstein, Turquía, Bulgaria y Rumania.

3. Acumulación Total La Comunidad Europea aplica la acumulación total en el seno del Espacio Económico Europeo (EEE) firmado con Islandia, Liechtenstein y Noruega y tam-

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N ORMAS FISCALES bién ampliable a Túnez, Marruecos y Argelia, sobre la base de algunos protocolos paneuropeos de acumulación de origen. En este sentido, todas las operaciones llevadas a cabo en un producto dentro del EEE sólo se tendrán en cuenta cuando se evalúe el origen final. Así, se entiende que no se necesitará que los bienes sean originarios de uno de los países socios del EEE antes de ser exportados para nuevamente ser procesados en otro país del EEE. INMACULADA HURTADO OCAÑA Véase también: "Arancel aduanero común"; "Comercio internacional"; "Organización Mundial del Comercio (OMC)" y "Política comercial común".

NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN Véase: "Plan general de contabilidad".

NORMAS FISCALES Tax laws I. INTRODUCCIÓN. CONCEPTO 1. Clases de normas fiscales 2. Las normas fiscales españolas "generales" 3. Las normas fiscales específicas de los tributos • II. LA RESERVA DE LEY EN MATERIA TRIBUTARIA 1. La Reserva de Ley en la Constitución: fundamento 2. La relatividad de la Reserva • III. LIMITACIONES EN NORMAS DE CARÁCTER LEGISLATIVO 1. El Decreto-Ley 2. La Ley de Presupuestos

I.

INTRODUCCIÓN. CONCEPTO

Lo que comúnmente se conoce como "Normas fiscales" podría definirse como el conjunto de normas relativas a los

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tributos, su establecimiento, regulación, y procedimientos de aplicación.

1. Clases de normas fiscales Esta normativa tiene orígenes y características muy variadas. Así, por su jerarquía, tenemos Normas Internacionales (Tratados internacionales y Derecho comunitario derivado), Normas Constitucionales, Leyes Orgánicas, Leyes, Decretos-Leyes, Decretos legislativos y Reglamentos. Más dudoso es que puedan considerarse normas las Circulares y Ordenes interpretativas emitidas por la Administración tributaria, dado que además, jurídicamente sólo vinculan a ésta. Por otra parte, la emisión de normas que tienen relevancia fiscal o tributaria es competencia de más de un Poder público. Así, la Unión europea tiene ciertas competencias limitadas en materia tributaria, pero puede emitir normas que afecten a la normativa fiscal en el uso de otras competencias, como las relativas al mercado interior (competencia, libertad de establecimiento, etc.) En el ámbito interno, aunque el art. 133.1 de la Constitución habla de la "competencia originaria" del Estado para establecer tributos, lo cierto es que la competencia para emitir normativa en materia tributaria está repartida entre el Estado, las Comunidades Autónomas, e incluso las Corporaciones Locales, si bien con distinta intensidad. Finalmente, por su objeto, las normas fiscales pueden ser las reguladoras en bloque de un tributo (por ejemplo la ley 35/2006, reguladora del IRPF), o sencillamente afectar a algún aspecto de éste. Además, también pueden venir referidas única o principalmente a aspectos procedimentales (por ejemplo, el RD 1065/2007, regulador del procedimiento de gestión).

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N ORMAS FISCALES 2. Las normas fiscales españolas "generales" Se trata de normas fiscales que están por debajo del nivel constitucional. Son normas relativas a cuestiones generales que afectan a todos los tributos. Esto es, las referidas, fundamentalmente, al concepto de tributo, sus fuentes, elementos, y procedimientos de aplicación. Este bloque normativo tiene como ley principal la Ley 58/2003, General Tributaria. Dicha ley ha sido desarrollada por varios reglamentos, que se ocupan de los procedimientos específicos de aplicación, recaudación, inspección, así como de imposición de sanciones. Asimismo, se insertan aquí algunos reglamentos referidos a deberes formales que afectan a

determinados obligados (como los empresarios, o los empleadores) sin que estén conectados con ningún tributo, al menos propio, sino con la situación fiscal de un tercero, o con el objetivo de prestar información a la Administración tributaria. Así, por ejemplo, en el caso de la retención a cuenta, o del deber de prestar información sobre operaciones con terceros de más de 3.000 euros en el año anterior. Por supuesto, otras leyes específicas también tienen relevancia en este punto, como el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, arts. 305-310) que regula los delitos contra la Hacienda Pública. En el siguiente cuadro enumeramos la normativa básica de esta parte de "general aplicación" a todos los tributos.

LEY GENERAL TRIBUTARIA Ley 58/2003, de 17 de Diciembre Reglamentos desarrollo

de Aplicación e Ins- RD 1065/2007, de 27 de julio, Reglamento General de pección aplicación de los tributos e Inspección Tributaria. Recaudación

RD 939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación.

Infracciones

RD 2063/ 2004, de 15 de octubre, Reglamento del régimen sancionador tributario.

Revisión

RD 520/2005, de 13 mayo, Reglamento General de Revisión.

3. Las normas fiscales específicas de los tributos

En efecto, en el ámbito autonómico, tenemos:

Son las normas relativas a los distintos tributos en particular. Aquí encontramos normas estatales, autonómicas y locales.

-

Los Estatutos de Autonomía.

-

La ley Orgánica 8/1980, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).

Pero además, encontramos normas estatales referidas a los sistemas tributarios autonómicos y locales, y que delimitan las competencias de Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.

-

La ley 21/2001, de medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las CCAA.

-

Las leyes 25/2003, de 15 de julio, y la ley 12/2002, de 23 de mayo, que re-

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N ORMAS FISCALES gulan, respectivamente, el Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra, y el Concierto económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco. En el marco de las competencias otorgadas por esta normativa, las Comunidades Autónomas pueden emitir leyes y reglamentos sobre sus tributos propios y sobre aquellos que tengan competencias normativas, totales o limitadas. En el terreno local, la ley estatal fundamental es el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 55 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL). Dicha ley remite a las Corporaciones Locales para la regulación de algunos de los aspectos relativos a los tributos cuya titularidad se les reconoce. Esta regulación, dado que las Corporaciones Locales no tienen potestad legislativa, deberá realizarse mediante sus Ordenanzas Fiscales, que son normas de rango reglamentario emitidas por el Pleno de la Corporación local.

II.

LA RESERVA DE LEY EN MATERIA TRIBUTARIA

En el ámbito fiscal, la normativa que puede regular una materia dependerá, por un lado, como hemos visto, de quién sea la Entidad política competente. Pero también del cumplimiento de las reglas sobre el sistema de fuentes. En este ámbito, como en otros en los que el poder público puede interferir en la esfera personal y/o patrimonial del ciudadano, la Constitución Española, siguiendo la tradición constitucional occidental, ha establecido la Reserva de Ley para establecer tributos (rule of law, o principio de legalidad). Esta reserva significa un plus respecto de la simple supremacía de ley derivada del principio de jerarquía normativa. No puede regularse la materia tributaria si no es mediante

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ley, o en su caso, mediante autorización legal. Por lo que no cabe el reglamento extra legem en materia fiscal.

1. La Reserva de Ley en la Constitución: fundamento Dicha Reserva de Ley está establecida en los artículos 31.3 y 133.1 de la Constitución. El primero, expresión genérica de este principio de la necesidad de ley para justificar las injerencias en la esfera de los ciudadanos, establece: "art. 33.1. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley." El segundo, específicamente referido a la materia tributaria: "art. 133. 1). La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley. 2) Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes. 3) Todo beneficio fiscal que afecte a los tributos del Estado deberá establecerse en virtud de ley." El fundamento de la reserva, según la Doctrina y el Tribunal Constitucional (SSTC 19/87, 185/1995, y 233/1999), sería doble: -

Cumplimiento del principio de autoimposición, al garantizar que son los representantes de los ciudadanos democráticamente elegidos los que autorizan el tributo. En esta línea, actuaría de garantía del derecho de propiedad.

-

Preserva la paridad básica de posición de todos los ciudadanos, al determinar que el órgano competente

7545

N ORMAS FISCALES para establecer tributos está compuesto por representantes de todos los intereses sociales y económicos.

portante sea para la configuración del sistema tributario, más intensa será la Reserva de Ley. Así, por ejemplo, los impuestos requerirán una mayor regulación legal que las tasas o las contribuciones especiales.

2. La relatividad de la Reserva La existencia de Reserva de Ley no significa que todas las normas relativas a los distintos tributos deban ser leyes. Ya hemos visto cómo también había reglamentos incidiendo en materia fiscal. Y ello por dos razones: -

En primer lugar la Reserva de Ley no afecta a toda la materia fiscal, sino sólo al establecimiento y regulación de los tributos. La regulación de los procedimientos administrativos sólo estará reservada a la ley en la medida en que incida directamente en la cuantificación de éstos, o por razón de otras reservas de ley, como la de atribuir potestades a las Administraciones públicas.

-

En segundo lugar, ni siquiera en el ámbito reservado a la ley, ésta debe hacer una regulación exhaustiva, sino que cabe que remita, para su desarrollo, al reglamento, una vez se ha asegurado el régimen básico del tributo.

En efecto, la Reserva de Ley se califica como relativa por el propio Tribunal Constitucional, sólo se refiere a los elementos esenciales del tributo, en la medida en que puedan afectar al deber de contribuir (STC 182/1997). El artículo 8 de la Ley General Tributaria concreta o precisa qué elementos deben considerarse, en todo caso, reservados a la Ley. Debe tenerse en cuenta, además, que el terreno reservado a la Ley en relación con el reglamento varía según dos criterios: -

En relación con el tributo al que nos refiramos. En efecto, según el Tribunal Constitucional, cuanto más im-

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-

En relación con el Reglamento estatal (o autonómico) y el reglamento local. La Ordenanza Fiscal posee dos características que la diferencian profundamente del Reglamento estatal: •

Se trata de una norma con un fundamento democrático similar a la ley, ya que se aprueba por el Pleno de la Corporación, frente al Reglamento estatal, que constituye una norma del Ejecutivo. La única diferencia con la ley estatal o autonómica, a estos efectos, es del ámbito geográfico de referencia.



Las Corporaciones Locales no tienen potestad legislativa, y sin embargo, la Constitución les reconoce potestad para establecer tributos (art. 133.2 CE) y autonomía financiera (art. 142 CE).

Estas características han llevado al Tribunal Constitucional (STC 19/1987) a señalar que la ley estatal reguladora de sus tributos deberá dejar un margen de decisión a la Corporación Local competente.

III.

LIMITACIONES EN NORMAS DE CARÁCTER LEGISLATIVO

Existen algunas limitaciones en ciertas normas de rango legal, pero con características especiales que hacen que en ellas juegue un papel predominante el Ejecutivo, y que por lo tanto, no cumplirían en toda su extensión, los objetivos de la Reserva de Ley. Estas normas serían el Decreto-Ley y la Ley de Presupuestos Generales.

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N ORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA (NIAS) 1. El Decreto-Ley El art. 86 de la Constitución establece los límites del Decreto-Ley, al decir que "...no podrán afectar... a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el artículo I...". El Tribunal Constitucional se ha encargado de aclarar (véase Sentencia 182/1997) que dicho precepto no excluye absolutamente el Decreto-Ley de la normativa fiscal, ni puede equipararse su papel al de un mero Reglamento, sino que impide que pueda regularse el régimen general del deber de contribuir; esto es, no puede utilizarse para modificaciones importantes del sistema tributario, ni cuando el principio de capacidad económica, como criterio regulador de dicho sistema, pueda verse afectado.

2. La Ley de Presupuestos En relación con la Ley de Presupuestos, la Constitución, en su art. 134.7, establece que: "La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea." Este precepto ha sido interpretado por el Tribunal Constitucional en su Sentencia 27/1981, de 20 de julio. MARÍA PILAR ALGUACIL MARÍ

LO ESENCIAL SOBRE NORMAS FISCALES Artículos de opinión •

ALGUACIL MARI, M. P. "Doctrina del Tribunal Constitucional español sobre principios formales del ordenamiento tributario", Revista Iberoamericana de Derecho Tributario , de Edersa, n º 1, 1996, Páginas 211-236.

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ALGUACIL MARI, M. P. "Acerca de la flexibilidad de la reserva de ley en materia tributaria", Revista Española de Derecho Financiero, n.º 101, 1999. Páginas 5-34.

NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA (NIAS) International Standards on Auditing (ISAs) Las Normas Internacionales de Auditoría, también conocidas como "International Standards on Auditing" (ISAs), son pautas con la finalidad de armonizar los comportamientos técnicos de los profesionales de la auditoria en el desempeño de sus actuaciones. Son desarrolladas por el "International Federation of Accountants" (IFAC) una organización privada que representa a la profesión auditora y entre sus objetivos tiene la labor de emitir y desarrollar las normas profesionales de auditoria (NIAs). La Directiva 2006/43/EC relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas (Octava Directiva) establece las pautas que se deben cumplir para adoptar las NIAs en el ámbito de la Unión Europea (UE): -

Son normas de obligatoria aplicación en la ejecución de las auditorías legales en los Estados miembros de la UE.

-

La Comisión Europea aprueba el uso de los NIAs en la UE, en conformidad con un procedimiento de consulta, como cuerpo normativo de auditoría único.

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N ORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD (NIC) -

-

Los Estados miembros tienen que implementar la Directiva, en una fecha determinada (antes de dos años de su publicación: 28 de junio de 2008). España, entre otros países, ha sido denunciada y llevada ante el Tribunal de Justicia Europeo por incumplir el plazo de adaptación a la Octava Directiva. Los Estados miembros tienen el derecho de imponer requisitos adicionales (hasta 2010) o en casos excepcionales eliminarlos.

que se entenderán por normas internacionales de contabilidad las siguientes: -

Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), también conocidas como "International Accounting Standards" (IAS).

-

Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), también conocidas como "International Financial Reporting Standards" (IFRS).

-

Las interpretaciones de las NIC/NIIIF (SIC/IFRIC/CINIIF).

PILAR YUBERO HERMOSA Véase también: "Normalización contable" y "Organizaciones profesionales de auditoría".

NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD (NIC) International Accounting Standards (IAS) Las Normas Internacionales de Contabilidad son un conjunto de normas de alta calidad, que regulan la información que debe presentarse en los estados financieros, orientadas al inversor, cuyo objetivo es reflejar la esencia económica de las operaciones del negocio, y presentar una imagen fiel de la situación financiera de la empresa más acorde con los valores de mercado, facilitando la comparabilidad de los estados financieros entre empresas. El artículo 2 del Reglamento 1606/2002 de la Unión Europea (UE), de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad en los Estados miembros, señala

7548

Las normas internacionales de contabilidad, como recoge el mencionado Reglamento, tienen como objetivo garantizar: -

Un alto grado de transparencia.

-

La comparabilidad de la información.

-

El funcionamiento eficiente del mercado de capitales de la Comunidad y en suma del mercado interior.

Las NIC/NIIF para poder incorporarse al derecho contable europeo deben ser analizadas técnicamente por el EFRAG (European Reporting Advisory), tomando la decisión final sobre su adopción legal el denominado Comité Regulador de la Contabilidad (Accounting Regulatory Committee) y la propia Comisión Europea. La UE con la publicación del Reglamento (CE) nº 1725/2003 de la Comisión de 29 de septiembre de 2003, adoptó determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo. Posteriormente la UE está actualizando las NIC e incorporando nuevas normas internacionales, que se emiten bajo la denomina-

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N ORMAS TÉCNICAS DE AUDITORÍA ción NIIF, mediante la publicación de Reglamentos de la Comisión. Las NIC/NIIF son emitidas por el "International Accounting Standards Board" (IASB), organismo internacional privado de normalización contable establecido en Londres. Así, a partir del 1 de enero de 2005 los grupos de sociedades cuyas acciones o títulos de deuda cotizan en un mercado regulado en el ámbito de la UE (el resto de grupos y sociedades, aplicarán la normativa contable que decida cada Estado miembro), aplicarán las normas internacionales de contabilidad emitidas por el IASB en la elaboración de sus cuentas consolidadas, una vez adoptadas por la Comisión Europea conforme al procedimiento que el propio Reglamento establece y publicadas como normas jurídicas comunitarias en el DOCE (Diario Oficial de las Comunidades Europeas). PILAR YUBERO HERMOSA Véase también: "Armonización contable"; "Comité de normas internacionales de contabilidad (IASB)"; "Generally Accepted Accounting Principles in US (GAAP)" y "Normalización contable".

NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) Véase: "Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)".

NORMAS TÉCNICAS DE AUDITORÍA Technical procedure of audit I. CONCEPTO • II. CLASIFICACIÓN 1. Normas técnicas de carácter general • 2. Normas

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técnicas sobre ejecución del trabajo • 3. Normas técnicas sobre informes • III. OTRAS NORMAS TÉCNICAS POSTERIORES A 1991

I.

CONCEPTO

Son un conjunto de normas donde se recogen los principios y requisitos de auditoría que deben ser observados por los auditores en el proceso de su actuación, al objeto de expresar una opinión técnica responsable. El cumplimiento de estas normas garantiza la calidad del trabajo profesional del auditor, ya que establecen las características personales del auditor, la forma de realizar su trabajo y de elaborar su informe. En España el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), tiene atribuida, entre otras competencias, la de homologar y publicar, en su caso, normas técnicas de auditoría, elaboradas por las corporaciones de derecho público representativas de quienes realicen auditoría de cuentas y de acuerdo con los principios generales y práctica comúnmente admitida en los países de la Unión Europea, así como la elaboración, adaptación o revisión de las mismas normas en el caso de que las referidas corporaciones no procediesen a efectuar tal elaboración, adaptación o revisión, previo el correspondiente requerimiento por parte del ICAC.

II.

CLASIFICACIÓN

La Resolución de 19 de enero de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publican las Normas Técnicas de Auditoría, son de obligado cumplimiento en el ejercicio de la función de auditoría de cuentas para todos los auditores, así como, para las sociedades de auditoría inscritas en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC). Esta obligación también está recogida en el

7549

N ORMAS TÉCNICAS DE AUDITORÍA artículo 1.3 de la Ley de Auditoría de Cuentas.

posición imparcial y objetiva durante su actuación, ante todos los problemas de la empresa donde realice su actividad.

Las Normas Técnicas se clasifican en: 1.

Normas generales

2.

Normas sobre ejecución del trabajo

3.

Normas sobre informes

1. Normas técnicas de carácter general Regulan las condiciones que deben reunir el auditor de cuentas y su comportamiento en el desarrollo de la actividad de auditoría de cuentas. Estas normas distinguen los siguientes aspectos: -

Formación técnica y capacidad profesional

-

Independencia, integridad y objetividad

-

Diligencia profesional

-

Responsabilidad

-

Secreto profesional

-

Honorarios y comisiones

-

Publicidad

a) Formación técnica y capacidad profesional La auditoría debe realizarse por personas que tengan formación técnica y capacidad profesional en contabilidad y auditoria, además de la autorización exigida legalmente. Asimismo, el auditor deberá llevar a cabo una actualización permanente de sus conocimientos.

b) Independencia, integridad y objetividad El trabajo que realiza el auditor debe mantener independencia de criterio, por tanto debe tener independencia total frente a sus clientes, manteniendo una

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En relación a la integridad se debe entender como tal, la rectitud intachable en el ejercicio profesional, que le obliga, en el ejercicio de su profesión, a ser honesto y sincero en la realización de su trabajo y la emisión de su informe. La objetividad implica el mantenimiento de una actitud imparcial en todas las funciones del auditor. Para ello, deberá gozar de una total independencia en sus relaciones con la entidad auditada. Debe ser justo y no permitir ningún tipo de influencia o prejuicio. La norma añade que para ser y parecer independiente, el auditor no debe tener intereses ajenos a los profesionales, ni estar sujeto a influencias susceptibles de comprometer tanto la solución objetiva de los problemas que puedan serle sometidos, como la libertad de expresar su opinión profesional.

c) Diligencia profesional En la ejecución del trabajo y preparación del informe, la norma exige que se actuará con una adecuada responsabilidad. Esto significa que se revisará de forma crítica el trabajo en cada nivel. Asimismo, no se aceptarán trabajos que no puedan realizarse con la debida diligencia y se confeccionaran los papeles de trabajo que sirvan de soporte a la opinión, obteniendo asesoramiento externo, si es necesario y se establecerán controles de calidad.

d) Responsabilidad Es responsabilidad del auditor el cumplimiento de las Normas de Auditoría establecidas, siendo a su vez responsable del cumplimiento de las mismas por parte de los profesionales del equipo

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N ORMAS TÉCNICAS DE AUDITORÍA de auditoría. Del mismo modo, la norma establece que, el auditor debe prestar servicios de calidad a sus clientes y con respeto a los intereses de éstos.

por los auditores de cuentas. Se diferencia entre: -

Contrato o carta de encargo

Por otro lado, el trabajo de auditoria no está específicamente destinado a detectar irregularidades de todo tipo e importe que hayan podido cometerse. Del mismo modo, entre las funciones del auditor de cuentas tampoco se incluyen la predicción de sucesos futuros, por lo tanto, la emisión de un informe sin salvedades sobre las cuentas anuales no constituye una garantía o seguridad de que la entidad tenga capacidad para continuar su actividad durante un período determinado después de la fecha de dicho informe.

-

Planificación

-

Estudio y evaluación del sistema de control interno

-

Evidencia

-

Documentación del trabajo

-

Supervisión

e) Secreto profesional El auditor debe guardar la confidencialidad de los asuntos que interesen a sus clientes y no podrá, sin autorización, revelar hechos e informaciones conocidos a través de su intervención profesional, salvo que se vea obligado a ello por disposiciones legales o profesionales.

f) Honorarios y Comisiones Los honorarios se basarán en tarifas horarias, indicándose en la carta de encargo, entre otras cosas: las horas estimadas para la realización del contrato, honorarios para el primer ejercicio, condiciones de pago, etc.

g) Publicidad Un auditor no puede hacer publicidad para captar clientes en prensa u otro medio de comunicación.

2. Normas técnicas sobre ejecución del trabajo Estas normas tienen como objetivo la determinación de los medios y actuaciones que han de ser utilizados y aplicados

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a) Contrato o carta de encargo El encargo se hará necesariamente por escrito, especificando todas las particularidades del trabajo que ha de realizar el auditor, que va desde definir el alcance de trabajo hasta los honorarios. Estableciéndose la responsabilidad del cliente y del auditor.

b) Planificación Se deberá planificar su trabajo de forma que pueda desarrollar su actividad de una manera eficaz y programada. Su plan de actuación se deberá basar en el perfecto conocimiento de la actividad del cliente.

c) Estudio y evaluación del sistema de control interno Se efectuara un estudio y evaluación adecuada del control interno como base fiable para la determinación del alcance, naturaleza y momento de realización de las pruebas a las que deberán concretarse los procedimientos de auditoría.

d) Evidencia Se obtendrá evidencia suficiente y adecuada, mediante la realización y evaluación de las pruebas de auditoría que se consideren necesarias, al objeto de obtener una base de juicio razonable sobre los datos contenidos en las cuentas

7551

N ORMAS TÉCNICAS DE AUDITORÍA anuales que se examinan y poder expresar una opinión respecto de las mismas.

e) Documentación del trabajo Los papeles de trabajo comprenden la totalidad de los documentos preparados o recibidos por el auditor, de manera que, en conjunto, constituyen un compendio de la información utilizada y de las pruebas efectuadas en la ejecución de su trabajo, junto con las decisiones que ha debido tomar para llegar a formar su opinión.

damente representativa de la situación financiera y patrimonial de la entidad, salvo que el auditor indique lo contrario en su informe.

d) Opinión del auditor En el informe se expresará la opinión en relación con los estados financieros tomados en su conjunto, o una afirmación de que no se puede expresar su opinión.

III.

f) Supervisión Se dirigirán los trabajos profesionales del equipo de auditoría para lograr los objetivos del examen y comprobar que se lograron esos objetivos.

3. Normas técnicas sobre informes Las normas técnicas sobre preparación de informes regulan los principios que han de ser observados en la elaboración y presentación del informe de auditoría cuentas.

OTRAS NORMAS TÉCNICAS POSTERIORES A 1991

Posteriormente a la publicación de la Resolución de 19 de enero de 1991, del Presidente del ICAC, por la que se aprobaban Normas Técnicas de Auditoría (NTA), se empezaron a publicar las normas técnicas, que se enumeran a continuación: -

NTA sobre control de calidad (1993).

-

NTA sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento (1993).

-

El auditor debe manifestar en el dictamen si los estados financieros han sido preparados y si se presentan de acuerdo con los principios de contabilidad aceptados.

NTA sobre la obligación de comunicar las debilidades significativas de control interno (1994).

-

NTA sobre la utilización del trabajo de expertos independientes por auditores de cuentas (1996).

b) Norma sobre uniformidad

-

NTA sobre el concepto de importancia relativa (1999).

-

NTA sobre la carta de manifestaciones de la dirección (1999).

-

NTA sobre el contrato de auditoría o carta de encargo (1999).

-

NTA sobre el efecto 2000 (1999).

-

NTA sobre errores e irregularidades (2000).

a) Subordinación a los principios de contabilidad generalmente aceptados

El informe expresará si los principios de contabilidad generalmente aceptados han sido aplicados uniformemente durante el período anterior.

c) Adecuación de la información obtenida en los estados financieros La información contenida en las cuentas anuales se considerará adecua-

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N ORMAS Y REGLAMENTOS TÉCNICOS -

NTA sobre la consideración del trabajo realizado por auditoría interna (2000).

-

NTA sobre el cumplimiento de la normativa aplicable a la entidad auditada (2001).

-

NTA sobre estimaciones contables (2001).

-

NTA sobre procedimientos analíticos (2001).

-

NTA sobre relación entre auditores (2003).

-

NTA sobre (2003).

-

NTA sobre confirmaciones de terceros (2003).

-

NTA sobre evidencia de auditoría: consideraciones adicionales en determinadas áreas (2003).

-

NTA sobre la auditoría de cuentas en entornos informatizados (2003).

-

NTA sobre los saldos de apertura en una primera auditoría (2004).

-

NTA sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades que exteriorizan procesos de administración (2004).

hechos

posteriores

-

NTA sobre la utilización de técnicas de muestreo y de otros procedimientos de comprobación selectiva (2004).

-

NTA sobre otra información incluida en documentos que acompañan a las cuentas anuales auditadas (2004).

-

NTA sobre elaboración del Informe Complementario al de auditoría de las cuentas anuales de las Entidades de Crédito (2007). PILAR YUBERO HERMOSA

Véase también: "Normas de auditoría generalmente aceptadas" y "Normas Internacionales de Auditoria (NIAs)".

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NORMAS Y REGLAMENTOS TÉCNICOS Technical standards and regulations I. CONCEPTO • II. TIPOLOGÍAS 1. Protección del consumidor 2. Protección de la flora y fauna 3. Vigilancia y control de la Calidad de los productos 4. Prácticas que puedan llevar a error 5. Protección medioambiental

I.

CONCEPTO

Incluyen todo un conjunto de reglamentaciones que deben ser cumplidas por los bienes materia de comercio para preservar la seguridad ciudadana, la salud pública, la información al consumidor o la protección medioambiental. El gran problema se encuentra en la multiplicidad y diversidad de las existentes y la falta de homologación entre países, lo que puede convertir una norma beneficiosa para los agentes involucrados en el comercio -importadores, exportadores, consumidores y productores- en un freno al desarrollo de dicho comercio. Por este motivo, la Organización Mundial de Comercio (OMC) ha tenido que desarrollar toda una normativa que permita establecer cuáles de dichas normas y reglamentos no son un obstáculo al comercio, sino sólo un medio de mejorar las condiciones de ejecutarlo. Por ello, afirma que se consideran un obstáculo cuando son más restrictivas de lo necesario o no tienen un fin legítimo o pueden aplicarse normas menos restrictivas similares. La OMC regula la disparidad de normas y reglamentos técnicos al comercio en el nuevo Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC). La diferencia entre unos y otros se establece en su carácter voluntario o vinculante, siendo

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N ORMAS Y REGLAMENTOS TÉCNICOS las normas de observancia voluntaria y cuyo incumplimiento no impide la venta en el país importador; mientras que los reglamentos técnicos son de carácter obligatorio, llegando incluso a impedir la venta de un bien si no cumple con la reglamentación exigida.

II.

TIPOLOGÍAS

Todo el conjunto de normas y reglamentos técnicos al comercio se pueden agrupar en diferentes bloques, atendiendo a los objetivos que dichas normas persiguen.

ciones, como las ecológicas y su comercialización. Por ejemplo, la UE ha aprobado recientemente dos nuevos Reglamentos (Reglamento (CE) Nº. 889/20082 sobre el proceso de producción, etiquetado y normas de control; y el Reglamento (CE) Nº. 1235/20083 sobre la importación de productos ecológicos) que pretende controlar el desarrollo sostenible de la agricultura ecológica impidiendo que ciertos productos genéticamente modificados sean considerados como ecológicos, lo que beneficiará no sólo a la conservación de determinadas especies vegetales y animales, sino también a la salud de los consumidores.

1. Protección del consumidor Toda la normativa aquí incluida tiene como fin la protección del ciudadano, principalmente la de los consumidores de los productos importados, su seguridad y su salud. Por ejemplo, en la actualidad, Canadá ha prohibido la importación, venta y publicidad de biberones producidos con una sustancia como el Bisfenol A, que ha sido incluido dentro de la lista de sustancias tóxicas, aún no siendo demostrado que pudiese afectar a la salud de los niños dada su baja concentración en dichos materiales. Este hecho afectaría directamente a la importación de la subpartida arancelaria "04022911 - Leche especial para lactantes, en recipientes herméticamente cerrados de contenido neto no superior a 500 g, con grasas en proporción superior a 10% en peso, concentrada, azucarada o edulcorada de otro modo, en polvo, gránulos u otras formas sólidas".

2. Protección de la flora y fauna Las barreras técnicas que se incluyen en esta clasificación persiguen la protección de determinadas especies animales y vegetales que están en peligro de extinción o cuya comercialización masiva pudiese llegar a dañar a la especie. Además se incluye el cuidado de ciertas produc-

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3. Vigilancia y control de la Calidad de los productos Este tipo de normativa intenta conseguir una mayor homologación internacional en materia de calidad de los bienes importados al exigir unos requisitos mínimos para que los bienes puedan ser vendidos internacionalmente. Uno de los campos en los que se observa una mayor vigilancia se encuentra en el de los productos eléctricos y electrónicos; pero también se aplica al tamaño de ciertas frutas y hortalizas o en el sector de los juguetes, entre otros muchos. En la actualidad, por ejemplo, Chile exige todo un proceso de normalización y certificación aplicado a los instrumentos y aparatos eléctricos, llegando a dificultar seriamente la venta de dichos bienes en el mercado chileno.

4. Prácticas que puedan llevar a error En este grupo se incluye todas las normas y reglamentos técnicos que exigen que los productos deban estar claramente especificados y cumplir ciertos requisitos de etiquetado o embalaje o clasificación para no inducir a error a los consumidores de los países importadores. Es el caso de la exigencia que hacen muchos países a la hora de requerir que los

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N ORMATIVA SOCIOLABORAL productos lleven las explicaciones en ciertos idiomas, que los embalajes sean transparentes para su observación y distinción por el consumidor, etc. Es el caso de la Reglamentación sobre Inspección de Carne de Canadá que especifica cuál ha de ser el tamaño de los contenedores estándar para ciertos productos cárnicos (salchichas, bacon o charcutería en lonchas) y el peso de los productos preenvasados.

NORMATIVA SOCIOLABORAL

5. Protección medioambiental

I.

La creciente preocupación por el cuidado y preservación del medio ambiente ha conducido a que, cada vez, más países exijan entre sus normas y reglamentos técnicos el cumplimiento de reglas que impidan un mayor deterioro de la atmósfera, el agua o el suelo. Este hecho se observa frecuentemente al ver cómo las bolsas de plástico hacen referencia al reciclado, al igual que ciertos libros, cuadernos y papeles de embalajes. Y es especialmente llamativo en el caso del sector de automoción en el que cada vez se exigen mayores requisitos internacionales para reducir en la medida de lo posible las emisiones de CO2. Un ejemplo lo podemos encontrar en la Normativa Mexicana sobre los equipos de aprovechamiento de Gas Licuado de Petróleo en vehículos automotores y motores estacionarios de combustión interna. INMACULADA HURTADO OCAÑA Véase también: "Arancel aduanero común"; "Comercio internacional"; "Organización Mundial del Comercio (OMC)" y "Política comercial común".

NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Véase: "Normalización y calidad".

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Labour legislation I. CONCEPTO Y NATURALEZA • II. LAS FUERZAS POLÍTICAS COMO DETERMINANTES DEL ENTORNO SOCIOLABORAL • III. LA JERARQUÍA NORMATIVA EN EL ÁMBITO SOCIOLABORAL ESPAÑOL

CONCEPTO Y NATURALEZA

La normativa sociolaboral la definimos como el conjunto de leyes, órdenes y normas generadas desde los poderes públicos para proteger los derechos de los trabajadores (a nivel individual y colectivo) y regular las relaciones de empleo entre organizaciones y trabajadores de manera que se favorezca el progreso de la sociedad en su conjunto. Estas leyes se han desarrollado históricamente para evitar los abusos de las organizaciones en posiciones dominantes en las relaciones de empleo y han ido abordando, a lo largo de los años, mejoras desde lo más general a lo más específico. Desde los problemas característicos de las primeras fases del progreso económico y social (derecho de asociación, trabajo infantil, contratación,...) a los más propios de economías desarrolladas (acoso laboral, discriminación a minorías,...). Los legisladores europeos, al igual que los de la mayoría de los países desarrollados, han procurado, a lo largo de estos últimos dos siglos, garantizar la protección de los trabajadores, evitando la explotación económica de los mismos (y en especial de los menores de edad), las jornadas de trabajo exhaustivas, los despidos injustificados, la arbitrariedad en las compensaciones económicas y toda una serie de prácticas que, desde los

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N ORMATIVA SOCIOLABORAL primeros momentos de la revolución industrial hasta nuestros días, han estado amenazando las relaciones de empleo establecidas entre organizaciones y empleados. La rama del derecho enfocada a las relaciones de empleo ha generado un marco de protección en cuanto a derecho laboral individual y colectivo, que define, hoy en día, una parte importante de las reglas del juego con las que funcionan los mercados de trabajo de cada país. Desde el punto de vista de la Dirección de recursos humanos, la normativa sociolaboral constituye uno de los condicionantes del entorno en base a los cuales la organización debe diseñar sus estrategias y políticas de recursos humanos, junto a otros condicionantes y a los propósitos organizativos. Cometen un grave error aquellos que piensan que el progreso en la protección de los derechos de los trabajadores, es algo que va en contra de los intereses de las organizaciones y de su competitividad. Como parte de la sociedad, el empleo actúa como factor de producción pero también como demandante de recursos, de manera que los gobiernos, al velar con la normativa sociolaboral por sus ciudadanos, en su rol de trabajadores, provoca un desarrollo social y económico que favorece a largo plazo al conjunto de la economía y por extensión a las empresas y organizaciones que trabajan en ella.

II.

LAS FUERZAS POLÍTICAS COMO DETERMINANTES DEL ENTORNO SOCIOLABORAL

La normativa sociolaboral y las posiciones de las fuerzas políticas en materia de empleo forman parte del entorno socioeconómico que condiciona a la estra-

7556

tegia de Dirección de recursos humanos de una organización. Hay autores (Anthony et al., 2002) que consideran que este es el condicionante del entorno de mayor influencia en las políticas de recursos humanos de las empresas en los últimos 60 años. La complejidad del marco legislativo y la frecuencia de sus cambios requieren de los responsables organizativos una atención especial para permanecer dentro de las reglas del juego y no tener problemas legales que causen perjuicios a la organización. Cada territorio desarrolla una normativa sociolaboral específica para cada país, aunque, en el marco de la Unión Europea, el alcance de la regulación supera las barreras nacionales y se sitúa en el ámbito comunitario.

III.

LA JERARQUÍA NORMATIVA EN EL ÁMBITO SOCIOLABORAL ESPAÑOL

La jerarquía normativa aplicable a la legislación sociolaboral española se encuentra contenida en las normas siguientes (ordenadas de mayor a menor rango): -

La Constitución Española. Especialmente en los capítulos II y III, donde se regulan entre otros los derechos de sindicación y de huelga de los trabajadores en defensa de sus intereses.

-

Los tratados y convenios internacionales. Que una vez publicados en el Boletín Oficial del Estado pasan a formar parte del ordenamiento jurídico español.

-

Las leyes orgánicas, leyes ordinarias, decretos legislativos y decretos leyes. Entre la que cabe destacar la Ley del

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N OTORIEDAD DE MARCA Estatuto de los Trabajadores, la Ley Orgánica de Libertad Sindical, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, Ley de Empleo, Ley de Igualdad,... -

Los convenios colectivos, reguladores de aspectos económicos y sociales en el ámbito territorial y sectorial del acuerdo y cuyo carácter obligatorio para empresarios y trabajadores les dota de rango legal.

categoría para rating a corto plazo de Emisores que no tienen las características de ninguna de las categorías superiores y, por tanto, se consideran con un componente especulativo alto. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Calificación crediticia".

NOTORIEDAD DE MARCA

-

Las ordenanzas laborales.

-

El contrato de trabajo.

Brand awareness / Brand popularity

-

Los usos y costumbres en materia laboral.

I. CONCEPTO • II. MEDIDAS • III. OTRAS MEDIDAS DE EFICACIA

-

Los principios generales del derecho.

I.

JUSTO HERRERA GÓMEZ

LO ESENCIAL SOBRE NORMATIVA SOCIOLABORAL Libros •

ANTHONY, W. P., KACMAR, K. M. Y PERREWÉ, P.L. (2002): Human Resource Management. A Strategic Approach. South-Western Thomson Learning. Ohio.

Webgrafía •

www.mtin.es/ Web del Ministerio de Trabajo e Inmigración. Apartado de legislación, Órdenes y Normativas.

NOT PRIME

CONCEPTO

La notoriedad de marca es la capacidad que tiene un sujeto de identificar, reconocer o recordar una determinada marca o empresa, dentro de su mercado o categoría de producto. Se trata, sin duda, de uno de los factores más importantes, junto con la imagen de marca, del capital de una empresa. Este capital se traduce en muchos casos en un activo intangible, que constituye un gran peso en el balance contable de la empresa. Comercialmente la notoriedad de marca redunda en unos beneficios claros para la empresa, como son la lealtad de sus consumidores, la oportunidad de extender su porfolio de productos a otros mercados e incluso la capacidad de impedir una fácil entrada a éste, por parte de la competencia. Este importante activo de la empresa radica fundamentalmente en la inversión publicitaria, su regularidad y eficacia.

Not prime En las escalas de calificación crediticia, para Moodys, Not Prime (NP) es la

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La importancia de la notoriedad de marca en creación de valor de una empresa se basa en la capacidad de apoyar

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N OTORIEDAD DE MARCA otras asociaciones (aprovechar el conocimiento de una marca para "rellenar" atributos), la familiaridad de la marca para el consumidor (que facilitará la decisión de compra como una motivación más, ante la creciente imposibilidad de diferenciar otros atributos) o la simple inclusión de la marca en el grupo de posibles objetos de compra para un consumidor.

II.

MEDIDAS

La notoriedad de marca evalúa el nivel más simple dentro de las posibles respuestas cognitivas a la comunicación de una empresa: ser consciente de la existencia de un producto o marca dentro de una categoría de productos. Esta medida de eficacia es especialmente significativa en los casos de lanzamiento de productos (donde existe a priori un total desconocimiento de marca), refuerzo de marca (en mercados cada vez más competitivos e indiferenciados) y marcas de productos de compra por impulso (donde el reconocimiento y familiaridad de la marca supone un hecho clave en la elección final del producto). Existen tres modalidades para medir la notoriedad de una marca: -

Top of mind: se trata de la primera mención de marca citada espontáneamente, cuando se pregunta al entrevistado por una marca de cierta categoría de productos.

-

Notoriedad espontánea: es el porcentaje de individuos sobre el total de encuestados que mencionan una marca espontáneamente dentro de una categoría de productos, sin diferenciar el orden.

-

Notoriedad sugerida: es el porcentaje de individuos sobre el total de encuestados que reconoce una marca dentro de un listado de posibles

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marcas, que el entrevistador lee o muestra. Existe una modalidad especial que es la de marca dominante dentro de un mercado. Se trata de la única marca que el entrevistado es capaz de mencionar dentro de una categoría de productos. Aunque no se trate de un mercado con un monopolio real, por su antigüedad o liderazgo, esta marca es la única recordada.

III.

OTRAS MEDIDAS DE EFICACIA

Dentro de las técnicas de medición publicitaria, para evaluar la eficacia del anuncio, se tienen en cuenta tres posibles respuestas del individuo basadas en las tres funciones básicas de la publicidad: informar, crear actitudes y provocar conductas. Si nos centramos en la función informativa, la actividad publicitaria tiene, como primer objetivo, trasladar un mensaje a su público objetivo con una intencionalidad comercial. Esta intención informativa obtendrá una repuesta cognitiva en el receptor que se cuantificará mediante las Técnicas Cognitivas. Éstas evalúan la capacidad del mensaje para llamar la atención del individuo, el grado de conocimiento de la marca, la comprensión del anuncio, su posible memorización y el reconocimiento de marca y de sus atributos. Algunas de las técnicas más utilizadas en publicidad para medir estos criterios son, además de las ya mencionadas de notoriedad de marca, las fisiológicas (como las del pupilómetro o el electro encefalógrafo, donde se mide la respuesta física de nuestro organismo ante determinados estímulos), las semifisiológicas (como las del control de tiempo de respuesta o monitorización continua, donde se plasma el grado de respuestas físicas di-

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N OTORIEDAD DE MARCA rectas ante un estímulo), las de índice de lectura (como los métodos Flesh o Haas) y las basadas en la memoria. Merecen una mención especial las medidas basadas en la memoria que cuantifican la intensidad de impacto del mensaje publicitario, según su capacidad de ser recordado y reconocido. Miden la llamada Notoriedad Publicitaria y se clasifican en test de recuerdo y test de reconocimiento. El Test de Recuerdo está basado en la creencia de que una publicidad será más eficaz cuanto más se recuerde, dado que llevará más fácilmente a la creación o modificación de la actitud hacia la marca. Se trata de investigar en el receptor del anuncio si lo recuerda, si lo ubica correctamente dentro de su categoría de producto, si recuerda la marca asociada y el grado de conocimiento sobre los beneficios transmitidos en el anuncio. Este puede ser, al igual que en la investigación de notoriedad de marca, espontáneo, sugerido o verificado. El Test de Reconocimiento, donde más que describir lo que se recuerda del anuncio, el sujeto investigado identifica lo que percibió dentro del mensaje. Esta técnica tiene una mayor capacidad que el Test de Recuerdo para detectar posibles errores en el aprendizaje del receptor, su asociación a la marca, nivel de lectura, etc. El conocimiento actualizado de la notoriedad de marca es hoy imprescindible para cualquier empresa que compita en un mercado con un nivel mínimo de competencia. Este factor se ha convertido en determinante dentro de los objetivos de marketing, ya que el reconocimiento de marca es un ítem fundamental en la salud de la marca. No en vano, una inmensa mayoría de la inversión publicitaria en España -de

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aproximadamente 15.000 M. €/año (cerca del 1,5% del Producto Interior Bruto)-, se destina a crear, mantener o reforzar la Notoriedad de Marca de la empresa. Existen institutos especializados que, mediante la investigación periódica de estas variables, permiten al anunciante manejar datos trimestrales como base, en muchos casos, para llevar a cabo diferentes campañas con el objetivo de alcanzar la notoriedad necesaria. En cuanto a la Notoriedad Publicitaria, se puede llegar a desglosar la que tiene su origen en determinados medios. Por ejemplo, la empresa con una mayor notoriedad en televisión en 2008 fue Coca cola, pero en Radio, prensa y exterior fue El Corte Inglés. La rentabilidad de la inversión publicitaria en términos de Notoriedad en España está bajando en determinados medios convencionales. Así, empresas como las de telefonía, vieron en el 2008 cómo su notoriedad publicitaria en televisión, a un mismo nivel de inversión, bajaba cerca de un 50% o un 30% en el caso de las empresas de distribución. La Notoriedad es, sin duda, un dato muy relevante que ha suscitado infinidad de debates y ha justificado cuantiosos presupuestos publicitarios, pero no tenemos que olvidar que ésta sólo es el "envase" sobre el que "rellenar de atributos" a las marcas y que, por tanto, no deberá nunca suplantar, como objetivo, al verdadero interés del consumidor por la empresa: los beneficios que le aporta. Porque una marca reconocida no tiene porqué traducirse en una empresa cercana o empática. EDUARDO GARCÍA GÓMEZ Véase también: "Diferenciación"; "Persuasión" y "Proceso de decisión de compra".

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N OVEDAD

NOVEDAD

-

Asegurar los factores para la producción: aprovisionamiento, recepción de materiales, almacenaje de los factores, etc.

-

Transformar los factores en productos o servicios: fabricación, montaje, prestación de servicios, etc.

Véase: "Not prime".

-

NÚCLEO DE OPERACIONES

Distribuir los productos/servicios mediante actividades de venta, distribución física, marketing, etc.

-

Proporcionar apoyo directo a las funciones anteriores mediante el mantenimiento de la maquinaria, el control de los inventarios, el control de la calidad, etc.

Véase: "Innovación".

N-P

Operating core I. CONCEPTO • II. FUNCIONES

I.

CONCEPTO

Una de las cinco partes de la organización que se caracteriza porque está compuesta por aquellos trabajadores y puestos que están directamente relacionados con las actividades de explotación. Su objetivo es realizar el trabajo básico de producción y de elaboración de los productos y/o servicios. Buenos ejemplos serían los operarios de una cadena de montaje, los repartidores de una empresa de mensajería o los profesores en una universidad. El núcleo de operaciones constituye el centro de toda organización, ya que se ocupa de ejercer las actividades básicas para las que la organización fue creada. Por tanto, su correcto funcionamiento es vital para la supervivencia de la organización. También se denomina base operativa.

II.

FUNCIONES

Sus funciones principales son las siguientes:

7560

La responsabilidad de los miembros del núcleo de operaciones será distinta según el tipo de función o actividad que realice. Hay empresas donde el núcleo de operaciones y la línea media coinciden (por ejemplo una empresa de consultoría). JOAQUÍN CAMPS TORRES Véase también: "División organizativa".

NUDA PROPIEDAD DE UNA RENTA Basic property income En una renta existen siempre dos magnitudes claramente diferenciadas: -

El capital o deuda que tiene un sujeto respecto de otro, en un momento determinado.

-

Los intereses que ese capital devenga, bien a favor, bien en contra del sujeto.

Cuando compramos una obligación del Estado, podemos separar la propiedad, o precio ex-cupón de la obligación y

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N UDA PROPIEDAD DE UNA RENTA Cuando compramos una obligación del Estado, podemos separar la propiedad, o precio ex-cupón de la obligación y los cupones que pagará dicha obligación en un futuro. Cuando heredamos un paquete de acciones o un inmueble con inquilino, podemos recibir el bien en propiedad, pero puede ocurrir que los dividendos de las acciones y las rentas pagadas por el alquiler, pertenezcan a otro sujeto. Pues bien, la posesión del bien o los derechos sobre el capital se denominan la nuda propiedad del activo y el derecho a percibir los intereses de dicho activo se denomina usufructo.

Es evidente que, desde este punto de vista, se puede considerar segregada toda la renta en dos componentes, que podrían ser objeto de negociación por separado. En otras palabras, un sujeto podría vender la nuda propiedad manteniendo el usufructo o vender el usufructo manteniendo la nuda propiedad. En un momento determinado de la vida de una renta, podremos hablar del valor de la nuda propiedad o valor actualizado de todas las cuotas de amortización pendientes de recibir. Si tenemos la siguiente renta:

y queremos saber cuál es el valor de la nuda propiedad en el momento "j", tendremos que segregar las cuotas en sus dos componentes: Qk = Ik + Ak siendo "Ik" la cuota de usufructo y "Ak" la cuota de la nuda propiedad y calcular su valor en función de las condiciones de mercado. El valor actual de la nuda propiedad sería entonces:

Ejemplo: Hemos adquirido un bono a diez años y estamos en el cuarto año de vida del mismo, justo después del pago del cuarto cupón. El cupón anual es del 5% y queremos saber cuál es el valor actual de la nuda propiedad ya que una gestora de fondos nos la compra al 7,15% de interés anual.

MIGUEL CÓRDOBA BUENO

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N UEVA ECONOMÍA INSTITUCIONAL

NUEVA ECONOMÍA INSTITUCIONAL New institutional economics A la pregunta ¿qué es la nueva economía institucional?, la International Society for New Institutional Economics, por sus siglas ISNIE, responde: "La Nueva Economía Institucional (NIE) es una iniciativa interdisciplinaria que combina la economía, el derecho, la teoría de la organización, la ciencia política, la sociología y la antropología para entender las instituciones sociales, políticas y la vida comercial. Toma prestado de diversas disciplinas de las ciencias sociales, pero su idioma principal es la economía. Su objetivo es explicar lo que son las instituciones, la forma en la que se plantean, a qué fines sirven, cómo cambian y cómo si fuera el caso- se deben reformar." Las ideas centrales del institucionalismo se ocupan de las instituciones, los hábitos, las reglas y su evolución, señalando que el institucionalismo no intenta construir una teoría general que lo abarque todo. En cambio, fenómenos complejos son abordados con un número limitado de conceptos comunes y herramientas teóricas específicas, generando así, múltiples niveles y tipos de análisis, que se vinculan y permiten intersección entre lo particular y lo general.

mo dados. Ésta suposición es también común entre los economistas neoclásicos, quienes consideran que los gustos y las preferencias de los seres humanos no pueden ser la base de la economía y que al ser ésta la ciencia de la elección, se deben dar por presupuestados al individuo que elige y sus preferencias. MAYRA VIEIRA CANO

NUEVA ECONOMÍA KEYNESIANA New keynesian economics I. CONCEPTO • II. IDEAS PRINCIPALES • III. IMPLICACIONES DE POLÍTICA ECONÓMICA

I.

Escuela de pensamiento económico desarrollada a partir de mediados de los años 80 del siglo XX, que constituyó la alternativa a la Nueva Macroeconomía Clásica. Los autores nuevo-keynesianos son heterogéneos entre sí, pero coinciden en ofrecer en sus modelos argumentos que justifican la posible existencia de equilibrios subóptimos a corto plazo que requieren la intervención de las autoridades. Sus autores principales son G. Mankiw, O. Blanchard, G. Akerlof, J. Yellen, D. Romer y J. Stiglitz.

II. El institucionalismo se basa en investigaciones antropológicas, sociológicas y psicológicas referentes al comportamiento de los individuos, que buscan encontrar los hábitos propios de los mismos y cómo estos hábitos son consolidados por instituciones sociales concretas. La nueva economía institucional efectúa sus búsquedas económicas, suponiendo que los agentes económicos y sus preferencias deben considerarse co-

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CONCEPTO

IDEAS PRINCIPALES

La mayoría de los modelos de la nueva economía keynesiana incorpora la hipótesis de las expectativas racionales propuesta por la Nueva Macroeconomía Clásica- y la hipótesis de que existe un nivel de actividad de equilibrio a largo plazo que depende de los factores de producción disponibles, la tecnología y las instituciones y en torno al cual gravita la economía. Sin embargo, no aceptan un tercer supuesto fundamental en la eco-

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N UEVA MACROECONOMÍA CLÁSICA nomía clásica, que es el vaciado continuo de los mercados, lo cual implica que los agentes están optimizando en todo momento sus funciones de utilidad. De hecho, la aportación fundamental de estos modelos es desarrollar una serie de causas, muchas de ellas de naturaleza microeconómica, que provocan rigideces en los precios y salarios a corto plazo y que impiden el vaciado del mercado. Fundamentalmente: -

Rigideces salariales nominales (por ejemplo, por la existencia de contratos de amplia duración que se van solapando, de forma que siempre hay un porcentaje de los salarios que no pueden modificarse).

-

Rigideces nominales en los precios (por ejemplo, por los costes de menú que se derivan de cambiar frecuentemente los precios o por otros costes de ajuste).

-

Rigideces reales (por ejemplo en los salarios reales, lo que se justifica a través de las teorías de salarios de eficiencia, trabajadores internos y externos y salarios de eficiencia).

-

Fallos de coordinación entre los agentes individuales, que dan lugar a resultados macroeconómicos diferentes a los pretendidos individualmente.

III.

IMPLICACIONES DE POLÍTICA ECONÓMICA

Los modelos de la Nueva Economía Keynesiana son heterogéneos y ofrecen explicaciones diferentes -aunque pueden ser complementarias en muchos casosde la existencia de equilibrios a corto plazo distintos al óptimo a largo plazo. A pesar de ello, pueden destacarse tres proposiciones de política económica comunes a todos ellos: -

La existencia de las rigideces anteriores hace que las variaciones nomina-

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les de la oferta monetaria o de otras variables de política económica que afectan a la demanda tengan efectos reales a corto plazo, por lo que se restablece su utilidad para estabilizar cíclicamente la economía (en torno al equilibrio a largo plazo) cuando se producen perturbaciones. -

Incluso los procesos de desinflación, que son anunciados por las autoridades, tienen costes reales en términos de aumentos transitorios del desempleo o de producción perdida (que ya no podrá recuperarse después). Incluso algunos modelos incorporan la posibilidad de que se produzca histéresis en la tasa de paro, de forma que su equilibrio final se vea afectado por este tipo de políticas restrictivas.

-

El equilibrio a largo plazo puede ser compatible con desempleo involuntario. Por ejemplo, la teoría de los salarios de eficiencia establece que, aunque haya desempleo, las empresas no bajan los salarios reales por temor a que esto afecte negativamente a la productividad de sus trabajadores. Pero esto hace que trabajadores que estarían dispuestos a trabajar al salario vigente -e incluso a uno inferior- no encuentren empleo. JORGE UXÓ GONZÁLEZ

Véase también: "Nueva macroeconomía clásica" y "Nuevo Consenso en Macroeconomía".

NUEVA MACROECONOMÍA CLÁSICA New classical macroeconomics

7563

N UEVA MACROECONOMÍA CLÁSICA I. CONCEPTO • II. IDEAS PRINCIPALES • III. IMPLICACIONES DE POLÍTICA ECONÓMICA

I.

de la aplicación correcta de la teoría económica. Lo más relevante de este supuesto es que los agentes no pueden cometer errores sistemáticos de previsión. La importancia de esta hipótesis en el contexto de la Nueva Macroeconomía Clásica hace que en ocasiones la literatura se refiera a sus aportaciones con el nombre de "revolución de las expectativas racionales".

CONCEPTO

Escuela de pensamiento económico desarrollada a partir de los años 70 del siglo XX, que sustituyó al monetarismo como corriente mayoritaria entre los economistas más partidarios del liberalismo económico, y como planteamiento alternativo a la economía keynesiana. Sus autores principales son R. Lucas (Premio Nobel 1995), T. Sargent, R. Barro, E. Prescott (Premio Nobel 2004) y N. Wallace.

II.

-

Ajuste continuo de los mercados. En cualquier momento, los mercados se vacían, lo que quiere decir que los precios se modifican para asegurar la igualdad entre oferta y demanda. Por tanto, a los precios vigentes todos los agentes están adoptando las mejores decisiones posibles (optimizando).

-

Curva de oferta y "sorpresas". De acuerdo con el supuesto anterior, la economía debería situarse permanentemente en una situación de pleno empleo, que se alcanzaría gracias a la flexibilidad de precios y salarios. Para explicar las fluctuaciones de la renta que se producen en la realidad, la Nueva Macroeconomía Clásica utiliza las "sorpresas" inflacionistas: cuando los precios crecen a una tasa diferente a la esperada, los agentes maximizan sus respectivas funciones de utilidad con una información inadecuada, por lo que la renta se separa transitoriamente de su nivel de equilibrio. Ahora bien, como las expectativas son racionales, este error no persiste en el tiempo y la economía vuelve rápidamente a su equilibrio a largo plazo.

IDEAS PRINCIPALES

Las diferentes escuelas económicas que se han desarrollado desde los años 30 del siglo XX pueden agruparse en términos generales en dos bloques: aquellas que desarrollan las ideas propuestas por J.M. Keynes y las que tratan de restaurar alguna versión del pensamiento clásico o pre-keynesiano. Esta visión "clásica" enfatiza las virtudes de la "mano invisible" del mercado: los agentes tratan de optimizar sus respectivas funciones de utilidad, y al hacer esto a través de mercados que operan sin interferencias públicas se obtienen los mejores resultados posibles. La Nueva Macroeconomía Clásica se adscribe dentro de este pensamiento general, y se caracteriza por tres ideas básicas: -

Expectativas racionales. Cuando los agentes económicos forman sus expectativas sobre la evolución previsible de las principales variables económicas, lo hacen utilizando toda la información disponible (incluyendo aquella que se refiere a la actuación de las autoridades) y de forma eficiente, de forma que sus previsiones coinciden con las que se derivarían

7564

III.

IMPLICACIONES DE POLÍTICA ECONÓMICA

La Nueva Macroeconomía Clásica deriva de estos planteamientos una visión de la política económica claramente des-

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N UEVA MACROECONOMÍA CLÁSICA Sin embargo, si este anuncio es creído por los agentes económicos y se recoge en sus expectativas, el banco central puede tener incentivos a corto plazo para no cumplir su anuncio y generar una sorpresa inflacionista que de lugar a un aumento (temporal) del nivel de renta. A largo plazo, el equilibrio será ineficiente, ya que la economía se situará en su nivel de renta de equilibrio, pero con una tasa de inflación mayor, ya que los agentes económicos incorporarán en sus expectativas este comportamiento de las autoridades. Este "sesgo inflacionista" sólo puede corregirse con normas que limiten la discrecionalidad de las autoridades.

favorable a la intervención de las autoridades en el funcionamiento del libre mercado. Se puede resumir en seis proposiciones principales: -

Proposición de inefectividad de la política macroeconómica. Excepto cuando se producen "sorpresas" inflacionistas, la curva de oferta agregada es vertical sobre el nivel de renta de equilibrio a largo plazo. Cualquier política de demanda que sea anunciada previamente por las autoridades no tiene ningún efecto real, ya que los agentes racionales la tienen en cuenta para formar sus expectativas. La única forma de afectar al nivel de renta real mediante políticas monetarias es hacerlo de forma sorpresiva, pero ni siquiera esto es posible a largo plazo (los agentes lo aprenderían).

-

Posibilidad de reducir la inflación sin costes reales. Si se hace el mismo razonamiento cuando se aplican políticas monetarias restrictivas con suficiente credibilidad, será posible reducir la tasa de inflación sin que se produzcan "sorpresas" negativas que reduzcan el nivel de actividad. De acuerdo con este planteamiento, la clave está en que se ajusten rápidamente las expectativas al objetivo de inflación (más bajo) cuando se negocian los salarios y se fijan los precios. Para eso los agentes deben conceder una elevada credibilidad a las autoridades de política monetaria.

-

Inconsistencia temporal. Este problema se deriva del hecho de que la política óptima en un momento determinado puede dejar de serlo conforme transcurre el tiempo. Un ejemplo clásico es el de la política monetaria a corto plazo. Cuando las autoridades anuncian sus objetivos para la inflación, resulta óptimo fijar una tasa baja de crecimiento de los precios.

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-

Equivalencia Ricardiana. Si los puntos anteriores tendían a reflejar una visión crítica de la política monetaria y acababan recomendando el establecimiento de reglas monetarias, éste se refiere a las limitaciones de la política fiscal. De acuerdo con los modelos de la Nueva Macroeconomía Clásica, la reducción de impuestos no tendría ningún efecto como política expansiva, ya que el déficit público que se generase daría lugar a un aumento de la deuda que debería ser pagado por las autoridades en algún periodo posterior, subiendo los impuestos. En consecuencia, los agentes racionales preverán este aumento futuro de impuestos, por lo que no gastarán la renta disponible adicional de la que disponen actualmente, sino que la destinarán a un aumento de sus ahorros, manteniéndose constante la demanda agregada.

-

Políticas microeconómicas. Si las políticas macroeconómicas se enfrentan a limitaciones importantes como las que se han señalado, las políticas económicas que les quedan a las autoridades para mejorar el crecimien-

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N UEVO CONSENSO EN MACROECONOMÍA

-

to económico tienen un carácter más estructural y están relacionadas con los aspectos institucionales, la (des)regulación de los mercados y la generación de los incentivos adecuados a la iniciativa privada de los agentes económicos para que aumenten su oferta de capital y de trabajo.

ción de oferta con "sorpresas" para explicar el ciclo económico, la Equivalencia Ricardiana o el supuesto de vaciado continuo de los mercados han sido claramente contestados teóricamente y empíricamente.

Crítica de Lucas. Este planteamiento es una crítica radical a la forma de evaluar las políticas económicas que venía desarrollándose hasta entonces. Utilizando modelos econométricos estimados, se simulaban cambios en los parámetros de política económica (por ejemplo, el tipo de interés o el déficit público) y se analizaban los resultados sobre las principales variables económicas. R. Lucas señaló que esta forma de proceder se enfrenta a un problema fundamental, y es que las ecuaciones de los modelos se estiman cuando las autoridades no están aplicando las políticas que se quieren evaluar, pero que al poner en marcha éstas, se modificarán también las expectativas y el comportamiento de los agentes, por lo que, los parámetros iniciales del modelo no serían estables.

Véase también: "Nueva Economía Keynesiana" y "Nuevo Consenso en Macroeconomía".

La Nueva Macroeconomía Clásica tuvo una gran influencia teórica durante los años 80 del siglo XX, y sus planteamientos radicales en contra de la política económica y a favor del neoliberalismo fueron aplicados por gobiernos tan influyentes como los de Estados Unidos (R. Reagan) y Reino Unido (M. Thatcher). De hecho, algunos de sus planteamientos, como las expectativas racionales, la formulación de modelos en los que se formule explícitamente el comportamiento optimizador de los agentes, o las reglas de política económica, siguen teniendo una importante acogida entre los economistas más ortodoxos. Sin embargo, otros planteamientos como la fun-

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JORGE UXÓ GONZÁLEZ

NUEVO CONSENSO EN MACROECONOMÍA New consensus in macroeconomics I. CONCEPTO • II. EL MODELO DE TRES ECUACIONES • III. IMPLICACIONES DE POLÍTICA ECONÓMICA

I.

CONCEPTO

Con este nombre se hace referencia al análisis de la macroeconomía y la política económica que se ha convertido en predominante desde los años noventa del siglo XX entre los círculos académicos y de aplicación de la política económica, especialmente los bancos centrales. Desde el punto de vista teórico, descansa fundamentalmente en la Nueva Economía Keynesiana, que ha incorporado a los modelos macroeconómicos la revolución de las expectativas racionales y los fundamentos microeconómicos del comportamiento de los agentes, pero que, a diferencia de la Nueva Macroeconomía Clásica, incluye explicaciones del funcionamiento de los mercados que dan lugar a rigideces nominales y reales compatibles con situaciones distintas a las de pleno empleo a corto plazo, aunque a largo plazo la economía sigue gravitando en torno a la "tasa natural", de-

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N UEVO CONSENSO EN MACROECONOMÍA terminada únicamente por factores por el lado de la oferta.

II.

EL MODELO DE TRES ECUACIONES

El Nuevo Consenso en Macroeconomía se ha concretado en un "modelo de tres ecuaciones" que es ampliamente utilizado en el análisis teórico y aplicado. Este modelo se compone en primer lugar de una IS, que recoge la idea de que la renta a corto plazo viene determinada por la demanda agregada y, particularmente, por las decisiones sobre el tipo de interés adoptadas por el banco central. La segunda ecuación es una regla de política monetaria, que sustituye la LM más tradicional y que define precisamente cómo actúa el banco central a la hora de determinar el tipo de interés de intervención -que es su instrumento de política monetaria, en detrimento de la oferta monetaria- en función del estado de sus objetivos -fundamentalmente la inflación, aunque en ocasiones también el output gap o desviación de la renta respecto al potencial-. La Regla de Taylor es el ejemplo más claro de este tipo de reglas. La tercera ecuación es la expresión de la parte más "neoclásica" del consenso, ya que recoge una Curva de Phillips en la que sólo existe una tasa de paro compatible a largo plazo con la inflación. Esta tasa de paro -la tasa natural- no depende de la política monetaria, sino que es determinada exógenamente al modelo y es el punto en torno al cual tiende a gravitar la economía.

III.

cios se convierte en el objetivo prioritario de las políticas macroeconómicas y puede lograrse fundamentalmente a través de la política monetaria y la estrategia de "seguimiento de la inflación", que consiste básicamente en modificar el tipo de interés cuando la tasa de inflación se separa del objetivo perseguido por el banco central, que goza además de un alto grado de independencia. Esta proposición se apoya, según los proponentes del Nuevo Consenso, tanto en la experiencia de la mayoría de bancos centrales, que han abandonado progresivamente los objetivos cuantitativos sobre la cantidad de dinero, como en el éxito de las políticas de desinflación llevadas a cabo en los años 80 y 90 del siglo XX. Una segunda idea de política económica es que estas políticas no pueden, sin embargo, influir en la evolución a largo plazo de las variables reales, ya que en este horizonte temporal sigue verificándose la "dicotomía clásica". El papel de la política monetaria a largo plazo se limita a garantizar la estabilidad de precios, si bien es posible que la manipulación del tipo de interés a corto plazo sí pueda reducir la volatilidad de la renta a lo largo del ciclo económico. Por último, también cabe destacar el papel secundario que se adjudica en este enfoque a la política fiscal en relación con la política monetaria. En el Nuevo Consenso la política fiscal se limita a los estabilizadores automáticos y, de hecho, esto se refleja en que en el modelo representativo no se incluye una "cuarta ecuación" en la se recoja la función de reacción (o regla) que siguen las autoridades fiscales.

IMPLICACIONES DE POLÍTICA ECONÓMICA

Este Nuevo Consenso tiene algunas implicaciones claras de política económica. En primer lugar, la estabilidad de pre-

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JORGE UXÓ GONZÁLEZ Véase también: "Modelo de tres ecuaciones".

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N UEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO

NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO New deposits of employment Desde que en el año 1993 se publicó el Libro Blanco "Crecimiento, competitividad y empleo. Retos y pistas para entrar en el siglo XXI" por la Comisión de las Comunidades Europeas, en el que no sólo se analizaba la situación económica de la antigua Unión Europea de los 15 sino que además se realizaban diversas propuestas para afrontar el problema del desempleo, así como para dar respuesta a unas nuevas necesidades de una sociedad en pleno proceso de transformación demográfica, social y tecnológica, muchas cosas han cambiado. Con respecto a la transformación demográfica de la población en Europa, se centran fundamentalmente en el análisis del progresivo envejecimiento de las personas, así como en el aumento de la esperanza de vida. Desde el punto de vista de las transformaciones sociales analizan las consecuencias que ha traído consigo la casi plena incorporación de la mujer al mercado laboral, así como el cambio que se viene produciendo en las estructuras familiares tradicionales y el crecimiento de los hogares unipersonales y/o padres o madres con hijos a su cuidado. Por otra parte, y también desde el punto de vista social se tienen en consideración las nuevas demandas de ocio y cultura de la sociedad actual. Por último, y no menos importante, las transformaciones consecuencia del rápido e implacable desarrollo de las nuevas tecnologías de la información, la comunicación y producción. Tres fenómenos: el demográfico, el social y el tec-

7568

nológico, estrechamente vinculados entre sí, en los que se desarrolla el marco teórico de los denominados Nuevos Yacimientos de Empleo. El objetivo del Libro Blanco era realizar un análisis de la situación económica de la Unión Europea de los 15 y proponer una serie de "pistas", como su propio título indica, para entrar en el siglo XXI afrontando el problema del desempleo, para lo cual se manejaban una serie de prioridades, entre las que cabe destacar: apostar por la educación y la formación a lo largo de toda la vida; aumentar la flexibilidad externa e interna; confiar más en la descentralización y la iniciativa; reducir el coste del trabajo poco cualificado; .... y por último y fundamental, ir al encuentro de las nuevas necesidades de la población, individuales y colectivas, que en la mayoría de los casos no están satisfechas, que si bien en algunos casos, no se han expresado en forma de demandas efectivas de servicios concretas y en otros, no existen ofertas suficientemente sólidas y con la calidad adecuada. Estas situaciones basadas en necesidades insatisfechas o no del todo bien resueltas traen como consecuencia que los denominados Nuevos Yacimientos de Empleo sean un conjunto de actividades muy heterogéneas que agrupen a servicios muy diferentes unos de otros. Los Nuevos Yacimientos de Empleo no van a convertirse automáticamente en puestos de trabajo estables y con óptimas condiciones laborales (retribución, formación, jornada laboral, etc.), sino en una estrategia para luchar contra el paro estructural, en la que han de intervenir y participar conjuntamente los agentes sociales, públicos y privados, con el objetivo final de reducir el desempleo a partir de la satisfacción de una serie de carencias, presentes y futuras, que una sociedad en plena transformación hacia el es-

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N UEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO tado del bienestar como la actual tiene aún por resolver.

-

El turismo

-

El sector audiovisual

Estas necesidades de la sociedad se estructuraban en cuatro grandes áreas: servicios de la vida diaria; servicios de mejora del marco de la vida; servicios culturales y de ocio; y servicios de medio ambiente.

-

La revalorización del patrimonio cultural

-

El desarrollo cultural local

d) En los Servicios de medio ambiente:

Dos años después, en 1995, la Comisión Europea elabora el Informe "Iniciativas locales de desarrollo y empleo" en el que, si bien se mantienen las cuatro grandes áreas de actuación según el tipo de servicios que acabamos de citar, especifican de manera más concreta las actividades que constituyen los Nuevos Yacimientos de empleo. A continuación se exponen detalladamente cada una de las actividades que a priori se consideró que formaban parte de cada una de estas cuatro áreas de servicios: a) En los Servicios de la vida diaria se incluían:

-

La gestión de residuos

-

La gestión del agua

-

La protección y mantenimiento de las zonas naturales

-

La normativa, el control de la contaminación y las instalaciones correspondientes

Posteriormente, al no ser ésta una lista cerrada y exhaustiva sino abierta y flexible, ya que la esencia del concepto de Nuevos Yacimientos de Empleo implica que estos yacimientos deberán adaptarse a las especificidades y peculiaridades de cada territorio de los países integrantes de la Unión Europea, se añadieron dos nuevos ámbitos de actuación:

-

Los servicios a domicilio

-

El cuidado de los niños



el deporte

-

Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación



y las energías renovables

-

La ayuda a los jóvenes en dificultad y la inserción

b) En los Servicios de mejora del marco de la vida: -

La mejora de la vivienda

-

La seguridad

-

Los transportes colectivos locales

-

La revalorización de los espacios públicos urbanos

-

Los comercios de proximidad

c) En los Servicios culturales y de ocio:

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Más recientemente llega a una conclusión similar el Informe "Yacimientos de Empleo y Habilidades. Horizonte 2006" (ARAGÓN ÁLVAREZ, S. 2003), que señala veintiuna nuevas oportunidades para acceder al marcado laboral. Entre éstas cabe destacar todo lo relacionado con los servicios sociales, en los que incluye la asistencia geriátrica a domicilio, la atención preescolar y la sanidad preventiva. El siguiente cuadro "Yacimientos de empleo y tendencias sociales" muestra las cinco categorías en las que se agrupan los veintiún Nuevos Yacimientos de Empleo.

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N UEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO Cuadro 1- Yacimientos de Empleo y Tendencias Sociales Categoría de Yacimientos

Yacimientos

Tendencia

Nuevos Servicios a Empresas (NSE)

Riesgos Laborales

Desarrollo Interno

Desarrollo Competencias Inteligencia Competitiva Logística

Externalización

Sistemas de Información Servicios Postventa e-Lancers Nuevos Servicios Sociales (NSS)

Atención Infantil

Sociedad en Red

Preescolar Redes Comunales Asistencia Geriátrica

Aging Society

Domiciliaria Trabajo Temporal Senior Nuevas Tecnologías

Biotecnología

Nuevas Tecnologías

Domótica

Nuevos ámbitos de aplicación de las tecnologías

Telecomunicaciones Nuevas Fuentes de Energía Sociedad del Riesgo

Protección Privada

Sociedad del Riesgo

Sanidad Preventiva Servicios Financieros Sociedad del Ocio

Parques culturales:

Sociedad del Ocio

Nuevos deportes Parques Culturales Fuente: Aragón Álvarez, S. (2003, p.5)

Posteriormente el informe "Yacimientos de Empleo y Habilidades. Horizonte 2010", (Informe Infoempleo, 2005)

7570

destaca la identificación de 27 yacimientos (en este informe el concepto yacimiento de empleo hace referencia a

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N UEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO agregaciones homogéneas de actividades donde se produce o va a producirse una demanda laboral significativa, frente a los niveles previos donde ésta era muy reducida o inexistente) de empleo, que son agrupados en cinco categorías estrechamente relacionadas con tendencias sociales: servicios a empresas, servicios sociales, nuevas tecnologías, sociedad del riesgo y ocio. Estos yacimientos pueden corresponder tanto a yacimientos de

nuevo cuño, cuya oferta de empleo era inexistente, como a actividades ya existentes que incrementan de manera muy significativa su peso relativo en la demanda cuantitativa de profesionales. El siguiente cuadro, "Yacimientos de empleo. Horizonte 2010" nos muestra los Yacimientos de Empleo que se generan en cada una de estas cinco categorías.

Cuadro 2 - Yacimientos de Empleo. Horizonte 2010 Categoría de Yacimiento Nuevas Tecnologías

Yacimiento Energías renovables Energía nuclear Telecomunicaciones Nuevos medios de transporte Nanotecnología Biotecnología

Servicios Empresariales

Desarrollo de competencias Formación corporativa Servicios de TI Agregadores servicios empresariales Redes sociales de negocio Operadores logísticos Riesgos laborales Responsabilidad social corporativa Continuidad del negocio

Servicios Sociales

Cuidado y educación infantil Atención geriátrica Integración inmigración Redes sociales personales Asesoría conciliación y desarrollo personal

Evasión

Entretenimiento digital Escuelas de ocio Turismo especializado

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N ULA TRIBUTACIÓN Categoría de Yacimiento

Yacimiento

Riesgo

Servicios educativos Servicios salud Servicios financieros Servicios seguridad

Fuente: Informe de empleo. (2005, p.4)

Cabe señalar que a día de hoy el modelo de Nuevos Yacimientos de Empleo, propuesto en 1993 por la Comisión de las Comunidades Europeas y ampliado en 1995 por la Comisión Europea es un modelo teórico perfectamente válido desde el punto de vista de uno de sus objetivos, que era reducir el desempleo a partir de la satisfacción de una serie de carencias que la sociedad tenía o tiene aún por resolver, necesidades sociales no cubiertas por los servicios públicos y/o privados, aunque la actual Unión Europea no tenga nada que ver con la de 1993, ni los problemas de desempleo tampoco. Pero también es cierto que el mercado laboral es una realidad cambiante en función de la oferta/demanda de servicios y productos, lo que trae como consecuencia que, cara al empleo, en determinados sectores se vayan destruyendo, progresiva y paulatinamente, puestos de trabajo, y en otros se creen nuevos puestos que requieren determinadas competencias para poder realizarlos de forma eficaz y eficiente. MARCELO PASCUAL FAURA

LO ESENCIAL SOBRE NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO Libros •

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ARAGÓN, S. (2003). Yacimientos de empleo: Horizonte 2006 . Círculo de Progreso.



DELORS, J. (1996). Libro Blanco del Crecimiento, competitividad y empleo. Retos y pistas para entrar en el Siglo XXI. Informe de empleo (2005). Oferta y demanda de empleo cualificado en España. Círculo de Progreso.

NULA TRIBUTACIÓN Nil taxation / Zero taxation I. CONCEPTO • II. LA PRESUNCIÓN DE RESIDENCIA EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

I.

CONCEPTO

El concepto de territorio de nula tributación se añade al de paraíso fiscal en la ley 36/2006, en el diseño de cláusulas anti-elusión. Es un concepto autónomo del primero, pero estrechamente ligado a éste, en cuanto instrumento de la lucha contra el fraude. El término se define en la Disposición Adicional Primera de dicha ley, en el sentido siguiente: "Existe nula tributación cuando en el país o territorio de que se trate no se aplique un impuesto idéntico o análogo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al Impuesto sobre Sociedades o al Impuesto sobre la Renta de No Residentes, según corresponda." Según dicha disposición, tendrán la consideración de impuesto idéntico o

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N ULA TRIBUTACIÓN análogo: los tributos que tengan como finalidad la imposición de la renta, siquiera parcialmente, con independencia de que el objeto del mismo lo constituya la propia renta, los ingresos o cualquier otro elemento indiciario de esta. En el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, también tendrán dicha consideración las cotizaciones a la Seguridad Social en las condiciones que reglamentariamente se determinen. Y se considerará que se aplica un impuesto idéntico o análogo cuando el país o territorio, de que se trate, tenga suscrito con España un convenio para evitar la doble imposición internacional que sea de aplicación, con las especialidades previstas en el mismo. La diferencia fundamental con el concepto de paraíso fiscal es que la característica más relevante no es la opacidad fiscal (por eso la calificación de paraíso fiscal es enervada si hay intercambio de información), sino la inexistencia de gravamen.

II.

LA PRESUNCIÓN DE RESIDENCIA EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

El concepto de territorio de nula tributación tiene relevancia para la determinación de la residencia en España a efectos de la aplicación del Impuesto sobre Sociedades. En efecto, la Administración podrá presumir dicha residencia en España a las Entidades radicadas en algún país o territorio de nula tributación o considerado como paraíso fiscal, cuando (art. 8.1. TRLIS): -

sus activos principales, directa o indirectamente, consistan en bienes situados o derechos que se cumplan o ejerciten en territorio español,

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-

o cuando su actividad principal se desarrolle en éste, salvo que dicha entidad acredite que su dirección y efectiva gestión tienen lugar en aquel país o territorio, así como que la constitución y operativa de la entidad responde a motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas distintas de la simple gestión de valores u otros activos.

Se trata de una presunción establecida con la finalidad de evitar prácticas de elusión fiscal internacional mediante la creación de sociedades, según formas jurídicas extranjeras con domicilio social fuera del territorio español que posteriormente desarrollan sus actividades en España, dónde tienen su sede de dirección efectiva. Para la interpretación del supuesto, es necesario ponerlo en conexión con la definición legal de "sede de dirección efectiva". Según el art. 8 TRLIS: "... se entenderá que una entidad tiene su sede de dirección efectiva en territorio español cuando en él radique la dirección y control del conjunto de sus actividades". Asimismo, es importante la aplicación de la excepción de "motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas". Este primer concepto, ha sido utilizado en otra cláusula antielusiva, muy señaladamente en el régimen de reestructuraciones societarias del Impuesto sobre Sociedades (artículo 96.2 TRLIS). Al respecto de la Directiva donde se contempla la misma, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad de 17 de julio de 1997, Leur-Bloem, (As. C-28/95), donde el Tribunal consideró que el concepto de motivo económico válido, con arreglo al artículo 11 de la Directiva, debe interpretarse en el sentido de que es más amplio que la búsqueda de una ventaja puramente fiscal. La utili-

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N UMERARIO zación de la expresión "razones empresariales sustantivas" parece poner de manifiesto que deben existir éstas y que no basta con que no exista intención elusiva. Sin duda, además, debe ponerse en conexión con la definición del "conflicto en la aplicación de la norma tributaria" realizado por el art. 15 de la Ley 58/2003, General tributaria, que constituye la cláusula antielusión general de nuestro sistema tributario. En efecto, dicha definición parece señalar los supuestos en que no se dan dichos "motivos económicos válidos": "...cuando se evite total o parcialmente la realización del hecho imponible o se minore la base o la deuda tributaria mediante actos o negocios en los que concurran las siguientes circunstancias:

Se define un numerario como aquel bien que sirve de unidad para medir el valor de los demás bienes o servicios. Frecuentemente, el numerario es el dinero en sí mismo, pero no tiene por qué ser necesariamente así. Por ejemplo, si tenemos un bien Y cuyo precio medido en unidades monetarias es 10 u.m., al dividirlo entre el precio de otro bien X, (cuyo precio por ejemplo es Px = 5) obtenemos la expresión del valor del bien Y , es decir, el bien en términos de X, ( Y vale el doble que el X), con lo que X ha pasado a ser la nueva unidad, un numerario.

a) Que, individualmente considerados o en su conjunto, sean notoriamente artificiosos o impropios para la consecución del resultado obtenido.

Es importante señalar que pasar de un numerario a otro (en nuestro ejemplo pasar de expresar el valor en dinero o en unidades de X) no afecta ni a la recta de balance, ni a las curvas de demanda o de oferta, ni al equilibrio del mercado ni a ninguna magnitud real. Se trata simplemente de un cambio de escala.

b) Que, de su utilización, no resulten efectos jurídicos o económicos relevantes, distintos del ahorro fiscal y de los efectos que se hubieran obtenido con los actos o negocios usuales o propios."

A lo largo de la historia ha habido numerosos bienes que se han considerado numerarios: el oro, la plata, la sal, los cigarrillos en la Segunda Guerra Mundial, etc.

No se aplican a los territorios de nula tributación, sin embargo, otras reglas antielusivas propias de la operativa con paraísos fiscales, como la valoración de la operación a precios de mercado (art. 17.2 LIS). MARÍA PILAR ALGUACIL MARÍ Véase también: "Paraíso fiscal".

NUMERARIO Cash / Currency and transferable sight deposits

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BEGOÑA BLASCO TORREJÓN Véase también: "Coste de oportunidad"; "Operaciones de cobertura" y "Operaciones de especulación".

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL National identification number I. CONCEPTO • II. OBLIGACIÓN DE TENER NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL • III.

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N ÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL COMPOSICIÓN DEL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL • IV. OBTENCIÓN DEL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL • V. OBLIGACIÓN DE UTILIZAR EL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

I.

comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal, los fondos de pensión y de inversión mobiliaria o inmobiliaria, las agrupaciones de interés económico y las uniones temporales de empresas.

CONCEPTO

El Número de Identificación Fiscal (NIF) es la base del sistema de identificación tributaria utilizado en España para las personas físicas y las personas jurídicas. Es el número que identifica a los contribuyentes ante la Administración Tributaria. El NIF quedó regulado por el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, que fue sustituido en enero de 2008 por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.

-

Los sujetos pasivos que realicen exclusivamente operaciones que no atribuyan el derecho a deducir el IVA soportado.

-

Las entidades eclesiásticas con personalidad jurídica propia con independencia de que, a efectos del Impuesto de Sociedades, estén integradas en un único sujeto pasivo a nivel de diócesis.

Este número es el que figura en el documento nacional de identidad y en las tarjetas que lo acreditan.

-

Los grupos políticos municipales.

-

Los no residentes que realicen actos en España con trascendencia tributaria.

El antecedente del NIF es el CIF, utilizado exclusivamente por personas jurídicas hasta enero de 2008.

II.

OBLIGACIÓN DE TENER NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

Están obligados a disponer de NIF las siguientes personas: -

Las personas físicas.

-

Las personas jurídicas.

-

Las entidades sin personalidad jurídica a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria. En concreto: •

Las herencias yacentes.



Las comunidades de bienes.



Las demás entidades sin personalidad jurídica que constituyen una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición, tales como las

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Aunque no están obligados a disponer de NIF, pueden solicitarlo las siguientes entidades públicas y órganos y centros de la Cruz Roja: 1.

Los centros docentes de titularidad pública.

2.

Los centros sanitarios o asistenciales dependientes de las entidades gestoras de la Seguridad Social.

3.

Los órganos de gobierno y centros sanitarios o asistenciales de la Cruz Roja Española.

4.

Las distintas Administraciones Públicas y los organismos con personalidad jurídica propia dependientes de aquella.

Se consideran casos especiales los siguientes: -

Los españoles menores de 14 años y los extranjeros menores de 18 podrán utilizar el NIF de sus represen-

7575

N ÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL tantes legales, salvo que sean empresarios o profesionales, en cuyo caso deberán solicitar su propio NIF. -

Los establecimientos permanentes en territorio español de una entidad no residente deberán solicitar su propio NIF.

-

Los mayores de edad extranjeros no residentes, quiénes deberán solicitar el NIF cuando realicen operaciones con trascendencia tributaria.

III.

COMPOSICIÓN DEL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

Con carácter general y para las personas físicas de nacionalidad española, el NIF es el número de su documento nacional de identidad seguido del correspondiente código o carácter de verificación constituido por una letra. Por su parte, para las personas físicas que carezcan de la nacionalidad espa-

ñola, el NIF se corresponde con el número de identidad de extranjero que se les asigne, salvo que no tengan obligación de disponer de número de identificación de extranjero, en cuyo caso y cuando realicen operaciones con trascendencia fiscal, solicitarán a la Agencia Tributaria un NIF integrado por nueve caracteres (una letra inicial, la M, siete caracteres alfanuméricos y un carácter de verificación alfabético). En cuanto a las personas jurídicas, dispondrán de un NIF que las identifique y que será invariable cualesquiera que sean las modificaciones que experimenten, salvo que cambien su forma jurídica o nacionalidad. Dicho número incluirá: 1. Información sobre la forma jurídica. Esta identificación vendrá dada por la letra inicial que consta en el código de identificación. En la tabla siguiente se recogen las distintas identificaciones posibles.

A: Sociedades anónimas

B: Sociedades de responsabilidad limitada

C: Sociedades colectivas

D: Sociedades comanditarias

E: Comunidades de bienes

F: Cooperativas

G: Asociaciones y otro tipo no definido

H: Comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal

N: Entidades no residentes

P: Corporaciones locales

Q: Organismos autónomos, estatales o S: Órganos de la Administración del Estado y Cono y asimilados y congregaciones e insti- munidades Autónomas tuciones religiosas

2. Un número aleatorio que, en el caso de las personas físicas, se corresponde con el número del Documento Nacional de Identidad (DNI). 3. Un carácter de control que sirve para verificar si el NIF es correcto o no. El proceso de asignación de este código de verificación es el siguiente:

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a) El número aleatorio anterior se divide entre 23 que son las letras disponibles en el alfabeto español sin contar la "ch", "ll", y la "ñ", que nunca son letras de verificación. b) El cociente entero se multiplica por 23.

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N ÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL c) El resultado anterior se resta del número aleatorio asignado, lo que da un número comprendido entre 0 y 23.

d) El número resultante se lleva a la tabla de equivalencias, lo que permite obtener la letra de verificación.

0= T

5 =M

10 =X

15 =S

20 =C

1 =R

6 =Y

11 =B

16 =Q

21 = K

2 =W

7 =F

12 =N

17 =V

22 = E

3 =A

8 =P

13 =J

18 =H

23 =T

4 =G

9 =D

14 =Z

19 =L

Por otro lado, aquellos sujetos que lleven a cabo operaciones intracomunitarias y, con el fin de garantizar el control adecuado de estas operaciones por parte de la Administración Tributaria para facilitar el intercambio de información entre Administraciones Tributarias de diferentes Estados, deben solicitar el NIF-IVA y, más concretamente, deberán solicitarlo a: - Los empresarios o profesionales que realicen entregas de bienes, prestaciones de servicios o adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA. - Las personas jurídicas que no actúen como empresarios o profesionales,

cuando las adquisiciones intracomunitarias de bienes que efectúen estén sujetas al IVA. Para ello es necesario que se solicite, por parte del interesado, la inclusión en el Registro de operadores intracomunitarios. La composición del NIF-IVA será la del propio NIF, al que se antepondrá el prefijo del país correspondiente (en el caso de España ES, conforme al estándar internacional código ISO-3166 alfa 2). Para el resto de países de la Unión Europea, las siglas identificativas de la nacionalidad que figurarán en el NIF-IVA son las que se recogen a continuación:

DE Alemania

FR Francia

IT Italia

AT Austria

GB Gran Bretaña

LU Luxemburgo

BEBélgica

ELGrecia

PTPortugal

DK Dinamarca

NL Holanda

SE Suecia

FIFinlandia

IE Irlanda

ES España

CY Chipre

CZRepública Checa

EEEstonia

HUHungría

LT Lituania

LV Letonia

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7577

N ÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL MT Malta

PLPolonia

SI Eslovenia

SK Eslovaquia

IV.

OBTENCIÓN DEL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

Para la obtención del NIF los trámites son distintos, según nos encontremos ante una persona física o una persona jurídica. -

-

En el caso de que la persona sea física bastará con que lo solicite personalmente o por correo a la Agencia Tributaria aportando para ello una fotocopia del DNI. En el caso de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, deberán solicitarlo en la Agencia Tributaria siempre que vayan a ser titulares de actividades con trascendencia tributaria, para lo que deberán aportar: •

Copia de la escritura pública o documento fehaciente de su constitución.



Copia de los estatutos sociales o documento equivalente.



Certificación de su inscripción, si procede, en el Registro Público.

En este caso, la Agencia Tributaria dispone de 10 días para asignar un NIF que será provisional en el caso de faltar algún documento acreditativo o definitivo si no falta ninguno.

V.

Cualquier persona o empresa deberá comunicar su NIF a aquellas personas o empresas con las que mantenga relación económica y deberán hacerlo constar en las facturas que expidan. Así, en concreto, es obligatorio comunicar el NIF en cualquiera de los siguientes casos: -

Si se perciben o se pagan rendimientos del trabajo desde establecimientos situados en España.

-

En el caso de los rendimientos del capital mobiliario abonados en España.

-

Si se transmiten o adquieren valores mobiliarios situados en España habrá de transmitirse el NIF a la entidad emisora o al intermediario financiero correspondiente.

-

En escrituras o documentos relacionados con derechos reales sobre bienes inmuebles, rústicos o urbanos.

-

Cuando se firmen pólizas de seguros, así como cuando se reciban indemnizaciones.

-

Cuando se realicen aportaciones a planes de pensiones o se perciban prestaciones de dichos planes.

-

Para el cobro de cheques emitidos por una entidad crediticia, cualquiera que sea su importe, siempre que el abono no se realice en una entidad bancaria.

-

Cuando se cobren cheques por cuantía superior a los 3.000 €.

OBLIGACIÓN DE UTILIZAR EL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

Con carácter general los sujetos pasivos deberán consignar el NIF de todas las personas o entidades con las que establezcan relaciones económicas o profe-

7578

sionales, así como facilitar el suyo propio a estas personas y a la Agencia Tributaria.

ANA CRISTINA MINGORANCE ARNÁIZ

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N VI Véase también: "Agrupación de Interés Económico (AIE)"; "Código de Identificación Fiscal"; "Comunidad de bienes"; "Fondo de pensiones"; "Herencia" e "Impuesto sobre el Valor Añadido".

NÚMERO PIN Personal Identification Number (PIN) Código numérico, habitualmente de cuatro dígitos, asociado a una tarjeta de crédito o débito para verificar la identidad de un cliente, que se utiliza para efectuar operaciones en los cajeros automáticos o pagos en los establecimientos comerciales. Es un código secreto que sólo debe conocer el titular de la tarjeta para evitar un uso fraudulento de la misma. En este sentido, existen distintas recomendaciones a los titulares para aumentar la seguridad en el uso del número secreto asociado a las tarjetas, como,

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por ejemplo, las siguientes del Banco de España: -

No anotar nunca el número secreto junto a la tarjeta.

-

Evitar la coincidencia de datos de fácil obtención (fecha de nacimiento, documento nacional de identidad, etcétera) con el número secreto. MARIO CANTALAPIEDRA ARENAS

Véase también: "Tarjetas bancarias".

NVI Véase: "Índice de Volumen Negativo (NVI)".

7579

OBJETIVO COMERCIAL Marketing objective I. CONCEPTO 1. Definición 2. Características 3. Los objetivos y sus métricas o indicadores • II. EL PAPEL DE LOS OBJETIVOS COMERCIALES EN LA PLANIFICACIÓN 1. La interacción entre los objetivos comerciales y el resto de objetivos de la empresa 2. Los objetivos comerciales en el plan de marketing • III. TIPOS DE OBJETIVOS COMERCIALES 1. Objetivos de posición de mercado 2. Objetivos de ventas

I.

CONCEPTO

1. Definición Los objetivos comerciales son metas específicas asignadas a la función comercial o de marketing de una empresa, establecidas por la dirección de marketing y expresadas en términos cualitativos y cuantitativos. Representan la apuesta de una compañía, en concreto, ante el mercado y tienen una importancia vital para su supervivencia, ya que inciden directamente en su cuenta de resultados, al determinar, entre otras variables, los niveles de facturación esperados en el futuro. Estos objetivos constituyen una interpretación de la dirección de marketing, acotada en el tiempo y en el espacio, de las oportunidades y amenazas del entorno y de las fortalezas y debilidades de la empresa. Son, por tanto, el origen y

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el fin, los determinantes y la guía de la actuación del departamento de marketing. En el lenguaje empresarial y académico objetivo comercial y objetivo de marketing habitualmente se consideran sinónimos y, como tales, se emplean en este texto. No obstante, hay que señalar que, a veces, los objetivos comerciales se utilizan para referirse a los objetivos específicos del departamento de ventas.

2. Características A la hora de elaborar los objetivos comerciales y, en general, cualquier objetivo empresarial, se han de tener presentes unas características básicas que se deben cumplir para facilitar su ejecución y control. En concreto, los objetivos deben ser: -

Claros y detallados cuantitativa y cualitativamente, para favorecer su comprensión y evitar malentendidos.

-

Medibles, en aras de un mejor control y seguimiento de los resultados.

-

Realistas, para tensionar a la organización pero sin ser exageradamente difíciles de cumplir. Este equilibrio exige que los objetivos se basen en las fortalezas y debilidades de la empresa y en las amenazas y oportunidades que brinda el entorno, al tiempo que cuentan con los recursos necesarios.

-

Delimitados en el tiempo, de forma que la compañía y, en concreto, el

7581

O BJETIVO COMERCIAL -

Delimitados en el tiempo, de forma que la compañía y, en concreto, el departamento de marketing dispone de un plazo para cumplirlos.

-

Compatibles con la satisfacción a consumidores, proveedores, intermediarios, accionistas y stakeholders o grupos de interés, en general.

-

Coherentes entre sí y jerarquizados, para poder asignar adecuadamente prioridades, recursos y responsabilidades.

3. Los objetivos y sus métricas o indicadores La formulación de los objetivos no está completa hasta que no se establezcan unas métricas o indicadores que permitan medir su grado de consecución. La dirección comercial no puede decir simplemente que sus objetivos son incrementar la rentabilidad, aumentar la satisfacción de los clientes o mejorar las ventas y la cuota de mercado... Debe introducir indicadores concretos para medirlos, como por ejemplo: -

Reducir los costes de ventas un 5% o aumentar el margen del producto A en la zona X un 7% serían indicadores del objetivo de incrementar la rentabilidad.

-

Disminuir las quejas de clientes un 10% o captar un 5% de clientes perdidos podrían ser dos posibles indicadores del objetivo de aumentar la satisfacción de los clientes.

-

Aumentar la cuota de mercado en la zona Z un 15% o aumentar las ventas del producto B en la zona Y un 8%, serían ejemplos de indicadores relacionados con el objetivo de mejorar las ventas y la cuota de mercado.

7582

II.

EL PAPEL DE LOS OBJETIVOS COMERCIALES EN LA PLANIFICACIÓN

1. La interacción entre los objetivos comerciales y el resto de objetivos de la empresa Cada organización fija unos objetivos generales, que guían y delimitan la actuación de todos sus departamentos o unidades funcionales. A su vez, cada una de estas unidades fija sus propios objetivos, subordinados a los generales. Así pues, en cualquier empresa es fácil encontrar multitud de objetivos, diversos y dispares, pudiendo llegar incluso a ser contradictorios. Si existen objetivos incompatibles es imposible lograrlos simultáneamente, haciéndose entonces preciso resolver los conflictos que se presenten, estableciendo prioridades desde el punto de vista general de la empresa. Un caso típico de conflicto se suele dar entre los objetivos del departamento de ventas (lograr nuevos clientes, aumentar ventas) y los del área financiera (aumentar la liquidez, disminuir la morosidad). Con objetivos de este tipo el conflicto entre ambos departamentos es inevitable. Los vendedores querrán tener facilidades de pago para lograr más fácilmente nuevos clientes y pedidos, mientras que el departamento financiero no estará dispuesto a financiar a los nuevos clientes, pues influiría negativamente en su objetivo de disminuir la morosidad. Si no se llega a un consenso, en beneficio de la empresa en su conjunto, los dos departamentos estarán entorpeciéndose mutuamente.

2. Los objetivos comerciales en el plan de marketing El plan de marketing y ventas, también llamado plan de acción comercial para resaltar su carácter operativo, refleja

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O BJETIVO COMERCIAL la vocación de la empresa de recoger un conjunto de acciones comerciales concretas, programadas en el espacio y en el tiempo, generalmente un año, que impulsen la respuesta del mercado deseada por la empresa y expresada en la formulación de sus objetivos comerciales o de marketing. Los objetivos comerciales, por tanto, actúan como elementos articuladores del plan comercial, justificando la puesta en marcha de todo el proceso de elaboración de estrategias y planes de acción, así como de asignación de recursos para la ejecución de dichos planes.

III.

TIPOS DE OBJETIVOS COMERCIALES

En la práctica empresarial cada compañía tiene prioridades y formas de trabajo diferentes, estableciendo sus objetivos según sus circunstancias y necesidades concretas. A pesar de esta realidad es conveniente, pedagógicamente, hacer un esfuerzo clasificador. Desde esta perspectiva didáctica, podemos considerar dos grandes grupos de objetivos comerciales: los de posición de mercado y los de ventas.

1. Objetivos de posición de mercado Estos objetivos persiguen cuantificar la posición de mercado que la empresa pretende lograr al término del ejercicio en sus marcas y/o productos. Esta posición constituye el objetivo estratégico del área comercial y persigue fijar resultados cuantificados para todos los parámetros de la posición de la empresa y sus productos y marcas en el mercado. En general, podemos considerar tres tipos de objetivos globales de posición de mercado, relacionados con: -

El nivel de notoriedad de la compañía y sus productos y marcas (nivel de recuerdo, imagen de marca...).

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-

El nivel de preferencia (predisposición de compra, fidelidad...).

-

El nivel de éxito (cuota de mercado, rentabilidad de las ventas...).

Estos objetivos globales se subdividen en objetivos parciales o «subobjetivos» vinculados más o menos directamente con cada una de las variables del marketing-mix: -

Subobjetivos de producto: porcentaje de prueba, porcentaje de recompra, ruptura de stock...

-

Subobjetivos de precio: condiciones de pago, margen del distribuidor...

-

Subobjetivos de distribución: disponibilidad, presencia adecuada en el lineal, rotación, ruptura en lineal...

-

Subobjetivos de comunicación: notoriedad, nivel de recuerdo, satisfacción, primas a vendedores...

2. Objetivos de ventas Los objetivos de ventas deben diseñarse considerando tanto las unidades internas que tengan relación con las ventas (dirección de ventas en su conjunto, vendedores, delegaciones territoriales...) como la estructura de la demanda y del mercado (ventas por producto, por canal de distribución, por segmentos de clientes, por sector económico, por grandes cuentas...). Estos dos bloques de objetivos de ventas deben, además, estar adecuadamente cruzados y consolidados. Así se evitan duplicaciones y se facilita conocer el volumen total de ventas esperado y sus diferentes posibles desgloses, lo que sirve de elemento motivador y de control en todos los agentes y unidades implicados. La fuerza de ventas de la empresa constituye una herramienta de marketing, pero, dada su importancia como único motor generador de ingresos de

7583

O BJETIVO DE AUDITORÍA explotación, en la práctica, el equipo de ventas se estructura como un departamento independiente del de marketing. De hecho, muchas PYME no tienen departamento de marketing, contando únicamente con uno de ventas. La dirección de ventas asume la responsabilidad de fijar los objetivos de su departamento, lo que determina el resto de sus funciones: elección del tipo y tamaño del equipo de ventas, asignar a los vendedores territorios, formarles, etc. En cualquier caso, los objetivos de ventas deben ser coherentes con los objetivos de posición de mercado, pudiéndose expresar de diversas formas: volumen de ventas, número de pedidos, número de visitas, aumento de nuevos clientes, número de pedidos, venta media por cliente, etc. FRANCISCO BENJAMÍN COBO QUESADA

formulación estratégica, la empresa ha de diseñar su sistema de objetivos, que estará constituido por tres niveles diferentes: 1.

La misión u objetivo supremo: declaración general de lo que quiere ser la empresa.

2.

Los objetivos generales: objetivos a largo plazo que desea alcanzar la empresa. Estos pueden ser de dos tipos: objetivos corporativos, que se definen con carácter financiero y para cada uno de los stakeholders o grupos de interés de la empresa y objetivos de las unidades estratégicas de negocios, que corresponden a objetivos referidos a cada uno de los negocios o actividades a las que se dedica la empresa.

3.

Los objetivos operativos o funcionales: concretan los objetivos generales de la empresa para hacer posible su realización y están referidos a cada una de las áreas funcionales o departamentos de la empresa (de marketing, de producción, financieros, de recursos humanos, etc.).

II.

CORRIENTES DE PENSAMIENTO

Véase también: "Marketing" y "Segmentación".

OBJETIVO DE AUDITORÍA Véase: "Auditoría".

OBJETIVO EMPRESARIAL Company objective I. CONCEPTO • II. CORRIENTES DE PENSAMIENTO • III. CARACTERÍSTICAS Y FUNCIONES DE LOS OBJETIVOS EMPRESARIALES • IV. CLASES DE OBJETIVOS GENERALES

I.

CONCEPTO

Se trata del fin o meta que desea alcanzar la empresa. En el proceso de la

7584

Existen dos corrientes de pensamiento diferentes sobre el diseño de los objetivos empresariales: el enfoque financiero o de los shareholders y el enfoque social o de los stakeholders. En el primero de los enfoques, la empresa posee unos objetivos que son prioritarios sobre los demás, que son los objetivos de los propietarios de la empresa o accionistas (en el caso de una sociedad anónima); en este caso, los directivos de la empresa son los que se ocupan de alcanzar dichos objetivos (maximización del beneficio o del valor de la empresa), para satisfacer a los propietarios. Los shareholders son los propietarios reales (so-

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O BJETIVO EMPRESARIAL cios) o de facto (directivos del ápice estratégico) de la empresa y son quienes poseen el mayor poder para fijar los objetivos a seguir. En cambio, en el segundo de los enfoques, se considera que la empresa tiene múltiples objetivos, que son el resultado de un proceso de negociación entre los diferentes stakeholders o grupos de interés que constituyen la empresa; en este caso, los directivos actúan como intermediarios, tratando de diseñar un sistema de objetivos que beneficie a todos.

III.

CARACTERÍSTICAS Y FUNCIONES DE LOS OBJETIVOS EMPRESARIALES

-

Sirven como guía de las decisiones empresariales: a través del diseño de los objetivos, la empresa decide qué es lo que quiere hacer y cómo lo quiere hacer.

-

Sirven para evaluar y controlar: a través del diseño de objetivos, la empresa puede saber si está teniendo éxito o no, es decir, si está haciendo las cosas correctas y correctamente. Al comparar los objetivos o resultados deseables con los resultados reales, se puede saber si la empresa va por buen camino o no. Para poder controlar, los objetivos han de ser cuantificables o medibles.

-

Sirven para motivar: cuando se asigna un objetivo a una persona o a un grupo de personas, se les está planteando un reto que les va a obligar a esforzarse. La motivación será positiva cuando los objetivos sean realistas, es decir, alcanzables. No tiene sentido plantear objetivos que son inalcanzables.

-

Sirven para comunicar: los objetivos pueden servir también de relaciones públicas de la empresa (herramienta de marketing). A través de ellos, la empresa comunica a la sociedad cuál es su fin y cuáles son sus principios y valores. Para ello, los objetivos han de ser claros y específicos.

Los objetivos no son válidos o útiles si no cumplen las siguientes características: -

Objetivos claros: han de estar correctamente definidos, con claridad y sencillez.

-

Objetivos específicos: han de especificarse lo máximo posible, es decir, se han de detallar al máximo.

-

Objetivos medibles: se han de poder cuantificar a través de una medida determinada. Hay objetivos que son fácilmente medibles (productividad, rentabilidad, cuota de mercado, etc.); sin embargo, hay otros (objetivos subjetivos) que son más difíciles de medir (ambiente de trabajo, grado de polivalencia del personal, etc.).

-

Objetivos realistas: han de ser alcanzables porque de lo contrario pueden generar frustración entre las personas; pero al mismo tiempo han de ser ambiciosos.

Por otra parte, los objetivos han de cumplir una serie de funciones básicas en la organización o empresa, como son:

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IV.

CLASES DE OBJETIVOS GENERALES

Los objetivos generales de la empresa son los fines que, a largo plazo y de forma global, desea alcanzar la empresa. La flexibilidad es una condición necesaria para definir este tipo de objetivos. A lo largo de la historia de la empresa, ha existido controversia sobre cuáles son los objetivos prioritarios o principales de la empresa. Así, en empresas controladas directamente por sus propieta-

7585

O BJETIVO FINANCIERO DE LA EMPRESA rios o empresarios, el objetivo principal siempre será la maximización de los beneficios o del valor de la empresa. Sin embargo, cuando se trata de empresas donde intervienen o tienen intereses múltiples actores, los objetivos han de ser definidos a través de un proceso de negociación basado en el poder de influencia de cada uno de dichos actores. En este caso, la empresa puede formular dos clases de objetivos generales: objetivos económico-financieros y objetivos económico-sociales; los primeros garantizan la viabilidad de la empresa, su supervivencia, mientras que los segundos garantizan su fin social o responsabilidad social. Es importante que la empresa sea capaz de alcanzar un equilibrio entre ambas clases de objetivos. Son objetivos económico-financieros la rentabilidad (o maximización del beneficio), el crecimiento (aumento de la cuota de mercado o de la posición competitiva de la empresa) y la capacidad de adaptación o flexibilidad. Los objetivos económico-sociales se pueden dividir en dos tipos: -

-

Objetivos internos: aquellos que afectan a los actores internos de la empresa como los trabajadores (objetivos de seguridad, formación, remuneración, condiciones laborales, información y acción sindical, entre otros), los directivos (objetivos de reputación y compensaciones económicas) y los propietarios (derechos económicos y políticos). Objetivos externos: son aquellos que afectan a los actores externos de la empresa como los clientes y proveedores (información, transparencia, calidad, etc.) o la sociedad en general (generación de empleo, riqueza, protección del medio ambiente, etc.). VANESSA CAMPOS CLIMENT

7586

Véase también: "Misión de la organización".

LO ESENCIAL SOBRE OBJETIVO EMPRESARIAL Libros •



CUERVO GARCÍA, ÁLVARO (director), Introducción a la Administración de empresas , Editorial Cívitas, Madrid, 1994. TREVOR KERRY, Objetivos de aprendizaje, asignación de tareas y diversificación , Editorial Octaedro, Barcelona, 2005.

Artículos de opinión •



ALONSO RAMOS, EMILIO, "La utilización de los objetivos como criterio de eficacia organizacional", Revista del Ministerio de Trabajo e Inmigración N.º 56, 2005 (Ejemplar dedicado a: Economía y Sociología), pp. 137-148. LLORENS MONTES, FRANCISCO JAVIER , "Dependencia del entorno y delimitación de objetivos en las organizaciones: Una aproximación", Economía Industrial N.º 310, 1996, pp. 183-189.

OBJETIVO FINANCIERO DE LA EMPRESA Company financial objective / Financial objective of a company El objetivo de las finanzas empresariales es la consecución de las metas de índole financiera que permitan alcanzar el objetivo general de la empresa. Desde el punto de vista de la Teoría Neoclásica, el objetivo fundamental de la empresa es la consecución del máximo beneficio; ahora bien, para las modernas

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O BJETIVOS DE LA CALIDAD finanzas empresariales esto no es correcto por varias razones: -

porque el beneficio empresarial no siempre es una buena medida de los resultados reales obtenidos por la empresa.

-

Porque la maximización del beneficio contable de un período puede afectar negativamente a los resultados de otros períodos; es decir, el beneficio es un concepto estático.

-

Porque la maximización de los beneficios no tiene en cuenta el riesgo asumido.

al influir, tanto en el nivel de la corriente de beneficios o rentabilidad, como en el grado de riesgo. Ahora bien, este objetivo no está exento de dificultad, pues no es factible su contrastación en las empresas no cotizadas (que, numéricamente, son la inmensa mayoría). A esto se añade la consideración de otros factores relacionados con la teoría de la agencia, pues puede ocurrir que las decisiones que tomen los directivos no se encaminen hacia la consecución de la máxima riqueza de los accionistas sino que traten de obtener objetivos propios.

Este objetivo del máximo beneficio ha quedado "obsoleto" y ha dado paso a otros que se encaminan de forma concreta hacia la supervivencia; la elusión del fracaso empresarial; la superación de los competidores; la consecución de las mejores cuotas de mercado posibles, el logro de la eficiencia en costes, el crecimiento de los ingresos; etc.

Otras limitaciones de este objetivo de la empresa son las restricciones legales o gubernamentales; la aplicación de los criterios de Responsabilidad Social de la Empresa, etc.

Por tanto, el objetivo general de la empresa es la consecución del máximo valor de la empresa (no del máximo beneficio) para los socios, accionistas o propietarios.

OBJETIVOS DE LA CALIDAD

RICARDO PALOMO ZURDO MAYRA VIEIRA CANO

Quality goals La consecución del máximo valor de las acciones es un objetivo más amplio que la maximización del beneficio, pues tiene en cuenta elementos clave para la toma de decisiones financieras: el plazo temporal, el riesgo asumido y los flujos de caja generados.

La norma ISO 9000 define objetivo de la calidad como algo ambicionado o pretendido, relacionado con la calidad.

Conseguir el máximo valor es equivalente a la "maximización" de la riqueza de los socios o accionistas, del precio de las acciones y de los flujos de tesorería generados por la empresa.

La norma ISO 9001, en su apartado relativo a planificación, establece la necesidad de que la organización defina los objetivos de la calidad, de forma que sean coherentes con la política de la calidad que ha definido previamente la alta dirección.

Hay que tener en cuenta que las decisiones financieras afectan al valor de mercado de las acciones de la empresa,

La definición de los objetivos de la calidad se debe realizar de forma que estos sean:

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O BJETIVOS MEDIOAMBIENTALES -

Coherentes con la política de la calidad

-

Claros y precisos (y comprensibles por el personal implicado)

LO ESENCIAL SOBRE OBJETIVOS DE LA CALIDAD Documentación

-

Medibles (cuantificables siempre que sea posible)



-

Ambiciosos pero realizables (aunque supongan un reto, este debe ser alcanzable)



La planificación de los objetivos de la calidad definidos se puede realizar a través de planes y programas, en función del nivel de detalle requerido en cada caso, pero siempre que se vayan a implantar se debe detallar suficientemente la forma de hacerlo. Siempre se debe realizar una planificación inicial, detallando los recursos humanos y materiales necesarios, así como los recursos necesarios para poder llevarlos a cabo, estableciendo el marco temporal previsto en cada caso y las responsabilidades asociadas, de forma que permita una adecuada implementación de los objetivos previstos, incluyendo el seguimiento y medición de los logros obtenidos. El establecimiento, implantación y revisión de los objetivos de la calidad se convierte de esta forma en una herramienta de gestión de la organización que permite la evolución y mejora continua de la eficacia de la misma.

ISO 9000:2005 Sistemas de gestión de la calidad. Fundamentos y vocabulario. ISO 9001:2008 Sistemas de gestión de la calidad. Requisitos.

OBJETIVOS MEDIOAMBIENTALES Environmental goals La norma ISO 14001 define objetivo ambiental como fin ambiental de carácter general coherente con la política ambiental que una organización establece y meta ambiental como el requisito de desempeño detallado aplicable a la organización o a partes de ella, que tiene su origen en los objetivos ambientales y que es necesario establecer y cumplir para alcanzar dichos objetivos. La norma ISO 14001, en su apartado relativo a planificación, establece la necesidad de que la organización defina los objetivos y metas ambientales en los niveles y funciones pertinentes, de forma que sean coherentes con la política ambiental que ha definido previamente la alta dirección. La definición de los objetivos de la calidad se debe realizar de forma que estos sean:

IVAN DIAGO SÁNCHEZ

Véase también: "Calidad"; "Mejora continua" y "Sistema de gestión de la calidad".

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-

Coherentes con la política ambiental

-

Coherentes con el compromiso de prevención de la contaminación

-

Coherentes con el compromiso de cumplimiento de los requisitos lega-

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O BLIGACIÓN BONIFICADA les aplicables y otros compromisos que la organización suscriba

ción que permite la evolución y mejora continua de la eficacia de la misma.

-

Coherentes con el compromiso de mejora continua

IVAN DIAGO SÁNCHEZ

-

Claros y precisos (y comprensibles por el personal implicado)

Véase también: "Mejora continua" y "Sistema de gestión ambiental".

-

Medibles (cuantificables siempre que sea posible)

-

Ambiciosos pero realizables (aunque supongan un reto, este debe ser alcanzable)

La planificación de los objetivos y metas ambientales definidos se puede realizar a través de planes y programas, en función del nivel de detalle requerido en cada caso, pero siempre que se vayan a implantar se debe detallar suficientemente la forma de hacerlo. En la planificación se debe contemplar el uso de las mejores técnicas disponibles cuando sea económicamente viable, así como las actividades, productos o servicios actuales, así como para las nuevas actividades, productos o servicios previstos, incluyendo las modificaciones necesarias en las instalaciones o en los procesos productivos y operativos. Siempre se debe realizar una planificación inicial, detallando los recursos humanos y materiales necesarios, así como los recursos necesarios para poder llevarlos a cabo, estableciendo el marco temporal previsto en cada caso y las responsabilidades asociadas, de forma que permita una adecuada implementación de los objetivos y metas ambientales previstos, incluyendo el seguimiento y medición de los logros obtenidos. El establecimiento, implantación y revisión de los objetivos y metas ambientales se convierte de esta forma en una herramienta de gestión de la organiza-

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LO ESENCIAL SOBRE OBJETIVOS MEDIOAMBIENTALES Documentación •

ISO 14001:2004 Sistemas de gestión ambiental. Requisitos con orientación para su uso.

OBLIGACIÓN Véase: "Bono".

OBLIGACIÓN BONIFICADA Tax exempt bond Una obligación bonificada es una obligación simple con pago de cupones como rendimiento explícito, con la única particularidad de que, el sujeto que cobre los cupones, tendrá derecho al 95% de bonificación en su declaración de IRPF o ISS. Aunque en el pasado (años ochenta y noventa) existieron dos modalidades: las obligaciones con retención del 1,20% y derecho a desgravación del 24% y las obligaciones con retención del 18% y bonificación del 95% en la cuota del Impuesto sobre Sociedades (art. 25-C-1), la segunda de las modalidades dejó de utilizarse en la década de los noventa, autori-

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O BLIGACIÓN BONIFICADA zándose a Endesa la última de aquellas emisiones. Estas emisiones tuvieron un importante desarrollo en los años ochenta, para potenciar el sector Eléctrico y compensarle de la moratoria nuclear. Desde los años noventa, afectan casi con exclusividad a empresas concesionarias de autopistas. En las obligaciones con retención del 1,20%, si el titular es una persona física o sociedad mercantil no financiera, cuando cobre los cupones sufrirá una retención de sólo un 1,20%, en lugar del 18% general. Al año siguiente, cuando presente su declaración de impuestos, puede deducir de la cuota como si se le hubiera retenido el 24%.

y el TIR obviamente del 4%. Pero los flujos financiero-fiscales son diferentes. Supongamos que el pago de

Para el emisor, tienen la ventaja de que puede emitir a un tipo de interés inferior al de mercado; por lo demás, la emisión es idéntica a una emisión de obligaciones simples. Sin embargo, para los suscriptores, la rentabilidad financiero-fiscal es superior ya que tributan en la base imponible del ahorro al 18%, pero después pueden deducirse de la cuota íntegra el 24%. Ejemplo: Emisión de obligaciones Audasa, cupón 4% pagadero los 30 de junio de cada año. Un inversor compra un millón de euros en obligaciones Audasa a ocho años, a la par. Financieramente el planteamiento es:

impuestos es justamente doce meses después del pago del cupón (30 de junio):

con un TIR del 4,867441425% como rentabilidad financiero-fiscal bruta.

en ella se refleja el beneficio fiscal de este tipo de obligaciones.

No obstante, la más interesante es la rentabilidad financiero-fiscal neta, ya que

Para el ejemplo que nos ocupa, tendríamos lo siguiente:

Rentabilidad neta de la inversión = 40.000 + 1.920 = 41.920 €.

Rentabilidad equivalente que habría que obtener con un activo no bonificado:

7590

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O BLIGACIÓN DE DECLARAR A esta cifra, también se puede llegar utilizando la fórmula siguiente, en la que "ti" es el tipo impositivo al que se tributa, en nuestro caso el 18%:

Vemos que, por el efecto fiscal, conseguimos incrementar en 1,112% la rentabilidad del 4% que tenía la obligación en origen.

yente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, se establecen algunos casos en los que se exime de la obligación de declarar al sujeto pasivo.

MIGUEL CÓRDOBA BUENO

La Ley 4/2008, de 23 de Diciembre, suprimió la obligación de declarar en el Impuesto sobre el Patrimonio a partir del 1 de Enero de 2008.

Véase también: "Operaciones de arbitraje"; "Operaciones de especulación" y "Operaciones de pasivo".

OBLIGACIÓN DE CONSOLIDAR

En relación con la obligación de presentar declaraciones por parte de los retenedores u obligados a ingresos a cuenta, Véase "Retenciones Tributarias".

II. Véase: "Consolidación contable".

OBLIGACIÓN DE DECLARAR Obligation to declare I. CONCEPTO • II. LA OBLIGACIÓN DE DECLARAR EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

I.

Están obligados a presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas los siguientes contribuyentes: -

Aquellos que hayan obtenido durante el ejercicio ingresos superiores a los importes que se detallan a continuación, en función del origen de las rentas obtenidas.

-

Contribuyentes que, con independencia de la cuantía y naturaleza o fuente de las rentas obtenidas, tuvieran derecho a deducción por inversión en vivienda, por cuenta ahorroempresa, por doble imposición internacional o bien hayan realizado

CONCEPTO

Están obligados a declarar, cuando así se establezca, las personas (físicas o jurídicas) que tengan la condición de sujetos pasivos de cualquiera de los impuestos vigentes. No obstante, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con el fin de facilitar al contribu-

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LA OBLIGACIÓN DE DECLARAR EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

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O BLIGACIÓN DE DECLARAR aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial, seguros de dependencia o mutualidades de previsión social que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten el correspondiente derecho. -

Contribuyentes, incluidos los no obligados a declarar por razón de la cuantía y naturaleza o fuente de la renta obtenida en el ejercicio, que soliciten la devolución del impuesto que, en su caso, les corresponda.

Por su parte, no están obligados a declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: -

-

Aquellos sujetos pasivos que obtengan rentas, exclusivamente, de las siguientes fuentes: •

Rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 22.000 euros anuales.



Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, siempre que su cuantía global no supere los 1.600 euros anuales.



Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

Los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital (mobiliario o inmobiliario) o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de

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1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros. A efectos del cálculo de estos límites no se tendrán en cuenta las rentas exentas del IRPF. No obstante, el límite es de 11.200 euros para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo en los siguientes supuestos: -

Cuando procedan de más de un pagador. No obstante, el límite será de 22.000 euros anuales en los siguientes supuestos: •

Si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no supera en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.



Cuando se trate de pensionistas cuyos únicos rendimientos del trabajo consistan en las prestaciones pasivas derivadas de sistemas de protección social (sistemas de Seguridad Social, planes de pensiones, planes de previsión asegurados, mutualidades, seguros colectivos y seguros de dependencia) procedentes de dos o más pagadores, siempre que el importe de las retenciones practicadas por éstos haya sido determinado por la Agencia Tributaria, previa solicitud del contribuyente y, además, se cumplan los siguientes requisitos: a) Que no haya aumentado a lo largo del ejercicio el número de los pagadores de prestaciones pasivas respecto de los inicialmente comunicados al formular la solicitud. b) Que el importe de las prestaciones efectivamente satis-

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O BLIGACIÓN DE DECLARAR

-

fechas por los pagadores no difiera en más de 300 euros anuales del comunicado inicialmente en la solicitud. c) Que no se haya producido durante el ejercicio ninguna otra de las circunstancias determinantes de un aumento del tipo de retención. Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas (las que no se establezcan por decisión judicial así como las anualidades en favor de personas distintas de los hijos).

-

Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.

-

Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención (retribuciones de los Miembros de Consejos de Administración y demás órganos representativos, rendimientos derivados de impartir cursos, seminarios, conferencias o similares, así como los derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas si se cede el derecho a su explotación).

Cuadro 1: Contribuyentes no obligados a declarar en el IRPF Casos

Renta obtenida

Límites

Otras condiciones

a)

- Rendimientos del trabajo

22.000

- Un sólo pagador (2º y restantes = 1.500 euros anuales). - Prestaciones pasivas de dos o más pagadores cuyas retenciones hayan sido determinadas por la Agencia Tributaria.

11.200

- Más de un pagador (2º y restantes >1.500 euros anuales). - Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas. - Pagador de los rendimientos no obligado a retener. - Rendimientos del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

- Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimo-

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1.600

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O BLIGACIÓN MATERIAL Casos

Renta obtenida

Límites

Otras condiciones

niales sujetas a retención o ingreso a cuenta. - Rentas inmobiliarias imputadas.

1.000

- Rendimientos de Letras del Tesoro. - Subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado. b)

1.000

- Rendimientos del trabajo. - Rendimientos del capital (mobiliario inmobiliario). - Rendimientos de actividades económicas. - Ganancias patrimoniales. - Pérdidas patrimoniales.

BEGOÑA BARRUSO CASTILLO Véase también: "Bono" y "Renta fija".

OBLIGACIÓN MATERIAL Pecuniary obligation I. CONCEPTO • II. OBLIGACIÓN TRIBUTARIA PRINCIPAL • III. OBLIGACIONES DE REALIZAR PAGOS A CUENTA • IV. OBLIGACIONES ESTABLECIDAS ENTRE PARTICULARES RESULTANTES DEL TRIBUTO • V. OBLIGACIONES ACCESORIAS

I.

CONCEPTO

Desde un punto de vista fiscal, la Ley 58/2003 General Tributaria, de 17 de diciembre, no establece un concepto de

7594

” 005

obligación tributaria material pero enumera los tipos de obligaciones que conforman esta categoría. En concreto, el artículo 17.3 establece "son obligaciones tributarias materiales las de carácter principal, las de realizar pagos a cuenta, las establecidas entre particulares resultantes del tributo y las accesorias". La aplicación de los tributos origina un conjunto de obligaciones y deberes, derechos y potestades. Actualmente, la complejidad de la aplicación de los tributos ha alejado la concepción del tributo como una mera obligación material de pago. En este sentido, la Ley General Tributaria, para referirse a la estructura del tributo parte de la noción de relación jurídico-tributaria: "se entiende por relación jurídico-tributaria el conjunto de obligaciones y deberes, derechos y potes-

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O BLIGACIÓN MATERIAL tades originados por la aplicación de los tributos" (artículo 17.1). De la relación jurídico-tributaria pueden derivarse, tanto para el obligado como para la Administración, obligaciones materiales y obligaciones formales. Asimismo, la aplicación de un tributo también puede originar la imposición de sanciones tributarias en los casos de incumplimiento de obligaciones. Las obligaciones materiales, a diferencia de las obligaciones formales, son obligaciones pecuniarias y, a diferencia de las sanciones tributarias, no se originan por el incumplimiento de las obligaciones sino por la aplicación del tributo en cuestión.

II.

OBLIGACIÓN TRIBUTARIA PRINCIPAL

La obligación tributaria principal tiene por objeto el pago de la cuota tributaria. El nacimiento de la obligación de pago nace con la realización del hecho imponible. El hecho imponible es el presupuesto fijado por la ley para configurar cada tributo. Por ejemplo, en el Impuesto sobre el Valor Añadido el hecho imponible es la entrega de bienes o prestaciones de servicios realizadas por un empresario o profesional en el ejercicio de su actividad. Cuando el empresario pone a disposición del comprador un determinado bien nace la obligación tributaria de pago del impuesto. El hecho imponible es un elemento identificador del tributo. La realización del mismo determina la sujeción al tributo. En todo caso, la Ley General Tributaria prevé la posibilidad de completar la delimitación del hecho imponible mediante la mención de supuestos de no

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sujeción. Siguiendo con el ejemplo anterior, la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, de 28 de diciembre, dedica un precepto, el número 7, para aclarar algunos supuestos dudosos que no suponen la realización del hecho imponible y, por tanto, no determinan la sujeción al impuesto. Por ejemplo, entre las operaciones no sujetas al impuesto recoge las prestaciones de servicios por personas físicas en régimen de dependencia administrativa o laboral. El devengo es el momento en el que se entiende realizado el hecho imponible y en el que se produce el nacimiento de la obligación tributaria principal. Salvo que la ley disponga otra cosa, la fecha del devengo determina las circunstancias relevantes para la configuración de la obligación tributaria (artículo 21 de la Ley General Tributaria). Veamos dos ejemplos de esta premisa en los impuestos periódicos y en los instantáneos: -

Los impuestos periódicos son aquéllos en los que el hecho imponible se produce de forma continuada en el tiempo y el legislador establece una fecha concreta del devengo, esto es, una fecha concreta donde se entiende realizado el hecho imponible. Por ejemplo, en el Impuesto local sobre Bienes Inmuebles el hecho imponible es la titularidad de derechos sobre el bien inmueble. El devengo se fija por la ley el 1 de enero de cada año (artículo 75 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). En caso de venta del inmueble, a mitad del año, la obligación de pago del impuesto le corresponde a la persona que en el momento del devengo, uno de enero, era el sujeto pasivo del impuesto. Todo ello sin perjuicio de la facultad del sujeto pasivo de repercutir la car-

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O BLIGACIÓN MATERIAL

-

ga tributaria soportada conforme a las normas del derecho común (artículo 63.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

referencia a las exenciones. Las exenciones, como afirma el artículo 22 de la Ley General Tributaria, son aquellos supuestos en los que, a pesar de realizarse el hecho imponible, la ley exime del cumplimiento de la obligación tributaria principal.

Los impuestos instantáneos son aquellos en los que el hecho imponible se produce cuando se realiza efectivamente el supuesto concreto descrito por la ley. Se agota en el tiempo por su propia naturaleza. Por ejemplo, una compraventa entre particulares constituye la realización del hecho imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. El devengo se produce el día en que se realice el acto o contrato gravado. En este momento nace la obligación tributaria y se produce la sujeción al impuesto.

Los supuestos exentos de la obligación de pago son una modalidad de los supuestos de sujeción. Para que se produzca la exención debe producirse primero la sujeción al impuesto, esto es, la realización del hecho imponible. Por ejemplo, la obtención de renta por una persona física constituye el hecho imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Sin embargo, entre las rentas sujetas al Impuesto, el artículo 7 de la Ley 35/2006, declara exentas, entre otras, las derivadas de los premios literarios.

Otra cosa es el momento de la exigibilidad del pago. La ley propia de cada tributo puede establecer la exigibilidad en un momento distinto al del devengo. Siguiendo los ejemplos anteriores: -

-

En el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, las Ordenanzas Municipales, de acuerdo al marco legal que han de respetar, fijan el plazo de pago de la cuota en un momento distinto al del devengo. En el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, la normativa fija el plazo de treinta días hábiles a contar desde el momento en que se cause el acto o contrato (artículo 102 del Reglamento del Impuesto aprobado por Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo) para cumplir con la obligación de presentación de declaración y, en su caso, pago del tributo por el sujeto pasivo.

Por último, sobre la obligación principal de pago del tributo hay que hacer

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La diferencia entre los supuestos de no sujeción y los supuestos de exención es que, en los primeros no se realiza el hecho imponible mientras que en los segundos se realiza el hecho imponible, aunque el legislador exime al sujeto pasivo de la obligación tributaria principal de pago del tributo.

III.

OBLIGACIONES DE REALIZAR PAGOS A CUENTA

Las obligaciones de realizar pagos a cuenta se originan en los impuestos personales sobre la renta en los que se prevé la anticipación del pago del tributo antes del devengo y de la exigibilidad de la obligación tributaria principal. Estas obligaciones consisten en satisfacer un importe a la Administración tributaria a cuenta de la obligación tributaria principal. El contribuyente podrá deducir de la obligación tributaria principal el importe de los pagos a cuenta soportados, salvo que la ley de cada tributo establezca la posibilidad de deducir una can-

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O BLIGACIÓN MATERIAL tidad distinta a dicho importe (artículo 23 de la Ley General Tributaria).

son de aplicación diferentes regímenes jurídicos.

Existen tres tipos de obligaciones de pagos a cuenta: las retenciones, los ingresos a cuenta y los pagos fraccionados.

IV.

En las retenciones, el obligado es el retenedor que está obligado a retener una parte dineraria de la cantidad que abona y a declararla e ingresarla en la hacienda pública.

Las obligaciones entre particulares en aplicación de un tributo son aquellas que tienen por objeto una prestación de naturaleza tributaria exigible entre obligados tributarios.

En los ingresos a cuenta, el obligado es el obligado a realizar los ingresos a cuenta que tiene que ingresar, por obligación, una cantidad proporcional al valor de la retribución en especie que satisface.

Entre otras, son obligaciones de este tipo las que se generan como consecuencia de actos de repercusión, de retención o de ingreso a cuenta previstos legalmente (artículo 24 de la Ley General Tributaria).

El obligado a retener y el obligado a realizar el ingreso a cuenta es distinto del sujeto pasivo, que es el obligado a soportar la retención y/o el ingreso a cuenta y, además, el obligado de la obligación tributaria principal.

En el ámbito de la imposición indirecta, el Impuesto sobre el Valor Añadido es un gran ejemplo: el sujeto pasivo de la obligación tributaria principal (empresario o profesional que entrega bienes o presta servicios) es también un obligado a repercutir el gravamen al obligado a soportar la repercusión (consumidor que soporta el impuesto pero que no es el sujeto pasivo que ha de ingresar el gravamen en hacienda).

Por último, el pago fraccionado es la obligación de efectuar periódicamente, a lo largo del período impositivo, pagos fraccionados en proporción a los rendimientos obtenidos o al volumen de operaciones realizadas hasta ese momento por sus actividades. En este caso, el obligado a realizar el pago fraccionado coincide con el obligado de la obligación tributaria principal. Sujeto pasivo y obligado a realizar el pago fraccionado son la misma persona. Las obligaciones de realizar pagos a cuenta tienen carácter autónomo respecto de la obligación tributaria principal. En suma, en los tributos en los que el modo de gestión implica el nacimiento de obligaciones de pagos a cuenta, el tributo se identifica con un conjunto de obligaciones diferenciadas en los que intervienen distintos obligados y a las que

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OBLIGACIONES ESTABLECIDAS ENTRE PARTICULARES RESULTANTES DEL TRIBUTO

En el ámbito de la imposición directa, las obligaciones entre particulares son las de retención y de ingresos a cuenta. En ellas, el obligado a retener o a ingresar a cuenta exige de otro particular (el obligado a soportar la retención e ingresos a cuenta) la prestación de naturaleza tributaria que establece la normativa.

V.

OBLIGACIONES ACCESORIAS

Las obligaciones accesorias son también prestaciones pecuniarias que deben satisfacer a la Administración tributaria. La Ley General Tributaria establece un concepto residual al establecer, en su artículo 25, que son aquellas distintas de las demás obligaciones materiales.

7597

O BLIGACIÓN PERSONAL DE CONTRIBUIR Tienen naturaleza de obligaciones accesorias las que tienen por objeto satisfacer: -

El interés de demora, tanto por parte del contribuyente como por parte de la Administración.

-

Los recargos por declaración extemporánea.

-

Los recargos del período ejecutivo.

-

Otras prestaciones que imponga la ley.

En ningún caso, las sanciones tributarias tienen la consideración de obligaciones accesorias. ESTER MACHANCOSES GARCÍA Véase también: "Devengo (fiscalidad y economía pública)"; "Exención plena y limitada"; "Exención por reinversión"; "Hecho imponible"; "Ingreso a cuenta"; "Pago fraccionado"; "Retenciones tributarias".

OBLIGACIÓN PERSONAL DE CONTRIBUIR Personal obligation to contribute I. CONCEPTO • II. OBLIGACIÓN PERSONAL DE CONTRIBUIR EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS • III. OBLIGACIÓN PERSONAL DE CONTRIBUIR EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES • IV. OBLIGACIÓN PERSONAL DE CONTRIBUIR EN EL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

I.

CONCEPTO

La obligación personal de contribuir es un concepto estrechamente ligado en nuestro sistema tributario con la residencia fiscal del sujeto pasivo o contribuyente del impuesto y que va a determinar su

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tributación. En este sentido, cuando el contribuyente o sujeto pasivo del impuesto tiene su residencia fiscal en territorio español, tributará en España por la totalidad de sus rentas, capitales, bienes o derechos que adquiera u obtenga, con independencia de dónde se hayan obtenido o de dónde estén situados o del domicilio o residencia de la entidad pagadora. En definitiva, la obligación personal de contribuir obliga a una tributación de renta, capital o demás bienes y derechos con carácter mundial. Dependiendo de la normativa propia de cada impuesto, se califica el concepto de residencia fiscal que será el determinante de la forma de tributación por obligación personal del contribuyente o sujeto pasivo.

II.

OBLIGACIÓN PERSONAL DE CONTRIBUIR EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

El IRPF somete a gravamen a las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español. Así, los residentes en España, sean de nacionalidad española o extranjera, son los contribuyentes de este impuesto y son gravados en el IRPF por obligación personal lo que implica que tributarán por la totalidad de la renta que obtengan, con independencia del lugar donde se hubiera producido y cualquiera que sea la residencia del pagador. Excepcionalmente, personas físicas de nacionalidad española, su cónyuge no separado legalmente e hijos menores que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por ser miembros de misiones diplomáticas, oficinas consulares, delegaciones y representaciones permanentes acreditadas en organismos internacionales, funcionarios en activo destinados al extranjero y situaciones análogas recogi-

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O BLIGACIÓN REAL DE CONTRIBUIR das en la normativa del impuesto, tributarán como residentes en España, es decir por obligación personal en el impuesto. Por lo tanto, lo que determina en el IRPF la obligación de tributar por el mismo es el concepto de residencia habitual.

III.

OBLIGACIÓN PERSONAL DE CONTRIBUIR EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

El Impuesto sobre Sociedades se exige en todo el territorio español, pero su ámbito espacial viene determinado por la concurrencia en la entidad de que se trate de residente en nuestro territorio. Así, estarán sometidos por obligación personal de contribuir, los sujetos pasivos residentes en España y serán gravados por la totalidad de su renta, es decir por su renta mundial, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador. No obstante, existen circunstancias que pueden alterar el ámbito de la obligación personal, en concreto las siguientes: -

La aplicación de regímenes especiales por razón del territorio, es decir regímenes forales del País vasco y Navarra.

-

Los tratados y convenios internacionales.

-

La apreciación de determinadas exenciones, totales o parciales, previstas por la ley para ciertos sujetos y determinadas actividades.

Por lo tanto, lo que determina en el Impuesto sobre Sociedades la obligación de tributar por el mismo es el concepto de residencia fiscal.

IV.

OBLIGACIÓN PERSONAL DE CONTRIBUIR EN EL IMPUESTO

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SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES La tributación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se determina en función de si el contribuyente tiene su residencia habitual en España o en el extranjero. Si tiene su residencia habitual en España tributa por obligación personal por la totalidad de los bienes y derechos que adquiera, con independencia de donde estén situados o del domicilio o residencia de la persona o entidad pagadora y sin perjuicio de la deducción por doble imposición internacional que le pueda resultar aplicable. Aún no teniendo su residencia habitual en España, los representantes y funcionarios del Estado español en el extranjero también se someten al impuesto por obligación personal, cuando concurran las circunstancias y condiciones que establece la normativa del IRPF. Por lo tanto, lo que determina en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones la obligación de tributar por el mismo es el concepto de residencia habitual. CARMEN CALDERÓN PATIER Véase también: "Intereses tributarios de demora"; "Obligación de declarar"; "Obligación tributaria"; "Obligaciones formales" y "Recargo tributario".

OBLIGACIÓN REAL DE CONTRIBUIR Real obligation to contribute I. CONCEPTO • II. OBLIGACIÓN REAL DE CONTRIBUIR EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (IRNR) • III. OBLIGACIÓN REAL DE CONTRIBUIR EN EL

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O BLIGACIÓN REAL DE CONTRIBUIR IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

I.

CONCEPTO

La obligación real de contribuir es un concepto estrechamente ligado en nuestro sistema tributario con la residencia fiscal del sujeto pasivo o contribuyente del impuesto y que va a determinar su tributación. En este sentido, cuando el contribuyente o sujeto pasivo del impuesto no tiene su residencia fiscal en territorio español, tributará en España exclusivamente por las rentas, capitales, bienes o derechos que adquiera u obtenga en dicho territorio. En definitiva, la obligación real de contribuir obliga a una tributación de renta, capital o demás bienes y derechos con carácter parcial. Dependiendo de la normativa propia de cada impuesto, se califica el concepto de residencia fiscal que será el determinante de la forma de tributación por obligación real del contribuyente o sujeto pasivo.

II.

OBLIGACIÓN REAL DE CONTRIBUIR EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (IRNR)

El IRNR somete a gravamen la renta obtenida en territorio español por las personas físicas o entidades no residentes en el mismo. Así, los no residentes en España, son los contribuyentes de este impuesto y son gravados en el IRNR por obligación real, lo que implica que tributarán exclusivamente por la renta que obtengan en dicho territorio. La normativa tributaria no define expresamente cuándo una persona física o jurídica no reside fiscalmente en territorio español. Se define positivamente la residencia habitual en España y, debe interpretarse "a contrario sensu", la no residencia a efectos tributarios en dicho te-

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rritorio. En este sentido, cabe diferenciar el concepto de residencia habitual de personas físicas o personas jurídicas. Por lo que se refiere a las personas físicas, el IRPF somete a gravamen a las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español, así, lo que determina en el IRPF la obligación de tributar por el mismo, es el concepto de residencia habitual. Las personas jurídicas se consideran no residentes en España cuando no cumplan alguno de los tres requisitos establecidos en el artículo 8, redacción L 36/2006 de la Ley del impuesto.

III.

OBLIGACIÓN REAL DE CONTRIBUIR EN EL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

La tributación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se determina en función de si el contribuyente tiene su residencia habitual en España o en el extranjero. Los contribuyentes no residentes habitualmente en nuestro territorio (por lo general, con residencia habitual en el extranjero) se someten al impuesto por obligación real, tributando por: a) La adquisición de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza, que estén situados, puedan ejercitarse o hayan de cumplirse en territorio español. A estos efectos se consideran situados en territorio español: -

los bienes inmuebles que radiquen en España

-

los bienes muebles afectados permanentemente a viviendas, fincas, explotaciones o establecimientos industriales situados en territorio español y, en general, los que habitualmente se encuentran en dicho territorio, aunque en el momento del de-

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O BLIGACIÓN TRIBUTARIA vengo del impuesto estén fuera del mismo por circunstancias coyunturales o transitorias.

en satisfacer un importe a la Administración tributaria a realizar pagos fraccionados por el retenedor o por el obligado a realizar ingresos a cuenta. Esta obligación tributaria tiene carácter autónomo respecto de la obligación tributaria principal. El contribuyente podrá deducir de la obligación tributaria principal el importe de los pagos a cuenta soportados, salvo que la Ley propia de cada tributo establezca la posibilidad de deducir una cantidad distinta a dicho importe.

b) La percepción de cantidades derivadas de contratos de seguro sobre la vida, con ciertas excepciones y particularidades que establece la normativa del impuesto. c) Los extranjeros que residan en España por razón de cargo o empleo sometidos al IRPF por obligación real de contribuir. Por lo tanto, lo que determina en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones la obligación de tributar por el mismo es el concepto de residencia habitual.

3.

Obligaciones entre particulares resultantes del tributo. Son las que tienen por objeto una prestación de naturaleza tributaria exigible entre obligados tributarios. Entre otras, son obligaciones de este tipo las que se generan, como consecuencia, de actos de repercusión, de retención o de ingreso a cuenta previstos legalmente.

4.

Obligaciones tributarias accesorias. Son aquellas distintas de las demás, anteriormente mencionadas, que consisten en prestaciones pecuniarias que se deben satisfacer a la Administración tributaria y cuya exigencia se impone en relación con otra obligación tributaria. Tienen la naturaleza de obligaciones tributarias accesorias las obligaciones de satisfacer el interés de demora, los recargos por declaración extemporánea y los recargos del período ejecutivo, así como aquellas otras que imponga la Ley. Las sanciones tributarias no tienen la consideración de obligaciones accesorias.

CARMEN CALDERÓN PATIER Véase también: "Contribuyente"; "Convenio de doble imposición"; "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas"; "Impuesto sobre Sociedades"; "Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones"; "Regímenes forales"; "Residencia fiscal" y "Residencia habitual".

OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Tax obligation Según la Ley General Tributaria (en adelante LGT), las obligaciones tributarias se pueden clasificar en cuatro grandes categorías: 1.

2.

Obligación tributaria principal. Según el artículo 19 de la Ley General Tributaria, la obligación tributaria principal tiene por objeto el pago de la cuota tributaria. Obligación tributaria de realizar pagos a cuenta. La obligación tributaria de realizar pagos a cuenta de la obligación tributaria principal consiste

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CARMEN CALDERÓN PATIER Véase también: "Contribuyente"; "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas"; "Impuesto sobre Sociedades"; "Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones"; "Obligación personal de contribuir"; "Residencia fiscal" y "Residencia habitual".

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O BLIGACIONES CON DENOMINACIÓN DOBLE

OBLIGACIONES CON DENOMINACIÓN DOBLE Dual currency bonds Empréstito o emisión de títulos de renta fija en los mercados financieros internacionales en el que el importe nominal de los valores está expresado en dos divisas distintas. El tenedor del título tiene el derecho a decidir en qué moneda recibirá la amortización del capital y el abono de los intereses. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Bono"; "Divisa" y "Renta fija".

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Obligations of the workers in prevention of labour risks Los empresarios son los principales obligados por las medidas de prevención de riesgos laborales, siendo ellos los responsables de la mayoría de las obligaciones de este ámbito, y los trabajadores son los inmediatos beneficiarios de la actividad preventiva, aunque también tienen deberes y responsabilidades en la materia. La posición de beneficiario que los trabajadores tienen ante las medidas de seguridad y salud laboral no les exime de un papel activo en la materia, en tanto que la cultura preventiva exige que las actuaciones en materia de seguridad y

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salud laboral sean un compromiso compartido por todos los sujetos con derechos y/u obligaciones en la materia. Las obligaciones de los trabajadores en referencia a la prevención de riesgos laborales se desarrollan en el artículo 14.4 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, que dispone que las obligaciones establecidas en esta Ley, la atribución de funciones en materia de protección y prevención a trabajadores o servicios de la empresa y el recurso al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención complementarán las acciones del empresario, sin que por ello se le exima del cumplimiento de su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, en su caso, contra cualquier otra persona. Todos los artículos que componen el capítulo III de la Ley van dirigidos a delimitar los deberes del empresario en materia de prevención, a excepción de uno, el artículo 29, que regula las obligaciones del trabajador. Este artículo dispone que las obligaciones de los trabajadores son las siguientes: -

Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario.

-

Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular:

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O BLIGACIONES EMPRESARIALES EN PREVENCIÓN DE ... a) Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. b) Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. c) No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar. d) Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. e) Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. f)

-

Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y que no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.

El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refie-

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ren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores o de falta, en su caso, conforme con lo establecido en la correspondiente normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las Administraciones públicas. Lo dispuesto en este apartado será igualmente aplicable a los socios de las cooperativas cuya actividad consista en la prestación de su trabajo, con las precisiones que se establezcan en sus Reglamentos de Régimen Interno. Concluyendo, los trabajadores tienen derechos y obligaciones que deben cumplir con la salud ocupacional; por tanto, deben cumplir con las obligaciones expuestas en el artículo 29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, con lo que contribuirán, de manera importante, a la prevención de accidentes y enfermedades laborales. RAQUEL LOZANO PRIETO

OBLIGACIONES EMPRESARIALES EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Managerial obligations in prevention of labour risks La protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación en la empresa que desborda el mero cumplimiento formal de un conjunto predeterminado, más o menos amplio, de deberes y obligaciones empresariales y, más aún, la simple corrección a poste-

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O BLIGACIONES EMPRESARIALES EN PREVENCIÓN DE ... riori de situaciones de riesgo ya manifestadas. Entre las obligaciones empresariales que establece la Ley, además de las que implícitamente lleva consigo la garantía de los derechos reconocidos al trabajador, cabe resaltar el deber de coordinación que se impone a los empresarios que desarrollen sus actividades en un mismo centro de trabajo, así como el de aquellos que contraten o subcontraten con otros la realización en sus propios centros de trabajo de obras o servicios correspondientes a su actividad de vigilar el cumplimiento por dichos contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención. Los empresarios son los principales obligados por las medidas de prevención de riesgos laborales, siendo ellos los responsables de la mayoría de las obligaciones de este ámbito. Las obligaciones de los empresarios, en cuanto a riesgos laborales, vienen recogidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y el Estatuto de los Trabajadores. Es la propia Ley quien define esta materia, en su artículo 4, que "se entenderá por prevención el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo". En el Capítulo III. Derechos y Obligaciones, de esta Ley, en su artículo 14, se trata de los derechos que los trabajadores tienen a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, y por consiguiente la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales.

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La Ley 54/2003, modifica el punto 2 del Artículo 14 de la LPRL, señalando en el párrafo primero que el empresario deberá garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo, mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. En su párrafo segundo establece que "El empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos que no se hayan podido evitar y los niveles de protección existentes y dispondrá lo necesario para la adaptación de las medidas de prevención señaladas en el párrafo anterior". Es el propio empresario, por mandato de la Ley, quien deberá integrar la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa, llevando a cabo una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta aquellas actuaciones que deban desarrollarse de conformidad con lo establecido por la normativa sobre protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad, con el fin de eliminar o reducir y controlar estos riesgos. También debemos tener en cuenta que actualmente en un mismo centro de trabajo pueden desarrollar actividades trabajadores de dos o más empresas. Estas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, estableciendo medios de coordinación necesarios en cuanto a la protección y prevención de riesgos laborales (Art. 14 LPRL). El empresario deberá evaluar los riesgos a la hora de elegir equipos, produc-

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O BLIGACIONES EMPRESARIALES EN PREVENCIÓN DE ... tos, materias primas o útiles, así como el acondicionamiento de los lugares de trabajo. Los Artículos 18 y 19 de la Ley configuran la información y formación de los trabajadores como una obligación del empresario para adoptar medidas tendentes a que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias sobre riesgos para la seguridad y la salud de los mismos, medidas y actividades de protección y prevención aplicables a estos riesgos, así como el análisis de posibles situaciones de emergencia, primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de trabajadores. Por otra parte, el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 19 establece, entre otras, la obligación del trabajador de observa las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene y a su vez, el empresario está obligado a facilitar una formación práctica y adecuada en materia de seguridad e higiene a los trabajadores que contrata, o cuando cambien de puesto de trabajo o tengan que aplicar una nueva técnica que pueda ocasionar riesgos graves para el propio trabajador o para sus compañeros o terceros, ya sea con servicios propios, ya sea con la intervención de los servicios oficiales correspondientes. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, establece que el empresario deberá: -

Garantizar la protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales (art. 14).

-

Garantizar que sólo los trabajadores que hayan recibido la información suficiente puedan acceder a las zonas de riesgo grave y específico (art. 15.3).

-

Evaluar los riesgos (inicial, al implantar nuevos equipos, sustancias o preparados químicos y del acondiciona-

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miento de los lugares de trabajo, manteniendo actualizada la evaluación) y planificar la actividad preventiva. Integrándose la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa a través del plan de prevención (art. 16). -

Adoptar las medidas necesarias para que los equipos de trabajo sean adecuados y las precauciones ante equipos con riesgos específicos (art. 17.1).

-

Proporcionar a los trabajadores equipos de protección individual adecuados y velar por su correcto uso (art. 17.2).

-

Informar y consultar a los trabajadores sobre riesgos específicos, medidas y actividades de prevención y protección y medidas en materia de primeros auxilios, lucha contra incendio y evacuación (Art. 18).

-

Garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada en materia de prevención con motivo de su contratación, cuando se produzcan cambios en su trabajo y cuando se introduzcan nuevas tecnologías y cambios en los equipos (art. 19).

-

En cuanto a las medidas de emergencia, analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias, designar al personal encargado de ponerlas en marcha, comprobar su funcionamiento y organizar las relaciones con servicios externos a la empresa (primeros auxilios, asistencia médica de urgencias, salvamento y lucha contra incendios) (art. 20).

-

En cuanto a las situaciones de riesgo grave e inminente, informar a los trabajadores, adoptar medidas y dar instrucciones a los trabajadores y disponer las medidas para que el traba-

7605

O BLIGACIONES FISCALES jador que no pueda contactar con su superior pueda adoptar las medidas necesarias (art. 21). -

En cuanto a la vigilancia de la salud, garantizar la vigilancia periódica de la salud de los trabajadores y no utilizar los datos obtenidos con fines discriminatorios (art. 22).

-

El empresario deberá elaborar y conservar a disposición de la Autoridad Laboral los documentos relativos a daños para la salud de sus trabajadores (art 23).

-

Cooperar, en caso de subcontratación, con las distintas empresas que desarrollen actividades en un mismo centro de trabajo. Adoptar medidas para que los otros empresarios reciban información sobre los riesgos existentes y medidas de prevención y emergencia. Vigilar el cumplimiento de la normativa por parte de los subcontratistas (art 24).

-

-

Garantizar de manera específica la protección de los trabajadores que por sus propias características personales sean especialmente sensibles a los riesgos (art 25). Adoptar medidas necesarias para garantizar la protección de la maternidad (artículo 26 LPRL), de los menores de 18 años y en los casos de relaciones de trabajos temporales (art 27).

RAQUEL LOZANO PRIETO

OBLIGACIONES FISCALES Véase: "Obligación tributaria".

7606

OBLIGACIONES FORMALES Formal obligations Según el artículo 29 de la Ley General Tributaria, son obligaciones tributarias formales las que, sin tener carácter pecuniario, son impuestas por la normativa tributaria o aduanera a los obligados tributarios, deudores o no del tributo y cuyo cumplimiento está relacionado con el desarrollo de actuaciones o procedimientos tributarios o aduaneros. Además de las restantes que puedan legalmente establecerse, los obligados tributarios deberán cumplir las siguientes obligaciones: -

La obligación de presentar declaraciones censales por las personas o entidades que desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español actividades u operaciones empresariales y profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención.

-

La obligación de solicitar y utilizar el número de identificación fiscal en sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria.

-

La obligación de presentar declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones.

-

La obligación de llevar y conservar libros de contabilidad y registros, así como los programas, ficheros y archivos informáticos que les sirvan de soporte y los sistemas de codificación utilizados que permitan la interpretación de los datos cuando la obligación se cumpla con utilización de sistemas informáticos. Se deberá facilitar la conversión de dichos datos, a formato legible, cuando la lectura o interpretación de los mismos

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O BLIGADOS TRIBUTARIOS no fuera posible por estar encriptados o codificados. -

-

-

En todo caso, los obligados tributarios, que deban presentar autoliquidaciones o declaraciones por medios telemáticos, deberán conservar copia de los programas, ficheros y archivos generados que contengan los datos originarios de los que deriven los estados contables y las autoliquidaciones o declaraciones presentadas. La obligación de expedir y entregar facturas o documentos sustitutivos y conservar las facturas, documentos y justificantes que tengan relación con sus obligaciones tributarias. La obligación de aportar a la Administración Tributaria libros, registros, documentos o información que el obligado tributario deba conservar en relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias propias o de terceros, así como cualquier dato, informe, antecedente y justificante con trascendencia tributaria, a requerimiento de la Administración o en declaraciones periódicas. Cuando la información exigida se conserve en soporte informático deberá suministrarse en dicho soporte cuando así fuese requerido.

-

La obligación de facilitar la práctica de inspecciones y comprobaciones administrativas.

-

La obligación de entregar un certificado de las retenciones o ingresos a cuenta practicados a los obligados tributarios perceptores de las rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta.

-

Las obligaciones de esta naturaleza que establezca la normativa aduanera.

Además, las disposiciones reglamentarias de cada impuesto podrán regular

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las circunstancias relativas al cumplimiento de las obligaciones tributarias formales. En particular, se determinarán los casos en los que la aportación de los libros registro se deba efectuar de forma periódica y por medios telemáticos. CARMEN CALDERÓN PATIER Véase también: "Autoliquidación"; "Declaración tributaria"; "Ingreso a cuenta"; "Obligación tributaria"; "Obligados tributarios"; "Retenciones tributarias" y "Sanción tributaria".

OBLIGADOS TRIBUTARIOS Obligatory tax-payers I. CONCEPTO Y TIPOS • II. OBLIGADOS A REPERCUTIR • III. SUCESORES DE PERSONAS FÍSICAS • IV. SUCESORES DE PERSONAS JURÍDICAS Y DE ENTIDADES SIN PERSONALIDAD

I.

CONCEPTO Y TIPOS

Son obligados tributarios las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que la normativa tributaria impone el cumplimiento de obligaciones tributarias, tanto de pago como formales. Según el artículo 35 de la Ley General Tributaria (en adelante LGT), son obligados tributarios, entre otros: -

los contribuyentes,

-

los sustitutos del contribuyente,

-

los obligados a realizar pagos a cuenta (pagos fraccionados, retenciones e ingresos a cuenta),

-

los obligados a repercutir,

-

los obligados a soportar la repercusión,

7607

O BLIGADOS TRIBUTARIOS -

los obligados a soportar los pagos a cuenta (pagos fraccionados, retenciones e ingresos a cuenta),

-

los sucesores,

-

los beneficiarios de supuestos de exención, devolución o bonificaciones tributarias, cuando no tengan la condición de sujetos pasivos.

Las entidades del artículo 35.4 de la LGT, es decir, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición, tendrán la consideración de obligados tributarios en las leyes en que así se establezca, por lo que será necesario acudir a la normativa específica de cada impuesto para conocer si resultan, o no, obligados tributarios en cada uno de los impuestos del sistema tributario español. También son obligados tributarios los responsables solidarios y subsidiarios.

II.

OBLIGADOS A REPERCUTIR

Está obligado a repercutir la persona o entidad que, conforme a la ley, deba repercutir la cuota tributaria a otras personas o entidades que realicen las operaciones gravadas y deberán soportar tal repercusión, salvo que la ley disponga otra cosa. El repercutido no está obligado al pago frente a la Administración tributaria, pero debe satisfacer al sujeto pasivo el importe de la cuota repercutida. Está obligado a soportar la retención la persona o entidad perceptora de las cantidades sobre las que, según la ley, el retenedor deba practicar retenciones tributarias. La ley podrá imponer a las personas o entidades la obligación de soportar los ingresos a cuenta de cualquier tributo practicado con ocasión de las rentas en especie o dinerarias que perciban y, en

7608

su caso, la repercusión de su importe por el pagador de dichas rentas.

III.

SUCESORES DE PERSONAS FÍSICAS

Las obligaciones tributarias pendientes de los obligados tributarios fallecidos se transmitirán a los herederos, sin perjuicio de lo que establece la legislación civil en cuanto a la adquisición de la herencia. En ningún caso se transmitirán las sanciones ni la obligación del responsable, salvo que se hubiera notificado el acuerdo de derivación de responsabilidad antes del fallecimiento. Mientras la herencia se encuentre yacente o sin adjudicar a sus herederos o legatarios, el cumplimiento de las obligaciones tributarias del causante corresponderá al representante de la misma, así como las actuaciones administrativas para la cuantificación, determinación y liquidación de las obligaciones tributarias del causante. En cuanto a las obligaciones tributarias que se deriven, podrán satisfacerse con cargo a los bienes de la herencia yacente.

IV.

SUCESORES DE PERSONAS JURÍDICAS Y DE ENTIDADES SIN PERSONALIDAD

Tanto las obligaciones tributarias pendientes de las sociedades y entidades con personalidad jurídica disueltas y liquidadas en las que la ley limita la responsabilidad patrimonial de los socios, partícipes o cotitulares, como aquellas en las que no limita dicha responsabilidad, se transmitirán a éstos, que quedarán obligados solidariamente. Aunque la deuda tributaria no esté liquidada en el momento de producirse la extinción de la personalidad jurídica de una sociedad o entidad, no impide la

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O BLIGATORIEDAD DE CONTROL DE OBLIGACIONES ... transmisión de las obligaciones tributarias devengadas a los sucesores, pudiéndose entender las actuaciones con cualquiera de ellos. En los casos de extinción o disolución sin liquidación de sociedades mercantiles, las obligaciones tributarias pendientes de las mismas se transmitirán a las personas o entidades que sucedan o que sean beneficiarias de la correspondiente operación. Igualmente será aplicable a cualquier supuesto de cesión global del activo y pasivo de una sociedad mercantil. CARMEN CALDERÓN PATIER Véase también: "Contribuyente"; "Herencia yacente"; "Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones"; "Ingreso a cuenta"; "Obligación tributaria"; "Obligaciones formales"; "Pago a cuenta"; "Pago fraccionado"; "Responsabilidad solidaria"; "Responsabilidad subsidiaria"; "Retenciones tributarias" y "Sustituto del contribuyente".

OBLIGATORIEDAD DE CONTROL DE OBLIGACIONES PREVENTIVAS A TERCEROS Obligation of prevention compulsory to a third part control La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales define la prevención como el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa, con el objetivo de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. El art. 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales impone al empresario una serie de obligaciones con el objetivo de garantizar la seguridad y la salud en el

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trabajo, reconociendo al trabajador el derecho a una protección eficaz en esta materia. En virtud del artículo 15 de la Ley 31/1995, deberán observarse los siguientes principios de acción preventiva: prevención, evitar y combatir los riesgos en su origen, atenuación del riesgo inevitable, sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro, evaluación, adaptación y adecuación, evaluar los riesgos que no se puedan evitar, adaptar el trabajo a la persona, y tener en cuenta la evolución técnica, seguridad Integrada, planificar la prevención, etcétera. El artículo 16 del mismo texto legal, especifica lo que se entiende por evaluación de los riesgos laborales: ésta supone, en general, identificar, valorar y controlar los riesgos, tanto inicialmente como a posteriori, mediante las correspondientes actualizaciones periódicas. Y en particular: ordenar las prioridades de acción preventiva, difundir la actividad preventiva, elegir y ejecutar las medidas preventivas, investigar los daños sufridos (accidentes), elaborar el plan y el manual de prevención así como controlar y adaptar el plan de prevención. En materia de prevención de riesgos laborales tal y como establece la legislación vigente, son sujetos obligados a la puesta en práctica de la prevención: el empresario, los trabajadores y sus representantes y la propia Administración. Las obligaciones vienen recogidas en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre y la Ley 54/2003 de 12 de Diciembre. La prevención debe de llevarse a cabo desde la Dirección de la empresa. Ésta debe comprometerse a cumplir todos los requisitos previos y legales. Debe definir y explicar cómo cumplir con los requisitos preventivos y legales y una vez

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O BLIGATORIEDAD DE CONTROL DE OBLIGACIONES ... elaborado esto, darlo a conocer en un lenguaje claro a todos los trabajadores. La Dirección no sólo debe crear y desarrollar la política de prevención sino apoyarla activamente. En cuanto a las obligaciones preventivas en relación a terceros, el empresario es responsable de reparar todo daño causado a terceros en el ámbito de su actividad, como consecuencia de su acción u omisión por culpa o negligencia. Esta responsabilidad le es exigible al empresario no sólo respecto de sus "actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder" o los "causados por sus dependientes en el servicio (...) o con ocasión de sus funciones" (art. 1903C.c). Es decir, el empresario será quien responda por los daños causados por sus trabajadores a otros trabajadores o terceros, siempre debido a un incumplimiento de las medidas de prevención. En el art. 316 del Código Penal se regula el delito contra la seguridad y salud en el trabajo "los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses". El empresario puede quedar sujeto a una responsabilidad civil por la comisión de un delito o falta si de sus actos u omisiones se derivan perjuicios para terceros. Así lo establece el art. 116.1 CP cuando dice que "toda persona criminalmente responsable de un delito o falta lo es también civilmente si del hecho se derivaren daños o perjuicios (...)". Dicha responsabilidad civil se regula por lo establecido en el Código Penal,

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por expresa remisión del art. 1.902 del Código Civil: "las obligaciones que nazcan de los delitos o faltas se regirán por las disposiciones del Código Penal". Responsabilidad civil contractual: se da cuando el empresario causare daño al trabajador como consecuencia de incumplir sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, será responsable de conformidad con el art. 1.101 del Código Civil: "quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas". Los requisitos que deben concurrir para la existencia de responsabilidad civil por daños pueden ser: -

Existencia de daños al trabajador.

-

Acción u omisión, consistente en un incumplimiento, normalmente grave, por parte del empresario de sus obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

-

Culpa o negligencia empresarial.

-

Relación de causalidad entre la conducta empresarial y el daño producido.

Por su parte, el artículo 42 de la LPRL establece que "el incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento".

IRENE GONZÁLEZ GARCÍA

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O BSERVACIÓN

OBO Véase: "Owners Buy Out (OBO)".

OBSERVACIÓN Observation I. CONCEPTO • II. VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LA OBSERVACIÓN • III. TIPOS DE OBSERVACIÓN 1. Observación natural vs. Observación artificial 2. Observación conocida vs. Observación no conocida u oculta 3. Observación directa vs. Observación indirecta 4. Observación externa vs. Observación interna 5. Observación estructurada vs. Observación no estructurada 6. Observación cuantitativa vs. Observación cualitativa • IV. PROCEDIMIENTOS PARA REALIZAR LA OBSERVACIÓN

I.

servado. Por tanto, la observación es un método casi totalmente aséptico y, por tanto, no debe condicionar la "respuesta" que recibe. Esta técnica se suele utilizar en los estudios de mercado cuando no es posible conseguir la colaboración de las personas para obtener información. Las razones que pueden llevar a las personas a no colaborar pueden ser diversas: -

Porque se sienten incómodas ante determinadas situaciones. Por ejemplo, es muy probable que a un comparador le molestase que dentro de unos grandes almacenes o de un centro comercial alguien le acompañase para conocer el itinerario que seguiría.

-

Porque no son capaces de proporcionar la información necesaria. Así, los niños de meses no son capaces de expresar sus deseos ni sus preferencias explícitamente. Si un fabricante de juguetes quisiera hacer una prueba de alguno de sus juguetes, podría dejar unos cuantos en una guardería y observar cómo juegan los niños con él.

-

Porque no reparan en sus conductas o no son plenamente conscientes de ellas. Por ejemplo, una persona difícilmente recordaría qué páginas de una revista acaba de leer. Existe una técnica que consiste en pegar con una cola especial las páginas. Al pasarlas el adhesivo se rompe y ya no vuelve a pegar. De esta forma, se puede averiguar qué páginas se han leído o, por lo menos, visto.

-

Porque en ocasiones no interesa descubrir que se está procediendo a observar a otras personas. Por ejemplo, un inspector de vendedores en unos grandes almacenes no debe descubrirse, porque alteraría la conducta de quienes le atienden.

CONCEPTO

Al igual que la encuesta y la pseudocompra, la observación es una fuente de investigación primaria (también denominadas fuentes primarias de recogida de información). Frente a otras fuentes incluidas en esta tipología, es de carácter estático, puesto que sólo permite obtener información referida al momento de tiempo en el que se está llevando a cabo. La observación es una técnica que permite obtener información mediante el registro de hechos y fenómenos sobre un individuo o grupo de individuos, sin establecer un proceso de comunicación y, por tanto, sin necesitar la colaboración de los individuos. El registro de hechos y fenómenos se efectúa mediante la presencia de una persona en determinados lugares o con la ayuda que proporciona la moderna tecnología mediante la utilización de dispositivos electrónicos, audiovisuales o de cualquier otra índole. El observador no debe, en la medida de lo posible, incidir sobre el hecho ob-

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7611

O BSERVACIÓN Algunos investigadores clasifican las técnicas de observación como cualitativas mientras que para otros son cuantitativas. En general, se puede afirmar que permiten recoger información cuantitativa o cualitativa en función de su planteamiento metodológico, ya que, aún siendo una técnica cualitativa (por ejemplo, observar el comportamiento de los clientes en un establecimiento), en ocasiones se utiliza para registrar y analizar datos exclusivamente de forma cuantitativa (por ejemplo, el estudio de las características de los lineales y precios de los productos en diferentes establecimientos detallistas).

II.

VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LA OBSERVACIÓN

-

Continuidad, ya que ofrece la posibilidad de estudiar de forma permanente un mismo grupo de clientes o establecimientos comerciales sin provocar saturación.

El principal inconveniente es que sólo permite recopilar información sobre conductas perceptibles. Es decir, las creencias, motivos, intenciones, valores y actitudes difícilmente pueden conocerse empleando como única técnica la observación. Por ello, al menos en los estudios de mercado, rara vez se utiliza como el método exclusivo para recoger datos.

III.

TIPOS DE OBSERVACIÓN

Las ventajas de la observación frente a otras técnicas de obtención de información primaria son las siguientes:

Como en otras técnicas, existen diversas taxonomías para agrupar los tipos de observación según diferentes criterios de referencia que se citan a continuación:

-

Objetividad, dado que en la mayoría de las aplicaciones los elementos (individuos, establecimientos) observados no son conscientes de estar facilitando información y, por tanto, los datos obtenidos tienen un carácter más objetivo y realista que los ofrecidos por otras técnicas de investigación alternativas.

-

Observación natural vs. Observación artificial.

-

Observación conocida vs. Observación no conocida u oculta.

-

Observación directa vs. Observación indirecta.

-

Observación externa vs. Observación interna.

Rapidez y economía de medios cuando el trabajo de campo se realiza en puntos muy concretos y de forma automática, con reducido coste, se obtiene una gran cantidad de información que permite tomar decisiones con rapidez (la utilización de dispositivos electrónicos, audiovisuales o de cualquier otra índole facilita esta labor).

-

Observación estructurada vs. Observación no estructurada.

-

Observación cuantitativa vs. Observación cualitativa.

-

-

Sencillez, ya que tanto su aplicación como el análisis de resultados no presentan grandes dificultades (aún cuando haya que eliminar las distorsiones introducidas por el propio observador).

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1. Observación natural vs. Observación artificial Aunque lo más común es la observación natural (el tipo de personas según la edad que visitan con más frecuencia un museo o las horas del día con mayor concentración de personas en las paradas de los autobuses urbanos), el investigador puede crear de forma artificial determinados ambientes y condiciones de

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O BSERVACIÓN los mismos, para ver cómo responden las personas ante estas diversas condiciones (por ejemplo, cambiar la localización de un artículo o de una sección en un establecimiento detallista para ver su efecto en los consumidores). A pesar de que el observador no debe incidir en el hecho observado, sí puede alterar el entorno en el que se produce un fenómeno.

2. Observación conocida vs. Observación no conocida u oculta Es más frecuente la observación no conocida u oculta, ya que existe una opinión casi unánime que viene a decir que si un individuo sabe que es observado, su actuación es diferente que si desconoce tal acción. No obstante, en determinadas circunstancias es imprescindible buscar la colaboración de los elementos a observar y entonces se hace absolutamente necesario comunicar este aspecto (si para conocer las posibles reacciones de una población objetivo definida al ver determinados anuncios en televisión fuese necesario apoyarse en dispositivos electrónicos que indicasen elevaciones de la tensión corporal, no quedaría más remedio que comunicar a los elementos de la muestra que van a ser observados).

3. Observación directa vs. Observación indirecta Una observación directa se produce en el mismo momento del tiempo en el que se desarrolla el hecho observado. En cambio, la observación indirecta se basa en registros que evidencian un comportamiento pasado, como puede ser el examen de "huellas" o "rastros físicos" dejados por los elementos de la muestra (por ejemplo, contar las botellas de bebidas alcohólicas que aparecen en los contenedores para estimar su consumo por barrios).

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4. Observación externa vs. Observación interna Lo más frecuente es que el observador no interactúe con el colectivo estudiado para no alterar sus respuestas (observación no participante). Sin embargo, en algunos contextos el observador debe integrarse en un grupo para no levantar sospechas sobre sus intenciones (observación participante). Para poder realizar este último tipo de observación es necesario que el rol del observador sea neutro, de forma que su participación no modifique las respuestas.

5. Observación estructurada vs. Observación no estructurada Una observación estructurada sigue un itinerario prefijado de antemano e incluso se puede realizar apoyada en un guión en forma de cuestionario en el que el observador debe hacer anotaciones para responder determinadas cuestiones (en la entrada de un supermercado, el observador tendría que anotar si el comprador va elegantemente vestido, va bien vestido, va vestido de forma casual, va desaliñado). La observación no estructurada consiste en no prefijar lo que va a ser analizado. Se observan las actuaciones y acciones y se anotan aquellas que el observador estima conveniente considerar para dar respuesta al objetivo de la investigación. Este tipo de observación es interesante cuando se está explorando un campo determinado y es deseable establecer una serie de hipótesis.

6. Observación cuantitativa vs. Observación cualitativa Mediante la observación se pueden registrar datos de ambos tipos. Por ejemplo, en el estudio realizado por un supermercado, datos cuantitativos serían los relativos a la frecuencia de los visitantes y

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O BSOLESCENCIA de productos adquiridos o a las características de los lineales (altura, longitud, profundidad, número de referencias de cada categoría de productos y marcas). Sin embargo, datos cualitativos serían los referentes a la conducta del consumidor (secciones visitadas e itinerarios seguidos, productos y marcas analizados antes de la selección definitiva, aspecto personal, reacción ante promociones, hábitos de compra).

IV.

En la actualidad, la complejidad de algunas observaciones y la necesidad de objetividad total en los procesos de observación, hacen necesario que la labor humana quede complementada e inclusive sustituida mediante la utilización de mecanismos o aparatos. Entre estos mecanismos se podrían destacar:

-

-

El psicogalvanómetro es un mecanismo que registra cambios en la sudoración asociados a reacciones emocionales inducidas por estímulos como anuncios o fotos.

-

La cámara oculta (o televisión en circuito cerrado o abierto), que sirve para observar las reacciones de los elementos objeto de investigación y de esta forma extraer conclusiones sobre su comportamiento ante determinados estímulos naturales o artificiales.

-

El pupilómetro, que mide los cambios que se producen en el tamaño de la pupila del objeto observado. Así, un cambio rápido y apreciable en el diámetro de la pupila suele ser síntoma de una reacción emocional al estímulo presentado.

PROCEDIMIENTOS PARA REALIZAR LA OBSERVACIÓN

La observación se puede realizar mediante dos procedimientos alternativos: observación humana y observación mecánica. En la observación humana se utiliza un equipo de observadores que mediante procedimientos físicos (visuales y auditivos) captan la información buscada del colectivo objetivo. Por el contrario, la observación es mecánica o electrónica cuando se realiza mediante aparatos más o menos sofisticados.

-

ciones de un periódico, las páginas de una revista, un taro de carretera, un centro comercial o un cartel publicitario.

El audiómetro, que es un aparato mecánico que mide el tiempo que un televisor está encendido, así como la cadena o cadenas que se conectan (permite determinar el llamado share o cuota de pantalla de cada cadena). La cámara ocular, que registra el recorrido de los ojos y sus puntos de fijación sobre diversas superficies, ya sea la pantalla del ordenador, las sec-

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Además de estos mecanismos, se podrían citar otros como aparatos grabadores y digitalizadores de audio, fotografía, cine y vídeo; radares, sensores, escáneres, células fotoeléctricas/infrarrojas y contadores de tránsito; analizador del tono de voz; taquitoscopio, y contador de visitas a sitios web. OLGA BOCIGAS SOLAR

OBSOLESCENCIA Véase: "Amortización productiva o técnica".

OCDE Véase: "Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) ".

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O FERTA AGREGADA

OEP



dar a conocer (introducir) un nuevo producto en el mercado,

Véase: "Oficina Europea de Patentes".



contrarrestar las bajadas de precios de los productos competidores, etc.

OEPM Véase: "Oficina Española de Patentes y Marcas".

OFERTA

Su característica principal es que, a diferencia de las rebajas, las ofertas son acciones limitadas en el tiempo y no tienen una periodicidad establecida de antemano, es decir, el consumidor no sabe con anterioridad cuando se van a producir, tiene constancia de ellas cuando acude al establecimiento de venta.

Offer Se trata de una estrategia promocional de precios que toma como referencia a la demanda con el fin de recompensar a los clientes y aprovechar la heterogeneidad del mercado. Las ofertas o descuentos aleatorios pueden consistir en una rebaja en el precio de venta del producto o en cualquier otra compensación económica. Son ejemplos de ofertas: •

una cantidad adicional de producto gratis,



un regalo de muestra gratuita de otro producto de la empresa,



un regalo de miniaturas del mismo producto,



un obsequio de un producto que no guarde ninguna relación con el producto principal,



llevar 3 unidades al precio de 2 (3x2),



una reducción sobre el precio habitual del producto,



un descuento del 50% en la compra de una segunda unidad, etc.

Se utilizan, especialmente, en productos de alimentación, droguería y perfumería con objetivos muy diversos: •

estimular las ventas de un producto ya existente,

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MIRYAM MARTÍNEZ MARTÍNEZ

OFERTA AGREGADA Aggregate supply I. CONCEPTO • II. EL LARGO PLAZO • III. EL CORTO PLAZO

I.

CONCEPTO

La oferta agregada es la cantidad de bienes y servicios que están dispuestas a producir y vender las empresas en el conjunto de la economía a cada nivel de precios. A largo plazo se supone que esta cantidad es igual a la producción de pleno empleo de los recursos productivos (producción potencial), pero a corto plazo esta relación puede ser positiva por varias razones. Es decir, si el nivel general de precios sube, también lo hace la cantidad ofrecida por las empresas. La relación entre cantidad de producción ofrecida y nivel de precios se representa en la curva de oferta agregada, que forma, junto a la curva de demanda agregada, uno de los modelos más utilizados en la macroeconomía para explicar los determinantes de la renta y los precios en un país.

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O FERTA AGREGADA II.

EL LARGO PLAZO

Si todos los recursos disponibles en la economía se estuvieran utilizando de forma eficiente, la producción que podrían realizar las empresas habría alcanzado su nivel máximo o potencial. La economía clásica supone que, siempre que haya recursos infrautilizados (por ejemplo, desempleo de una parte de la población activa) su precio tenderá a reducirse, incentivando una demanda mayor de ese factor hasta eliminar el desempleo. En este caso, si hay desempleo es porque el salario real -lo que cuesta contratar a un nuevo empleado- es superior a la productividad marginal del trabajo -lo que este trabajador aporta a la producción-. Pero a largo plazo, cuando los salarios y los precios son flexibles, el exceso de oferta en el mercado de trabajo (hay trabajadores parados) hará que baje el salario real hasta que sea rentable para las empresas contratar a esos trabajadores. Multiplicando la población activa por su productividad media (que depende de la tecnología, el capital humano y el capital físico existente en la economía), se obtendría la producción (oferta agregada) de pleno empleo. Si, en estas circunstancias, se modifica el nivel general de precios, a largo pla-

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zo no se producirá ningún efecto sobre la oferta agregada. Por ejemplo, si bajan los precios, aumentando el salario real y desincentivando la contratación de trabajadores por parte de las empresas, acabará produciéndose una reducción equivalente del salario nominal, hasta que el salario real vuelva a su nivel de pleno empleo. Por eso, la curva de oferta agregada a largo plazo se representa como una recta vertical. En este contexto teórico, la existencia de desempleo a largo plazo se debe a la existencia de determinadas rigideces reales en la economía que hacen que el salario real se sitúe por encima del que se corresponde con el pleno empleo. Para determinar este salario real de pleno empleo, hay que tener en cuenta que las empresas contratan nuevos trabajadores hasta el punto en que el salario real se iguala a la productividad marginal (demanda de trabajo). Si el salario real se mantiene, por alguna razón, por encima del de pleno empleo, la curva de oferta agregada seguiría siendo vertical a largo plazo, pero sobre un nivel de renta inferior al de pleno empleo (al contratarse a menos trabajadores, también se producen menos bienes y servicios. La Figura 1 recoge esta situación.

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O FERTA AGREGADA

En esta Figura 1 puede comprobarse también que una variación en la demanda agregada tampoco tiene efectos a largo plazo. Por ejemplo, si la demanda agregada se reduce y las empresas ajustan la producción y reducen el empleo (a corto plazo), se produciría a largo plazo una caída en los precios que permitiría restaurar el nivel de demanda agregada para absorber toda la oferta.

III.

de la demanda agregada sí tendrían efectos sobre la producción, que fluctuaría también en torno al nivel potencial determinado por la oferta agregada a corto plazo. La razón de que esto sea así es que la oferta agregada tiene pendiente positiva a corto plazo. Por ejemplo, esto podría deberse a alguna de estas explicaciones:

EL CORTO PLAZO

El análisis a corto plazo se modifica sustancialmente, ya que las fluctuaciones

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O FERTA DE CANJE -

A corto plazo los salarios nominales están dados por motivos institucionales. Por tanto, si se produce una bajada en el nivel general de precios, el salario real tenderá a incrementarse durante algún tiempo (hasta que los contratos salariales vayan revisándose) y las empresas reducirán su demanda de empleo para cumplir con la condición de maximización de los beneficios. El resultado de este menor nivel de empleo será también, lógicamente, una producción más baja. Por tanto, la curva de oferta agregada tiene pendiente positiva.

JORGE UXÓ GONZÁLEZ Véase también: "Modelo de demanda agregada y oferta agregada".

7618

-

Si sube el nivel general de precios de forma inesperada, todos los productores a la vez interpretarán que sus precios relativos están aumentando y elevarán la producción. Por tanto, a corto plazo, hasta que se ajusten las expectativas de precios al nivel que realmente está teniendo lugar, volverá a observarse una relación positiva entre precios y producción.

En la Figura 2 se puede comprobar cómo una caída en la demanda agregada sí tendría ahora efectos sobre la producción y el empleo.

OFERTA DE CANJE Share exchange offer

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O FERTA DE TRABAJO En determinadas ocasiones, una sociedad puede estar interesada en canjear unos títulos que se encuentran en poder de accionistas u obligacionistas por otros que la sociedad tiene en cartera o le interesa emitir. La motivación puede ser financiera o estratégica. En el primer caso, es posible que mediante el canje de títulos se pueda conseguir un beneficio por parte de la empresa oferente. Por ejemplo, en el año 2009, Banco de Santander ha ofrecido canjear acciones preferentes emitidas por el banco en años anteriores y que cotizaban al 70% o al 80%, por nuevas acciones preferentes con un cupón superior (pasando por ejemplo del 6% al 10%). De esta manera, Banco de Santander puede amortizar los títulos canjeados a la par (100%) y obtener un 25% de plusvalía que le ayuda a reforzar sus recursos propios. Evidentemente, está incrementando el coste de su financiación para los próximos años, pero en los momentos actuales de crisis, reforzar la estructura de recursos propios es prioritario. En el segundo caso, depende de la estrategia de la entidad. Por ejemplo, una empresa no cotizada puede tener un accionariado diversificado y haber un conjunto de títulos que a lo largo de los años o bien se han perdido o no se conoce quiénes son sus titulares. Esto puede pasar con un 2% o un 3% del capital en bastantes empresas. Una forma de hacer aflorar a los accionistas desconocidos es hacer una oferta de canje de nuevos títulos múltiples por las acciones antiguas. De esta manera, una vez acabado el plazo, los títulos que no hayan aparecido pueden ser adquiridos por la empresa para su autocartera, o bien ser vendidos a valor teórico contable. En cualquiera de los dos casos, el dinero se depositaría en la Caja General de Depósitos, a disposición de los antiguos accionistas, que

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tendrían un plazo de quince años para poder reclamar dicho importe. Transcurrido dicho período, el dinero pasaría al Erario público. La oferta de canje también se puede hacer con valores cotizados. En este caso, se ofrecen, por ejemplo, acciones a cambio de obligaciones. Esta situación se plantea muchas veces en los casos de empresas en dificultades. La entidad sabe que no va a poder pagar las obligaciones a su vencimiento y, para evitar el procedimiento concursal, se dirige a los obligacionistas y les ofrece canjear sus obligaciones por acciones de la compañía, con una determinada ecuación de canje. Este caso, por ejemplo, se ha dado en el año 2009 con General Motors, que ha ofrecido el 10% del capital junto con opciones para adquirir un 15% adicional a cambio del 100% de la deuda representada por bonos y obligaciones. Una parte significativa de los bonistas han aceptado el canje. MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones".

OFERTA DE TRABAJO Labour supply I. CONCEPTO • II. LA CURVA DE OFERTA DE TRABAJO • III. FACTORES QUE DESPLAZAN LA CURVA DE OFERTA DE TRABAJO

I.

CONCEPTO

La oferta de trabajo es la cantidad total de trabajo ofrecida por los individuos integrantes de una economía. La oferta de trabajo está en función, fundamentalmente, de la remuneración que se obtiene por el mismo. Aunque

7619

O FERTA DE TRABAJO también hay otros factores que influyen sobre la oferta de trabajo, como pueden ser las condiciones de trabajo, la existencia de remuneraciones extrasalariales, las posibilidades de promoción en el empleo y la formación en el trabajo, entre otros. Los individuos han de tomar una decisión acerca del trabajo que están dispuestos a ofrecer y para ello han de sopesar los beneficios y los costes de trabajar. El beneficio fundamental del trabajo es la renta que se deriva del mismo. Y el coste principal del trabajo es el tiempo y esfuerzo que requiere la dedicación al trabajo y que el individuo habrá de restárselo a sus otras actividades, es decir, al ocio. De esta manera, los individuos se enfrentan a la disyuntiva entre el trabajo y el ocio. Los individuos ofrecen la cantidad de trabajo con la que logran maximizar su utilidad. Cada individuo maximiza su utilidad cuando elige el tiempo de trabajo para el que la utilidad que le reporta la renta obtenida es exactamente igual a la pérdida de utilidad que le ocasiona renunciar a tiempo de ocio. La oferta de trabajo es heterogénea en el sentido de que los trabajadores no son iguales entre sí; tienen diferentes preferencias y cualificaciones. Este hecho justifica la diferencia de remuneración, según los distintos puestos de trabajo y según los trabajadores. Cuanto mayor ha-

7620

ya sido la inversión en capital humano, entendida como los gastos en educación reglada y en formación en el trabajo, mayor es la productividad del trabajador.

II.

LA CURVA DE OFERTA DE TRABAJO

La curva de oferta de trabajo representa la cantidad de trabajo que se ofrece a los distintos niveles de salario real. Tiene pendiente positiva, lo que supone que una subida del salario induce a los trabajadores a elevar la cantidad de trabajo que ofrecen. Pero, a medida que los salarios se elevan, la curva de oferta de trabajo va tomando mayor pendiente, tendiendo a la verticalidad, lo que significa que, a partir de un determinado nivel salarial, la oferta de trabajo permanece constante. Incluso a partir de un salario determinado, una elevación del mismo puede conducir a que los trabajadores opten por trabajar menos horas para permitirse más ocio. En ese caso, a partir de un nivel salarial concreto, la curva de oferta de trabajo se vuelve hacia atrás. La evidencia empírica parece indicar que la oferta de trabajo aumenta cuando el salario real se eleva temporalmente, pero disminuye cuando se eleva permanentemente. También sugiere que las mujeres son más sensibles que los hombres en cuanto a sus decisiones de oferta de trabajo cuando se produce una variación de los salarios.

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O FERTA DE TRABAJO

III.

FACTORES QUE DESPLAZAN LA CURVA DE OFERTA DE TRABAJO

Además de los movimientos, a lo largo de la curva de trabajo, producidos como consecuencia de variaciones salariales, hay ciertos factores que pueden influir trasladando la propia curva de oferta de trabajo. La curva de oferta de trabajo se desplaza siempre que los individuos modifiquen la cantidad de trabajo que están dispuestos a ofrecer para cada nivel salarial. Entre estos factores, cabe destacar: -

Aumento de la riqueza: si se elevan las rentas procedentes de otras fuentes disminuye la oferta de trabajo para un mismo salario. La curva de oferta de trabajo se desplaza hacia la izquierda.

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-

Mejora de las expectativas salariales: si los trabajadores mejoran sus expectativas acerca del salario futuro el efecto sobre la oferta de trabajo es el mismo que ante un aumento de la riqueza.

-

Cambios en el tamaño de la población en edad activa: un incremento de la población potencialmente activa puede provocar un aumento de la oferta de trabajo para cada nivel salarial. La curva de oferta de trabajo se desplaza hacia la derecha. En este sentido, los movimientos migratorios que originan cambios en el tamaño de la población pueden tener un efecto importante; también los cambios en la distribución por sexo: si la tasa de actividad femenina es inferior a la de los hombres, la compo-

7621

O FERTA ELÁSTICA sición por sexos de la población influye en la oferta de trabajo. Lo mismo sucede con la distribución por edades; el envejecimiento poblacional hace que disminuya la oferta de trabajo. -

-

-

Cambios en los gustos o preferencias: Si los individuos mejoran su disposición para incorporarse en el mercado de trabajo, es decir, su preferencia por el trabajo frente al ocio, la curva de oferta de trabajo se desplaza hacia la derecha. En este aspecto destaca la progresiva incorporación de la mujer al mercado de trabajo, tradicionalmente más dedicada al cuidado de la familia y el hogar. Aspectos no salariales del empleo: una mejora de los aspectos no salariales del empleo, como puedan ser una mejora de las condiciones laborales, de la seguridad e higiene en el empleo, de la formación en el trabajo, del horario laboral, etc., desplaza la curva de oferta de trabajo a la derecha. El marco legal y social del país. CAROLINA HERNÁNDEZ RUBIO

OFERTA ELÁSTICA Elastic supply En teoría económica se define la elasticidad precio de la oferta, también llamada elasticidad de oferta, como la variación porcentual en la cantidad ofrecida de un bien ante una variación porcentual y unitaria en el precio. Matemáticamente, la elasticidad se puede expresar a través de incrementos (y se utiliza este método generalmente cuando se tienen puntos o valores de la relación entre precio y cantidad, pero no una función matemática de oferta que relacione ambas variables para cualquier punto), como:

7622

Y también se puede expresar a través de derivadas, y en este caso se define como:

Si hablamos de oferta elástica, como la elasticidad mide el grado de sensibilidad de la cantidad ofrecida de producto ante cambios en el precio, estamos entendiendo que esta sensibilidad es grande, es decir que la cantidad ofrecida reacciona a cambios en el precio (permaneciendo constante todo lo demás). Una curva de oferta es infinitamente elástica cuando es una recta horizontal paralela al eje OX (se vende cualquier cantidad a un precio dado), ya que la pendiente de la curva de oferta forma 0º con el eje OX y la elasticidad tiene en uno de sus miembros la inversa de esa ) y es nula cuando es pendiente ( una línea recta paralela al eje OY (en ese caso se vende una cantidad fija a cualquier precio), ya que la pendiente de la curva de oferta forma 90º con el eje OX y la elasticidad tiene en uno de sus miem). bros la inversa de esa pendiente ( La elasticidad mide la capacidad de los agentes económicos de abandonar un mercado. En el caso de la elasticidad de oferta, si la elasticidad es grande eso significa que la producción es capaz de responder ágilmente a las señales de los precios y aumentar de manera importan-

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O FERTA INELÁSTICA te si los precios suben o bien, por el contrario, retirarse ágilmente si los precios del mercado tienden a bajar. Naturalmente, la capacidad de responder de una forma ágil y rápida a las señales de los precios tiene que ver con la infraestructura productiva de la empresa con la existencia o no de cuellos de botella en la producción, con el tipo de producto lanzado, la velocidad a la que se produce su transformación y está listo para ser lanzado al mercado, etc.

Si hablamos de oferta inelástica, como la elasticidad mide el grado de sensibilidad de la cantidad ofrecida de producto ante cambios en el precio, estamos entendiendo que esta sensibilidad es pequeña, es decir que la cantidad ofrecida reacciona pobremente a cambios en el precio (permaneciendo constante todo lo demás).

BEGOÑA BLASCO TORREJÓN Véase también: "Elasticidad"; "Elasticidad-precio de la oferta" y "Oferta inelástica".

OFERTA INELÁSTICA Inelastic supply En teoría económica se define la elasticidad precio de la oferta, también llamada elasticidad de oferta, como la variación porcentual en la cantidad ofrecida de un bien ante una variación porcentual y unitaria en el precio. Matemáticamente, la elasticidad se puede expresar a través de incrementos (y se utiliza este método generalmente cuando se tienen puntos o valores de la relación entre precio y cantidad, pero no una función matemática de oferta que relacione ambas variables para cualquier punto), como:

Y también se puede expresar a través de derivadas, y en este caso se define como:

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Una curva de oferta es infinitamente rígida o inelástica cuando es una recta paralela al eje OY (en ese caso se vende una cantidad fija a cualquier precio), ya que la pendiente de la curva de oferta forma 90º con el eje OX y la elasticidad tiene en uno de sus miembros la inversa de esa pendiente ( ). La elasticidad mide la capacidad de los agentes económicos de abandonar un mercado. En el caso de inelasticidad de oferta, la producción no es capaz de responder ágilmente a las señales de los precios y aumentar de manera importante si los precios suben o bien, por el contrario, retirarse ágilmente si los precios del mercado tienden a bajar. Esta falta de respuesta de la cantidad a los precios se debe generalmente a la propia estructura productiva de la empresa y al tipo de actividad. Por ejemplo, en el mercado de la construcción, se dice que la oferta es inelástica porque las promociones necesitan una media de 3 años para estar listas para la venta, lo que significa que las viviendas terminadas en un año proceden de decisiones empresariales ya relativamente lejanas en el tiempo y fueron tomadas en un contexto de precios que no es el del momento de la venta. Por esto, el mercado necesita tiempo para ajustarse, debido a la propia natura-

7623

O FERTA MONETARIA leza del bien y su largo tiempo de maduración. BEGOÑA BLASCO TORREJÓN Véase también: "Elasticidad"; "Elasticidad-precio de la oferta" y "Oferta elástica".

OFERTA MONETARIA Money supply I. CONCEPTO • II. ACTIVOS QUE FORMAN PARTE DE LA OFERTA MONETARIA • III. FACTORES DETERMINANTES DE LA OFERTA MONETARIA • IV. LA OFERTA MONETARIA Y LA INFLACIÓN

I.

CONCEPTO

La oferta de dinero u oferta monetaria es la cantidad de dinero presente en la economía. Se trata de un stock, es decir, de una cantidad determinada de millones de euros. Está compuesta por el dinero efectivo, es decir, billetes y monedas y por el dinero bancario. El problema reside en determinar con exactitud qué se entiende por dinero bancario pues, en función de ello, la oferta de dinero será una u otra.

II.

ACTIVOS QUE FORMAN PARTE DE LA OFERTA MONETARIA

Ante la dificultad que entraña dar una definición única y generalmente aceptada de dinero, éste se suele definir a través de sus características. Desde este punto de vista se considera dinero cualquier bien o activo que cumpla simultáneamente cuatro características: servir como medio de pago en cualquier tipo de intercambio, mantener su valor a lo largo del tiempo, que se pueda emplear como unidad de cuenta y que pueda utilizarse como unidad de pagos diferidos. El problema reside en determinar qué

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activos cumplen estas cuatro características, pues algunos que, antiguamente, lo hacían ahora no cumplen algunas de ellas y, por tanto, no pueden ser considerados dinero (ni por tanto parte de la oferta monetaria) y viceversa. Resulta, por tanto, muy importante establecer con precisión qué se entiende por dinero, debido a las implicaciones que sobre la economía puede tener. Desde este punto de vista resulta indiscutible que la oferta monetaria está compuesta por el dinero en efectivo que mantienen los agentes económicos para realizar sus transacciones. Pero dichos agentes, las familias y las empresas no tienen porqué mantener el dinero en efectivo, sino que pueden depositarlo en entidades financieras. Estos depósitos, que son un activo para quienes los contratan, los clientes de los bancos y cajas de ahorros y un pasivo para las instituciones que los custodian, también son considerados dinero. ¿Por qué? Pues porque las instituciones financieras se comprometen a hacerlos efectivos cuando así lo solicite el depositante (cliente). Por ello se le denomina dinero bancario, porque se puede hacer efectivo en el momento en que se requiera, se puede convertir en dinero. Por tanto la oferta monetaria está constituida por la suma de los billetes y monedas que mantienen en efectivo los agentes económicos (EMP) y de los depósitos que éstos mantienen en las entidades bancarias (D): OM= EMP+D En la actualidad, debido al gran desarrollo financiero experimentado en las últimas décadas, existen activos financieros que pueden ser considerados cuasidinero. De la facilidad de su conversión en dinero sin perder valor, se considerarán o no parte integrante de la oferta monetaria.

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O FERTA MONETARIA De esta forma nos encontramos con que existen diferentes definiciones de Oferta Monetaria en función de que se incluyan en ella o no esos activos considerados cuasi- dinero. En este sentido la definición más restrictiva de oferta monetaria, denominada M1, no los tiene en cuenta al incluir únicamente los activos plenamente líquidos (billetes y monedas), así como los depósitos a la vista que, como ya se ha señalado, son plenamente líquidos. Definiciones más amplias (M2 y M3), tienen en cuenta esos otros activos que se caracterizan por su elevada liquidez y escaso riesgo: a) M0: también denominada base monetaria o dinero de alto poder. Constituida por el efectivo en manos del público y del sistema bancario, así como por los depósitos que la banca mantiene en el banco central. b) M1: comprende el efectivo (M0) más los saldos que se pueden convertir inmediatamente en dinero o que pueden movilizarse para realizar pa-

gos y transferencias, es decir, los depósitos a la vista que mantienen los agentes económicos en los bancos. c)

M2: además de la M1, incorpora los depósitos con un plazo de hasta dos años así como los depósitos disponibles con preaviso de hasta tres meses. Estos últimos se caracterizan por ser depósitos de ahorro en los que el tenedor, para disponer de sus fondos, tiene que esperar un período determinado previo aviso.

d) M3: incluiría además todos los valores negociables emitidos por el sector de instituciones financieras monetarias residentes, esto es, cesiones temporales, participaciones en fondos del mercado monetario e instrumentos del mercado monetario y valores distintos de acciones hasta dos años. Se trata de activos financieros sustitutos próximos de los depósitos debido a su elevado grado de liquidez y reducido riesgo.

Cuadro1.- Diferentes acepciones de Oferta Monetaria Activos Financieros

M0

M1

x

x

x

X

x

x

X

Depósitos a plazo de hasta dos años

x

X

Depósitos disponibles con preaviso de hasta 3 meses

x

x

Efectivo en manos del Público (billetes y monedas) Depósitos a la vista

M2

M3

Cesiones Temporales

x

Valores distintos de acciones y participaciones hasta 2 años

x

Participaciones en fondos del mercado Monetario

x

Fuente: BCE

III.

FACTORES DETERMINANTES DE LA OFERTA MONETARIA

La oferta de dinero, definida como la suma del efectivo en manos del público y de los depósitos que mantienen los

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agentes económicos en instituciones financieras, depende por tanto de tres factores: a) De la Base Monetaria, es decir, de la oferta de efectivo. Está constituida

7625

O FERTA MONETARIA por la suma del efectivo (billetes y monedas) que mantienen tanto el público como el sistema crediticio, así como por los depósitos que, tanto por motivos legales como por razones voluntarias, mantienen los bancos en el Banco Central. Se le denomina también dinero de alto poder, ya que sobre el mismo y, a través de la acción de las instituciones bancarias (que captan el efectivo en manos del público en forma de depósitos que posteriormente entregan en forma de créditos o préstamos a otros agentes), se puede expandir la cantidad de dinero en la economía. En efecto, mediante la acción de la banca, la base monetaria se expande a través de los depósitos bancarios que mantienen los agentes económicos en esas instituciones. El denominado multiplicador monetario (m) refleja cuánto aumenta la oferta monetaria (M) con respecto a la base (B) monetaria del sistema. Este multiplicador será tanto mayor cuanto menor sea la cantidad que desee mantener el público en efectivo, ya que entonces depositará mayores cantidades en los bancos y cuanto menor sea la proporción de reservas en efectivo que deseen mantener los bancos (y que por tanto no prestarán a otros agentes económicos).

la emisión de moneda estuvo respaldada por metales preciosos, la base monetaria no podía crecer por encima de la cantidad de oro y/o plata presente en la economía. En la actualidad la emisión de moneda no está ligada a la existencia de metales preciosos en las cajas fuertes de los bancos emisores. b) De la proporción de dinero que mantiene en efectivo el público con respecto al dinero total (c). Los agentes económicos no mantienen la totalidad de billetes y monedas en efectivo, sino que acuden a los bancos donde los depositan y donde quedan a su disposición para cuando soliciten disponer de ellos mediante su conversión en dinero efectivo. Los bancos, a su vez, prestan parte de esas cantidades que mantienen sus clientes en forma de depósitos a otros clientes. No pueden prestar la totalidad de las mismas, ya que deben poder hacer frente al compromiso de convertir en líquidos los depósitos de sus clientes.

Por tanto, la autoridad monetaria puede aumentar la oferta monetaria de la economía mediante la emisión de más monedas y billetes, es decir, provocando una expansión de la base monetaria. La repercusión sobre la oferta monetaria (M) será tanto mayor cuanto más grande sea el multiplicador monetario (m).

Este coeficiente puede verse afectado a su vez por diversos elementos, en muchos casos difícilmente cuantificables. Entre ellos destacan dos: el nivel de renta y el tipo de interés de los depósitos. En efecto, si el nivel de renta aumenta, lo hace también la demanda de dinero tanto en efectivo como en forma de depósitos, pero sobre todo de esta última. Igualmente si aumenta el tipo de interés de los depósitos disminuirá el coeficiente c, ya que los agentes económicos preferirán mantener su dinero en forma de depósitos, ya que aumenta el coste de oportunidad de mantener ese dinero en efectivo sin recibir ninguna rentabilidad.

Mientras existió un patrón monetario metálico, es decir, mientras que

c) Del coeficiente de caja (r), efectivamente mantenido por el sistema

M = mB

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O FERTA MONETARIA bancario. Como se ha comentado, las instituciones bancarias no prestan la totalidad de los fondos que en ellas depositan sus clientes. Mantienen parte para hacer frente a su compromiso de ponerlos a disposición de sus depositantes cuando éstos así lo soliciten. ¿Qué proporción de sus depósitos mantienen como reservas? Mantienen un mínimo en forma de reservas que se encuentra determinado por ley por la autoridad monetaria. Son las reservas legales bancarias, que se encuentran determinadas por el coeficiente legal de caja o encaje bancario. Pero pueden mantener una cantidad mayor, lo que se denominan reservas bancarias voluntarias. Este exceso de reservas sobre la cantidad mínima exigido por ley dependerá a su vez del tipo de interés interbancario así como del tipo de interés de otros activos alternativos. Así, si aumenta el tipo de interés interbancario, es decir el tipo de interés al que se prestan fondos entre ellas las entidades financieras, los bancos mantendrán más reservas voluntarias. La razón es que les resultará más costoso conseguir efectivo,

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por lo que decidirán mantener niveles en efectivo superiores a los establecidos legalmente. Por el contrario, si aumenta el tipo de interés de otros activos alternativos, los bancos decidirán disminuir sus reservas voluntarias, ya que supone un aumento del coste de oportunidad para los bancos tener esas reservas sin generar ningún tipo de rentabilidad. La oferta monetaria, por tanto, depende del comportamiento de la autoridad monetaria, de los bancos y del público. La autoridad monetaria puede, a su vez, influir en el comportamiento de bancos con respecto a la oferta monetaria, por ejemplo modificando el coeficiente legal de caja. Por ello y, aunque haya aspectos de la oferta monetaria que dependen de los bancos y de los individuos, suele considerarse que el Banco Central controla en su práctica totalidad la oferta monetaria, es decir, se encuentra determinada por éste de forma exógena. En este sentido la oferta monetaria suele representarse gráficamente de la siguiente manera:

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O FERTA MONETARIA

Un aumento de la Oferta Monetaria consecuencia, por ejemplo, de la disminución del coeficiente legal de caja, supondría un desplazamiento hacia la derecha de la Oferta Monetaria. Al disminuir la cantidad que los bancos han de mantener en forma de efectivo o en forma de depósitos en el Banco Central, la banca podrá prestar más dinero a los gentes económicos. En la práctica esto supone una inyección de liquidez en la economía.

IV.

LA OFERTA MONETARIA Y LA INFLACIÓN

Cualquier aumento en la oferta monetaria se traduce en tensiones inflacionistas en la economía. Es lo que se conoce con el nombre de Teoría Cuantitativa del Dinero, que relaciona la cantidad de dinero en circulación en la economía con

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el nivel de precios de la misma. Supongamos que la autoridad monetaria decide aumentar la base monetaria acuñando más moneda, esto provoca que la moneda pierda valor (al aumentar la oferta de un bien éste pierde valor). Esto supone que, para conseguir la misma cantidad de bienes, hay que entregar más moneda, pues esta vale menos. Por tanto se traduce en un crecimiento de precios. Quizás uno de los momentos históricos donde mejor se observa este fenómeno es en la España del siglo XVI, etapa que se conoce con el nombre de la Revolución de los precios. Como consecuencia del descubrimiento del Nuevo Mundo y de los importantes recursos naturales que en él se encontraban, se incrementó la cantidad de oro y de plata en circulación. El oro y la plata se utilizaban como moneda, por lo que, al descubrirse minas

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O FERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN DE ACCIONES de estos materiales y aumentar su oferta, su precio cayó provocando un aumento tan importante en el nivel de precios. En épocas más recientes ocurrió algo similar. Al finalizar la I Guerra Mundial, lo aliados impusieron fuertes sanciones económicas a Alemania, al mismo tiempo que le quitaban importantes zonas industriales necesarias para su desarrollo económico. El país germano, incapaz de hacer frente a sus deudas con los aliados, comenzó a imprimir billetes como forma más fácil de hacer frente a dichas deudas. Con ello incrementó la oferta monetaria, provocando crecimientos en los precios nunca vistos hasta entonces. PEDRO FERNÁNDEZ SÁNCHEZ Véase también: "Agregado monetario"; "Dinero"; "Disponibilidades líquidas"; "Moneda" y "Teoría cuantitativa del dinero".

OFERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN DE ACCIONES Share takeover bid I. CONCEPTO • II. OBJETIVOS DEL COMPRADOR • III. TIPOLOGÍA DE OFERTAS PÚBLICAS DE ADQUISICIÓN

I.

CONCEPTO

Una oferta pública de adquisición de acciones (OPA) es una operación financiera que tiene por objeto obtener una participación significativa en el capital de una Sociedad, normalmente cotizada, a la que habitualmente se denomina "sociedad afectada", mientras que, quien lanza la OPA, que puede ser una persona física o jurídica (o varias), se denomina "entidad oferente".

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Una OPA puede realizarse sobre una empresa cotizada o sobre una empresa no cotizada. En el primer caso, existen unas normas de obligatoriedad fijadas legalmente, mientras que en el caso de una empresa no cotizada, la OPA tendrá normalmente el carácter de OPA voluntaria. Cuando se lanza una OPA sobre las acciones de una empresa cotizada, la legislación obliga a que se extienda la oferta a todos los valores susceptibles de convertirse en capital, a excepción de los warrants y las opciones de compra. Por tanto, si la sociedad afectada tiene emitidos bonos convertibles o hay una ampliación de capital en curso, existiendo derechos de suscripción en el mercado, o tiene emitidas acciones sin voto y, por no pagar el dividendo mínimo, se ha conferido derecho de voto las mismas, la entidad oferente tendrá que ampliar su oferta a todos estos valores, estableciendo las equivalencias financieras necesarias para dar un valor de compra a todos ellos, que sea homogéneo con el que ha ofertado por las acciones. En el caso en el que haya varias empresas oferentes interesadas en la adquisición de una determinada sociedad afectada, habrá varias OPAs competidoras, estableciéndose por parte de la CNMV un procedimiento para que los accionistas interesados puedan valorar dichas ofertas y elegir la que consideren más adecuada para sus intereses. La contraprestación de una OPA puede ser en metálico, en valores o parte en metálico y parte en valores. La CNMV exigirá un aval bancario a la entidad oferente para que garantice que los accionistas que decidan acudir a la oferta recibirán la contraprestación ofrecida.

II.

OBJETIVOS DEL COMPRADOR

Cuando una persona o entidad se está planteando la adquisición de una em-

7629

O FERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN DE ACCIONES presa o de un paquete significativo de acciones de la misma, suele tener determinadas motivaciones que no siempre son conocidas por el mercado y que, en el fondo, son las que hacen que al final el inversor se decante por tomar la participación. Entre ellas, podríamos destacar las siguientes: -

-

Liquidez de la inversión: Cuando un inversor toma una posición, no lo hace sólo por que haya decidido inmovilizar su dinero durante años y porque confía en que la empresa funcione bien y así le pague unos dividendos importantes. Evidentemente, el inversor quiere tener la posibilidad de una salida, en el caso de que sus hipótesis no hayan sido acertadas. Por eso, la liquidez de la inversión es muy importante en relación con la toma de la decisión de invertir. Existen negocios muy interesantes en los que finalmente no se invierte porque no se tiene garantizada la liquidez en el caso de que se desee vender la participación. En otro caso, el inversor se quedaría "pillado" en la empresa como socio minoritario, financiando los recursos propios de la entidad, pero sin tener capacidad de decisión sobre el desarrollo y gestión de la misma. Seguridad: Probablemente es uno de los principales leif motiv de un inversor. Evidentemente, siempre que se invierte se espera que se obtengan los adecuados retornos que compensen al inversor de la inmovilización de su dinero cuando invierte un determinado capital. La seguridad, lógicamente, está relacionada con la buena gestión de la empresa en la que se invierte, existiendo dos posibilidades: que se esté involucrado en la gestión o que no se esté. En el primer caso, está claro que se ha realizado una apuesta significativa por una empresa y la seguridad está rela-

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cionada con la propia capacidad del inversor. En el segundo caso, se confía en terceros para que la gestión de la empresa sea adecuada, por lo que la seguridad estará en relación directa con la capacidad de estas personas para llevar adelante el negocio; o bien se habrá firmado un contrato de cobertura en el que se establece un precio mínimo de valor de la inversión realizada. -

Estrategia: Se dará en el caso en el que una empresa de un sector decida crecer en el mismo y para ello no utilice un modelo orgánico de crecimiento, sino que decida adquirir otra empresa del sector. En este caso, la motivación puede estar en que la empresa adquirente desea aumentar su velocidad de crecimiento o necesita tener una cuota de mercado superior e, incluso, según los casos y los países, si quiere llegar a tener de facto una situación de monopolio.

-

Ambición de poder: A veces la motivación de una empresa o un gran inversor, no busca la racionalidad del negocio sino que toma posiciones por el simple hecho de llegar a controlar una gran corporación y así poder mandar en ella y, por ejemplo, poder despedir a determinadas personas o hacer una fusión que elimine a un competidor que le ha estado desafiando durante mucho tiempo. El poder, en este caso, es el verdadero objetivo del comprador.

-

Realizar un antiguo sueño: Esta motivación es algo más romántica. Se trata de situaciones en las que una persona ha tenido interés en el pasado por entrar en el capital de una empresa o simplemente ser parte de ella de alguna forma y, por lo que fuera, no lo consiguió. Con el tiempo, esta persona consigue tener una posición que le permite comprar una

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O FERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN DE ACCIONES participación significativa y llegar a controlar la gestión de la empresa. Evidentemente, esta situación puede tener conexiones con los melodramas hollywoodienses, pero sí es cierto que determinadas personas tienen una espina clavada porque tiempo atrás una empresa no les trató adecuadamente y, si con el tiempo pueden llegar a conseguir el control de la empresa, para ellos tiene mucha más importancia que la rentabilidad o el riesgo que supone la inversión. -

b) OPA Hostil: Cuando la entidad oferente no se pone de acuerdo con la entidad afectada e intenta conseguir el control político comprando los derechos de voto a los accionistas. 2.

b) OPA Trasnacional: Cuando la entidad oferente es de un país diferente al de la entidad afectada, lo cual conlleva la posibilidad de que haya restricciones legales en función de la normativa internacional. 3.

Para plantear una operación de oferta pública de adquisición, lo primero que tenemos que hacer es clasificarla adecuadamente. Dependiendo de cómo se plantee una OPA, así será la estrategia del procedimiento a seguir.

1.

Según la extensión de la Oferta: a) OPA Limitada: Cuando la entidad oferente limita la cantidad de los derechos de voto que desea adquirir; este límite puede ser inferior, superior o existir simultáneamente límite inferior y superior.

TIPOLOGÍA DE OFERTAS PÚBLICAS DE ADQUISICIÓN

Las clasificaciones pueden ser muy variadas. Nosotros nos vamos a regir por los siguientes criterios:

Según la residencia de la Entidad Oferente: a) OPA Nacional: Cuando la entidad oferente y la entidad afectada son del mismo país. No obstante, hay que tener en cuenta que, si la entidad oferente es filial de una entidad extranjera, no podría considerarse una operación nacional.

Desafío: Hay determinadas empresas o inversores que consideran que hay que crecer siempre e, incluso, son capaces de comprar a cualquier precio. La adquisición de empresas pasa entonces a ser algo así como un desafío. Estas personas están siempre buscando qué comprar y siempre tratan de buscar el lado optimista de la operación, es decir, siempre ven la botella medio llena.

Como vemos, los objetivos de un comprador pueden ser muy variopintos y, según las épocas y ciclos, se suelen dar casi todas las opciones que hemos indicado.

III.

da se ponen de acuerdo en el precio y en la forma de instrumentar la operación.

b) OPA General: Cuando la entidad oferente extiende la oferta a la totalidad de los derechos de voto de la entidad afectada. 4.

Según el número de entidades oferentes:

Según la aceptación de la OPA:

a) OPA Unitaria: Cuando la entidad oferente es única.

a) OPA Amistosa: Cuando la entidad oferente y la entidad afecta-

b) OPA Múltiple: Cuando las entidades oferentes son varias y se

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O FERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN DE ACCIONES reparten el control de los derechos de voto objeto de la Oferta. 5.

rente lo que pretende es controlar completamente la administración y la gestión de la entidad afectada.

Según la naturaleza de la contraprestación:

b) OPA de exclusión de cotización: Cuando la entidad oferente lanza la oferta sobre sus propias acciones, con el objetivo de dejar de cotizar en bolsa.

a) OPA con contraprestación en efectivo: Cuando la entidad oferente se compromete a pagar todos los valores de la entidad afectada, que sean objeto de la oferta, con dinero efectivo. b) OPA con contraprestación en valores: Cuando la entidad oferente ofrece canjear todos los valores objeto de la oferta por otros valores de la entidad oferente o de otras entidades. Tanto en este caso como en el siguiente, es importante tener en cuenta que sólo se podrán ofrecer en canje valores admitidos a negociación en las bolsas de valores españolas o en bolsas radicadas en estados miembros de la O.C.D.E. (Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico). c)

6.

8.

b) OPA Defensiva: Cuando la entidad afectada trata de defenderse del acoso de la entidad oferente mediante diferentes estrategias, una de las cuales se materializa en una OPA, bien sobre sus propias acciones, bien sobre acciones de la entidad oferente, bien sobre acciones de una tercera entidad.

Según la naturaleza de la entidad oferente:

b) OPA realizada por persona jurídica: Cuando la entidad oferente es una entidad jurídica, es decir, una empresa, una institución, una fundación, etc. Según la finalidad de la operación: a) OPA con objetivo de toma de control: Cuando la entidad ofe-

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Según el origen de la OPA: a) OPA Ofensiva: Cuando la entidad oferente toma la iniciativa para tomar el control de la entidad afectada.

OPA con contraprestación mixta: Cuando se ofrece un precio que se materializa parcialmente en efectivo y parcialmente en otros valores.

a) OPA realizada por persona física: Cuando quien lanza la oferta es una persona física, esto es, un particular. No es habitual, pero sí legalmente factible.

7.

c) OPA técnica con objetivo de fusión: Cuando dos entidades se ponen de acuerdo en la realización de una fusión y deciden que la mejor forma de instrumentar esta operación es mediante la compra de las acciones de la entidad que va a ser absorbida por parte de la entidad que va a ser la absorbente.

9.

Según la existencia o no de pactos previos: a) OPA con depósitos inmovilizados, con compromiso expreso de no acudir a la OPA: Cuando determinados accionistas manifiestan por escrito su compromiso de no acudir a la oferta, inmovilizando sus valores en una entidad financiera, que asimismo manifiesta expresamente la existencia de dicha inmovilización.

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O FERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN DE VALORES b) OPA sin depósitos inmovilizados: Cuando ninguno de los valores objeto de la oferta es objeto de inmovilización durante la tramitación de la operación. 10. Según la existencia o no de valores convertibles en acciones: a) OPA con valores convertibles en acciones: Cuando la entidad afectada tiene emitidos bonos u obligaciones convertibles, derechos de suscripción correspondientes a una ampliación en curso, acciones sin voto que disponen de derecho transitorio de voto o, en su caso, "warrants" que desean ser adquiridos por la entidad oferente. b) OPA sin valores convertibles en acciones: Cuando la entidad afectada sólo tiene acciones ordinarias que puedan ser objeto de la oferta. 11. Según la entidad obligada al pago de los gastos de transmisión: a) OPA con liquidación de gastos según ley: Cuando la entidad oferente sólo acepta pagar los gastos en los que incurrirá con la compra, teniendo que pagar los potenciales vendedores los gastos de la venta. b) OPA con gastos a cargo de la sociedad o sociedades oferentes: Cuando la entidad oferente se compromete a pagar todos los gastos dimanantes de la operación, tanto los de compra como los de venta. 12. Según la voluntariedad de la oferta: a) OPA Voluntaria: Cuando la entidad oferente lanza la OPA por su propia voluntad. En este caso, deberá también ser autorizada

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por la CNMV y dirigirse a todos los titulares de valores objeto de la oferta. b) OPA Obligatoria según ley: Cuando la entidad oferente se ve obligada por imperativo legal a lanzar una oferta sobre determinados valores. MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "OPA amistosa"; "OPA competidora"; "OPA condicionada"; "OPA de exclusión"; "OPA envolvente"; "OPA hostil"; "OPA indirecta"; "OPA limitada" y "OPA obligatoria".

OFERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN DE VALORES Securities takeover bid Cuando una empresa tiene valores emitidos, cotizados o no, dichos valores pueden ser objeto de oferta por parte de la propia empresa o por parte de otra entidad interesada en la adquisición de dichos valores, entendiéndose por valores su más amplia acepción, es decir, acciones, bonos, participaciones preferentes, acciones sin voto, obligaciones subordinadas, bonos convertibles, warrants, opciones sobre acciones, pagarés, etc. La oferta más clásica es la que se realiza sobre las acciones de una empresa para lograr su control político y que se denomina oferta pública de adquisición de acciones (OPA), pero se pueden realizar ofertas sobre cualesquiera valores. Si una empresa está interesada en recomprar las obligaciones emitidas hace varios años, porque tiene liquidez y ha decidido reducir su endeudamiento, puede hacer una oferta de compra voluntaria a un precio determinado y los

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O FERTA PÚBLICA DE SUSCRIPCIÓN obligacionistas podrán aceptar o no dicha oferta. En ocasiones, se pone un límite a la oferta, por ejemplo, que sea aceptada por, al menos, el 80% de los tenedores del empréstito. El motivo es que estas emisiones suelen tener cláusulas que permiten la amortización definitiva cuando quedan menos del 20% de los títulos en el mercado. La empresa, entonces, puede amortizar totalmente el empréstito y prescindir de los gastos que supone el mantenimiento de una emisión en el mercado.

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La privatización o salida a bolsa de empresas públicas, de tal modo que el Estado vende un porcentaje del capital de la empresa pública a privatizar, bien esté ya cotizando en el mercado y el Estado se desprenda de un porcentaje adicional del capital social de la sociedad o bien salga a cotizar por primera vez. De esta forma, además del efecto sociopolítico de la privatización, el Estado o la Administración correspondiente obtienen recursos económicos. En estos procesos surge, a veces, el concepto de golden share (o acción de oro, denominada en España "autorización administrativa previa") que puede materializarse en un voto cualificado o en una acción o un paquete de acciones con un valor nominal concreto y propiedad del Estado que le otorga determinadas facultades en la toma de decisiones de la empresa privatizada (por ejemplo, el derecho de veto para la entrada de determinados accionistas, la aprobación de la estrategia de la empresa, su finalidad social, etc.).

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La salida a bolsa de empresas privadas, de tal modo que estas empresas deciden salir a cotizar, para lo cual tienen que vender un porcentaje de su capital al público.

MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones".

OFERTA PÚBLICA DE SUSCRIPCIÓN Véase: "Oferta pública de venta".

OFERTA PÚBLICA DE VENTA Inicial public offering (IPO) / Seasoned issue

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Una Oferta Pública de Venta de acciones (OPV) es una operación financiera que se realiza con el fin de vender una parte o la totalidad del capital social de una empresa al público en general o a inversores institucionales. Cuando la Oferta pública de venta de valores procede de una ampliación de capital se denomina Oferta Pública de Suscripción (OPS), en la que no suele haber derecho de suscripción preferente.

La venta de una participación significativa, debida a que un accionista mayoritario "o de control" vende su participación al mercado, esté o no cotizando previamente la sociedad en el mercado de valores.

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La obtención de financiación por parte de la empresa, mediante la realización de una ampliación de capital si bien no dirigida a los antiguos accionistas, sino al público en general a través de una Oferta Pública de Suscripción de acciones.

Por tanto, se trata del mecanismo utilizado en las siguientes situaciones:

A las Ofertas Públicas de Venta de acciones, en las que la empresa sale por

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O FERTA PÚBLICA DE VENTA primera vez a cotización en el mercado de valores, se les denomina también Ofertas Públicas Iniciales (OPI).

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Costes inherentes al proceso de colocación de los títulos entre los inversores: disminución del precio de salida para favorecer la demanda y el atractivo de los títulos; gastos administrativos de elaboración de folleto, asesores y otros intermediarios en el proceso de la operación financiera.

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Cierta pérdida de control en la toma de decisiones debido a la mayor información que deben aportar.

Los objetivos de las empresas al formular una OPV pueden ser los siguientes: -

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-

Obtención de recursos financieros, bajo la modalidad de recursos propios, para la expansión y crecimiento de la empresa, a la vez que reduce el riesgo financiero de la empresa al reducirse proporcionalmente el endeudamiento (cambio de estructura financiera). Mayor dispersión de su base accionarial, en el caso de que la oferta tenga éxito, se convierten en accionistas un grupo numeroso de pequeños inversores. Mejora de la imagen de la empresa, ya que una empresa cotizada está supervisada y controlada por organismos oficiales de forma que ofrece mayor transparencia informativa y gerencial ante los inversores, clientes, proveedores, etc.; igualmente, cotizar en los mercados de valores mejora la imagen y proporciona publicidad al aparecer constantemente en los medios de comunicación, sobre todo aquellos vinculados al ámbito financiero.

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Valoración diaria de la empresa por parte de los inversores en el mercado de valores.

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Proporciona liquidez a los accionistas anteriores a la OPV por la desinversión de participaciones significativas.

También hay que tener en cuenta que la realización de una Oferta Pública de Venta de acciones y la cotización en los mercados de valores tiene unos inconvenientes para los emisores:

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En el proceso de emisión u oferta pública de valores, tanto de venta como de suscripción, intervienen entidades que desempeñan determinadas funciones: -

Entidad colocadora es aquella que media en la distribución de los valores entre el público, con o sin compromiso de aseguramiento o adquisición.

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Entidad directora es aquella a la que el emisor u oferente haya ordenado preparar la colocación de los valores y la organización de las operaciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del emisor. La entidad directora debe realizar las actuaciones y comprobaciones oportunas para cerciorarse de la veracidad e integridad de las informaciones contenidas en el folleto.

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Entidad coordinadora es aquella que tiene la misión de controlar el estado y evolución de la demanda o de coordinar las actividades realizadas por las entidades aseguradoras y colocadoras que intervienen en la operación, a las cuales representará en sus relaciones con el emisor u oferente. La entidad coordinadora, a falta de entidad directora, debe realizar las actuaciones y comprobaciones oportunas para cerciorarse de la veracidad e integridad de las informaciones contenidas en el folleto.

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O FERTA PÚBLICA DE VENTA -

Entidad aseguradora es aquella que asume el compromiso frente al emisor de garantizar el resultado económico de la operación frente al riesgo de colocación.

Los inversores que tengan interés en acudir a una Oferta Pública de Venta o de Suscripción de Valores previamente deberán realizar un análisis que contemple los aspectos siguientes: -

La situación del mercado de valores. Este aspecto es fundamental a la hora de acudir o no a una OPV. Generalmente, la mayoría de las colocaciones de títulos en Bolsa se realizan en épocas de expansión bursátil, de tal forma que en estos momentos habrá dinero entre los inversores para asegurar el éxito de la operación. Por el contrario, en épocas de depresión bursátil las OPV que se realicen podrán tener una salida poco brillante.

-

La situación del sector. El sector en el que se encuentre la empresa oferente de los títulos es determinante también. Por ejemplo, todas las colocaciones de acciones de las empresas de Internet, telecomunicaciones y biotecnología durante el año 1999 tuvieron gran éxito debido a la euforia del sector, independientemente del precio de colocación. Años después de la burbuja estos sectores estaban muy penalizados debido a la desconfianza que existía sobre ellos y, en general, nadie tenía interés en acudir a una OPV de una empresa de estos sectores salvo que, con un análisis muy riguroso del precio, expectativas, empresa, etc., supusiera una buena oportunidad. Lo mismo ocurrió con la burbuja inmobiliaria generada desde el año 2002 al 2007 y su posterior hundimiento entre los años 2003-09.

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La situación de la empresa: consiste en analizar las expectativas de crecimiento de la empresa o del sector, ya que no es lo mismo, por ejemplo, una empresa industrial con dificultad de aumentar su cuota de mercado, que una empresa de turismo que tenga elevadas posibilidades de crecimiento.

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El precio de los títulos de la OPV: aunque en épocas de expansión bursátil los inversores no prestan demasiada atención a esta variable, es conveniente analizar si la empresa está infravalorada o sobrevalorada con respecto a las valoraciones fundamentales y comparar los ratios con las empresas del sector; ya que, aunque a corto plazo, se verá muy afectada por la coyuntura, sea positiva o negativa, a largo plazo el mercado ajustara el precio a su valor fundamental.

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La demanda de títulos nacional e internacional. La mayor o menor demanda de títulos puede determinar el éxito o fracaso de la OPV, respectivamente. La demanda institucional nacional e internacional pueden ser determinantes para el éxito de la operación.

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El número de títulos a la venta. En relación con el punto anterior también hay que tener en cuenta el número de títulos que se ponen en circulación, no es lo mismo una emisión de 10 millones de títulos que de 900 millones de títulos.

JOSÉ LUIS MATEU GORDON Véase también: "Acción dorada" y "Ampliación de capital".

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O FERTA VINCULANTE

OFERTA VINCULANTE

rencial bancario, el de las cajas de ahorros, etc. Asimismo, se deberán indicar los períodos de renovación de la referencia del préstamo en el caso de que se contrate a tipo variable.

Binding offer Cuando un cliente solicita un préstamo hipotecario a un banco o caja de ahorros, normalmente porque tiene intención de adquirir una vivienda, la entidad financiera está obligada a entregar al peticionario un documento que se denomina oferta vinculante y en el cual se deben incorporar las condiciones bajo las cuales el banco o caja de ahorros estaría dispuesta a otorgar el préstamo hipotecario al cliente. El contenido habitual de la oferta vinculante para el otorgamiento de un nuevo préstamo hipotecario sería el siguiente: -

Período de validez de la oferta vinculante, normalmente un mes. En ningún caso puede ser inferior a diez días.

-

Importe del préstamo, que suele corresponderse con un determinado porcentaje del valor de tasación de la vivienda, por ejemplo, un 80%.

-

Duración del préstamo.

-

Importe de las cuotas a pagar por parte del prestatario para amortizar el préstamo y periodicidad de las mismas.

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Tipo de interés a aplicar al préstamo, indicando si es fijo, variable o una combinación de ambos. En el caso de ser variable se debe indicar la referencia sobre la que se indicia el préstamo, normalmente el Euribor, aunque también puede ser el prefe-

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-

Comisiones que se aplicarán al préstamo, normalmente las de apertura y estudio, que girarán sobre el principal del préstamo y las de cancelación parcial o total, que suelen girar sobre la deuda viva en el momento de solicitar la cancelación.

-

Gastos de formalización de la operación: notaría, registro, tasación, etc.

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Tipo efectivo de interés que va a satisfacer el prestatario, conocido como T.A.E.

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Garantías complementarias que, en su caso, se pidan: aval de un familiar, seguro de cancelación de hipoteca, en caso de fallecimiento, domiciliación de la nómina del prestatario, etc.

En el caso de que el préstamo hipotecario ya se haya concedido en el pasado, pero el prestatario decida cambiarse de banco porque le ofrecen mejores condiciones, el banco que desea subrogarse en el préstamo debe, asimismo, realizar una oferta vinculante al prestatario, la cual debe ser enviada a la entidad financiera que había otorgado el préstamo. En esta oferta vinculante se detallarán las nuevas condiciones económicas: tipo de interés y comisiones, en su caso, que se van a aplicar una vez producida la subrogación.

MIGUEL CÓRDOBA BUENO

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O FICINA DE ARMONIZACIÓN DEL MERCADO INTERIOR

OFICINA DE ARMONIZACIÓN DEL MERCADO INTERIOR

Las disposiciones generales sobre la OAMI se contienen en los artículos 111 a 114 del Reglamento: Artículo 111. Estatuto jurídico:

Office for harmonization in the internal market

1. La Oficina será un organismo de la Comunidad. Tendrá personalidad jurídica.

La Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) en Alicante es el órgano competente para el registro de las marcas comunitarias. Es la institución ante la cual se desarrollan todos los procedimientos relacionados con la marca comunitaria y en la que permanecen registrados los títulos de propiedad industrial que representan las marcas comunitarias.

2. En cada uno de los Estados miembros, poseerá la capacidad jurídica más amplia que reconozcan a las personas jurídicas las legislaciones nacionales; podrá en especial adquirir o enajenar bienes inmuebles y muebles y tendrá capacidad procesal.

En el artículo 2 del Reglamento de Marca Comunitaria se dispone que: "Se crea una Oficina de armonización del mercado interior (marcas, diseños y modelos), denominada en lo sucesivo "Oficina." La Declaración del Consejo y de la Comisión sobre la sede de la Oficina de armonización del mercado interior (marcas, dibujos y modelos) incluida en el Acta del Consejo con ocasión de la adopción del Reglamento del Consejo, de 20 de diciembre de 2003, sobre la marca comunitaria dispone que con motivo de la adopción del Reglamento sobre marca comunitaria, el Consejo y la Comisión observan: -

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que los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos a nivel de Jefes de Estado o de Gobierno el 29 de octubre de 1993, decidieron que la Oficina de armonización del mercado interior (marcas, dibujos y modelos) tendrá su sede en España en una ciudad que designará el Gobierno español; que el Gobierno español designó Alicante como sede de la Oficina.

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3. La Oficina estará representada por su presidente. Artículo 112. Personal: 1. Sin perjuicio de la aplicación del artículo 131 a los miembros de las salas de recurso, se aplicarán al personal de la Oficina el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, el régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y las normas de desarrollo de estas disposiciones adoptadas de común acuerdo por las Instituciones de las Comunidades Europeas. 2. Los poderes atribuidos a cada Institución por el Estatuto y por el régimen aplicable a los otros agentes se ejercerán por la Oficina con respecto a su personal, sin perjuicio del artículo 120. Artículo 113. Privilegios e inmunidades: El Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas se aplicará a la Oficina. Artículo 114. Responsabilidad:

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O FICINA DE JUSTIFICACIÓN DE LA DIFUSIÓN (OJD) 1. La responsabilidad contractual de la Oficina se regirá por la ley aplicable al contrato en cuestión. 2. El Tribunal de Justicia será competente para pronunciarse cuando un contrato celebrado por la Oficina contenga una cláusula compromisoria en tal sentido. 3. En materia de responsabilidad no contractual, la Oficina deberá reparar, conforme a los principios generales comunes a los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros, los daños causados por sus servicios o por sus agentes en el ejercicio de sus funciones. 4. El Tribunal de Justicia será competente para conocer de los litigios relativos a la reparación de los daños contemplados en el apartado 3. 5. La responsabilidad personal de los agentes para con la Oficina se regulará en las disposiciones que fijen su estatuto o el régimen que les sea aplicable. Dentro de la organización de la Oficina, hay que distinguir entre órganos con competencia de gestión y órganos con competencias de decisión en los procedimientos de registro de la marca comunitaria. LUIS ANTONIO SOLER PASCUAL

OFICINA DE JUSTIFICACIÓN DE LA DIFUSIÓN (OJD) Audit bureau of circulations I. CONCEPTO 1. Definición 2. Términos clave de la actividad de la OJD - INTROL • II. HISTORIA 1. Antecedentes y nacimiento 2. Evolución de la

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actividad de OJD 3. La refundación de la OJD: nace INTROL • III. DE LA OJD A INTROL: ESTRUCTURA Y SERVICIOS DE LA NUEVA SOCIEDAD 1. Estructura de INTROL: sus divisiones 2. La oferta de servicios de INTROL

I.

CONCEPTO

1. Definición La Oficina de Justificación de la Difusión (OJD) es la organización que, desde 1964, año de su creación como sociedad mercantil privada e independiente, ha realizado el control de la difusión y distribución de las publicaciones periódicas (prensa, revistas y otras) en España. En la actualidad sigue realizando su función original, pero como división de la empresa Información y Control de Publicaciones S.A. –INTROL (www.introl.es), sociedad miembro de la International Federation of Audit Bureaux of Circulations (IFABC- www.ifabc.org), una asociación mundial de las organizaciones establecidas en cada país para la verificación y control de la difusión de publicaciones cuyo objetivo es favorecer el intercambio de experiencias entre sus miembros para mejorar la actividad de control publicitario que desarrollan.

2. Términos clave de la actividad de la OJD - INTROL Las empresas, cuando deciden realizar una campaña de publicidad, tienen a su disposición diversos medios (televisión, cine, prensa, internet...). Dentro de cada medio, a su vez, pueden elegir diferentes soportes (por ejemplo, en el medio prensa diaria, uno de los controlados por la OJD, podemos encontrar soportes como El Mundo, El País, ABC, etc.). Una variable importante para decidir los medios y soportes más adecuados es la audiencia, es decir, el número de personas expuestas a un determinado medio o soporte. En este contexto, INTROL

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O FICINA DE JUSTIFICACIÓN DE LA DIFUSIÓN (OJD) colabora en la estimación de audiencias, midiendo, en el caso de la división OJD, la difusión (total de ejemplares vendidos en los puntos de venta más las suscripciones y ejemplares suministrados gratuitamente de forma regular) y la tirada (número total de ejemplares editados en un mismo número) de periódicos y revistas.

el objetivo principal de dotar de herramientas de medición fiables al mercado de publicaciones y, en especial, a las agencias de publicidad y a los anunciantes, encargándose desde entonces de verificar las cifras de tirada de los medios impresos españoles.

En este proceso INTROL establece una serie de normas técnicas de control, que se pueden consultar en su página web (www.introl.es), para lograr que su información sea objetiva y veraz. Estas normas recogen las definiciones necesarias para delimitar el tipo y alcance de la información recogida, así como los procedimientos de actuación a seguir. También regulan las relaciones con los diferentes editores acogidos al sistema para posibilitar el trabajo de INTROL según las condiciones establecidas en plazo y forma.

En 1965 se producen los primeros controles de difusión y se elabora el primer Reglamento de Trabajo, documento continuamente actualizado y que recoge aspectos como conceptos y terminología empleados, procedimientos y técnicas de control, basados en principios de auditoría generalmente aceptados, procesos de adscripción, etc. Junto con los Estatutos Sociales constituye el esqueleto estructural de la organización.

II.

HISTORIA

1. Antecedentes y nacimiento La OJD se gesta en mayo de 1963, en una asamblea de la International Advertising Association (IAA), a la que asistió una nutrida representación española del sector publicitario y que dio lugar a la creación de la International Federation of Audit Bureaux of Circulations (IFABC). Entre los principios fundacionales de la IFABC destacaban su naturaleza privada e independiente, su composición tripartita (agencias de publicidad, anunciantes y medios), la voluntariedad en la adscripción y su actuación bajo las normas de una organización con carácter no lucrativo. Los representantes españoles en esa reunión consideraron que un organismo que cumpliera con estas condiciones resultaba adecuado y el 20 de octubre de 1964 se constituyó en Madrid la OJD, con

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2. Evolución de la actividad de OJD

La evolución de la OJD fue lenta pero constante, ya que, inicialmente, algunos periódicos y revistas se resistieron a participar por resistencia a declarar las cifras reales o por dudar de la objetividad y eficacia de la organización. La consolidación de la OJD no llega hasta finales de la década de los 70 y principios de los 80. La transición hacia la democracia propició la expansión del mercado periodístico, se publicaron los primeros suplementos dominicales en los diarios y nació la prensa gratuita.

3. La refundación de la OJD: nace INTROL La OJD fue adaptándose a los retos que planteaba el control de estos nuevos medios impresos y, a mediados de los 90, con la revolución de Internet, empieza a trabajar para crear una división encargada de auditar y certificar los nuevos medios electrónicos. Estos trabajos desembocarán en la creación de una nueva estructura social que separa las nuevas y las tradicionales

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O FICINA DE JUSTIFICACIÓN DE LA DIFUSIÓN (OJD) funciones. El 29 de junio de 2004, por acuerdo de su Junta General Extraordinaria, la OJD cambió su denominación social por la de Información y Control de Publicaciones – INTROL (www.introl.es), nombre con el que continúa operando.

III.

DE LA OJD A INTROL: ESTRUCTURA Y SERVICIOS DE LA NUEVA SOCIEDAD

1. Estructura de INTROL: sus divisiones El cambio de OJD a INTROL perseguía dar una mejor respuesta a la evolución de los medios de comunicación y ampliar la oferta de servicios, creando una estructura que posibilitara la ejecución de sus funciones, adaptando la realización de los controles de las publicaciones adscritas de acuerdo con sus características diferenciales. Para ello la nueva estructura organizativa de INTROL se articuló en torno a tres divisiones principales: -

-

-

La propia OJD, que controla las publicaciones periódicas (prensa, revistas y otras publicaciones) que tienen Acta de Difusión, esto es, que llegan a un receptor identificable, bien por procedimientos de verificación contable, bien por procedimientos de verificación de envíos personalizados. OJD Interactiva (OJDwww), plataforma creada para la emisión y certificación del tráfico de accesos a las webs de los medios electrónicos de comunicación. Publicaciones Gratuitas y Ejemplares Distribuibles (PGD) que audita las publicaciones gratuitas a través de Acreditaciones de Control, que únicamente pueden certificar los ejemplares puestos a distribución.

transparencia al mercado publicitario y a sus agentes, a través de su función certificadora, pero, en esta nueva etapa, también se posiciona como un proveedor de información inteligente, de forma que sus datos puedan convertirse en herramientas estratégicas para sus usuarios. La función certificadora de INTROL abarca la Certificación de la Difusión de las Publicaciones (OJD), la Certificación de los Ejemplares Distribuibles de las publicaciones de Distribución Gratuita (PGD) y la Certificación de la Audiencia de los Medios Electrónicos de comunicación (OJDwww). En cuanto a los servicios de información, INTROL establece cuatro niveles de progresiva especialización: -

Servicios de libre acceso como el buscador de publicaciones, las altas de nuevos clientes o los medios controlados con el último dato de tirada.

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Servicios gratuitos de acceso restringido para usuarios registrados: newsletter, medios controlados.

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Servicios de información específicos para el editor con publicaciones controladas que, además de los servicios de acceso restringido, pueden consultar las certificaciones de control completas.

-

Servicios avanzados. Se trata de servicios de valor añadido, reservados para suscriptores de los sistemas de control de INTROL.

FRANCISCO BENJAMÍN COBO QUESADA

2. La oferta de servicios de INTROL Como sociedad heredera de la OJD, INTROL apuesta por seguir aportando

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Véase también: "Comunicación comercial" y "Publicidad".

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O FICINA DE REPRESENTACIÓN

OFICINA DE REPRESENTACIÓN Representative office En el ámbito bancario, es aquélla que no realiza directamente operaciones comerciales con clientes, sino que establece relaciones con empresas, particulares e instituciones para vincularlos al Banco o Caja al que representa o para fortalecer la imagen del mismo. Una oficina de representación suele establecerse en un país en el que la Entidad financiera no tiene sucursales u oficinas operativas, pero en el que, por diferentes razones, bien de índole política, económica, de imagen, etc., interesa tener presencia (por ejemplo, oficina de representación de una entidad española en países en los que existen comunidades españolas importantes; oficina de representación establecida en países con los que ha existido vinculación histórica, etc.). La Oficina de representación gestiona su actividad a través de uno o varios representantes a los que se otorgan poderes. GUILLERMO BARRAL VARELA Véase también: "Oficina bancaria (relación con el cliente)"; "Oficina principal" y "Sucursal bancaria".

OFICINA DE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA Technology business incubation Las Oficinas de Transferencia Tecnológica -OTRI- tiene como función el in-

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tercambio de resultados de investigación o nexos de unión entre los investigadores y las empresas, a su vez fomentan y facilitan la cooperación de actividades de I+D mediante la transferencia efectiva de tecnología y conocimiento, estas oficinas prestan un servicio de Investigación que ejerce las funciones de transferencia y gestión de contratos, patentes y proyectos de investigación en una Universidad. Estas oficinas, promueven, potencian y difunden los resultados de investigación generados por los grupos de investigación de la Universidad al entorno empresarial, de manera que las empresas y las instituciones puedan incorporar los avances científicos generados en el ámbito universitario a sus productos, procesos y servicios. a su vez participan en la tarea de informar y asesorar a los investigadores en la búsqueda de socios estratégicos, detección y difusión de la oferta tecnológica, presentación de solicitudes a convocatorias públicas, gestión de solicitud de patentes, negociación de contratos y en la gestión jurídico y económicoadministrativa de los proyectos. Se conforman desde las Universidades debido a la necesidad de transmitir y vender el conocimiento bien sea incubado, producido o existente, tienen como función incrementar el potencial tecnológico de las empresas e instituciones colaboradoras a nivel regional, nacional e internacional, de una forma más directa y eficiente, fomentando la colaboración entre los grupos de investigación de las Universidad y las instituciones para promover acciones de I+D, apoyo tecnológico, servicios de información y difusión, de asesoramiento y servicios de gestión en general. ACTIVIDADES DE UNA OTRI:

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O FICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS •

Valorizar, promover, proteger y transferir la oferta tecnológica y los resultados de la investigación.





Asesorar en políticas y actividades de investigación.

de:



Detectar y analizar la oferta y las capacidades tecnológicas.



Asesorar a investigadores y empresas en la búsqueda de financiación y socios para la elaboración, ejecución y difusión de proyectos de I+D, tramitación de patentes y gestión de los resultados.



Gestionar actividades de investigación como lo son: contratos y proyectos. SANTIAGO QUINTERO RAMÍREZ

OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS Spanish trade mark and patent office La oficina española de patentes y marcas, conocida por sus siglas como la OEPM, es un organismo gubernamental adscrito al ministerio de industria, turismo y comercio de España, el cual presta una doble función: En primer lugar es el ente designado para conceder los distintos títulos de propiedad industrial, tiene así bajo su responsabilidad, conceder los derechos para: •

Las invenciones: mediante las patentes de invención o los modelos de utilidad.



Las creaciones de forma: mediante los diseños industriales y topografías de semiconductores.

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Los signos distintivos: mediante las marcas y nombres comerciales. En segundo lugar cumple la función



Difundir información y formación sobre los distintos mecanismos de protección de la propiedad intelectual.



Proveer servicios de información tecnológica que sean de utilidad para la dinamizar el proceso de innovación tecnológica.

La OEPM tiene sus orígenes en el año de 1810, bajo el nombre del Real Conservatorio de Artes y Oficios, este conservatorio fue creado originalmente con el fin de ser el depósito de todo tipo de maquinas, dibujos e instrumentos de cualquier arte o oficio pertenecientes al Estado Español. Adicional a esto, también comenzó a cumplir la particular función de ser el sitio de depósito obligatorio, para todas la maquinas e instrumentos inventadas o perfeccionadas en territorio del Estado Español, al igual que el ser un centro de formación y entrenamiento en el uso de artefactos y oficios. Desde entonces fueron múltiples los cambios y contratiempos por los que atravesó esta institución, hasta que en el año de 1887 se crea la Dirección Especial de Patentes, Marcas e Industria con la única responsabilidad de registrar y divulgar la información de patentes y marcas en España. Desde entonces los servicios y cobertura prestados por la OEPM se han venido enriqueciendo y expandiendo más allá del ámbito nacional al internacional, mediante la firma de múltiples convenios internacionales de protección de la propiedad industrial. ALEJANDRO OLAYA DÁVILA

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O FICINA EUROPEA DE PATENTES Véase también: "Patente de invención".

OFICINA EUROPEA DE PATENTES European Patent Office (EPO) La Oficina Europea de Patentes, conocida como la EPO por sus siglas en inglés de European Patent Office, es el organismo ejecutivo de la Organización Europea de Patentes (European Patent Organisation) que tiene la responsabilidad de proveer de un procedimiento uniforme para la solicitud de patentes y de protección mediante las patentes de invención, para los inventores de los países que conforman la Unión Europea. La EPO juega un papel determinante en apoyar la innovación tecnológica en los países de la Unión Europea, al proveer de un marco común armonizado para el registro europeo de patentes. La EPO nace en el año de 1973 como una iniciativa de algunos países europeos de desarrollar e implementar un procedimiento común para otorgar patentes en los países Europeos, este interés se ve materializado tras la firma del European Patente Convention (EPC), acuerdo que da surgimiento a la Oficina Europea de Patentes, como ente ejecutivo de esta iniciativa y el cual se encargaría desde entonces de ser el instrumento para proveer del mecanismo unificado para la solicitud de patentes en el espacio europeo. En años mas recientes ha surgido la patente europea o patente comunitaria, la cual es concedida por la EPO y otorga el derecho de protección de una invención en todos los países de la comunidad Europea, derecho que se encuentra suje-

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to al derecho general de la Unión Europea. ALEJANDRO OLAYA DÁVILA Véase también: "Patente de invención".

OFICINA PRINCIPAL Main office / Headquarters Es la Oficina cabecera de un determinado territorio, normalmente una ciudad. Aunque la terminología de los distintos tipos de Oficinas puede variar en función del tipo de Entidad, puede señalarse con carácter general que, si una misma Caja o Banco dispone en una ciudad o pueblo de distintas oficinas, las clasificará del siguiente modo: 1.

Oficina principal: Será la Oficina cabecera; tradicionalmente era la más grande, con mayor número de empleados y, normalmente, situada en un enclave importante de la ciudad, si bien estas últimas características son más bien propias del pasado. El hecho de ser Oficina principal tiene también connotaciones operativas, puesto que son aquéllas en las que distintos organismos con los que el Banco colabora de algún modo (gestión de tasas, cobro de recibos, etc.) tienen cuentas abiertas.

2.

Urbanas o sucursales: Las restantes Oficinas que forman parte de la misma ciudad o pueblo en el que está la principal. Si se trata de una ciudad, algunas Entidades hablan de "urbanas"; otros Bancos y Cajas, sin embargo, denominan sucursal a cualquier oficina no principal con inde-

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O LIGOPOLIO pendencia de que se encuentre situada en una ciudad o en un pueblo. GUILLERMO BARRAL VARELA Véase también: "Alta dirección"; "Apoderado"; "Banca"; "Canal de distribución bancaria"; "Interventor de una entidad financiera"; "Modelos de banca"; "Oficina bancaria (relación con el cliente)"; "Oficina de representación"; "Sucursal bancaria" y "Tecnologías de la información y comunicación".

OIM Véase: "Organización Internacional para las Migraciones (OIM)".

OIT Véase: "Organización Internacional del Trabajo (OIT)".

OI

OLIGOPOLIO

Operative Income (OI)

Oligopoly

Son las siglas en inglés de Operative Income o Ganancia operativa. Se trata del resultado empresarial antes de intereses e impuestos, por lo que su valor coincide con el Resultado de explotación de la cuenta de pérdidas y ganancias y con el Earnings Before Interests and Taxes (EBIT).

I. CONCEPTO • II. CARACTERÍSTICAS • III. MODELOS DE COMPORTAMIENTO

JAVIER ITURRIOZ DEL CAMPO Véase también: "Cuenta de pérdidas y ganancias" y "EBIT".

OIBDA Operating Income Before Depreciation and Amortization (OIBDA) Son las siglas en inglés de Operative Income Before Depreciations and Amortizations o Ganancia Operativa antes de Depreciaciones y Amortizaciones. Su valor coincide con el Earnings Before Interests, Taxes, Depreciations and Amortizations (EBITDA). JAVIER ITURRIOZ DEL CAMPO Véase también: "EBITDA".

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I.

CONCEPTO

Un oligopolio es un tipo de estructura de mercado en la cual existe un número finito de productores con capacidad para fijar el precio y con poder de mercado. Cuando se trata de dos únicos productores, se denomina duopolio.

II.

CARACTERÍSTICAS

Dos empresas duopolistas tratarán de maximizar sus beneficios, haciendo coincidir sus ingresos marginales por la venta de una unidad más con sus costes marginales de producir esa última unidad. Deberán tener capacidad para fijar los precios y poder de mercado para fijar dichos precios por encima del Coste Marginal, apropiándose de una parte del excedente del consumidor y generando las pérdidas de eficiencia propias de los monopolios. Lógicamente para su supervivencia es esencial que, de alguna forma, esté limitada la entrada de competidoras y las dos empresas pueden tener diferentes grados de diferenciación de producto.

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O LIGOPSONIO III.

MODELOS DE COMPORTAMIENTO

Básicamente las dos empresas oligopolistas pueden actuar en colusión, como si se tratara de un monopolio de hecho y, en este caso, se dice que están siguiendo un modelo de oligopolio cooperativo. Pueden no cooperar actuando bajo un equilibrio de Cournot o bien puede existir una empresa rectora o líder bajo el modelo de Stackelberg. También puede suceder que las empresas opten por fijar los precios y que los consumidores decidan las cantidades a que van a comprar a dichos precios. Este modelo se conoce como modelo de Bertrand y su equilibrio depende del grado de diferenciación que exista entre los bienes producidos por una empresa o por la otra. BEGOÑA BLASCO TORREJÓN Véase también: "Colusión"; "Elasticidad"; "Elasticidad-precio de la oferta"; "Modelo de Bertrand"; "Modelo de Cournot"; "Modelo de Stackelberg" y "Oferta inelástica".

OLIGOPSONIO

curva de demanda de consumidor tiene pendiente negativa porque el VMg, obtenido al disfrutar de una unidad más de bien, disminuye a medida que aumenta el número de unidades consumidas. Definimos Gasto Marginal como el coste adicional de consumir una unidad más (y equivale al Ingreso Marginal desde el punto de vista del productor). Si enfrentamos a los oligopsonistas con vendedores perfectamente competitivos, el equilibrio se produce en X0, donde se encuentran el Gasto Marginal con el Valor Marginal. El precio que deberá pagar se lo marca la curva de Oferta, tal como sucede en monopsonio.

II.

COSTES SOCIALES DEL OLIGOPSONIO

El Oligopsonio, como todos los mercados no competitivos, produce una pérdida irrecuperable de eficiencia, pues reduce el excedente de los productores y, aunque aumenta el de los consumidores oligopsonistas, este aumento no compensa aquella pérdida, por lo que puede decirse que hay una pérdida neta de eficiencia social. BEGOÑA BLASCO TORREJÓN

Oligopsony I. CONCEPTO • II. COSTES SOCIALES DEL OLIGOPSONIO

I.

CONCEPTO

Se define un Oligopsonio como aquel tipo de mercado en el que se existe un número muy limitado de demandantes que puede adquirir la producción lanzada por los oferentes. Para determinar el equilibrio en un mercado oligopsonista, se parte de la definición del valor marginal como el beneficio adicional que reporta la compra de otra unidad de bien y está representado por la curva de Demanda y, de hecho, la

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Véase también: "Coste de eficiencia"; "Excedente del consumidor" y "Monopsonio".

OMC Véase: "Organización Mundial del Comercio (OMC)".

ÓMNIBUS Omnibus (Survey) I. CONCEPTO • II. ELEMENTOS Y CARACTERIZACIÓN DE LAS ENCUESTAS

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Ó MNIBUS ÓMNIBUS 1. La decisión de participar en una encuesta ómnibus: ventajas e inconvenientes • 2. Alcance de las encuestas ómnibus 3. La muestra en los estudios ómnibus 4. El cuestionario

I.

CONCEPTO

Encuesta lanzada por un instituto de investigación a una muestra de gran tamaño, con carácter periódico, cuyas preguntas proceden de varias organizaciones con necesidades de información distintas, pero interesadas en reducir sus costes compartiendo la investigación. El elemento característico de la encuesta ómnibus o simplemente «ómnibus», como se la denomina habitualmente, es su capacidad para aprovechar las ventajas de la encuesta personal reduciendo, al mismo tiempo, el inconveniente de su elevado coste. Esta técnica permite compartir entre todas las compañías participantes, habitualmente no más de cuatro o cinco, los costes de la investigación. Si se tiene en cuenta que una parte significativa de estos costes proceden del trabajo de campo, es decir, de la organización y la movilización de los entrevistadores para realizar materialmente la entrevista, formulando las preguntas a los encuestados, resulta lógico pensar que estos gastos puedan ser compartidos por varias entidades. En resumen, la encuesta ómnibus es una técnica de recogida de información sobre diferentes temas al mismo tiempo, que permite formular preguntas con una notable reducción de costes o un aumento considerable del tamaño de la muestra. Hace posible a las empresas realizar pequeñas investigaciones con muestras de cierta entidad, a un coste inferior y con idénticas garantías de calidad que el mismo estudio realizado como ad hoc (investigación de carácter ocasional

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y diseñada a medida para obtener una información específica). Las encuestas ómnibus, para ser operativas, tienen que ser realizadas de forma continuada y no ad hoc; además de estar destinadas a recoger información de un determinado segmento de población. En la práctica, esto significa que sólo puedan ser puestas en marcha por institutos de investigación. Estos institutos ofrecen a las empresas la posibilidad de incluir un grupo reducido de preguntas que les interesen hacer especialmente a ese público objetivo. Para ello el cuestionario se articula en subcuestionarios que incluyen las preguntas formuladas por cada cliente.

II.

ELEMENTOS Y CARACTERIZACIÓN DE LAS ENCUESTAS ÓMNIBUS

1. La decisión de participar en una encuesta ómnibus: ventajas e inconvenientes Antes de que una empresa tome la decisión de participar en una encuesta ómnibus y, partiendo de su situación concreta, debe valorar las ventajas e inconvenientes de esta técnica.

a) Ventajas La principal ventaja del ómnibus ya se ha señalado y es el menor coste que supone con respecto a una encuesta ad hoc. Otra ventaja importante es su mayor rapidez en la obtención de los resultados al contar el instituto de investigación con más encuestadores y disponer de cuestionarios semiestandarizados. Además, se puede contar con otras ventajas adicionales: -

La posibilidad de beneficiarse de la mejora continua de este tipo de encuestas, ya que su carácter periódico

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Ó MNIBUS exista una significativa disminución de costes sobre los de la encuesta ad hoc.

hace que se introduzcan mejoras en procesos y personas. -

La facilidad para investigar en los mercados exteriores, al poderse realizar en diferentes países, con un coste muy inferior a las encuestas personales.

b) Inconvenientes En el extremo opuesto, las encuestas ómnibus presentan inconvenientes que limitan la capacidad de actuación de la empresa: -

La empresa no puede lanzar la investigación cuando lo requiere, teniendo que adaptarse al calendario establecido por el instituto de investigación.

-

La compañía dispone de un número reducido de preguntas por subcuestionario.

-

No es posible la realización de preguntas complejas ni llevar muchas fotografías o material de exhibición.

2. Alcance de las encuestas ómnibus La encuesta ómnibus, en principio, se puede aplicar a cualquier tipo de investigación, salvo en determinadas situaciones que limitan su eficacia y fiabilidad: -

Cuando existe el peligro de obtener resultados incorrectos si los temas analizados son muy distintos entre sí.

-

Si las preguntas formuladas, por el tema analizado sólo afectan a un número muy escaso de los sujetos que constituyen la muestra del ómnibus.

-

En el caso de que las muestras que se necesitan consultar son diferentes para cada subencuesta o tema abordado.

-

Cuando, por la larga duración de la investigación u otras razones, no

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Salvando estas restricciones, el campo de aplicación del ómnibus es muy extenso. Tan solo hay que tener presente introducir una pregunta de cambio de tema para no confundir a la persona entrevistada.

3. La muestra en los estudios ómnibus Normalmente es complicado encontrar periódicamente un grupo de empresas interesadas en recoger información de un mismo colectivo, si es muy específico. Por esta razón, los ómnibus mantenidos por los institutos de investigación se dirigen normalmente a universos (población real objeto de estudio) muy amplios: amas de casa, población en general, hombres, mujeres... De esta forma y, al estar programados con una cadencia de tiempo determinada, se facilita su viabilidad económica. En España, por otro lado, los estudios ómnibus no suelen incluir las Islas Canarias, debido al mayor coste que supondría su inclusión y por tratarse de un mercado con características específicas y diferentes a las del resto del país.

4. El cuestionario Las normas para elaborar el cuestionario, con los diferentes temas que recoge una encuesta ómnibus, son similares a las de cualquier otro cuestionario. Hay que destacar, no obstante, la importancia en el orden de los temas y preguntas, respetando las siguientes normas: -

Al principio figurará un tema sencillo y que no implique demasiado al entrevistado para evitar su rechazo y que se niegue a continuar la entrevista.

-

Se debe ir pasando de los temas más sencillos a los más complejos, aun-

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O N BALANCE VOLUME que, si el cuestionario es muy largo, los temas más complejos figurarán en la mitad para evitar que el cansancio produzca desánimo y respuestas nulas o de evasión. -

Los datos personales del entrevistado se formularán al final para evitar el recelo en las preguntas posteriores.

-

El orden del cuestionario se realizará buscando evitar que los temas previos influyan o condicionen los posteriores. Igualmente, las preguntas que pueden condicionar las respuestas de otras preguntas deberán colocarse en el orden más adecuado para que no distorsionen la información recogida.

-

-

Conviene iniciar la entrevista avisando al encuestado de que se le va a preguntar sobre diferentes temas, para evitar en él una peligrosa confusión. El entrevistado va aprendiendo a lo largo de la entrevista, pudiendo estar sus respuestas condicionadas por este aprendizaje. MARÍA DEL SOCORRO APARICIO SÁNCHEZ

OMPI Véase: "Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)".

ON BALANCE VOLUME EL indicador On Balance Volume (OBV) es un indicador que relaciona la evolución de la cotización con la evolución del volumen negociado. El interés del indicador consiste en intentar detectar procesos de acumulación o de distri-

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bución en los valores o mercados y, en consecuencia, anticiparse a los cambios de tendencia. Sucintamente, el OBV muestra el volumen total acumulado al que se le añade el volumen del día, en el caso de que la cotización haya cerrado al alza o se minora, en el caso de que la cotización hubiera cerrado a la baja; es decir, si el precio sube con respecto al día anterior, el volumen negociado ese día es alcista, mientras que si el precio baja, el volumen de ese día es bajista. En todo caso la interpretación general de indicador es que, si los precios ascienden, el indicador OBV debe ascender también y, si los precios caen, el indicador debe hacer lo mismo. No resulta relevante el valor actual del Indicador OBV, sino la evolución con respecto al gráfico de precios y, por tanto, para su mejor interpretación conviene incluirlo sobre el gráfico de precios, puesto que su mayor utilidad se encuentra en el análisis a corto-medio plazo y, concretamente, en los techos o suelos de mercado, cuando aparecen divergencias entre el gráfico de precios y el indicador OBV. Por tanto, las señales de compra y de venta se generan de la siguiente forma: a) La señal de compra se produce ante una divergencia alcista, es decir, cuando los precios descienden y alcanzan nuevos mínimos y el indicador OBV, por el contrario, no logra trazar nuevos mínimos. Esta divergencia alcista se manifiesta como consecuencia de la entrada de dinero los días de subida y sale poco los días de bajada. b) La señal de venta se produce ante una divergencia bajista, es decir, cuando los precios ascienden y ello

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O N BALANCE VOLUME

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O N BALANCE VOLUME

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O NDAS DE ELLIOT no coincide con la evolución del indicador OBV, que asciende suavemente, sin alcanzar el máximo anterior. Esta divergencia advierte de que el volumen desciende y que la tendencia alcista se está debilitando (entra poco dinero los días de subida) y puede provocar un descenso de la cotización o un cambio de tendencia a la baja. El indicador OBV permite realizar análisis gráfico sobre el mismo, principalmente el análisis de soportes y resistencias, de tendencias, así como la aplicación de medias móviles. JOSÉ LUIS MATEU GORDON Véase también: "Análisis técnico"; "Chart"; "Media móvil"; "Resistencia" y "Soporte".

ONDAS DE ELLIOT Véase: "Teoría de Elliot".

ONG Véase: "Organización No Gubernamental (ONG)".

OPA Véase: "Oferta pública de adquisición de acciones" y "Oferta pública de adquisición de valores".

I.

Cuando se plantea la posibilidad de que una entidad adquiera una empresa cotizada en bolsa y ambas se ponen de acuerdo en el precio y en la forma de instrumentar la operación, diremos que nos encontramos ante una oferta pública de adquisición de acciones (OPA) amistosa. En general, la mayor parte de las operaciones de adquisición o de fusión de sociedades tienen un cierto grado de negociación entre partes. Como es bien sabido, la confrontación sólo trae costes y "heridas" a las partes en conflicto, y, si pueden evitarlo, lo hacen. En general, las OPAs amistosas se dan en el caso de empresas grandes, lo que dificulta la lucha por el control de las mismas y una estrategia claramente agresiva puede suponer costes y fracasos importantes, tanto económicos como de imagen pública. Por ello, lo normal es que las operaciones sean negociadas y suele ser la entidad oferente la que lleva el papel protagonista. Si la entidad oferente ha decidido incrementar su dimensión mediante la toma de una participación significativa en otra empresa y, además, ha decidido hacerlo de forma amistosa, debe de seguir un determinado proceso que suele durar varios meses y que se detalla a continuación.

II.

OPA AMISTOSA Friendly takeover I. CONCEPTO • II. PROCEDIMIENTO 1. Planificación y prolegómenos de la operación 2. Toma de posiciones y negociación con accionistas mayoritarios 3. Negociación del precio 4. Carta de Intenciones y Acuerdo definitivo 5. Aspectos fiscales y "Due Diligence"

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CONCEPTO

PROCEDIMIENTO

1. Planificación y prolegómenos de la operación Una vez que un grupo de inversores o un grupo de empresas detecta esa necesidad de crecer a la que nos hemos referido, se inicia el proceso de adquisición, comenzando con una búsqueda activa de candidatos, para lo cual habrá que:

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O PA AMISTOSA -

Definir los criterios de búsqueda.

-

Establecer el precio que estamos dispuestos a pagar.

-

Decidir sobre el tipo de operación a plantear.

Evidentemente, las decisiones anteriores dependerán de cada operación y de cómo se quiera plantear la misma. La decisión de, si la operación será negociada o no, es de vital importancia a la hora de establecer la estrategia a seguir. Si la OPA va a ser hostil, sólo queda redactar el folleto informativo y enviarlo a la CNMV. Si la OPA va a ser negociada, habrá muchos aspectos que tratar con carácter previo a la presentación del folleto para su autorización. Decidido lo anterior, es preciso definir los posibles candidatos antes de comenzar a mantener conversaciones con ellos. Una vez analizados tanto económica, como política, como estratégicamente, tendremos que tomar una decisión importante para el futuro de la operación: la elección del candidato idóneo para la misma. Asumido quién va a ser el candidato, habrá que aproximarse a él, evitando cualquier tipo de agresividad y tratando de dar la imagen de que se trata de una operación que será buena para todos y que se tendrán en cuenta, en todo momento, los intereses mayoritarios y minoritarios. Una vez que se ha definido estratégicamente la posición de la Entidad oferente, se confeccionará el censo de candidatos ideales y se establecerán los posibles caminos críticos para llevar a buen término la operación.

2. Toma de posiciones y negociación con accionistas mayoritarios Si asumimos una negociación privada entre las partes, se deberá de tender a

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conseguir un acuerdo privado entre compradores y vendedores mayoritarios, al margen de cotizaciones bursátiles y accionistas minoritarios. Se suele tomar un paquete inicial que sirva de "cabeza de puente" para la entrada en la Sociedad y que, de acuerdo con la legislación vigente y, siempre que no se tenga la intención de incorporar a priori consejeros, puede llegar al 29,99%. Suele ser también adecuado el establecimiento de contactos confidenciales con un adecuado argumentario, por ejemplo, entre consejeros comunes, compañeros de estudios, etc. El objetivo, además de plantear veladamente las posiciones, será la recogida de información para realizar una comparación inter-candidatos. A continuación, se realiza un planteamiento de la operación al Consejo de la Entidad afectada, en el que se indican las intenciones de la Entidad oferente de tomar el control de la Sociedad, intentando lograr un acuerdo para adquirir los paquetes del Consejo a un precio razonable. Si la negociación acaba en un acuerdo para adquirir los paquetes del Consejo a un precio razonable, se fijarán las condiciones definitivas de la OPA y se solicitará del Consejo de la Entidad afectada un informe favorable en relación con la Oferta, recomendando a los accionistas minoritarios que la acepten. Fijada la contraprestación, se instrumentará la OPA de adquisición o de exclusión, para ceder el control de la Compañía. La negociación deberá realizarse de forma global, incluyendo temas tan dispares como:

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O PA AMISTOSA -

Pervivencia de los puestos de trabajo.

-

Mantenimiento de puestos en el Consejo.

-

Nombramiento de presidente honorario.

que habrá que darse a los que se irán. -

Cláusulas de no concurrencia.- No podemos comprar una empresa de fabricación de perfumes y permitir que, al día siguiente, el equipo de producción monte una empresa en la esquina de enfrente y siga fabricando sus perfumes. Por ello, hay que establecer pactos que impidan una competencia no deseada, especificando unívocamente el ámbito y la duración de los mismos.

-

Contratos de alquiler.- Si el vendedor es a la vez arrendador de los inmuebles de la empresa, habrá que revisar y actualizar dichos contratos, establecer cláusulas de opción de compra, etc. Especialmente habrá que prestar mucho cuidado a aquellas instalaciones y edificios en los que el arrendador sea el propio vendedor.

-

Opción de exclusividad durante un plazo a partir de la firma de un preacuerdo.- Es preciso tener las manos libres para negociar sin la amenaza latente de que los vendedores estén negociando a un precio mejor con otros posibles compradores.

3. Negociación del precio En la fase final de la negociación, la personalidad de los entes decisores será un factor fundamental a la hora de cerrar la operación. No es lo mismo negociar con una persona de setenta años, que regenta con criterios paternalistas la obra de toda su vida, que con un financiero de Wall Street, que tomó la posición hace dos años como inversión a corto. En cualquier caso, es recomendable una táctica de constancia y firmeza, forzando los cambios de escenario necesarios para llevar a la otra parte hacia el camino que previamente se ha simulado como el más adecuado para los intereses de los sujetos afectados. Finalmente y, una vez que se tenga toda la información y, aunque la primera intención sea la de una aproximación negociada, habrá que tomar una decisión definitiva sobre el candidato y sobre el tipo de aproximación: amistosa u hostil.

4. Carta de Intenciones y Acuerdo definitivo Si la negociación va por vía amistosa, con carácter previo a la transmisión del paquete de acciones representativo de la mayoría del capital, habrá que estudiar algunos aspectos de interés para el adquirente: -

Contratos de trabajo de ejecutivos.Es el momento de ver quién se queda y quién se va y las condiciones de los que se van a quedar y las indemnizaciones, voluntarias o forzadas,

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Una vez llegados a un acuerdo sobre estos y otros puntos significativos, se deberá confeccionar la "carta de intenciones", en la que la entidad oferente manifestará su intención de adquirir la sociedad afectada y en unas condiciones tentativas. A continuación, si la operación va para adelante, hay que dar un tiempo, por ejemplo tres meses, para que se limen las diferencias y se redacte definitivamente el contrato de compraventa por parte de los abogados. Se entra en una etapa de trabajo en común, en la que habrá que:

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O PA COMPETIDORA -

Realizar una auditoría financiera con auditores externos de comprador y vendedor.

-

Aproximación de los directores financieros y administrativos de las dos partes.

-

Redacción del contrato legal definitivo entre abogados de las dos partes.

-

Reuniones entre ejecutivos de ambas partes en relación con producción, ventas, marketing, sistemas de información, etc.

-

Instrumentación del folleto explicativo para la presentación de la OPA con destino a los accionistas minoritarios.

-

Cumplimentación de medios de pago, garantías, autorizaciones administrativas, etc.

-

Elección de la Agencia o Sociedad de Valores y Bolsa que va a intervenir la operación.

5. Aspectos fiscales y "Due Diligence" Asimismo, será conveniente el aplazamiento parcial del pago a realizar a los accionistas mayoritarios, para dar tiempo a la realización de las auditorías pertinentes. En otras ocasiones, suele indiciarse una parte del pago con los resultados de los dos o tres próximos años; o bien se genera una opción de venta al más alto de dos precios, uno fijo y otro indiciado a los beneficios de la sociedad. No obstante, es preciso tener en cuenta que este tipo de negociación entre accionistas mayoritarios no puede afectar a los accionistas minoritarios, a los cuales habrá que formular una OPA en condiciones de absoluta libertad y sin condicionamientos, ofreciendo un precio concreto por acción. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

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Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones" y "OPA hostil".

OPA COMPETIDORA Competitive takeover Una oferta pública de adquisición de acciones (OPA) competidora es una OPA que afecta a aquellos valores sobre los que, en todo o en parte, haya sido previamente presentada una OPA a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y cuyo plazo de aceptación no esté finalizado. Se podrá presentar una OPA competidora siempre que se haga antes del quinto día natural anterior a la finalización del plazo de aceptación de la última oferta precedente. Todos los interesados en presentar una OPA sobre la sociedad afectada podrán presentar ofertas que mejoren la inicial, bien elevando el precio, bien extendiendo la oferta a un número mayor de valores. En ningún caso se permitirá que se presente una oferta sobre un número de valores inferior al que iba dirigida la oferta precedente. Todas las ofertas se tramitarán por orden de presentación. Un aspecto significativo es el hecho que las personas físicas o jurídicas que pudieran estar actuando de forma concertada con la entidad oferente, no podrán presentar una oferta competidora respecto de la sociedad afectada. La CNMV procederá a autorizar las sucesivas ofertas competidoras y, según lo vaya haciendo, se le permitirá a los oferentes, que hubieran presentado anteriormente una oferta, desistir de ella. Normalmente lo harán porque consideran que las nuevas condiciones ofertadas les superan significativamente y no van a poder llegar a pagar ese precio. Una vez que se autoricen las diferentes ofertas competidoras presentadas,

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O PA CONDICIONADA cualquier oferente que no hubiera desistido previamente, podrá modificar las condiciones de su oferta. Este proceso continuará hasta llegar al quinto día hábil posterior a la fecha de terminación del plazo para presentar ofertas competidoras (cinco días naturales antes de la finalización del plazo de aceptación de la última oferta precedente). En ese día, todas las entidades oferentes interesadas en lanzar una OPA sobre la sociedad afectada presentarán un sobre cerrado en la CNMV, en el que comunicarán a esta entidad su última mejora en las condiciones de su OPA o bien su desistimiento final. El mismo día de la presentación de los sobres o, como muy tarde el día hábil bursátil siguiente, la CNMV procederá a abrir los sobres y comunicará las condiciones, tanto al mercado como a todos los oferentes a través de su página web, indicando qué ofertas modificadas serán tramitadas por reunir los requisitos establecidos. Los nuevos oferentes disponen de tres días hábiles a partir de la comunicación anterior, para presentar ante la CNMV las garantías complementarias que, en su caso, correspondieran a la modificación presentada. La CNMV entonces procedería a la autorización de estas operaciones, una vez hecho lo cual, los oferentes deberán dar publicidad, todos ellos en las mismas fechas, de las nuevas condiciones en los términos habituales. La legislación, no obstante, da un trato de favor al oferente que presentó la primera OPA sobre la sociedad afectada, permitiéndole sólo a él modificar las condiciones de su oferta, siempre que la contraprestación ofrecida por dicha entidad en el sobre cerrado no hubiera sido inferior en un 2% a la contraprestación más alta ofrecida en los sobres presentados. Si la primera entidad oferente estu-

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viera en esta situación y aceptara elevar su oferta, tendría que mejorar el precio ofrecido por la mejor de las ofertas en, al menos un 1%, o bien extender su oferta a un número de valores superior en un 5% al de la mejor de las ofertas presentadas. Una vez aprobadas las ofertas competidoras, el plazo de todas ellas deberá extenderse hasta los quince días naturales siguientes a la publicación de los anuncios oficiales. Los accionistas, obviamente, podrán elegir vender sus acciones a cualquiera de los oferentes e, incluso, podrían vender parte a dos o más oferentes. Si la oferta competidora fuera de contraprestación en valores o mixta, se exigirá un informe de experto independiente que acredite que la oferta mejora la última precedente. MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones".

OPA CONDICIONADA Conditioned takeover Uno de los aspectos que actúan como freno a la existencia de ofertas públicas de adquisición (OPA) hostiles, es la existencia de blindajes en los estatutos sociales de forma que, aunque se consiga una parte significativa de los derechos de voto de la entidad, seguirá siendo muy difícil sustituir a los miembros del consejo y en particular a su presidente. Por ello, en la legislación se permite la posibilidad de lanzar OPA condicionadas, esto es, ofertas en las que se admite la posibilidad de supeditar la efectividad

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O PA DE EXCLUSIÓN de la OPA a la adopción de un determinado acuerdo por parte del Consejo o de la Junta de la sociedad afectada. De esta forma, aunque no se consigue eliminar el blindaje, sí que se abre la posibilidad de que los accionistas puedan decidir en la Junta si les interesa o no modificar los estatutos o cambiar al Consejo de Administración, puesto de que se tome o no esa decisión dependerá que sus acciones se paguen a un alto precio o no. La principal "píldora venenosa" es precisamente la limitación del derecho de voto a un porcentaje mínimo (usualmente el 10%), en lugar de al que tendría derecho el accionista mayoritario, por razón del número de acciones que posee. Ello ha supuesto un auténtico veto a las ofertas hostiles durante muchos años. Sin embargo, desde el año 2003, en que se aprobó por primera vez la posibilidad de la OPA condicionada, se ha conseguido eliminar el difícilmente justificable hecho de que la entidad oferente tuviera que correr el riesgo de no poder ejercer el control de una sociedad después de formular una OPA y hacerse con una participación mayoritaria. Sin embargo, no se consigue el efecto que realmente se desea, puesto que una entidad puede conseguir controlar el capital de la sociedad afectada y, luego, no conseguir que en la Junta o en el Consejo de la misma se apruebe la eliminación de las "píldoras venenosas". En este caso, la nueva legislación le permite desistir y que las cosas vuelvan a ser como eran antes del lanzamiento de la OPA, con lo que el Consejo de Administración seguirá en su puesto, a costa del lógico enfado de los accionistas de la entidad, que ven cómo se esfuma la posibilidad de obtención de una elevada plusvalía vendiendo las acciones en la OPA. Una OPA voluntaria también puede condicionarse a la aceptación de la oferta por un determinado número mínimo de

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valores de la sociedad afectada. Si no se llega a ese porcentaje, la entidad oferente puede decidir entre tomar el porcentaje o no tomarlo, en cuyo caso, la oferta no se materializa. MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones" y "Píldora venenosa".

OPA DE EXCLUSIÓN Exclusion takeover I. CONCEPTO • II. ASPECTOS RELEVANTES • III. PROCEDIMIENTO DE EXCLUSIÓN DE COTIZACIÓN • IV. LA FORMACIÓN DEL PRECIO EN LAS OPAS DE EXCLUSIÓN • V. LA ACTUACIÓN DE LA SOCIEDAD Y DE LOS ACCIONISTAS MINORITARIOS EN LA FASE POSTERIOR A LA EXCLUSIÓN DE COTIZACIÓN

I.

CONCEPTO

Se trata de una oferta pública de adquisición (OPA), que tiene unas características específicas que la hacen diferente de las demás operaciones de adquisición, sobre todo por el hecho de que supone eliminar la liquidez de las acciones, axioma básico de la inversión bursátil para los accionistas minoritarios. La OPA de Exclusión es lanzada por la propia Sociedad sobres sus acciones, coincidiendo las figuras de Entidad oferente y Sociedad afectada. Asumida la necesidad de la Sociedad de excluir de cotización bursátil sus acciones, debe procederse a dar una última opción de liquidez a los accionistas que así lo deseen, dado que, después de finalizada la OPA y excluido el valor de cotización, dichos accionistas no podrán acudir al mercado a enajenar sus valores y sólo podrán hacerlo si consiguen previamente un acuerdo bilateral con un posible comprador.

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O PA DE EXCLUSIÓN En este sentido, es preciso promover la citada OPA de exclusión, a fin de informar a los accionistas de en qué condiciones estaría la Sociedad dispuesta a comprar sus acciones para amortizarlas.

II.

ASPECTOS RELEVANTES

De entrada, surge un primer problema con la operación de exclusión, ya que si esta Oferta se extendiera a todas las acciones existentes y estas aceptasen, la empresa se quedaría sin capital y, en condiciones normales, sin reservas, lo cual sería una importante irregularidad jurídica. De hecho, podía llegar a darse el caso de que si todas las acciones acuden, salvo una, el titular de dicha acción sería el dueño absoluto de la empresa. Para evitar la problemática suscitada y evitar que se lesionen los legítimos derechos de los accionistas minoritarios en la OPA de exclusión, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) tiene el derecho de aceptar o rechazar la Oferta a trámite, si estima que el precio ofertado no responde al valor patrimonial de la empresa. De esta manera, aunque sólo quedara el titular de esa acción antes citada, tendría prácticamente que liquidar la Sociedad para poder pagar el precio adjudicado a cada una de las acciones, de acuerdo con el valor patrimonial de las mismas. Por lo que antecede, cuando se presenta una OPA de exclusión, es porque existen paquetes mayoritarios que dominan la Junta General y que, normalmente, con la oposición de los accionistas minoritarios, consiguen aprobar la petición de exclusión, a fin de quedarse ellos con la empresa. De ahí la necesidad de que la CNMV pueda rechazar la Oferta si el precio no es justo. La oferta pública deberá extenderse a todas las acciones afectadas por la exclusión, así como a todas las obligaciones

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convertibles en acciones y demás valores que den derecho a su suscripción o adquisición, salvo aquellas que correspondan a los paquetes mayoritarios, que están inmovilizadas en base al voto favorable a la exclusión formulado en la Junta General. En el caso de las OPAs de Exclusión, es muy importante para la CNMV que la inmovilización de los valores, objeto del compromiso de no acudir a la OPA, sea fehaciente y que, bajo ningún concepto, dichas acciones vayan a acudir a la OPA, puesto que, al no existir aval sobre las mismas, si por cualquier causa acudieran a la Oferta, no habría dinero para pagarlas y se produciría una inseguridad jurídica importante. La garantía de que no acudirán los accionistas mayoritarios a la OPA se hace mediante un documento en el cual los depositarios de las acciones asumen la inmovilización de los títulos durante el período de tramitación y liquidación de la Oferta, previa petición de los titulares de las acciones que han pedido a sus depositarios expresamente que se realice dicha inmovilización.

III.

PROCEDIMIENTO DE EXCLUSIÓN DE COTIZACIÓN

La exclusión de cotización bursátil es el acto por el cual las acciones dejan de tener liquidez y dejan de estar sometidas a la disciplina de las Bolsas de Valores. Para excluir un valor de cotización, puede haber dos procedimientos: 1.

Junta Universal: En la Junta se aprueba por unanimidad y, con representación del 100% de las acciones, la exclusión de cotización de las acciones.

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O PA DE EXCLUSIÓN Se comunica a la CNMV que acepta la exclusión habida cuenta de la unanimidad de la decisión. No obstante, es muy difícil conseguir el 100% de las aceptaciones a la propuesta de la Junta. 2.

IV.

OPA de Exclusión: El procedimiento es similar al de cualquier OPA, aunque con ciertas connotaciones específicas, tal y como veremos a continuación.

LA FORMACIÓN DEL PRECIO EN LAS OPAS DE EXCLUSIÓN

En este caso, es necesario someter el precio al criterio de la CNMV, puesto que se está eliminando la posibilidad de obtener liquidez futura a los accionistas minoritarios y, si el precio fuese libre, la entidad emisora ofrecería el menor posible, no dando opción a dichos accionistas, que verían perjudicados sus legítimos derechos.

-

Valor liquidativo de la Sociedad.

-

Cotización media durante el semestre previo a la solicitud de exclusión.

-

Precio de una OPA anterior, en su caso, formulada en el último año.

-

Otros métodos de valoración como descuento de flujos de caja, múltiplos de compañías y transacciones comparables, etc.

Evidentemente, la subjetividad de la valoración de la empresa y la posible manipulación de las cotizaciones, puede hacer que esta medida sea insuficiente, por lo que la CNMV se reserva la posibilidad de exigir que el precio sea uno determinado, en función de su criterio, que, aunque también sea subjetivo, tendrá siempre en cuenta los intereses de los accionistas minoritarios.

La OPA de exclusión debe formularse a un precio fijo con contraprestación monetaria, no admitiéndose permuta de valores.

La explicación del precio puede suponer la aportación de informes realizados por expertos independientes.

El precio debe explicarse claramente en el folleto explicativo y no puede ser inferior al que resulte de tener en cuenta los siguientes criterios: Valor teórico contable de la Sociedad.

De esta manera, el precio que se ofrecerá a los accionistas se corresponderá con la valoración real de la empresa y el hecho de que una parte de los accionistas acepten la oferta supondrá una segmentación del balance de la sociedad en dos partes:

(a): Parte de minoritarios aceptantes de la OPA.

(b): Parte de mayoritarios y minoritarios que no acepten la OPA.

-

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O PA DE EXCLUSIÓN Con lo que se elimina una parte del activo, el saldo de Bancos disponible para pagar la OPA y una parte del pasivo, capital que se amortiza más la parte proporcional de las reservas legales y voluntarias.

V.

LA ACTUACIÓN DE LA SOCIEDAD Y DE LOS ACCIONISTAS MINORITARIOS EN LA FASE POSTERIOR A LA EXCLUSIÓN DE COTIZACIÓN

En el momento en que se liquide la operación, se producirá automáticamente la exclusión de cotización de las acciones. Esta exclusión se produce el día de publicación oficial por parte de la CNMV en el Boletín de Cotización. Suele coincidir con el día de liquidación de la OPA, aunque, si hay incidencias por errores en la justificación de las referencias de registro, se puede demorar algunos días.

-

Amortizarlos. Se deberá hacer obligatoriamente si se supera el 10% del capital o si en el acuerdo de Junta se indicó este hecho expresamente.

-

Venderlos. Si no se supera el 10% del capital y no hay obligatoriedad de amortización por acuerdo de Junta, pueden ser vendidos a terceros al precio que las partes acuerden.

Si nos centramos en este último caso, esto es, que se vendan las acciones adquiridas en la OPA, siempre y cuando no superen el límite legal de autocartera, la estructura de balance se mantendría y únicamente se alteraría la liquidez disponible para pagar la OPA, en función de la diferencia existente entre el precio de la OPA y el precio de venta posterior a la exclusión, que sería libre al tratarse de una operación extrabursátil. Existirán tres posibilidades:

Los valores son adquiridos por la empresa para su autocartera, existiendo dos posibles alternativas:

1.

PRECIO OPA = PRECIO REVENTA

.

2.

PRECIO OPA > PRECIO REVENTA

(a): Salida para pago de la OPA. (b): Entrada por ingreso de la venta extrabursátil.

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O PA DE EXCLUSIÓN

.

Se produce una pérdida en la venta de valores por la diferencia de cotización.

(a) + (b): Disminución del Balance de la Sociedad por la pérdida en venta. 3.

.

PRECIO OPA < PRECIO REVENTA

Se produce un beneficio en la venta de valores por la diferencia de cotización.

ción bursátil, quedará a merced de la voluntad de los accionistas mayoritarios.

(a) + (b): Aumento del Balance de la Sociedad por el beneficio en venta.

Evidentemente, un accionista minoritario se puede quedar como accionista de una empresa no cotizada por cuestiones emocionales, tales como que su familia ha pertenecido siempre al accionariado de la empresa o porque las acciones que tiene le fueron donadas por cuarenta años de trabajo continuado en la misma. Sin embargo, desde el punto de vista de la racionalidad económica, lo cierto es que el accionista minoritario se expone a que la empresa deje de pagar dividendos, fusione esta entidad con otro más grande y le entregue

En lo que respecta a los accionistas minoritarios, tienen la opción de quedarse en la entidad o bien de vender sus acciones, pero, teniendo en cuenta el problema de iliquidez que se genera, hay que asumir que la mejor de las opciones que tiene un accionista minoritario es vender en la OPA de Exclusión, ya que es la última oportunidad que tiene de estar bajo la protección de la CNMV. Una vez excluida la empresa de cotiza-

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O PA DE EXCLUSIÓN PREVIA acciones de la matriz, con una relación de canje no muy aconsejable y que, finalmente, le pague un precio la mitad del ofertado en la OPA de Exclusión. De hecho, lo que habitualmente ocurre es que el valor de las acciones disminuye casi de forma automática por falta de liquidez, en los días siguientes a la exclusión de cotización. A partir de este momento, el accionista minoritario tendrá una influencia nula en las decisiones de la sociedad, debido a que en las OPA s de Exclusión, la empresa consigue adquirir la mayor parte de las acciones y sólo suele quedar entre un 1% y un 3% de las acciones en poder de los minoritarios. Por lo que antecede, la recomendación es que siempre que se produzca una OPA de Exclusión, se vendan las acciones ya que el precio autorizado por la CNMV será siempre el mayor posible si este órgano regulador hace bien su trabajo (y no tenemos porqué dudar que será así). MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones".

OPA DE EXCLUSIÓN PREVIA Previous exclusion takeover Cuando una empresa está tratando de comprar otra y su aproximación se realiza de forma hostil, la sociedad afectada tiene diferentes formas de defenderse del acoso de la empresa que desea realizar la adquisición. Una de las posibilidades es realizar una oferta pública de adquisición (OPA) sobre sus propias ac-

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ciones, con el objetivo de excluir las mismas de cotización oficial. De esta manera, se logra un doble efecto, utilizar la liquidez de la compañía para adquirir las propias acciones a un elevado precio (descapitalizando la empresa) y sacar a la empresa de bolsa, lo que impide la posibilidad de lanzar una OPA "oficial" sobre las acciones de la empresa. Evidentemente, siempre se puede lanzar una OPA sobre una empresa no cotizada, pero es mucho más difícil, ya que la única forma de conseguir que los accionistas se enteren de que existe esta operación es convenciendo a las entidades depositarias de que envíen cartas de comunicación a sus depositantes y apoyarlo con anuncios de prensa. Además, en este caso, los accionistas no cuentan con la protección de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para garantizar que el precio que se paga es justo. Además, al adquirir la propia compañía una parte del capital, gastará la liquidez de la misma o bien tendrá que endeudarse para conseguirla y perderá atractivo para la entidad oferente, que muy posiblemente pensaba financiar la operación con parte de los activos de la entidad afectada. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

OPA ENVOLVENTE Surrounding takeover Cuando una empresa está tratando de comprar otra y su aproximación se realiza de forma hostil, la sociedad afectada tiene diferentes formas de defenderse del acoso de la empresa que desea realizar la adquisición. Una de las posibi-

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O PA HOSTIL lidades es utilizar una oferta pública de adquisición de acciones (OPA) sobre la empresa oferente. El esquema de actuación se basa en que, cuando una empresa intenta comprar nuestras acciones para conseguir el control, compramos simultáneamente las acciones de la entidad oferente, a fin de llegar a un acuerdo de no agresión. La compra de acciones se puede hacer en bolsa (para cantidades no muy grandes) o bien planteando directamente una OPA a la entidad oferente, supuesto que dispongamos de la tesorería suficiente. Hay que tener en cuenta que, cuando una empresa lanza una OPA sobre otra, habitualmente suele caer la cotización de las acciones de la empresa oferente y disminuir la cotización de las acciones de la sociedad afectada, debido a que la primera paga una "prima de control" por la segunda. Por eso, la empresa afectada podrá comprar acciones de la entidad oferente a un precio relativamente bajo y está en una condición privilegiada para poder defenderse, supuesto que tenga el suficiente colateral como para aguantar una situación de este tipo. De hecho, no es imposible que una operación de concentración que ha iniciado una empresa sobre otra, acabe justo con el resultado contrario del previsto, esto es, que la sociedad afectada acabe quedándose con la empresa agresora mediante una OPA Envolvente, como la que hemos comentado en este punto. Además, aunque no triunfe, se habrá gastado la tesorería de la empresa en acciones de la entidad agresora, por lo que, cuando se produzca la fusión, tendrá que proceder a la amortización de un volumen significativo de acciones y la victoria no será tan dulce como se había previsto. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

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Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones".

OPA HOSTIL Hostile takeover Cuando se desea adquirir una empresa y la entidad oferente no se pone de acuerdo con la sociedad afectada, la primera puede intentar conseguir el control político comprando los derechos de voto a los accionistas. En este caso, la oferta pública de adquisición de acciones (OPA) deja de ser una operación negociada, transformándose en hostil y lo habitual es que se produzca una elevación del precio de la oferta, siendo ésta la mejor "tarjeta de visita" de los interesados en la compra de la empresa, ante los accionistas de la misma. Salvo que los miembros del Consejo de Administración posean una participación mayoritaria en la sociedad, podemos afirmar que ninguna empresa está libre de ser acosada por otra de manera hostil. Siempre que una empresa cotice por debajo de su verdadero valor, puede ser objeto de ataque por parte de otra empresa o grupo de personas físicas que vean la posibilidad de ganar dinero comprando la empresa, organizándola y vendiéndola después. En la actualidad, podemos comprobar que hay numerosas empresas cotizadas en la bolsa de Madrid, cuya capitalización bursátil se encuentra por debajo de su valor teórico contable. Si, después de seleccionar estos teóricos candidatos, se hace un estudio en profundidad de las empresas y se dispone del dinero suficiente como para lanzar una OPA, el negocio puede estar bastante claro para un inversor. En general, si se tiene el propósito de lanzar una OPA hostil contra una sociedad cotizada, lo primero que hay que

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O PA INDIRECTA recomendar a la entidad oferente es el mantenimiento del secreto profesional sobre la operación, puesto que una de las cosas que más ayudan al éxito de estas operaciones, es el factor "sorpresa". Si sale el tema a la prensa, automáticamente se elevará el precio de las acciones y no es lo mismo decir que se ofrecen 13 € por acción, cuando cotiza a 10 €, que hacer esa oferta cuando cotiza a 11,90 €, porque en la última semana se ha conocido "oficiosamente" que se iba a presentar la oferta. Psicológicamente, se considera que la segunda oferta es "poco generosa". Habitualmente, la entidad oferente suele intentar controlar un paquete minoritario antes de lanzarse a la aventura de la toma de control. Es evidente que, con la legislación actual, si se adquiere un 3% de una entidad cotizada, ya hay que comunicarlo a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y cada 5% adicional que se adquiera es, asimismo, objeto de comunicación, por lo que, el factor "sorpresa" es difícil de conseguir. Evidentemente, siempre cabe la posibilidad (no legal) de tomar posiciones dentro de una subcuenta de un banco anglosajón, que figura como titular global en el mercado español del total de acciones que tiene bajo fiducia y que no tiene porqué informar a la CNMV de quiénes son los verdaderos titulares de las acciones. No obstante, esta posibilidad puede tener efectos nocivos en la entidad oferente, si llega a oídos de la CNMV la situación o si algún empleado decidiera traicionar la confianza de la empresa y facilitara documentación a la CNMV que probara la existencia de la fiducia fuera de España

OPA INDIRECTA Indirect takeover Cuando se produce una fusión entre empresas o bien se toma una participación significativa en una entidad que, a su vez, controla una sociedad cotizada, deberá formularse una oferta pública de adquisición de acciones (OPA) por parte de la entidad fusionada o de la que tomó la participación significativa. El control de la sociedad cotizada se dará, en el caso, de que se posea, al menos, el 30% de los derechos de voto de la misma o bien que se hayan designado a la mitad más uno de los consejeros de la misma. Esta OPA deberá realizarse forzosamente en los tres meses siguientes a la fecha de la fusión o de la adquisición de la participación significativa. No obstante, si la entidad adquirente o fusionada estuviera dispuesta a vender las acciones necesarias para rebajar su porcentaje de control por debajo del 30% o bien se cesara a los consejeros necesarios para que los que estuvieran designados por ella fueran menos de la mitad del Consejo, no sería necesario que formulara la oferta anterior. El planteamiento sería similar para otros casos menos habituales, como una reducción de capital, un canje, una conversión o una variación de autocartera, que hiciera que indirectamente una entidad que antes no tenía el control de la sociedad cotizada pasara a tenerlo.

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Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones" y "OPA amistosa".

Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones".

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O PA OBLIGATORIA

OPA LIMITADA

seño imaginativo a la entidad directora de la operación, vía marketing financiero, publicidad, contactos personales con clientes institucionales, cartas de recomendación a los depositantes, etc.

Limited takeover Cuando una entidad desea realizar una oferta pública de adquisición de acciones (OPA) sobre una sociedad cotizada y siempre que esta OPA se realice de forma voluntaria, se puede limitar la cantidad de los derechos de voto que la entidad oferente desea adquirir. Este límite puede ser inferior, superior o existir, simultáneamente, un límite inferior y superior. 1.

OPA limitada superiormente. Se trata de comprar un porcentaje concreto del capital de la Sociedad afectada, invirtiendo sólo lo necesario, por lo que, si las condiciones son buenas, suele haber un fuerte prorrateo. En este caso, la actitud de la entidad oferente será completamente pasiva, ya que solamente desea adquirir un número determinado de acciones. Se pueden dar dos situaciones: -

-

2.

Que no se posea capital de la sociedad afectada o se tenga una cantidad pequeña y que se desee comprar un paquete de acciones, pero sin llegar al límite de control (30%). La OPA se plantearía, por ejemplo, para comprar un 10% del capital. Que ya se tenga el control, por ejemplo el 60%, y se desee adquirir otro 20% del capital, pero no más.

OPA limitada inferiormente. Se trata de comprar un porcentaje mínimo del capital, a fin de efectuar una toma de control, no siendo usual poner límite máximo. La actitud de la entidad oferente será claramente activa y se exigirá un di-

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Hay que tener en cuenta que, si no se consigue ese mínimo resultado, la OPA podría ser nula, en función de lo que decidiera la entidad oferente. 3.

OPA con límite superior e inferior. Es una combinación de las dos anteriores. Se puede no estar dentro del porcentaje de control y querer comprar un mínimo del 10% y un máximo del 20% del capital de una sociedad cotizada; o bien tener ya el control, por ejemplo, el 60% y querer comprar un mínimo del 15% y un máximo del 30%. La actitud activa o pasiva de la entidad oferente dependerá de cada caso. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones".

OPA OBLIGATORIA Obligatory takeover Cuando se formula una oferta pública de adquisición de acciones (OPA) y la entidad oferente se ha visto obligada, por imperativo legal, a lanzar la oferta sobre determinados valores, estaremos ante el concepto de OPA Obligatoria. El control de los derechos de voto es vital para que el equipo que gestiona la empresa se mantenga en su cargo. Por ello, uno de los principales asuntos que llaman la atención permanente del presidente o del consejero delegado, y al que prestan una buena parte de su tiempo,

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O PA OBLIGATORIA es mantener el poder de decisión dentro de la empresa.

los Consejos de Administración de las empresas de dicho grupo.

Este poder que los gestores han desarrollado sobre el gobierno de las empresas ha preocupado siempre a los responsables políticos. En España, la primera iniciativa que se tomó hace unos años, fue la de cambiar la controvertida legislación de OPA s de 1991, mediante la promulgación del Real Decreto 432/2003 de 11 de abril, que modificó, aunque mantuvo, el Real Decreto 1197/1991 de 26 de julio. Posteriormente y, ante las reiteradas evidencias empíricas de que había aspectos que no respondían a la realidad de los mercados, se decidió derogar definitivamente el decreto de 1991 y promulgar el Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, que es la norma que rige actualmente la operativa de OPA s en España y, en particular, las situaciones en las que se hace obligatorio el lanzamiento de una oferta pública de adquisición de valores.

Es preciso, además, tener en cuenta el concepto de capital teórico máximo futuro (CTMF), a los efectos del cálculo de los porcentajes citados de participaciones significativas, ya que la tenencia de obligaciones convertibles o derechos de suscripción susceptibles de convertirse en capital computa de cara a la consideración del porcentaje de tenencia de acciones. Análogo ocurre para las acciones sin voto cuando hayan pasado a tenerlo por no haber recibido los dividendos mínimos. Sin embargo, los "warrants" u opciones sobre acciones de la compañía no se considerarán a los efectos de participaciones significativas, salvo que se ejerciten y se adquieran las acciones.

En este sentido, queda obligada a formular una OPA por la totalidad de los valores de una determinada sociedad cotizada (denominada habitualmente "sociedad afectada"), la empresa o, en su caso, la persona física (denominada habitualmente "entidad oferente") que alcance el control de la sociedad afectada. El término "alcanzar el control" supone que se han adquirido al menos el 30% de las acciones u otros valores de la sociedad afectada que confieran derechos de voto, de forma directa o indirecta, una vez excluida la autocartera, o bien, que se han suscrito determinados pactos parasociales con otros titulares de valores, que actúan de forma concertada con la entidad oferente y que permiten llegar al citado 30%. Este porcentaje se considerará como agregado de todas las participaciones de las empresas de un mismo grupo, así como los de los miembros de

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También se considera que se ha alcanzado el control de forma "cualitativa", al exigir que, la obligatoriedad de lanzar una OPA, esté vinculada simultáneamente al porcentaje de capital que se adquiera y a los cambios que se registren en el consejo de administración de la compañía, con la entrada de posibles nuevos miembros o el nombramiento, ya sea directo, indirecto o en concierto, de un porcentaje relevante de consejeros. Esta obligatoriedad también se extiende a los casos en los que se tome una participación significativa en el capital de la compañía cotizada y, con posterioridad, se tome el control de la misma mediante la designación de consejeros en sus órganos de gobierno durante los dos años siguientes a la toma de control, contados a partir de la aceptación del cargo por parte de los consejeros. Por tanto, el adquirente estará obligado a lanzar la OPA aun cuando posea menos del 30% de los derechos de voto, siempre que en los dos años siguientes a la adquisición de la participación minoritaria en la empresa, hubiera designado

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O PA OBLIGATORIA un número de consejeros que, junto con los que ya tuviera, llegaran a representar la mitad más uno de los miembros del Consejo de Administración de la sociedad afectada y que, por tanto, le garantizasen la gestión de dicha sociedad a la entidad oferente. Cuando surge la obligatoriedad, la OPA debe presentarse, como máximo, en el plazo de un mes desde que se ha alcanzado el control de la sociedad afectada. No obstante, si la toma de control de la sociedad afectada se hubiera producido de forma indirecta o sobrevenida, el plazo para lanzar la OPA se ampliará a tres meses, permitiéndose a la adquirente que pueda vender los valores necesarios durante ese período, si así lo desea, para reducir el exceso de derechos políticos sobrevenidos que habían dado origen a la obligatoriedad de lanzamiento de la OPA.

30% fijado como control, pero esa posición es debida a que se ha producido una reducción de capital en la sociedad afectada (el accionista no ha adquirido ninguna acción nueva y, sin embargo, ha superado el límite que obliga al lanzamiento de una OPA), dicho accionista no podrá ejercer los derechos de voto de las acciones que excedan del citado 30% sin lanzar una OPA sobre la totalidad de las acciones de la sociedad afectada. 3.

Los supuestos de obligatoriedad ligados al acaecimiento de determinadas operaciones societarias son los siguientes: 1.

2.

Adquisición indirecta derivada de una fusión. Si una empresa, cotizada o no, se fusiona con otra, que es titular de una participación significativa en una sociedad cotizada o, simplemente, toma el control de esta empresa (caso de que sea no cotizada) y se da el caso de que la citada participación es una parte esencial del activo de la empresa que se pasa a controlar (o lo que es lo mismo que la fusión o la toma de control está motivada por conseguir la posesión de dicha participación), se exigirá una OPA sobre el 100% del capital de la sociedad afectada. Participación significativa sobrevenida derivada de una reducción de capital. Si la participación de un accionista pasa a superar el límite del

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Participación significativa sobrevenida en entidades financieras, derivada del cumplimiento de un contrato de aseguramiento de colocación de una emisión de valores. Si una empresa emite valores con derecho de voto o susceptibles de poseer dicho derecho y cuya colocación es asegurada por entidades financieras, aquellos valores no colocados deben ser adquiridos por las citadas entidades aseguradoras. En este caso, supuesto que la participación sobrevenida supere el 30% de los derechos de voto de la sociedad afectada, la entidad financiera adquirente deberá formular una OPA de acuerdo con las condiciones generales de cualquier adquirente. Es más, desde la adquisición hasta la venta o lanzamiento de la OPA, la entidad financiera no podrá ejercer los derechos políticos de los valores adquiridos.

4.

Participación significativa sobrevenida como consecuencia del canje, suscripción o conversión de acciones. Si una empresa recibe un paquete de acciones por canje, suscripción o conversión y llega al 30% del capital de la sociedad afectada, se exigirá asimismo una OPA sobre el 100% del capital de la sociedad afectada, salvo que venda el exceso de

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O PA SOBRE DERECHOS DE SUSCRIPCIÓN derechos de voto en los tres meses siguientes a producirse la toma de control. 5.

Participación significativa sobrevenida como consecuencia de las variaciones de autocartera. Si la sociedad afectada modifica su autocartera y cuando se computan los votos resulta que una entidad pasa a superar el límite del 30% de control, tendrá o bien que lanzar una OPA sobre el 100% del capital, o bien vender el exceso de derechos de voto en los tres meses siguientes a producirse la toma de control.

Por otro lado, existen diferentes supuestos en los que no es necesario el lanzamiento de una OPA. Un caso evidente surge cuando se trata de las adquisiciones que se hagan por imperativo legal, esto es, expropiaciones forzosas, ejecución de deudas realizadas por los Fondos de Garantía de Depósitos para reflotar bancos, cajas de ahorro o cooperativas de crédito o bien las realizadas por la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras para hacer lo propio con Compañías de Seguros. Tampoco será necesario lanzar una OPA en el caso de que todos los accionistas de la sociedad afectada acordaran por unanimidad la venta o permuta de todas las acciones representativas del capital de la sociedad o bien renunciaran expresamente a la venta o permuta de sus valores en el caso de que se formulara una oferta pública de adquisición. En el caso de que el titular adquiera la participación significativa como consecuencia de la conversión o capitalización de créditos en acciones (caso propio de sociedades en dificultades, que no pueden pagar sus deudas), dentro del esquema de un convenio alcanzado en un procedimiento concursal, no será tampoco necesario lanzar una OPA, siempre que

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el titular de los créditos sea el que se los ha adjudicado (evitando de esta manera la picaresca de que se produjera previamente una cesión del crédito a terceros). MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones".

OPA SOBRE DERECHOS DE SUSCRIPCIÓN Subscription rights takeover Una forma de entrar en el capital de una sociedad cotizada, al margen de la tradicional compra de acciones, es el acuerdo de ampliación de capital con el objetivo de que entren nuevos socios. Los nuevos socios comprarían los derechos de suscripción preferente, propiedad de todos o parte de los accionistas antiguos a un precio fijado y, luego, convertirían dichos derechos en acciones nuevas de la sociedad cotizada, pagando el precio de emisión. Si la ampliación de capital tiene un volumen suficiente que permita a los nuevos accionistas tomar el control de la sociedad, es necesario que se formule una oferta pública de adquisición (OPA) sobre los derechos de suscripción emitidos con motivo de la ampliación de capital. No es una figura habitual, pero es una posibilidad perfectamente legal. En la primavera de 1993 la empresa italiana Fiatimpresit lanzó una OPA sobre los derechos de suscripción de una ampliación de capital realizada por la constructora Laín (actualmente fusionada dentro de

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O PCIÓN OHL). En esta operación tomó el 33% del capital de la sociedad cotizada. MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones".

OPA SOBREVENIDA

-

La fecha de vencimiento (declaration date, exercise date o expiry date).

-

El precio de ejercicio de la opción (strike price).

-

La prima de la opción (premium).

II.

CLASES DE OPCIONES

1. Por el tipo de opción Véase: "OPA indirecta".

OPCIÓN Option I. CONCEPTO • II. CLASES DE OPCIONES 1. Por el tipo de opción 2. Por el momento de ejercicio 3. Por el activo subyacente 4. Por el mercado donde se negocian 5. Por la conveniencia o no de su ejercicio

I.

CONCEPTO

Una opción es un contrato que reconoce el derecho a su poseedor, pero no la obligación, a adquirir -si es una opción de compra- o a vender -si la opción es de venta-, cierto activo (activo subyacente), sujeto a determinadas condiciones de precio (precio de ejercicio), en un período establecido (período de vencimiento) o en una fecha límite prefijada (fecha de vencimiento o de ejercicio), todo ello a cambio de una prima que es el precio que ha de abonarse por la opción. Por lo tanto, toda opción tiene cinco elementos fundamentales que la caracterizan: -

El tipo de opción (compra call o venta put).

-

Nombre del valor (instrumento financiero o activo subyacente, underlying asset).

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Podemos distinguir en una primera aproximación, dos tipos de opciones: de compra y de venta (call y put, respectivamente). El comprador de una opción call tiene el derecho, a cambio de una prima (premium) que es la cantidad pagada por la opción, a comprar, en la fecha de vencimiento si se trata de una opción europea o en cualquier momento hasta la fecha de vencimiento si se trata de una opción americana, el activo subyacente o instrumento financiero en que se basa la opción, a un precio determinado prefijado en el contrato y conocido como precio de ejercicio (strike price). El tomador (taker) de opciones o comprador se dice que se encuentra en posición larga en opciones (long call en este caso). El vendedor de una opción call, por su parte, a cambio de la percepción de la prima tiene la obligación de vender el activo subyacente antes o en la fecha de vencimiento al precio de ejercicio establecido en el contrato. Es decir, el vendedor de una opción de compra está obligado a satisfacer los requerimientos contractuales del comprador. El vendedor (grantor) de opciones se dice que se encuentra en posición corta en opciones (short call en este caso). El comprador de una opción put tiene el derecho, a cambio del pago de la prima, a vender el activo subyacente al precio determinado de ejercicio, en ó

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O PCIÓN hasta la fecha límite de vencimiento. Un comprador se encuentra en posición larga en opciones (long put) en este caso. El vendedor de una opción put tiene la obligación, a cambio de la prima recibida, de comprar el activo establecido en el contrato, en la fecha límite o en un momento anterior dependiendo del tipo de opción, al precio de ejercicio estipulado anteriormente y siempre a requerimiento del comprador de la opción. El vendedor de opciones se encuentra en posición corta (short put) en este caso. Resumiendo, pueden existir cuatro posiciones básicas según se compre o se venda una opción de compra o una opción de venta. Los que se encuentran en posición corta en opciones, los vendedores, adquieren un compromiso firme frente a la otra parte, mientras que los que se encuentran en posición larga, los compradores, no tienen tal obligación sino un derecho a ejercitar o no la opción, estando en su poder la decisión final de tal ejercicio. Las opciones se han hecho rápidamente populares debiéndose su éxito, principalmente, a dos razones: la primera, es el alto grado de apalancamiento que confieren al inversor que las utiliza. Las opciones, al igual que los futuros, multiplican la potencia del dinero invertido. La segunda cualidad de estos contratos es su versatilidad. Ningún otro instrumento supera a las opciones en su capacidad de proporcionar al inversor estrategias que reflejen con precisión su opinión sobre la posible evolución del mercado.

2. Por el momento de ejercicio Dependiendo del momento en que la opción puede ser ejercida encontramos la "opción americana", que puede

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ejercerse en un momento cualquiera de la vida del contrato hasta su fecha de vencimiento, esta última incluida; y la "opción europea" que es aquella que sólo puede ejercitarse en un fecha determinada del contrato, que será la fecha de su vencimiento. También existe otra clase de opción denominada "asiática" por su procedencia. Este tipo de opción no tiene ninguna característica especial en cuanto a su fecha de vencimiento pero sí en cuanto al precio del activo subyacente en el momento de ejercitarse la opción. En concreto, el precio del activo subyacente se calcula como promedio de precios registrados durante un período de tiempo determinado, normalmente el período en que la opción ha sido negociada. La finalidad que persigue este tipo de opción es evitar la manipulación que en las fechas de vencimiento sufren los precios de los activos subyacentes, buscando por el manipulador un precio favorable según su posición en opciones.

3. Por el activo subyacente Cabe clasificar a las opciones según el activo objeto del contrato, esto es el activo subyacente. Los activos subyacentes objeto de los contratos de opciones tienen una gran diversidad, negociándose varios tipos de contratos en los principales mercados, aunque existen algunos que se encuentran especializados en determinadas opciones. Existen opciones sobre índices bursátiles, divisas, tipos de interés, acciones, activos reales, activos exóticos (índices meteorológicos), etc.

4. Por el mercado donde se negocian En cuanto a los mercados en los que se negocian las opciones, éstos son de dos tipos básicamente: mercados over the counter (no organizados) y mercados organizados, cada uno con unas características diferenciadoras.

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O PCIÓN 5. Por la conveniencia o no de su ejercicio

hace unos días sea una opción "fuera de dinero" en la actualidad y viceversa.

Según este criterio, las opciones se clasifican en tres categorías, como son: -

-

-

Opciones "en dinero" (in the money). Se trata de los contratos de opción que si se ejerciesen en el momento actual depararían un beneficio a su poseedor, esto es, cuyo valor intrínseco es positivo. Los calls en dinero son aquellos cuyo precio de ejercicio es menor que el precio de mercado del activo subyacente. Los puts en dinero son aquellos cuyo precio de ejercicio es mayor que el precio de mercado del activo subyacente. Opciones "a dinero" (at the money). Se trata de las opciones cuyo precio de ejercicio coincide con el precio del activo subyacente, por lo que su ejercicio depararía un beneficio cero. Se trata de las opciones que tienen mayor valor temporal. Opciones "fuera de dinero" (out of the money). Se trata de las opciones que no tienen valor intrínseco, puesto que su ejercicio entrañaría una pérdida. Los calls fuera de dinero son aquellos cuyo precio de ejercicio es mayor que el precio de mercado del activo subyacente. Los puts fuera de dinero son aquellos cuyo precio de ejercicio es menor que el precio de mercado del activo subyacente. Como se puede apreciar, los conceptos de opción "en dinero", "a dinero" o "fuera de dinero" son dinámicos, es decir, mientras que el precio de ejercicio de una opción permanece invariable durante la vida de la misma, no sucede así con el valor del activo subyacente, por lo que la relación entre ambos puede hacer, por ejemplo, que una opción "en dinero"

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IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Activo subyacente"; "At the Money"; "Compra de opción de compra"; "Compra de opción de venta"; "Contrato a medida"; "Contrato de opción"; "Contrato estandarizado"; "Fecha de ejercicio"; "Fecha de vencimiento"; "In the money"; "Mercados de opciones"; "Out of the money"; "Venta de opción de compra" y "Venta de opción de venta".

LO ESENCIAL SOBRE OPCIÓN Libros • •



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ALZOLA, J. L. La gestión de una cartera de renta fija . FEDEA. Madrid, 1992. BENGOECHEA, J.; ARRIAGA, M. y ERRASTI, J. M. Riesgos y oportunidades de los derivados . Fundación BBV. Bilbao, 1995. BORRELL, M. y ROA, A. Los mercados de futuros financieros. Introducción a los futuros de tipos de interés. Su utilización en España . Ariel Economía. Barcelona, 1990. BORRELL, M. y ROA, A. El mercado de futuros . Expansión. Madrid, 1990. BUCKLEY, J. Guide To World Commodity Markets . Published by Kogan Page 7th Edition. 1996. CAPLAN, DAVID L. The options advantage. Gaining a trading edge over the markets . Probus Publishing Company. Chicago, Illinois, 1991. CASANOVAS RAMÓN, M. Opciones financieras . Ediciones Pirámide. Madrid, 1992. COLBURN, J. T. Opciones sobre futuros: un negocio fabuloso . Gesmovasa. Madrid, 1992. COSTA RAN, L. y FONT VILALTA, M. Nuevos instrumentos financieros en la es-

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O PCIÓN DE EXCLUSIVIDAD •

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OPCIÓN DE ABANDONAR Véase: "Opciones reales".

OPCIÓN DE DIFERIR, PRORROGAR O POSPONER LA INVERSIÓN Véase: "Opciones reales".

OPCIÓN DE EXCLUSIVIDAD Exclusivity option Cuando se negocia la posible compraventa de una empresa, las partes que negocian la operación tienen que cubrirse de las posibles injerencias de terceros, que una vez que afloren algunos detalles de la misma, pueden estar interesados en entrar en la operación dejando fuera a una de las partes. Por ello, es habitual que cuando se firma una carta de intenciones por parte del potencial comprador, se exija al posible vendedor un compromiso u opción de exclusividad durante un período concreto, o respecto de esa operación en concreto, en el supuesto de que no afecte a la totalidad del negocio.

7673

O PCIÓN DE EXPANSIÓN, AMPLIACIÓN O CRECIMIENTO Una opción de exclusividad se puede plantear por ejemplo durante un período de tres meses, para dar tiempo a realizar los estudios precisos y en su caso la due diligence de los activos de la empresa que se pretende vender.

OPCIÓN ESTRATÉGICA

Las opciones de exclusividad también son perseguidas por los intermediarios en las transacciones entre las partes. Es habitual que un broker al que ha contactado el comprador o el vendedor de una empresa o de unos determinados activos mobiliarios o inmobiliarios, pida un plazo para localizar la contrapartida de la operación, sin que pueda tener "competencia", ya que en el momento en el que una operación sale al mercado y comienza a ser conocida, otros brokers pueden tratar de conseguir anticiparse al que originalmente había tratado de cerrar la operación, ya que las comisiones de intermediación suelen ser bastante importantes.

OPCIONES REALES

MIGUEL CÓRDOBA BUENO

OPCIÓN DE EXPANSIÓN, AMPLIACIÓN O CRECIMIENTO Véase: "Opciones reales".

OPCIÓN DE PRODUCCIÓN Véase: "Opciones reales".

OPCIÓN DE REDUCCIÓN Véase: "Opciones reales".

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Véase: "Alternativa estratégica".

Real options I. CONCEPTO • II. LA OPCIÓN DE EXPANSIÓN, AMPLIACIÓN O CRECIMIENTO • III. LA OPCIÓN DE ABANDONAR • IV. OTRAS OPCIONES REALES 1. Las opciones de diferir, prorrogar o posponer 2. La opción de reducción 3. La opción de producción

I.

CONCEPTO

Se conocen como Opciones Reales a las posibilidades que tienen algunos proyectos para introducir, en el futuro, modificaciones en las inversiones productivas incrementando así el valor del mismo. En la práctica, los directivos suelen referirse a estas opciones como intangibles. Los modelos clásicos de valoración de proyectos de inversión basados en el descuento de los flujos de caja (VAN, TIR), no incorporan en la valoración del proyecto la posibilidad de introducir modificaciones, de forma que el valor total del proyecto resulte incrementado. Por tanto, la no consideración de estas opciones de modificación pueden infravalorar los proyectos de inversión al no considerar aspectos que pueden ser estratégicos para la compañía y hacer que deseche proyectos que debería acometer. La existencia de Opciones Reales aumenta el valor de un proyecto de inversión. De esta forma, el valor del total del proyecto puede calcularse como el valor del proyecto sin la opción (VAN) más el valor de la opción. Es decir:

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O PCIONES REALES Valor del proyecto = VAN + Valor de la opción La consideración de estas opciones puede provocar que una decisión de rechazo de un proyecto de inversión, valorado por un procedimiento de descuento de flujos de caja, se convierta en una decisión de aceptación. Las principales opciones reales incluyen las opciones de expandir y abandonar la inversión, aunque también pueden considerarse otras alternativas.

II.

LA OPCIÓN DE EXPANSIÓN, AMPLIACIÓN O CRECIMIENTO

Las opciones de expansión constituyen la posibilidad de realizar inversiones adicionales ligadas al proyecto de inversión. La finalidad de estas inversiones puede ser, por ejemplo, aumentar la producción, la capacidad de la empresa o realizar inversiones de seguimiento. El hecho de que el proyecto pueda ampliarse si las condiciones son favorables, hace que el proyecto en cuestión valga más que un proyecto que no contempla esa posibilidad. En este sentido, las opciones de ampliar no se muestran en el balance de la compañía, pero los inversores sí que valoran su existencia, de forma que si una empresa tiene opciones reales valiosas que le permiten invertir sin restricciones en nuevos proyectos rentables, su valor de mercado aumenta. Las opciones de ampliar suelen ser difíciles de valorar en la práctica debido a su complejidad. Aún cuando el proyecto inicial tenga un VAN negativo, al valorar la opción de expansión, puede que ésta compense aquél, por lo que el proyecto debería aceptarse. Sobre estas inversiones que hoy presentan un VAN negativo, pero que se llevan a cabo al generar oportunidades de futuro, suele decirse que tienen un valor estratégico para la compañía. La opción de expansión o am-

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pliación que contemplan estos proyectos es el intangible que la dirección considera pero que no es considerado por los modelos clásicos de valoración y es el motivo del valor estratégico antes mencionado.

III.

LA OPCIÓN DE ABANDONAR

En muchas ocasiones, los directos eligen inversiones que, aún siendo menos rentables que otras, permiten una mayor flexibilidad, como es el hecho de que la inversión contemple la posibilidad de liquidar el proyecto en cualquier momento por un valor superior al que se espera obtener de continuar con la inversión. Los directivos deben considerar la opción de abandono cuando realizan la inversión inicial en un nuevo proyecto, ya que se permitirá desinvertir cuando el proyecto no se justifica económicamente. El valor total de un proyecto debe considerar su valor de abandono, valor que muchas veces no se conoce en el momento inicial de la inversión, sino que depende de su evolución en el futuro. Un proyecto debería ser abandonado cuando el valor actual de los flujos de caja futuros sea inferior a la opción de abandono. El valor total del proyecto serían sus propios flujos de caja más el valor de la opción de venta. Por ejemplo, la empresa JF S.A. se plantea dos alternativas de inversión en una maquinaria destinada a la fabricación de una nueva gama de productos de perfumería. La alternativa A, que requiere una inversión inicial de 90 millones de euros, consiste en invertir en una maquinaria altamente especializada que le permitirá reducir sustancialmente el tiempo y los costes de producción. Si la nueva gama de productos no tiene el éxito esperado por los directivos de la compañía, la maquinaria no podrá venderse ni utilizarse en la fabricación de la actual gama

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O PCIONES REALES de productos. La alternativa B, que requiere una inversión inicial de 50 millones de euros, no permite obtener los productos en igual tiempo y a un coste de fabricación tan bajo como la alternativa A, pero si la gama de productos no tiene éxito, los directivos de JF S.A. consideran que podrán vender la maquinaria por 35 millones de euros. Del análisis de las dos inversiones mediante el método de los flujos de caja (VAN), se obtiene que la alternativa A proporcionará un VAN de 270 millones de euros si la gama de productos tiene éxito y de 103 millones en caso contrario. Respecto a la alternativa B, el VAN de la inversión en el caso de éxito será de 241 millones de euros y en caso de no tener éxito de 98 millones. En este ejemplo, en el caso de no existir la posibilidad de abandonar el proyecto si la nueva gama de productos no tiene éxito, la alternativa A sería la elegida ya que en ambos casos su VAN es superior. No obstante, hay que considerar que si la gama no tiene éxito, en el caso de la alternativa B, puede venderse la maquinara y recuperar 35 millones de euros. Es decir, con la alternativa B, si la nueva gama tiene éxito se continuará en el proyecto siendo su VAN 241 millones. Por el contrario, si la nueva gama no tiene éxito, se puede abandonar y recuperar 35 millones de euros por la venta de los activos. De esta forma, el valor total del proyecto en el caso de elegir la alternativa B sería el valor de los flujos de caja, asumiendo que la empresa no abandone, más el valor de la opción de abandonar, es decir, 276 millones de euros.

IV.

OTRAS OPCIONES REALES

Junto a las opciones mencionadas pueden señalarse otros tres tipos más: las de diferir, las de reducir y las de producción.

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1. Las opciones de diferir, prorrogar o posponer Las opciones de posponer la inversión se denominan opciones de sincronización. En estos casos, no se debe aceptar la realización del proyecto de forma inmediata. Si se espera, se tendrá nueva información sobre el mercado, competencia, precios u otros elementos, pero por el contrario se perderán los flujos de caja iniciales y es posible que otras ventajas. No obstante, diferir es más atractivo cuando la incertidumbre es muy grande y los flujos de caja inmediatos que se pierden son pequeños. Dado que la opción de inversión, sujeta a prórroga proporciona a los directivos de la empresa el derecho y no la obligación de hacer una inversión para explotarla, un proyecto que puede ser diferido vale más que un proyecto que no contempla esta posibilidad.

2. La opción de reducción La opción de reducir proporciona el derecho, no la obligación, de reducir el tamaño de las operaciones asociadas a un proyecto si en un momento determinado las condiciones resultan desfavorables. Por tanto, un proyecto que pueda ser reducido vale más que un proyecto que no incluya esta posibilidad.

3. La opción de producción En el ejemplo de la empresa JF S.A., los directivos de la compañía podrían plantearse la inversión en una maquinaria que les proporcionara la flexibilidad de modificar la producción en el caso de que no se logre el éxito esperado en una determinada gama de productos. Estas oportunidades se denominan opciones de producción. FRANCISCO FARIÑAS FERNÁNDEZ

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O PERACIÓN BANCARIA Véase también: "Valor Actualizado Neto (VAN)".

OPEP Véase: "Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP)".

OPERACIÓN ACORDEÓN Accordion operation / Capital reduction and increase Una operación acordeón consiste en una reducción de capital social seguida de un posterior aumento del mismo, necesario para garantizar el correcto funcionamiento y la continuidad de la empresa. Normalmente la reducción de capital social se realiza con el objetivo de sanear las cuentas, cuando las pérdidas acumuladas son muy grandes. De hecho, la reducción será obligatoria cuando estas pérdidas reduzcan el patrimonio, provocando que éste caiga por debajo de las dos terceras partes del capital social y pase un año sin que se haya recuperado la situación. La reducción de capital se realiza normalmente disminuyendo el nominal de las acciones, o manteniendo el nominal y reduciendo el número de acciones total. En cualquier caso, algo que deberá respetarse es la proporción de participación que cada socio tenía antes de la reducción en cuestión. Lo que se persigue con esta actuación es que aparezca en el balance un capital que refleje de un modo más preciso la realidad actual de la empresa. Generalmente, se acomete una operación acordeón cuando la reducción de capital a la que obligan las pérdidas, deja el nivel de capital social por debajo del mínimo necesario para el funcionamiento de la empresa. Cuando es esta la situación, si la

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empresa quiere continuar con sus operaciones, porque tiene perspectivas de mejorar su situación en el futuro, necesitará realizar una ampliación de capital con nuevos fondos aportados por los actuales o nuevos socios. Aunque esta ampliación de capital necesita superar el mínimo legal exigido, no es necesario alcanzar con ella el nivel anterior a la reducción. A pesar de que, como en toda ampliación de capital, los socios actuales tendrán la oportunidad de suscribir acciones que les permitan mantener el mismo porcentaje de participación en el capital social tras la ampliación, el peligro de esta operación es que se utilice como pantalla con el objetivo final de cambiar los porcentajes de propiedad de los accionistas, contando con que su situación personal no permitirá que algunos de ellos puedan acudir a la ampliación de capital. Precisamente con el fin de tratar de evitar este problema, la ley exige que esta operación sea aprobada en la Junta General de Accionistas, debiendo además estar plenamente justificada su utilización. EVA ROPERO MORIONES Véase también: "Ampliación de capital" y "Reducción de capital".

OPERACIÓN BANCARIA Banking operation Las necesidades financieras de la sociedad obligan a las entidades bancarias y, por similitud, cajas de ahorros y cooperativas de crédito, a adecuar su actuación mediante la adopción de determinados tipos de operaciones que se han venido a denominar operaciones bancarias

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O PERACIÓN BLANCA y que, en primera instancia, se clasifican en los siguientes grupos: -

-

Operaciones bancarias activas. Aquellas en las que un intermediario financiero realiza una operación de inversión o riesgo (la entidad bancaria concede crédito al cliente). Operaciones bancarias pasivas. Aquellas que realiza un intermediario financiero para captar fondos, claro ejemplo de este segundo tipo de operaciones son las cuentas corrientes, de ahorro, emisión de obligaciones, etc.

Junto a estos dos grandes grupos de operaciones, las entidades bancarias desarrollan también otro tipo de actividades y servicios bancarios: de guarda y custodia, mediación, intervención en cobros y pagos, servicio de caja, etc. En definitiva, se entiende por operación bancaria el contrato concluido entre un particular (persona física o jurídica) y una entidad financiera como consecuencia del desarrollo habitual y profesional por ésta de su actividad.

IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ

OPERACIÓN FINANCIERA Financial operation I. CONCEPTO • II. LEYES FINANCIERAS • III. CLASIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS 1. Atendiendo a la naturaleza de los capitales que intervienen en la operación • 2. Atendiendo al número de capitales involucrados en la operación • 3. Atendiendo a los derechos y obligaciones derivados de la operación financiera • 4. Atendiendo al plazo de la operación financiera

I.

Una operación financiera es aquella en la que dos sujetos económicos intercambian capitales en tiempos distintos, de tal manera que el sujeto que cede el capital adquiere el carácter de acreedor del otro, que actúa como deudor, y los valores de los capitales intercambiados deben ser equivalentes en cada momento del tiempo. Las operaciones financieras son muy variadas, y se realizan continuamente en el mundo de las finanzas. Ejemplos de operaciones financieras serían: -

Compra a crédito de un bien que recibimos firmando un conjunto de letras pagaderas en distintos momentos de tiempo.

-

Un décimo de lotería es una operación financiera en la cual adquirimos un billete a cambio de un capital futuro aleatorio, con gran probabilidad de valor cero.

-

Un depósito de dinero a plazo.

-

Una cuenta corriente.

-

Una libreta de ahorro.

-

El préstamo concedido por un banco a un cliente.

Véase también: "Operaciones de activo" y "Operaciones de pasivo".

OPERACIÓN BLANCA Véase: "Ampliación de capital".

OPERACIÓN DOBLE Véase: "Cesión de activos de deuda con pacto de recompra".

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CONCEPTO

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O PERACIÓN FINANCIERA -

Un plan de pensiones.

En todas ellas, se pueden identificar las dos magnitudes a las que se ha hecho referencia, los capitales que se entregan y se devuelven, y el tiempo que media entre las distintas aportaciones y devoluciones. La aportación de capitales en una operación financiera se denomina "prestación", y el sujeto económico que la realiza adquiere la condición de acreedor; la devolución de capitales se ha denominado "contraprestación", y el sujeto económico que la debe realizar adquiere la condición de deudor.

II.

LEYES FINANCIERAS

Si las operaciones financieras están formadas por un conjunto de capitales asociados a determinados períodos temporales, y los citados capitales deben ser equivalentes durante el plazo considerado, será preciso conocer el medio por el cual se corresponden las prestaciones y las contraprestaciones; es decir, las leyes mediante las cuales las partes deudora y acreedora regulan sus mutuos derechos y obligaciones, y los materializan en una corriente de cobros y pagos que aceptan como justa, y que, en suma, representan dinámicamente a la operación financiera correspondiente. A estas leyes se les denomina leyes financieras, y permiten comparar capitales a lo largo del tiempo, de tal manera que se puede establecer sin lugar a duda, una relación de preferencia entre dichos capitales financieros, y como consecuencia de la misma, la identificación en el tiempo de aquellos capitales que se consideran financieramente equivalentes, o lo que es lo mismo, que su valor a lo largo del tiempo se considera indiferente. De acuerdo con lo que se denomina "Principio de Equivalencia Financiera", si

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la operación financiera se realiza, es porque para ambas partes los compromisos son equivalentes; es decir, que los capitales entregados y los que se devolverán son coincidentes en su valoración por ambas partes, existiendo el adecuado equilibrio que requiere la operación.

III.

CLASIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS

Las operaciones financieras se pueden clasificar atendiendo a diferentes criterios.

1. Atendiendo a la naturaleza de los capitales que intervienen en la operación a) Operaciones Ciertas Son aquellas operaciones que se realizan en ambiente de certeza; es decir, los capitales intervinientes en la operación son conocidos, y su valor sólo depende del tiempo. Ejemplo: Una persona contrata una imposición en un banco por 10.000 euros durante 90 días al 3% de interés. Transcurridos los noventa días, dicha persona percibirá 10.073,97 euros en términos financieros, o 10.059,92euros en términos financiero-fiscales (se practicaría una retención del 19% que se ingresaría en la Hacienda Pública). Tanto el capital de 10.000 euros, como el de 10.059,92 euros, son capitales ciertos y conocidos por las partes antes de firmar el contrato de imposición.

b) Operaciones Aleatorias Son aquellas operaciones que se realizan en ambiente de riesgo o incertidumbre; es decir, alguno o algunos de los capitales intervinientes en la operación son de naturaleza aleatoria, y, por tanto, su cuantía, su momento temporal de entrega o devolución, o ambas magni-

7679

O PERACIÓN FINANCIERA tudes están normalmente sujetas a una determinada probabilidad de acaecimiento de un determinado suceso.

madas por dos o más capitales. Por tanto, habrá tres posibilidades:

Ejemplo: Una persona contrata un plan de pensiones con una compañía de seguros, de tal manera que la persona aporta 100 euros mensuales hasta el día de su jubilación, fecha a partir de la cual recibirá mensualmente una cantidad que complementará sus ingresos. La operación financiera es aleatoria, tanto respecto a la cuantía, que dependerá del acierto de los gestores del plan a la hora de invertir las aportaciones del sujeto, a fin de constituir el capital futuro que permitirá pagar la cantidad mensual cuando se jubile, como del tiempo, puesto que la fecha en que se jubilará también es aleatoria; como de la materialización de la operación en sí, puesto que la persona puede fallecer antes de jubilarse, y cancelarse la operación por el valor del plan, que se entregaría a los herederos del finado.

-

Ejemplo: Suscripción de un plan de ahorro para constituir un capital. El suscriptor aporta 300 euros mensuales durante 10 años para recibir al final el capital más los intereses generados, en un solo pago. -

Son aquellas en las que se realiza la prestación de un solo capital, y la contraprestación de un solo capital también. Ejemplo: Emisión de un pagaré de empresa. La compañía emisora recibe 10.000 euros del adquirente del pagaré, y se compromete a pagarle un año después 10.350 euros en términos financieros, o 10.283,50 euros en términos financiero-fiscales (se practicará una retención del 19% que se ingresaría en la Hacienda Pública). Solamente existe una prestación (10.000 euros) y una contraprestación (10.283,50 euros).

b) Operaciones Compuestas

Prestación de un solo capital y contraprestación de varios capitales. Ejemplo: Compra de Bonos del Estado. El adquirente paga 100.000 euros por los Bonos, y durante diez años recibe 4.500 euros de intereses, y en el último se le reintegra el importe invertido. La operación financiera tiene un capital como prestación y diez capitales como contraprestación.

2. Atendiendo al número de capitales involucrados en la operación a) Operaciones Simples

Prestación de varios capitales y contraprestación de uno sólo.

-

Prestación y contraprestación de varios capitales. Ejemplo: Suscripción de acciones parcialmente desembolsadas. El adquirente paga un 25% del nominal cuando las compra y a lo largo de los años siguientes, va desembolsando los dividendos pasivos pendientes. Por contra, a lo largo de dichos años, va recibiendo los distintos dividendos y, finalmente, si vende las acciones obtendría la contraprestación final.

Es evidente que existe aleatoriedad tanto en la cuantía de los dividendos activos y pasivos, como en el tiempo en el que se producirán.

Son aquellas en las que la prestación, la contraprestación, o ambas, están for-

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O PERACIÓN FINANCIERA 3. Atendiendo a los derechos y obligaciones derivados de la operación financiera a) Operaciones con derechos para la parte que realiza la prestación Son aquellas en las que el acreedor, por el hecho de realizar la prestación, obtiene derechos distintos y adicionales al de percibir una contraprestación monetaria. Sin ánimo de realizar una casuística interminable, se detallan a continuación algunos ejemplos: -

Operaciones con derecho a la cancelación anticipada de la misma por parte del acreedor.

la opción adquiere el derecho de que su contraparte le venda, si él quiere, una determinada cantidad de bonos en una fecha y por un precio determinado.

b) Operaciones con derechos para la parte que ha de realizar la contraprestación Son aquellas en las que el deudor obtiene además de la prestación, uno o varios derechos adicionales, teniendo únicamente que realizar la contraprestación. Al igual que en el caso anterior, se pueden mencionar algunos casos: -

Ejemplo: Descuento de letras de cambio en un banco. El banco descuenta letras a tres meses, pero un mes después del descuento, descubre que el librado se encuentra en mala situación financiera, y realiza un protesto de mejor seguridad de las letras y, a continuación, se las debita al librador junto con los gastos, dando por cancelada la operación. -

Operaciones con derecho de transferencia de los derechos a terceros. Ejemplo: Compra de unas obligaciones convertibles emitidas por una empresa. El adquirente suscribe unas obligaciones por cien mil euros a cinco años, y se convierte en acreedor de la Compañía, teniendo además el derecho de convertir sus obligaciones en acciones. Si vende las obligaciones en Bolsa estará cediendo el derecho de convertirse en accionista a un tercero.

-

Operaciones con derechos para la parte que ha de realizar la contraprestación. Ejemplo: Compra de opciones sobre Bonos del Estado. El adquirente de

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Operaciones con derecho a la cancelación anticipada de la misma por parte del deudor. Ejemplo: Emisión de acciones preferentes en dólares. Es bastante usual que la entidad emisora se reserve el derecho de amortizar las acciones con una determinada prima a partir de una fecha, asimismo, determinada.

-

Operaciones con derecho de transferencia de las obligaciones a terceros. Ejemplo: Contrato de seguro sobre cupones y nominal de obligaciones emitidas por una sociedad, que ha contratado una póliza de garantía con la entidad aseguradora. Si la sociedad no paga, la obligación es transferida a la aseguradora.

-

Operaciones con derecho a suspensión de contraprestación por parte del deudor. Ejemplo: Acciones sin voto emitidas por una empresa. Tienen garantizado un dividendo mínimo si existe beneficio distribuible. Si no existe dicho beneficio la contraprestación del

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O PERACIÓN FINANCIERA ALEATORIA dividendo queda latente hasta que exista, y prescribe a los cinco años.

c) Operaciones con derechos simultáneos para ambas partes Aquellas en las que acreedores y deudores obtienen además de la prestación y contraprestación respectiva, uno o varios derechos adicionales. Ejemplo: Una empresa contrata un programa de emisión de obligaciones con un pool de entidades financieras. Las obligaciones se emiten por un sistema de subastas en las que la entidad emisora tiene derecho a elegir los plazos a los que emite las obligaciones, mientras que las entidades licitadoras en la subasta tienen derecho a elegir si los valores se emiten con tipo de interés fijo, o indiciado a la evolución del mercado interbancario.

4. Atendiendo al plazo de la operación financiera a) Operaciones a corto plazo Son aquellas cuya duración es igual o inferior a un año. Ejemplo: Préstamo de un banco a un cliente para cubrir sus necesidades de tesorería durante seis meses.

b) Operaciones a largo plazo Serán aquellas que teniendo una duración cierta, dicha duración es superior a un año. Ejemplo: Emisión de un bono cupón cero a quince años por parte de una empresa.

c) Operaciones con plazo indefinido Serán aquellas que, teniendo una duración obligada, su plazo es indefinido o aleatorio.

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Ejemplo: Una cuenta corriente en un banco. El contrato de cuenta corriente sólo se cancelará si su titular da órdenes de cerrar la cuenta, o en caso de fallecimiento del mismo.

d) Operaciones perpetuas Serán aquellas que no tienen un plazo de finalización. Ejemplo: La Deuda Perpetua emitida por el Estado. Pagaba unos cupones periódicos, pero nunca se amortizaba. Fue amortizada por ley en octubre de 1.998.

MIGUEL CÓRDOBA BUENO

OPERACIÓN FINANCIERA ALEATORIA Véase: "Operación financiera".

OPERACIÓN FINANCIERA CIERTA Véase: "Operación financiera".

OPERACIÓN FINANCIERA COMPUESTA Véase: "Operación financiera".

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O PERACIONES DE ACTIVO

OPERACIÓN FINANCIERA CON DERECHOS PARA LAS PARTES Véase: "Operación financiera".

II.

Las operaciones bancarias activas que realizan las entidades de crédito pueden ser clasificadas de acuerdo con distintos criterios. 1.

Según su finalidad a) Consuntivas. Las que su objeto es el consumo, los créditos al consumidor o al comprador.

OPERACIÓN FINANCIERA CON PLAZO INDEFINIDO

b) Productivas. Las dedicadas a una producción o explotación económica, los créditos a la empresa o al proceso productivo, distinguiéndose: créditos a la explotación (contabilizados en el activo circulante porque implican un proceso de liquidez inferior a un año) y créditos a la inversión (contabilizados en el activo fijo porque implican un proceso de liquidez superior a un año).

Véase: "Operación financiera".

OPERACIÓN FINANCIERA SIMPLE Véase: "Operación financiera".

OPERACIONES DE ACTIVO

CLASIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES ACTIVAS

2.

Según el plazo desde el punto de vista legal del Plan General Contable a) A corto plazo, hasta 1 año.

Asset operations I. INTRODUCCIÓN • II. CLASIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES ACTIVAS • III. ELEMENTOS COMUNES A LAS OPERACIONES DE ACTIVO

I.

b) A medio plazo, hasta a 3 años. c) A largo plazo, desde 3 años. 3.

INTRODUCCIÓN

Las operaciones bancarias de activo son aquellas en las que un intermediario financiero realiza una operación de inversión o riesgo (la entidad bancaria concede crédito al cliente). Las operaciones activas son un instrumento de financiación al que acuden empresas y personas para cubrir sus necesdidades sean éstas de la naturaleza que sean.

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Según el plazo desde el punto de vista legal de las empresas financieras a) A corto plazo, hasta 18 meses. b) A medio plazo, de 18 meses a 3 años. c) A largo plazo, desde 3 años.

4.

Según el beneficiario a) Privado, a personas físicas o jurídicas. b) Público, las Administraciones Públicas.

7683

O PERACIONES DE ACTIVO 5.

clientela sin limitación alguna en sus condiciones.

Según la garantía a) Garantía personal. A su vez ésta se puede dividir en: -

Del titular (el sujeto responde con su propio patrimonio).

-

De terceros, los denominados avalistas, garantes, fiadores, etc.

b) Operaciones reguladas u obligatorias que son las que están sometidas a coeficientes u otras normas de obligado cumplimiento. Dentro de las últimas podemos distinguir entre:

b) Garantía real. Se responde afectando determinados bienes y derechos. Puede ser:

6.

-

Garantía prendaria, aceptando bienes muebles.

-

Garantía hipotecaria, aceptando bienes inmuebles

9.

Según su instrumentalización jurídica o contractual

7.

-

Préstamo.

b) De riesgo condicionado u operaciones de garantía, que se contabilizan en cuentas de orden y el riesgo depende de que el cliente garantizado no haga frente a sus obligaciones; por ejemplo los avales. 8.

Según el grado de libertad con que se llevan a cabo a) Operaciones libres, aquellas que las entidades pactan con su

7684

Las reguladas por razones de cautela (normas sobre la concesión de avales, concentración de riesgos, etc.).

Según los sectores económicos a los que se dirigen los recursos prestados o invertidos

10. Según la moneda en que se efectúan a) Operaciones en moneda nacional.

Según el riesgo que implican a) Operaciones de riesgo pleno, en las que el riesgo es directamente para la entidad y se contabilizan por tanto en su activo.

-

b) Operaciones con el sector privado y el exterior, que a su vez son susceptibles de subdivisiones posteriores.

b) Contrato o pólizas: Crédito.

Las reguladas por razones de política monetaria (a través del coeficiente de caja).

a) Operaciones con el sector público

a) Efectos mercantiles, son la modalidades de descuento.

-

-

b) Operaciones en moneda extranjera.

III.

ELEMENTOS COMUNES A LAS OPERACIONES DE ACTIVO

Las operaciones de activo, en definitiva, son inversiones realizadas por la entidad que le proporcionan una determinada rentabilidad (y que, por supuesto, siempre conllevan cierto riesgo). La rentabilidad exigida, por tanto, dependerá del riesgo contraído con cada cliente. De las diferentes operaciones de activo, son los préstamos y créditos bancarios los que constituyen el núcleo funda-

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O PERACIONES DE COBERTURA mental, por lo que pueden denominarse operaciones tradicionales de activo; si bien, las operaciones de activo incluyen otras muchas modalidades como la adquisición de acciones por parte de las entidades, el descuento de efectos, etc. Toda operación de crédito y, en general, de activo, comporta riesgos para las entidades financieras que las financian. Consecuentemente es imprescindible contar con un adecuado sistema de control y seguimiento de los riesgos o posiciones asumidas. De hecho, el análisis de riesgos constituye actualmente el factor clave de la gestión bancaria. El riesgo bancario puede entenderse como el riesgo asumido por una entidad de crédito en actividades típicamente bancarias. Legalmente se entiende por "riesgo" cualquier ventaja concedida ya sea hecha efectiva o no, por una entidad de crédito a un cliente o grupo de clientes relacionados entre sí, quede o no registrada en el balance, que incluya los compromisos y otras eventualidades que las respectivas autoridades competentes consideren importantes para valorar los riesgos identificables de dicha entidad. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Crédito"; "Descuento"; "Factoring"; "Leasing"; "Operaciones de pasivo"; "Préstamo" y "Riesgos bancarios".

OPERACIONES DE ARBITRAJE Arbitrage operations Operaciones que pretenden beneficiarse de ineficiencias temporales que se producen en diferentes mercados donde se negocia el mismo activo, sea cual sea el mercado donde se realice este tipo de

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operaciones (de acciones, de títulos de renta fija, de derivados, etc.). Al contrario que las operaciones especulativas o de cobertura, las operaciones de arbitraje, cuando se realizan de forma correcta, consiguen un beneficio cierto, sin entrar en ningún tipo de riesgo. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Operaciones de cobertura" y "Operaciones de especulación".

OPERACIONES DE CAPTACIÓN Liability operations Otra forma de denominar a las operaciones de pasivo de las entidades financieras, puesto que en definitiva, a través de éstas, lo que se hace es captar el ahorro del público, de los clientes de bancos y cajas, a través de las diferentes operaciones que se reflejan en el pasivo de estas entidades. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Operaciones de pasivo".

OPERACIONES DE COBERTURA Hedging operations Se consideran operaciones de cobertura, sea cual sea el mercado donde se realicen, cuando, existiendo elementos patrimoniales u otras operaciones que contribuyan a exponer a la entidad a un riesgo de cambio, de interés o de mercado, aquellas operaciones tengan por ob-

7685

O PERACIONES DE COLOCACIÓN jeto y por efecto eliminar, o reducir significativamente, ese riesgo. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Operaciones de arbitraje" y "Operaciones de especulación".

OPERACIONES DE COLOCACIÓN Asset operations Otra forma de denominar a las operaciones de activo de las entidades financieras puesto que, en definitiva, a través de ellas se está "colocando" o invirtiendo el dinero que poseen bancos y cajas, y que tiene su reflejo en el activo del balance de este tipo de entidades. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Operaciones de activo".

OPERACIONES DE CONCENTRACIÓN Véase: "Concentración de Empresas".

OPERACIONES DE ESPECULACIÓN Speculative operations Sea cual sea el mercado donde se lleven a cabo, las operaciones especulativas son aquellas que toman posiciones de riesgo ante la posibilidad de obtener un beneficio futuro, en el momento de deshacer la posición: comprando barato y vendiendo caro, en definitiva.

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Como el futuro es incierto, por definición, en las operaciones especulativas siempre se está asumiendo más o menos riesgo. Al contrario de lo que sucede en las operaciones de arbitraje o de cobertura. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Operaciones de arbitraje" y "Operaciones de cobertura".

OPERACIONES DE FUTUROS EN EL MERCADO DE DIVISAS Futures transactions in Forex Dícese de aquellas transacciones a plazo directas que se contratan de forma estandarizada en mercados organizados, no así las operaciones a plazo que se negocian en mercados no organizados. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Mercado de divisas" y "Operaciones en el mercado de divisas".

OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO Open market operations I. CONCEPTO Y FUNCIONAMIENTO • II. TIPOS DE OPERACIONES Y SUBASTAS EN LA POLITICA MONETARIA DEL BANCO CENTRAL EUROPEO (BCE)

I.

CONCEPTO Y FUNCIONAMIENTO

Las Operaciones de Mercado Abierto (OMA) constituyen uno de los principa-

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O PERACIONES DE MERCADO ABIERTO les instrumentos de la política monetaria del Eurosistema a efectos de controlar los tipos de interés, gestionar la situación de liquidez del mercado y señalar la orientación de la política monetaria. Los bancos centrales prestan dinero a las entidades de crédito (que demandan liquidez al Banco Central), y el instrumento más importante a través del cual llevan a cabo estos préstamos son las Operaciones de Mercado Abierto (OMA). En las OMA el Banco Central concede liquidez a las entidades bancarias a cambio de determinados activos no líquidos que éstas tienen en su pasivo (por ejemplo, fondos públicos). Las operaciones se hacen en forma de subasta y tienen una duración preestablecida (una semana en las operaciones principales del BCE). Transcurrido este plazo, se deshace la operación, y la entidad de crédito recupera su "activo de contrapartida" y devuelve el dinero al Banco Central. En estas operaciones, el Banco Central actúa como monopolista y puede fijar el "precio", que se conoce como el tipo de interés oficial o de intervención (fondos federales en EEUU o tipo de las operaciones principales de financiación en el BCE) de manera que este tipo de interés es el eje del proceso de control de los demás tipos de interés de la economía por parte del Banco Central, ya que determina el coste de los pasivos de las entidades de crédito. Por tanto, influye decisivamente en el tipo de interés al que los bancos prestan dinero a sus clientes. Además las variaciones de este tipo de interés se utilizan también para señalizar la política monetaria del Banco Central, ya que una subida o bajada del mismo se interpreta como un cambio en la orientación de la política monetaria.

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Las Operaciones de Mercado Abierto tienen una serie de características que hacen que sea el instrumento más importante con el que cuentan los bancos centrales para llevar a cabo su política monetaria. Esto es así porque se llevan a cabo siempre a iniciativa del Banco Central, que puede fijar el tipo de interés de la operación, por lo que le permite cambiar la dirección de la política monetaria fácilmente si así lo considera necesario. Junto a las operaciones regulares o con un calendario preestablecido (por ejemplo, una subasta semanal en el caso del BCE para las operaciones principales de financiación) también pueden llevarse a cabo otras operaciones de fine-tunning, o de ajuste transitorio de la situación de liquidez, para lograr una mayor precisión.

II.

TIPOS DE OPERACIONES Y SUBASTAS EN LA POLITICA MONETARIA DEL BANCO CENTRAL EUROPEO (BCE)

En la instrumentación concreta de la política monetaria del Banco Central Europeo (BCE), las Operaciones de Mercado Abierto se inician a instancias del BCE, y se pueden realizar mediante subastas estándar, subastas rápidas o procedimientos bilaterales. En las subastas estándar, el plazo máximo transcurrido entre el anuncio de la subasta y la notificación del resultado de la adjudicación es de 24 horas, y pueden participar las entidades que cumplan las condiciones impuestas por el BCE al respecto, mientras que en las subastas rápidas se ejecutan en una hora y el Eurosistema puede seleccionar un número limitado de entidades para participar. Por el contrario, en los "procedimientos bilaterales", el Eurosistema realiza una transacción con una entidad o con un grupo reducido de entidades, sin

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O PERACIONES DE MERCADO ABIERTO utilizar procedimientos de subasta, e incluyen las operaciones ejecutadas a través de los mercados de valores o de los agentes que operan en dichos mercados. En cuanto a los instrumentos, el Eurosistema dispone de cinco tipos para la realización de Operaciones de Mercado Abierto. Las operaciones temporales (aplicables mediante cesiones temporales o préstamos garantizados) constituyen el instrumento más importante, aunque el Eurosistema puede asimismo utilizar operaciones simples, la emisión de certificados de deuda, swaps de divisas y la captación de depósitos a plazo fijo. Las características más importantes de estos instrumentos son las siguientes: -

tipo de interés específico del crédito durante el plazo de la operación. Las operaciones principales de financiación son operaciones temporales de inyección de liquidez de carácter regular, periodicidad semanal y vencimiento habitual a una semana, que los bancos centrales nacionales ejecutan de forma descentralizada y mediante subastas estándar. -

Estas operaciones, que los bancos centrales nacionales ejecutan mediante subastas estándar, tienen por objeto proporcionar financiación a más largo plazo al sistema bancario para evitar que toda la liquidez del mercado monetario tenga que renovarse cada dos semanas y facilitar a las entidades de contrapartida el acceso a dicha financiación.

Las operaciones principales de financiación desempeñan un papel fundamental para alcanzar los objetivos de las operaciones de mercado abierto y son la principal fuente de financiación del sistema financiero. Las operaciones temporales (que se emplean en las operaciones principales de financiación y en las operaciones de financiación a plazo más largo) son transacciones en las que el Eurosistema compra o vende activos de garantía mediante cesiones temporales o realiza operaciones de crédito utilizando como garantía dichos activos. El Eurosistema también puede recurrir a estas operaciones para llevar a cabo operaciones estructurales y de ajuste. En las cesiones temporales, la diferencia entre el precio de compra y el precio de recompra equivale al interés devengado por la cantidad de dinero prestada o tomada en préstamo hasta el vencimiento de la operación, es decir, el precio de recompra incluye el interés correspondiente. El tipo de interés de una operación temporal en forma de préstamo garantizado se determina aplicando el

7688

Las operaciones de financiación a plazo más largo son operaciones temporales de inyección de liquidez de periodicidad mensual y vencimiento habitual a tres meses.

En general, con estas operaciones el Eurosistema no pretende enviar señales al mercado y, por lo tanto, actúa normalmente como aceptante de tipos de interés. Por este motivo, estas operaciones se ejecutan mediante subastas a tipo de interés variable en las que el volumen de adjudicación se anuncia previamente. El Consejo de Gobierno anuncia con antelación el volumen a adjudicar en las próximas subastas y solamente satisface parte de las necesidades totales de liquidez del sistema bancario mediante estas operaciones. -

Las operaciones de ajuste se ejecutan de forma ad hoc y pueden ser operaciones de absorción o de inyección de liquidez que sirven para gestionar la situación de liquidez del

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O PERACIONES DE OPCIÓN EN EL MERCADO DE DIVISAS mercado y controlar los tipos de interés y, en concreto, suavizar los efectos que en dichos tipos causan las fluctuaciones inesperadas de liquidez en el mercado. Como son operaciones que tienen fines específicos no tienen ni periodicidad ni vencimiento normalizados. Estas operaciones de ajuste se ejecutan principalmente mediante operaciones temporales, pero también pueden realizarse mediante operaciones simples, swaps de divisas y captación de depósitos a plazo fijo. Las operaciones simples de mercado abierto son operaciones en las que el Eurosistema realiza compras o ventas simples de activos en el mercado. Los swaps de divisas consisten en operaciones simultáneas al contado y a plazo de euros contra divisas. Y, por último, con la captación de depósitos a plazo fijo el Eurosistema puede proponer a las entidades de contrapartida que constituyan depósitos remunerados a plazo fijo en el Banco Central del Estado miembro en el que la entidad esté establecida. Los instrumentos utilizados en estas operaciones de ajuste se adaptan a los tipos de transacciones y a los objetivos específicos que se persiguen en cada caso. Normalmente, los bancos centrales nacionales realizan estas operaciones mediante subastas rápidas o procedimientos bilaterales y es el Consejo de Gobierno del BCE el que decide si, en circunstancias excepcionales, las operaciones bilaterales de ajuste pueden ser ejecutadas por el propio BCE. -

Las operaciones estructurales tienen por objeto ajustar la posición estructural (de forma periódica o no periódica) de liquidez del Eurosistema frente al sistema bancario, es decir, el volumen de liquidez disponible en

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el mercado en un plazo más largo. Estas operaciones podrían realizarse mediante operaciones temporales, operaciones simples o la emisión de certificados de deuda. Los certificados de deuda que el BCE puede emitir permiten ajustar la posición estructural del Eurosistema frente al sector financiero y, así, crear o ampliar el déficit de liquidez del mercado. Los bancos centrales nacionales ejecutan estas operaciones realizadas en forma de operaciones temporales y emisión de certificados de deuda mediante subastas estándar. Las operaciones estructurales en forma de operaciones simples se efectúan mediante procedimientos bilaterales. M.ª JESÚS ARROYO FERNÁNDEZ Véase también: "Banco central"; "Banco Central Europeo (BCE)"; "Instrumentos de política monetaria" y "Política monetaria".

OPERACIONES DE OPCIÓN EN EL MERCADO DE DIVISAS Option transactions in Forex Dícese de aquellas transacciones en las que el titular o comprador adquiere el derecho, aunque no la obligación, de efectuar una compra o venta de una divisa contra otra al emisor o vendedor. Las opciones se contratan tanto en mercados organizados como en mercados no organizados, diferenciándose, en-

7689

O PERACIONES DE PASIVO tre otras cosas, en la estandarización o no de los términos de los contratos. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Mercado de divisas"; "Opción" y "Operaciones en el mercado de divisas".

OPERACIONES DE PASIVO Liability operations I. INTRODUCCIÓN • II. TIPOS DE OPERACIONES DE PASIVO • III. ELEMENTOS COMUNES DE LAS OPERACIONES DE DEPÓSITO

I.

INTRODUCCIÓN

Las operaciones bancarias pasivas, u operaciones de pasivo, son las actividades por medio de las cuales el banco recibe crédito, obtiene capitales de diversas procedencias para poder luego disponer de ellos. Desde el punto de vista del balance contable se traducen en asientos del "debe" o en partidas de "pasivo", puesto que son deudas de la institución de crédito. Las operaciones bancarias pasivas consolidadas definen el ahorro nacional que el sistema bancario ha captado en el mercado monetario. Estas operaciones constituyen la base de la economía de todas las instituciones de crédito modernas, que no podrían concebirse sin la disponibilidad de un amplio capital ajeno de manejo. Por tanto, representan la corriente de capitales que fluye hacia las instituciones de crédito y que éstas se encargarán de canalizar hacia los demandantes de ahorro. En realidad, las operaciones pasivas son "créditos pasivos", es decir, constituyen una muestra de confianza del pú-

7690

blico hacia la institución receptora de los fondos.

II.

TIPOS DE OPERACIONES DE PASIVO

Las operaciones pasivas tienen como finalidad esencial procurar recursos para que los bancos e instituciones financieras puedan realizar sus inversiones y, por tanto, cumplir su función económica. A través de ellas se captan tanto recursos propios (capital y reservas), como recursos ajenos, siendo estos últimos los más importantes. Los recursos ajenos son el origen legal de la captación de ahorro. Entre las diversas modalidades de captación de recursos ajenos se encuentran los créditos del Banco de España, operaciones interbancarias, acreedores ordinarios, etc. Esta última partida es la más importante e incluye, entre otras, las siguientes operaciones: cuentas corrientes a la vista, cuentas de ahorro, imposiciones a plazo fijo, depósitos indiciados, depósitos estructurados, depósitos asegurados (en general, cualquier tipo de depósito) y, adquiriendo cada vez más importancia, los fondos de inversión y los planes de ahorro y de pensiones. Así las operaciones pasivas son, principalmente, operaciones de depósito.

III.

ELEMENTOS COMUNES DE LAS OPERACIONES DE DEPÓSITO

El concepto de depósito se aplica, en un sentido amplio, a los contratos por los cuales una de las partes (quien realiza el depósito o depositante) entrega a la otra (que es el depositario) un bien mueble (en este caso dinero) para que lo custodie y, al cabo de un plazo de tiempo, lo reintegre en las condiciones estipuladas en el contrato. El bien que se reintegra puede ser el mismo que se entregó o puede ser otro.

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O PERACIONES SWAP EN EL MERCADO DE DIVISAS Se habla de depósito irregular cuando el depositario reintegra un bien distinto, aunque de la misma clase y condición que el original. Evidentemente, los depósitos de dinero son depósitos irregulares. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Cuenta corriente bancaria"; "Cuenta de ahorro"; "Depósito" e "Imposición a Plazo Fijo (IPF)".

OPERACIONES EN EL MERCADO DE DIVISAS Transactions in Forex

Se puede clasificar el mercado de ac divisas atendiendo a los tipos de trans ciones que en él se dan: -

Transacciones de contado.

-

Transacciones de plazo.

-

Transacciones de futuros.

-

Transacciones de opciones.

-

Transacciones swap. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ

Véase también: "Mercado de divisas"; "Operaciones de futuros en el mercado de divisas"; "Operaciones de opción en el mercado de divisas" y "Operaciones swap en el mercado de divisas".

OPERACIONES ESPECIALES Véase: "Mercado continuo".

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OPERACIONES SWAP EN EL MERCADO DE DIVISAS Swap transactions in Forex Una operación swap de divisas consiste en la compra de una determinada divisa al contado, simultánea a la venta de la misma a plazo, o viceversa, la venta de una divisa al contado combinada con la compra de la misma a plazo. Esta operación también es conocida como "préstamo recíproco de dos monedas diferentes". El objetivo de esta operación es la eliminación del riesgo de cambio implícito en el plazo. La evaluación de la diferencia se relaciona con la diferencia entre los tipos de interés de las respectivas monedas a los plazos de la operación, aunque, naturalmente, otra serie de factores puede influir en el cambio con lo que, en la práctica, tal equivalencia, a la que se conoce como paridad de cambios o cambio de equilibrio intrínseco, es difícil que se produzca. Como consecuencia de la posibilidad operativa a la que se hace referencia, es posible que con operaciones sobre el mercado de contado y de plazo, un importador logre cubrirse totalmente del riesgo de cambio, disponiendo de la divisa en el momento del vencimiento de su deuda a un tipo de cambio prefijado. Ahora bien, si se ha cubierto del riesgo es por que lo ha transferido a su banco y éste, a su vez, puede optar por asumirlo y obtener la ganancia que se derivaría de un tipo de cambio al contado favorable, o cubrirse del mismo, en cuyo caso deberá acudir al mercado interbancario de dinero y de divisas.

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O PERACIONES TRIANGULARES A tal efecto, el banco que se encuentra en una posición de descubierto como la descrita, esto es la necesidad de asegurar la moneda comprometida con el importador, buscará en primer lugar la solución más sencilla: un banco que se encuentre en la misma posición pero de sentido contrario, es decir, con un exceso de la moneda al mismo plazo y en la misma cuantía. Pero esto no siempre es factible, por lo que tendrá que efectuar una operación más compleja consistente en (suponiendo euros y dólares):

Véase también: "Mercado de divisas"; "Operaciones en el mercado de divisas" y "Swap".

-

I.

Endeudarse a un mes por el contravalor en euros, pagando el tipo de interés correspondiente.

-

Adquirir, con esos euros, los dólares en el mercado de contado.

-

Colocar los dólares en un depósito a un mes, ganando el tipo de interés que el mismo devengue.

-

Al vencimiento, recibir los dólares que tiene que entregar al importador a cambio de euros, y con estos devolver el préstamo solicitado.

Con estas operaciones financieras y con divisas, el banco logra cubrir sus posiciones de tesorería, tanto de contado como de plazo. Nótese, sin embargo, que la operativa anterior encierra una operación de compra de euros al contado y venta a plazo, y una operación de venta de dólares al contado y compra a plazo, es decir, una operación swap de intercambio de plazos entre divisas, con idénticos resultados que la anterior. Por lo tanto, al banco le es indiferente acudir al mercado monetario o al mercado de divisas, además la perfecta comunicación entre ambos mercados garantiza que el coste de la operación, en ambos casos, sea idéntico. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ

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OPERACIONES TRIANGULARES Triangular operations I. INTRODUCCIÓN • II. CONCEPTO DE OPERACIÓN TRIANGULAR • III. RÉGIMEN FISCAL DE LAS OPERACIONES TRIANGULARES 1. Requisitos 2. Obligaciones formales

INTRODUCCIÓN

El concepto de operaciones triangulares se encuentra estrechamente ligado al Impuesto sobre el Valor Añadido. Se denominan así porque, como se verá a continuación, en ellas participan tres Estados Miembros diferentes. El hecho de que cada vez sean más frecuentes este tipo de operaciones en la actividad comercial internacional, y que su régimen de tributación normal pueda suponer un desincentivo a su realización, hace que el artículo 141 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido (DOCE L 347, de 11 de Diciembre de 2006) establezca un régimen de tributación especial para ellas. El objetivo de este tratamiento fiscal especial es el de simplificar las obligaciones formales, y por ende reducir los costes, en los que tienen que incurrir aquellos sujetos que llevan a cabo este tipo de operaciones, al tiempo que se garantiza el adecuado control de las mismas.

II.

CONCEPTO DE OPERACIÓN TRIANGULAR

Se entiende por operación triangular aquella en la que participan dos empresarios, identificados en dos Estados

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O PERACIONES TRIANGULARES miembros diferentes, uno de los cuales actúa como intermediario, y un cliente final (ubicado en otro Estado miembro distinto de aquellos de los empresarios). En estas operaciones se producen además dos entregas de bienes: una del proveedor al intermediario y otra del inter-

mediario al cliente. Sin embargo, únicamente se produce un transporte de los bienes desde el Estado del proveedor al del adquirente final.

Tal y como se recoge en el gráfico anterior, el Empresario A (establecido en el Estado 1) vende al Empresario B (establecido en el Estado 2) unos bienes que, a su vez, éste vende al Empresario C (establecido en el país 3). Para ahorrar costes de transporte, el Empresario B pide al Empresario A que le envíe directamente las mercancías al Estado 3.

bienes desde el país 1 al 3). La adquisición realizada por el Empresario B en el Estado 3 tiene por lo tanto la consideración de adquisición intracomunitaria de bienes y quedaría por ello sujeta y no exenta del IVA. Por su parte la entrega de los bienes que el Empresario B realiza al Empresario C tiene la consideración de entrega interior, y por ende, también está sujeta al impuesto. Esto obligaría, además, al empresario que actúa como intermediario a registrarse en el Estado 3 con los costes que de ello se derivan.

III.

RÉGIMEN FISCAL DE LAS OPERACIONES TRIANGULARES

De acuerdo con el régimen normal de tributación del IVA, en la operación anteriormente descrita se han producido dos entregas de bienes: una del empresario A al B y otra del empresario B al C; eso sí sólo una de ellas intracomunitaria (pues existe un único transporte de los

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El gráfico siguiente refleja el tipo de operación al que nos estamos refiriendo

Para que el componente fiscal no obstaculice la realización de estas operaciones en el ámbito comunitario, se establece un régimen fiscal especial consistente en dejar exenta del impuesto la adquisición intracomunitaria realizada por

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O PERACIONES TRIANGULARES el Empresario B en el Estado 3, compensando este hecho con la exigencia de una serie de obligaciones formales (de información), siempre que se cumplan una serie de requisitos, que se recogen a continuación. De manera que: -

El empresario A realizaría una entrega intracomunitaria de bienes, exenta del impuesto de acuerdo con las disposiciones generales aplicables a las operaciones intracomunitarias.

-

El empresario B realizaría una adquisición intracomunitaria, que queda exenta por aplicación del régimen fiscal especial previsto para las operaciones triangulares.

-

El empresario B realiza una entrega interior al empresario C en el país 3, que tributa como lo hace el resto de las entregas interiores. En este caso se produce la inversión del sujeto pasivo y el deudor del impuesto es el empresario C.

1. Requisitos Para que la adquisición intracomunitaria realizada por el Empresario B en el país 3 esté exenta del IVA deben cumplirse los siguientes requisitos: -

-

-

Que los bienes así adquiridos se transporten directamente de un Estado miembro a otro, en ninguno de los cuales está identificado el intermediario.

-

Que el destinatario de la entrega subsiguiente (cliente final) sea otro sujeto pasivo o una persona jurídica que no sea sujeto pasivo, que esté identificado a efectos del IVA en el Estado de destino de los bienes.

-

El destinatario final de los bienes debe ser designado por la legislación del estado miembro 3, como deudor del impuesto exigible en concepto de la entrega efectuada por el sujeto pasivo no establecido en el Estado miembro en que sea exigible el impuesto.

2. Obligaciones formales Por otro lado, y para garantizar el correcto control tributario de las operaciones desarrolladas con motivo de la operación triangular, se establecen una serie de obligaciones formales adicionales a las propias del IVA. Son las siguientes: -

El empresario que actúa como intermediario (B) no debe estar establecido ni identificado, a efectos del IVA, en el país de destino de los bienes (Estado 3), pero sí debe estarlo en otro Estado miembro.

El empresario que actúa como intermediario, deberá, en el Estado Recapitulativo correspondiente a las operaciones triangulares que presente en su respectivo país, consignar de forma separada las entregas subsiguientes, haciendo constar además su NIF y el del empresario final.

-

La adquisición intracomunitaria de bienes (la que hace B en el país 3) debe realizarse con motivo de una entrega subsiguiente de dichos bienes, efectuada en ese mismo Estado miembro, por el sujeto pasivo que actúa como intermediario. Por lo tanto la adquisición intracomunitaria se produce para llevar a cabo esa entrega interior posterior.

En la factura correspondiente a la entrega subsiguiente debe hacerse constar expresamente que se trata de una operación triangular, y deben incluirse los NIF, tanto del empresario intermediario como del destinatario final de los bienes.

De esta forma se exime al empresario que actúa como intermediario de la obligación de registrarse en el país de destino final de los bienes. Por su parte,

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O PERACIONES VINCULADAS la Administración Tributaria del Estado en el que está identificado el intermediario podrá comunicar a la del Estado de llegada de los bienes, la información adecuada, que ésta podrá contrastar fácilmente con la que le facilite el adquirente de los bienes. De esta manera se garantiza el correcto control de todas las operaciones llevadas a cabo. BEGOÑA BARRUSO CASTILLO Véase también: "Adquisición intracomunitaria".

OPERACIONES VINCULADAS Related party transactions I. DEFINICIÓN • II. SUPUESTOS DE VINCULACIÓN 1. Operaciones entre entidad y socios o partícipe 2. Operaciones entre entidades de un mismo grupo • III. PRECIO DE TRANSFERENCIA DE MERCADO

I.

efectúa entre entidades de distintos países, por lo que lógicamente se tenderá a recoger la mayor parte de los beneficios en aquel país que tenga una menor tributación fiscal, en detrimento de la entidad que radique en un país con mayor tributación. En España, la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, es la legislación que regula los precios de transferencia entre entidades en el caso de que existan operaciones vinculadas. El principio general es que las operaciones se tienen que realizar a precio de mercado, al menos desde un punto de vista fiscal. Si, por ejemplo, un consejero de una empresa tiene un inmueble y el Consejo de Administración decide que es adecuado para establecer la sede social de la entidad, la empresa puede alquilar el inmueble, pero el precio de alquiler debe corresponderse con el habitual para la zona y uso del mismo. Es un ejemplo clásico de operación vinculada.

DEFINICIÓN II.

Una operación vinculada es una transacción que se realiza entre personas físicas o jurídicas que tienen un determinado grado de vinculación mercantil entre ellas, bien sea por que pertenecen a un mismo grupo empresarial, por que tienen accionistas comunes, por que el equipo gerente es el mismo, o por que exista una relación familiar de primer o segundo grado entre las personas que realizan la transacción. Como es lógico, el punto clave en una operación vinculada es el precio al que se realiza la transacción, o precio de transferencia, ya que normalmente las partes tratarán de fijarlo de acuerdo con sus intereses, que no son normalmente los que son favorables al Ministerio de Hacienda. El problema lógicamente se agrava cuando la transacción realizada se

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SUPUESTOS DE VINCULACIÓN

Los supuestos de vinculación que indica la legislación vigente son los siguientes:

1. Operaciones entre entidad y socios o partícipe -

Operaciones entre una entidad y sus socios o partícipes.

-

Operaciones entre una entidad y sus consejeros o administradores.

-

Operaciones entre una entidad y los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de los socios partícipes, consejeros o administradores. Para estos casos, en los que la vinculación viene establecida

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O PERACIONES VINCULADAS el consejero alquila el inmueble, habría que buscar otro inmueble en la misma zona de características parecidas alquilado por una empresa a un tercero, ver el coste mensual del alquiler y aplicar este precio. Evidentemente, es un método complicado para muchas actividades, ya que no es fácil encontrar operaciones similares que cumplan con las características indicadas.

por la relación socio o partícipe-entidad, será necesario que la participación sea igual o superior al 5% cuando los valores no coticen en mercados regulados o de un 1% cuando sí lo hagan.

2. Operaciones entre entidades de un mismo grupo -

Dos entidades que reúnan las circunstancias requeridas para formar parte de un mismo grupo.

-

Una entidad y los socios o partícipes de otra entidad, cuando ambas entidades pertenezcan al mismo grupo.

-

Una entidad y los consejeros o administradores de otra entidad, cuando ambas pertenezcan al mismo grupo.

-

Una entidad y los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de los socios o partícipes de otra entidad cuando ambas sociedades pertenezcan al mismo grupo.

III.

PRECIO DE TRANSFERENCIA DE MERCADO

Es importante establecer cómo se puede llegar a un precio de transferencia de mercado. Para ello se prevén diversos métodos de valoración, siendo los más importantes: 1.

Método del Precio Libre Comparable Se trata de comparar la transacción calificada como operación vinculada, con otras transacciones similares realizadas entre partes. El precio de estas transacciones será el que debería ser utilizado en la operación vinculada. Utilizando el ejemplo anterior, si

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2.

Método del Precio de Reventa Se basa en el margen que un vendedor independiente obtendría en la reventa de un producto similar al que ha sido objeto de transacción en la operación vinculada. Evidentemente el vendedor tiene sus propios costes operativos, publicitarios, etc., los cuales añadiría al precio que recibiría el vendedor, antes de sacar su margen. En este caso, no se pone el énfasis en el producto, que puede tener características y precios diferentes.

3.

Método del Coste Incrementado Se basa en valorar las operaciones vinculadas de acuerdo con los márgenes brutos obtenidos, es decir, se valora el producto objeto de la transacción, y se añade el margen que se considere adecuado para una transacción independiente. Para ello, lógicamente hay que basarse en una adecuada contabilidad de costes.

En cualquier caso, no es fácil determinar los precios de transferencia, y siempre se tendrá la duda de si la justificación del precio por el método que se elija será o no aceptada por el Ministerio de Hacienda. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

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O PERACIONES VINCULADAS (FISCALIDAD)

OPERACIONES VINCULADAS (FISCALIDAD) Related party transactions (Taxation) I. INTRODUCCIÓN • II. CORRECCIÓN DEL VALOR CONTABLE POR EL VALOR DE MERCADO 1. Período al que se imputa la corrección de valor 2. Procedimiento para realizar la corrección del valor 3. Efectos fiscales de la corrección del valor pactado en las operaciones vinculadas • III. ACUERDOS PREVIOS SOBRE PRECIOS DE TRANSFERENCIA • IV. SUPRESIÓN DE LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL CUANDO SE CORRIGEN LOS BENEFICIOS DE EMPRESAS ASOCIADAS • V. OPERACIONES VINCULADAS CON PERSONAS FÍSICAS

I.

INTRODUCCIÓN

Desde un punto de vista fiscal, se entiende por operaciones vinculadas aquellas que se llevan a cabo entre personas entre las que existe algún tipo de relación o vinculación. En estos casos, a la hora de contabilizar estas operaciones se han podido utilizar valores alejados del precio de mercado, entendiendo por éste el que se acordaría, en circunstancias normales, entre sociedades independientes. Esto puede provocar una transferencia de rentas de una entidad a otra, y, como consecuencia de ello, provocar una minoración o diferimiento de la tributación en el Impuesto sobre Sociedades. Si las empresas vinculadas están ubicadas en países distintos, entonces, y con independencia de que globalmente se consiga o no una menor tributación, sí pueden desplazarse ingresos impositivos de un estado a otro. Para evitar este tipo de perjuicios contra la Hacienda Pública, la normativa del Impuesto sobre Sociedades establece unas reglas especiales de valoración para las operaciones realizadas entre entidades vinculadas.

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La utilización del criterio del valor de mercado, en lugar del contabilizado, conlleva la necesidad de realizar algunos ajustes en las bases imponibles de las sociedades vinculadas. Ahora bien, estos ajustes no los realizan las partes implicadas, sino que los practica la Administración Tributaria, salvo en el caso de las operaciones vinculadas con personas físicas. Así, cuando de la utilización de los precios pactados entre las partes se derive un perjuicio económico global (teniendo en cuenta el conjunto de entidades) para la Hacienda Pública, bien porque se produzca una minoración de la carga tributaria en España o bien un diferimiento de la tributación con respecto a la que tendría lugar si se hubiese tenido en cuenta el valor de mercado, la Administración Tributaria puede proceder a realizar los ajustes procedentes. Estos ajustes tendrán siempre un carácter bilateral, pues afectarán, en sentido contrario, a las bases imponibles de las dos entidades vinculadas, y no provocarán una mayor tributación si éstas están ubicadas en el mismo país. Así, por ejemplo, si una entidad transmite a otra vinculada un bien del inmovilizado por un precio inferior al valor de mercado, la entidad transmitente declarará un menor ingreso en el IS, al tiempo que la sociedad adquirente, al tener un menor valor de compra del activo dotará unas menores amortizaciones. Si la Administración corrige el valor utilizado en esta operación y lo sustituye por el de mercado, la entidad transmitente tendrá una mayor tributación, provocando sin embargo, en la entidad adquirente la posibilidad de unas mayores amortizaciones y por ende de unas menores bases imponibles a efectos del Impuesto sobre Sociedades. Cuando una de las entidades afectadas se encuentre ubicada en el extranje-

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O PERACIONES VINCULADAS (FISCALIDAD) ro, la corrección de valor llevada a cabo por la Administración Tributaria de un estado, puede generar una doble imposición internacional si ésta no es admitida por la Administración del otro Estado. A la hora de determinar el valor de mercado pueden utilizarse diferentes criterios. Un caso típico también de operaciones entre entidades vinculadas que pueden llevar a una minoración de su base imponible es el de la financiación de una de ellas, a través de un crédito concedido por la otra. Para evitar que una sociedad residente pueda reducir su base imponible a través de un endeudamiento con una entidad vinculada situada en el extranjero, en un importe superior al que la entidad residente hubiese obtenido en condiciones normales de mercado entre partes independientes, la Ley del Impuesto sobre Sociedades establece unos criterios especiales aplicables a estas operaciones, conocidas como subcapitalización.

II.

CORRECCIÓN DEL VALOR CONTABLE POR EL VALOR DE MERCADO

1. Período al que se imputa la corrección de valor La corrección del valor pactado entre las partes por el valor de mercado de las operaciones llevadas a cabo entre entidades vinculadas se imputa al período impositivo en que se realizó la operación cuya valoración se corrige. Esta corrección puede tener además efectos sobre las bases imponibles de los períodos impositivos siguientes. Es imprescindible por ello que no se haya superado el período de prescripción en relación con el período en el que se lleva a cabo la operación, transcurrido el cual la Administración no podrá realizar ninguna corrección.

7698

2. Procedimiento para realizar la corrección del valor Cuando la Administración Tributaria considera que procede llevar a cabo una comprobación del valor utilizado en las operaciones realizadas entre partes vinculadas, la Administración realiza la correspondiente liquidación al obligado tributario. Éste podrá: -

Presentar un recurso o reclamación o instar una tasación pericial contradictoria contra la liquidación provisional practicada fruto de la corrección del valor. Este hecho se pone además en conocimiento de las otras entidades vinculadas para que aquellas, si lo desean, puedan personarse en el procedimiento y presentar cuantas alegaciones estimen oportunas.

-

No interponer recurso, en cuyo caso, y una vez que haya transcurrido el plazo establecido al efecto, la Administración notificará al resto de implicados la corrección realizada para que aquellos, si lo consideran oportuno, puedan interponer recurso o reclamación o solicitar una tasación pericial contradictoria contra la liquidación provisional practicada.

Una vez que la valoración provisional realizada adquiera firmeza, la Administración Tributaria procederá a corregir las bases imponibles de todas las entidades afectadas de aquellos períodos impositivos en los que se generen ingresos y gastos derivados de aquella operación corregida.

3. Efectos fiscales de la corrección del valor pactado en las operaciones vinculadas Las entidades vinculadas deben valorar las operaciones que realicen entre ellas de acuerdo con su valor de merca-

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O PERACIONES VINCULADAS (FISCALIDAD) do. La sustitución del valor contabilizado por el valor de mercado supondrá la realización de ajustes extracontables, positivos o negativos, a la hora de determinar la base imponible del impuesto. El signo de los ajustes dependerá, en última instancia, de cómo sea la diferencia entre le valor contable y el de mercado. Así, la entidad adquirente del bien o servicio debe integrar en su base imponible dicha diferencia de acuerdo con los siguientes criterios: -

Tratándose de elementos patrimoniales integrantes del activo circulante, en el período impositivo en que éstos motiven el devengo de un ingreso.

-

Tratándose de elementos patrimoniales no amortizables integrantes del inmovilizado, en el período impositivo en que éstos se transmitan.

-

Tratándose de elementos patrimoniales amortizables integrantes del inmovilizado, en los períodos impositivos que resten de vida útil, aplicando a la citada diferencia el método de amortización utilizado respecto de los referidos elementos.

-

III.

Tratándose de servicios, en el período impositivo en que se reciban, excepto que su importe deba incorporarse a un elemento patrimonial en cuyo caso se aplicará lo previsto en las letras anteriores.

ACUERDOS PREVIOS SOBRE PRECIOS DE TRANSFERENCIA

La Administración Tributaria y el sujeto pasivo pueden llegar a acuerdos previos (antes de la materialización de las operaciones) sobre la valoración de las operaciones vinculadas, para evitar comprobaciones posteriores, ganando así seguridad jurídica y certeza sobre el importe de la deuda correspondiente al Impuesto sobre Sociedades. Debe tenerse

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en cuenta que el volumen de operaciones entre entidades vinculadas puede ser muy elevado en algunos casos, con las consiguientes incertidumbres que de ellas pueden derivarse. El sujeto pasivo puede entonces presentar una propuesta previa a la Administración Tributaria en la que deberá identificar a las entidades afectadas y las operaciones a las que afecta la propuesta. La Administración examinará entonces la propuesta del sujeto pasivo, pudiendo requerirle que aporte nueva documentación, informes, justificantes relativos a la misma. Durante este proceso el sujeto pasivo podrá desistir de la propuesta formulada, así como presentar información adicional que considere relevante, realizar alegaciones, etc. Una vez instruido el procedimiento, antes de la propuesta de resolución, la Administración debe comunicarla al sujeto pasivo, quien dispone del plazo de 15 días para formular las alegaciones y presentar los justificantes y documentación que estime oportunas. El procedimiento debe finalizar antes de seis meses desde que se inició. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya resuelto de forma expresa, se entenderá desestimada la propuesta. Una vez que una propuesta ha sido aprobada, el sujeto pasivo deberá aplicar las valoraciones aprobadas en las operaciones que realiza con las entidades vinculadas afectadas por el acuerdo. Así, conjuntamente a su declaración del IS, el sujeto pasivo deberá adjuntar un informe en el que se indiquen las operaciones realizadas en el período impositivo a las que se aplica la propuesta aprobada, así como los precios a los que se han realizado dichas operaciones. De la misma manera la Administración, en su actuación inspectora deberá limitarse a comprobar que la propuesta se está aplicando correctamente.

7699

O PERADOR DE MERCADO La propuesta surtirá efectos en relación con las operaciones realizadas a partir del momento de su aprobación. Ésta tendrá la validez temporal que se establezca en el acuerdo, sin que ésta pueda exceder de los cuatros períodos impositivos siguientes al de la fecha del acuerdo.

IV.

SUPRESIÓN DE LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL CUANDO SE CORRIGEN LOS BENEFICIOS DE EMPRESAS ASOCIADAS

Para aquellos casos en los que pueden producirse supuestos de doble imposición por la corrección de los beneficios imponibles en dos entidades asociadas, ubicadas en dos Estados miembros diferentes, a nivel de la Unión Europea, se aprobó el Convenio de Arbitraje (de 23 de Julio de 1990), que trata de facilitar el acuerdo entre las Administraciones Tributarias de los Estados miembros en cuestión. Así, cuando una Administración Tributaria decide corregir los beneficios gravados de una entidad ubicada en su ámbito geográfico, ésta debe informar a la entidad afectada, para que ésta, si lo considera oportuno, lo comunique a la entidad situada en el otro Estado, que, a su vez, podrá ponerlo en conocimiento de su Administración Tributaria, para que ésta lleve a cabo también la correspondiente corrección, evitándose así la doble imposición. Si ésta no se alcanza de manera amistosa en el plazo de dos años, se constituirá una comisión consultiva, que en el plazo de 6 meses, debe emitir un informe indicando cómo se debe eliminar la doble imposición. A partir de ese momento las autoridades de los estados afectados disponen de otros seis meses adicionales para adoptar una decisión que garantice la supresión de la doble imposición. De esta manera se garantiza que en el plazo máximo de tres años desde que se inició el conflicto éste queda resuelto.

7700

V.

OPERACIONES VINCULADAS CON PERSONAS FÍSICAS

La corrección del valor pactado entre las entidades vinculadas por el valor de mercado, corresponde a la Administración Tributaria, en todos los casos, salvo cuando se trate de operaciones con personas físicas, en cuyo caso son los propios sujetos pasivos los que deben materializar dicho ajuste en sus bases imponibles. Esto se aplica cuando se den las siguientes circunstancias: -

La operación vinculada tiene lugar entere una persona física y una entidad.

-

La operación vinculada deriva de la prestación de trabajo realizada por la persona física o bien del ejercicio de actividades económicas de la misma.

-

La aplicación del valor normal de mercado a la operación debe implicar un aumento de los ingresos de la persona física.

Si se cumplen estos supuestos, tanto la persona física como la jurídica deben aplicar el valor de mercado a la hora de determinar sus bases imponibles, con independencia de que de ello se derive una tributación conjunta mayor o menor que la que resultaría de utilizar el precio convenido entre las partes. BEGOÑA BARRUSO CASTILLO Véase también: "Entidades vinculadas"; "Precios de transferencia" y "Subcapitalización".

OPERADOR DE MERCADO Market trader

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O PERADOR DE MERCADO I. CONCEPTO • II. REQUISITOS PERSONALES • III. FUNCIONES

I.

CONCEPTO

Las medidas liberalizadoras del mercado de la electricidad en el ámbito de la Unión Europea que exigían la Directiva 96/92/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 1996 (completada por la Directiva 2003/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003); imponían, entre las importantes novedades que el sector exigía, el establecimiento del denominado Operador de Mercado, cuyo régimen jurídico se contiene en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, por la que se Regula el Sector Eléctrico; contemplado como uno de los sujetos de la actividad destinada al suministro de energía eléctrica, en concreto, el que asume la gestión del sistema de oferta de compra y venta de energía en el mercado diario de dicha energía. La figura obedece a la exigencia de que la liberalización del sector se articula sobre un sistema de subasta diaria de la energía entre los generadores y los consumidores, con entrega para el día siguiente, de acuerdo con lo que se establece en la Ley citada y en el Real Decreto 2019/1997, de 26 diciembre 1997; por el que se Organiza y Regula el Mercado de Producción de Energía Eléctrica; estando encomendada al Operador del Mercado las actividades de casación de las ofertas y la demandas así como las operaciones de liquidación de la energía.

II.

REQUISITOS PERSONALES

Para poder ser Operador del mercado deberá tratarse de una sociedad mercantil, de la que podrán formar parte cualquier persona física o jurídica, pudiendo solicitar cualquier persona física o jurídica participar en dicha sociedad, en cuyo supuesto deberá autorizarse di-

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cho acceso al accionariado, bien mediante la venta de acciones, bien mediante la ampliación del capital con emisión de nuevas acciones, pero en tal supuestos es necesario que se establezca un pacto de los actuales accionistas para que no ejerciten, en su caso, el derecho de adquisición preferente que pudieran ostentar. Tanto para los socios ya existentes como para los solicitantes de participación, se impone la limitación de que la participación directa o indirecta en la sociedad no supere el 5 por 100. Se impone un nuevo límite para los accionistas que realicen otras actividades en el sector eléctrico, que no podrán superar el 40 por 100.

III.

FUNCIONES

La finalidad del Operador de Mercado en la finalidad pretendida por el Legislador hace que se le atribuyan funciones vinculadas a las subasta de la energía. En este sentido se les encomienda la recepción de las ofertas de venta y de adquisiciones de energía, con la trascendente función de hacer coincidir o casar las ofertas con las demandas sobre la base de la oferta más barata hasta igualar la demanda. Pero la relevancia de esas subastas diarias ha llevado al Legislador a imponer al Operador la necesidad de facilitar información a los efectos de controlar el funcionamiento del sistema; a esos efectos deberá facilitar a los demás sujetos que intervienen en el sistema el resultado de las subastas, fijando el precio diario de la energía; así como para que los operadores puedan hacer sus ofertas. Vinculadas a las subastas se le encomienda también la gestión de las garantías que sean necesarias a los participantes en ellas. WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY

7701

O PERADOR LOGÍSTICO

OPERADOR LOGÍSTICO Logistics operator Los operadores logísticos son el resultado de la evolución de muchas empresas dedicadas a la prestación de servicios logísticos (transportistas, almacenistas...) que, ante las necesidades de sus clientes (fabricantes y distribuidores) por externalizar las actividades que no conforman el centro del negocio (y, por tanto, no rentables), deciden ocuparse de varias o todas de sus tareas logísticas. El fenómeno cada vez más utilizado de la externalización o subcontratación de actividades tiene en estos operadores su principal exponente cuando se refiere a cualquiera de las actividades logísticas. El operador logístico es un proveedor de todo tipo de servicios logísticos siendo su prestación tanto de ámbito nacional como internacional. Para ello se dedica a transportar en todo tipo de medios de transporte que a su vez puede subcontratar, almacena, hace manutención de la mercancía, prepara los pedidos, gestiona el inventario, se encarga de las formalidades administrativas necesarias (por ejemplo los trámites aduaneros y despachos de la mercancía), del embalaje y de la organización de todos los flujos de información necesarios para que el movimiento de la mercancía de sus clientes se realice en las condiciones acordadas de tiempo, forma y lugar.

7702

La importancia de la logística en los sistemas económicos y el papel que desempeñan estas empresas logísticas ha llegado a ser tan importante que modernamente se denominan la "tercera parte de la logística -3PL-" (third part-logistics). El alcance de sus prestaciones logísticas puede variar hasta clasificarse en tres tipos: -

Operadores logísticos básicos: se centran fundamentalmente en actividades de distribución física para sus clientes, almacenando el producto terminado, controlando su stock y entregándolo a los destinatarios.

-

Operadores logísticos avanzados: ofrecen además valor añadido al completar algún proceso de producción del cliente fabricante como el envasado y el embalaje, el etiquetado, la facturación y también realizando trabajos de ingeniería logística y de organización de la información del flujo logístico.

-

Operadores logísticos integrales: se confunden con la propia empresa cliente al desarrollar y controlar totalmente su dispositivo logístico. La cadena de suministro de la empresa (aprovisionamiento-producción-distribución) se pone en manos de las capacidades organizativas, técnicas y tecnológicas del operador.

Una situación que demuestra el funcionamiento de una cadena logística con participación del operador logístico se representa en el grafico 1.

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O PINIÓN CON SALVEDADES

Los clientes del fabricante desencadenan la operativa logística a través de un pedido que éste tramitará por el sistema de información interconectado mediante una orden de pedido al operador logístico que es quien tiene el stock de producto. De acuerdo con las características del pedido recogidas en esa orden, el operador logístico lo prepara e informa tanto al fabricante como a su cliente del estado del pedido (aviso de despacho) para que este último ordene el proceso de recepción de la mercancía que una vez finalizado lo confirmará electrónicamente tanto al operador como al fabricante que a su vez le emitirá también electrónicamente la correspondiente factura por el importe de la entrega. JUAN CARLOS GARCÍA VILLALOBOS Véase también: "Distribución física" y "Logística".

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OPINIÓN CON SALVEDADES Qualified opinion Cuando se realiza la auditoría de una empresa, el auditor debe expresar su opinión sobre los estados financieros de la misma. En muchos casos, el resultado de esta auditoría es vital para la posible compraventa de la misma. El auditor puede expresar una opinión con salvedades, que es una opinión que emite el auditor cuando existen una o varias circunstancias que impiden que los estados financieros o cuentas anuales expresen fielmente la situación financiero-patrimonial, los resultados de sus operaciones, los recursos obtenidos y aplicados, o no se presenta la información re-

7703

O PINIÓN CON SALVEDADES querida por la legislación en forma completa. El auditor menciona entonces en su opinión (último párrafo de su informe) su discrepancia parcial con los estados financieros presentados o sus dudas con respecto a la realización de determinados activos o valoración de los pasivos.

mación incompleta de acuerdo con la legislación. -

El auditor manifiesta en el último párrafo de la opinión que, excepto por lo detallado, su opinión es favorable a los estados financieros presentados. Las salvedades se detallan en los párrafos intermedios del informe y pueden ser de diferentes tipos: -

Limitación al alcance. Este tipo de salvedad indica que el auditor no ha podido aplicar todos los procedimientos de auditoría de acuerdo con las normas profesionales. La limitación puede venir impuesta por el cliente, que no ha facilitado el acceso a determinada información, o por hechos totalmente ajenos a la voluntad del cliente. El auditor manifiesta entonces sus dudas sobre si su opinión sería diferente de haber podido acceder a la totalidad de la información.

-

Errores o incumplimientos. Cuando el auditor observa incumplimientos en la aplicación de normas de valoración de los activos y pasivos de una sociedad, errores en la elaboración de los estados financieros o falta de información adecuada en la memoria elaborada por la sociedad, incluye un párrafo intermedio indicando la naturaleza de las discrepancias y el importe en euros que, a su juicio, debería ser modificado en los diferentes epígrafes de los estados financieros. Lógicamente, esta valoración no es necesaria cuando se trata de infor-

7704

Incertidumbres. En ocasiones, existen situaciones que, dependiendo del resultado final, tendrán un efecto diferente en los estados financieros. Dentro de este tipo de situaciones se incluyen litigios en los que esté involucrada la sociedad y que estén pendientes de una resolución definitiva, posibles decisiones de los accionistas que puedan afectar a la continuidad de la sociedad, situación deficitaria de recursos propios que haga dudar sobre la continuidad de la sociedad, etc. En general, se trata de situaciones que no dependen en su totalidad de la sociedad, sino que se ven afectadas por multitud de variables, por lo que no pueden evaluarse, pero que dependiendo del sentido de su solución definitiva, podrían tener un efecto significativo sobre los estados financieros auditados. El párrafo intermedio incluye en este caso una descripción de la situación y la imposibilidad de su valoración, debido a la multitud de variables que pueden afectar a su cálculo.

-

Cambios en los principios y normas contables. Este tipo de salvedad no se menciona en un párrafo intermedio. Únicamente se incluye dentro del párrafo final de la opinión, indicando cuál es el cambio de criterio y la aceptación del nuevo criterio contable por el auditor. Normalmente, en las notas de la memoria, los administradores de la sociedad harán referencia al cambio de principio y el efecto que en su caso tenga sobre los estados financieros.

Si el número de incumplimientos de los principios contables y el efecto valorado de dichos incumplimientos, llegase a ser tan significativo que el auditor manifestara su opinión en el sentido de que

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O PORTUNIDAD DEL ENTORNO los estados financieros no reflejaran la situación financiero patrimonial o los resultados de las operaciones de la empresa, la opinión pasaría a denominarse adversa. Finalmente, cuando el auditor no ha tenido evidencia suficiente para poder formar una opinión sobre unas cuentas anuales o estados financieros intermedios, la opinión será denegada. Este tipo de opinión se emite cuando las limitaciones al alcance del trabajo del auditor o las incertidumbres en el futuro son de tal magnitud que impiden que el auditor pueda evaluar si las cuentas anuales representan o no la situación financiero patrimonial de la empresa. MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Opinión sin salvedades".

OPINIÓN SIN SALVEDADES Unqualified opinion Cuando se realiza la auditoría de una empresa, el auditor debe expresar su opinión sobre los estados financieros de la misma. En muchos casos, el resultado de esta auditoría es vital para la posible compraventa de la misma.

da. Asimismo, se hace referencia clara a la homogeneidad con la que se han aplicado los criterios contables con respecto a ejercicios anteriores. En ocasiones, el auditor introduce un párrafo de énfasis para poner de manifiesto hechos que cree relevantes para el entendimiento de las cuentas anuales pero que no tienen un impacto en su opinión de auditoría. MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Opinión con salvedades".

OPINIÓN TÉCNICA CONTABLE Véase: "Informe de auditoría".

OPORTUNIDAD DE ARBITRAJE Véase: "Arbitraje en cartera de valores".

OPORTUNIDAD DEL ENTORNO Opportunity of the environment

El auditor puede expresar una opinión sin salvedades, que es una opinión generalmente de sólo dos párrafos en la que el auditor manifiesta que los estados financieros, a la fecha de que se trate, expresan, en todos sus aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio, de los resultados de sus operaciones, y de los recursos obtenidos y aplicados durante el período bajo revisión y contienen la información necesaria y suficiente para su interpretación y comprensión adecua-

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I. CONCEPTO • II. TIPOS

I.

CONCEPTO

Factor del entorno que rodea la empresa (general y competitivo) y que ejerce una influencia positiva sobre ella. Se obtiene de la realización del análisis del entorno o análisis externo de la empresa y forma parte, junto con las amenazas, de la dimensión externa de la Matriz DAFO.

7705

O PORTUNIDAD ESTRATÉGICA En este caso, la empresa ha de intentar aprovecharla.

II.

TIPOS

Las oportunidades de la empresa se obtienen del análisis del entorno a partir de la identificación o el descubrimiento de vacíos estratégicos. Un vacío estratégico es una oportunidad del entorno que no está siendo totalmente explotada por los competidores. De esta forma, se pueden obtener diferentes tipos de oportunidades: 1.

2.

3.

4.

ner en cuenta el valor potencial de los productos y servicios complementarios y aprovechar las posibles oportunidades.

Oportunidades de los productos sustitutivos: existen sectores o industrias donde aparecen vacíos en el uso de los productos sustitutivos, que la empresa puede ser capaz de descubrir y aprovechar. Para ello, la empresa ha de hacer una valoración realista de los méritos relativos de los productos/tecnologías (actuales y sustitutivos potenciales) desde la perspectiva del consumidor. Oportunidades en otros grupos estratégicos, espacios estratégicos o nuevos segmentos de mercado: pueden surgir vacíos en determinados segmentos de mercado que la empresa puede aprovechar como oportunidades. Por ejemplo, la desregulación de los mercados y los avances tecnológicos están provocando la aparición de nuevas necesidades y, por tanto, nuevos mercados. Oportunidades en la cadena de distribución: la existencia de intermediarios en los procesos de compraventa de las empresas (relaciones clientes-proveedores) con valoraciones diferentes de cada una de las facetas del producto o servicio puede producir vacíos estratégicos que la empresa puede aprovechar. Oportunidades de productos y servicios complementarios: conviene te-

7706

5.

Oportunidades a lo largo del tiempo: en este caso se trataría de adelantarse o de predecir los posibles cambios en los factores del entorno (tanto general como competitivo) que pudieran afectar al cliente o a las consumidores, de manera que la empresa pueda ofrecer a éstos sus productos y servicios en condiciones más favorables y satisfactorias. VANESSA CAMPOS CLIMENT

Véase también: "Análisis DAFO"; "Análisis del entorno" y "Entorno".

OPORTUNIDAD ESTRATÉGICA Véase: "Ajuste estratégico".

OPTIMACIÓN DE FUNCIONES Véase: "Máximo"; "Mínimo"; "Punto crítico" y "Punto de inflexión".

OPTIMIZACIÓN CONDICIONADA Constrained optimization I. CONCEPTO • II. LA OPTIMIZACIÓN CONDICIONADA Y EL EQUILIBRIO DEL CONSUMIDOR • III. LA OPTIMIZACIÓN CONDICIONADA Y EL EQUILIBRIO DEL PRODUCTOR

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O PTIMIZACIÓN CONDICIONADA I.

CONCEPTO

En análisis económico, la Optimización Condicionada u Optimización Restringida se utiliza muy frecuentemente, pues es usual plantearse, por ejemplo, la maximización de la Utilidad dentro de los límites de la Restricción Presupuestaria o Recta de Balance, minimizar los costes dada una cierta isocuanta que se desee alcanzar, maximizar la producción, dado un nivel de costes que la empresa pueda soportar, etc.

II.

maximizar la función de Utilidad: U=U(x,y) producción o Función Objetivo

Es decir, que en suma, el equilibrio del consumidor, un punto con dos coordenadas o con dos incógnitas, X e Y se obtiene del sistema de ecuaciones: 1. 2.

y R = PXX + PYY

Por ejemplo, en el caso particular de una función de tipo Cobb-Douglas, U = AXĮYȕ, el sistema de ecuaciones quedaría: 1.

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dada la recta de balance R=PxX+PyY o Restricción

Nuevamente, para aplicar la Optimización Condicionada, se utiliza el método de los multiplicadores de Lagrange. Para ello, se construye la función de Lagrange como la función objetivo más una variable (Ȝ) multiplicada por la restricción (la restricción despejada a un solo miembro: PxX+PyY-R = 0), es decir:

LA OPTIMIZACIÓN CONDICIONADA Y EL EQUILIBRIO DEL CONSUMIDOR

Se define el equilibrio del consumidor como aquella combinación de bienes (X,Y) tales que permiten •



L(X, Y, Ȝ) = U(x,y)+ Ȝ ( PxX+PyY-R)

Derivando la función L(X, Y, Ȝ) con respecto a cada variable e igualando el resultado a cero (como se hace para maximizar cualquier función en general), nos queda que la Condiciones Necesarias de máximo son:

2.

y análogamente para el bien Y, resultaría

. Estas dos expresiones

pueden suponer tanto el punto de equilibrio en el que se encuentra el consumidor dados unos valores concretos de las variables R, Px y Py como las ecuaciones de las funciones de demanda de X e Y para valores genéricos de de las variables R, Px y Py. También se puede obtener el equilibrio a través de la optimización condicio-

7707

Ó PTIMO DE EXPLOTACIÓN nada planteándolo como la minimización del gasto (PxX+PyY) sujeto a una restricción, es decir dada un nivel de satisfacción o utilidad que se desee alcanzar, que nos lleva a resultados análogos que por el camino anterior.

III.

LA OPTIMIZACIÓN CONDICIONADA Y EL EQUILIBRIO DEL PRODUCTOR

Se define el equilibrio del productor como aquella combinación de factores (K,L) tales que permiten •

maximizar la función de producción X=X(K,L) o Función Objetivo



dada la recta isocote C=PLL+PKK o Restricción

Es decir, que en suma, el equilibrio del productor, un punto con dos coordenadas o con dos incógnitas, K y L, se obtiene del sistema de ecuaciones: 1.

Nuevamente, para aplicar la Optimización Condicionada, se utiliza el método de los multiplicadores de Lagrange. Para ello, se construye la función de Lagrange como la función objetivo más una variable (Ȝ) multiplicada por la restricción (la restricción despejada a un solo miembro: PLL+PKK-C=0), es decir: L(L, K, Ȝ)=X (K, L)+ Ȝ (P L+PL K-

K

C)

Derivando la función L(L,K, Ȝ) con respecto a cada variable e igualando el resultado a cero (como se hace para maximizar cualquier función en general), nos queda que la Condiciones Necesarias de máximo son:

Véase también: "Equilibrio del consumidor"; "Equilibrio del productor" y "Función Cobb Douglas".

ÓPTIMO DE EXPLOTACIÓN

y 2.

C = PLL + PKK

También se puede obtener el equilibrio a través de la optimización condicionada planteándolo como la minimización del coste (PLL+PkK) sujeto a una restricción, es decir dada una producción que se desee alcanzar (es decir, dada una cierta isocuanta X*=X(K,L)), que nos lleva a resultados análogos que por el camino anterior. BEGOÑA BLASCO TORREJÓN

7708

Efficient scale I. CONCEPTO • II. OBTENCIÓN DEL ÓPTIMO DE EXPLOTACIÓN • III. EL ÓPTIMO DE EXPLOTACIÓN Y LOS BENEFICIOS NORMALES

I.

CONCEPTO

Se define un Optimo de Explotación como aquella producción que minimiza los Costes Totales por término medio de la empresa. Es decir, que permite alcanzar el nivel de producción más barato por término medio teniendo en cuenta

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Ó PTIMO DE EXPLOTACIÓN todos los costes fijos y variables, por lo que es en sí un concepto a corto plazo. Es además el valor de X más pequeño a partir del cual la empresa competitiva empieza a obtener beneficios extraordinarios, pues en el Óptimo de explotación se dice que la empresa obtiene Beneficios Normales (Ingresos iguales a Costes Totales) y a partir de ese nivel, comienzan los Beneficios Extraordinarios (con Ingresos Totales mayores que los Costes Totales). El Óptimo de Explotación tiene además la peculiaridad de hacer coincidir el valor mínimo del CTM(X) con la pendiente del CT(X), es decir, que el Óptimo de explotación se caracteriza matemáticamente por cumplir la condición:

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CTM(X) min= Cmg(X)

II.

OBTENCIÓN DEL ÓPTIMO DE EXPLOTACIÓN

Vamos a obtener el Óptimo de Explotación a partir de una función de producción a Corto Plazo. Para ello, debemos considerar que los CTM, como todos los Costes medios, se obtienen del radio vector que sale del origen y toca a la curva de costes totales. Allí donde el radio vector tiene la mínima tangente, nos encontramos con el Óptimo de explotación y en ese punto la mínima tangente de los radio vectores (mínimo del CTM) coincide también con la pendiente de la curva de costes totales (Cmg).

7709

Ó PTIMO DE EXPLOTACIÓN

III.

EL ÓPTIMO DE EXPLOTACIÓN Y LOS BENEFICIOS NORMALES

En el Óptimo de Explotación, los ingresos obtenidos por la venta del bien producido coinciden con los costes totales de aquella producción, incluida la remuneración al factor empresarial, y por esto se dice que los Beneficios son Nor-

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males. La elección de X* viene dada por el cumplimiento de las Condiciones Necesaria (Px = Cmg) y Suficiente (Cmg creciente) para la maximización del beneficio. Una vez elegida X* como producción que cumple esos dos criterios básicos, se observa que permite alcanzar beneficios normales, al cubrir exactamente los costes y que para cualquier

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O RDEN BURSÁTIL producción inferior a X*, hay pérdidas y para cualquier producción por encima

BEGOÑA BLASCO TORREJÓN

OPV Véase: "Oferta pública de venta".

ORDEN AL HARÁN Véase: "Mercado de corros" y "Orden bursátil".

ORDEN BURSÁTIL Stock market order I. CONCEPTO • II. ORDEN LIMITADA • III. ORDEN POR LO MEJOR • IV. ORDEN DE MERCADO • V. ORDEN CONDICIONADA • VI. LAS CONDICIONES A LAS ÓRDENES BURSÁTILES

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del óptimo de explotación hay Beneficios Extraordinarios.

I.

CONCEPTO

Una orden de Bolsa es la instrucción que emite un inversor a un intermediario para que éste intente ejecutarla en el mercado bursátil. El objetivo es que quede perfectamente identificada mediante una definición clara y simple. Toda orden de Bolsa debe, por tanto, indicar los valores objeto de la orden, si es de compra o de venta; el número de títulos o importe que se quiere comprar o vender; la forma de ejecutar la orden y el plazo de validez. Las órdenes tienen prioridad atendiendo al precio y tiempo de introducción de las mismas. Es decir, las órdenes con mejor precio (más alto en las compras y más bajo en las ventas) tienen prioridad, y en caso de igualdad de precios tiene prioridad la que se ha introducido primero. Además las órdenes pueden ser ejecutadas en su totalidad (en uno o varios precios), en parte o incluso no ser ejecutadas. Por tanto, con todas

7711

O RDEN BURSÁTIL las peticiones de compra y de venta de acciones se forma el mercado y esto es lo que muestra el Sistema de Interconexión Bursátil Español (S.I.B.E.) o se observa en un sistema de información financiera con cotizaciones en tiempo real como en el caso de Reuters. Así, proporcionan información de las órdenes o peticiones de

compra a diferentes precios (Bid) y el número de títulos demandados a cada precio (Bid Size); así como las órdenes de venta a diferentes precios (Ask) y el número de títulos a la venta a cada precio (Ask Size), y todas ellas ordenadas de mejor a peor precio, como se observa en la siguiente tabla:

COTIZACIÓN ENAGAS Bid size

Bid

Ask

Ask size

4104

8,20

8,22

4465

2500

8,19

8,23

5433

7959

8,18

8,24

3500

2920

8,17

8,25

6498

2200

8,16

8,26

3094

Fuente: Reuters.

Es decir, en el momento concreto tomado del mercado en este sistema de información financiera quieren comprar 4.104 títulos a 8,20 euros y vender 4.465 títulos a 8,22 euros. Pero los inversores también les gustaría comprar a precios inferiores (8,19; 8,16., etc.) de tal forma que también se pueden posicionar a esos precios; o bien, quieren vender a precios superiores (8,24; 8,26, etc.) por lo que se posicionan a esos precios. De esta forma un inversor puede introducir su orden bursátil de dos formas: -

Comprar o vender títulos asumiendo los precios de venta o compra que respectivamente se encuentran al lado contrario (por orden, comenzando por el mejor precio -el superior en el caso de las compras o el inferior en el caso de las ventas- y continuando con los sucesivos precios del libro de órdenes). Por ejemplo, si quiere comprar deberá fijarse en la columnas de las ventas y asumir esos precios para la operación. De esta

7712

forma podrá ejecutarse la orden de forma inmediata (siempre que exista suficiente liquidez). Por ejemplo, si el inversor quiere comprar puede comprar en este momento a 8,22 euros y si quiere vender, puede hacerlo a 8,20 euros. -

El inversor puede posicionarse en el mercado a otros precios puesto que no está interesado en ejecutar la órden a los primeros precios (vender a 8,20 y comprar a 8,22). Por ejemplo, si quiere comprar a 8,20 euros y no a 8,22 euros, se incorporará la orden en el lado de las compras por el volumen indicado a ese precio, pero de momento no se ejecutará, hasta que bajen los precios y otros inversores quieran vender a ese precio. También puede querer comprar más barato, a 8,17 euros por lo que se posicionará a ese precio por el volumen deseado en espera de que se pueda ejecutar tal

© CISS

O RDEN BURSÁTIL orden. Para ejecutarse debería bajar la cotización hasta ese precio. Igualmente, al no estar interesado en vender a 8,20 euros, puede introducir una orden de venta a cualquier otro precio, por ejemplo a 8,25 o a 8,30 en espera de que el precio suba y se ejecute la orden bursátil. Concretamente, las modalidades de propuestas que se admiten durante la sesión bursátil en SIBE o mercado continuo son las órdenes limitadas, órdenes por lo mejor y las órdenes de mercado. Las órdenes bursátiles que se utilizaban en el mercado de corros son las "li-

mitadas", "al mercado", "por lo mejor" y "al harán" (es decir, al cambio medio de entre los realizados para el valor).

II.

ORDEN LIMITADA

Las órdenes limitadas o con límite de precio son indicaciones de compra o de venta en las que se fija el precio máximo al que se acepta negociar la operación en el caso de compra, y el mínimo en el caso de venta. EJEMPLO 1: Solicitud de compra de 700 acciones de ACCIONA con límite 46,95 euros.

COTIZACIÓN ACCIONA Bid size

Bid

Ask

Ask size

820

46.88

46.94

800

430

46.77

46.95

585

500

46.76

46.96

500

1036

46.74

46.97

483

400

46.73

47.00

4326

Fuente: Reuters.

Resultado de la operación. Se compran 700 títulos a 46,94 euros (el mejor precio de venta en este momento es de 46,94 euros y hay 800 títulos disponibles para su venta a este precio, por lo que la orden se puede ejecutar a este primer precio).

EJEMPLO 2: Solicitud de venta de 1.000 acciones de PRISA con límite 11,05 euros.

COTIZACIÓN PRISA

© CISS

Bid size

Bid

Ask

Ask size

760

11.05

11.07

2250

1236

11.04

11.08

18500

3348

11.03

11.09

3000

10122

11.02

11.11

625

7713

O RDEN BURSÁTIL COTIZACIÓN PRISA Bid size

Bid

Ask

Ask size

10000

11.01

11.12

3565

Fuente: Reuters.

Resultado de la operación. Se venden únicamente 760 títulos a 11,05 euros, puesto que no se desea vender a un precio inferior al estar limitada la venta a 11,05 euros.

III.

ORDEN POR LO MEJOR

En las órdenes por lo mejor el inversor asume el mejor precio que ofrezca el mercado en el momento de su edición,

en el lado contrario, es decir, al mejor precio de compra o de venta. Si no existen suficientes títulos al mejor precio, no se negocia a otros precios sino que se posiciona como orden limitada a dicho precio. Si no hay contrapartida el sistema no acepta tal orden. EJEMPLO 1: Solicitud de compra de 500 acciones de BANKINTER por lo mejor.

COTIZACIÓN BANKINTER Bid size

Bid

Ask

Ask size

31.84

31.84

31.88

491

31.82

31.82

31.90

314

31.80

31.80

31.91

310

31.78

31.78

31.92

700

31.77

31.77

31.93

1519

Fuente: Reuters.

Resultado de la operación. Se compran únicamente títulos al mejor precio de venta, es decir, a 31,88 euros, por tanto, solo se pueden comprar 491 títulos a 31,88 euros.

EJEMPLO 2: Solicitud de venta de 2.000 acciones de BANCO SABADELL por lo mejor.

COTIZACIÓN BANCO SABADELL

7714

Bid size

Bid

Ask

Ask size

2852

17.75

17.80

2996

56

17.71

17.82

1217

1115

17.70

17.84

3792

14

17.69

17.85

7400

© CISS

O RDEN BURSÁTIL COTIZACIÓN BANCO SABADELL Bid size

Bid

Ask

Ask size

7670

17.68

17.89

500

Fuente: Reuters.

Resultado de la operación. Se compran los 2.000 títulos al mejor precio de compra, es decir, a 17,75 euros, puesto que hay suficientes títulos demandados a ese precio.

IV.

ORDEN DE MERCADO

Las órdenes de mercado consisten en una orden sin precio limitado. La or-

den, por tanto, se negocia a los precios del lado contrario hasta su ejecución completa, "barriendo" las contrapartidas existentes, incluso a distintos precios. Si no se negocia en su totalidad queda posicionada por el resto. EJEMPLO 1: Venta de 5.000 títulos de SACYR VALLEHERMOSO al mercado.

COTIZACIÓN SACYR VALLEHERMOSO Bid size

Bid

Ask

Ask size

5572

11.73

11.78

207

2300

11.72

11.79

3200

2000

11.71

11.80

3499

6225

11.70

11.82

1000

3500

11.69

11.83

235

Fuente: Reuters.

Resultado de la operación. Se venden, al haber suficientes títulos al mejor precio de compra, los 5.000 títulos a 11,73 euros.

V.

ORDEN CONDICIONADA

Las órdenes "on stop" o condicionadas son órdenes que limitan las pérdidas (stop loss) o potencian las ganancias (stop profit), es decir, aquellas en las que se fija un precio por debajo del cual se vende o un precio por encima del cual se compra, respectivamente. Estas órdenes se basan en el análisis gráfico o técnico de los valores. Estas órdenes no son admitidas por el Sistema de Interconexión Bursátil Español, por lo que para aplicar-

© CISS

las hay que indicárselo al intermediario u operador. En la actualidad existen brokers on line que las admiten y ejecutan para todo tipo de inversores. EJEMPLO 1 Tenemos acciones de Endesa que esta cotizando a 17,5 euros con la esperanza de que vaya a subir, pero puede ocurrir lo contrario a lo que hemos pensado y que el valor caiga. Con ello analizamos un gráfico de Endesa y observamos que el nivel en torno a los 16-16,5 euros es una zona en la que no hay presión vendedora, es decir, que tiene un nivel de soporte. Por tanto, es una zona que, en principio, no superará a la baja pero si lo

7715

O RDEN BURSÁTIL hace caerá más por lo que establezco un stop loss en 15,6 euros, para cubrirme de una posible caída de los precios al romper el nivel de soporte y permitir limitar las pérdidas. EJEMPLO 2 Tenemos acciones de Europac y se encuentra en una clara tendencia alcista, desde el punto de vista gráfico, y no sabemos cuándo cambiará de dirección y si lo hace posiblemente lo haga tan rápido, como frecuentemente ocurre, que no tomemos la decisión de venta rápidamente y mermemos significativamente las ganancias. Por tanto, si hipotéticamente la acción está cotizando a 3 euros, establezco un stop loss en torno a los 2,8 euros, es decir, sólo si los precios caen por debajo de este precio se venderá. Pero si los precios siguen subiendo a 3,4, a 4 o a 4,5 euros iremos subiendo igualmente la orden stop loss, por ejemplo, a 3, a 3,5 y a 4 euros respectivamente.

VI.

LAS CONDICIONES A LAS ÓRDENES BURSÁTILES

-

Volumen mínimo. En el momento de introducirse se establece una cantidad mínima de títulos a realizar, el resto se realizará sin límite en el volumen.

-

Ejecutar o anular. La orden se ejecuta inmediatamente por el número de títulos disponibles en el momento de su introducción en el mercado y se rechaza el resto.

-

Todo o Nada. Aquellas que se ejecutan inmediatamente por la totalidad de los títulos, por el contrario no se ejecutan.

-

Con volumen oculto. Son aquellas órdenes que muestran solo una parte del volumen a negociar (mínimo de 250 títulos), no el total de la orden. A medida que la parte visible del volumen total es ejecutada aparece otra cantidad de títulos. Es de gran utilidad para órdenes de gran tamaño.

Estas órdenes o propuestas pueden introducirse o no en el SIBE, en función de la fase en la que se encuentre el mercado:

Las condiciones que se pueden establecer para la realización de las órdenes bursátiles son las siguientes:

ÓRDENES Y CONDICIONES EN EL S.I.B.E. MERCADO ABIERTO

SUBASTAS

TIPO DE ORDEN Orden de Mercado

SI

SI

Orden por lo mejor

SI

SI

Orden limitada

SI

SI

Ejecutar o Anular

SI

NO

Volumen Mínimo

SI

NO

Todo o Nada

SI

NO

Volumen Oculto

SI

SI

CONDICIONES DE EJECUCIÓN

7716

© CISS

O RDEN LIMITADA ÓRDENES Y CONDICIONES EN EL S.I.B.E. MERCADO ABIERTO

SUBASTAS

SOCIEDAD DE BOLSAS: S.I.B.E. Descripción del Modelo de Mercado, Sociedad de Bolsas, 2009, p. 18, en www.sbolsas.es.

COMBINACIONES DE ÓRDENES Y PROPUESTAS O. de O. por lo O. limiMercado mejor tada

Ejecutar Volumen Todo o Volumen o Anular Mínimo Nada Oculto

Orden de Mercado

-

NO

NO

SI

SI

SI

SI

Orden por lo mejor

NO

-

NO

SI

SI

SI

SI

Orden limitada

NO

NO

-

SI

SI

SI

SI

Ejecutar o Anular

SI

SI

SI

-

NO

NO

SI

Volumen Mínimo

SI

SI

SI

NO

-

NO

SI

Todo o Nada

SI

SI

SI

NO

NO

-

SI

Volumen Oculto

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SOCIEDAD DE BOLSAS: S.I.B.E. Descripción del Modelo de Mercado, Sociedad de Bolsas, 2009, p. 18, en www.sbolsas.es.

Por otra parte, si la orden no es ejecutada en el momento se puede determinar el período de vigencia de la misma o período de validez de la propuesta, que podrá ser para la sesión en curso, hasta una fecha determinada con un máximo de 90 días naturales, o bien, hasta su cancelación que se producirá a los 90 días naturales desde la introducción de la orden en el sistema.

ORDEN COMBINADA Combined order En los mercado de derivados, orden de compra o venta de Contratos de más de una Serie y que está condicionada al cumplimiento total de la orden. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ

JOSÉ LUIS MATEU GORDON

Véase también: "Orden Simple".

ORDEN LIMITADA Véase también: "Análisis técnico"; "Mercado continuo"; "Soporte" y "Tendencia bursátil".

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Véase: "Orden bursátil".

7717

O RDEN SIMPLE

ORDEN SIMPLE Simple order En los mercados de derivados, orden de compra o venta de Contratos de una misma Serie que no incluye ninguna otra condición que la descripción mínima de una Orden. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Orden combinada".

bre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como plusvalía municipal), el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Impuesto de circulación), el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, etc.

II.

Las Ordenanzas Fiscales deberán contener al menos: -

La determinación del hecho imponible, el sujeto pasivo, los responsables, las exenciones, las reducciones y bonificaciones, la base imponible, el tipo de gravamen, el período impositivo, el devengo, según proceda, del impuesto o de la tasa.

-

Los regímenes de declaración y de ingreso.

-

Las fechas de su aprobación y de comienzo de su aplicación.

-

Las normas relativas a la gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos locales.

ORDENACIÓN DE LA PRODUCCIÓN Véase: "Planificación de la producción".

ORDENANZAS FISCALES Municipal tax laws I. CONCEPTO • II. CONTENIDO DE LAS ORDENANZAS FISCALES • III. NORMAS DE PUBLICACIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ORDENANZAS FISCALES

I.

III.

NORMAS DE PUBLICACIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ORDENANZAS FISCALES

CONCEPTO

Son las disposiciones generales de carácter reglamentario dictadas por las Administraciones Locales, con el objetivo de regular la imposición y ordenación de los tributos municipales. En las Ordenanzas Fiscales cada municipio acuerda la imposición y supresión de los tributos propios, estableciendo, en aquellos casos en los que sea de su competencia, los tipos de gravamen, bonificaciones, etc., de los impuestos y tasas municipales, entre ellos, el Impuesto de Bienes Inmuebles, el Impuesto so-

7718

CONTENIDO DE LAS ORDENANZAS FISCALES

Los acuerdos provisionales adoptados por las Corporaciones Locales para el establecimiento, supresión y ordenación de tributos que supongan una aprobación o modificación de las Ordenanzas Fiscales, se deberán exponer en el tablón de anuncios de la Corporación Local durante treinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Así mismo, se deberán publicar, siempre, en el Boletín Oficial de la Provincia, o en el de la Comunidad Autóno-

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O RDENANZAS LABORALES ma uniprovincial, y en el caso de Diputaciones Provinciales, Entidades Supramunicipales y Ayuntamientos con población superior a 10.000 habitantes, deberán además publicarse en un diario de los de mayor difusión de la provincia, o de la Comunidad Autónoma uniprovincial. Una vez que haya finalizado el período de exposición pública, se adoptarán los acuerdos definitivos que procedan, se resolverán las reclamaciones que se hubiesen presentado, y se aprobará la redacción definitiva de la ordenanza, su derogación o las modificaciones que se hubiesen previsto. Una vez aprobado el texto definitivo de la Ordenanza Fiscal, y para que la misma pueda entrar en vigor, ésta deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia o de la Comunidad Autónoma uniprovincial, estando obligadas las Diputaciones Provinciales, los Consejos, los Cabildos Insulares y las demás entidades locales con más de 20.000 habitantes, a editar el texto íntegro de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de sus tributos dentro del primer cuatrimestre del ejercicio económico correspondiente. Además, las entidades locales están obligadas a entregar una copia de la Ordenanza Fiscal a quienes así lo solicite. ANA CRISTINA MINGORANCE ARNÁIZ

ORDENANZAS LABORALES Labour laws I. GÉNESIS HISTÓRICA • II. CONCEPTO • III. PROGRESIVO DEBILITAMIENTO DE LAS ORDENANZAS LABORALES • IV. EFICACIA TRANSITORIA DE LAS ORDENANZAS LABORALES TRAS LA APROBACIÓN DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

© CISS

I.

GÉNESIS HISTÓRICA

En el periodo histórico que va desde el año 1938 a la aprobación de la Constitución de 1978 tuvieron una importancia trascendental las Ordenanzas de Trabajo, también llamadas Reglamentaciones de Trabajo, que subsistieron provisionalmente como figura normativa residual y a extinguir tras la entrada en vigor del texto constitucional y el Estatuto de los Trabajadores. La Reglamentación de Trabajo u Ordenanza Laboral era una norma estatal, emanada de la Administración Laboral, en cuya aparición tuvo mucho que ver tanto el proceso de intervención radical del Estado en el conflicto capital trabajo como la supresión de la negociación colectiva en el marco de la aparición de los regímenes políticos totalitarios encarnados por el nacional socialismo alemán y el régimen corporativo fascista italiano. En este orden de ideas es capital para comprender la figura jurídica de las Ordenanzas Laborales hacer mención a las disposiciones estrictamente estatales recogidas en las Tarifordnungen del Derecho nacional socialista germano, que se establecieron en la Ley de Ordenación del Trabajo Nacional de 20 de enero de 1934, fijando condiciones laborales de mínimos.

II.

CONCEPTO

Desde un punto de vista exclusivamente legal, las Reglamentaciones de Trabajo, como explica Montoya Melgar, eran un conjunto de normas dictadas por el Ministerio de Trabajo sin delegación posible para fijar sistemáticamente las condiciones mínimas a que habían de ajustarse las relaciones laborales en las distintas ramas de la producción, noción ésta que se desprendía del artículo 1 de la derogada Ley de Reglamentaciones de Trabajo de 16 de octubre de 1942. Ve-

7719

Ó RDENES DE FABRICACIÓN nían a ser como un Código de Trabajo en el que el Estado fijaba las condiciones laborales mínimas en un determinado sector de la producción, sin perjuicio de que pudieran ser mejoradas por los empresarios.

III.

PROGRESIVO DEBILITAMIENTO DE LAS ORDENANZAS LABORALES

El progresivo debilitamiento de las Ordenanzas Laborales en España viene jalonado por los siguientes hitos fundamentales: a) La legalización en 1958 de una tímida negociación colectiva en el marco de la Organización Sindical, que significó un serio golpe al monopolio estatal en la fijación de las condiciones laborales. b) La promulgación de la Constitución, y la expresa derogación por ella del Fuero del Trabajo y demás Leyes Fundamentales del Reino, consagrando expresamente el derecho a la negociación colectiva, corolario del reconocimiento de sindicatos y asociaciones patronales, lo que significó la derogación implícita de la Ley de Reglamentaciones de 16 de octubre de 1942, cuyo máximo fundamento legal de cobertura se situaba en la Declaración III.4 del Fuero del Trabajo de 1938, primera norma fundamental del nuevo Estado surgido de la guerra civil. c) La Disposición final 3.1 del Estatuto de los Trabajadores, que derogó la Ley de Reglamentaciones.

IV.

EFICACIA TRANSITORIA DE LAS ORDENANZAS LABORALES TRAS LA APROBACIÓN DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

Pese a la derogación de la Ley de Reglamentaciones, las ordenanzas mantu-

7720

vieron su eficacia como derecho dispositivo, según la Disposición Transitoria 6 del Estatuto de los Trabajadores, en tanto no fueran sustituidas por Convenios Colectivos, hasta el 31 de diciembre de 1994, condicionando tal régimen legal de vigencia a la inexistencia de un Acuerdo interprofesional o singular que estableciera otra cosa. También el Ministerio de Trabajo, con base en esa Disposición Transitoria 6, pudo prorrogar la vigencia de las Ordenanzas Laborales hasta el 31 de diciembre de 1995, siempre que la Ordenanza en cuestión correspondiera a un sector con dificultades de regulación negociada. Sobrepasada la fecha de 31 de diciembre de 1995 el panorama de las Ordenanzas Laborales revistió gran complejidad: muchas de ellas habían sido sustituidas por Convenios Colectivos, acuerdos o laudos arbitrales, otras se mantuvieron prorrogadas a la espera de ser derogadas por acuerdos o laudos. Así llegamos al Acuerdo de Cobertura de Vacíos suscrito el 28 de abril de 1997 por las principales organizaciones sindicales y patronales, regulando las lagunas producidas por la desaparición de las Reglamentaciones de Trabajo. Este laborioso itinerario de sustitución de las viejas Ordenanzas de Trabajo, como lo califica Palomeque López, culmina definitivamente el 19 de mayo de 2005, tras la adopción por los sujetos correspondientes del Acuerdo Marco Estatal para el sector de limpieza de edificios y locales que procedió a la sustitución de la homónima y última ordenanza laboral hasta entonces IGNACIO MORENO GONZÁLEZ-ALLER

ÓRDENES DE FABRICACIÓN Véase: "Plan de pedidos" y "Plan maestro de producción".

© CISS

O RGANIGRAMA

ORGANIGRAMA

-

Facilitan a los trabajadores, especialmente a los recién incorporados a la organización, una información clara de cual es su ubicación y cuales son sus relaciones jerárquicas dentro de la empresa

-

Dado su carácter esquemático y claro, pueden ayudar a descubrir posibles duplicidades de funciones, solapamientos o lagunas de responsabilidad, ángulos de autoridad excesivos o insuficientes...

-

Representan las diferentes responsabilidades, orientando tanto al ápice estratégico y la tecnoestructura en su función controladora, como a los trabajadores que quieren hacer carrera profesional en el seno de la organización. En realidad, el organigrama refleja, en última instancia, una representación de la división de trabajo, elemento básico de todo proceso de diseño organizativo

Organization chart I. CONCEPTO • II. OBJETIVOS DEL ORGANIGRAMA • III. TIPOS

I.

CONCEPTO

Un organigrama puede definirse como la representación gráfica de la estructura de una organización o de una de sus áreas, debiendo reflejar, de manera esquemática, la descripción de las unidades organizativas que la integran, sus relaciones y niveles jerárquicos, así como los canales formales de comunicación entre las mismas. El organigrama muestra, por tanto, gráficamente, las diferentes unidades y puestos de la organización y cómo éstas y éstos están relacionados, señalando, en ocasiones, el nombre del trabajador que ocupa dicho puesto. Los rectángulos que representan puestos o unidades suelen aparecer conectados mediante líneas que indican la cadena de mando jerárquico y los canales formales de comunicación.

II.

OBJETIVOS DEL ORGANIGRAMA

Un organigrama permite obtener un esquema general de cual es la estructura organizativa formal de una organización. Dado su formato gráfico, permite con rapidez saber si la organización es alta (con múltiples escalones jerárquicos) o plana, si recurre a la departamentalización funcional o por producto/mercado, sus líneas de comunicación y jerárquicas... Los organigramas, por tanto: -

Conforman una fuente útil de consulta de rápido y fácil acceso

-

Reflejan las relaciones de jerarquía que existen entre las principales unidades que integran una organización

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Las utilidades del organigrama pueden ser detalladas en función de cual es el área de conocimiento que lo utiliza. Así, para el área de management, el organigrama tiene gran utilidad ya que sirve de apoyo y orientación a la mayoría de las unidades organizativas de la empresa, al reflejar de manera esquemática la estructura esencial de la organización y prever así posibles relaciones estratégicas u organizativas que hagan más eficaz y eficiente el proceso productivo. Al área de personal, por ejemplo, le sirve como índice básico sobre el que realizar los análisis de puesto, los planes de carrera, los sistemas de retribución... El uso, por tanto, del organigrama ofrece sin duda grandes ventajas, al obligar para su realización a sus autores a aclarar sus ideas sobre cómo es realmente la organización que intentan describir. No obstante, el organigrama no está exento de inconvenientes:

7721

O RGANIGRAMA -

-

-

reflejan solamente las relaciones formales de autoridad, obviando las importantísimas relaciones informales no suelen reflejar la diferente intensidad de la autoridad entre los diferentes niveles jerárquicos, pareciendo a simple vista que la autoridad de un jefe de línea sobre un operario es similar a la de un jefe de división sobre un responsable de producto, por ejemplo si se representaran los diferentes tipos de autoridad y las relaciones informales, el organigrama se transformaría en un instrumento demasiado complejo, perdiendo una de sus máximas cualidades, la simplicidad

-

con frecuencia el organigrama refleja la organización tal y como debería ser o, peor aún, tal y como era, no tal y como es en la realidad actual

-

tampoco pueden reflejarse en los organigramas, a riesgo de hacerlos demasiado complejos, los flujos de cargas de trabajo

-

al reflejar solo la estructura formal, los organigramas muestran información incompleta sobre la realidad de la organización, por lo que resulta muy recomendable, si lo que se quiere es realizar un análisis minucioso y detallado, recurrir a información proveniente de instrumentos complementarios

Es por ello que las características más preciadas en un organigrama son la precisión (los organigramas deben ser claros y basados en datos reales, reflejando unidades y puestos y sus interrelaciones), la vigencia (deben reflejar la situación presente por lo que han de ser constantemente actualizados) y la uniformidad (los símbolos utilizados deben ser homogéneos).

7722

III.

TIPOS

Los organigramas se suelen clasificar en cuatro grandes grupos según diferentes criterios. Veámoslos: 1.

2.

3.

4.

Por su naturaleza: -

Microadministrativos: una sola organización

-

Macroadministrativos: representan a más de una organización

-

Mesoadministrativos: reflejan a todo un sector o a varias organizaciones de un mismo sector

reflejan

Por su ámbito: -

Generales: reflejan información representativa de una estructura organizativa hasta un nivel jerárquico determinado de manera esquemática

-

Específicos: reflejan de forma particular la estructura de una unidad administrativa o departamento de una organización

Por su contenido: -

Integrales: reflejan todas las unidades administrativas de una organización así como sus relaciones jerárquicas y dependencias

-

Funcionales: incluyen en la representación de la organización, además de las unidades y sus interrelaciones, las funciones esenciales que tienen asignadas las unidades representadas en el organigrama

-

De puestos de trabajo: reflejan para cada unidad organizativa los puestos que la integran, así como los titulares de esos puestos

Por su presentación:

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O RGANIGRAMA -

-

Verticales: muestran las unidades ramificadas de arriba abajo a partir del ápice estratégico que se dispone en la parte superior, desgranando los diferentes nive-

les jerárquicos de forma escalonada. Son, sin duda, los de uso más frecuente y por ello suele recomendarse su uso.

Horizontales: reflejan las unidades de izquierda a derecha y colocan al responsable de la misma en el extremo izquierdo; los niveles jerárquicos se ordenan como si fueran colum-

nas, mientras que las relaciones entre las unidades se reflejan con líneas que se suelen disponer horizontalmente.

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7723

O RGANIGRAMA

-

Mixtos: la presentación combina las modalidades verticales y horizontales, con el objeto de ampliar las posibilidades gráficas; se suele recomendar su uso en el caso de organizaciones con un gran número de unidades organizativas en la base de operaciones

7724

-

De bloque: partiendo del diseño vertical, integran un número mayor de unidades simplificando su representación mediante la agrupación esquematizada.

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O RGANISMOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y ...

JOAQUÍN CAMPS TORRES Véase también: "Agrupación de unidades organizativas" y "Estructura organizativa".

ORGANISMOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y SALUD LABORAL Organizations of Prevention of Labour Risks and Labour Health I. ÁMBITO Y ALCANCE • II. ORGANISMOS DE ÁMBITO NACIONAL 1. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) 2. Observatorio Estatal de Condiciones de Trabajo 3. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST) 4. Inspección de Trabajo y Seguridad Social • III. ORGANISMOS DE ÁMBITO AUTONÓMICO Y REGIONAL • IV. ORGANISMOS DE ÁMBITO INTERNACIONAL 1. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) 2. La Agencia Europea para la Seguridad y Salud

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en el Trabajo (EU-OSHA) 3. El Observatorio Europeo de Riesgos Laborales 4. La Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y trabajo 5. El Centro Internacional de Información sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (CIS)

I.

ÁMBITO Y ALCANCE

Son numerosos los organismos, organizaciones e instituciones, relacionadas (directamente e indirectamente) con la materia preventiva, de seguridad y de salud laboral. Podemos encontrar todo un abanico de referencias útiles, tanto a nivel de organismos según la referencia geográfica más acorde, como de organismos especializados en temáticas concretas o que se ocupan de cuestiones específicas, además de los organismos que abordan la materia y/o servicios más generales. No nos vamos a referir en este apartado a los organismos e instituciones que, aún tratando la materia, se ocupan de otros aspectos generales (trabajo, industria, actividades mercantiles, jurídicas

7725

O RGANISMOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y ... y/o judiciales, etc.) sino sólo a los que, en mayor medida, son específicos de este ámbito o se ocupan de materias directamente relacionadas con la prevención y salud en el entorno de trabajo. Sin perjuicio del alcance de cada organismo según la materia o la especialización, normalmente, se pueden localizar o se clasifica en tres categorías: internacionales (incluidos los de la UE), nacionales y autonómicos.

II.

ORGANISMOS DE ÁMBITO NACIONAL

1. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) Es el órgano científico y técnico especializado de la Administración General del Estado, tal y como lo define la Ley de Prevención y, se articula como referente a nivel nacional. Actúa, asimismo, como Centro de Referencia Nacional de la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo, y de las Instituciones de la Unión Europea, garantizando la coordinación y la transmisión de la información sobre Seguridad y Salud en el trabajo, a nivel nacional. Asume el asesoramiento técnico en la elaboración de la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo así como el de desarrollo de la normalización, tanto a nivel nacional como internacional. Elabora las Guías Técnicas para la evaluación y prevención de los riesgos laborales. Aborda estudios e investigación abordando "el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo", que se orientan hacia el análisis y detección de las causas de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profe-

7726

sionales; hacia el conocimiento de nuevos riesgos laborales y/o emergentes. Administra la Red Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, red de proveedores españoles de información que utiliza Internet como medio de difusión Coordina una red de institutos públicos y otros organismos de investigación con el objeto de lograr un mejor aprovechamiento de las acciones de estudio e investigación en el conjunto del estado español, promoviendo actividades de investigación en prevención de riesgos laborales en el marco de los planes nacionales mediante la convocatoria de subvenciones a la investigación y la formación de investigadores especializados en este ámbito. Realiza actividades de formación directamente o en colaboración con otras entidades –tanto a profesionales del ámbito preventivo, como a personal de la Administración Pública-, actuando en labores informativas, de sensibilización y promoción activa y preventiva. Realiza la auditoría o evaluación del sistema de prevención de los distintos departamentos y organismos públicos de la Administración General del Estado.

2. Observatorio Estatal de Condiciones de Trabajo Recopila, analiza y difunde la información disponible en nuestro país relacionada con las condiciones de trabajo y sus consecuencias para la salud de los trabajadores. Elabora la encuesta nacional de condiciones de trabajo Efectúa un seguimiento sobre la evolución de las condiciones y salud en colectivos emergentes, así como la evolución de la siniestralidad laboral.

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O RGANISMOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y ... 3. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST) Aglutina la promoción y fomento de las políticas y propuestas, siendo el órgano colegiado asesor de las Administraciones Públicas en la formulación de dichas políticas de prevención y, constituyéndose como el órgano de participación, institucional, en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. En su seno participan los representantes de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, junto a los representantes de las organizaciones empresariales y, de las organizaciones sindicales más representativas,

4. Inspección de Trabajo y Seguridad Social Sin perjuicio de otras actuaciones, en la materia, destacan actuaciones que a la inspección le competen, como por ejemplo:

accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el caso de empresas por su comportamiento en la prevención de riesgos y salud laboral. •

III.

Orden de paralización inmediata de trabajos o tareas por inobservancia de la normativa de prevención de riesgos laborales, de concurrir riesgo grave e inminente para la seguridad y salud.

ORGANISMOS DE ÁMBITO AUTONÓMICO Y REGIONAL

Como norma habitual, los servicios autonómicos de seguridad, prevención y salud laboral, se ocupan del ejercitar la potestad administrativa y de la administración pública, a su correspondiente nivel. Habitualmente asumen funciones e adecuación a las singularidades propias de su territorio, población y características del tejido productivo, laboral, social y cultural.



La potestad de comprobación de las condiciones.

Son el nexo de unión entre las diversas organizaciones y administraciones en su ámbito.



La propuesta de imposición de sanciones, ante el órgano provincial o regional competente. (En el caso de acumulación de sanciones sobre la misma materia, será competente para imponer la sanción por la totalidad).

Suelen organizar y supervisar los registros en la materia preventiva y de salud laboral, que se establecen normativamente y que suponen las garantías ante terceros.



Asimismo, como consecuencia de la labor inspectora y de las correspondientes actas, puede cursar propuesta del recargo de prestaciones económicas en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional causados por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

Planifican las actuaciones, programan y desarrollan controles generales y seguimiento de las actuaciones preventivas que se realicen en las empresas, prestando a las empresas y a los trabajadores servicios de asistencia, información, formación, asesoramiento y asistencia técnica y actuaciones de dinamización adecuadas.



Propuesta de recargos o reducciones en las primas de aseguramiento de

Asumen, con carácter general, la investigación de situaciones, mapas de

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O RGANISMOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y ... riesgos, datos e información estadística desde las diversas perspectivas, así como el análisis e investigación de las causas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y para la búsqueda de las medidas correctoras para su reducción y/ o eliminación, que sean más apropiadas. Coordinan, con los ámbitos sanitarios en las actuaciones y campañas de salud. Prestar la colaboración inspectora, de apoyo, pericial y de asesoramiento a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a los Servicios de Seguridad, y a las Autoridades Judiciales. Gestionan la autorización, acreditación y registro relativos a la calificación, autorización y certificación de entidades formativas, servicios de prevención ajenos, y entidades auditoras, en materia de prevención de riesgos laborales, de conformidad con la normativa vigente y para que puedan actuar en su ámbito. Asumen la actuación de los registros administrativos (profesionales, de empresas contratistas, de centros, de coordinación, y los apropiados relacionados con notificaciones y accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

IV.

ORGANISMOS DE ÁMBITO INTERNACIONAL

1. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) En el mismo preámbulo de su Constitución establece la "protección del trabajador contra las enfermedades, sean o no profesionales, y contra los accidentes del trabajo" como uno de sus fines fundamentales. Se ocupa de la seguridad en el entorno de la actividad humana y en las relaciones organizativas laborales, agrupando a diversas partes interesadas, como trabajadores y sus representantes,

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empresarios, representantes de gobiernos y administraciones públicas. Ha adoptado más de 40 normas que tratan específicamente de la seguridad y la salud en el trabajo, así como más de 40 repertorios de recomendaciones prácticas y, son de carácter vinculante para los países que ratifican estos Convenios. Cerca de la mitad de los instrumentos de la OIT tratan directa o indirectamente de cuestiones relativas a la seguridad y a la salud en el trabajo" y aborda los principios fundamentales sobre seguridad y salud en el trabajo, estudios y programas, como por ejemplo el "programa de la OIT de seguridad y salud en el trabajo y el medio ambiente", así como actividad internacional en estos ámbitos, como en el "día mundial de la seguridad y salud en el trabajo"

2. La Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo (EU-OSHA) Pretende ser el principal proveedor de esa información y garantizar que sea útil para todo usuario, independientemente del tamaño de la empresa o del sector de actividad. Creada por la Unión Europea y con sede en Bilbao, España, la EU.OSHA es un punto de referencia para la seguridad y la salud en el trabajo. EU-OSHA es un actor capital en la "estrategia comunitaria de salud y seguridad 2007 – 2012, cuya finalidad es reducir los accidentes laborales en toda la UE en una cuarta parte y reducir las enfermedades profesionales en la Unión Europea (de los 27). Para lograrlo, desde la institución se proponen a los instrumentos que garanticen la puesta en práctica apropiada de legislación de Unión Europea; que se preste a las PYMEs apoyo en la puesta en práctica de la legislación vigente; que se adapte el marco legal a los cambios nece-

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O RGANISMOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y ... sarios del lugar de trabajo y se simplifique -en particular en vista de las PYMEs-; que se promueva el desarrollo y la puesta en práctica de estrategias nacionales; animando a cambios del comportamiento de trabajadores y animando a los empleadores a adoptar accesos enfocados hacia la salud; utilizando los métodos para identificar y evaluar nuevos riesgos potenciales; mejorando su seguimiento y, promoviendo la salud y la seguridad en el nivel internacional.

3. El Observatorio Europeo de Riesgos Laborales El European Risk Observatory es una de las principales fuentes de información europeas en seguridad y salud, tanto en aspectos generales, como en otros específicos de vigilancia, recopilación de datos, tratamiento, estadística y difusión en el ámbito de las condiciones laborales, del entorno, la accidentabilidad y los riesgos asociados al trabajo y a la salud. Ofrece datos generales y presenta una visión general de las cuestiones relacionadas con la seguridad y salud laboral de los trabajadores comunitarios, así como de los inmigrantes y de colectivos concretos, tanto en su visión global, como en la relación parcial de aspectos como la influencia en la seguridad y en la salud, de las condiciones, la cualificación, etcétera.

5. El Centro Internacional de Información sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (CIS) Es el centro de información y gestión de conocimientos del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente, SafeWork, y pretende ofrecer información relevante para ayudar a prevenir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. El CIS se fundó en 1959 desde los auspicios conjuntos de la OIT, la Asociación Internacional de la Seguridad Social, la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, y las autoridades de seguridad y salud en el trabajo de 11 países europeos, habiendo crecido, desde entonces, hasta cubrir más de 120 países en todo el mundo, "evaluando la literatura mundial en la materia y cuenta para ello con la asistencia de más de 135 puntos focales (Centros CIS) en el ámbito nacional y regional." C. JAVIER HERNANDO FREILE Véase también: "Organización Internacional del Trabajo (OIT)" y "Unión Europea".

LO ESENCIAL SOBRE ORGANISMOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y SALUD LABORAL

4. La Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y trabajo

Webgrafía

Se estableció para trabajar en las áreas especializadas de política de Unión Europea. Expresamente, fue instalado por el Consejo europeo (el Consejo la Regulación -la CEE- el Número 1365/75 del 26 de mayo de 1975), para contribuir a la planificación y el diseño de mejor vida y condiciones de trabajo en Europa.



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www.un.org/es/ Organización de Naciones Unidas – ONU. www.ilo.org/public/spanish Organización Internacional del Trabajo – OIT. www.ilo.org/public/spanish/protection/safework/worldday/index.htm Organización Internacional del Trabajo – OIT.

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O RGANIZACIÓN •



• • • •

• • • • •

• • • •

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www.ilo.org/global/What_we_do/InternationalLabourStandards/ Organización Internacional del Trabajo – OIT. http://osha.europa.eu/es/ Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo – (European Agency for Safety and Health at Work). www.insht.es/portal/site/Insht Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT). http://europa.eu/legislation_summaries/ Programa de Acción de la Comunidad Europea. http://osha.europa.eu/en/riskobservatory/ Observatorio Europeo de Riesgos Laborales. http://europa.eu/legislation_summaries/employment_and_social_policy Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y de trabajo (EUROFOUND). www.insht.es Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST). http://info.mtin.es/itss/web/index.html Inspección de Trabajo y Seguridad Social. www.institutolaboralmadrid.org/ Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid. www.madrid.org/cs/Satellite Instituto regional de seguridad y salud en el trabajo (IRSST) – Madrid. www.jccm.es/trabajo/sslcontenidos.htm Dirección General de Seguridad y Salud Laboral (Castilla la Mancha). http://portal.aragon.es/ Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral. www.iaprl.es Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales. www.carm.es/issl Instituto de Seguridad y Salud Laboral (Murcia). www.larioja.org/irsal/index.htm Instituto Riojano de Salud Laboral (IRSAL).

• •

• •















www.cfnavarra.es/insl Instituto Navarro de Salud Laboral. www.osalan.com Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales (OSALAN). www.issga.es Instituto Galego de Seguridade e Saude Laboral. www.gobcantabria.es/portal Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo. www.prevencioncastillayleon.com Portal de Prevención de Riesgos Laborales (Castilla y León). www.gva.es/c_economia/web/trabajo/trabajo3_c.htm Seguridad y Salud en el Trabajo (Valencia). www.caib.es/govern/webs.do?coduo=1504&lang=ca Dirección General de Salud Laboral - Govern de les Illes Balears. www.gobiernodecanarias.org/bienestarsocial/Icasel Instituto Canario de Salud Laboral. www20.gencat.cat/portal/site/treball Portal Seguridad y Salud Laboral – Dirección Trabajo – Generalitat de Catalunya. www.juntadeandalucia.es Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales. www.juntaex.es/consejerias/eic/et/ tr/dgt/ssyst.htm Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (Extremadura).

ORGANIZACIÓN Organization El término organización, en Dirección de Empresas, presenta dos significados bien distintos. Por una parte, desde el punto de vista institucional, se refiere a la empresa o sistema estructurado en subsistemas interrelacionados entre sí. Esta sería una definición amplia del término y sirve para diferenciar los distintos

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O RGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ... tipos de organizaciones que existen (lucrativas y no lucrativas, empresas, sindicatos, partidos políticos, etc.). Por otra parte, desde el punto de vista funcional, se refiere a la función de organizar o de disponer adecuadamente en el espacio y en el tiempo los recursos (tangibles e intangibles) que posee la empresa. Esta sería una definición estricta del término y se centra en el concepto de estructura organizativa. JOAQUÍN CAMPS TORRES Véase también: "Empresa" y "Estructura organizativa".

ORGANIZACIÓN ADHOCRÁTICA Véase: "Estructura organizativa adhocrática".

ORGANIZACIÓN BUROCRÁTICA

I.

DEFINICIÓN

La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO, siglas de "Food and Agriculture Organization") es una organización especializada de las Naciones Unidas, creada en 1945, en la ciudad de Quebec, que dirige sus esfuerzos a erradicar el hambre en el mundo. Al brindar sus servicios, tanto a países desarrollados como a países en desarrollo, la FAO actúa como un foro neutral donde todos los países se reúnen en pie de igualdad para negociar acuerdos y debatir políticas. La FAO también es una fuente de conocimientos y de información. La Organización ayuda a los países en desarrollo y a los países en transición a modernizar y mejorar sus actividades agrícolas, forestales y pesqueras, con el fin de asegurar una buena nutrición para todos. Desde su fundación la FAO ha prestado especial atención al desarrollo de las zonas rurales, donde vive el 70 por ciento de la población mundial pobre y que pasa hambre.

II.

EL MANDATO DE LA FAO

Véase: "Estructura organizativa burocrática".

ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN (FAO) Food and Agriculture Organization of the United Nations (FAO) I. DEFINICIÓN • II. EL MANDATO DE LA FAO • III. ESTRUCTURA Y FINANCIACIÓN • IV. REFORMA DE LA FAO

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La FAO persigue lograr la seguridad alimentaria para todos, y asegurar que las personas tengan acceso regular a alimentos de buena calidad que les permitan llevar una vida activa y saludable. El mandato de la FAO consiste en mejorar la nutrición, aumentar la productividad agrícola, elevar el nivel de vida de la población rural y contribuir al crecimiento de la economía mundial. La FAO proporciona el tipo de ayuda que permite a las personas y a los países ayudarse a sí mismos. Si una comunidad desea incrementar sus cosechas pero carece de aptitudes técnicas, la FAO introduce técnicas e instrumentos sencillos y sostenibles. Al transformar un país su ré-

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O RGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ... gimen de propiedad agraria de estatal a privada, la FAO proporciona asesoría jurídica para facilitar el proceso, o moviliza la intervención si una sequía produce una hambruna entre los grupos vulnerables. En un mundo complejo de necesidades contradictorias, proporciona un lugar neutral de encuentro y los conocimientos generales imprescindibles para llegar a un consenso.

III.

ESTRUCTURA Y FINANCIACIÓN

La Conferencia, formada por los Estados Miembros, es el órgano rector de la FAO. Se reúne cada dos años para revisar las actividades realizadas por la Organización y aprobar el Programa de Labores y el Presupuesto para el siguiente bienio. La Conferencia de la FAO elige a un Consejo formado por 49 Estados Miembros, como órgano de gobierno provisional. Los Miembros están en funciones durante periodos alternados de tres años. La Conferencia además elige al Director General de la Organización. La FAO consta de ocho departamentos: Agricultura y Protección del Consumidor; Desarrollo Económico y Social; Pesca y Acuicultura; Forestal; Recursos Humanos, Financieros y Físicos; Conocimiento y Comunicación; Ordenación de Recursos Naturales y Medio Ambiente; Cooperación Técnica. Los miembros de la FAO financian el presupuesto del Programa Ordinario de la Organización, mediante contribuciones establecidas por la Conferencia de la FAO. El presupuesto asignado al bienio 2008-2009 asciende a 929,8 millones de dólares estadounidenses. El presupuesto financia el trabajo técnico, la cooperación y las asociaciones, comprendido el Programa de Cooperación Técnica, las actividades de información y de políticas en general, la dirección y la administración.

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En 2007, se invirtieron 505 millones de dólares en 1.615 proyectos del Programa de Campo en curso, de los cuales 520 fueron operaciones de emergencia, con un valor de 250 millones de dólares, donados a través de las distintas fuentes de financiación y que representan el 49,5 por ciento de la entrega total. El gasto del Programa de Cooperación Técnica ascendió a 255 millones de dólares, de los cuales la FAO aportó el 10,7 por ciento y el resto se obtuvo de otras fuentes. El personal de la FAO consta de más de 3.600 empleados: alrededor de 1.600 profesionales y 2.000 de servicios generales, y actualmente cuenta con cinco oficinas regionales, nueve subregionales, cinco de enlace y setenta y cuatro oficinas en los países (además de las que están en las oficinas regionales y subregionales) además de la sede ubicada en Roma.

IV.

REFORMA DE LA FAO

Desde 1994 la FAO se ha sometido a un significativo proceso de reestructuración, orientado a descentralizar las actividades, racionalizar los procedimientos y reducir los gastos. Entre los aspectos más destacados de estas reformas están: -

Traslado de personal de la Sede al campo.

-

Mayor contratación de expertos de los países en desarrollo y de los países en transición.

-

Extensión de los enlaces con el sector privado y las organizaciones no gubernamentales.

-

Mayor acceso electrónico a las bases de datos estadísticos y documentos de la FAO.

En 1999 la Conferencia aprobó un Marco Estratégico para orientar las actividades de la FAO hasta el año 2015. El Marco se elaboró a partir de extendidas

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O RGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ... consultas con los Estados Miembros y otros asociados de la FAO y proporciona una estructura autorizada para los futuros programas de la Organización. La reforma es un proceso continuo en la FAO. En 2005-06, los Estados Miembros aprobaron el traslado de más personal de la sede a las oficinas descentralizadas, así como medidas para incrementar considerablemente la eficacia y de reorganización en la sede.

de 1945, y ha sufrido numerosas modificaciones a lo largo de los más de 60 años de vida de este organismo internacional. Actualmente, con la incorporación de las Islas Feroe en octubre de 2009, la Organización cuenta con 193 Estados miembros y 7 miembros asociados. La mayoría de los Estados Miembros han establecido Delegaciones Permanentes ante la UNESCO, las cuales actúan como el enlace entre la Organización y los gobiernos.

JESÚS PAÚL GUTIÉRREZ Véase también: "Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD)".

ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO) United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization (UNESCO) I. CONCEPTO • II. PROPÓSITOS Y FUNCIONES • III. ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO • IV. PRIORIDADES Y ESTRATEGIAS

I.

CONCEPTO

La Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, conocida sobre todo por sus siglas en inglés UNESCO, es una organización internacional que forma parte del entramado de instituciones internacionales nacidas tras la finalización de la Segunda Guerra Mundial. La Constitución de la UNESCO se aprobó en Londres, el 16 de noviembre

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La UNESCO forma parte del Sistema de Naciones Unidas y actúa en estrecha relación con un vasto conjunto de organizaciones regionales y nacionales. Esta organización se crea con la idea de que, gradualmente, mediante la cooperación de todas las naciones del mundo en las esferas de la educación, de la ciencia y de la cultura, se logre la paz internacional. Según la Constitución de la UNESCO "puesto que las guerras nacen en la mente de los hombres, es en la mente de los hombres donde deben erigirse los baluartes de la paz".

II.

PROPÓSITOS Y FUNCIONES

La Organización se propone contribuir a la paz y a la seguridad mediante la educación, la ciencia y la cultura, la colaboración entre las naciones, a fin de asegurar el respeto universal a la justicia, a la ley, a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, sin distinciones de raza, sexo, idioma o religión. Para lograr esta finalidad, la Constitución de la UNESCO especifica entre sus actuaciones las siguientes: -

fomentará el conocimiento y la comprensión mutua de las naciones;

-

impulsará la educación popular y la difusión de la cultura;

7733

O RGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ... -

ayudará a la conservación, al progreso y a la difusión del saber a través de la protección del patrimonio universal de libros, obras de arte y monumentos de interés histórico o científico y alentará la cooperación entre las naciones en todas las ramas de la actividad intelectual.

III.

ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO

La Conferencia General es el principal órgano de decisión de la UNESCO y está constituida por los representantes de todos los Estados Miembros. Se reúne cada dos años para establecer las grandes líneas de trabajo de la Organización. Las decisiones se toman de acuerdo al principio de un voto por país. El Consejo Ejecutivo es el órgano que ejerce la responsabilidad de ejecutar el programa aprobado por la Conferencia General. El Consejo está formado por 58 Estados miembros y se reúne bianualmente para supervisar la ejecución del programa y el presupuesto de la Organización.

IV.

PRIORIDADES Y ESTRATEGIAS

Las estrategias y actividades de la UNESCO se basan en las metas y objetivos de la comunidad internacional, tales como los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Las acciones de la UNESCO en los ámbitos de la educación, la ciencia, la cultura y la comunicación e información pretenden contribuir a la consecución de estos objetivos. La misión de la UNESCO consiste en contribuir a la consolidación de la paz, la erradicación de la pobreza, el desarrollo sostenible y el diálogo intercultural mediante la educación, las ciencias, la cultura, la comunicación y la información. En este contexto, la organización se centra en dos grandes prioridades: África y la igualdad entre hombres y mujeres. Asimismo, tiene una serie de objetivos globales: -

lograr la educación de calidad para todos y el aprendizaje a lo largo de toda la vida;

-

movilizar el conocimiento científico y las políticas relativas a la ciencia con miras al desarrollo sostenible;

-

abordar nuevos problemas éticos y sociales;

-

Actualmente la plantilla de este organismo es de, aproximadamente, 2000 funcionarios provenientes de 170 países.

promover la diversidad cultural, el diálogo intercultural y una cultura de paz;

-

construir sociedades del conocimiento integradoras recurriendo a la información y la comunicación.

Las Comisiones Nacionales de cooperación forman una importante red que es esencial para todo el sistema de Naciones Unidas. Estas comisiones constituyen el vínculo esencial con cada uno de los Estados miembros y su sociedad civil y proveen de valiosa información para la ejecución de sus programas y campañas.

Durante el mes de octubre de 2009, se desarrolló en Paris la 35ª reunión de la Conferencia General de la UNESCO. Durante la misma, se esperaba que Irina Bokova de Bulgaria fuera confirmada como nueva Directora General de la UNESCO, en sustitución de Koichiro Matsuura de Japón quien ha desempeñado ese cargo

La Secretaría se compone por el Director General, que es el jefe ejecutivo de la Organización y quien formula propuestas para que se adopten en los órganos máximos de la UNESCO.

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O RGANIZACIÓN DE PAÍSES EXPORTADORES DE PETRÓLEO ... durante los últimos años. Durante la Conferencia General se decidieron las políticas y principales líneas de trabajo de la Organización para los próximos años. ALICIA SORROZA BLANCO

ORGANIZACIÓN DE PAÍSES EXPORTADORES DE PETRÓLEO (OPEP) Organization of the Petroleum Exporting Countries (OPEC) I. CONCEPTO • II. MIEMBROS DE LA OPEP • III. OBJETIVOS DE LA OPEP • IV. IMPORTANCIA DE LA OPEP EN EL MERCADO PETROLÍFERO • V. ORGANIGRAMA DE LA OPEP • VI. OBJETIVOS DE PRECIOS Y CUOTAS DE PRODUCCIÓN

I.

CONCEPTO

La Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) es una organización económica internacional de carácter permanente, fundada en la Conferencia de Bagdag, entre el 10 y el 14 de septiembre de 1960, por Irán, Irak, Arabia Saudí, Venezuela y Kuwait, siendo sus objetivos, según sus propios estatutos, coordinar y unificar las políticas petroleras entre los países miembros, con el fin de garantizar unos precios justos y estables para los productores de petróleo, el abastecimiento eficiente, económico y regular de petróleo a los países consumidores y un rendimiento justo del capital de los inversores. La OPEP fue creada a iniciativa del gobierno venezolano, como respuesta a la bajada del precio oficial del petróleo que en agosto de 1960, de forma unilateral, acordaron las grandes compañías dis-

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tribuidoras de petróleo, todas ellas de capital extranjero. Desde 1973 la OPEC ha tratado de funcionar como un cártel del mercado mundial de petróleo, acordando un precio de venta y estableciendo cuotas de exportación. La OPEP tuvo su sede en Ginebra, entre 1960 y 1965, pero posteriormente se trasladó a Viena, dónde sigue situada en la actualidad.

II.

MIEMBROS DE LA OPEP

En el momento de su creación en 1960 fueron cinco los países fundadores de la OPEP: Arabia Saudí, Iraq, Irán, Kuwait y Venezuela. Pero posteriormente otros ocho países se integraron en la Organización: -

Qatar (diciembre de 1961)

-

Libia (diciembre de 1962)

-

Emiratos Árabes Unidos (noviembre de 1967)

-

Nigeria (julio de 1971)

-

Ecuador (entre 1973 y 1993 y posteriormente desde noviembre de 2007)

-

Angola (enero de 2007)

-

Argelia (julio de 2007)

Gabón formó parte de la OPEP entre 1975 y 1995 e Indonesia entre diciembre de 1962 y finales de 2008. Por tanto, en 2009 un total de 12 países integran la OPEP. Hay otro grupo de países productores de petróleo (Sudán, Méjico, Noruega, Rusia, Karajistán, Omán y Egipto), que aunque no forman parte de la OPEP, participan como observadores en las reunio-

7735

O RGANIZACIÓN DE PAÍSES EXPORTADORES DE PETRÓLEO ... nes ordinarias que celebran los países miembros.

III.

OBJETIVOS DE LA OPEP

El artículo 2 de los estatutos de la OPEP establece tres grandes objetivos: 1.

La coordinación y la unificación de las políticas petrolíferas de los países miembros y la determinación de las mejores vías para salvaguardar sus intereses individuales y colectivamente.

2.

Aconsejar las vías y medios para asegurar la estabilización de los precios en los mercados internacionales de petróleo, con el objetivo de eliminar las fluctuaciones perjudiciales e innecesarias.

3.

Dar la debida consideración a los intereses de las naciones productoras y a la necesidad de asegurarles una renta estable; proveer a las naciones consumidoras un suministro de petróleo eficiente, económico y regular y un rendimiento justo del capital para las inversiones de la industria petrolífera.

IV.

IMPORTANCIA DE LA OPEP EN EL MERCADO PETROLÍFERO

Aunque no todos los países productores de petróleo pertenecen a la OPEP, ésta dispone de una gran influencia en el mercado petrolífero mundial. En el momento presente, la OPEP controla en torno al 45% de la producción mundial de petróleo y el 20% de la producción de gas natural, sin embargo, su papel en el intercambio internacional de petróleo y en las reservas mundiales de petróleo es mucho mayor. Las exportaciones de petróleo de los países de la OPEP representan en torno al 60% del crudo que se intercambia en

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los mercados internacionales y las reservas petrolíferas de los países de la OPEP suponen alrededor del 75% de las reservas mundiales. El hecho de que la mayor parte de las reservas mundiales de petróleo se encuentre en manos de los países de la OPEP les confiere un papel central en el mercado petrolífero mundial, papel que irá en aumento en el futuro, sobre todo si tenemos en cuenta que la producción de petróleo de los países que no forman parte de la OPEP se irá reduciendo a partir de 2015.

V.

ORGANIGRAMA DE LA OPEP

Podemos destacar tres organismos principales: -

Junta de Gobernadores. Formada por altos funcionarios designados por cada país miembro, a los que se denomina gobernadores, y cuya función es encargarse del funcionamiento diario de la OPEP y preparar la agenda que tienen que resolver los ministros.

-

Secretariado. El secretario general de la OPEP es su representante legal y su principal portavoz. Juega un papel muy relevante en el estudio de las condiciones del mercado petrolífero y además coordina la política de relaciones públicas de la OPEP y su departamento legal.

-

Comisión de Economía. Analiza la oferta y demanda del mercado de petróleo. Vigila la situación del mercado, los precios del petróleo y prepara los proyectos de resoluciones que se discuten en la conferencia de países miembros. A diferencia de la junta de gobernadores, que tiene un papel más político, la comisión de economía, es técnica.

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O RGANIZACIÓN DEL TRABAJO VI.

OBJETIVOS DE PRECIOS Y CUOTAS DE PRODUCCIÓN

La OPEP establece unos objetivos de precios, en ocasiones de forma explícita Período

Tipo Objetivo

Precio Objetivo ($)

1960-1974

Implícito

5

1975-1979

Implícito

5-12

1979-1985

Implícito

>30

1986-1990

Explícito

18

1991-2000

Explícito

21

2000-2005

Explícito

22-28

2006-2007

Implícito

60

2008

Implícito

>180

2009

Implícito

>60

Para conseguir la evolución deseada del precio del petróleo la OPEP aumenta o reduce la producción de los países miembros, con el fin de, esa forma, incidir sobre la oferta mundial de petróleo y, en última instancia, sobre los precios de éste. Desde el año 1987 la OPEP ha establecido cuotas de producción para cada uno de los países miembros. Arabia Saudí es el país miembro con una mayor cuota de producción y Qatar el que tiene la cuota más pequeña. En un principio, la OPEP realizaba ajustes esporádicos sobre sus cuotas, pero en los últimos años ha seguido una política de múltiples cambios, tratando de ajustar milimétricamente la producción a la demanda.

JESÚS PAÚL GUTIÉRREZ

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y en otras de forma implícita, y tal y como se muestra en el Cuadro 1 estos objetivos han ido variando a lo largo del tiempo.

ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO Work organization I. CONCEPTO Y NATURALEZA • II. LA ORGANIZACIÓN DEL TIEMPO Y DEL RITMO DE TRABAJO • III. EL ESTUDIO DEL TRABAJO

I.

CONCEPTO Y NATURALEZA

La organización del trabajo es el proceso de decisión por el que se resuelve la forma en la que la organización (empresa) va a desempeñar las tareas con las que debe obtener sus productos o servicios. A comienzos del siglo XX las necesidades de las nuevas organizaciones nacidas a raíz de la Revolución Industrial suponen el desarrollo de nuevos modelos de trabajo. Aparece entonces la Organización Científica del Trabajo, nombre que se da a los principios para racionali-

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O RGANIZACIÓN DEL TRABAJO horario de mañana y otra en horario de tarde.

zar el trabajo propuestos por Taylor (1911). A lo largo de la historia los diferentes modos de producción han dado lugar a diferentes planteamientos de organización del trabajo, desde la especialización extrema (los modelos de producción en cadena), al trabajo en grupo, el enriquecimiento de puestos, los círculos de calidad, el trabajo en equipo, la reingeniería de procesos, o las organizaciones virtuales. Todo son formas características de organizar el trabajo dentro de una organización y de las diferentes partes, áreas y/o funciones que la componen.



Jornada a turnos. Cuando el proceso productivo es continuo durante las 24 horas del día, se suelen establecer 3 turnos sucesivos de 8 horas (mañana, tarde y noche). Normalmente se considera horario nocturno el comprendido entre las 22 horas y las 6 de la mañana.



Jornada flexible. Se adapta a las necesidades de producción o de prestación del servicio, de manera que puede variar incluso en el número de horas que se trabaja cada día. Otra variante es que el empleado pueda adaptar de manera personal su horario de entrada y salida, siempre que cumpla con la jornada laboral que tenga asignada.



Semana comprimida. En la que se amplía el número de horas trabajadas por día (más de 8) a cambio de un mayor número de días libres. Opciones como trabajar 4 días por semana en jornadas de 10 horas y librar 3 días, trabajar a la semana dos turnos de 24 horas y librar los demás días, hacer 3 turnos de 12 horas y librar 4 días por semana,...



Teletrabajo. Una de las opciones que más protagonismo está ganando en los últimos años es la del desempeño de la actividad profesional desde el propio domicilio. Las nuevas tecnologías, y la cualificación de las tareas (cada vez más susceptibles de ser controladas por objetivos y menos por presencia física en un puesto de trabajo) facilitan esta opción de organización del trabajo, favorecedora de nuevos valores como la conciliación de vida laboral y familiar, la reducción de costes de desplazamiento, reducción de la contaminación por dichos desplazamientos,...



Etc.

En el análisis de la Organización del Trabajo, se identifican una serie de factores que la configuran: •

De naturaleza laboral o de empleo: donde se incluirían factores como la jornada de trabajo y el ritmo de trabajo (Bohlander et al., 2003).



De análisis y diseño de las tareas y procesos que configuran el contenido del trabajo realizado por la organización. Usamos entonces el término de Estudio del Trabajo.

II.

LA ORGANIZACIÓN DEL TIEMPO Y DEL RITMO DE TRABAJO

Las empresas tienen la posibilidad de organizar el trabajo de formas distintas, sobre la base de diferentes opciones de presencia en el puesto de trabajo: •

Jornada continua. Que se desarrolla ininterrumpidamente, o bien en horario de mañana o bien en horario de tarde



Jornada partida. Que se desarrolla mediante un horario interrumpido por un descanso de al menos una hora, que supone que normalmente se tenga una parte de la jornada en

7738

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O RGANIZACIÓN DEL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE (OTAN) Respecto al ritmo de trabajo podemos encontrar modelos cuyo ritmo de trabajo viene impuesto por una tecnología y equipos que regulan el trabajo de una manera muy estricta (por ejemplo los procesos de producción en cadena), o modelos en los que el trabajador tiene una autonomía importante para establecer su propio ritmo de trabajo para alcanzar unos resultados o realizar un desempeño que tiene asignado.

III.

LO ESENCIAL SOBRE ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO Libros •



EL ESTUDIO DEL TRABAJO

El otro componente importante de la organización del trabajo es el del análisis y diseño del trabajo (tanto de procesos, como de puestos y tareas). El objetivo principal del estudio del trabajo consiste en lograr incrementos de la productividad, reduciendo los contenidos del trabajo que no añadan valor y los tiempos improductivos (Fernández Guerrero, 1998). Ello se consigue a través de la reorganización del trabajo mediante la búsqueda de nuevos métodos más eficientes.



BOHLANDER, G., SHERMAN, A. y SNELL, S. (2003): Administración de Recursos Humanos. Thomson. Madrid. 12.ª Edición. FERNÁNDEZ GUERRERO, R. Coord. (1998): Organización y Métodos de Trabajo. Dirección de la Producción y Recursos Humanos. Civitas. Madrid. TAYLOR, F.W. (1911): Principles of Scientific Management. Harper. New York.

ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE (OTAN) North Atlantic Treaty Organization (NATO)

Los estudios de métodos y tiempos, forman parte del estudio del trabajo, revisando críticamente cualquier método utilizado para mejorar su eficiencia y usando la variable tiempo como indicador de dicha eficiencia (además de los costes).

I. ORÍGENES • II. CONCEPTO • III. ESTADOS MIEMBROS Y AMPLIACIÓN • IV. ALGUNAS INSTITUCIONES 1. El Consejo del Atlántico Norte 2. El Secretario General de la OTAN 3. Comité Militar • V. DEBATE ACTUAL

Algunas de las aplicaciones del estudio de métodos son (Fernández Guerrero, 1998):

Al finalizar la Segunda Guerra Mundial, los países de la Europa Occidental y sus aliados de Norteamérica, veían con preocupación la política expansionista de la entonces Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS).



Recorrido y manipulación de los materiales.



Desplazamiento de los empleados en la zona de trabajo.



O métodos de trabajo y movimientos en el lugar de trabajo. JUSTO HERRERA GÓMEZ

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I.

ORÍGENES

Entre 1947 y 1949 se sucedieron una serie de acontecimientos políticos que generaron una gran inquietud en muchos países europeos, tales como las amenazas directas a la soberanía de Noruega, Grecia y Turquía, el bloqueo de

7739

O RGANIZACIÓN DEL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE (OTAN) Berlín, etc. Estos y otros factores impulsaron a que cinco países de la Europa Occidental firmara el denominado Tratado de Bruselas en marzo de 1948: Bélgica, Francia, Holanda, Luxemburgo y Reino Unido. Con este Tratado se pretendía desarrollar un sistema común de defensa y de reforzar los lazos mutuos de colaboración en materia de seguridad. Se mantuvieron negociaciones con Estados Unidos y Canadá y otros Estados para crear una gran Alianza del Atlántico Norte, basada en garantías de seguridad y compromisos mutuos entre Europa y Norteamérica. Las negociaciones culminaron con la firma del Tratado del Atlántico Norte, firmado en Washington en abril de 1949 creó una alianza para la defensa colectiva formado por 12 países: Bélgica, Francia, Holanda, Luxemburgo y Reino Unido, Dinamarca, Islandia, Italia, Noruega y Portugal. En 1952 Grecia y Turquía se adhirieron al Tratado, en 1955 lo hizo la República Federal de Alemania. España se incorporó en 1982 y Hungría, Polonia y la República Checa se unieron en 1999, dando por finalizado la división propia de la guerra fría entre Europa occidental y Europa del este. Este proceso de ampliación se ha seguido manteniendo y en la actualidad la OTAN está formada por 28 estados miembros. El Tratado del Atlántico Norte se creó dentro del marco del artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas, que reafirma el derecho inherente de los Estados a la defensa individual o colectiva. Se debe tener en cuenta que en el momento en el que se creó la OTAN el propósito inmediato era defender a sus miembros de la potencial amenaza proveniente de la hoy extinta Unión Soviética.

7740

II.

CONCEPTO

La Organización del Tratado del Atlántico Norte es una organización intergubernamental en la que los países miembros mantienen su plena independencia y soberanía. Esta organización proporciona la estructura que permite implementar los objetivos y fines de la Alianza. Tal como se menciona en su Preámbulo, los estados miembros están "deseosos de promover la estabilidad y el bienestar en la zona del Atlántico Norte. Resueltos a unir sus esfuerzos para la defensa colectiva y la conservación de la paz y la seguridad" La Alianza se compromete en su artículo 1 a resolver por medios pacíficos cualquier controversia internacional en la que pudieran verse implicados, de modo que la paz y seguridad internacionales, así como la justicia, no sean puestas en peligro, y a abstenerse en sus relaciones internacionales de recurrir a la amenaza o al empleo de la fuerza de cualquier forma, que resulte incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas. Asimismo, se plantea que las partes cooperen de manera continua y efectiva para acrecentar la capacidad individual y colectiva que les permita resistir a un ataque armado. Aquí se opta por aportar medios propios y no generar recursos nuevos a disposición de la OTAN, es decir no se crean unas fuerzas armadas OTAN. Los recursos disponibles son aquellos provistos por cada estado miembro. Un elemento sustancial y definitorio de la OTAN es la cláusula de defensa mutua que se incorpora en el artículo 5 del Tratado. En el mismo se acuerda que un ataque armado contra una o más de las Partes, será considerado como un ataque dirigido contra todas ellas, y en consecuencia, si tal ataque se produce, cada una de ellas, en ejercicio del derecho de legítima defensa individual o colectiva reconocido por el artículo 51

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O RGANIZACIÓN DEL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE (OTAN) de la Carta de las Naciones Unidas, ayudará a las Partes atacadas, adoptando las medidas que juzgue necesarias, incluso el empleo de la fuerza armada, para restablecer la seguridad en la zona del Atlántico Norte.

2.

Alemania

3.

Bélgica

4.

Bulgaria

5.

Canadá

III.

6.

Croacia

7.

República Checa

8.

Dinamarca

9.

Eslovaquia

ESTADOS MIEMBROS Y AMPLIACIÓN

Según el artículo 10 del Tratado, la Alianza mantiene su disposición a la adhesión de otros estados europeos susceptibles de favorecer el desarrollo de los principios del Tratado y de contribuir a la seguridad de la región del Atlántico Norte. Esto se ha llamado también como la política de "puertas abiertas" de la OTAN. Esto ha permitido que de los 12 países fundadores actualmente se cuenten con 28 estados miembros con seis rondas de ampliación. Albania y Croacia, que fueron invitadas a unirse a la Alianza Atlántica en la cumbre de Bucarest en Abril de 2008, se han convertido en miembros formales tras completar el proceso de adhesión el 1º de abril de 2009. Otros países también se encuentran participando en diversos instrumentos que permitirán en un futuro que se conviertan en estados miembros de la Alianza Atlántica como es el caso de Bosnia y Herzegovina, Montenegro y la Antigua República Yugoeslava de Macedonia (debe resolver previamente con Grecia la disputa sobre el nombre). Además, se acordó que Georgia y Ucrania podrán convertirse en miembros de la OTAN en un futuro. Se debe tener en cuenta que esta política de ampliación ha sido percibida por algunos países, fundamentalmente Rusia, como una cierta amenaza a sus intereses de seguridad. Sin embargo, esto no ha impedido que se siga trabajando por una Alianza Atlántica cada vez más amplia, que permita cumplir de una mejor manera sus objetivos de seguridad. 1.

Albania

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10. Eslovenia 11. España 12. Estados Unidos 13. Estonia 14. Francia 15. Grecia 16. Holanda 17. Hungría 18. Islandia 19. Italia 20. Letonia 21. Lituania 22. Luxemburgo 23. Noruega 24. Polonia 25. Portugal 26. Reino Unido 27. Rumania 28. Turquía

IV.

ALGUNAS INSTITUCIONES

1. El Consejo del Atlántico Norte El Consejo del Atlántico Norte está dotado de autoridad política efectiva y

7741

O RGANIZACIÓN DIVISIONAL capacidad de decisión. Está compuesto por los representantes permanentes de todos los países miembros, que poseen rango de embajador. Este Consejo se reúne al menos una vez a la semana. También se reúne a niveles más altos con los ministros de Asuntos Exteriores, Defensa o Jefes de Estado y de Gobierno. El Consejo es el único organismo de la Alianza cuya autoridad está explícitamente establecida en el Tratado del Atlántico Norte, que también le otorga poderes para la creación de organismos subordinados. Por eso se han creado a lo largo de los años numerosos comités y grupos de planificación cuestiones más específicas. Se debe mencionar que no hay ningún elemento supranacional en la organización y todos los miembros tienen el mismo derecho para expresar sus puntos de vista en el Consejo; asimismo, las decisiones se toman sobre la base del consenso y el común acuerdo. Se debe mencionar que las decisiones se toman por consenso y no por mayoría de votos.

2. El Secretario General de la OTAN El Secretario General de la OTAN es nombrado por los países miembros para presidir el Consejo del Atlántico Norte, y otros comités. Además ejerce como responsable ejecutivo de la OTAN. El Secretario General tiene la responsabilidad de promover y dirigir el proceso de consultas y toma de decisiones dentro de la Alianza. Es responsable de dirigir el Secretariado Internacional y el principal portavoz de la Alianza, tanto en las relaciones exteriores, como en las comunicaciones y contactos con gobiernos y medios de comunicación. Actualmente ejerce estas funciones, Ander Fogh Rasmussen, Primer ministro de Dinamarca.

3. Comité Militar La estructura militar de la OTAN es dirigida por el Comité Militar, que a su vez se encuentra bajo la autoridad del

7742

Consejo del Atlántico Norte. El Comité se encarga de asesorar a la Alianza en materia militar, pudiéndose reunir para ello los Jefes de Estado Mayor, siendo lo más común la reunión a nivel de Representantes Militares por delegación de de sus Jefes del Estado Mayor de la Defensa. Los representantes militares representan a sus naciones respetivas para la defensa de sus intereses, aunque están abiertos a la negociación y el debate para alcanzar un consenso.

V.

DEBATE ACTUAL

Actualmente, desde el final de la Guerra Fría, la OTAN se encuentra inmersa en un proceso de transformación y replanteamiento de su concepto estratégico para adaptarse a un nuevo entorno de seguridad internacional, marcado por el desafío fundamental del terrorismo y por la dimensión global de la seguridad. Todo esto está impulsando amplio debate sobre diversas cuestiones, tales como su relación con la Unión Europea, sus misiones, sus recursos, su capacidad para actuar más allá del Atlántico Norte, tal y como viene sucediendo durante los últimos años con la importante y fundamental misión de la OTAN en Afganistán y otras regiones del mundo. ALICIA SORROZA BLANCO

ORGANIZACIÓN DIVISIONAL Véase: "Estructura organizativa divisional".

ORGANIZACIÓN EN FORMA DE TRÉBOL Véase: "Estructura organizativa en forma de trébol".

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O RGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE COMISIONES DE ...

ORGANIZACIÓN EN RED Véase: "Estructura organizativa en red".

ORGANIZACIÓN FEDERADA

ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE COMISIONES DE VALORES (IOSCO) International Organization of Securities Commissions (IOSCO) I. CONCEPTO • II. OBJETIVOS • III. ESTRUCTURA • IV. CATEGORÍAS DE MIEMBROS • V. ACTUACIONES

Véase: "Estructura organizativa federada".

I.

ORGANIZACIÓN FORMAL Véase: "Estructura organizativa formal".

ORGANIZACIÓN FUNCIONAL Véase: "Estructura organizativa funcional".

ORGANIZACIÓN HIPERTEXTUAL

La Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) agrupa a los organismos equivalentes a la Comisión Nacional de Mercado de Valores (CNMV) de los principales mercados del mundo. Se constituyó en 1983, consecuencia de la transformación de una asociación interamericana de supervisores y reguladores de valores ("Interamerican Association of Securities Commissions").

II.

-

Desarrollar y promover modelos normativos de alta calidad con el fin de mantener mercados justos, eficaces y sólidos.

-

Permitir a los organismos reguladores miembros un mejor intercambio de información sobre sus experiencias respectivas con el fin de promover el desarrollo de los mercados nacionales.

-

Proporcionar asistencia a los organismos reguladores miembros en relación la supervisión coordinada y eficaz de las operaciones internacionales de valores.

-

Promover la integridad de los mercados mediante una aplicación riguro-

ORGANIZACIÓN INFORMAL

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OBJETIVOS Sus objetivos son:

Véase: "Estructura organizativa hipertextual".

Véase: "Estructura organizativa formal".

CONCEPTO

7743

O RGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE COMISIONES DE ... sa de las normativas internacionales y mediante su ejecución eficaz para hacer frente a los delitos.

III.

ESTRUCTURA Se estructura de la siguiente forma:

-

Un Comité de Presidentes (formado por los Presidentes de las Organizaciones miembros - excepto afiliados-).

-

Un Comité Ejecutivo que consta de 19 miembros elegidos. A su vez tiene constituidos dos Comités de trabajo especializados que son: el Comité Técnico y el Comité de Mercados Emergentes.

-

Cuatro Comités Reguladores Permanentes: África-Medio Este, Asia-Pacífico, Europeo e Interamericano

La CNMV, como representante de España, se incorporó como miembro de la organización en 1990. La CNMV participa en el Comité de Presidentes, Técnico y Regional europeo, y actualmente, también en el Comité Ejecutivo

IV.

CATEGORÍAS DE MIEMBROS

Existen tres categorías de miembros: 110 miembros ordinarios (organismos supervisores), 11 miembros asociados (otras autoridades con competencias en materia de valores) y 80 miembros afiliados (generalmente organismos autorregulados). a) Los miembros ordinarios disponen de derecho a voto en el Comité de Presidentes y pueden ser elegidos para formar parte del Comité Ejecutivo. Generalmente, esta categoría de miembros está compuesta por los organismos estatales responsables de la regulación de los mercados de valores.

7744

b) Los miembros asociados no tienen derecho de voto y no pueden ser elegidos para formar parte del Comité Ejecutivo. No obstante, los miembros asociados son miembros del Comité de Presidentes, y por lo tanto, tienen derecho a participar de forma activa en los debates que tienen lugar durante las reuniones. c) Los miembros afiliados no tienen derecho a voto en el seno de la IOSCO. No obstante, dichos miembros son ampliamente consultados con respecto a las principales iniciativas internacionales en materia de regulación desarrolladas por el Organismo Internacional de Comisiones de Valores. Los miembros afiliados, por regla general, son organismos autoreguladores (tales como las bolsas de valores) y otras instituciones internacionales cuya función hace referencia bien al desarrollo o bien a la regulación de los mercados de valores. Todas las principales bolsas de valores del mundo son miembros afiliados de la IOSCO, así como las instituciones internacionales clave, tales como el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Mundial, la OCDE y los bancos de desarrollo regional.

V.

ACTUACIONES

La IOSCO colabora con el foro del G-20, fomentando la cooperación y coordinación entre reguladores y autoridades financieras para llevar a cabo los cambios necesarios para resolver la actual crisis. Entre otras medidas, la IOSCO propone normas internacionales de información financiera, para fortalecer la cooperación transfronteriza en la supervisión, analizar las cuestiones suscitadas por las ventas a corto abusivas, y promover el

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O RGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) cumplimiento de reglas por parte de las agencias de rating. PILAR YUBERO HERMOSA



De no mejorar sus condiciones de vida y trabajo existía riesgo de revueltas sociales.



Cualquier país o sector económico que adoptase normas a favor de sus trabajadores quedaba en una situación de desventaja frente a sus trabajadores, debido al impacto de estas medidas sobre los costes de producción (este es el argumento del denominado dumping social).

ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) International Labour Organization (ILO) I. LOS ORÍGENES DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO • II. LAS CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA OIT • III. TOMA DE DECISIONES Y ESTRUCTURA INSTITUCIONAL

I.

LOS ORÍGENES DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

La OIT se creó en 1919, a través de la promulgación de la Constitución, en cuya elaboración participaron Bélgica, Checoslovaquia, Cuba, Estados Unidos, Francia, Italia, Japón, Polonia y el Reino Unido. El origen de la OIT se encuentra en la Revolución Industrial del siglo XIX, que vino acompañada de un considerable coste en términos humanos. A finales del siglo XIX los sindicatos comenzaron a desempeñar un papel importante en los países industrializados, reivindicando derechos y condiciones de vida decentes para los trabajadores. Son tres los argumentos que se esgrimieron entonces para la creación de la Organización Internacional del Trabajo: •

Un número cada vez mayor de personas trabajaba en pésimas condiciones.

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Durante sus primeros cuarenta años de existencia, la OIT se dedicó, básicamente, al desarrollo normativo y su correspondiente aplicación. El primer convenio, de 1919, contiene la regulación de la jornada laboral de 48 horas semanales. En 1944 se adoptó la Declaración de Filadelfia, que establece los fines y objetivos de la OIT. Esta Carta sirvió de anticipo a la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Sobrevivió a la depresión de los años treinta y a la Segunda Guerra Mundial. Ha evolucionado de forma rápida y creativa para hacer frente a un fuerte incremento de nuevos Miembros durante las dos décadas que siguieron a la Segunda Guerra Mundial, lo que reforzó su carácter universal. El final de la Guerra Fría y el proceso de globalización han obligado a la Organización a rediseñar una vez más su misión, así como sus programas y métodos de trabajo.

II.

LAS CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA OIT

La característica más resaltable de la OIT es su estructura tripartita. Se trata de una organización realmente singular, donde organizaciones de empleadores, trabajadores y gobiernos tienen idéntico peso a la hora de formular sus políticas y programas.

7745

O RGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) •

C. 98: Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949.



C. 105: Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957

Una de las iniciativas de mayor trascendencia que ha visto la luz en el ámbito de la OIT en los últimos años, ha sido la puesta en práctica del Programa de Trabajo Decente, que tiene cuatro objetivos estratégicos: principios y derechos fundamentales en el trabajo y normas laborales internacionales; oportunidades de empleo e ingresos; protección y seguridad social; y diálogo social y tripartismo. Estos objetivos deberían tener validez para todos los trabajadores, en la economía formal e informal, en trabajos asalariados o autónomos; en el sector primario, industria y servicios.



C. 29: Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930.



C. 138 Convenio sobre la edad mínima, 1973.



C. 182: Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999.



C. 100: Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951.



C. 111: Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958.

La finalidad es incorporar el Trabajo Decente en las políticas sociales y económicas, en colaboración con las principales instituciones y representantes del sistema multilateral.



C. 11: Convenio sobre el derecho de asociación (agricultura), 1921.



C. 135: Convenio sobre la Representación de los trabajadores, 1971.



C. 141: Convenio sobre las organizaciones de trabajadores rurales, 1975.



C. 154: Convenio sobre la Negociación colectiva, 1981.

Hoy, el número de países miembros asciende a 183, lo que constituye la práctica totalidad del mundo. Tiene su sede en Ginebra.

La OIT ofrece apoyo a través de Programas Nacionales de Trabajo Decente. Las prioridades y objetivos se definen dentro del marco de desarrollo nacional. Por último, debe señalarse que el objetivo fundamental de la OIT es el cumplimiento de los derechos humanos contenidos en los estándares laborales básicos, entendiendo por éstos aquellos que se incluyen en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Un conjunto de convenios de la OIT podrían constituir el compendio esencial de derechos a incluir dentro del concepto de trabajo decente: •

C. 87: Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948.

7746

Otros convenios de gran relevancia en el ámbito de la OIT son:

III.

TOMA DE DECISIONES Y ESTRUCTURA INSTITUCIONAL

La Conferencia Internacional del Trabajo se reúne en junio de cada año en Ginebra. Además de los Delegados Gubernamentales, asisten los ministros responsables de los asuntos laborales en sus países. Cada Estado Miembro tiene derecho a enviar cuatro delegados a la Conferencia Internacional del Trabajo: dos en representación del gobierno, otro en representación de los trabajadores y otro de los empleadores, pudiendo cada uno

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O RGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES ... de ellos hablar y votar independientemente.

elegido por un período de cinco años renovables.

La Conferencia constituye un foro internacional para la discusión de las cuestiones de orden social y laboral que afectan al mundo. Sirve también para fijar las orientaciones generales de la OIT.

Con carácter periódico se celebran reuniones regionales de los Estados Miembros para analizar cuestiones de su interés.

Cada dos años, la Conferencia adopta el programa de trabajo y el presupuesto de la Organización, que es financiada por los Estados Miembros. En el período existente entre las reuniones anuales, el trabajo de la OIT está dirigido por el Consejo de Administración, formado por 28 representantes de los gobiernos, 14 de los trabajadores y 14 de los empleadores. Este Consejo Ejecutivo de la OIT se reúne tres veces al año en Ginebra, toma decisiones sobre las actuaciones para ejecutar la política de la OIT, prepara el borrador del programa y presupuesto y elige al Director General. Diez países tienen representación permanente, por su mayor importancia industrial (Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Francia, India, Italia, Japón, Reino Unido y Federación de Rusia). Los representantes de los demás países miembros son elegidos cada tres años por los Delegados Gubernamentales en la Conferencia, teniendo en cuenta el componente geográfico. Los empleadores y los trabajadores eligen a sus propios representantes. La Oficina Internacional del Trabajo en Ginebra constituye el secretariado permanente de la OIT, su sede operativa y centro de investigación. Trabajan en la Oficina aproximadamente 2.500 funcionarios y expertos. La administración y la gestión están descentralizadas en oficinas regionales (existen más de cuarenta oficinas exteriores). El responsable último de la Oficina es el Director General,

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El Consejo de Administración y la Oficina Internacional del Trabajo son ayudados por comisiones tripartitas y por comités de expertos en materias como formación profesional, desarrollo gerencial, seguridad e higiene en el trabajo, relaciones laborales, educación obrera y problemas específicos de determinadas categorías de trabajadores (jóvenes, mujeres, discapacitados, etc.). PATRICIA ARGEREY VILAR

ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM) International Organization for Migration (IOM) I. LOS ORÍGENES DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES • II. ESTRUCTURA INSTITUCIONAL 1. El Consejo 2. El Comité Ejecutivo 3. La Administración • III. ÁMBITOS DE ACTUACIÓN 1. Migración y Desarrollo 2. Migración económica 3. Regulación de las migraciones 4. Migraciones forzadas

I.

LOS ORÍGENES DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES

En 1951 se creó el Comité Intergubernamental Provisional para los Movimientos de Migrantes desde Europa (PICMME), a consecuencia del caos derivado de los desplazamientos en Europa

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O RGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES ... provocados por la Segunda Guerra Mundial. Su objetivo entonces, consistió en ayudar a los gobiernos europeos a encontrar países de reasentamiento para aproximadamente 11 millones de personas afectadas por la guerra, organizando el transporte de prácticamente un millón de desplazados. En 1952 pasó a denominarse Comité Intergubernamental para las Migraciones Europeas (CIME) y, por fin, en 1989 se transformó en la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Desde su origen, como organismo operativo logístico, la OIM ha ido ampliando sus funciones hasta convertirse en la principal organización intergubernamental que trabaja con los gobiernos y la sociedad civil para promover la comprensión sobre las cuestiones migratorias, alentar el desarrollo socioeconómico a través de la migración y velar por el bienestar de los migrantes. La Organización pasó de ser un pequeño organismo a convertirse en una Organización que cuenta con un presupuesto operativo de casi 1.000 millones de dólares y una plantilla de más de 6.000 personas. Cuenta con 127 Estados Miembros y su sede se encuentra en Ginebra. Hay varios Estados que gozan del estatuto de observador al igual que diversas organizaciones internacionales y no gubernamentales. Se trata de una organización altamente descentralizada, con 440 oficinas exteriores en más de 100 países. La razón de ser de la OIM es la promoción de las migraciones ordenadas para beneficio de todos: -

Ofrece servicios y asistencia técnica a gobiernos y personas.

-

Realiza consultas e intercambio de información y experiencias entre go-

7748

biernos para facilitar así la cooperación internacional. -

Ayuda a encontrar soluciones prácticas a los problemas migratorios.

-

Ofrece asistencia humanitaria a los migrantes que lo necesitan, ya se trate de refugiados, desplazados o poblaciones desarraigadas.

-

Realiza investigación y análisis, sobre cuya base se diseñan las políticas.

-

Suministra información sobre tendencias, realizando publicaciones útiles para lograr una mejor comprensión del fenómeno migratorio

II.

ESTRUCTURA INSTITUCIONAL

En octubre de 1953 se adoptó la Constitución, que entró en vigor el 30 de noviembre de 1954. Años más tarde, se realizaron enmiendas a la Constitución que entraron en vigor en noviembre de 1989. Los principales órganos de la OIM son el Consejo, el Comité Ejecutivo y la Administración.

1. El Consejo Es el principal órgano rector y determina las políticas de la OIM. Cada Estado Miembro cuenta con un representante y un voto en el Consejo.

2. El Comité Ejecutivo Examina y revisa las políticas, las operaciones y la gestión de la Organización. Lo integran 33 Estados Miembros elegidos por períodos de dos años.

3. La Administración Se encarga de la gestión de la Organización, de conformidad con la Constitución y con las políticas y decisiones que adopten el Consejo y el Comité Ejecuti-

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O RGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES ... vo. La Administración está integrada por el Director General, un Director General Adjunto y el personal que el Consejo considere oportuno.

III.

ÁMBITOS DE ACTUACIÓN

Entre las actividades fundamentales de la OIM debe señalarse la promoción del derecho internacional sobre migraciones, el debate político, la protección de los derechos de los migrantes, la migración y salud y la dimensión de género en la migración. La OIM trabaja en estrecha colaboración con sus asociados gubernamentales, intergubernamentales y no gubernamentales.

1. Migración y Desarrollo La finalidad es aprovechar el potencial de desarrollo de la migración tanto para las personas como para las sociedades. Para ello, la OIM promueve el diálogo internacional sobre políticas, la investigación y el desarrollo de programas de capacitación para la gestión por parte de los gobiernos. Algunas actividades concretas son la mejora de la gestión de las remesas, el fomento del retorno o la reintegración de nacionales.

2. Migración económica La movilidad es una característica esencial de la globalización. El mundo actual es mucho más pequeño que antaño gracias, entre otras razones, a los progresos en las tecnologías de comunicación. La estructura económica, social y demográfica del mundo ha dado lugar a una demanda global de trabajadores. La migración por motivos económicos es fundamental para ser competitivos y, por tanto, la migración con fines laborales

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puede ser beneficiosa para todas las partes. La OIM ofrece asesoramiento político y técnico a gobiernos en cuanto a la reglamentación de la migración laboral, selección y reclutamiento, enseñanza de idiomas y orientación cultural, prestación de servicios consulares, capacitación, acogida, integración y retorno. La OIM ha realizado más de 1,5 millones de evaluaciones médicas y ofrece asistencia logística y de viaje a los migrantes.

3. Regulación de las migraciones El objetivo de la OIM en este terreno es adoptar medidas que prevengan el acceso de quienes no están autorizados a entrar en un determinado país y facilitar el acceso a quienes sí lo están. Presta asistencia a los gobiernos en el desarrollo e implementación de políticas, normas y mecanismos administrativos. También realiza capacitación de funcionarios responsables de la gestión de fronteras, visados, normativa sobre acceso y permanencia, información biométrica, etc. La OIM desarrolla programas para luchar contra la trata y el tráfico de personas, para prevenir y dar asistencia a las víctimas. La OIM también realiza programas para facilitar el retorno voluntario y la reintegración de personas desamparadas y desplazadas y de otros migrantes, teniendo debidamente en cuenta las necesidades locales.

4. Migraciones forzadas La OIM presta asistencia a las poblaciones de refugiados en situación de emergencia, facilitando el reasentamiento de refugiados. Normalmente se pide a la OIM que aporte soluciones para las personas des-

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O RGANIZACIÓN MATRICIAL plazadas internamente (por motivos de conflicto o catástrofes naturales), para los excombatientes o para víctimas de conflictos étnicos.

Dentro de las principales funciones de la OMPI se advierten: -

La de ser un organismo armonizador de las diferentes legislaciones internacionales en materia de propiedad intelectual.

ORGANIZACIÓN MATRICIAL

-

Ser un organismo de asesoría técnica en materia de protección de la propiedad intelectual para los países miembros.

Véase: "Estructura organizativa matricial".

-

Ser un organismo facilitador en conflictos relacionados con violaciones a los derechos de propiedad intelectual.

PATRICIA ARGEREY VILAR

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI) World Intellectual Property Organization (WIPO) I. DEFINICIÓN • II. HISTORIA • III. TRATADOS

I.

DEFINICIÓN

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, o la OMPI, como se le conoce por sus iniciales, es el organismo ejecutivo de la Naciones Unidas (ONU), que tiene bajo su responsabilidad, el desarrollo del sistema internacional de protección a los derechos de la propiedad intelectual, mediante la coordinación de esfuerzos de distintos países del mundo. El sistema de protección de la propiedad intelectual soportado por la OMPI, busca estimular y recompensar la innovación como mecanismos de desarrollo económico, a través de figuras y acuerdos de cooperación internacional, que permiten reconocer y proteger los derechos de explotación económica de los titulares de alguna de la formas de propiedad intelectual.

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II.

HISTORIA

Los orígenes de la OMPI se remontan al año de 1884, año en el que entra en funcionamiento una oficina internacional encargada de realizar las labores administrativas, derivadas de la firma en el año de 1883, del convenio de París para la protección de la propiedad industrial. El convenio de París fue el primer convenio internacional firmado para otorgar protección a las creaciones intelectuales del hombre, mediante los mecanismos de las patentes de invención, las marcas y los diseños industriales. Este convenio se firmó por 14 estados y la administración del mismo, requirió de la conformación de un ente administrativo. Años más tarde, en el año de 1886, se firma el convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas, la firma de este convenio trae consigo al igual que la firma del convenio de París, la creación de una oficina encargada de la administración del nuevo convenio. El año de 1893 estas dos oficinas; la del convenio de Paris y la del convenio de Berna, se unen bajo una sola que llevó el nombre de Oficinas Internacionales Reunidas para la Protección de la

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O RGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL ... -

Convenio Fonogramas: para la protección de los productores de fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus fonogramas, del 29 de octubre de 1971.

-

Convención de Roma: sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión, del 26 de octubre de 1961.

-

Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas: sobre el Derecho de Marcas.

-

Convenio de la OMPI: Establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, del 14 de Julio de 1967.

Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT): sobre el Derecho de Marcas, del 27 de octubre de 1994. Tratado de Washington: sobre la Propiedad Intelectual respecto de los Circuitos Integrados (IPIC), del 26 mayo de 1989.

-

Convenio de Berna: para la protección de las Obras Literarias y Artísticas, del 9 de septiembre de 1886.

WCT: Tratado de la OMP sobre Derecho de Autor, del 20 de diciembre de 1996.

-

WPPT: Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas, del 20 de diciembre de 1996.

-

Arreglo de Madrid: relativo a la represión de las indicaciones de procedencias falsas o engañosas en los productos, del 14 de abril de 1891.

Tratado de Budapest: Sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los fines del Procedimiento en Materia de Patentes, del 28 de Abril de 1977.

-

Tratado de Nairobi: sobre la protección del Símbolo Olímpico, del 26 de septiembre de 1981.

Arreglo de La Haya: Relativo al registro internacional de dibujos y modelos industriales, 2 de Junio de 1934.

-

Arreglo de Lisboa: Relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional, del 31 de Octubre de 1958.

-

Arreglo de Madrid (Marcas): relativo al Registro Internacional de Marcas, del 14 de Abril de 1891.

-

Protocolo de Madrid: Concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Regis-

Propiedad Intelectual, que se dio a conocer como la BIRPI. Sin embargo, es solo hasta el año de 1967 que entra en funcionamiento la actual Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y en el año de 1974 cuando pasa a ser parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) como el organismo especializado en lo referente a la protección de la propiedad intelectual.

III.

TRATADOS

En la actualidad la OMPI tiene bajo su responsabilidad la administración de 24 tratados internacionales para la protección de la propiedad intelectual, estos son: -

-

-

-

-

-

-

Convenio de Bruselas: sobre la distribución de señales portadoras de programas transmitidas por satélite, del 21 de mayo de 1974.

Convenio de París: para la Protección de la Propiedad Industrial, del 20 de marzo de 1883. Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT): sobre el Derecho de Patentes, adoptado por la conferencia Diplomática el 1 de junio de 2000.

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7751

O RGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) tro Internacional de Marcas, del 27 de Junio 1989. -

PCT: Tratado de cooperación en materia de patentes, del 19 de Junio de 1970.

-

Arreglo de Locarno: Establece una Clasificación Internacional para los Dibujos y Modelos Industriales, del 8 de Octubre de 1968.

-

Arreglo de Niza: relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas, del 15 de Junio de 1957.

-

Arreglo de Estrasburgo: Relativo a la Clasificación Internacional de Patentes, del 24 de Marzo de 1971.

-

Acuerdo de Viena: Establece una Clasificación Internacional de los elementos figurativos de las marcas, del 12 de Junio de 1973. ALEJANDRO OLAYA DÁVILA

Véase también: "Propiedad intelectual".

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) World Trade Organization (WTO) I. LOS ORÍGENES DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO • II. LAS CARACTERÍSTICAS Y PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL GATT 1. Principio de no discriminación 2. Principio de reciprocidad 3. Principio de mercado abierto 4. Principio de mercado limpio o comercio leal 5. Principio de consolidación arancelaria y reducción progresiva de aranceles • III. EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN Y ADOPCIÓN DE DECISIONES • IV. LA CREACIÓN DE LA OMC

7752

I.

LOS ORÍGENES DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO

El origen de la Organización Mundial del Comercio (OMC) se encuentra en el Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles (General Agreement on Trade and Taxes, GATT), de 1947, que tenía el objetivo de establecer normas de carácter multilateral y no discriminatorio que permitiesen a las partes contratantes obtener ganancias de los intercambios de mercancías a escala internacional. La misión fundamental del GATT era la disminución sustancial de aranceles aduaneros, además de otras barreras comerciales, así como la eliminación del trato discriminatorio en el comercio internacional. La idea de crear un organismo internacional que se encargase de supervisar las cuestiones relacionadas con el comercio surgió después de la Segunda Guerra Mundial. La reconstrucción europea impulsó la necesidad de crear un Nuevo Orden Económico Internacional, que vino marcado por la creación del Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial en la Conferencia de Bretton Woods, cada uno con sus objetivos y funciones bien delimitadas. Pero el esquema organizativo de la economía internacional quedaba incompleto: faltaba un organismo que velase por el desarrollo equitativo del comercio internacional. El Consejo Económico y Social de la Organización de las Naciones Unidas convocó, en 1946, una Conferencia Internacional sobre Comercio y Empleo, con la finalidad de promover el desarrollo de la producción y el comercio internacional, y poniendo un énfasis especial en las cuestiones arancelarias. En 1947 se celebró la Conferencia de la Habana, cuyo resultado fundamental, recogido en Carta

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O RGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) de la Habana, fue la propuesta de creación de una Organización Internacional de Comercio (OIC), de la que formaría parte el Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles. Sin embargo, el proyecto de creación de este organismo fracasó. Finalmente, en octubre de 1947, 23 países firmaron el Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles: un acuerdo comercial de carácter provisional para establecer un sistema multilateral de comercio basado en la reducción del proteccionismo comercial. El 1 de enero de 1948 entró en vigor el GATT, entendido como un paso previo a la creación de esa Organización Internacional de Comercio.

II.

LAS CARACTERÍSTICAS Y PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL GATT

a) La cláusula de nación más favorecida: si un país concede a otro una ventaja comercial, deberá extender tal ventaja al resto de países formantes del GATT. b) El principio de trato nacional: las importaciones deberán tener igual trato que los productos nacionales, y por tanto no se pueden aplicar impuestos y otras cargas, leyes o reglamentos que afecten a la compra y venta de estos productos extranjeros, al trasporte o a su comercialización.

2. Principio de reciprocidad Cuando un país se beneficia de una reducción arancelaria por parte de otro país miembro del GATT, este otro debe corresponderle efectuando reducciones arancelarias sustancialmente equivalentes.

3. Principio de mercado abierto El GATT es un acuerdo de aplicación provisional. Aunque, en realidad, desde un punto de vista institucional, se trata de un sistema más que de un simple acuerdo. Desde un punto de vista conceptual, el GATT se encuentra, realmente, entre un Acuerdo y una organización económica internacional. Como sistema, incluye el Tratado y otros acuerdos y convenios; una organización internacional con estructura administrativa y un órgano ejecutivo; así como un foro de negociación. Así pues, aunque no es un organismo económico internacional se acerca mucho a esta figura, sobre todo por la existencia de un órgano administrativo de carácter permanente. Los principios del GATT, y algunas excepciones, se recogen a continuación.

1. Principio de no discriminación El principio de no discriminación es el principio fundamental del Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles. Tiene dos vertientes:

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Se conoce también como arancelización de la protección, consiste en que el único instrumento de protección que se permite es el arancel, puesto que es el más transparente y flexible.

4. Principio de mercado limpio o comercio leal En el GATT se acuerda la prohibición de algunas prácticas desleales en el comercio internacional tales como las subvenciones a la exportación o las prácticas de dumping. Es decir, el comercio debe realizarse sin distorsiones ni restricciones, tanto de carácter arancelario como no arancelario.

5. Principio de consolidación arancelaria y reducción progresiva de aranceles La reducción de aranceles en el seno del GATT se instrumenta mediante concesiones, esto es: el compromiso de una parte contratante de no imponer un arancel por encima de una cuantía deter-

7753

O RGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) minada, de modo que el arancel quede consolidado en la lista de concesiones del país. Las listas de concesiones se van añadiendo al acuerdo GATT original, es decir, pasan a ser de obligado cumplimiento. Entre las excepciones más destacadas a estos principios, cabe mencionar las siguientes: la creación de Uniones Aduaneras, Áreas de Libre Comercio u otros procesos de integración comercial; la cláusula de habilitación, que permite una excepción permanente al principio de no discriminación y se instrumenta fundamentalmente a través del "Sistema de Preferencias Generalizadas"; los derechos antidumping y compensatorios; y la cláusula de salvaguardia aplicable en casos de graves perjuicios para el sistema productivo nacional.

III.

EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN Y ADOPCIÓN DE DECISIONES

En lo que respecta al sistema de votación, cada país tiene un voto. Nada tiene que ver esta fórmula con la del voto en función de las cuotas que se utiliza, por ejemplo, en el Fondo Monetario Internacional. Para la adopción de decisiones importantes, se necesita mayoría cualificada de dos tercios y para alterar los principios del acuerdo, unanimidad. Anualmente se celebra una Conferencia Ministerial y, con carácter periódico, se abren procesos de negociación más ambiciosos: las rndas de negociación. A continuación se enumeran las rondas celebradas hasta el momento: Ronda Ginebra (1947), Ronda Annecy (1949), Ronda Torquay (1950-1951), Ronda Ginebra (1955-1956), Ronda Dillon (1960-1962), Ronda Kennedy (1964-1967), Ronda Tokio (1973-1979) y Ronda Uruguay (1986-1994).

7754

Hasta la Ronda Dillon (incluida) se adoptó el sistema de negociación producto a producto y país por país. A partir de la Ronda Kennedy se adoptó un método de reducción lineal (reducir los aranceles de un paquete de productos — varias posiciones arancelarias— en un mismo porcentaje o utilizando una misma fórmula) propuesto por Francia. Este sistema ha permitido una mayor flexibilidad a la hora de tomar decisiones, lo que es capital para la eficacia de una organización con un número cada vez mayor de miembros.

IV.

LA CREACIÓN DE LA OMC

La Ronda Uruguay fue la más larga celebrada hasta el momento. Participaron 125 países y supuso un considerable aumento en el número de temas a negociar. El resultado más importante de esta ronda de negociación fue la creación de la OMC: el organismo económico internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre distintos países. Pasan a formar parte del acervo de la OMC un largo compendio de acuerdos, entre los que figuran el GATT de 1947, todos los acuerdos comerciales firmados posteriormente, el Acuerdo General sobre Comercio de Servicios (GATS, General Agreement on Trade in Services) y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (TRIPS, Trade related Intellectual Property Rights). También forman parte de la normativa de la OMC los denominados acuerdos comerciales plurilaterales. Al crear la OMC se aprueba la puesta en marcha de un Órgano de Solución de Diferencias y un Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales. Los objetivos de la OMC son ayudar a que el comercio se desarrolle con la mayor libertad posible entre los países, pero sin efectos negativos; dar mayor transpa-

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O RGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL (ONG) rencia y previsibilidad a las acciones adoptadas; servir de foro para la celebración de negociaciones comerciales; y evitar conflictos comerciales y solucionarlos cuando se produzcan (mediante el Mecanismo de Solución de Diferencias). Si bien el GATT actuaba sobre la política comercial (fundamentalmente sobre el comercio de mercancías), la OMC puede regular cualquier aspecto de las políticas económicas en la medida en que éstas pueden distorsionar el comercio internacional. Así que la OMC puede establecer regulación sobre: medio ambiente, política de la competencia, comercio electrónico, contratación pública, inversiones, etc. En el año 2001 dio comienzo la primera ronda de negociaciones posterior a la creación de la OMC: la Ronda de Doha para el desarrollo. Si bien las negociaciones debieron haberse finalizado en el año 2005, diversos obstáculos (agricultura, entre ellos) impiden lograr un acuerdo final entre los países miembros. Se espera que en el año 2010 puedan verse completadas las negociaciones. PATRICIA ARGEREY VILAR

LO ESENCIAL SOBRE ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) Libros •



GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, SARA: Organización económica internacional. Relaciones y organismos fundamentales. Ed. Pirámide, Madrid, 2002. NIETO SOLÍS, JOSÉ ANTONIO: Organización Económica Internacional y globalización, Ed. Siglo XXI, Madrid, 2005.

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Artículos de opinión •

OYARZUN DE LAIGLESIA, JAVIER: "GATT, neoproteccionismo y Ronda Uruguay", Cuaderno de Relaciones Laborales, num. 2, 1993, págs. 155-190.

Webgrafía •

www.wto.org (Web de la Organización Mundial del Comercio)

ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL (ONG) Non-Governmental Organization (NGO) I. LA AYUDA OFICIAL AL DESARROLLO • II. LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES • III. CUESTIONES DE ACTUALIDAD EN EL ÁMBITO DE LAS ONG

I.

LA AYUDA OFICIAL AL DESARROLLO

Según el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE, se considera como Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) los flujos que se destinan, bilateralmente, a los países en vías de desarrollo y los que se canalizan a través de las instituciones multilaterales de ayuda, que satisfacen las siguientes condiciones: tienen como principal objetivo la promoción del desarrollo económico y el bienestar social de los países menos desarrollados; y son de carácter concesional, conteniendo un elemento de donación de al menos el 25%. Los agentes principales de la cooperación al desarrollo son los gobiernos; organismos multilaterales financieros (Banco Mundial, Fondo Monetario Inter-

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O RGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL (ONG) nacional, Bancos Regionales, Oficina de Cooperación de la Comisión Europea EuropeAid-) y no financieros (agencias especializadas de las Naciones Unidas como la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, el Programa Mundial de Alimentos, la Organización Mundial de la Salud, UNICEF; el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE; el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola); organizaciones no gubernamentales y otras instituciones (eclesiásticas, sindicatos, empresas, etc.). Una parte importante de la ayuda al desarrollo se canaliza a través de las organizaciones no gubernamentales, que son las instituciones que normalmente ejecutan los propios proyectos de cooperación. Pero las ONG no sólo se ocupan de la cooperación con terceros países, como veremos a continuación.

II.

LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES

Las ONG son conocidas también como Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo. Para referirse a las mismas se utiliza habitualmente el acrónimo ONGD. Una ONGD es una institución sin ánimo de lucro cuyo objetivo es impulsar acciones que tengan como objetivo el desarrollo de colectivos excluidos o en riesgo de exclusión, así como países o comunidades considerados subdesarrollados, además de velar por el bienestar y desarrollo social, la capacitación y el desarrollo sostenible. Son instituciones de carácter privado, creadas al margen de gobiernos y de organismos internacionales. Jurídicamente adoptan diferentes formas: asociación, fundación, cooperati-

7756

va, etc. Al sector que integra las ONG se le denomina de diferentes formas: organizaciones de la sociedad civil, sector voluntario, sector no lucrativo, sector solidario, economía social o tercer sector. La financiación de actividades, dentro de este sector, proviene de fuentes diversas como particulares, fundaciones u otras organizaciones del sector no lucrativo, estados, organismos internacionales, empresas u otras ONG. Las ONGD promueven el desarrollo, entendiéndolo como un proceso de cambio social, económico, político, cultural y tecnológico que, surgido de la voluntad colectiva, requiere la participación de la sociedad civil y el uso del poder que emana de los propios ciudadanos. El desarrollo, así entendido, crea condiciones que abren más y mejores oportunidades a las personas y asegura a las generaciones futuras el acceso y buen uso de los recursos y el medio ambiente. Las ONGD, y fundamentalmente el gran grupo que se dedican a la cooperación al desarrollo, luchan por erradicar la pobreza, teniendo en cuenta, particularmente, aspectos transversales como son: género, fortalecimiento de capacidades, valores culturales, infancia, protección de los derechos humanos y pertenencia a un grupo étnico. Para ello, se comprometen con la transparencia y la buena gestión y deben actuar en todo momento conforme a la ley. Su gestión debe ser responsable y leal, persiguiendo siempre los objetivos de la institución. En España, existe una coordinadora de ONGD, que es quien se ocupa de impulsar el trabajo conjunto de las organizaciones y entidades miembros, así como de la prestación de asistencia y apoyo a sus organizaciones y la representación de sus intereses y valores compartidos ante la sociedad, las Administraciones públi-

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O RGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ... cas y otras instituciones externas a la coordinadora. Una posible clasificación de estas organizaciones consiste en agruparlas según el sector de especialización, que puede ser educación, salud, medio ambiente, desarrollo rural, fortalecimiento institucional, microfinanzas, etc. Por último, existen en España algunas grandes ONG, que mencionaremos a modo de ejemplo: Manos Unidas, Fundación Vicente Ferrer, Caritas, Codespa. En el contexto internacional destacaremos Médicos sin fronteras (Suiza) y Oxfam Internacional (Reino Unido).

III.

CUESTIONES DE ACTUALIDAD EN EL ÁMBITO DE LAS ONG

En virtud de la transparencia, las ONGD deben facilitar información periódica sobre sus líneas de actuación, programas, objetivos, forma de obtención de recursos, cantidad de los mismos y composición de sus órganos de gobierno. Han de publicar anualmente una memoria con información sobre sus actividades, programas, recursos, y órganos de gobierno. La información se facilita a las entidades donantes, socios, patronos y contrapartes locales, entre otros actores implicados en la cooperación. En los últimos años, se ha ido abandonando por parte de las ONG la cooperación de carácter más asistencialista, por el enfoque de fortalecimiento institucional. En este contexto, algunos consideran que la ayuda (un instrumento de la política de relaciones exteriores) debe ser condicionada, siempre y cuando exista consenso en el ámbito internacional. La condicionalidad se ajustaría en función del establecimiento de una verdadera democracia, independencia del poder judicial, administración publica meritocrática, etc. PATRICIA ARGEREY VILAR

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Véase también: "Ayuda oficial al desarrollo"; "Comité de ayuda al desarrollo (CAD)" y "Fortalecimiento institucional".

ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE) Organization for Economic Co-operation and Development (OECD) I. LOS ORÍGENES DE LA OCDE • II. DESCRIPCIÓN DE LA OCDE • III. PAÍSES MIEMBROS Y ACCESO A LA OCDE • IV. ESTRUCTURA Y PROCESOS DE TOMA DE DECISIONES 1. Comités 2. Consejo 3. Secretaría de la OCDE

I.

LOS ORÍGENES DE LA OCDE

La OCDE nació con el objetivo de dar continuidad a la cooperación económica internacional que, en el marco de la OECE (Organización Europea de Cooperación Económica), se había establecido durante la Segunda Guerra Mundial entre los países europeos. La OECE fue el organismo creado para gestionar la ayuda del Plan Marshall, que permitió a los países firmantes recuperar el nivel de crecimiento económico anterior a la Segunda Guerra Mundial. De algún modo, la creación de la OECE sirvió para sustituir la competencia y los viejos conflictos por cooperación y búsqueda del beneficio común. A partir de mediados de la década de los 50 finalizó la ejecución de la ayuda financiera del plan de apoyo americano y, en consecuencia, la OECE perdió buena parte de sus competencias. Ello, unido a la firma de los Tratados de Roma y de París, hizo que los países participantes en la OECE se dividiesen en dos grupos: los

7757

O RGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ... países integrantes de la Comunidad Económica Europea, por un lado, y un conjunto de países industrializados que cooperaban a escala internacional e intergubernamental, por otro. En 1961 se creó la OCDE, como heredera de la estructura de la OECE. Los países que inicialmente firmaron la convención por la que se crea la OCDE fueron 20: Austria, Bélgica, Canadá, Dinamarca, Francia, Alemania, Grecia, Islandia, Irlanda, Italia, Suiza, Luxemburgo, Holanda, Noruega, Portugal, España, Suecia, Turquía, Gran Bretaña y Estados Unidos.

II.

DESCRIPCIÓN DE LA OCDE

La OCDE es una organización internacional de carácter intergubernamental, con sede en París, que reúne a los países más industrializados de economía de mercado. Tiene como objetivos el intercambio de información y la coordinación de las políticas económicas entre sus miembros para maximizar su crecimiento económico e impulsar el desarrollo de los países no miembros, en particular los Países en Vías de Desarrollo y Países Menos Adelantados. Para el cumplimiento de todos sus objetivos la OCDE promueve políticas económicas con las características siguientes: mantenimiento de la estabilidad financiera, tanto en el ámbito interno como externo; fomento de la liberalización de los pagos en el ámbito internacional y extensión de la liberalización de los movimientos de capital; contribución a la liberalización del comercio internacional; y fomento de la investigación y la formación del capital humano. Además, la OCDE ejerce un importante papel de canalización de las presiones de los países más ricos del mundo en el ámbito de los organismos internacio-

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nales y multilaterales, donde se toman las decisiones de obligado cumplimiento. En la práctica, esta Organización constituye un extraordinario centro de investigación cuyos informes, diagnósticos y estrategias son extraordinariamente bien valorados por los diferentes agentes económicos, sociales y políticos a escala mundial. Realiza múltiples tipos de publicaciones que sirven, además a la Comunidad Académica. Toda la producción científica de la OCDE es accesible vía Internet, a través de su página Web. Por último, la OCDE realiza una función de análisis, seguimiento y predicción, tanto en países miembros como no miembros. Sus series estadísticas son de calidad y permiten establecer indicadores fiables y comparables. Estas herramientas ayudan considerablemente a los agentes económicos, y particularmente a los inversores, a tomar sus decisiones. Los temas de los que se ocupa la OCDE constituyen un amplio abanico: economía, desarrollo, gobernabilidad, medio ambiente, asuntos sociales, finanzas, innovación, etc.

III.

PAÍSES MIEMBROS Y ACCESO A LA OCDE

Los países miembros de la Organización representan a las tres grandes regiones mundiales: -

Europa: Unión Europea; Asociación Europea de Libre Comercio (Noruega, Islandia y Suiza), Turquía (1961), República Checa (1995), Polonia (1996), Hungría (1996) y República Eslovaca (2000).

-

América del Norte: NAFTA (Estados Unidos, Canadá y México).

-

Pacífico: Japón (1964); Australia (1971); Nueva Zelanda (1973); y República de Corea (1996).

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O RGANIZACIÓN PARTICIPATIVA DEL TRABAJO En mayo de 2007, los países de la OCDE acordaron invitar a Chile, Estonia, Israel, Rusia y Eslovenia a participar en las negociaciones relativas a su adhesión a la Organización. Asimismo, se mostró un cierto compromiso respecto de una posible adhesión de Brasil, China, India, Indonesia y Sudáfrica.

IV.

La Secretaría es encabezada por el Secretario General, asistido por cuatro Secretarios Generales adjuntos. PATRICIA ARGEREY VILAR

LO ESENCIAL SOBRE ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE)

ESTRUCTURA Y PROCESOS DE TOMA DE DECISIONES

1. Comités Los representantes de los países miembros se reúnen en comités especializados, en donde se comparten ideas y se revisan los progresos llevados a cabo en políticas específicas. Existen alrededor de 200 comités, grupos de trabajo y grupos expertos.

Libros •



GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, SARA: Organización económica internacional. Relaciones y organismos fundamentales . Ed. Pirámide, Madrid, 2002. NIETO SOLÍS, JOSÉ ANTONIO: Organización Económica Internacional y globalización , Ed. Siglo XXI, Madrid, 2005.

2. Consejo

Webgrafía

El poder de toma de decisiones está a cargo del Consejo de la OCDE. Está formado por un representante de cada país miembro, más un representante de la Comisión Europea. Una vez al año, el Consejo se reúne a nivel ministerial para discutir asuntos clave y determinar las prioridades de trabajo. El trabajo establecido por el Consejo es llevado a cabo por la secretaría de la OCDE.



www.oecd.org (Web de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico).

ORGANIZACIÓN PARTICIPATIVA DEL TRABAJO

Las decisiones se toman por unanimidad, si bien existe un sistema de abstención para que, en caso de desacuerdo, no se obstaculice la adopción de una medida.

Participative organization of work

3. Secretaría de la OCDE

La organización participativa del trabajo (O.P.T.), es un modelo de gestión, por el que se posibilita "el llevar a cabo las tareas cotidianas", "movilizando" el "capital humano e intelectual interno" de la organización. La O.P.T., responde a la necesidad de hacer frente a los desafíos y

La Secretaría tiene la función de apoyar las actividades de los comités. Cuenta con más de 2.000 trabajadores, entre economistas, abogados, científicos y otros profesionales.

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I. CONCEPTO • II. CARACTERÍSTICAS Y FUNDAMENTOS

I.

CONCEPTO

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O RGANIZACIÓN PARTICIPATIVA DEL TRABAJO retos que la empresa tiene planteados en este final de siglo, tanto en la vertiente competitiva, como en la técnica y en la social.

realiza el trabajo cotidiano (lo que redunda en una mejora del clima y en un ahorro de costes).

II. La norma internacional ISO 9004 expone que "la dirección debería considerar actividades tales como formar grupos pequeños -y elegir a los líderes de entre los miembros del grupo-, permitir al personal controlar y mejorar su lugar de trabajo, y desarrollar el conocimiento, la experiencia y las habilidades del personal como parte de las actividades generales de gestión de la calidad de la organización". En este sentido, cobra especial importancia el enfoque de la "organización participativa del trabajo" (O.P.T.). Hoy día las organizaciones se ven inmersas en un mercado cada vez más competitivo y necesitan aportar valor a sus productos y servicios, introducir mejoras y buscar la anticipación, aumentando la satisfacción de sus clientes. Un aspecto fundamental para lograrlo es mejorar sus procesos internos y, a través de las personas que lo hacen posible, con su actividad, buscar como pueden simplificarse y optimizarse. Y, si hablamos de mejora en las organizaciones, un aspecto básico, será fomentar la participación e implicación de las personas que llevan a cabo su actividad dentro de la propia organización. Dando cumplimiento gradual a todos los requerimientos de todas las partes implicadas en la organización (clientes, directivos, accionistas, empleados, etc.) y, cumpliendo con todos los requisitos, con las exigencias técnicas y, con los planteamientos de la O.P.T., se posibilita la participación de los integrantes de la organización, se consigue un mayor grado de eficacia de toda la empresa y, lo que es más importante, una moral de responsabilidad y de mejor relación (entre sus miembros), que repercute positivamente en la satisfacción con que se

7760

CARACTERÍSTICAS Y FUNDAMENTOS

Como enfoque moderno y eficaz, constituye un nuevo elemento-clave para dinamizar el funcionamiento interno de las empresas y para asegurar su eficacia y su progreso, mejorando la rentabilidad y la competitividad. Se basa en el planteamiento que puede verse resumido en las afirmaciones de que "una organización es eficaz si moviliza adecuadamente a todos sus integrantes" y, en que "los trabajadores -que son los actores de la actividad diaria en la organización-, buscan, también, consideración y valoración en su quehacer" y, con la aplicación de sus conocimientos y experiencias pueden aportar "propuestas y soluciones eficientes", comunicándose entre ellos, con los proveedores, con los clientes y, en un ambiente "colaborativo, de comunicación abierta y, trabajando en equipo". La organización, para conseguir prosperar y ser competitiva, para implantar la mejora continua, y para ser eficiente, precisa diseñar estrategias de aceptación, responsabilidad y aprovechamiento de una adecuada gestión del conocimiento implícito. A través de la organización participativa del trabajo, se facilita el que se puedan vencer los obstáculos que, tradicionalmente, vienen suponiendo una importante traba para conseguirlo, cuando no impiden su adecuado desarrollo. Constituye un nuevo elemento-clave para dinamizar el funcionamiento interno de las empresas y para asegurar su eficacia y su progreso mejorando la rentabilidad y la competitividad. Lo que la O.P.T. representa de cambio sustancial con el modo tradicional de trabajar, pue-

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O RGANIZACIÓN PARTICIPATIVA DEL TRABAJO de resumirse en los 4 postulados siguientes:

-

A la promoción de la innovación.

-

Al ahorro de energía y materiales.

-

-

A la reducción del costo de la no-calidad.

-

-

-

1er postulado: Una organización es eficaz en la medida en que sabe movilizar toda la inteligencia de sus miembros y toda su capacidad de innovación. 2º postulado: Los actores directos, esto es, los trabajadores y empleados a cualquier nivel, poseen ideas y sugerencias sobre su propia actividad que solo ellos pueden poner de manifiesto.

Técnicas que, al mismo tiempo, favorecen el desarrollo de la comunidad humana que es la empresa, dando a cada uno la posibilidad: -

De aportar su contribución individual.

-

De ejercer sus talentos personales.

postulado: Los actores directos esperan encontrar, en su trabajo cotidiano, interés, consideración y valoración. Para ello, hay que potenciar su capacidad de participación y de propuesta.

-

De participar en la determinación y consecución de unos objetivos concretos.

-

De actuar de manera que su trabajo le satisfaga plenamente.

4º postulado: Aumentar la participación mejora la organización en todas sus vertientes:

Mediante el enfoque de O.P.T., todos los miembros de la organización, ya sean mandos o empleados, en el seno de círculos, de grupos, de equipos, y en su propio desarrollo profesional, desarrollan el impulso y la voluntad de mejorar su propio trabajo y encuentran un modo dinámico de generar una moral de confianza y de responsabilidad, centrada en la actuación de las personas y en la identificación con los objetivos de la empresa.

3er

a) Productos y servicios. b) Gestión. c) Calidad de vida en el trabajo. d) Medios y métodos. Se trata de un enfoque de gestión (y de acción) realista, que proporciona respuestas positivas ante los nuevos desafíos competitivos, por la vía de la potenciación de los recursos humanos. En el proceso de negocio, el esfuerzo común, como factor de supervivencia y de progreso, pasa por formas de organización y participación, no necesariamente ligadas a la inversión, intangibles, incorporadas al "progreso técnico no incorporado" que se plasma en importantes aplicaciones tendentes: -

Al aumento de la productividad.

-

A la mejora de la calidad.

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La inteligencia, experiencia y el "saber hacer" de las personas de la organización, es su principal capital. El personal de la organización es, posiblemente, la mejor fuente de ideas para la mejora continua y escalonada de los procesos y, pese a ser una fuente poco utilizada, por ello, se constituye a través de una organización participativa del trabajo, en una ventaja competitiva de primera magnitud si se gestiona adecuadamente. C. JAVIER HERNANDO FREILE M. C. BURGOS PRAT

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O RGANIZACIÓN SIMPLE Véase también: "Calidad desde la eficacia hacia la eficiencia"; "Enfoque sociotécnico" y "Mejora continua".

LO ESENCIAL SOBRE ORGANIZACIÓN PARTICIPATIVA EN EL TRABAJO Documentación • •

UNE-EN ISO 9004: 2000 Sistemas de gestión de la calidad - Directrices para la mejora del desempeño UNE-EN ISO 9001: 2008 Sistemas de gestión de la calidad. Requisitos. EFQM - Excellence Model: 2010

Libros • • •

BURGOS, C.; HERNANDO, C. J. ET AL (2003), Herramientas y Técnicas para la Mejora de la Calidad, INTERSOC. SÁNCHEZ, F.; BURGOS, C. ET AL (2000), Organización Participativa del Trabajo, INTERSOC. SÁNCHEZ, F.; BURGOS, C. ET AL (1998), Técnicas Socio - dinámicas para la Mejora , INTERSOC.

ORGANIZACIÓN TIPO N-FORM Véase: "Estructura organizativa tipo N-Form".

ORGANIZACIÓN VIRTUAL Virtual organization I. CONCEPTO • II. ENFOQUES 1. Perspectiva estructural 2. Perspectiva de proceso

I.

CONCEPTO

Dado que este modelo organizativo es relativamente reciente, todavía no está asentada una definición reconocida por la academia de manera genérica, incluyendo, según qué autor consideremos, una u otra característica. Algunas de las más comúnmente aceptadas son: •

Cooperación voluntaria de varios agentes legalmente independientes (organizaciones completas, departamentos individuales, grupos de proyecto, personas individuales, etc.)



ORGANIZACIÓN TIPO HOLDING

Genera un producto/servicio basado en un entendimiento común de las reglas del negocio entre dichos agentes



La red tiene una jerarquía nula o muy plana centrada en la funcionalidad a lo largo de la cadena de valor

Véase: "Estructura organizativa tipo holding".



ORGANIZACIÓN TIPO M-FORM

Puede ser dirigida y organizada internamente por medio de principios directivos incorporando un socio líder o un comité de dirección



Cada compañía contribuye solamente con lo que considera sus capacidades distintivas

ORGANIZACIÓN SIMPLE Véase: "Estructura organizativa simple".

Véase: "Estructura organizativa tipo M-Form".

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O RGANIZACIÓN VIRTUAL •

Al menos un socio representa a la organización virtual de cara al exterior



Los socios están conectados unos con otros mediante moderna tecnología de información y comunicación

II.

ENFOQUES

Se distinguen dos enfoques en su conceptualización, el estructural y el de proceso.

1. Perspectiva estructural Según Fernández Monroy, a la que seguiremos fielmente en toda la exposición, la organización virtual puede considerarse un tipo de cooperación (del tipo red o alianza) entre organizaciones (o entre empresas, grupos, individuos). Esto puede observarse en las múltiples definiciones de organización virtual de tipo académico que afirman que ésta es una red entre organizaciones/individuos, aunque algunos autores prefieren destacar que son combinaciones de capacidades distintivas o actividades. Multitud de autores se refieren a la organización virtual haciendo referencia a sus patrones de información, relaciones y conocimiento, poniendo de manifiesto que, a través de ellos, elaboran productos y servicios virtuales mediante una red normalmente muy sofisticada de información, de la que toman parte no sólo empleados muy cualificados de la empresa, además de proveedores y distribuidores, sino incluso vendedores y los mismísimos clientes. Sin embargo, otros autores plantean un concepto más preciso al considerar la organización virtual como una red temporal de empresas independientes que se unen a través de tecnología de información para así compartir capacidades, costes y acceso a los mercados de cada uno. A su vez, en la literatura académica también se pueden encontrar otros trabajos en los que se introduce la idea de organización virtual no únicamente a las de-

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pendencias de tipo interorganizativas (es decir, entre organizaciones-socio) sino que también se incluyen las intraorganizativas (es decir, entre unidades-individuos que pertenecen a una misma organización).

2. Perspectiva de proceso Esta perspectiva se refiere fundamentalmente a la particularidad de que la organización virtual, ante cambios en medio que puedan afectar a su eficiencia en la consecución de sus objetivos, suele responder modificando su propia estructura o la de su entorno. Es lo que se define como organizar, virtualmente, metodología estratégica que focaliza especialmente su atención en la creación, cuidado y desarrollo de los activos intelectuales y de conocimiento clave, mientras que a la vez obtiene los activos materiales que necesita a través de una compleja red bien establecida de relaciones. Así, algunos autores plantean que la organización virtual no es una organización, sino por el contrario una estrategia para organizar los elementos de la cadena de valor o una característica de un enfoque organizativo. En conclusión, siguiendo un planteamiento más genérico, la organización virtual se puede entender como una forma de estructurar organizativamente y dirigir las actividades orientadas hacia la consecución de los objetivos y es una consecuencia que puede considerarse lógica y ligada al desarrollo organizativo basado en la descentralización y al desarrollo tecnológico de la información basada en las redes de trabajo. Creemos que no puede ser considerada todavía como una estructura organizativa diferente y diferenciada, sino que más bien es un punto de orientación particular que toman algunas organizaciones en su desarrollo. En efecto, parece consolidada la idea de que la organización virtual no alcanza a ser un concepto que genere un tipo de

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O RGANIZACIONES NO LUCRATIVAS estructura distinta (diferenciable de la estructura funcional, divisional o matricial). Tal vez su particularidad más evidente sea la dispersión geográfica de las unidades organizativas que la componen y que éstas necesitan del uso de las tecnologías de la información para llevar a cabo su proceso productivo. Hay quien ha planteado que la organización virtual debería ser considerada como una fórmula intermedia a mitad camino mercado-jerarquía y no como una forma institucionalizada, puesto que ni su forma ni sus contenidos están bien definidos: el intercambio que se da entre los miembros de una organización virtual no se lleva a termino mediante la coordinación del mercado y, además, los negocios entre los mismos no son transacciones únicas; por otra parte, dicha organización tampoco implica un mecanismo de coordinación jerárquico tradicional en el que los intercambios sucesivos se institucionalizan en el largo plazo por el uso de la autoridad directiva y la formación de unidades de negocio. JOAQUÍN CAMPS TORRES

LO ESENCIAL SOBRE ORGANIZACIÓN VIRTUAL Webgrafía •

www.eumed.net/tesis/2006/mfm/ index.htm. Margarita Fernández Monroy, Modelo de comportamiento de la organización virtual, Tesis doctoral accesible a texto completo.

ORGANIZACIONES NO LUCRATIVAS Non-profit making organizations

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I. CONCEPTO • II. CARACTERÍSTICAS DIFERENCIALES 1. Los objetivos perseguidos 2. La forma de obtener los recursos financieros 3. Diversos públicos a los que atender 4. Mayor dificultad en la segmentación de mercado 5. Análisis de mercado más difícil 6. La naturaleza de los productos ofrecidos 7. Aparente contradicción entre los objetivos de la organización y los beneficiarios o colaboradores 8. Falta de conocimientos de gestión en general y de marketing en particular 9. Se enfrentan a un intenso escrutinio público 10. Generación de excesivas expectativas

I.

CONCEPTO

La característica definitoria de las Organizaciones No Lucrativas (ONL), radica en la naturaleza social de sus objetivos, y no en la ausencia de beneficios económicos. En desacuerdo con lo que en muchas ocasiones parece definirlas, algunas de estas organizaciones obtienen beneficios. Sin embargo, este no es el objetivo fundamental, como sí lo es en las empresas u organizaciones lucrativas. De obtenerse beneficios, en la ONL, se destinan al objetivo social que desarrolla la organización, sin el ánimo de lucro que define a las organizaciones empresariales. Por tanto, desde el punto de vista económico, no existiría ningún participante con derecho a la apropiación de beneficio (si es que existe), y las ONL no se crearían para la obtención de beneficios monetarios individuales de sus miembros, a diferencia de las empresas. Desde el contexto legal, este rasgo también define a las ONL, ya que se expresa la imposibilidad de repartir el beneficio económico entre los que dirigen la organización.

II.

CARACTERÍSTICAS DIFERENCIALES

Pero esta no es la única diferencia que influye en la aplicación del marketing. Las características diferenciales de este tipo de entidades con respecto a las lucrativas, hacen que el marketing tenga

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O RGANIZACIONES NO LUCRATIVAS que desarrollar una estrategia adaptada a esta nueva situación. Entre estas diferencias podemos destacar.

1. Los objetivos perseguidos El objetivo final de estas instituciones no es la obtención de beneficios económicos, como sí ocurre en una lucrativa, sino que sus objetivos son sociales. Esta finalidad última, implica substanciales diferencias para la estrategia de estas organizaciones así como para el posterior control de sus resultados. La consecución del objetivo de ayudar humanitariamente a un país, tras un desastre natural, es más difícil de "medir" que en el caso del alcance o no, de una determinada cifra de beneficios económicos como ocurre en las empresas lucrativas. Además, implica un problema añadido al que se hará referencia a continuación, y que es la obtención de recursos para financiar su actividad.

2. La forma de obtener los recursos financieros Las Organizaciones No Lucrativas, suelen ofrecer sus productos sin obtener por ello una contraprestación monetaria, o recibiendo solo una parte de su coste, por lo que no generan recursos suficientes para financiar su actividad y precisan de financiación adicional. La búsqueda de estos fondos supone un trabajo adicional en distintos mercados, ya sean particulares, empresas o del propio estado. Esta actividad es denominada "fundraising".

3. Diversos públicos a los que atender Las Organizaciones No Lucrativas no solo deben ofrecer bienes y servicios que satisfagan las necesidades de los beneficiarios que atienden, sino que han de satisfacer también el mercado de los colaboradores de los que obtienen recursos financieros, trabajo u otro tipo de servi-

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cios. Es decir, tiene dos mercados claramente diferenciados en sus relaciones de intercambio, pero que a la vez están claramente interrelacionados, lo que ha de tenerse en cuenta en la elaboración de las estrategias. No es posible articular correctamente la colaboración de una organización, que defiende unos principios manifiestamente distintos, de los que pretenden apoyar los colaboradores con sus aportaciones. Por este motivo y para conseguir una colaboración estable, debe existir concordancia entre las tres partes. A su vez, cada uno de los mercados está compuesto por distintos segmentos de mercado. En el mercado de colaboradores podemos distinguir entre donantes particulares, las Administraciones Públicas y las empresas particulares, cuya participación es generalmente ofreciendo fondos, aunque también pueden ofrecer servicios como los de transporte, comunicación etc. Un caso particular y fundamental para las ONL son los servicios prestados por particulares ofreciendo su trabajo. Es el caso de los voluntarios, que suelen encontrarse en la propia sede de las ONL y los cooperantes que realizan su labor en terceros países. Cada uno de estos grupos requiere una estrategia diferente para que colaboren con la organización. En cuanto al mercado de beneficiarios, las divisiones pueden atender a una amplia diversidad de criterios subjetivos y objetivos, como son el tipo de atención necesitada (sanitaria, educativa, alimenticia), el sexo, la edad, la renta, el país, etc. Con uno o varios de estos y otros criterios, se definirá el grupo o grupos de personas a los que se dirige la organización. Es importante el concepto de segmentación por parte de las ONL, ya que en el intento loable de querer abarcar a muchas personas con su ayuda, puede que no se haga adecuadamente, y fuera

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O RGANIZACIONES NO LUCRATIVAS más provechoso centrarse en un grupo o segmento. Sin embargo, también es más complicada su aplicación.

4. Mayor dificultad en la segmentación de mercado La segmentación de mercados como técnica del marketing supone para algunos promotores sociales una forma de discriminación, dado que se centra en unas partes del mercado e ignora a otras. Aunque esta forma de pensar no sea la más correcta (como en el marketing lucrativo querer abarcarlo todo puede significar no satisfacer realmente a nadie), éste no es el único problema. Las segmentaciones de estos mercados suelen estar definidas en un gran número de casos por criterios subjetivos, es decir, difíciles de identificar y por lo tanto de medir, como sería el caso de personas intolerantes, xenófobos, machistas, transmisores de enfermedades o con predisposición a padecerlas.

5. Análisis de mercado más difícil A la menor disponibilidad de fondos y la escasez de información sobre estos mercados, tanto en cantidad como en calidad, hay que unir que este tipo de análisis es más complicado dadas las características de los problemas que se analizan como puede ser la drogadicción, hábitos sexuales, o de otro lado, las aportaciones o ayudas que se destinan a fines sociales, su motivación, etc. En estas cuestiones, el reto del investigador es mayor, ya que las respuestas son más inexactas que cuando se pregunta sobre el consumo de un detergente.

6. La naturaleza de los productos ofrecidos En este tipo de instituciones su objeto de intercambio es, en la mayor parte de los casos, comportamientos sociales, ideas, y servicios. Los productos tangi-

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bles suponen una proporción muy baja, y suelen ser generalmente complemento de los anteriores. La solidaridad, la conservación del medio ambiente, la ayuda a terceras personas, o la prevención de enfermedades, son ejemplos de actividades que relacionamos claramente con estas instituciones. En cambio, las instituciones lucrativas, suelen ofrecer en mayor medida productos tangibles y servicios.

7. Aparente contradicción entre los objetivos de la organización y los beneficiarios o colaboradores La aplicación del marketing en las instituciones lucrativas parte de la premisa de que la empresa debe producir y vender aquello que satisface y por tanto demanda el mercado. Sin embargo, las Organizaciones No Lucrativas a menudo tienen como objetivo impedir aquello que desean hacer algunas personas. Es lo que en marketing se denomina demanda negativa, o aquel estado de la demanda en el que el mercado no solo no busca el producto, sino que incluso tratan de evitarlo. Entre múltiples ejemplos encontramos las organizaciones que tratan de que se abandonen ciertos comportamientos como el consumo de drogas, tabaco, o determinadas prácticas sexuales, o por el contrario, que se adopten otros como en el caso de una campaña de vacunación a colectivos que en muchos casos no desean hacerlo. Lo mismo ocurre si se analiza el mercado que llamamos de colaboradores, al que se le está pidiendo su dinero, trabajo, tiempo etc., a cambio "aparentemente" de nada. En cada caso, el promotor del comportamiento social deseable, debe convencer al mercado del beneficio que supone el cambio solicitado. En los primeros casos porque incidirá positivamente en su salud o en general en la sociedad, y en el caso de los colaboradores, haciéndoles ver que se encontrarán posiblemente más satisfechos consigo mismos o de cara a la sociedad,

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O RGANIZACIONES NO LUCRATIVAS realizando este tipo de acciones. En otros casos encontramos una demanda inexistente, también denominada demanda nula, a menudo por desconocimiento de que ciertas necesidades se pueden satisfacer. En estos casos el cambio de comportamiento es más sencillo que en el anterior, y facilitar información sobre cómo actuar suele ser útil.

8. Falta de conocimientos de gestión en general y de marketing en particular Las Organizaciones No Lucrativas, como toda organización, tienen una misión y unos objetivos que cumplir, para lo cual deben organizar los recursos de la manera más eficiente y eficaz posible. Sin embargo, no ha sido hasta fechas muy recientes, cuando estas instituciones han comenzado ha comprender que "las buenas intenciones no son substitutivos de la organización y el liderazgo, de la responsabilidad, los rendimientos y los resultados, y que es necesaria una buena gestión". En cuanto a la gestión de marketing, si los desarrollos teóricos son recientes, su aplicación en la práctica es realmente novedosa. En este sector se observa, como ocurría en las primeras fases en la aplicación del marketing al sector lucrativo, que hay una identificación entre marketing y publicidad, cuando realmente no es así. El marketing no es solo ventas, publicidad, promoción. El marketing es una filosofía y una técnica con distintos instrumentos que han de coordinarse para alcanzar el objetivo de satisfacer las necesidades del consumidor y de la sociedad en general. No debe hacerse un uso deformado del marketing, utilizando solo un instrumento como puede ser la promoción, especialmente cuando estas entidades se ven con falta de recursos financieros y sin un conocimiento previo del mercado.

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9. Se enfrentan a un intenso escrutinio público Los colaboradores de estas organizaciones, ya sean particulares, empresas o el propio Estado, analizan su labor para asegurarse que contribuyen al objetivo de mejora social que tienen. Además, por tener objetivos altruistas, se espera de ellas un nivel de cumplimiento ético muy superior al de otras organizaciones. Deben cuidar mucho su imagen, pues cualquier escándalo relativo a su gestión, puede suponer una autentica lacra, que muchas ONL no han podido superar. La desconfianza que se genera y que repercute incluso en las restantes entidades no lucrativas, puede provocar una pérdida de apoyo sin el que no pueden subsistir.

10. Generación de excesivas expectativas Se espera de estas organizaciones que solucionen determinados problemas, cuando la realidad es que éstos son tan diversos que la solución definitiva es muy compleja. Los propios Estados tratan de compartir e incluso transferir algunos de estos problemas, por su difícil solución. En grupos marginales, con minusvalías o enfermedades complejas, a menudo estas organizaciones tratan de suplir el papel del Estado.

AZUCENA PENELAS LEGUÍA

Véase también: "Marketing no lucrativo"; "Orientación al mercado (en organizaciones no lucrativas)" y "Relación de intercambio en las organizaciones no lucrativas (ONL)".

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O RGANIZACIONES PROFESIONALES DE AUDITORÍA

ORGANIZACIONES PROFESIONALES DE AUDITORÍA Professional audit organizations I. CONCEPTO • II. ORGANIZACIONES DE LA PROFESIÓN 1. Organizaciones profesionales en Estados Unidos 2. Organizaciones profesionales internacionales • 3. Organizaciones profesionales en España

I.

CONCEPTO

Son las organizaciones encargadas de elaborar la normativa y principios fundamentales, que constituyendo la fuente de información del auditor, al mismo tiempo regulan y representan a los auditores.

II.

ORGANIZACIONES DE LA PROFESIÓN

En la evolución de la auditoría han participado organismos intergubernamentales así como organizaciones profesionales representativas de los auditores.

1. Organizaciones profesionales en Estados Unidos La organización por excelencia en Estados Unidos, "American Institute of Certified Public Accountants" (AICPA), surgió en 1957 al cambiar su denominación la "American Institute of Accountant" (AIA). Agrupa, en la actualidad, a más de medio millón de contadores públicos y auditores en los EE.UU. La obligación de someter a auditoria las cuentas en EE.UU. es preceptivo en las empresas que recurren al ahorro público a través de la bolsa; los bancos y las instituciones financieras; las compañías de seguros y otras empresas reguladas por las autoridades estatales.

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Al no existir un cuerpo legal mercantil que regule el contenido de la información financiera que las empresas tienen que presentar para ser aprobadas por los accionistas, como ocurre en otros países, es la "Securities and Exchange Comisión" (SEC) la que regula la información financiera que deben de publicar las empresas que cotizan en bolsa, reconociendo como principios contables generalmente aceptados los emitidos por el "Financial Accounting Standards Board" (FASB).

2. Organizaciones profesionales internacionales Entre las organizaciones profesionales de la auditoria internacionales destacan las siguientes: -

"International Federation of Accountants" (IFAC).

-

"Fédération des Experts Comptables Européens" (FEE).

a) International Federation of Accountants (IFAC) El "International Coordination Committee for the Accountancy profesión" (ICCAP), se constituyó en Sydney en 1972 a raíz de una propuesta surgida en el Congreso Internacional de Contabilidad celebrado en París en 1967. Entre los objetivos de dicho organismo se establecieron: -

Armonizar la normativa de presentación, revisión y verificación de cuentas.

-

El perfeccionamiento continuado de la profesión de Auditoría, así como alcanzar su armonización internacional.

Para conseguir sus objetivos se crearon dos organismos mundiales de contables y auditores, el "International Accounting Standards Committee" (IASC)

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O RGANIZACIONES PROFESIONALES DE AUDITORÍA en 1973 y la "International Federation of Accountants" (IFAC) en 1977, como continuadores del ICCAP. La "International Federation of Accountants" (IFAC) se constituyó en Munich en 1977 como acto previo a la celebración del XI Congreso Internacional de Contadores. La IFAC tiene como misión continuar con los proyectos de desarrollo y coordinación de la profesión contable en el contexto internacional del "International Coordination Committee for the Accountacy Profession" (ICCAP), que había surgido como fruto de los trabajos de un equipo que se puso en marcha en el VI Congreso Internacional de Contadores. La IFAC, tiene su sede en Ginebra, aunque su oficina administrativa esta en Nueva York. Entre los objetivos de la IFAC, que se encuentran desarrollados en los propios estatutos del organismo, están: -

Objetivo general: promover el desarrollo y enriquecimiento de una profesión contable coordinada a escala mundial con normas armonizadas.

-

Objetivos particulares: •

Iniciar, coordinar y guiar los esfuerzos que tengan como objetivo la consecución de guías contables internacionales.



Estimular y promover el desarrollo de las organizaciones regionales con objetivos comunes.



Apoyar la celebración de Congresos Internacionales de manera que los distintos miembros de la profesión contable puedan encontrarse unos con otros en un entorno que facilite el intercambio de ideas.

A través de sus consejos independientes emisores de normas, IFAC desarrolla normas internacionales sobre ética,

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auditoría y aseguramiento, formación y las normas internacionales de contabilidad del sector público. También ofrece guías para apoyar a contadores profesionales en empresas, en firmas profesionales pequeñas y medianas y en naciones en desarrollo. Entre los logros más importantes de la IFAC está la emisión de las "International Standards on Auditing", más conocidas como ISAs por medio del "International Auditing Practices Comité" (IAPC) y declaraciones complementarias.

b) Fédération des Experts Comptables Européens (FEE) En el ámbito europeo, el 29 de octubre de 1986 nació en Lausana la "Fédération des Experts Comptables Européens" (FEE), como resultado de fusionar dos organismos profesionales europeos: la Unión Europea de Expertos Contables, Económicos y Financieros (UEC) y el Grupo de Estudios de Expertos Contables de la Comunidad Económica Europea, que asume el rol de organismo internacional de contabilidad y auditoría de ámbito europeo. El reconocimiento legal de la FEE, así como sus estatutos, fueron aprobados por Decreto Real del Rey Balduino de Bélgica, el 30 de diciembre de 1986, designando como sede Bruselas. Esta organización representa a más de medio millón de contables en Europa. Los objetivos de la FEE son, entre otros, los siguientes: -

Apoyar y defender los intereses de la profesión auditora y contable europea.

-

Representar la profesión contable y auditora europea en las distintas instituciones de la Unión Europea.

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O RIENTACIÓN AL MERCADO -

Facilitar la cooperación entre las asociaciones y colegios representativos de la profesión.

-

Fomentar el desarrollo, la armonización y liberalización de la contabilidad en Europa, teniendo presente la evolución internacional.

3. Organizaciones profesionales en España La profesión auditora en España está organizada a través de un organismo autónomo de la Administración del Estado, adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda y tres corporaciones profesionales representativas de los auditores. El organismo autónomo es el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), cuyas principales funciones son las de emisión de normas técnicas de auditoría, en colaboración con las corporaciones representativas de auditores, control técnico y regulación de la profesión, y establecimiento del Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), al que han de pertenecer los auditores habilitados para el ejercicio de la profesión. Las Corporaciones representativas de los auditores son: -

El Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE).

-

El Registro de Economistas Auditores (REA), dependiente del Consejo General de Colegios de Economistas.

-

El Registro de Titulares Mercantiles (REGA), dependiente del Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles y Empresariales de España.

Estas corporaciones profesionales desarrollan un papel fundamental e insustituible para la actividad de la auditoría de cuentas, en cuanto al encauza-

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miento, control y progreso de la profesión auditora, sin embargo, las corporaciones no son colegios profesionales, con lo cual no están sometidas a la normativa común de los colegios, por lo que la Ley de Auditoría establece las bases para que los auditores, de distinta procedencia, puedan llegar a registrarse en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. Para poder ejercitar la profesión de auditor es obligatorio tener una cualificación y habilitación propias, además de estar inscritos en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), en cambio la pertenencia a las corporaciones profesionales es voluntaria. Así la Ley de Auditoría de Cuentas permite a un auditor inscribirse en una o en varias de las corporaciones representativas que existen en la actualidad o puede optar por no formar parte de ninguna de ellas. PILAR YUBERO HERMOSA

ORIENTACIÓN AL MERCADO Market orientation I. CONCEPTO 1. Definición 2. Dimensiones y procesos en la orientación al mercado • II. PRINCIPALES FUNDAMENTOS TEÓRICOS 1. Disciplinas y teorías implicadas 2. Las aportaciones de Naver y Slater 3. La importancia de la rentabilidad • III. LA ORIENTACIÓN AL MERCADO Y LA FINALIDAD DE LA EMPRESA

I.

CONCEPTO

1. Definición La orientación al mercado es una cultura o filosofía de empresa por la que los planteamientos del marketing se extienden por toda la organización, guiando su gestión y dirección. Supone coordinar las diversas funciones organizativas con el

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O RIENTACIÓN AL MERCADO objetivo de obtener un nivel satisfactorio de beneficios, proporcionando al mismo tiempo valor a los clientes. La orientación al mercado tiene una clara dimensión estratégica, al superar el enfoque funcional del marketing, vinculado exclusivamente al correspondiente departamento de marketing, para convertirlo en una filosofía de trabajo presente en todos los departamentos de la compañía. De esta forma, conviene no confundir la orientación al mercado (que tiene un carácter globalizador e integrador) con la orientación al marketing, que hace un énfasis especial en las técnicas de marketing (instrumentos de análisis y comprensión del mercado y medios de acción para conquistar dicho mercado), concediendo un mayor protagonismo al departamento de marketing frente a las demás unidades funcionales.

2. Dimensiones y procesos en la orientación al mercado En una primera aproximación, se entiende por orientación al mercado el esfuerzo de las empresas para conocer y comprender las necesidades, deseos y comportamientos de sus clientes potenciales. Ahora bien, una empresa puede tener muy presente las necesidades del consumidor, pero eso no le garantiza el éxito, ya que los competidores pueden ser más rápidos. Lo importante es comprender que el consumidor valora un determinado producto o servicio por comparación con otros similares, por lo que es necesario incorporar en la orientación al consumidor una orientación estratégica que considere explícitamente la observación de las actuaciones emprendidas por la competencia y su influencia sobre la empresa (orientación a la competencia). La organización ha de tener presente que en el juego empresarial no sólo participan la empresa y los consumidores.

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La competencia es otro jugador, y como tal, influye en el resultado final. A pesar de la necesaria complementariedad entre el estudio de los clientes y de la competencia, los directivos de marketing, durante largo tiempo, primaron en todas sus actividades la orientación al consumidor, olvidándose de los competidores. Sin embargo, hoy día no existen dudas sobre la necesidad de unir orientación al consumidor y orientación a la competencia en una visión más completa del marketing estratégico. La orientación al mercado supone anteponer a la actividad diaria del marketing operativo, los principios del marketing estratégico, de forma que haya coherencia entre ambos. Esta coherencia exige la realización de las siguientes actividades básicas, que permiten el desarrollo de la orientación al mercado como un proceso de creación de valor: -

La recogida de información en el mercado para comprender mejor las necesidades de los clientes y los factores que influyen en su proceso de compra, la situación de los competidores y las amenazas y oportunidades del entorno.

-

La información recogida guía la orientación al cliente y la orientación a la competencia, siendo necesaria la integración de estos procesos en la dirección estratégica de la empresa.

-

A partir de la distribución de esta información a las áreas funcionales implicadas, las decisiones estratégicas y tácticas son tomadas conjuntamente entre las diferentes áreas de la compañía, siendo el cliente su eje articulador. En cualquier caso, la empresa ha de disponer de los recursos y capacidades adecuados para desarrollar estrategias de marketing (personal, experiencia, recursos financieros, creatividad, tecnología...).

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O RIENTACIÓN AL MERCADO -

Compromiso y coordinación de los diferentes niveles y áreas funcionales de la empresa en la ejecución de la estrategia, integrando todos los recursos disponibles para generar valor al cliente.

-

Desarrollo de alianzas y acuerdos a largo plazo con los agentes relacionados con la empresa, basados en la generación de un mayor valor para el cliente.

-

Medición de los resultados en función de variables de mercado y de una visión a largo plazo.

II.

ga continuamente la satisfacción de sus clientes, comparándose con la competencia y la tecnología a su disposición para satisfacer las necesidades de los compradores. -

La coordinación interfuncional se basa en la orientación al cliente y a la competencia y comprende el conjunto de esfuerzos de coordinación de los todos los recursos de la empresa, más allá de los específicos del departamento de marketing, para crear un mayor valor al cliente.

-

El enfoque a largo plazo está implícito en la orientación al mercado, ya que para que las empresas sobrevivan en el tiempo han de actuar en el largo plazo, generando continuamente mejoras para aportar un mayor valor a sus clientes.

-

Los resultados empíricos de Naver y Slater muestran que las empresas orientadas al mercado obtienen unos mejores resultados que el resto.

PRINCIPALES FUNDAMENTOS TEÓRICOS

1. Disciplinas y teorías implicadas Los fundamentos teóricos de la orientación al mercado, aunque se asientan en la disciplina del marketing, también se apoyan en otras áreas de conocimiento como la teoría de los recursos y capacidades, la creación de una cultura organizativa y un ambiente de empresa, o las teorías relacionadas con el aprendizaje organizativo.

2. Las aportaciones de Naver y Slater En esta línea, dos de los autores más relevantes en la investigación de la orientación al mercado, Naver y Slater, la consideran como un constructor formado por tres componentes comportamentales (orientación al cliente, orientación a la competencia y coordinación interfuncional) y dos criterios de decisión (enfoque a largo plazo y rentabilidad): -

La orientación al cliente y a la competencia afectan a todas las actividades que permiten recoger información sobre los compradores (clientes intermedios y consumidores finales) y los competidores. De esta forma que pretende que la empresa consi-

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3. La importancia de la rentabilidad La orientación al mercado también tiene una justificación económica, ya que influye en el sostenimiento de una ventaja competitiva, especialmente en términos de diferenciación. Muchos trabajos, como los de Naver y Slater, lo confirman. Se puede afirmar que se cumple una relación positiva entre orientación al mercado y resultados de la empresa, según multitud de criterios como los de rentabilidad de las ventas, rentabilidad de la inversión, cuota de mercado, satisfacción de los clientes, fidelidad de los clientes, éxito de nuevos productos o incremento de ventas, etc.

III.

LA ORIENTACIÓN AL MERCADO Y LA FINALIDAD DE LA EMPRESA

Los estudios relativos a la relación existente entre la orientación al mercado

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O RIENTACIÓN AL MERCADO (EN ORGANIZACIONES NO ... y la rentabilidad o performance de la empresa plantean en último término la cuestión de la finalidad y la identidad de la empresa. En la práctica, los directivos de las compañías disponen de varias posibilidades para enunciar los objetivos generales de la empresa, su finalidad:

ORIENTACIÓN AL MERCADO (EN ORGANIZACIONES NO LUCRATIVAS)

-

Customer centered mindset (Non-profit making organizations)

-

Satisfacer específicamente a uno de sus agentes participantes: los accionistas, los clientes, los trabajadores o los directivos. Enunciar un principio superior, una misión, y encontrar un equilibrio entre la satisfacción de los diferentes agentes relacionados con la organización.

La primera opción presenta importantes limitaciones: la satisfacción exclusiva de los accionistas suele recibir la crítica de favorecer las decisiones a corto plazo en detrimento del futuro de la empresa. Convertir la satisfacción de los clientes en el único objetivo de la empresa sólo es factible en organizaciones de tipo cooperativo o mutualista. Por último, considerar exclusivamente los intereses de los directivos conduce a situaciones críticas evidenciadas en la multitud de escándalos financieros ocurridos en los últimos años. La segunda opción parece entonces más adecuada para establecer la razón de ser de la empresa. Según la orientación al mercado, la empresa no se define tanto por los productos que vende, sino por los mercados de los cuales depende. La cuestión es saber quiénes son nuestros clientes y a qué necesidades da respuesta nuestra oferta.

FRANCISCO BENJAMÍN COBO QUESADA Véase también: "Marketing".

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Un cambio fundamental que supone la adopción de la filosofía del marketing en las actividades de las ONL ha de ser su orientación al mercado. Sin embargo, existen otras orientaciones que, aún hoy en día, dirigen la actividad de muchas organizaciones lucrativas y no lucrativas. Una perspectiva vigente, no sólo en ONL, sino también en las lucrativas, es la orientación al producto. Centrarse en el producto que se ofrece y no en la necesidad que satisface constituye lo que Levitt denomina "miopía" del marketing. Hay que entender que el producto es sólo un medio para alcanzar un fin, satisfacer una necesidad. La orientación al producto, identifica y define los elementos de calidad de los productos que se ofrecen, sin tener en cuenta al destinatario. En el sector de las ONL, esta política se ve favorecida por el hecho de que entre las personas necesitadas, la demanda supera a la oferta, y son "clientes" con escaso o nulo poder de respuesta ante un producto que no se adapte a sus necesidades. Esta orientación se ha practicado también en el mercado de colaboradores, especialmente mientras la competencia era mínima. Sin embargo, la creciente competencia que se ha suscitado, en particular entre ONL por la obtención de recursos (ya sean fondos, servicios, o trabajadores voluntarios y cooperantes) ha complicado extraordinariamente esta tarea, y ha empujado a estas organizaciones ha buscar

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O RIENTACIÓN AL MERCADO (EN ORGANIZACIONES NO ... nuevas orientaciones en su gestión. En estos entornos competitivos surge la orientación al mercado, que es lo que propugna el marketing, y que tiene al consumidor como eje de su actividad. Debe buscarse la satisfacción del mismo y para ello deben analizarse y ser punto de partida para cualquier acción, el conocimiento de sus necesidades. No obstante, ante una situación de competencia alta (como ocurre también en las organizaciones lucrativas), muchas ONL se han inclinado ante lo que se denomina una orientación de ventas, donde se trata de vender lo que se produce. Va íntimamente ligada a la publicidad y promoción en general, y supone que los consumidores pueden ser inducidos a la obtención de un producto con una fuerte promoción, aunque no satisfaga una necesidad. Esta orientación, no conduce a clientes satisfechos, y un cliente no satisfecho equivale a un cliente no leal. Es decir, atendiendo a esta orientación y solo basándonos en una fuerte campaña publicitaria se podrá, a corto plazo, conseguir colaboradores para una causa, pero si no quedan satisfechos con las actuaciones que se lleven a cabo, la abandonarán. La orientación y aplicación del marketing, propone que para que el colaborador no abandone, las ONL han de estar orientadas a él, por tanto a su mercado, ha conocer qué necesidades tiene, qué busca con su colaboración, por qué colabora, cómo quiere colaborar, cuándo y dónde desea hacerlo y con quién. Sólo así, se puede no solo conseguir un colaborador puntual, sino que se podrá mantener con cierta estabilidad su ayuda y recursos. Por tanto, la relación de intercambio que se mantenga con los colaboradores se mantendrá a largo plazo. Es lo que se entiende como aplicación de un "marketing de relaciones". Para ello, se requiere un continuo contacto con el

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mercado. No pueden ser "olvidados" cuando se ha conseguido su colaboración. Este error da lugar a la insatisfacción del colaborador, que se quejará de que una vez firmado el acuerdo de colaboración, es olvidado, no se le informa asiduamente, y el contacto se reduce casi exclusivamente a la anotación que periódicamente recibe en su cuenta bancaria. Debe mantenerse y fomentarse la relación para que este se sienta realmente satisfecho. La información personalizada, los boletines, cuestionarios para evaluar la actividad de la organización o la solicitud de sugerencias al colaborador, pueden ser algunas formas de mantener fluida esta relación. Esta orientación también debe regir del lado de los beneficiarios. Por su propia naturaleza como receptores de las ayudas, su capacidad de respuesta ante la falta de adaptación de la misma puede decirse que es nula. Entre otros motivos, porque sus demandas son mayores que la oferta y para muchos, cualquier ayuda es buena. Sin llegar a decir que esto es falso, lo que no existe duda es que puede ser mejorado. En este sentido muchas ONL han reconocido que sus actuaciones ante una situación de emergencia, no han tenido los resultados esperados a pesar de sus loables intenciones. Es el caso, del envío de ayuda ante algún desastre. El origen de no cumplirse los objetivos previstos, puede tener como causa, que el tipo de ayuda ofrecida no era la que realmente se demandaba (necesitaba) en ese momento o no se ha llevado a quien la necesitaba, y todo ello a pesar de la buena voluntad de la organización. Todo ello indica la ausencia de un correcto análisis previo de las necesidades del colectivo que demanda la ayuda, es decir, no ha habido una orientación al consumidor, sino al producto. Esta situación, no solo perjudica a los potenciales beneficiarios que no ven satisfechas sus necesidades, sino que además repercute

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O RO negativamente desmotivando a voluntarios, cooperantes e incluso donantes. La interrelación entre los dos mercados es significativa.

ORO

Por tanto, debe realizarse una mejor gestión basada en la orientación al mercado, a las necesidades de sus demandantes. Si previamente se analiza como un mercado al que se busca satisfacer, la ayuda será más eficaz y eficiente que, si aún con la mejor de nuestras intenciones, se lleva una ayuda que no es la necesaria. Esta idea pasa por entender al mercado de beneficiarios no como un sujeto pasivo, sino activo.

El oro ha sido una materia prima que por siglos ha servido como moneda. En la actualidad la posesión de oro o de subyacentes financieros relacionados con el oro (por ejemplo futuros sobre oro) es considerado como una inversión refugio ante posibles crisis financieras y económicas o periodos de inestabilidad e incertidumbre.

En resumen, el marketing como filosofía supone un conocimiento permanente de la evolución de las necesidades y deseos de los mercados a los que se dirige, al objeto de satisfacerlos. En las ONL, una actitud de cercanía en los mercados a los que se dirige, no solo el de colaboradores sino también el de beneficiarios, es el medio para un conocimiento acertado de sus necesidades. Esta forma de pensar debe además impregnar a toda la organización. AZUCENA PENELAS LEGUÍA Véase también: "Marketing no lucrativo" y "Organizaciones no lucrativas".

ORIENTACIÓN INTERFUNCIONAL Véase: "Competencias (Recursos Humanos)".

ORIGEN Y APLICACIÓN DE FONDOS Véase: "Estado de origen y aplicación de fondos".

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Gold

La accesibilidad del oro como activo de inversión se ha incrementado mucho debido al lanzamiento de productos financieros sobre el oro, como por ejemplo, los ETF s (Exchanged Traded Funds) que replica el comportamiento del oro. La demanda de oro proviene fundamentalmente de cuatro fuentes: La primera fuente son inversores que desean almacenar dicho metal precioso como valor refugio. La segunda fuente de demanda proviene de la joyería. La tercera fuente de demanda son las aplicaciones para odontología. Por último, el oro también tiene algunas aplicaciones en la industria, concretamente en la fabricación de productos electrónicos. Dado que una gran proporción del oro existente es poseída por los Bancos Centrales, la oferta de oro en el mercado estará muy condicionada por el manejo de las reservas de oro de dichos Bancos Centrales. Estados Unidos, Alemania, Francia, Italia y Suiza disponen de las mayores reservas de oro. Los tres mercados principales donde se negocia el oro son el New York Mercantile Exchange (NYMEX), el Chicago Board of Trade (CBOT) y el Tokio Commodity Exchange (TOCOM). El NYMEX

7775

O SCILADOR A/D DE CHAIKIN es donde más liquidez y más operaciones se hacen sobre oro. En la actualidad, los principales productores de oro son Sudáfrica, Estados Unidos, Australia, China y Perú. RAFAEL HURTADO COLL

b) La señal de venta se genera cuando los precios alcanzan nuevos máximos o resistencias y éstos no se confirman con nuevos máximos en el indicador, dando lugar a una divergencia bajista. Y, preferentemente, con posterioridad, cuando el oscilador cruce a la baja la línea de cero.

Véase también: "Exchange Trade Fund (ETF)"; "Fondo en materias primas"; "Gestión alternativa"; "Materias primas" y "Patrón oro".

JOSÉ LUIS MATEU GORDON

OSCILADOR A/D DE CHAIKIN

Véase también: "Análisis técnico"; "Chart" y "Línea de acumulación/distribución".

Chaikin A/D oscilator

OSCILADOR DE HAURLAN

A partir del primer indicador que desarrolló Chaikin —la línea de Acumulación/Distribución— introdujo una mejora del mismo, consistente en restar de la media móvil exponencial de 10 períodos la media móvil exponencial de 3 períodos de la línea de Acumulación/Distribución. Este indicador se basa en que si el precio de cierre del día supera el precio medio del día existe Acumulación y cuanto más se acerque el cierre al máximo del día mayor será la Acumulación, mientras que si cierra por debajo, se produce la Distribución y cuanto más cerca del mínimo mayor será la Distribución. Las señales de compra o de venta, en ámbitos de actuación a corto-medio plazo, se generan de dos formas: a) La señal de compra se genera cuando los precios alcanzan un nuevo mínimo o soporte y este no se confirma con un nuevo mínimo en el indicador, dando lugar a una divergencia alcista. Y, preferentemente, con posterioridad, cuando el oscilador cruce al alza la línea de cero.

7776

Haurlan oscilator I. CONCEPTO • II. INTERPRETACIÓN • III. INCONVENIENTES

I.

CONCEPTO

El oscilador de Haurlan pertenece al grupo de osciladores que miden la amplitud del mercado (como la Amplitud Avance / Retroceso, el Indicador Bolton / Tremblay o el Oscilador de McClellan, entre otros), mediante la comparación de los valores que suben con los valores que bajan en una sesión, para determinar la tendencia general del mercado. En concreto, este oscilador se centra en identificar zonas de sobrecompra o de sobreventa con el fin de actuar sobre la evolución de precios según las indicaciones de su creador, Peter N. Haurlan en los años 60, con el uso de medias móviles exponenciales a diferentes plazos a partir de las diferencias entre los valores que han cerrado al alza y los valores que han cerrado a la baja una vez que la contratación del día ha cesado.

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O SCILADOR A/D DE CHAIKIN

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7777

O SCILADOR A/D DE CHAIKIN

7778

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O SCILADOR DE McCLELLAN II.

INTERPRETACIÓN

El oscilador plantea tres medias móviles exponenciales: -

-

-

dad de correcciones puntuales de los mismos.

III.

INCONVENIENTES

La primera, una media de 3 sesiones de la diferencia entre el número de valores que han cerrado al alza y los que han cerrado a la baja. Se utiliza básicamente para confirmar las señales de compra y venta de la siguiente manera: cuando el valor de la media supera el nivel +100 es señal de compra. Cuando la media traspasa el nivel de -150 es señal de venta. Más específicamente, si la media supera el valor +100 se abren posiciones de compra y se cierran las de venta. Cuando la media alcanza el valor -150 se cierran posiciones de compra y se abren posiciones de venta. Es decir, estaremos largos del valor +100 al -150 y cortos del -150 al +100. Dada la necesidad de fuertes movimientos extremos de esta media, su utilidad es más bien escasa para determinadas situaciones intensas de mercado, esto es, en entornos de sobrecompra o sobreventa.

Aparte de los inconvenientes de este tipo de osciladores de amplitud de mercado (entre otros, no tiene en cuenta aquellos valores que no se han movido en la sesión o que su precio de cierre sea igual al de apertura), el oscilador sólo es significativo en situaciones de mercado extremas (sobre compra y sobreventa), por lo que los cruces entre las medias que lo componen podrían dar lugar a interpretaciones erróneas. Se aconseja confirmar las señales de este oscilador con otros similares.

La media a medio plazo recoge las 20 sesiones de la diferencia entre el número de valores que han cerrado al alza y los que han cerrado a la baja. Se utiliza fundamentalmente para la confirmación de la ruptura de soportes y resistencias conforme a las reglas del Análisis Técnico (3/5% del precio último de cierre y durante un período superior a tres días) y así actuar en consecuencia para posibles entradas y salidas de mercado.

McClellan oscilator

La considerada como media a largo plazo contiene 200 sesiones de la diferencia entre el número de valores que han cerrado al alza y los que han cerrado a la baja. Su utilidad radica en la identificación de la tendencia principal de precios ante la posibili-

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JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ GALÁN Véase también: "Amplitud avance / retroceso"; "Indicador Bolton/Tremblay"; "Media móvil"; "Oscilador de McClellan" y "Overbougth/Oversold".

OSCILADOR DE McCLELLAN I. CONCEPTO • II. INTERPRETACIÓN • III. CONSTRUCCIÓN • IV. INCONVENIENTES • V. EL SUMMATION INDEX DE McCLELLAND (MSI)

I.

CONCEPTO

Este oscilador fue desarrollado por Sherman and Marian McClellan en 1969. Trata de identificar situaciones de sobrecompra y sobreventa según la entrada (compra) y salida (venta) de liquidez en el mercado. El oscilador de McClelland se enmarca en el grupo de osciladores de amplitud (como, el Amplitud Avance / Retroceso, el Indicador Bolton / Tremblay, el "Oscilador de Haurlan" o el OVER-

7779

O SCILADOR DE McCLELLAN BOUGHT / OVERSOLD, entre otros), para determinar la tendencia de los precios a partir de la diferencia entre los valores que cierran al alza y los valores que cierran a la baja y aplicando sobre la misma determinas medias móviles exponenciales, en concreto de 39 y 19 sesiones.

inferior al anterior y se produce una caída brusca de niveles o a la inversa, tras un mínimo no es superado por el posterior y se produce una subida brusca del oscilador.

Aparte de las diversas interpretaciones de este oscilador, prevalecen dos:

Por ello, la regla más fiable es aquella que, en primer lugar se observa una subida o bajada brusca del valor (un pico o un valle) confirmada por los cruces al alza (compra) o a la baja (venta) de la línea cero.

-

III.

II.

-

INTERPRETACIÓN

Cuando el oscilador es positivo (supera el valor cero), el dinero está entrando en el mercado: mercado al alza. Cuando es negativo (desciende del valor cero) el dinero está saliendo del mercado: mercado a la baja. En torno a la línea cero supone una congestión de los precios sin tendencia definida. Lecturas extremas del oscilador señalan posiciones de sobrecompra (muy positivas) o de sobreventa (muy negativos) de mercado. No obstante, es difícil entender qué significan "valores extremos" en el oscilador, ya que pudiera suceder que a lecturas aparentemente extremas podrían seguirle otras de mayor valor. Una posibilidad podría ser la siguiente: cuando alcanzado un máximo, el siguiente es

CONSTRUCCIÓN

Existen diversas variantes para el cálculo de este oscilador que en el fondo se trata de la siguiente expresión: Media móvil exponencial de 19 sesiones del número de avances menos el número de descensos) - (Media móvil exponencial de 39 sesiones del número de avances menos el número de descensos) Sin embargo, proponemos la siguiente ya que es la más sencilla y sus resultados no difieren significativamente de los empleados en los programas informáticos como Metastock, Visual Chart o ProRealtime. El cálculo del McClellan Oscillator se ’presenta en la siguiente tabla:

Ejemplo de cálculo del oscilador de McClellan SESIONES

AVANCES

RETROCESOS

06/19/09

1.737

789

06/20/09

1.100

1.480

-380

06/23/09

813

1.771

-958

06/24/09

1.786

961

825

06/25/09

1.253

1.557

-304

7780

AVANCES MEDIA MEDIA MENOS RE- DE 19 SE- DE 39 SETROCESOS SIONES SIONES

948

405,15

MEDIA DE 19 MENOS MEDIA DE 39

240,80

164,35

326,64

209,76

116,87

198,17

151,37

46,80

260,86

185,06

75,80

204,37

160,60

43,77

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O SCILADOR DE McCLELLAN SESIONES

AVANCES

RETROCESOS

AVANCES MEDIA MEDIA MENOS RE- DE 19 SE- DE 39 SETROCESOS SIONES SIONES

MEDIA DE 19 MENOS MEDIA DE 39

06/26/09

1.301

1.450

-149

169,03

145,12

23,91

06/27/09

1.797

937

860

238,13

180,87

57,26

06/30/09

1.519

1.279

240

238,32

183,82

54,49

07/01/09

1.690

1.135

555

269,99

202,38

67,60

07/02/09

1.839

961

878

330,79

236,16

94,62

07/03/09

1.970

753

1.217

419,41

285,20

134,20

07/07/09

1.462

1.396

66

384,07

274,24

109,82

Fuente: Steven B. Achelis and Jon C. DeBry

De donde: -

La primera columna corresponde a las fechas de las diferentes sesiones de negociación. Por ejemplo, tomemos la del 30 de junio de 2009, resaltado en negrita en la tabla.

-

En la segunda columna se colocan el número de títulos cuyo precio de cierre ha sido superior al de la sesión anterior ("avances"). En el caso que nos ocupa, 1.519 títulos.

-

En la tercera columna están el número de títulos que han cerrado por debajo de la sesión anterior ("retrocesos"): 1.279 títulos.

-

En la cuarta columna se restan los avances de los retrocesos manteniéndose el signo negativo: 1.519 1.279 = 240. Es positivo.

-

En la cuarta columna, se determina la media móvil exponencial de las últimas 19 sesiones. En caso de no disponer de suficientes datos el resultado equivale aproximadamente el 10% de la diferencia de avances y retrocesos en curso más el 90% de la media móvil inmediata anterior, esto

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es: (240 x 0,1) + (238,13 x 0,9) = 238,32. -

En la quinta columna se determina la media móvil de 39 sesiones, que equivale aproximadamente al 5% de la diferencia entre avances y retrocesos de la sesión en curso, más el 95% de la media de la sesión anterior, por tanto: (240 x 0,05) + (180,87 x 0,95) = 183,82.

-

La sexta y última columnas corresponden al Oscilador de McClellan, es decir, la suma de las dos columnas anteriores: 238,32 menos 183,82 = 54,49. Parece que la tendencia alcista del valor se va confirmando según este resultado, por encima de la línea cero y hacia valores relativamente altos.

IV.

INCONVENIENTES

El hecho de que un pequeño número de valores suban o bajen podría resultar engañoso si se trata de aplicarlo a la generalidad del mercado, bien sea porque los valores ponderan con un peso específico muy elevado con respecto al resto del mercado (como sucede en la

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O SCILADOR DE McCLELLAN

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O SCILADOR DE McCLELLAN

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O SCILADOR TÉCNICO Bolsa española en la cual apenas cinco valores ponderan más del 60% en su principal índice selectivo el IBEX 35), bien porque en media, el resto de valores apenas si ha variado en la sesión, lo que podría interpretarse erróneamente como un alza o baja del total del mercado. Esto podría provocar señales falsas de sobrecompra y sobreventa del oscilador. Por ello, resulta más útil para generar compras y ventas a lo largo de una tendencia de fondo de mercado.

V.

EL SUMMATION INDEX DE MCCLELLAND (MSI)

El Summation Index (Índice Sumatorio), trata de solventar en parte la falta de tabulación del Oscilador de McClellan. La posibilidad de un inicio de tendencia se establece a partir de los cruces en la línea cero: Si el MSI cruza al alza, hay posibilidad de que el mercado comience un giro alcista. Si es a la baja, el mercado podría estar empezando una tendencia bajista. La interpretación más útil del MSI radica en confirmar los cambios de tendencia, cuando el SMI se sitúa en los valores extremos y cambia bruscamente en sentido inverso. Por ejemplo, si tras haberse situado por encima del +1.250 el giro lo lleva hacia la zona del -2.000, significaría una señal de agotamiento alcista y un cambio de tendencia. No obstante, la evidencia empírica ha mostrado que las señales se confirman sólo en mercados de larga duración (en media tras una tendencia continuada de 22 a 24 meses). El SMI se obtiene de la siguiente forma: Oscilador de McClellan - ((10 x Media de 19 sesiones) + (20 x Media de 39 sesiones)) + 1000. Siguiendo con los mismos datos correspondientes a la sesión del 30 de ju-

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nio de 2009, resultaría: 54,49 - ((10 x 238,32) + (20 x 183,82) + 1000 = 5005,15. En este caso, parece que el mercado se encuentra asociado a una fuerte volatilidad, por lo que habrá que extremar las precauciones, aunque se encuentre en un movimiento al alza según el Oscilador. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ GALÁN Véase también: "Amplitud avance / retroceso"; "Indicador Bolton/Tremblay"; "Media móvil"; "Oscilador de Haurlan"; "Overbougth/Oversold" y "Triple Exponential Moving Average (TEMA)".

OSCILADOR TÉCNICO Technical oscilator El oscilador técnico consiste en la formulación de expresiones matemáticas y estadísticas con el objetivo de suavizar la tendencia de los precios o intentar predecir cambios de tendencia de precios con la suficiente anticipación como para actuar adecuadamente. Combina en última instancia, precios (de apertura, máximo o mínimo, medios o de cierre) con volúmenes (de negociación, contratación o interés abierto en diferentes períodos de tiempo). Sin embargo, mientras que el indicador técnico trata de determinar la curva de precios para conseguir una línea más clara al margen de movimientos erráticos (siendo el más característico la media móvil en sus diversas vertientes aritmética, exponencial, logarítmica o semilogarítimica), el oscilador técnico trata de anticiparse a los movimientos de los precios y así ofrecer señales de compra o venta según las circunstancias de mercado. La técnica más frecuente consiste en generar las señales cuando el oscilador cruce la línea cero: al alza implicará en

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O UTLIER general, señal de compra o alcista y a la baja, señal de venta o bajista. Otra técnica consiste en delimitar los movimientos estableciendo un límite máximo y un límite mínimo, para establecer posiciones o determinar mercados demasiado comprados (extremo superior) o vendidos (extremo inferior). La divergencia es un elemento esencial. Esto sucede cuando los precios y el oscilador o indicador se mueven en sentidos opuestos. En este sentido, es la línea del oscilador la que prevalece sobre la tendencia de los precios y suele indicar un posible cambio de tendencia. Por último, es importante separar el "ruido" (pequeñas variaciones de la tendencia) de la tendencia de fondo (alcista, bajista, lateral), de ahí la importancia de contar al menos con tres tipos de osciladores: uno de tendencia, uno de sobrecompra o sobreventa y uno de volatilidad. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ GALÁN Véase también: "Indicador técnico" y "Media móvil".

OTAN Véase: "Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN)".

OTRI Véase: "Oficina de transferencia tecnológica".

OUT OF THE MONEY Con la expresión out of the money, más utilizada que su traducción en castellano, "fuera de dinero", se define la si-

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tuación en la que no es interesante (por eso también se la puede denominar como "No interesa") ejercer la opción. Se trata de las opciones que no tienen valor intrínseco, puesto que su ejercicio entrañaría una pérdida. Los calls fuera de dinero son aquellos cuyo precio de ejercicio es mayor que el precio de mercado del activo subyacente. Los puts fuera de dinero son aquellos cuyo precio de ejercicio es menor que el precio de mercado del activo subyacente. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Opción".

OUTLIER I. CONCEPTO • II. TRATAMIENTO DE OUTLIER

I.

CONCEPTO

Llamaremos datos atípicos a aquellas observaciones significativamente diferentes al resto de los datos. En una serie de datos, por ejemplo, la presión sistólica de seis individuos son los siguientes: 134, 136, 145, 138, 152 y 218, podemos suponer que el último de los datos puede considerarse como un dato atípico u outlier. Más formalmente, el término se refiere a una observación que parece ser incompatible con el resto de los datos relativos a un modelo asumido. Tales observaciones extremas pueden estar reflejando alguna alteración en la característica medida, o bien pueden ser el resultado de un error en la medición o tabulación de los datos. Este tipo de datos debe ser tratado y analizado por separado al resto de los datos. Las consecuencias de una observación atípica dentro del conjunto de los

7785

O UTLIER con series libres de outlier. Este puede ser un procedimiento iterativo, ya que una vez limpiada la serie, se procederá a realizar una nueva búsqueda de atípicos, pero en este caso los valores se ajustarán mucho más, debido a la anterior eliminación de algunos datos distorsionantes.

datos puede ser importante, llegando a distorsionar medidas características de la distribución como la media o la desviación típica.

II.

TRATAMIENTO DE OUTLIER

La caracterización de este tipo de datos suele ser sencilla, debido a la disparidad que presentan con el resto de las observaciones. Existen diversos procedimientos para la detección de outlier, en gran parte la aplicación de uno u otro método no suele ser excluyente y, en la mayoría de ocasiones, se recomienda la utilización de diversos métodos y posterior comparación de los resultados. La aplicación de uno u otro método muchas veces está condicionada por la forma y distribución de los datos, en definitiva, no existe un único método aplicable en cada caso. Así, el problema de detección de outlier se convierte en uno de las principales cuestiones a tratar dentro del análisis de datos.

La dimensión de trabajo constituye otro de los principales problemas a tener en cuenta. Así, la detección univariante no identificará como datos atípicos a muchos datos que serían considerados outlier por los métodos multivariantes. Veremos a continuación los principales procedimientos, teniendo en cuenta la dimensión de los mismos: •

Detección Univariante: la perspectiva univariante selecciona como datos atípicos aquellos casos que están fuera de unos determinados rangos fijados a priori. La principal dificultad radica en la determinación de ese umbral, que depende del tamaño de la muestra o la procedencia de los datos. Aunque no existe una pauta general, se consideran atípicos los valores una vez estandarizados superiores a 2,5 el valor promedio para muestras pequeñas, cuando se incrementa el tamaño muestral (normalmente a partir de 100 observaciones), se amplían a 3 ó 4 veces. De todas formas, el investigador debe tener en cuenta que, si maneja datos donde la mayoría se encuentran fuera de ese rango, debe replantearse los límites, el tratamiento de los mismos, su calidad, etc.



Detección Bivariante: además de la detección anterior, pueden evaluarse conjuntamente pares de números. Generalmente, para ayudar al aislamiento de los datos atípicos suele llevarse a cabo la representación gráfica de los mismos y el trazado de una elipse que determinará los valo-

La distancia de un determinado valor (por ejemplo, la distancia euclídea y la de Mahalanobis) al valor promedio de la serie constituye uno de los procedimientos más usuales de la caracterización de datos atípicos, que unida a la representación gráfica de los mismos nos puede dar información de la composición de los datos. Para tratar la heterogeneidad producida por una serie se suelen utilizar dos procedimientos: •



Utilización de estimadores robustos, los cuales son diseñados para el trabajo con este tipo de datos y no le afecta en gran medida su presencia. Realizar una detección de los datos atípicos y posteriormente realizar una limpieza de los mismos, eliminando de la serie de datos todos los puntos sospechosos, para trabajar

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O UTPLACEMENT des con el fin de recolocarse de nuevo en el mercado laboral fuera de la empresa en la que prestaba sus servicios, en la mejor posición posible a la que según las circunstancias del momento y la persona, se pueda acceder.

res a incluir, el tamaño varía y nunca debe ser inferior al 50% de los datos. •

Detección Multivariante: la tercera perspectiva para identificar casos atípicos implica una evaluación multivariante de los mismos, que, de entre todos los métodos posibles para la detección, la distancia D2 de Mahalanobis parece la de mayor aplicación.

2.

Conjunto de técnicas y estrategias encaminadas a aumentar el número de posibilidades de encontrar con éxito un nuevo empleo a las personas que ya no forman parte de una empresa, equilibrando sus objetivos profesionales y personales con la realidad del mercado laboral.

3.

Servicio que ofrecen las empresas consultoras a aquellos profesionales que buscan empleo, para reorientar su vida laboral satisfaciendo sus expectativas en el menor tiempo posible.

4.

Medida por la que optan algunas empresas tras prescindir de los servicios de algunos empleados, bien a través de consultores externos o realizado por ellos mismos, como solución para reorientar las carreras profesionales de estas personas con el objetivo de encontrar un nuevo trabajo en otra empresa lo más cercano a sus intereses, en el menor plazo.

Mª LETICIA MESEGUER SANTAMARÍA JOSÉ MONDÉJAR JIMÉNEZ MANUEL VARGAS VARGAS

OUTPLACEMENT I. DEFINICIÓN • II. ANTECEDENTES • III. CAUSAS DEL OUTPLACEMENT • IV. MARCO JURÍDICO • V. OBJETIVOS DEL OUTPLACEMENT • VI. TIPOS DE PROGRAMAS DE OUTPLACEMENT Y SUS ETAPAS 1. Evaluación del potencial, análisis personal y profesional 2. Definición de objetivos, formulación de la estrategia y preparación y adquisición de técnicas de búsqueda de empleo 3. Campaña de búsqueda 4. Negociación e integración en el nuevo puesto

I.

DEFINICIÓN

El outplacement es un servicio que utilizan las empresas para facilitar la reorientación laboral de los profesionales ex empleados que se han separado de la misma. La propia empresa, o a través de un consultor especializado, trabaja en recolocar o reubicar en otras empresas a estas personas que han perdido su puesto de trabajo, de acuerdo con su perfil profesional y su plan de carrera. El outplacement hace referencia a diversos significados: 1.

Proceso por el que una persona, tras haber sido despedida, asesorada por otra, lleva a cabo una serie de acciones y nuevos aprendizajes y actitu-

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Es una medida que toman las empresas por un lado como un mecanismo de marketing empresarial para mejorar la imagen de la compañía y evitar la propagación de publicidad, información e imagen negativa; y por otro como beneficio que demuestra un reconocimiento y agradecimiento a esa persona por los servicios prestados en esa empresa.

II.

ANTECEDENTES

La iniciativa surgió en Estados Unidos, tras la Segunda Guerra Mundial, como estrategia de apoyo para personas que sufrían despidos, con el fin de redu-

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O UTPLACEMENT cir lo máximo posible el período de desempleo. En un principio se denominó "decruitment" (por contraposición a recruitment o contratación) o "dehired" (por contraposición a hired o contratado). Sin embargo, estas denominaciones se sustituyeron por "outplacement", término que posee otras denominaciones en nuestro país como "Desvinculación Asistida" o "Desvinculación programada". En un principio surgió como una actividad dirigida a determinados colectivos, principalmente a los ejecutivos de alto nivel, militares, religiosos que perdían su vocación, científicos de alta cualificación, etc. Hay autores que atribuyen su nacimiento a la recolocación de centenares de técnicos y científicos de los que debía desprenderse la NASA como consecuencia de la reducción de los programas de investigación espacial por sufrir recortes presupuestarios.

ment como programas fomentados por la empresa para minimizar el trauma personal y organizativo asociado con la pérdida del empleo. -

Sweet, D.H. (1989, p. 147) lo define como un servicio que proporciona a los empleados despedidos el conocimiento y guía profesional para acercarle al mercado de trabajo de una manera negociada y disciplinada para encontrar y obtener una nueva posición con una mínima cantidad de tiempo.

-

Uría, F. (1987, p. 35) lo consideraba como «una solución ética y sin traumas para la reorientación de carrera o recolocación de ejecutivos». Lo definió como «un conjunto de estrategias y de técnicas que permiten, a las personas que deben dejar las empresas, tener posibilidades reales de encontrar rápidamente y en las mejores condiciones posibles (psicológicas, materiales, familiares, etc.) una nueva situación que compatibilice sus objetivos (personales y profesionales) con la realidad del mercado del empleo y en la que tenga posibilidades de éxito». En 1995 escribió una definición más esquemática: «conjunto de estrategias y técnicas que permiten a las personas separadas de su empresa tener posibilidades reales de encontrar, rápidamente y en las mejores condiciones posibles, un empleo» (Unía, 1995, p. 38).

-

Flórez, V. (1993, p. 38), haría referencia al «proceso mediante el cual una persona que ha sido despedida de una empresa vuelve a reubicarse en el mercado laboral». Esta autora enfatiza la recolocación del candidato.

-

La Asociación Española de Consultores de Outplacement define el outplacement como el conjunto de servicios proporcionados por una em-

Es a George Hubber a quien se le atribuye el uso por primera vez del término outplacement en su consultora Think de Nueva York, el cual en 1969 decidió facilitar la colocación de los directivos que iban a ser despedidos de sus empresas. De las multinacionales americanas se pasó a las de Europa, en Reino Unido en 1971, pasando a Francia en 1976 por la expansión de consultoras que ofrecían este servicio. Desde el inicio del outplacement se ha ido definiendo el término de diferentes maneras. En la literatura aparecen acepciones como las siguientes: -

-

Benito, C. (1981, p. 239) realiza la más simple definición del outplacement al entenderlo como «un servicio de reorientación y empleo de directivos». En el plano internacional, Zagat, H. (1985, p. 13) se refiere al outplace-

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O UTPLACEMENT presa consultora especializada a aquellos profesionales que deben buscar un nuevo empleo, para que lo encuentren de forma que satisfaga sus expectativas en el menor plazo posible. -

III.

Sastre, M.A. (1995) recopilando y agrupando las definiciones anteriores presenta la siguiente : «Es el servicio que una empresa aporta a uno o varios trabajadores despedidos, bien por sus propios medios bien a través de consultores externos, a través del cual se ofrece a dicho(s) trabajador(es) el asesoramiento, la formación y los medios necesarios para lograr una transición en su carrera, consiguiendo un nuevo trabajo en otra empresa lo más adecuado posible a su perfil y preferencias en el menor plazo posible, reduciendo así los perjuicios económicos y psicológicos que genera toda situación de despido».

CAUSAS DEL OUTPLACEMENT

La internacionalización de las empresas, la competitividad creciente en la era de la globalización, las crisis económicas, las privatizaciones y la necesidad de adaptarse a unos mercados cada vez más cambiantes repercuten desfavorablemente en garantizar la estabilidad de un puesto de trabajo. Es decir, los ajustes de plantilla, las reorganizaciones internas, reestructuraciones empresariales, deslocalizaciones debidas a fusiones, absorciones, adquisiciones, dimisiones o ceses en el cargo son algunos de los principales factores que han provocado el aumento del fenómeno empresarial del outplacement. Si puntualizamos en primer lugar en las causas objetivas nos encontramos por un lado las generales como pueden ser absorción de empresas, amortización de puestos, aplanamiento de las estructuras,

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cambio de actividades o estrategia empresarial, cambio de equipos directivos o de trabajo, cese de actividad, externalización de actividades y de servicios, fusión de empresas, reconversiones, reducciones de plantillas, retorno de expatriados, situaciones transitorias de crisis, teletrabajo y ventas de empresas. Y por otro lado, dentro nos encontramos las legalmente objetivas, es decir, las causas económicas, organizativas, técnicas o de la producción. En segundo lugar se encuentran las causas subjetivas dentro de las cuales están las generales, las específicas y las legalmente subjetivas. Dentro de las primeras se incluyen los individuos con objetivos no cumplidos, los considerados de baja productividad y las insatisfacciones laborales manifiestas. Las específicas engloban la falta de sintonía con la cadena de mando, con los niveles inferiores o superiores o con el equipo de trabajo, la falta de aceptación de cambios culturales corporativos, no adaptación/integración en las normas internas, problemas de comunicación con la cadena de mando o con los colaboradores (ascendente, descendente) y rechazos e inadaptaciones diversas. Por último, dentro de las causas legalmente subjetivas están los incumplimientos contractuales y los despidos disciplinarios puros. Aunque el outplacement está pensado con independencia de la causa por la que el trabajador se encuentra en situación de desvinculación con la empresa es cierto que se ofrece con más frecuencia este servicio cuando la etiología no es provocada por la persona en cuestión. De esta manera ante despidos disciplinarios será la propia persona la que tendrá que correr con los correspondientes gastos si quisiera contratar un profesional que le ayude a recolocarse. En general, el proceso de outplacement suele durar de seis a nueve meses,

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O UTPLACEMENT aunque varía según el grado de implicación de la compañía, que normalmente es la que lo costea. El coste de un programa de este tipo se fija al inicio del mismo en función del salario bruto anual del candidato (la persona que busca empleo) que puede situarse entre el 15% y el 20% de dicho salario. A pesar de que supone un coste añadido para la empresa inmersa en un proceso de reestructuración o de negociación, no es una parcela exclusiva de las grandes organizaciones ni aplicable sólo a directivos. El servicio de outplacement está dirigido a profesionales de todos los perfiles con independencia de su edad, formación, trayectoria profesional, función, remuneración, etc. Y pese a que no es lo habitual, en algunas ocasiones es el propio candidato quien de forma voluntaria y ajena a la empresa acude a contratar los servicios de un consultor de outplacement costeándose este programa. Es importante conocer la diferencia entre un consultor de outplacement y un Head Hunter. Mientras que el segundo selecciona para un cliente los mejores candidatos para un puesto definido, la actividad del consultor de outplacement consiste en "acompañar" y "asistir" al candidato en el proceso de búsqueda de una nueva actividad profesional. La dinámica empresarial cada vez más exige el empleo del outplacement en los departamentos de recursos humanos. La decisión de despedir a un grupo de personas no afecta únicamente a las personas despedidas sino que repercute al conjunto de la compañía, por ello que hay que cuidar el trato que se proporciona más allá de lo exigido en la normativa legal para aminorar el impacto negativo y no mermar la productividad y el rendimiento general al empeorarse el clima laboral.

7790

IV.

MARCO JURÍDICO

El outplacement no está recogido en la legislación laboral española como un elemento reglado. Es una mejora voluntaria que adopta la empresa libremente, por lo que sería de gran utilidad que progresivamente fuera apareciendo en las negociaciones de los convenios colectivos. Por ejemplo es muy beneficioso en los siguientes casos: 1.

Su consideración como una medida dentro de los Expedientes de Regulación de Empleo para mitigar los efectos negativos del despido.

2.

En caso de traslado de un trabajador ofrecer este servicio al cónyuge del mismo.

3.

En los contratos de Alta Dirección en los que se puede añadir una cláusula adicional en la que se oferte este servicio en los casos de extinción de contrato por causas no imputadas al trabajador o en lo referido a cambios sustanciales de las condiciones de trabajo cuando optase por la rescisión de su contrato.

V.

OBJETIVOS DEL OUTPLACEMENT

El outplacement a pesar de que no garantiza la obtención de un empleo, sí aumenta las probabilidades de reinserción laboral del candidato, lo cual se consigue dando soporte, formación y medios que permiten reducir el tiempo que puede llevar acceder a una nueva alternativa de puesto de trabajo. Más en concreto el outplacement persigue los siguientes objetivos: 1.

Asesorar y dar apoyo psicológico al candidato para reducir el conflicto emocional que implica la separación laboral.

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O UTPLACEMENT 2.

Ayudar a identificar y aprovechar las habilidades con las que cuenta la persona.

3.

Orientar la trayectoria laboral plasmando los objetivos personales y diseñando una estrategia para alcanzarlos, teniendo siempre presente la actual situación del mercado.

4.

Aplicar de forma práctica las técnicas necesarias para alcanzar los objetivos personales como por ejemplo, construcción de currículum vitae ejecutivo, entrenamiento en entrevistas de selección, estilos de comunicación, creación de redes de contacto, canales de accesos al mercado, etc.

5.

Ofrecer un trato más humano al empleado, a la vez que mejora su imagen corporativa y evita los posibles conflictos internos que puedan surgir.

Para que el proceso de outplacement sea más efectivo se establece un programa personalizado para cada individuo en el que se trata de: -

Identificar y analizar las capacidades y limitaciones de cada candidato.

-

Analizar el mercado laboral más adecuado para el candidato según sus potencialidades.

-

Elaborar un Plan de Marketing personal y una red de contactos (Networking).

-

Preparar el Currículum Vitae, las entrevistas y sus técnicas según unas metas concretas.

-

Ofrecer apoyo psicológico en todo momento.

A lo largo de este proceso la persona obtiene una serie de beneficios. En primer lugar obtiene una ayuda para comprender, administrar y para adaptarse al proceso de cambio en el que está inmer-

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so. Recibe una asesoría y orientación para sus futuras actividades, sean estas laborables o empresariales, por medio de un equipo de profesionales relacionados con aspectos legales y jurídicos, económicos y de recursos humanos. Puede identificar cuáles son sus fortalezas, qué competencias y estilo personal puede perfeccionar para enfrentarse con éxito a los nuevos desafíos. Incluso adquiere informaciones beneficiosas sobre el mercado laboral, específicamente por especialidad, segmentos de industria, niveles de remuneración, etc. Y a la vez tiene la oportunidad de planificar su marketing personal y realizar una campaña de búsqueda activa. En definitiva, optimiza las posibilidades a la hora de presentar su candidatura para un determinado puesto de trabajo (entrevistas, negociaciones, investigación de mercado). En cuanto a los beneficios que el outplacement aporta a la empresa cabe destacar la reducción del conflicto emocional gracias al asesoramiento en el proceso de desvinculación de sus colaboradores, haciendo que el afectado perciba la desvinculación como un desafío y una nueva oportunidad, más que como una quiebra. Es importante la buena imagen que la organización gana gracias a la preocupación demostrada por el futuro de sus empleados, y por mantener un clima de bienestar y seguridad dentro de la organización. Este servicio puede establecerse como medida para retener el talento en la empresa, o formar parte del programa de responsabilidad social corporativa.

VI.

TIPOS DE PROGRAMAS DE OUTPLACEMENT Y SUS ETAPAS

Los tipos de programas se establecen básicamente dependiendo de dos variables: el número de participantes y la duración. Así podemos clasificarlos en varios tipos: individuales, colectivos y de

7791

O UTPLACEMENT duración determinada o temporal (no se ofrecen garantías de recolocación dentro del plazo temporal) e indefinida o ilimitada (se presta sin límite de tiempo hasta conseguir la recolocación de la persona). Dentro del colectivo se puede diferenciar a su vez en outplacement grupal que va dirigido a grupos homogéneos de per-

sonal no directivo, y outplacement colectivo que va orientado a un colectivo más heterogéneo de la empresa.

El proceso de outplacement individual consiste en la aplicación de una metodología que se ha de adaptar a las características específicas de cada candidato. Los destinatarios son normalmente directivos y mandos intermedios. En este proceso predomina realizar un buen marketing personal del candidato para lo cual es necesario identificar sus características (autodiagnóstico), elegir los objetivos donde vaya a tener más oportunidades, aprender a explicarlo y presentarlo (resumen profesional, cartas y entrevistas), saber cómo venderlo (campaña y método de exploración), y cómo negociar su precio (sueldo y negociaciones).

Antes de comenzar las fases propiamente dichas del proceso de outplacement, es función del consultor favorecer sentimientos de confianza y de credibilidad en el candidato. Se inicia en este momento una fase previa de recuperación o de reestructuración emocional al tratar de eliminar en el trabajador los sentimientos de no valía, culpabilidad, etc. donde para ello a su vez se pasará por diversas etapas como la de autoconocimiento y autorreflexión encaminadas a conseguir una implicación y participación, con un equilibrio personal, en este proceso.

En cambio, los programas ofrecidos a nivel de grupo, o de duración limitada también, ponen el énfasis en la técnica de la búsqueda de trabajo, el resumen profesional y la entrevista, con menor atención en el autoanálisis, el seguimiento o el asesoramiento personalizado. La actividad principal de las empresas consultoras de outplacement se centra en la modalidad de outplacement individual, sin embargo cada vez más el colectivo está adquiriendo mayor valor.

7792

Aspectos que serán fundamentales determinar para el momento de la contratación y de establecimiento del precio.

En el caso de que la empresa contrate a la consultora, figura más frecuente, para que le asesore sobre el óptimo procedimiento para comunicar el despido debemos tener en cuenta esta fase. Uno de los aspectos que se tratan en ella es la entrevista de desvinculación para lo cual se ha de crear un equipo de comunicación y preparar el acto de comunicación en sí, tanto a los afectados, como en su caso a los representantes sindicales, comité de empresa o delegado de personal; y los roles que adoptarán las diferentes figuras durante el mismo.

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O UTPLACEMENT Una vez superado este punto se inician las etapas propiamente dichas del outplacement, estructuradas según las necesidades y expectativas individuales. En primer lugar se evalúa el potencial y se realiza un análisis personal y profesional, para pasar a la segunda etapa donde se definirán los objetivos y se formula la estrategia a seguir. La tercera es la campaña de búsqueda y la cuarta y última, la negociación e integración en el nuevo puesto.

1. Evaluación del potencial, análisis personal y profesional En esta etapa se realiza un autoanálisis profesional, con ayuda del consultor de outplacement, un inventario de logros, aportaciones, metas conseguidas para saber con certeza qué posee el candidato y qué puede ofrecer. También se analizan las debilidades y fortalezas para que antes de lanzarse al mercado conozca las áreas que domina y sus limitaciones para construir una base sólida de autoconocimiento y a partir de ahí desarrollar un proyecto profesional realista y práctico. De igual manera nos sirve para saber qué competencias puede desarrollar, cuáles mantener o adaptar y establecer las necesidades formativas. Al finalizar se integrarán los resultados obtenidos, incluidas todas las pruebas que se hayan aplicado al candidato para comunicárselas (feedback) para que conozco sus fortalezas y debilidades o carencias.

2. Definición de objetivos, formulación de la estrategia y preparación y adquisición de técnicas de búsqueda de empleo La estrategia del outplacement requiere la definición de los objetivos del candidato y el diseño de un plan de marketing personal, que permita alcanzarlos.

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Basándose en el diagnóstico, el candidato podrá definir sus propios objetivos personales y profesionales que se materializarán en la identificación de oportunidades objetivo, lo cual implica definir los sectores, empresas, niveles jerárquicos, localidades geográficas o tipos de trabajos posibles y preferidos. El consultor debería hacer comprender al empleado que ha de plantearse sus objetivos en términos de continuidad de carrera, y no de continuidad en la empresa. Las acciones se llevarán a cabo en esta segunda fase están relacionadas con la adquisición de técnicas de búsqueda de empleo. En cuanto al marketing personal las herramientas incluyen la elaboración de un buen Currículum Vitae, responder a anuncios de ofertas de empleo, encarar entrevistas con seleccionadores, investigar en la información empresarial, y sobre todo a explotar sus contactos personales. Relacionado con esto último, una técnica a desarrollar por su importancia es el networking o red de contactos. Estos contactos se refieren a personas que proporcionan información del candidato a las empresas objetivo o bien puede servir de enlace o presentación de otras en relación con su objetivo profesional. Esta actividad estará subdividida en cómo elaborar la red, saber cómo puede ayudarnos esa persona, y saber qué decirle en concreto al pedir su colaboración.

3. Campaña de búsqueda En esta fase el candidato con ayuda del consultor planifica su estrategia de marketing adaptada a sus necesidades individuales, que permitirá avanzar en su objetivo profesional paso a paso. A medida que se van realizando contactos con las empresas objetivo se dis-

7793

O UTPLACEMENT cute la estrategia y técnica de la búsqueda con el consultor, para irlas perfeccionando e introduciendo mejoras. Y una vez que el candidato ha acudido a una entrevista con contactos personales, empresas o seleccionadores se analiza exhaustivamente por parte del consultor con el fin de optimizar este proceso y aumentar las posibilidades de éxito.

pontáneas, red de relaciones o entrevistas, etc.

4. Negociación e integración en el nuevo puesto

El objetivo de los mismos es permitir a los candidatos establecer su balance profesional, definir sus objetivos de carrera, realizar su currículum-vitae y cartas de presentación, formarse en técnicas de búsqueda de empleo, y prepararse para los procesos de selección.

Como es común que el candidato puede seleccionar entre varias ofertas, en esta última fase se le asesora en la evaluación de las propuestas y la negociación de las ofertas de empleo para tomar la mejor decisión posible, incluyendo un asesoramiento financiero. Normalmente al equipo de asesores están a disposición del candidato durante un plazo determinado para ayudarle a tener éxito en la nueva empresa. Incluso se le da la posibilidad de regresar al programa de outplacement sin coste adicional en caso de que el nuevo puesto de trabajos se ajuste a sus expectativas. Con respecto a los programas de OPC colectivos, su objetivo es colaborar con las empresas que se enfrentan a una reducción importante de su plantilla para minimizar la conflictividad y la pérdida de productividad inherente, intentando facilitar al personal excedente una nueva recolocación. Los destinatarios son categorías profesionales de niveles inferiores al de directivo, esto es empleados, técnicos, obreros cualificados, etc. Este proceso incluye unos seminarios de preparación a la búsqueda de empleo, que pueden ir seguidos de jornadas para reforzar algunos aspectos ahí tratados tales como el curriculum vitae, respuestas a anuncios, candidaturas es-

7794

Estos seminarios tienen una duración de pocos días (3-5), la participación es voluntaria, y su desarrollo se basa en técnicas de dinámica de grupos, donde en cada grupo (5, 10 personas) se realizan ejercicios de simulación.

En segundo lugar, se organizan jornadas de seguimiento bajo la forma de trabajo en grupo y entrevistas individuales. En tercer lugar, se procede a la creación e implantación de antenas de empleo que acogen, asesoran e informan al personal y detectan puestos de trabajo disponibles en su ámbito de actuación para dinamizar la colocación. El éxito de un proceso de outplacement depende del equilibrio de tres factores. Los intrínsecos personales y profesionales de la persona. El factor voluntad, que es la motivación, compromiso y seguridad de uno mismo. La constancia y el manejo de la autoestima durante la búsqueda del nuevo empleo es la que aumenta la probabilidad de encontrarlo. Y por último factores extrínsecos que vienen determinados por la logística de medios de las consultoras (variedad de medios técnicos, calidad) y los recursos humanos (conocimientos, experiencia, etc.) La situación más propicia para trabajar con el candidato es que se vea apoyado por su empresa de origen, y que continúe trabajando en ella mientras esté

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O UTSOURCING DE RECURSOS HUMANOS participando en el proceso de outplacement, para que no sienta que ha sido abandonado por su empresa o incluso inútil. De esta manera la transición será suave y no perjudicará la moral y motivación de los empleados que quedan en ella.



IRENE FERNÁNDEZ ANDRÉS •

LO ESENCIAL SOBRE OUTPLACEMENT Libros •











ARELLANO, F. A. (2007) The Effect of Outplacement on Unemployment Duration in Spain , Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA). ARIAS DOMÍNGUEZ, A. (2005) El outplacement como método de lucha contra un desempleo muy cualificado , Anuario de la Facultad de Derecho de la Universidad de Extremadura. BENITO ALAS, C. (1981) El Empleo de Directivos. El Outplacement , Alta Dirección. RAMOS GIMENO, M. F. y HERNÁNDEZ GARCÍA, M.C. (1999) Outplacement. Principios de éxito y reorientación laboral , Griker. SWEET, D. H. (1989) A Manager s Guide to Conducting Terminations , Lexington Books. URÍA, F. (1995) El outplacement. El éxito en la búsqueda de un nuevo empleo , Ediciones Pirámide S.A.

Artículos de opinión •



FLÓREZ, V. (1993), Outplacement: una Solución Humana ante el Despido , Capital Humano, n º 54, marzo, Págs. 38-42. SASTRE CASTILLO, M.A. (1995) Outplacement: Una aproximación a su reali-

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dad teórica , Cuadernos de Relaciones Laborales, n.º 6. Servicio de Publicaciones de la Universidad Complutense. URÍA, F. (1987) El Outplacement Individual en la Práctica , Asociación Española de Dirección y Desarrollo de Personas (AEDIPE). Junio, págs. 34-40. ZAGAT, H. (1985) Outplacement and Severance Pay Practiques , PERSONNEL n.º 9, septiembre, págs. 13-21.

OUTPUT GAP Véase: "Brecha de la producción".

OUTSOURCING DE RECURSOS HUMANOS Human resource outsourcing I. CONCEPTO Y NATURALEZA • II. LA DECISIÓN DE EXTERNALIZAR. RAZONES Y PROBLEMAS

I.

CONCEPTO Y NATURALEZA

El outsourcing o externalización de una tarea se produce cuando una compañía contrata parte de su trabajo a otras compañías o personas a cambio de una compensación económica. Esta opción se plantea en cada vez un mayor número de tareas y procesos, dentro de un propósito de eficiencia en el uso de recursos, dedicándonos a aquellas tareas claves para la obtención de ventajas competitivas. Para ello contratamos a proveedores de servicios que consiguen mejores estructuras de costes para tareas concretas, porque creemos que nos prestarán esa tarea de una manera profesional y permitiéndonos poner

7795

O UTSOURCING DE RECURSOS HUMANOS nuestra atención y prioridades en otros asuntos. La función de recursos humanos también externaliza en ocasiones contenidos habituales de su trabajo. Hablamos entonces de externalización (outsourcing) de recursos humanos. Algunas de las funciones más frecuentemente externalizadas, dentro de la función de recursos humanos, por orden de mayor a menor frecuencia, son (Anthony et al., 2002): •

Administración de planes de pensiones/ahorro.



Atención sanitaria de accidentes y prevención de riesgos.



Servicios de recolocación.



Prestación de programas de beneficios sociales.



Programas de desarrollo de directivos.



Capacitación en habilidades.



Administración laboral.



Programas de atención a la diversidad.



Planes de beneficios.



Incentivos.



Reclutamiento y selección.

II.

LA DECISIÓN DE EXTERNALIZAR. RAZONES Y PROBLEMAS

Para tomar la decisión de externalizar ciertas funciones de recursos humanos, la organización debe: •

Considerar con mucho cuidado el potencial de cada área que se plantea externalizar, su relevancia para la estrategia de Dirección de recursos

7796

humanos (si esa área o actividad es un área clave o periférica). •

La calidad de los especialistas en los que se podría externalizar. Qué contribución nos pueden realizar que supere las opciones de realizarlo nosotros mismos. Analizamos en este punto consideraciones financieras y de calidad de la prestación.



Definir los objetivos que se intentan lograr con la externalización, para clarificar mejor nuestra evaluación. La externalización se debe producir cuando consideramos que, en una actividad no clave, podemos conseguir un mejor servicio con un menor coste.

Podemos hablar de tres razones fundamentales para externalizar tareas (Armstrong, 2001): •

Ahorrar costes: dadas las economías de escala que pueden conseguir especialistas en prestación de determinados servicios por el volumen de actividad que pueden acumular.



Concentración de los esfuerzos en otras funciones de Dirección de recursos humanos: centrándose así en las tareas clave que se piensa que aportan verdadero valor a la organización y a la función.



Obtener efecto experiencia: que puede faltar a la organización y que se obtiene del especialista experto que se contrata.

Diferentes estudios sobre el tema nos muestran a muchas organizaciones que no están satisfechas con los resultados de diversas decisiones de externalización (outsourcing) que han tomado. Entre las causas que hay detrás de esos problemas de la externalización suelen encontrarse:

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O UTSOURCING ESTRATÉGICO •

Que las empresas en las que se externalizan las tareas se centran demasiado en el coste a corto plazo, para ajustar sus costes a las ofertas de precio con las que habitualmente consiguen a los clientes.



Que no se analizó suficientemente si la actividad externalizada era una actividad clave o no y ocurre que aparece la sensación de que actividades que identificamos como claves para obtener ventajas competitivas no están gestionadas de manera suficientemente personalizadas para nuestros objetivos y propósitos.



Que los proveedores del servicio nos vayan poco a poco haciendo cambiar nuestra cartera de contenidos de la actividad, a causa de motivos logísticos y de costes suyos o que se dispare el gasto total con respecto a las ofertas inicialmente consideradas.



Que los empleados perciban que el control sobre muchos de los temas que afectan a su moral y a sus incentivos, formación, etc., no están controlados por su organización y por los directivos que los gobiernan.

Las organizaciones deben centrarse mucho más en identificar las áreas y actividades claves de la función de recursos humanos antes de tomar decisiones de externalización. JUSTO HERRERA GÓMEZ Véase también: "Outsourcing estratégico".

LO ESENCIAL SOBRE OUTSOURCING DE RECURSOS HUMANOS Libros •

ANTHONY, W. P., KACMAR, K. M. y PERREWÉ, P. L. : Human Resource Manage-

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ment. A Strategic Approach. SouthWestern Thomson Learning. Ohio, 2002. ARMSTRONG, M. : A Handbook of Human Resource Management practice . Kogan Page. London, 2001. Eighth edition. HARRIS, M. : Human Resource Management, A Practical Approach . SouthWestern Thomson. Ohio, 2000. Second Edition.

OUTSOURCING ESTRATÉGICO Strategic outsourcing I. CONCEPTO • II. MOTIVOS Y VENTAJAS DEL OUTSOURCING PARA LA EMPRESA • III. ETAPAS DEL PROCESO

I.

CONCEPTO

Estrategia de crecimiento o desarrollo externo, vía cooperación, realizada por la empresa consistente en externalizar una parte de su cadena de valor (una actividad o grupo de actividades) mediante la subcontratación de la misma a otra empresa (empresa externa proveedora). La traducción en inglés equivaldría a suministro desde el exterior o aprovisionamiento externo. También se define como una desintegración de actividades de la empresa. El outsourcing es estratégico cuando el acuerdo de subcontratación es un acuerdo a largo plazo. El outsourcing es táctico cuando el acuerdo es a corto plazo (simple subcontratación) y, por tanto, no existe una relación estable entre la empresa que subcontrata y la empresa externa. Por ejemplo, una entidad de crédito (banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito) subcontrata los servicios informáticos a una empresa especia-

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O UTSOURCING ESTRATÉGICO lizada, que se encarga de todas las cuestiones relacionadas con las tecnologías de la información y la comunicación. El outsourcing estratégico se puede aplicar sobre cualquier área funcional de la empresa: 1.

2.

Outsourcing Productivo: la empresa externaliza una actividad productiva de su cadena de valor, como es, por ejemplo, la fabricación de un determinado componente que la empresa necesita para conseguir el producto final. Outsourcing comercial o de marketing: en este caso, la empresa externaliza una actividad comercial, como por ejemplo el servicio de distribución de sus productos.

3.

Outsourcing de logística, como puede ser el servicio de consultoría o de asesoría contable, fiscal y laboral de la empresa.

4.

Outsourcing de recursos humanos: empresas que deciden externalizar el servicio de contratación de personal a empresas especializadas.

5.

Outsourcing tecnológico o de I+D: como el mantenimiento de los equipos informáticos de la empresa.

siones de outsourcing, dado que, mediante esta técnica, la empresa es capaz de determinar qué actividades generan valor y qué actividades no lo generan. Las actividades que no generan valor son las que son susceptibles de ser externalizadas. En general, se trata de la decisión fabricar o comprar. En este sentido, el outsourcing es una estrategia adecuada cuando la empresa, mediante la subcontratación, consigue reducir sus costes y mejorar su eficiencia. A la empresa le resulta más barato comprar a otra empresa especializada que realizar ella la actividad. Cuando el ahorro en costes se consigue a través de las economías de escala alcanzadas por la empresa con la desintegración de actividades, el outsourcing se denomina por especialización. Cuando el beneficio para la empresa se traduce en una mayor flexibilidad ante fluctuaciones de la demanda al transformar costes fijos en costes variables, el outsourcing se denomina por capacidad. Sus principales beneficios son los siguientes: 1.

Minimización de inversiones y reducción de riesgos financieros.

2.

Mayor flexibilidad en la organización.

El outsourcing nace en los años setenta del Siglo XX con la revolución postindustrial y alcanza su auge dos décadas después con la revolución informática con el nuevo modelo fordista. En la actualidad, el outsourcing se ha de entender como una forma de cooperación entre empresas que permite especializarse en aquello que mejor sabe hacer cada una.

3.

Mejora de la eficiencia en los procesos organizativos.

4.

Mejor control y mayor seguridad en las actividades realizadas.

5.

Disminución de costes y aumento de la competitividad.

6.

Despliegue más rápido de nuevos desarrollos, aplicaciones y procesos.

II.

No obstante, el outsourcing también supone costes importantes derivados de la búsqueda de la empresa con la que realizar el acuerdo y la posterior negociación y firma del contrato con la misma. En este sentido, la empresa deberá anali-

MOTIVOS Y VENTAJAS DEL OUTSOURCING PARA LA EMPRESA

La cadena de valor puede ser una técnica muy apropiada para tomar deci-

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O UTSOURCING ESTRATÉGICO zar con detenimiento las posibles empresas proveedoras con las cuales puede firmar el acuerdo y elegir aquella que mejor se adapte a sus necesidades concretas. Sus posibles riesgos son: negociación de un contrato poco adecuado, difícil selección del proveedor, riesgo debido a fallos en los proveedores, se puede dar una excesiva dependencia del proveedor con el que se firma el contrato, fallos en los sistemas de control del contrato de subcontratación y posibles comportamientos oportunistas del subcontratado.

III.

2.

3.

4.

5.

Etapa de transición: se transfiere la responsabilidad del área o actividad subcontratada al proveedor con el que se ha firmado el acuerdo y se realizan los ajustes necesarios entre subcontratista y subcontratado.

6.

Etapa de evaluación y administración del proyecto: en esta última fase se procede a la revisión del contrato de manera periódica y regular para comprobar si con la ejecución del contrato se están obteniendo o no los objetivos deseados. En caso negativo, se establecerán las medidas que permitan, mediante una revisión del contrato, ajustar su ejecución a las necesidades de la empresa.

ETAPAS DEL PROCESO

El outsourcing representa una estrategia para la empresa que deberá ser diseñada e implementada en base a una serie de fases o etapas. Estas son las siguientes: 1.

etapas anteriores y la firma del contrato.

Etapa de inicio del proyecto: en ella se definen las características del proyecto, es decir, el alcance del outsurcing (total o parcial), se establecen los criterios y normas a tener en cuenta en su desarrollo y se asignan los recursos necesarios para su implementación. Etapa de evaluación: aquí se examina la factibilidad del proyecto planteado y se estudia si el mismo puede alcanzar los objetivos deseados con su desarrollo. Etapa de planificación detallada: en esta tercera etapa se establecen ya las condiciones del contrato o proyecto con todo detalle (alcance, duración, objetivos, metodología, etc.), se define un plan a seguir y se determina la estrategia a seguir para la negociación con los proveedores. Etapa de contratación del servicio: se procede a la selección del proveedor o contratista más adecuado en función de los aspectos definidos en las

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Mediante este proceso, la empresa puede implementar una estrategia de outsourcing con cierta garantía de éxito o, al menos, reduciendo en parte la incertidumbre asociada a una decisión de este tipo. JOAN RAMÓN SANCHIS PALACIO Véase también: "Cooperación empresarial" y "Externalización de actividades".

LO ESENCIAL SOBRE OUTSOURCING ESTRATÉGICO Libros •



ROTHERY, BRIAN y IAN ROBERTSON, Outsourcing. La subcontratación, Ediciones Limusa, 2da. edición, Madrid, 1997. WHITE, ROBERT, Manual de Outsourcing. Guía completa de externalización de actividades empresariales para ganar competitividad, Ediciones Gestión 2000, Barcelona, 2006.

7799

O UTWARD SWITCHING Artículos de opinión •







• •



• •

CAMALEÑO SIMÓN, MARÍA CRISTINA, "¿Cómo me afecta el outsourcing?", Estrategia Financiera, N.º 177, 2001, pp. 35-41. COBO RIVAS, CARMEN, "21 preguntas y respuestas claves sobre el outsourcing", Estrategia Financiera, N.º 212, 2004, pp. 63-65. DÍAZ MORA, CARMEN y GANDOY JUSTE, ROSARIO, "Outsourcing en las industrias tradicionales: determinantes de la estrategia", Revista de Estudios Empresariales. Segunda época, N.º 1, 2008, pp. 41-64. GANDOY JUSTE, ROSARIO, "Outsourcing" en la industria manufacturera española: nuevas estrategias para el nuevo siglo", Economía industrial, N.º 358, 2005 (Ejemplar dedicado a: Nuevas tendencias en la industria de automoción), pp. 65-78. GIL, JOAQUÍN, "Outsourcing en los negocios", Estrategia Financiera, N.º 165, 2000, pp. 41-46. HILMER, FREDERICK G. y BRIAN QUINN, JAMES, "El outsourcing estratégico", Harvard Deusto Business Review, N.º 67, 1995, pp. 54-69. OBACH, ORIOL, "El impacto del outsourcing como modelo de gestión", Estrategia Financiera, N.º 212, 2004, pp. 58-62. REINARES ALVAREZ, JAIME, "El outsourcing como estrategia", Estrategia Financiera, N.º 165, 2000, pp. 52-55. SÁNCHEZ ALVAREZ, PEDRO, "El "outsourcing" aumenta la productividad y la competitividad de las empresas", Estrategia Financiera, N.º 199, 2003, pp. 63.

la compra de moneda extranjera contra moneda local. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ

OVER THE COUNTER (OTC) Over the counter es una expresión con la que se conoce a los mercados no organizados. Éstos surgen de forma espontánea y se encuentran determinados por la seriedad de la parte que actúa como contrapartida. Las características de este tipo de mercados son: a) No tienen localización física. b) Tienen escasas referencias normativas. c) Normalmente su ámbito es internacional. d) Las operaciones que efectúan son "a medida" de las necesidades de los contratantes. e) Sus operaciones son normalmente de "fuera de balance" IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Mercados over the counter".

OVERBOUGTH / OVERSOLD

OUTWARD SWITCHING

I. CONCEPTO • II. INTERPRETACIÓN • III. CONSTRUCCIÓN • IV. INCONVENIENTES

Expresión con la que se identifican las salidas de capital de un país mediante

Los términos overbought / oversold, proceden del anglosajón para definir si-

7800

I.

CONCEPTO

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O VERBOUGTH / OVERSOLD tuaciones en las cuales los precios se han movido demasiado rápido y por encima de sus posibilidades reales, es decir, llegan a una situación en la que en la negociación, dada la inercia del mercado, se está comprando "demasiado caro" (sobrecompra u overbought) o se está vendiendo "demasiado barato" (sobreventa u oversold) con respecto a lo que podría ser en una situación más ajustada o "real" de mercado (incluidas expectativas racionales).

II.

INTERPRETACIÓN

ya que los valores se aproximan a una sobreventa (oversold). Una buena medida consiste en añadir un valor intermedio (generalmente se acepta el valor cero) como frontera entre ambas alternativas de mercado. No obstante, la verdadera utilidad del indicador está en las divergencias: cuando el precio consigue máximos o mínimos sucesivos que no van acompañados por el oscilador.

III.

En este sentido, si el indicador presenta valores altos el mercado se está acercando a una zona de sobrecompra (overbought ) y, por tanto, es momento de deshacer posiciones o, en casos extremos, plantearse posiciones de venta; y al contrario, si el indicador presenta valores cada vez más bajos e incluso negativos, podría ser momento de iniciar compras

CONSTRUCCIÓN

El Oscilador se construye con una media móvil de 10 sesiones de la diferencia entre el número de valores que suben y el número de valores que han bajado en una sesión. Así, como se muestra en la siguiente tabla:

Ejemplo de cálculo del oscilador de Overbought / Oversold SESIONES

AVANCES

RETROCESOS

05/08/08

1.398

1.097

AVANCES ME- MEDIA DE 10 NOS RETROCE- SESIONES SOS 301

193,02

05/09/08

1.526

932

594

265,92

05/12/08

1.766

761

1.005

400,30

05/13/08

1.133

1.322

-189

293,15

05/14/08

1.472

992

480

327,13

05/15/08

1.282

1.164

118

289,10

05/16/08

973

1.431

-458

153,27

05/19/08

1.390

1.056

334

186,13

05/20/08

1.411

1.040

371

219,74

Fuente: Steven B. Achelis and Jon C. DeBry

De manera que:

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-

En la primera columna se encuentran las sesiones. Tomemos por ejemplo, la del 14 de mayo de 2008.

7801

O VERBOUGHT / OVERSOLD

OVERBOUGHT / OVERSOLD Valores elevados o muy bajos representan posibles zonas de sobrecompra (overbought) y de sobreventa (oversold) tal y como se indica en las elipses 1 (de principios de 2000) y 2 (en Junio de 2000) respectivamente, de Air Liquide PA. OVERBOUGHT / OVERSOLD SOBRECOMPRA / SOBREVENTA

FUENTE: ELABORACIÓN PROPIA CON METASTOCK

7802

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O VERBOUGTH / OVERSOLD

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O VERNIGHT -

En la segunda y tercera columnas se colocan el número de títulos que han cerrado al alza (avances) y a la baja (retrocesos), con respecto a la sesión anterior: 1.472 y 992, según consta en la tabla adjunta.

-

En la tercera columna se restan los avances de los retrocesos, respetando el signo: 1.472 - 992 = 327,13.

-

En la cuarta columna se obtiene el oscilador Overbought / oversold como una media de 10 sesiones, de la siguiente manera: Diferencia de la sesión en curso x (2/(10 + 1)) + Media móvil anterior x (1- (2/(10 + 1)). En el ejemplo, 480 x (2/11) + 293,15 X (1- (2/11)) = 327,13.

Atendiendo al resto de los datos de la tabla, a modo de ejemplo dado que no son suficientes para el análisis, podríamos deducir que parece que a lo largo de esta exigüa tendencia, se está comprando "caro", por lo que podría atisbarse cierta sobrecompra en el mercado.

IV.

INCONVENIENTES

La anterior expresión matemática sirve más bien de base para el desarrollo de otros osciladores más sofisticados, por lo que las interpretaciones basadas exclusivamente a partir de las interpretaciones de la fórmula expuesta, podrían originar "falsas señales", por ejemplo, en una corrección puntual del mercado (un pull back en la terminología anglosajona). JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ GALÁN Véase también: "Amplitud avance / retroceso"; "Indicador Bolton/Tremblay"; "Media móvil"; "Oscilador de Haurlan" y "Oscilador de McClellan".

OVERNIGHT Overnight es una expresión anglosajona que se corresponde con las opera-

7804

ciones financieras realizadas un día con vencimiento el día hábil siguiente. En la compraventa de divisas normalmente el término se aplica a las operaciones realizadas entre las 21.00 horas de un día y las 08.00 horas del día siguiente; de ahí, la palabra utilizada en relación con una transacción hecha "por la noche". Como el mercado está cerrado, la operación realmente se ejecutará al inicio de la jornada siguiente. En el caso de operaciones con tipos de interés, una operación overnight se corresponde con un depósito interbancario con vencimiento día siguiente. De hecho, el índice Eonia está relacionado precisamente con las cotizaciones overnight de los depósitos bancarios día a día. MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Mercado de divisas".

OWNERS BUY OUT (OBO) Los "Owners Buy Out" (OBO) consisten en una ampliación del peso específico dentro del capital por parte uno o varios directivos que ya son socios, aumentando su participación accionarial hasta hacerse con el control de la entidad. Este fenómeno, generalmente, se circunscribe al ámbito de las pequeñas y medianas empresas, dado que no siempre es posible para un particular realizar grandes desembolsos económicos para la compra de una gran empresa. Sin embargo, en algunas operaciones en las cuales ya se parte con un porcentaje significativo, un pequeño incremento puede inclinar la balanza del lado del accionista, de tal suerte que pase a ser el nuevo pro-

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O WNERS BUY OUT (OBO) pietario o encontrarse en una posición de clara influencia. La figura del "Leveraged Owners Buy Out" (LOBO) se corresponde con aquellas operaciones OBO en las cuales, además, de estar presente la finalidad de control se recurre a la deuda como medio de financiación. En las operaciones de "Leveraged Owners Buy Out" podrían establecerse paralelismos con los accionistas que reciben créditos vinculados a la compraventa de acciones. En determinadas situaciones (como por ejemplo, ante una oferta pública de adquisición de acciones por parte de otra empresa) son las propias empresas las que fomentan la

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compra de acciones por parte de sus directivos y otros trabajadores, ofreciendo la financiación necesaria. También hay inversores que se endeudan para adquirir acciones de su propia empresa, puesto que conocen las perspectivas de crecimiento de la misma y quieren aprovechar la coyuntura o convertirse en propietarios de la compañía. CARLOS MIGUEL CASAS JIMÉNEZ

7805

P-1, P-2, P-3 Para Moody's Investor Service, todos los símbolos se utilizan en calificaciones de deuda a corto plazo (aquellas cuya madurez es menos de un año): -

P-1 Los emisores (o entidades que garantizan la emisión) con calificación Prime-1 tienen una capacidad superior de reembolsar las obligaciones de deuda a corto plazo.

-

P-2 Los emisores (o entidades que garantizan la emisión) con calificación Prime-2 tienen una capacidad sólida de reembolsar las obligaciones de deuda a corto plazo.

-

P-3 Los emisores (o entidades que garantizan la emisión) con calificación Prime-3 tienen una capacidad aceptable de reembolsar las obligaciones de deuda a corto plazo.

-

NP Los emisores (o entidades que garantizan la emisión) con calificación Not Prime no se encuentran en ninguna de las categorías de calificación Prime. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ

Véase también: "Agencia de calificación" y "Calificación crediticia".

PAC Véase: "Política agrícola común".

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PACTO DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA Exclusivity clause I. CONCEPTO • II. COMPLEMENTO DE EXCLUSIVIDAD • III. INCUMPLIMIENTO

I.

CONCEPTO

Conviene diferenciar, ante todo, los conceptos de "concurrencia" y de "plena dedicación". El primero designa el desempeño de una actividad profesional, por cuenta propia o ajena, que entra en competencia con el negocio del empleador. El segundo designa el compromiso del trabajador de desplegar su actividad laboral en exclusiva para la empresa que le tiene contratado y para ninguna otra. La concurrencia está legalmente prohibida cuando resulta desleal -artículos 5 d) y 21.1 del Estatuto de los Trabajadores-. El pacto de plena dedicación, de su lado, es lícito siempre que comporte una compensación económica expresa a favor del trabajador, sin perjuicio de la facultad de rescisión que a éste reconoce el numeral tercero del artículo 21. Así pues, recopilando, se contemplan en el artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores tres supuestos normativos diversos: a) Puede, el trabajador, concurrir con la actividad de la empresa "después de extinguido el contrato de trabajo",

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P ACTO DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA en cuyo caso el pacto que se alcanza "compensa" la limitación de acceso al mercado laboral (artículo 35 de la Constitución Española), teniendo el mismo su fundamento en un "efectivo interés industrial o comercial" de aquélla; b) Si la referida concurrencia se produce durante la vigencia de la relación laboral, el trabajador incurre en deslealtad contractual incumpliendo el deber básico que el artículo 5.d) del Estatuto de los Trabajadores le impone; conducta sancionable con despido al amparo del artículo 54.2.d) del Estatuto; c) Puede pactarse la plena dedicación mediante compensación económica expresa, en los términos que, en palabras de la Sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 26 de febrero de 1998, al efecto se convengan; acuerdo que "tanto por su designio de exclusividad (ajeno a la sancionable concurrencia desleal), como por su propio contenido (en orden a los efectos de la determinación resarcitoria) se revela desvinculado del pacto de no competencia, pudiendo el trabajador rescindir(lo)... y recuperar su libertad de trabajo en otro empleo, comunicándolo, por escrito, al empresario con un preaviso de treinta días; con pérdida de la compensación económica..." (artículo 21.3). En virtud de este pacto de exclusividad el trabajador no puede prestar servicios o llevar a cabo actividad económica o profesional en ninguna empresa con independencia de su objeto o actividad industrial. Como indica el autor Manuel Alonso Olea es aquel por virtud del cual un trabajador se obliga a prestar sus servicios a un solo empresario, contra su derecho a pluriemplearse. Se trata de un pacto accidental del contrato de trabajo, con su propia "com-

7808

pensación económica", que no debe conceptuarse como salario y que se rige en función de lo que se pacte por las partes teniendo en cuenta que concurre la regla de derecho necesario de que "el trabajador... (puede)... recuperar su libertad de trabajo" -de pluriempleo- rescindicendo el acuerdo y preavisando con treinta días por escrito.

II.

COMPLEMENTO DE EXCLUSIVIDAD

El complemento de exclusividad, como se significa en la Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de julio de 1993, vincula el régimen de dedicación al desempeño de determinados puestos de trabajo, de tal modo que si en el ejercicio de las facultades empresariales el trabajador no desempeña esos puestos de trabajo, desaparece el derecho al percibo de este complemento. No obstante ello, aunque las partes hubieran estipulado la plena dedicación laboral, la inexistencia de una contraprestación pecuniaria específica habría privado de validez al pacto y generado su ineficacia. El pacto sería por ello inoponible frente al trabajador, con la consecuencia entonces de que éste habría conservado su libertad para ejercer otros empleos, exceptuados, claro es, aquellos que entrañaran una situación de concurrencia desleal. Este complemento es compensable con incrementos salariales, así lo ha señalado al Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 18 de julio de 2006 al indicar que "no cabe excluir la compensación salarial por el hecho de que una parte de ese salario que percibe esté pactada como compensación económica por unas obligaciones específicas asumidas por el trabajador al contratar (las de dedicación exclusiva y no concurrencia), dado que esa mis-

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P ACTO DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA ma voluntad común que ha generado tales deberes y compensaciones, establecía la posibilidad de que entrara en juego el mecanismo compensador, mostrando con ello una voluntad de reducir el importe de la compensación económica llegado el caso".

III.

INCUMPLIMIENTO

Ha venido señalando nuestra jurisprudencia que la causa de despido contemplada por el artículo 54.2.d) del Estatuto de los Trabajadores comprende, dentro de la rúbrica general de transgresión de la buena fe contractual, todas las violaciones de los deberes de conducta y cumplimiento de la buena fe que el contrato de trabajo impone al trabajador. De los tres supuestos normativos que se contemplan en el artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores conviene ahora referirse al efecto obligacional-retributivo del pacto y sus eventuales consecuencias "disciplinarias", pues, así lo indica la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña antes citada, mientras éstas han de encontrarse necesariamente subsumidas en una transgresión de la buena fe contractual que sea "grave" y "culpable", "(...) la regulación del plus de dedicación exclusiva no se revela afectada por los límites de la autonomía contractual, pudiendo ambas partes resolver sus respectivas obligaciones facultad (que)... se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe (artículo 1124 del Código Civil)"; precepto que añade, en su párrafo segundo, como "el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos...", disponiendo, finalmente, el 1258 de dicho Texto legal que: "Los contratos... obligan no sólo al cumplimiento de lo expresamente

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pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley". Por otro lado, el incumplimiento del pacto implica la inherente consecuencia obligacional del reintegro de las cantidades satisfechas por tal causa. La lógica de tan aplastante consecuencia se deriva de propio contenido del artículo 21.3 del Estatuto, pues de otro modo se estaría haciendo de mejor derecho a quien hubiese omitido dicha obligación de preavisar. Si el mencionado precepto contempla la pérdida de la compensación económica u otros derechos vinculados a la plena dedicación cuando el trabajador comunica al empresario su decisión de recuperar su libertad de trabajo en otro empleo, no se puede hacer de mejor condición a quien, clandestinamente, concurrió con la actividad de la empresa, infringiendo de forma refleja el pacto de exclusividad. El incumplimiento, pues, legitima el reintegro de lo percibido por un concepto retributivo, cuyo devengo aparece "vinculado a la plena dedicación". Así, la solución contraria propicia un rechazable enriquecimiento injusto de quien ha percibido un "plus", cuyo devengo aparece indiscutiblemente ligado a su finalidad de compensar una dedicación exclusiva que no se respetó -ex artículo 1895 del Código Civil. Tanto la Sentencia arriba citada, como la que señala propia de 16 de octubre de 1996, como la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 28 de mayo de 1996 fijan dicho criterio y esta última, además, no sólo otorga el reintegro de la compensación económica total estipulada, sino que, incluso, condena la trabajador a resarcir al empresario de los perjuicios derivados con su actividad. Incluso se llegó a condenar al reintegro de la indemnización percibida por el operario, como contraprestación a su (no) concurrencia postcontractual, cuando además de reve-

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P ACTO DE ESTABILIDAD Y CRECIMIENTO larse ausente la posibilidad de actividad concurrente, el trabajador había constituido una sociedad cuyo objeto social comprendía el de la empresa demandada. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS Véase también: "Pacto de no concurrencia".

PACTO DE ESTABILIDAD Y CRECIMIENTO Growth and stability agreement I. CONCEPTO • II. JUSTIFICACIÓN Y CRÍTICAS • III. LOS MECANISMOS DEL PACTO DE ESTABILIDAD Y CRECIMIENTO • IV. LA REFORMA DE 2005

I.

CONCEPTO

El Pacto de Estabilidad y Crecimiento es un acuerdo de supervisión multilateral de las políticas presupuestarias de los gobiernos europeos en vigor desde 1999, y que establece límites al déficit y la deuda pública cuyos incumplimientos pueden dar lugar a sanciones en determinadas circunstancias. El Tratado de Maastricht, por el que se iniciaba el proceso de creación de la Unión Económica y Monetaria, ya incluía algunas normas a las que debían ajustarse las políticas fiscales de los gobiernos europeos. Estas normas se referían a la prohibición de incurrir en "déficit excesivo" (definido, salvo excepciones que se señalarán más adelante, como aquella situación en la que el déficit público se situaba por encima del 3% y la deuda era superior al 60%), la cláusula de "no rescate" (la deuda pública de un país que pueda tener problemas de solvencia no puede ser asumida por otro país de la UE, ni

7810

por sus instituciones supranacionales) y la prohibición de que cualquier banco central europeo financiase directamente el déficit de alguna administración pública. La existencia de un déficit excesivo o la falta de adecuación de la legislación nacional, o la prohibición de financiación del déficit público a través del banco central eran, de hecho, situaciones que impedían el acceso a la Unión Monetaria Europea, y todavía hoy son criterios de obligado cumplimiento para los nuevos candidatos a integrase en ella. ¿Qué incentivos tenían los países que ya formaban parte de la unión monetaria para seguir manteniendo unas finanzas públicas saneadas después de su incorporación? Esta cuestión motivó que en 1997 algunos países, y particularmente Alemania, solicitaran un reforzamiento de las normas fiscales, y el resultado de este proceso fue el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, que obliga a todos los países de la UE. El objetivo principal del Pacto de Estabilidad y Crecimiento es mantener unas finanzas públicas saneadas y, para lograrlo, los estados miembros se comprometen a mantener a medio plazo una posición presupuestaria próxima al equilibrio o con superávit y a respetar los criterios anteriores de mantener una ratio déficit/PIB por debajo del 3% y una ratio deuda/PIB inferior al 60%. La política fiscal está formada por el conjunto de variaciones en los programas de gastos e ingresos del gobierno, tanto en su volumen (cuánto se gasta y cuánto se ingresa, en porcentaje del PIB) como en su estructura (a qué se dedica el gasto y a través de qué figuras impositivas se recaudan los ingresos).

II.

JUSTIFICACIÓN Y CRÍTICAS

La justificación teórica del Pacto de Estabilidad y Crecimiento puede resumirse en los siguientes argumentos: -

El gasto público puede tener un sesgo creciente, derivado del procedi-

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P ACTO DE ESTABILIDAD Y CRECIMIENTO

-

miento de elaboración del presupuesto, caracterizado en muchos casos por la inercia del gasto comprometido, o de la influencia del ciclo electoral. Por ejemplo, en la UE-15 se pasó de un superávit público en 1970 a un déficit del 6,1 en 1993, y de una deuda del 38,9% al 71% en 1995. Por su parte, el del peso del sector público en la economía, medido por el porcentaje de gasto público en relación con el PIB, suponía el 36,5% del PIB en 1970 y el 52,4% en 1993. En general, las normas fiscales tratan de evitar este sesgo.

mites cuantitativos al déficit, introduce una rigidez importante en la utilización de la política presupuestaria, si bien la reforma de 2005 introdujo la posibilidad de tener en cuenta circunstancias excepcionales en cada país. Un ejemplo de esta rigidez podría ser que los países europeos se vieran obligados a retirar demasiado pronto los estímulos fiscales que han desarrollado durante la crisis actual para cumplir los requisitos de ajuste presupuestario que se les exige en el marco del Pacto, poniendo en peligro la propia recuperación -el objetivo prioritario-.

En el caso específico de la Unión Monetaria, además, la política monetaria se ha centralizado y, por ello, es importante garantizar un déficit estructural reducido y disponer de un margen suficiente para la actuación estabilizadora de la política fiscal, ya que éste es el único instrumento de gestión macroeconómica que queda en la esfera nacional. Niveles excesivos de deuda podrían limitar su utilización en las fases de bajo crecimiento.

III.

-

Las tendencias demográficas van a provocar seguramente a medio plazo aumentos de gastos y reducción de ingresos públicos en la mayoría de países europeos, que hay que prevenir.

-

Si un país aplica políticas fiscales demasiado expansivas (inflacionistas) podría dificultar la aplicación de la política monetaria única, obligando por ejemplo a subir los tipos de interés, y perjudicar a otros países.

Las críticas a este tipo de normas fiscales hacen referencia, sobre todo, a que en una unión monetaria los países necesitan hacer un uso más activo de la política fiscal, al haber renunciado a la política monetaria nacional. En este sentido, el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, y sobre todo el establecimiento a priori de lí-

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LOS MECANISMOS DEL PACTO DE ESTABILIDAD Y CRECIMIENTO

Para lograr el cumplimiento efectivo de estos objetivos, el Pacto de Estabilidad y Crecimiento está integrado por dos tipos de mecanismos: -

El sistema de alerta rápida, que es la parte preventiva del Pacto. Está dirigida a evitar la aparición de un déficit excesivo, fundamentalmente mediante las obligaciones de información que tienen los países, y particularmente la presentación anual de un Programa de Estabilidad (países de la Unión Monetaria) o de Convergencia (resto de países). En estos informes se recogen las previsiones principales de política fiscal y la evolución previsible del déficit y la deuda.

-

El Procedimiento por Déficit Excesivo (PDE), o parte correctora, que recoge acciones de presión creciente (hasta una hipotética sanción en forma de depósito que debería realizar el país, con un máximo del 0,5% del PIB) para lograr que se corrijan los déficit elevados en que se haya podido incurrir. Este Procedimiento no es automático, sino que requiere una decisión política del Consejo Europeo, después de valorar las posibles

7811

P ACTO DE ESTABILIDAD Y CRECIMIENTO circunstancias excepcionales concurren en cada caso.

IV.

que

decirse que los incumplimientos del Pacto han sido mucho más frecuentes de lo que inicialmente se había previsto.

LA REFORMA DE 2005

La Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros de la Comisión Europea ofrece una información detallada de todos los Procedimientos de Déficit Excesivo que se han abierto desde 1999 (http://ec.europa.eu/economy_finance/index_es.htm). Viendo en perspectiva su funcionamiento, puede

En concreto, limitando el análisis a los años previos a la aparición de la excepcional crisis actual, en la que los déficit elevados están siendo generalizados, y a los países de la UEM-12, seis de estos países se han enfrentado la apertura de un Procedimiento de Déficit Excesivo (Portugal en dos ocasiones, ver Tabla adjunta).

PROCEDIMIENTOS DE DÉFICIT EXCESIVO EN LA UEM-12 (1999-2007) País

Fecha del Informe de la Comisión

Decisión del Consejo derogando el Procedimiento de Déficit Excesivo

Portugal

22/06/2005

03/06/2008

Italia

07/06/2005

03/06/2008

Grecia

19/05/2004

16/05/2007

Países Bajos

28/04/2004

07/06/2005

Alemania

19/11/2002

16/05/2007

Francia

2/04/2003

30/01/2007

Portugal

24/09/2002

11/05/2004

Fuente: Comisión Europea

Un caso especialmente significativo fue el de Alemania y Francia, ya que dio lugar a una profunda revisión del Pacto en 2005, introduciendo fundamentalmente mayores dosis de flexibilidad y permitiendo que se consideraran más específicamente las condiciones de cada país. En enero y junio de 2003 se confirmó que Francia y Alemania habían registrado en 2002 unos valores de déficit público por encima de lo permitido, por lo que se iniciaron sendos Procedimientos de Déficit Excesivo. El Consejo ECOFIN envió recomendaciones a ambos países para que corrigiesen el déficit excesivo a la mayor brevedad posible y, a más tardar,

7812

en el año 2004. Concretamente, se recomendó a las autoridades alemanas que aplicaran a lo largo del 2003 las medidas correctoras previstas en sus planes presupuestarios por un importe del 1% del PIB, y a las autoridades francesas el logro de una mejora sustancialmente mayor que la prevista en aquel momento del déficit ajustado al ciclo correspondiente al año 2003. A pesar de estas recomendaciones, ambos países no adoptaron las medidas necesarias para lograr una corrección suficiente del déficit. Más bien, la Comisión estimó que Francia no había adoptado medidas efectivas, y consideró que las de Alemania eran inadecuadas, por lo que

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P ACTO DE ESTABILIDAD Y CRECIMIENTO decidió recomendar al Consejo ECOFIN que siguiera adelante con las siguientes fases del Procedimiento de Déficit Excesivo, aunque consideró que la corrección podía retrasarse hasta 2005. Como Francia y Alemania se enfrentaban a unas situaciones económicas más débiles de lo previsto para poder corregir sus déficit excesivos, solicitaron una interpretación más flexible del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, alegando que la implantación de medidas de contención del déficit, para cumplir con el límite fijado, podría tener un efecto procíclico y perjudicar al débil crecimiento económico que mostraban ambos países. El Consejo ECOFIN, en su reunión de 25 de noviembre de 2003, decidió no seguir la recomendación de la Comisión, y dejar en suspenso el procedimiento abierto. Concretamente, solicitó a Francia y Alemania que aplicasen un ajuste fiscal, en términos de saldo ajustado de ciclo, más exigente que el 0,5% del PIB, para garantizar la corrección de sus déficit excesivos en el año 2005. Esta actuación del Consejo ECOFIN, no contemplada en las reglas y procedimientos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, molestó enormemente a la Comisión, que advirtió que las decisiones adoptadas por el Consejo ECOFIN podían poner en peligro la credibilidad del marco institucional del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y la solidez de las propias finanzas públicas de los estados miembros de la zona del euro. Y con el fin de clarificar la naturaleza legal de las conclusiones adoptadas por el Consejo ECOFIN, la Comisión anunció el 28 de enero de 2004 un recurso ante el Tribunal de Justicia Europeo para impugnarlas. En cualquier caso, la decisión del ECOFIN generó un intenso debate político e institucional sobre el marco de disci-

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plina fiscal hasta entonces vigente en la UEM. La propia Comisión Europea consideró que existían vías de perfeccionamiento de los mecanismos vigentes y anunció que presentaría propuestas para el fortalecimiento de los mecanismos de gestión económica de la zona del euro, incluidas mejoras en la aplicación del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló el recurso de la Comisión el 13 de julio de 2004, anulando las Conclusiones del Consejo, al mismo tiempo que le reconocía, sin embargo la potestad de rechazar las recomendaciones que la Comisión le presentase. En diciembre, la Comisión emitió una comunicación, posteriormente refrendada por el Consejo, en la que se señalaba que las medidas acometidas por Alemania y Francia para corregir sus déficit excesivos debían ser evaluadas, no obstante, conforme a lo dispuesto en las Conclusiones del Consejo de noviembre de 2003, puesto que éstas gozaban de la presunción de validez hasta su anulación por el Tribunal. De acuerdo con este punto de vista, el Consejo no estimó necesario activar las siguientes fases del Procedimiento de Déficit Excesivo, al señalar que las medidas emprendidas por ambos países permitirán la eliminación del déficit excesivo en 2005. Como resultado del proceso de discusión sobre la aplicación del Pacto de Estabilidad y Crecimiento iniciado por la Comisión Europea en 2004, el Consejo Europeo aprobó en marzo de 2005 una reforma que trataba de lograr fundamentalmente dos objetivos: reforzar la parte preventiva y mejorar la eficacia en la aplicación del Procedimiento de Déficit Excesivo, teniendo en cuenta especialmente la situación de cada país, sobre todo su posición cíclica y los programas de inversión con efectos positivos sobre el crecimiento a largo plazo que pueda rea-

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P ACTO DE NO CONCURRENCIA lizar. También se incrementó la importancia de la vigilancia de la deuda pública, y no sólo del déficit, y se procuró aumentar los incentivos para lograr un comportamiento más disciplinado en la fase alta del ciclo. En relación a la vertiente preventiva del PEC, cada estado miembro debe establecer ahora su propio objetivo presupuestario a medio plazo (OMP), en función de su ratio de deuda y de su tasa de crecimiento potencial, así como una trayectoria de ajuste a este objetivo desde la posición de partida de las finanzas públicas. En cualquier caso, los países que no hayan alcanzado su OMP deberán reducir el déficit estructural al menos en 0,5 puntos del PIB cada año. Además, se tendrá en cuenta si se están aplicando reformas estructurales (por ejemplo, reformas del sistema de pensiones) con un impacto positivo sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas en el futuro. En cuanto a la vertiente correctora del Pacto, se establece una nueva definición de las situaciones excepcionales ("recesión económica grave" y "otros factores pertinentes") que permitan que un déficit que supere temporalmente y por escaso margen, el valor del 3% del PIB no sea considerado excesivo. Frente a las disposiciones anteriores del PEC, de establecer como requisito para que hubiese una excepción una caída del PIB de al menos un 2%, ahora se prevé como requisito unas tasas de crecimiento por debajo del potencial con una pérdida acumulada considerable de producción. Por otro lado, antes no se permitían otros factores que permitieran desviaciones del 3%, mientras que tras la reforma se admiten factores como: desarrollo del crecimiento potencial, condiciones cíclicas existentes, aplicación de la estrategia de Lisboa, gastos en I+D+i, consolidación presupuestaria anterior en épocas buenas, sostenibilidad del nivel de deu-

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da, inversiones públicas, calidad de las cuentas públicas, o reformas de las pensiones. También se amplían los plazos para cada fase del Procedimiento de Déficit Excesivo y para corregir el déficit (Se establece que se debe corregir el déficit excesivo generalmente el año después de que sea identificado el déficit. No obstante, ciertas circunstancias excepcionales, determinadas "por otros factores", permiten ampliar este plazo hasta dos años después de que el déficit sea identificado). Analizándolo en perspectiva, se puede afirmar que la reforma del Pacto de Estabilidad y Crecimiento ha permitido aplicar de forma más flexible su vertiente correctora, sin por ello limitar su eficacia, habiéndose logrado una reducción importante del déficit público sin generar tensiones políticas o económicas excesivas. Igualmente, esta flexibilidad permite en una situación de recesión como la que se ha producido en 2009, utilizar las políticas fiscales para estimular la demanda sin poner en cuestión necesariamente la filosofía general del Pacto -que debe desligarse de la observación rígida de los límites cuantitativos-. Sin embargo, los resultados de la vertiente preventiva del PEC han sido más limitados, ya que aún queda pendiente una actuación más decidida de saneamiento presupuestario en las épocas de bonanza económica. JORGE UXÓ GONZÁLEZ Véase también: "Déficit público" y "Política fiscal".

PACTO DE NO CONCURRENCIA Non-competition agreement

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P ACTO DE NO CONCURRENCIA I. CONCEPTO • II. ÁMBITO 1. Durante la ejecución del contrato 2. Al finalizar el contrato • III. PLURIEMPLEO Y CONCURRENCIA DESLEAL 1. Pluriempleo 2. Concurrencia desleal

I.

CONCEPTO

Conviene diferenciar, ante todo, los conceptos de concurrencia y de "plena dedicación". El primero designa el desempeño de una actividad profesional, por cuenta propia o ajena, que entra en competencia con el negocio del empleador. El segundo designa el compromiso del trabajador de desplegar su actividad laboral en exclusiva para la empresa que le tiene contratado y para ninguna otra. La concurrencia está legalmente prohibida cuando resulta desleal -artículos 5 d) y 21.1 del Estatuto de los Trabajadores-. El pacto de plena dedicación, de su lado, es lícito siempre que comporte una compensación económica expresa a favor del trabajador, sin perjuicio de la facultad de rescisión que a éste reconoce el numeral tercero del artículo 21. La concurrencia, como señala la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de marzo de 1991, implica una actividad económica o profesional en satisfacción de un interés privado, por parte del trabajador, que entra en competencia económica con el empresario por incidir en un mismo ámbito de mercado en el que se disputa un mismo potencial de clientes.

II.

ÁMBITO

Debemos partir de la base de que el límite de la concurrencia se encuentra en la realización de actividades semejantes, cuya ilicitud se centra en el hecho de la posible desviación de clientes y el potencial o real perjuicio al empresario, y ello porque la empresa no solo remunera al trabajador por sus servicios, sino que le facilita medios para adquirir perfeccionamiento y experiencias profesionales con

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la finalidad de que redunden en su propio beneficio, como si se tratara de una inversión. Es por ello que podemos establecer una diferenciación entre los pactos al inicio de la relación laboral, de los que surgen, una vez finalizada la misma.

1. Durante la ejecución del contrato Con lo dicho hasta ahora podemos afirmar que, siguiendo la doctrina unificada del Tribunal Supremo que ha venido entendiendo en relación con el deber básico del trabajador de no concurrir en la actividad de la empresa en los términos fijados en el artículo 21.1 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, "no podrá efectuarse la prestación laboral de un trabajador para diversos empresarios cuando se estime concurrencia desleal", entendiéndose por tal la actividad del trabajador encaminada a realizar tareas laborales de la misma naturaleza o rama de producción de las que está ejecutando en virtud del contrato de trabajo, sin consentimiento de su empresario y siempre que se le cause un perjuicio real o potencial; entre cuyas actividades se encuentran la de fundar o constituir sociedades competitivas (Sentencias de 25 de abril y 28 de mayo de 1990); sin que sea necesario incluso que se halla materializado la puesta en marcha y funcionamiento de la nueva empresa -como han declarado las Sentencias de de 18 de noviembre de 1983 y 7 de febrero y 17 de abril de 1984-, ya que lo característico de esta falta, es el elemento intencional, revelador de una premeditada conducta desleal del trabajador respecto de la empresa que no sólo remunera su trabajo, sino que también le facilita medios para adquirir la experiencia y el perfeccionamiento profesional que luego aquél pretende utilizar en su propio provecho y en desmérito o perjuicio para los intereses de su empresa.

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P ACTO DE NO CONCURRENCIA 2. Al finalizar el contrato Entre los pactos o cláusulas lícitos que la autonomía de la voluntad puede añadir al contenido reglado del contrato de trabajo se encuentra el pacto de no competencia para después de extinguido el contrato, regulado en el artículo 21. 2 del Estatuto de los Trabajadores. Dicho precepto no contiene una disciplina completa de dicha cláusula contractual, limitándose a especificar sus requisitos de licitud; tales requisitos son: la duración máxima de la obligación de no competencia o no concurrencia (seis meses o dos años, según cualificación profesional), la existencia, como fundamento del pacto, de un efectivo interés industrial o comercial del empresario y la compensación económica adecuada al trabajador por la privación de oportunidades de trabajo que tal obligación conlleva. En la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de abril de 2001 se ha señalado que: "El pacto de no competencia para después de extinguido el contrato de trabajo, en cuanto supone una restricción de la libertad en el trabajo, consagrada en el artículo 35 de la Constitución, y del que es reflejo el artículo 4.1 del Estatuto, requiere para su validez y licitud aparte de su limitación en el tiempo, la concurrencia de dos requisitos, por un lado, que se justifique un interés comercial o industrial por el empresario, por otro, que se establezca una compensación económica; existe, por tanto, un doble interés: para el empleador la no utilización de los conocimientos adquiridos en otras empresas; para el trabajador asegurarse una estabilidad económica extinguido el contrato, evitando la necesidad urgente de encontrar un nuevo puesto de trabajo; estamos, pues, ante obligaciones bilaterales, recíprocas, cuyo cumplimiento por imperativo del artículo 1256 del Código Civil no puede quedar al arbitrio

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de sólo una de las partes contratantes; dicha cláusula tiene naturaleza indemnizatoria, su incumplimiento por alguna de las partes da lugar a la indemnización de daños y perjuicios extinguiéndose el pacto por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1101 del Código Civil".

III.

PLURIEMPLEO Y CONCURRENCIA DESLEAL

1. Pluriempleo Hay que partir de la legalidad de lo que viene a denominarse el pluriempleo, como posibilidad del trabajador de dedicarse a diversas actividades por cuenta propia o ajena y ello lo puede hacer cuando no existe concurrencia desleal por no concurrir tales requisitos o no medie pacto expreso de plena dedicación (artículo 21.1 del Estatuto de los Trabajadores); así renace la libertad del trabajador para pluriemplearse en la actividad que estime conveniente -obviamente fuera de su jornada laboral- conforme al principio de libertad de trabajo y al derecho de libre elección de profesión u oficio consagrado en el artículo 35.1 de la Constitución y en el 4.1 del Estatuto de los Trabajadores.

2. Concurrencia desleal La concurrencia desleal se da cuando con la segunda actividad o actividad adicional el trabajador puede desviar clientela o aprovechar conocimientos adquiridos en la empresa a la que hace competencia, o prevalerse de la información que ha podido proporcionar o proporciona la presencia en el interior de la misma (Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de marzo de 1990). Se trata de un concepto que valora el riesgo y no el resultado. La excesiva amplitud del término de competencia desleal viene delimitada

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P ACTO DE NO CONCURRENCIA por la relevancia de las circunstancias concurrentes y la ocultación o falta de consentimiento del empleador, como circunstancias individualizadas que deben analizarse en cada caso (así, Sentencias del Tribunal Supremo de 7 de marzo de 1990 y 22 de marzo de 1991, entre otras). De hecho el propio Tribunal establece, en su sentencia de 22 de marzo de 1991, que: "Lo característico de la falta laboral de competencia desleal es el elemento intencional revelador de una premeditada conducta desleal del trabajador respecto de la empresa que no sólo remunera un trabajo, sino que también le facilita medios para adquirir experiencia y perfeccionamiento profesional que luego aquél pretende utilizar en su propio provecho y en desmérito o perjuicio para los intereses de su empresa, exigiendo pues tal doctrina para la existencia de la competencia desleal que concurran tres elementos: 1) La existencia por parte del trabajador de una actividad económica en satisfacción de su propio interés y en competencia con la de la empresa por desarrollarse ambas dentro del mismo ámbito mercantil; 2) La utilización de la experiencia y perfeccionamiento profesional adquiridos en la empresa en beneficio propio; 3) Que tal utilización redunde en desmérito o perjuicio para los intereses de dicha empresa. Y, dicha prohibición de no concurrencia está subordinada a los límites que el referido artículo 21 del Estatuto establece, ya que no basta con que exista concurrencia en la misma actividad sino que además es necesario que la misma sea desleal, para cuya determinación, es preciso atender a los elementos objetivos del relato histórico, sin que

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pueda ni deba acudirse a conjeturas, ya que lo que se juzga es si la actividad en la otra empresa del trabajador, revela una infidelidad en el servicio que presta al demandado o si la base de su actuación son los conocimientos obtenidos en su trabajo, en este último si esto no es así, no se produce quebranto del principio de la buena fe, elemento básico de la contratación y necesario para que pueda prosperar el despido decretado, y porque también es doctrina de la Sala que en caso de pluriempleo, figura admitida, salvo en concurrencia desleal o el pacto de plena dedicación ha de acreditarse, la falta de fidelidad ya dicha en el cumplimiento de las obligaciones impuestas, para que se estime un ejercicio abusivo de aquél..." Como ha puesto de relieve la jurisprudencia del Tribunal Supremo -Sentencias de 4 de noviembre de 1982 y 2 de julio de 1985, y como también señaló reiteradamente la autorizada doctrina del Tribunal Central de Trabajo, la prohibición del artículo 21.1 del Estatuto de los Trabajadores alcanza no sólo a la competencia desleal en el trabajo por cuenta de otros empresarios, sino también, con igual o mayor razón, a la actividad concurrente desleal por cuenta propia. No así, sucede en el caso del trabajador cuyo contrato esté suspendido, como se infiere del artículo 45.2 del Estatuto, que dispone que la suspensión exonera de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo, si el trabajador en situación de excedencia voluntaria está exento del deber de no concurrir con la actividad de la empresa, es evidente que el demandante que durante su situación de excedencia voluntaria estuvo trabajando en otra empresa, de la misma actividad que la de la demandada, no incurre por esto en la causa de despido, tipificada en el artículo 54.2.d) del Estatuto, al no haber transgredido ninguno de los deberes de conducta y cumplimiento de

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P ACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, ... buena fe que el contrato de trabajo impone. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS Véase también: "Pacto de dedicación exclusiva".

PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES International agreement on economic, social and cultural rights I. INTRODUCCIÓN: SU ORIGEN • II. ESTRUCTURA Y CONTENIDO BÁSICO • III. COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

I.

INTRODUCCIÓN: SU ORIGEN

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales fue adoptado, al mismo tiempo que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, por la Asamblea General de Naciones Unidas el 19 de diciembre de 1966. Entró en vigor el 27 de julio de 1977, de conformidad con lo establecido en su artículo 27, apartado 2, habiendo sido depositado el instrumento de ratificación de España el 27 de abril de 1977.

II.

ESTRUCTURA Y CONTENIDO BÁSICO

Tras un breve Preámbulo, de contenido prácticamente idéntico al Pacto de Derechos Civiles y Políticos, el aquí examinado, más breve, se estructura en cinco partes con un total de 31 artículos. La Parte I reconoce, como en el otro Pacto,

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el derecho de libre determinación de los pueblos. Los artículos 2 a 5 (Parte II) contienen una serie de disposiciones transversales sobre el alcance de los derechos humanos y las obligaciones de los Estados. El núcleo del Pacto se contiene en la Parte III, artículos 6 a 15, que enuncian los derechos reconocidos y, entre ellos, el derecho a trabajar y a la libre elección de empleo, el derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias, la libertad sindical y el derecho de huelga, el derecho a la Seguridad Social, la protección de la familia y los menores, el derecho a un nivel de vida adecuado y a la mejoría de las condiciones de existencia, el derecho a la salud, el derecho a la educación o el derecho a participar en la vida cultural, la libertad de investigación y creación científica o la libertad de los padres para escoger para sus hijos escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas y de hacer que reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Los artículo 16 a 25 (Parte IV) determinan los mecanismos de control y garantía del Pacto y establecen determinadas cláusulas interpretativas. La Parte V (artículos 26 a 31) recoge disposiciones generales comunes con el otro Pacto de Nueva York de 1966.

III.

COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales es un órgano que supervisa el cumplimiento del Pacto. No está previsto en el mismo sino que fue creado por la resolución 1985/17, de 28 de mayo de 1985, del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas para el desempeño de las funciones recogidas en la Parte IV del Pacto. Está formado por 18 expertos independientes elegidos por un período de

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P ACTO MUNDIAL cuatro años. Se reúne en períodos de sesiones, normalmente dos al año, que tienen lugar en Ginebra. Los Estados están obligados a informar periódicamente al Comité sobre la aplicación del Pacto. Sobre la base de la información aportada, el Comité destaca los aspectos positivos y negativos y formula una serie de recomendaciones: sus respuestas a cada Estado toman la forma de observaciones finales. Por otro lado, el Comité emite observaciones generales, que contienen su interpretación sobre cuestiones relacionadas con el Pacto. Al contrario que el Comité de Derechos Humanos, no puede estudiar denuncias de particulares. No cuenta con un Protocolo facultativo, como el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, aun cuando se encuentra en estudio desde hace años. ENRIQUE ARNALDO ALCUBILLA

PACTO MUNDIAL World agreement I. CONCEPTO • II. ORIGEN DEL PACTO MUNDIAL • III. INFORMES DE PROGRESO • IV. LA RED ESPAÑOLA DEL PACTO MUNDIAL

I.

CONCEPTO

El Pacto Mundial (www.unglobalcompact.org) es una iniciativa internacional auspiciada por Naciones Unidas con el objetivo de que las empresas se comprometan a desarrollar sus estrategias, políticas y operaciones en coherencia con diez principios universalmente aceptados, basados en derechos humanos, laborales, medioambientales y de lucha contra la corrupción. Junto a ello, el Pacto Mundial busca apoyar los objetivos más amplios de desarrollo de Naciones Unidas, incluyendo los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). Con estos dos objetivos complementarios, el Pacto Mundial combina la autoridad moral de Naciones Unidas con la experiencia y las capacidades de empresas y otros agentes, tales como gobiernos, organizaciones de la sociedad civil y sindicatos. Todo ello, desde la asunción básica de que las empresas, alineando su actividad con los mencionados principios, pueden contribuir a garantizar que los mercados, el comercio, la tecnología y las finanzas evolucionen de tal modo que puedan beneficiar a las economías y sociedades de todo el mundo.

Los Diez Principios del Pacto Mundial Áreas Derechos Humanos

Principios . 1. Las Empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos fundamentales reconocidos universalmente, dentro de su ámbito de influencia. . 2. Las Empresas deben asegurarse de que sus empresas no son cómplices de la vulneración de los derechos humanos.

Estándares laborales

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. 3. Las empresas deben apoyar la libertad de Asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.

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P ACTO MUNDIAL Áreas

Principios . 4. Las Empresas deben apoyar la eliminación de toda forma de trabajo forzoso o realizado bajo coacción. . 5. Las Empresas deben apoyar la erradicación del trabajo infantil. . 6. Las Empresas deben apoyar la abolición de las prácticas de discriminación en el empleo y ocupación.

Medio ambiente

. 7. Las Empresas deberán mantener un enfoque preventivo que favorezca el medio ambiente. . 8. Las empresas deben fomentar las iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad ambiental. . 9. Las Empresas deben favorecer el desarrollo y la difusión de las tecnologías respetuosas con el medio ambiente.

Anticorrupción

. 10. Las Empresas deben trabajar en contra de la corrupción en todas sus formas, incluidas la extorsión y el soborno.

Fuente: www.unglobalcompact.org/Languages/spanish/Los_Diez_Principios.html.

II.

ORIGEN DEL PACTO MUNDIAL

En su discurso en el Foro Económico Mundial de Davos en 1999, el entonces Secretario General de Naciones Unidas, Kofi Annan, alertó a los líderes empresariales sobre la fragilidad del fenómeno de la globalización económica, amenazada por el desequilibrio entre los ámbitos económico, social y político. Una amenaza a la que sólo podría hacerse frente con una globalización firmemente asentada en valores sociales, que refleje los objetivos comunes de todos los segmentos de la población mundial. Kofi Annan lanzó entonces un llamamiento a la comunidad empresarial para que se uniera a Naciones Unidas en su objetivo de sustentar la economía global en unos pilares sociales y ambientales más sólidos a través de un pacto global. Así, esta iniciativa de responsabilidad social corporativa tomó la forma del actual Pacto Mundial en julio de 2000, con la adhesión inmediata a los Diez Principios

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de cientos de empresas de todo el mundo. En la actualidad, cuenta con la participación de alrededor de 6.700 actores sociales que trabajan en red y que incluyen a más de 5.200 empresas procedentes de 130 países. El Pacto Mundial incorpora a todos los actores sociales relevantes: empresas (sobre cuyas acciones trata de influir), gobiernos, organizaciones de la sociedad civil y Naciones Unidas, como convocante y facilitador. De este modo, el Pacto Mundial se ha convertido en la mayor iniciativa mundial para la sostenibilidad y la ciudadanía corporativa.

III.

INFORMES DE PROGRESO

Para facilitar que la adhesión al Pacto Mundial vaya más allá de una simple declaración de intenciones sobre el seguimiento de los Diez Principios, uno de los compromisos explícitos que adquiere una empresa cuando se une al Pacto es elaborar un Informe de Progreso Anual.

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P ACTO MUNDIAL Como parte de la tendencia a incrementar la rendición de cuentas y transparencia con todos los grupos de interés de la empresa, los Informes de Progreso recogen los avances en su compromiso con la implantación de los Diez Principios y en su apoyo a los objetivos de desarrollo de Naciones Unidas. Los informes deben recoger tres elementos esenciales: una declaración del presidente de la empresa expresando el compromiso continuo con los principios del Pacto; una descripción de acciones concretas desarrolladas por la empresa para implantarlo; y una medida de los resultados alcanzados. Toda la información es publicada en el sitio web del Pacto Mundial, constituyendo un amplio repositorio de buenas prácticas, que pretende contribuir a la mejora continua en la alineación de la actividad empresarial con los Diez Principios. Aquellas compañías que no remiten un Informe de Progreso en los plazos establecidos entran a formar parte de la categoría de "empresas inactivas", una lista también pública en la página web del Pacto Mundial.

IV.

LA RED ESPAÑOLA DEL PACTO MUNDIAL

Uno de los rasgos que caracterizan el Pacto Mundial es la rápida expansión que experimentó por todo el mundo desde su lanzamiento. La adaptación del Pacto Mundial y sus principios a los distintos entornos geográficos se lleva a cabo a través de las redes locales, es decir, grupos de participantes que desempeñan un papel muy relevante en el avance de las compañías comprometidas con el Pacto Mundial en los diferentes contextos nacionales, culturales y lingüísticos. Estos grupos locales tienen como objetivo facilitar el progreso de las empresas en la implantación de los Diez Principios, a la

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vez que profundizan en las oportunidades de aprendizaje para todos los participantes y en el apoyo a los objetivos de desarrollo de Naciones Unidas, a través de sus propias actividades y eventos. El movimiento de adhesión al Pacto Mundial en España se materializó en 2002 con la creación de las denominadas Mesas Cuadradas, un instrumento para el diálogo, en el que entidades firmantes de la Red Española, junto con expertos en responsabilidad social corporativa, debaten sobre las carencias, las oportunidades y las dificultades relacionadas con la implantación de los Diez Principios. Recibe ese nombre debido a que la componen cuatro tipos de instituciones: empresas, ONG, entidades educativas e instituciones públicas y sociales. El siguiente paso en la creación de una red local formalizada tiene lugar en 2004, con la constitución de la Asociación Española del Pacto Mundial (ASEPAM), dotando de estructura jurídica a la configuración inicial de la plataforma española. La denominación se sustituye en 2008 por la actual "Red Española del Pacto Mundial de Naciones Unidas", que declara como principales objetivos los siguientes: -

Apoyar, promover y difundir la incorporación de los Diez Principios en la visión estratégica de las empresas del país y en sus prácticas de funcionamiento diario.

-

Organizar actividades para el aprendizaje interactivo de las empresas, sobre la base de la experiencia de las entidades participantes.

-

Celebrar foros de diálogo para abordar problemáticas sobre los que las empresas, en colaboración con las ONG y otros interesados, formulen recomendaciones destinadas a lograr un cambio significativo.

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P ACTOS DE SINDICACIÓN DE ACCIONES -

Hacer que las empresas, los organismos de Naciones Unidas, el mundo laboral, las ONG, los gobiernos y los grupos comunitarios colaboren para crear y ejecutar proyectos que fomenten los Principios y beneficien especialmente a los más necesitados.

-

Ser transparentes sobre lo que los firmantes están haciendo por cada uno de los Principios del Pacto Mundial, mediante los Informes de Progreso.

En junio de 2009 la lista de firmantes del Pacto en España es de 845, de los que 655 son empresas de todo tamaño y sector. AMPARO MERINO DE DIEGO Véase también: "Estándares"; "Responsabilidad social corporativa" y "Stakeholder".

PACTOS DE SINDICACIÓN DE ACCIONES Syndicated shares agreements Cuando se negocia la entrada en el capital de una sociedad, en los casos de transmisiones de participaciones inferiores al 50% del capital, en numerosos tipos de sociedades su estructura de capital diversificado posibilita que una participación, llamada "minoría de control" inferior al 50%, pueda ser suficiente para controlar efectivamente a la sociedad. En estas situaciones de control parcial de la sociedad, es preciso tener en cuenta los denominados pactos de sindicación de acciones, una de cuyas finalidades puede ser la de ejercer el control de la sociedad. El contenido y extensión de los pactos de sindicación es variadísimo, como

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regla general ha de indicarse que no son oponibles a la sociedad, ni es válida en nuestro Derecho una delegación con carácter permanente y total del derecho de voto a favor de otro socio, ni una renuncia general al ejercicio de los derechos políticos. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

PACTOS PARASOCIALES Parasocial agreements En la dinámica del control político de una empresa, se establecen a veces determinados pactos entre accionistas significativos de cara a establecer condiciones relativas a la actuación de los mismos en materia de transferencia de acciones o de gestión de la sociedad. Los pactos parasociales pueden definirse como aquellos contratos, pactos o convenciones que son acordados por los socios (por todos o por algunos), fuera de la escritura de constitución o de los estatutos de la sociedad, para regular entre sí, o con relación a la sociedad, con los órganos sociales o con los terceros, la conducta de los socios o determinados intereses sociales. Los pactos parasociales son los acuerdos que personalizan y concretan la sociedad, dándole su preciso relieve e importancia, tanto desde el punto de vista político, como social o económico; son parte de la realidad auténtica y total de la sociedad. Los pactos parasociales cumplen muy diversas funciones. Contribuyen a algo cada vez más necesario, adecuar la respuesta de la sociedad a los cambiantes retos del entorno y flexibilizar la conducta. Permiten la pacífica coexistencia

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P AGARÉ entre socios de distintas nacionalidades, entre socios públicos y privados, entre los socios financieros y los socios industriales, entre los socios mayoritarios y los socios minoritarios; permiten programar y concretar la entrada, permanencia y salida de socios coyunturales, para el apoyo financiero, tecnológico o de gestión, en orden al saneamiento o crecimiento de la sociedad y a incrementar su vitalidad; permiten el diseño permanente y la ejecución sin conflictos de los planes de negocio. Son pactos entre socios, al margen del contrato de sociedad y distintos de éstos, para modificarlo o complementarlo con referencia a los intervinientes en el pacto o contrato parasocial. Son pactos distintos del contrato de sociedad que, sin embargo, tienen el carácter de norma fundamental. Es decir, no se trata de cláusulas del contrato de sociedad; si pierden la autonomía y se injertan en aquél, ya no serán figura parasocial, sino cláusulas más o menos atípicas del mismo. Desde el punto de vista estructural estos negocios aparecen unidos al contrato social pero subordinados a éste. En el caso de sociedades cotizadas, y a fin de dar transparencia a la situación de las mismas, la legislación reciente ha obligado a hacer públicos los pactos parasociales, lo cual ha generado en determinadas ocasiones tensiones entre los socios firmantes, que han desembocado en la anulación de dichos pactos. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

PAGARÉ Promissory note / I Owe You (IOU) I. CONCEPTO • II. CARACTERÍSTICAS • III. PAGO

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I.

CONCEPTO

Un Pagaré es un título o documento de crédito por el que una persona (librador o firmante) se obliga a pagar a otra (tenedor), o a su orden, una cantidad en fecha y lugar determinados. Cuando se asocia a una operación comercial, el carácter de este documento es similar al de una letra de cambio, con la que comparte una regulación jurídica muy similar. A diferencia de la letra, en el pagaré coinciden las figuras del librador y el librado, y no existe un modelo oficial para él, aunque sí existe un modelo normalizado de pagaré de cuenta corriente que se utiliza en el ámbito bancario, válido para las entidades financieras españolas, cuyo procedimiento ha sido desarrollado a través de sus respectivas asociaciones (Asociación Española de Banca, Confederación Española de Cajas de Ahorro y Unión Nacional de Cooperativas de Crédito). Este es el tipo de pagarés que proporcionan las entidades de crédito a sus clientes en forma de talonarios o en papel continuo. Además puede hacer referencia a una promesa de pago emitida al descuento por una empresa, y también a una obligación o bono de características especiales en cuanto a su vencimiento, restricciones a los tenedores, interés variable, etcétera.

II.

CARACTERÍSTICAS

El pagaré, en su vertiente de documento de crédito asociado a una operación comercial, viene regulado en los artículos 94 al 97 de la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque (LCCH), con entrada en vigor el 1 de enero de 1986. A partir de dicha legislación, podemos señalar los requisitos específicos que deberá contener: -

La denominación de pagaré inserta en el texto mismo del título y expre-

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P AGARÉ sada en el idioma empleado para la redacción de dicho título. -

La promesa pura y simple de pagar una cantidad determinada en euros o moneda extranjera convertible admitida a cotización oficial.

-

La indicación del vencimiento.

-

El lugar en que el pago haya de efectuarse.

-

El nombre de la persona a quien haya de hacerse el pago o a cuya orden se haya de efectuar.

-

La fecha y el lugar en que se firme el pagaré.

-

La firma del que emite el título, denominado firmante, el cual es el obligado principal. En este sentido, desde el momento en que nace el pagaré, es decir, desde que lo firma el emisor y lo pone en circulación (lo entrega a un tercero), este título de crédito tiene al firmante como obligado principal.

El título que carezca de alguno de los elementos anteriores no se considera pagaré, salvo en los siguientes casos: -

de este título, las disposiciones relativas a la letra de cambio y referentes:

El pagaré cuyo vencimiento no esté indicado se considera pagadero a la vista (es decir, en el momento de su presentación).

-

A falta de una indicación especial, el lugar de emisión del título se considera como lugar de pago y, al mismo tiempo, como lugar de domicilio del firmante.

-

El pagaré que no indica el lugar de su emisión se considera firmado en el lugar que figure junto al nombre del firmante.

Según el artículo 96 de la LCCH "serán aplicables al pagaré, mientras ello no sea incompatible con la naturaleza

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- Al endoso (artículos 14 a 24). - Al vencimiento (artículos 38 a 42). - Al pago (artículos 43 y 45 a 48). - A las acciones por falta de pago (artículos 49 a 60 y 62 a 68). No obstante, las cláusulas facultativas que se incorporen al pagaré, para su validez, deberán venir firmadas expresamente por persona autorizada para su inserción, sin perjuicio de las firmas exigidas en la presente Ley para la validez del título. -

Al pago por intervención (artículos 70 y 74 a 78).

-

A las copias (artículos 82 y 83).

-

Al extravío, sustracción o destrucción (artículos 84 a 87).

-

A la prescripción (artículos 88 y 89).

-

Al cómputo de los plazos y a la prohibición de los días de gracia (artículos 90 y 91).

-

Al lugar y domicilio (artículo 92).

-

A las alteraciones (artículo 93).

Son igualmente aplicables al pagaré las disposiciones relativas a la letra de cambio pagadera en el domicilio de un tercero o en localidad distinta a la del domicilio del librado (artículo 5 y artículo 32); a la estipulación de intereses (artículo 6); a las diferencias de enunciación relativas a la cantidad pagadera (artículo 7); a las consecuencias de la firma puesta en las condiciones mencionadas en los artículos 8 y 9); a las de la firma de una persona que actúe sin poderes o rebasando sus poderes (artículo 10); a la letra de cambio en blanco (artículo 12) y a sus posibles suplementos (artículo 13).

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P AGARÉ DESCONTADO También serán aplicables al pagaré las disposiciones relativas al aval (artículo 35 a 37). En el caso previsto en el artículo 36, párrafo último, si el aval no indicare a quien se ha avalado, se entenderá que éste ha sido al firmante del pagaré>."

III.

PAGO

Con respecto a los pagarés que hayan de hacerse efectivos a cierto plazo desde la vista, la LCCH prevé el mismo plazo de presentación que establece para la letra de cambio en su artículo 27 (en concreto, en el año siguiente a su fecha, plazo que puede ampliarse o reducirse por el librador, o reducirse únicamente por los endosantes). Para determinar la fecha desde la cual debe iniciarse el cómputo del plazo, en el caso del pagaré se toma la del "visto" o expresión equivalente suscrito por el firmante del mismo. En caso de negativa del firmante a poner su visto, se deberá hacer constar mediante protesto, cuya fecha servirá de punto de partida en el plazo a contar desde la vista. MARIO CANTALAPIEDRA ARENAS Véase también: "Letra de cambio"; "Pagaré del tesoro"; "Pagaré descontado" y "Pagaré empresarial".

PAGARÉ DEL TESORO Treasury bill Los pagarés del Tesoro constituyeron un instrumento para la financiación del déficit en la primera etapa de la democracia española. Tenían un vencimiento inferior a dieciocho meses, y se emitían al portador, mediante la ley financiera del descuento simple. La transmisión de los pagarés del Tesoro se realizaba a través de la Central de Anotaciones del Banco de España.

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En la década de los años ochenta, los pagarés del Tesoro sirvieron de refugio al dinero negro, ya que no se necesitaba identificar a su propietario. En los años noventa fue sustituido por las letras del Tesoro, que aunque no tienen retención de intereses al vencimiento, sí que exigen de la identificación del propietario, y por tanto no pueden ser utilizadas para inversiones opacas. MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Letra del Tesoro".

PAGARÉ DESCONTADO Discounted note Cuando se emite un pagaré de empresa, se descuenta un importe de intereses sobre el nominal a pagar en una fecha futura, y la diferencia constituye el efectivo recibido por la entidad emisora del adquirente del mismo. Este pagaré está descontado y a partir de ese momento, puede ser objeto de negociación en función de la oferta y la demanda del producto, teniendo como referencia la evolución de los tipos de interés. El adquirente puede a su vez utilizar el pagaré como un activo líquido, en el sentido de que si en un momento determinado necesita liquidez, puede volver a descontarlo en una entidad financiera y recibir el valor del instrumento a la fecha de descuento. Este término también se aplica a los pagarés utilizados por las empresas como medio de pago de la provisión de bienes y servicios. Una empresa acuerda con otra que le pagará dentro de 90 días, y para ello emite un pagaré con el cual el vendedor da por satisfecha la deuda. A

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P AGARÉ EMPRESARIAL su vez, el comprador puede necesitar liquidez, y entonces lleva los pagarés recibidos al descuento al banco. El banco, en función de la calidad de los mismos, procedería a descontarlos, y abonaría el neto de intereses y comisiones en la cuenta de la empresa que le ha llevado los pagarés. Como en el caso de las letras de cambio, el pagaré descontado es un instrumento que tiene acción de retorno, esto es, si el comprador que emitió el pagaré no lo paga a vencimiento, el banco actuará contra el vendedor que le pidió el descuento del pagaré, resarciéndose del impago producido. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

PAGARÉ EMPRESARIAL Commercial paper Los pagarés empresariales son activos financieros de deuda empresarial emitidos al descuento y a corto plazo. A grandes rasgos, las principales diferencias entre este tipo de activos y los de deuda pública son que pueden tener menor liquidez y, sobre todo, que el riesgo es mayor. El pagaré de empresa, surgido en España a principios de los años ochenta (con una emisión de la empresa ENHER en octubre de 1982), no debe confundirse con el pagaré por cuenta corriente y el pagaré cambiario que son instrumentos mercantiles existentes desde hace muchos años y que están ligados, respectivamente, a una cuenta corriente bancaria o a una determinada transacción comercial, como el pago a proveedores, etc. y están sometidos a la Ley cambiaria y del cheque del 16 de julio de 1985.

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En muchos casos, con el fin de asegurar su liquidez, las emisiones de estos pagarés están respaldadas por una línea de crédito bancario. Además, pueden cotizar en un mercado secundario concreto, denominado AIAF o Asociación de Intermediarios en Activos Financieros. La generación de rentas de los pagarés, al ser generalmente activos emitidos al descuento, coincide con la diferencia entre el precio inicial pagado en la adquisición y el valor nominal que percibe al vencimiento del título, incluyendo las comisiones y otros gastos derivados de su negociación en el mercado. Algunas veces se emiten pagarés o bonos con interés flotante (FRN o Floating Rate Notes) de tal modo que abonan intereses en función de un tipo o índice de referencia (generalmente con un tope o techo). Este tipo de pagarés es muy habitual en el euromercado. Dentro de la categoría de los pagarés se incluyen otros activos o instrumentos con determinadas características específicas por motivo de su emisor, como son los siguientes: -

Los pagarés o bonos bancarios, emitidos específicamente por entidades del sector bancario (aunque su volumen no es importante) a corto o medio plazo, con la particularidad de que algunas veces ofrecen su futura conversión en acciones. Al ser títulos muy líquidos se negocian en los mercados monetarios.

-

Los bonos de caja y tesorería pueden ser emitidos tanto por entidades financieras como por empresas no financieras.

-

Los activos de renta fija no estatales, emitidos por algunas corporaciones públicas locales, como las Comunidades Autónomas, que dadas sus ca-

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P AGAS EXTRAORDINARIAS racterísticas, se pueden calificar más como una modalidad específica de pagarés que como deuda pública propiamente dicha. Por ello, estas emisiones suelen calificarse dentro de la categoría de los pagarés aunque cotizan en el Mercado de Deuda Pública Anotada. Por otra parte, la entrada del euro ha supuesto un incremento del volumen de negociación de estos activos, en los que al estar denominados todos en la misma moneda, el criterio de selección se basará en el futuro más aún sobre la solvencia del emisor y la rentabilidad ofrecida. Debido a que se han homogeneizado los criterios en la deuda pública, los inversores estarán más que nunca atentos a las agencias de valoración de la calidad crediticia de las entidades emisoras (agencias de rating) para conocer el grado de calidad crediticia que estas agencias especializadas otorguen al emisor. EJEMPLO: PAGARÉ DE EMPRESA Un inversor decide adquirir un pagaré a seis meses, emitido por una empresa, con un nominal 1.000 de euros. Se supone que no hay comisiones. Por el pagaré abona 960,47 euros, de modo que obtiene un beneficio de 39,53 euros, lo cual supone una rentabilidad del 3,95%: (1.000 - 960,47) / 1.000 = 39,53 / 1.000 = 0,395 = 3,95%. Si el inversor decidiera desprenderse del pagaré a los dos meses de su adquisición, y si necesita al menos una rentabilidad similar a la de emisión del pagaré, deberá vender el activo al siguiente precio, siempre y cuando se mantuviesen sus expectativas de tipos de interés: Precio = precio inicial / [1+ (r x días desde adquisición / 360)]

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Precio = 960,47 [1 + 0,0395 x (60 / 180)] = 973,12 euros. JOSE LUIS MATEU GORDON RICARDO PALOMO ZURDO Véase también: "Bono"; "FRN"; "Letra del Tesoro"; "Mercado de renta fija"; "Renta fija"; "TIR de un bono" y "Valoración de bonos".

PAGAS EXTRAORDINARIAS Additional wage payments I. CONCEPTO Y NATURALEZA • II. RÉGIMEN JURÍDICO 1. Número de pagas 2. Importe de las pagas 3. Cómputo 4. Devengo 5. Pago • III. LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS EN OTROS REGÍMENES 1. En el salario mínimo interprofesional 2. El Fondo de Garantía Salarial 3. Cotización a la Seguridad Social

I.

CONCEPTO Y NATURALEZA

La retribución del servicio prestado es un elemento esencial de la definición de trabajador y del contrato de trabajo y constituye el principal derecho del trabajador dentro de su relación con el empleador al que podrá exigir la "percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida". Esta retribución, más comúnmente conocida como salario, puede definirse como todos aquellos bienes que recibe el trabajador del empresario por los servicios prestados en virtud de una relación laboral vigente entre ellos. En términos legales, se considera salario "la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los períodos de descanso computables como de trabajo".

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P AGAS EXTRAORDINARIAS Dentro de esa retribución se incluyen las denominadas pagas o gratificaciones extraordinarias, cuyo contenido salarial es indiscutible. Aunque la determinación, estructura, contenido y circunstancias generales de identificación individual del salario quedan en manos de la negociación colectiva y del contrato individual en gran parte de sus especificaciones, la ley se preocupa de salvar determinados campos que acota para sí como elementos imprescindibles de toda retribución, bien por su condición de mínimos, bien por su condición de necesarios. Este es el caso de las pagas extraordinarias: el artículo 31 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, previene que el trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año; y como tal es un derecho inalienable e irrenunciable de todos los trabajadores, sin exclusión, que no depende para que exista de que lo establezca o no el convenio colectivo o el contrato individual de trabajo. Con cuanto antecede podríamos definir las pagas extraordinarias como aquellas gratificaciones a las que tiene derecho el trabajador por virtud de la ley, con independencia del salario individual pactado por unidad de tiempo, cuyo importe y contenido vendrá determinado por el Convenio Colectivo o el acuerdo individual o colectivo entre empleador y trabajadores.

II.

RÉGIMEN JURÍDICO

1. Número de pagas Conforme a la previsión legal, de carácter necesario, las pagas extraordinarias son dos. Sin embargo, el juego abierto que la normativa entrega a la negocia-

7828

ción individual y colectiva permite afirmar que el número de pagas puede ser superior a dos. Ello es evidente en la práctica acumulada de los Convenios Colectivos que contemplan como uno de los supuestos más comunes los de las pagas de beneficios o las pagas de marzo y septiembre; aunque no puede olvidarse que su régimen vendrá dado por el acuerdo y su naturaleza es, en ocasiones, discutible.

2. Importe de las pagas El anteriormente mencionado artículo 31 establece que la cuantía de las gratificaciones se fijará por convenio colectivo. Esta previsión es también referente de un contenido necesario, sin duda por su naturaleza salarial que se mencionó más arriba, y parece improrrogable: solo el acuerdo colectivo puede determinar el importe y en ningún caso podrá establecerse unívocamente por el empleador. Como la ley no establece norma alguna sobre la concreción de las pagas se dan múltiples y abiertas posibilidades, bastando que no sean arbitrarias ni resulten discriminatorias. En cualquier caso, su importe no suele incluir sino conceptos salariales -todos los de la mensualidad ordinaria o solo algunos- excluyendo los componentes extrasalariales de las nóminas. No obstante, en lo que se refiere a las pagas obligatorias, estando muy definidas por la práctica que las identifica económicamente con la retribución mensual anual, rige el principio de proporcionalidad, conforme al cual el importe previsto para cada una de ellas se corresponde con los doce meses de trabajo anteriores a la fecha de su abono. Este criterio es aplicable al resto de pagas, salvando siempre las particularidades de éstas.

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P AGAS EXTRAORDINARIAS 3. Cómputo Sobre el modo de cómputo de las pagas extraordinarias, una vez más, se entrega al Convenio Colectivo. Sin embargo, ante el silencio de éste sobre la fórmula concreta y cuando no se hubiese establecido otro sistema, los Tribunales mantienen el criterio del cómputo anual, esto es, de doce meses que se contarán desde que fue devengada la homóloga del año anterior. Más claramente: de julio a julio, de diciembre a diciembre, de marzo a marzo... de dos sucesivos años (puede verse al respecto la Sentencia del Tribunal Constitucional de 31 de mayo de 1993 y la del Tribunal Supremo de 19 de octubre de 1998).

4. Devengo En cuanto a las pagas obligatorias, aquellas impuestas por la ley, se establece que una de ellas se devenga con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores. La tradición y la práctica impuesta por ésta, no carente de lógica por la periodicidad derivada de la fecha fija de la primera, hace que la segunda de las pagas se abone en el mes de julio, aunque podría establecerse cualquier otra fecha. Aquellas pagas añadidas sobre el mínimo legal tienen una variedad acorde con su naturaleza o finalidad. Hay pagas extraordinarias que se establecen y se devengan en atención precisamente a las fechas extraordinarias que las motivan y determinan. Asimismo, ciertas pagas, como alguna de beneficios, sólo pueden determinarse después de realizada la cuenta de pérdidas y ganancias; sólo se devengan "ex post", cuando se cumple el beneficio que las condiciona. Desde la práctica, puede decirse que se han generado unos usos y costumbres sobre fechas y periodicidad de las pagas extraor-

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dinarias que permiten mantener el principio general de la postremuneración. No obstante debe recordarse que la norma que crea la paga extraordinaria determinará su devengo, y en caso contrario será la lógica derivada de su contenido la que lo determine.

5. Pago Tampoco se establece en la norma que regula las pagas extraordinarias mención expresa sobre el pago de éstas. Su condición salarial llevará a las reglas generales de abono de los salarios. Solamente hay una previsión expresa sobre la posibilidad de abono partido al margen de su fecha de devengo. Se contempla como opción el que pueda acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades (artículo 31 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores). En el pago de las pagas extraordinarias opera el principio general de compensación y absorción de las retribuciones salariales. Ello es así porque las pagas tienen esa naturaleza y no se encuentran dentro de las excepciones establecidas por el artículo 26 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

III.

LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS EN OTROS REGÍMENES

1. En el salario mínimo interprofesional Aunque los distintos Reales Decretos que regulan y fijan el importe del salario mínimo interprofesional no se ocupan de advertir que el mismo incorpora dos pagas extraordinarias, es evidente por la

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P AGO A CUENTA implicación que el salario mínimo tiene en la configuración de los distintos derechos de los trabajadores que cuando el mismo actúa como retribución directa del trabajador incluye dos pagas extraordinarias añadidas, sometidas al régimen común; como no puede ser menos al constituirse entonces como salario-retribución de la prestación de servicios pactada.

2. El Fondo de Garantía Salarial En los supuestos de insolvencia o concurso del empresario, el Fondo de Garantía Salarial abonará los salarios ordinarios, así como los salarios de tramitación y las indemnizaciones reconocidas como consecuencia de sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa a favor de los trabajadores a causa de despido o extinción de los contratos con el límite máximo de una anualidad, sin que el salario diario, base del cálculo, pueda exceder del triple del salario mínimo interprofesional, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

3. Cotización a la Seguridad Social Por último, debe recordarse que en la cotización a la Seguridad Social se tendrá en cuenta la retribución global percibida, lo que supone la inclusión de las pagas extraordinarias anuales computadas a estos efectos de forma prorrateada en cada mensualidad ordinaria. Del mismo modo, cuando se identifican las bases mínimas de cotización, se establece la equivalencia con al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementado por el prorrateo de las percepciones de vencimiento superior al mensual que perciba el trabajador. JOSÉ MANUEL YUSTE MORENO

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PAGO A CUENTA Payment on account La normativa tributaria española establece para determinados impuestos, la obligación tributaria de realizar pagos a cuenta de las liquidaciones o declaraciones tributarias de los mismos. En este sentido, las leyes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades agrupan dentro de los denominados pagos a cuenta los siguientes: -

Retenciones a cuenta

-

Ingresos a cuenta.

-

Pagos fraccionados

-

Pago a cuenta a cargo del transmitente de acciones y participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva.

En la medida en que son a cuenta, estos pagos son deducibles de la cuota del impuesto personal del contribuyente, y pueden dar lugar a devoluciones a las que el sujeto pasivo tendrá derecho a percibir.

CARMEN CALDERÓN PATIER

Véase también: "Declaración con derecho a devolución"; "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas"; "Impuesto sobre Sociedades"; "Obligación tributaria" y "Retenciones tributarias".

PAGO ANTICIPADO Early payment I. DEVENGO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO • II. ANTICIPO DE IMPUESTOS

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P AGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA I.

DEVENGO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

En las prestaciones de servicios y entregas de bienes que existan pagos anteriores a la realización del hecho imponible, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se devengará por los importes efectivamente percibidos en el momento del cobro total o parcial del precio. En las operaciones de permuta de un solar a cambio de una edificación, el devengo del IVA de la entrega de la edificación por parte del promotor, se produce en el momento de la entrega del solar, ya que es la contraprestación del edificio y constituye un pago anticipado de dicha contraprestación. En el caso de la entrega de letras de cambio o pagarés no se produce un pago anticipado hasta que no se hagan efectivas realmente, aunque sean descontadas.

II.

ANTICIPO DE IMPUESTOS

Existe un pago anticipado de impuestos cuando se realizan pagos a cuenta mediante el ingreso de forma periódica de parte del rendimiento obtenido en la actividad económica. Al ser pagos a cuenta son deducibles de la cuota del impuesto del contribuyente persona física (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) o jurídica (Impuesto sobre Sociedades). El obligado a realizar los pagos fraccionados es el propio contribuyente del Impuesto que percibe las rentas, mientras que en las retenciones e ingresos a cuenta, el obligado es quien satisface las rentas. Los pagos anticipados de impuestos tienen la consideración de deuda tributaria a efectos de la aplicación de las disposiciones sobre infracciones y sanciones. JUAN JOSÉ BENAYAS DEL ÁLAMO

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Véase también: "Aplazamiento y fraccionamiento de pago"; "Pago a cuenta"; "Pago fraccionado" y "Principios contables".

PAGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA Tax debt payment I. INTRODUCCIÓN • II. MEDIOS DE PAGO 1. Pago en efectivo • 2. Pago mediante efectos timbrados 3. Pago en especie • III. PLAZOS PARA EL PAGO 1. Período voluntario 2. Período ejecutivo 3. Suspensión del pago • IV. MOMENTO DEL PAGO

I.

INTRODUCCIÓN

El pago es la forma habitual de extinción de la deuda tributaria. Así el pago no sólo extingue la deuda tributaria sino que libera además al deudor y a los responsables, si los hubiera. Puede efectuar el pago, en período voluntario o período ejecutivo, cualquier persona, tenga o no interés en el cumplimiento de la obligación, ya lo conozca y lo apruebe, ya lo ignore el obligado al pago. El tercero que pague la deuda no estará legitimado para ejercitar ante la Administración los derechos que corresponden al obligado al pago. El pago de las deudas podrá realizarse en las cajas de los órganos competentes, en las entidades que, en su caso, presten el servicio de caja, en las entidades colaboradoras y demás personas o entidades autorizadas para recibir el pago, directamente o por vía telemática, cuando así esté previsto en la normativa vigente. Los pagos realizados a órganos no competentes para recibirlos o a personas no autorizadas para ello no liberarán al deudor de su obligación de pago, sin perjuicio de las responsabilidades de to-

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P AGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA do orden en que incurra el perceptor que admita indebidamente el pago.

II.

MEDIOS DE PAGO El pago de la deuda puede efectuar-

se: 1.

En efectivo

2.

Mediante efectos timbrados

3.

En especie

1. Pago en efectivo Los medios de pago en efectivo son: el dinero de curso legal, el cheque, las tarjetas de crédito y débito, la transferencia y la domiciliación bancaria. Todas las deudas podrán abonarse siempre con dinero de curso legal, mientras que el resto de medios de pago están sujetos a algunas restricciones. Así, por ejemplo, el pago mediante tarjeta, transferencia o domiciliación bancaria debe estar expresamente establecido por una norma tributaria.

a) Pago mediante cheque Los pagos que se realicen en las entidades de crédito que presten el servicio de caja mediante cheque que deberá reunir además de los requisitos exigidos por la legislación mercantil, los siguientes: •



Ser nominativo a favor del Tesoro Público y cruzado al Banco de España. Estar conformado o certificado por la entidad librada, en fecha y forma.

La admisión de cheques que incumplan alguno de los requisitos anteriores quedará a riesgo de la entidad que los acepte, sin perjuicio de las acciones que correspondan a dicha entidad contra el obligado al pago. No obstante, cuando un cheque válidamente conformado o

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certificado no pueda ser hecho efectivo en todo o en parte, el pago le será exigido a la entidad que lo conformó o certificó. Por su parte, los pagos que deban efectuarse en las cajas de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y éstos se hagan mediante cheque, además de reunir los requisitos señalados previamente, deben incluir con toda claridad, debajo de la firma, el nombre y apellidos o razón social o denominación completa del librador.

b) Pago con tarjetas de crédito y débito Es admisible esta forma de pago ante las entidades de crédito que presten el servicio de caja, siempre que la tarjeta a utilizar se encuentre incluida entre las que, a tal fin, sean admitidas en cada momento por dichas entidades. El límite de los pagos a realizar vendrá determinado por el asignado por la entidad emisora individualmente a cada tarjeta y, en ningún caso, podrá superar la cantidad de 3.005,06 euros, no pudiendo simultanearse, para un mismo documento de ingreso, con cualquier otro de los medios de pago admitidos. En todo caso, los importes ingresados por los obligados al pago a través de tarjetas de crédito y débito no podrán ser minorados como consecuencia de descuentos en la utilización de tales tarjetas o por cualquier otro motivo.

c) Pago mediante transferencia bancaria Transferencia a la entidad de depósito que actúa como colaboradora en la recaudación de los impuestos. Sólo se permite en aquellos casos en los que el órgano de recaudación así se lo establezca al obligado al pago.

d) Pago mediante domiciliación bancaria Este sistema de pago en efectivo se podrá utilizar en aquellos casos expresa-

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P AGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA mente admitidos por la normativa. La Administración Tributaria puede utilizar también este medio de pago en los casos de fraccionamiento o aplazamiento del pago. La domiciliación bancaria deberá ajustarse a los siguientes requisitos: •



Que el obligado al pago sea titular de la cuenta en que domicilie el pago y que dicha cuenta se encuentre abierta en una entidad de crédito. En algunos casos, en los términos y condiciones en que cada Administración lo establezca, el pago podrá domiciliarse en una cuenta que no sea de titularidad del obligado, siempre que el titular de dicha cuenta autorice la domiciliación. Que el obligado al pago comunique su orden de domiciliación a los órganos de la Administración.

2. Pago mediante efectos timbrados Esta forma de pago se utiliza frecuentemente para el abono de tasas públicas. Tienen la condición de efectos timbrados: •

El papel timbrado común



El papel timbrado de pagos al Estado



Los documentos timbrados especiales



Los timbres móviles



Los aprobados por orden del Ministro de Economía y Hacienda

3. Pago en especie El sujeto pasivo que pretenda utilizar el pago en especie como medio para satisfacer deudas a la Administración deberá solicitarlo previamente al órgano de recaudación competente. La solicitud contendrá los siguientes datos: •

Nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de

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identificación fiscal y domicilio fiscal del obligado al pago y, en su caso, de la persona que lo represente. •

Identificación de la deuda indicando, al menos, su importe, concepto y fecha de finalización del plazo de ingreso en período voluntario.



Lugar, fecha y firma del solicitante.

A la solicitud deberá acompañarse la valoración de los bienes y el informe sobre el interés de aceptar esta forma de pago, emitidos ambos por el órgano competente del Ministerio de Cultura o por el órgano competente determinado por la normativa que autorice el pago en especie. La resolución deberá notificarse en el plazo de seis meses. Transcurrido el plazo sin que se haya notificado la resolución, los interesados podrán considerarla desestimada. En el ámbito de competencias del Estado, la resolución deberá ser adoptada por el Director del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Una copia de dicho acuerdo de aceptación o de denegación, debe remitirse al Ministerio de Cultura, o al que corresponda en función del tipo del bien, y a la Dirección General del Patrimonio del Estado. Una vez aprobado el pago en especie, la entrega o puesta a disposición de la Administración de los bienes deberá ser efectuada en el plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de la notificación del acuerdo de aceptación de pago en especie, salvo que dicha entrega o puesta a disposición se hubiese realizado en un momento anterior. Del documento justificativo de la recepción en conformidad se remitirá copia al órgano de recaudación.

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P AGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA III.

PLAZOS PARA EL PAGO

1. Período voluntario

modificar el plazo señalado siempre que éste no sea inferior a dos meses. •

Las deudas que deban abonarse mediante efectos timbrados se pagarán en el momento de la realización del hecho imponible, si no se dispone otro plazo en su normativa específica.



Las deudas tributarias aduaneras y fiscales derivadas de operaciones de comercio exterior deberán pagarse en el plazo establecido por su propia normativa.

El artículo 62 de la Ley General Tributaria contempla de forma detallada los plazos para el pago de la deuda tributaria, diferenciando entre los distintos supuestos posibles. Así: •

Las deudas tributarias resultantes de una autoliquidación deberán pagarse en los plazos que establezca la normativa de cada tributo.



En el caso de deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración, el pago, en período voluntario, deberá hacerse en los siguientes plazos, en función de la fecha de la notificación:



-

Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, pueden pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

-

Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, pueden pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

El pago en período voluntario de las deudas de notificación colectiva y periódica que no tengan establecido otro plazo en sus normas reguladoras deberá efectuarse en el período comprendido entre el día uno de septiembre y el 20 de noviembre o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. La Administración Tributaria competente puede

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2. Período ejecutivo Una vez iniciado el período ejecutivo y notificada la providencia de apremio, el pago de la deuda tributaria deberá efectuarse en los siguientes plazos: •

Si la notificación de la providencia se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 de dicho mes o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.



Si la notificación de la providencia se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del mes siguiente o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

3. Suspensión del pago En los supuestos en los que la ley de cada tributo lo establezca, el ingreso de la deuda de un obligado tributario podrá suspenderse total o parcialmente, sin aportación de garantía y a solicitud de éste, si otro obligado presenta una declaración o autoliquidación de la que resulte una cantidad a devolver o una comunicación de datos, con indicación de que el importe de la devolución que pueda ser reconocido se destine a la cancelación de la deuda cuya suspensión se pretende. El

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P AGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA importe de la deuda suspendida no podrá ser superior a la devolución solicitada. En este caso, la deuda suspendida quedará total o parcialmente extinguida en el importe que proceda de la devolución reconocida, sin que sean exigibles intereses de demora sobre la deuda cancelada con cargo a la devolución. Éste es el caso previsto en la Ley del IRPF respecto de los cónyuges no separados legalmente. Además, el ingreso de la deuda de un obligado tributario se suspenderá total o parcialmente, sin aportación de garantías, cuando se compruebe que por la misma operación se ha satisfecho a la misma u otra Administración una deuda tributaria o se ha soportado la repercusión de otro impuesto, siempre que el pago realizado o la repercusión soportada fuera incompatible con la deuda exigida y, además, en este último caso, el sujeto pasivo no tenga derecho a la completa deducción del importe soportado indebidamente. Éste es el caso, por ejemplo, de una operación en la que se abona el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas) y se paga también el IVA.

IV.

MOMENTO DEL PAGO

Una deuda se entiende pagada en efectivo cuando se ha realizado su ingreso en las cajas de los órganos competentes, entidades colaboradoras, entidades que presten el servicio de caja o demás personas o entidades autorizadas para recibir el pago. Ahora bien: •

Si el pago se realiza a través de entidades de crédito u otras personas autorizadas, la entrega al deudor del justificante de ingreso liberará a éste desde la fecha que se consigne en el justificante y por el importe que figure en él, quedando obligada la enti-

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dad de crédito o persona autorizada frente a la Hacienda pública, desde ese momento y por dicho importe, salvo que pudiera probarse fehacientemente la inexactitud de la fecha o del importe que conste en la validación del justificante. •

En el supuesto de pago con cheque, su entrega libera al deudor desde el momento en que se haga efectivo. A estos efectos éste se producirá desde la fecha en que el cheque haya sido entregado en la entidad. Ésta validará el correspondiente justificante de ingreso en el que consignará la fecha de entrega y el importe del pago, quedando desde ese momento la entidad obligada ante la Hacienda pública por la cuantía efectivamente ingresada.



Si el pago se lleva a cabo mediante transferencia bancaria, se considerará efectuado el pago en la fecha en que haya tenido entrada el importe correspondiente en la entidad que, en su caso, preste el servicio de caja, quedando liberado desde ese momento el obligado al pago frente a la Hacienda pública por la cantidad ingresada.



Para la domiciliación bancaria, los pagos se entienden realizados en la fecha de cargo en cuenta de dichas domiciliaciones, considerándose justificante del ingreso el que a tal efecto expida la entidad de crédito donde se encuentre domiciliado el pago. En aquellos casos en los que el cargo en cuenta no se realice o se realice fuera de plazo por causa no imputable al obligado al pago, no se exigirán a éste recargos, intereses de demora ni sanciones, sin perjuicio de los intereses de demora que, en su caso, corresponda liquidar y exigir a la entidad responsable por la demora en el ingreso.

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P AGO EN MERCANCÍAS •

Cuando el pago es en especie, su eficacia queda condicionada a la entrega o puesta a disposición de los bienes ofrecidos. Si ésta se produce en la forma establecida en el acuerdo de aceptación y en el plazo establecido, los efectos extintivos de la deuda se entenderán producidos desde la fecha de la solicitud. En caso de aceptación del pago en especie, la deuda devengará interés de demora desde la finalización del plazo de ingreso en período voluntario hasta que los bienes hayan sido entregados o puestos a disposición de la Administración, pudiendo, en todo caso, afectarse en el acuerdo de aceptación el bien dado en pago a la cancelación de dichos intereses de demora, de ser suficiente el valor del citado bien. BEGOÑA BARRUSO CASTILLO

PAGO FRACCIONADO Instalment I. CONCEPTO • II. PAGOS FRACCIONADOS EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) • III. PAGOS FRACCIONADOS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS)

I.

CONCEPTO

Los pagos fraccionados constituyen, junto con las retenciones y los ingresos a cuenta, los denominados pagos a cuenta. Constituyen una vía para anticipar recursos a la Hacienda Pública a cuenta del impuesto definitivo, permitiendo, simultáneamente, graduar el esfuerzo que supone para los contribuyentes el pago del mismo.

PAGO EN MERCANCÍAS

Dos de los grandes impuestos directos sobre la renta, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre Sociedades, emplean esta vía bajo determinadas circunstancias y requisitos, para anticipar fondos al Tesoro Público.

Payment in goods

II.

Véase también: "Extinción de la deuda tributaria".

El pago en mercancías equivale a pago en especie, y es una de las formas usuales de numerosos contratos de comercio internacional en el que los intercambios se realizan sin liquidación a divisas o moneda de cualquier tipo, sino mediante el trueque de unas mercancías por otras, eso sí, valoradas en una determinada moneda. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Barter" y "Comercio de compensación".

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PAGOS FRACCIONADOS EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)

Están obligados a realizar pagos fraccionados en el IRPF los contribuyentes que ejercen actividades empresariales y profesionales, con independencia del método de determinación de sus rendimientos (estimación directa en sus dos modalidades o estimación objetiva). En las entidades en régimen de atribución de rentas que ejerzan actividades económicas (empresariales o profesionales), serán los socios los obligados a realizar los citados pagos.

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P AGO FRACCIONADO correspondientes al mismo período impositivo cuyo importe positivo lo permita y hasta el límite máximo de dicho importe.

Es de carácter obligatorio la presentación de la declaración de pagos fraccionados, aún cuando su importe sea cero o negativo. La declaración e ingreso (si procede) es trimestral a realizar dentro de los 20 primeros días de los meses de abril, julio y octubre y dentro de los 30 primeros días de enero.

-

El importe del pago fraccionado depende del método de estimación de los rendimientos de actividades económicas del contribuyente, así: -

Actividades en estimación directa normal o simplificada (no agrícolas, ni ganaderas ni forestales). Modelo de declaración 130. El importe del pago fraccionado es el 20% del rendimiento neto correspondiente al período de tiempo transcurrido desde el primer día del año hasta el último día del trimestre de cada pago fraccionado. De la cantidad resultante se deducen: -

Los pagos fraccionados que habrían correspondido ingresar en los trimestres anteriores del mismo año.

-

Las retenciones e ingresos a cuenta realizados desde el comienzo del año hasta el fin del trimestre al que se refiere el pago.

-

El importe obtenido de deducir la cuantía de la deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas entre cuatro. No obstante, cuando el citado importe sea superior a la cantidad resultante por aplicación de las deducciones por pagos fraccionados anteriores e ingresos a cuenta y retenciones, la diferencia podrá deducirse en cualquiera de los siguientes pagos fraccionados

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Y por último, desde el 1-1-2009, cuando los contribuyentes destinen cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual empleando financiación ajena por las que vayan a tener derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual y siempre que sus rendimientos íntegros previsibles del período impositivo sean inferiores a 33.007,20 euros, podrán deducirse el 2% del rendimiento neto correspondiente al período de tiempo transcurrido desde el primer día del año hasta el último día del trimestre a que se refiere el pago fraccionado con el límite de 660,14 euros en cada trimestre.

-

Actividades en estimación objetiva (no agrícola ni ganadera ni forestal). Modelo de declaración 131. El pago fraccionado trimestral se calcula aplicando sobre el rendimiento neto resultante, unos porcentajes que dependerán del número de personas asalariadas de la actividad, así si no existe ninguna persona asalariada será del 2%; con una persona asalariada será del 3%; y más de una del 4%.

-

Actividades agrícolas, forestales o pesqueras (Modelo 130). El importe de cada pago fraccionado será del 2% del volumen de ingresos del trimestre, excluidas las subvenciones de capital y las indemnizaciones (sí se incluyen las indemnizaciones corrientes y la compensación a tanto alzado del IVA).

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P AGOS EN TESORERÍA III.

PAGOS FRACCIONADOS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS)



Están obligados a efectuar pagos fraccionados, por alguno de los procedimientos establecidos en la normativa, y siempre que resulte cantidad a ingresar los siguientes: -

Los residentes en España, a cuenta del IS.

-

Los establecimientos permanentes en territorio español de sociedades no residentes en España a cuenta del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Están obligados a aplicar esta modalidad los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones (calculado según la normativa del IVA) haya sido superior a 6.010.121,04 euros durante los doce meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo.

No están obligados a su pago: -

Las entidades con exención total en el IS.

-

Las sociedades limitadas nueva empresa, en cuanto a los pagos fraccionados a cuenta de las liquidaciones de los dos primeros períodos impositivos concluidos desde su constitución.

El sujeto pasivo puede optar por dos procedimientos para la determinación de los pagos fraccionados: •

En los 20 primeros días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre, efectuar un pago fraccionado del 18% de la cuota íntegra (minorada por: deducciones para evitar la doble imposición; las bonificaciones; las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades y las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a ese período impositivo) correspondiente al último período impositivo cuyo plazo reglamentario de declaración estuviese vencido el día 1 de los citados meses. Si el resultado es cero o negativo, no existe obligación de presentar declaración.

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Manteniendo los mismos plazos que en el procedimiento anterior, es decir, en los 20 primeros días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre, el importe se calcula aplicando un porcentaje (para el ejercicio 2009 es el resultado de multiplicar por 5/7 el tipo de gravamen de la entidad, redondeando por defecto) a la parte de base imponible de los 3,9 u 11 primeros meses de cada año natural, deduciendo las bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta practicadas sobre sus ingresos y los pagos fraccionados efectuados (no se incluyen las deducciones).

CARMEN CALDERÓN PATIER Véase también: "Establecimiento Permanente"; "Impuesto sobre el Valor Añadido"; "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas"; "Impuesto sobre Sociedades"; "Ingreso a cuenta"; "Pago a cuenta" y "Retenciones tributarias".

PAGOS EN TESORERÍA Treasury payments I. CONCEPTO • II. LOS SISTEMAS DE PAGO • III. LOS INSTRUMENTOS DE PAGO • IV. CONDICIONES DE PAGO 1. Negociación 2. Gestión propiamente dicha 3. Control y supervisión

I.

CONCEPTO

Pagos en Tesorería son las salidas de efectivo realizadas por la empresa a sus

© CISS

P AGOS EN TESORERÍA da), que permiten la liquidación directa de las facturas comerciales. Los importes vencidos a liquidar se acuerdan previamente entre el cliente y el proveedor; luego el proveedor prepara una cinta o la entrega al banco. Esta cinta se procesa a través del BACS, que automáticamente carga la cuenta del cliente y abona la del proveedor. El día que se procesa esta cinta normalmente se tiene en cuenta el tiempo de compensación, del que se priva el cliente por no seguir ya enviando cheques.

proveedores y acreedores. Cuando una compañía tiene un método de pago eficiente, aumenta su credibilidad, mientras que en caso contrario, su nivel de crédito puede quedar en entredicho.

II.

LOS SISTEMAS DE PAGO

Los métodos de pago incluyen diferentes aspectos operativos que condicionan dicho sistema y que se pueden resumir en lo siguiente: -

-

-

Los pagos por cheques pueden efectuarse a través de compensación en la ciudad o en el país; la elección afectará al período de tiempo asignado al cheque en cuestión para la compensación anticipada. Algunas empresas pueden introducir demoras deliberadamente, utilizando bancos desconocidos en localizaciones distantes. A esto se denomina en Estados Unidos pago o desembolso remoto. Por lo general, no está bien visto, y puede dar una mala reputación a la compañía. Las órdenes permanentes sobre una cuenta son instrucciones que el cliente da al banco para que abone sumas con regularidad a un destinatario específico. Estas instrucciones no pueden ser alteradas, salvo por el propio cliente. Los cargos directos sobre una cuenta son instrucciones que da el cliente, autorizando al banco a que cargue su cuenta, en línea con las instrucciones recibidas del destinatario de los fondos. En general, los cargos directos no se deben introducir en el sistema, excepto cuando éste permita que la empresa pueda consultar por anticipado sobre el cargo antes de que éste se lleve a cabo. Este sistema se ha introducido por medio de BACS (iniciales de los Servicios Bancarios de Compensación Automatiza-

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-

Los pagos monetarios se pueden hacer por cheques, por transferencia a través del banco (donde cambian la moneda), o por transferencia directa o por medios electrónicos, cargando la cuenta de divisas de la compañía. Los pagos monetarios que no sean por cheque tienen fecha de valor dos días hábiles después, ya que ese es el tiempo que lleva el intercambio de información entre los bancos, de forma que, en el segundo día hábil, se compensarán los fondos de una cuenta de banco a la otra. Ese día se cargará la cuenta en divisas del cliente aunque el destinatario puede no recibir los fondos el mismo día.

-

Los pagos electrónicos son un medio para acelerar el proceso de pagos y reducir el papeleo que conllevan las transferencias de fondos. Para la entrega electrónica de fondos existe un sistema de «contraseña» que permite el acceso y con el que el banco puede operar. Si dentro de la empresa se ha quebrantado este sistema de seguridad, es por cuenta de la misma. Los pagos electrónicos pueden ser de dos tipos: - Pre-especificados, cuando los datos básicos de la transferencia se mantienen internamente en el sistema. Los únicos datos de entrada son el im-

7839

P AGOS EN TESORERÍA porte, la fecha valor y cualquier tipo de datos de referencia que se requieran. - Formato libre, cuando los detalles del pago se introducen en su totalidad desde el principio. El primero es más seguro, aunque en comparación con una llamada telefónica, confirmada posteriormente por escrito se podría decir que el segundo método es igualmente seguro.

III.

LOS INSTRUMENTOS DE PAGO

Los pagos se pueden hacer por medio de letras de cambio o pagarés. Con ello se da al proveedor la opción de poder descontar los efectos en el mercado, para recibir el dinero antes de la fecha de vencimiento En tanto que no preocupe a la compañía que su papel esté en el mercado, es un medio eficiente de liquidación. Esta preocupación podría deberse, en primer lugar, al hecho de que se darían a conocer las condiciones de crédito utilizadas por la compañía en sus operaciones de tráfico, por ejemplo facturas a tres meses. En segundo lugar, podría afectar a la clasificación del crédito de la compañía, porque la mayoría de las liquidaciones de deuda se hacen por medio de una cuenta comercial, o sea, a pagar a su vencimiento, no contra los compromisos de pago sobre el «papel», es decir, las letras de cambio.

IV.

CONDICIONES DE PAGO

La gestión de proveedores y acreedores debe establecer las condiciones de compra y plazos de pago convenientes para la empresa. Destacan tres funciones básicas:

1. Negociación Negociar con los proveedores y acreedores las condiciones de pago que

7840

van a regir todas las operaciones comerciales entre ambas empresas. Es la manera de evitar problemas futuros a la hora de pagar. Es de vital importancia, de cara a ahorrar costes de personal y tiempo, el intentar simplificar al máximo estas operaciones. Básicamente hay que pactar entre un sistema único de pago (cheques, transferencias, etc.), y el vencimiento. También se añadirán a la negociación, según los casos, rápeles y otros descuentos especiales.

2. Gestión propiamente dicha La responsabilidad por la gestión se inicia cuando se formula el pedido y se cierra cuando se hace efectivo el pago. El departamento debe tener toda la información precisa sobre las cantidades, el modo y el cuándo se van a pagar las deudas con los proveedores y acreedores. Las funciones básicas son: -

Registro, verificación y conformación de las facturas.

-

Contabilización de los movimientos de proveedores y acreedores.

-

Relación diaria con los proveedores y acreedores.

-

Preparación y ejecución de los pagos.

-

Archivo de la documentación de proveedores y acreedores.

Una gestión de pagos eficiente también requiere el dar las mayores facilidades al acreedor/proveedor para que éste tenga claro lo que le está pagando.

3. Control y supervisión Debe llevar a cabo el seguimiento de los pagos para que todos ellos lleguen a buen fin. Tiene que comprobar que se han realizado todos los pagos pertinentes según las previsiones de pago. La información mínima a obtener sería un lis-

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P AÍS MENOS DESARROLLADO tado de previsiones de pago con periodicidad. Si la empresa ha logrado imponer a sus proveedores una norma única de pago, la previsión de entregas dará el importe de los pagos. Si por el contrario no lo ha conseguido, será necesario realizar un análisis estadístico y determinar el modelo que refleje las salidas de tesorería mensuales, quincenales, etc. Además la previsión de pagos será necesaria para elaborar los presupuestos de tesorería a medio y largo plazo, de cara a saber los déficits y superávits de tesorería que tendrá la empresa cada mes. VICENTE TENA RODRÍGUEZ

PAGOS INTERNACIONALES International payments El término pagos internacionales hace referencia a los pagos que se producen entre residentes y no residentes, o entre residentes y organismos internacionales, como consecuencia de las transacciones económicas y financieras que se realizan entre ellos. Los pagos internacionales surgen por cualquiera de las transacciones que se computan en la balanza de pagos y que, desde el punto de vista monetario, originan la compra o venta de moneda extranjera. Por tanto, darán origen a pagos internacionales: •

Las exportaciones e importaciones de bienes y servicios.



Los ingresos o pagos por rentas de los factores.



Los ingresos o pagos derivados de transferencias corrientes y de capital con el exterior.

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Las compras y ventas de activos con el exterior, ya sean inversión directa, de cartera, etc.

Los pagos internacionales pueden ser realizados en la moneda de alguno de los países que realizan la transacción, o con la moneda de un tercer país aceptada por ambas partes, normalmente el dólar o el euro. JESÚS PAÚL GUTIÉRREZ Véase también: "Balanza de pagos".

PAÍS MENOS DESARROLLADO Less developed country I. CONCEPTO • II. CARACTERÍSTICAS DE LOS PAÍSES MENOS DESARROLLADOS • III. CLASIFICACIÓN DE LOS PAÍSES MENOS DESARROLLADOS

I.

CONCEPTO

El término país menos desarrollado es utilizado para describir a aquellos países que tienen un nivel de renta y/o una base industrial y tecnológica menor que aquellos países que se califican como países desarrollados. El criterio para medir el desarrollo y, en consecuencia, qué países son clasificados como países menos desarrollados, es una cuestión problemática y de continuo objeto de discusión. Normalmente son los criterios económicos los que han dominado este debate, siendo el PIB per cápita o la Renta per cápita el indicador habitualmente utilizado para medir el grado de desarrollo de un país. No obstante, recientemente se ha propuesto otra medida de desarrollo económico, el Índice de Desarrollo Humano (IDH), en el que no sólo se tiene en cuenta la renta per

7841

P AÍS MENOS DESARROLLADO cápita de la población, sino también la esperanza de vida, la educación y la tasa de alfabetización.



Nivel bajo o muy bajo de renta y bajo nivel de vida en la mayoría de la población.

El término país menos desarrollado tiene distintos sinónimos: país subdesarrollado, país en vías de desarrollo, país del tercer mundo, país no industrializado, país periférico, país del sur, país pobre.



Alta dependencia económica de los países desarrollados.



Una parte importante de la población está empleada en la agricultura, con rendimientos relativamente bajos.

La caracterización de un país como menos desarrollado es una cuestión de grado. Así, mientras que algunos países del África-Subsahariana hay que calificarlos como países subdesarrollados con independencia del criterio que se utilice, otros países, como los recientemente industrializados, tienen una mezcla de características, algunas propias de los países menos desarrollados y otras propias de las economías más avanzadas. Igualmente estos problemas de clasificación también se plantean en las anteriormente economías planificadas de la antigua Unión Soviética y de la Europa del Este. Por ejemplo, mientras que Tadjikistán es claramente un país subdesarrollado y la República Checa es un país desarrollado, existen otros muchos con grandes dificultades para su clasificación.



Poca industrialización, excepto aquellos países que en las últimas décadas han experimentado un rápido crecimiento de su industria.



Estructuras políticas e institucionales débiles.



Altos índices de natalidad.



Mala atención a la salud.



Escaso nivel de educación y altos índices de analfabetismo.



Alimentación deficiente.

Por tanto, bajo la etiqueta de "país menos desarrollado" existe una gran y creciente heterogeneidad que hace que sea difícil agruparlos en un solo conjunto, aunque resulte útil en algunas ocasiones.

II.

CARACTERÍSTICAS DE LOS PAÍSES MENOS DESARROLLADOS

A pesar de que existen importantes diferencias entre los países menos desarrollados, y por tanto no todos tienen las mismas características, en general, podemos establecer una serie de características comunes:

7842

III.

CLASIFICACIÓN DE LOS PAÍSES MENOS DESARROLLADOS

El Banco Mundial clasifica a las economías del mundo en cuatro grandes categorías según sus niveles de renta per cápita (según su renta en 2008): •

Países de renta alta: con renta per cápita superior a los 11.906 dólares.



Países de renta media-alta: con renta per cápita entre 3.856 y 11.905 dólares.



Países de renta media-baja: con renta per cápita entre 976 y 3.855 dólares.



Países de renta baja: con renta per cápita inferior a 975 dólares.

Los países que se incluyen dentro de la categoría de país menos desarrollado o país en desarrollo son los países de renta

© CISS

P AÍS MENOS DESARROLLADO media y los países de renta baja (véase Cuadro 1) Cuadro 1 Países Menos Desarrollados Países de Renta Baja (43) Afghanistan

Guinea-Bissau

Ruanda

Bangladesh

Haiti

Senegal

Benin

Kenia

Sierra Leona

Burkina Faso

República Democrática Corea

Somalia

Burundi

República de Kyrgyz

Tajikistan

Camboya

Laos

Tanzania

República de África Central

Liberia

Togo

Chad

Madagascar

Uganda

Comoros

Malawi

Uzbekistan

República Democrática Congo

Mali

Vietnam

Eritrea

Mauritania

Yemen

Etiopía

Mozambique

Zambia

Gambia

Myanmar

Zimbabwe

Ghana

Nepal

Guinea

Niger Países de Renta Media Baja (55)

Albania

Honduras

Paraguay

Angola

India

Filipinas

Armenia

Indonesia

Samoa

Azerbaijan

Irán

Santo Tomé y Principe

Belice

Iraq

Islas Solomon

Bhutan

Jordania

Sri Lanka

Bolivia

Kiribati

Sudan

Camerún

Kosovo

Swaziland

Cabo Verde

Lesotho

Siria

China

Maldivas

Tailandia

República del Congo

Islas Marshall

Timor-Leste

Costa de Marfil

Micronesia

Tonga

© CISS

7843

P AÍS MENOS DESARROLLADO Países Menos Desarrollados Djibouti

Moldavia

Tunez

Ecuador

Mongolia

Turkmenistan

Egipto

Marruecos

Ucrania

El Salvador

Nicaragua

Vanuatu

Georgia

Nigeria

Gaza

Guatemala

Pakistan

Guayana

Papua Nueva Guinea Países de Renta Media Alta (46)

Argelia

Grenada

Peru

Samoa

Jamaica

Polonia

Argentina

Kazakhstan

Rumania

Bielorrusia

Letonia

Rusia

Bosnia-Herzegovina

Libano

Serbia

Botswana

Libia

Seychelles

Brazil

Lituania

Sudáfrica

Bulgaria

Macedonia

St. Kitts y Nevis

Chile

Malasia

Santa Lucía

Colombia

Mauritania

San Vicente

Costa Rica

Mayotte

Suriname

Cuba

Mexico

Turquía

Dominica

Montenegro

Uruguay

República Dominicana

Namibia

Venezuela

Fiji

Palau

Gabón

Panamá

Fuente: Banco Mundial

El Cuadro 2 ilustra las profundas diferencias en los niveles de renta internacionales. La renta per cápita promedio en las economías más ricas es 65 veces el de los países en desarrollo más pobres. Incluso los países de renta media-alta disfrutan de menos de una quinta parte de

7844

la renta per cápita del grupo de países industrializados. Las cifras de esperanza de vida reflejan las diferencias internacionales en los niveles de renta: la duración media de la vida se reduce a medida que la pobreza aumenta.

© CISS

P AÍS RECIENTEMENTE INDUSTRIALIZADO Cuadro 2 Indicadores de Bienestar Económico por grupos de países. 2007 Grupo de Renta

Número Países

Renta per Cápita ($)

Esperanza vida (años)

Renta Baja

43

574

57

Renta Media-baja

55

1.905

69

Renta Media-alta

46

7.107

71

Renta Alta

66

37.572

79

Fuente: Banco Mundial

JESÚS PAÚL GUTIÉRREZ Véase también: "País recientemente industrializado" y "Países desarrollados".

PAÍS RECIENTEMENTE INDUSTRIALIZADO Newly industrialized country I. CONCEPTO • II. ALGUNAS CARACTERÍSTICAS DE LOS PAÍSES RECIENTEMENTE INDUSTRIALIZADOS • III. EL ORIGEN DEL TÉRMINO PAÍS RECIENTEMENTE INDUSTRIALIZADO Y SU SIGNIFICADO ACTUAL • IV. LOS BRIC

I.

CONCEPTO

El término país recientemente industrializado (en ocasiones denominado NIC, por su acepción inglesa, "Newly industrialized country") es utilizado para referirse a aquellos países que recientemente han aumentado la participación de la producción industrial en el total de la producción nacional, así como la importancia de las exportaciones industriales en su comercio exterior. Los países recientemente industrializados a menudo son también descritos como países o economías emergentes,

© CISS

para indicar el dinamismo económico que estas economías han registrado en las últimas décadas y que les ha llevado a superar el estadio de subdesarrollo, así como su potencial de crecimiento futuro. Los países recientemente industrializados constituyen un elemento central del proceso de globalización económica, como consecuencia de su importancia como exportadores de bienes y como nuevos competidores de los países desarrollados.

II.

ALGUNAS CARACTERÍSTICAS DE LOS PAÍSES RECIENTEMENTE INDUSTRIALIZADOS

Los países recientemente industrializados todavía no disponen del nivel de desarrollo que permita calificarles como "países desarrollados", sin embargo las altas tasas de crecimiento registradas en las últimas décadas y los profundos cambios en sus estructuras productivas, hacen que tengan aspectos claramente diferenciados del mundo en desarrollo. Algunas de las características que podemos encontrar en los países recientemente industrializados son las siguientes: •

Han experimentado un rápido crecimiento económico, normalmente

7845

P AÍS RECIENTEMENTE INDUSTRIALIZADO INDUSTRIALIZADO Y SU SIGNIFICADO ACTUAL

orientado hacia la exportación de bienes. •

Han registrado un profundo cambio en su estructura productiva, con un rápido peso del sector primario a favor del sector industrial, en especial hacia el sector manufacturero.



Han registrado un rápido proceso de apertura exterior, registrando un crecimiento en su comercio exterior con el conjunto del mundo.



Han sido polo de atracción de importantes flujos de inversión extranjera, en particular, de inversión extranjera directa.



Suelen disponer de corporaciones nacionales que operan en distintos continentes.



Han registrado importantes procesos migratorios desde las zonas rurales hacia las ciudades, donde se encuentran instalados los centros manufactureros.

III.

EL ORIGEN DEL TÉRMINO PAÍS RECIENTEMENTE

El término país recientemente industrializado comenzó a utilizarse durante los años setenta, para hacer referencia a los denominados "Tigres Asiáticos", es decir, Hong-Kong, Singapur, Corea del Sur y Taiwán. Y desde un principio su utilización estaba asociada a países que experimentan un elevado crecimiento económico, un cambio en su estructura productiva en favor del sector industrial y una apertura al exterior, jugando un especial papel en su crecimiento las exportaciones de bienes. Los "Tigres Asiáticos" en las últimas décadas han evolucionado de tal forma que hoy difícilmente pueden seguir siendo catalogados como NIC. Y así, tanto si utilizamos el Índice de Desarrollo Humano de las Naciones Unidas, o el nivel de renta empleado por el Banco Mundial, son clasificados como países desarrollados.

Cuadro 1 PAÍSES HABITUALMENTE CLASIFICADOS COMO RECIENTEMENTE INDUSTRIALIZADOS (1)

7846

Continente

País

África

Sudáfrica

Norteamérica

Méjico

PIB (Millones $)

PIB per cápita ($)

IDH

492.684

5.693

0,67

1.548.007

12.235

0,842

Sudamérica

Brasil

1.981.207

8.197

0,807

Asia

China

7.916.429

3.315

0,781

Asia

India

3.288.345

1.016

0,609

Asia

Malasia

384.119

8.141

0,823

Asia

Filipinas

320.384

1.866

0,745

Asia

Tailandia

546.095

4.115

0,786

Europa

Turquía

915.184

10.472

0,798

© CISS

P AÍS TERCERO PAÍSES HABITUALMENTE CLASIFICADOS COMO RECIENTEMENTE INDUSTRIALIZADOS (1) Continente

País

PIB (Millones $)

PIB per cápita ($)

IDH

(1) Datos referidos a 2008

Aunque no existe una lista generalmente aceptada que nos permita determinar que países constituyen los países recientemente industrializados, normalmente se incluyen los recogidos en el Cuadro 1. No obstante, algunos autores siguen considerando como NIC a los países recientemente industrializados de primera generación, es decir a los "Tigres Asitáticos", aunque como ya hemos señalado generalmente son considerados como "países desarrollados". También en ocasiones se suelen incluir como países emergentes a aquellos que aunque no están en la lista anterior, se reúnen en el denominado G-20, es decir: Arabia Saudí, Indonesia y Argentina. Asimismo, también en ocasiones se incluyen dentro de la categoría de países recientemente industrializados a Egipto, Rusia e Indonesia.

IV.

LOS BRIC

El término BRIC fue acuñado por Goldman Sachs en 2001 y es el acrónimo para referirse a las economías de Brasil, Rusia, India y China. Según Goldman Sachs el rápido crecimiento que han experimentado estas economías en las últimas décadas y las perspectivas de crecimiento futuras hará que en 2050 este grupo de países tenga un peso económico superior al que actualmente tienen los países más ricos del mundo. Aunque no existen expectativas de que los BRIC se organicen como un bloque económico, sí se observa que estos países están buscando formar alianzas

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que les permitan hacer valer su peso relativo en el orden económico mundial. Así, el 16 de junio de 2009 los líderes de estos países celebraron su primera reunión en Yekaterinburg (Rusia) y emitieron una declaración en la que solicitaron la creación de un orden económico "multipolar". JESÚS PAÚL GUTIÉRREZ Véase también: "País menos desarrollado" y "Países desarrollados".

PAÍS TERCERO Non-European Union country Desde la perspectiva fiscal, el concepto de país tercero se encuentra vinculado al Impuesto sobre el Valor Añadido y, más concretamente, a la determinación del ámbito de aplicación del Impuesto. Así, a estos efectos, la normativa del impuesto (artículo 3.2 Ley IVA Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) diferencia entre: •

Estado Miembro, Territorio de un Estado Miembro o interior del país. Comprende el ámbito de aplicación del Tratado Constitutivo de la CE, con las siguientes excepciones: -

En España: Canarias, Ceuta y Melilla.

-

En Alemania: la Isla de Helgoland y el territorio de Büusingen.

7847

P AÍSES DESARROLLADOS





-

En Francia: los Departamentos de ultramar.

-

En Grecia: Monte Athos.

-

En Italia: Livigno, Campione d Italia y las aguas nacionales del Lago de Lugan.

Comunidad y territorio de la Comunidad. Comprende el conjunto de territorios que constituyen el interior del país para cada Estado miembro, según el apartado anterior. Territorio tercero o país tercero. Cualquier territorio distinto de los definidos como interior de un país.

Así, en el caso concreto de España, el ámbito de aplicación del impuesto es el territorio peninsular español y las Islas Baleares, con inclusión de las islas adyacentes, el mar territorial hasta el límite de 12 millas náuticas y el espacio aéreo correspondiente a estos territorios. Se excluyen por lo tanto, Canarias, Ceuta y Melilla, que a todos los efectos tienen la consideración de países terceros. Ceuta y Melilla porque no se integran en la Unión Aduanera y Canarias porque, aunque sí bien forma parte de la Unión Aduanera, no lo hace del territorio IVA. Esto implica, desde un punto de vista práctico, que todas las entregas (adquisiciones) de bienes que tengan su origen (destino) en Canarias tendrán, a efectos del IVA, la consideración de exportaciones (importaciones), y no de operaciones interiores. BEGOÑA BARRUSO CASTILLO Véase también: "Impuesto sobre el Valor Añadido".

PAÍSES DESARROLLADOS Developed countries

7848

I. CONCEPTO • II. LISTAS DE PAÍSES DESARROLLADOS • III. EL ÍNDICE DE DESARROLLO HUMANO DE LAS NACIONES UNIDAS

I.

CONCEPTO

El término país desarrollado es utilizado para describir a aquellos países que tienen un elevado nivel de desarrollo atendiendo a algún criterio. El criterio para medir el desarrollo y, en consecuencia, qué países son clasificados como desarrollados, es una cuestión problemática y de continuo objeto de discusión. Normalmente son los criterios económicos los que han dominado este debate, siendo el PIB per cápita o la Renta per cápita el indicador habitualmente utilizado para medir el grado de desarrollo de un país. No obstante, recientemente se ha propuesto otra medida de desarrollo económico, el Índice de Desarrollo Humano (IDH), en el que no sólo se tiene en cuenta la renta per cápita de la población, sino también la esperanza de vida, la educación y la tasa de alfabetización. El término país desarrollado tiene distintos sinónimos: país industrializado, país avanzado, país rico, país más desarrollado, país de renta alta, país del norte o país del primer mundo. A aquellos países que no son considerados como países desarrollados se les denominan países subdesarrollados, países en vías de desarrollo, países menos desarrollados o países del tercer mundo.

II.

LISTAS DE PAÍSES DESARROLLADOS

No existe una única convención establecida para diferenciar entre países desarrollados y países en desarrollo. Distintas instituciones han elaborado listas de "países desarrollados" y entre éstas desta-

© CISS

P AÍSES DESARROLLADOS can las creadas por el FMI, la OCDE y el Banco Mundial (Cuadro 1).

renta (Méjico, Polonia y Turquía). Por su parte, el Banco Mundial identifica 66 países dentro de la categoría de "países de renta elevada", que según la clasificación de 2008 son aquellos países con una renta per cápita superior a 11.906 dólares.

El FMI identifica a 34 países como "economías avanzadas". Por su parte, la pertenencia al "club de economías desarrolladas" que representa la OCDE, podría considerarse un criterio de delimitación de "país desarrollado", aunque a esta organización también pertenecen países que no tienen un elevado nivel de

Según las Naciones Unidas que un país tenga una renta elevada no necesariamente significa que constituya un "país desarrollado".

Cuadro 1 PAÍSES DESARROLLADOS Según criterio de: OCDE

FMI

Banco Mundial

1

Alemania

SI

SI

SI

2

Australia

SI

SI

SI

3

Austria

SI

SI

SI

4

Bélgica

SI

SI

SI

5

Canadá

SI

SI

SI

6

Corea del Sur

SI

SI

SI

7

Dinamarca

SI

SI

SI

8

España

SI

SI

SI

9

Estados Unidos

SI

SI

SI

10

Finlandia

SI

SI

SI

11

Francia

SI

SI

SI

12

Grecia

SI

SI

SI

13

Holanda

SI

SI

SI

14

Islandia

SI

SI

SI

15

Irlanda

SI

SI

SI

16

Italia

SI

SI

SI

17

Japón

SI

SI

SI

18

Luxemburgo

SI

SI

SI

19

Nueva Zelanda

SI

SI

SI

20

Noruega

SI

SI

SI

21

Portugal

SI

SI

SI

© CISS

7849

P AÍSES DESARROLLADOS PAÍSES DESARROLLADOS Según criterio de:

7850

OCDE

FMI

Banco Mundial

22

Reino Unido

SI

SI

SI

23

Suecia

SI

SI

SI

24

Suiza

SI

SI

SI

25

Hong Kong

NO

SI

SI

26

Singapur

NO

SI

SI

27

Taiwán

NO

SI

SI

28

Chipre

NO

SI

SI

29

Israel

NO

SI

SI

30

Eslovenia

NO

SI

SI

31

República Checa

NO

SI

SI

32

Malta

NO

SI

SI

33

Mónaco

NO

NO

SI

34

Eslovaquia

NO

SI

SI

35

Andorra

NO

N.D.

SI

36

Bahrain

NO

NO

SI

37

Bermuda

NO

N.D.

SI

38

Brunei

NO

NO

SI

39

Islas Faroe

NO

N.D.

SI

40

Groenlandia

NO

N.D.

SI

41

Hungria

NO

NO

SI

42

Kuwait

NO

NO

SI

43

Liechtenstein

NO

N.D.

SI

44

Macao

NO

N.D.

SI

45

San Marino

NO

SI

SI

46

Emiratos Árabes

NO

NO

SI

47

Antigua y Barbuda

NO

NO

SI

48

Aruba

NO

N.D.

SI

49

Las Bahamas

NO

NO

SI

50

Barbados

NO

NO

SI

51

Islas Caimán

NO

N.D.

SI

© CISS

P AÍSES DESARROLLADOS PAÍSES DESARROLLADOS Según criterio de: OCDE

FMI

Banco Mundial

NO

NO

SI

Islas Anglonormandas

NO

N.D.

SI

Estonia

NO

NO

SI

52

Croacia

53 54 55

Guinea Ecuatorial

NO

NO

SI

56

Polinesia Francesa

NO

N.D.

SI

57

Guam

NO

N.D.

SI

58

El Vaticano

NO

N.D.

SI

59

Isla de Mán

NO

N.D.

SI

60

Antillas Holandesas

NO

N.D.

SI

61

Nueva Caledonia

NO

N.D.

SI

62

Islas Marianas del Norte

NO

N.D.

SI

63

Omán

NO

NO

SI

64

Qatar

NO

NO

SI

65

Arabia Saudí

NO

NO

SI

66

Trinidad y Tobago

NO

NO

SI

67

Islas Virgen

NO

NO

SI

Nota: SI: país considerado desarrollado NO: país no considerado desarrollado N.D.: no disponible Fuente: Elaboración propia a partir de OCDE, FMI y Banco Mundial

III.

EL ÍNDICE DE DESARROLLO HUMANO DE LAS NACIONES UNIDAS

El Índice de Desarrollo Humano (IDH) de las Naciones Unidas es una medida que se aproxima mejor a la condición real del desarrollo económico de una sociedad, que otros indicadores como el PIB o la renta per cápita. El IDH considera tres componentes básicos del bienestar: 1.

La esperanza de vida.

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2.

La educación y la tasa de alfabetización.

3.

La renta nacional per cápita según el poder adquisitivo.

A partir de las tres variables se calcula un indicador global, cuyo valor máximo es 1 y, por tanto, cuanto más próximo a 1 se encuentre el índice de un país mayor será su nivel de desarrollo. Aunque existe una estrecha correlación entre un elevado IDH y una economía próspera, el ranking del nivel de de-

7851

P ALLET sarrollo de los países atendiendo al IDH no coincide con el existente cuando sólo se tiene en cuenta el criterio económico del PIB per cápita.

do nivel de desarrollo humano. En el Cuadro 2 se recoge la clasificación de los países con un IDH superior a 0,9.

Los países con un IDH superior a 0,8 se considera que disponen de un elevaCuadro 2 CLASIFICACIÓN DE PAÍSES ATENDIENDO A SU INDICE DE DESARROLLO HUMANO Datos a 2008 1

Islandia

0,968 12

Finlandia

0,954 23

Alemania

0,940

2

Noruega

0,968 13

Dinamarca

0,952 24

Israel

0,930

3

Canadá

0,967 14

Austria

0,951 25

Corea del Sur

0,928

4

Australia

0,965 15 Estados Unidos

0,950 26

Eslovenia

0,923

5

Irlanda

0,960 16

España

0,949 27

Brunei

0,919

6

Holanda

0,958 17

Bélgica

0,948 28

Singapur

0,918

7

Suecia

0,958 18

Grecia

0,947 29

Kuwait

0,912

8

Japón

0,956 19

Italia

0,945 30

Chipre

0,912

9

Luxemburgo

0,956 20

Nueva Zelanda

0,944 31 Emiratos Arabes Unidos

0,903

10

Suiza

0,955 21

Reino Unido

0,942 32

Bahrain

0,902

11

Francia

0,955 22

Hong Kong

0,942 33

Portugal

0,900

Fuente: Naciones Unidas

JESÚS PAÚL GUTIÉRREZ

Véase también: "País menos desarrollado" y "País recientemente industrializado".

PALLET Véase: "Unidades de carga".

7852

PANEL DE AUDIENCIAS DE INTERNET Internet audience panel El panel de audiencias de internet es un tipo de panel de consumidores cuya finalidad es la cuantificación y seguimiento del uso de internet realizado por los individuos, mediante la instalación de un software propio en el PC de los individuos de una muestra constante y representativa del universo de estudio, de forma que cada vez que un panelista usa su

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P ANEL DE AUDIENCIAS DE TELEVISIÓN PC, el software registra toda su actividad en tiempo real y envía la información regularmente. El universo lo componen los individuos de más de 2 años de antigüedad con acceso a internet desde el PC propiedad del hogar. MARÍA REQUENA LAVIÑA

PANEL DE AUDIENCIAS DE TELEVISIÓN Television audience panel I. CONCEPTO • II. EL AUDÍMETRO Y SU FUNCIONAMIENTO

I.

CONCEPTO

El Panel de audiencias de televisión es un tipo de panel de consumidores cuya finalidad es la cuantificación y seguimiento de las audiencias de televisión en los hogares, mediante la conexión de los televisores de una muestra constante, representativa del universo objeto de estudio, a un audímetro que registra y envía información regularmente. El universo lo componen los hogares existentes en un determinado lugar y la muestra se diseña en función de los hogares principales (no viviendas secundarias) de forma proporcional y representativa, atendiendo a los siguientes criterios: -

Sociodemográficos: hábitat, número de personas en el hogar, clase social, edad y actividad del ama de casa, región (nótese que la muestra por regiones es aproporcional, pues está sobredimensionada en determinadas zonas, según la existencia de televisiones regionales, con el fin de ga-

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rantizar un tamaño de muestra suficiente para los datos regionales). -

II.

Equipamiento: número de televisores, posesión de vídeo, mando a distancia, recepción de cadenas, etc.

EL AUDÍMETRO Y SU FUNCIONAMIENTO

El Audímetro, es un aparato que se conecta a la televisión y mide automáticamente la audiencia de forma permanente, interrumpida y anónima. El audímetro registra si el televisor está encendido o apagado, en modo de emisión o de reproducción de un programa grabado y la cadena de televisión que se está viendo, es decir, controlan la actividad del televisor, vídeo u otra fuente de señal en el televisor (sintonizador de satélite, descodificador analógico o digital, sintonizador de cable, etc..).. El aparato no puede ser adquirido, ni tampoco puede una persona ofrecerse voluntariamente para el estudio. La empresa encargada realiza los estudios correspondientes y lo ofrece a un grupo estadísticamente significativo de personas. El audímetro fue inventado en 1936 por Robert F. Elder y Louis Woodruff, ambos profesores del Instituto de Tecnología de Massachusetts de Estados Unidos. En un primer momento, la función de este aparato era realizar mediciones del número de aparatos de radio encendidos y registrar la emisora que sintonizaban. A partir de los años 50 el audímetro se consolidó como medidor de audiencias en la televisión. Desde entonces se ha dedicado casi en exclusiva a ella, ganando en precisión. La relación entre el hogar y el audímetro se realiza mediante un mando a distancia. A cada persona se le asigna un botón con una letra que debe un botón que debe pulsar para identificarse cada

7853

P ANEL DE CONSUMIDORES vez que enciende o apaga el televisor, o cada vez que empieza a ver o deja de ver televisión. Eso le permite saber al aparato no sólo quien está viendo la televisión, sino su sexo y edad, datos claves en la muestra. Durante las 24 horas del día el audímetro registra todos los cambios que se han ido produciendo en los distintos televisores del hogar. Una vez registrados estos datos el audímetro, de madrugada, recibe la llamada un ordenador central y vuelca toda la información almacenada. El ordenador procesa los datos y obtiene las cifras de audiencia estimadas para el conjunto de la población de un país.

criterios, siendo los fundamentales los que se relacionan a continuación: 1) En función de la unidad muestral: a) de hogares b) de individuos 2) En función del sistema de recogida de datos: a) sistema postal b) sistema de visita personal o home audit. (entrevista; pantry check; dustbin check; con escáner;...) c) escáner utilizado por la unidad muestral

MARÍA REQUENA LAVIÑA

d) seguimiento de los comportamientos mediante el escáner de las cajas registradoras de los establecimientos

PANEL DE CONSUMIDORES Consumers panel

3) En función del comportamiento analizado:

I. CONCEPTO Y TIPOS DE PANEL DE CONSUMIDORES • II. METODOLOGÍA

I.

b) panel de audiencias de televisión

CONCEPTO Y TIPOS DE PANEL DE CONSUMIDORES

Panel de consumidores es una técnica cuantitativa de investigación de mercados que valora los mercados y su evolución en base al comportamiento del consumidor final y que se realiza mediante la recogida periódica de información en una muestra representativa de dichos consumidores, la cual se mantiene constante en su composición y representatividad a lo largo del tiempo. Los paneles de consumidores proporcionan datos por el lado de la demanda. Los paneles de consumidores pueden ser clasificados en fusión de diversos

7854

a) panel de consumo

c) panel de audiencias de internet

II.

METODOLOGÍA

Como todas las técnicas de investigación tipo panel, la formación y mantenimiento de un panel de consumidores implica el seguimiento de una minuciosa metodología, con el fin de garantizar la bondad de la información proporcionada: 1º) Definición del universo: delimitación del universo de informantes, de acuerdo con determinadas características sociodemográficas, que se consideran más idóneas para recoger las compras de determinados productos.

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P ANEL DE CONSUMIDORES 2º) Elaboración de censos: cuantificación (estimación del universo partiendo de los datos de diversas fuentes — I.N.E; otros estudios — y de estudios realizados por el propio instituto) y estratificación (estimación de estratos dentro del universo, en función de diferentes características sociodemográficas — región, número de personas en el hogar, clase social, tamaño del hábitat, edad, ... —) de los universos previamente definidos. 3º) Diseño muestral: establecimiento de una muestra que sea representativa del universo en cuanto a número y, fundamentalmente, en cuanto a las características socioeconómicas de sus integrantes. Método de muestreo: estratificado y proporcional. 4º) Acuerdos de colaboración de la muestra: se solicita la colaboración de los elementos muestrales concre-

tos que van a formar parte de la muestra, mediante un acuerdo que satisfaga a ambas partes: los elementos muestrales se comprometen a registrar los comportamientos realizados durante el periodo de tiempo señalado, de acuerdo con las especificaciones dadas por el instituto; el instituto obsequia con regalos, con un método que incentiva la fidelidad de permanencia al panelista. 5º) Trabajo de campo: se recogen los datos del comportamiento de los elementos muestrales. 6º) Elaboración de la información: extrapolación estadística de los datos recogidos en la muestra al universo objeto de estudio. 7º) Análisis de la información: análisis de los resultados para la presentación de conclusiones.

MARÍA REQUENA LAVIÑA

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7855

P ANEL DE CONSUMO

PANEL DE CONSUMO PANEL DE DETALLISTAS Consumption panel Panel de consumo es un tipo de panel de consumidores cuya finalidad es la cuantificación y seguimiento de la evolución de los mercados de determinados productos.

Retail panel

El panel de consumo puede ser un panel de hogares o un panel de individuos, en función del universo de informantes que se considere más idóneo para el seguimiento de los diferentes mercados de productos:

I.

a) Panel de hogares: seguimiento de mercados de productos de alimentación, de productos de droguería, etc. b) Panel de individuos: seguimiento de mercados de productos de higiene personal, de productos de belleza, de productos para el bebé, de productos textiles, etc. MARÍA REQUENA LAVIÑA

7856

I. CONCEPTO • II. METODOLOGÍA

CONCEPTO

El panel de detallistas es una técnica cuantitativa de investigación de mercados para la cuantificación de los mercados y su evolución en base a las ventas realizadas por los establecimientos detallistas y que se realiza mediante la recogida periódica de información en una muestra representativa de dichos establecimientos, la cual se mantiene constante en su composición y representatividad a lo largo del tiempo. Los paneles de detallistas proporcionan datos por el lado de la oferta.

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P ANEL DE DETALLISTAS II.

METODOLOGÍA

Al igual que el resto de las técnicas de investigación tipo panel, la formación y mantenimiento de un panel de detallistas implica el seguimiento de una minuciosa metodología, especialmente compleja en este tipo de panel al requerir la colaboración de los establecimientos detallistas, con el fin de garantizar la bondad de la información proporcionada: 1.

2.

Definición del universo: identificación de características comunes de los establecimientos que comercializan productos pertenecientes a un determinado sector. Elaboración de censos: cuantificación (determinación del número de establecimientos que cumplen la definición del universo), cualificación (información sobre determinadas variables de los establecimientos — m2 de la zona de ventas; número de cajas salida; secciones trabajadas; número de empleados;... — para obtener ecuaciones de regresión que permitan la estimación de intervalos de ventas de los mismos) y estratificación (definición de los tipos de tiendas o canales de distribución y

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clasificación de los establecimientos por área, tipo de tienda y tamaño ciudad. 3.

Diseño muestral: diseño de una muestra de establecimientos que sea representativa en cuanto a número y, fundamentalmente, en cuanto al potencial de ventas estimado. Método de muestreo: estratificado (por área, tipo de tienda y tamaño ciudad) y desproporcional (afinación óptima por potencial de ventas).

4.

Acuerdos de colaboración de la muestra: se solicita la colaboración de los establecimientos concretos que van a formar parte de la muestra, mediante un acuerdo que satisfaga a ambas partes:

5.

Trabajo de campo: se recoge los datos de las ventas realizadas por los elementos muestrales.

6.

Elaboración de la información: extrapolación estadística de los datos recogidos en la muestra al universo objeto de estudio.

7.

Análisis de la información: análisis de los resultados para la presentación de conclusiones.

7857

P ANEL DE EXPERTOS

MARÍA REQUENA LAVIÑA

PANEL DE EXPERTOS Panel of experts I. CONCEPTO • II. CARACTERÍSTICAS • III. PROCESO • IV. EJEMPLOS DE APLICACIONES EMPRESARIALES REALES

I.

CONCEPTO

Es una técnica cualitativa, también conocida como Método Delphi, utilizada para desarrollar una opinión consensuada de un grupo de personas, que en el contexto de la técnica se denominan expertos, guiados por una persona que coordina el proceso, denominada moderador o facilitador, en un marco donde los participantes no interactúan personalmente. A pesar de ser una técnica cualitativa, utiliza un cuestionario más bien de carácter estructurado (a veces, también se emplean cuestionarios semiestructurados y no estructurados).

7858

Hay autores que opinan que también puede considerarse una técnica mixta, ya que al igual que otras técnicas cualitativas se aplica a grupos reducidos no representativos estadísticamente de la población objeto de estudio, el método Delphi permite también al investigador obtener información cuantitativa susceptible de cierto tratamiento estadístico, si bien los análisis no suelen ir más allá del cálculo de estadísticos descriptivos de centralidad y dispersión.

II.

CARACTERÍSTICAS

Como características básicas del método Delphi, se pueden destacar las siguientes: la elaboración inicial de un cuestionario estructurado, la existencia de un grupo de expertos, el mantenimiento del anonimato de los participantes, la respuesta estadística del grupo y la retroacción o feedback controlado. El método Delphi requiere la elaboración inicial de un cuestionario estructurado, aunque a diferencia de la encuesta (que se caracteriza por la utilización de un soporte similar), en ningún caso

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P ANEL DE EXPERTOS persigue conocer la opinión de un grupo representativo de una población determinada. En cuanto al grupo de expertos, su número suele oscilar entre veinte y t. Un coordinador o facilitador se encarga de recoger las respuestas a las preguntas del cuestionario, de procesarlas, y, una vez analizadas, de enviar los resultados a todos los expertos para que los conozcan. Después, se realiza una nueva aplicación del cuestionario, se recogen de nuevo las respuestas de los expertos y se vuelven a analizar, facilitando los correspondientes resultados a los expertos. Tras un número limitado de aplicaciones, etapas o rondas, los participantes suelen llegar a un consenso más imparcial sobre los temas objeto de debate Por lo que respecta al anonimato, hay que destacar que ningún miembro del grupo conoce las estimaciones individualizadas del resto de los participantes. El objetivo es eludir los posibles problemas de inhibición o las influencias de individuos dominantes en el grupo. Tanto es así que la única persona conocida en la aplicación es el coordinador. Por lo que se refiere a la respuesta estadística del grupo, cabe señalar que las estimaciones que se derivan de este método son de carácter numérico. Con ello se garantiza que todas las opiniones individuales sean tomadas en consideración. Como medida central se emplea la mediana, y como medida de dispersión o del grado de acuerdo, se toma el recorrido intercuartílico. En cuanto a la retroacción o feedback, se debe resaltar que el método Delphi consiste en un proceso sistemático o iterativo que se encamina hacia la obtención de opiniones, y si es posible, el consenso de un grupo de expertos. Como ya se ha insinuado antes, esta técnica se lleva a cabo en sucesivas aplica-

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ciones, etapas o rondas en las que los expertos reconsideran sus respuestas a un cuestionario sobre la base de la información que se les proporciona de los resultados obtenidos en la etapa precedente mediana y recorrido intercuartílico-. Para subsanar la falta de interacción y argumentación entre los expertos, se les pide que justifiquen algunas de sus respuestas. Con ello se pretende que los expertos que más se alejen de la respuesta del grupo -representado en el valor de la mediana- puedan proporcionar información desconocida por el resto que se ofrecerá en consideración a cada componente en la siguiente etapa de estimación. Mediante la realización de valoraciones en sucesivas etapas se pretende disminuir la dispersión de las respuestas. Por último, para completar el desarrollo de las características propias de este método, se podrían destacar sus ventajas frente a otras técnicas cualitativas o mixtas. Así, las más importantes serían: 1) La calidad de la información obtenida es de gran riqueza, puesto que proviene de expertos y profesionales del sector. 2) Facilita la recogida de información de personas que se encuentran situadas a gran distancia unas de otras. Si su funcionamiento no fuese así, sería prácticamente imposible reunir la información procedente de todos los participantes. 3) El feedback controlado permite filtrar la transmisión de información entre expertos, resumiéndola para asegurar su comprensión, eliminando datos irrelevantes y adjuntando información adicional importante. 4) La iteración ayuda a realizar una reflexión más profunda del problema, tanto para volver a pensar sobre el mismo en cada ronda como para disponer, gracias al feedback, de nueva

7859

P ANEL DE EXPERTOS información que permita a los expertos analizar nuevos puntos de vista, ideas e información diferente a la propia. En definitiva, el método Delphi es un sistema que intenta conseguir una valoración consensuada con respecto a un tema concreto fundamentándose en las opiniones de un grupo de expertos independientes, con la garantía de que su participación será entendida como anónima y confidencial. Algún otro de los autores que también ha escrito sobre esta técnica hace especial hincapié en su virtualidad de permitir el tratamiento de un problema complejo como un todo, mediante la estructuración de un proceso de comunicación global.

III.

PROCESO

El proceso que adopta puedes esquematizarse en las siguientes etapas: 1) Definición del problema y diseño del cuestionario. Probablemente es la etapa más importante del proceso. Es imprescindible delimitar el objetivo de la investigación y confeccionar un cuestionario ad hoc que debe incluir una breve, pero interesante, introducción. Es recomendable utilizar una variedad de estilos de formato y redacción de las preguntas más que un estilo predeterminado. En el cuestionario se puede solicitar a los expertos opiniones sobre algunos aspectos concretos de tipo cuantitativo:



¿Puede seleccionar una opción entre varias prefijadas?

Las cuestiones planteadas pueden ser, por tanto, preguntas abiertas, preguntas nominales o preguntas de evaluación de una escala de actitud (véase Cuestionario). Después de cada pregunta es aconsejable dejar espacio para que los expertos argumenten o razonen su posición u opinión. 2) Selección del panel de expertos. Esta fase implica tres problemas distintos: tamaño de la muestra, tipo de experiencia requerida para formar parte del panel y forma de contacto. a) Tamaño de la muestra. En general, los participantes en esta técnica deben ser personas con experiencia en el tema objeto de estudio. Específicamente y en la práctica, un panel formado por veinte o treinta miembros es suficientemente fiable. La composición final del grupo es muy importante y determinante. b) Tipo de experiencia requerida para formar parte del panel. Sus miembros deben ser reclutados entre aquellas personas que están directamente involucradas en la decisión concerniente al tema de debate y deben conocer perfectamente los riesgos que puede plantear la adopción de una decisión equivocada.



¿Cuándo ocurrirá?



¿Cuál es su grado de acuerdo con diferentes actuaciones?



¿Cuál es su opinión sobre el grado de importancia de determinadas actividades?

Para la selección de individuos concretos se procura obtener representación tipológica de las empresas, asociaciones de consumidores, organismos públicos y especialistas independientes (de diferentes ámbitos, pero, especialmente, el sociológico y el económico) que están vinculados o trabajan con el tema particular a investigar.



¿Cuál es el grado de utilización de distintos servicios?

c) Forma de contacto. El contacto con los expertos puede establecerse por

7860

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P ANEL DE EXPERTOS teléfono, por fax, por correo postal o por correo electrónico, invitándolos a participar en un estudio y comentando quién es el promotor y las características de la investigación. El éxito de este contacto es fundamental para asegurar a quienes acepten participar que lo harán realmente motivados, lo que evita o reduce los problemas de abandono una vez iniciadas las rondas de preguntas. 3) Envío del cuestionario y proceso iterativo de retroalimentación. La primera ronda se inicia con el envío del cuestionario a cada uno de los expertos, junto con una carta de presentación, que suele recoger las aclaraciones imprescindibles (funcionamiento de la metodología Delphi, y características del análisis descriptivo y gráfico proporcionado en cada ronda). El coordinador establece un tiempo máximo para devolver la respuesta. Una vez que los expertos han remitido sus repuestas, dependiendo de cuál sea su tipología, el coordinador suele tener al menos dos alternativas: a) En el caso de que sean respuestas a preguntas abiertas, podrá analizar el contenido para agrupar aquellas similares, pudiendo informar de un simple recuento. b) En el supuesto de respuestas a preguntas cerradas (hacer una estimación, dar una puntuación o elegir una opción entre varias prefijadas), podrá aplicar técnicas estadísticas de carácter descriptivo. Los estadísticos más habituales son medidas de posición o tendencia central (moda para variables nominales, mediana para escalas tipo Likert, media para escalas de razón) y medidas de dispersión (rango intercuartílico, desviación típica). Es bastante aconsejable presentar todos los resultados que

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se puedan, además, con representaciones gráficas, tipo Diagrama de barras y gráficos de pastel. Esto puede suponer un soporte visual de gran ayuda. Junto a esta información estadística, el coordinador envía a los expertos el mismo cuestionario empleado en la primera ronda para que se pueda contestar nuevamente después de la oportuna reflexión. Así comienza la segunda ronda que se completa una vez que se recogen las respuestas, se agrupan, se resumen o analizan estadísticamente y se remiten de nuevo a los expertos. Las sucesivas rondas se realizan en condiciones similares. En definitiva, es un proceso de respuesta–análisis–retroalimentación que se repetirá hasta lograr el nivel deseado de consenso o de estabilidad en las respuestas 4) Consenso y redacción del Informe. Las repuestas consensuadas se recogerán como resultados en un informe final que, además de una descripción de los aspectos más relevantes del proceso, debe incluir una justificación para la aplicación de la técnica Delphi. Dentro de los ya mencionados aspectos más relevantes habría que incluir el listado de expertos, indicando su procedencia y su especialidad (esto no implica, por definición, facilitar nombres y apellidos), el cuestionario, el número de rondas finalmente efectuadas con los resultados de cada una y las salvedades o excepciones más destacables

IV.

EJEMPLOS DE APLICACIONES EMPRESARIALES REALES

La utilización de esta técnica de investigación comercial ha tenido como te-

7861

P ANEL DE HOGARES rrenos de aplicación preferente la dirección estratégica de la empresa y la innovación y desarrollo tecnológicos. En el contexto del marketing, cuenta con un número relativamente escaso de antecedentes, entre los que puede reseñarse su empleo en el análisis de la calidad percibida, en la evaluación del desempeño de la fuerza de ventas, en la validación de escalas de medición de la orientación al mercado o en el análisis de las tendencias en diversos sectores como la fabricación y la distribución (Andersen Consulting, 1990), la hostelería y restauración y el turismo (Garau, 2000). También se ha utilizado este método desde una perspectiva ciertamente novedosa para obtener una aproximación cualitativa a la percepción de las grandes empresas distribuidoras españolas sobre el papel que estaban desempeñando (fecha de trabajo de campo: enero, febrero y marzo de 2003) el Trade Marketing, la Gestión por Categorías y el ECR en las relaciones industria- distribución. JOSÉ MANUEL ROSA DURÁN

PANEL DE HOGARES Households panel Panel de hogares es un tipo de panel de consumidores en el que el universo de informantes y la unidad muestral la constituyen los hogares en su conjunto, en el cual se elige un representante como interlocutor del instituto para la transmisión de las instrucciones sobre la forma en la que se debe recoger y enviar la información desde el hogar al instituto. Los paneles de hogares recogen información ligada al comportamiento del hogar (consumo o audiencias) y se diseñan en función de determinadas características de los hogares integrantes del

7862

universo que se consideran más idóneas para el seguimiento del comportamiento a analizar; en concreto son: a) El Panel de consumo. b) El Panel de audiencias de televisión. MARÍA REQUENA LAVIÑA Véase también: "Panel de audiencias de televisión" y "Panel de consumo".

PANEL DE INDIVIDUOS Individual panel El panel de individuos es un tipo de panel de consumidores en la que el universo de informantes y la unidad muestral la constituyen los individuos. Los paneles de individuos generalmente recogen información ligada a un comportamiento más personalizado (consumo o audiencia) y se diseñan en función de determinadas características de los individuos integrantes del universo, las cuales se consideran más idóneas para el seguimiento del comportamiento a analizar. Algunos ejemplos de panel de individuos son: a) Panel de teen-agers (individuos de 15 a 25 años) b) Baby panel (mujeres con niños menores de 2 años) c) Panel de automóviles (propietarios de un vehículo para uso particular) d) Panel de audiencias de internet (individuos a partir de 2 años en hogares con acceso a internet desde el PC propiedad del hogar).

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P APEL DEL ESTADO e) Panel de consumo (individuos mayores de 15 años)

-

Concentración de giros en una o pocas plazas de pago.

f)

-

Plazos de los efectos ajustados al límite temporal máximo de la línea de descuento.

-

Librados desconocidos o no habituales.

-

Importes elevados y redondeados.

-

Aumento no justificado del volumen de descuento.

-

Movimientos de transferencias o ingresos en cuenta de importes similares a los descontados.

Etc. MARÍA REQUENA LAVIÑA

PANEL DINÁMICO Véase: "Datos de panel".

PAPEL COMERCIAL Véase: "Efecto comercial".

MARIO CANTALAPIEDRA ARENAS

PAPEL DE COLUSIÓN

Véase también: "Descuento".

Fraudulent drafts / Bad cheques También denominado "papel pelota", el papel de colusión hace referencia al concepto genérico que, en terminología bancaria, se aplica a los efectos que, aparentando corresponder a operaciones comerciales, se instrumentan únicamente para conseguir la financiación proporcionada por el descuento comercial, teniendo, por tanto, un destino fraudulento. Las entidades de crédito suelen vigilar que los efectos que les entregan sus clientes para su descuento no correspondan a este tipo de papel, sobre todo al inicio de sus relaciones con ellos o ante épocas de crisis empresariales que les puedan afectar. Para ello analizan distintos indicios que pueden advertir su presencia, tales como los siguientes: -

Relaciones estrechas entre librado y librador, como, por ejemplo, mismos propietarios.

-

Plazos de pago diferentes a los habituales.

-

Efectos comerciales diferentes a los usuales en el sector del cliente que descuenta.

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PAPEL DEL ESTADO Government bonds I. CONCEPTO Y CLASES 1. Clases de efectos timbrados 2. Normativa reguladora • 3. Forma de empleo y canje de los efectos timbrados • II. SUPUESTOS DE PAGO DE EFECTOS TIMBRADOS

I.

CONCEPTO Y CLASES

El papel del Estado lo constituyen las Hojas timbradas que expende la Hacienda Pública para posibilitar el pago al Estado en determinados supuestos, siendo uno de los más importantes el pago de tributos. El grabado, estampación y elaboración, tanto de los propios efectos como de troqueles, matrices y demás elementos sustanciales para el empleo de aquellos, se realizarán por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. En el art. 60.1 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) se establece que en los supuestos que se determinen reglamentariamente, se admitirá que el pago

7863

P APEL DEL ESTADO pueda efectuarse mediante efectos timbrados.

tos timbrados, se procederá a retirar los anteriores de la circulación de forma que se garantice su destrucción.

1. Clases de efectos timbrados Conforme al artículo 39 del Reglamento General de Recaudación (RD 939/2005, de 29 de julio) tienen la consideración de efectos timbrados:

b) Por el Reglamento General de Recaudación La creación y modificación de efectos timbrados se hará por Orden del Ministro de Economía y Hacienda. Actualmente está vigente la Orden de 11 octubre 2001, que aprueba los modelos de Timbres del Estado con sus valores en euros.

-

El papel timbrado común.

-

El papel timbrado de pagos al Estado.

-

Los documentos timbrados especiales.

3. Forma de empleo y canje de los efectos timbrados

-

Los timbres móviles.

-

Los aprobados por orden del Ministro de Economía y Hacienda.

Como indica el art. 61.2 de la LGT, y el art. 39 RGR, el pago mediante efectos timbrados se realiza en el momento de la inutilización de los mismos por su uso; esto es, por haber surtido efecto el acto o negocio gravado.

2. Normativa reguladora El empleo, forma, estampación, visado, inutilización, condiciones de canje y demás características de los efectos timbrados se rigen por diferentes normas.

a) Por las normas que regulan los tributos y demás recursos de naturaleza pública que admiten dicho medio de pago Entre estas normas resultan especialmente importantes las contenidas en los artículos 116 y 117 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos Documentados (Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo); el artículo 7 del Real Decreto 1768/1994, de 5 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los procedimientos en materia de concesiones, autorizaciones y permisos en el ámbito del Monopolio de Tabacos y de distribución de Timbre del Estado. Cuando por modificación de las normas que regulan los tributos y demás recursos de naturaleza pública o sus tarifas sea precisa la utilización de nuevos efec-

7864

En general, los adquirentes de efectos timbrados no tendrán derecho a que la entidad expendedora les devuelva su importe, cualquiera que sea el motivo en que se funden para solicitarlo. Sin embargo el art. 117 RITPAJD y art. 39 del RGR regulan los supuestos en que dichos efectos pueden ser canjeados por otros: •

Los poseedores de efectos retirados de la circulación podrán obtener su canje por otros en vigor.



Igualmente podrá obtenerse el canje del papel timbrado común, papel timbrado de pagos al Estado y documentos timbrados especiales por errores en su redacción o por cualquier otra causa que los inutilice para su uso, siempre que no contengan firmas, rúbricas u otros indicios de haber surtido efecto.



El exceso satisfecho a metálico, en las letras de cambio que hubieran si-

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P APELES DE TRABAJO (AUDITORÍA) do objeto de canje, se podrá instar de la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente.

II.

SUPUESTOS DE PAGO DE EFECTOS TIMBRADOS

Principales supuestos de efectos timbrados: •





Timbres móviles



Papel de pagos del Estado MARÍA PILAR ALGUACIL MARÍ

Letras de cambio Con este efecto, se paga el gravamen sobre Actos Jurídicos Documentados en su modalidad "Documentos Mercantiles". Su hecho imponible viene delimitado en el art. 33. 1 del TRITP y AJD.

PAPELES DE TRABAJO (AUDITORÍA)

Estarán sujetas las letras de cambio, los documentos que realicen función de giro o suplan a aquéllas, los resguardos de depósitos transmisibles así como los pagarés, bonos, obligaciones y demás títulos análogos emitidos en serie, por plazo no superior a dieciocho meses, representativos de capitales ajenos por los que se satisfaga una contraprestación establecida por diferencia entre el importe satisfecho por la emisión y el comprometido a reembolsar al vencimiento.

I. CONCEPTO • II. UTILIDAD DE LOS PAPELES DE TRABAJO • III. CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN REUNIR LOS PAPELES DE TRABAJO 1. Los papeles de trabajo deben ser completos • 2. Los papeles de trabajo deben ser claros 3. Los papeles de trabajo deben ser concisos 4. Los papeles de trabajo deben ser adaptables • IV. CLASES DE CÉDULAS DE TRABAJO EN FUNCIÓN DE LA INFORMACIÓN QUE CONTIENEN • V. PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACIÓN • VI. SUPERVISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN • VII. LOS PAPELES DE TRABAJO Y SU RELACIÓN CON OTRAS NORMAS TÉCNICAS DE AUDITORÍA 1. Relación con Normas Técnicas de carácter general: diligencia profesional 2. Relación con Normas Técnicas de carácter general: secreto profesional 3. Relación con Normas Técnicas de auditoría: relación entre auditores 4. Relación con Normas Técnicas de auditoría: utilización de expertos

Contrato de arrendamiento de fincas urbanas Incorporan el pago del impuesto devengado por la realización del hecho imponible de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (artículos 7.5, 1.2.e), 11.1.b) y 12.1 TRITP y AJD)



cuota fija –de 0,30 euros por pliego o 0,15 euros por folio a elección del fedatario– se aplica en las matrices y copias de escrituras, actas y testimonios. No están sujetas las copias simples ( arts. 31.1 y 32 LITP y AJD).

Papel timbrado de uso exclusivo notarial Con él se abona la "cuota fija" del gravamen sobre Actos Jurídicos Documentados en su modalidad "Documentos notariales". Este derecho o

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Working papers (auditing)

I.

CONCEPTO

Los papeles de trabajo comprenden la totalidad de documentos, tanto recibidos como elaborados por el auditor, que soportan la actividad realizada. De esta forma contienen una recapitulación de las pruebas efectuadas y las decisiones que ha debido tomar hasta llegar a las conclusiones finales.

7865

P APELES DE TRABAJO (AUDITORÍA) En el apartado 2.5.31 de las normas técnicas sobre ejecución del trabajo, y por lo tanto en el contexto de la tercera norma relativa a la evidencia, se constata como "La Evidencia obtenida deberá recogerse en los papeles de trabajo de auditoría como justificación y soporte del trabajo efectuado".

1. Los papeles de trabajo deben ser completos Dentro de esta característica se pasa a analizar el contenido y a continuación los requisitos formales de los papeles de trabajo.

a) Contenido de los papeles de trabajo

Los papeles de trabajo se recopilan y organizan en el denominado archivo del trabajo de auditoría.

El contenido podrá variar según las circunstancias, pero generalmente incluirán:

II.

-

Documentación de todo el trabajo realizado.

-

Constancia del proceso de planificación y de los programas de auditoría. Tienen que demostrar que el trabajo se ha realizado como se había previsto.

-

Evidencia de las conclusiones obtenidas en el resultado del trabajo realizado que se referencia en los papeles, caso de la descripción del sistema de control interno y grado de confianza alcanzado; la adecuación de los registros de la empresa con la información contable auditada; la existencia física de activos y pasivos, principios contables y criterios de valoración seguidos; el análisis de las partidas de ingresos y gastos y la constancia de la naturaleza y alcance de las pruebas realizadas, incluyendo la descripción de las muestras, previo criterio de selección, y los resultados obtenidos.

-

Evidencia de quien realizó los procedimientos de auditoría, cuando fueron realizados, y constancia de que el trabajo ha sido revisado (supervisión).

-

Conclusiones en relación con los aspectos más significativos de la auditoría, incluyendo los obstáculos encontrados y los métodos que han

UTILIDAD DE LOS PAPELES DE TRABAJO

Para cumplir con el cometido de recoger la evidencia alcanzada y los "medios por los que el auditor ha llegado a formar su opinión", le tienen que servir al auditor: -

Para poder controlar la realización del trabajo de acuerdo con el programa de auditoría planificado.

-

Para probar que el trabajo se ha realizado de acuerdo con las Normas de Auditoría generalmente aceptadas.

-

Para ser el referente de todo el informe del auditor, con especial mención a la formación de la opinión.

-

Para permitir ser revisados por un supervisor.

-

De antecedente para posteriores trabajos.

III.

CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN REUNIR LOS PAPELES DE TRABAJO

Para cumplir con las exigencias que las Normas Técnicas les otorgan se pueden sintetizar como características principales el que sean: completos, claros y concisos. De forma más accesoria también deben ser adaptables.

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P APELES DE TRABAJO (AUDITORÍA) permitido resolverlos, o las salvedades puestas de manifiesto. -

-

Documentos recibidos de la empresa: copia de los Estatutos u otros documentos de naturaleza jurídica, en relación con la regulación legal de la empresa auditada, copia de las cuentas anuales auditadas y del informe de auditoría, actas de las juntas de accionistas, Consejo de Administración y otros posibles órganos de dirección, entre otros, cartas de manifestaciones, de solicitud de información, informes anuales a los accionistas, sociedades vinculadas, delegaciones de ventas, organigrama de la organización, manuales de procedimientos para reflejar las transacciones y normas contables, contratos y documentos diversos (de trabajo, planes de pensiones, contratos de seguros, de arrendamiento financiero, etc. Documentos elaborados por el auditor: cuestionarios de control interno, flujogramas, descripciones narrativas del sistema de control interno contable, etc., cartas de deficiencias de control interno, confirmaciones o certificados recibidos de terceros, análisis de cuentas, de saldos y de fluctuaciones, inventarios y arqueos realizados.

b) Requisitos formales de los papeles de trabajo El apartado 2.6.9 menciona:"Los papeles de trabajo son susceptibles de normalización, lo cual mejora la eficacia de su preparación y revisión". Además, aunque la forma puede variar según las circunstancias, los papeles de trabajo tienen que cumplir unos requisitos formales en sintonía con el desglose antes citado: -

Nombre de la empresa que se está auditando (cliente).

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-

Fecha de cierre de las cuentas anuales auditadas y fecha en que se realizó el trabajo (evidencia del momento de la preparación y de la secuencia seguida en el desarrollo de los procedimientos de auditoría).

-

Título o tema del papel de trabajo.

-

Índice o referencia (van a permitir relacionar las distintas hojas de trabajo) del papel de trabajo.

-

Indicación de la persona o personas que realizarán el trabajo especificado y de quien lo supervisó (tras la firma de los papeles se establece la responsabilidad de la autoría del trabajo y se facilita una información que puede ser necesaria en la revisión).

-

Cuál es la fuente de procedencia de las informaciones contenidas o referidas en el papel.

-

Alcance de las pruebas e información sobre los programas y procedimientos desarrollados.

-

En las hojas cabeceras básicas resulta relevante plasmar las conclusiones a las que el auditor ha llegado, de forma precisa y resumiendo el requisito de haber dado respuesta a los objetivos de auditoría.

En definitiva se trata de estandarizar y ordenar toda la documentación para facilitar el uso de toda la información recabada y elaborada en el desarrollo del trabajo; aparte de servir como soporte del propio trabajo. El apartado 2.6.2 describe que "El propósito de los papeles de trabajo es ayudar en la planificación y realización de la auditoría, en la supervisión y revisión de la misma y en suministrar evidencia del trabajo llevado a cabo para respaldar la opinión del auditor".

7867

P APELES DE TRABAJO (AUDITORÍA) 2. Los papeles de trabajo deben ser claros Alcanzarían la claridad si permiten por si mismos la transmisión de la información para la que fueron diseñados, donde se destacan las conclusiones obtenidas que soportan la opinión que debe formarse el auditor. El apelativo de "suficientemente claros" en las Normas Técnicas implica que cuando un auditor al que se le suponen los conocimientos profesionales normales, que no tiene un previo conocimiento del encargo de auditoría en cuestión al que va referida la documentación del trabajo, es capaz de entresacar la información sobre todo el proceso de auditoría que ha seguido el equipo que los completó originariamente, y está en disposición de comprobar la adecuación a las Normas Técnicas, entonces se llegaría a esta calificación.

Deben indicar además si fueron preparados por el cliente. Se recomienda que todas las hojas preparadas por el cliente para su uso queden identificadas; por ejemplo marcarse con la frase "preparado por el cliente".

IV.

De forma complementaria, en función de la información que contienen se citan a continuación una serie de documentos: 1.

2.

Hojas de puntos de importancia Poniendo énfasis en puntos detectados en el transcurso de la auditoría y que habrán de ser atendidos por el auditor responsable, caso de limitaciones a los procedimientos de auditoría, incluyendo asuntos que requirieron consulta formal a terceros, aunque el tema fuese resuelto a conformidad; de preparación de cuentas anuales, de principios contables y criterios de valoración seguidos que en ocasiones propicien desacuerdos con la dirección (por ejemplo estimaciones realizadas..); incumplimiento constatado de los Estatutos o de leyes o regulaciones específicas, etc.

3. Los papeles de trabajo deben ser concisos La necesaria relevancia en el contenido de la información suministrada conlleva evitar la ambigüedad y la extensión que los conduzca a cierta inutilidad.

4. Los papeles de trabajo deben ser adaptables

7868

Memorándum Explicaciones del trabajo realizado (verificación de cálculos aritméticos, examen de documentos y actuaciones diversas...)

Por consiguiente no deben requerir ampliación o aclaración.

Aunque de manera más accesoria, el ser adaptables supone que en términos generales deben prepararse a medida que se completa el trabajo de auditoría, y por consiguiente no forman un cuerpo cerrado a priori, variando la cantidad y los contenidos según las circunstancias. En cada caso es necesario utilizar los que más se ajusten a las características del mismo, con un diseño y una organización apropiada, como ya ha quedado expuesto.

CLASES DE CÉDULAS DE TRABAJO EN FUNCIÓN DE LA INFORMACIÓN QUE CONTIENEN

3.

Hojas de puntos sobre trabajo pendiente Donde se anotarán los asuntos relacionados con procedimientos de auditoría incompletos u otros puntos que habrán de ser objeto de conside-

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P APELES DE TRABAJO (AUDITORÍA)

4.

5.

ración antes de finalizar el examen. Por ejemplo, una información pendiente sobre la propiedad, existencia o valoración de un activo; situaciones donde se sospecha un incumplimiento legal...

El orden en el que aparecerán será a continuación de las cédulas base de estados financieros básicos: -

Cédulas base de estados financieros básicos.

Hojas de acontecimientos posteriores

-

Asientos de ajustes y reclasificaciones registrados.

Pueden incluir un programa específico para poner de manifiesto el trabajo efectuado por el auditor referido al periodo que comprende la fecha de examen y la de su opinión, y las conclusiones al respecto.

-

Asientos de ajustes y reclasificaciones no registrados. El efecto del importe total que representen estas diferencias puestas de manifiesto y no ajustadas en las cuentas anuales se configura como un asunto crítico, que requiere la actuación del socio o auditor principal para aclararlos.

Hojas de ajustes y/u hojas de reclasificaciones Comprenden asientos propuestos por el auditor para complementar las operaciones contables de cierre realizadas por la empresa.

6.

Dentro de la copia de las cuentas anuales firmadas por los administradores, que va a formar parte de los papeles de trabajo, es conveniente incluir una anotación que se refiera al registro de los ajustes citados:

Los ajustes implican asientos significativos para corregir los saldos de los libros de contabilidad. Las reclasificaciones, por su parte, son asientos que no afectan a los saldos de los libros de contabilidad, representado usualmente transferencias de cantidades o de cuentas dentro del balance de situación o dentro de las cuentas de gastos e ingresos, para obtener una presentación más adecuada de los estados financieros.

Por ejemplo que las cifras que incluyen las cuentas anuales concuerdan con los libros de contabilidad, después de haber registrado todos los ajustes, y constituyen las cuentas finales y definitivas del ejercicio económico objeto de examen. 7.

V. Se habrán de incluir como mínimo todos aquellos que igualen o excedan el grado de importancia relativa determinado en la estrategia de auditoría. A partir de aquí serán sometidos a debate con los responsables de la entidad y aceptados y por lo tanto debidamente registrados o no registrados; documentándose en estas hojas ambas situaciones.

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Manifestaciones de la entidad

Carta general de manifestaciones

PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACIÓN

Dentro del punto sobre "Documentación del trabajo", las ideas explicitadas en el apartado 2.6.12 son: -"Los papeles de trabajo pertenecen al auditor. - Deben tomarse las medidas adecuadas para garantizar la seguridad en su conservación.

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P APELES DE TRABAJO (AUDITORÍA) - No deben destruirse antes de haber transcurrido el tiempo preciso para satisfacer las exigencias legales (cinco años desde la fecha del informe) y las necesidades de la práctica profesional". Fuera de las oficinas del auditor deben guardarse bajo control adecuado y en general deben tomarse las precauciones necesarias para evitar accesos no autorizados que pudieran provocar la divulgación de información sensible y/o posible sustracción de la evidencia que ellos mismos suponen.

Como procedimientos de supervisión se citan: -

Proporcionar instrucciones a los profesionales del equipo de auditoría. Suelen existir diferentes niveles de categoría y en función de estos condicionar las pautas internas de supervisión.

-

Mantenerse informado de los problemas importantes que se presenten.

Hay que resaltar que el auditor debe mostrar la documentación del trabajo en determinadas circunstancias, por ejemplo a instancias del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), a consecuencia de una decisión judicial o con motivo de un cambio de auditores.

-

Revisar el trabajo efectuado. Todos los papeles de trabajo son susceptibles de ser revisados.

-

Variar el programa de trabajo de acuerdo con los resultados que se vayan obteniendo.

Esta documentación puede ser el único respaldo válido en caso de querella judicial para juzgar la opinión manifestada en el informe de auditoría.

-

Resolver las diferencias de opinión entre los profesionales que participen en la auditoría.

No deben ser conservados papeles de trabajo que no hayan sido preparados con un objetivo de utilidad. Si se tienen copias de los registros contables de la entidad, normalmente no deben conservarse. Además, la información y documentación original que proceda de la empresa cliente es propiedad de dicha entidad.

VI.

SUPERVISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

El apartado 2.7.1 de las Normas técnicas sobre ejecución del trabajo indica que: "La supervisión implica dirigir los esfuerzos de los profesionales del equipo de auditoría para lograr los objetivos del examen y comprobar que se lograron esos objetivos". Se procede a exponer las ideas explicitadas en este apartado 2.7.1.

7870

Lógicamente en función de la capacitación profesional de los integrantes del equipo de auditoría y de la dificultad y grado de complejidad alcanzado en el desarrollo del trabajo se producirán diferentes grados de supervisión. La supervisión se configura como un elemento clave en la formación profesional del auditor. Normalmente en una reunión convocada expresamente se indica claramente a los colaboradores que características tiene el trabajo que van a efectuar, su alcance y las características de la entidad; luego a lo largo del desarrollo del trabajo se ejercerá una labor de feed-back sirviendo de guía a dichos colaboradores en los problemas significativos detectados. Se configura como un elemento básico de formación del personal colaborador que contribuye a la eficiencia de la auditoría.

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P APELES DE TRABAJO (AUDITORÍA) No obstante la revisión de todos los papeles incluye también los de los especialistas.

VII. LOS PAPELES DE TRABAJO Y SU RELACIÓN CON OTRAS NORMAS TÉCNICAS DE AUDITORÍA 1. Relación con Normas Técnicas de carácter general: diligencia profesional Se recuerda que el enunciado de la tercera Norma Técnica de carácter general es: "El auditor de cuentas en la ejecución de su trabajo y en la emisión de su informe actuará con la debida diligencia profesional" (véase "Ética profesional"). La responsabilidad del cumplimiento de las Normas en la ejecución del trabajo exige una revisión crítica a cada nivel de supervisión del trabajo realizado, que incluye supervisar las diferentes conclusiones que hayan puesto de manifiesto los profesionales integrantes del equipo. Por lo que respecta a los controles de calidad hacen referencia a la supervisión y control (dirección, delegación de funciones, revisión) en las diferentes actividades.

2. Relación con Normas Técnicas de carácter general: secreto profesional Dentro de la quinta norma, secreto profesional, se prescribe el mantenimiento y cuidado de los papeles de trabajo en el apartado 1.6.5, en los siguientes términos: "El auditor de cuentas deberá conservar y custodiar durante cinco años, a contar desde la fecha del informe, la documentación de la auditoría, incluidos los papeles de trabajo del auditor que constituyen las pruebas y el soporte de las conclusiones que consten en el informe".

3. Relación con Normas Técnicas de auditoría: relación entre auditores Más en concreto en el contexto de la revisión de los papeles de trabajo del anterior auditor. Es práctica habitual poner la documentación del trabajo y los datos de la auditoría a disposición de un posible nuevo auditor, si bien el cliente debe dar su consentimiento expreso.

En el caso de una corporación profesional, el acceso a la documentación debe ser en el despacho del auditor y se recomienda que mientras dure el examen de los papeles por un tercero ajeno a la organización del auditor, esté presente un representante del mismo.

La imposibilidad de revisión de los papeles del anterior auditor no implica necesariamente una limitación al alcance por los saldos iniciales de las cuentas anuales objeto de auditoría. Sin embargo, el alcance del trabajo habría de incluir procedimientos sobre los saldos iniciales de las diferentes partidas del balance de situación y, en algunos casos, sobre las operaciones de ejercicios anteriores.

El contenido de los papeles de trabajo debe ser suficiente y estar en consonancia con la opinión de auditoría a la que finalmente se llegue, sirviendo además como soporte de la evidencia en cuanto al cumplimiento de las Normas de auditoría.

Cuando por el contrario, el auditor sí ha podido revisar los papeles de trabajo del auditor anterior, no es imprescindible hacer referencia en su informe al trabajo de dicho auditor como base de su opinión, o en sentido explícito al propio informe del auditor anterior.

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P AQUETE BANCARIO 4. Relación con Normas Técnicas de auditoría: utilización de expertos

I. CONCEPTO • II. INTERPRETACIÓN • III. CONSTRUCCIÓN • IV. INCONVENIENTES

El informe de auditoría constituye el resumen del trabajo del auditor donde se expresa de forma normalizada, atendiendo a las normas que regulan la profesión, una opinión profesional.

I.

Si ha sido necesario contar con el trabajo de algún experto, la referencia en el informe de auditoría (incluyendo su identidad y el alcance de su encargo) no es obligatoria. Si el auditor lo juzga conveniente para transmitir una información más completa al usuario de dicho documento podrá referirse al trabajo del experto, pero se requeriría además el obtener el permiso del experto mencionado. LUÍS MARTÍNEZ LAGUNA Véase también: "Archivo del trabajo de auditoría"; "Carta de manifestaciones"; "Control interno"; "Evidencia en auditoría"; "Normas técnicas de auditoría"; "Planificación del trabajo de auditoría" y "Procedimientos de trabajo".

PAQUETE BANCARIO Banking package En el entorno de las relaciones entre una entidad bancaria y sus clientes, esta expresión se utiliza para hacer referencia al conjunto de productos y servicios que los clientes demandan del banco. MARIO CANTALAPIEDRA ARENAS Véase también: "Negociación banca-empresa".

PARABÓLICO SAR Parabolic SAR

7872

CONCEPTO

El sistema Parabólico SAR (Stop And Reversal indicator), desarrollado por J. Welles Wilder, es un indicador que se dibuja conjuntamente sobre el gráfico de precios y sirve para establecer los "stops" de venta y de compra en las tendencias de los mercados de valores. Un "stop" es un nivel de precios en el que se advierte de la señal de compra o de venta de un activo o mercado financiero. En este sentido, una de las órdenes bursátiles más utilizadas por los inversores-operadores son las órdenes on stop, que limitan las pérdidas (stop loss) o potencian las ganancias (stop profit), es decir, aquellas en las que se fija un precio por debajo del cual se vende, o un precio por encima del cual se compra, respectivamente. Estas órdenes no son admitidas por el Sistema de Interconexión Bursátil Español, por lo que para aplicarlas hay que indicárselo al intermediario u operador. En la actualidad existen numerosos brokers on line y bancos que operan por Internet que las admiten y las ejecutan para todo tipo de inversores. El SAR es un indicador que contempla el tiempo y el precio o cotización, es decir, cada día que los precios suben el Parabólico sube también, pero el grado de subida depende del ascenso de los precios. Por el contrario, cada día que los precios caen el Parabólico cae también, pero su distancia de caída depende del descenso del precio.

II.

INTERPRETACIÓN

La interpretación del Parabólico SAR se realiza como se expone a continuación:

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P ARABÓLICO SAR a) La señal de compra se genera cuando el Parabólico se mueve por debajo de la cotización; si la cotización de un valor o mercado está descendiendo el SAR se moverá a la baja por encima del precio, advirtiendo de la señal de compra en el momento en que el indicador se ubique por debajo del mismo. En numerosas ocasiones, este hecho se produce, incluso antes de que los precios crucen al alza el SAR descendente anterior. Mientras la cotización se mueva por encima del Parabólico SAR la tendencia del valor se interpreta como alcista. b) La señal de venta se genera cuando el Parabólico se mueve por encima de la cotización; si la cotización de un valor está subiendo, el SAR se moverá al alza por debajo del gráfico de precios, advirtiendo de la señal de venta en el momento en que el indicador se ubique por encima de

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éstos. Habitualmente, muy poco después, los precios penetran a la baja el SAR ascendente previo. Mientras los precios permanezcan por debajo del Parabólico SAR la tendencia del valor se interpreta como bajista. De esta forma, el Parabólico SAR permite operar y aprovechar al máximo las tendencias de los valores a corto-medio plazo, desde su inicio hasta su fin. Como consecuencia de ello, sus señales serán bastante numerosas, más aún en los movimientos laterales. Con el objeto de reducir el número de señales, para un operador bursátil a medio-largo plazo, conviene utilizar el Parabólico en un gráfico semanal.

III.

CONSTRUCCIÓN

La construcción de este oscilador es una tarea algo compleja. Para ello, utilizaremos los datos de la tabla adjunta:

7873

P ARABÓLICO SAR

Los pasos para determinar el oscilador son los siguientes: -

En la primera columna se colocan las sesiones consecutivas de negociación.

-

En la segunda y tercera columnas se encuentran el máximo y el mínimo de cada sesión, respectivamente.

-

En la cuarta columna está el Factor de Aceleración. Este Factor tiene un valor de 0,02 y se añade o se mantiene constante de la siguiente forma: si la posición mostrada por el SAR es de venta (CORTA), se añade el valor a la siguiente sesión si el Mínimo es inferior a la sesión anterior. Es decir, en la sesión del 15 de octubre de 1999, destacada en negrita en la tabla, se observa como el factor ha au-

7874

mentado de,0,04 a 0,06 ya que el mínimo de 43,6562 es inferior al anterior mínimo del 14 de octubre, 44,8438. En caso contrario, el factor es el mismo que en la sesión precedente. Si la posición señalada por el SAR es de compra (LARGA), se añade el valor del Factor (0,02) en caso de que el Máximo supere al de la sesión previa. En caso contrario se mantiene igual. Por ejemplo, en la sesión del 26 de octubre (en negrita en la tabla) el Factor ha aumentado de 0,04 a 0,06, ya que el Máximo 47,6250 es superior al del 25 de octubre, 46,7812. -

En la quinta columna aparece el Precio Extremo, esto es, el precio mínimo o máximo durante el período en el que el SAR ha dado señal de compra

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P ARABÓLICO SAR

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P ARABÓLICO SAR

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P ARACAÍDAS DORADO o venta y hasta la nueva señal de venta o compra. Por ejemplo, una vez que el SAR ha dado señal de venta el 13 de octubre, según avanza el período y hasta una nueva señal de compra, se va seleccionando consecutivamente el precio mínimo. Cuando el SAR cambia de señal a posición de compra (LARGA) se selecciona ahora el precio máximo a lo largo del período en el que se mantiene la señal de compra del SAR. -

-

En la sexta columna se calcula el PARABOLIC SAR a través de la expresión: SAR ANTERIOR + FACTOR DE ACELERACIÓN sesión anterior x (PRECIO EXTREMO – SAR ANTERIOR). Por ejemplo, para el 15 de octubre, el SAR sería: 47,5450 + 0,04 x (44,8438 – 47,5450 = 47,4370. En la séptima columna se encuentra la Posición: Hace referencia a la señal del Oscilador, comparando el valor del SAR con el máximo o mínimo de la sesión. Si el Máximo de la sesión es superior al SAR, es señal de compra (Posición LARGA). Si el Mínimo es inferior al SAR, es señal de venta (Posición CORTA). Ambas posiciones se mantienen hasta que aparezca un nuevo máximo o mínimo que supiere o sea inferior al valor del SAR de la sesión en curso. Por ejemplo, el 13 de octubre el mínimo de 45,1562 resultó inferior al SAR calculado para la sesión (45,7149) por lo que dio señal CORTA (o de venta). Hasta el 20 de octubre cada sesión correspondiente ni superó ni fue inferior a su SAR correspondiente. Sin embargo, el 21 de octubre, el máximo de la sesión (46,5625 superó al valor del SAR para la sesión (46,1875), dio señal LARGA o de compra que se mantuvo hasta el 11 de abril debido a que para cada valor de cada sesión, el valor del SAR no fue ni inferior ni superior al Máximo o Mínimo correspondiente.

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IV.

INCONVENIENTES

Dado que se basa sobre el precio diario, posibles incrementos de volatilidad podrían dar lugar a anticipaciones erróneas de salida y entrada de mercado, Por eso, el oscilador ha de utilizarse sólo como una posibilidad en caso de que el giro se haya efectivamente producido y no actuar con demasiada precipitación y fundamentalmente para plantear stop loss (cierre de pérdidas). JOSÉ LUIS MATEU GORDON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ GALÁN Véase también: "Análisis técnico"; "Chart"; "Orden bursátil" y "Stop loss indicator".

PARACAÍDAS DORADO Golden parachute Cuando una empresa contrata los servicios de determinados altos ejecutivos o bien nombra consejeros a determinadas personas, dentro de la retribución pactada, pueden incluirse condiciones, según las cuales los consejeros y miembros del equipo directivo tienen derecho a percibir compensaciones cuantiosas si se les echa de sus cargos, o incluso simplemente si la empresa cambia de propietario. El importe de estos blindajes se suele bloquear en cuentas indisponibles, que garantizan que si se producen las circunstancias que dan lugar a la compensación, el dinero se entregará a los consejeros y directivos. En algunos casos, la cantidad es tan importante, que el mero hecho de su existencia, puede suponer una estrategia defensiva de la empresa ante posibles en-

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P ARADIGMA TECNO-ECONÓMICO tidades interesadas en lanzar una oferta pública de adquisición de acciones (OPA) hostil contra la sociedad. Este tipo de estrategia tiene la ventaja para el equipo directivo de que no es precisa la autorización de la Junta General de accionistas para la concesión de los blindajes. Sin embargo, suele estar mal visto por los accionistas, sobre todo si se abusa de su confianza, y el blindaje llega a suponer un porcentaje elevado de los beneficios anuales. MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones" y "OPA hostil".

PARADIGMA TECNOECONÓMICO Techno-economic paradigm La historia del desarrollo económico se ha caracterizado por distintos momentos y modos propios en la utilización y explotación de los recursos y medios de producción, los cuales han permito a los economistas e historiadores económicos identificar "olas" o momentos paradigmáticos en la explicación del desarrollo económico de largo plazo. Estas olas son una representación de la dinámica económica, ya que tras la aparición de un nuevo paradigma económico, el comportamiento de la económica en el largo plazo, se caracteriza por un período de gran turbulencia, en el cual se advierte un rápido ascenso, crecimiento y rentabilidad en las empresas e industrias que hacen parte del nuevo paradigma, mientras que en el otro lado de la ola, se advierte un descenso, pérdidas y estancamiento de las empresas y sectores industriales que hacen parte del antiguo paradigma.

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Grandes e influyentes economistas que estudiaron los ciclos económicos de largo plazo como J. Schumpeter y N. Kondratiev, advirtieron de estos cambios paradigmáticos en la dinámica económica y no dudaron en señalar de forma pionera como su principal causa, a los cambios en la técnica productiva, es decir a las innovaciones tecnológicas como origen de las fluctuaciones cíclicas en la economía. Desde entonces, el estudio del rol de la tecnología en la transformación de la economía en el largo plazo, ha logrado una gran aceptación dentro de la investigación económica. Es en este contexto donde surge el concepto de paradigma tecno-económico, el cual hace referencia al conjunto de tecnologías o innovaciones tecnológicas que, debido a su impacto en la economía y en la sociedad, tienen la capacidad de convertirse en eventos paradigmáticos que alteran o cambian el curso de la dinámica económica de una manera radical. Desde el advenimiento de la era industrial son distintos los paradigmas tecno-económicos que han cambiado el rumbo no solo de la economía, sino también de la dinámica y condiciones sociales. Por ejemplo: la invención de las tecnologías necesarias para producir y transportar energía eléctrica entre 1850-1900, las cuales permitieron no solo revolucionar los sistemas de producción industrial, sino también mejorar radicalmente las condiciones de vida para siempre. Más recientemente el conjunto de tecnologías que conforman las denominadas tecnologías de la información y la comunicación (TIC): ordenadores, internet, teléfonos móviles, entre otros artefactos; paradigma tecno-económico que ha traído consigo el surgimiento de nuevos modelos de explotación económica, de negocios, así como de relaciones sociales basadas en las innovaciones tecnológicas

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P ARADIGMA TECNOLÓGICO propias de este paradigma tecno-económico. Los paradigmas tecno-económicos tienen la capacidad de dominar el comportamiento de toda la economía por décadas, como en la actualidad está sucediendo con las TIC. ALEJANDRO OLAYA DÁVILA

PARADIGMA TECNOLÓGICO Technology paradigm La palabra paradigma proviene del griego paradeigma, que quiere decir modelo o patrón, ejemplo. Un paradigma es un conjunto de reglas y disposiciones (escritas o no) que hace dos cosas: establece o define límites, e indica cómo comportarse dentro de los límites para tener éxito. Características de los paradigmas: son comunes, los hay en todas partes, muchos son triviales, sus reglas y disposiciones no tienen mucho impacto sobre un ambiente mayor. Pero todos, grandes o pequeños, proporcionan al practicante una visión y una comprensión especial y los métodos para resolver problemas específicos. Son funcionales, los paradigmas son necesarios, sin reglas orientadoras estaríamos confundidos siempre porque el mundo está demasiado lleno de datos. Nos ayudan a distinguir los datos importantes de aquellos que no lo son. Sus reglas nos indican cómo mirar los datos y cómo tratarlos. El concepto de paradigma tecnológico intenta captar entonces un conjunto de reglas o principios que guían a las decisiones tecnológicas y de inversión en un período de tiempo determinado. A largo plazo, cada paradigma es sustituido por uno nuevo, lo que produce enormes

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cambios en la organización social y las relaciones económicas. Los paradigmas sirven como guía al indicar los problemas importantes en una investigación, a su vez desarrollan un esquema aclaratorio (esquemas y teorías) que ayudan a que dichos problemas se resuelvan, estableciendo criterios para el uso de herramientas apropiadas (metodologías, instrumentos y tipos de formas de recolección de datos) en una investigación. Existen entonces tres tipos de paradigmas: Paradigmas ontológicos, epistemológicos y metodológicos. Un buen ejemplo es lo que se vive en la actualidad, poder adaptarse a las nuevas condiciones de los mercados mundiales, las empresas en todo el mundo están enfrentando el reto de la reconversión. Un conjunto de nuevas tecnologías genéricas está modificando productos y procesos a lo largo de todo el espectro industrial; un nuevo estilo gerencial, basado en flexibilidad productiva y organizativa, cambio técnico constante, relaciones de cooperación y beneficio mutuo, calidad creciente y adaptación al usuario, está transformando el comportamiento de la empresa por dentro y en sus relaciones externas. Los gerentes en todas partes están siendo impactados por el derrumbe de la mayoría de los principios que habían practicado exitosamente en el pasado. El alcance y la profundidad de los cambios que están ocurriendo en el modelo ideal de conducta empresarial. La modificación abarca todos los ámbitos, desde las formas de dirigir y las ideas sobre la estructura óptima de la empresa, pasando por el estilo de operación y la conducta hacia el personal, hasta el modo de relacionarse con proveedores, clientes y competidores. En conjunto, se trata de un cambio de paradigma; de una reorganización total del "sentido común" gerencial.

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P ARADOJA DE ÍCARO

SANTIAGO QUINTERO RAMÍREZ

PARADOJA DE ÍCARO Icarus paradox I. CONCEPTO • II. UN EJEMPLO DE LA PARADOJA DE ÍCARO: EL CASO POLAROID

I.

CONCEPTO

Paradoja planteada por Miller, según la cual muchas empresas se deslumbran tanto por su éxito prematuro que centran su esfuerzo estratégico en el desarrollo y mantenimiento de las ventajas competitivas que les han hecho triunfar. Aunque tiene cierto sentido modificar las opciones estratégicas dentro de los márgenes conocidos por la organización, este proceso llevado a un extremo puede acabar volviendo poco adaptativa a la organización: si cambian las circunstancias del entorno en las que triunfó, los recursos y capacidades que posee la organiza-

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ción y le proporcionaron ese triunfo, puede que ya no sean tan óptimos. El paralelismo con Ícaro es claro. Ícaro es un personaje de la mitología griega que fabricó un par de alas con el fin de escapar de la isla donde estaba prisionero. Tuvo tanta habilidad en la fabricación y manejo de esas alas que alcanzó el éxito, volando cada vez más y más alto y, por tanto, más cerca del Sol. Al acercarse al Sol la temperatura subió (cambia el entorno), cosa que Ícaro no tuvo en cuenta, confiando todavía en sus recursos y capacidades desarrollados a ras de suelo. El calor derritió la cera que sostenía sus alas y le precipitó hacia la muerte en el mar Egeo.

II.

UN EJEMPLO DE LA PARADOJA DE ÍCARO: EL CASO POLAROID

En 1928, un joven emprendedor, Edwin H. Land, fue capaz de desarrollar el primer filtro polarizador sintético en un laboratorio. Tras varios años de perfec-

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P ARADOJA DE ÍCARO cionamiento, en 1932, creó los laboratorios Land-Wheelwright, que años más tarde, en 1935, adoptarían la reconocida mundialmente denominación de Polaroid. La comercialización del novedoso producto empezó en 1937. Eran tantas sus aplicaciones que no tardó en tener un gran éxito, siendo utilizado, incluso, por los militares norteamericanos, a los que suministró el producto masivamente en la Segunda Guerra Mundial. Sin embargo, la aplicación más famosa y rentable de su invención llegaría acabada la guerra. En 1947 Land asombraría a todo el mundo, conmocionando los cimientos de la industria fotográfica, al presentar en la Sociedad Óptica Estadounidense la primera fotografía instantánea. Se trataba de una cámara que revelaba y positivaba la imagen captada en tan solo 60 segundos. Este invento estaba destinado a convertirse en el producto estrella de la empresa, hasta la década de los noventa. La razón era obvia: satisfacía una necesidad extremadamente valorada por los clientes, que no era otra que la inmediatez en la visualización de la instantánea. Frente al tedioso proceso de revelado de las cámaras de la competencia, que obligaba a esperar varios días hasta que se recibían las fotografías en papel, "la Polaroid" permitía que el cliente disfrutase al instante de la fotografía realizada. Para una gran parte del mercado, especialmente aquella no excesivamente preocupada por la calidad y las prestaciones técnicas, sino más bien por la función lúdica de las cámaras, esta novedad fue un avance calurosamente bienvenido. Polaroid se transformó, gracias a esta innovación, en una multinacional fuertemente posicionada en multitud de paises, que supo rentabilizar su inversión centrándose en los consumibles más que en las cámaras. Éstas eran relativamente baratas, pero donde la empresa tenía sus más sustanciosos beneficios era en las películas y el mate-

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rial de revelado que requería la cámara y que sólo Polaroid podía suministrar. Una vez el cliente se transformaba en cautivo al adquirir la cámara, Polaroid disfrutaba de muchos años de venta garantizada de consumibles con gran margen comercial. Pero el entorno cambió. Durante los años 80 empezaron a desarrollarse las primeras cámaras digitales, una tecnología radicalmente diferente que sin embargo hacía daño a Polaroid en su ventaja competitiva más importante: la inmediatez. De hecho Polaroid invirtió importantes recursos durante esa década para adentrarse en el mundo digital, pero concluyó equivocadamente que no constituía un riesgo para su producto estrella, dado que la calidad de la imagen era ínfima y en aquella época era impensable que el desarrollo de la informática llevara a cada hogar un ordenador personal. Además, adoptar la tecnología digital suponía un cambio revolucionario en la conceptualización del negocio y no sólo a nivel tecnológico. Las cámaras digitales daban dinero en su venta, no en su mantenimiento, una filosofía de empresa opuesta a la que, hasta entonces, había mantenido la compañía. Polaroid, como Ícaro, insistió en mantener su estrategia, ante un entorno cada vez más peligroso (cada vez más cerca del Sol): la tecnología digital de las cámaras mejoraba a pasos agigantados en calidad, prestaciones y coste y las economías desarrolladas ya empezaban a ver como normal tener un ordenador personal en casa. En febrero del año 2008 Polaroid anunció el final de la producción de películas para sus cámaras, que dejaron de fabricarse en 2007.

JOAQUÍN CAMPS TORRES

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P ARAFISCALIDAD LO ESENCIAL SOBRE PARADOJA DE ÍCARO Libro •

DANNY MILLER, The Icarus paradox , Harper Business, New York, 1991.

PARAFISCALIDAD Parafiscal contributions Con el término "parafiscalidad" se designa el conjunto de ingresos públicos coactivos, con finalidad financiera que, sin embargo, no vienen regulados como tributados, ni calificados bajo esta categoría. Actualmente, la Disp. Adic. 1ª de la LGT, Ley 58/2003, ordena taxativamente que "las exacciones parafiscales participan de la naturaleza de los tributos rigiéndose por esta ley en defecto de normativa específica". El término "parafiscal" fue acuñado en 1929 por Emmanuelle Morselli para referirse a un conjunto de prestaciones pecuniarias que los ciudadanos se veían obligados a ingresar a favor de los entes públicos sin que estuvieran sometidas a las normas y los procedimientos propios de los tributos. Su origen parte, en el tránsito del s. XIX al XX, de la progresiva asunción de nuevas funciones por parte de los poderes públicos, que junto a las necesidades fundamentales o políticas propias del estado liberal, como seguridad, justicia, defensa y relaciones exteriores, van incorporando otras de tipo socioeconómico, como educación, sanidad, protección social, o directamente económicas, como suministro y distribución de energía, transportes, telecomunicaciones, etc. Dado que estas funciones no se consideraban entonces propias del Estado ni

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del poder político, la ruptura del dogma de la personalidad jurídica única del Estado permite ir creando entidades y organismos del sector público, a los que se dota de autonomía y de otras técnicas de actuación para subvenir al logro de esas finalidades nuevas. Como consecuencia, al crearse una nueva persona jurídica, se erige en centro de imputación de derechos y obligaciones, esto es, de ingresos y gastos, que van a confinarse a su propio patrimonio y van a dar lugar a un circuito financiero propio del ente en cuestión y al margen del clásico circuito de la Hacienda Pública, sin que, por tanto, consten en los Presupuestos del Estado ni recaiga sobre ellos la aprobación y el control que las Constituciones exigen para estos últimos. En virtud de todo ello, los rasgos que definen la parafiscalidad son los siguientes: ingresos públicos no establecidos ni regulados por ley, a diferencia de los tributos; no constan en los Presupuestos Generales del Estado, sino en los de la entidad autónoma, que no los integra en aquéllos; su rendimiento es de la entidad, sin que se ingresen en el Tesoro Público; su regulación es específica sin asimilarse a la de los tributos; quedan afectados a los fines y gastos de la propia entidad. Durante la primera mitad del s. XX, con la consolidación del Estado intervencionista, fueron proliferando esos entes dotados de autonomía financiera, con el consiguiente aumento de las exacciones parafiscales previstas por las normas que los creaban. No es hasta los años cincuenta cuando empieza a llamarse la atención sobre la necesidad de reordenar esa parcela de los ingresos y gastos públicos para permitir su conocimiento y control. El Inventario Schumann, entre los trabajos preparatorios para el Tratado de Roma que alumbró la CEE, insistió en la

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P ARAFISCALIDAD necesidad de poner límites a la parafiscalidad y reconducirla a la órbita de los tributos, pues de lo contrario no podría abordarse la creación de un mercado común si las Haciendas públicas de los Estados firmantes presentaban buena parte de ellas fuera del circuito normal de ingresos y gastos sometidos al control y la aprobación de los parlamentos. En España, fue la Ley de Tasas y Exacciones Parafiscales de 1958, al socaire del Plan de Estabilización y del Primer Plan de Desarrollo, que cancelaban el período de autarquía, la primera norma que intentó ordenar el fenómeno. Estableció el principio de Reserva de Ley para la creación de nuevas figuras y dispuso un período de seis meses para que se promulgaran decretos de convalidación de las exacciones preexistentes, quedando suprimidas las que no hubieran seguido ese proceso. Aun así, excluía de su ámbito de aplicación sectores importantes, como la parafiscalidad social (de la Seguridad Social), la sindical (de la Organización Sindical Española, de afiliación obligatoria), la local y la corporativa (de Colegios profesionales y Cámaras de afiliación obligatoria). Poco después, hubo nuevos avances con el mismo afán ordenador. La LGT de 1963 proclamó, en su Art. 26.2, la naturaleza tributaria de las exacciones parafiscales, fueran tasas o impuestos. La Ley de Reforma del Sistema Tributario, de 1964, volvió a arbitrar un período de seis meses para que se dictaran decretos de regulación que recogieran algunas de las que se habían excluido en la anterior ordenación; finalmente, la Ley de Retribución de Funcionarios civiles de la Administración del Estado, de 1965, dispuso que los aranceles y exacciones con que se retribuía a los funcionarios se ingresaran por una Junta Departamental de cada Ministerio en el Tesoro Público, ordenando que con cargo a los Presupuestos se arbitrara el sueldo de los funcionarios.

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Tras otros intentos menores, la Constitución de 1978 incorporó dos preceptos que limitaban fuertemente la parafiscalidad. Por un lado, el Art. 134.2, al disponer que los Presupuestos Generales del Estado incluirán "la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal", con lo que dejaban de existir presupuestos diferenciados de los generales que no se integraran en ellos. Por otro lado, el Art. 31.3, al establecer la Reserva de Ley no sólo para los tributos, sino, más ampliamente, para las "prestaciones patrimoniales públicas". Conforme tuvo ocasión de declarar el Tribunal Constitucional, en su STC 185/1995, de 14 de diciembre, continuada por otras como la STC 182/1997, de 28 de octubre, 233/1999, y algunas más, esa categoría constitucional del Art. 31.3 es más amplia que la de tributo, e incluyó cualquier ingreso público coactivo, aunque no se haya calificado de tributo ni se haya regulado como tal. Por eso, pudo declarar inconstitucional la regulación de los precios públicos, en cuanto referida a ingresos que podían considerarse coactivos y no se exigía su establecimiento y modificación por norma de rango legal. Argumentos similares a los que manejó posteriormente, como el Tribunal Supremo, para asentar la ilegalidad de las tarifas portuarias, que se habían cuantificado mediante norma reglamentaria. Actualmente, a la vista de esa evolución, la parafiscalidad queda embridada en alguno de sus contornos más ariscos, como su creación al margen de la ley y su carácter extrapresupuestario. Aun así, subsisten figuras que siendo materialmente tributos reciben otro tipo de regulación. Entre ellas, destacadamente, las cotizaciones a la Seguridad Social, las cuotas de afiliación a los Colegios profesionales y a las Cámaras de Comercio, Industria y

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P ARAÍSO FISCAL Navegación, y los aranceles de ciertas profesiones oficiales, como notarios y registradores. Todas ellas, sin embargo, cuentan hoy con normas legales que las disciplinan y cuantifican, y en el primer caso, forman parte de los Presupuestos Generales del Estado, con su consiguiente régimen de aprobación, ejecución y control. CARMELO LOZANO SERRANO

PARAÍSO FISCAL Tax haven I. CONCEPTO • II. PARAÍSOS FISCALES SEGÚN LA OCDE

I.

cambio de información con fines fiscales con otros gobiernos sobre los contribuyentes beneficiarios de los inexistentes o nominales impuestos. •

La regulación en nuestro derecho interno hay que buscarla en la Disposición Adicional primera de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, en la que se definen los términos paraíso fiscal, nula tributación y efectivo intercambio de información tributaria, de la siguiente manera: •

Tendrán la consideración de paraíso fiscal los países o territorios que se determinen reglamentariamente. No se considerarán paraísos fiscales a aquellos países o territorios que firmen con España un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información o un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria, en el que expresamente se establezca que dejan de tener dicha consideración, desde el momento en que estos convenios o acuerdos se apliquen. Estos países o territorios volverán a considerarse paraíso fiscal a partir del momento en que tales convenios o acuerdos dejen de aplicarse.



Existe nula tributación cuando en el país o territorio de que se trate, no se aplique un impuesto idéntico o análogo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al Impuesto sobre Sociedades o al Impuesto sobre la Renta de No Residentes, según corresponda. Se considerará que se aplica un impuesto idéntico o análogo cuando el país o territorio de que se trate, tenga suscrito con España un convenio para evitar la doble imposición internacional que sea de

CONCEPTO

Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), las características claves utilizadas para determinar que un territorio se califique como paraíso fiscal son cuatro: •

La primera es si la jurisdicción no impone impuestos o impone impuestos exclusivamente nominales (ficticios o no efectivos), reconociendo, no obstante, que este criterio de la no imposición o la imposición nominal no es suficiente, por sí sólo, para calificar a un territorio como paraíso fiscal. La OCDE reconoce que cada jurisdicción tiene derecho a determinar sí imponer impuestos directos y, si los impone, a determinar el tipo de gravamen que considere oportuno. Según este organismo es preciso analizar los otros tres factores para determinar si una jurisdicción es o no un paraíso fiscal.



Si hay ausencia de transparencia.



Si existen leyes o prácticas administrativas que evitan el efectivo inter-

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Si no se exige el desarrollo de una actividad efectiva en el territorio.

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P ARAÍSO FISCAL aplicación, con las especialidades previstas en el mismo. •

Existe efectivo intercambio de información tributaria con aquellos países o territorios a los que resulte de aplicación: -

-

Un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información, siempre que en dicho convenio no se establezca expresamente que el nivel de intercambio de información tributaria es insuficiente a los efectos de esta disposición; o Un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria, siempre que en dicho acuerdo se establezca expresamente que el nivel de intercambio de información tributaria es suficiente.

Por su parte, la Disposición Transitoria segunda de la Ley 36/2006, dispone que, "En tanto no se determinen reglamentariamente los países o territorios que tienen la consideración de paraíso fiscal, tendrán dicha consideración los países o territorios previstos en el artículo 1 del Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinan los países o territorios a que se refieren los artículos 2, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991". No habiéndose aprobado hasta la fecha el preceptivo desarrollo reglamentario previsto por DT segunda de la Ley 36/2006, la lista española de paraísos fiscales es, en consecuencia, la del artículo 1 del Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio, que incluye a los siguientes territorios: -

Principado de Andorra.

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-

Antillas Neerlandesas.

-

Aruba.

-

Emirato del Estado de Bahrein.

-

Sultanato de Brunei.

-

República de Chipre.

-

Emiratos Árabes Unidos.

-

Gibraltar.

-

Hong-Kong.

-

Anguilla.

-

Antigua y Barbuda.

-

Las Bahamas.

-

Barbados.

-

Bermudas.

-

Islas Caimanes.

-

Islas Cook.

-

República de Dominica.

-

Granada.

-

Fiji.

-

Islas de Guernesey y de Jersey (Islas del Canal).

-

Jamaica.

-

República de Malta.

-

Islas Malvinas.

-

Isla de Man.

-

Islas Marianas.

-

Mauricio.

-

Montserrat.

-

República de Naurú.

-

Islas Salomón.

-

San Vicente y las Granadinas.

-

Santa Lucía.

-

República de Trinidad y Tobago.

7885

P ARÁMETRO -

Islas Turks y Caicos.

-

Belice.

-

República de Vanuatu.

-

Bermudas.

-

Islas Vírgenes Británicas.

-

Dominica.

-

Islas Vírgenes de Estados Unidos de América.

-

Gibraltar.

-

Granada.

-

Reino Hachemita de Jordania.

-

Islas Caimán.

-

República Libanesa.

-

-

Islas Cook.

República de Liberia.

-

-

Principado de Liechtenstein.

Islas Marshall.

-

Islas Turcas y Caicos.

-

Islas Vírgenes Británicas.

-

Liberia.

-

Liechtenstein.

-

Mónaco.

-

Montserrat.

-

Nauru.

-

Niue.

-

Panamá.

-

Samoa.

-

San Cristóbal y Nieves.

-

San Marino.

-

San Vicente y las Granadinas.

-

Santa Lucía.

-

Vanuatu.

-

Gran Ducado de Luxemburgo, por lo que respecta a las rentas percibidas por las Sociedades a que se refiere el párrafo 1 del Protocolo anexo al Convenio, para evitar la doble imposición, de 3 de junio de 1986.

-

Macao.

-

Principado de Mónaco.

-

Sultanato de Omán.

-

República de Panamá.

-

República de San Marino.

-

República de Seychelles.

-

República de Singapur.

II.

PARAÍSOS FISCALES SEGÚN LA OCDE

Los actuales paraísos fiscales, según la lista publicada por la OCDE de fecha 2 de abril de 2009, son: -

Andorra.

-

Anguila.

-

Antigua y Barbuda.

-

Antillas Neerlandesas.

-

Aruba.

-

Bahamas.

-

Bahréin.

7886

ÁLVARO GONZÁLEZ LORENTE Véase también: "Atribución de rentas (fiscalidad)"; "Domicilio social"; "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas"; "Impuesto sobre la Renta de no residentes"; "Impuesto sobre Sociedades" e "Inmovilizado".

PARÁMETRO Véase: "Estimador".

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P ARÁMETROS DE DISEÑO ORGANIZATIVO

PARÁMETROS DE DISEÑO ORGANIZATIVO

es el de Mintzberg, quien plantea nueve parámetros de diseño básicos, los cuales se agrupan en cuatro categorías o grupos, tal como se muestra en la Figura 1.

1. Diseño de puestos de trabajo Organizational design parameters I. CONCEPTO • II. TIPOS DE PARÁMETROS 1. Diseño de puestos de trabajo 2. Diseño de la superestructura 3. Diseño de los enlaces laterales 4. Diseño de los sistemas de decisión

I.

1.

La especialización del trabajo o del cargo, que hace referencia a cuántas tareas elementales han de corresponder a cada puesto de trabajo y qué grado de especialización se requiere para ejercerlas ¿vamos a diseñar puestos como en una cadena de montaje, donde las tareas a realizar son muy pocas y muy simplificadas, o lo haremos tomando como modelo un artesano, que hace multitud de tareas complejas con autonomía muy elevada?

2.

La formalización del comportamiento, que hace referencia al nivel de normalización o estandarización de los contenidos del trabajo mediante normas y reglas de comportamiento; un ejemplo clásico de los mismos lo constituyen los manuales de procedimientos; debemos decidir en qué medida cada puesto de trabajo estará prefijado por estas normas. ¿Hasta que punto deben estar formalizadas y preestablecidas las tareas del puesto?

3.

La preparación o formación y el adoctrinamiento: que hace referencia a los conocimientos y habilidades necesarios que deben tener las personas que han de ocupar cada puesto de trabajo. Sobre todo es propio del denominado trabajo profesional, caracterizado porque requiere unos conocimientos y habilidades complejas pero especificadas y documentados. ¿Qué habilidades y conocimientos debe poseer el trabajador que

CONCEPTO

Las variables o parámetros de diseño son cualquier mecanismo que puede ser modificado por la dirección y que incide en la estructura formal y su funcionamiento. Por ejemplo: crear departamentos, definir la jerarquía, establecer normas y reglas de comportamiento, nombrar un coordinador de área, crear una comisión de coordinación entre departamentos, etc. También se denominan dimensiones de diseño organizativo y son los medios formales y semiformales que utilizan las organizaciones para dividir y coordinar el trabajo a fin de establecer pautas estables de comportamiento. Su conceptualización más conocida es la de Mintzberg, que es la que seguiremos en esta exposición. Dependen fundamentalmente de las opciones estratégicas de la empresa y de las variables del entorno, tanto general como competitivo, en el que se desenvuelva la organización. Además, su modificación no suele ser sencilla, ya que requiere de periodos de adaptación, dado que factores, como la cultura organizativa, la edad, el tamaño de la organización o el sistema técnico de la misma, suelen generar inercias difíciles de romper.

II.

El primer grupo (diseño de puesto) centra su atención en la definición de los puestos de trabajo:

TIPOS DE PARÁMETROS

Un esquema muy utilizado para clasificar las variables o parámetros de diseño

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P ARÁMETROS DE DISEÑO ORGANIZATIVO ocupe un determinado puesto de trabajo? Figura 1. Parámetros de diseño de la organización Grupo Diseño de puestos

Parámetros de diseño - Especialización del cargo.

Conceptos relacionados - División fundamental del trabajo.

- Formalización del comportamiento. - Normalización del contenido del trabajo. - Preparación y adoctrinamiento. - Sistema de flujos regulados. - Normalización de las habilidades. Diseño de la superestructura - Agrupación de unidades. - Tamaño de la unidad.

- Supervisión directa. - División administrativa del trabajo. - Sistemas de autoridad formal, flujos regulados, comunicación informal y constelaciones de trabajo. - Organigrama. - Sistema de comunicación informal. - Supervisión directa. -Ámbito de control.

Diseño de los enlaces laterales - Sistemas de planificación y control. - Dispositivos de enlace.

- Normalización de los outputs. - Sistema de flujos regulados. - Adaptación mutua. - Sistemas de comunicación informal, constelaciones de trabajo y procesos de decisión ad hoc.

Diseño del sistema de toma de decisiones

- Descentralización vertical.

- División administrativa del trabajo.

- Descentralización horizontal.

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P ARÁMETROS DE DISEÑO ORGANIZATIVO Grupo

Parámetros de diseño

Conceptos relacionados - Sistemas de autoridad formal, flujos regulados, constelaciones de trabajo y procesos de decisión ad hoc. - División administrativa del trabajo. - Sistemas de comunicación informal, constelaciones de trabajo y procesos de decisión ad hoc.

Fuente: Henry Mintzberg, La estructuración de las organizaciones, Editorial Ariel, 2000.

2. Diseño de la superestructura

1.

Los sistemas de planificación y de control: que hacen referencia a la normalización o estandarización de los resultados que se han de obtener en cada puesto de trabajo y en cada unidad de la organización. ¿Hasta qué punto debemos normalizar el output de una unidad organizativa o de un puesto de trabajo dando mayor libertad a dicha unidad o trabajador para organizar su tarea? ¿Hasta qué punto es preferible prefijar y programar los procesos de forma que ni la unidad ni el trabajador tengan esa libertad organizativa?

2.

Los dispositivos de enlace: que hacen referencia a los mecanismos que se han de establecer para conectar las unidades y los puestos de trabajo para facilitar su correcta coordinación en la actuación conjunta de todos ellos. ¿Qué mecanismos organizativos debemos establecer para facilitar la adaptación mutua entre puestos de trabajo y unidades?

El segundo grupo (diseño de la superestructura) centra su atención en la superestructura o definición de las unidades organizativas básicas: 1.

2.

La agrupación de unidades: que hace referencia a la definición de las unidades organizativas en base a criterios que agrupen los puestos de trabajo similares y después agrupar dichas unidades en unidades más grandes (departamentalización). ¿Cuál será el criterio que utilizaremos para agrupar los puestos en unidades y a éstas en otras mayores? El tamaño de la unidad: que hace referencia al tamaño más adecuado para cada unidad organizativa en base al número de personas que están bajo la supervisión del directivo responsable de la unidad. ¿Cuántos trabajadores deben estar bajo el mando de un superior jerárquico, es decir, qué tamaño debe tener la unidad?

3. Diseño de los enlaces laterales

4. Diseño de los sistemas de decisión

El tercer grupo (diseño de los enlaces laterales) centra su atención en los enlaces o relaciones entre personas y unidades con la finalidad de su correcta coordinación:

Respecto al cuarto grupo, la descentralización vertical aborda el tema de la descentralización de autoridad a lo largo de la cadena jerárquica, es decir, desde el ápice a la línea media: ¿mucha o poca? Es

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P ARIDAD decir, ¿quién toma las decisiones? La descentralización horizontal determina la cuestión de la autonomía que fluye desde la línea media hacia la tecnoestructura y los operarios del núcleo, es decir, ¿cuánto poder debe delegarse de los directivos de línea hacia los empleados de los staffs y del núcleo de operaciones?

debe tomar todas las medidas necesarias para mantener dicha paridad.

JOAQUÍN CAMPS TORRES

IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ

LO ESENCIAL SOBRE PARÁMETROS DE DISEÑO ORGANIZATIVO Libros • • •

HENRY MINTZBERG, La estructuración de las organizaciones , Editorial Ariel, Barcelona, 2000. IGNASI BRUNET y ANTONI VIDAL, Empresa y recursos organizativos, Editorial Pirámide, Madrid, 2004. JUAN MANUEL DE LA FUENTE; JESÚS GARCÍATENORIO; LUIS ÁNGEL GUERRAS y JUAN HERNÁNGOMEZ, Diseño organizativo de la empresa, Editorial Civitas, Madrid, 1997.

PARIDAD Parity En leguaje bancario y bursátil igualdad entre el valor nominal y el efectivo de títulos-valores. En el lenguaje de los mercados de divisas, valor fijado para una moneda en relación con otra o conjunto ponderado de otras (cesta), pudiendo ser fija o flotante. También se le conoce como tipo de cambio. Las paridades fijas se producen cuando se fija la paridad de la moneda propia frente a una extranjera y el Banco Central

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Las paridades flotantes se dan cuando los Bancos Centrales no intervienen en los mercados para proteger una paridad y se deja a voluntad de la oferta y la demanda.

Véase también: "Tipo de cambio".

PARIDAD CUBIERTA DE LOS TIPOS DE INTERÉS Covered interest rate parity I. CONCEPTO • II. ¿POR QUÉ EL CUMPLIMIENTO DE LA PARIDAD CUBIERTA DE TIPOS DE INTERÉS?: LAS OPERACIONES DE ARBITRAJE DE INTERESES CON COBERTURA • III. UN EJEMPLO DE LA PARIDAD CUBIERTA DE TIPOS DE INTERÉS • IV. TIPO DE CAMBIO A PLAZO, TIPO DE CAMBIO AL CONTADO Y DIFERENCIAL DE INTERESES

I.

CONCEPTO

La condición de paridad cubierta de los tipos de interés establece que la diferencia entre el tipo de cambio a plazo y el tipo de cambio al contado de dos monedas, coincidirá con la diferencia entre los tipos de interés a dicho plazo en los mercados monetarios correspondientes. La condición de paridad cubierta de tipos de interés constituye un caso especial de la ley del precio único, según la cual, en ausencia de costes transaccionales, idénticos bienes serán vendidos a precios idénticos en diferentes segmentos de un mercado. Aplicado a los activos financieros, la ley del precio único supone que la rentabilidad de activos financie-

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P ARIDAD CUBIERTA DE LOS TIPOS DE INTERÉS ros de características similares deberán reportar la misma rentabilidad, con independencia de las monedas en las que estén denominados los activos. Por tanto, la condición de paridad cubierta de tipos de interés supondrá, por ejemplo, que la tasa de rentabilidad de los activos en dólares será igual que la rentabilidad de los activos en euros.

II.

¿POR QUÉ EL CUMPLIMIENTO DE LA PARIDAD CUBIERTA DE TIPOS DE INTERÉS?: LAS OPERACIONES DE ARBITRAJE DE INTERESES CON COBERTURA

Existe una tendencia hacia el cumplimiento de la paridad cubierta de tipos de interés, dado que de no cumplirse (es decir, de que la rentabilidad de activos financieros de características similares, pero en diferentes monedas, no coincidan) se producirán operaciones de arbitraje de intereses con cobertura, resultado de las cuales se tenderá hacia el equilibrio en la que el margen forward (diferencia entre el tipo de cambio a plazo y el tipo de cambio al contado) se igualará al diferencial en los tipos de interés, haciendo desaparecer de esta forma las oportunidades rentables de arbitraje. Las operaciones de arbitraje de intereses con cobertura son una transferencia internacional de fondos al contado destinados a la inversión a corto plazo, cubierta mediante una simultánea operación a plazo, por igual cuantía y en dirección inversa.

III.



E$/Euro, el tipo de cambio al contado de los euros en términos de dólares, y supongamos que E$/Euro = 1,5 dólares por euro.



rEuro, el tipo de interés de los activos en euros a un año, y supongamos que rEuro = 5 %.



r$, el tipo de interés de los activos en dólares a un año, y supongamos que r$ = 3 %.

La tasa de rentabilidad de un activo en moneda nacional, es decir, de un activo en euros es del 5%. Por tanto, la inversión de un euro supondrá que transcurrido un año se dispondrá de 1,05 euros. Ahora bien, ¿cuál es la tasa de rentabilidad cubierta de un activo en dólares? Para determinar cuál es la tasa de rentabilidad cubierta de un activo en dólares descompondremos la operación de arbitraje de intereses con cobertura en los siguientes pasos: •

1 x E$/Euro = 1,5 $ •

UN EJEMPLO DE LA PARIDAD CUBIERTA DE TIPOS DE INTERÉS



F$/Euro, el tipo de cambio a plazo a un año de los euros en términos de dólares, y supongamos que F$/Euro = 1,5 dólares por euro.

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Inversión en moneda extranjera. La adquisición de un activo en moneda extranjera, por el anterior montante de moneda extranjera, 1 x E$/Euro, proporcionará al cabo de un año: (1 x E$/Euro) x (1 + r$) = 1,545 $

• Sea:

Conversión de unidades monetarias nacionales en unidades monetarias extranjeras. Si convertimos una unidad de moneda nacional, euro, en unidades monetarias extranjeras, dólares, obtendremos:

Cobertura del riesgo de cambio. En la medida en que el anterior valor final tiene un valor incierto en moneda doméstica, el arbitrajista venderá ese importe de dólares en el mercado de divisas a plazo al tipo de cambio F$/Euro = 1,5 dólares por euro. El

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P ARIDAD DE PODER DE COMPRA valor en unidades de moneda doméstica de esa venta a plazo será:

La condición de paridad cubierta de tipos de interés puede escribirse como rEuros = r$ - (F$/Euro - E$/Euro) / E$/Euro

(1 x E$/Euro) x (1 + r$)/ F$/Euro = 1,03 $ En nuestro ejemplo la tasa de rentabilidad del activo en euros (5%) es superior a la tasa de rentabilidad del activo en dólares (3%), por lo que la condición de paridad cubierta de intereses no se cumple. (1 + rEuros) > (1 x E$/Euro) x (1 + r$)/ F$/Euro Rentabilidad Activo Nacional > Rentabilidad Activo Extranjero En esta situación nadie estará dispuesto a mantener activos en dólares, todo el mundo preferirá activos en euros. Ahora bien, el hecho de demandar euros en el mercado al contado y vender euros en el mercado a plazo va a hacer que el euro se aprecie en el mercado al contado y se deprecie en el mercado a plazo hasta que se alcance la igualdad en la rentabilidad de los activos en las dos monedas, o en otras palabras, se cumpla la condición de paridad cubierta de tipos de interés: (1 + rEuros) = (1 x E$/Euro) x (1 + r$)/ F$/Euro De donde: (1 + rEuros)/ (1 + r$) = E$/Euro / F$/Euro

O lo que es igual: (1 + r$) / (1 + rEuros) = F$/Euro / E$/ Euro

Y restando uno de cada miembro, se obtiene aproximadamente: r$ - rEuros = (F$/Euro - E$/Euro) / E$/Euro

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IV.

TIPO DE CAMBIO A PLAZO, TIPO DE CAMBIO AL CONTADO Y DIFERENCIAL DE INTERESES

La paridad cubierta de los tipos de interés establece que la diferencia existente entre el tipo de cambio al contado y el tipo de cambio a plazo está relacionada con los tipos de interés a dicho plazo en los mercados financieros correspondientes. En concreto, si el tipo de interés en los mercados monetarios nacionales es inferior al existente en los mercados monetarios del otro país, la moneda nacional presenta una prima en el mercado a plazo (la moneda extranjera un descuento en el mercado a plazo): rEuro < r$ ĺ F$/Euro > $/Euro Por el contrario, si el tipo de interés en los mercados monetarios nacionales es superior al existente en los mercados monetarios del otro país, la moneda nacional presenta un descuento en el mercado a plazo (la moneda extranjera una prima en el mercado a plazo): rEuro > r$ ĺ F$/Euro < E$/Euro JESÚS PAÚL GUTIÉRREZ Véase también: "Descuento a plazo" y "Prima a plazo".

PARIDAD DE PODER DE COMPRA Purchasing power parity I. CONCEPTO • II. LA PARIDAD DEL PODER ADQUISITIVO Y LA LEY DEL PRECIO ÚNICO • III.

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P ARIDAD DE PODER DE COMPRA LA PPA ABSOLUTA Y LA PPA RELATIVA • IV. LA EVIDENCIA EMPÍRICA DE LA PPA • V. LA PPA A CORTO Y A LARGO PLAZO

I.

CONCEPTO

La teoría de la paridad de poder de compra o teoría de la paridad del poder adquisitivo (también conocida como PPA) establece que los niveles de precios se igualan entre países si han sido convertidos a una moneda común o, dicho en otros términos, que el tipo de cambio entre las monedas de dos países es igual a la relación entre los niveles de precios de esos países. La teoría de la paridad de poder adquisitivo parte de la premisa que la capacidad de compra de la moneda de un país debe ser la misma en el interior del país que en el exterior. En el interior del país, el poder adquisitivo de la moneda nacional viene determinado por el nivel de precios. El poder adquisitivo de la moneda de un país en el exterior viene determinado por el nivel de precios que exista en el exterior y por el tipo de cambio. De ahí que, según la teoría de la paridad de poder de compra, cuando se produzcan variaciones en los niveles de precios, ya sea en el interior o en el exterior del país, el tipo de cambio se modificará y de esa forma mantendrá la igualdad de poder de compra de la moneda nacional, dentro y fuera de las fronteras nacionales.

ban en los escritos de los economistas británicos del siglo XIX, en particular en David Ricardo, aunque fue a principios del siglo XX, con el trabajo del economista sueco Gustav Cassel, cuando la PPA pasó a convertirse en elemento central de la teoría explicativa del comportamiento de los tipos de cambio, en especial, en el largo plazo. Si el precio en euros de una cesta de bienes vendida en un país de la Unión Económica y Monetaria (UEM) lo expresamos como PUEM y el precio en dólares de la misma cesta vendida en Estados Unidos lo expresamos como PEE.UU, entonces la PPA establece que el tipo de cambio del dólar en relación al euro (número de dólares por euro) es de: E$/€ = PEE.UU / PUEM Es decir, si la cesta de productos de referencia cuesta 150 dólares en Estados Unidos y 100 euros en un país de la UEM, la PPA establece que el tipo de cambio del dólar respecto al euro es de 1,5 dólares por euros. Si el nivel de precios de Estados Unidos se duplicase, la PPA fijaría un tipo de cambio de 3 dólares por euro. Reordenando la ecuación anterior se obtiene una interpretación alternativa de la PPA: PUEM = PEE.UU / E$/€

La PPA establece que una disminución del poder adquisitivo de la moneda interior (reflejada en un incremento en el nivel de precios interno) vendrá asociada a una depreciación equivalente de la moneda nacional. Del mismo modo, la PPA establece que un incremento en el poder adquisitivo de la moneda nacional vendrá asociado a una apreciación de la moneda nacional.

El miembro de la izquierda de la ecuación es el precio en euros de una cesta de productos en un país de la UEM, mientras que el término de la derecha es el precio en dólares de la cesta de referencia, al ser comprada en Estados Unidos, dividido por el precio en dólares de un euro. Si la paridad del poder adquisitivo se cumple estos dos precios han de ser los mismos.

Los principios básicos de la teoría de la paridad del poder adquisitivo ya figura-

En definitiva la PPA afirma que los niveles de precios de todos los países son

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P ARIDAD DE PODER DE COMPRA iguales cuando se expresan en términos de una misma moneda o, lo que es lo mismo, que el poder adquisitivo interno y externo de cada moneda es siempre el mismo.

II.

LA PARIDAD DEL PODER ADQUISITIVO Y LA LEY DEL PRECIO ÚNICO

La teoría de la paridad del poder adquisitivo tiene un parecido con la denominada ley del precio único. La ley del precio único establece que en los mercados competitivos, en los que no se consideran costes de transporte ni existen barreras oficiales al comercio, los productos idénticos vendidos en diferentes países deben tener el mismo precio, cuando éste venga expresado en términos de una misma moneda. Podemos definir la ley del precio único del modo siguiente: sea Pi UEM el precio en euros del bien "i" cuando se vende en uno de los países pertenecientes a la Unión Económica y Monetaria, y Pi EE.UU el precio en dólares cuando el bien "i" se vende en Estados Unidos. Pi

UEM

= Pi

EE.UU

/ E$/€

De forma equivalente, el tipo de cambio del euro respecto del dólar (definido como número de dólares a pagar por euro) es la relación entre el precio estadounidense y el precio en Europa del bien "i": E$/€ = Pi

EE.UU

/ Pi

UEM

La conclusión que ofrece la ley del precio único es similar a la que establece la teoría de la paridad del poder adquisitivo. Sin embargo, existe una diferencia importante entre ambas, la ley del precio único se refiere a productos individuales, mientras que la PPA considera el nivel general de precios de los países.

7894

III.

LA PPA ABSOLUTA Y LA PPA RELATIVA

La afirmación establecida en el Apartado I, según la cual el tipo de cambio es igual a los niveles de precios relativos se denomina habitualmente PPA absoluta: PUEM = PEE.UU / E$/€ Por su parte, la PPA relativa establece que la variación porcentual en el tipo de cambio entre dos monedas a lo largo de un período de tiempo, es igual a la diferencia entre las variaciones porcentuales en los niveles de precios nacionales, es decir, al diferencial de inflación. De un modo formal, la PPA relativa entre un país de la UEM y los Estados Unidos se puede expresar de la forma siguiente: ɩ

(E$/€, t - E$/€, t-1) / E$/€, t-1 = ɩEE.UU., t -

UEM, t

En la que ɩEE.UU., t representa la tasa de inflación de Estados Unidos en el período "t" y ɩUEM, t representa la tasa de inflación en la UEM. Por ejemplo, si el nivel de precios en Estados Unidos se incrementa un 5% en un año, y en la UEM aumenta tan sólo un 2%, la PPA relativa establece que el euro se apreciará un 3% frente al dólar. Esta apreciación del euro compensará el diferencial de inflación, dejando invariable el poder adquisitivo interno y externo de ambas monedas. Por tanto, mientras que la PPA en su versión absoluta relaciona niveles de precios y tipos de cambio, en su versión relativa relaciona variaciones porcentuales en los niveles de precios y de los tipos de cambio.

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P ARIDAD DE PODER DE COMPRA IV.

LA EVIDENCIA EMPÍRICA DE LA PPA

entre los precios de productos similares que son vendidos en países diferentes. Un caso extremo sucede cuando una misma empresa multinacional vende un producto a diferentes precios en diferentes países. La existencia de productos diferenciados y de mercados segmentados conduce a importantes distorsiones en la ley del precio único y en la teoría de la PPA.

Cuando se analiza en qué medida la teoría de la PPA explica el comportamiento de los tipos de cambio, se obtienen pobres resultados a la hora de explicar los hechos. En particular, las variaciones que experimentan los niveles de precios nacionales habitualmente nos dicen bastante poco acerca de las variaciones de los tipos de cambio. • Los negativos resultados empíricos de la PPA se deben a distintos problemas que se plantean en la construcción de la teoría de la PPA y de la ley del precio único. En concreto: •



La ley del precio único y, por extensión, la teoría de la paridad del poder adquisitivo, parten de los supuestos de que no existen costes de transporte ni restricciones al comercio exterior. Sin embargo, en contra de este supuesto en el mundo real existen costes de transporte y restricciones al comercio, siendo en algunos casos tan importantes que algunos bienes y servicios nunca puedan ser comerciados internacionalmente (son los denominados bienes no comerciables). Por tanto, si una parte importante de los bienes y servicios consumidos en un país no son comerciables internacionalmente, sus precios no van a estar relacionados a nivel internacional, por lo que se van a producir desviaciones sistemáticas en la PPA, ya que los precios de los bienes no comerciables van a estar determinados completamente por la oferta y demanda nacional. Otro de los supuestos en los que se basa la PPA es la existencia de mercados competitivos, cuando en la realidad abundan las prácticas monopolísticas y oligopolísticas, lo cual debilita aún más la relación que existe

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V.

Dado que la cesta de bienes utilizada en diferentes países para calcular la tasa de inflación se basa en distintas cestas de productos, no existe razón alguna para que las variaciones en el tipo de cambio compensen las diferencias en las mediciones oficiales de la inflación, incluso cuando no existen barreras al comercio y todos los productos son comerciables.

LA PPA A CORTO Y A LARGO PLAZO

Los distintos factores analizados en el apartado anterior permiten explicar los pobres resultados empíricos de la teoría de la PPA, de tal forma que incluso en el largo plazo, cuando no existen rigideces de precios, dado que ha existido tiempo suficiente para ajustarse a sus niveles de equilibrio, los niveles de precios nacionales no coincidirán. Sin embargo, el hecho de que a corto plazo muchos precios son rígidos y necesitan tiempo para ajustarse totalmente, va a hacer que las desviaciones de la PPA sean mayores a corto plazo que a largo plazo. JESÚS PAÚL GUTIÉRREZ

Véase también: "Bienes no comerciables" y "Tipo de cambio".

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P ARIDAD DE PRECIOS DE OPCIONES EUROPEAS LO ESENCIAL SOBRE PARIDAD DE PODER DE COMPRA Libros •

KRUGMAN, PAUL R. y M. OBSTFELD, Economía Internacional, Teoría y Política , Addison-Wesley Iberoamericana España, 7.ª edición, Madrid, 2006. PUGEL, THOMAS A., Economía Internacional , McGraw-Hill, Madrid, 2004.



carteras son iguales sus precios también han de serlo, puesto que en otro caso, se produciría arbitraje al tipo sin riesgo entre ambas, relación que expresa la llamada "put-call parity": C = S + P - X r-t IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Paridad entre precios de opciones de compra y de venta".

PARIDAD DE PRECIOS PARIDAD DEL PODER DE OPCIONES ADQUISITIVO EUROPEAS Véase: "Paridad de poder de compra".

European option price parity Esta igualdad tiene su origen en el efecto del arbitraje sobre dos carteras cuyos flujos en la fecha de ejercicio son iguales y consiguientemente para que su coste esté en paridad. Este se expresa así: C + X r-t = S + P

PARIDAD ENTRE PRECIOS DE OPCIONES DE COMPRA Y DE VENTA

Donde: Putcall parity C = Valor de una opción de compra sobre un determinado activo. P = Valor de una opción de venta sobre el mismo activo. X = Precio de ejercicio r = 1 + tipo de interés interbancario (tasa de interés sin riesgo). t = tiempo hasta el vencimiento de la opción expresado en partes de año.

Relación de igualdad establecida entre los precios de dos carteras de inversión diferentes, uno de cuyos componentes son opciones de compra y de venta, y cuyo resultado es la posibilidad de establecer el precio de una opción de compra conociendo el precio de una opción de venta o viceversa, ambas referidas al mismo activo subyacente, precio de ejercicio y fecha de vencimiento.

S = Cotización del activo subyacente al contado.

IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ

De la anterior igualdad y teniendo en cuenta que los flujos futuros de las dos

Véase también: "Opción" y "Paridad de precios de opciones europeas".

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P ARLAMENTO EUROPEO

PARLAMENTO EUROPEO

1. Grupos políticos -

Grupo del Partido Popular Europeo (demócrata-cristiano): sus siglas en ingles son EPP, cuenta con 265 eurodiputados y es el grupo parlamentario más numeroso.

-

Grupo de la Alianza Progresista (siglas S&D), agrupa a los socialistas y demócratas en el Parlamento Europeo y cuenta con 184 miembros.

-

El Grupo de la Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa (sus siglas son ALDE) está formado por 84 diputados.

-

Grupo de los Verdes y de la Alianza Libre Europea (sus siglas en inglés Greens/EFA) cuenta con 55 eurodiputados.

-

Conservadores y Reformistas Europeos (ECR) también está formado por 55 diputados.

-

El Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica (siglas en ingles GUE/ NGL) se compone de 35 miembros.

European Parliament I. CONCEPTO • II. FUNCIONAMIENTO 1. Grupos políticos 2. Escaños por país en la legislatura 2009-2014 3. Organización del trabajo 4. Presidente del Parlamento Europeo 5. Sedes • III. PODERES

I.

CONCEPTO

En sus orígenes, denominada como Asamblea Común en 1951, hasta la actualidad se ha ido convirtiendo progresivamente en un verdadero parlamento. El Parlamento Europeo es la única institución europea que es elegida en forma directa a través del voto por los ciudadanos de la Unión Europea para que represente sus intereses, sus miembros son elegidos mediante sufragio universal directo desde 1979. Las elecciones de los eurodiputados son cada cinco años y todos los ciudadanos de la Unión Europea tienen el derecho a votar y a presentar su candidatura independientemente del país europeo en el que vivan.

II.

FUNCIONAMIENTO

El Parlamento es el depositario de la voluntad de los más de 490 millones de ciudadanos de la Unión Europea, en los 736 miembros de los 27 países europeos. Los miembros del Parlamento Europeo no se organizan en función de su nacionalidad sino de la adscripción política de cada uno de ellos. Actualmente, existen siete grupos políticos europeos, que cubren todos los puntos de vista sobre la integración europea, desde los más integracionistas hasta los más euros escépticos.

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Europa de la Libertad y de la Democracia (EFD) está formado por 32 eurodiputados. También hay diputados que no quieren adscribirse a ninguno de los grupos políticos existentes y se los denomina no inscritos. En la actual legislatura hay 26 eurodiputados en estas condiciones.

2. Escaños por país en la legislatura 2009-2014 Este número puede variar una vez entre en vigor el Tratado de Lisboa: Alemania: 99 Austria: 17 Bélgica: 22

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P ARLAMENTO EUROPEO Bulgaria: 17

-

La preparación del pleno: se realiza por los diputados en las diversas comisiones parlamentarias especializadas, y además son discutidas por los grupos políticos.

-

Pleno: los del Parlamento Europeo se celebran normalmente en Estrasburgo en Bruselas. En estas sesiones, el Parlamento examina la legislación y vota las propuestas de enmiendas antes de llegar a una decisión sobre el texto global. Otros puntos del orden del día pueden incluir comunicaciones del Consejo o la Comisión o cuestiones sobre lo que ocurre en la Unión o en el mundo.

Chipre: 6 Dinamarca: 13 Eslovaquia: 13 Eslovenia: 7 España: 50 Estonia: 6 Finlandia: 13 Francia: 72 Grecia: 22

4. Presidente del Parlamento Europeo

Hungría: 22

El Presidente dirige las actividades del Parlamento, preside las sesiones plenarias y aprueba el presupuesto. Es el representante institucional del Parlamento hacia el exterior y en las relaciones con las otras Instituciones comunitarias. Actualmente desempeña ese cargo el polaco Jerzy Buzek.

Irlanda:12 Italia: 72 Letonia: 8 Lituania: 12 Luxemburgo: 6

5. Sedes

Reino Unido: 72

El Parlamento Europeo tiene tres lugares de trabajo: Bruselas (Bélgica), Luxemburgo y Estrasburgo (Francia).En Luxemburgo se encuentran las oficinas administrativas, es decir la Secretaría General. Las reuniones del Parlamento en pleno, tienen lugar en Estrasburgo, y en Bruselas. Las reuniones de las comisiones se celebran en Bruselas.

República Checa: 22

III.

Rumanía: 33

El Parlamento tiene tres funciones principales:

Malta: 5 Países Bajos: 25 Polonia: 50 Portugal: 22

Suecia: 18

3. Organización del trabajo El trabajo del Parlamento Europeo se divide en dos etapas principales:

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-

PODERES

Coautoridad legislativa: aprobar la legislación europea, conjuntamente con el Consejo en muchos ámbitos. El hecho de que el PE sea elegido directamente por los ciudadanos ayu-

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P ARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO da a garantizar la legitimidad democrática de la legislación europea. El procedimiento más común para aprobar la legislación de la UE es lo que se denomina como codecisión. Este procedimiento sitúa al Parlamento Europeo y al Consejo en un plano de igualdad, y se aplica a la legislación en una amplia gama de ámbitos. Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el procedimiento ordinario pasa a ser el de codecisión, por lo que el Parlamento Europeo refuerza significativamente su importancia en el triángulo institucional formado por el Consejo, la Comisión y el Parlamento Europeo. Esto ha sido una constante en los diversos procesos de reforma institucional en el que el Parlamento Europeo ha ampliado considerablemente sus competencias. -

Ejercer el control democrático de todas las instituciones de la UE, y en especial de la Comisión. Tiene potestad para aprobar o rechazar el nombramiento de los Comisarios, y derecho a censurar a la Comisión en su conjunto.

-

Autoridad presupuestaria: el Parlamento comparte con el Consejo la autoridad presupuestaria de la UE, y puede por tanto influir en el gasto de la UE. Al final del procedimiento presupuestario, el Parlamento adopta o rechaza el presupuesto en su totalidad. ALICIA SORROZA BLANCO

Véase también: "Tratado de Lisboa".

PARO Véase: "Desempleo" y "Macroeconomía".

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PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO Scientific technology park Un Parque Científico Tecnológico, es una organización gestionada por profesionales especializados con el objetivo fundamental de incrementar la riqueza de su región y de promover la cultura de la innovación. Así mismo, también tiene como finalidad fomentar la competitividad de las empresas y las instituciones generadoras de conocimiento instaladas o asociadas al parque. Es un lugar de alta calidad para la instalación de Pymes y grandes empresas, innovadoras y respetuosas con el medio ambiente dedicadas a la producción, los servicios avanzados, y la investigación y desarrollo (I + D). Los Parques Científico y Tecnológicos son generadores de riqueza por la alta producción de productos y servicios con alto valor agregado, a su vez es donde se congregan e intercomunican científicos y tecnólogos con la industria. También concentran actividades de alta tecnología fortaleciendo la innovación tecnológica, mediante la articulación de actividades entre centros de I+D y empresas nacionales y extranjeras, son generadores de exportaciones de bienes y servicios albergando zonas francas tecnológicas, que otorgan ventajas competitivas para el comercio exterior. Como gestores tecnológicos, promueven la inversión nacional y extranjera con gran poder para atraer a multinacionales para el establecimiento de centros de investigación, joint-venture o producción innovadora; poseen una infraestructura logística y de servicios de clase mundial, con comunicaciones, logística, entidades financieras, entidades de I+D, entidades de asesoría y consultoría y entidades de capacitación; también promueven el desarrollo del capital humano aumentando la de-

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P ARTES INTERESADAS manda de personal cualificado y por último estimulan la conservación del medio ambiente basados en un crecimiento sostenible. Un Parque Científico y Tecnológico es un lugar de alta calidad para la instalación de Pymes y grandes empresas, dedicadas a la producción, los servicios avanzados, y la investigación y desarrollo (I + D). Son un instrumento más dentro de un sistema nacional o regional de ciencia tecnología e innovación, potencialmente efectivo, dentro de una política industrial y tecnológica al servicio de ella. Están ubicados estratégicamente, próximos a infraestructuras de comunicaciones y a la universidad, y con una calidad de entorno medioambiental adecuada a las exigencias de las empresas tecnológicamente avanzadas que pretendan instalarse en su interior. Es evidente el impacto positivo de un Parque desde la perspectiva de la diversificación industrial, la creación de empleo directo cualificado, la concentración de I+D. Pero, es necesario conocer el impacto real en términos macro-económicos que éste puede tener sobre los diferentes sectores y la región donde se ubique. Los Parques Científicos y Tecnológicos, se caracterizan por ser un atractivo tecnológico para las organizaciones productivas y de educación, allí convergen los tres actores primordiales de un sistema de ciencia, tecnología e innovación: la Universidad, las Empresas y el Estado, conformando alianzas estratégicas con sus equipos de desarrollo en las distintas investigaciones que se pueden dar entre estos actores. En algunos casos estas alianzas son promovidas por el Estado en conjunto con la industria privada. SANTIAGO QUINTERO RAMÍREZ

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PARTES INTERESADAS Véase: "Grupos de interés (análisis)".

PARTICIPACIÓN Stake Las participaciones son los títulos que representan un porcentaje del patrimonio del fondo de inversión y que son adquiridos por los inversores o participes. Dependiendo del fondo de inversión de que se trate, se puede ser participe adquiriendo al menos una participación. Las participaciones no tienen valor nominal y podrán ser negociables. Dentro de un mismo fondo o compartimento, podrán emitirse diferentes clases de participaciones que se diferenciarán por las comisiones que les sean aplicables. Cada clase de participación recibirá una denominación específica, que irá precedida de la denominación del fondo o del compartimento. Las participaciones son emitidas y reembolsadas por la sociedad gestora a solicitud de cualquier partícipe y, por lo general, deben realizarse en efectivo. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) podrá suspender temporalmente la suscripción o reembolso de participaciones cuando no sea posible la determinación de su precio.

JOSÉ LUIS MATEU GORDON

Véase también: "Fondos de Inversión" e "Instituciones de inversión colectiva".

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P ARTICIPACIÓN DE LOS EMPLEADOS

PARTICIPACIÓN DE LOS EMPLEADOS

la propia tarea y un soporte de cultura organizativa que favorezca este deseo de aportar soluciones para mejorar el desempeño de las tareas que se conocen.

Employee participation

El desarrollo del concepto de participación de los empleados en los últimos años se decanta más por la línea del empowerment que de la democracia industrial.

I. CONCEPTO Y NATURALEZA • II. REQUISITOS Y OBJETIVOS DE LA PARTICIPACIÓN • III. PROGRAMAS DE PARTICIPACIÓN

I.

CONCEPTO Y NATURALEZA

Una de las definiciones más comunes del término participación, la plantea como la intervención de los empleados en gran parte de los procesos organizativos de toma de decisiones. Hay ocasiones en las que se limita a aquellos procesos en los que los empleados deciden sobre las tareas que desarrollan o las decisiones que les afectan individualmente (Herrera, 2001). Y hay otros trabajos que la plantean como la influencia de los empleados (asociados y mediante representantes) en los procesos de decisión sobre condiciones de empleo que les afecten, habitualmente a través de procesos de negociación colectiva. Esta última interpretación se desarrolla en paralelo al término Democracia Industrial, popularizado a finales de los setenta a partir de la significativa influencia de los sindicatos en los procesos de decisión de las principales industrias (aunque nació en los años 40 en la antigua Alemania Occidental). La democracia industrial se refiere a la participación de los empleados, o sus representantes, en los procesos de decisión que antes estaban reservados solo a los cuadros directivos (Marchington, 1995). La otra interpretación del término participación sirve de base para otro término muy relacionado que es el de empowerment. Este incluiría los procesos de intervención de los empleados en las decisiones sobre diseño y desempeño de

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II.

REQUISITOS Y OBJETIVOS DE LA PARTICIPACIÓN

Para el adecuado desarrollo de modelos basados en la participación y el empowerment se establecen 3 prerrequisitos individuales (Nelson y Quick, 2003): •

Capacidad del empleado para comprometerse en las actividades participativas.



Motivación para actuar autónomamente.



Capacidad para percibir el efecto positivo de la participación en el propio bienestar e interés.

Por ello, a nivel organizativo tendremos otros requisitos, como son: •

Creación de una cultura organizativa que soporte estos valores y capacidades individuales.



Diseño organizativo que favorezca los procesos de toma de decisión participativos y la implantación de las propuestas eficientes.

Para la organización, los objetivos de la participación son (Armstrong, 2001): •

Crear compromiso de todos los empleados con el éxito de la organización.



Que la organización resuelva mejor sus necesidades y se adapte mejor a los cambios requeridos por el entor-

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P ARTICIPACIÓN HIPOTECARIA no, gracias a las aportaciones del mayor número posible de puntos de vista y de observación. •

Ayudar a la mejora de la eficiencia y de la productividad de la organización.



Mejorar la satisfacción de los empleados.



Permitir a los empleados que influyan en los asuntos que les interesan y que afectan al día a día de su trabajo.

III.



La participación financiera. Cuyo grado mayor se da en las empresas de la Economía Social, donde la participación en el capital de la organización (cooperativas,...) da un mayor grado de autoridad a los empleados que participan de pleno derecho en los órganos de gobierno al máximo nivel.

JUSTO HERRERA GÓMEZ

PROGRAMAS DE PARTICIPACIÓN

LO ESENCIAL SOBRE PARTICIPACIÓN DE LOS EMPLEADOS

Marchington (1995) establece cinco posibles formas de participación del empleado en la organización:

Libros



La comunicación descendente. Modalidad de menor grado de implicación con la cultura de participación, pues se limita a que el directivo informa a los empleados de las decisiones tomadas y trata de venderles la idea para que la acepten y se impliquen con ella.



La solución de problemas ascendente. Cuyo objetivo será la obtención de ideas de los empleados que ayuden a resolver problemas organizativos. Los programas de sugerencias, los círculos de calidad, los comités de mejora,... son mecanismos de esta forma de participación.







El trabajo participativo. Incluyendo el rediseño de las tareas con la participación de los empleados, el trabajo en equipo,...



La participación de los empleados o de sus representantes en los comités de dirección de la organización. Interviniendo en las decisiones estratégicas y aumentando el grado de compromiso de ambas partes en el proyecto conjunto.

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ARMSTRONG, M.: A Handbook of Human Resource Management practice. Kogan Page. London, 2001. Eighth edition. HERRERA, J. (2001): Dirección de recursos humanos. Un enfoque de Administración de empresas. ACDE ediciones. Valencia. MARCHINGTON, M. (1995): "Fairy tales and magic wands: new employment practices in perspective". Employee Relations . Spring. Pp. 51-66. NELSON, D. L. y QUICK, J. C. : Organizational Behavior: Foundations, Realities, and Challenges . South-Western Thomson. Ohio, 2003. Fourth Edition.

PARTICIPACIÓN HIPOTECARIA Véase: "Títulos hipotecarios".

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P ARTICIPACIONES PREFERENTES -

PARTICIPACIÓN SILENCIOSA

Por esta cesión de riesgo cobra una comisión de riesgo la sociedad a la que se ha transmitido. GUILLERMO BARRAL VARELA

Silent stake Véase también: "Préstamo sindicado".

Riesgo que mantiene una determinada entidad financiera en una operación, normalmente sindicada, al haberle sido transmitido el riesgo derivado de impago de una participación en dicha operación por otra entidad. En una operación como un préstamo sindicado, existen numerosas entidades financieras que actúan como prestamistas en función de un porcentaje sobre el total importe del préstamo a otorgar. En ocasiones, alguna de estas entidades que participan, cede su participación a otra entidad, pero lo hace de modo silencioso. Ello quiere decir: •



Que ante el prestatario y los demás prestamistas, la sociedad transmitente continúa en la operación; por ello, en caso de precisarse más dinero se le solicitará a ésta y, por ejemplo, cuando el prestatario devuelva intereses y capital es a la transmitente a la que se le entregará la cantidad que corresponda en función de su porcentaje de participación. Que en virtud del contrato que se firma entre la entidad financiera transmitente y la cesionaria, relación que no afecta a los demás participantes que además en la mayor parte de los casos lo desconocen, a la cesionaria se le transmite exclusivamente el riesgo derivado de impagos: -

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Si el prestatario no paga, la cesionaria deberá pagar a la transmitente.

PARTICIPACIONES PREFERENTES Preference shares I. CONCEPTO • II. CARACTERÍSTICAS

I.

CONCEPTO

Se denomina Participaciones Preferentes a aquellos títulos emitidos a perpetuidad por una sociedad con una rentabilidad generalmente variable y no garantizada y que no confieren a su poseedor ni participación en el capital, ni derecho a voto, ni derecho de suscripción preferente. En la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, introduce en su Disposición Adicional Tercera un régimen legal y fiscal especial para la emisión de participaciones preferentes y otros instrumentos de deuda. En el mercado español, si estas participaciones son emitidas por una entidad de crédito, aún no teniendo vencimiento (emisión a perpetuidad) pueden ser amortizadas a partir de los cinco años a decisión de la entidad emisora, con la autorización previa del Banco de España. Estas emisiones por parte de entidades de crédito, buscan mejorar los coeficientes de cobertura de recursos propios.

7903

P ARTICIPACIONES RECÍPROCAS Cuando las Participaciones Preferentes son emitidas por una sociedad extranjera, se denominan Acciones Preferentes.

II.

En caso de liquidación de la sociedad emisora se sitúan, en orden de preferencia, por detrás de todos los acreedores (tanto comunes como subordinados) y por delante de las acciones ordinarias.

-

Son similares a la deuda subordinada (por la preferencia en caso de liquidación), pero forman parte del capital de la sociedad (renta variable), aunque los derechos de preferencia se refieren a la liquidación y al pago de la remuneración y no a los derechos políticos.

CARACTERÍSTICAS

-

Las Participaciones Preferentes no cotizan en Bolsa, aunque se negocian en un mercado organizado (AIAF-Asociación de Intermediarios de Activos financieros).

-

Pueden contar con un contrato de liquidez, aunque su liquidez es, en general, limitada, lo cual dificulta recuperar la inversión.

-

Son una inversión compleja y con un riesgo inherente muy elevado, ya que puede generar tanto ganancias como pérdidas.

-

Pueden sufrir pérdidas de valor en función del mercado, del emisor y de los mercados financieros. En concreto, el valor de reembolso puede ser menor que el valor de emisión, como consecuencia de los elementos anteriores.

-

El rendimiento de las Participaciones Preferentes suele ser fijo durante el primer período, mientras que en el resto de períodos suele ser variable.

-

El rendimiento a percibir por el inversor está condicionado a que la sociedad emisora obtenga beneficios distribuibles. Si la entidad no tuviera beneficios distribuibles, el tenedor de la Participación Preferente no cobraría la remuneración de ese período.

-

-

Las Participaciones Preferentes llevan aparejadas comisiones en la compra y en la venta para la entidad emisora, comisiones para el intermediario financiero y gastos de administración y custodia.

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F. JAVIER DEL ARCO JUAN Véase también: "Acción privilegiada" y "Deuda subordinada".

PARTICIPACIONES RECÍPROCAS Crossholdings Las sociedades anónimas pueden tomar participaciones unas en otras, es decir una sociedad puede comprar un porcentaje de otra sin otra limitación que la posible cotización bursátil de esta última, en cuyo caso, habría que formular una oferta pública de adquisición de acciones (OPA), si se desea tomar más del 30% del capital de la misma. Dejando aparte el tema bursátil, mientras que una sociedad tome una participación en otra, no habrá ninguna limitación legal, pero si la segunda sociedad a su vez toma una participación en la primera, estaremos ante la existencia de lo que se denominan participaciones recíprocas. El hecho de que dos sociedades crucen paquetes de capital puede llevar a situaciones en las que es difícil conocer

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P ARTICIPACIONES SIGNIFICATIVAS realmente quién es el verdadero propietario de los negocios de estas empresas. Por ello, la ley de Sociedades Anónimas, prohíbe que se puedan tomar participaciones recíprocas entre empresas que superen el 10% del capital de ambas, es decir, que si una empresa toma el 15% del capital de otra, y esta última toma el 12% del capital de la primera, estaríamos en el supuesto prohibido por la ley. Estas participaciones pueden ser voluntarias o sobrevenidas, según que se haya tomado la posición por una decisión del órgano de gestión de la sociedad, o que no haya habido intención de tomar la posición por parte de la empresa, caso por ejemplo de una adjudicación judicial de un patrimonio embargado en garantía de un préstamo. En el primer caso, se le da el plazo de un año a la sociedad para reducir el porcentaje de participación hasta el 10%; en el segundo caso, el plazo será de tres años. Cuando se detecte la existencia de una participación recíproca que no fuera conocida de antemano, la empresa que notifique primero a la otra este hecho, quedará exenta de reducir su participación, teniendo que ser la que recibe la notificación la que reduzca su participación hasta el 10% citado. Además, queda obligada a constituir una reserva en su balance que sea equivalente al importe de la participación que exceda del 10% del capital, hasta que proceda a la venta de dichas acciones. Si no se enajenan las acciones en exceso, se suspenderá el ejercicio de los derechos inherentes a las acciones de la sociedad que ha incumplido, y se procederá a la venta judicial de las participaciones excedentes. El concepto de participación recíproca se extiende a lo que se denominan participaciones circulares, en las que una empresa posee capital en otra, ésta a su

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vez en una tercera, y así sucesivamente, hasta que la última, por ejemplo, posee una participación en la primera. El efecto y las limitaciones son las mismas para este último caso. El objetivo último es evitar que se falsee la situación patrimonial del conjunto de sociedades que han organizado esta red cruzada de participaciones. Por supuesto, las participaciones recíprocas iguales o inferiores al 10% del capital están permitidas. De ahí que, por ejemplo, se conocen casos de intercambio del capital en empresas como Telefónica con BBVA o con una de las principales operadoras chinas. Ahora bien, estos intercambios oscilan entre el 1% y el 3% del capital, a fin de cumplir con la legislación vigente. En el caso en que la participación cruzada se realice entre la sociedad matriz y una de sus filiales, no se considerará participación recíproca, sino una posición de autocartera, quedando sujeta a las limitaciones legales de la misma (5% máximo global para sociedades cotizadas y 10% para sociedades no cotizadas). MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones".

PARTICIPACIONES SIGNIFICATIVAS Significant stakes I. CONCEPTO • II. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

El 30 de junio de 2009 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 5/2009, de 29 de junio, por la que se modifican la Ley 24/1988, de 28 de julio, del mercado de valores, la Ley 26/1988, de

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P ARTICIPACIONES SIGNIFICATIVAS 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito y el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, para la reforma del régimen de participaciones significativas en empresas de servicios de inversión, en entidades de crédito y en entidades aseguradoras Supone una transposición de la Directiva 2007/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de septiembre, que perseguía la clarificación de los criterios y procedimientos conforme a los cuales se evalúa la idoneidad de los adquirentes potenciales de participaciones significativas en entidades supervisadas. La Directiva exigía un Diseño de un procedimiento de evaluación más preciso y con plazos más ajustados., el establecimiento de los criterios que deben servir de base al análisis de las adquisiciones propuestas, y el esfuerzo de la colaboración entre los supervisores de la entidad adquirida y la adquirente. La Ley consta de tres artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y nueve disposiciones finales.

I.

CONCEPTO

Lo primero que se debe estudiar es el concepto de participación significativa. Siguiendo el enfoque tradicional, se distinguen dos criterios en el concepto de participación significativa: un criterio cualitativo, referido a la posibilidad de ejercer una influencia notable sobre la entidad adquirida, y otro cuantitativo, consistente en la adquisición, directa o indirecta, de un determinado porcentaje sobre el capital social o los derechos de voto de la entidad adquirida. Para homogenizar este concepto se establece por la Ley 5/2009 que la participación significativa surgirá al alcanzar al menos el 10% del capital social o de los derechos de voto de la entidad adquirida. Anteriormente la normativa fijaba el umbral en el

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5%, salvo en el caso de las entidades aseguradoras y reaseguradoras en los que ya se preveía el umbral del 10%. No obstante, la adquisición de un porcentaje igual o superior al 5% del capital o los derechos de voto dará lugar a la obligación de notificación inmediata al supervisor correspondiente de la adquisición, aunque no será preciso realizar ningún trámite de manera previa. Como excepción, no se tendrán en cuenta en el cómputo de los derechos de voto o de capital aquellos que resulten del aseguramiento de una emisión o de una colocación de instrumentos financieros ni de la colocación de instrumentos financieros basada en un compromiso firme, siempre que estos derechos no se vayan a utilizar para intervenir en el Consejo de Administración del emisor y sean cedidos en el plazo de una año desde su adquisición. Por último, se simplifican los umbrales superiores a la participación significativa del 10% cuya adquisición requerirá la no oposición por parte del supervisor correspondiente, al limitarse éstos a la adquisición del 20, 30 o 50% de los derechos de voto o del capital social (frente a los 10, 15, 20, 25, 33, 40, 55, 66 y 75% anteriores) o a aquellos casos en los que la adquisición pretendida suponga el ejercicio del control en la entidad supervisada objeto de la transacción.

II.

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

La Ley 5/2009 prevé unos criterios homogéneos, que deberán ser desarrollados reglamentariamente, que deberán ser observados según corresponda por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el Banco de España y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGS) en el procedimiento de evaluación de idoneidad del adquirente propuesto y de la solidez financiera de la adquisición propuesta. Se requiere, ade-

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P ARTICIPACIONES SIGNIFICATIVAS más que el supervisor correspondiente solicite al Servicio Ejecutivo de la Comisión para la Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias la emisión de un informe en el que se determine si la adquisición propuesta está vinculada con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo y si con la citada adquisición puede aumentar el riesgo de que se efectúen tales operaciones. Se prevé expresamente que el supervisor no podrá tener en cuenta las necesidades económicas del mercado al realizar la evaluación ni se podrán imponer condiciones previas a la cuantía de la participación que se pretenda adquirir. El procedimiento de evaluación se simplifica, fundamentalmente, mediante una mayor concreción de los plazos en los cuales debe ser resuelto el expediente. Por ello se prevé un plazo máximo de 60 días hábiles desde el acuse de recibo por el supervisor de la documentación necesaria para la resolución del expediente, tras los cuales, si no hay una resolución expresa por parte del supervisor correspondiente, se entenderá autorizada la operación propuesta. Se regula también el plazo para la solicitud por parte del supervisor de información adicional, lo que podrá dar lugar a la interrupción del cómputo de los 60 días, por una única vez durante el procedimiento, y siempre dentro de los cincuenta primeros días hábiles tras la recepción de la documentación. El plazo máximo de interrupción será de 20 días, prorrogable a 30 días en aquellos supuestos que reglamentariamente se determinen. Por ultimo se contempla la posibilidad de que el supervisor, de oficio o a petición del adquirente potencial, pueda hacer públicos los motivos de la resolución adoptada. Aunque en la práctica se venía consultando a los supervisores de todas las

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personas o entidades involucradas en la adquisición de participaciones significativas, la Ley 5/2009 refuerza la cooperación entre los supervisores de las entidades involucradas en el proceso de adquisición, tanto desde un punto de vista de los supervisores nacionales, como desde un punto de vista de los supervisores de los Estados Miembros de la UE. Así, en aquellos casos en los que el adquirente propuesto sea una entidad de crédito, empresa de servicios de inversión o entidad de seguros o aseguradora, deberá consultarse al supervisor correspondiente de dicha entidad, de su sociedad matriz o de la persona física o jurídica que ejerza su control. Se aprovecha la ley para modificar la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, concretamente el artículo 28 de esta Ley, sobre vínculos estrechos y régimen de participaciones significativas, introduciendo un nuevo apartado relativo a la posibilidad de oposición de la DGS a la adquisición de una participación significativa, de un incremento en la misma que supere los límites del 20, 30 o 50% o de una participación en virtud de la cual se pudiera llegar a controlar la sociedad de correduría de seguros. Se añade un nuevo artículo 28 bis a la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, estableciéndose la posibilidad de que, cuando por circunstancias excepcionales no fuera posible la valoración o venta a su valor razonable de los instrumentos financieros en los que hubiera invertido una institución de inversión colectiva y de esta circunstancia se puedan derivar perjuicios graves para los intereses de los partícipes o accionistas de la misma, se podrán transferir los activos afectados por estas circunstancias a otra institución de inversión colectiva o compartimento de nueva creación (conocidos en la prác-

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P ARTICIPACIONES SOCIALES tica como "side pockets") y de la misma forma jurídica que la institución de inversión colectiva original. Por último se añade también un nuevo apartado 3 al artículo 293 de la Ley de Sociedades Anónimas (ya modificado, por la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles), en el cual se recoge la posibilidad de que, en el caso de sociedades cotizadas, si la Junta acuerda delegar en el Consejo de Administración la facultad de acordar la emisión de obligaciones convertibles, se podrá atribuir también al Consejo la posibilidad de excluir el derecho de suscripción preferente en relación a la emisión de obligaciones convertibles que sean objeto de delegación cuando el interés de la sociedad así lo exija. ENRIQUE LÓPEZ LÓPEZ

PARTICIPACIONES SOCIALES Equity participations I. CONCEPTO • II. TRANSMISIÓN DE LAS PARTICIPACIONES SOCIALES 1. Por actos inter vivos 2. Transmisión mortis causa • III. PARTICIPACIONES SOCIALES Y DERECHOS REALES • IV. ADQUISICIÓN DE PARTICIPACIONES SOCIALES PROPIAS • V. LA SOCIEDAD NUEVA EMPRESA

I.

CONCEPTO

Define Uría la participación social como una de las partes en que se divide el capital social, siendo tres las características predicables de las mismas, la igualdad, la acumulabilidad y la indivisibilidad. Por tanto, la participación o las participaciones sociales pueden definirse como cada una de las partes en que se divi-

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de el capital social de la sociedad de responsabilidad limitada, y que corresponde a una persona que adquiere por tal titularidad la condición de socio. La Ley ha dividido por tanto el capital social de la sociedad de responsabilidad limitada en participaciones, las cuales son iguales, acumulables e indivisibles. La participación social además, como dice Sánchez Calero, es un conjunto de derechos y deberes que se otorga al socio y como tal, se objetiviza, pero sin que pueda llegar a incorporarse a un título negociable. Por tanto, si una persona es propietaria de una participación social adquiere la condición de socio, pudiendo ser propietario de varias participaciones. Pero la participación es también indivisible, de forma tal que si varias personas son propietarias de una participación social, serán copropietarios y formarán una comunidad titular de la participación. En este supuesto, es decir, para el caso de copropiedad sobre una o varias participaciones sociales, los copropietarios habrán de designar una sola persona para el ejercicio de los derechos de socio, y responderán solidariamente frente a la sociedad de cuantas obligaciones se deriven de esta condición. Añadir además que la sociedad sólo reputará accionista a quien se halle inscrito en el libro registro de las acciones nominativas, siendo de señalar que frente a la sociedad el titular de las acciones es aquel que se encuentra registrado como tal, con independencia de que esa titularidad formal-social pueda no corresponderse con una titularidad material mas esto último no resulta oponible a la sociedad estableciendo además el artículo 49 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada que establece que sólo los socios tiene derecho a asistir a la Junta General, si bien estos pueden hacerse representar por medio de otro socio, su cónyuge, ascendientes, descendientes o persona

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P ARTICIPACIONES SOCIALES que ostente poder general conferido en documento público con facultades para administrar todo su patrimonio existente en Territorio Nacional.

II.

TRANSMISIÓN DE LAS PARTICIPACIONES SOCIALES

Las participaciones sociales pueden ser objeto de transmisión, y la transmisión puede tener lugar bien por actos inter vivos o mortis causa.

1. Por actos inter vivos Por lo que se refiere a la transmisión de las participaciones sociales por actos inter vivos, la ley establece un régimen de limitación para la transmisión de participaciones sociales a personas ajenas a la sociedad (salvo que en los estatutos se haya previsto otra cosa), permitiendo por el contrario la libre transmisión cuando la misma tenga lugar entre socios o se realice a favor del cónyuge, ascendiente o descendiente de un socio, o se haga en favor de sociedades que pertenezcan al mismo grupo. Por tanto, salvo que otra cosa dispongan los estatutos, cuando las participaciones quieran enajenarse a alguna persona distinta de las antes indicadas, deberá estarse a lo que los estatutos establezcan, y si nada a este respecto establecen, deberán observar lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. Este artículo fija las siguientes reglas: •

En primer lugar, el socio que se proponga transmitir su participación o participaciones deberá comunicarlo por escrito a los administradores, haciendo constar el número y características de las participaciones que pretende transmitir, la identidad del adquirente y el precio y demás condiciones de la transmisión.

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En segundo lugar, comunicado el deseo de transmisión, tal transmisión deberá ser consentida por la sociedad. Dicho consentimiento se expresará mediante acuerdo de la Junta General, previa inclusión del asunto en el orden del día, adoptado por la mayoría ordinaria establecida por la ley.

Se establece además un derecho de adquisición preferente a favor de los socios, pues se indica que la sociedad sólo podrá denegar el consentimiento si comunica al transmitente, por conducto notarial (salvo que el socio que desee transmitir sus participaciones sociales hubiera concurrido en la Junta tomando cocimiento por tanto del acuerdo en la propia sesión de la Junta) la identidad de uno o varios socios o terceros que adquieran la totalidad de las participaciones. Los socios concurrentes a la Junta General tendrán preferencia para la adquisición. Si son varios los socios concurrentes interesados en adquirir, se distribuirán las participaciones entre todos ellos a prorrata de su participación en el capital social. Si ningún socio de la sociedad estuviere interesado en la adquisición de las participaciones que se quieren transmitir, entonces la Junta General puede acordar que sea la propia sociedad la que adquiera las participaciones. En cuanto al precio, el mismo artículo establece que el precio de las participaciones, la forma de pago y las demás condiciones de la operación, serán las convenidas y comunicadas a la sociedad por el socio transmitente. Si el pago de la totalidad o de parte del precio estuviera aplazado en el proyecto de transmisión, para la adquisición de las participaciones será requisito previo que una entidad de crédito garantice el pago del precio aplazado. En los casos en que la transmisión proyectada fuera a título oneroso distinto de la compraventa o a título gratuito, el precio de adquisición será el fijado de

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P ARTICIPACIONES SOCIALES común acuerdo por las partes y, en su defecto, el valor razonable de las participaciones el día en que se hubiera comunicado a la sociedad el propósito de transmitir. Se entenderá por valor razonable el que determine un auditor de cuentas, distinto al auditor de la sociedad, designado a tal efecto por los administradores de ésta. En los casos de aportación a sociedad anónima o comanditaria por acciones, se entenderá por valor real de las participaciones el que resulte del informe elaborado por el experto independiente nombrado por el Registrador mercantil. La transmisión de la participación se hace en documento público, y el mismo ha de ser otorgado en el plazo de un mes a contar desde la comunicación por la sociedad de la identidad del adquirente o adquirentes, para el caso de que algún socio haya ejercitado el derecho de adquisición preferente. Si finalmente, ningún socio ni la sociedad decide la adquisición de las participaciones sociales, el socio podrá transmitir las participaciones en las condiciones comunicadas a la sociedad, transcurridos tres meses desde que hubiera puesto en conocimiento de ésta su propósito de transmitir sin que la sociedad le hubiera comunicado la identidad del adquirente o adquirentes. La transmisión de las participaciones sociales en todo caso ha de constar en documento publico, y el nuevo socio o adquirente solo podrá ejercer los derechos que como socio le correspondan desde el momento en que la sociedad limitada tenga conocimiento de la transmisión de las participaciones. Las transmisiones que de las participaciones sociales se hagan no figuran en el Registro Mercantil, pero sí han de figurar en un libro que lleva la sociedad, que es el Libro Registro de Socios. Al respecto ha de destacarse una resolución de la Dirección General de los Registros y del Nota-

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riado sobre el acceso de un mandamiento de embargo en el Registro Mercantil. La Dirección General de los Registros y del Notariado, en resolución de fecha 11 de octubre de 1999 indicó que: "Nuestro Registro Mercantil, regido por el criterio del "numerus clausus" en cuanto a la materia susceptible de inscripción (artículos 16 y 22 del Código de Comercio, y 94 y 175 del Reglamento del Registro Mercantil), no tiene por objeto respecto de las sociedades de responsabilidad limitada, la constatación y protección sustantiva del tráfico jurídico sobre las participaciones en que se divide el capital social de aquéllas, sino la de la estructura y régimen de funcionamiento de tales entidades. Tras la reforma operada por la Ley 19/1989, de 25 de julio, y salvo en el momento inicial de la constitución de la sociedad de responsabilidad limitada y en caso de unipersonalidad sobrevenida o de cambio de socio único -confróntense artículos 175.1.1.o y 203.2 del Reglamento del Registro Mercantil-, la titularidad de las participaciones sociales fluye al margen del Registro Mercantil, de suerte que no sólo no será posible la constatación tabular de la prohibición judicial de disponer de que se trata, sino que, además, tal consignación carecería de sentido al no añadir protección adicional a la prohibición; las participaciones sociales tienen un régimen de legitimación y una Ley de circulación que opera al margen del Registro Mercantil, y a ello deberá adaptarse la prohibición para que pueda ser plenamente eficaz, sin que pueda pretenderse que, por el solo reflejo tabular, queden alteradas las reglas sobre su tráfico o las de legitimación para el ejercicio de los derechos sociales (en el mismo sentido las Resoluciones de 27 y 28 de diciembre de 1990)." Dicho lo anterior, concretar que en tal libro registro de socios, debe hacerse

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P ARTICIPACIONES SOCIALES constar quienes son los socios, es decir, quienes son titulares de participaciones sociales, tanto en el momento de constitución de la sociedad de responsabilidad limitada como en los momentos posteriores. Quiere ello decir que se ha de hacer constar quienes suscriben las participaciones desde la constitución de la sociedad, y deben hacerse constar las sucesivas transmisiones, sean tales transmisiones voluntarias o forzosas, debiendo hacerse constar, en todo caso, la identidad completa del titular de la participación social como su domicilio. Pero la transmisión de participaciones sociales inter vivos puede tener lugar igualmente no solo de forma voluntaria, sino también por virtud de procedimientos de apremio. Las participaciones sociales pueden ser objeto de embargo en cualquier procedimiento de apremio, sea este procedimiento judicial o procedimiento administrativo. Y el embargo deberá ser notificado por el Juzgado o por la autoridad administrativa que haya acordado el embargo, identificando quien es el acreedor en cuyo favor se ha constituido el embargo, debiendo la sociedad anotar dicho embargo en el Libro Registro de Socios y comunicarlo a los restantes socios. En estos supuestos de enajenación forzosa, se establece igualmente a favor de los socios un derecho de adquisición preferente, ya que una vez que la subasta o enajenación forzosa tiene lugar, el remate no se aprueba inmediatamente, sino que queda en suspenso la aprobación del remate y la adjudicación de las participaciones sociales embargadas, y la Autoridad Judicial o Administrativa correspondiente comunicará a la sociedad el resultado de la subasta. Una vez que la sociedad tenga conocimiento del resultado de dicha subasta, los socios o incluso la sociedad si así lo prevén los Estatutos sociales, pueden en el plazo de un mes

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subrogarse en la posición del rematante (o del precio de adjudicación al acreedor) aceptando todas las condiciones de la subasta y consignando el precio del remate más todos los gastos que se hubieran ocasionado. Si en la adquisición de las participaciones sociales que hayan sido objeto de embargo y subasta existe más de un socio interesado, ejercitando la subrogación todos ellos, las participaciones se distribuyen entre ellos de forma proporcional al número de participaciones sociales de que sean titulares.

2. Transmisión mortis causa También cabe la transmisión de las participaciones sociales mortis causa, es decir, por fallecimiento de su titular pasando a sus herederos o legatarios. De esta forma, el sucesor del causante adquiere la condición de socio de la sociedad de responsabilidad limitada. No obstante, se establece en el artículo 32 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada que los estatutos podrán establecer a favor de los socios sobrevivientes, y, en su defecto, a favor de la sociedad, un derecho de adquisición de las participaciones del socio fallecido, apreciadas en el valor razonable que tuvieren el día del fallecimiento del socio, cuyo precio se pagará al contado. La valoración se regirá por lo dispuesto en el artículo 100 y el derecho de adquisición habrá de ejercitarse en el plazo máximo de tres meses a contar desde la comunicación a la sociedad de la adquisición hereditaria. En relación a esto debe destacarse que se han planteado dudas en relación al dies a quo, habiendo indicado la pequeña jurisprudencia (así sentencia Audiencia Provincial de Zaragoza de 17 de mayo de 2005) que: "la mejor doctrina señala que hubiese sido preferible que aquella comunicación hubiese quedado prevista en relación con la apertura de la sucesión y no con la adquisición hereditaria, pero lo que ambos precep-

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P ARTICIPACIONES SOCIALES tos, legal y estatutario, disponen es que el plazo se contará desde la comunicación de la segunda. Ello supondrá que esta funcionará como una carga para los causahabientes, que habrán de hacerla si quieren que comience el computo, pero el supuesto conocimiento de las circunstancias de la sucesión por el Sr. J.C. no consiente que se declare caducado el derecho de adquisición preferente, cosa que es evidente no cabe cuando la Ley y los Estatutos dicen lo que dicen y no es firme la resolución recaída sobre la liquidación de la sociedad conyugal y la partición de los bienes de la herencia. Lo que, si es necesario decirlo, no contradice ni queda contradicho por la interpretación que a favor de su postura se ha hecho en el caso del recurso de la contraparte".

III.

PARTICIPACIONES SOCIALES Y DERECHOS REALES

Las participaciones sociales, además de ser susceptibles de ser transmitidas, pueden ser objeto de constitución de un derecho real. Así, es posible el usufructo de participaciones sociales. En caso de usufructo, quien continúa ostentando la condición de socio es el propietario, el nudo propietario o titular de la participación social, si bien quien tiene derecho a percibir los dividendos que puedan repartirse (durante la vida del usufructo) corresponden al usufructuario de la participación social. Ahora bien, este es el único derecho que corresponde al usufructuario de la participación social, ya que todos los demás derechos los conserva y son ejercitados por el nudo propietario de la participación. En cuanto a relaciones entre el usufructuario y el nudo propietario, las mismas se regirán por los pactos que entre ellos se hubieran dado, aplicándose con

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carácter subsidiario la normativa del Código Civil en materia de usufructo. Salvo que otra cosa hubieran convenido usufructuario y nudo propietario, finalizado el usufructo, el usufructuario podrá exigir del nudo propietario el incremento de valor experimentado por las participaciones usufructuadas que corresponda a los beneficios propios de la explotación de la sociedad integrados durante el usufructo en las reservas expresas que figuren en el balance de la sociedad, cualquiera que sea la naturaleza o denominación de las mismas. En caso de disolución de la sociedad de responsabilidad limitada durante la vida del usufructo, el usufructuario podrá exigir del nudo propietario una parte de la cuota de liquidación equivalente al incremento de valor de las acciones usufructuadas previsto en el apartado anterior. El usufructo se extenderá al resto de la cuota de liquidación. Para el supuesto de que usufructuario y nudo propietario no llegaran a un acuerdo sobre el importe a abonar en los supuestos previstos, éste será fijado, a petición de cualquiera de ellas y a costa de ambas, por un auditor de cuentas, distinto al auditor de la sociedad, que designe a tal efecto el Registro Mercantil. Por otro lado, en los supuestos de aumento del capital de la sociedad, si el nudo propietario no hubiere ejercitado o enajenado el derecho de suscripción preferente diez días antes de la extinción del plazo fijado para su ejercicio estará legitimado el usufructuario para proceder a la venta de los derechos o a la suscripción de las acciones. Si durante el usufructo se aumentase el capital con cargo a los beneficios o reservas constituidas durante el mismo, las nuevas acciones corresponderán al nudo propietario, pero se extenderá a ellas el usufructo. Si se enajenaren los derechos de suscripción, bien por el nudo propietario, bien por el

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P ARTICIPACIONES SOCIALES usufructuario, el usufructo se extenderá al importe obtenido por la enajenación. En caso de suscripción de nuevas participaciones, con independencia de que la suscripción sea realizada por el usufructuario o por el nudo propietario, el usufructo se extenderá a las participaciones cuyo desembolso hubiera podido realizarse con el valor total de los derechos utilizados en la suscripción. Ese valor se calculará, para los derechos que coticen en Bolsa, por el precio medio de cotización durante el período de suscripción, y por su valor teórico en los restantes casos. El resto de las participaciones sociales suscritas pertenecerán en plena propiedad a aquél que hubiera desembolsado su importe. Finalmente debe indicarse que también es posible la constitución de prenda de participaciones sociales. Establece el artículo 37 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada que: "salvo disposición contraria de los estatutos, en caso de prenda de participaciones corresponderá al propietario de éstas el ejercicio de los derechos de socio. En caso de ejecución de la prenda, se aplicarán las reglas previstas para el caso de transmisión forzosa por el artículo 31 de esta ley."

IV.

ADQUISICIÓN DE PARTICIPACIONES SOCIALES PROPIAS

Por otro lado, la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada prohíbe a la sociedad limitada la adquisición de sus propias participaciones, e igualmente la adquisición de participaciones sociales de su sociedad limitada dominante y de las acciones de su sociedad anónima dominante. La consecuencia jurídica de la infracción de esta prohibición se traduce en la nulidad de pleno derecho de la adquisición. Es decir, es nula de pleno de-

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recho la adquisición de participaciones sociales propias, o de participaciones sociales o acciones de la sociedad (limitada o anónima dominante). Solo de forma excepcional la sociedad de responsabilidad limitada puede adquirir sus propias participaciones sociales o las participaciones sociales o acciones de su sociedad dominante. Tales casos son los siguientes: a) Cuando formen parte de un patrimonio adquirido a título universal, o sean adquiridas a título gratuito o como consecuencia de una adjudicación judicial para satisfacer un crédito de la sociedad contra el titular de las mismas. b) Cuando las participaciones propias se adquieran en ejecución de un acuerdo de reducción del capital adoptado por la Junta General. c)

Cuando las participaciones propias se adquieran en el caso previsto en el artículo 31.3 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, es decir, en caso de subrogación de la sociedad en la enajenación forzosa de participaciones sociales.

d) Cuando la adquisición haya sido autorizada por la Junta General, se efectúe con cargo a beneficios o reservas de libre disposición y tenga por objeto: o bien adquirir las participaciones de un socio separado o excluido de la sociedad, o bien adquirir las participaciones como consecuencia de la aplicación de una cláusula restrictiva de la transmisión de las mismas o bien adquirir las participaciones transmitidas mortis causa. Para el supuesto de que la sociedad de responsabilidad limitada haya adquirido sus propias participaciones sociales, éstas deberán ser amortizadas o enajenadas, respetando en este caso el régimen

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P ARTICIPACIONES SOCIALES legal y estatutario de transmisión, en el plazo de tres años. Cuando la adquisición no comporte devolución de aportaciones a los socios, la sociedad deberá dotar una reserva por el importe del valor nominal de las participaciones amortizadas, la cual será indisponible hasta que transcurran cinco años a contar desde la publicación de la reducción en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil", salvo que antes del vencimiento de dicho plazo hubieren sido satisfechas todas las deudas sociales contraídas con anterioridad a la fecha en que la reducción fuera oponible a terceros. Por el contrario, si las participaciones sociales adquiridas, o las acciones adquiridas, son las de su sociedad dominante, el plazo de enajenación se reduce, por cuanto en este caso las participaciones o acciones deberán ser enajenadas en el plazo máximo de un año a contar desde su adquisición. Durante estos plazos, y mientras permanecen las participaciones sociales o las acciones, tanto propias como de su sociedad dominante en poder de la sociedad adquirente, a las participaciones propias o de la sociedad dominante se rigen por las siguientes reglas: •

En primer lugar, quedan en suspenso todos los derechos correspondientes a las participaciones propias o de la sociedad dominante;



En segundo lugar, se debe establecer una reserva en el patrimonio neto del balance equivalente al importe de las participaciones adquiridas, computado en el activo, que deberá mantenerse en tanto las participaciones no sean enajenadas.

Finalmente, si las participaciones no fueran enajenadas en el plazo señalado, la sociedad deberá acordar inmediatamente su amortización y la reducción del

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capital. Si la sociedad omite estas medidas, cualquier interesado podrá solicitar su adopción por la autoridad judicial. Los administradores de la sociedad adquirente están obligados a solicitar la adopción judicial de estas medidas cuando, por las circunstancias que fueran, no pueda lograrse el correspondiente acuerdo de amortización y de reducción de capital. Por otro lado, y de la misma manera, la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada prohíbe a la sociedad de responsabilidad limitada aceptar en prenda o en cualquier otra forma de garantía, sus propias participaciones sociales, así como las participaciones sociales o acciones emitidas por cualquier sociedad que pertenezca al mismo grupo. También prohíbe a la sociedad de responsabilidad limitada la anticipación de fondos, la concesión de créditos, la prestación de garantías, así como la facilitación de asistencia financiera para adquirir sus propias participaciones sociales, o las participaciones sociales o acciones emitidas por cualquier sociedad que pertenezcan a su mismo grupo.

V.

LA SOCIEDAD NUEVA EMPRESA

En cuanto a la sociedad nueva empresa, debe indicarse que solamente pueden ser socios de una sociedad nueva empresa las personas físicas, e incluso, el artículo 136 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada establece que la transmisión voluntaria de participaciones sociales por actos inter vivos solamente podrá realizarse a favor de personas físicas. En el caso de que la prohibición contenida en la ley se incumpliera y en consecuencia se transmitieran participaciones sociales a una persona jurídica por acto inter vivos, tales participaciones sociales deberán enajenarse a favor de persona física en el plazo de tres meses contados desde esa adquisición, y en caso de que esto no ocurriera, la so-

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P ARTICIPACIONES SOCIALES ciedad nueva empresa quedará sometida a la normativa general de la sociedad de responsabilidad limitada.

de una sociedad de responsabilidad limitada sometida al régimen general de la Ley.

Por el contrario, de la redacción de dicho precepto y entendido a sensu contrario cabe deducir que sí que cabe la transmisión mortis causa de las participaciones sociales de la sociedad nueva empresa a personas jurídicas, y que también las personas jurídicas pueden adquirir participaciones sociales de sociedad nueva empresa en los supuestos de enajenación forzosa de participaciones.

Se plantea Pacheco en relación al número de socios de la sociedad nueva empresa, que en principio no puede ser superior a cinco, si es posible que se supere ese número de socios fundadores. Y considera Pacheco que la respuesta a esa pregunta debe ser afirmativa, ya que el artículo 136 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada prevé el aumento del número de socios en supuestos de transmisión voluntaria de particiones sociales por actos inter vivos una vez inscrita la sociedad. Y entiende el mismo autor que pueden existir más casos, poniendo a título de ejemplo situaciones como las siguientes:

Como destaca la doctrina, debe afirmarse que durante el período de tiempo en que las participaciones sociales de la sociedad nueva empresa se hayan transmitido por actos inter vivos a una persona jurídica, esta persona jurídica titular de tales participaciones sociales ostenta la cualidad de socia, y por tanto, debe ser considerada como titular de los derechos y obligaciones que corresponden a todo socio. Destaca igualmente la doctrina que el que las personas jurídicas no puedan devenir titulares de participaciones sociales por actos inter vivos, no es óbice para que tales personas jurídicas puedan ser titulares de derechos reales como el derecho de usufructo o el derecho de prenda. En cuanto al número de socios de la sociedad nueva empresa, que no puede superar el número de cinco, en principio, como dice el autor Pacheco, el artículo 133.2 contempla las figuras de la sociedad limitada nueva empresa unipersonal originaria y sobrevenida, si bien se prohíbe que esa condición de socio único la detente persona que ya tiene esa posición en relación con otra sociedad limitada nueva empresa sujeta a la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. Ahora bien, a tenor de la redacción del citado artículo 133.2, no existe tal limitación si la persona física que va a detentar la posición de socio único de la Nueva Empresa es a su vez socio único

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La ampliación de capital social por compensación de créditos con creación de nuevas participaciones;



La asunción de participaciones sociales creadas para la ampliación de capital previa transmisión voluntaria por parte de un socio a tercero del derecho de preferencia regulado en el artículo 75, o en caso de renuncia de los socios a ese derecho preferencial para propiciar la entrada en la sociedad de tercera persona por los motivos que sea;



La posibilidad de que las participaciones sociales de una persona se adjudiquen a distintas personas por título hereditario y legado, con independencia de los posibles derechos de adquisición preferente establecidos a tenor de lo dispuesto en el artículo 32.



La transmisión forzosa a favor de tercero de parte de las participaciones sociales de un socio.

Conviene destacar igualmente que según el artículo 137 de la Ley de Socie-

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P ARTICIPATING FORWARD dades de Responsabilidad Limitada, no será precisa la llevanza del libro registro de socios, acreditándose la condición de socio mediante el documento público en el que se hubiese adquirido la misma. La constitución de derechos reales limitados sobre participaciones sociales deberá notificarse al órgano de administración mediante la remisión del documento público en el que figure y a su vez, dicho órgano deberá notificar a los restantes socios la transmisión, constitución de derechos reales o el embargo de participaciones sociales tan pronto como tenga conocimiento de que se hayan producido, siendo responsable de los perjuicios que el incumplimiento de esta obligación pueda deparar. ANA AVENDAÑO MUÑOZ

PARTICIPATING FORWARD Este instrumento sintético ofrece la posibilidad de comprar o vender una determinada cantidad de divisas por encima de un tipo de cambio mínimo de cobro (floor rate) o máximo de pago (cap rate). Si la evolución del tipo de cambio es favorable, el comprador comparte el beneficio obtenido con el intermediario financiero, de acuerdo a los parámetros que ambos hayan establecido previamente, en caso contrario, será el intermediario financiero quien comparta su beneficio. La construcción de este instrumento se realiza a través de la compra y la venta de opciones pero, a diferencia de lo que ocurría en el range forward, no por las mismas cantidades. Participating forward para cubrir una importación al 50%:

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-

Comprar una opción de compra por la cantidad total de la importación.

-

Vender una opción de venta por el 50% de la cantidad de la importación.

Participating forward para cubrir una exportación al 50%: -

Comprar una opción de venta por la cantidad total de la exportación.

-

Vender una opción de compra por el 50% de la cantidad de la exportación.

Esta innovación está dirigida a aquellos agentes económicos que esperan una evolución positiva de los tipos de cambio pero que, dada la importante cuantía que mueven, desean obtener una protección en caso de evolución desfavorable. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Forward" y "Range forward".

PARTICIPATING INTEREST RATE AGREEMENT Expresión anglosajona que se corresponde con un acuerdo entre dos partes para participar en una operación cuyo subyacente sea la evolución de los tipos de interés. La estructura se basa en una combinación de la compra de un cap y la venta simultánea de un floor. Por la compra del cap no se paga prima, y en lugar de ello, se satisface un porcentaje sobre la diferencia de tipos de interés existente entre el límite del cap y los tipos de interés vigentes en cada momento, es decir, sobre el límite del floor.

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P ARTICIPATING INTEREST RATE AGREEMENT Por tanto, si una empresa adquiere este contrato de participación, si suben los tipos de interés, pagará el límite del cap y si bajan los tipos de interés pagará el tipo vigente más un porcentaje. La diferencia entre el límite del cap y el tipo de contado es un beneficio para la empresa, del cual satisface una parte al vendedor del contrato, usualmente un banco, en sustitución de la tradicional prima del cap. Ejemplo: Una empresa que tiene un préstamo de un millón de euros, desea limitar el coste de su financiación firmando un acuerdo de participación al 75%, en el cual la empresa recibirá del banco el 75% de la diferencia entre el límite del cap (5%), y la disminución del tipo de interés por debajo de dicho límite. El sub-

yacente del contrato es de 1 millón de euros y el plazo de duración del contrato es de cinco años, estando referenciado al Euribor semestral. De acuerdo con este contrato, el comprador pagará semestralmente al banco como máximo el 5% de interés anual sin prima, y recibirá del banco el 75% de la diferencia entre el 5% y el Euribor semestral, si éste está por debajo del 5%. De esta manera, la prima implícita es del 25% de dicha diferencia. Supongamos que el Euribor del primer semestre es del 4% y que dicho semestre tiene 182 días. La empresa deberá pagar al banco este semestre:

por la prima participativa, además de la cuota semestral a tipo Euribor que le corresponde por la financiación: Es decir, 25 puntos básicos por encima del Euribor, de acuerdo con las condiciones del acuerdo de participación. En total, la empresa habrá pagado 21.486,11 € al banco, lo cual supone un coste total de financiación para el período de:

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Gráficamente, la empresa puede establecer cuál es su coste efectivo semestral en función de las variaciones del Euribor:

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P ARTÍCIPE DE UN FONDO DE INVERSIÓN

De esta manera, si el Euribor sube por encima del 5%, la empresa sólo pagará el 5%, mientras que si está por debajo del 5%, pagará un diferencial sobre el Euribor. La fórmula para calcular el coste financiero es la siguiente: i = 5 – (5 – E) · P siendo "E" el tipo del Euribor y "P" la cuota de participación acordada. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

PARTÍCIPE DE UN FONDO DE INVERSIÓN Pension fund member Los partícipes de los fondos de inversión son los inversores, es decir las personas físicas o jurídicas, así como otras

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Instituciones de Inversión Colectiva, que realizan aportaciones al fondo de inversión y lo hacen con la esperanza de obtener una rentabilidad en el futuro. El número mínimo de partícipes en los fondos de inversión será de 100 y no estará establecido un máximo. En el caso de fondos por compartimentos el número mínimo por compartimiento será de 20, sin que, el número total de partícipes del fondo sea inferior a 100, salvo los fondos cuyos partícipes sean otras Instituciones de Inversión Colectiva cuya política de inversión sea invertir en ese único fondo, ni en los fondos de inversión libre. Los partícipes adquieren esta condición mediante la adquisición o suscripción de las participaciones. Los derechos mínimos de los partícipes son los siguientes: -

Solicitar y obtener el reembolso del valor de sus participaciones.

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Solicitar y obtener el traspaso de sus inversiones entre Instituciones de Inversión Colectiva.

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P ARTÍCIPE DE UN PLAN DE PENSIONES -

Recibir periódicamente información sobre el fondo, el valor de las participaciones así como sobre su posición en el fondo.

-

Podrá exigir responsabilidades a la sociedad gestora y al depositario por el incumplimiento de sus obligaciones legales y reglamentarias.

-

Podrá dirigirse al departamento de atención al cliente o al defensor del cliente, así como, en su caso, al Comisionado para la Defensa del Inversor. JOSÉ LUIS MATEU GORDON

Véase también: "Instituciones de inversión colectiva".

PARTÍCIPE DE UN PLAN DE PENSIONES Pension scheme member I. CONCEPTO • II. ALTA DE UN PARTÍCIPE EN EL PLAN DE PENSIONES 1. Plan de pensiones del sistema individual y asociado 2. Plan de pensiones del sistema de empleo • III. BAJA DE UN PARTÍCIPE EN EL PLAN DE PENSIONES • IV. DERECHOS DE LOS PARTÍCIPES 1. Derechos económicos 2. Derechos políticos 3. Derechos de información • V. OBLIGACIONES DE LOS PARTÍCIPES • VI. PARTÍCIPES EN SUSPENSO

I.

II.

El alta como partícipe tendrá lugar en el momento en que se produzca su incorporación al plan de pensiones. Dicha adhesión se hará efectiva de formas distintas dependiendo de la modalidad del plan de pensiones en el que se integre.

1. Plan de pensiones del sistema individual y asociado El partícipe deberá manifestar su deseo de adherirse al mismo cumplimentando el correspondiente Boletín de Adhesión. Una vez que la Comisión Promotora o la Comisión de Control del plan acepte su solicitud, la persona física adquirirá la denominación de partícipe del plan de pensiones.

2. Plan de pensiones del sistema de empleo La incorporación de los partícipes a un plan de pensiones de este sistema podrá producirse de dos modos distintos. -

Directamente, cuando así se establezca en el convenio colectivo o en el acuerdo que adopte la empresa con los representantes de los trabajadores, salvo en los casos en que los partícipes manifiesten por escrito que no desean incorporarse al plan de pensiones y esto sea posible.

-

Mediante la suscripción de documentos individuales o colectivos de adhesión al plan, siempre que el trabajador reúna las condiciones para adherirse al mismo y en tanto no se haya extinguido la relación laboral con el promotor.

CONCEPTO

Los partícipes de un plan de pensiones son las personas físicas en cuyo interés se crea el plan, con independencia de que realicen o no aportaciones. En cualquier caso, adquirirán la titularidad de las contribuciones o aportaciones realizadas por el promotor, de acuerdo con los criterios de imputación previstos en la formulación del plan.

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ALTA DE UN PARTÍCIPE EN EL PLAN DE PENSIONES

7919

P ARTÍCIPE DE UN PLAN DE PENSIONES III.

BAJA DE UN PARTÍCIPE EN EL PLAN DE PENSIONES

Podrán ser causas de baja como partícipe de un plan de pensiones las siguientes: -

Percepción total de la prestación por su parte como consecuencia del acaecimiento de alguna de las contingencias previstas por el plan o en los casos de enfermedad grave o desempleo de larga duración.

yan empezado a devengarse dichas prestaciones. -

El partícipe del plan de pensiones podrá señalar la forma elegida para el cobro de la prestación y el momento de inicio del pago de la misma.

-

Los derechos consolidados de los partícipes podrán movilizarse a otro plan siempre que la legislación lo permita.

-

El partícipe podrá designar beneficiarios para el caso de que se produzca la contingencia de fallecimiento, pudiendo cambiar dicha designación siempre que sea partícipe del plan y no haya renunciado a dicho derecho.

-

Decisión unilateral del partícipe de movilizar la totalidad de sus derechos consolidados a otro plan.

-

Disolución o terminación del plan. En este caso los derechos consolidados de los partícipes deberán integrarse en otro plan de pensiones.

2. Derechos políticos

-

Fallecimiento del partícipe.

-

Derecho a defensa. Los partícipes podrán formular reclamaciones contra las Entidades Gestoras o Depositarias de los fondos de pensiones en que estén integrados los planes o contra las propias entidades de los planes individuales. Reclamaciones que serán sometidas a la decisión del Defensor del partícipe, que también lo será de los beneficiarios.

-

Derecho a participar, a través de la Comisión de Control del plan, en la supervisión del funcionamiento y gestión de éste, mediante su concurso en calidad de elector, y/o elegible a la formación de la misma.

IV.

DERECHOS DE LOS PARTÍCIPES

Los principales derechos de los partícipes son los que se exponen a continuación.

1. Derechos económicos -

-

-

Corresponde a los partícipes la titularidad, junto con los beneficiarios, de los recursos patrimoniales afectos a cada plan. Los partícipes podrán fijar la periodicidad de sus aportaciones, así como incrementarlas, disminuirlas e incluso suspenderlas si así lo considerasen oportuno. Los partícipes tendrán derecho a causar para sí, o a favor de sus beneficiarios, las prestaciones que les correspondan al producirse las contingencias previstas en el plan de pensiones o los supuestos excepcionales de liquidez, siendo titulares de los derechos consolidados una vez ha-

7920

3. Derechos de información Los partícipes de un plan de pensiones tendrán derecho a recibir la siguiente información.

a) Con carácter previo a la incorporación Con carácter previo a la adhesión a un plan de pensiones, cada partícipe deberá ser informado de las principales ca-

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P ARTÍCIPE DE UN PLAN DE PENSIONES racterísticas del plan y de la cobertura que puede otorgarle en función de sus circunstancias personales y laborales.

tenida por el plan de pensiones. Se indicará también la totalidad de los gastos del fondo de pensiones, en la parte que sean imputables al plan, expresados en porcentaje sobre la cuenta de posición. Por último, se informará sobre la contratación de la gestión con terceras entidades.

b) Con motivo de su incorporación Una vez se adhiera al plan, se le entregará al partícipe que lo solicite un certificado de pertenencia al mismo y un ejemplar de las especificaciones, así como de la declaración de los principios de la política de inversión del fondo de pensiones.

-

c) Una vez incorporado al plan de pensiones Tras la incorporación a un plan de pensiones, los partícipes tendrán derecho a recibir, periódicamente, la siguiente información. -

-

Con periodicidad anual, la Entidad Gestora del fondo de pensiones remitirá a cada partícipe una certificación sobre las aportaciones realizadas en cada año natural y el valor, al final del año, de sus derechos consolidados. Dicha certificación deberá contener un resumen sobre la determinación de las contingencias cubiertas, el destino de las aportaciones, las reglas de incompatibilidad sobre aquéllas y, en su caso, la cuantía de los excesos de aportación del partícipe sobre los máximos establecidos y el deber de comunicar el medio para el abono de la devolución. Las Entidades Gestoras deben poner a disposición del partícipe, al menos trimestralmente, y remitir con carácter semestral, toda la información referida a la evolución y situación de sus derechos económicos en el plan, así como extremos que pudieran afectarles. Asimismo, deberá elaborarse un estado-resumen de la evolución y situación de los activos del fondo, los costes y la rentabilidad ob-

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V.

Además de los derechos de información anteriores, deben comunicarse a los partícipes con al menos un mes de antelación, todas las modificaciones que pudieran realizarse en las especificaciones, en la política de inversiones del fondo, y en las comisiones de gestión y depósito. Asimismo, con la misma periodicidad, deberán notificarse a los partícipes los acuerdos de sustitución de gestora o depositaria del fondo de pensiones, y los cambios de dichas entidades por fusión o escisión.

OBLIGACIONES DE LOS PARTÍCIPES

Las principales obligaciones de los partícipes son las siguientes. -

Comunicar a la Entidad Gestora del fondo los datos personales y familiares que le sean requeridos para facilitar el desenvolvimiento del plan, así como cualquier modificación que se produzca en los mismos.

-

Efectuar el desembolso de las aportaciones en la forma, plazos y cuantía comprometidos.

-

Designar a los beneficiarios mediante comunicación escrita.

-

Comunicar el acaecimiento de las contingencias previstas o de los derechos excepcionales de liquidez. En caso de muerte del partícipe, dicha obligación recaerá sobre el beneficiario o sus representantes legales.

7921

P ARTIDA DOBLE -

-

Colaborar con las Entidades Gestora, Depositaria o Promotora siempre que sea necesario, actuando en todo momento con diligencia y buena fe. Cualesquiera otras obligaciones previstas en las especificaciones del plan de pensiones al que se adhieran o en la legislación vigente que resulte de aplicación.

VI.

PARTÍCIPES EN SUSPENSO

Son los partícipes que han cesado en la realización de aportaciones, directas o imputadas, pero mantienen sus derechos consolidados dentro del plan. Derechos que se verán ajustados por la imputación de los resultados que les correspondan durante los ejercicios de su mantenimiento en el plan de acuerdo con el sistema de capitalización que les resulte aplicable. Las especificaciones y, en su caso, la base técnica del plan deberá contemplar expresamente el régimen aplicable a los partícipes en suspenso. MILAGROS GUTIÉRREZ FERNÁNDEZ Véase también: "Plan de pensiones".

PARTIDA DOBLE Double entry I. CONCEPTO • II. LA PARTIDA DOBLE Y SU RELACIÓN CON EL ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LA CONTABILIDAD

I.

tanto, que el capital no es otra cosa que un pasivo modal". De acuerdo con este postulado se establece el siguiente principio fundamental sobre el que se asienta el sistema de Partida Doble: Activo = Pasivo + Patrimonio Neto Toda anotación contable debe realizarse de forma que se cumpla la ecuación descrita anteriormente. Para que este principio pueda cumplirse se establecen las siguientes pautas de funcionamiento: •

Toda cuenta consta de dos partes, con términos correlativos pero de signo contrario.



En todo sistema de cuentas que se considere, existen, al menos, dos series de cuentas de tipo opuesto.



Como consecuencia, en toda operación hay al menos dos cuentas de signo contrario.



Las valoraciones monetarias de dichas cuentas deben coincidir si utilizamos la misma moneda.

Según el profesor Fernández Pirla el sistema de Partida Doble tiene un fundamento natural, porque separa los bienes y derechos de las obligaciones, económico, al distinguir en todo hecho contabillizable, entre su origen o fuente de financiación y su concreción o fin; y jurídico, ya que el patrimonio es un conjunto de bienes derechos y obligaciones pertenecientes a una titularidad, no existe deudor sin acreedor, ni acreedor sin deudor.

CONCEPTO II.

La Partida Doble es un sistema de teneduría de libros contables, que según el profesor José Junco y Reyes se basa en el siguiente postulado fundamental: "el contabilitario se concibe con personalidad distinta a la del propietario, y, por

7922

LA PARTIDA DOBLE Y SU RELACIÓN CON EL ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LA CONTABILIDAD

Hasta llegar al momento actual, el camino recorrido por la contabilidad no ha

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P ARTIDA DOBLE sido fácil. Desde los primeros registros contables que se realizaron 4.000 años antes de J.C., la primera evidencia de un sistema completo de teneduría de libros por Partida Doble fue hallada en los registros de un mercader medieval de Génova. La circunstancia más importante que dio auge a la contabilidad fue el desarrollo del comercio en las ciudades italianas de esa época. El hecho de más consideración doctrinal que el Renacimiento ofrece en la historia de la contabilidad, es la formulación de una teoría de la partida doble. La primera obra que se publicó y que describe el sistema de teneduría de libros por partida doble, fue la escrita por fray Luca Paccioli en 1494 "Summa de Aritmética, Geometría, Proportioni et Proportionalitá". Paccioli fue un fraile franciscano que vivió casi toda su vida como maestro y erudito. El pensamiento de Paccioli respecto a las condiciones que debía tener un buen comerciante se componía de tres partes. La más importante el dinero o cualquier otra facultad sustancial, (es decir el crédito), la segunda un buen calculista o inteligente tenedor de libros y la tercera tener la ciencia de llevar la contabilidad. En ese momento las características de la contabilidad eran: •

Su objetivo dar información al mercader de su activo y su pasivo.



Al contabilizar se mezclaban los asuntos personales del dueño del negocio con los propios del negocio.



No existía el concepto de ejercicio económico, y el carácter de continuidad del negocio.



Tampoco había una unidad monetaria estable única.

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En los siglos XVII y XVIII el auge de las ciudades italianas comienza a declinar. El descubrimiento del nuevo mundo y la apertura de rutas mercantiles hacen que los centros de comercio se trasladen a España y Portugal y luego a Amberes y Países Bajos, con lo que el sistema de teneduría de libros se extiende a estos países. Se empieza a practicar el cálculo del saldo de pérdidas y ganancias al cierre de cada ejercicio, introduciendo el concepto de ejercicio económico. Medio siglo después se aconsejó que los balances se hicieran también en intervalos de tiempo específicos. En los siglos XIX y XX se produjo su desarrollo más rápido y acelerado debido a los cambios producidos en la economía, particularmente en Estados Unidos y en Gran Bretaña. La sociedad económica se vuelve más compleja y se ve la necesidad de informar no sólo al propietario del negocio (quien tomaba las decisiones) sino también a los accionistas, inversores, acreedores y gobierno. Los cambios de mayor calado se producen de 1800 a 1930, destacando los siguientes: •

La presentación de manuales de texto de teneduría de libros y el desarrollo de métodos más nuevos de enseñar contabilidad.



La Revolución Industrial con su influencia en la contabilidad de costes y la contabilización de la depreciación.



El crecimiento y desarrollo de los ferrocarriles.



La regulación gubernativa de los negocios.



La imposición fiscal de las empresas.



El desarrollo de la sociedad anónima, el crecimiento de los gigantes in-

7923

P ASILLO



dustriales y financieros mediante fusiones.

PASIVO

La influencia de la teoría económica

Liabilities

Hoy en día con el auge de las firmas de auditoria la evolución ha sido patente y se pueden decir que la contabilidad es el lenguaje utilizado en los negocios, y el medio más adecuado para elaborar la información económica financiera de la empresa. Además, es un elemento clave para las personas encargadas de la toma de decisiones en la empresa. M.ª MERCEDES RUIZ DE PALACIOS VILLAVERDE

PASILLO Corridor La construcción de un corridor (pasillo de tipos) se basa en la compra de un cap para un plazo e importe determinados y un nivel de intereses convenido (por ejemplo el 11%), a la vez que vende un cap similar pero a un tipo más alto (por ejemplo, el 13%). Lo que se consigue con esta transacción es financiar parte de la prima del cap comprado mediante la prima recibida de la venta del segundo cap. Se trata de una operación lógica cuando el inversor está convencido del movimiento de los tipos. El resultado obtenido es una protección ante movimientos del tipo de interés entre el 11 y el 13%, mientras que para niveles superiores al 13% se pierde la cobertura.

IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "CAP"; "Collar"; "Floor" y "Opción".

7924

I. CONCEPTO • II. CRITERIOS DE REGISTRO O RECONOCIMIENTO DE UN PASIVO • III. EL PASIVO COMO ELEMENTO Y MASA PATRIMONIAL 1. El pasivo como elemento patrimonial 2. El pasivo como masa patrimonial • IV. CLASES DE PASIVOS 1. Pasivo no corriente 2. Pasivo corriente • V. VALORACIÓN DE LOS PASIVOS

I.

CONCEPTO

El pasivo, desde el punto de vista contable, representa las obligaciones actuales surgidas como consecuencia de sucesos pasados, para cuya extinción la empresa espera desprenderse de recursos que puedan producir beneficios o rendimientos económicos en el futuro. A estos efectos, se entienden incluidas las provisiones. En esta definición hay que destacar que las provisiones para riesgos y gastos son auténticos pasivos, es decir, se dotan para la cobertura de gastos, pérdidas o deudas ciertas (surgidas como consecuencias de hechos pasados), si fuesen probables tendrían la consideración de contingencias.

II.

CRITERIOS DE REGISTRO O RECONOCIMIENTO DE UN PASIVO

El registro o reconocimiento contable es el proceso por el que se incorporan al balance, a la cuenta de pérdidas y ganancias o al estado de cambios en el patrimonio neto, los diferentes elementos que constituyen las cuentas anuales. Para ser reconocido un elemento debe reunir las características exigidas en la definición de los mismos, y además deberá presentar un valor que se podrá determinar con fiabilidad.

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P ASIVO En concreto, los pasivos deben reconocerse en el balance cuando sea probable que a su vencimiento, y para liquidar la obligación, deban entregarse o cederse recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos futuros, y siempre que se puedan valorar con un adecuado grado de fiabilidad. El reconocimiento contable de un pasivo implica, al mismo tiempo el reconocimiento de un activo, la disminución de otro pasivo o el reconocimiento de un gasto.

1. El pasivo como elemento patrimonial

III.

Contablemente, el conjunto de bienes y derechos componen el Activo, también denominado estructura económica, y por otro lado, las obligaciones forman el Pasivo, también conocido con el nombre de estructura financiera.

EL PASIVO COMO ELEMENTO Y MASA PATRIMONIAL

El pasivo puede considerarse contablemente como un elemento patrimonial o como una masa patrimonial.

Uno de los objetivos de la contabilidad de la empresa es informar acerca de la composición y evolución del patrimonio, siendo éste definido como el conjunto elementos que representan bienes, derechos y obligaciones, pertenecientes a una empresa o controlados por ella, constituyendo los medios económicos y financieros a través de los cuales la entidad puede cumplir sus fines.

ACTIVO - Bienes: Local comercial, maquinaria, dinero en caja, equipo informático, dinero depositado en cuenta corriente en una entidad financiera, mobiliario. - Derechos: Derecho de cobro sobre un cliente (documentado en una factura o en una letra de cambio). PASIVO - Obligaciones: Préstamo con una entidad financiera, obligación de pago con un proveedor (documentado en una factura o en una letra de cambio), capital aportado por los socios.

2. El pasivo como masa patrimonial Una agrupación de elementos patrimoniales constituyen una masa patrimonial, siempre que estos elementos cumplan la misma funcionalidad económica o financiera en la empresa, es decir, que sean homogéneos. En una primera agrupación de elementos, el Pasivo es una de las tres gran-

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des masas patrimoniales, junto con el Activo y el Patrimonio Neto. La masa patrimonial de pasivo agrupará elementos que signifiquen obligaciones de pago por parte de la empresa. El Pasivo es también conocido con el nombre de estructura financiera, capital financiero, origen de los recursos, fuentes de financiación ajena, etc.

7925

P ASIVO IV.

CLASES DE PASIVOS

En un primer análisis del pasivo de la sociedad, procede la división del mismo en dos masas patrimoniales: pasivo no corriente o fijo, o inmovilizado, y pasivo corriente o circulante. La distinción entre elementos del pasivo corriente y no corriente, no se encuentra en su naturaleza sino en función de la fecha de vencimiento de la deuda.

zo, que no tienen la consideración de partes vinculadas. -

Deudas con empresas del grupo y asociadas a largo plazo. Deudas con terceros con vencimiento a largo plazo, que tienen la consideración de partes vinculadas.

-

Pasivos por impuesto diferido. Diferencias que darán lugar a mayores cantidades a pagar o menores cantidades a devolver en ejercicios futuros, por impuesto sobre sociedades.

-

Periodificaciones a largo plazo. Anticipos recibidos por ventas o prestación de servicios a largo plazo.

1. Pasivo no corriente El pasivo no corriente, también llamado pasivo fijo o acreedores a largo plazo, comprende aquellos elementos patrimoniales que representan deudas con terceros cuyo vencimiento es a largo plazo, es decir, superior a 12 meses, por ejemplo una deuda con una entidad financiera que nos concede un préstamo a 18 meses. Presentan, entre otras, las siguientes características: -

Todas ellas tienen un vencimiento a largo plazo.

-

Tienen un coste financiero para la empresa.

-

En principio deberían destinarse a financiar el activo no corriente de la empresa.

2. Pasivo corriente El pasivo corriente, también denominado pasivo circulante o acreedores a corto plazo, comprende los pasivos vinculados al ciclo normal de explotación, es decir deudas con vencimiento no superior a 12 meses. Presentan, entre otras, las siguientes características: -

Todas ellas tienen un vencimiento a corto plazo.

-

Tienen un coste financiero para la empresa.

-

En principio deberían destinarse a financiar el activo corriente de la empresa.

A su vez, los elementos que constituyen el pasivo no corriente se pueden subdividir atendiendo a su naturaleza en:

La subdivisión de este tipo de pasivos, según su naturaleza, es la siguiente:

-

Provisiones a largo plazo. Obligaciones expresas o tácitas a largo plazo, claramente especificadas en cuanto a su naturaleza, pero que a fecha de cierre, son indeterminadas en cuanto a su cuantía o fecha en la que se producirán.

-

Pasivos vinculados con activos no corrientes mantenidos para la venta. Los activos no corrientes mantenidos para la venta pueden llevar asociados unos pasivos, y todos ellos se van a vender como un todo, por ejemplo un negocio o línea de actividad.

-

Deudas a largo plazo. Deudas con terceros con vencimiento a largo pla-

-

Provisiones a corto plazo. Obligaciones expresas o tácitas a corto plazo,

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P ASIVO claramente especificadas en cuanto a su naturaleza, pero que a fecha de cierre, son indeterminadas en cuanto a su cuantía o fecha en la que se producirán. -

-

-

-

Deudas a corto plazo. Deudas con terceros con vencimiento a corto plazo, que no tienen la consideración de partes vinculadas.

Valor actual. Es el importe de los flujos de efectivo a recibir o pagar en el curso normal del negocio, actualizados a un tipo de descuento adecuado.

-

Deudas con empresas del grupo y asociadas a corto plazo. Deudas con terceros con vencimiento a corto plazo, que tienen la consideración de partes vinculadas.

Coste amortizado. Es el importe al que inicialmente fue valorado un pasivo financiero menos los reembolsos de principal que se hubieran producido.

-

Valor contable o en libros. Es el importe neto por el que un pasivo se encuentre registrado en balance.

Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar. Deudas con vencimiento a corto plazo que tienen su origen el tráfico habitual de la empresa.

-

Periodificaciones a corto plazo. Ajustes relacionados con el principio de Devengo.

V.

VALORACIÓN DE LOS PASIVOS

La agrupación de los pasivos en masas patrimoniales requiere que sean valorados con cierto grado de precisión. Dependiendo de las distintas situaciones en las que se puede encontrar un pasivo y en aplicación del Marco Conceptual de la Contabilidad contenido en el Plan General Contable, se pueden discernir diferentes criterios de valoración del pasivo: -

-

transacción en condiciones de independencia mutua.

Coste histórico o coste de un pasivo. Representa el valor que corresponde a la contrapartida recibida a cambio de incurrir en la deuda o, en algunos casos, la cantidad de efectivo y otros activos líquidos equivalentes que se espere entregar para liquidar una deuda en el curso normal del negocio. Valor razonable. Es el valor por el que puede ser liquidado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, que realicen una

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ALEJANDRO RODRÍGUEZ MARTÍN Véase también: "Balance"; "Contingencias (contabilidad)"; "Fondos ajenos" y "Patrimonio".

LO ESENCIAL SOBRE PASIVO Documentación • •

Real Decreto 1415/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad . Real Decreto 1515/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de la Pequeña y Mediana Empresa .

Libros •

• • •

GARCÍA CASTELLVÍ, A. (Coord.), Contabilidad Financiera. Análisis y aplicación del PGC de 2007, Ariel Economía, 2008. MAYO, CARLOS y PULIDO, ANTONIO, Contabilidad financiera. Un enfoque actual, Paraninfo, 2008. MUÑOZ JIMÉNEZ, J. (Coord.), Contabilidad financiera. Prentice Hall, 2008. ZAMORA RAMÍREZ, C. (Coord.), Análisis práctico y guía de implantación del

7927

P ASIVO BANCARIO nuevo PGC. CISS. Grupo Wolters Kluwer, 2008.

-

Depósitos de bancos centrales

-

Depósitos de entidades de crédito

-

Depósitos de la clientela

-

Débitos representados por valores negociables

-

Pasivos subordinados

-

Otros pasivos financieros

Webgrafía •

www.icac.meh.es. (Web oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas)

PASIVO BANCARIO Banking liability



PASIVOS FINANCIEROS A COSTE AMORTIZADO

Con esta expresión se hace referencia al conjunto de elementos que permanecen en el pasivo del balance de los bancos, o de las entidades financieras en general.

-

Depósitos de bancos centrales

-

Depósitos de entidades de crédito

-

Depósitos de la clientela

Según la regulación vigente, el pasivo de la banca debe ajustarse a las partidas que se recogen a continuación. Puede haber alguna modificación en función del resto de tipos de entidades (caja o cooperativa de crédito), o de si se trata de un balance consolidado.

-

Débitos representados por valores negociables

-

Pasivos subordinados

-

Otros pasivos financieros



AJUSTES A PASIVOS FINANCIEROS POR MACRO-COBERTURAS



DERIVADOS DE COBERTURA



PASIVOS ASOCIADOS CON ACTIVOS NO CORRIENTES EN VENTA



PROVISIONES

PASIVO Y PATRIMONIO NETO PASIVO •



CARTERA DE NEGOCIACIÓN -

Depósitos de bancos centrales

-

Depósitos de entidades de crédito

-

Fondo para pensiones y obligaciones similares

-

Depósitos de la clientela

-

-

Débitos representados por valores negociables

Provisiones para impuestos y otras contingencias legales

-

-

Derivados de negociación

Provisiones para riesgos y compromisos contingentes

-

Posiciones cortas de valores

-

Otras provisiones

-

Otros pasivos financieros

OTROS ACTIVOS FINANCIEROS A VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN PÉRDIDAS Y GANANCIAS

7928



PASIVOS FISCALES -

Corrientes

-

Diferidos

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P ASIVO SUBORDINADO •

• •

CAPITAL REEMBOLSABLE A LA VISTA (sólo Cooperativas de Crédito)

PATRIMONIO NETO

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO De las anteriores partidas, las más importantes son los recursos propios, por la importancia de la solvencia de este tipo de entidades, así como los depósitos de la clientela.

FONDOS PROPIOS -

-

Escriturado

-

Menos: Capital no exigido

-

Prima de emisión

-

Reservas

-

Otros instrumentos de capital -

De instrumentos financieros compuestos

-

Cuotas participativas y fondos asociados (sólo Cajas de Ahorros) Resto de instrumentos de capital

-

Menos: Valores propios

-

Resultado del ejercicio

-

Menos: Dividendos y retribuciones

AJUSTES POR VALORACIÓN -

Activos financieros disponibles para la venta

-

Coberturas de los flujos de efectivo

-

Coberturas de inversiones netas en negocios en el extranjero

-

Diferencias de cambio

-

Activos no corrientes en venta

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IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ

Capital/Fondo de dotación:

-



Resto de ajustes por valoración

TOTAL PATRIMONIO NETO

RESTO DE PASIVOS

TOTAL PASIVO



-

FONDO DE LA OBRA SOCIAL (sólo Cajas de Ahorros y Cooperativas de Crédito)

Véase también: "Actividad bancaria"; "Activo bancario" y "Balance bancario".

PASIVO SINTÉTICO Synthetic liability Reciben esta denominación el conjunto de deudas denominadas en las divisas que forman la cesta que define una unidad de cuenta en la que se pueden mantener activos y pasivos, y por volúmenes que guarden la misma proporción que las ponderaciones de las correspondientes monedas en la cesta de la unidad de cuenta de que se trate. El objetivo de estos pasivos es neutralizar los riesgos de cambio inherentes al momento de deshacer las posiciones. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ

PASIVO SUBORDINADO Véase: "Financiación subordinada".

7929

P ATENTE DE INVENCIÓN

PATENTE DE INVENCIÓN Invention patent I. INTRODUCCIÓN • II. DEFINICIÓN • III. VÍAS DE CONCESIÓN DE PATENTES • IV. EL ANÁLISIS ECONÓMICO DE LAS PATENTES

I.

INTRODUCCIÓN

El origen de la patente de invención, o patentes como se les conoce comúnmente, como un mecanismo de estimulo y protección económica, se remonta a la edad media (siglo XV), bajo la figura de las denominadas cartas de patentes. Instrumento mediante el cual, se otorgaba protección real para salvaguardar las técnicas de producción de determinados gremios artesanales, de aquellos que violasen las normas establecidas para la fabricación de los productos protegidos por estas cartas de patentes. Este mecanismo evolucionó con el tiempo y en el año de 1623, el parlamento británico, aprueba el denominado Estatuto de los Monopolios, donde determina que la explotación monopólica solo se otorgará a los inventores originarios auténticos, por un tiempo de catorce años, sentando así las bases del sistema moderno de patentes. Desde entonces, cada país ha venido legislando de manera autónoma en cuanto a las disposiciones legales y condiciones de otorgamiento, explotación y protección de la propiedad industrial protegida mediante las patentes. Tal disparidad de legislaciones, que dificulta una protección universal de la propiedad industrial protegida bajo la figura de la patente de invención, ha tratado de subsanarse mediante la suscripción de numerosos tratados internacionales, entre los distintos países, y en los cuales se establece un marco regulatorio y de armoni-

7930

zación internacional, con el fin de lograr un reconocimiento y protección internacional a las distintas formas de protección de la propiedad industrial, entre ellas la patente de invención.

II.

DEFINICIÓN

Una patente es un derecho otorgado por un gobierno a un inventor. La OMPI, por sus siglas de Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, define una patente como: "Una patente es un derecho exclusivo concedido a una invención, es decir, un producto o procedimiento que aporta, en general, una nueva manera de hacer algo o una nueva solución técnica a un problema." Mediante la patente de invención se otorgan derechos legales monopólicos, es decir, de explotación comercial exclusiva al inventor, por un periodo de tiempo y ubicación geográfica especificas, sobre la invención patentada. Al otorgarse derechos legales, cada país es el responsable de regular las condiciones específicas que debe cumplir una invención para ser patentable, las cuales son conocidas como las condiciones de patentabilidad. Para el caso español, estas condiciones de patentabilidad o requisitos que una invención debe cumplir para ser patentada se encuentran definidos y regulados por la Ley 11/1986 de 20 de marzo, de patentes de invención y modelos de utilidad. Los criterios generalmente exigidos en todos los países para que una invención pueda ser patentable son: •

Novedad: poseer alguna característica nueva, desconocida en el área del conocimiento del ámbito de la patente, dicha característica novedosa no podría ser simplemente deducida

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P ATENTE DE INVENCIÓN por una persona con un conocimiento medio en el campo de la técnica. •

Aplicación industrial: tener una aplicación práctica.

La patente de invención otorga el derecho a su titular de impedir que terceros fabriquen, utilicen o comercialicen esta invención sin su debida autorización. En contraprestación, el inventor debe hacer públicos los detalles técnicos de la invención, de forma que cualquier experto medio en la metería, pueda reproducir dicha invención, simplemente siguiendo las indicaciones técnicas detalladas por el inventor en la patente de invención. Si bien esta no es la finalidad al publicar la invención, pues su reproducción está protegida por el derecho legal que otorga la patente, su publicación se hace para que: •



Sirva de elemento de estudio científico y de esta forma el conocimiento contenido en ella pueda servir como la base para nuevas invenciones. para que una vez venza el tiempo de la protección legal, esta pueda ser utilizada libremente por la sociedad.

Cuando un inventor patenta sabe que puede otorgar licencias de explotación de su invento si le interesa, pero también sabe que puede explotarlo en exclusiva. De esta forma la patente de invención busca un doble propósito. En primer lugar, la finalidad técnica, la cual busca "divulgar la invención de manera clara y completa y, por otro lado, constituyen documentos legales que deben describir exhaustivamente el alcance de una tecnología complicada." Adicionalmente se debe considerar que no todo lo "novedoso" puede ser pa-

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tentado, la mayoría de los sistemas de patentes del mundo excluyen de ser patentados a: •

Las teorías o descubrimientos científicos: derivados de la observación de fenómenos naturales que ya existen (leyes de la naturaleza), ya que su descubrimiento no conlleva como tal una creación.



Las sustancias naturales vivas o inertes: todos los productos de la naturaleza y en especial todas las sustancias vivientes preexistentes.



Las nuevas especies animales o vegetales.



Las obras artísticas, estéticas y literarias: ya que estas se protegen mediante otros mecanismos de protección de la propiedad intelectual, como los son los derechos de autor, las marcas, entre otras.

III.

VÍAS DE CONCESIÓN DE PATENTES

Como ya se indicó, los derechos de protección otorgados mediante las patentes de invención, son validos en una ubicación geográfica específica, la cual se determina según la vía por la cual esta sea solicitada, las cuales pueden ser: 1.

Vía EPO: conocida como patente por vía Europea o EPO, por sus siglas en ingles de Oficina de Patentes Europea (European Patent Office). La patente europea vía EPO, otorga protección en los países miembros de la Unión Europea (UE) y adicionalmente en Suiza, Mónaco, Liechtenstein, Islandia, Turquía, Albania, la ex republica Yugoslava de Macedonia, Croacia, Bosnia y Herzegovina, Serbia y Montenegro, países que han firmado acuerdos de cooperación con la EPO. Es importante señalar, que no en todos los casos la protección se

7931

P ATENTE DE INVENCIÓN otorga para los 31 países firmantes, pues es posible solicitar los derechos de patente solo en algunos de los estados miembros, la exclusión o inclusión de países donde se registre la patente tiene un efecto directo en los costes de la patente, a mayor número de países donde se desee la protección mayor coste de la patente. 2.

3.

Vía PCT: conocida como patente por vía PCT, por sus siglas en inglés de Tratado de Cooperación de Patentes (Patent Cooperation Treaty). La protección vía PCT otorga una protección internacional más amplia, ya que el denominado PCT es un tratado internacional suscrito por más de 128 países, cuyo propósito es simplificar los trámites al solicitar una patente por el mismo inventor en más de un país, el PCT permite a un inventor presentar una sola solicitud internacional de protección dentro de los países firmantes, además de la principal solicitud de patente presentada en un país miembro adscrito a dicho tratado. Vía USPTO: conocida como patente por vía USPTO, por sus siglas en inglés de Oficina Estadounidense de Patentes y Marcas (United States Patent and Trademark Office). Esta patente otorga protección en los Estados Unidos de Norteámerica, su importancia radica básicamente en el hecho de que el mercado de los Estados Unidos de Norte América sea el mercado individual más importante del mundo, razón por la cual las invenciones e innovaciones de las que se espera recibir importantes beneficios económicos son patentadas en primera instancia allí, o mediante alguno de los convenios como el PCT que garanticen su protección en dicha economía.

7932

4.

IV.

Vía OEMP: conocida como patente por vía OEMP, por sus siglas Oficina Española de Marcas y Patentes. Las patentes otorgadas por esta vía otorgan protección en el mercado Español.

EL ANÁLISIS ECONÓMICO DE LAS PATENTES

Las patentes de invención se han convertido en una importante fuente de información para el análisis económico de la dinámica de invención, el proceso de innovación y el cambio tecnológico, así como en una valiosa fuente de datos, para la construcción de indicadores de ciencia y tecnología en todo el mundo. Esto debido principalmente a: •

La formalidad del mecanismo, que como resultado de su reconocimiento internacional por los diferentes tratados, le ha configurado como el principal instrumento de registro y protección de las invenciones.



La existencia de series históricas de considerable cobertura, desagregación, relativa armonización internacional y fácil acceso. Existen registros estadísticos disponibles sobre las patentes de invención para un periodo de más de 200 años.



El detalle de la información técnica contenida en las patentes acerca de la invención.



La estrecha relación existente entre invención e innovación. En el sentido de que se espera que las invenciones patentadas rindan un beneficio económico mediante su comercialización, es decir al convertirse en innovaciones.

La amplia información que proveen las patentes, puede ser utilizada en una amplia cantidad de aéreas del análisis del proceso de innovación y cambio tecnoló-

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P ATRIMONIO gico. Es así como son de gran utilidad al momento de estudiar las diferencias interempresariales de largo plazo en la actividad inventiva, ser un buen sustituto para los datos de I+D cuando estos no se encuentren disponibles en el nivel de detalle requerido, así como también pueden ser utilizadas para inferir la posición en el "espacio tecnológico" de una determinada empresa, basado en la distribución de patentes en un determinado campo tecnológico, igualmente pueden ser utilizadas para analizar el efecto derrame (spill over) de una empresa a otra, generado por sus actividades de I+D. Lo anterior ha permitido que en las últimas décadas hayan surgido numerosos estudios, los cuales desde distintas perspectivas, se han basado en la información contenida en las patentes, para realizar un análisis económico del proceso de invención, innovación y cambio tecnológico. El economista Estadounidense Jacob Schmookler es reconocido como el pionero en abordar un análisis económico de la invención, a partir de la información contenida en las patentes de invención. Schmookler es reconocido por haber sido uno de los economistas más "imaginativos y creativos", siendo el primero en enfrentar los serios problemas conceptuales y metodológicos que reviste el análisis económico de las patentes de invención, sus investigaciones y aportes al campo del crecimiento económico, cambio técnico e invención, se recogen en una serie de trabajos publicados entre las décadas de 1950 y 1960. Su amplio trabajo empírico, tras analizar y clasificar las patentes de invención de los Estados Unidos para distintos sectores industriales, entre ellos: química, electrónica, maquinaria y papel, para el periodo comprendido entre 1837 a 1957, le permite relacionar los cambios en la demanda y otros aspectos del crecimien-

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to económico, con la dinámica sectorial de invención. Su trabajo le permite concluir, que son los cambios en la demanda de los consumidores, el principal determinante de los cambios de dirección de la actividad inventiva. Destacando cómo, en algunos sectores industriales, las ventas de bienes de capital y el tamaño del mercado, se encuentran relacionadas con la asignación de esfuerzos para la invención. Inaugurando así un fuerte debate sobre si son las fuerzas del mercado o el progreso de las ciencias el principal inductor del proceso de invención-innovación. ALEJANDRO OLAYA DÁVILA Véase también: "Invención"; "Modelo econométrico"; "Modelo lineal de innovación" y "Propiedad industrial".

PATRIMONIO Wealth I. CONCEPTO • II. ELEMENTOS PATRIMONIALES • III. MASAS PATRIMONIALES • IV. ECUACIÓN FUNDAMENTAL DEL PATRIMONIO • V. EQUILIBRIOS PATRIMONIALES 1. Posición de estabilidad máxima 2. Posición normal 3. Posición inestable 4. Posición de inestabilidad máxima

I.

CONCEPTO

El patrimonio se puede definir como el conjunto de bienes, derechos, obligaciones y deudas, propiedad de la empresa que constituyen los medios económicos y financieros a través de los cuales ésta puede cumplir sus fines. Se puede analizar desde dos perspectivas: -

Perspectiva económica: Aplicación o finalidad dada a los recursos financieros obtenidos por la empresa.

7933

P ATRIMONIO -

Perspectiva financiera: Origen de los recursos financieros obtenidos por la empresa.

El patrimonio de la empresa va a constituir el campo de actuación de la Contabilidad Financiera dado que la misma se encarga de: - Reflejar el valor del patrimonio al inicio del ejercicio económico, (1 de enero, suponiendo que coincide con el año natural). - Reflejar las variaciones que experimenta dicho patrimonio a lo largo del ejercicio económico, como consecuencia de las transacciones que realice la empresa con el mundo exterior. - Reflejar el valor final del patrimonio y el resultado generado por la empresa al cierre del ejercicio, (31 de diciembre).

II.

ELEMENTOS PATRIMONIALES

El patrimonio esta formado por distintos elementos patrimoniales: - Bienes. Elementos patrimoniales tangibles e intangibles, por ejemplo, edificios, terrenos, dinero en efectivo o una patente. - Derechos. Créditos a favor de la empresa, por ejemplo, derechos de co-

7934

bro sobre nuestros clientes o préstamos que la empresa ha concedido a terceros. -

III.

Obligaciones y Deudas. Cantidades de dinero pendientes de pago por compras, prestación de servicios o préstamos recibidos.

MASAS PATRIMONIALES

A su vez, los elementos patrimoniales se agrupan en distintas masas patrimoniales de forma que cada una de ellas aglutina elementos patrimoniales homogéneos. Atendiendo a estos dos criterios, se pueden encontrar tres masas patrimoniales que agrupan a su vez elementos que cumplen la misma finalidad dentro de la empresa. •

Activo. Conjunto de bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la empresa, resultantes de sucesos pasados, de los que es probable que la empresa obtenga beneficios económicos en el futuro.

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P ATRIMONIO BALANCE DE SITUACIÓN Bienes y derechos

Obligaciones y deudas

Activo

Pasivo y Patrimonio Neto

Estructura Económica

Fuentes de financiación propias y ajenas

Destino

Estructura Financiera Origen

Activo

=

Pasivo + Patrimonio Neto

BALANCE DE SITUACIÓN Estructura económica

Estructura financiera

Activo no Corriente

Pasivo no Corriente

Activo Corriente

Pasivo Corriente Patrimonio Neto

Activo





=

Pasivo (Pasivo Exigible o Fuentes de Financiación Ajenas). Deudas actuales surgidas de hechos pasados, para cuya extinción la empresa espera desprenderse de recursos que puedan producir beneficios o rendimientos económicos en el futuro. Patrimonio Neto (Pasivo no Exigible o Fuentes de Financiación Propias). La diferencia entre los activos de la empresa y sus pasivos, constituida por:

ACTIVO

Pasivo + Patrimonio Neto

-

Aportaciones de los socios o accionistas, tanto dinerarias como no dinerarias.

-

Beneficios generados por la empresa.

-

Reservas.

En el siguiente cuadro se agrupan los distintos nombres por los que se reconoce al activo y al pasivo y patrimonio neto.

PASIVO+PATRIMONIO NETO

CAPITAL ECONÓMICO

CAPITAL FINANCIERO

ESTRUCTURA ECONÓMICA

ESTRUCTURA FINANCIERA

CAPITAL SEGÚN SU DESTINO

CAPITAL SEGÚN SU ORIGEN

MATERIALIZACIÓN DE LOS RECURSOS

ORIGEN DE LOS RECURSOS

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7935

P ATRIMONIO IV.

ECUACIÓN FUNDAMENTAL DEL PATRIMONIO

En cualquier empresa la suma de los recursos económicos tiene que ser igual

a la suma de los recursos financieros, lo que permite reflejar el patrimonio de la empresa a través de la ecuación patrimonial en la que se fundamenta la partida doble.

ACTIVO = PASIVO + PATRIMONIO NETO DESTINO DE LOS RECURSOS = ORIGEN DE LOS RECURSOS BIENES Y DERECHOS = OBLIGACIONES Y DEUDAS ESTRUCTURA ECONÓMICA = ESTRUCTURA FINANCIERA

Dicha ecuación deberá mantenerse siempre con independencia de los incre-

mentos o disminuciones que experimenten las masas patrimoniales.

A + ǻ A - ‫ ڈ‬A = P + ǻ P - ‫ ڈ‬P + PN + ǻ PN - ‫ ڈ‬PN

El documento que informa sobre la situación económico-financiera de la empresa o situación patrimonial en un momento determinado es el Balance de Situación. El Balance es un documento importantísimo para entender la situación económica y financiera de una empresa, aunque tiene sus limitaciones: -

Es estático (se elabora a una determinada fecha).

-

No informa sobre como se ha generado el beneficio o la pérdida (se complementa con la cuenta de Pérdidas y Ganancias).

7936

-

V.

Algunos activos pueden aparecer infravalorados en el balance.

EQUILIBRIOS PATRIMONIALES

El equilibrio patrimonial viene determinado por la posición que adopten las masas patrimoniales que lo integran, pudiéndose dar las siguientes situaciones:

1. Posición de estabilidad máxima A = PN P= 0 El activo esta íntegramente financiado con recursos propios y la empresa no tiene deudas.

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P ATRIMONIO 2. Posición normal A = P + PN PN> 0

La mayoría de empresas presenta una situación de este estilo.

El activo en parte esta financiado con recursos propios y en parte con pasivo.

El activo esta financiado en su totalidad con recursos ajenos.

3. Posición inestable A = P PN = 0

Esta situación en cualquier caso es peligrosa.

La empresa esta en una situación de quiebra técnica.

4. Posición de inestabilidad máxima P>A

La empresa debe más de lo que tiene. Situación muy inestable. La ecuación contable se sigue cumpliendo al ser el patrimonio neto negativo.

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ALEJANDRO RODRÍGUEZ MARTÍN Véase también: "Activo"; "Balance"; "Fondos ajenos"; "Pasivo" y "Patrimonio neto".

7937

P ATRIMONIO BRUTO LO ESENCIAL SOBRE PATRIMONIO Documentación •



Real Decreto 1415/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad. Real Decreto 1515/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de la Pequeña y Mediana Empresa .

de todos sus integrantes, tanto de sus activos como de sus deudas u obligaciones. El concepto de patrimonio bruto se utiliza en algunos tributos como paso previo para la determinación del patrimonio imponible, ofreciendo una valiosa información de los activos que lo integran y de las relaciones existentes entre ellos, información que puede ser tenida en cuenta en la determinación de los elementos esenciales de otros tributos.

Libros •



• •

GARCIA CASTELLVÍ, A. (Coord.), Contabilidad Financiera. Análisis y aplicación del PGC de 2007, Ariel Economía, 2008. MAYO, CARLOS y PULIDO, ANTONIO, Contabilidad financiera. Un enfoque actual, Paraninfo, 2008. MUÑOZ JIMÉNEZ, J. (Coord.), Contabilidad financiera. Prentice Hall, 2008. ZAMORA RAMÍREZ, C. (Coord.), Análisis práctico y guía de implantación del nuevo PGC. CISS. Grupo Wolters Kluwer, 2008.

Webgrafía •

www.icac.meh.es. (Web oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas).

PATRIMONIO BRUTO Gross estate / Gross worth El patrimonio bruto tiene un carácter descriptivo al incluir todos los elementos que integran el patrimonio de un sujeto, abarcando tanto a los bienes y derechos, como a las deudas u obligaciones. Así, con este término no se ofrece información respecto a la cuantía total y última en que ese patrimonio se concreta, sino que se refiere a un inventario detallado

7938

MIGUEL ÁNGEL BARBERÁN LAHUERTA Véase también: "Capacidad de reembolso"; "Impuesto sobre el Patrimonio" y "Patrimonio neto".

PATRIMONIO DEL ESTADO State property I. INTRODUCCIÓN • II. EL PATRIMONIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 1. Bienes demaniales 2. Bienes patrimoniales • III. EL PATRIMONIO DEL ESTADO 1. Régimen jurídico 2. Prerrogativas de la Administración en relación con los bienes patrimoniales

I.

INTRODUCCIÓN

Las Administraciones Públicas, como cualquier otro sujeto, necesitan medios materiales para el cumplimiento de las competencias que les otorga el ordenamiento jurídico. Además de los recursos financieros que pueden recaudar a través de los ingresos públicos (como Tributos, Deuda pública, etc.) las Entidades Públicas también pueden utilizar los bienes y derechos de los que son titulares. Dada la peculiaridad de la posición de las Administraciones Públicas, a las que se encomienda la consecución de objetivos públicos y del bien común, la actividad que llevan a cabo las Administraciones Públicas para la adquisición, gestión, uti-

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P ATRIMONIO DEL ESTADO lización y protección de sus medios materiales tiene un régimen jurídico especial.

En el mismo precepto, en su apartado 2, exceptúa de dicho patrimonio los recursos financieros, tales como:

Dicho régimen jurídico se acomoda a los parámetros propios del Derecho administrativo, y en este sentido, encontramos que en la actividad de gestión del Patrimonio de las Administraciones Públicas también se busca el equilibrio entre las prerrogativas que se les otorgan, por razón de su búsqueda del interés general, y las correlativas garantías que los ciudadanos poseen, tanto a priori de la actuación administrativa, como a posteriori; esto es, como modo de reacción ante un posible uso arbitrario de dichas prerrogativas.

-

El dinero.

-

Los valores.

-

Los créditos y los demás recursos financieros de su hacienda.

-

En el caso de las entidades públicas empresariales, los recursos que constituyen su tesorería.

En cuanto a las garantías a priori, normalmente conectadas con el principio de legalidad en el establecimiento de potestades administrativas, en este ámbito dicho principio posee el carácter reforzado de encontrarse reservado a la ley. El art. 132 de la Constitución española impone la Reserva de Ley para todas las propiedades de las Administraciones públicas, y en particular, en su apartado 3, para el Patrimonio del Estado. En cumplimiento de dicha Reserva, el régimen jurídico de estos bienes se regula en la actualidad en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAP).

II.

EL PATRIMONIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

El art. 3 de la LPAP define lo que se considera "Patrimonio de las Administraciones públicas". Según dicho precepto, éste está constituido por el conjunto de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual les hayan sido atribuidos. Por lo tanto, el concepto se corresponde con el genérico de patrimonio, surgido en torno al patrimonio personal en el Derecho civil.

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Por razón del régimen jurídico al que están sujetos, los bienes y derechos que integran el patrimonio de las Administraciones Públicas pueden ser de dominio público, o demaniales, y de dominio privado, o patrimoniales. Estos últimos tendrían un régimen análogo al de los particulares, con matices. En cambio, los primeros estarían más vinculados a la satisfacción de las necesidades públicas, y por ello sometidos a un régimen jurídico especial. Aunque el concepto legal de patrimonio comprende a ambos, el sentido más frecuente del término viene referido, en particular, a los bienes patrimoniales. La Constitución así parece entenderlo, puesto que habla de los bienes de dominio público en los apartados 1 y 2 del artículo 132, y, en cambio, se refiere al Patrimonio del Estado en su apartado 3.

1. Bienes demaniales Según la ley, son bienes y derechos de dominio público los siguientes: •

Los que el art. 132.2 de la Constitución considera tales: -

Zona marítimo-terrestre.

-

Playas.

-

Mar territorial.

7939

P ATRIMONIO DEL ESTADO -





Recursos económicos de la plataforma continental y la Zona económica.

Los que una ley considere como tal expresamente. Entre estos, pueden incluirse los inmuebles de titularidad de la Administración General del Estado o de los organismos públicos vinculados a ella o dependientes de la misma en que se alojen servicios, oficinas o dependencias de sus órganos o de los órganos constitucionales del Estado (art. 5 LPAP).

"Son bienes y derechos de dominio privado o patrimoniales los que, siendo de titularidad de las Administraciones públicas, no tengan el carácter de demaniales." Sin embargo, en su apartado segundo, dicho precepto enumera un listado de bienes que tendrán la consideración de patrimoniales del Estado, en todo caso: -

Los derechos de arrendamiento.

-

Los valores y títulos representativos de acciones y participaciones en el capital de sociedades mercantiles o de obligaciones emitidas por éstas.

-

Contratos de futuros y opciones cuyo activo subyacente esté constituido por acciones o participaciones en entidades mercantiles.

-

Los derechos de propiedad incorporal.

-

Los derechos de cualquier naturaleza que se deriven de la titularidad de los bienes y derechos patrimoniales.

Los que reúnan dos condiciones: -

Ser de titularidad pública.

-

Encontrarse afectados al uso general o al servicio público.

Por razón de su carácter excepcional, la gestión y administración de los bienes y derechos demaniales por las Administraciones Públicas se ajustarán a los principios de inalienabilidad, inembargabilidad e imprescriptibilidad, (art. 132.1 CE) y a otros que intentan preservar su destino a fines de interés general (art. 6 LPAP).

III.

EL PATRIMONIO DEL ESTADO

2. Bienes patrimoniales Los bienes patrimoniales son normalmente definidos de una forma negativa, considerándolos como aquellos propiedad del Estado que no son de dominio público. Éste es el criterio utilizado en el artículo 340 del Código Civil, que dispone: «Todos los demás bienes que pertenecen al Estado, en los que no concurran las circunstancias expresadas en el artículo anterior (el art. 339 señala las características de los bienes de dominio público), tienen el carácter de propiedad privada». Y en el mismo sentido se pronuncia el art. 7.1 LPAP.

7940

El Patrimonio del Estado está integrado por el patrimonio de la Administración General del Estado y los patrimonios de los organismos públicos que se encuentren en relación de dependencia o vinculación con la misma.

1. Régimen jurídico El régimen jurídico de estos bienes podría definirse como peculiar, esto es, se aplica un régimen propio. Sin embargo, ad intra o en el ámbito interno, se aplica un régimen de Derecho Público. Así, al régimen de adquisición, administración, defensa y enajenación de los bienes se les aplica el régimen especial regulado en la propia Ley de Patrimonio de las Administraciones públicas.

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P ATRIMONIO NETO Ahora bien, en las cuestiones relativas a la competencia para adoptar los correspondientes actos y al procedimiento que ha de seguirse para ello, se aplicará la normativa administrativa. Esto se debe a que dichos bienes, en cualquier caso, tienen un uso de interés público. En efecto, como establece el art. 8.2 LPAP:

terceros cuando los límites entre ellos sean imprecisos o existan indicios de usurpación •

"En todo caso, la gestión de los bienes patrimoniales deberá coadyuvar al desarrollo y ejecución de las distintas políticas públicas en vigor y, en particular, al de la política de vivienda, en coordinación con las Administraciones competentes."

Recuperar de oficio la posesión indebidamente perdida sobre sus bienes y derechos. Esta facultad consiste en la posibilidad que tiene la Administración de recuperar por sí la posesión indebidamente perdida de sus bienes patrimoniales sin necesidad de acudir a los Tribunales (a través de un interdicto, por ejemplo). En cambio, no posee la facultad de desahucio, que sólo se prevé para los bienes demaniales. MARÍA PILAR ALGUACIL MARÍ

En cambio, serán de aplicación las normas del Derecho Privado en lo que afecte a los restantes aspectos de su régimen jurídico. En este sentido, estos bienes no comparten las características exorbitantes que disfrutan los de dominio público. Sin embargo, la Administración cuenta con ciertas prerrogativas especiales en relación con ellos.

2. Prerrogativas de la Administración en relación con los bienes patrimoniales La Administración cuenta con facultades más poderosas para la gestión, utilización y defensa de su patrimonio de aquellas que pueden utilizar los particulares. Estas facultades, sucintamente, son las siguientes (art. 41 LPAP):

PATRIMONIO NETO Clear patrimony / Net patrimony I. CONCEPTO • II. CRITERIOS DE REGISTRO O RECONOCIMIENTO • III. CLASIFICACIÓN • IV. VALORACIÓN • V. ANÁLISIS DEL PATRIMONIO NETO • VI. COMPOSICIÓN DEL PATRIMONIO NETO 1. Capital (subgrupo 10) 2. Reservas y otros instrumentos de patrimonio neto (subgrupo 11) 3. Resultados pendientes de aplicación (subgrupo 12) 4. Subvenciones, donaciones, y ajustes por cambio de valor (subgrupo 13)

I.

CONCEPTO



Investigar la situación de los bienes y derechos que presumiblemente pertenezcan a su patrimonio. Se trata de una facultad para esclarecer la posible propiedad sobre sus bienes, cuando ésta sea dudosa.

La reforma contable que culmina con la aprobación del PGC 2007 incorpora un nuevo concepto de Patrimonio Neto -en ocasiones llamado Neto Patrimonial-, que se adaptará o ajustará para su aplicación en determinados escenarios sociales (aplicación de resultados, reducción obligatoria de capital y causas de disolución).



Deslindar en vía administrativa los inmuebles de su titularidad. Las Administraciones públicas podrán deslindar los bienes inmuebles de su patrimonio de otros pertenecientes a

El patrimonio neto está definido en el Marco Conceptual (primera parte del PGC 2007) como la parte residual de los activos de la empresa, una vez deducidos todos sus pasivos. Incluye las aportacio-

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P ATRIMONIO NETO nes realizadas, ya sea en el momento de su constitución o en otros posteriores, por sus socios o propietarios que no tengan la consideración de pasivos, así como los resultados acumulados u otras variaciones que le afecten.

quen fuentes de financiación propia de la empresa. El patrimonio neto es también conocido con el nombre de neto patrimonial, fondos propios, financiación propia, y, junto al pasivo, forma parte de la "estructura financiera", capital financiero, origen de los recursos, fuentes de financiación, etc.

Las características básicas del patrimonio neto son: -

Es financiación no exigible.

-

En principio, no tiene coste financiero como el de las deudas (aunque sí existe el coste de oportunidad de esos recursos, o el reconocimiento de dividendos a los accionistas).

-

Debería destinarse, junto a la financiación ajena a largo plazo (pasivo no corriente), a financiar el activo no corriente y a cubrir un margen razonable del activo circulante de la empresa.

El patrimonio neto puede considerarse, contablemente, como un elemento patrimonial o como una masa patrimonial. •

El patrimonio neto como elemento patrimonial. Cada partida que represente fondos propios o fuentes de financiación no exigibles. Elementos patrimoniales de patrimonio neto son: aportaciones de los propietarios que no supongan obligaciones de pago para la empresa (el capital), resultados acumulados (las reservas), el resultado del ejercicio actual, etc.



El patrimonio neto como masa patrimonial. En una primera agrupación de elementos, el Patrimonio Neto es una de las tres grandes masas patrimoniales, junto con el Activo y el Pasivo . La masa patrimonial de patrimonio neto agrupa elementos que signifi-

7942

II.

CRITERIOS DE REGISTRO O RECONOCIMIENTO

El registro o reconocimiento contable es el proceso por el que se incorporan al balance, a la cuenta de pérdidas y ganancias o al estado de cambios en el patrimonio neto, los diferentes elementos que constituyen las cuentas anuales. Para ser reconocido, un elemento debe reunir las características exigidas en la definición de los mismos y, además, deberá presentar un valor que se pueda determinar con fiabilidad.

III.

CLASIFICACIÓN

El patrimonio neto está formado por tres epígrafes: -

Fondos propios que, a su vez, pueden haber sido aportados por los socios o propietarios (capital) o bien tratarse de resultados acumulados que no hayan sido repartidos (reservas y resultado del ejercicio).

-

Ajustes por cambios de valor.

-

Subvenciones, donaciones y legados recibidos.

La distinción entre elementos de patrimonio neto y pasivo, siendo ambos fuentes de financiación, se encuentra en función de si existe o no obligación de pago (deuda). Por ejemplo, una aportación del empresario, con un fin concreto, que la empresa tenga obligación de devolverle, no será patrimonio neto sino pasivo, mientras que una donación efec-

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P ATRIMONIO NETO tuada por un tercero será patrimonio neto y no pasivo.

IV.

VALORACIÓN

La valoración de los fondos propios depende de la de los activos aportados. Como la mayoría de las aportaciones son dinerarias, su valoración es inmediata. Sólo plantean problemas las aportaciones no dinerarias, que deben ser valoradas por su valor razonable.

V.

ANÁLISIS DEL PATRIMONIO NETO

Matemáticamente, el Balance de Situación de una empresa se representa con la ecuación: Activo (A) = Patrimonio Neto (PN) + Pasivo (P), denominada ecuación fundamental del patrimonio. Despejando de aquí el Patrimonio Neto: PN = A – P En relación con el PGC 1990, el concepto de patrimonio neto actual es más amplio que el de fondos propios de di-

cho plan. Algunas novedades que, respecto al patrimonio neto, conviene destacar son: por una parte, se incluye un concepto novedoso como son los ajustes por cambios de valor, inexistentes en el plan anterior y, por otra parte, las subvenciones y similares, que ahora forman parte del patrimonio neto y, en el modelo anterior, figuraban en el balance como "ingresos a distribuir en varios ejercicios" que ya no existe. Además, aparecen algunos epígrafes nuevos como "Otras aportaciones de socios", cuya naturaleza jurídica no está clara, pero que podría asimilarse a la partida del plan anterior denominada "Aportaciones de socios para compensación de pérdidas". Como ya se ha dicho, el balance del PGC 2007, que comprende, con la debida separación, el activo, el pasivo y el patrimonio neto de la empresa, sufre cambios importantes en relación con el modelo del PGC 1990, según se muestra a continuación:

BALANCE PGC 1990 ACTIVO

PASIVO

A) Accionistas desembolsos no exigidos

A) Fondos propios

B) Inmovilizado

B) Ingresos a distribuir en varios ejercicios

C) Gastos a distribuir en varios ejercicios

C) Provisiones para riesgos y gastos

D) Circulante

D) Deudas a largo E) Deudas a corto

BALANCE PGC 2007 ACTIVO

PATRIMONIO NETO Y PASIVO

A) Activo no corriente

A) Patrimonio neto

B) Activo corriente

B) Pasivo no corriente C) Pasivo corriente

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P ATRIMONIO NETO Entrando en el análisis del patrimonio neto de las sociedades mercantiles y su correlación con la sociedad actual, se pueden considerar distintas situaciones según las cuales podría variar la percepción del término, entendiéndose, al menos, como: concepto (contable y/o mercantil), residuo patrimonial, ajuste patrimonial (integrante del nuevo estado de cambios en el patrimonio neto), indicador de la situación patrimonial y/o financiera y referente para determinadas operaciones societarias (aplicación de resultados/distribución de dividendos, reducciones de capital por pérdidas, disolución por pérdidas). En todas estas consideraciones, no se está cuantificando el mismo importe del patrimonio neto. En un intento de simplificar la situación actual del patrimonio neto, se puede afirmar que, tras la reciente reforma mercantil, la configuración y gestión del mismo puede estar determinada por ser: •



Parte integrante de las cuentas anuales (su importe es el mismo): -

Balance.

-

Estado de cambios en el patrimonio neto.

Garantía del equilibrio patrimonial y referente en la adecuada relación con el capital social: -

Reducción del capital (voluntaria y obligatoria) por pérdidas.

-

Disolución obligatoria por pérdidas.

-

Distribución de dividendos (aplicación del resultado).

Los elementos integrantes del patrimonio neto, en las cuentas anuales, son:

7944

los fondos propios, los ajustes por cambios de valor y las subvenciones, donaciones y legados recibidos. En relación con la funcionalidad del patrimonio neto como referencia del equilibrio patrimonial societario, es evidente que todos los componentes del mismo no están sometidos en nuestra legislación a los mismos condicionantes de protección patrimonial, tradicionalmente representados en el capital y en las reservas que constituyen junto a los resultados el núcleo de los fondos propios. Delimitado conceptualmente el patrimonio neto, conviene precisar el escenario en el que se proyecta la aplicación de resultados, integrada por: -

La distribución de dividendos.

-

Las dotaciones a reservas.

-

La compensación de resultados negativos.

La protección patrimonial o el mantenimiento de la integridad del capital ha de referirse a la distribución de dividendos cuando la legislación vigente establece, por una parte, que sólo podrán repartirse dividendos con cargo al beneficio del ejercicio, o a reservas de libre disposición, si el valor del patrimonio neto no es, o no resulta ser a consecuencia del reparto, inferior al capital social. Por otra parte, y a estos efectos, establece que los beneficios imputados directamente al patrimonio neto no podrán ser objeto de distribución, directa ni indirecta. Por tanto, el patrimonio neto contable, que es el que figura en las cuentas anuales, resulta insuficiente para precisar los beneficios distribuibles.

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P ATRIMONIO NETO La legislación vigente, ya lo hacía la anterior en similares circunstancias, introduce una serie de ajustes al patrimonio neto contable para obtener el patrimonio neto ajustado, delimitando la adecuación del reparto y la cuantificación de los beneficios distribuibles. Para ello, después de la reforma realizada por el Real Decreto-Ley 10/2008 habrá que tener en cuenta que: A los efectos de la distribución de beneficios, reducción obligatoria de capital y disolución obligatoria por pérdidas, de acuerdo con lo dispuesto en la regulación legal de las sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, se considerará patrimonio neto el importe que se califique como tal en las cuentas anuales –patrimonio neto contable-, incrementado en el importe del capital social suscrito no exigido, así como en el importe de las acciones (nominal y primas, en su caso) registradas contablemente como pasivo y excluido el importe de los ajustes por cambios de valor originados en operaciones de cobertura de flujos de efectivo pendientes de imputar a la cuenta de pérdidas y ganancias, que no se considerarán patrimonio neto. Así:

No obstante, conviene precisar que, para el cálculo del patrimonio neto a efectos de reducción obligatoria de capital y disolución obligatoria por pérdidas, la tipología de los ajustes varía, ya que habrá que incluir, entre otros, a los préstamos participativos que, expresamente, no computan a los efectos de la distribución de dividendos.

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VI.

COMPOSICIÓN DEL PATRIMONIO NETO

El patrimonio neto del balance contiene las cuentas relativas a: capital, reservas y otros instrumentos de patrimonio neto, resultados pendientes de aplicación, y subvenciones, donaciones y ajustes por cambio de valor.

1. Capital (subgrupo 10) Las cuentas de este subgrupo figurarán en el patrimonio neto del balance, formando parte de los fondos propios, con las excepciones establecidas en las cuentas 103 y 104. Incluye: .

100. Capital social.

.

101. Fondo social.

.

102. Capital.

.

103. Socios por desembolsos no exigidos.

.

104. Socios por aportaciones no dinerarias pendientes.

.

108. Acciones o participaciones propias en situaciones especiales.

.

109. Acciones o participaciones propias para reducción de capital.

-

100. Capital social. Capital escriturado en las sociedades que revistan forma mercantil salvo cuando, atendiendo a las características económicas de la emisión, deba contabilizarse como pasivo financiero.

-

101. Fondo social. Capital de las entidades sin forma mercantil.

-

102. Capital. Corresponde a las empresas individuales.

-

103. Socios por desembolsos no exigidos. Capital social escriturado pendiente de desembolso no exigido a los socios o accionistas, excepto los desembolsos no exigidos correspon-

7945

P ATRIMONIO NETO

-

dientes a los instrumentos financieros cuya calificación contable sea la de pasivo financiero.

Sociedades Anónimas, y artículo 40 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada).

Figurarán en el patrimonio neto, con signo negativo, minorando la partida de capital social, excepto las cantidades que correspondan a capital emitido pendiente de inscripción que figurará minorando la partida del pasivo corriente en la que éste se incluye.

Figurarán en el patrimonio neto, con signo negativo.

104. Socios por aportaciones no dinerarias pendientes. Capital social escriturado pendiente de desembolso que corresponde a aportaciones no dinerarias, excepto las aportaciones pendientes que correspondan a instrumentos financieros cuya calificación contable sea la de pasivo financiero. Figurarán en el patrimonio neto, con signo negativo, minorando la partida de capital social, excepto las cantidades que correspondan a capital emitido pendiente de inscripción que figurará minorando la partida del pasivo corriente en la que éste se incluye.

-

108. Acciones o participaciones propias en situaciones especiales. Acciones o participaciones propias adquiridas por la empresa (Sección Cuarta del Capítulo IV del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada).

2. Reservas y otros instrumentos de patrimonio neto (subgrupo 11) Las cuentas de este subgrupo figurarán en el patrimonio neto del balance, formando parte de los fondos propios. Incluye: .

110. Prima de emisión o asunción.

.

111. Otros instrumentos de patrimonio neto.

.

112. Reserva legal.

.

113. Reservas voluntarias.

.

114. Reservas especiales.

.

115. Reservas por pérdidas y ganancias actuariales y otros ajustes.

.

118. Aportaciones de socios o propietarios.

.

119. Diferencias por ajuste del capital a euros.

-

110. Prima de emisión o asunción. Aportación realizada por los accionistas o socios en el caso de emisión y colocación de acciones o participaciones a un precio superior a su valor nominal. En particular, incluye las diferencias que pudieran surgir entre los valores de escritura y los valores por los que deben registrarse los bienes recibidos en concepto de aportación no dineraria, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de registro y valoración.

-

111. Otros instrumentos de patrimonio neto.

-

112. Reserva legal. Esta cuenta registrará la reserva establecida por el ar-

Figurarán en el patrimonio neto, con signo negativo. -

109. Acciones o participaciones propias para reducción de capital. Acciones o participaciones propias adquiridas por la empresa en ejecución de un acuerdo de reducción de capital adoptado por Junta General (artículo 170 del Texto Refundido de la Ley de

7946

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P ATRIMONIO NETO tículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. -

cargo o abono a las cuentas en las que estuviese registrada la participación.

113. Reservas voluntarias. Son las constituidas libremente por la empresa. Cuando se produzca un cambio de criterio contable o la subsanación de un error, el ajuste por el efecto acumulado calculado al inicio del ejercicio, de las variaciones de los elementos patrimoniales afectados por la aplicación retroactiva del nuevo criterio o la corrección del error, se imputará a reservas de libre disposición. Con carácter general, se imputará a las reservas voluntarias. Cuando se produzca una combinación de negocios por etapas, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de registro y valoración, la diferencia entre el valor razonable de la participación de la adquirente en los elementos identificables de la empresa adquirida en cada una de las fechas de las transacciones individuales y su valor razonable en la fecha de adquisición, se imputará a reservas de libre disposición. Con carácter general, se abonará esta cuenta de reservas voluntarias, con cargo a las correspondientes cuentas representativas de los elementos patrimoniales, incluyendo las relacionadas con la contabilización del efecto impositivo. En particular, en el caso de que con carácter previo a una combinación de negocios por etapas en la que deba aplicarse el método de adquisición, la inversión en la adquirida se hubiera clasificado como un activo financiero mantenido para negociar o activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias, se abonará o cargará la cuenta de reservas voluntarias con

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Los gastos de transacción de instrumentos de patrimonio propio se imputarán a reservas de libre disposición. Con carácter general, se imputarán a las reservas voluntarias. -

114. Reservas especiales. Las establecidas por cualquier disposición legal con carácter obligatorio, distintas de las incluidas en otras cuentas de este subgrupo. En particular, se incluye la reserva por participaciones recíprocas establecida en el artículo 84 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

-

115. Reservas por pérdidas y ganancias actuariales y otros ajustes. Componente del patrimonio neto que surge del reconocimiento de pérdidas y ganancias actuariales y de los ajustes en el valor de los activos por retribuciones pos empleo al personal de prestación definida, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de registro y valoración.

-

118. Aportaciones de socios o propietarios. Elementos patrimoniales entregados por los socios o propietarios de la empresa cuando actúen como tales, en virtud de operaciones no descritas en otras cuentas. Es decir, siempre que no constituyan contraprestación por la entrega de bienes o la prestación de servicios realizados por la empresa, ni tengan la naturaleza de pasivo. En particular, incluye las cantidades entregadas por los socios o propietarios para compensación de pérdidas.

-

119. Diferencias por ajuste del capital a euros. Diferencias originadas como consecuencia de la conversión a euros de la cifra de capital de acuerdo con el contenido de la Ley

7947

P ATRIMONIO NETO 46/1998, de 17 de diciembre, sobre Introducción del Euro.

.

131. Donaciones y legados de capital.

3. Resultados pendientes de aplicación (subgrupo 12)

.

132. Otras subvenciones, donaciones y legados.

Las cuentas de este subgrupo figurarán en el patrimonio neto del balance, formando parte de los fondos propios, con signo positivo o negativo, según corresponda. Incluye:

.

133. Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta.

.

134. Operaciones de cobertura.

.

1340. Cobertura de flujos de efectivo.

.

120. Remanente.

.

121. Resultados negativos de ejercicios anteriores.

.

1341. Cobertura de una inversión en un negocio en el extranjero.

.

129. Resultado del ejercicio.

.

135. Diferencias de conversión.

-

120. Remanente. Beneficios no repartidos ni aplicados específicamente a ninguna otra cuenta, tras la aprobación de las cuentas anuales y de la distribución de resultados.

.

136. Ajustes por valoración en activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta.

-

121. Resultados negativos de ejercicios anteriores. Resultados negativos de ejercicios anteriores.

.

137. Ingresos fiscales a distribuir en varios ejercicios.

-

130. Subvenciones oficiales de capital. Las concedidas por las Administraciones Públicas, tanto nacionales como internacionales, para el establecimiento o estructura fija de la empresa (activos no corrientes) cuando no sean reintegrables, de acuerdo con los criterios establecidos en las normas de registro y valoración.

-

131. Donaciones y legados de capital. Las donaciones y legados concedidos por empresas o particulares, para el establecimiento o estructura fija de la empresa (activos no corrientes) cuando no sean reintegrables, de acuerdo con los criterios establecidos en las normas de registro y valoración.

-

132. Otras subvenciones, donaciones y legados. Las subvenciones, donaciones y legados concedidos que no figuran en las cuentas anteriores, cuando no sean reintegrables, y se

-

129. Resultado del ejercicio. Resultado, positivo o negativo, del último ejercicio cerrado, pendiente de aplicación.

4. Subvenciones, donaciones, y ajustes por cambio de valor (subgrupo 13) Recoge subvenciones, donaciones y legados, no reintegrables, otorgados por terceros distintos a los socios o propietarios, recibidos por la empresa y otros ingresos y gastos contabilizados directamente en el patrimonio neto, hasta que de conformidad con lo previsto en las normas de registro y valoración, se produzca, en su caso, su transferencia o imputación a la cuenta de pérdidas y ganancias. Las cuentas de este subgrupo figurarán en el patrimonio neto. Incluye: .

130. Subvenciones oficiales de capital.

7948

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P ATRIMONIO NETO encuentren pendientes de imputar al resultado de acuerdo con los criterios establecidos en las normas de registro y valoración. Es el caso de las subvenciones concedidas para financiar programas que generarán gastos futuros.

materializadas en diferencias permanentes y deducciones y bonificaciones que, por tener una naturaleza económica asimilable a las subvenciones, son objeto de imputación a la cuenta de pérdidas y ganancias en varios ejercicios.

-

133. Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta. Ajustes producidos por la valoración a valor razonable de los activos financieros clasificados en la categoría de disponibles para la venta, de acuerdo con la norma de registro y valoración relativa a los instrumentos financieros.

A estos efectos, las diferencias permanentes se materializan, con carácter general, en ingresos que no se incorporan en la determinación de la base imponible del impuesto sobre beneficios y que no revierten en períodos posteriores.

-

134. Operaciones de cobertura. Importe de la pérdida o ganancia del instrumento de cobertura que se haya determinado como cobertura eficaz, en el caso de coberturas de flujos de efectivo o de cobertura de una inversión neta en un negocio en el extranjero.

RAQUEL MARTÍN MATEOS

-

-

-

135. Diferencias de conversión. Diferencia que surge al convertir a la moneda de presentación, euro, las partidas del balance y de la cuenta de pérdidas y ganancias en el caso de que la moneda funcional sea distinta de la moneda de presentación. 136. Ajustes por valoración en activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta. Ajustes por valor razonable de activos no corrientes clasificados como mantenidos para la venta, y de activos y pasivos directamente asociados, clasificados como grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta, cuyas variaciones de valor, previamente a su clasificación en esta categoría, ya se imputaban a otra cuenta del subgrupo 13. 137. Ingresos fiscales a distribuir en varios ejercicios. Ventajas fiscales

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Véase también: "Autocartera"; "Balance"; "Capital social"; "Distribución de resultados"; "Estado de cambios de patrimonio neto"; "Regularización" y "Subvención".

LO ESENCIAL SOBRE PATRIMONIO NETO Documentación •

Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad . PGC.

Libros •

• • •

GALLEGO DÍEZ, ENRIQUETA; VARA Y VARA, MATEO. Manual práctico de contabilidad financiera . Editorial Pirámide, 2008. MALLO, CARLOS y PULIDO, ANTONIO. Contabilidad Financiera. Un enfoque actual . Editorial Paraninfo, 2008. MUÑOZ JIMÉNEZ, JOSÉ. Contabilidad financiera. Editorial Pearson, 2008. RIVERO ROMERO, JOSÉ. Contabilidad financiera . Editorial Trivium, 1999.

7949

P ATRIMONIO NETO (FISCALIDAD) Webgrafía • • •

• •

www.icac.meh.es (web del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas). www.plancontable2007.es (web de información sobre normativa contable). www.contabilidad.tk (web del manual del Nuevo Plan General contable, realizado por Amador Fernández, S. y Romano Aparicio, J.). www.plangeneralcontable.com (web de Contabilidad para la pequeña y mediana empresa). www.eumed.net (web especializada en el estudio e investigación de las Ciencias Sociales y Económicas).

PATRIMONIO NETO (FISCALIDAD) Net worth (Taxation) El patrimonio neto se utiliza para determinar la cuantía en términos netos, es decir, una vez descontadas el valor de las deudas, de un conjunto de bienes, derechos y deudas que pertenecen a un mismo titular. Con el concepto de patrimonio neto se ofrece un enfoque cuantitativo, ya que se utiliza para darle un valor exacto a ese conjunto patrimonial. En ese sentido el patrimonio neto está muy cerca del patrimonio imponible que algunos impuestos someten a tributación y que supone una verdadera aproximación a la capacidad de pago de aquellos tributos que recaen sobre la riqueza. Para el cálculo del patrimonio neto suelen asignarse a los bienes y derechos el criterio del valor de mercado en la medida de lo posible, mientras que para las deudas se aplica el criterio del valor con que habrán de satisfacerse en el momento que sean exigibles. MIGUEL ÁNGEL BARBERÁN LAHUERTA

7950

Véase también: "Patrimonio bruto" y "Patrimonio del Estado".

PATRIMONIO PROTEGIDO DE LOS DISCAPACITADOS Disabled persons´ wealth protection I. CONCEPTO Y NORMATIVA REGULADORA 1. El Patrimonio protegido 2. Beneficiarios del patrimonio protegido 3. Constitución y aportaciones • II. TRATAMIENTO FISCAL DE LOS APORTANTES AL PATRIMONIO 1. Beneficios en el IRPF • 2. Beneficios en el Impuesto sobre Sociedades • III. TRATAMIENTO FISCAL DEL TITULAR DEL PATRIMONIO 1. En el IRPF 2. En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

I.

CONCEPTO Y NORMATIVA REGULADORA

La ley 41/2003, de 18 noviembre, de Protección patrimonial de las personas con discapacidad, tuvo como objetivo principal el establecimiento de esta figura jurídica, el patrimonio protegido de las personas con discapacidad. Se trata de uno de los mecanismos mediante los que el legislador trata de cumplir el mandato establecido en el art. 49 de la Constitución, de responder a la especial situación de las personas con discapacidad. Dicha ley, asimismo, incorporó las normas tributarias necesarias para establecer el régimen fiscal de los aportantes a dicho patrimonio, y de su titular. Estas normas tributarias se han recogido en la posterior ley 35/2006, reguladora del IRPF, y en el Decreto legislativo 4/2004, que desarrolla el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

1. El Patrimonio protegido Se trata de una masa patrimonial que queda inmediata y directamente vincula-

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P ATRIMONIO PROTEGIDO DE LOS DISCAPACITADOS da a la satisfacción de las necesidades vitales de una persona con discapacidad. Los bienes y derechos que forman este patrimonio, que no tiene personalidad jurídica propia, se aíslan del resto del patrimonio personal de su titular-beneficiario, sometiéndolos a un régimen de administración y supervisión específico.

2. Beneficiarios del patrimonio protegido Este patrimonio tendrá como beneficiario, exclusivamente, a la persona en cuyo interés se constituya, que será su titular. Dicho beneficiario tendrá la consideración de persona con discapacidad, que será, exclusivamente, a estos efectos: -

Las afectadas por una minusvalía psíquica igual o superior al 33 por 100.

-

Las afectadas por una minusvalía física o sensorial igual o superior al 65 por 100.

El grado de minusvalía se acreditará mediante certificado expedido conforme a lo establecido reglamentariamente o por resolución judicial firme.

3. Constitución y aportaciones La constitución requiere, inexcusablemente, de una aportación originaria de bienes y derechos. Esta constitución del patrimonio corresponde a la propia persona con discapacidad que vaya a ser beneficiaria del mismo o, en caso de que ésta no tenga capacidad de obrar suficiente, a sus padres, tutores o curadores de acuerdo con los mecanismos generales de sustitución de la capacidad de obrar regulados por nuestro ordenamiento jurídico, o bien a su guardador de hecho, en el caso de personas con discapacidad psíquica. Cualquier persona con interés legítimo, con el consentimiento de la persona con discapacidad, o de sus padres o tuto-

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res o curadores si no tuviera capacidad de obrar suficiente, podrá aportar bienes o derechos al patrimonio protegido. Estas aportaciones deberán realizarse siempre a título gratuito y no podrán someterse a término.

II.

TRATAMIENTO FISCAL DE LOS APORTANTES AL PATRIMONIO

Las leyes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades establecen determinados beneficios para los aportantes a Patrimonios protegidos. Para obtener los beneficios fiscales, el aportante debe tener una relación con el discapacitado titular del Patrimonio; relación que varía en función de si es una persona física, o si es un sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades.

1. Beneficios en el IRPF a) Aportante sujeto pasivo del IRPF Según el art. 54 de la LIRPF, para dar derecho a la reducción en la base imponible de dicho impuesto, la aportación deberá hacerse por personas que tengan con el mismo: -

Una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive.

-

Por el cónyuge de la persona con discapacidad.

-

Por aquellos que lo tuviesen a su cargo en régimen de tutela o acogimiento.

No generarán el derecho a reducción las aportaciones de elementos afectos a la actividad que efectúen los contribuyentes de este Impuesto que realicen actividades económicas. En ningún caso darán derecho a reducción las aportaciones efectuadas por la propia persona con

7951

P ATRIMONIO PROTEGIDO DE LOS DISCAPACITADOS discapacidad titular del patrimonio protegido.

-

b) Reducción en la base imponible El aportante podrá reducir en su base imponible del impuesto, el importe de su aportación en el período en el que la realice, con un límite (variable en cada período), que actúa de forma conjunta para todos los aportantes.

c) Exención de las ganancias patrimoniales En el art. 33.3 de la LIRPF se establece la exención de las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto en el aportante con ocasión de las aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad

2. Beneficios en el Impuesto sobre Sociedades a) Aportante sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades Para que los sujetos pasivos del IS puedan aplicarse la deducción prevista en su ley reguladora por aportaciones a Patrimonios protegidos (art. 43 TRLIS), es necesario que tengan una relación de empleador con respecto al discapacitado/a, o de sus parientes en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, de sus cónyuges o de las personas a cargo de dichos trabajadores en régimen de tutela o acogimiento.

Cuando se trate de trabajadores con retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 27.000 euros, la deducción prevista deberá aplicarse sobre la parte proporcional de las aportaciones que correspondan al importe de la retribución bruta anual. Esto es, en la proporción en que 27.000 esté en relación con el salario anual.

c) Exención de las plusvalías Estarán exentas del Impuesto sobre Sociedades las rentas positivas que se pongan de manifiesto con ocasión de las contribuciones empresariales a Patrimonios protegidos, en el caso de aportaciones en especie.

III.

-

Los trabajadores deben tener retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros.

7952

TRATAMIENTO FISCAL DEL TITULAR DEL PATRIMONIO

Las aportaciones realizadas al patrimonio protegido de las personas con discapacidad, tendrán el siguiente tratamiento fiscal para la persona con discapacidad (D.A.18ª LIRPF).

1. En el IRPF -

Cuando los aportantes sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tendrán la consideración de rendimientos del trabajo hasta el importe de 10.000 euros anuales por cada aportante y 24.250 euros anuales en conjunto.

-

Asimismo, además de estos límites, cuando los aportantes sean sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, tendrán la consideración de rendimientos del trabajo siempre que

b) Deducción en la cuota del impuesto El art. 43 del TRLIS establece una deducción en la cuota íntegra del 10 % de las aportaciones realizadas a favor de patrimonios protegidos, en los términos señalados, con las siguientes condiciones:

Las aportaciones no podrán exceder de 8.000 euros anuales por cada trabajador o persona discapacitada. Las aportaciones que excedan dicho límite darán derecho a practicar la deducción en los cuatro períodos impositivos siguientes.

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P ATRÓN ORO hayan sido gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades, con el límite de 10.000 euros anuales. -

-

Cuando las aportaciones se realicen por sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades a favor de los patrimonios protegidos de los parientes, cónyuges o personas a cargo de los empleados del aportante, únicamente tendrán la consideración de rendimiento del trabajo para el titular del patrimonio protegido. Los rendimientos no estarán sujetos a retención o ingreso a cuenta. En el caso de aportaciones no dinerarias, la persona con discapacidad titular del patrimonio protegido se subrogará en la posición del aportante respecto de la fecha y el valor de adquisición de los bienes y derechos aportados, a efectos de las eventuales ganancias patrimoniales futuras.

2. En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones No estará sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones la parte de las aportaciones que tenga para el perceptor la consideración de rendimientos del trabajo (esto es, la que no supere los límites). El exceso sí estará sujeto. MARÍA PILAR ALGUACIL MARÍ Véase también: "Discapacitados (fiscalidad)" y "Minusvalía (fiscalidad)".

PATROCINIO Véase: "Acción social de la empresa".

PATRÓN ORO Gold standard

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I. CONCEPTO • II. LOS ORÍGENES DEL PATRÓN ORO • III. EL FUNCIONAMIENTO DEL PATRÓN ORO • IV. EL EQUILIBRIO EXTERNO Y SU AJUSTE BAJO EL PATRÓN ORO • V. EL FUNCIONAMIENTO DEL PATRÓN ORO EN LA PRÁCTICA • VI. MODALIDADES DEL PATRÓN ORO

I.

CONCEPTO

El patrón oro es un sistema de determinación del tipo de cambio en el que las autoridades monetarias de cada país fijan el precio de sus monedas en términos de oro, éstas son libremente convertibles en oro, se permite la libre exportación e importación de oro y cada país mantiene sus reservas exteriores en este metal precioso. En el sistema de patrón oro se establecen tipos de cambio fijos entre todos los pares de divisas que forman parte del sistema. En concreto, el tipo de cambio que se establece entre dos monedas viene determinado a partir de la cantidad de oro por la que se intercambia cada moneda. Su período de mayor éxito estuvo comprendido entre 1870 y 1914, aunque muchos países intentaron, sin éxito, su restablecimiento al finalizar la Primera Guerra Mundial.

II.

LOS ORÍGENES DEL PATRÓN ORO

El patrón oro tuvo su origen en el uso de las monedas de oro como dinero, es decir, como medio de cambio, unidad de cuenta y depósito de valor. Aunque el oro había sido utilizado como dinero desde la antigüedad, el patrón oro, como institución legal, tiene su origen en 1819, cuando el Parlamento británico aprobó la Resumption Act, mediante la cual se reanudaba la práctica de cambiar el papel moneda por oro a un precio fijo. Esta ley fue el primer paso hacia un verdadero

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P ATRÓN ORO patrón oro porque, simultáneamente, abolía las restricciones que durante largo tiempo existieron en Gran Bretaña sobre la exportación de oro. Más avanzado el Siglo XIX, Alemania, Japón y otros países también adoptaron el patrón oro. Los Estados Unidos se unieron efectivamente al patrón oro en 1879 y en 1900 institucionalizaron los vínculos entre el dólar y el oro. En la segunda mitad del Siglo XIX Gran Bretaña era el líder económico del mundo y debido a su supremacía en el comercio internacional y al avanzado desarrollo de sus instituciones financieras, Londres se convirtió en el centro del sistema financiero internacional del patrón oro.

III.

EL FUNCIONAMIENTO DEL PATRÓN ORO

Los requisitos fundamentales del patrón oro para su funcionamiento son que los países que lo establezcan: •

Deben mantener el valor de su unidad monetaria igual a una cierta cantidad de oro.



Deben aceptar la conversión de las monedas por oro.



Deben permitir la libre exportación e importación de oro.



Deben constituir sus reservas centrales con oro.

Bajo los anteriores acuerdos, el patrón oro, al establecerse la paridad de cada divisa en términos de oro, establece unos tipos de cambio fijos entre las monedas. Por ejemplo, si la Reserva Federal estadounidense establecía el precio en dólares del oro en 45 dólares la onza, y el Banco Central de Inglaterra fijaba el precio del oro en 15 libras esterlinas por onza, el tipo de cambio del dólar respecto a

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la libra sería de 3 dólares por libra, resultado de dividir 45 dólares por onza de oro entre 15 libras por onza. El tipo de cambio cruzado entre dos monedas bajo el patrón oro tan sólo podía diferir de un país a otro en un estrecho margen, ya que en caso contrario se producían operaciones de arbitraje que eliminarían las diferencias de cotización. La amplitud de los márgenes venía determinada por los costes de transporte del oro y de las primas de seguro durante el trayecto y, en cualquier caso, eran bastante estrechos.

IV.

EL EQUILIBRIO EXTERNO Y SU AJUSTE BAJO EL PATRÓN ORO

Con el patrón oro es responsabilidad de las autoridades monetarias preservar la paridad oficial entre la moneda del país y el oro, y para ello el banco central precisa mantener un nivel adecuado de reservas en forma de oro. Los bancos centrales trataban de evitar la existencia de importantes desequilibrios en la balanza de pagos, entendida ésta como la suma de la balanza por cuenta corriente más los componentes de la cuenta financiera que no son reservas. Y dado que las reservas exteriores tomaban la forma de oro, los superávit o déficit en la balanza de pagos tenían que ser financiados mediante el envío de oro entre bancos centrales. Consecuentemente, para las autoridades económicas el equilibrio de la balanza de pagos se convierte en un objetivo importante de política económica, pero entendido éste no como equilibrio en la balanza por cuenta corriente, sino como una situación en la que el banco central no ganara ni, en especial, perdiera oro a un ritmo que condujera al agotamiento de sus reservas exteriores. Estos movimientos de oro entre países consecuencia de los desequilibrios

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P ATRÓN ORO en la balanza de pagos constituían un mecanismo automático de ajuste, que contribuía a conseguir de manera simultánea el equilibrio en la balanza de pagos de los distintos países que integraban el sistema. Este mecanismo de ajuste fue ya descrito a mediados del Siglo XVIII por David Hume y se ha conocido bajo la denominación de mecanismo del ajuste "flujo de especie-precio". Las fuerzas que ponen en movimiento el mecanismo de ajuste que conduciría a un reequilibrio de la balanza de pagos son las variaciones en la cantidad de dinero y los efectos inducidos por éstas. Por ejemplo, supongamos que un país A tiene un superávit en su cuenta corriente que es mayor que el déficit de su cuenta de capital, excluidas las reservas. Por tanto, se producirán entradas de reservas internacionales, es decir, de oro. Estos flujos internacionales de oro reducen las ofertas monetarias en el exterior y aumentan la del país A. Estos flujos de oro reducen automáticamente las ofertas monetarias en el exterior y aumentan la del país A, empujando a la baja los precios exteriores y al alza los nacionales. El aumento de los precios en el país A junto con la caída simultánea de los precios en el resto del mundo –es decir, una apreciación real de la moneda del país A- reduce la demanda extranjera de bienes y servicios del país A e incrementa la demanda de productos extranjeros. Esta desviación de la demanda actúa en el sentido de reducir el superávit por cuenta corriente del país A y el déficit de los países extranjeros. En consecuencia, llegará un momento en que cesarán los movimientos de reservas, equilibrándose las balanzas de pagos.

V.

en teoría debía darse bajo el sistema de patrón oro no respondió del todo a la realidad. De hecho, muchos países violaron frecuentemente las reglas del sistema y esterilizaron los flujos de oro, esto es, vendían activos nacionales cuando las reservas extranjeras estaban creciendo y compraban activos nacionales cuando descendían. Esta intervención generalizada de los países en las exportaciones de oro privado socavó también el sistema. El sistema patrón oro pretendía, mediante la fijación de los precios de las monedas en términos de oro, limitar el crecimiento monetario de la economía mundial y estabilizar los niveles de precios mundiales. Sin embargo, en el período de vigencia del sistema de patrón oro, los niveles de precios nacionales se movieron a corto plazo de modo impredecible, al sucederse períodos de inflación y de deflación. Además, el patrón oro no parece que consiguiera asegurar el pleno empleo. En definitiva, el hecho de que en el sistema de patrón oro se subordinara la estabilidad interna a los objetivos externos, hizo que se produjera una importante inestabilidad interna a corto plazo.

VI.

Dependiendo de la forma en que se establezca la conversión de la moneda en oro es posible diferenciar tres sistemas de patrón oro: •

Patrón oro clásico. El país en cuestión se compromete a acuñar monedas y a cambiar billetes por oro y viceversa, siempre que los particulares lo exijan. Este fue el sistema utilizado por Gran Bretaña, y la mayor parte de los países, hasta 1914.



Patrón lingotes oro. El país se compromete a cambiar oro en billetes y

EL FUNCIONAMIENTO DEL PATRÓN ORO EN LA PRÁCTICA

El ajuste suave y automático hacia el equilibrio en las balanzas de pagos que

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MODALIDADES DEL PATRÓN ORO

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P AUTAS CORRECTIVAS viceversa, pero sólo por encima de una cantidad mínima y en múltiplos de la misma. Fue el aplicado por Gran Bretaña cuando retornó al patrón oro en 1925. •

Patrón cambios oro. El país en cuestión mantiene su paridad comprando y vendiendo divisas de otros países que mantengan el patrón oro en una de sus dos formas anteriores. Este es el sistema de patrón oro que llegó a adquirir una gran importancia en años previos a la Gran Depresión. JESÚS PAÚL GUTIÉRREZ

Véase también: "Sistema de tipos de cambio" y "Sistema de tipos de cambio fijos".

El reparto de dividendos o Pay Out depende de la empresa y de la situación en la que se encuentre; en general, una empresa en una situación de expansión tenderá a un menor Pay Out para acometer nuevas inversiones mientras que una empresa madura en el mercado podría aumentar su Pay Out habida cuenta que no precisa de financiación complementaria. El reparto suele denominarse en términos porcentuales, esto es, el porcentaje de los beneficios que se han repartido a los accionistas. Llegados a este punto se plantean varias cuestiones: -

En primer lugar, la empresa reparte sobre los beneficios después de pagar intereses e impuestos. Es lo que, según la terminología, se denomina "beneficio bruto" o más concretamente "beneficio líquido" (en la literatura anglosajona net income). Esto podría influir en el porcentaje a repartir, ya que una empresa muy endeudada (la fiscalidad es fija) podría necesitar reservas financieras en un futuro a costa de un menor reparto de beneficios.

-

En segundo lugar el Pay Out influye sobre la cotización de una empresa en Bolsa, a la larga, y en la imagen de la empresa en el mercado. El Pay Out podría ser aumentado en determinadas circunstancias (por ejemplo con cargo a Reservas) con el fin de reflotar la imagen de la empresa o bien para cumplir compromisos de reparto anteriores. Y es que un mayor Pay Out mejora la cotización del título, en general. No obstante, la información al mercado es un factor fundamental: si el Pay Out aumenta o disminuye, los inversores han de comprender la variación de esta ratio; por ejemplo, noticias sobre futuros proyectos con un alto porcentaje de seguridad para los cuales es pre-

PAUTAS CORRECTIVAS Véase: "Teoría de Elliot".

PAUTAS DE IMPULSO Véase: "Teoría de Elliot".

PAY-OUT I. CONCEPTO • II. CÁLCULO • III. INCONVENIENTES

I.

CONCEPTO

El término Pay Out procede del anglosajón que significa pago o salida de dinero. En términos empresariales, supone el reparto que de los beneficios destina la empresa a los dividendos. Los dividendos, entendidos éstos, como la parte de la acción que incorpora la verdadera naturaleza del título, esto es, la participación en los beneficios (en la gestión, en definitiva) de la empresa.

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P DA - ASISTENTE PERSONAL DIGITAL ferible la financiación interna que la externa aunque suponga un coste a corto plazo. Un ejemplo podría ilustrar el manejo del Pay Out en momentos difíciles de mercado. En 2008, las empresas cotizadas en el mercado bursátil español aumentaron, en media, la ratio al 55,43% (vs. 44,82% en 2007) a pesar de la reducción de beneficios. La importancia de transmitir confianza para fidelizar a los accionistas se impuso sobre la propia evolución del negocio de las compañías. De hecho, dentro del índice selectivo IBEX 35, 29 empresas pagaron dividendos y 17 de ellas aumentaron la ratio Pay Out. En definitiva, e independientemente de cómo se lleva a cabo el Pay Out, en el fondo implica la participación del accionista en la evolución de la empresa. El porcentaje del Pay Out dependerá del perfil de la empresa, del perfil de los accionistas y de los planes de crecimiento establecidos por la propia compañía.

II.

CÁLCULO

El Pay Out se determina de la siguiente manera: Pay-out = Dividendos / Beneficio neto -

-

Dividendos. Se entiende el montante total destinado a reparto, incluyendo aquellas reservas de libre disposición que, en el caso de empresas con filiales, suelen destinar estas filiales a retribuir a sus accionistas. Por ello, los dividendos incluyen también el reparto con cargo a Reservas aparte del tradicional con cargo a beneficios. Beneficio neto. Se entiende el remanente consolidado (en el caso de un grupo empresarial o de una empresa matriz con filiales), tras el pago de

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las diferentes cargas financieras y tributarias y sin tener en cuenta las compensaciones entre pérdidas y beneficios en el seno del grupo.

III.

INCONVENIENTES

El Pay Out tiene una doble interpretación: un mayor reparto, por motivos ajenos a la propia generación de beneficios, podría terminar descapitalizando a la empresa con problemas de financiación para proyectos futuros; sin embargo, un reducido Pay Out puede llevar al mercado a intuir problemas de endeudamiento de la empresa y, por tanto, dificultades de credibilidad que se traducen en caídas de las cotizaciones. La política de dividendos es una de las claves que lleva a un inversor a fijarse en una empresa pero es más importante el riesgo y los resultados en forma de beneficios líquidos, que una ratio Pay Out más por imagen que por trayectoria empresarial. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ GALÁN Véase también: "Beneficio"; "Dividendo" y "Múltiplos bursátiles".

PDA - ASISTENTE PERSONAL DIGITAL Personal Digital Asistant (PDA) Los asistentes personales digitales o PDA como se les conoce por sus iniciales en ingles de Personal Digital Asistant, son una nueva familia de dispositivos de comunicación que combinan en un formato de bolsillo, las funciones de ordenador, teléfono y agenda personal. Las actuales PDA cuentan con pantalla táctil, conectividad inalámbrica a redes, sincronización con distintos sistemas informáticos y un sistema operativo

7957

P EDIDOS EN FIRME DE LOS CLIENTES que les permite utilizar una gran variedad de software para realizar múltiples tareas mas allá de la tradicional administración de contactos, citas y tiempo, funciones básicas con las que se dieron a conocer inicialmente estos dispositivos.

PENETRACIÓN ABSOLUTA

Gracias a esta nueva combinación de tecnologías en un solo dispositivo de reducido tamaño, las PDA han logrado una gran aceptación en el mundo de los negocios, ya que se han convertido en una excelente plataforma de productividad, utilizadas en múltiples tareas empresariales que requieren la capacidad de la computación, la movilidad, la comodidad y la conectividad. Un buen ejemplo del uso empresarial de estos dispositivos se advierte en el sector comercial, es usual que los representantes comerciales de las empresas, al visitar a sus clientes, lleven consigo una PDA con la cual tienen acceso al sistema de información empresarial de sus organizaciones, el cual les permite conocer el estado de los pedidos de determinado cliente, su cartera, entre otros.

I. DEFINICIÓN • II. INTERPRETACIÓN

Absolute penetration

I.

DEFINICIÓN

La Penetración Absoluta, también denominada Extensión de la Clientela o Porcentaje de Compradores, es una variable del panel de consumidores que proporciona información sobre la cantidad de elementos del universo objeto de estudio que han comprado el producto, segmento, variedad, formato, marca, referencia, etc., del mercado analizado. Matemáticamente se corresponde con el número de compradores, expresado en porcentaje sobre el total del universo de referencia, que, durante el período de tiempo al que se refieren los datos, han adquirido al menos una vez un producto, segmento, variedad, formato, marca, referencia etc.

ALEJANDRO OLAYA DÁVILA Véase también: "Tecnologías de la información y comunicación".

II.

PEDIDOS EN FIRME DE LOS CLIENTES Véase: "Plan de pedidos" y "Plan maestro de producción".

PEG Véase: "Price/ Earnings to growth ".

7958

INTERPRETACIÓN

Es un índice que mide la extensión de un segmento, variedad, formato, marca, referencia, etc., entre los consumidores del universo objeto de estudio, sin tener en cuenta si éstos la adquieren de forma ocasional o habitual. La Penetración Absoluta podría interpretarse como un índice de prueba del segmento, variedad, formato, marca, referencia, etc., ya que, a mayor Penetración Absoluta, mayor número de consu-

© CISS

P ENETRACIÓN ABSOLUTA midores que lo han adquirido, al menos una vez.

Ejemplo 1. La categoría de producto (TOTAL MERCADO) tiene una Penetración Absoluta de 60,9, por lo tanto: -

-

El 60,9 % de 15.514.600 individuos que hay en el Total España, han adquirido, al menos una vez, dicho producto durante el tercer trimestre de 2003. El número de individuos del Total España, que han adquirido, al menos una vez dicho producto durante el tercer trimestre de 2003 es:

Ejemplo 2. El producto envasado en cartón (CARTÓN) tiene una Penetración Absoluta de 23,5, por lo tanto:

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-

El 23,5 % de 15.514.600 individuos que hay en el Total España, han adquirido, al menos una vez, dicho producto en envase de cartón durante el tercer trimestre de 2003.

-

El número de individuos del Total España, que han adquirido, al menos una vez, dicho producto en envase de cartón durante el tercer trimestre de 2003 es:

MARÍA REQUENA LAVIÑA

7959

P ENETRACIÓN DE IMPORTACIONES

PENETRACIÓN DE IMPORTACIONES Import penetration I. DEFINICIÓN • II. ¿CÓMO SE CALCULA EL ÍNDICE DE PENETRACIÓN DE LAS IMPORTACIONES? • III. LA PENETRACIÓN DE LAS IMPORTACIONES EN ESPAÑA

I.

A la hora de calcular el índice de penetración de las importaciones se puede hacer tanto en términos nominales como en términos reales, dependiendo de si en su cálculo se utilizan datos reales o nominales. Y aunque normalmente no habrá diferencias sustanciales, sí puede haber ciertas diferencias como consecuencia de un diferente comportamiento en los precios de las importaciones y de los precios del conjunto de la demanda interna.

DEFINICIÓN

El índice o coeficiente de penetración de las importaciones mide la proporción en que las importaciones abastecen la demanda interna, ya sea de un bien, sector o del conjunto de la economía nacional. El coeficiente de penetración de las importaciones constituye un indicador de competitividad, ya sea a nivel sectorial o nacional. Al igual que las cuotas de exportación en los mercados internacionales constituyen un indicador de la competitividad de un país, la capacidad relativa de abastecimiento de la demanda interna también nos va a ofrecer una idea de la competitividad de un país en su conjunto o de un sector, dado que la competitividad no sólo se dirime en el mercado exterior, sino también en el mercado interno.

Donde tiene una especial relevancia la competitividad exterior de un país, es en el ámbito de los bienes comerciables y el grueso de los bienes comerciables son los producidos en el sector manufacturero. Normalmente, especialmente a la hora de llevar a cabo comparaciones internacionales, se calcula la penetración de las importaciones en la demanda interna del sector manufacturero, ya sea en su conjunto o en las diferentes ramas manufactureras. El índice de penetración de las importaciones de un sector es calculado como el cociente entre las importaciones y el consumo aparente de los productos del sector.

III.

LA PENETRACIÓN DE LAS IMPORTACIONES EN ESPAÑA

El índice de penetración de las importaciones de un país es calculado como cociente de las importaciones respecto al total de la demanda interna:

La penetración de las importaciones en la demanda interna ha aumentado sustancialmente en la economía española en las últimas décadas, en especial, durante los años posteriores a la adhesión comunitaria y en el último período de expansión, registrado desde mediados de la década de los noventa hasta 2007. Si a principios de los ochenta las importaciones de bienes representaban alrededor del 15% del total de la demanda interna, medidas ambas en términos reales, en 2008, se aproximaron al 25%.

Índice de Penetración de Importaciones = Importaciones/Demanda Interna

El aumento que ha registrado la penetración de las importaciones refleja un

II.

7960

¿CÓMO SE CALCULA EL ÍNDICE DE PENETRACIÓN DE LAS IMPORTACIONES?

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P ENETRACIÓN RELATIVA deterioro en la posición competitiva de la industria española en el mercado interno. El incremento de la dependencia de las importaciones es un hecho generalizado en la mayor parte de las ramas de actividad del sector manufacturero español, aunque más acusado en los sectores de tecnología y demandas altas y medias (en especial, bienes de equipo). Asimismo, en las últimas décadas se ha producido un fuerte incremento del peso de los productos extranjeros en el abastecimiento de la demanda de algunas ramas productivas de bajo contenido tecnológico, en las que España ostentaba tradicionalmente una posición de ventaja comparativa, como era el caso del textil, cuero y calzado.

JESÚS PAÚL GUTIÉRREZ

Véase también: "Competitividad" e "Importaciones".

II.

INTERPRETACIÓN

Es un índice que mide la extensión de un segmento, variedad, formato, marca, referencia, etc., entre los consumidores de una categoría del producto.

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PENETRACIÓN RELATIVA Relative penetration I. DEFINICIÓN • II. INTERPRETACIÓN

I.

DEFINICIÓN

La Penetración Relativa es una variable del Panel de Consumidores que proporciona información sobre la cantidad de elementos del universo objeto de estudio que han comprado el producto, segmento, variedad, formato, marca, referencia, etc., del mercado analizado, en relación con los elementos del universo que han comprado una categoría del producto. Matemáticamente se corresponde con la proporción de compradores (expresada en porcentaje) que, durante el período de tiempo al que se refieren los datos, adquiere un segmento, variedad, formato, marca, referencia, etc., en relación al total compradores de una categoría del producto.

La diferencia entre el 100% y la Penetración Relativa puede interpretarse como el potencial de crecimiento de un segmento, variedad, formato, marca, referencia, etc., en esa categoría del producto.

7961

P ENSAMIENTO CONVERGENTE

Ejemplo. El producto envasado en cartón (CARTÓN) tiene una Penetración Relativa de 38,5, por lo tanto: -

-

-

El 38,5 % de los individuos que en el Total España, han adquirido, al menos una vez, dicho producto durante el tercer trimestre de 2003, lo han hecho en envase de cartón.

PENSAMIENTO CONVERGENTE Convergent thinking I. CONCEPTO • II. CARACTERÍSTICAS

I.

CONCEPTO

El porcentaje se calcula dividiendo:

El porcentaje de individuos del Total España, que habiendo adquirido, al menos una vez dicho producto durante el tercer trimestre de 2003, no lo ha hecho en envase de cartón es: 100,00 - 38,5 = 61,5 MARÍA REQUENA LAVIÑA

7962

Convergente es el término que J. P. Guilford (1951-52), psicólogo reconocido por sus trabajos de investigación en el ámbito de la inteligencia y la solución de problemas, emplea para referirse al tipo de pensamiento productivo que utiliza fundamentalmente el análisis, la lógica y el conocimiento, un tipo de pensamiento que se mueve dentro del marco de lo convencional. Recurre al uso del término "convergente" oponiéndolo al principal componente de la creatividad que es el pensamiento divergente. Para Guilford un tipo de pensamiento no excluye al otro, sino que los considera como dos

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P ENSAMIENTO LATERAL formas complementarias de utilizar la mente ante problemas y plantea por lo tanto la necesidad de utilizarlos en distintas fases del proceso de solución de problemas. Si el pensamiento divergente sirve en un primer momento para generar ideas y/o soluciones nuevas y creativas al problema en cuestión, el pensamiento convergente resulta útil para analizar esas ideas, desarrollarlas, seleccionarlas y aplicarlas. Diferentes autores utilizan otros términos para referirse al pensamiento convergente, Edward De Bono por ejemplo, lo denomina "pensamiento vertical".

II.

CARACTERÍSTICAS

Las personas que utilizan el pensamiento convergente cuando se enfrentan a situaciones de solución de problemas tienden a: -

-

Llevar a cabo operaciones que avanzan de forma perfectamente estructurada y secuencial, en las que cada paso tiene que ser correcto y toda la información que se busca está directamente relacionada con el problema. Hacer énfasis en la rapidez, la precisión y la lógica. Utilizar el conocimiento y la experiencia previa en situaciones similares para seleccionar desde el inicio un camino a seguir excluyendo otros posibles.

-

Centrar su objetivo en la calidad del resultado, por lo que buscan que la respuesta al problema sea la correcta, entendiendo esta como la mejor posible.

-

Utilizar el juicio crítico de forma simultánea a la producción de ideas de modo que desechan de entrada las ideas que en principio carecen base sólida.

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El objetivo que se persigue con la utilización del pensamiento convergente es profundizar en lo conocido, acumular conocimiento y aprender estrategias y técnicas que puedan aplicarse en otras situaciones en el futuro. Utilizando un símil sencillo e ilustrativo del tipo de trabajo a realizar para profundizar en un tema conocido mediante este tipo de pensamiento sería el de "trabajar en la tierra en un hoyo ya iniciado haciéndolo más profundo". MARÍA JESÚS GARCÍA GONZÁLEZ Véase también: "Creatividad" y "Pensamiento lateral".

PENSAMIENTO CREATIVO O DIVERGENTE Véase: "Pensamiento lateral".

PENSAMIENTO LATERAL Lateral thinking I. CONCEPTO • II. CARACTERÍSTICAS

I.

CONCEPTO

Edward DeBono es el creador del concepto pensamiento lateral, un estilo de pensamiento directamente relacionado con la creatividad. Aplica el término lateral por primera vez en 1967 para referirse a un estilo de pensamiento diferente al pensamiento tradicional y lógico. Se trata más bien de una actitud que permite salirse de los modelos mentales existentes, que limitan el pensamiento, para crear nuevos modelos que circulen en otras direcciones, de forma perpendi-

7963

P ENSAMIENTO VERTICAL cular al pensamiento vertical (lógico). De Bono propone la utilización de diferentes técnicas que facilitan el trabajo de romper los esquemas existentes en el pensamiento analítico. Es a lo que él llama provocación. Parte de la base de que nuestro cerebro funciona como un sistema que se organiza creando patrones. Una vez creados, ordena la información que le llega conforme a esos patrones, de manera que cuando llega algo que percibe como diferente lo adapta para que encaje en el patrón creado. Así, existen una serie de ideas dominantes que impiden crear situaciones nuevas. Con la provocación se transgreden esas ideas dominantes, pudiéndose generar nuevas formas de pensar y alcanzar resultados diferentes. J.P. Guilford, otro estudioso en el ámbito de la inteligencia y el pensamiento productivo, denomina a este estilo de pensamiento como pensamiento divergente.

II.

CARACTERÍSTICAS

Las características más significativas del pensamiento lateral son: -

Es provocativo y creativo

-

Avanza a saltos, de forma que no es necesario que cada paso sea correcto. Por lo que con frecuencia implica desorganizar secuencias lógicas para alcanzar resultados desde ángulos diferentes a los habituales

-

-

Puede deambular sin dirección tratando de seguir todos los caminos posibles La información que se busca durante el proceso puede no tener que ver con el problema o proceder de diferentes disciplinas en un intento de ver el problema desde diferentes ángulos. Se basa en que el uso de ideas

7964

no relacionadas con el tema permite abrir nuevas líneas de pensamiento -

Lo que busca fundamentalmente es producir la mayor cantidad posible de ideas, enfoques y soluciones posibles respecto a un problema

-

En el proceso creativo se pospone la valoración crítica de las ideas por lo que en principio todas valen

El objetivo fundamental del pensamiento lateral es descubrir mejores maneras de hacer las cosas o llegar a nuevas ideas en relación con un problema mediante la creación de nuevos modelos mentales. Para ello, parece que seguir realizando un esfuerzo en la misma dirección quizá no resulte exitoso, por lo tanto es más adecuado "Iniciar un nuevo hoyo" en lugar de seguir haciendo más profundo el hoyo ya iniciado. MARÍA JESÚS GARCÍA GONZÁLEZ Véase también: "Creatividad" y "Pensamiento convergente".

PENSAMIENTO VERTICAL Véase: "Pensamiento convergente".

PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Small and medium sized company I. CONCEPTO • II. DEFINICIÓN DE PYME A ESCALA EUROPEA • III. CATEGORÍAS DE PYME

I.

CONCEPTO

Según el artículo 2 de la Recomendación 2003/361/CE (que entró en vigor el 1 de Enero de 2005), se considera pe-

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P EQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA superior al 25% del capital o de los derechos de voto de otra empresa y/ u otra empresa tiene una participación igual o superior al 25% en la suya. Además son aquellas no vinculadas a otras empresas, lo que significa que, entre otras cosas, sus derechos de voto en la otra empresa (o viceversa) no superan el 50%.

queña y mediana empresa (PYME) a aquella que no tiene más de 250 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

II.

DEFINICIÓN DE PYME A ESCALA EUROPEA

La definición dada es de aplicación a todas las políticas, programas y medidas que arbitra la Comisión Europea para las PYME. Los estados miembros cuentan con la potestad de decidir el uso de esta definición, pero la Comisión les invita, junto con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Fondo Europeo de Inversiones (FEI), a aplicarla de la manera más amplia posible.

III.

CATEGORÍAS DE PYME Se distinguen tres categorías:

a) Autónomas: es la categoría más habitual. Se trata de PYMES totalmente independientes, es decir, que no tienen participación en otras empresas y ninguna empresa tiene participación en la suya o con una o más asociaciones minoritarias (todas inferiores al 25% del capital o de los derechos de voto) en una o más empresas y no hay terceros que tengan intereses del 25% o más del capital o de los derechos de voto (de los dos el mayor). b) Asociadas: pertenecen a este tipo las empresas que establecen importantes asociaciones financieras con otras empresas, sin que una en particular ejerza un verdadero control directo o indirecto sobre la otra. Se trata de PYMES con una participación igual o

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c)

Vinculadas: este tipo de relación corresponde a la situación económica de empresas que forman un grupo mediante el control directo o indirecto de la mayoría de los derechos de voto de una empresa por parte de otra o recurriendo a la capacidad de ejercer una influencia dominante sobre una empresa. Estos casos son, así pues, mucho menos frecuentes que los dos tipos anteriores. Se considera que dos o más empresas están vinculadas si tienen alguna de las relaciones siguientes: una empresa posee la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o los socios de otra empresa; una empresa tiene derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, de dirección o de control de otra empresa; un contrato entre las empresas o bien una cláusula estatutaria de una de las empresas permite a una de ellas ejercer una influencia dominante sobre la otra; una empresa, en virtud de un acuerdo, es capaz de ejercer el control exclusivo de una mayoría de los derechos de voto de los accionistas o de los socios de otra empresa. Un clásico ejemplo de una empresa vinculada es el de la filial al 100%. MARÍA ROMERO CUADRADO

Véase también: "Empresa" y "Empresario".

7965

P ER LO ESENCIAL SOBRE PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Documentación •

Recomendación de la Comisión de 6 de Mayo de 2006 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

PER Price Earnings Ratio (PER) La ratio Precio-Beneficio (PER) expresa lo que paga el mercado por cada unidad monetaria de beneficio. Es representativa de la valoración que realiza la bolsa de la capacidad de generar beneficios de la empresa y se trata de una ratio muy utilizada y de fácil cálculo: PER = Valor de Mercado de la empresa (número de acciones x precio de la acción) / Beneficios de la Empresa (B. Netos) PER = Precio de mercado de la Acción / Beneficio por Acción (BPA). En general, un valor de PER alto indica que el mercado estima que la empresa tiene elevadas expectativas de crecimiento, puesto que el precio de las acciones refleja las expectativas positivas sobre una empresa con precios al alza de las acciones, mientras que los beneficios aún no reflejan esas expectativas hasta meses después con incremento de los resultados. A medida que los beneficios recojan esas expectativas la relación que establece el PER irá disminuyendo, si el precio de las acciones permanece estable; o seguirá subiendo o bajando en función de las expectativas positivas o negativas, respectivamente, sobre la empresa.

7966

Un valor de PER bajo indica que la empresa tiene un crecimiento lento o bajo puesto que si las acciones no ascienden es como consecuencia de que la empresa tiene pocas expectativas de crecimiento de beneficios en el futuro. Pero un PER alto no significa que las acciones estén caras y, por tanto, que haya que vender las acciones de esa empresa, puesto que si las expectativas de crecimiento de la empresa son aún superiores esto implicará un PER superior; en caso contrario, sí habrá que venderlas. Del mismo modo, un PER bajo no significa que las acciones estén baratas y, por tanto, que haya que comprar acciones de la empresa, puesto que, posiblemente, la empresa deba tener un PER menor ante una expectativa negativa. En caso contrario, cuando existan efectivamente expectativas de crecimiento de los beneficios de la empresa pero no se estén recogiendo en la cotización sí habrá que comprar tales acciones. Todo ello dependerá de la situación de la empresa, de sus expectativas, y de la comparación con otras empresas del sector, país, etc. Las ventajas principales de esta ratio son que permite la comparación entre empresas del mismo sector que cotizan en bolsa, entre las empresas y el mercado en el ámbito nacional e internacional (teniendo en cuenta las diversas políticas contables internacionales) y permite su cálculo aunque las empresas no paguen dividendos. Sus inconvenientes principales se deben a que relaciona dos magnitudes calculadas en momentos distintos, el Beneficio Por Acción, el cual es obtenido a partir de los estados financieros de la empresa y, por tanto, hace referencia al pasado; y el precio de las acciones en el mercado, el cual hace referencia a las expectativas que tienen los inversores para el futuro de la empresa. El modo de solu-

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P ERCENTIL cionar este inconveniente es utilizar un Beneficio por Acción estimado. Así mismo, se trata de un indicador que no se puede utilizar en empresas que no obtienen beneficios.

PERCENTIL

Una ratio que pretende ser una mejora de la ratio PER es el Precio Cash Flow en el que el cash-flow o flujo de caja intenta cuantificar el dinero realmente generado por la empresa, frente a la diferencia contable entre ingresos y gastos del período, es decir, los benéficos contables.

I. CONCEPTO • II. CÁLCULO 1. Variable discreta 2. Variable continua o discreta agrupada en intervalos • III. EJEMPLOS

Percentile

I.

CONCEPTO

JOSÉ LUIS MATEU GORDON

Medida de posición de una distribución de frecuencias de una población a la que caracterizan. Son los valores que dividen a la distribución en 100 partes iguales, cada una contiene el 1% de las observaciones.

Véase también: "Análisis fundamental"; "Beneficio por acción"; "Múltiplos bursátiles" y "Precio casfflow".

Si hablamos del percentil de orden Į, se denota por PĮ, y representa el porcentaje de la población en estudio que tiene un valor inferior a Į%.

También se llaman centiles. En una distribución total hay 99 percentiles. Se cumple que: Mediana=2º cuartil=5º decil=50º Percentil (Me=C2=D5=P50). Luego, si hablamos del Percentil 75 (P75), será un valor de la variable, o dentro del rango de los valores de la variable, que deja por debajo de él por al menos el 75% de los datos de la distribución.

II.

CÁLCULO

Se procede de forma distinta según sea una variable discreta o continua.

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1. Variable discreta Sea una distribución discreta con N observaciones, ordenados los datos de menor a mayor según su valor, y donde Ni representa la frecuencia absoluta acumulada de orden i-ésimo, entonces, si queremos calcular el percentil Į-ésimo (PĮ, procedemos: a) Se calcula (Į/100)*N. b) En las frecuencias absolutas acumuladas se busca el Ni > (Į/100)*N, dos posibilidades: -

Si se cumple la igualdad, algún valor de Ni vale (Į/100)*N, entonces, el valor de PĮ es la media

7967

P ERCENTIL aritmética entre los valores de x correspondientes a Ni (xi) y a Ni +1 (xi+1), es decir, (xi+xi+1)/2. -

Si no, el percentil será el xi correspondiente al primer valor de Ni estrictamente mayor que (Į/ 100)*N.

2. Variable continua o discreta agrupada en intervalos Sea una distribución con N observaciones, ordenados los de menor a mayor según su valor, de variable continua o discreta agrupada en intervalos de la forma (Li-1, Li], con amplitud ci, donde Ni representa la frecuencia absoluta acumulada de orden i-ésimo, entonces, si queremos calcular el percentil Į-ésimo (PĮ), procedemos así: a) Se calcula (Į/100)*N. b) Determinación del intervalo correspondiente al percentil Į-ésimo, que será aquél que presenta la primera frecuencia acumulada (Ni) mayor que (Į/100)*N, dos posibilidades: -

-

Si coincidiese exactamente con (Į/100)*N, P( es el extremo superior del intervalo: PĮ=Li. Si no, y suponiendo que los valores de la variable están uniformemente distribuidos dentro del intervalo mediano, para calcular el valor de percentil se aplica la siguiente fórmula:

ni= Frecuencia absoluta correspondiente al intervalo i-ésimmo. Ni-1= Frecuencia absoluta acumulada correspondiente al intervalo (i-1)-ésimo. Ci= Amplitud del intervalo i-ésimo.

III.

EJEMPLOS

1. Dados los siguientes datos, calcular percentil 45 (P45): 0, 10, 10, 40, 30, 20, 30, 30, 20, 20, 30, 10, 20, 20,10. Construimos la tabla de distribución de frecuencias:

xi

ni

Ni

0

1

1

10

4

5

20

5

10

30

4

14

40

1

15

N=15

Donde: Xi= Valor i-ésimo de la varible. ni= Frecuencia absoluta del valor xi. Ni= Frecuencia absoluta acumulada de valor xi. Calculamos:

Donde: Li-1= Límite superior del intervalo mediano. N= Número de observaciones total.

7968

(Į/100)*N= (45/100)*15= 6,75 Comparamos el resultado con la frecuencia absoluta acumulada (Ni), luego: N3=10>6,75.

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P ÉRDIDA CONTABLE Por lo tanto, el percentil 45 vale P45= x3=20. Solución: P45=20. 2. Sea la distribución de frecuencias siguiente:

(Li-1, Li]

ci

ni

Ni

[0, 10]

10

7

7

(10, 20]

10

5

12

(20, 25]

5

11

23

(25, 32]

7

4

27

(32, 50]

18

23

50

N=50

Se pide dar el valor del percentil 52 (P52). Identificamos el intervalo correspondiente a ese percentil: Primero calculamos: (Į/100)*N= (52/100)*50= 26. Y comparamos el resultado con la frecuencia absoluta acumulada (Ni), luego: N4=27>26.

Solución: P52=30,25.

M.ª LETICIA MESEGUER SANTAMARÍA JOSÉ MONDÉJAR JIMÉNEZ MANUEL VARGAS VARGAS

PÉRDIDA CONTABLE Accounting loss La pérdida contable representa una disminución de una parte de los bienes y derechos de la empresa (activos). El término pérdida también se aplica a resultados negativos, que vienen determinados por la diferencia entre los ingresos (ventas, prestación de servicios, etc.) y los gastos necesarios para generar dichas ventas (compras, gastos salariales, gastos generales, etc.) durante un ejercicio. No se deben confundir los conceptos de gastos y pérdidas, ya que aunque ambos se agrupan bajo la misma rúbrica por tener el mismo efecto contable, los gastos representan recursos empleados en servicios o bienes que se consumen con el fin de generar utilidades, mientras que las pérdidas representan gastos que no generan dichas utilidades.

Así, (25,32] es el intervalo correspondiente al P52. Por lo tanto, el percentil 52 vale:

PILAR YUBERO HERMOSA

Véase también: "Beneficio contable"; "Cuenta de pérdidas y ganancias"; "Gasto"; "Ingreso"; "Periodificación" y "Regularización".

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7969

P ÉRDIDA DE EFICIENCIA

PÉRDIDA DE EFICIENCIA Véase: "Coste de eficiencia".

PÉRDIDA DE EXPLOTACIÓN Véase: "Pérdida contable".

PÉRDIDAS POR DETERIORO Impairment loss I. CONCEPTO • II. TRATAMIENTO EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 1. Depreciación de existencias: fondos editoriales, fonográficos y audiovisuales 2. Depreciación de valores financieros 3. Pérdidas por deterioro de los créditos derivadas de la posible insolvencia de deudores • 4. Fondo de comercio 5. Intangible con vida útil indefinida

I.

CONCEPTO

En el régimen contable anterior se distinguía entre provisiones de activo y de pasivo. Con el nuevo Plan General Contable, las primeras se denominan "pérdidas por deterioro", limitándose el concepto de provisiones para aquellas cuentas de pasivo que reflejan de forma provisional una pérdida futura e incierta que tiene su origen en el ejercicio que se cierra (NRV 15º) y que no se refleja en la depreciación de un activo (en cuyo caso se trataría de una pérdida por deterioro). Las pérdidas por deterioro constituyen correcciones valorativas de elementos del activo (circulante, inmovilizado material, inversiones inmobiliarias, intangible, instrumentos financieros) que res-

7970

ponden a pérdidas de valor de éste reversibles. Según la NRV 2ª (2.2): "Se producirá una pérdida por deterioro del valor de un elemento de inmovilizado material cuando su valor contable supere a su importe recuperable, entendido este como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y su valor en uso." El reconocimiento de esta pérdida genera un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias, así como su reversión, un ingreso. Las cuentas de gasto por este concepto están ubicadas en el grupo 69. Debe tenerse en cuenta que la reversión del deterioro tendrá como límite el valor contable del inmovilizado que estaría reconocido en la fecha de reversión si no se hubiese registrado el deterioro del valor.

II.

TRATAMIENTO EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

El artículo 12 de la ley del Impuesto sobre Sociedades, contempla los requisitos para que sean deducibles las pérdidas por deterioro.

1. Depreciación de existencias: fondos editoriales, fonográficos y audiovisuales El art. 12.1 regula esta dotación a una provisión que se agrupa en las provisiones por existencias (se trata de las existencias de las empresas editoriales o productoras), y la LIS establece determinada flexibilización, aceptando su deducibilidad, sin justificación alguna de la depreciación, transcurridos dos años desde la puesta en mercado de los fondos. Con ello, pretende hacerse eco de la realidad del mercado de este tipo de productos. Antes del transcurso de dicho plazo, tam-

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P ÉRDIDAS POR DETERIORO bién podrán ser deducibles si se probare la depreciación.

tido del artículo 42 del Código de Comercio. -

2. Depreciación de valores financieros Tres son los supuestos regulados por la LIS. El resto de dotaciones por la depreciación de estos valores (significativamente, los valores de renta variable sometidos a cotización en un mercado secundario) se deducirán de acuerdo con su contabilización y no darán lugar a ajuste. En estos casos que la LIS recoge se establecen cautelas o salvaguardas para evitar dotaciones excesivas o no justificadas. • La dotación por depreciación de los valores representativos de la participación en fondos propios de entidades que no coticen en un mercado secundario organizado. La ley establece un límite máximo al importe deducible por estas dotaciones. No podrá exceder de la diferencia entre el valor de los fondos propios al inicio y al cierre del ejercicio, debiendo tenerse en cuenta las aportaciones o devoluciones de aportaciones realizadas en el mismo. Además, debe tenerse en cuenta que: -

-

Este mismo criterio se aplicará a las participaciones en el capital de sociedades del grupo o asociadas en los términos de la legislación mercantil. No serán deducibles las dotaciones correspondientes a la participación en entidades residentes en países o territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales, excepto que: -

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Dichas entidades consoliden sus cuentas con las de la entidad que realiza la dotación en el sen-

Cuando las mismas residan en un Estado miembro de la Unión Europea y el sujeto pasivo acredite que su constitución y operativa responde a motivos económicos válidos y que realizan actividades empresariales. Para determinar la diferencia a que se refiere el párrafo anterior se tomarán los valores al cierre del ejercicio siempre que se recojan en los balances formulados o aprobados por el órgano competente.

• En el caso de empresas constitutivas de grupo, multigrupo y asociadas, dicha diferencia será deducible, en proporción a la participación, aunque no se refleje contablemente (dando lugar a un ajuste extracontable) cuando se cumplan las siguientes condiciones: -

El valor de la participación –minorado por las cantidades deducidas en períodos anteriores- exceda del valor de los Fondos propios de la Entidad participada al cierre del ejercicio que corresponda a la participación. A estos efectos, debe tenerse en cuenta: -

Se consideran Fondos propios los determinados de acuerdo con el Código de Comercio y normativa contable, corrigiendo la diferencia, en su caso, con los gastos que no se consideren fiscalmente deducibles.

-

El valor de los Fondos propios, para calcular la diferencia, debe corregirse en el importe de las plusvalías tácitas existentes en el momento de la adquisición y

7971

P ÉRDIDAS POR DETERIORO cias de deudores. Debe tenerse en cuenta al respecto:

que subsistan en el de la valoración. -

La diferencia deducible no debe superar dicho exceso.

-

Que existe un régimen específico en el RIS, previsto en la ley, para las insolvencias de Entidades Financieras, en el que sí se acepta la deducibilidad de algunas dotaciones globales.

-

Que en el régimen de las Empresas de Reducida Dimensión uno de los beneficios fiscales consiste, precisamente, en la posibilidad de deducir la dotación global contabilizada.

Los detalles de esta corrección deberán constar en la Memoria de cuentas anuales. • Las dotaciones por depreciación de valores de renta fija admitidos a cotización en mercados secundarios organizados. Debe tenerse en cuenta que según la NRV 9º del PGC, para el caso de los valores negociables calificados como mantenidos hasta el vencimiento o disponibles para la venta, ya sean de renta fija o variable (éstos solo si están disponibles para la venta), admitidos a cotización en un mercado regulado, procede dotar a final de ejercicio la pérdida por deterioro necesaria cuando su valor de mercado sea inferior a su valor de adquisición. Fiscalmente, también en este caso se establece un límite: serán deducibles, pero con el límite de la depreciación global sufrida en el período impositivo por el conjunto de los valores de renta fija poseídos por el sujeto pasivo admitidos a cotización en dichos mercados.

3. Pérdidas por deterioro de los créditos derivadas de la posible insolvencia de deudores a) Dotaciones no deducibles

La dotación contable basada en la estimación global dará lugar, pues, a un ajuste positivo. •

b) Dotaciones deducibles Sí serán deducibles las dotaciones individualizadas, distintas de las anteriores, para la cobertura del riesgo derivado de las posibles insolvencias de los deudores, cuando en el momento del devengo del Impuesto concurra alguna de las siguientes circunstancias: -

Que haya transcurrido el plazo de 6 meses desde el vencimiento de la obligación.

-

Que el deudor esté declarado en concurso.

-

Que el deudor esté procesado por el delito de alzamiento de bienes.

-

Que las obligaciones hayan sido reclamadas judicialmente o sean obje-

Según el art. 12.2 de la LIS, no serán deducibles las siguientes dotaciones: •

Las basadas en estimaciones globales del riesgo de insolvencias de clientes y deudores. Son por tanto, deducibles, únicamente, las dotaciones para cubrir de forma individualizada las insolven-

7972

No serán deducibles las dotaciones para la cobertura del riesgo derivado de las posibles insolvencias de personas o entidades vinculadas con el acreedor, salvo en el caso de insolvencia judicialmente declarada. Son personas o entidades vinculadas entre sí las enumeradas en el art. 16.2 LIS.

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P ÉRDIDAS POR DETERIORO to de un litigio judicial o procedimiento arbitral de cuya solución dependa su cobro. Estos serían los créditos a los que podríamos calificar de "morosos" a la luz de la ley tributaria. Sin embargo, estos créditos morosos no serán deducibles si en ellos concurre alguna de las siguientes circunstancias: -

Los adeudados o afianzados por entidades de Derecho público.

-

Los afianzados por entidades de crédito o sociedades de garantía recíproca.

-

Los garantizados mediante derechos reales, pacto de reserva de dominio y derecho de retención, excepto en los casos de pérdida o envilecimiento de la garantía.

-

Los garantizados mediante un contrato de seguro de crédito o caución.

-

Los que hayan sido objeto de renovación o prórroga expresa.

Y ello porque en estos casos, a pesar de producirse la circunstancia de morosidad, se produce otra circunstancia que garantiza que, a la postre, el crédito será cobrado, dada la solvencia de la garantía, etc. Estos créditos no deducibles en principio sí podrían deducirse si ocurriera en ellos otra circunstancia: que sean objeto de un procedimiento arbitral o judicial que verse sobre su existencia o cuantía. Y ello, porque en estos casos, a pesar de la existencia de aval o garantía solvente, ésta no responderá más que en la medida en que la deuda esté declarada: si su existencia o cuantía es dudosa, la parte conflictiva o litigiosa no está cubierta por la certeza en el cobro del aval o garantía.

4. Fondo de comercio El art. 39.4 Código de comercio, redactado por la ley 16/2007, establece:

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"El Fondo de comercio únicamente podrá figurar en el activo del Balance cuando se haya adquirido a título oneroso. Su importe no será objeto de amortización, pero deberán practicarse las correcciones de valor pertinentes, al menos anualmente, en caso de deterioro. Las pérdidas por deterioro del Fondo de Comercio tendrán carácter irreversible. En la memoria de cuentas anuales se deberá informar de los ajustes realizados en el fondo de comercio desde su adquisición." Por lo tanto, contablemente el Fondo de comercio no es amortizable a partir de 1 de enero de 2008, como lo era, sin embargo, con anterioridad. Por lo tanto, dicha amortización tampoco constituirá un gasto fiscalmente deducible. Para corregir parcialmente dicho el art. 12 TRLIS b, ha introducido, entre los supuestos de deducibilidad de las pérdidas por deterioro, los relativos al Fondo de comercio y al inmovilizado intangible. Así, respecto del Fondo de comercio será deducible anualmente el 5% de su precio de adquisición, si se cumplen los siguientes requisitos: -

Que dicho Fondo de comercio se haya adquirido a título oneroso.

-

Que se haya adquirido a una Entidad con la que la Sociedad compradora no esté en relación de grupo de sociedades (aunque no tributen de forma consolidada) según los parámetros del art. 42 del Código de comercio. Debe tenerse en cuenta que, si se adquiere el Fondo de comercio a una entidad con la que la sociedad

7973

P ÉRDIDAS Y GANANCIAS

-

está en relación de grupo según este precepto, la pérdida por deterioro del Fondo de comercio también puede ser deducible, pero por el precio que hubiera pagado la vendedora si lo hubiera adquirido a una Entidad no vinculadas.

I. CONCEPTO • II. TIPOS DE PERFECCIONAMIENTO 1. Contratos consensuales 2. Contratos reales 3. Contratos formales o solemnes • III. CONTRATOS CELEBRADOS ENTRE PERSONAS SITUADAS EN DIFERENTES LUGARES • IV. CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

Que se haya dotado una reserva indisponible, al menos, por el importe fiscalmente deducible.

I.

Sin embargo, no es exigible la contabilización de la dotación. Ahora bien, su importe disminuirá, a efectos fiscales, el valor del Fondo de comercio.

5. Intangible con vida útil indefinida Los elementos de inmovilizado intangible sólo podrán amortizarse en el caso de que tuvieran una vida útil definida. Sin embargo, para aquellos que tienen una vida útil indefinida, el apartado 7 del art. 12 TRLIS prevé la posibilidad de que dote, en concepto de pérdida por deterioro, hasta un 10% anual de su precio de adquisición, sin necesidad de que se contabilice previamente. Ahora bien, para ello, se somete la dotación a los mismos requisitos que el Fondo de comercio, a excepción de la dotación a una reserva indisponible, que no resulta necesaria. MARÍA PILAR ALGUACIL MARÍ

PÉRDIDAS Y GANANCIAS Véase: "Cuenta de pérdidas y ganancias".

PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Contract formalization

7974

CONCEPTO

El perfeccionamiento de un contrato es el momento en el que éste inicia su existencia, validez y vigencia. Desde ese instante, se han cumplido todos los requisitos que la ley exige, para que un contrato pueda ser considerado como existente y vinculante para las partes que lo han suscrito. Las fases por las que pasa un contrato desde su gestación hasta su extinción son: -

la generación

-

la perfección

-

la consumación

José Castán Tobeñas indica que la fase de generación "comprende los preliminares o proceso interno de formación del contrato"; la perfección es "el nacimiento del mismo a la vida jurídica" y la consumación comporta "el cumplimiento del fin para que se constituyó el contrato o, lo que es igual, la realización y efectividad de las prestaciones derivadas del mismo". Por su parte, Luis Díez-Picazo apunta que "con el nombre de formación del contrato comprendemos, por consiguiente, los actos o la serie de actos que preceden o que pueden preceder a la perfección de un contrato y que se llevan a cabo con esta finalidad". El Tribunal Supremo en su Sentencia de 18 de enero de 1964 también nos ilustra sobre las fases del contrato al expresar que "en la vida del contrato existen

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P ERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO tres fases o momentos principales, que son la generación, la perfección y la consumación, comprendiendo la primera los tratos, negociaciones o conversaciones preliminares, y cuando la voluntad, consciente y libremente emitida, es aceptada por la persona a quien se dirige dicha declaración, se produce la perfección del contrato, el nacimiento de ésta a la vida jurídica, cual proclama el artículo 1254 del Código Civil, del que, y de los artículos 1258 y 1262 , se evidencia que dicha perfección surge de la simple concurrencia del consentimiento, de la coincidencia de las dos declaraciones de voluntad, recíprocas y sucesivas, que general el acto jurídico bilateral...".

II.

TIPOS DE PERFECCIONAMIENTO

Según el tipo de contrato de que se trate, nos encontraremos con diferentes modos de perfeccionamiento:

1. Contratos consensuales Tal como establece el artículo 1258 del Código Civil este tipo de contratos se perfeccionan por el mero consentimiento. Son ambas partes las que manifiestan su consentimiento mediante una declaración de voluntad orientada a dar vida al contrato en tiempo, lugar, objeto y causa (véase Contrato). El consentimiento se manifiesta por el concurso de voluntades, o lo que es lo mismo, por la oferta y la consiguiente aceptación, tal como se expresa en el artículo 1262 del Código Civil "El consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato".

2. Contratos reales Junto al consentimiento, este tipo de contratos requieren para su perfeccionamiento, la entrega de un bien.

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3. Contratos formales o solemnes En este caso, el consentimiento de las partes ha de producirse cumpliendo ciertos requisitos formales que exige la ley, como por ejemplo, el otorgamiento de una escritura pública. No basta con manifestar el consentimiento, sino que es necesario hacerlo de una forma determinada, para la validez y eficacia del contrato.

III.

CONTRATOS CELEBRADOS ENTRE PERSONAS SITUADAS EN DIFERENTES LUGARES

Determinar el momento de la perfección de un contrato cuando las personas contratantes están ubicadas en la misma localización no tiene ninguna dificultad; las dudas pueden comenzar a surgir cuando las partes están separadas físicamente, hecho que sucede cada vez más a menudo, gracias a la aplicación de las nuevas tecnologías dentro del proceso de contratación. En este sentido, la Ley 34/2002, 11 julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, modificó los artículos 1262 del Código Civil y 54 del Código de Comercio, para dar cobertura a estos supuestos (contratos a distancia y contratos por dispositivos electrónicos); así, los párrafos 2.º y 3.º del artículo 1262 y el artículo 54 expresan el mismo tenor literal que se reproduce a continuación: "Hallándose en lugares distintos el que hizo la oferta y el que la aceptó, hay consentimiento desde que el oferente conoce la aceptación o desde que, habiéndosela remitido el aceptante, no pueda ignorarla sin faltar a la buena fe. El contrato, en tal caso, se presume celebrado en el lugar en que se hizo la oferta. En los contratos celebrados mediante dispositivos automáticos hay consen-

7975

P ERFIL DEL INVERSOR timiento desde que se manifiesta la aceptación."

IV.

CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

El artículo 27 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público regula la perfección de este tipo de contratos, que se produce mediante su adjudicación definitiva, cualquiera que sea el procedimiento seguido para llegar a ella. Aunque el perfeccionamiento del contrato viene dado por la adjudicación, momento desde el que las partes quedan obligadas a su cumplimiento, se exige la constitución de ciertas garantías, con carácter previo a su formalización, tal como se describe en los artículos 83 y siguientes. Estamos ante un tipo de contrato de carácter formal, pues las entidades del sector público no pueden contratar verbalmente, salvo en casos de emergencia. CRISTINA RETANA GIL Véase también: "Contrato".

PERFIL DEL INVERSOR

tante que dicho gestor tenga en cuenta el perfil que tiene su cliente a la hora de hacer la selección de valores en los que invertir. Los vehículos más habituales de gestión son los Fondos de Inversión y las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV). En principio, la gestión patrimonial interesa a cualquier persona que tenga un excedente de dinero y desee obtener una rentabilidad para él. La cantidad a invertir es indiferente, puesto que los Fondos admiten prácticamente cualquier cantidad al tener las participaciones un valor muy pequeño. No obstante, es lógico que dependiendo del volumen de dinero, la forma de gestionarlo sea diferente. Un pequeño ahorrador no buscará asesoramiento especializado, puesto que no podrá pagar su coste, mientras que un gran inversor tendrá que buscarlo, habida cuenta de la importancia en materia de ahorro de costes, por ejemplo fiscales, que puede obtener, eligiendo una u otra modalidad de gestión. Podemos considerar cinco grandes grupos de sujetos, de cara a la segmentación de la gestión patrimonial: -

Colectivo que tiene un nivel de ingresos corrientes muy alto, y por tanto, intentan disminuir el pago de impuestos. Se trata de profesionales liberales, matrimonios en los que trabajan los dos y tienen rentas altas, rentistas con un alto patrimonio, etc.

-

Colectivo de personas de edad próxima a la jubilación, que ahora tienen una renta elevada, pero que verán disminuir sus ingresos en el corto plazo.

-

Colectivo de grandes fortunas, que tienen un elevado patrimonio, y que en un plazo no muy largo tendrán

Investor profile Los inversores suelen tener diferentes grados de aversión al riesgo, y de acuerdo con ese planteamiento, unos serán inversores conservadores y preferirán la inversión en renta fija y otros serán inversores que asumen riesgos y preferirán invertir en renta variable. Cuando la gestión de un patrimonio es de tipo discrecional, es decir, cuando hay un gestor externo que tiene un poder otorgado por el inversor para realizar las inversiones en su nombre, es impor-

7976

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P ERFIL ESTRATÉGICO que organizar la herencia para sus herederos. -

-

Colectivo de trabajadores autónomos y profesionales liberales, que necesitan generar un patrimonio a lo largo de su vida profesional, para poder tener una renta vitalicia cuando se jubilen. Colectivo de empresas familiares, cuyos dueños necesitan aclarar la sucesión de su empresa.

Cada uno de estos colectivos precisa de un tratamiento personalizado, y de un gestor especializado en inversiones que les asesore en función de sus preferencias de inversión, de su expectativa de vida, de su situación fiscal, de la situación de sus herederos, etc. El objetivo es que siempre exista una estrategia que desarrolle los objetivos de los miembros de ese colectivo, de forma individual y de forma conjunta (inversión colectiva), en función de que el sujeto desee incrementar su ahorro, o generar una capacidad de consumo para el futuro, u organizar la transmisión de sus bienes en un momento determinado para optimizar fiscalmente su sucesión. En ningún caso, la gestión de estos patrimonios puede ser estática. La planificación financiera y la anticipación a los posibles eventos del entorno son fundamentales, y si los propietarios están inmersos en su trabajo o en otros temas personales, no se pueden dedicar a estudiar las alternativas de inversión o la conveniencia o no de desinvertir en un momento determinado. En general, la gestión patrimonial no sólo debe buscar la obtención de rentabilidad, sino que debe optimizar el valor de uso que cada sujeto quiera dar a su patrimonio. En este sentido, hay personas que no concebirían la inversión de una parte de su patrimonio en obras de arte, pero hay otras que el simple disfrute de

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la visión de unas pinturas o unas esculturas suponen para ellos una utilidad mayor que la de la mera percepción de intereses. En función de la situación del sujeto cuyo patrimonio es objeto de gestión, habrá que tomar decisiones de inversión. Por ejemplo, si el sujeto tiene un tipo marginal muy alto en la declaración de la renta, habrá que intentar que haga aportaciones a fondos de pensiones a fin de año, o buscar productos fiscales adecuados, como las obligaciones bonificadas. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

PERFIL ESTRATÉGICO Strategic profile I. CONCEPTO • II. PROCESO • III. IMPLICACIONES ESTRATÉGICAS DEL MÉTODO

I.

CONCEPTO

Técnica de diagnóstico estratégico que utiliza la empresa para detectar sus fortalezas y debilidades o sus oportunidades y amenazas. Se trata de una técnica válida tanto para el análisis interno como para el análisis del entorno, si bien inicialmente surgió como técnica del análisis interno exclusivamente.

II.

PROCESO

Desde el punto de vista del análisis interno, el perfil estratégico parte del análisis de las áreas funcionales y lo amplía desde una perspectiva gráfica, asignando valores (numéricos o no) a cada variable o factor. El proceso a seguir consta de tres fases o etapas: 1.

Determinación o fijación de las variables o factores que se van a estudiar:

7977

P ERFIL ESTRATÉGICO para ello se puede utilizar el análisis de las áreas funcionales o desde una perspectiva más actual el enfoque de los recursos y capacidades. 2.

3.

Valoración de cada una de las variables o factores: para ello se puede asignar una escala numérica de Likert (del 1 al 5, siendo el valor 1 el más bajo y el 5 el más alto) o bien una escala de valores (Muy negativo, Negativo, Neutral, Positivo y Muy positivo). Representación gráfica del perfil: a través de dicha representación se determinan las fortalezas y debilidades de la empresa (o las oportunidades y amenazas si se trata de un análisis del entorno).

Para que el análisis sea más amplio se hace necesario completar la representación del perfil real de la empresa con la

7978

de su perfil ideal, es decir, con los valores que la empresa desearía que alcanzaran cada una de las variables estudiadas. De esta manera, la empresa puede comparar su estado o situación actual con la situación deseada (que se quiere conseguir en el futuro). Además, si se desea incorporar el componente externo o competitivo al análisis, se puede diseñar también el perfil real de los competidores (de la media del sector o de uno de sus principales competidores). De esta forma, la empresa puede, gráficamente, comparar su situación real actual con la situación de sus competidores o del sector en el que se encuentra. La siguiente figura muestra la representación gráfica de los perfiles real, ideal y de los competidores.

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P ERFIL ESTRATÉGICO

III.

IMPLICACIONES ESTRATÉGICAS DEL MÉTODO

Este método es especialmente adecuado para el análisis interno de la empresa, aunque como se ha señalado ya, también es oportuno para el análisis externo o del entorno, de manera que supone un método bastante completo. A través de él se puede realizar, por tanto, un diagnóstico estratégico, si bien es conveniente complementarlo con otro método como puede ser la cadena de valor, el benchmarking estratégico o cualquier otra técnica similar. Sin embargo, a pesar de su utilidad, esta técnica presenta limitaciones dignas de mención y que conviene tener en cuenta a la hora de realizar las interpretaciones correspondientes. Por una parte, se trata de una técnica altamente subjeti-

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va, ya que la valoración que se da a las variables o factores es asignada por una persona o grupo de personas (sujeto decisor). Se está valorando cuál es la situación actual de un determinado factor o cuál será esa situación en el futuro, lo que no está exento de incertidumbre y de ambigüedad. Por otra parte, y al igual que la mayoría de estas técnicas, ofrece una visión estática de la situación de las variables o factores, pero no proporciona un análisis dinámico de las mismas.

VANESSA CAMPOS CLIMENT

Véase también: "Diagnóstico estratégico".

7979

P ERFORMANCE DE UNA CARTERA LO ESENCIAL SOBRE PERFIL ESTRATÉGICO

La importancia de la evaluación de los rendimientos de carteras se puede justificar desde varios puntos de vista:

Libros • •

BUENO CAMPOS, EDUARDO, Dirección Estratégica , Editorial Pirámide, Madrid, 1994. MENGUZZATO BOULARD, MARTINA Y RENAU PIQUERAS, JUAN JOSÉ, Dirección Estratégica de la empresa: un enfoque innovador del management , Editorial Ariel, Barcelona, 1992.

Artículos de opinión •



SANCHÍS PALACIO, JOAN RAMON y REDONDO CANO, ANA, "Una aproximación al perfil estratégico de las cooperativas de trabajo asociado: Análisis aplicado a las artes gráficas de la Comunidad Valenciana", , Economía Industrial, N.º 320, 1998, pp. 135-150. SANCHÍS PALACIO, JOAN RAMON , "Estudio empírico sobre el perfil estratégico de las entidades bancarias españolas", Esic Market, N.º 99, 1998, pp. 65-80.

PERFORMANCE DE UNA CARTERA Portfolio performance En sentido amplio, la performance de una inversión hace referencia a todas las disciplinas relacionadas con los resultados de la inversión, entre las que se incluyen la medición, explicación y presentación de los mismos. Dentro de la performance destaca, principalmente, la evaluación del rendimiento de la gestión de carteras por parte de profesionales. En este sentido, se intenta determinar si el gestor de carteras ha sido capaz, a través de sus decisiones de inversión, de generar valor añadido para la inversión.

7980

-

La capacidad para diferenciar el rendimiento de fondos gestionados de manera competitiva, debería ser uno de los elementos fundamentales que empleen los inversores individuales a la hora de decidir si aceptan que les gestionen sus ahorros los gestores profesionales.

-

Por otro lado, podría ayudar a establecer las retribuciones de los gestores de las carteras o fondos, de forma que los resultados medios superiores deberían ser recompensados, mientras que los resultados medios inferiores podrían llevar, incluso, a sustituir al gestor del fondo correspondiente.

La idea básica en la mayoría de medidas de performance, consiste en establecer una cota de referencia o Benchmark que sea comparable a la cartera que se trata de evaluar. Esta cota de referencia debería tener la rentabilidad esperada de una cartera no gestionada con el mismo nivel de riesgo que la cartera gestionada durante el período de evaluación, y de este modo puede considerarse como un estándar de mercado simple. Por tanto, para evaluar la calidad de la gestión de una cartera no sólo se ha de ponderar la rentabilidad alcanzada, sino también el riesgo asumido. Por ejemplo, un fondo de inversión que invierte en mercados emergentes no es mejor que otro fondo que invierte en renta variable europea sólo por el hecho de haber conseguido una rentabilidad superior en un período de tiempo determinado. Para juzgar la calidad de un fondo, además de la rentabilidad se tendría que tener en cuenta el factor riesgo; obviamente, un fondo que invierte en mercados emergentes presenta mayor volatilidad, lo que en la práctica se traduce en la posibilidad de

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P ERFORMANCE DE UNA CARTERA lograr mayores rentabilidades. Pero al ser su riesgo muy superior, también se asume la probabilidad de sufrir mayores pérdidas. De ahí, que las técnicas de evaluación de performance más utilizadas (Índice de Modigliani, Índice de Treynor, Ratio de información, Ratio de Jensen, Ratio de Sharpe y Ratio de valoración) consideren en sus planteamientos, simul-

táneamente, tanto el rendimiento como el riesgo de las carteras evaluadas. La siguiente figura recoge un ejemplo de ficha informativa de la gestión de una cartera, concretamente de un plan de pensiones, en la que se incluyen distintas medidas de los dos parámetros fundamentales a tener presente de rentabilidad y riesgo de la citada cartera.

Como nos muestra la figura anterior, el plan de pensiones RGA Renta Variable presenta una posición relativa dentro de su categoría (renta variable) de rentabilidad-riesgo medio. Asimismo, por las características de este plan, está especialmente indicado para inversores dispuestos a asumir un riesgo elevado y con un horizonte de inversión a largo plazo. En cuanto a las medidas de performance

que se facilitan, se encuentran Sharpe (-1,19), Treynor (-25,3%), Alfa de Jensen (6,2%) y M2 (-19,5%), todas ellas calculadas con datos referidos a los últimos 12 meses. FRANCISCO SOGORB MIRA

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Véase también: "Atribución de resultados"; "Benchmark"; "Economía financiera"; "Gestión de carteras"; "Índice de Modigliani"; "Índice de Trey-

7981

P ERFORMANCE ESTRATÉGICO nor"; "Ratio de información"; "Ratio de Jensen"; "Ratio de Sharpe" y "Ratio de valoración".

PERFORMANCE ESTRATÉGICO Strategic performance I. CONCEPTO • II. APLICACIÓN

I.

CONCEPTO

El término performance equivale al término en castellano rendimiento o resultado y es utilizado para diferentes aspectos (cartera de valores, valor de la empresa, etc.). En nuestro caso, el término performance va asociado al de estrategia, de manera que con él lo que se pretende es medir o cuantificar el rendimiento o el resultado que obtiene la empresa por la implementación de la estrategia que ha formulado. A la disciplina o área que se ocupa de medir y cuantificar este término se la denomina Gestión del Rendimiento o del Desempeño Corporativo o Corporate Performance Management (CPM), si bien también se utilizan otras denominaciones similares como Business Performance Management (BPM) (Gestión del Rendimiento del Negocio), Enterprise Performance Management (Gestión del Rendimiento de la Empresa) u Operacional Performance Management (Gestión del Rendimiento de las Operaciones). Esta disciplina incluye todo un conjunto de técnicas, procesos, sistemas y métodos a través de los cuales se puede cuantificar y analizar los resultados que la empresa obtiene a través de la ejecución de su estrategia, comparando los resultados reales obtenidos con los objetivos que se desean alcanzar.

7982

II.

APLICACIÓN

La CPM ofrece un marco integrado, el cual abarca el ciclo completo de la gestión del rendimiento o desempeño de la organización: desde la definición de la cartera de negocios de la empresa hasta la elaboración de informes sobre los resultados obtenidos. De esta manera, la empresa consigue trasladar a todos los miembros de la empresa, la información sobre los objetivos planteados y los resultados obtenidos, de manera que el empleado se siente como una parte más dentro de la empresa y comprueba que su trabajo contribuye a alcanzar una parte de dichos resultados. Su aplicación se da tanto en la empresa privada como en las empresas y Administraciones Públicas. Su utilidad reside en poder dar respuesta a las siguientes cuestiones: 1.

Cómo lo estamos haciendo: qué es lo que está realizando la empresa.

2.

Por qué: cuáles son las causas por las que la empresa está obteniendo los resultados que obtiene.

3.

Qué deberíamos hacer: cómo debería actuar la empresa para mejorar sus resultados o para que éstos coincidan con los objetivos planteados.

El Cuadro de Mando Integral es una de las técnicas más utilizadas (por su carácter global) en la Gestión del Rendimiento Corporativo, aunque se pueden utilizar también otras como el Método ABC, el Método Six Sigma, la Gestión de la Calidad Total o el Análisis del Valor Añadido. VANESSA CAMPOS CLIMENT Véase también: "Cuadro de mando integral".

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P ERIODIFICACIÓN LO ESENCIAL SOBRE PERFORMANCE ESTRATÉGICO Libros •







DRESNER, HOWARD, The Performance Management Revolution: Business Results Through insight and action , Cognos Corporated, New York, 2007. MOSIMANN, ROLAND P., MOSIMANN, PATRICK AND DUSSAULT, MEG, The Performance Manager , Cognos Corporated, New York, 2007. PALADINO, BOB, Five Key Principles of Corporate Performance Management , Cognos Corporated, New York, 2007. WADE, DAVID AND RECARDO, RONALD, Corporate Performance Management , Butterworth-Heinemann, New York, 2001.

PERÍMETRO DE CONSOLIDACIÓN Véase: "Consolidación contable".

PERIODIFICACIÓN

gresos y gastos deberá hacerse en función de la corriente real de bienes y servicios, con independencia del momento en que se produzcan los cobros y pagos correspondientes -corriente monetaria-. Esto significa que la contabilidad debe recoger como gastos o como ingresos de cada ejercicio económico los que le correspondan, es decir los que realmente se han producido, independientemente de si han sido pagados los unos o cobrados los otros en ese período. Ha de quedar claro que se genera un ingreso en la fecha en la que la empresa preste los servicios correspondientes al mismo o entregue las pertinentes existencias. A su vez, se considera que un gasto se ha devengado si la entidad ha recibido o disfrutado los bienes, servicios o suministros inherentes a ese gasto. Para poder aplicar el principio del devengo en la práctica contable hay que diferenciar la corriente real -momento en el que se produce el ingreso o el gastode la corriente monetaria -momento en el que se produce el cobro o el pago-. Así, en caso de que ambas corrientes no coincidan en el mismo ejercicio económico, se hace necesaria la periodificación pudiéndose dar en dos sentidos: -

Ingresos o gastos devengados en el ejercicio, que aún no se hayan cobrado o pagado, es decir, ingresos/gastos devengados y no vencidos.

-

Cobros o pagos realizados en el ejercicio correspondientes a ingresos o gastos futuros (no devengados).

II.

INGRESOS O GASTOS DEVENGADOS Y NO VENCIDOS

Accounting period I. CONCEPTO • II. INGRESOS O GASTOS DEVENGADOS Y NO VENCIDOS • III. INGRESOS O GASTOS NO DEVENGADOS, EFECTUADOS EN EL EJERCICIO

I.

CONCEPTO

La periodificación contable consiste en imputar -asignar- a cada ejercicio económico los gastos y los ingresos que le correspondan. Surge por la aplicación práctica del principio contable del devengo, según el cual la imputación de in-

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Puede suceder que durante el ejercicio económico se hayan devengado ingresos o gastos que todavía no se hayan cobrado o pagado. En virtud del principio del devengo, estos ingresos y gastos deben considerar-

7983

P ERIODIFICACIÓN se al calcular el resultado del correspondiente ejercicio. Por ello, contablemente han de reflejarse, al tiempo que se plasFecha

man los derechos de cobro y las obligaciones de pago que generan. Así, su registro contable puede resumirse:

Partidas

Debe

Cuenta de activo (crédito, grupo 2, 4 ó 5)

Haber

xxx

Cuenta de ingreso (grupo 7)

xxx

ó Fecha

Partidas

Debe

Cuenta de gasto (grupo 6) Cuenta de pasivo (deuda, grupo 4 ó 5)

Llegado el momento del cobro o del pago se cancelarán los derechos/deudas correspondientes registrándose un aumento/disminución de tesorería.

Haber

xxx xxx

momento en el que cobrará 3.000 €, mediante transferencia bancaria, por todo el trabajo. Se pide:

Ejemplos: - La empresa "H" ha prestado, durante diciembre de X0, ciertos servicios de reparación que no constituyen su objeto social. Está previsto que finalice estas labores al terminar el mes de enero de X1,

Reflejar en el diario de "H" las anotaciones contables que procedan. A 31/12/X0, por las reparaciones realizadas pendientes de cobro:

Fecha

Partidas

31/12/X0

(440) Deudores

Debe

Haber

1.500

(759) Ingresos por servicios diversos

1.500

A 31/1/X1, por el registro de los servicios correspondientes a este mes y por el cobro de todo: Fecha

Partidas

31/1/X1

(572) Bancos

7984

Debe

Haber

3.000

(440) Deudores

1.500

(759) Ingresos por servicios diversos

1.500

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P ERIODIFICACIÓN De este modo se imputan a los resultados de los ejercicios X0 y X1 los ingresos devengados en cada período.

ascendió a 700 € que son abonados mediante transferencia bancaria. Se pide:

- La empresa "J" recibe, en el mes de diciembre de X0, suministro eléctrico cuyo coste estima que ascenderá a 400 €. El recibo de la luz no se paga hasta comienzos de febrero de X1, e incluye los meses de diciembre y enero. El importe de éste Fecha 31/12/X0

Reflejar en el diario de "J" las anotaciones contables que procedan. A 31/12/X0, por el gasto realizado en energía pendiente de abonar:

Partidas

Debe

(628) Suministros

Haber

400

(410) Acreedores por prestación de servicios

400

A principios de febrero de X1, por el pago del recibo y el consumo del mes de enero: Fecha

Partidas

31/1/X1

(628) Suministros

Debe 300

(410) Acreedores por prestación de servicios

400

(572) Bancos

De este modo se imputan a los resultados de los ejercicios X0 y X1 los gastos devengados en cada período. Los ejemplos anteriores se han efectuado con ingresos y gastos corrientes que no se corresponden con la actividad principal de la empresa. De la misma manera debe procederse cuando los ingresos y gastos sean intereses a favor o cargados a la empresa, teniendo en cuenta que en este caso los derechos o deudas que generen no estarán localizados en el grupo 4.

III.

Haber

700

tado, o paga una prestación que todavía no ha recibido. Cuando en el ejercicio contable se produzcan cobros o pagos derivados de ingresos o gastos no devengados durante el mismo deberán utilizarse las siguientes cuentas de "Ajustes por periodificación" de los subgrupos 48 y 58, previstas en el PGC: -

(480) Gastos anticipados

-

(485) Ingresos anticipados

INGRESOS O GASTOS NO DEVENGADOS, EFECTUADOS EN EL EJERCICIO

En ocasiones la empresa cobra de antemano un servicio que aún no ha pres-

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7985

P ERIODIFICACIÓN -

(567) Intereses pagados por anticipado

-

(568) Intereses cobrados por anticipado

Las cuentas 480 y 485 se utilizan para la periodificación comercial, mientras que las cuentas 567 y 568 son para periodificar intereses, siempre que la corriente monetaria se produzca antes del devengo.

cibidos, son recogidos por cuentas de pasivo (485 y 568), al representar la obligación que tiene la empresa de prestar ciertos servicios en un futuro que ya ha cobrado. En cambio, los "Ajustes por periodificación", que reflejan gastos no devengados cuyas cuantías han sido satisfechas, indican el derecho que tiene la organización de recibir ciertos servicios que ya ha pagado, por lo que son de activo (480 y 567).

Por otro lado, los "Ajustes por periodificación", que expresan ingresos no devengados cuyos importes han sido re-

En general, cuando la empresa cobra de antemano un ingreso no devengado se procede de la siguiente manera:

Fecha

Partidas

Debe

(57X) Tesorería

xxx

(485 ó 568) "Ajustes por periodificación"

Las cuentas (485) Ingresos anticipados y (568) Intereses cobrados por anticipado son de pasivo, por recoger los ingresos cobrados y no devengados. La distinción entre éstas radica en que la cuenta 568 sólo se ocupa de los intereses que Fecha

Si, por el contrario, paga antes de que se devengue el gasto:

Partidas

Debe

(57X) Tesorería

En ejercicios futuros se devengarán los ingresos y gastos que ya se habían cobrado o pagado. Es entonces cuando procederá contabilizar la cuenta corres-

7986

xxx

retribuyen préstamos concedidos por la empresa.

(480 ó 567) "Ajustes por periodificación"

Las cuentas (480) Gastos anticipados y (567) Intereses pagados por anticipado representan gastos realizados y no devengados, por lo que son de activo. Su contenido es análogo, la única diferencia que existe entre ambas estriba en que la segunda sólo se refiere a intereses que remuneran capitales ajenos.

Haber

Haber

xxx xxx

pondiente del grupo 7 ó 6 cancelando los "Ajustes por periodificación". Ejemplos: El 1 de octubre de X0, "M" contrata una campaña publicitaria por un año pagando en este momento por banco el importe total de la misma que asciende a 12.000 €. Se pide:

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P ERIODIFICACIÓN Reflejar en el diario de "M" las anotaciones contables que procedan. A 1/10/X0, se imputa como gasto de X0 la parte correspondiente a 3 meses (de octubre a diciembre), mientras que

los 9 meses restantes se registran como un gasto anticipado. El asiento a realizar por el pago de la campaña y el reconocimiento del gasto devengado en este ejercicio es el siguiente:

Fecha

Partidas

1/10/X0

(627) Publicidad, propaganda y relaciones públicas (12.000/12) x 3

Debe

Haber

3.000

(480) Gastos anticipados (1.000x9)

9.000

(572) Bancos

12.000

A 1/10/X1, por el gasto de publicidad devengado en este ejercicio: Fecha

Partidas

Debe

1/10/X1

(627) Publicidad, propaganda y relaciones públicas (1.000x9)

9.000

(480) Gastos anticipados

De este modo se imputan a los resultados de los ejercicios X0 y X1 los gastos devengados en cada período. El 1 de junio de X0, "S" concede un préstamo de 30.000 € a otra sociedad, que ésta reembolsará a partes iguales los días 1 de diciembre del año X0 y el 1 de junio de X1. En esas fechas, "S" cobrará intereses semestrales anticipados. El tipo de interés efectivo se eleva al 5 % anual.

Haber

9.000

Registrar las anotaciones oportunas en la contabilidad de "S". Para simplificar los cálculos y hacer hincapié en el devengo y cobro de intereses se ha optado por no considerar el efecto fiscal y hacer coincidir el ejercicio económico con el año natural. El 1 de junio de X0, por la concesión del préstamo:

Se pide: Fecha

Partidas

1/6/X0

(542) Créditos a corto plazo

Debe

(572) Bancos

En este mismo momento, por los intereses cobrados que corresponden al primer semestre, desde el 1 de junio has-

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Haber

30.000 30.000

ta el 1 de diciembre de X0: interés semestral del 2,5% (0,05/2)

7987

P ERIODIFICACIÓN Fecha

Partidas

Debe

1/6/X0

(572) Bancos (30.000x0,025)

750

(762) Ingresos de créditos

Como puede observarse, en este caso no se ha utilizado ningún ajuste por periodificación debido a que el cobro y el devengo se están produciendo en el mismo ejercicio económico.

Haber

750

El 1 de diciembre de X0, recupera 15.000 € del préstamo que concedió y además cobra los intereses del segundo semestre desde el 1 de diciembre de X0 hasta el 1 de junio de X1:

Fecha

Partidas

Debe

1/12/X0

(572) Bancos (15.000+0,025x15.000)

Haber

15.375

(542) Créditos a corto plazo

15.000

(762) Ingresos de créditos

62,5

(568) Intereses cobrados por anticipado

312,5

Ahora el ajuste se ha realizado por la parte de los intereses cobrados en este ejercicio y no devengados porque corresponden al siguiente (desde enero de X1 a 1 de junio de X1). A 1/6/X1, contabiliza el ingreso por los intereses cobrados en el ejercicio an-

terior y que se han devengado en este. Así mismo, recupera el crédito pendiente: Por los intereses devengados en este ejercicio (desde el 1 de enero hasta el 1 de junio de X1):

Fecha

Partidas

Debe

1/6/X1

(568) Intereses cobrados por anticipado

Haber

312,5

(762) Ingresos de créditos

312,5

Además, por la cancelación del crédito: Fecha

Partidas

1/6/X1

(572) Bancos

Debe

(542) Créditos a corto plazo

Al periodificar los intereses, la sociedad "S" consigue imputar a cada ejercicio

7988

Haber

15.000 15.000

los ingresos correspondientes según su devengo, aunque ya se habían cobrado.

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P ERÍODO DE CARENCIA Con los ajustes por periodificación se adecua, por tanto, la imputación temporal de ingresos y gastos al momento del devengo. Esto es importante a la hora de calcular el resultado, donde intervienen los ingresos y gastos imputados a cada ejercicio.

De igual forma que sucedía con el alta, también en relación con este requisito se han introducido ciertas reglas flexibilizadoras; así: -

El cómputo de cotizaciones efectuadas en anteriores regímenes (disposición transitoria segunda del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social).

Véase también: "Cuadro de cuentas"; "Principios contables" y "Regularización".

-

La equivalencia de la afiliación al retiro obrero a 1800 días de cotización.

PERÍODO DE CARENCIA

-

El cómputo recíproco de cotizaciones entre los distintos regímenes de la Seguridad Social.

-

Las cuotas correspondientes a las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural se computan a efectos de los distintos periodos previos de cotización exigidos para el derecho a las prestaciones.

-

El periodo de suspensión con reserva del puesto de trabajo, contemplado en el artículo 48.6 del Estatuto de Trabajadores (trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género), tendrá la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las correspondientes prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte o supervivencia, maternidad y desempleo.

-

El periodo por maternidad o paternidad que subsista a la fecha de extinción del contrato de trabajo, o que se inicie durante la percepción de la prestación por desempleo, se considera como periodo de cotización efectiva a efectos de las correspondientes prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad

RAQUEL MARTÍN MATEOS

Grace period Las prestaciones de la Seguridad Social se condicionan normalmente al cumplimiento de determinados requisitos, tanto en su modalidad contributiva como no contributiva. Así, entre otros, para causar derecho a las prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social se exige, normalmente, el requisito de tener cubiertos ciertos periodos de cotización, previamente al hecho causante. Ahora bien: -

No se exige para tener derecho a determinadas prestaciones (ni para la asistencia sanitaria ni para las prestaciones económicas derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional o las asignaciones por hijo a cargo).

-

El periodo de cotización exigido varía según las prestaciones.

-

Se suele distinguir entre carencia periodo de cotización- general y cualificada. La primera toma como referencia toda la vida laboral; la segunda atiende a las cotizaciones efectuadas en un determinado espacio temporal.

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7989

P ERÍODO IMPOSITIVO permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. -

-

La distinción entre día natural y día de cotización que permite incluir en el cómputo la cotización por pagas extraordinarias. La aplicación de la denominada "teoría del paréntesis". Como en aquellos supuestos en los que se exige una carencia cualificada, es decir, cuando se requiere un periodo de cotización previo dentro de un determinado límite temporal, puede resultar más difícil el acceso a las prestaciones por parte de personas que no se han apartado voluntariamente de la actividad profesional, derivando una imposibilidad de mantener la cotización, se elimina el periodo en que ha existido esa imposibilidad de cotizar -diríamos que se pone entre paréntesis- y se amplia el intervalo para computar la carencia cualificada.

ÁNGEL LUIS DE VAL TENA

PERÍODO IMPOSITIVO Tax period I. CONCEPTO • II. PERÍODO IMPOSITIVO EN EL IRPF Y EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

I.

CONCEPTO

Hace referencia al período de tiempo que se tiene en cuenta para la generación del hecho imponible, y que en muchos casos coincide con el año natural, no pudiendo nunca ser superior a los 12 meses.

II.

PERÍODO IMPOSITIVO EN EL IRPF Y EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

A continuación se recoge, a título de ejemplo, el período impositivo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el del Impuesto sobre sociedades (para el resto de figuras impositivas, véanse sus voces correspondientes).

IMPUESTOS ESTATALES DIRECTOS (PRINCIPALES) PERIODO IMPOSITIVO SOBRE Impuesto sobre la LA REN- Renta de las PersoTA nas Físicas

El año natural (del 1 de enero al 31 de diciembre)

Impuesto sobre So- Período que va del inicio al cierre fiscal y que se contempla en ciedades los estatutos sociales, salvo el primer año de vida social, que va de la constitución de la sociedad al 31 de diciembre. (véase cada uno de los diferentes impuestos citados)

En el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el período

7990

impositivo coincide con el año natural, salvo en el caso de fallecimiento del con-

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P ERÍODO MEDIO DE ALMACÉN tribuyente en cuyo caso el período impositivo cubre exclusivamente el período comprendido entre el 1 de enero y la fecha de fallecimiento. Por su parte, en el caso del Impuesto sobre Sociedades el período impositivo coincide con el ejercicio económico de cada entidad salvo: •

Cuando se trate de un grupo de sociedades, en cuyo caso el de todas ellas debe coincidir con el de la sociedad dominante.



Cuando la entidad se extinga, en cuyo caso el período impositivo se extingue cuando tiene lugar el asiento de cancelación de la sociedad en el Registro Mercantil.



Cuando tenga lugar un cambio de residencia de la entidad desde el territorio nacional al extranjero, en cuyo caso el período impositivo se extingue cuando se produce el cambio de residencia.



Cuando se produzca la transformación de la forma jurídica de la entidad y ello determine la no sujeción al Impuesto sobre Sociedades, en cuyo caso el período impositivo se extingue cuando se produce el cambio en la forma jurídica.



Cuando se produzca la transformación de la forma jurídica de la entidad y ello determine la modificación de su tipo de gravamen o la aplicación de un régimen tributario especial.

PERÍODO MEDIO DE ALMACÉN Average stock period

I. CONCEPTO 1. El Período Medio de Almacén en una empresa industrial 2. El Período Medio de Almacén en una empresa comercial • II. DETERMINACIÓN DEL VALOR DEL PERÍODO MEDIO DE ALMACÉN • III. EJEMPLO PRÁCTICO DE CÁLCULO DEL VALOR DEL PERÍODO MEDIO DE ALMACÉN 1. Planteamiento del Caso 2. Resolución del Caso

I.

CONCEPTO

En todas las organizaciones hay actividades de producción de bienes y servicios no sólo en las empresas transformadoras o industriales, sino también en empresas comerciales en las cuales la función de producción estaría constituida por el proceso físico que se desarrolla desde la recepción de las mercancías al almacén y su exposición al público hasta su salida por caja. El desarrollo de este proceso físico se materializa en el denominado ciclo de explotación o ciclo dinero-mercancías-dinero, el cual hace referencia al proceso de creación y distribución de valor en la empresa.

ANA CRISTINA MINGORANCE ARNÁIZ Véase también: "Impuesto"; "Impuesto local"; "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas" e "Impuesto sobre Sociedades".

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Para el caso de una empresa industrial, el ciclo de explotación se compone principalmente de los siguientes elementos (ver figura 1).

7991

P ERÍODO MEDIO DE ALMACÉN

Las empresas invierten en la compra de materias primas que posteriormente incorporan a un proceso productivo y las transforman en productos que se venden a los clientes y por último se realiza el cobro de esa venta, siendo este dinero derivado de las ventas el que se reinvierte en la compra de nuevos materiales comenzándose el ciclo de nuevo.

dio de Maduración e indica el número de días necesario para desarrollar el ciclo de explotación de la empresa.

A la empresa, con el fin de determinar el valor de su Fondo de Maniobra (existente o necesario) le interesa conocer el tiempo que por término medio transcurre desde que se invierte una unidad monetaria en su ciclo de explotación hasta que se recupera con la venta y posterior cobro a los clientes. A este período de tiempo se le denomina Período Me-

a) Almacenamiento de las Materias Primas.

7992

Este Periodo Medio de Maduración depende a su vez de una serie de tiempos intermedios que se corresponden con las siguientes categorías de elementos de la empresa:

b) Fabricación del Producto. c) Almacenamiento de Productos Terminados. d) Cobro a los clientes. e) Pago a los proveedores.

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P ERÍODO MEDIO DE ALMACÉN Tanto el almacenamiento de las materias primas como el de los productos terminados, dan origen a lo que se denomina Periodo Medio de Almacén que, en una primera aproximación, puede definirse como el tiempo que por término medio transcurre desde que entre una unidad en el almacén hasta que ésta sale del mismo. Para un correcto análisis del Período Medio de Almacén, es preciso diferenciar entre dos tipos de empresas: a) Empresas Industriales o transformadoras que, partiendo de unos recursos los transforman en productos aptos para el consumo. b) Empresas comerciales o distribuidoras cuya actividad principal consiste en comprar un bien y volverlo a vender sin que se produzca en el mismo ningún tipo de transformación.

1. El Período Medio de Almacén en una empresa industrial En el caso de las empresas industriales, el Periodo Medio de Almacén puede a su vez plantearse desde dos categorías diferentes que son: 1.

Período Medio de Almacén de las Materias Primas: se define como el tiempo que por término medio

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transcurre desde que una unidad entra en el almacén hasta que se incorpora al proceso productivo (consume) para la elaboración de un producto. 2.

Período Medio de Almacén de los Productos Terminados: se refiere al tiempo que por término medio permanecen los productos terminados en el almacén en espera de ser vendidos a los clientes de la empresa.

2. El Período Medio de Almacén en una empresa comercial Las empresas comerciales se caracterizan por el hecho de que no transforman o no elaboran un producto, sino que simplemente actúan como meras "distribuidoras" de los mismos. En el caso de estas empresas, el ciclo dinero-mercancías-dinero queda reducido en los siguientes elementos (ver figura 2). Por tanto, en las empresas comerciales sólo puede hablarse de Período Medio de Almacén de los productos terminados y se define como el tiempo que por término medio transcurre desde que entra el producto en la empresa (compra del mismo) hasta que es vendido a un cliente.

7993

P ERÍODO MEDIO DE ALMACÉN

II.

DETERMINACIÓN DEL VALOR DEL PERÍODO MEDIO DE ALMACÉN

Para calcular el Periodo Medio de Almacén es necesario tener en cuenta el concepto de rotación tanto de las materias primas como de los productos terminados de la empresa. La rotación indica el número de veces que por término medio en un año

(360 días) se consume o se renueva el almacén en la empresa. Así, con carácter general, para determinar el valor de la rotación de las materias primas o de los productos terminados, es necesario tener presente los resultados del Cuenta de Pérdidas y Ganancias, y los valores del Balance de Situación:

En concreto la Rotación de las Materias primas se calcula:

7994

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P ERÍODO MEDIO DE ALMACÉN

Y la Rotación de los Productos Terminados:

El coste de las ventas incluye: Consumo de Materias primas, el coste de la mano de obra directa, así como los gastos generales de fabricación y la variación de existencias de productos semiterminados y terminados. Una vez determinada la rotación, el Período Medio de Almacén se calcula como la relación por cociente entre el plazo o período a considerar –generalmente

El valor en sí del Período Medio de Almacén es útil a la empresa siempre y cuando éste pueda ser comparado con el valor que presentan otras empresas del mismo sector dado que, en función de la actividad productiva de la empresa la rotación de los activos puede variar de forma muy significativa de unos sectores a otros. También es interesante valorar su evolución a lo largo de un período de tiempo determinado.

el año (año = 360 días)- y el valor de la rotación. Así, el Periodo Medio de Almacén representa una relación inversa a la rotación de las existencias o de los productos terminados de la empresa, es decir, cuanto mayor sea la rotación de las materias primas o de los productos, menor es el Período Medio de Almacén, dado que menos tiempo permanecen en el mismo.

Maduración lo que va a repercutir de manera directa en el valor del Fondo de Maniobra de la empresa, tanto el fondo de maniobra necesario como el fondo de maniobra existente.

III.

EJEMPLO PRÁCTICO DE CÁLCULO DEL VALOR DEL PERÍODO MEDIO DE ALMACÉN

1. Planteamiento del Caso A partir del cálculo del Período Medio de Almacenamiento se determina, junto con la incorporación de otros tiempos intermedios, el Período Medio de

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Los estados financieros de una empresa industrial ofrecen la siguiente información:

7995

P ERÍODO MEDIO DE ALMACÉN

A partir de esta información se pide determinar el valor del Período Medio de Almacén de las materias primas y de los productos terminados de la empresa.

2. Resolución del Caso En primer lugar es necesario determinar tanto la rotación de las materias primas como la rotación de los productos terminados:

Una vez determinada la rotación, se procede al cálculo del Periodo Medio de Almacén:

LO ESENCIAL SOBRE PERIODO MEDIO DE ALMACÉN

Puede valorarse la relación inversa que existe entre el la rotación de los activos y el período medio de almacén.

Libros CRISTINA ISABEL DOPACIO Véase también: "Fondo de rotación" y "Período medio de maduración".

7996



ISABEL TOPACIO, CRISTINA (coordinadora): Fundamentos y aplicación de la Economía de la Empresa , Ediciones EAT, Madrid, 2004.

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P ERÍODO MEDIO DE FABRICACIÓN

PERÍODO MEDIO DE APROVISIONAMIENTO Véase: "Período medio de maduración".

PERÍODO MEDIO DE CAJA Véase: "Ratios de liquidez".

PERÍODO MEDIO DE COBRO Véase: "Período medio de maduración".

EJEMPLO PRÁCTICO DE CÁLCULO DEL VALOR DEL PERÍODO MEDIO DE FABRICACIÓN 1. Planteamiento del Caso 2. Resolución del Caso

I.

CONCEPTO

La empresa puede considerarse como un sistema que se encuentra dividido en distintos subsistemas que representan las distintas funciones que existen en la empresa. Algunas de estas funciones son creadoras de valor y constituyen por tanto el proceso de creación de valor de la empresa (circuito real de bienes o sistema físico), mientras que otras son distribuidoras del mismo y representan el proceso de distribución de valor (circuito formal de bienes o sistema económico).

I. CONCEPTO • II. DETERMINACIÓN DEL VALOR DEL PERÍODO MEDIO DE FABRICACIÓN • III.

La base principal del sistema físico o del proceso de creación de valor es la fabricación de los productos, es decir, la transformación de las materias primas en productos aptos para el consumo. En este sentido, el sistema productivo de la empresa se encarga de transformar los recursos productivos (Materias primas) de una empresa, en productos y servicios finales.

Una decisión importante en la empresa es la de determinar el volumen de producción óptimo que permita el cumplimiento de los objetivos empresariales fijados para un determinado horizonte temporal. Para ello, es necesario definir el ciclo de fabricación o lo que es lo mismo, el período medio de fabricación. El

período medio de fabricación puede definirse como el tiempo (generalmente se toma como base el año comercial que son 360 días) que por término medio tarda en elaborarse una unidad de producto, es decir, el período que transcurre desde que las materias primas se incorporan al proceso productivo hasta que

PERÍODO MEDIO DE FABRICACIÓN Average manufacturing period

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P ERÍODO MEDIO DE FABRICACIÓN salen del mismo convertidas en productos terminados. Obviamente, este periodo medio de fabricación sólo es evaluable en empresas industriales, orientadas a la transformación de bienes. Este período medio de fabricación representa un elemento importante para la empresa dado que, entre otras utilidades permite: 1.

2.

En primer lugar determinar el valor del Periodo Medio de Maduración. El periodo medio de maduración es el tiempo que por término medio tarda en empresa en recuperar una unidad monetaria invertida con la venta y posterior cobro a los clientes. Así, este período medio de maduración se compone de una serie de subperiodos tales como: el periodo medio de compra, el periodo medio de fabricación, el periodo medio de venta y el periodo medio de cobro. Una vez determinado este periodo medio de maduración se puede definir el fondo de maniobra de la empresa. En segundo lugar, es útil para aquellas empresa que tratan de aplicar la filosofía "JIT" o sistema "Just In Time" (Justo a Tiempo) cuyo fin último es el que la empresa debe comprar o fabricar el número de unidades que se

El coste anual de producción incluye: Compra de Materias primas, la variación de existencias de materias primas, el coste de la mano de obra directa, así como los gastos generales de fabricación y la variación de existencias de productos en curso de fabricación.

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necesiten, en el momento en el que se necesite, para satisfacer la demanda del producto, por lo que es imprescindible el conocimiento del periodo medio de fabricación para una correcta aplicación de la filosofía "JIT". 3.

II.

Por último, es una referencia necesaria a la hora de planificar o controlar la capacidad productiva de la empresa.

DETERMINACIÓN DEL VALOR DEL PERÍODO MEDIO DE FABRICACIÓN

Al igual que ocurre con la determinación de todos los subperiodos que determinan el Periodo Medio de Maduración de la empresa, es necesario tener en cuenta el concepto de rotación de los productos en curso de fabricación. La rotación indica el número de veces que por término medio en un año (360 días) se consume o se renueva el almacén de productos en curso de fabricación en la empresa. En concreto la Rotación de los productos en curso de fabricación se calcula:

Una vez determinada la rotación, el Período Medio de Fabricación se calcula como la relación por cociente entre el plazo o período a considerar –generalmente el año (año = 360 días)- y el valor de la rotación.

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P ERÍODO MEDIO DE FABRICACIÓN III.

EJEMPLO PRÁCTICO DE CÁLCULO DEL VALOR DEL PERÍODO MEDIO DE FABRICACIÓN

1. Planteamiento del Caso Los estados financieros de una empresa industrial ofrecen la siguiente información:

A partir de esta información se pide determinar el valor del Período Medio de Fabricación de la empresa.

2. Resolución del Caso En primer lugar es necesario determinar tanto la rotación de los productos en curso de fabricación:

Una vez determinada la rotación, se procede al cálculo del Periodo Medio de Fabricación:

Puede valorarse la relación inversa que existe entre el la rotación de los activos y el período medio de fabricación, esto es, cuanto más roten los productos en curso de fabricación necesariamente es porque se fabrica en un tiempo menor. A mayor rotación menor valor del periodo medio. CRISTINA ISABEL DOPACIO

LO ESENCIAL SOBRE PERÍODO MEDIO DE FABRICACIÓN Libro •

ISABEL TOPACIO, CRISTINA (coordinadora): Fundamentos y aplicación de la Economía de la Empresa , Ediciones EAT, Madrid, 2004.

Véase también: "Período medio de maduración".

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P ERÍODO MEDIO DE FABRICACIÓN (CONTABILIDAD)

PERÍODO MEDIO DE FABRICACIÓN (CONTABILIDAD)

I.

CONCEPTO

PERIÓDO MEDIO DE FINANCIACIÓN

El Período Medio de Maduración (PMM) o simplemente período medio, es el tiempo que, en términos medios, transcurre entre la salida y la recuperación del dinero que se ha utilizado para atender las necesidades de financiación propias del ciclo de explotación de la empresa. En otras palabras es el tiempo promedio que transcurre entre el pago a los proveedores por la compra de las materias primas y el cobro a los clientes por la venta de los productos terminados.

Véase: "Período medio de maduración".

II.

PERÍODO MEDIO DE MADURACIÓN

El ciclo de explotación, que determina el período medio de maduración, está compuesto por varias etapas o sub-períodos, de manera generalizada se distinguen cinco momentos diferentes en un ciclo de explotación productivo.

Véase: "Período medio de maduración".

ETAPAS DEL PMM

Average turnover period

1. Período medio de aprovisionamiento (PMA)

I. CONCEPTO • II. ETAPAS DEL PMM 1. Período medio de aprovisionamiento (PMA) 2. Período medio de fabricación o producción (PMF) 3. Período medio de venta (PMV) 4. Período medio de cobro a clientes (PMC) 5. Período medio de pago a proveedores (PMP) • III. INTERPRETACIÓN

Es el tiempo, que por término medio, permanecen almacenadas las materias primas adquiridas para la fabricación de productos. Se halla dividiendo el saldo medio de materias primas entre el consumo diario de dichas existencias.

Cuanto más alto sea el PMA, mayor será el tiempo que las materias primas permanecen en el almacén y en consecuencia, más alta la inversión en cuentas de materias primas.

cación de los productos y se calcula dividiendo el saldo medio de los productos cuya fabricación está en curso, entre el coste diario de la producción o fabricación.

2. Período medio de fabricación o producción (PMF) Es el tiempo, que por término medio, se requiere para llevar a cavo la fabri-

8000

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P ERÍODO MEDIO DE MADURACIÓN

Cuanto más alto es el PMF, mayor será el tiempo que se requiere para la fabricación de los productos.

3. Período medio de venta (PMV) Es el tiempo, que por término medio, se utiliza para vender la producción terminada, es decir el tiempo medio que

Cuanto más alto es el PMV, mayor será el tiempo que los productos ya finalizados permanecen en el almacén antes de realizarse la venta, lo que implica más inversión en cuentas de inventarios de productos terminados.

los productos finalizados permanecen almacenados hasta su venta. El período medio de venta se obtiene dividiendo el saldo medio de los productos terminados en almacén, entre el coste medio de los productos terminados vendidos en un día.

el tiempo medio que transcurre entre la venta y el cobro. Se halla dividiendo el saldo medio de las cuentas por cobrar a clientes entre las ventas diarias a crédito.

4. Período medio de cobro a clientes (PMC) Es el tiempo, que por término medio, tardan en pagar los clientes, es decir,

Cuanto más alto es el PMC, mayor será el tiempo que se requiere para cobrar a los clientes y en consecuencia, más alta la inversión necesaria en cuentas por cobrar a clientes.

5. Período medio de pago a proveedores (PMP)

el tiempo que transcurre entre la compra de las mercancías o las materias primas y el pago de las mismas. Se calcula dividiendo el saldo medio de las cuentas por pagar a proveedores entre las compras diarias medias a crédito.

Es el tiempo, que por término medio, se tarda en pagar a los proveedores,

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8001

P ERÍODO MEDIO DE PAGO

III.

INTERPRETACIÓN

Inversamente a las anteriores cuatro etapas descritas, cuanto mayor sea el PMP, mayor la financiación que se obtiene de los proveedores y más altos los volúmenes de pasivo en las cuentas por pagar a proveedores.

El Período Medio de Maduración, se expresa matemáticamente como:

El Período Medio de Maduración de una empresa, es una medida del dinamismo de la explotación de la actividad organizacional, por lo cual:

PERÍODO MEDIO DE PAGO

— Cuando un PMM de una empresa se considera corto, al compararlo por ejemplo con los PMM de las demás empresas del sector, se supone un ritmo rápido y una mayor eficiencia y efectividad en la organización. El número de veces que se repite el ciclo de explotación en un ejercicio económico se denomina "rotación" y por tanto cuanto menor sea PMM, mayor número de rotaciones habrá y más eficiente se considera a la empresa. — Un PMM alto, implica una rotación baja, lo que supone también un mayor volumen de financiación, con costes más elevados. Cuanto mayor sea el PMM menos ciclos de explotación se podrán llevar a cabo en el transcurso del ejercicio económico y menos eficiente se considera a la empresa.

Véase: "Período medio de maduración".

PERITACIÓN Claims adjustment Actividad profesional que tiene por objeto la tasación o valoración de las consecuencias económicas que se pudieran haber derivado de un siniestro. Es realizada por los denominados peritos cuyo dictamen es la denominada peritación. El fin de la peritación de siniestros es la determinación por parte de la entidad aseguradora de las indemnizaciones que correspondan al beneficiario del seguro. FRANCISCO JAVIER GRAN RICO Véase también: "Indemnización (fiscalidad)"; "Perito" y "Prestación de seguro".

PERITACIÓN DE SINIESTRO MAYRA VIEIRA CANO

8002

Véase: "Peritación".

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P ERITO

PERITO

el caso el perito procederá a aplicar la regla proporcional, la regla de equidad o determinará si la cobertura se ha de aplicar en su totalidad.

Claims adjuster Persona con los suficientes conocimientos técnicos sobre una materia, que emite dictámenes sobre temas relacionados con ésta, en temas concretos que se someten a su criterio. En los contratos de seguro, son los encargados de determinar la valoración de los daños ocasionados por los siniestros, así como las causas determinantes de éstos. Según la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, "Son peritos de seguros quienes dictaminan sobre las causas del siniestro, la valoración de los daños y las demás circunstancias que influyen en la determinación de la indemnización derivada de un contrato de seguro y formulan la propuesta de importe líquido de la indemnización". En definitiva las funciones del perito son: -

Investigar las causas de un siniestro, puesto que éstas determinan en un contrato de seguro la existencia o no de cobertura.

-

En los seguros de daños sobre objetos, tasa el valor del bien y valora los daños producidos. En los seguros a las personas, evalúa los daños físicos o psíquicos que puedan haber sufrido las personas objeto del contrato de seguro.

-

Determina el importe de la indemnización que proceda, teniendo en cuenta todas las variables que afectan a la valoración de la indemnización, como pueden ser coberturas y exclusiones recogidas en póliza, infraseguro, localización del bien asegurado o siniestro acontecido. Según

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Para poder ejercer como perito de seguros, éstos deben estar en posesión de titulación en la materia a la que pertenezca el asunto sobre el deben dar su dictamen. Para verificar el nivel de preparación adecuado, las organizaciones que representan a las entidades aseguradoras y a los peritos de seguros, adoptarán las medidas necesarias para llevar a cabo dicho control, concretamente establecerán las líneas generales y requisitos básicos que han de cumplir los programas de formación de los profesionales así como los medios para ejecutarlos. En este sentido, la Dirección General de Seguros fomentará la preparación técnica y cualificación profesional, colaborando con las entidades antes citadas y proponiendo las modificaciones que considere necesarias tanto en los contenidos de los programas, como en los medios necesarios para su ejecución. La profesión de perito tiene las siguientes especialidades: -

Perito de seguros de autos.

-

Perito de seguros de embarcaciones de recreo.

-

Perito de seguros de incendios y riesgos diversos.

-

Perito de seguros agrarios.

-

Perito de seguros médicos.

FRANCISCO JAVIER GRAN RICO

Véase también: "Peritación" y "Seguro".

8003

P ERMUTA

PERMUTA Exchange I. CONCEPTO • II. CARACTERES • III. REGULACIÓN LEGAL • IV. CONTENIDO • V. PERMUTA DE UN SOLAR POR PISOS O LOCALES A CONSTRUIR • VI. NEGOCIO MIXTO DE COMPRAVENTA-PERMUTA DE VEHÍCULOS • VII. OTROS SUPUESTOS

I.

Se trata de dos obligaciones recíprocas, la de cada uno de los permutantes. c) Oneroso. La obligación de cada uno tiene la contraprestación en la del otro. d) Traslativo del dominio. La permuta produce obligaciones, no transmite por si misma la propiedad. Ahora bien, es título traslativo de la misma, por cuanto junto con el modo (tradición real o ficticia) produce la adquisición de la propiedad.

CONCEPTO

El artículo 1538 del Código Civil define la permuta como un contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa para recibir otra.

e) Obliga a transmitir el dominio de cada una de las cosas permutadas.

Sánchez Román, acentuando la finalidad traslativa, la define como "un contrato principal, consensual, bilateral, oneroso, conmutativo y traslativo del dominio, por el cual dos personas se obligan a transferir mutuamente el dominio de una o varias cosas, que al celebrar la permuta pertenecían a cada una de ellas".

A diferencia de la compraventa, en la que el vendedor se obliga a la entrega y al saneamiento de la cosa, en la permuta se obligan, además, a la entrega de la propiedad. Por lo que con base al artículo 1539 del Código Civil se establece la posibilidad de la resolución de la permuta de cosa ajena.

III. II.

CARACTERES

Del concepto dado se han de derivar sus caracteres: a) Contrato consensual. Es decir, se perfecciona por el consentimiento, sin necesidad de entregar una y otra cosa. Por lo que difiere de la concepción del Derecho romano, para el cual la permuta era una variedad de los contratos innominados, calificada por dar para recibir (do ut des), por lo que participaba del carácter real de estos contratos, y por lo tanto, se perfeccionaba mediante la entrega. b) Bilateral y recíproco.

8004

REGULACIÓN LEGAL

El Código Civil apenas regula la permuta, por cuanto sólo da normas parciales sobre su contenido y se remite a la regulación de la compraventa, así lo dispone el artículo 1541: "en todo lo que no se halle especialmente determinado en este título, la permuta se regirá por las disposiciones concernientes a la venta", y ha de entenderse, que tal remisión será siempre que tales disposiciones puedan ser aplicables a la permuta. Es decir, esta remisión a las disposiciones de la compraventa no puede ser plena, dada las fundamentales diferencias entre ambas, sobre todo por la intervención de dinero en la compraventa. De manera excepcional, puede intervenir dinero en la permuta, tal y como se

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P ERMUTA deriva del artículo 1446: "si el precio de la venta consistiera parte en dinero y parte en otra cosa se calificará el contrato por la intención manifiesta de los contratantes. No constando ésta, se tendrá por permuta, si el valor de la cosa dada en parte del precio excede al del dinero o su equivalente; y por venta en el caso contrario."

IV.

CONTENIDO

La especialidad de la permuta es la obligación de transmisión de la propiedad, por lo tanto, si se acredita que uno de los permutantes no era el titular de la cosa permutada, ello facultará al otro a la resolución del contrato. A ella se refiere el artículo 1539: "si uno de los contratantes hubiese recibido la cosa que se le prometió en permuta, y acreditase que no era propia del que la dio, no podrá ser obligado a entregar la que él ofreció en cambio, y cumplirá con devolver la que recibió." La segunda especialidad es la referida al saneamiento por evicción, y a tal efecto el artículo 1540 dispone: "el que pierda por evicción la cosa recibida en permuta, podrá optar entre recuperar la que dio en cambio, o reclamar la indemnización de daños y perjuicios; pero sólo podrá usar el derecho a recuperar la cosa que él entregó mientras ésta subsista en poder del otro permutante, y sin perjuicio de los derechos adquiridos entretanto sobre ella con buena fe por un tercero." Si se optase por la indemnización, el permutante tendrá derecho a exigir el valor de la cosa que ha perdido por evicción y los restantes conceptos a los que se refieren los nº 2 y siguientes del artículo 1478 del Código Civil.

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V.

PERMUTA DE UN SOLAR POR PISOS O LOCALES A CONSTRUIR

De igual manera que en la compraventa cabe la permuta de cosa futura. Ahora bien, la permuta de un solar a cambio de pisos que el otro permutante se obliga a entregar cuando se termine el edificio, obligándose éste permutante a su construcción, es una figura de gran importancia práctica, sobre todo por la frecuencia con la que se da, por lo que es numerosa la jurisprudencia al respecto. Así la doctrina jurisprudencial podemos sintetizarla en la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de marzo 2001 "En primer lugar, se produjo un contrato de permuta de cosa futura, que la jurisprudencia (sentencias de 31 Octubre 1986, que resume la anterior; 5 Julio 1989, 10 Marzo 1990, 7 Junio 1990, 18 Diciembre 1990, 7 Mayo 1993, 30 Septiembre 1993, 24 Noviembre 1993 y 19 Noviembre 1994) ha calificado de contrato atípico, do ut des, asimilable a la permuta; cuya permutante D.ª..., transmitió la propiedad del solar a los otros permutantes Sres. M. y M.. y de cuyo contrato de permuta no consta su resolución; estos últimos, propietarios, vendieron a D... un determinado piso y le entregaron la posesión: éste ha adquirido su derecho de propiedad, por título (contrato de compraventa) y modo (tradición real por entrega de la posesión); cuya propiedad tiene su fundamento en los artículos 1538 y 1541 del Código civil en cuanto a la permuta que produjo la titularidad dominical de los vendedores, artículos 1445 y 1462, primer párrafo, en cuanto a la compraventa y a la tradición, y artículos 1095 y 609 relativos al título y al modo como traslativos del derecho de propiedad."

8005

P ERSONAL VI.

NEGOCIO MIXTO DE COMPRAVENTA-PERMUTA DE VEHÍCULOS

Cabe citar, por su frecuencia en la actualidad, del negocio mixto de compraventa-permuta respecto de la compra de vehículos nuevos mediante un precio que se integra por una cantidad de dinero y la entrega del vehículo usado. La doctrina entiende que ha de estarse a la intención de las partes, y en todo caso, hemos de estar a lo dispuesto en el artículo 1446 Código Civil.

VII. OTROS SUPUESTOS La permuta, a pesar de su arcaísmo e incluso de su frecuencia en épocas de penuria, en la actualidad puede entenderse se ha producido un renacimiento a través de los intercambios por internet. También se tiene en cuenta en el ámbito del Derecho urbanístico. Al respecto Real Decreto 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo. SAGRARIO ARROYO GARCÍA

PERSONAL Personnel I. CONCEPTO Y NATURALEZA • II. GESTIÓN TRADICIONAL DE PERSONAL

I.

CONCEPTO Y NATURALEZA

El término personal es uno de los utilizados para describir el objeto de trabajo de la función de recursos humanos en las organizaciones. Es uno de los primeros en ser utilizados para referirnos a las decisiones que en la organización se tomaban con el fin de dirigir y gestionar el comportamiento y disposición de las

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personas que iban a aportar a la organización su trabajo y conocimientos para que esta alcanzase sus objetivos. Los términos personal, recursos humanos, o personas, pueden representar, a su vez, formas de entender la función con connotaciones distintas (Herrera, 2001). El término personal, posiblemente, es el más clásico. Su utilización podría resultar difícilmente separable de un planteamiento en el que, entre otros atributos, se considera a las personas que debemos dirigir como un grupo cuyos miembros son prácticamente homogéneos (realizando habitualmente tareas sencillas, perfectamente sustituibles y remolones por naturaleza). En este grupo se incluiría sólo a los empleados no directivos. Utilizar el término recursos humanos debería indicar que estamos considerando a las personas que componen las organizaciones como un recurso, del cual se puede hacer un mayor o menor aprovechamiento para conseguir los fines de la empresa. Dicho recurso, de naturaleza mucho más compleja que los demás, podría llevar a la empresa a desarrollar capacidades y competencias distintivas con las que obtener ventajas competitivas. Así pues, el término recursos humanos conecta perfectamente con enfoques y planteamientos predominantes en la Dirección Estratégica en la actualidad (como el enfoque de recursos y capacidades, la gestión de competencias, etc.).

II.

GESTIÓN TRADICIONAL DE PERSONAL

La distinción de los términos Personal y Recursos Humanos lleva a hablar de la Gestión Tradicional de Personal frente a la Dirección de recursos humanos (desarrollada a través de enfoques como la

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P ERSONAL Dirección estratégica de recursos humanos).



Integración. El enfoque de personal tiene una escasa integración con el resto de áreas funcionales o departamentos de la organización, mientras que en el enfoque de Dirección de recursos humanos la integración con las otras funciones organizativas (marketing, finanzas, producción,...) es completa.



Coordinación. La gestión tradicional de personal desarrolla actividades y tareas que tienen una escasa o nula integración entre sí, mientras que el enfoque de recursos humanos coordina todas las actividades de la función (captación, capacitación, motivación,...) en el marco de unas directrices para función.

Anthony et al. (2002) enumeran las diferencias entre ambos planteamientos apoyándose en 6 dimensiones: •







Planificación y formulación de la Estrategia. Mientras que la gestión tradicional de personal se limita, como máximo, a una planificación operativa de algunas tareas puntuales, el enfoque de recursos humanos participa en la formulación de la estrategia general de la organización, alineando la función de recursos humanos con la estrategia organizativa. Posición jerárquica. Mientras en la gestión tradicional de personal coloca al responsable de la función de personal (Director de personal) en un nivel de directivo medio, el enfoque de recursos humanos tiene un estatus mayor para el responsable de la función (hasta el punto de que, en ocasiones, ocupa los mayores puestos jerárquicos, como puede ser el de vicepresidente de recursos humanos). Alcance. La gestión tradicional de personal se centra en tareas administrativas, operativas y de control sobre los empleados para que cumplan con sus obligaciones contractuales de presencia física en el trabajo, disciplina,... Mientras, el enfoque de recursos humanos se ocupa de la capacitación e implicación tanto de empleados como de directivos (todos son los recursos humanos de la organización). Toma de decisiones. La gestión tradicional de personal sólo toma decisiones operativas, mientras que el enfoque de recursos humanos se implica en la toma de decisiones estratégicas.

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Armstrong (1987) analizaba este contraste de ambos términos con el siguiente símil: muchos directivos clásicos de personal estaban abordando la función de recursos humanos como si se tratase de un viejo vino en una nueva botella. Es decir, se planteaban nuevos términos y algunas nuevas necesidades, pero seguían abordándolo desde un planteamiento clásico característico de cuando el término habitual era el de personal. JUSTO HERRERA GÓMEZ Véase también: "Recursos humanos".

LO ESENCIAL SOBRE PERSONAL Libros •



ANTHONY, W. P., KACMAR, K. M. y PERREWÉ, P.L. (2002): Human Resource Management. A Strategic Approach. South-Western Thomson Learning. Ohio. HERRERA, J. (2001): Dirección de recursos humanos. Un enfoque de Admi-

8007

P ERSONAL EN I+D nistración de empresas. ACDE ediciones. Valencia.

Artículos de opinión •

ARMSTRONG, M. (1987): "Human Resource Management: a case of the emperor s new clothes" Personnel Management. August. Pp. 30-35.

dicado por los agentes innovadores al proceso de I+D, este es discriminado al momento de consultar a los agentes sobre el mismo, básicamente en tres dimensiones: 1.

PERSONAL EN I+D R & D Human Resource I. INTRODUCCIÓN • II. DEFINICIÓN

I.

INTRODUCCIÓN

En el análisis del proceso de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), así como en la elaboración de instrumentos de recolección de la información necesaria para su comprensión que se realizan en los distintos países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), son ampliamente aceptadas las recomendaciones del denominado Manual de Frascati, en cuanto a que los principales indicadores del esfuerzo en I+D, son: -

El nivel de gasto en actividades de I +D.

-

Los recursos humanos involucrados directamente en actividades de I+D.

II.

DEFINICIÓN

Se considera personal en I+D o recurso humano dedicado a actividades de investigación y desarrollo, a todo el personal involucrado directamente en las denominadas actividades de I+D, así como al personal de apoyo involucrado en soportar las actividades de I+D. Para una mejor comprensión y análisis de las características del personal de-

8008

El Nivel de Formación: Hace referencia al nivel de formación académica del personal investigador, se consulta sobre los diferentes grados académicos del mismo; Doctores universitarios, Licenciados, arquitectos, ingenieros y similares, Diplomados universitarios, arquitectos e ingenieros técnicos y similares, Ciclos formativos de grado superior (Formación profesional específica), Ciclos formativos de grado medio, título de Bachiller y similares y Otros estudios. Para clasificar por nivel de formación al personal de I+D, la OCDE recomienda seguir los lineamientos de la UNESCO, definidos en la Clasificación Internacional de la Educación ISCED (International Standard Classification of Education)

2.

Su ocupación: hace referencia al rol que desempeña el personal investigador en las actividades de I+D, este rol puede ser: -

Investigador: Son los profesionales que trabajan en la concepción de nuevos conocimientos, se incluyen a los becarios de investigación.

-

Técnico: personal con conocimientos y experiencia técnica, pero que ejecuta tareas operativas técnicas y científicas bajo la supervisión de un investigador.

-

Auxiliar: el resto de personal, incluyendo el personal de apoyo de oficina. Sin embargo y para una mayor precisión y armonización inter-

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P ERSUASIÓN nacional, al momento de clasificar por ocupación al personal de I+D, la OCDE recomienda seguir los lineamientos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), definidos en la Clasificación Internacional de ocupaciones ISCO (International Standard Classification of Occupations). 3.

El sexo: hace referencia al género, hombre o mujer.

Adicional a esta clasificación se ha determinado que, como unidad de medida para cuantificar el personal en I+D, se emplee el número de personas/año en equivalencia a jornada completa (EJC). De esta forma es posible armonizar los datos al respecto, para efectos de comparabilidad. El cuantificar el personal de I+D en dedicación EJC, provee de una solución a la situación común en el proceso de I +D y en los denominados trabajadores del conocimiento, en la cual la gran diversidad de personal involucrado en los distintos roles, trae como situación común, que se trabaje en jornadas parciales o incluso por fuera de la organización, como en el caso de los consultores. ALEJANDRO OLAYA DÁVILA Véase también: "Esfuerzo en I+D".

PERSPECTIVAS FINANCIERAS Véase: "Presupuesto de la UE".

PERSUASIÓN Persuasion

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I. CONCEPTO • II. EXPOSICIÓN • III. DECODIFICACIÓN • IV. COMPRENSIÓN 1. Factores relativos al mensaje 2. Factores relativos a la fuente • V. ACEPTACIÓN • VI. PERSISTENCIA • VII. CONTENIDO DE LOS MENSAJES Y PERSUASIÓN

I.

CONCEPTO

Se puede definir persuasión como el empleo de la comunicación de forma intencional con el fin de actuar de algún modo sobre el comportamiento, incidiendo sobre las creencias o actitudes (disposiciones emocionales hacia un objeto). Hay varias teorías que tratan de dar cuenta de cómo ocurre este proceso. La más completa es la teoría de persuasión de Hovland (1950) que será utilizada a continuación como referencia para explicar el proceso persuasivo. Este proceso debe ser tenido en cuenta como marco de referencia a la hora de crear mensajes comerciales. Se debe ir avanzando en las etapas del mismo, con el fin de conseguir los resultados fijados.

II.

EXPOSICIÓN

El primer paso en la persuasión es la exposición al mensaje. Si no hay exposición, obviamente no habrá persuasión. La exposición se ve condicionada por los procesos de atención selectiva: nos exponemos sólo a ciertos mensajes e ignoramos otros. En general, atendemos a lo que nos es útil, lo que conecta con nuestras motivaciones y nuestras creencias. Pero también nos exponemos a lo que parece complejo, a aquellos elementos que suponen una estimulación para nuestro intelecto, porque nos obligan a resolver una tarea. Conseguir la exposición es clave en el proceso de persuasión en el ámbito de

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P ERSUASIÓN marketing y cada vez más difícil debido a la saturación publicitaria. Para ello, se suele recurrir a varias tácticas, por ejemplo, aumentar la intensidad del estímulo (subiendo el volumen del sonido o eliminándolo), cambiando los estímulos (usando blanco y negro en un bloque de anuncios en color), basarse en el contraste de estímulos (usando un estilo publicitario poco frecuente) o repitiendo el estímulo. En conclusión, para superar esta fase hay que actuar tanto sobre el plan de medios como sobre la creatividad del mensaje, conectándola con la motivación y necesidad de los destinatarios y tratando de diferenciarse de los demás mensajes publicitarios.

III.

DECODIFICACIÓN

El paso previo a la comprensión y memorización del mensaje es la decodificación del mismo. Para que se produzca esta fase es imprescindible que emisor y receptor compartan el código utilizado para la codificación del mensaje. La decodificación consiste en juntar los elementos percibidos y darles significado. Para comprender esta fase han sido determinantes los hallazgos de la Escuela de la Gestalt sobre la relación figura-fondo y las leyes de la percepción.

IV.

Por tanto, para conseguir superar esta etapa se recomienda utilizar un único argumento, muy sencillo (en marketing, las estrategias creativas racionales se basan en este principio), huir de la abstracción, recurrir a modelos o estereotipos ("el médico", el "ama de casa"), enfatizar las conclusiones, repetir los elementos importantes y emplear formatos simplificadores que facilitan la comprensión (estilos publicitarios como problema-solución, demostración, testimonial, fundamentalmente).

2. Factores relativos a la fuente La capacidad de persuasión de la fuente está determinada por tres factores que resultan, a su vez, de tres variables: •

Credibilidad. Determinada por la experiencia, confianza e imparcialidad atribuida a la fuente.



Atractivo. Determinado por el prestigio, similitud y atractivo físico de la fuente.



Poder. Determinado por la capacidad de control, ejercer castigos, preocuparse.

COMPRENSIÓN

Una vez decodificado el mensaje, el sujeto pasa a la fase de comprensión. Si el mensaje no se comprende, no será memorizado. Comprender supone adquirir un significado vivencial en las cosas que nos dice la comunicación. La comprensión está determinada por factores relativos al mensaje y a la fuente.

1. Factores relativos al mensaje La comprensión está determinada por la velocidad de presentación del mensaje (a mayor velocidad, menor comprensión), la codificación del mensaje (si

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no se comparte el código, menor comprensión), la simplicidad de los argumentos (a mayor complejidad, menor comprensión), el número de argumentos (a mayor número, menor comprensión) y la tasa de redundancia o novedad (a mayor tasa, menor comprensión).

Para conseguir la comprensión, se puede enfatizar uno u otro de estos factores. Según se haga, el proceso de persuasión se denomina de una forma u otra. Así, cuando se busca la persuasión por la credibilidad de la fuente, al proceso de persuasión se le llama internalización: el receptor cree lo que dice el emisor y la creencia permanece aunque se olvide la fuente. Los mensajes publicitarios que emplean a expertos (médicos,

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P ERSUASIÓN mayordomos, fontaneros), por ejemplo, recurren a esta forma de persuasión. Si se enfatiza el atractivo, la persuasión se produce por identificación: se acepta el mensaje porque hay una relación con la fuente. La creencia depende de que se mantenga esa relación. Así, el uso de famosos como embajadores de la marca se basa en este proceso. Pero si los receptores dejan de considerar atractivo al famoso en cuestión, la persuasión no tendrá lugar. Para conocer el atractivo de los famosos se suele recurrir a estudios como el de Personality Media, realizado con AC Nielsen, o se realizan estudios ad hoc.

V.

ACEPTACIÓN

Después de aceptar el mensaje se presentan las respuestas cognitivas. La más importante es la contra argumentación. Si esto ocurre, la persuasión se ve en peligro. Por eso, hay que anticiparse y diseñar el mensaje de forma diferente si se prevé contra argumentación. Si el sujeto está muy involucrado con el tema, se puede evitar esta respuesta si se distrae en el momento de la contra argumentación (con música, uso de famosos, imágenes impactantes) sin interferir en la recepción del mensaje. También se puede exponer al sujeto a argumentos en contra, pero débiles para fortalecer la resistencia a los ataques de la competencia.

VI.

PERSISTENCIA

Esta fase es la que garantiza los objetivos previstos; la nueva creencia o actitud se mantiene en el tiempo y puede, por tanto, afectar al comportamiento. Para que se dé la persistencia no puede haber un lapso de tiempo grande entre la comunicación y el comportamiento o se pierde lo conseguido. ¿Cómo se puede conseguir este principio? Con tres estrategias básicas: acercar el mensaje al com-

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portamiento, favorecer la memorización con ciertas técnicas y con un adecuado plan de inserciones. Se acerca el mensaje al comportamiento al utilizar, por ejemplo, publicidad en el lugar de venta o PLV. También la DGT emplea esta estrategia al emitir sus mensajes de conducción responsable en operaciones salida/ entrada o cerca del fin de semana. Se puede también favorecer la memorización recurriendo a la multicodificación (uso de color, música, locución, etc.), evitando nombres abstractos y recurriendo a los estilos publicitarios ya vistos que facilitan la decodificación. Finalmente, con un adecuado plan de inserciones se puede conseguir la persistencia. A este respecto la pregunta clave es sobre qué es mejor: si una distribución intermitente (concentrar los mensajes en momentos del tiempo) o continua (menos mensajes pero más tiempo). Parece que la primera distribución es más adecuada para productos establecidos, mientras que para productos nuevos o en situaciones de compra donde se produzca un razonamiento lógico es mejor una distribución continua. La investigación muestra, además, que los anuncios situados al principio o final del bloque publicitario consiguen mayor recuerdo; si el estado del momento en que debe recordarse el producto se parece al momento en que se almacenó se consigue mayor recuerdo; lo incongruente, que motiva al individuo a darle sentido, y lo que te interesa, consigue mayor recuerdo. También se consigue mejor recuerdo cuando el mensaje conecta con la identidad del individuo o recurre a la nostalgia.

VII. CONTENIDO DE LOS MENSAJES Y PERSUASIÓN Un elemento clave del proceso de persuasión al que el modelo de la investi-

8011

P ERTURBACIÓN ALEATORIA gación de Hovland no dedica mucha atención, es el contenido del mensaje. Así, los contenidos basados en el humor, el temor, la culpa o los que generan disonancias cognitivas son más persuasivos en el ámbito de marketing. El humor sirve para reducir la contra argumentación e incrementar la persuasión porque actúa sobre la credibilidad y agrado de la fuente. El problema es que usado en exceso puede llevar al vampirismo (que se recuerde el gag, pero no la marca o el concepto de la campaña) y a la confusión. El temor, por su parte, incrementa la ansiedad de una persona acerca del no uso de un producto o servicio. Normalmente se enfatiza la pérdida - que puede ser de prestigio, de dinero, de estatus, de seguridad - si no se contratase el producto. Niveles medios de ansiedad son los más efectivos. Si se usa en exceso puede llevar a la no exposición de la fuente o al desagrado y falta de aceptación. Otros elementos utilizados en marketing es la inducción a la culpa y a la disonancia cognitiva. La segunda consiste en convencer al destinatario de que ha hecho una mala elección en el pasado. De esta forma, se genera una tensión en el individuo que le llevará a comprar nuestro producto o servicio. Las campañas de Media Markt ("yo no soy tonto") se basan en este tipo de estrategia. CARMEN VALOR MARTÍNEZ Véase también: "Creatividad publicitaria".

PERTURBACIÓN ALEATORIA Véase: "Modelo econométrico".

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PEST (ANÁLISIS) PEST (Analysis) I. CONCEPTO • II. FACTORES POLÍTICO-LEGALES • III. FACTORES ECONÓMICOS • IV. FACTORES SOCIOCULTURALES • V. FACTORES TECNOLÓGICOS

I.

CONCEPTO

Técnica que es útil para realizar el análisis del entorno general y detectar las oportunidades y amenazas para la empresa. Consiste en agrupar los factores del entorno general en cuatro tipos diferentes: factores político-legales, factores económicos, factores socioculturales y factores tecnológicos.

II.

FACTORES POLÍTICO-LEGALES

Estos factores incluyen tanto los aspectos relacionados con la política del país en el cual desarrolla su actividad la empresa, como los factores que componen el marco legal de dicho país. Cuando una empresa decide iniciar una estrategia de internacionalización (lo que significa que va a competir en otros países distintos al de origen) es muy importante que obtenga información sobre su estructura política (sobre todo si el país mantiene una cierta estabilidad política) y jurídica (regulación en materia de competencia, por ejemplo). Algunos ejemplos de factores político-legales importantes para la empresa pueden ser: la legislación en materia de competencia (leyes sobre monopolios), la legislación mercantil (que regula el funcionamiento de las sociedades mercantiles en sus diferentes formas: anónimas, limitadas, cooperativas, laborales), la legislación laboral (de regulación del mercado de trabajo y de protección de los trabajadores), la legislación en materia de protección de los consumidores, la legislación en materia de calidad y seguridad de los productos y

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P ESTEL (ANÁLISIS) servicios, la legislación en materia de protección medioambiental, el consumo de energía, la política fiscal, las políticas de subvenciones y ayudas, las políticas de bienestar social y de igualdad y la estabilidad política (situación del gobierno, política de los partidos de la oposición, etc.).

III.

FACTORES ECONÓMICOS

Los factores económicos incluyen todas aquellas variables macroeconómicas que pueden tener una influencia en las empresas. Algunos ejemplos de factores económicos importantes para la empresa pueden ser: el ciclo económico (fase del ciclo en la que se encuentra la empresa: crecimiento, crisis), el crecimiento económico (tendencias en las principales medidas económicas, como el Producto Interior Bruto), la situación de la balanza de pagos y el nivel de las exportaciones e importaciones, los tipos de cambio, la evolución de los tipos de interés, la oferta monetaria, las tasas de inflación y evolución de los precios, las tasas de desempleo y de empleo, la renta disponible y per cápita y la disponibilidad y costes de la energía.

IV.

V.

FACTORES TECNOLÓGICOS

Por último, los factores tecnológicos hacen referencia al impacto que las nuevas tecnologías de la información y la comunicación pueden tener en las empresas. En este caso conviene diferenciar entre factores tecnológicos del entorno general (que tienen su repercusión en cualquier tipo de empresa) y factores tecnológicos del entorno competitivo (se trata de tecnología específica aplicada a un determinado sector o industria). Entre factores tecnológicos del entorno general podemos citar el gasto público en I+D +i (Investigación, Desarrollo e Innovación), el desarrollo de las patentes y marcas, la atención del Gobierno y la industria sobre el esfuerzo tecnológico, los nuevos descubrimientos y desarrollos de procesos, productos, servicios y técnicas, la rapidez de la transferencia tecnológica y las tasas de obsolescencia. VANESSA CAMPOS CLIMENT Véase también: "Análisis del entorno" y "PESTEL (Análisis)".

PESTEL (ANÁLISIS)

FACTORES SOCIOCULTURALES

Este grupo incluye una gran diversidad y heterogeneidad de factores. Entre los factores culturales se pueden considerar el nivel de educación, la relación entre el sistema educativo y la empresa y la sociedad y la formación continua y el reciclaje, entre otros. Los factores sociales a analizar pueden ser la demografía (envejecimiento de la población, tasas de natalidad, distribución de la población, efecto de la inmigración, etc.), la distribución de la renta, la movilidad social, los cambios en el estilo de vida, la conciliación de la vida familiar y la vida laboral, las actitudes hacia el trabajo y el ocio o el consumismo.

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PESTEL (Analysis) Técnica que es útil para realizar el análisis del entorno general y detectar las oportunidades y amenazas para la empresa. Consiste en agrupar los factores del entorno general en seis tipos diferentes: factores políticos, factores económicos, factores socioculturales, factores tecnológicos, factores ecológicos (medioambientales) y factores legales. Se trata de una ampliación del Análisis PEST que consiste en desglosar los factores político-legales en tres clases: políticos, ecológicos o medioambientales y legales. Esto se justifica por el hecho de

8013

P ETICIÓN COMPETITIVA que este grupo de factores es muy extenso (lo que aconseja separar los factores políticos de los legales, aunque existe una relación muy estrecha entre ambos) y por la relevancia que, en la actualidad, tiene la preocupación por el medioambiente y la ecología. Por ejemplo, es una preocupación importante en la actualidad el tema de los residuos sólidos. En el caso de las centrales nucleares, el coste de los residuos tóxicos que generan éstas es determinante en la decisión de mantener o cerrar una central nuclear. VANESSA CAMPOS CLIMENT Véase también: "Análisis del entorno" y "PEST (Análisis)".

PETICIÓN COMPETITIVA Véase: "Subastas de deuda pública".

PETICIÓN NO COMPETITIVA Véase: "Subastas de deuda pública".

PETRODÓLARES Petrodollars Dólares colocados en los mercados financieros internacionales provenientes de la venta de petróleo por parte de los países productores de dicha materia prima.

IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ

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PIAS Véase: "Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS)".

PIB Véase: "Producto Interior Bruto ".

PIGNORACIÓN DE ACCIONES Share pledging Cuando se establece un contrato entre dos personas, sean físicas o jurídicas, en el que una de ellas, el deudor, recibe de la otra, el acreedor, una determinada prestación, comprometiéndose a realizar en el futuro la oportuna contraprestación, que los dos pactan como justa y justificativa del contrato, puede darse la situación en la que el acreedor exija al deudor una garantía real mobiliaria que avale las obligaciones de contraprestación del deudor. Cuando eso ocurre, el acreedor puede pignorar los bienes entregados en prenda, de tal manera que si llegado el vencimiento del contrato, el deudor no cumple con sus obligaciones, el acreedor puede exigir la ejecución de la prenda, siempre que el contrato haya sido previamente intervenido por un fedatario público. Habitualmente se usan valores mobiliarios como garantía prendaria de préstamos y créditos. Dado que los valores mobiliarios (al menos los cotizados) desde principios de los años noventa están representados por anotaciones en cuenta, esto es, no

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P ÍLDORA VENENOSA existen los títulos físicos, resulta de obligado cumplimiento el que el depósito de los valores se realice en una entidad financiera que realice las funciones de custodia de valores. La entidad financiera depositaria está obligada a custodiar los valores en prenda y a cumplir con los deberes de administración de dichos depósitos, es decir: -

Pagar los cupones, dividendos o primas de asistencia a Junta a su titular (salvo que en las condiciones del contrato se establezca que los rendimientos económicos son también objeto de prenda).

-

Facilitar la transformación de los valores en caso de que se produzcan fusiones o escisiones, aunque lógicamente los nuevos valores serán sustitutivos de los anteriores en la garantía prendaria.

-

-

Cuando cese la obligación del deudor, por que haya pagado el préstamo o por que las partes lleguen a algún otro tipo de acuerdo, el notario comunicará al banco el levantamiento de la prenda, y a partir de ese momento, las acciones volverán a ser de libre disposición para su titular. Si el deudor no cumpliera con sus obligaciones, y se procediera a la ejecución de la prenda de acciones, el depositario facilitaría la citada ejecución y la futura venta en el mercado o bien la adjudicación de las acciones a favor del acreedor, que pasaría a ser nuevo titular de las mismas cumplidos, obviamente, todos los requisitos legales que marca la legislación vigente. MIGUEL CÓRDOBA BUENO

PÍLDORA VENENOSA

Facilitar el derecho de voto a su titular en Juntas Generales de accionistas.

Poison pill

Levantar o facilitar la ejecución de la prenda, en su caso, en función de que se cumplan o no las obligaciones del contrato firmado entre las partes, previa comunicación del fedatario público que hubiera intervenido el citado contrato.

I. CONCEPTO • II. TIPOS DE PÍLDORAS VENENOSAS 1. Bonos convertibles en acciones 2. Warrants 3. Capital autorizado 4. Ampliación de capital 5. Conversión por debajo del precio de mercado (flip over, flip in) 6. Dividendos extraordinarios de acciones preferentes 7. Autorización de acciones preferentes en tiempo y precio 8. Vencimiento automático de deudas 9. Consejo escalonado 10. Supermayoría

Cuando se firma el crédito o el préstamo ante notario, se comunica al banco depositario el hecho de que se ha constituido una prenda sobre determinadas referencias técnicas identificativas de anotaciones en cuenta en los libros del banco, que a partir de ese momento y hasta que se comunique oficialmente el levantamiento de la prenda, deberán quedar inmovilizadas, y por tanto no podrán ser objeto ni de venta ni de traspaso a otra entidad depositaria, salvo que las partes firmantes del contrato estén de acuerdo en ello, y así lo comuniquen al banco.

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I.

CONCEPTO

Dentro de las estrategias defensivas que las sociedades cotizadas pueden utilizar para defenderse de un ataque hostil de entidades que pretendan controlarlas, merece especial atención la utilización de las denominadas "píldoras venenosas". La píldora venenosa tiene distintas variantes, y en términos generales se trata de hacer que o bien le resulte mucho

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P ÍLDORA VENENOSA más cara la oferta pública de adquisición (OPA) a la entidad oferente, tanto que desista de la misma, o bien para que si la oferente consigue su objetivo, lo que obtenga no se corresponda con lo que originalmente pretendía.

mucho más cara la adquisición, sobre todo por el hecho de que se diluiría el valor de las inversiones previas en acciones que habría hecho como "cabeza de puente" para tomar el control de la entidad afectada.

No obstante, es preciso tener en cuenta que la inclusión de píldoras venenosas en los estatutos sociales o la aprobación de emisiones de diferentes instrumentos financieros susceptibles de convertirse en capital, puede otorgar un exceso de poder a los adquirentes de los mismos, y en una situación complicada, en la que se haga necesaria, por ejemplo, la existencia de un "caballero blanco", a lo mejor la empresa no encuentra ningún aliado, debido a que el riesgo de tomar el control de la empresa es tan importante para el "amigo" como para el "agresor". La especificación de las condiciones en las que se pueden convertir o amortizar estos instrumentos debe requerir de un trato exquisito por parte de los abogados y financieros de la empresa, a fin de evitar sorpresas cuando la situación ya no tiene remedio.

Otra posibilidad es que se emitan bonos con convertibilidad voluntaria u obligatoria en acciones al vencimiento, los denominados "Bonos Reembolsables en Acciones". Estos bonos pueden incluso tener una opción de permuta por acciones viejas de la autocartera al reembolso de los mismos.

II.

TIPOS DE PÍLDORAS VENENOSAS

1. Bonos convertibles en acciones Los suscriptores de los bonos son "entidades afines" a la empresa, que reciben una rentabilidad superior a la que otorga el mercado, a cambio del compromiso (expreso o tácito, según el tipo de relación que haya con las entidades), de que convertirán los bonos en acciones en el momento adecuado, y cederán el derecho de voto al Consejo de la sociedad afectada, impidiendo de esta forma que la entidad que acosa a la anterior, pueda tener el control de la compañía, al haberse incrementado notablemente el volumen de derechos de voto de las acciones en circulación. Además, si finalmente, la entidad oferente consiguiera el control, le resultaría

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2. Warrants Estos instrumentos proporcionan derechos de compra de acciones a un precio fijo en el futuro, que pueden suponer un porcentaje de participación importante. La legislación no obliga a que sean objeto de OPA, mientras sigan siendo warrants, pero si estos títulos están en poder del Consejo de Administración o de personas afines, pueden ser ejercitados en el momento preciso, y obligar a la emisión de nuevas acciones, que sí tendrían que ser adquiridas por la entidad oferente.

3. Capital autorizado Existencia de autorización en Junta para convertir parte de las cuentas de acreedores en capital. Si se lanza la OPA se hace uso de la autorización, y se obliga a la entidad oferente a desembolsar una cantidad muy superior por conseguir el control.

4. Ampliación de capital Se acuerda cada año en la Junta de Accionistas la posibilidad de ampliar capital cuando el Consejo lo decida (siempre que sea por debajo del 50% del capital existente a la fecha de la Junta). Si se

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P ÍLDORA VENENOSA lanza una OPA sobre la entidad, el Consejo aumenta capital inmediatamente, y obliga a adquirir también los derechos de suscripción preferente que surgen con la ampliación de capital.

5. Conversión por debajo del precio de mercado (flip over, flip in) Se dan opciones a los accionistas de la sociedad para adquirir acciones a un precio inferior al de mercado. Estas opciones están condicionadas al hecho de que se produzca una toma de posiciones en el capital de la empresa de una cierta entidad, por ejemplo, entre el 15 y el 25%. Caso de que no se produzca esta situación, cuando llegue la fecha de expiración de las opciones, la empresa les pagará una prima de amortización a los tenedores de las opciones.

6. Dividendos extraordinarios de acciones preferentes Posibilidad de otorgar voto a las acciones emitidas o por emitir, que reduzcan el porcentaje de derechos de voto en Junta que tengan los adquirentes después de la OPA. También se pueden otorgar acciones preferentes o warrants de forma gratuita a todos los accionistas, de forma y manera que cuando la entidad oferente trate de comprar la empresa, se vea obligada a adquirir muchos más valores. Hay que tener en cuenta que es bastante difícil de explicar a los accionistas que cuando las acciones cotizan a 10 €, se hace la OPA a 8 €, porque hay muchos más títulos que comprar, a pesar de que la empresa sea la misma.

do precio. Se intenta que el coste de la adquisición sea muy alto para la entidad oferente, por lo que normalmente, estas acciones tienen una opción de amortización a favor de la entidad emisora, cuyo Consejo será el que decida si se amortizan o no. Si el Consejo se ve acosado, y presume que la entidad oferente puede obtener fácilmente la victoria, puede amenazar a la entidad oferente con ejercer el derecho de amortización, mientras tenga poderes para ello, lo cual puede ser un arma formidable de negociación en la etapa final de la pugna por el control de la entidad.

8. Vencimiento automático de deudas Se incorpora una cláusula a los estatutos según la cual, en el caso de que se produzca una OPA hostil, y se cambie una parte significativa de los consejeros de la empresa, esta tiene obligación de reembolsar en un plazo corto todas las deudas que tiene, incluidas las emisiones de obligaciones vigentes de la empresa. Esto puede suponer la necesidad de obtener financiación adicional por parte de la entidad oferente, lo que no siempre es posible, sobre todo cuando se ha tenido que asumir un apalancamiento financiero importante para lograr el control de la sociedad afectada. Una modalidad alternativa es dar la opción a los titulares de préstamos y obligaciones de que elijan entre recibir dinero en efectivo, o recibir acciones ordinarias a un cambio "especial".

9. Consejo escalonado 7. Autorización de acciones preferentes en tiempo y precio Posibilidad de que los propietarios de acciones preferentes puedan solicitar la amortización de las mismas a un eleva-

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Exigencia de renovación cada "X" años, existiendo un período mínimo de permanencia como accionista para tener derecho a ser consejero. Por ejemplo, se puede realizar el nombramiento de un

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P IPO tercio de los consejeros cada año, de forma que para llegar a tener el control del Consejo haya que esperar al menos dos años, para tener las dos terceras partes de los votos; ello puede retrasar el control de la entidad oferente, e incluso desincentivar la propia oferta. Sin embargo, esta píldora puede ser sorteada por la entidad oferente mediante la utilización de Juntas Extraordinarias de accionistas en las que dispone de la mayoría del capital. Luego basta con esperar un año para conseguir renovar otro tercio del Consejo, y una vez conseguidos los dos tercios, dominar completamente la empresa. También cabe la posibilidad de que una vez nombrado el primer tercio de los consejeros, la entidad oferente negocie con algunos de los consejeros antiguos (sólo necesita un sexto de los votos para lograr el control), y conseguir que se pasen a su bando. Es evidente que si los consejeros saben que como mucho en doce meses la entidad oferente va a conseguir el control, pueda haber algunos de ellos que prefieran quedarse en vez de ser leales al presidente anterior.

PIPO Pip En los mercados de divisas, mínima variación en los tipos de cambio que se permite por parte del mercado. Por ejemplo, si el tipo de cambio entre las monedas de Europa (euro) y EE.UU. (dólar americano) está situada en 1,4271, una variación al alza de 5 pipos situaría el nuevo tipo de cambio en 1,4276. IGNACIO LÓPEZ DOMÍNGUEZ Véase también: "Mercado de divisas".

PIRA Véase: "Participating interest rate agreement".

PIRÁMIDE DE DUPONT Véase: "Ratio".

10. Supermayoría Para tomar decisiones importantes, como por ejemplo una fusión con otra entidad (la oferente) se exige un voto de entre el 75% y el 95% del capital en Junta General. De esta forma, aunque consiga un 60 o un 70% de los derechos de voto en una OPA, la entidad oferente no podrá conseguir que se apruebe la fusión con la entidad afectada, puesto que el resto de los accionistas pueden votar en contra de sus intenciones. MIGUEL CÓRDOBA BUENO Véase también: "Oferta pública de adquisición de acciones".

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PLAN DE ACOGIDA Induction arrangements I. CONCEPTO Y NATURALEZA • II. UTILIDAD DE GESTIONAR LA ACOGIDA DE NUEVOS EMPLEADOS • III. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ACOGIDA

I.

CONCEPTO Y NATURALEZA

Un plan de acogida se encarga de planificar el proceso de recibimiento y bienvenida de los nuevos empleados y darles una información básica con la que se pueda producir la socialización en la

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P LAN DE ACOGIDA organización, en la unidad organizativa y en la propia tarea, de una manera rápida y efectiva. Cuando una persona se incorpora a una organización la orientación en los primeros días puede provenir de los propios compañeros o de la organización (mediante personas y métodos controlados). La orientación recibida de los compañeros no suele ser planificada y, en ese caso, normalmente es incompleta y puede plantearse de manera sesgada y subjetiva. Los planes formales de acogida suelen ser responsabilidad del departamento de recursos humanos y de los directores en línea que supervisarán a los empleados contratados.

-

II.

Información sobre asuntos generales de la organización: historia de la compañía, estructura organizativa, nombre y funciones de los principales directivos, detalle de las instalaciones, normas de seguridad e higiene, políticas y normas principales,...

-

Prestaciones y servicios a los empleados: política salarial, vacaciones y festivos, programas de formación disponibles, programas de beneficios sociales, otros servicios y prestaciones disponibles.

-

Presentaciones personales: normalmente al supervisor o supervisores, compañeros de trabajo, subordinados (si los tuviese) y otras personas con las que puedan ser frecuentes las colaboraciones profesionales. También suele darse la presentación a los empleados de recursos humanos que interactuarán con esta persona en tareas específicas (cobro de la nómina, gestión de bajas,...).

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UTILIDAD DE GESTIONAR LA ACOGIDA DE NUEVOS EMPLEADOS

Armstrong (2001) nos plantea los siguientes 5 motivos para planificar el proceso de acogida de nuevos empleados: -

Reducir los costes e inconvenientes de una baja prematura. Cuando un empleado deja la organización en los primeros días o semanas de haber sido contratado genera unos costes considerables (al tener que volverse a costear de nuevo las tareas del proceso de captación) además de otros inconvenientes de plazos, etc.

-

Incrementar el compromiso. La primera impresión de un empleado sobre su organización condiciona su actitud futura hacia ella.

-

Clarificar el contrato psicológico. Este concepto hace referencia a lo que el empleado espera dar y recibir de sus empleadores a través de la relación de empleo. La información facilitada por la organización centrará esas expectativas y clarificará las relaciones entre ambas partes.

-

Acelerar el progreso en la curva de aprendizaje. Para que un nuevo empleado alcance su nivel de rendimiento estable pasará un tiempo de adaptación y aprendizaje, que se reduce con un adecuado proceso de planificación de su acogida.

-

Socialización. Sentirnos integrados en la organización, en nuestra unidad organizativa, en los grupos infor-

Algunos de los contenidos que deben ser facilitados a través de un plan de acogida son (Werther y Davis, 1993): -

Funciones y deberes específicos: ubicación del puesto y herramientas y materiales disponibles, descripción de su puesto, objetivos del puesto, relaciones con otros puestos, labores a su cargo, normas específicas de seguridad, ...

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P LAN DE AMORTIZACIÓN males que nos rodeen y en las tareas a desempeñar es muy importante para nuestra satisfacción y rendimiento. Tener información desde un principio nos ayudará a comprender mejor y elegir entre opciones en ese proceso de socialización.

III.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ACOGIDA

A los nuevos empleados, superada la presentación inicial, no deberíamos decirles simplemente que acudan a nosotros cuando tengan un problema. El plan de acogida debe regular un seguimiento del empleado durante las primeras semanas de trabajo, que permita corregir errores, abordar nuevas exigencias, y evaluar el proceso para futuras ocasiones. La evaluación de los planes de acogida debe determinar si éstos responden a los objetivos de la organización respecto a este asunto o no y cuáles son las posibles mejoras que se podrían realizar sobre los mismos. Algunos de los métodos que ayudarán a generan esta información son (Byars y Rue, 1995): -

Cuestionarios cumplimentados por los nuevos empleados sobre sus impresiones del proceso.

-

Entrevistas con los nuevos empleados.

-

Sesiones de discusión en grupo cuando los nuevos empleados ya se han adaptado bien a sus puestos y disponen de suficiente experiencia e información para analizar el proceso desde otro punto de vista al de la fase inicial. JUSTO HERRERA GÓMEZ

8020

Véase también: "Socialización de nuevos empleados".

LO ESENCIAL SOBRE PLAN DE ACOGIDA Libros •





ARMSTRONG, M.: A Handbook of Human Resource Management practice . Kogan Page. London, 2001. Eighth edition. BYARS, L. L. Y RUE, L. W.: Gestión de recursos humanos. Irwin. Madrid, 1995. Cuarta edición. WERTHER, W. B. Y DAVIS, K.: Administración de personal y recursos humanos. McGraw Hill Interamericana. México, 1993. Tercera edición.

PLAN DE AMORTIZACIÓN Special depreciation plan I. CONCEPTO • II. PLAN ESPECIAL DE AMORTIZACIÓN 1. Bienes que pueden acogerse a un Plan Especial de amortización 2. Procedimiento de solicitud • 3. Modificación de un Plan aprobado previamente

I.

CONCEPTO

La normativa del Impuesto sobre Sociedades considera que la dotación a la amortización contabilizada es fiscalmente deducible siempre y cuando, entre otros aspectos, responda a la depreciación efectiva experimentada por el bien. Y con el fin de aclarar este concepto, el artículo 11.1 d) de la Ley del Impuesto especifica que se entiende que la amortización responde a la depreciación efectiva sufrida por el bien cuando se aplique para su cuantificación alguno de los siguientes métodos de amortización:

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P LAN DE AMORTIZACIÓN -

Método lineal, de acuerdo con los coeficientes previstos en las tablas oficiales de amortización.

-

Sistema degresivo por porcentaje constante o por números dígitos.

-

Prueba de la depreciación efectiva.

-

Plan especial de amortización formulado por el sujeto pasivo y aceptado por la Administración Tributaria.

Luego el sujeto pasivo puede proponer a la Administración Tributaria, a priori (antes de comenzar la amortización de los bienes en cuestión), un Plan Específico de amortización, que le permite que ésta sea superior a la que resultaría de aplicar los otros métodos previstos.

II.

PLAN ESPECIAL DE AMORTIZACIÓN

1. Bienes que pueden acogerse a un Plan Especial de amortización Los sujetos pasivos pueden proponer a la Administración Tributaria un plan para la amortización de los elementos patrimoniales del inmovilizado material, intangible o inversiones inmobiliarias, nuevos o usados.

2. Procedimiento de solicitud Es competente para instruir y resolver el procedimiento la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del domicilio fiscal del sujeto pasivo o las Dependencias Regionales de Inspección o la Oficina Nacional de Inspección, tratándose de sujetos pasivos adscritos a las mismas.

a) Contenido de la solicitud La solicitud debe contener los siguientes datos: -

Descripción de los elementos patrimoniales objeto del plan especial de

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amortización, indicando la actividad a la que se hallen adscritos y su ubicación. -

Método de amortización que se propone, indicando la distribución temporal de las amortizaciones que se derivan del mismo.

-

Justificación del método de amortización propuesto.

-

Precio de adquisición o coste de producción de los elementos patrimoniales.

-

Fecha en que deba comenzar la amortización de los elementos patrimoniales.

En el caso de elementos patrimoniales en construcción, se indicará la fecha prevista en que deba comenzar la amortización.

b) Plazo de la solicitud La solicitud se debe presentar dentro del período de construcción de los elementos patrimoniales o de los tres meses siguientes a la fecha en la que deba comenzar su amortización.

c) Resolución de la solicitud De cara a la resolución de la solicitud, la Administración Tributaria puede recabar del sujeto pasivo cuantos datos, informes, antecedentes y justificantes sean necesarios. Por su parte, el sujeto pasivo podrá, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, presentar las alegaciones y aportar los documentos y justificantes que estime pertinentes. Una vez instruido el procedimiento, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, ésta se pondrá de manifiesto al sujeto pasivo, quien dispondrá de un plazo de quince días para formular las alegaciones y presentar los

8021

P LAN DE AMORTIZACIÓN CONTABLE documentos y justificaciones que estime pertinentes. La resolución que ponga fin al procedimiento puede: -

Aprobar el plan de amortización formulado por el sujeto pasivo.

-

Aprobar un plan alternativo de amortización formulado por el sujeto pasivo en el curso del procedimiento.

-

Desestimar el plan de amortización formulado por el sujeto pasivo.

En todo caso, el procedimiento debe finalizar antes de que transcurran tres meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en cualquiera de los registros del órgano administrativo competente o desde la fecha de subsanación de la misma a requerimiento de dicho órgano. Transcurrido dicho plazo sin haberse producido una resolución expresa, se entenderá aprobado el plan de amortización formulado por el sujeto pasivo.

3. Modificación de un Plan aprobado previamente Los planes de amortización aprobados podrán ser modificados a solicitud del sujeto pasivo, respetando los requisitos señalados previamente, dentro de los tres primeros meses del período impositivo en el cual deba surtir efecto dicha modificación. BEGOÑA BARRUSO CASTILLO

PLAN DE AMORTIZACIÓN CONTABLE Véase: "Amortización contable".

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PLAN DE CARRERAS PROFESIONALES Career planning I. CONCEPTO Y NATURALEZA • II. FACTORES RELEVANTES DE LA PLANIFICACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL INDIVIDUAL • III. APOYO ORGANIZATIVO A LOS PLANES DE CARRERA

I.

CONCEPTO Y NATURALEZA

La Carrera profesional de una persona es un conjunto de tareas, responsabilidades y, generalmente, puestos, de las que se hace cargo a lo largo de su vida profesional. Dicha secuencia va aportando al individuo una serie de experiencias, conocimientos, actitudes y logros que permiten su desarrollo personal y profesional, a la vez que lo motivan y enriquecen en la consecución de nuevos logros en este campo. El historial profesional es la relación de trabajos, funciones, puestos y responsabilidades desempeñados por una persona durante su vida laboral. Los objetivos profesionales son los trabajos, funciones, puestos y responsabilidades a las que una persona desea y aspira a desempeñar. Un plan de carrera profesional recoge el proceso de análisis y toma de decisiones con las que una persona pretende alcanzar sus objetivos profesionales a partir de su actual historial profesional y el conjunto de opciones y medios con los que cuenta, tanto dentro de la organización como fuera. La trayectoria de carrera es la secuencia por la que una carrera ha ido avanzando hasta llegar a una situación dada. Dentro de este término, se pueden incluir matices como la distinción entre

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P LAN DE CARRERAS PROFESIONALES trayectoria como camino (paths), referida a la suma de secuencias de experiencias profesionales por las que se mueven los empleados durante sus carreras profesionales y trayectoria como escala (ladder), referida a las series estructuradas de posiciones profesionales a través de las que una persona ha tenido un progreso profesional dentro de una organización concreta. (Nelson y Quick, 2003)

Los estudios sobre el tema revelan cinco factores esenciales, para que esa cooperación se pueda plantear de manera satisfactoria para el empleado (Werther y Davis, 1993):

II.

FACTORES RELEVANTES DE LA PLANIFICACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL INDIVIDUAL

Los factores relevantes para que un plan de carrera profesional tenga éxito son (Werther y Davis, 1993): -

La flexibilidad, que permita la adaptación de objetivos y decisiones a los cambios.

-

Un enfoque activo, que transmita la disposición a conseguir objetivos a partir de un esfuerzo consciente del empleado.

La persona que desarrolla un plan para alcanzar unos determinados objetivos de carrera tiene más posibilidades de conseguirlo. Al fijarse metas y decidir trabajar activamente para conseguirlas, el empleado estará motivado en su tarea, y también en la mejora de su capacitación. Las organizaciones consiguen mayor motivación y capacitación entre sus empleados, aunque también genera una serie de costes (no sólo financieros, sino también de expectativas que luego no siempre se podrían colmar) que las organizaciones tratan de controlar, a veces limitándolo a un número de empleados y puestos, además de con una intervención activa (con asesoramiento y apoyo puntual) en los procesos de planificación de carreras profesionales.

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-

Igualdad de oportunidades.

-

Apoyo del jefe inmediato (además del departamento de recursos humanos).

-

Conocimiento de las oportunidades.

-

Interés del empleado.

-

Satisfacción profesional.

III.

APOYO ORGANIZATIVO A LOS PLANES DE CARRERA

Un plan de carreras individual puede estar integrado en una estrategia organizativa de Dirección de carreras profesionales (véase el término Dirección de carreras profesionales). Con ello, la organización trata de orientar al empleado, pero además incorpora los programas de apoyo adecuados para que todo quede integrado como una estrategia organizativa apoyada sobre el concepto de carrera profesional. Sin embargo, aquí consideraremos principalmente la situación en la que la organización no desarrolla una estrategia de dirección de carreras profesionales, aunque sí trate de tener, al menos, un seguimiento y control sobre las iniciativas individuales buscando el desarrollo de un plan de carreras profesionales. Algunas medidas en apoyo de los planes de carrera profesional individuales, sin desarrollar una estrategia de Dirección de carreras profesionales, podrían ser: -

Utilización de los programas de evaluación del rendimiento para incorporar valoraciones sobre potencial profesional y propuestas de promoción.

8023

P LAN DE COMUNICACIÓN Utilización de los programas de asesoría profesional para ayudar a la mejora del desempeño actual, pero también resaltando las utilidades de esas mejoras para el progreso profesional deseado.

PLAN DE COMUNICACIÓN

-

Información sobre oportunidades profesionales. Pero de manera objetiva y real.

PLAN DE EMPRESA

-

Facilidades para el desarrollo de programas de capacitación orientados a objetivos profesionales.

-

-

Tratar de fomentar con estas medidas de cooperación una actitud de lealtad que nos evite la pérdida de talento valioso. JUSTO HERRERA GÓMEZ

Véase también: "Dirección de carreras profesionales".

LO ESENCIAL SOBRE PLAN DE CARRERAS PROFESIONALES

Véase: "Comunicación comercial".

Company plan I. CONCEPTO • II. RECOMENDACIONES PARA ELABORAR UN ADECUADO PLAN DE EMPRESA • III. ESTRUCTURA DEL PLAN DE EMPRESA • IV. ELEMENTOS DEL PLAN DE EMPRESA

I.

Es el documento necesario para la puesta en marcha de una empresa. Analiza la viabilidad económica, financiera y técnica de un proyecto y recoge las estrategias necesarias a implantar para la consecución del mismo, actuando como carta de presentación de cara a posibles inversores, bancos, subvenciones, etc.

II.

Libros •







8024

ARMSTRONG, M. (2001): A Handbook of Human Resource Management practice . Kogan Page. London. Eighth edition. BYARS, L. L. Y RUE, L. W. (1995): Gestión de recursos humanos . Irwin. Madrid. Cuarta edición. NELSON, D.L. Y QUICK, J.C. (2003): Organizational Behaviour: Foundations, Realities, and Challenges . SouthWestern Thomson. Ohio. Fourth Edition. WERTHER, W. B. Y DAVIS, K. (1993): Administración de personal y recursos humanos. McGraw Hill Interamericana. México. Tercera edición.

CONCEPTO

RECOMENDACIONES PARA ELABORAR UN ADECUADO PLAN DE EMPRESA

Para que la información recogida en un Plan de Empresa sea adecuada, debe cumplir los siguientes requisitos: -

Ser clara y concisa.

-

Ser comprobable y cierta.

-

Estar actualizada.

-

Abarcar todos los aspectos de la actividad empresarial.

-

Ser comprensible para los destinatarios y con un criterio uniforme.

III.

ESTRUCTURA DEL PLAN DE EMPRESA

Para que un plan de empresa ponga de manifiesto la viabilidad del proyecto,

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P LAN DE EMPRESA con información clara y bien estructurada, debe recoger básicamente los siguientes aspectos: -

Se debe realizar a modo de introducción una breve historia del proyecto, en el que se incluyan las metas establecidas y su puesta en marcha a través de la consecución de los objetivos establecidos.

-

Análisis de recursos humanos y promotores, que incluye todo el proceso de selección, formación, desarrollo y consecución del número de personas cualificadas necesario para conseguir los objetivos de la organización; se incluyen también en ese proceso las actividades precisas para conseguir la máxima satisfacción y eficiencia de los trabajadores.

-

-

-

-

IV.

Análisis del área de producción, que determine el proceso a seguir para la elaboración del producto o servicio final.

final que se espera conseguir con el plan. Aunque el que más frecuentemente se menciona es el beneficio, las empresas también tienen objetivos de crecimiento, eficiencia, valor de sus acciones, responsabilidad social, desarrollo de su personal, servicio al cliente, etc. Unos objetivos bien definidos permiten a los directivos establecer prioridades, disponer de unos estándares con los que luego poder comparar los resultados efectivamente obtenidos, y unificar los esfuerzos en torno a esos objetivos. La experiencia demuestra que muchas organizaciones no consiguen el máximo provecho de sus objetivos porque éstos no están adecuadamente concebidos y establecidos. Para que sean eficaces los objetivos han de cumplirse las siguientes características: -

Han de constituir un reto para ser realistas.

-

Han de venir establecidos en términos específicos y cuantificables.

-

Han de ser muy apoyados por los superiores.

-

Han de ser capaces de generar entusiasmo en los subordinados.

Análisis del área financiera, con el fin de determinar qué tipo de inversiones se pueden o no acometer.

-

Planificación por objetivos a corto, medio y largo plazo.

Han de ser comunicados a todos los subordinados involucrados en su consecución.

-

Han de ser puestos por escrito.

-

Han de ser comentados regularmente en las reuniones.

Análisis del área de marketing y situación del mercado, estudiando los posibles clientes a los que dirigir la producción, así como los posibles competidores a los que se deberá hacer frente.

Análisis de los aspectos legales de la constitución de la empresa.

ELEMENTOS DEL PLAN DE EMPRESA

La mayoría de los planes de empresa incluyen objetivos, políticas, procedimientos, reglas y presupuestos. Los objetivos, a los que en ocasiones se les denomina metas, son el resultado

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Las políticas son líneas que orientan el pensamiento y la acción. Crean límites para que exista cierta consistencia en las decisiones que se toman en los diversos ámbitos de actuación de la empresa. Una política a largo plazo, que limita las decisiones de marketing y producción, puede ser, por ejemplo, la de "productos de gran calidad y elevado precio". Una polí-

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P LAN DE ESTABILIZACIÓN tica como ésta, mantenida durante un periodo de tiempo suficiente, llega a crear una cierta imagen de la empresa y de sus marcas bien diferente de la que puede llegar a tener otra empresa que sigue la política de "productos de calidad suficiente y precio tan bajo como sea posible". Las políticas abarcan todos los campos. Una política de personal sería: "la promoción de los empleados se realiza sobre una base de capacidad, resultados y tesón". Los procedimientos son más limitativos que las políticas: constituyen guías específicas de actuación. Señalan los pasos que han de darse en actividades tales como la contratación de personal, la adquisición de maquinaria, la devolución de mercancías, la realización de inventarios y arqueos de caja, etc. En las empresas las críticas a los procedimientos son muy frecuentes. Les acusan de ser burocráticos y de comportar una pérdida de tiempo, creando un "papeleo" innecesario. Sin embargo, el objetivo de los procedimientos es ayudar a la dirección y a los empleados a que el trabajo se efectúe con eficacia. Las reglas son más estrictas, incluso, que los procedimientos. Señalan lo que se puede y lo que no se puede hacer en situaciones o momentos muy definidos. Los presupuestos expresan las expectativas en cifras. Los presupuestos de caja prevén las necesidades de tesorería; los presupuestos de ingresos y gastos prevén los futuros beneficios y las previsiones de ventas prevén las ventas futuras. Pero no todos los presupuestos son financieros. Por ejemplo, los presupuestos de mano de obra vienen expresados en horas, aunque luego éstas se valoren para obtener la previsión de coste del factor trabajo. MARÍA ROMERO CUADRADO

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Véase también: "Gestión de empresas" y "Organización".

LO ESENCIAL SOBRE PLAN DE EMPRESA Libros •







DÍEZ DE CASTRO, J., REDONDO, C., BARREIRO, B. Y LÓPEZ, M. A.: Administración de empresas: dirigir en la sociedad del conocimiento. Editorial Pirámide, Madrid, 2002. GARRIDO, S., DOMÍNGUEZ, C. Y MUÑOZ, F.: Decisiones empresariales y herramientas de apoyo. Editorial Universitas Internaciones, S.L., Madrid, 2004. GARRIDO, S. Y CASTELLÓ, E.: La gestión de empresas en la sociedad del conocimiento. Editorial Universitas Internacional, S. L., Madrid, 2007. PÉREZ GOROSTEGUI, E.: Introducción a la economía de la empresa. Editorial Centro de Estudios Ramón Areces, S. A., Madrid, 2004.

PLAN DE ESTABILIZACIÓN Stabilization plan I. CONCEPTO • II. EL PLAN DE ESTABILIZACIÓN ECONÓMICA DE 1959 • III. EL FMI Y LOS PLANES DE ESTABILIZACIÓN ECONÓMICA

I.

CONCEPTO

El término plan de estabilización es utilizado para referirse al conjunto de medidas de política económica, fundamentalmente monetarias, fiscales y cambiarias, generalmente de carácter contractivo que se adoptan con el fin de combatir una alta inflación o un déficit en la balanza de pagos. Aunque habitualmente el término plan de estabilización es utilizado en el

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P LAN DE ESTABILIZACIÓN sentido anteriormente señalado, es decir, para referirse al conjunto de medidas dirigidas a alcanzar la estabilización macroeconómica de un país, en ciertas ocasiones se utiliza en un sentido distinto, como por ejemplo, para designar el conjunto de medidas dirigidas a restablecer el funcionamiento del sistema financiero de un país. Así, por ejemplo, las medidas que ha adoptado el gobierno de Estados Unidos en 2008 y 2009 para ayudar a los bancos en crisis, han sido denominadas "plan de estabilización del sistema financiero".

II.

EL PLAN DE ESTABILIZACIÓN ECONÓMICA DE 1959

El 21 de julio de 1959 el gobierno español aprobó el Decreto Ley de Ordenación Económica, habitualmente conocido como Plan de Estabilización Económica, y que supuso el fin de la autarquía vivida por la economía española desde el fin de la Guerra Civil y el inició de un proceso de modernización del país, que dio lugar al llamado milagro económico español. El Plan de Estabilización estuvo constituido por un conjunto de medidas monetarias y financieras, fiscales y de comercio exterior con tres objetivos básicos: la estabilización macroeconómica, la apertura exterior y la liberalización de la economía española. Antes de la implantación del Plan, la economía española registraba una elevada tasa de inflación, como consecuencia

del exceso de oferta monetaria y de los importantes aumentos salariales; la balanza de pagos registraba un abultado déficit y las reservas exteriores prácticamente se habían agotado y el déficit público era cada vez más abultado. En definitiva, la economía española estaba prácticamente en la ruina y exigía un profundo cambio de rumbo en su política económica, que acabara con la situación de inflación, aislamiento exterior e intervención económica. En los años previos a la implantación del Plan de Estabilización, y con el apoyo de los organismos internacionales, se empezaron a aplicar medidas correctoras. En concreto, se suprimió el sistema de tipos de cambio múltiples, se devaluó la peseta, se congeló el sueldo de los funcionarios y moderó el crecimiento de la oferta monetaria, iniciándose también una tímida reforma tributaria con la ampliación de la base imponible. Pero el grueso de las medidas de estabilización macroeconómica, de apertura exterior y de liberalización económica fueron adoptadas con la puesta en funcionamiento del Plan en julio de 1959 (Véase Cuadro 1). El éxito de las medidas adoptadas no es cuestionado. A partir de 1959 el déficit en la balanza de pagos se corrigió, las reservas exteriores aumentaron, la inflación se redujo por debajo del 3% en 1960, se incrementó la inversión extranjera en el país y el turismo empezó a crecer de forma muy importante.

Cuadro 1. EL PLAN DE ESTABILIZACIÓN DE 1959 Medidas Monetarias y Financieras Medidas

- Limitación del crédito al sector privado. - Supresión de la pignoración automática de títulos públicos. - Eliminación de anticipos directos al Banco de España.

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P LAN DE ESTABILIZACIÓN Medidas Monetarias y Financieras - Limitación del redescuento a la banca privada. - Elevación de los tipos de interés. - Depósito previo a las importaciones. Objetivos

- Mejora del control monetario. - Reducción del crecimiento de las variables monetarias. - Introducción de una nueva política económica. - Control de la inflación.

Medidas Fiscales Medidas

- Limitación del gasto público. - Incremento del precio de los servicios públicos. - Amnistía de los capitales fugados repatriados. - Incrementos tributarios. - Supresión de las intervenciones de precios. - Mercancías de libre exportación. - Congelación de salarios.

Objetivos

- Equilibrio financiero del sector público. - Liberalización de las intervenciones administrativas. - Control de la inflación. - Mejora del sistema de formación de precios.

Medidas de Comercio Exterior Medidas

- Devaluación de la peseta. - Convertibilidad de la peseta (1 $ = 60 pesetas). - Depósito previo a las importaciones. - Liberalización de las importaciones.

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P LAN DE JUBILACIÓN Medidas de Comercio Exterior - Creación de un fondo para cubrir deterioros en la balanza de pagos. - Apertura a la inversión extranjera. - Gravámenes transitorios a la exportación de ciertos productos. Objetivos

- Liberalización del comercio exterior. - Equilibrio de la balanza de pagos. - Seguridad de aprovisionamiento de productos básicos.

III.

EL FMI Y LOS PLANES DE ESTABILIZACIÓN ECONÓMICA

En muchas ocasiones la adopción de un plan de estabilización económica no es una opción de política económica adoptada libremente por el gobierno de un país, sino que es una exigencia del Fondo Monetario Internacional, para que un país que se encuentra en graves dificultades financieras pueda tener acceso a la financiación que le ofrece este organismo financiero internacional, así como para acceder a la financiación de la banca internacional. La condicionalidad de los préstamos del FMI se hizo especialmente patente durante la crisis de la deuda externa que sufrieron algunos países latinoamericanos a comienzos de la década de los ochenta. La condicionalidad del FMI supone la estrecha vigilancia que las autoridades económicas de un país tienen que aceptar como condición para pedir recursos al FMI. Los países que renegocian sus deudas se ven en la obligación de adoptar los planes de estabilización macroeconómica diseñados por el FMI. A pesar de que las cantidades que el FMI presta a los países son, normalmente, relativamente pequeñas en relación a las necesidades de financiación del país deudor, la implicación del Fondo ha sido muy importante, al informar a los bancos internacionales de que el país deudor es-

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tá adoptando las medidas de estabilización macroeconómica necesarias para mejorar su situación crediticia. Las medidas demandas por el FMI en los planes de estabilización con el fin de reducir los déficit por cuenta corriente y la inflación incluyen la eliminación de los subsidios, el aumento de los impuestos, el recorte de los salarios y el aumento del precio de los servicios públicos. Asimismo, las devaluaciones han sido una medida que ha acompañado a las políticas de reducción del gasto. Lógicamente estas medidas suponen un coste social importante, especialmente en el corto plazo, lo que ha hecho que en muchas ocasiones los países deudores culpen al FMI de la imposición de medidas de política económica muy restrictivas. La adopción de programas de estabilización económica ha sido vista por la banca internacional como algo crucial para determinar la solvencia de un país fuertemente endeudado. JESÚS PAÚL GUTIÉRREZ Véase también: "Fondo Monetario Internacional".

PLAN DE JUBILACIÓN Retirement plan

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P LAN DE MARKETING Modalidad de seguro de vida que ofrece el pago de una prestación en caso de muerte, invalidez del asegurado o finalización del contrato de seguro. Los pagos de las primas pueden ser únicos o periódicos a lo largo del tiempo, recibiéndose el capital asegurado por parte del beneficiario cuando finaliza el contrato de seguro en caso de supervivencia o con anterioridad si se produce la invalidez o muerte del asegurado. Esta prestación puede ser un pago único, vitalicia (rentas vitalicias inmediatas) o temporal (rentas temporales inmediatas) durante un período de tiempo concreto. La fecha de finalización del contrato se determina libremente, no teniendo que coincidir con la finalización de la vida laboral del asegurado. Los planes de jubilación aseguran una rentabilidad mínima anual, existiendo un tope para el interés que se puede ofrecer (tipo de interés técnico) que determina anualmente el Ministerio de Economía. Si no se garantiza la rentabilidad, los planes de jubilación se denominan unit-linked, asumiendo los riesgos de la inversión el asegurado. Los planes de jubilación sólo los pueden ofrecer las compañías de seguros, pudiéndolos comercializar otras entidades como agencias y corredurías de seguros. El derecho al rescate está garantizado desde el segundo año, dando este derecho una gran liquidez a estos productos. FRANCISCO JAVIER GRAN RICO Véase también: "Prestación de seguro" y "Unit-linked".

PLAN DE MARKETING Marketing plan

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I. CONCEPTO • II. EL PLAN DE MARKETING EN EL CONTEXTO DE LA PLANIFICACIÓN EMPRESARIAL • III. CARACTERÍSTICAS DE UN PLAN DE MARKETING • IV. FASES DEL PLAN DE MARKETING 1. Análisis de la situación 2. Diagnóstico 3. Fijación de objetivos 4. Decisiones a tomar sobre variables del marketing-mix 5. Presupuestos 6. Control

I.

CONCEPTO

Documento de trabajo escrito en el que, de forma sistemática y estructurada y tras los correspondientes análisis y estudios, se definen los objetivos a conseguir en un período de tiempo determinado y se detallan los programas y medios de acción que son precisos para alcanzarlos, combinando con precisión los elementos del marketing mix.

II.

EL PLAN DE MARKETING EN EL CONTEXTO DE LA PLANIFICACIÓN EMPRESARIAL

El proceso de planificación empresarial consiste en tomar decisiones coherentes en el presente respecto a unos hechos que tendrán lugar en el futuro. El plan de marketing se enmarca dentro de la planificación general de la empresa, junto con el plan financiero, el plan de recursos humanos, el plan de producción y el de aprovisionamiento. El objetivo básico de la planificación es poner en marcha un procedimiento que permita establecer unos objetivos coherentes y especificar cómo se van a conseguir esos objetivos. Asimismo, la planificación tiene otros objetivos secundarios como son: -

Tratar de evitar riesgos derivados de improvisaciones.

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Conseguir que los esfuerzos de la empresa estén mejor coordinados, mejorando el trabajo en equipo.

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P LAN DE MARKETING -

Preparar mejor a la empresa ante los cambios del mercado o del entorno.

-

Mantener un sistema de información actualizado que cuente con la información necesaria para tomar decisiones.

En el contexto del plan de marketing, en el proceso de preparación de las decisiones comerciales de la empresa deben distinguirse los planes a largo y a corto plazo. Cuando la planificación se realiza en el largo plazo, se está hablando del plan estratégico de marketing. En este documento se determinan los pasos a seguir y los medios para alcanzar unos objetivos determinados marcando la estrategia de la empresa en el largo plazo. En este contexto, el plan de marketing, también llamado plan operativo, hace referencia al corto plazo y supone el desarrollo o puesta en marcha del plan estratégico de marketing año a año. Mientras éste último es la idea, aquél constituye la acción que permite llevar a cabo tal idea.

III.

CARACTERÍSTICAS DE UN PLAN DE MARKETING

En primer lugar, se trata de un documento de trabajo escrito, que debe ser aceptado, conocido y analizado no sólo por la Dirección General, sino también por todas las áreas de la empresa, quienes deben implicarse en él. El que esté escrito evitará ambigüedades y facilitará fijar responsabilidades. Asimismo, podrá servir como espejo para la redacción de futuros planes. En segundo lugar, se trata de un plan anual y periódico cuyo período de vigencia es un año y, aunque podría ser operativo de año en año, debe reformularse con las nuevas condiciones del mercado, dependiendo de la estabilidad del mercado en el que se aplique. En tercer lugar, debe realizarse de forma sistematizada y estructurada, si-

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guiendo un proceso escrupuloso sin acometer ninguna etapa sino se ha realizado la anterior. De esta forma todos los datos estarán ubicados correctamente sin incurrir en errores a la hora de fijar los objetivos. En cuarto lugar, el plan de marketing debe definir campos de responsabilidad para cada una de las acciones a llevar a cabo, así como establecer sistemas de control oportunos para su seguimiento detectando posibles desviaciones con rapidez para poder reajustar las variables que fuera necesario modificar. Por último, el plan de marketing debe ser normativo pero flexible, esto es, debe señalar el conjunto de acciones a realizar pero debe tener la capacidad para adaptarse a los cambios del mercado y del entorno.

IV.

FASES DEL PLAN DE MARKETING

Para la elaboración del plan anual de marketing se han de seguir una serie de etapas que han de cubrirse de forma sucesiva: el análisis de la situación, el diagnostico, la fijación de objetivos, las decisiones sobre los elementos del marketing - mix, el presupuesto y los sistemas de control.

1. Análisis de la situación Se deben recopilar, analizar y evaluar los datos básicos para la correcta elaboración del plan, tanto a nivel interno como externo de la compañía, lo que llevará a realizar un análisis histórico y de la situación actual de la empresa y una previsión de la situación futura. Para esto se deberá recabar información de factores externos, como mercado, competencia y entorno; y de los factores internos, como recursos y capacidades de la empresa. Este estudio permitirá detectar oportunidades de marketing y amenazas del entorno así como las capacidades que tiene

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P LAN DE MARKETING la empresa para aprovechar unas y enfrentarse a las otras.

2. Diagnóstico Se trata de estudiar toda la información obtenida acerca de los factores externos e internos y realizar un inventario de amenazas y oportunidades y de puntos fuertes y débiles, esto es, un análisis DAFO. En el ámbito interno, las fortalezas son las capacidades que pueden ayudar a la empresa a lograr sus objetivos, mientras que las debilidades son elementos internos que pueden interferir con las capacidades para lograr los fines. En el ámbito externo, las oportunidades son elementos externos que la empresa puede aprovechar y las amenazas son elementos, actuales o potenciales, que podrían dificultar la actividad de la empresa. Antes de tomar las decisiones sobre qué objetivos se pretende lograr el año siguiente, la empresa debe ser consciente de la situación en la que se encuentra tanto interna como externamente.

3. Fijación de objetivos Una vez que la empresa ha elaborado el análisis DAFO puede formular sus objetivos, es decir, describir lo que desea conseguir, en una determinada cantidad y en un determinado espacio de tiempo. Como todos los objetivos, también los del plan de marketing deben ser flexibles, cuantificables en tiempo y en resultado, alcanzables y realizables, que supongan un desafío para quienes los vayan a ejecutar y coordinados con los objetivos generales de la empresa.

4. Decisiones a tomar sobre variables del marketing-mix Una vez fijados los objetivos, deben determinarse las acciones necesarias para poder alcanzarlos. Para ello, se diseñan varias líneas de actuación y se elige una de esas posibles líneas que se con-

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vertirá en el plan de acción para el logro de los objetivos. Las diferentes tácticas que se utilicen en el mencionado plan se diseñarán manejando las cuatro herramientas de marketing que serán combinadas de forma adecuada. Estas tácticas deben ser acordes tanto con la estrategia general y de marketing, como con los recursos de los que dispone la empresa. Se han de determinar los medios humanos y materiales necesarios para llevarlas a cabo, determinado responsabilidades y coordinando todas las tareas e integrándolas en una acción común.

5. Presupuestos Una vez el plan de acción está fijado hay que determinar los medios necesarios para llevar a cabo las acciones definidas a través de un presupuesto. Se deben realizar tres presupuestos distintos: el de recursos financieros, con una previsión detallada de ingresos y costes y con una cuenta de pérdidas y ganancias provisional; el presupuesto de recursos humanos, con las personas necesarias, las tareas y las responsabilidades de cada individuo y, por último, un presupuesto de tiempo, en el que se establezca el tiempo necesario para cada acción prevista.

6. Control La última fase del proceso de planificación debe ser el establecimiento de sistemas de control que permitan evaluar constantemente los resultados obtenidos por las estrategias establecidas, puesto que, tanto el mercado como el entorno experimentan constantes cambios y fluctuaciones. Estos sistemas deben permitir, asimismo, ajustar la aplicación del plan de acuerdo con la nueva situación mediante el establecimiento de medidas correctivas. Estas medidas suelen incluirse en los planes de contingencia, que preparan a la empresa ante cambios inesperados, tales como guerras de precios, lanzamientos de nuevos productos por

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P LAN DE MARKETING parte de la competencia, huelgas, entre otros.



ISABEL CARRERO BOSCH • Véase también: "Marketing"; "Marketing estratégico" y "Marketing mix".

LO ESENCIAL SOBRE PLAN DE MARKETING Libros •



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Plan de SÁNCHEZ HERRERA, JOAQUÍN. marketing: análisis, decisiones y control . Ed. Pirámide, 2001. SANTESMASES, MIGUEL, Marketing: Conceptos y Estrategias , Ed. Pirámide, 2007. STANTON, WILLIAM J. et al, Fundamentos de Marketing , Ed. McGraw Hill, 2007. WOOD, MARIAN BURK. El plan de marketing: guía de referencia. Ed. Pearson. 2004.

COHEN WILLIAM, A. El plan de marketing: procedimientos, formularios, estrategia y técnica . Ed. Deusto, 2006. CUTROPÍA, CARLO. El plan de marketing: cómo elaborarlo con ayuda informática . Ed. Esic Editorial, 2000. CUTROPÍA, CARLO. El plan de marketing paso a paso . Ed. Esic Editorial, 2005. Hatton, Angela. La guía definitiva del plan de marketing . Ed. Prentice Hall. 2000. KOTLER, PHILLIP y ARMSTRONG, GARY. Principios de Marketing, Ed. Prentice Hall, 2008. KOTLER, PHILLIP y LANE KELLER, KEVIN. Dirección de Marketing , Ed. Prentice Hall, 2009. LAMBIN, JEAN JAQUES. Marketing Estratégico , Ed. McGraw Hill, 1995. MUNUERA, JOSé LUIS Y RODRÍGUEZ, ANA ISABEL. Marketing estratégico: teoría y casos . Ed. Pirámide. 1998. SAINZ DE VICUÑA, José María. El plan de marketing en la práctica . Ed. Esic Market, 2000.

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ENCICLOPEDIA de

ECONOMÍA, FINANZAS y NEGOCIOS

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ISBN: 978-84-9954-099-3

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A (calificación crediticia) – análisis de riesgos análisis de sensibilidad – base de datos empresarial base imponible – ciclo bursátil ciclo contable – contrato de descuento contrato de distribución – cuenta de valores cuenta deudora – desviación de comercio desviación en ingresos – empleo empleo a tiempo parcial – estructura organizativa hipertextual 9 estructura organizativa matricial – fraption 10 fraude fiscal – impuesto monofásico 11 impuesto plurifásico – intraspread 12 intrusismo profesional – mecanismo de coordinación 13 mecanismo de tipos de cambio – mutualidad 14 nacionalización de la banca – plan de marketing

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